23.Cornellà I: Visto para sentencia Da miedo que uno pueda encontrarse ante un tribunal y, sin ninguna garantía y sin suficiente prueba, se vea condenado a ese mundo de la cárcel —que no debe ser, y que muchos se empeñan en que siga siendo, tenebroso—. Nos dio mucho miedo El proceso de Kafka. GÉRARD THOMÀS, «Películas de miedo», El País, 12 de enero de 2007 Gérard Thomàs Andreu era el presidente de la sec- ción novena cuando llegué a Barcelona a principios de junio de 2006. Su tribunal había sido el primero en con- denar a Ahmed Tommouhi, en 1992, por las violaciones en Cornellà y cuando el fiscal pidió el indulto, en 1999, el primero en informar al ministerio. El informe era fa- vorable, así que fui a verlo pensando que algo habría cambiado su impresión sobre los hechos que él y sus co- legas habían declarado probados. —Si informamos a favor del indulto, que no es para nada vinculante, fue porque, bueno, si lo había pe- dido el fiscal, que coordina también la investigación so- bre los otros casos, pues será por algo; en todo caso, es al Gobierno a quien le corresponde resolver, no a mí, ni a mi tribunal; ahí tenga el Gobierno su patata caliente —dijo. A las puertas de su sección, en un pasillo solea- do junto a uno de los patios interiores y acristalados del Palacio de Justicia, vestía pantalón y camisa azul mari- no. La luz resaltaba el blanco del pelo y la barba. Thomàs había llegado a la Audiencia en 1989, y no se acordaba bien del caso—: Ni tengo tiempo para recor- darlo —aclaró—. Si yo tuviera tiempo libre, pues lo po- dría perder contigo revisando un sumario de hace ca- 248 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 248 torce años, pero ya te digo que no —añadió con tran- quilidad y media sonrisa. Le insistí entonces en las ra- zones que le habían llevado a apoyar el indulto para un condenado por la violación de dos menores—. Pregun- ta en el ministerio, porque allí lo enviamos —dijo. En el juicio denegaron un informe de sangre y se- men —aunque yo aún no sabía que ni él ni sus com - pañeros lo habían entendido— que exculpaba a To - mmouhi, así que le pregunté el porqué y respondió mordiéndose la cola: —Si no procedió admitir la prueba, es porque no procedía […]. El que se admita o no depende de la con- vicción que tuviera el tribunal en su momento. […] La ley no habla de certeza, habla de convicción —siguió hablando, hasta que terminó, para anclar la certeza de los reconocimientos, con una reflexión afilada—: Hom- bre, ponte en el caso contrario, que un señor un día te ponga un cuchillo en la garganta, a ver si te vas a olvi- dar tú de su cara. El 10 de junio volví a la cárcel. Era sábado por la mañana y Ahmed Tommouhi estaba más serio que el domingo anterior. Tenía las bolsas de los ojos —eran poco más de las diez de la mañana— más hinchadas, con sus lunares repartidos por la cara. «Margarita Ro- bles fue la primera que me condenó. Ella, yo la he visto luego muchas veces por la tele. Siempre hablando de los vascos», dijo. Entre 1995 y 1996, Margarita Robles, al frente del ministerio del Interior —Juan Alberto Be- lloch era el superministro de Interior y Justicia—, había impulsado, entre otras cosas, la investigaciones que ayu- daron a esclarecer los asesinatos de los presuntos etarras Lasa y Zabala a manos de los GAL, y que acabaron con la condena de cuatro guardias civiles, entre ellos el ge- neral Galindo, y el ex gobernador civil de Guipúzcoa, Julen Elgorriaga. Tommouhi estaba harto del tema vas- 249 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 249 co: «Siempre están con los vascos: se acaban los vascos, vuelven los vascos: y respetamos a los jueces.» Un mes después, el 17 de julio, sobre las seis menos diez de la tarde, llamé por teléfono a Margarita Robles. Ella había sido la ponente de esa primera condena. No era la primera vez que lo intentaba, y no sería la última: siempre se remitió a lo dicho en su sentencia. La sen- tencia, ahora lo sé, es de una ignorancia y una soberbia ejemplares, pero ya entonces no me dejaba continuar sin preguntarle: ¿ni siquiera ahora, quince años después, le asaltan a usted las dudas? Mi insistencia le pareció ab- surda: —La verdad, me parece absurdo hablar sobre un caso que pasó hace tantos años. Porque si usted me dice que se acuerda de un artículo de hace catorce años, yo es que no me lo creo, sinceramente. Es absurdo. —Bueno, no es tan absurdo teniendo en cuenta que esta persona sigue en la cárcel. —Ya, pero ése no es mi problema. Si yo dicté una sentencia, seguro que lo hicimos con toda seguridad. Porque si algo tengo es profesionalidad. Así que si yo dicté esa sentencia es porque habría motivos suficientes y que se ajustaba a derecho. Así que no me venga a mí usted a decirme que es absurdo. Si esa persona está en la cárcel y yo dicté una sentencia, será porque se ajustaba a derecho. Y si no, para eso está el Supremo. Así que… —Ya, pero… ¿incluso si hubo análisis que lo ex- cul…? —Mire de verdad, que no tengo nada más que aña- dir, eh. Buenas tardes, gracias… Las dos amigas de Cornellà fueron las únicas que se encontraron con los asaltantes en un escenario urbano. En una parada de autobús, aceptaron subir al Renault 5 con el que dos hombres se ofrecieron para llevarlas a casa. El copiloto bajó, dobló el asiento delantero y las 250 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 250 chicas se sentaron en la parte trasera. Hasta el comenta- rio del conductor —«¿cómo os subís a un coche con las cosas que pasan?»— no hubo violencia: durante el res- to del trayecto, y aun en la crecida del nerviosismo, las chicas registraron detalladas descripciones del cuadro del coche —tenía tres relojes horarios—, la tapicería —era gris con franjas verticales rojas— y la fisonomía del conductor, cuya cara N. veía reflejada en el retrovi- sor: tenía los ojos achinados, pequeños, marrones, oscu- ros y prolongados y con arrugas por la parte de fuera; y la del copiloto, que tenía señales en la cara, «como de haber pasado la viruela», precisó N. Una vez detenidos, los asaltantes emplean una violencia brutal y les cubren la cabeza con sus jerseys. N. queda semiinconsciente: cuando volvió en sí, se recuerda «caminando, sin saber exactamente dónde, durante cinco o diez minutos». G. retuvo la matrícula: B-7661-FW. Luego apareció el au- tomovilista que las llevó a casa de G., y desde allí sus pa- dres al hospital. N., con traumatismo craneoencefálico y vómitos, y una contusión en el pómulo derecho, no de- claró esa noche. G., con golpes en el pómulo, la tibia y el codo derechos, lo hizo a partir de las 3:47 de la ma- drugada del 8 de noviembre. «Si lo hubiera visto, lo hubiera reconocido sin du- das», declaró G. tras la rueda de Barcelona. No había visto, dijo, al copiloto. Una firmeza que podría haber comprometido por contraste la seguridad de las otras chicas que sí señalaron ese día tanto a Abderrazak Mou- nib —M., la chica de Olesa, entre ellas— como a Ah- med Tommouhi. Pero la policía manejaba una tranqui- lizante explicación para las víctimas: —Yo sé que había tres, que había uno que era el ca- becilla y que el otro quedó sin detener. Que por eso no- sotras no reconocimos al del bigote, porque ése no iba el día aquel que nos cogieron a nosotras —me contó G. en enero de 2008. El «cabecilla» es una expresión acuñada, antes que 251 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 251 nadie, por M. en su primera declaración policial. Gracias al ADN hoy sabemos que aquel cabecilla era García Car- bonell. Pero nadie puede saber que hubiera tres: eso es sólo el comodín que la policía, que jugaba con dos bara- jas, la de los pocos indicios reunidos en la investigación, y la de las grandes elucubraciones que, con la boca pe- queña, iba contando a las chicas, sacaba de la manga cuando no alcanzaba el brazo de la ley. Es más fácil creer que saber. Las chicas, como G., lo siguen creyendo: tenían quince años y era la policía la que les hablaba. Pero tantos indicios hay de que fueran un trío, como que un cuarteto, como que una banda, como que una or- questa: ninguno. Dos días antes de esa rueda de Barcelona, N. y G. habían empezado a convencerse de que el violador de N. era un hombre distinto (ellas no podían saberlo) al se- cretor del semen hallado en su braga. El martes 12 de no- viembre, la policía tiene listos a cuatro marroquíes que acompañarán a Ahmed Tommouhi y a Mostafá Zaidani en una rueda de reconocimiento en Terrassa. Ese mismo día, las adolescentes visitan el hospital Sant Joan de Déu, donde las atiende el psicólogo Fernando Lacasa. El esta- do psíquico de N., según Lacasa, es de «angustia genera- lizada, insomnio, con recuerdo persistente de la expe- riencia traumática, e incapacidad de estar sola, precisan- do acompañamiento constante». El de G., de «ansiedad e inhibición generalizada, vergüenza, depresión, ideación constante del suceso traumático e incapacidad para estar sola». Los hechos habían ocurrido cinco días antes. En el juzgado, la primera vez que N., acompañada de su hermana, tuvo delante a los exhibidos en la rueda, señaló así a Ahmed Tommouhi: «Que puede ser el 5.º por la izquierda.» G. entró acompañada de su madre. En la primera rueda señaló a Ahmed Tommouhi, al que han cambia- do de lugar: «Que puede ser el 1.º por la izquierda.» La seguridad mostrada por las chicas no debió de 252 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 252 convencer al juez, que ordenó repetir ambas ruedas. La seguridad de N. va in crescendo: «Que reconoce al se- gundo empezando por la izquierda y a ninguno más.» La de G. también: «Que reconoce al segundo em- pezando por la izquierda y a ninguno más». La segunda vez que hablé con ella por teléfono, G. estaba convencida de que su reconocimiento había sido inmediato y sin ningún género de dudas: —El corazón me saltó —dijo—. Además, luego se lo he preguntado a mi madre y me dice lo mismo: que lo reconocí enseguida. Estas citas de las actas muestran, sin embargo, que esa seguridad no fue tal y que sólo dos días después, en la rueda de Barcelona, G. y N. mostrarían una firmeza «sin ningún género de dudas». Ella misma lo reconoció ante el fiscal el día del juicio: «En el primer reconocimiento tuvo una duda», se lee en el acta. Entre uno y otro, la po- licía les había brindado una tercera visión del acusado, fuera de la rueda y esposado, según me contó G.: —A él también lo vi en la calle. En Terrassa: se ve que al salir de la rueda de reconocimiento nos apartan para que no nos crucemos y no lo hicieron bien y nos cruzamos. No lo hicieron bien ni con ellas, ni con Y., que tam- bién pasó por el juzgado ese mismo martes y lo vio y oyó declarando, ni con las diecisiete víctimas —chicas y acompañantes sumados— que al día siguiente presen- ciaron el paseo doble de Tommouhi y Zaidani por el pa- sillo frente al despacho del juez, en el Juzgado de Exhi- bición número dos de Terrassa. El abogado de Tommouhi en esta causa, Pere Ra- mells, alertó acerca de que esas visiones repetidas podrí- an haber «mediatizado» el reconocimiento del 14 de noviembre en Barcelona. Sus alegatos tuvieron la fortu- na que, según Alfredo de Diego, doctor en identificacio- nes, tienen la mayoría en estos casos: ninguna. La repe- tición de las ruedas —Ramells no podía saber todavía 253 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 253 que su defendido había sido exhibido y visto también fuera de ellas— era un aspecto subalterno del recurso. La irregularidad recurrida más importante tenía que ver con la composición de la rueda del 14 de noviembre, con Mounib y Tommouhi entre los exhibidos. Pere Ra- mells hizo constar: Que [Ahmed Tommouhi] es de características di- ferentes a los otros que forman la rueda, no tiene bigote y es de complexión más gruesa… [Folio 96.] En su sentencia, el tribunal volvería sobre este hecho: Lo cierto, es que en la diligencia, se hace constar por el juez instructor y por el secretario que los in- dividuos son de características físicas similares. Yo no he visto esa diligencia a la que se remite la ponente. Tampoco importa. Porque conocemos una de las caras que lo acompañaban: la de Abderrazak Mou- nib. Tommouhi y Mounib sólo compartían la naciona- lidad, que no es una característica física. Ni siquiera la raza: para los fenotípicos, Tommouhi es bereber y Mou- nib era árabe. Esto es lo que se parecían. 254 A la izquierda Ahmed Tommouhi, el 11 de noviembre. A la derecha, Abderrazak Mounib, el 13. La rueda de Barcelona se celebró el 14 de noviembre de 1991. Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 254 Los otros tres integrantes de la rueda tenían bigote, como Mounib, y eran de una altura y una complexión diferente de la de Tommouhi. El juez Salcedo Velasco, que es el que según el tribunal habría acreditado que eran de características físicas similares, mantenía la im- presión, según me explicó en su despacho, de que debió derivar esa cuestión hacia los juzgados que instruían cada causa. Él sólo estaba de guardia. Ese día N. y G. señalaron sin ningún género de du- das que Ahmed Tommouhi era el conductor del Renault 5 gris B-7661-FW que había violado a N. En agosto de 2008 le pregunté a G. si después de lo que hemos sabi- do, no le quedaba ninguna duda: —Yo sólo sé que en el momento que lo vi el cora- zón me saltó. Fue verlo y de verdad: además, nos po nían policías y todo para confundir, que había más gente en la rueda. —Y tú, ¿cómo sabías que eran policías? —pregunté. —Porque luego los vimos fuera. Salimos y coño, si ése estaba en la rueda. Pero bueno, también lo vi el día del juicio y estaba segura, dijo. El juicio se celebró el 22 de septiembre de 1992. El abogado Ramells le preguntó por la tarde en que llegó a la pensión y la dueña le dijo que había alguien espe- rándolo. Ahmed Tommouhi contó «que no le dijeron por qué lo detuvieron, sólo que pasaría la noche en la comisaría, y al siguiente día lo condujeron junto con otros árabes que no conocía, en una sala con cristales y luego lo volvieron a llevar a comisaría, no diciéndole de qué se trataba e interrogándole en una sala varios poli- cías». N. declaró a continuación. En los meses transcurri- dos había disminuido parte de su ansiedad, aunque en marzo, recoge un informe, todavía se le hacía difícil es- 255 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 255 tar sola. La cicatriz de un nódulo en el labio de arriba le seguía molestando, por ejemplo, al reír. El estrés, el in- somnio y las dificultades de atención y concentración, «junto con un sentimiento de ser rechazada por los compañeros», recoge un informe, le habían llevado a dejar los estudios. De los hechos —terminó admitiendo al abogado defensor— recordaba «trozos». La presiden- ta, Margarita Robles, le preguntó si estaba segura de su identificación. «Completamente segura […], sin ningu- na duda», respondió ella, según el acta. G. parecía que lo había sobrellevado mejor, deduz- co del informe psicológico. Hacía meses que podía que- darse sola en casa, aunque por la calle aún solía ir acom- pañada, y había encontrado «gran apoyo en su familia y grupo de edad». En marzo había mejorado la adapta- ción escolar y le interesaban de nuevo los estudios. G. explicó al tribunal, según el acta, que la noche de autos «no notó acento extranjero, pero nada más subir al co- che ya les dijeron que eran moros». «En el primer reco- nocimiento tuvo una duda: pero luego lo reconoció sin dudar», explicó al fiscal. Luego declararon un policía nacional de la comisa- ría de Terrassa, que no había participado en la deten- ción, y el psicólogo Lacasa, autor de dos informes sobre las víctimas. El inspector que había ordenado la deten- ción no compareció. Los peritos de la Policía Científica que habían cotejado los restos hallados en la ropa de N. con la sangre de Ahmed Tommouhi, tampoco. El abo- gado Ramells pidió la suspensión del juicio y, dada la importancia que para el caso tenían estos últimos, soli- citó que se les citara de nuevo. La sala, «dada la falta de cualificación de los peritos», anotó el secretario, lo de- negó: el juicio quedó visto para sentencia. Un día le pregunté a Ahmed Tommouhi por qué nadie de los que dormían con él en Martorell, en aque- 256 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 256 llos días de la primera semana de noviembre, había ido a declarar al juicio de Cornellà, como habían hecho en el de Terrassa. «A mí me dijeron que fue el viernes so- bre las ocho de la tarde, y yo a esa hora no sabía segu- ro, seguro, si estaba en Martorell o no», me contó. El reflejo de ese error, que durante un tiempo yo mismo achaqué a una confusión lingüística o una falla en la memoria de Tommouhi, destella en el sumario desde el primer atestado de la Guardia Civil de Barcelona en el que se resumen los hechos y la investigación, el 11 de noviembre de 1991, hasta las conclusiones que el fiscal elevó a la sala, el 6 de julio de 1992. Todos sitúan las violaciones un día después del que se cometieron. Tam- poco ayudó seguramente que su abogado, Pere Ramells, a pesar de que era el que con mayor regularidad lo visi- taba, poco debió de saber nunca sobre la vida de Tom- mouhi antes de su detención. En un escrito del 16 de febrero de 1992 mantenía: «Mi patrocinado tiene domi- cilio fijo, en el que reside con su familia.» Tommouhi, que si algo no tenía entonces era domicilio fijo, aclaró tres semanas después, ante la jueza de Instrucción, dónde y cómo vivía su familia: «En Marruecos, muriéndose de hambre.» El procesado, sin saber que la policía y el fiscal que lo acusaban tenían serios problemas con el calendario, confiaba entonces en que el tribunal que lo iba a juzgar se tomaría en serio las soluciones científicas: «Está dis- puesto a someterse a los análisis que sean oportunos para probar su inocencia», declaró. El segundo día que lo vi en la cárcel, recordaba muy bien este caso: —La chica me señaló a mí, y dijo que el otro no sa- bía. Me sacaron sangre para dos cosas: semen y sangre de la ropa. Y salió que no era mi sangre, la de la ropa de la chica. Luego dijeron que podía ser el otro. Pero la chi- ca me señaló a mí. Una tarde, cuando ya estaba en libertad condicio- nal, habló de cómo habían ido a la cárcel para sacarle 257 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 257 sangre —«llevadme entero», quiso decirles—, y de cómo salió de este primer juicio de Cornellà: —Había sangre en la ropa, semen en la braga, todo. Me fui contento. Es mi primer juicio y me van a soltar. Lo condenaron a veinticuatro años y dos días de cárcel. 258 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 258 24. Cornellà II: El semen en tinta se diluye Soy una persona de pocas dudas —dice— porque si tomo una decisión es la mejor que podía tomar y lo demás son tonterías, es saludable para la mente. MARGARITA ROBLES, «Margarita Robles: La primera de la clase», Ellas son así. Retrato íntimo de las mujeres del poder, Temas de Hoy, Madrid, 1996, p. 232. Aunque la sentencia señala el 15 de noviembre como la noche de autos, las violaciones de Cornellà se cometieron el 7 de noviembre de 1991. A primera hora de la tarde del día 8, N. y G. acudieron a la comisaría de Esplugues de Llobregat. La policía advirtió a G., que ha- bía declarado la madrugada anterior, que la matrícula que ella recordaba —B-7661-FW— era falsa, lo que re- bajó en parte la (acertada) convicción de la chica: «Dice estar segura de que era B-76??-F?, dudando de lo expre- sado con interrogación», escribió el agente, como si hu- biera resuelto el caso. N. no había declarado todavía y por eso se le había citado. Lo hizo a partir de las 14:48. Al día siguiente, volvieron: N. para entregar un panta- lón, una camisa polo y unas bragas; y G., un pantalón y unas bragas. La policía envió las prendas al laboratorio para que las analizaran. El laboratorio de la Policía Científica de Barcelona hace esquina en la calle Balmes. Al fondo de la calle, más estrecha e inmensamente más corta, perpendicu- lar, está la garita de la entrada y el aparcamiento. Euge- nio O., uno de los dos peritos que habían analizado aquellas prendas, me recibió a media mañana. De 1,70 justito, tenía el pelo canoso y corto, los ojos pequeños, 259 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 259 y los dos informes que había firmado sobre el caso de Cornellà encima de la mesa del despacho, frescos. Nos sentamos: —Te explico. Se dieron una serie de violaciones por aquellas fechas. Nos llegaron unas ropas de N. y de G. De la primera nos llegan unas bragas, una camisa polo y un pantalón vaquero. Claro: estamos hablando del año 1991, entonces las técnicas de análisis de marcado- res genéticos difieren mucho de las de hoy. Entonces el ADN no existía, bueno no tanto que no existía, pero no estaban lo suficientemente desarrolladas como para identificar a las personas por el ADN. Esto vino des- pués, ¿no? Los primeros marcadores que se utilizaron para identificar a las personas eran el grupo sanguíneo. Luego ya vino la identificación mediante marcadores que provenían de proteínas y de enzimas de la sangre, o del plasma de la sangre o de líquido seminal o de se- men, ¿no?, que es cuando ocurrieron estos casos, ¿no? Pero bueno, eran unos marcadores totalmente fiables, como pueda ser el ADN. Lo único que ocurre es que es- tos marcadores, para imputar, a veces se quedaban un poco cortos. No individualizaban tanto como pueda in- dividualizar el ADN. —Eso para imputar, ¿pero para exculpar? —pre- gunté. —Para exculpar es suficiente. Yo para exculpar, so- lamente con un grupo sanguíneo me es suficiente. Para excluir, evidentemente. Si estamos buscando a una per- sona que es del grupo 0, y a mí, la muestra indubitada, la muestra del sospechoso es del grupo A, evidentemen- te esa persona no ha sido. Para mí. Ahora, otra cosa es que me hagan caso o no me hagan caso. Pero yo lo digo claramente, porque somos totalmente objetivos. Yo plasmo lo que me da el resultado, y el resultado es éste. Y no hay más. Luego, que me hagan caso o no me ha- gan caso, ya no depende de mí, ¿no? Y bueno, lo que su- cedió precisamente fue que en las ropas de N. detecta- 260 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 260 mos, curiosamente, en el pantalón y en las bragas de- tectamos sangre, en la camisa polo una mancha de es- perma, muy maja, y también en la braga, mancha de esperma. Sin embargo, en las ropas de G. no detectamos ni esperma ni sangre. En los vaqueros de G., unos Levi’s negros que lle- garon al laboratorio con el cinturón, de hebilla y rema- ches metálicos, todavía puesto, no se detectó, en efecto, ni esperma ni sangre. Tampoco en su braga. En las prendas de N. sí: en su braga blanca, sin marca ni talla, una «gran mancha situada en la zona vaginal». En la ca- misa polo añil —lo que la sentencia llama suéter—, de manga corta, marca Adidas, referencia D56 y D7, había «numerosas manchas al parecer de sangre», sobre todo en la parte delantera. Y en sus vaqueros azules, marca Lee, talla 38 x 34 largo, de sangre, sobre todo en la par- te delantera de ambas piernas, así como una gran man- cha de suciedad en el lateral interno de los muslos. Los restos de los pantalones no arrojaron resultados conclu- yentes. El informe sí plasma, en cambio, el grupo san- guíneo del esperma de la braga («B»), así como la Glo- bulina GC («2 1s») del de la camisa polo. Eugenio O.: —Bueno, la cuestión es que esto quedó muy claro, ¿no? Nosotros hicimos el grupo sanguíneo y una serie de proteínas, y en su día emitimos un informe. Pero, claro, no sabíamos que existiera ningún sospechoso, ¿no? Y bueno, ahí quedó la cosa. Las prendas fueron remitidas al laboratorio el vier- nes 8 de noviembre. La comisaría envió el atestado al juzgado de instrucción un día más tarde, incluyendo las declaraciones de las víctimas, varias diligencias sobre el coche utilizado y una sobre la ropa entregada en mano por las chicas. La sentencia, le planteé a la jueza que ins- truyó el caso, critica que la recogida no fue ordenada por el juez de instrucción: —Las ropas llegaron con el primer atestado: o sea, que era imposible que el juzgado ordenara nada por- 261 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 261 que no sabía que había ocurrido eso —explicó Estrella Radio Barciela, en un pasillo de los juzgados de lo pe- nal de Barcelona, donde ahora trabaja—. Eso se llaman piezas de convicción, y las recoge la policía sobre la marcha —añadió con prisa. Un año después volví. En su despacho, saqué el ex- pediente, ella lo ordenó, lo fue repasando: —Es lo mismo que cuando intervienen droga: la droga jamás pasa por el juzgado. —Y precisó—: Más que la recogida, creo que lo que está cuestionando la sentencia es que fueran enviadas directamente por la policía al laboratorio, sin pasar por el juzgado. —Radio Barciela es bajita, morena y emite una voz dulce, aun- que algo nasal—. Pero es lo mismo que si recogen un arma, que va directamente a balística. El arma no pasa por el juzgado. Desde su primer escrito, del lunes 11 de noviem- bre, cuando todavía no se habían producido las deten- ciones, la jueza tuteló el proceso de análisis de las diver- sas muestras —se habían tomado también muestras va- ginales a las chicas, que ni siquiera en 1996, con los nue- vos análisis ordenados por el fiscal jefe Mena al INT, arrojaron resultados concluyentes—. El Laboratorio de Analítica Forense emitió su primer informe (331-N-91) en enero de 1992. —Es como si decimos que el análisis de la droga que hace la Policía Científica, como no ha sido enviada por el juez instructor, el análisis no vale. Hombre —con- cluyó la jueza. El primero que pidió que se cotejaran los resul - tados de ese informe con una muestra de Ahmed To - mmouhi fue el fiscal, durante la instrucción. El 11 de marzo de 1992, dos días después de que declarara que estaba dispuesto a someterse a los análisis que hiciera falta, el fiscal solicitó por escrito que se le extrajera san- gre al preso y que se remitiera 262 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 262 […] a la Policía Científica de Barcelona, sección Analítica Forense para el cotejo de los resultados obtenidos con los obrantes en el informe policial n.º 351-N-91 emitido por el citado cuerpo. El eco rebotó ocho días después en una providen- cia de la jueza ordenando a la doctora Elisa Vaz, de la cárcel de Tarragona, que se le extrajera sangre a To - mmouhi («toma de muestra en gasa estéril mediante pinchazo en dedo») y que la enviaran («por correo ur- gente») a dicho laboratorio. Ese mismo día escribió también a la Policía Científica: la gasa con la sangre seca, les advertía, será remitida directamente por la pri- sión para su examen y cotejo con los resultados obran- tes en el Informe n.º 331-N-91, sobre manchas de san- gre y esperma, efectuado por dicho laboratorio en fecha 29 de enero de 1992. Eugenio O. está empezando a hablar, con un ojo sobre el segundo informe, de ese cotejo: —Pues bien. Cuatro meses más tarde, se ve que ha- bía un sospechoso y el juez del juzgado de instrucción creo que número 1 de Cornellà… Sí, efectivamente. [La] jueza manda que le extraigan sangre, una muestra indubitada a un detenido que estaba en la cárcel de Ta- rragona, creo. Un tal Ahmed Tommouch. No sé si lo 263 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 263 pronuncio bien. Bueno, la cuestión es que nos llega san- gre de este señor para que la analicemos y cotejemos con los resultados del informe que habíamos emitido cuatro meses antes. Y los resultados fueron muy claros. Ni coincidía el grupo ni coincidían las proteínas. Y así lo hicimos constar. No sé si tendrás el informe nuestro: el 128. Lo tenía y se lo mostré. —Efectivamente, el 128[N-92]. En nuestras con- clusiones somos muy claros —y empezó a leer—: Los marcadores genéticos obtenidos en la gasa con sangre de Ahmed, porque nos mandaron la sangre con gasa por- que… bueno, es igual, como es líquido, habría que mandarla con hielo, y al ser líquido la proliferación de microorganismos es más… es más fácil que se conta- mine que si la mandan ya seca […] Bueno, pues nos mandaron sangre del recluso éste, y evidentemente los marcadores fueron muy claros, y así lo hacemos cons- tar: Los marcadores genéticos en la gasa con sangre de Ahmed Tommouch no coinciden con los marcadores ge- néticos encontrados en la camisa polo de N… y también en la braga. Los puntos suspensivos traducen aquí un silencio, significativo, por lo que viene después: «Y también en la braga» no aparece en las conclusiones que está leyendo el perito: Los marcadores genéticos obtenidos en la gasa con sangre de Ahmed Tommouch no coinciden con los marcadores genéticos encontrados en la camisa polo de N. 264 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 264 La braga la recupera el perito sobre la marcha. Hace bien, aunque cualquiera que hubiera leído además el informe, lo podría haber entendido, según confirmó: —Cuando ustedes dicen que no coinciden, sólo ha- cen referencia, en las conclusiones, a la camisa polo. Pero de este análisis de manchas de esperma: ¿esto es el grupo sanguíneo? —pregunté. —Sí. —Pues si el grupo sanguíneo no coincide, ¿pode- mos decir que el esperma lo exculpa también? —Sí, sí. Tanto el esperma como la sangre. —Sí, pero de la braga. —Sí, sí, de la braga también. Lo que pasa es que claro, a veces no todos los marcadores… El problema de éste, pues sí que me estoy dando cuenta que aquí quizás omitimos lo de la braga… Porque el grupo sanguíneo aparece tanto en la camisa polo como en la braga, y aquí no hacemos mención. Pero bueno. Es que ya da igual. Ya sé que el esperma da el mismo grupo sanguíneo en uno que en otro. Da igual, pero no es lo mismo. Tratándose de una violación, y visto que se confirma aquí lo que Reyes Benítez siempre dice —«a los jueces les das un tocho de informe y se van directamente a las conclusiones, que encima se las escribimos en negrita»—, la omisión resultó determinante. Habría dado igual si los jueces hubieran leído y entendido el informe completo. Pero la sentencia se refiere, única y exclusivamente, al cote- jo entre la sangre de Tommouhi y los restos hallados en el polo de N., que es lo que los peritos destacaron en las conclusiones. Las consecuencias para el relato que sostiene la sentencia son demoledoras. Entre los es- combros no hay restos de semen. No puede haberlos. En el relato de la sentencia no aparece esa palabra ni rezuma ese conjunto de espermatozoides y sustancias líquidas que se producen en el aparato genital de los hombres, y que se puede individualizar genéticamente. 265 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 265 La sentencia es un condón. El tribunal, a partir de esa ignorancia, dio pábulo a su teoría del roce salpicón, se- gún la cual, «la conclusión referida tampoco excluye la comisión de los hechos por el acusado y más si se tie- ne en cuenta que fueron dos hombres los intervinien- tes en los hechos». Ese segundo hombre, está diciendo el tribunal, podría también haber sido la fuente de la sangre que cayó sobre el polo de la chica, al tiempo que confiesa, y más sin saberlo, que no ha detectado el semen. Pero no todo es culpa de ese descuido del informe, ni de los aprietos de tres cabezas de tribunal para en- tenderlo. Esa sangre salpicada despega en un muelle real mucho más flojo, y mucho más humano: la imagina- ción. Este impulso: A continuación el procesado penetró vaginalmen- te a N., haciendo lo mismo el desconocido con G., mientras Ahmed yacía al lado con la otra joven. La escena es verosímil, pero se ha montado en la mente del tribunal. En su declaración policial N. había adelantado: «Cree que ella fue obligada a realizarlo apo- yada en el vehículo en el exterior». En la vista oral, se lo explicó primero al fiscal: «Que recuerda que practicaron actos sexuales con ella, que la sacaron del coche apo- yándola de espaldas al agresor.» G. repitió lo mismo, pero de un solo trazo, al fiscal: «A su amiga la sacaron fuera del coche; que quien estu- vo con la declarante era el copiloto y el conductor es - tuvo con su amiga.» El roce necesitaba ese escenario cercano en el que Ahmed, familiaridad que transpira el nombre propio, yaciera al lado con N., quizá frotándose las ropas de los cuatro y quién sabe si, empañados los cristales, dibu- jando un gráfico de huesos en la luna (delantera). La verdad es que a G. la violó el copiloto dentro del Re- 266 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 266 nault 5; y a N., fuera del coche, el conductor. Las bra- gas no estaban rotas. Los pantalones no llegaron a qui- társelos. Radio Barciela abría y cerraba el sumario como un acordeón. Ahora va comentando, mientras lee, la sen- tencia: —El tribunal discute también que fueran verdade- ramente las ropas: yo imagino que las víctimas no en- tregaron otras. No hace falta imaginarlo: entre ese abanico de fo- lios está N. diciendo que son suyas. Está todo. Pero hay que leer. De todo lo que cuestiona el tribunal, lo úni- co que no desmienten los hechos es que las ropas no pa- saron, antes que por el laboratorio, por el juzgado. Los hechos, eso sí, prueban que es lo habitual. Que no pa- sen. Más allá de los ejemplos de las drogas o las armas, entonces era lo habitual también en el caso de las viola- ciones. Los pantalones de E., en la causa de Gavà, tam- bién fueron remitidos directamente por la comisaría a los laboratorios. Los requisitos fijados por el Supremo, que obligan según la sentencia a acreditar «todos los da- tos que permitan saber en qué lugar y forma se recogie- ron los efectos o instrumentos» del delito, encuentran su momento en el sumario: las prendas fueron recogi- das de manos de las víctimas en la comisaría de Esplu- gues de Llobregat el 9 de noviembre de 1991, sobre las 13:09. DILIGENCIA Se extiende la presente siendo las 13:09 horas del día 09-11-1991 para hacer constar. B. hace entrega de un pantalón y unas bragas. N. entrega un pantalón, un suéter y unas bragas. Prendas que vestían las víctimas en el momento de los hechos y susceptibles de portar restos de semen 267 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 267 de los autores de los mismos, por lo que son en- viadas al Laboratorio de Policía Científica de la Je- fatura Superior de Policía de Barcelona, para aná- lisis, del que se dará cuenta a V. I. Conste y certifico. Los magistrados ignoran lo que cualquiera puede comprobar: N. entregó sus prendas en la comisaría, y ella misma, en nombre de G., compareció el 13 de fe- brero en el juzgado, que ahora sí, una vez hechos los análisis, las custodiaba, para pedir que se las devol - vieran. COMPARECENCIA. Cornellà, a trece de febrero de mil novecientos noventa y dos. En esta Secretaría com- parece N., quien manifiesta: Que habiendo entregado en su día prendas de ropa interior y otras análogas a fin de ser examinadas y analizadas por el Gabinete de Policía Científica y habiendo llevado a cabo ya los análisis, verifica la presente por sí misma y en calidad también de mandataria verbal de su amiga G. a fin de solicitar le sean restituidas tales prendas, tanto las de pro- piedad de la dicente como las de su amiga citada, a quien se las hará llegar. Y en prueba de ello firma conmigo. Doy fe. 268 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 268 Esto según la jueza Barciela. Acto seguido, el secre- tario del juzgado se las entregó en una «caja de cartón», y N., «en prueba de ello y de recibir los citados efectos», firmó también con él la oportuna diligencia. El tribunal, al contrario que la jueza de instrucción, el secretario y la chica, no verificó nada. Sólo ignorando lo que dijeron las víctimas, pudieron los magistrados dudar en su nombre. El silencio es un cheque en blanco que interpretan los insolventes. El tribunal, alegando que desconocía su cualificación «técnica o científica», no quiso oír a los peritos. No consta, dijo. Eugenio O.: —Entonces no se hacía constar. No lo sé por qué. Hoy día sí que lo haríamos constar. Pero bueno, para eso están los juicios, para las dudas que haya, o para cual- quier cosa que hayamos omitido involuntariamente en el informe, para que nos lo pregunten. Pero si no me ci- tan, difícilmente… Eugenio O. es el técnico que firmó aquel informe siendo diplomado en Farmacia, con un curso de espe- cialización universitario de dos años en Análisis Clíni- cos. Una cualificación más que suficiente, incluso para este tribunal: meses después de aquella conversación en su laboratorio, él mismo me confirmó por correo que había realizado análisis y declarado en otras ocasiones ante ellos: 269 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 269 —Recuerdo con toda seguridad que a lo largo de mi carrera profesional sí que he asistido como perito a juicios presididos por el magistrado Gérard Thomàs y la magistrada Margarita Robles y en más de una ocasión. La mañana que lo vi, en 2007, me había dicho: «La misma cualificación que tenía entonces, es la que tengo ahora», y ahora me parece verlo todavía encogiéndose de hombros. Luego me presentó a algunos de sus com- pañeros y me mostró las instalaciones. La científica que había hecho el informe con él, Carmen Martínez, licen- ciada en Químicas, ya no trabajaba allí, sino en Ma- drid. En 1997, fue la primera en dirigir el Grupo de Protección Ambiental NBQ (Nuclear, Bacteriológica y Química) del Cuerpo Nacional de Policía. La brigada antigás, como graciosamente la bautizó un periódico. Felipe Soler Ferrer, el tercer magistrado, es uno de los que ha declinado volver sobre el caso. 270 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 270 25. Efectismo y dialéctica: la condensación ¿Os contentaríais vosotros sin embargo con una descripción que fuera como un espejo, como una reproducción representativa? ¿Una referencia a la conciencia de los hechos como reflejo de los hechos mismos? Bien, en ese caso la tarea no parece imposible ni desmesurada: el mundo, por su parte, está bastante bien organizado y claro; y la lengua, no digamos. AGUSTÍN GARCÍA CALVO, «Cosas y palabras, palabras y cosas», Lalia, ensayos de estudios lingüísticos de la sociedad, Siglo XXI, Madrid, 1973. He dicho más arriba que la sentencia de Cornellà es soberbia e ignorante, y ahora voy a aclarar por qué además lo es de manera ejemplar. Durante mucho tiem- po me pregunté cómo se podía condenar a un hombre por violación con el semen de otro sobre los folios del expediente. Eso me habían explicado —que había análi- sis de semen que exculpaban al acusado— cuando aún no sabía nada de esta causa. Las preguntas que el aboga- do Ramells dejó escritas a mano, cuando la sala se negó a suspender el juicio para citar de nuevo a los peritos, lo llevan escrito en mayúsculas y subrayado, SEMEN, encar- tadas al final del sumario. Luego llegué al informe, y era verdad. A partir de ahí yo no leía otra cosa en la sen- tencia. De hecho, a veces, ni siquiera la leía: planeaba so- bre ella, porque en el fondo sabía lo que decía. Un pri- mer paso fue escribir un artículo intentando responder no tanto a esa pregunta final, sino al cómo habían razo- nado para ignorarlo; aunque seguía dando por sentado que, en el fondo, ellos también lo sabían. Me conforma- ba entonces, aunque sin decirlo, con una explicación 271 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 271 personal: se creían dioses, y actuaron como chamanes. La razón estaba mucho más a la vista. El tribunal descartó el valor probatorio del informe de la Policía Científica con un ojo puesto en los requisi- tos formales y el otro en las conclusiones materiales que debían extraerse de su contenido. Pero al meter mano en el fondo, los magistrados se pringaron con el semen del violador, por más que se figuraran entre «meros efectos dialécticos». Es verdad que el mundo sólo espe- jea en la superficie de la lengua, pero no lo es que sólo con palabras pueda pulirse su relieve. La verdad, cuan- do no se sabe, es aún más difícil ocultarla. Esa mirada bizca dictando este párrafo central: Aun cuando la conclusión referida, tampoco ex- cluye la comisión de los hechos por el acusado y más si se tiene en cuenta que fueron dos hombres los intervinientes en los hechos, lo cierto es que ningún valor cabe dar a dicha prueba, por cuanto la misma carece de los requisitos necesarios para su validez y por tanto, aun cuando hubiera sido ra- tificada en el acto del juicio oral, hubiera carecido de valor probatorio. La conclusión referida ya sabes cuál es: que los marcadores genéticos de Ahmed Tommouhi no coinci- den con los hallados en la camisa polo de N. Pero he sub rayado «y más» porque ahí está condensada la injus- ta ceguera con la que el tribunal condenó a Tommouhi. «Y más» es una locución adverbial que denota aumento cuantitativo: aquí, la entrada en escena del segundo vio- lador. Pero sin modificar cualitativamente el argumento inicial: «Que la conclusión referida tampoco excluye la comisión de los hechos por el acusado.» Ese «y más» dice que aun si sólo hubiera habido un violador, ¡UNO!, dicha conclusión no excluiría que Ahmed Tommouhi pudiera ser el violador. Porque la sangre, que es lo úni- co que riega la cabeza del tribunal, siempre podía ser de 272 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 272 la chica. Ella misma había explicado al tribunal «que te- nía sus ropas manchadas de sangre por una herida en el labio». La chica, sin embargo, no podía ser también la secretora del semen. En la conclusión referida, por tan- to, el tribunal no ha detectado el semen: ¿cómo, si no, se puede sostener que dicha conclusión no excluye la au- toría de Ahmed Tommouhi aunque hubiera habido un sólo asaltante, si su grupo sanguíneo («A») no coincidía con el del semen del violador («B»)? La entrada en escena del segundo violador no mo- difica cualitativamente la conclusión del tribunal, aun- que la hace más probable, según dice la sentencia. La ex- presión «y más» denota el aumento de probabilidad que supone que un segundo violador pueda aportar esa san- gre. Pero no el semen, pues en ese caso, tratándose de una condición sine qua non para que pueda afirmarse que dicha conclusión no excluye la autoría del acusado, nunca podría haber escrito el tribunal que sólo la hacía más probable. Cuando al final del párrafo la ponente afirma que «se ignora […] si a la misma [ropa] tuvo ac- ceso el otro individuo que estaba con el procesado», está pensando, naturalmente, en la sangre de ese segundo in- dividuo. Además de ese uso de la locución «y más», otros dos datos descartan que se esté refiriendo también al se- men de la braga: la afirmación que a continuación sos- tiene que el informe trata de «los análisis de sangre», y la identificación de la ropa objeto del análisis como «cami- sa polo de N.». Que el semen, y no la sangre, del copilo- to que violó a G. hubiera manchado no ya la camisa polo, sino que hubiera ido a parar a la zona vaginal de la braga de su amiga N., deshidratándose en «una gran mancha de esperma», según descripción pericial, eso quizá ni siquiera este tribunal se hubiera atrevido, sin esa ignorancia seca y escamada, a argumentarlo. La clave por tanto no estriba sólo en la descalifica- ción formal con que la sentencia descarta la validez ju- rídica del peritaje. El tribunal estaba convencido de que 273 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 273 el contenido material de dicha prueba tampoco podría «en modo alguno» haber modificado su convicción: La convicción formada, en base a las declaraciones referidas, no hubiera podido en modo alguno que- dar desvirtuada, por el resultado de la prueba pe- ricial solicitada por la defensa. ¿Qué nuevo elemento, o indicio, tenía el tribunal para descartar la práctica de una prueba que él mismo había admitido cuando, antes de abrirse el juicio oral, la propuso la defensa? Desde luego no el desconocimiento sobre la cualificación profesional de los peritos —tam- poco la conocía al admitirla— ni ninguno de los requi- sitos sobre la recogida y análisis de los restos —la cade- na de custodia era ya conocida por la sala antes de abrir la vista—, ni ningún otro dato sobre la ejecución del análisis, pues no se dio la oportunidad a los peritos para que los detallaran. Había sólo un elemento nuevo que reforzaba la convicción del tribunal para descartar el in- forme: el convencimiento inmediato, oral y público de las víctimas, y con ello se permitió discutir su conteni- do, sin saber que era científica y jurídicamente insoste- nible con su dialéctica efectista. Lo anteriormente dicho, respecto a la prueba ins- tada por la defensa, se dice a los meros efectos dia- lécticos, por cuanto la autoría del procesado, como se ha dicho, queda perfectamente acreditada por las categóricas y terminantes declaraciones de am- bas mujeres prestadas con tal seguridad y firmeza, que la Sala, con la inmediación que comporta la práctica de la prueba en el juicio oral, considera de una total credibilidad para fundar en ellas la comi- sión de los hechos por parte del acusado. La perfección con que el convencimiento de las víc- timas acreditaría la autoría de Tommouhi, los magistra- 274 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 274 dos deberán reconocer al menos que está siempre supe- ditada a lo que puedan decir los restos biológicos. Esos meros efectos dialécticos a los que se entrega la ponen- te sólo pueden concebirse en alguien que desconoce las profundas causas biológicas que deberían haberlos de- sactivado. El hombre que secretó el semen recogido en la braga de la chica, y su cómplice, continúan impunes. —Si esa persona está en la cárcel y yo dicté una sentencia, será porque se ajustaba a derecho. Y si no, para eso está el Supremo. Así que… —dijo Margarita Robles al teléfono antes de que Tommouhi saliera en li- bertad condicional. Me colgó antes de que pudiera ex- plicarle que el recurso de casación nunca llegó al Tribu- nal Supremo. El abogado de oficio en Barcelona, Pere Ramells, lo anunció oportunamente después de la sentencia, pero los abogados de oficio están territorialmente circunscri- tos. Correspondía a un abogado de Madrid presentarlo ante el Alto Tribunal, y ninguno de los dos nombrados por el colegio madrileño lo hizo. El fiscal del Supremo, que es a quien correspondía en último lugar, tampoco. El Supremo desestimó el recurso, sobre la base del inci- so final del artículo 876 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y quedó desierto. Ese inciso final del artículo 876, que preveía que después de que el fiscal rechazara presentarlo, el recur- so fuera desestimado automáticamente, había sido de- clarado «preconstitucional y contrario a la Constitu- ción» en 1988, pero seguía, cinco años después, sin co- rregirse. Hoy está derogado. El Tribunal Constitucional había juzgado que ese inciso podía desembocar en que el derecho fundamental a la tutela judicial no se hiciera efectivo. Ése es el caso también de Ahmed Tommouhi en la causa de Cornellà, pues nunca tuvo noticia ni co- nocimiento oficial ni de la excusa del primer abogado, ni de la del segundo, ni de la del fiscal del Supremo, y no pudo en consecuencia hacerle frente. Al igual que en 275 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 275 el caso amparado por el Constitucional en 1988, «se quedó no sólo sin recurso, sino sin Abogado, o, más exactamente, se quedó sin recurso porque se quedó sin Abogado y porque el Fiscal no fundó el recurso en su beneficio» (STC 37/1988). El 14 de julio de 1993, el día en que debía celebrarse la vista oral por la causa de Gavà, Ahmed Tommouhi renunció a su entonces abo- gado Pere Ramells. El Tribunal Supremo declaró desier- to el recurso, anunciado por Ramells en Barcelona y que nadie presentó en Madrid, al día siguiente. Los nuevos abogados, Jorge Claret y Pedro J. Pardo, nunca recurrieron esa decisión del Supremo ante el Tri- bunal Constitucional. Cuando seis años después, sobre la base del segundo informe de la Guardia Civil, presen- taron el recurso de revisión integral, llamaron la aten- ción sobre «los análisis de sangre» y discutieron la sen- tencia, pero sin reparar en que los magistrados habían pasado por encima del esperma. Al denegar la revisión, en junio de 2000, el Supremo tampoco pudo en conse- cuencia pronunciarse sobre este hecho desconocido para el tribunal de Cornellà. Si no se repara en ese mo- tivo interruptus del argumento original, y basta leer la sentencia (sin anteojeras) para ver que el semen no apa- rece por ningún lado —tratándose de un caso de viola- ción omitirlo a sabiendas sería como pensar que los ma- gistrados actuaron con ánimo prevaricatorio, y no es el caso—, es imposible entender que su convicción, aun- que formalmente hermética, está materialmente carco- mida. 276 Jusicia poética_007-384:Jamaica 21/12/09 15:24 Página 276
Report "Semen y tinta: De cómo Margarita Robles condenó al inocente Ahmed Tommouhi, por Braulio García Jaén"