CASO GIULIANA LLAMOJA HILARESCRIMINALISTICA 2 INTRODUCCIÓN La trascendencia de algunos acontecimientos en nuestra sociedad se realzan por su notoriedad y gran conmoción que generan, tal como sucedió en el caso de María del Carmen Linares madre de la conocida Giuliana Llamoja Linares. Ambas protagonistas de un terrible suceso que termino con la muerte de la primera a manos de su hija. La familia debe ser el entorno donde se brinda mayor protección y afecto a sus miembros, sin embargo, en muchas ocasiones, los lazos se tornan frágiles que su ruptura desencadena situaciones trágicas, es el caso de Giuliana Llamoja Linares, que en los frecuentes enfrentamientos con su madre y la poca tolerancia entre ambas, generó un clima de desunión, desconfianza, intolerancia y agresiones físicas como psicológicas. Y como es de esperar, llegan momentos de desenfreno que transforman las circunstancias y conllevan a escenas desgarradores, como es el presente caso; y que generalmente casos como éste son enfrentados en un proceso penal, por lo general detecta una exposición de argumentados por ambas partes, con relatos verídicos o contradictorios. Quien finalmente resolverá el caso, comprobando la veracidad de los argumentos, será un Órgano jurisdiccional, quien a su vez tendrá que resolver si coinciden con el objeto narrado, sujeto a los límites que al ser humano le es posible conocer. “De las diversas versiones el juez escogerá la o las más verosímiles y la transformará en única con el fin de obtener la verdad de los hechos nunca absoluta para los hombres, sino tan sólo una verdad formal 1 ” 1 PLASCENCIA, Raúl. Los Medios de Prueba en Materia Penal, En: www.enj.org/portal/bibliotecapenal/laprueba_proceso_penal/29.pdf CASO GIULIANA LLAMOJA HILARES CRIMINALISTICA 3 CASO: GIULIANA FLOR DE MARÍA LLAMOJA HILARES I. NARRACIÓN DE LOS HECHOS Según la sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Primera Sala Penal Transitoria R.N. Nº 3651-2006 Lima: El día cinco de marzo del dos mil ocho, aproximadamente a las tres de la tarde ingresó a su vivienda ubicada en la Calle Las Magnolias número ciento cincuenta y cinco – urbanización Entel Perú- Distrito de San Juan de Miraflores, donde descansó hasta la llegada de su hermano Luis Augusto Llamoja Hilares aproximadamente a las seis de la tarde, quien luego de algunos minutos se retiró de su domicilio, posteriormente, la procesada se dirigió a una tienda cercana a su vivienda, donde adquirió una bebida gaseosa “Coca- Cola” y dos sobres con raticida “Marca killer Campeón”, retornado a su vivienda, con la intención de envenenar a su madre María del Carmen Hilares Martínez, para lo cual mezcló un sobre de veneno con la bebida gaseosa en otra botella y vertió el líquido en un vaso, pero luego desistió de dicha acción y lo arrojó en el lavadero de la cocina y el otro sobre lo guardó en el bolsillo de su saco. Que luego ésta se dirigió al baño de visitas del primer piso de su inmueble, tomando y trasladando el espejo a la sala para probarse ropa que había comprado, circunstancias en la que, siendo aproximadamente las nueve de la noche, la agraviada llega a su vivienda, ingresa a la sala y encuentra a su hija, a quien le recrimina haber sacado el espejo del baño, iniciándose una discusión entre ambas que se tornó cada vez más agresiva, al extremo que la occisa profirió palabras soeces contra su hija y se dirigió hacia ella arrebatándole el espejo y generándose un forcejeo, CASO GIULIANA LLAMOJA HILARES CRIMINALISTICA 4 donde la occisa trató le lesionar a la procesada arrojándole un adorno jarrón de arcilla, el mismo que impactó contra el piso. La procesada se dirigió a la cocina siendo perseguida por su madre, quien ingresó por la puerta adyacente al jardín la que continuaba vilipendiando a la procesada y ésta en un intento de frenar dichos abusos, tomó un cuchillo de la cocina con mango de madera y lo golpeó verticalmente contra la mesa, hecho que enfureció a la agraviada, quien según versión de la encausada cogió dos cuchillos de mango sintético y los arrojó contra la procesada, impactando uno contra la pared y otro en el piso (ambos se quebraron) y e respuesta la procesada volvió a sujetar el cuchillo que había dejado en la mesa, mientras su madre empuñó otro cuchillo y apuntó contra la procesada ocasionándole un corte en la palma de la mano derecha por lo que la procesada se abalanzó contra la agraviada occisa y trató de desarmarla, pero en ese intento infirió diversas lesiones, emprendiéndose una mortal pugna entre ambas, en las que dieron varias vueltas a rededor de la mesa de la cocina, mientras la procesada seguía hiriendo a su madre en diversas partes de las extremidades superiores, abdomen, cuello, rostro y cráneo, hasta que en un descuido presionaron el interruptor de la luz y quedaron a oscuras, fue entonces que ambas cayeron al piso de la cocina continuando el forcejeo, reincorporándose la procesada, pero su madre, que se había desplomado de bruces, no volvió a erguirse pues había sigo lesionada letalmente en la arteria carótida, produciéndose su muerte. El fiscal, refiere que la procesada sujetó las extremidades superiores de la agraviada, y jalándola la trasladó desde la cocina hasta el baño de visitas, ambas ubicadas en el primer piso, donde la dejó al costado del inodoro en posición cúbito dorsal después de cerrar con seguro la puerta. Luego limpió los restos de sangre, recogió los restos de cerámica, dos mangos de cuchillo con sus respectivas hojas metálicas, un mango de cuchillo de CASO GIULIANA LLAMOJA HILARES CRIMINALISTICA 5 madera, un sobre vacío de raticida, una montura de anteojos, un vaso de vidrio quebrado y las sandalias de jebe de la occisa, las que depositó en una bolsa de asura y las colocó en la parte posterior del jardín, luego se dirigió a su dormitorio del segundo piso y toda su vestimenta la escondió en una bolsa plástica y la condujo a la azotea, a un baño en construcción cubriendo con una tapa de balde plástico. Señala el fiscal que la procesada ingresa al baño, ubicado en el segundo piso, pero fue interrumpida por su hermano Luis Augusto Llamoja Hilares, por lo que cubierta con una toalla abrió la puerta y de regreso se dirigió a la cocina donde comió dos uvas, retornó a ducharse por un lapso de quince minutos, hasta que su hermano llamó a la procesada, refiriéndole que era imposible ingresar al baño del primer piso, atinando observar el interior por una ventana y percatándose que había un cuerpo en el suelo, preguntó la procesada sobre la identidad de aquella persona, respondiendo que era su madre, prosiguiendo Luis Augusto Llamoja Hilares a comunicar a los vecinos que ingresaron al inmueble e informaron el hecho a los bomberos, quienes hallaron el cuerpo inerte de la agraviada, que presentaba lesiones traumáticas registradas en el protocolo de necropsia. II. CALIFICACIÓN JURÍDICO PENAL 1. DESCRIPCIÓN TÍPICA Giuliana Llamoja es procesa por el delito contra LA VIDA, EL CUERPO Y LA SALUD, en la modalidad de PARRICIDIO, por ser la autora de la muerte de su madre Flor de María Linares, tras provocarle múltiples cortes, siendo tres de estos de consideración y los que le provocaron la muerte. CASO GIULIANA LLAMOJA HILARES CRIMINALISTICA 6 Según el artículo 107 del Código Penal “el que, a sabiendas, mata a su ascendiente, descendiente, natural o adoptivo, (…), será reprimido con pena privativa de libertad no menor de quince años. La pena privativa de libertad será no menor de veinticinco años, cuando concurra cualquiera de las circunstancias agravantes previstas en los numerales 1, 2, 3 y 4 del artículo 108.” 2 Giuliana Llamoja es la autora del delito de parricidio en agravio de su madre, ya que tuvo la intención de acabar con la vida de su progenitora, sin importarle el vinculo que las unía, cuando le produjo diversos cortes en el cuerpo, más de 60, no siendo posible hablar de legítima defensa por las zonas sensibles como cabeza y cuello, donde se aprecian estos cortes, teniendo conocimiento del peligro de sus acciones. Teniendo como único móvil el odio que sentía hacia su progenitora. Así mismo, Giuliana Llamoja no se inmuto tras la muerte de su madre, debido a que nunca pidió ayuda cuando la vio herida en el suelo de la cocina, en lugar de ello solo intento esconder el cadáver en el baño de la sala, procedió a ducharse y sobre todo altero la escena del delito, limpiando la cocina y escondiendo todos los instrumentos que se utilizaron en el enfrentamiento, evidenciando el animus necandi, que es el dolo, para actuar de la universitaria. III. IDENTIFICACIÓN DE ACTUACIONES CRIMINALÍSTICAS REALIZADAS 1. ESCENA DEL DELITO A. DILIGENCIA DE INSPECCIÓN CRIMINALÍSTICA 2 Código Penal de 1991. CASO GIULIANA LLAMOJA HILARES CRIMINALISTICA 7 De acuerdo a esta la Diligencia se pudo determinar la disposición del escenario del crimen, en la que se pudo encontrar los indicios y evidencias del delito, las cuales se llegaron a imprimir en imágenes fotográficas que describen: el cuerpo de la occisa en el baño de visita, las bolsas (en la azotea y el jardín posterior) conteniendo diversas especies que trato de ocultar la acusada, los mangos de cuchillos con sus hojas metálicas, el sobre de raticida, diversas prendas de vestir, trozos del jarrón de cerámica, una montura de lentes y un vaso de vidrio roto; Todos manchados de sangre de color pardo rojizos, pudiendo ser de la imputada o de la víctima. Ya concluido la Inspección, se llegó a registrar el Acta de Inspección Criminalística sobre lo que tendría relación con el hecho delictivo. Concepto: La diligencia de Inspección Criminalística o Inspección Técnico Criminalística es de carácter técnico-científico ya que está a cargo del perito criminalista especializado en determinada área de la ciencia (medicina, biología, balística, grafotécnia, entre otros) quien de manera directa y personal “iniciará con el aislamiento y protección de la escena, continuando con la búsqueda, ubicación, recojo, y traslado de toda muestra de interés criminalístico al Laboratorio para su examen y análisis, mediante la cadena de custodia.” 3 Todo, con el objetivo de evaluar lo sucedido y recolectar indicios y/o evidencias para la obtención de la prueba, ante el Poder Judicial, con el propósito de desentrañar el acto delictuoso. Debemos saber, que “cuando esta diligencia es practicada por personal de la PNP que trabaja en el Sistema Criminalístico, se denomina “Inspección Criminalística”. En cambio, cuando por razones insalvables debe ser practicado por personal que no 3 DIRECCIÓN DE CRIMINALÍSTICA DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ. “Manual de Criminalística”. Editorial A.F.A., 2 ª Edición. Lima-Perú. Pág. 19. CASO GIULIANA LLAMOJA HILARES CRIMINALISTICA 8 trabaja en Unidades de Criminalística se denomina “Inspección Técnico Policial.” 4 B. DILIGENCIA DE RECONSTRUCCIÓN DE LOS HECHOS La Diligencia de reconstrucción de los hechos fue a pedido de la Juez, amparándose en el art. 146 del Código de Procedimientos Penales, afín de ilustrar lo sucedido para el esclarecimiento de los hechos. Concepto: “La reconstrucción es un acto procesal que consiste en la reproducción artificial e imitativa de un hecho, en las condiciones en que se afirma o se presume que ha ocurrido, con el fin de comprobar si se lo efectuó o pudo efectuar de un modo determinado.” 5 Es decir, se trata de una representación tangible, aunque aproximada de la realidad ya que se pone los elementos materiales necesarios que contribuyeron a su formación. Los individuos y los objetos deberán ser puestos de manera simultánea y coordinada para su producción proporcionándonos un conocimiento sobre el hecho investigado. C. PERICIA FOTOGRÁFICA La Juez dispone la Diligencia de reconstrucción de los hechos a la División de Criminalística a que se designe peritos fotográficos afín de que las fotografías de los hechos puedan ser incorporados al proceso. 4 DIRECCIÓN DE CRIMINALÍSTICA DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ. “Manual de Criminalística”. Óp. cit. Pág. 19. 5 CAFFERATA NORES, José I. “La prueba en el Proceso Penal. Con especial referencia a la Ley 23.984”. Editorial DEPALMA, 3ª Edición. Buenos Aires-Argentina, 1998. Pág. 143. CASO GIULIANA LLAMOJA HILARES CRIMINALISTICA 9 También en la Diligencia de Inspección criminalística hay presencia de peritos fotográficos; las que describen el cuerpo de la occisa en el interior del baño de visita: las heridas cortantes por arma blanca en diversas partes del cuerpo, las bolsas conteniendo diversas especies que trato de ocultar la acusada, entre los que se encuentran mangos de cuchillo, con sus hojas metalicas, sobre de raticida y diversas prenda de vestir. Concepto: La fotografía es un medio admisible, consistente en la captación de imágenes reales que permitirá un estudio minucioso en cualquier momento. Por ello, al estar frente a una escena de delito y antes que se manipule el lugar el fotógrafo debe ser uno de los primero peritos en realizar su labor, que es el de imprimir el escenario; es por esta razón que la Criminalística considera que “la Fotografía Forense es la aplicación de técnica fotográfica a la labor Criminalística, con la finalidad de realizar la Perennización y mejor apreciación de la escena del delito y de los indicios, y/o evidencias que serán sometidos a estudios periciales en el Laboratorio de Criminalística.” 6 D. DILIGENCIA DE LEVANTAMIENTO DE CADÁVER Fue una instrumental que solo acredito el fallecimiento de la agraviada y respecto a las pruebas periciales. Concepto: El levantamiento de cadáveres consiste en un estudio minucioso o metódico de todas las pruebas médico legales, efectuadas en el lugar del hecho. Por ello, no consiste únicamente en levantar y transportar a la víctima hasta la morgue, pues existen otras tareas como: Exploración del lugar del hecho (armas, cartas, 6 DIRECCIÓN DE CRIMINALÍSTICA DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ. “Manual de Criminalística”. Óp. Cit. Pág. 64. CASO GIULIANA LLAMOJA HILARES CRIMINALISTICA 1 0 documentos, manchas, cuerdas, etc.), exploración de las vestimentas (prendas, perforaciones, desgarros, pertenencias, etc.), y exploración externa del cadáver (actitud, posición), aspectos que se complementarán con los resultados de la necropsia. Es aquella operación que permite recoger la evidencia del sitio del suceso. (Arburola) 7 . Para LACASSAGNE este procedimiento es importante y definitivo para el éxito de la investigación, ya que considera que un buen levantamiento es el 50% de la necropsia, versión que conserva toda su efectividad, pues de lo que se haga o deje de hacer dependerá el éxito o fracaso en las investigaciones. El objetivo es contestar las grandes interrogantes: ¿qué pasó?, ¿cómo?, ¿Cuándo?, ¿dónde?, ¿quién fue? 2. LABORATORIO E. DILIGENCIA DE NECROPSIA Con la Diligencia del Protocolo de Necropsia, el Tribunal Superior con ayuda de los peritos Médicos Legistas llegaron a señalar que; en las lesiones internas-cuello, la “agraviada presenta una herida cortante penetrante, que penetra a plano profundo, lacerando la arteria carótida izquierda lo que provocó la muerte…” 8 . Asi como, heridas cortantes superficiales con laceraciones, y cortes en la cabeza. Concepto: Para poder tener una idea más exacta de la Diligencia del Protocolo de Necropsia, creo conveniente dar a conocer un 7 Arburola. A,“La Criminalística en el Derecho Penal costarricense. Universidad de San José”. Tesis para optar por el grado de Licenciado en Derecho. San José, Costa Rica-1992. Pág. 46. 8 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, 1ª Sala Transitoria, 25.02.2009. CASO GIULIANA LLAMOJA HILARES CRIMINALISTICA 1 1 concepto básico de lo que es la Necropsia Médico legal que es nada menos que “el examen externo e interno de un cadáver realizado por un Médico que aplica las técnicas y procedimientos de la Anatomía Patológica internacionalmente aceptado para el estudio de un caso en que se investiga judicialmente una muerte” 9 . En cambio, el Protocolo de Necropsia es el “Documento médico, desarrollado por la disciplina de la Anatomía Patológica, en él se registran los hallazgos del examen del cadáver, la preservación de elementos materia de prueba (evidencia física) y la interpretación y análisis del caso en el contexto de la información acopiada y disponible al momento en que el perito aborda el caso y realiza el informe.” 10 En términos generales el Protocolo de Necropsia debe incluir: datos del caso, registro de la información técnica, documentos Anexos, etc. La autopsia es conocida también como necropsia, Autopsia Significa (Ver por uno mismo). Esta es un examen del cuerpo de una persona que ha muerto para determinar la causa de la muerte, o para verificar dicho diagnóstico. La autopsia es un procedimiento médico que emplea la disección, con el fin de obtener información anatómica sobre la causa, naturaleza, extensión y complicaciones de la enfermedad que sufrió en vida el sujeto autopsiado. La autopsia se clasifica en dos tipos que son: 1.-Autopsia clínica (realizada por un anatomopatólogo) es el examen realizado sobre el cadáver de una persona fallecida a causa de enfermedad y que tiene como objetivo final la 9 Dr. OSORIO, et al. “Guía de Procedimientos para la realización de Necropsias Medico legales”. 2ª Edición.Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forense. Pág. 11 10 Dr. OSORIO, et al. “Guía de Procedimientos para la realización de Necropsias Medico legales”. Ob. Cit.Pág. 22. CASO GIULIANA LLAMOJA HILARES CRIMINALISTICA 1 2 confirmación de las causas de la muerte y el estudio clínico- patológico de la misma. 2.-Autopsia médico forense (realizada por un médico-forense) es el estudio de un cadáver o restos humanos con el fin de informar a la autoridad judicial de las causas y circunstancias de su muerte. Los objetivos de la autopsia médico legal son: a) Establecer la causa de la muerte. b) Ayudar a establecer la manera de la muerte. c) Establecer la hora de la muerte. d) Ayudar a establecer la identidad del fallecido 11 . “Constituye una diligencia a requerimiento del Ministerio Público, donde el personal de la agencia en compañía de otros peritos de trasladan al lugar de los hechos”. (Alcocer, Alva, p. 84). F. PERICIA DE BIOLOGÍA FORENSE La pericia de Biologia forense practicada en las evidencias encontradas en la escena del delito, de acuerdo al Reactivo de Adler señala; la presencia de sangre humana del grupo sanguíneo “O”. Pero, también la diligencia de prueba de Luminol aplicada en la escena del delito da a conocer los lugares en donde se hallaron las manchas de sangre lo que da a entender que existió un enfrentamiento fuerte con lesiones en ambas. Concepto: La Biología Forense interviene en el esclarecimiento de delitos mediante el análisis de sangre, semen, secreción, pelos, restos de tejidos orgánicos en prendas de vestir, instrumentos material de delito, en personas, cadáveres y en el lugar de los 11 GUZMAN A. Carlos “manual de la criminalística, Editorial ROCCA. Buenos Aires- Argentina. 2000, Pág. 94. CASO GIULIANA LLAMOJA HILARES CRIMINALISTICA 1 3 hechos; exámenes microbiológicos de alimentos, bebidas, etc; e identificación de restos. “REACTIVO DE ADLER Solución saturada de bencidina en alcohol de 96% o en ácido acético. Se utiliza agua destilada y unas gotas de agua oxigenada. Se altera pronto, siendo preferible prepararla en el momento de su uso. La coloración violeta o azul es al instante, puesta en contacto con la sangre.” 12 PRUEBA DE LUMINOL Esta prueba sirve para descubrir e identificar la presencia de sangre en las manchas en la escena del delito, incluso cuando se trató de lavar o pintar con el propósito de ocultar o borrar. Se da a conocer la existencia de sangre cuando al ser aplicado la luz ultravioleta sobre las manchas surge un brillo intenso (luminiscencia) observándose una luz azul intensa, debido a la reacción químico- luminiscente del luminol con el hierro en la hemoglobina. G. PERICIA QUÍMICO-TOXICOLÓGICO FORENSE EXAMEN TOXICOLÓGICO Según la pericia toxicológica, se pudo encontrar en la muestra de la botella de plástico de etiqueta Coca Cola la sustancia con la cual la acusada pensó envenenar a su madre, es decir, se acredita la existencia del veneno. 12 DIRECCIÓN DE CRIMINALÍSTICA DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ. “Manual de Criminalística”. Óp. Cit. Pág. 127. CASO GIULIANA LLAMOJA HILARES CRIMINALISTICA 1 4 CONCEPTO QUÍMICO-TOXICOLÓGICO FORENSE: La Química Y Toxicología Forense son ciencias que aplican los conocimientos químicos analíticos y los principios toxicológicos en la detección de venenos o sustancias tóxicas, así como sus efectos en el organismo humano, seres vivos, y post mortem, con la finalidad de establecer las causas o circunstancias de las intoxicaciones y muerte por administración de medicamentos, drogas o venenos. H. PSICOLOGÍA Y PSIQUIATRÍA Se practicó el Análisis de la Personalidad, para lo cual se acude a las ciencias auxiliares como la PSICOLOGÍA Y PSIQUIATRÍA, donde se examina los rasgos conductuales lo que a su vez explica ciertos móviles que pudo tener su conducta. En el dictamen pericial psicológico forense se concluye que la personalidad de la encausada, presenta indicadores de corte disocial, aunado a rasgos paranoides como consecuencia de una relación patógena con las figuras parentales (madre esquizofrenógena), las cuales la hacen reaccionar de forma violenta frente a situaciones altamente estresantes. Asimismo en la evaluación psiquiátrica señala que la encausada no guarda recuerdos gratos de su niñez pues siempre había discusiones entre sus padres; que su mama le insultaba a veces por tonterías y tenía reacciones exageradas y a veces llegaba a maltrato físico. También aclara que no presenta anomalía psíquica o grave alteración de la conciencia o percepción. CASO GIULIANA LLAMOJA HILARES CRIMINALISTICA 1 5 Concepto de psicología: La piscología criminal es la parte de la psicología que estudia el comportamiento del delincuente; esto es, que pretende estudiar el modo de conducirse del criminal en cuanto esta conducta es expresión de si vida anterior Por ello, nuestro estudio abarca todo el proceder del delincuente; pero es claro que lo que más nos interesa del mismo, es su conducta criminal, entendiendo dicha expresión en sentido amplio: todo actuar que está relacionado con si vida como delincuente. Esta preferencia por el proceder criminal es debido a que allí, precisamente, es donde tendremos que encontrar posibles diferencias existentes entre el delincuente y el que no lo es, porque el acto criminal es expresión de una personalidad; precisamente por ello lo cometen ciertos hombre, mientras que otros, incluso en las mismas circunstancias, se comportan según la ley; esto es, que el acto criminal es significativo aunque lo sea en diverso grado. Concepto psiquiatría: La psiquiatría forense criminal está orientada a evaluar y analizar hechos criminales en un contexto de salud mental. Las actividades principales son la determinación del estado mental al momento de los hechos o imputabilidad y la determinación de competencia para ser juzgado o la procesabilidad 13 . 3. IDENTIFICACIÓN A. INSPECCIÓN TÉCNICO-POLICIAL 13 EPSTEIN Bernardo y MAIURI José. “Facultad De Medicina Catedra Y Depto. De Medicina Legal”, 1997. CASO GIULIANA LLAMOJA HILARES CRIMINALISTICA 1 6 En la inspección técnico-policial se estableció que dentro del inmueble se encontró el cadáver de María del Carmen Hilares, que fue identificada por su hijo Luis Augusto Llamoja Hilares, cuando su cadáver yacía en el baño del primer piso. Concepto: la inspección técnico-policial es realizada por personal que no pertenece al sistema criminalística (pesquisas). IV. IDENTIFICACIÓN DE ACTUACIONES CRIMINALÍSTICAS NO REALIZADAS Aunque se han detallado las diferentes actuaciones criminalísticas del caso Giuliana Llamoja, se evidencia la presencia de diligencias no realizadas como: 1. DACTILOSCOPIA Es necesario saber con exactitud que cuchillos tomo Giuliana y que cuchillos tomo su madre para conocer si solo fueron ellas las que se encontraban en la escena del delito, ya que se debe tener en consideración que, aunque no se establece, pudo alguien más intervenir, debido a que la encausada, que en ese momento contaba con 18 años, no tendría la suficiente fuerza para arrastrar el cadáver de su madre hacia el baño. CONCEPTO: Según el Diccionario de la Lengua Española es el estudio de las impresiones dactilares utilizado para la identificación de las personas. 2. FANEROLOGIA FORENSE CASO GIULIANA LLAMOJA HILARES CRIMINALISTICA 1 7 Que “(…) estudia la morfología y anatomía de las modificaciones del tejido epidérmico del organismo humano (…)” 14 , que pueden ser pelos, cabellos, uñas. En cuanto al caso de Giuliana Llamoja se debió realizar un estudio a las uñas de la occisa, para conocer si hubo alguna agresión con las manos antes y durante la pelea y con ello establecer, por un lado, si la madre no tuvo más intensión que tomar el cuchillo para asustar a su hija y determinar si en algún momento opto por no utilizarlos. A. ONCOLOGÍA CONCEPTO: Es el estudio de las huellas dejadas sobre el cuerpo de la víctima, sospechoso o sobre una superficie blanda, así mismo, se estudia la presencia de restos biológicos del sarro ungueal o subungueal, donde se puede encontrar residuos orgánicos e inorgánicos como sangre, restos de epidermis, pelos, restos de pintura, etc. V. CONCLUSIONES En el caso de Giuliana Llamoja, en cuanto a la escena del delito, llegamos a determinar que los indicios y evidencias recogidas, dan a entender que ella tenía la intención de matar a su madre, ya que la escena evidencia la violencia con que actuó la universitaria, asi como su intento por borrar las evidencias de su crimen. Igualmente, la escena del delito tuvo una adecuada investigación pues se ha logrado corroborar la existencia de la confrontación entre madre e hija, así como establecer la correlación con los 14 DIRECCIÓN DE CRIMINALÍSTICA DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ. “Manual de Criminalística”. Óp. Cit. Pág. 137. CASO GIULIANA LLAMOJA HILARES CRIMINALISTICA 1 8 sucesos narrados por Giuliana Llamoja y las pruebas encontradas en la escena del delito. Sin embargo, no se propició el cuidado adecuando de la escena debido a que Luis Augusto (hermano de Giuliana Llamoja), en su desesperación llamo a los vecinos, quienes ingresaron a la escena del delito acudiendo a su llamado. De igual manera, se muestra una cierta deficiencia en cuanto a la diligencia de investigación criminalística, debido a que no se pudo hallar el arma causante de la laceración de la arteria carótida, es decir, que el cuchillo con el que Giuliana Llamoja causó la muerte a su madre no se encontró en la escena del delito ya que declara que este instrumento lo arrojo lejos de la riña que sostuvo con su madre. En cuanto a la pruebas de laboratorio, concluimos que fueron deficientes porque no se realizaron algunas diligencias relevantes como la dactiloscopia, que debía ser utilizada para establecer tanto la presencia de madre e hija y si podía haber la presencia de una tercera persona, también para establecer quien tuvo mayor dominio sobre los cuchillos al momento de la gresca. Cabe destacar, que la prueba psicológica y psiquiátrica son pruebas de carácter subjetivo cuya valoración también se considera irrelevante para la decisión del caso así como, para establecer la personalidad posiblemente homicida de la encausada. Además, no se valoró la presencia del veneno, así como el examen toxicológico que prueba la presencia del mismo, en la gaseosa que la inculpada quiso dar a su madre y que demuestra la intención de Giuliana, de querer matar a su madre. CASO GIULIANA LLAMOJA HILARES CRIMINALISTICA 1 9 La identificación en el presente caso, no tuvo mucho tratamiento debido a que Giuliana Llamoja no negó su culpabilidad argumentando que actuó en defensa propia, además el cadáver de su madre fue identificado por su hijo Luis Llamoja, no siendo necesario otro proceso de identificación. Agregando que la sangre que se encontró en la escena del delito pertenecía a la occisa, mediante el reactivo de Adler. BIBLIOGRAFÍA ARBUROLA. A, “La Criminalística en el Derecho Penal costarricense. Universidad de San José”. Tesis para optar por el grado de Licenciado en Derecho. San José, Costa Rica-1992. CAFFERATA NORES, José I. “La prueba en el Proceso Penal. Con especial referencia a la Ley 23.984”. Editorial DEPALMA, 3ª Edición. Buenos Aires-Argentina, 1998. DIRECCIÓN DE CRIMINALÍSTICA DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ. “Manual de Criminalística”. Editorial A.F.A., 2ª Edición. Lima-Perú. Dr. OSORIO, et al. “Guía de Procedimientos para la realización de Necropsias Medico legales”. 2ª Edición. Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forense. EPSTEIN Bernardo y MAIURI José, “Facultad De Medicina Catedra Y Depto. De Medicina Legal”. GUZMAN A. Carlos “manual de la criminalística, Editorial ROCCA. Buenos Aires- Argentina. 2000. CASO GIULIANA LLAMOJA HILARES CRIMINALISTICA 2 0 Sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Primera Sala Penal Transitoria R.N. Nº 3651-2006 Lima.25.02.2009 Transitoria R.N. Nº 3651-2006 Lima.25.02.2009. Buenos Aires- Argentina. 2000. Sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Primera Sala Penal Transitoria R.N. Nº 3651-2006 Lima.25.02.2009.