SEGURO GENERAL DE RIESGOSDEL TRABAJO ESTIMACIONES MUNDIALES 2005 • Más de 2’2 millones de personas mueren al año por efectos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales. • 270 millones de personas sufren afectaciones no fatales. • 160 millones de personas sufren enfermedades de corto o largo plazo causadas por el trabajo. • Costo total 4% del PIB; 8% PIB nacional en países en desarrollo • La mayoría de los accidentes son prevenibles. ESTIMACIONES NACIONALES 2015 • Más de 3.000 personas mueren al año por efectos de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales. • 100.000 personas sufren afectaciones no fatales. • OIT: Subregistro de Siniestralidad de un 90% sobre casos reportados. (Afiliados vs. PEA?) • Costo total: 8% PIB nacional en países en desarrollo • Cultura de prevención en SST (casi inexistente) + enfoque de SGPRL SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO Consensos tripartitos para el robustecimiento de la gestión entre: •Controladores y gestores •Trabajadores •Empleadores Responsabilidad Ética Social Responsabilidad Legal Responsabilidad Económica Derechos Obligaciones Deberes definidos . MARCO LEGAL GENERAL Constitución de la República del Ecuador Decisión 584 – Instrumento Andino de SST (07-05-2004) Resolución 957 .Reglamento (23-09-2005) Ley de Seguridad Social Código de Trabajo Decreto ejecutivo 2393 Plan Nacional para el buen vivir 2009 – 2013 Decreto Ley 878 (abril 1964) Acuerdos ministeriales (1404/219) . MANDATO CONSTITUCIONAL Constitución Política del Ecuador (Art.) Invalidez. 369) en referencia a la Seguridad Social establece las CONTINGENCIAS CUBIERTAS. vejez. muerte. Art. 370 responsabiliza al IESS la prestación para sus afiliados. incapacidad Enfermedad Maternidad Paternidad Cesantía SEGURO UNIVERSAL OBLIGATORIO Riesgos del Trabajo . 3 DIRECCION DEL SEGURO GENERAL DE SALUD INDIVIDUAL Y FAMILIAR DIRECCIÓN DEL SISTEMA DE PENSIONES REGLAMENTO ORGÁNICO FUNCIONAL (RES C. DIRECCIÓN DEL SEGURO GENERAL DE RIESGOS DEL TRTABAJO 021) DIRECCIÓN DEL SEGURO SOCIAL CAMPESINO .RIESGOS CUBIERTOS Ley de Seguridad Social Art.D. el mismo que será renovado cada dos años..Obligaciones respecto de la prevención de riesgos.Los empleadores están obligados a asegurar a sus trabajadores condiciones de trabajo que no presenten peligro para su salud o su vida. un reglamento de higiene y seguridad. los empleadores están obligados a elaborar y someter a la aprobación del ministerio de trabajo y empleo por medio de la dirección regional del trabajo. • Art. 434.Y PARA QUE NO SE NOS OLVIDE 1 • Art. Código del Trabajo 1938-08-10 • INSTRUMENTO ANDINO DE SST • Gestión de la SST en los centros laborales: • Obligaciones de los empleadores • Derechos y obligaciones de los T • Protecciones especiales y sanciones. Decisión 584 2004-05-07 .. Reconocer. prevenir...Reglamento de higiene y seguridad. evaluar y controlar los riesgos laborales. • REGLAMENTO AL INSTRUMENTO ANDINO DE SST • Gestión de SST • Servicio de Salud en el T • Comité de SST • Medidas de Protección a los T • Responsabilidades y Sanciones.En todo medio colectivo y permanente de trabajo que cuente con mas de 10 trabajadores.………. 410. • El servicio medico de empresa que se basara en la aplicación practica y efectiva de la medicina laboral. quienes de entre sus miembros designarán un presidente y un secretario.…….. mental y social del mismo (Médico especialista en SST Ocupacional) • De 100 a 200 T 3 h/día/ M • De 201 a 400 T 4 h//día/M • De 401 a 600 T 5 h/día/ M • De 601 a 800 T 6 h/día /M • De 801 a 1000T 8 h/día/ M • + 200 T exceso 1 h/ día /M adic.En todo centro de trabajo en que laboren mas de quince trabajadores deberá organizarse un comité de seguridad e higiene del trabajo integrado en forma paritaria por tres representantes de los trabajadores y tres representantes de los empleadores..De los comités de seguridad e higiene del trabajo.. 14.De la unidad de seguridad e higiene del trabajo.. tendrá como objetivo fundamental el mantenimiento de la salud integral del trabajador. 15 . DECRETO EJECUTIVO 2393 ACUERDO MINISTERIAL 1404 1986-11-17 1978-10-17 .En las empresas permanentes que cuenten con cien o mas trabajadores estables. deberán contar con una unidad de seguridad e higiene. Y PARA QUE NO SE NOS OLVIDE 2 • Art. dirigido por un técnico en la materia. • Art. que deberá traducirse en un elevado estado de bienestar físico. • Investigar los accidentes de trabajo. • Adiestrar a los trabajadores en materia de seguridad.FUNCIONES DE PROFESIONALES EN SST • Prevención y fomento de la salud. evaluar Y controlar los riesgos laborales. estudio y vigilancia de las condiciones ambientales en los sitios de trabajo. identificando F/R. • Integración del comité paritario de seguridad e higiene. • Asesorar en la Planificación y Organización del Trabajo.M.M. ½ ambiente y prácticas de T.1404 A. • Reconocer. Colaborar en capacitación e información a los trabajadores. • Mantener registros estadísticos relativos a EP y AT. • Elaborar conjuntamente con Comité la propuesta de SST. • Colaborar con prevención de riesgos que efectúen los organismos del sector público. • Análisis y clasificación de los puestos de trabajo en base a valoración de requerimientos psicológicos de las tareas. determinar sus causas y tomar las medidas correctivas. prevenir. 219 . Servicio Médico de Empresa Técnico de Seguridad A. Proteger al afiliado y empleador contra las contingencias de riesgos derivados del trabajo. . mediante programas de prevención y reparación de afectaciones originadas por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. . competitivo.Posicionar al SGRT como una unidad de negocio de excelencia. Dispondrá de talento humano suficiente. con una gestión por procesos y con herramientas tecnológicas modernas y apropiadas. capacitado y con vocación de servicio. líder en la concesión oportuna de prestaciones y servicios para reducir la siniestralidad laboral. • Afecciones agudas o crónicas causadas de manera directa por el ejercicio de la labor que realiza el asegurado y que producen incapacidad 13 . con ocasión o como consecuencia del trabajo que ejecuta.Accidente de Trabajo Enfermedad Profesional • Suceso imprevisto que ocasione al afiliado lesión corporal. perturbación funcional o muerte (inmediata o posterior). exámenes. indemnizaciones. SERVICIOS DE PREVENCIÓN: verificación y control. asesoría. aux. auditorias. ortesis prótesis rehabilitación. cirugía. de diagnóstico. pensiones mensuales por incapacidad. PRESTACIONES ECONÓMICAS: subsidios.PRESTACIONES Y SERVICIOS BÁSIC0S DEL SGRT. capacitación . PRESTACIONES ASISTENCIALES: consultas. asistencia técnica. hospitalización. y en el caso de muerte mortuoria y montepío. difusión e información. – – – – – – – Consultas Fármacos Exámenes auxiliares Hospitalización Cirugía Rehabilitación Órtesis y prótesis Este servicio es otorgado en las unidades médicas del IESS a través del Seguro de Salud Individual y Familiar. . – – – – – Subsidios por incapacidad Indemnizaciones Pensiones por Invalidez Pensiones por Montepío Auxilio de Funerales (a través del Sistema de Pensiones) El siniestro laboral puede generar los siguientes efectos en los asegurados . quirúrgica. mientras reciba atención médica. . Genera • • • Subsidio (hasta un año) Pensión provisional (hasta 2 años) 80% del promedio mensual del año anterior al siniestro Rentas por montepío en caso de fallecimiento . .INCAPACIDAD TEMPORAL Impide al trabajador concurrir al trabajo debido al siniestro. Cesa por: . total o absoluta.Laborar en cualquier actividad.Fallecimiento.Incapacidad permanente parcial.Alta médica.Negarse al tratamiento. hospitalaria o de rehabilitación. . . • NO genera derecho a montepío en caso de fallecimiento . Max 100 salarios básicos.INCAPACIDAD PERMANENTE PARCIAL Produce una lesión corporal o perturbación funcional definitiva que signifique una merma en la integridad física y su aptitud para el trabajo. 332 incapacidades permanentes. Genera • Indemnización (un solo pago) 60 mensualidades. Rentas por montepío en caso de fallecimiento Cesa por: a) Por declaración de la incapacidad permanente absoluta b) Por negarse los tratamientos c) Por acogerse el asegurado a la jubilación de invalidez en el Sistema de Pensiones. La que sea mayor.INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL Inhibe al trabajador la realización de todas o las fundamentales tareas de su profesión. Genera • • Renta mensual equivalente al 80% del promedio de remuneraciones del año anterior o de los últimos 5 años. . INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA Inhabilita por completo al trabajador para toda profesión u oficio. requiriendo de otra persona para su cuidado y atención permanentes Genera • • Renta mensual equivalente al 100% del promedio de remuneraciones del año anterior o de los últimos 5 años. . Rentas por montepío en caso de fallecimiento Cesa por: Acogerse el asegurado a la jubilación de invalidez en el Sistema de Pensiones. La que sea mayor. MUERTE Si el afiliado fallece sea o no de forma inmediata genera pensiones a derechohabientes (montepío). (viudedad y orfandad en caso de no haber convivientes tiene derecho los padres si vivían a cargo del afiliado) Auxilio de Funerales Otorgada a través de la Dirección del Sistema de Pensiones . Verificaciones y Auditorias a empresas. Asesorías en Gestión de Riesgos Laborales a empresas Asistencias técnicas de laboratorio a empresas Programas de reinserción laboral y readaptación en incapacidades de riesgos del trabajo a afiliados que calificaron su siniestro laboral . Capacitación y Difusión en prevención de riesgos laborales y normativa legal vigente en Seguridad y Salud Ocupacional a empresas.Servicios de prevención de riesgos Inspecciones. instituciones y público en general. • Entrevistas al trabajador. CALIFICACIÓN • 10 días laborables después del aviso. • Se determinan causas y condiciones del siniestro .ACCIONES ANTE LA OCURRENCIA DE UN ACCIDENTE AVISO • 10 Días calendario a partir del siniestro. • Puede ser reportado por el empleador o trabajador INVESTIGACIÓN • Técnicos del IESS emiten un informe con los fundamentos técnico-legales pertinentes. • Formularios del IESS. empleador y testigos. QUÉ ACCIDENTES SON INVESTIGADOS? SE INVESTIGARÁN LOS SIGUIENTES ACCIDENTES a) Los accidentes calificados como típicos con consecuencias mortales. o que generen incapacidades permanentes. . excepto aquellos que pueden ser repetitivos. NO SE INVESTIGARÁN LOS SIGUIENTES TIPOS DE ACCIDENTES a) Accidentes que provoquen incapacidad temporal de hasta un (1) año. b) Los accidentes que generen incapacidad temporal mayor a un año. c) Accidentes debido a la inseguridad pública. b) Accidentes in-itínere o en tránsito. siempre y cuando el vehículo no sea de uso exclusivo para el transporte de la empresa. POLÍTICAS GENERALES DEL SGRT • Fomentar una cultura socio-laboral preventiva en materia de R/T como uno de los elementos más importantes de gestión de la SST. control) Universalizar la Información a afiliados. así como prestaciones y servicios que brinda el SGRT. patronos y gestores de SST sobre sus derechos y obligaciones. Propugnar la mejora continua en las condiciones en las cuales se conceden las prestaciones y servicios institucionales a afiliados y beneficiarios. . “Mayor inversión en prevención. capacitación. menor gasto en compensación” • • • Impulsar la mejora continua de las condiciones de SST en empresas e instituciones con mayor presencia institucional (Asesoramiento. (Los datos revelan un gran sub registro de los casos de accidentes y por sobre todo enfermedades profesionales que se estima supera el 90%) . . Orientar la capacitación para generar impactos positivos en la comunidad productiva. mediante la implementación de controles adecuados de verificación del cumplimiento de la normativa. Asesorar en materia técnico legal a los sectores involucrados en las actividades productivas.……. Crear una base estadística confiable y adecuada que permita planificar racionalmente acciones de este Seguro. a fin de disminuir la siniestralidad laboral. Y PARA ESTO ES NECESARIO: • • • • • Convertir a las Organizaciones de trabajadores y empleadores en aliados estratégicos que en base al TRIPARTISMO fomenten el logro de la vigencia de una cultura nacional de Prevención en materia de riesgos laborales. Combatir la informalidad en los “arreglos directos” entre empleadores y trabajadores en los casos de accidentalidad en el trabajo. (Es es un derecho universal del hombre). materias primas e insumos. por lo tanto fija las condiciones en las que los trabajadores deben desarrollar su labor. y por tanto es su responsabilidad evitar que esto constituya un peligro para la seguridad y salud para los trabajadores. la infraestructura.SISTEMA DE GESTIÓN DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES Conjunto de elementos relacionados entre sí. Según la OIT el trabajo peligroso mata millones y cuesta billones. los equipos. la maquinaria. . El empresario establece las condiciones en las que se desarrolla el trabajo. horarios. que actúan armónicamente para facilitar la administración de la SST. etc. protegiendo a ellos/as y a su familia. •Mejoras en la productividad por optimización de procesos •Reducción del ausentismo laboral •Reducción de los costos de las prestaciones por riesgos del trabajo •Aumento de la moral. motivación y concentración de los trabajadores •Estabilidad de los trabajadores en la empresa •Mejora de la imagen corporativa •Elevación de la calidad de vida de los trabajadores. •Reduce los índices de accidentalidad y/o enfermedad profesional.BENEFICIOS POR APLICACIÓN DEL SGSST . •AHORRO •COMPETITIVIDAD •RENTABILIDAD . •Crea un sentido de pertenencia y responsabilidad en el trabajador por su lugar de trabajo. •Controla y reduce los factores de riesgos laborales. niveles de participación y conductas laborales que incidan en la creación de ambientes sanos y seguros..…para la empresa …para los trabajadores •Vigencia de reglas y prácticas. reliquidación de las prestaciones en caso de agravamiento.REGLAMENTO GENERAL DE RIESGOS DEL TRABAJO C. incorporando población sin relación de dependencia y de trabajo parcial.D. ESTABLECE PROCESOS DE GESTIÓN DE PREVENCIÓN de R/T Y DE SU EVALUACIÓN ( índices REACTIVOS. definiendo claramente condiciones de concesión de prestaciones. PROACTIVOS Y DE GESTIÓN). 390 (2011-11-10) • • • • • • • ARMONIZA LAS NORMAS LEGALES VIGENTES: Constitución de la República. determina los elementos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST) ACTUALIZA LISTADO DE ENFERMEDADES PROFESIONALES DEFINE COMPETENCIAS Y ATRIBUCIONES DE LA COMISIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN. AMPLIA LA COBERTURA Y BENEFICIOS DE ESTE SEGURO. INCORPORA LA PARTICIPACIÓN ACTIVA DE EMPLEADORES Y TRABAJADORES en calidad de veedores del funcionamiento tanto de la Comisión Nacional de Prevención como de las Comisiones de Valuación de Incapacidades OBLIGATORIO NO DISCRECIONAL . Convenios Internacionales. Leyes. Decretos y Acuerdos vigentes. SISTEMATIZA Y RACIONALIZA EL PROCESO DE CONCESIÓN DE PRESTACIONES Y LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN. Y DE LAS COMISIONES VALUADORAS DE INCAPACIDADES. 55): Las empresas deberán implementar el SGSST GESTIÓN ADMINISTRATIVA GESTIÓN TÉCNICA GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO PROCEDIMIENTOS Y PROGRAMAS OPERATIVOS BÁSICOS Evaluación del SGSST de la empresa (Art. Y DE GESTIÓN DE SST . PROACTIVOS. 57): ÍNDICES REACTIVOS.PREVENCIÓN DE RIESGOS DEL TRABAJO Sistema de Gestión (Art. GESTIÓN TÉCNICA: IDENTIFICACIÓN DE FACTORES DE RIESGO. MEJORAMIENTO CONTINUO. INSPECCIONES DE SEGURIDAD. ADIESTRAMENTO PROCEDIMIENTOS OPERATIVOS BÁSICOS: INVESTIGACIÓN A/T. CONTROL DE DESVIACIONES DEL P.CAPACITACIÓN. AUDITORIAS INTERNAS.INFORMACIÓN.. VIGILANCIA DE LA SALUD.INTEGRACIÓN-IMPLANTACIÓN.COMUNICACIÓN. INFORMACIÓN ESTADÍSTICA. VERIFICACIÓN/AUDITORÍA. MANTENIMIENTO PREDICTIVO. EV ALUACIÓN.CARACTERÍSTICAS DEL NUEVO REGLAMENTO GENERAL DE RIESGOS DEL TRABAJO EN SGRT GESTIÓN ADMINISTRATIVA: POLÍTICA.ORGANIZACIÓN. EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL.PREVENTIVO Y CORRECTIVO. GESTIÓN. CONTROL OPERATIVO INTEGRAL. MEDICIÓN. GESTIÓN DEL TALENTO HUMANO: SELECCIÓN. . PLANES DE EMERFENCIA. PLAN DE CONTINGENCIA.PLANIFICACIÓN. OBSERVACIONES PLANEADAS DE ACCIONES SUBESTÁNDARES DIALOGO PERMANENTE DE SEGURIDAD DEMANDA DE SEGURIDAD ENTRENAMIENTO DE SEGURIDAD ORDENES DE SERVICIOS ESTANDARIZADOS Y AUDITADOS CONTROL DE ACCIDENTES E INCIDENTES INDICE DE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO .CARACTERÍSTICAS DEL NUEVO REGLAMENTO GENERAL DE RIESGOS DEL TRABAJO EN SGRT INDICES REACTIVOS: INDICE DE FRECUENCIA. ÍNDICES DE GRAVEDAD TASAS DE RIESGO INDICES PROACTIVOS: ANÁLISIS DE RIESGOS DE TAREA.
Report "Seguro General de Riesgos de Trabajo Sgrt"