U N I D A D VII

March 22, 2018 | Author: Karyna Garcia | Category: Liquidation, Bankruptcy, Accounting, Amortization (Business), Payments


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http://es.scribd.com/doc/2073037/Contabilidad-VI U N I D A D VII DISOLUCION Y LIQUIDACION DE SOCIEDADES DISOLUCION. Concepto. La disolución es la preparación para el fin de la sociedad más o menos lejano; pero que no implica el fin de la sociedad. Es una situación jurídica que no termina del todo con la personalidad moral de la sociedad, sino que transforma su actividad lucrativa en otra orientada a la terminación de los vínculos que la atan a terceros, la realización y liquidación son las situaciones en que se está llevando dicha terminación, o sea, la segunda actividad en la cual se transformó el fin original de la sociedad. La disolución y la liquidación no son términos idénticos. La liquidación es la consecuencia necesaria del hecho jurídico que es la disolución. Causas. Conforme el artículo 229 de la LGSM, las sociedades se disuelven por: a) Por expiración del término fijado en el contrato social. b) Por imposibilidad de seguir realizando el objeto principal de la sociedad o por quedar éste consumado. c) Por acuerdo de los socios, tomando de conformidad con el contrato social y con ley. d) Porque el número de accionistas llegue a ser inferior al mínimo que esta Ley establece o porque las partes de interés se reúnan en una sola persona. e) Por la pérdida de las dos terceras partes del capital social. LIQUIDACION. La liquidación representa en sí el hecho mismo de la valorización del patrimonio de la empresa para pagar el pasivo con los valores del activo y aplicar el remanente, si existe, a cada uno de los socios o accionistas. El artículo 235 de la LGSM indica que la liquidación estará a cargo de uno o más liquidadores, quienes serán representantes legales de la sociedad y responderán por los actos que ejecuten excediéndose de los límites de su encargo. A falta de disposición del contrato social, el nombramiento de los liquidadores se hará por acuerdo de los socios, tomando en proporción y forma que la Ley General de Sociedades Mercantiles señala, según la naturaleza de la sociedad, por acuerdo sobre disolución. Este nombramiento deberá hacerse en el mismo acto en que se acuerde o reconozca la disolución. En los casos de que la sociedad se disuelva por la expiración del plazo o en virtud de sentencia ejecutoria, la designación de los liquidadores deberá hacerse inmediatamente que concluya el plazo o que se dicte la sentencia. Si por cualquier motivo el nombramiento de los liquidadores no se hiciere en los términos que fija el artículo 236, lo hará la autoridad judicial en la vía sumaria, a petición de cualquier socio. Ahora bien, mientras no haya sido inscrito en el Registro Público de Comercio el nombramiento de los liquidadores, y éstos no hayan entrado en funciones, los administradores continuarán en el desempeño de su encargo. En el artículo 241 de ya citada Ley, se establece que hecho el nombramiento de los liquidadores, los administradores deberán entregarles: los bienes, libros y documentos de la sociedad, levantándose en todo caso, un inventario del activo y pasivo sociales. En el artículo 242 se menciona que salvo el acuerdo de los socios o las disposiciones del contrato social, los liquidadores tendrán las siguientes facultades: a) Concluir las operaciones sociales que hubieren quedado pendientes al tiempo de la disolución. b) Cobrar lo que se deba a la sociedad y pagar lo que ella deba. http://es.scribd.com/doc/2073037/Contabilidad-VI c) Vender los bienes de la sociedad. d) Liquidar a cada socio su haber social. e) Practicar el balance final de la liquidación, que deberá someterse a la discusión y aprobación de los socios, en la forma que corresponda, según la naturaleza de la sociedad. f) El balance final, una vez aprobado, se depositará en el Registro Público de Comercio. g) Obtener del Registro Público de Comercio la cancelación de la inscripción del contrato social, una vez concluida la liquidación. Funciones del liquidador. a) Suscribir el inventario y balance de la sociedad referidos al día en que se inicie la liquidación. b) Llevar y custodiar los libros y correspondencia de la sociedad, asi como velar por la integridad de su patrimonio. c) Realizar las operaciones comerciales pendientes y las nuevas que sean necesarias para la liquidación de la sociedad. d) Enajenar los bienes sociales. Los inmuebles se enajenarán necesariamente en subasta pública. Aspectos contables. En la contabilidad deben registrarse todos los eventos económicos que la sociedad efectúe para poder liquidar a los socios o accionistas. La liquidación implica el cobro de las deudas a favor de la sociedad, la venta de los activos, el pago de los pasivos, las erogaciones que deben hacerse en el proceso de liquidación y la distribución del haber social entre los socios o accionistas, lo que se puede dividir en cinco etapas, como sigue: a)Primera etapa. Las cifras de la contabilidad deben ajustarse a valores de realización para obtener el balance inicial de liquidación. Esto incluye la cancelación de las reservas de depreciación y amortización y, asi, poder obtener el resultado por valuación o valores de liquidación. Una vez ajustadas las cifras del balance inicial a valores de realización se debe preparar el balance inicial de liquidación. b)Segunda etapa. En ésta etapa se efectúan las operaciones que deben realizarse para liquidar la empresa como la venta del activo, el pago de pasivos y los ingresos, gastos e impuestos que se generen en la liquidación. Las operaciones deben registrarse en los libros de contabilidad y su resultado se reflejará en la cuenta Resultado de la liquidación. En esta cuenta se registran los gastos, ingresos, utilidades o pérdidas que se realicen. Su saldo puede ser deudor o acreedor. Es conveniente tener auxiliares para conocer en detalle el concepto realizado. c)Tercera etapa. En base a los resultados de las operaciones es necesaria la preparación del Estado de resultados de la liquidación también llamado Estado de realización y liquidación. Este estado se prepara de los auxiliares de la cuenta ³Resultado de la liquidación´ y su resultado final debe ser igual al saldo de la cuenta ya mencionada. d)Cuarta etapa. En adición al ³Estado de resultados de la liquidación´ es necesario conocer la situación financiera que guarda la sociedad en liquidación y el patrimonio de los socios accionistas. Al patrimonio de los socios o accionistas será necesario hacer ajustes a los conceptos que lo integran para dejar únicamente la cuenta que represente el capital social y el superávit o déficit correspondiente. En ésta etapa se prepara el Estado de patrimonio de los socios o accionistas y el estado final por lo que fueron ajustados en su totalidad. Los pagos anticipados están integrados por papelería. b). quien deberá preparar un balance inicial de liquidación.. En esta etapa se efectúa la liquidación de los socios o accionistas. S. d). Con fecha 28 de diciembre se celebra una Asamblea extraordinaria de Accionistas de la Compañía ³CIA. la cual es como sigue: Edificios $ 1¶500 Maquinaria y equipo 1¶100 Muebles y enseres 100 Equipo de transporte 200 Las depreciaciones acumuladas fueron canceladas e). Una vez formalizados los puntos anteriores. El administrador entrega el balance general de la empresa practicado con fecha 30 de noviembre al liquidador JOSE MACIAS LOPEZ para que reciba los bienes. Los gastos de instalación no tienen valor de realización por lo que fueron ajustados en su totalidad. Las cuentas por pagar a proveedores fueron examinadas y el saldo a pagar es de $ 1¶030.´. por lo tanto. lo que origina prácticamente los asientos necesarios para el cierre de libros. .. A. f).. seguros y otros que no tienen valor de realización.scribd. MINERA DE AUTLAN. EJERCICIO DE UNA SOCIEDAD EN LIQUIDACION . JOSE MACIAS LOPEZ como liquidador.com/doc/2073037/Contabilidad-VI de liquidación. 3. La liquidación de los socios o accionistas se hace contra la cancelación de los títulos que representan el capital de la sociedad. V.Como consecuencia de la disolución de la sociedad. e)Quinta etapa. PRIMERA ETAPA. 2. ésta se pone en liquidación. DE C. Al estado financiero presentado por la administración se le hicieron algunos ajustes para obtener cifras a valor de realización. c).P Alfonso León para que practique un inventario de los bienes y ajuste las cifras a valor de realización para conocer la situación financiera al 30 de Noviembre y se obtenga el balance inicial de liquidación para presentarlo a los accionistas. Para poder precisar la cantidad que se debe entregar a cada socio o accionista es necesario efectuar un cálculo y mostrar un resultado en el informe de liquidación. el liquidador Sr.Se reconoce el estado de disolución anticipada de acuerdo al artículo 229 de la LGSM.http://es. en la que se señala que la empresa no ha operado a partir del 1º de diciembre debido a que los minerales requeridos en la refinación no lo están proveyendo las minas productoras porque el precio del metal es muy bajo y la operación produciría pérdidas. libros y documentos de la sociedad. El valor de los inventarios es de $ 7¶600 debido a que se determinó que algunos lotes no están en buen estado. cancelándose además la provisión para cuentas dudosas.Se designa al Sr. Se contrató a un valuador para que determine el valor de realización de la inversión en planta y equipo. Macìas procede a lo siguiente: Contrata al C. Las cuentas por cobrar a cargo de los clientes después de varios análisis se estimó que el saldo a recuperar es de $ 5¶800. de conformidad con el artículo 242 de la LGSM. como sigue: a). se toman los acuerdos siguientes: 1. de conformidad con el artículo 234 de la LGSM. Balance general inicial al 30 de noviembre del 200x A C T I V O: CIRCULANTE: Bancos $ 320 Cuentas por cobrar: Clientes 6¶600 Funcionarios y empleados 310 Provisión para cuentas dudosas (600) Inventario de productos refinados 8¶300 Pagos anticipados 180 Total activo circulante $15¶110 F I J O: Edificios 2¶100 Depreciación acumulada (1. La reserva para liquidación de trabajadores se estima en $ 1¶800. V. S. Compañía Minera de Autlán. h).http://es.100) Maquinaria y equipo 5¶900 Depreciación acumulada (5¶000) Muebles y enseres 800 Depreciación acumulada (600) Equipo de transporte 400 Depreciación acumulada (200) Total activo fijo $ 2¶300 DIFERIDO: Gastos de instalación 1¶200 Amortización acumulada (900) 34 .scribd. Los gastos acumulados ascienden a $ 900. De C. A.com/doc/2073037/Contabilidad-VI g). http://es. Durante los seis meses siguientes. el señor José Macias realizó operaciones para hacer líquidos los activos. Alfonso León 80 Al liquidador 180 $ 290 Electricidad y agua 18 Sueldos y salarios 190 . A trabajadores 1¶700 Gastos acumulados 800 Total pasivo circulante 4¶660 Deuda a largo plazo 4¶000 CAPITAL CONTABLE: Capital Social $ 8¶000 Reserva legal 160 Utilidades por aplicar 1¶070 Pérdida del periodo (180) Total capital contable 9¶050 SUMA DEL PASIVO Y CAPITAL $17¶710 SEGUNDA ETAPA.com/doc/2073037/Contabilidad-VI Total activo diferido 300 Suma del activo total $17¶710 PAS IV O: Circulante: Documentos por pagar $ 500 Cuentas por pagar a proveedores 1¶060 Impuestos por pagar 600 Provisión p/liq.scribd. como sigue: Pago de honorarios: Al valuador $ 30 Al C.P. scribd. Los inventarios fueron realizados en $8.000.100. A los funcionarios y empleados se les descontó su adeudo en la liquidación.000 B 1.800 D 2.000 EJERCICIO No 2 . En la provisión quedó un saldo acreedor de $ 30 después de haber liquidado a los empleados y trabajadores. planta y equipo se subastó a la mejor postura en la cantidad de $ 3.000 ACCIONES CON VALOR NOMINA DE $ 1.700 -----8. quedando un saldo de $ 200 que se consideró incobrable. EL CAPITAL SOCIAL ESTA FORMADO POR 8.000 E 1.500 C 1.com/doc/2073037/Contabilidad-VI Suma total $ 498 A los clientes se les otorgó un descuento del 5% para que liquidaran su adeudo.000 Suma $ 7.http://es.020 Se generaron intereses por 260 HACER ASIENTOS CONTABLES.030 c) impuestos por pagar 600 d) Gastos acumulados 900 e) Préstamo a largo plazo 4. Los lotes que se consideraron en mal estado fueron reprocesados. Se liquidaron los siguientes pasivos: a) Documentos por pagar $ 500 b) Cuentas por pagar a proveedores 1. El activo no circulante en inmuebles.00 CADA UNA EN PODER DE CINCO ACCIONISTAS COMO SIGUE: Accionista: Acciones: A 1. al liquidador C. separando el material dañado. 3.VALUACION. Los clientes liquidan su saldo. Elizondo procede a lo siguiente: I. 1. el C.http://es. debido a la antigüedad que registran. por lo que son incobrables.. II. Los otros pasivos a corto plazo fueron liquidados de acuerdo a registros contables. Los depósitos en garantía son irrecuperables. La papelería y artículos de oficina se considera perdida. ya que se trata de papelería impresa sin uso posterior.00 b) Equipo de Transporte 600. 5. acuerdan la disolución anticipada de la sociedad. Contrata como valuador al Ingeniero ALBERTO MENDOZA J.000. 4. los socios de la empresa denominada ³ZAPATEROS UNIDOS DEL BAJIO. A. En cumplimiento del citado acuerdo. se designa como liquidador al C.000.scribd. debido a la contracción del mercado y las pérdidas el ejercicio anterior. se determinó que existen $ 245.00.5% sobre el valor ajustado previamente. para que reciba los bienes.V. corresponden a un periodo pasado. Los activos fijos se deben subastar para llegar a realizarlos como sigue: a) Mobiliario y Equipo $ 125.00 d) Maquinaria industrial 2¶500.00 a cargo de clientes no localizados.com/doc/2073037/Contabilidad-VI En asamblea extraordinaria de accionistas. Los intereses cobrados por anticipado. se estima pueden en un total de $ 7¶500.000..P. celebrada el 15 de Junio del 2002. elaborando el balance correspondiente por el inicio de la liquidación y presentarlo a los socios. Los activos fijos se realizaron con descuento del 0. 3. Los impuestos anticipados se aplican al saldo de impuestos por pagar. DE C. 1. 4.P. 2. una vez aplicado el descuento.´.000.P. MANUEL ELIZONDO V.00 6.75% del saldo ajustado. MANUEL ELIZONDO VERDIN. practicado al 31 de Mayo del 2002. mercancía fuera de moda. como sigue: a) Al balance presentado por la administración deben hacerse los ajustes siguientes. 7. Los inventarios se realizaron con un incremento del 1. En el pago a acreedores se obtuvo un descuento del 2% sobre el saldo ya ajustado. libros y documentos de la sociedad. 2.00 c) Equipo de Cómputo 75. siempre que se conceda un descuento del 5%. LIQUIDACION. El actual administrador proporciona el balance general de la empresa.Mediante un análisis minucioso a los inventarios.000. Del análisis al saldo de clientes. quien deberá preparar un balance inicial de liquidación. 6. Del saldo de documentos por cobrar se estima recuperable el total. para ajustar las cifras a valor de realización. y así conocer la situación financiera al 31 de Mayo.000. 5. S. Para llevar a cabo el trabajo encomendado por la asamblea. se . http://es.000 Clientes 32¶050.700 Producción en proceso 3¶467.890 Productos terminados 1¶875.00 c/u b) Acciones serie ³B´ 10. A.000.00 c/u c)Acciones serie ³C´ 13.250 $ 47¶929.000 Depreciación acumulada 655.200 -----------Equipo de transporte 1¶245. DE C.300 122.00 c/u d) Las acciones fueron suscritas como sigue: 1.600 -----------Equipo de cómputo 185. Dos socios en partes iguales las acciones serie ³C´ ZAPATEROS UNIDOS DEL BAJIO.700 . Socio fundador las acciones serie ³A´ 2.000 con valor nominal de $ 500.500 con valor nominal de $ 800. V.250 ---------------------------F I J O: Depósitos en garantía 82.400 589. S.000 con valor nominal de $ 1. Socio industrial con las acciones serie ³B´ 3.com/doc/2073037/Contabilidad-VI traspasa a productos.000 Documentos por cobrar 2¶350. a) Acciones serie ³A´ 50.500 Depreciación acumulada 112.350 Mobiliario y equipo de oficina 234.660 7¶879. III. Balance general al 31 de Mayo del 2002 ACTIVO: CIRCULANTE: Caja y Bancos $ 5¶650.scribd. CONFORMACION DEL CAPITAL SOCIAL.000 Inventarios: Materia prima $ 2¶535. 000 $ 7¶015.000 Documentos por pagar 3¶250.522 Papelería y art.700 2¶824.872 -------------------------------SUMA DEL ACTIVO $ 52¶459.200 -----------Maquinaria Industrial 3¶250.http://es. De oficina 122.000 Reserva Legal 422.000 Impuestos por pagar 1¶125.350 ------------SUMA DEL PASIVO $ 7¶141.com/doc/2073037/Contabilidad-VI Depreciación acumulada 66.300 3¶737.650 --------------------------DIFERIDO.800 ------------DIFERIDO: Intereses cobrados por anticipado 125.scribd.150 CAPITAL CONTABLE: Capital Social $ 45¶800.500 119.772 ============= PAS IV O: CIRCULANTE: Acreedores diversos $ 325.350 792. Impuestos anticipados 670.000 Depreciación acumulada 425.800 Proveedores 2¶315.560 Utilidades acumuladas 2¶765.400 . Cuando esto sucede. En virtud de la quiebra. respetando la primacía especial que tienen algunos créditos. de sus unidades productivas o de los bienes que la integran para el pago a los acreedores reconocidos. II. la cual estuvo vigente durante más de 57 años.com/doc/2073037/Contabilidad-VI 38 Resultado del ejercicio (3¶669. La finalidad de la conciliación es lograr la conservación de la empresa del comerciante mediante el convenio que suscriba con sus acreedores reconocidos. La quiebra es un estado jurídico que no se produce por el hecho de que el comerciante cese en sus pagos. El comerciante solicite su declaración en concurso mercantil y se ubique en alguno de los supuestos consignados en las fracciones I o II del artículo 10 de dicha Ley. el incumplimiento generalizado en el pago de las obligaciones de un comerciante a que se refiere el artículo 9 de la referida Ley.http://es. Que de aquellas obligaciones vencidas a que se refiere el párrafo anterior. es necesario distribuir equitativamente el patrimonio insuficiente del deudor entre todos los acreedores que tengan iguales derechos. las que tengan por lo menos treinta días de haber vencido representen el treinta y cinco por ciento o más de todas las . el deudor responde con su patrimonio frente a los acreedores conjuntamente. consiste en el incumplimiento en sus obligaciones de pago a dos o más acreedores distintos y se presentan las condiciones siguientes: I.338) 45¶318. La finalidad de la quiebra es la venta de la empresa del comerciante. Para los efectos de esta Ley. denominadas conciliación y quiebra. El concurso mercantil consta de dos etapas sucesivas. el estado de quiebra se presenta cuando la sociedad sobrepase el pago normal de sus obligaciones. Desde el punto de vista jurídico. promulgada el 20 de mayo de 1943. el comerciante que incumpla generalizadamente en el pago de sus obligaciones. DE LOS SUPUESTOS DEL CONCURSO MERCANTIL Será declarado en concurso mercantil. Cualquier acreedor o el Ministerio Público hubiesen demandado la declaración de concurso mercantil del comerciante y éste se ubique en los dos supuestos consignados en las fracciones I y II del artículo 10 de ésta Ley. mediante un tratamiento de igualdad. Toda entidad jurídica.772 ============= CAPITULO VIII CONCURSOS MERCANTILES DE SOCIEDADES CONCEPTO GENERAL El 15 de Mayo del 2000 entró en vigor la Ley de concursos Mercantiles sustituyendo a la Ley de Quiebra y Suspensión de Pagos. tiene el derecho a solicitar que se le declare en concurso mercantil. antes de que el juez la declare en quiebra.622 ----------------------------------SUMA DEL PASIVO Y CAPITAL $ 52¶459. Se entenderá que un comerciante incumplió generalizadamente en el pago de sus obligaciones cuando: I. sino que requiere una declaración judicial que lo establezca.scribd. para hacer frente a por lo menos el ochenta por ciento de sus obligaciones vencidas a la fecha de la demanda. De acuerdo al artículo 21 de la propia Ley. a ella deberán acompañar los anexos siguientes: DEL PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACION DE CONCURSO MERCANTIL. a ella deberán acompañar los anexos siguientes: I. y además. la fecha de vencimiento del crédito o créditos de cada uno de ellos. denominación o razón social del comerciante. DEL PROCEDIMIENTO PARA LA DECLARACION DE CONCURSO MERCANTIL. El comerciante que considere que ha incurrido en el incumplimiento generalizado de sus obligaciones en términos de cualquiera de los dos supuestos establecidos en el artículo 10 de la referida Ley. géneros de comercio y derechos de cualquier otra especie. que pudieran ser vendidos en un plazo máximo de treinta días hábiles bancarios. los cuales deberán estar auditados cuando exista esta obligación en términos de ley. títulos valores. que haya otorgado para garantizar deudas propias y de terceros. La solicitud de declaración en concurso mercantil presentada por el propio comerciante deberá contener el nombre completo. podrá solicitar que se le declare en concurso mercantil. el domicilio que señale para oir y recibir notificaciones. Un inventario de todos sus bienes inmuebles y muebles. El comerciante que considere que ha incurrido en el incumplimiento generalizado de sus obligaciones en términos de cualquiera de los dos supuestos establecidos en el artículo 10 de la referida Ley. y además. La solicitud de declaración en concurso mercantil presentada por el propio comerciante deberá contener el nombre completo. así como de las garantías reales o personales. de los últimos tres años.scribd. cuya valuación a la fecha de la presentación de la demanda sea conocida. podrán demandar la declaración de concurso mercantil cualquier acreedor del comerciante o el Ministerio Público. Los activos que se deberán considerar para los efectos de lo establecido en la fracción II. Los estados financieros del comerciante. el domicilio que señale para oir y recibir notificaciones. c) Clientes y cuentas por cobrar cuyo plazo de vencimiento no sea superior a noventa días naturales posteriores a la fecha de admisión de la demanda. II. b) Los depósitos e inversiones a plazo cuyo vencimiento no sea superior a noventa días naturales posteriores a la fecha de admisión de la demanda. indicando las características particulares de dichos créditos. Una memoria en la que dé razones acerca de las causas que lo llevaron al estado de incumplimiento en que se encuentran. denominación o razón social del comerciante. d) Los títulos valores para los cuales se registren regularmente operaciones de compra y venta en los mercados relevantes. podrá solicitar que se le declare en concurso mercantil. y. El comerciante no tenga activos enunciados en el párrafo siguiente. y III. serán: a) El efectivo en caja y los depósitos a la vista. Una relación de sus acreedores y de sus deudores que indique sus nombres y domicilios. el grado con que estima se les debe reconocer.http://es. y II.com/doc/2073037/Contabilidad-VI obligaciones a cargo del comerciante a la fecha en que se haya presentado la demanda o solicitud de concurso. . podrán llevar a cabo verificaciones directas de bienes y mercancías de las operaciones. o bien de oficio. comunicará al juez el nombre de las personas de las que se auxiliará para el desempeño de sus funciones sin que persona alguna no designada pueda actuar en la visita. El visitador y sus auxiliares tendrán acceso a los libros de contabilidad. La intervención de la caja. El visitador deberá acreditar su nombramiento con la orden respectiva. deberá remitir copia de la misma al Instituto.com/doc/2073037/Contabilidad-VI Si un juez. VI. el visitador podrá solicitar al juez en el transcurso de la visita la adopción. VII. De igual forma y en el mismo plazo deberá hacerlo del conocimiento de las autoridades fiscales competentes para los efectos que resulten procedentes. IV. este último demande la declaración de concurso mercantil. El aseguramiento de bienes. La orden de arraigar al comerciante. A más tardar al día siguiente de la designación del visitador. girándose de inmediato los oficios respectivos. El visitador. modificación o levantamiento de las providencias precautorias a las que se refiere dicho artículo. para el solo efecto de que no pueda separarse . gerencial y administrativo del comerciante. ordenándole que designe un visitador dentro de los cinco días siguientes a que reciba dicha comunicación. contables o legales. debiendo fundamentar en todos los casos las razones de su solicitud. registros y estados financieros del comerciante. el Instituto lo deberá informar al juez y al visitador designado. II. III. La prohibición de hacer pagos de obligaciones vencidas con anterioridad a la fecha de admisión de la solicitud o demanda de concurso mercantil. con el objeto de proteger la masa y los derechos de los acreedores. Asimismo. Al día siguiente de que conozca de dichas designaciones.scribd. incluyendo a sus asesores externos financieros. advierte que un comerciante se ubica en cualquiera de los supuestos de los artículos 10 y 11. (art. dentro de los cinco días que sigan al de su designación. durante la tramitación de un juicio mercantil. DE LA VISITA DE VERIFICACION Al día siguiente de que el juez admita la demanda. así como a cualquier otro documento o medio electrónico de almacenamiento de datos en los que conste la situación financiera y contable de la empresa del comerciante y que estén relacionados con el objeto de la visita. Además de las providencias precautorias a que hace referencia el artículo 25. procederá de oficio a hacerlo del conocimiento de las autoridades fiscales competentes y del Ministerio Público para que en su caso. La suspensión de todo procedimiento de ejecución contra los bienes y derechos del comerciante. La prohibición al comerciante de realizar operaciones de enajenación o gravamen de los bienes principales de su empresa. 29). La prohibición de realizar transferencias de recursos o valores a favor de terceros. Tanto el visitador como sus auxiliares deberán identificarse con el comerciante antes de proceder a la visita. 34). así como entrevistas con el personal directivo. V. Las providencias precautorias podrán consistir en las siguientes: I. El juez podrá dictar las providencias precautorias que estime necesarias una vez que reciba la solicitud. el juez dictará acuerdo dándolas a conocer a los interesados.http://es. (art. conciliador o síndico. 37). (art. por los actos propios y de sus auxiliares. el conciliador. conciliador o síndico podrá ser impugnado ante el juez por el comerciante. Cualquier acreedor o grupo de acreedores que representen por lo menos el diez por ciento del monto de los créditos a cargo del comerciante. 62). 56) Cuando la mencionada ley no determine un plazo para el cumplimiento de las obligaciones del visitador. por incumplimiento de sus obligaciones y por la revelación de los datos confidenciales que conozcan en virtud del desempeño de su cargo. Solicitar al conciliador o al síndico el examen de algún libro. cumpliendo con lo dispuesto por el artículo 63. así como los informes que se mencionan en el artículo 59 de la ley. Todos los informes serán puestos a la vista del comerciante. mediante mandato. Los interventores tendrán las facultades siguientes: I. que a su juicio puedan afectar los intereses de los acreedores. cuyos honorarios serán a costa de quien o quienes lo soliciten. deberán rendir bimestralmente ante el juez un informe de las labores que realicen en la empresa del comerciante y deberán presentar un informe final sobre su gestión. Los interventores podrán ser sustituidos o removidos por quienes los hayan designado.com/doc/2073037/Contabilidad-VI del lugar de su domicilio sin dejar.scribd. así como de los actos realizados por el comerciante en la administración de su empresa. DE LOS INTERVENTORES. III. y VIII. 59). 61). (art. el conciliador y el síndico serán responsables ante el comerciante y ante los acreedores. Solicitar al conciliador o al síndico información por escrito sobre las cuestiones relativas a la administración de la masa. del conciliador o del síndico. así como cualquier otro medio de almacenamiento de datos del comerciante sujeto a concurso mercantil. 58). de los acreedores y de los interventores por conducto del juez. el cual no podrá exceder de treinta días naturales más. y por cualquiera de los acreedores dentro de los tres días siguientes a la fecha en que la designación se hubiere hecho de su conocimiento (art. El visitador. DE LOS ORGANOS DEL CONCURSOMERCANTIL DEL VISITADOR. El síndico y. el juez autorice un plazo mayor. Los interventores representarán los intereses de los acreedores y tendrán a su cargo la vigilancia de la actuación del conciliador y del síndico. (art. DEL CONCILIADOR Y DEL SINDICO. Cuando quien haya sido arraigado demuestre haber dado cumplimiento a lo anterior. el juez levantará el arraigo. 64) . de conformidad con la lista provisional de créditos. y IV. El nombramiento del visitador. apoderado suficientemente instruido y expensado.http://es. se entenderá que deberán llevarlas a cabo en un plazo de treinta días naturales salvo que. (art. respecto de los daños y perjuicios que causen en el desempeño de sus funciones. Gestionar la notificación y publicación de la sentencia de concurso mercantil. respecto de las cuestiones que a su juicio puedan afectar los intereses de los acreedores. o documento. a petición del visitador. Las demás que se establecen en ésta ley (art. (art. Cualesquiera otras de naturaleza análoga. El acreedor o grupo de acreedores deberán dirigir sus solicitudes al juez a efecto de que éste haga el nombramiento correspondiente. Para ser interventor no se requiere ser acreedor. tendrán derecho a solicitar al juez el nombramiento de un interventor. II. en su caso. Los inmuebles vendidos al comerciante. El conciliador decidirá sobre la resolución de contratos pendientes y aprobará. DE LA ADMINISTRACION DE LA EMPRESA DEL COMERCIANTE Durante la etapa de conciliación. Las autoridades fiscales competentes podrán continuar los actos necesarios para la determinación y aseguramiento de los créditos fiscales a cargo del comerciante. La sentencia de concurso mercantil no será causa para interrumpir el pago de las obligaciones laborales ordinarias del comerciante. por ser indispensables para la operación de la empresa. con independencia de los demás que señala ésta ley. en caso de que existan. Cuando el comerciante continúe con la administración de su empresa.com/doc/2073037/Contabilidad-VI DE LOS EFECTOS DE LA SENTENCIA DE CONCURSO MERCANTIL Desde que se dicte la sentencia de concurso mercantil y hasta que termine la etapa de conciliación. Los muebles adquiridos al contado. podrán ser separados por sus legítimos titulares. asegurar los derechos que la Constitución. Los bienes en posesión del comerciante que sean identificables. Los que pueden ser reivindicados con arreglo a las leyes. cuando la compraventa no hubiere sido debidamente inscrita en el registro público correspondiente. sus disposiciones reglamentarias y esta ley garantizan a los trabajadores. El auto de admisión de la demanda de concurso mercantil tendrá entre sus propósitos. A partir de la sentencia de concurso mercantil y hasta la terminación del plazo para la etapa de conciliación.http://es. si la cláusula de resolución por incumplimiento en el pago se hubiere inscrito en el registro público correspondiente. para efectos de su pago con preferencia. La sentencia de concurso mercantil no será causa para interrumpir el pago de las contribuciones fiscales o de seguridad social ordinarias del comerciante. recaudadas o trasladadas por el comerciante por cuenta de las autoridades fiscales. no podrá ejecutarse ningún mandamiento de embargo o ejecución contra los bienes y derechos del comerciante. III. si el comerciante no hubiere pagado la totalidad del precio al tiempo de la declaración de concurso mercantil. la contratación de nuevos créditos. Los muebles o inmuebles adquiridos a crédito. cuya propiedad no se le hubiere transferido por título legal definitivo e irrevocable.scribd. Podrán separarse de la masa de los bienes que se encuentren en las situaciones siguientes o en cualquiera otra de naturaleza análoga: I. la constitución o sustitución de garantías y la enajenación de activos cuando no estén vinculados con la operación ordinaria de la empresa del comerciante. V. (art. (art. II. salvo lo dispuesto en el artículo 81 de la ley correspondiente. . no pagados por éste. 66). la administración de la empresa corresponderá al comerciante. previa opinión de los interventores. Las contribuciones retenidas. el conciliador vigilará la contabilidad y todas las operaciones que realice el comerciante. 69) DE LA SEPARACION DE BIENES QUE SE ENCUENTREN EN POSESION DEL COMERCIANTE. IV. se suspenderán los procedimientos administrativos de ejecución de los créditos fiscales. la sentencia de declaración de quiebra se dictará de plano. podrá abstenerse de solicitar la opinión de los interventores para la enajenación de un bien en aquellos casos en que éste sea perecedero o considere que pueda estar expuesto a una grave disminución de su precio. los demás documentos que permitan determinar su pasivo. información que el propio comerciante y su personal estarán obligados a proporcionar al conciliador. un convenio en términos de lo previsto en ésta ley. DE LA DECLARACION DE QUIEBRA. II. (art. o su conservación sea costosa en comparación con la utilidad que pueda generar para la masa. 168). sus administradores. o. la información que se desprenda del dictamen del visitador. Cuando el conciliador tenga la administración de la empresa del comerciante deberá realizar las gestiones necesarias para identificar los bienes propiedad del comerciante declarado en concurso mercantil que se encuentren en posesión de terceros. Transcurra el término para la conciliación y sus prórrogas si se hubieren concedido. sin que se someta al juez. bajo su más estricta responsabilidad. El propio comerciante así lo solicite. que podrá ser total o parcial. así como. el procedimiento se substanciará incidentalmente. podrá solicitar al juez que ordene el cierre de la empresa. 79). el conciliador deberá presentar al juez una lista provisional de créditos a cargo del comerciante en el formato que al efecto determine el Instituto. En el caso de la fracción III. con excepción de los inalienables. El comerciante en concurso mercantil será declarado en estado de quiebra cuando: I. debiendo informar de ello al juez dentro de los tres días siguientes a la operación. el conciliador permanecerá en su encargo con independencia de que la etapa de conciliación se dé por terminada. el conciliador previa opinión de los interventores. temporal o definitivo.com/doc/2073037/Contabilidad-VI En caso de sustitución de garantías. (art. inembargables e imprescriptibles. III. en su caso. el conciliador deberá contar con el consentimiento previo y por escrito del acreedor de que se trate. 75) El conciliador. (art. En el caso de las fracciones I y II anteriores. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior.78). El conciliador y el comerciante deberán considerar la conveniencia de conservar la empresa en operación. 121). II. Dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de la última publicación de la sentencia de concurso mercantil en el Diario Oficial. (art. 120). La sentencia de declaración de quiebra deberá contener: I. (art. (art.scribd. . La declaración de que se suspende la capacidad de ejercicio del comerciante sobre los bienes y derechos que integran la masa. en caso de que existan. cuando así convenga para evitar el crecimiento del pasivo o el deterioro de la masa. gerentes y dependientes de entregar al síndico la posesión y administración de los bienes y derechos que integran la masa.http://es. para su aprobación. salvo que ésta suspensión se haya decretado con anterioridad. DEL RECONOCIMIENTO DE CREDITOS Para el desempeño de las funciones que le atribuye la ley. El conciliador solicite la declaración de quiebra y el juez la conceda en los términos previstos en el artículo 150 de ésta ley. La orden al comerciante. Dicha lista deberá elaborarse con base a la contabilidad de comerciante. Si se hubiere efectuado pago a los acreedores reconocidos mediante cuota concursal de las obligaciones del comerciante. entre tanto. La sentencia de terminación del concurso mercantil se notificará A través del boletín judicial o por los estrados del juzgado. inembargables e imprescriptibles. quien se encuentre a cargo de la administración de la empresa del comerciante tendrá las obligaciones de los depositarios respecto de los bienes y derechos que integran la masa.com/doc/2073037/Contabilidad-VI III. El comerciante conservará la disposición y la administración de aquellos bienes y derechos de su propiedad que sean legalmente inalienables. de entregarlos al síndico. Para ello el juez deberá tomar las medidas pertinentes al caso y dictar cuantas resoluciones sean necesarias para la inmediata ocupación de los libros. aun para cubrir los créditos a que se refiere el artículo 224 de esta ley. Si se demuestra que la masa es insuficiente. IV. o V. Los aspectos contables de la quiebra se pueden separar en seis etapas en que se resumen las actividades del procedimiento de quiebra. III. Para el desempeño de sus funciones y sujeto lo previsto en esta ley. El juez declarará concluido el concurso mercantil en los siguientes casos: I.http://es. y no quedaran más bienes por realizarse. o en caso contrario designe síndico. (art. ASPECTOS CONTABLES. (artículo 262). IV. La orden a las personas que tengan en su posesión bienes del comerciante. (art. del comerciante en la administración de su empresa. . La sentencia que declare la quiebra implicará la remoción de plano. En cualquier momento en que lo soliciten el comerciante y la totalidad de los acreedores reconocidos. La orden al Instituto para que designe al conciliador como síndico. papeles. medios electrónicos de almacenamiento y proceso de información y todos los bienes que se encuentre en posesión del comerciante. las señaladas en las fracciones I. con apercibimiento de doble pago en caso de desobediencia. DE LOS EFECTOS PARTICULARES DE LA SENTENCIA DE QUIEBRA. Si se hubiere efectuado el pago integro a los acreedores reconocidos. La sentencia de quiebra deberá contener. sin necesidad de mandamiento judicial. y V. La prohibición a los deudores del comerciante de pagarle o entregarle bienes sin autorización del síndico. II y XV del artículo 43 de ésta ley. 179) El síndico deberá iniciar las diligencias de ocupación a partir de su designación. salvo los que estén afectos a ejecución de una sentencia ejecutoria para el cumplimiento de obligaciones anteriores al concurso mercantil. debiendo tomar posesión de los bienes y locales que se encuentren en posesión del comerciante e iniciar su administración. 265). en un plazo de cinco días. (art. el síndico contará con las más amplias facultades de dominio que en derecho procedan. DE LA TERMINACION DE LOS CONCURSOS MERCANTILES. 178). Cuando se apruebe un convenio en términos del título quinto de ésta ley. documentos. en la que será sustituido por el síndico.scribd. II. además de las mencionadas a que se refiere este artículo. la venta de los activos. en el caso de que el síndico los tenga en su poder o en libros nuevos utilizados para la quiebra. TERCERA ETAPA. preparándose con ésta información el balance inicial de quiebra. utilidades o pérdidas que se realicen. 178 y 181). Esto incluye la cancelación de las reservas de depreciación y amortización y la revisión de todos los conceptos del balance y un dictamen sobre el estado de la contabilidad del comerciante. títulos. 190). En adición al estado de resultados de la quiebra es necesario conocer la situación financiera que guarda la sociedad. En esta cuenta se registrarán los gastos.197) Las operaciones deben registrarse en los libros de contabilidad de la sociedad. De no existir el balance inicial no se podrá informar sobre el resultado por valuación a valores de realización. QUINTA ETAPA. como base a los trabajos de la segunda etapa y el avalúo a valor de realización. ventas y toda clase de actos convenientes para la terminación de la quiebra. (art. muebles e inmuebles. realizar los cobros por crédito. 184). PRIMERA ETAPA. separando los pasivos de conformidad a la . documentos y papeles del quebrado para asegurar y dar posesión al visitador de todos los bienes y derechos. SEGUNDA ETAPA. Se procede a la ocupación de los bienes. ingresos. géneros de comercio y derechos. (art. sobre todo los eventos económicos que la sociedad realice para poder liquidar a los acreedores. Las operaciones de la quiebra implican el cobro de las deudas a favor de la sociedad.com/doc/2073037/Contabilidad-VI La contabilidad debe captar. Su saldo puede ser deudor o acreedor y es conveniente manejar auxiliares para conocer en detalle el concepto realizado. y su importe debe ser igual al saldo de la cuenta. títulos. y su resultado se reflejará en la cuenta resultados de la quiebra.scribd. derechos y obligaciones de la sociedad. porque se valuarán directamente los inventarios. se obtiene el balance inicial de quiebra de conformidad a las reglas particulares ya mencionadas. erogaciones que deben hacerse en el proceso de la quiebra y la distribución del haber social entre los acreedores de conformidad a la sentencia que dicte un juez. La enajenación de los bienes y derechos de la masa el síndico debe procurar el mayor producto posible por su enajenación y deberá procurar la conveniencia de mantener a la empresa en operación. 190) Desde un punto de vista contable se deberá. En este estado deben separarse los gastos de los ingresos. Los ajustes a las cuentas producen el resultado por valuación o valores de realización y se obtiene el balance inicial de quiebra. (art. El visitador toma posesión y control de todos los bienes. Este estado se prepara de los auxiliares de la cuenta ³Resultado de la quiebra´. si es posible con los inventarios. también conocida con el nombre de estado de realización y quiebra. La valuación debe hacerse a valores de realización. depósitos de dinero. valores de todas clases. En esta etapa se incluyen todos los eventos económicos de la administración de la quiebra como: efectuar los gastos normales para la conservación y reparación de los bienes de la masa. (art.http://es. verificar el balance inicial de la empresa (etapa uno). sin comparar contra los datos de la empresa. En base a los resultados de las operaciones es necesaria la preparación estado de resultados de la quiebra. registrar e informar. (art. provisionalmente en tanto el juez dicte sentencia de concurso mercantil. y los inventarios mencionados en la etapa anterior. valores de todas clases. Se debe formar el inventario de todos los bienes. CUARTA ETAPA. En ésta etapa se efectuará el avalúo de los conceptos del balance general inicial. géneros de comercio y derechos. http://es. 218) b) Acreedores con garantía real (art. En esta etapa también se originan los asientos necesarios para el cierre de libros. 222) Los montos deberán ajustarse por el efecto del valor de los UDIS. En esta etapa se distribuye determinado previamente entre quienes tienen el derecho sobre los activos y la fijación del orden del pago en la que se establece el grado y la prelación que se reconocen a cada crédito de conformidad a la sentencia del juez. 221) e) Acreedores comunes (art. SEXTA ETAPA. 220) d) Créditos laborales y fiscales (art.com/doc/2073037/Contabilidad-VI clasificación de los acreedores en: a) Acreedores singularmente privilegiados (art. Para poder precisar la cantidad que se debe entregar a los acreedores es necesario efectuar cálculos y mostrar su resultado en el informe de quiebra. 219) c) Acreedores con privilegio especial (art. .scribd. En base a la clasificación anterior se prepara el balance final de quiebra. scribd.http://es.com/doc/2073037/Contabilidad-VI . scribd.com/doc/2073037/Contabilidad-VI .http://es. http://es.com/doc/2073037/Contabilidad-VI .scribd. http://es.scribd.com/doc/2073037/Contabilidad-VI . com/doc/2073037/Contabilidad-VI .scribd.http://es. com/doc/2073037/Contabilidad-VI .http://es.scribd. com/doc/2073037/Contabilidad-VI .scribd.http://es. http://es.com/doc/2073037/Contabilidad-VI .scribd.
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