0703-07503 | DERECHO LABORAL II - COLECTIVO2012-III Docente: Ciclo: MAYOR SÁNCHEZ JORGE LUIS 9 FECHA DE ENVIO: FORMA DE ENVIO: Módulo I Nota: Datos del alumno: Apellidos y nombres: CARRILLO BUSTAMANTE DIEGO ALONSO HASTA EL DOM. 07 OCTUBRE 2012 A las 23.59 PM Comprimir el archivo original de su trabajo académico en WINZIP y publicarlo en el CAMPUS VIRTUAL, mediante la opción: Capacidad Máxima del archivo comprimido: 4 MB Código de matricula: 2005201504 Uded de matricula: LIMA TAMAÑO DEL ARCHIVO: Recomendaciones: 1. Recuerde verificar la correcta publicación de su Trabajo Académico en el Campus Virtual. Revisar la opción: No se aceptará el Trabajo Académico después del 07 OCTUBRE 2012 A las 23.59 PM 2. 3. Las actividades que se encuentran en el libro servirán para su autoaprendizaje mas no para la calificación, por lo que no deberán ser remitidas. Usted sólo deberá realizar y remitir obligatoriamente el Trabajo Académico que adjuntamos aquí. Recuerde: NO DEBE COPIAR DEL INTERNET, el Internet es únicamente una fuente de consulta. Los trabajos copias de internet serán calificados con “00” (cero). 4. Guía del Trabajo Académico 5. Estimado alumno: El presente trabajo académico tiene por finalidad medir los logros alcanzados en el desarrollo del curso. Para el examen parcial Ud. debe haber logrado desarrollar hasta la pregunta Nº 3. y para el examen final debe haber desarrollado el trabajo completo. Criterios de evaluación del trabajo académico: 1 2 3 4 Presentación adecuada del trabajo Investigación bibliográfica: Situación problemática o caso práctico: Otros contenidos considerando los niveles cognitivos de orden superior: Considera la evaluación de la redacción, ortografía, y presentación del trabajo en este formato. Valor: 2 ptos Considera la consulta de libros virtuales, a través de la Biblioteca virtual DUED UAP, entre otras fuentes. Valor: 3 ptos Considera el análisis de casos o problematizadoras por parte del alumno. la solución de situaciones Valor: 5 ptos Valor: 10 ptos 1- TA070320123DUED Se contextualizara el Trabajo Académico en función y vinculándolo en relación a las Decisiones y Principios del Derecho del Trabajo contenidos en el Libro La Libertad Sindical. Naturaleza Jurídica de la Libertad Sindical La libertad sindical se compone de dos derechos: • El derecho a la libertad (en su forma más primitiva referido a la posibilidad de elegir con independencia de factores externos el destino propio) 2. sin ninguna distinción y sin autorización previa.CONTENIDO Estos serán los criterios a tener en cuenta para la respectiva Calificación del Trabajo Académico el cual tendrá un peso de calificación correspondiente al 40% del total de la Nota total del Curso. Recopilación de Decisiones y Principios del Comité de Libertad Sindical del Consejo de Administración de la OIT Libro virtual en PDF de Derecho de los Trabajadores y Empleadores para constituir las organizaciones que estimen convenientes cuya ruta de enlace es la siguiente: PREGUNTAS A RESPONDER PARA EL TRABAJO ACADEMICO 1. tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes. con la sola condición de observar los estatutos de las mismas. A.TA070320123DUED . así como el de afiliarse a estas organizaciones. ¿Cuáles son todos y cada uno de los derechos colectivos de trabajo de que gozan los trabajadores al interior de un centro de trabajo para poder constituir una organización sindical a nivel empresarial? Los trabajadores y los empleadores. (5P) Después del estudio analítico del concepto de libertad sindical y derecho colectivo precisado por el Libro de recopilación de Decisiones y Principios del Comité de Libertad Sindical del Consejo de Administración de la Organización Internacional del Trabajo. la libertad sindical es un derecho inherente a la esencia humana y por tanto a ella se imprimen las consecuencias respectivas. este último. distintos se atiende a este aspecto distinguiendo entre la esfera individual y la colectiva así como también al sentido positivo y negativo. fundado en dos ideas: • • Las relaciones colectivas favorecen más a los trabajadores. Etala 3. esto es. Por lo tanto. por lo que ningún trabajador puede ser obligado ni constreñido a asociarse en contra de su voluntad. La asociación es un derecho de los trabajadores. Por ende. patenta y sella su carácter como derecho humano fundamental.TA070320123DUED . La conclusión de lo anterior es que la libertad es un derecho natural. la libertad sindical resulta de esa fusión de la teoría de los derechos humanos y el derecho del trabajo.las consecuencias respectivas. con marcado énfasis en el Derecho Colectivo del Trabajo y que califica como aquello con lo cual cerró el Derecho del Trabajo una de las más notables experiencias de enriquecimiento del Derecho en toda su historia. tanto en el concepto de libertad como en el de asociación son inherentes a los derechos humanos fundamentales y siendo ello así. Se parte entonces de la idea del derecho de asociación que aplicado al ámbito de las relaciones laborales reconoce la posibilidad de conformar sindicatos u otras organizaciones colectivas cuyo objetivo principal es la defensa de los intereses de los trabajadores. Libertad Sindical Por general. luego. el derecho de asociarse se funda en la libertad. al hablar de libertad sindical –como especie de libertad de asociación. Ambos son derechos inherentes a la esencia humana. es decir. que tiene el hombre por la naturaleza misma de su condición.se le imprime. y con ello – desde luego.• Simultáneamente el derecho de asociación. (2001) precisa como características esenciales o formas de manifestación de la libertad sindical –en cuanto al aspecto individual y positivo. c) el derecho de elegir libremente a sus representantes. Dentro. b) el derecho a redactar los estatutos y reglamentos. precisa el precitado autor que se refiere con ello a la consideración de la potestad de un individuo a no afiliarse a ninguna organización sindical (siendo que allí se agote la clasificación de las características esenciales y merezca por ello la crítica de algunos doctrinarios). La permanencia en una asociación sindical. señalando las siguientes: la no injerencia patronal. los siguientes: 4. distingue también el autor.que frente al Estado están planteados los tópicos sobre la exigencia de una autorización previa. y e) el derecho de no ser disueltas o suspendidas por vía administrativa. podría precisarse como contenidos esenciales de la libertad sindical partiendo del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo venezolana. El peticionamiento ante las autoridades y los empleadores. y las subvenciones económicas.TA070320123DUED . ser electos y postular candidatos. La reunión y desarrollo de las actividades sindicales (ejercicio de la actividad sindical). sus características o formas de manifestación frente al empleador. Por otra parte. así como también: a) el derecho a constituir las organizaciones que se estime convenientes. del aspecto colectivo de la libertad sindical.los siguientes: • El derecho de los trabajadores de constituir las asociaciones sindicales que estimen convenientes. d) el derecho a organizar su administración. La participación en la vida interna de las asociaciones sindicales eligiendo libremente a sus representantes. La potestad de afiliación a las organizaciones sindicales ya constituidas. precisa el autor –luego de un extenso análisis sobre la autonomía sindical. Habida cuenta lo anterior. • • • • • En cuanto al aspecto individual y negativo. con relación al aspecto colectivo de la libertad sindical. ¿Cuáles son todas y cada una de las Fuentes del Derecho Colectivo del Trabajo que contempla el Derecho Colectivo peruano.Reconocimiento de la Libertad Sindical en Instrumentos Internacionales. cuyo artículo 8 refiere ampliamente a la libertad sindical. • El Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos adoptado el 16 de diciembre de 1966 y vigente desde el 23 de marzo de 1976. En la actualidad. • El Pacto Internacional de Derechos Económicos. sin permitir al Estado menoscabar el ejercicio de la libertad sindical. el cual está dedicado exclusivamente a la libertad sindical.TA070320123DUED . B. Sociales y Culturales adoptado el 16 de diciembre de 1966 y vigente desde el 3 de enero de 1976. dentro del derecho de asociación. existen diversos tratados internacionales que incorporan a la libertad sindical (directa o indirectamente) en su cuerpo normativo. aprobada en el seno del Consejo de Europa. la incluye expresamente en su artículo 11. • La Convención Americana sobre Derechos Humanos suscrita en la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos (San José de Costa Rica del 7 al 22 de noviembre de 1969) cuyo artículo 16 refiere a la libertad de asociación con fines laborales. en cuyo artículo 22 también se establece la libertad de asociación de orden laboral. que contiene en su artículo 23. A continuación se hace referencia a los más relevantes: • La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948. • La Convención Europea de Derechos Humanos. • El Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo.4 el derecho de toda persona a fundar sindicatos y sindicarse para la defensa de sus intereses. De 3 (tres) ejemplos de cada una de dichas Fuentes? Asimismo redacte sus 5. propios conceptos con relación a dichas Fuentes normativas que les asisten a todos y cada uno de los trabajadores al interior de una organización sindical en nuestro país. (2P) Después del análisis analítico crítico precise (3) tres conclusiones a la que llega usted con relación al derecho que tienen todos los 6. 2. 5. Costumbre: conjunto de hábitos o prácticas que son mantenidas en una actividad 3.TA070320123DUED . FUENTES ESPECIALES 1. el producto final de la negociación (pliego de reclamos). modificar FUENTES GENERALES: 1. La constitución: Plasma los principios y derecho fundamentales de una nación. Doctrina: Puntos de vista y opiniones de los estudiosos del derecho en materia laboral. 2. La ley: norma escrita dictada por el orden público frente a las necesidades. Fuentes del Derecho Laboral Colectivo Las fuentes son acontecimientos jurídicos que sirven de inspiración para crear. Es aprobada por el congreso y promulgada por el presidente. o extinguir normas. para la convivencia social. Contrato Colectivo de Trabajo: suscrito por las organizaciones sindicales por sus empleadores. 4. 2. Reglamento Interno de trabajo: constituye la norma que regula las relaciones internas de una empresa y debe estar autorizando y refrendado por la autoridad de trabajo (Ministerio de Trabajo). Jurisprudencia: conjunto de soluciones o fallos firmes expedidos por las autoridades judiciales. obligársele a formar parte de un sindicato o impedírsele hacerlo» Igualmente el derecho a la libertad sindical tiene como contenido el poder del trabajador para que por razones de su afiliación o actividad sindical no sufra ningún menoscabo en sus derechos fundamentales. La LRCT nos dice que «la afiliación es libre y voluntaria. un explícito mandato de protección contra todo acto de discriminación del empresario que busque menoscabar la libertad sindical del trabajador. Este derecho trae. con la sola condición de respetar sus estatutos » (artículo 2 del Convenio 87). (3P) Después del análisis crítico de los derechos de los trabajadores y empleadores de constituir sindicatos: 7. de «afiliarse a las organizaciones que estimen conveniente. su acceso al trabajo o sus condiciones de trabajo. sin ninguna distinción. 3. además. En nuestro modelo de sociedad. la pertenencia a un sindicato es el único camino que tiene el trabajador para participar activamente en la configuración de su propio medio de vida. El derecho de afiliación sindical es tan esencial como el derecho a votar en una elección parlamentaria. o desafiliación.TA070320123DUED . Consiste en el derecho de los trabajadores. La existencia del derecho de libre afiliación permitirá siempre que quien lo considere violado pueda recurrir al Poder Judicial para solicitar la tutela pertinente. no afiliación. No puede condicionarse el empleo de un trabajador a la afiliación. como puede ser la diferencia de trato carente de toda justificación objetiva y razonable entre trabajadores sindicalizados y trabajadores no sindicalizados.trabajadores para afiliarse de manera positiva a una organización sindical acorde al TUO de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo Decreto Supremo N° 010-2003-TR y de su Reglamento Decreto Supremo N° 01192-TR. reconocido a favor del trabajador persigue que las relaciones laborales sean estables.Principios propios o particulares del Derecho del Trabajo. Gamonal) que 8. debe darse preferencia a lo primero. "la mayoría de las normas que constituyen el Derecho del Trabajo se refieren más que al contrato. considerado como negocio jurídico y a su estipulación. 1. Esto porque se ha concebido al contrato de trabajo como una relación jurídica indefinida. PRINCIPIOS DEL DERECHO DEL TRABAJO. que informan e inspiran directa o indirectamente las normas laborales. • Principio protector: Este principio es el criterio fundamental que orienta el Derecho del Trabajo. Como consecuencia de lo anterior. responde al objetivo de establecer un amparo preferente a una de las partes: el trabajador. • Principio de primacía de la realidad: Este principio significa que en caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que surge de los documentos o acuerdos.. estable y de jornada completa. Los principios del Derecho del Trabajo son aquellas ideas fundamentales o líneas directrices.TA070320123DUED . • Principio de continuidad de la relación: Este principio. a la ejecución que se da al mismo por medio de la prestación del trabajo. protegiéndola de rupturas e interrupciones y limitando las facultades del empleador de ponerle término. propias o exclusivas de esta rama del derecho. a lo que sucede en el terreno de los hechos. es decir. Ej." • Principio de Razonabilidad: Es un principio bastante general (para algunos no es propio del Derecho del Trabajo. de tal manera que asegure la continuidad de la permanencia del trabajador en la empresa.a) Señale los Principios del Derecho Colectivo del Trabajo que les asisten a la organización sindical para la composición de los diferentes sindicatos de trabajadores en el Perú tal como lo contempla la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo Decreto Supremo N° 010-2003-TR y de su Reglamento Decreto Supremo N° 011-92-TR. ya que esta rama del derecho en lugar de inspirarse en un propósito de igualdad. el principio de la buena fe "conlleva un modelo de conducta social que la ley exige a las personas conforme a un imperativo ético dado. El profesor uruguayo Américo Plá define este principio indicando que es el conjunto de derechos que tienen los trabajadores y sus organizaciones para organizarse sindicalmente y para desarrollar actividades sindicales.establece la idea de lo razonable como criterio interpretativo de aquellas situaciones en que producto de errores. • Principio de Libertad Sindical: Este es un principio referido a la génesis. Es decir. que recogen los principios contrarios.TA070320123DUED .Principios generales con gran relevancia en materia laboral. toda vez que él asegura la plena vigencia del principio de la igualdad al excluir o prohibir toda diferenciación. preferencia o exclusión que se fundamente en criterios objetivos y razonables. 2. de simulación o de fraude es necesario establecer el verdadero alcance de las cláusulas o de las situaciones jurídicas. de la renunciabilidad de los derechos y de la autonomía de la voluntad. • Principio de irrenunciabilidad de los derechos laborales: Este importante principio supone la imposibilidad jurídica de privarse voluntariamente de una o más ventajas concedidas por el Derecho del Trabajo en beneficio propio. • Principio de igualdad de trato: El principio de igualdad ante la ley puede formularse como "el sometimiento de todas las personas a un mismo estatuto jurídico fundamental para el ejercicio de su derechos y para el cumplimiento de sus deberes. entre ellas." • Principio de no discriminación: El principio de no discriminación está estrechamente vinculado al principio de igualdad. aplicación e interpretación del Derecho Colectivo del Trabajo. El ordenamiento jurídico laboral se aleja nuevamente de los criterios civilistas. dentro del marco de la 9. confusiones. • Principio de la buena fe: En su concepción objetiva. para no generar arbitrariedades o injusticias que no resulten razonables.. la negociación colectiva y la huelga. a través de este principio es posible medir la verosimilitud de una determinada explicación o solución. TA070320123DUED . a través de este principio general se "impone un modelo o arquetipo de conducta social basado en la rectitud y honradez.relación contractual. pero estos ingresan con condición de afiliarse en un plazo determinado plazo. Esta es una clausula de exclusión de ayuda de ingresos donde se impide al empresario contratar a quienes no pertenezcan al sindicato titular del convenio. cumplido el cual. Clausula de Taller Sindical Donde el empleador podía contratar a trabajadores no sindicalizados. Ejemplo: El sindicato de los trabajadores de la empresa SERLIMPIO SAC acuerda. Casos de Clausulas Sindicales: La Clausula de Taller Cerrado Se cuando el sindicato acuerda o reclama a la empresa (Empleador) no admitir a la empresa a aquellos trabajadores no pertenecientes al sindicato. b) Mediante tres (3) casos prácticos. Ejemplo: La empresa RANSA SA realiza un convenio sindical con los trabajadores ingresantes para que estos se afilien en el sindicato en 10. de no afiliarse quedaban cesantes o eran separados de la empresa." Dicho de otra forma. demuestre la aplicación de las diferentes cláusulas sindicales tal como le corresponde al derecho del que gozan y ostentan las organizaciones sindicales peruanas durante el proceso de realización de una adecuada Negociación Colectiva entre la parte empleadora y el sindicato de trabajadores de una Empresa. que solo se permitirá el ingreso de trabajadores a aquellos que deseen pertenecer al sindicato titular del convenio. estos serian cesados de la empresa por no afiliarse al sindicato según se acordó al ingresar a la empresa. Ejemplo: La empresa COINSA ERIL realiza una clausula sindical en la cual la empresa se compromete a despedir a todo trabajador que se desafilie del sindicato. 4. 11. Clausula de Mantenimiento de la Afiliación En esta Clausula la empresa se compromete a despedir a aquellos trabajadores que se desafilien del sindicato. (2P) Después del análisis e interpretación del Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo Decreto Supremo N° 010-2003TR y de su Reglamento Decreto Supremo N° 011-92-TR.un plazo determinado de nos ser así.TA070320123DUED . a través de un esquema u organigrama de su creación demuestre los diferentes mecanismos y procedimientos para la solución de conflictos antes de que se llegue a concretar una Huelga en los servicios esenciales al interior de una Empresa o Entidad pública o privada por parte de la Organización Sindical conforme a lo contemplado actualmente en la legislación laboral vigente en el Perú. S. (2P) Después del análisis e interpretación del Texto Único Ordenado de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo D. 12.5. N° 010-2003-TR y de su Reglamento Decreto Supremo N° 011-92-TR a través de un esquema de su creatividad. mencionado o conceptuado según la Huelga por su naturaleza sea acatada por un Sindicato de Trabajadores de una entidad pública o por parte de un Sindicato de Trabajadores de una entidad privada de nuestro país y del cual usted haya tenido conocimiento a través de la prensa escrita.TA070320123DUED . demuestre las diferentes clases. tipos o formas de Huelga que se pueden llevar a cabo al interior de una empresa. radial o televisiva en los últimos dos meses. tipos o formas que usted haya precisado. Ponga dos (2) ejemplos acerca de cada una de dichas clases. 13. Conclusiones: • A través de arbitraje las partes llegan a la solución del diferendo por la decisión de un tercero. (2P) Después del análisis crítico de los dispositivos legales que amparan el uso del Arbitraje en el proceso de una Negociación Colectiva a fin de evitar el desarrollo de una Huelga al interior de una Empresa. legitimo y justo laudo arbitral que evite la posterior impugnación de dicho laudo ante alguna instancia del Poder Judicial.TA070320123DUED . precise (2) dos conclusiones sobre la eficacia del uso del Arbitraje en el Derecho Colectivo del Trabajo a fin de evitar la concreción de una Huelga de manera innecesaria que genere un conflicto social al interior de una Empresa y mencione (2) dos recomendaciones que deben acatar los árbitros para llevar a cabo un adecuado procedimiento arbitral con la finalidad de llegar a pronunciar un adecuado. encontrándose obligados de acatar el laudo arbitral.6. se recurre a el para resolver diferencias entre particulares o entre particulares y el Estado. tiene su origen en un contrato. • Que el Laudo Arbitral que se emita sea totalmente legal.TA070320123DUED . Recomendaciones: • los Conflictos laborales.• El arbitraje es un mecanismo autónomo. Es un sistema privado de solución de disputas. mas requiere de un proceso y de un procedimiento. Que sean imparciales al momento de emitir las resoluciones de 14. sin coimas.
Report "Ta-9-07503 Derecho Laboral II - Colectivo"