Riesgos Empresariales de los Seguros Cedula B

March 29, 2018 | Author: Rafael | Category: Insurance Policy, Insurance, Labour Law, Profit (Economics), Retirement


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ASESORES INTERDISCIPLINARIOSEN CAPACITACION TCGC C 1·· ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION CONTENIDO TEMATICO CONTENIDO INTRODUCCION Y MARCO JURIDICO MARCO CONCEPTUAL Y GENERALIDADES............................................................ 6 Diferencias entre planes individuales y de grupo Grupos Asegurables Mercados Grupo y Colectivo REGLAMENTO DE SEGURO DE GRUPO ................................................................... 9 Conceptos fundamentales del Reglamento del Seguro de Grupo Leyes y reglamentos complementarios RIESGOS EMPRESARIALES DEL SEGURO DE PERSONAS VIDA INDIVIDUAL GRUPO Y COLECTIVO.................................................................. 23 Estructura de la póliza Administración y Aspectos Operativos Siniestros Hombre clave y Seguro de Socios GASTOS MEDICOS MAYORES ................................................................................... 49 Estructura de la Póliza Administración y Aspectos Operativos Siniestros ACCIDENTES PERSONALES ...... .............................................................................. 57 Estructura de la Póliza RIESGOS EMPRESARIALES DEL SEGURO DE DAÑOS INTRODUCCION Y MARCO JURIDICO (DAÑOS)....................................................... 66 Marco conceptual y Generalidades Marco Jurídico Principios de Administración del Riesgo SEGURO DE AUTOMOVILES....................................................................................... 78 Conceptos Básicos Estructura de la Póliza Siniestros INCENDIO ............... .....................................................................................................83 Conceptos Específicos Estructura de la Póliza Siniestros TCGC C 2·· ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION CONTENIDO TRANSPORTE DE MERCANCIAS................................................................................ 118 Conceptos Específicos Marco Legal Estructura de la Póliza Siniestros RESPONSABILIDAD CIVIL ..........................................................................................132 Conceptos Específicos Marco Legal Estructura de la Póliza de Responsabilidad Civil Siniestros DIVERSOS MISCELANEOS......................................................................................... 152 (ROBO CON VILENCIA, EFECTIVO Y VALORES, ROTURA DE CRISTALES, ANUNCIOS LUMINOSOS, OBJETOS PERSONALES) Conceptos Específicos Estructura de la Póliza de cada seguro Siniestros DIVERSOS RAMOS TECNICOS .................................................................................... 160 (EQUIPO ELECTRONICO, ROTURA DE MAQUINANARIA, CALDERAS Y RECIPIENTES SUJETOS A PRESION, EQUIPO CONTRATISTAS, MONTAJE, OBRA CIVIL) Conceptos Específicos Estructura de la Póliza de cada seguro Siniestros TCGC C 3·· ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION TCGC C 4·· . ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION TCGC C 5·· .  El seguro esta sujeto a la voluntad de cada asegurado  Personas reunidas con un vínculo común previo e independiente del seguro. •Colaboración administrativa del contratante.1 DIFERENCIAS ENTRE PLANES INDIVIDUALES Y GRUPALES Los seguros de Grupo (o colectivo) se origina como un reemplazo racional de la antigua práctica de “pasar el sombrero” para beneficio de un compañero de trabajo cuando enferma o de su familia cuando este fallece. esto es. •La negociación se realiza con un representante de toda la colectividad.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION INTRODUCCIÓN Y MARCO JURÍDICO I. El concepto básico se ha ampliado y el término seguro Grupo (o colectivo) cubre ahora una amplia gama de programas de seguros con ciertas características comunes.  Homogeneidad en cuanto a la ocupación.  La negociación se realiza con un representante de toda la colectividad. •Inclusión automática de los elegibles. INDIVIDUALES GRUPO  Un asegurado por cada contrato  Varios asegurados bajo un solo contrato. previo e independiente del seguro. pero existen características específicas que los diferencian desde los puntos de vista del método de venta. •La unidad de selección del riesgo es el propio Grupo y no el Individuo. Ausencia de contacto directo con los asegurados. •Cobranza global. TCGC C 6·· . •El beneficio se determina mediante una regla objetiva y general. por lo cual son productos generalmente de corto plazo y con actualización negociada. •La selección individual se reduce al máximo. que no se han reunido para asegurarse o conseguir condiciones preferenciales.MARCO CONCEPTUAL Y GENERALIDADES I.  Inclusión automatica de los elegibles  Cobranza Global  Colaboración administrativa del contratante •Requiere la aplicación de criterios específicos.  La selección del riesgo es sobre el grupo. •Tiende a haber homogeneidad en cuanto a ocupación. Los principios que forman la base fundamental del seguro Grupo o Colectivo son los mismos que los del Seguro de Vida Individual. de la selección de riesgos y de la administración de la póliza. •Los costos son reducidos en función de un manejo racional y simple.. Las principales característica de un seguro de Grupo o Colectivo son: •Varios asegurados bajo un solo contrato.  La selección del riesgo es por cada individuo  Cobranza individual  Los costos son reducidos en función de su manejo. •Personas reunidas con un vínculo común. •Predeterminación de la Suma Asegurada. la policía. Formados por una misma clase en razón de su actividad o lugar de trabajo. Son grupos asegurables en los términos de este Reglamento los que a continuación se mencionan: a) Los empleados u obreros de un mismo patrón o empresa.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION GRUPOS ASEGURABLES Para definir los grupos asegurables en el caso estricto del seguro de Grupo sobre la vida nos debemos remitir al art. las características del grupo que pretendan asegurar y las reglas que sirvan para determinar las sumas aseguradas. que preste sus servicios a ese mismo patrón o empresa. podrán ingresar a la misma una vez que se reincorporen a sus labores habituales SEGUROS DE GRUPO (Art. constituyan grupos asegurables. Uniones o Agrupaciones c) Cuerpos del ejercito. 2o. Mínimo 10 participantes b) Sindicatos. b) Los sindicatos. Podrán ingresar a la póliza todos los empleados elegibles al servicio del contratante que se encuentren desempeñando en forma regular sus actividades en la fecha de expedición de la póliza. Para el inciso a). los bomberos Así como las unidades regulares delos mismos Agrupaciones legalmente constituidas Que por la clase de trabajo u ocupación de sus miembros. Sólo en el caso de este inciso. uniones o agrupaciones de trabajadores en servicio activo y sus secciones o grupos. Según el art. c) Los cuerpos del ejército. 1o. las instituciones aseguradoras presentarán para su aprobación ante la Comisión Nacional de Seguros. Uniones o Agrupaciones De trabajadores en servicio activo Cuerpos del ejército. así como las unidades regulares de los mismos. ¿CÓMO DEBERAN ESTAR CONSTITUIDOS? POR LO MENOS DEL 75% DE LOS MIEMBROS QUE LO FORMAN a) Empleados u obreros de un mismo patrón o empresa. Para otorgar el seguro de Grupo. además de cumplir con lo marcado en el Reglamento respectivo. y d) Las agrupaciones legalmente constituidas y que por la clase de trabajo u ocupación de sus miembros. los bomberos Mínimo 25 participantes d) Agrupaciones legalmente constituidas TCGC C 7·· . el mínimo de participantes es de 10. es importante tomar en cuenta las siguientes reglas y definiciones: Servicios activo: Empleados. la policía. Sindicatos. Los empleados que en esta fecha estuvieran incapacitados por más de 30 días por cualquier causa. El Grupo deberá estar constituido por lo menor por el 75% de los miembros que lo formen. los grupos formados por una misma clase en razón de su actividad o lugar de trabajo. de la policía o de los bomberos. RSG) Empleados u obreros de un mismo patrón o empresa. 2o. y para los demás incisos el mínimo es de 25. constituyan grupos asegurables. 2o del Reglamento del Seguro de Grupo el cual se transcribe a continuación: ART. 2 CONCEPTOS Y CARÁCTER´SITICAS DE GRUPO Y COLECTIVO A un conjunto de personas agrupada para asegurarse se le llama una Colectividad. mientras la póliza se encuentre en vigor. En los casos de contratarse nuevas pólizas. las personas que adquieran la calidad de jubilados mientras la póliza se encuentre en vigor. las reglamentaciones y políticas expuestas anteriormente. previo análisis de las características de asegurabilidad del grupo propuesto. siempre y cuando el contratante haya extendido esta protección a todo su personal jubilado. Tal como se indicó. Los empleados que se encontrán incapacitados por mas de 30 días por cualquier causa. 8·· .G. Es decir. opera estrictamente en el caso del Seguro de Grupo sobre la Vida. La regla para determinar la suma asegurada del personal jubilado no podrá exceder a la regla aplicada al personal activo. TCGC C En el desarrollo de los siguientes capítulos se mostrará a detalle la diferencia entre Grupo y Colectivo para los diferentes ramos. En los temas siguientes se observará. Podrán ingresar a la póliza todos lo empleados elegibles al servicio del contratante que se encuentren desempeñando en forma regular sus actividades en la fecha de expedición de la póliza. Grupo se denomina cuando una colectividad cumple con todos los criterios indicados en el RSG y Colectivo se le llamará a las demás colectividades que no satisfacen dichos criterios. que los Grupos Asegurables pueden ser más amplios para el caso de colectividades y otros ramos. podrán ingresar a la misma una vez que se reincorporen a sus labores habituales JUBILADOS Podrán seguir perteneciendo a la póliza sin incluir beneficios adicionales. . podrá asegurarse a todo el personal jubilado de una empresa sin incluir beneficios adicionales. pero tomando como punto de partida la presente consideración. entonces será considerado un Grupo. Cuando una Colectividad satisface los criterios especificados en el Reglamento del Seguro de Grupo (RSG). Se les llama a las demás colectividades que no satisfagan los criterios del Reglamento. 2o del Reglamento del Seguro de Grupo el mercado que se tiene para el seguro de grupo estrictamente hablando se basa principalmente en los grupos formados a través de una relación laboral específica.S. dentro de la misma póliza. SEGURO DE GRUPO Cuando una colectividad cumple con TODOS los criterios indicados en el R. I.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION Jubilados: Podrán seguir perteneciendo a la póliza sin incluir beneficios adicionales. SERVICIO ACTIVO EMPLEADOS. MERCADOS De acuerdo a los cuatro incisos enunciados en el art. siempre y cuando el contratante haya extendido la protección del seguro de grupo a todo su personal jubilado. siempre y cuando también se solicite el seguro para el personal activo. ya sea trabajando con un patrón específico o por la relación gremial entre sus miembros. los Seguros de Grupo son un subconjunto de los Seguros Colectivos. del artículo anterior. el patrón o empresa. d) Las agrupaciones legalmente constituidas y que por la clase de trabajo u ocupación de sus miembros. en el caso del inciso c). la policía. tratándose del inciso b) La persona moral. el de los Territorios. Son grupos asegurables en los términos de este Reglamento. siempre que ese 75% no sea inferior a 10 Personas en el caso del inciso a) del artículo 2o. Para la celebración del seguro de grupo. los bomberos PERSONA MORAL d) Agrupaciones legalmente constituidas 9·· . y de 25 personas en los demás casos. Art. El contratante del seguro de grupo será. Constituyan grupos asegurables. que presten sus servicios a ese mismo patrón o empresa. c) Los cuerpos del ejército. los grupos formados por una misma clase en razón de su actividad o lugar de trabajo. sobre la vida de un grupo asegurable constituido. los que a continuación se mencionan: Los empleados u obreros de un mismo patrón o empresa.CONCEPTOS FUNDAMENTALES Art. PERSONA MORAL b) Sindicatos.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION II. así como las unidades regulares de los mismos.REGLAMENTO DE SEGURO DE GRUPO II. 1o. Uniones o Agrupaciones c) Cuerpos del ejercito. en los términos del artículo 191 de la ley sobre el Contrato de Seguro. 3o. Las características del grupo que pretendan asegurar y las reglas que sirvan para determinar las sumas aseguradas. El Gobierno Federal. Uniones o Agrupaciones GOBIERNO FEDERAL c) Cuerpos del ejército. 2o. en el caso del inciso a).c. TCGC C CONTRATANTE PATRON O EMPRESA a) Empleados u obreros de un mismo patrón o empresa. del 75% de los miembros que lo formen.d. la persona moral correspondiente.) 10 personas 25 personas Art. por lo menos. sin necesidad de examen médico obligatorio. y cuando se trate del inciso d) por analogía con los incisos anteriores.1. el del Distrito Federal. y sus secciones o grupos. Las instituciones aseguradoras presentarán para su aprobación ante la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. de la policía o de los bomberos.. b) Sindicatos. el contratante deberá solicitar un seguro. CONSTITUCION DE LOS GRUPOS ASEGURABLES Porcentaje de la colectividad constituida por los menos del: 75% Siempre que este porcentaje no sea inferior en el caso del Inciso (a) Inciso ( b. los Municipios. los bomberos d) Agrupaciones legalmente constituidas Sólo en el caso de este inciso. b) Los sindicatos. GRUPOS ASEGURABLES a) Empleados u obreros de un mismo patrón o empresa. uniones o agrupaciones de trabajadores en servicio activo. la policía.. el de los Estados. Los miembros del grupo asegurable pueden contribuir al pago de la prima. 6o Los miembros del grupo Art. de Asegurados 10-24 25-49 50-99 100-149 150-199 200-299 300-399 400-499 500 o más Art. El seguro de grupo para el caso de muerte. TCGC C Factores de la tabla A UN AÑO O DE PERIODOS MENORES Art. . patrón u organización a la que pertenezca dicho grupo. La solicitud u oferta para celebrar el contrato. en su carácter de asegurados podrán contribuir al pago de la prima en los términos en los que se haya establecido en la póliza. 7º. 5º. Art. por los factores que aparecen a continuación de acuerdo con el número de asegurados en el mismo grupo. deberá contener especialmente. Anteriormente: El asegurado no puede participar en más del 75% Art. b) Declaración sobre la existencia de circunstancias que se consideren determinantes para apreciar la posibilidad de catástrofe. en su carácter de asegurados podrán contribuir al pago de la prima en los términos en los que se haya establecido en la póliza. No. Art. con relación a la actividad que a través del grupo asegurable realice la empresa. Nuevo Reglamento: Tratándose se Grupo y Colectivo. Anteriormente: El asegurado no puede participar en más del 75% 10·· .ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION Art. La suma asegurada deberá determinarse para cada miembro del grupo asegurado. 4o. 4o MAXIMA SUMA ASEGURADA En ningún caso será superior a lo que resulte de multiplicar: Factor 2 3 4 5 6 7 8 9 10 Suma asegurada promedio PLANES Y PLAZOS DE CONTRATACION La suma asegurada promedio de un grupo es la que resulta de dividir la suma asegurada total del grupo entre el número de asegurados que lo componen. lo siguiente: a) Naturaleza de riesgo por asegurar. 7o Pueden contribuir al pago de la prima Nuevo Reglamento: Tratándose se Grupo y Colectivo. El máximo de suma asegurada que se podrá conceder sobre una vida. por reglas que eviten la selección adversa a la institución aseguradora. se PLAN TEMPORAL RIESGO DE MUERTE practicará siempre en el plan temporal ya sea de un año o de períodos menores. 6º. en ningún caso será superior a la que resulte de multiplicar la suma asegurada promedio del grupo. suma asegurada. fecha de nacimiento. TCGC C  Nombre de cada uno de los miembros del grupo  Suma asegurada que les corresponda  Fecha en la que entren en vigor los seguros de cada uno de los miembros del grupo y fecha de terminación de los mismos  Número del certificado individual 11·· . 9o. Art. El contratante no podrá ser designado beneficiario. el consentimiento de cada uno de los miembros del grupo en el que deberá expresarse: ocupación. 8o. suma asegurada o la regla para determinarla. Deberá expresarse esta circunstancia en la solicitud y en el consentimiento a que se refiere el inciso anterior. designación de los beneficiarios y si ésta se hace en forma irrevocable.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION c) Características del grupo asegurable. y cuando el objeto del contrato del seguro de grupo de vida. g) C omo anexo. salvo que el objeto del contrato sea el de garantizar créditos concedidos por el contratante o prestaciones legales. Las Instituciones Aseguradoras formarán el registro de asegurados que deberá contener los siguientes datos: a) Nombre y edad de cada uno de los miembros del grupo. para cada uno de los miembros del grupo f) Porcentaje con el que los miembros del grupo contribuyen en su caso. 1 Naturaleza del riesgo a asegurar 2 Declaración de la existencia de circunstancias que permitan evaluar el riesgo de la colectividad 3 Características del gupo asegurable (Número de personas del grupo y número de personas por asegurar) 4 Tarifa de Primas (para determinar la suma asegurada de cada asegurado) 5 Porcentaje con el que los asegurados contribuyen al pago de la prima 6 Consentimiento de cada uno de los miembros del grupo. voluntarias o contractuales a cargo del mismo. al pago de la prima. REQUISITOS PARA SOLICITAR UN SEGURO e) Reglas para determinar las sumas aseguradas. (Ocupación. a cargo del mismo contratante. designación de beneficiarios) Art. sea el de garantizar prestaciones legales. DESIGNACION DE BENEFICIARIOS NO PODRA SER EL CONTRATANTE SALVO CUANDO: El objeto del contrato de seguros sea para garantizar créditos concedidos por el contratante o prestaciones legales. fecha de nacimiento. Suma asegurada que le corresponda LA INSTITUCION ASEGURADORA b) Fecha en que entren en vigor los seguros de cada uno de los miembros del grupo y fecha de terminación de los mismos REGISTRO DE ASEGURADOS c) Número del certificado individual La Institución Aseguradora deberá entregar al contratante copia autorizada de cada uno de estos registros. voluntarias o contractuales. número de personas asegurables y el de las que van a asegurar d) T arifa de primas. 15. 12·· .  Características del grupo asegurado  Tarifa de primas  La regla para determinar la suma asegurada que a cada miembro del grupo corresponda  Transcripción integra de los articulos 13.  Transcripción integra de los articulos 13.15. 19.  Nombre y fecha de nacimiento del asegurado.22. CERTIFICADOS Art.  Suma asegurada o la regla para determinarla.21. c) Dar aviso a la Institución Aseguradora dentro del término de quince días de cualquier cambio que se opere en la situación de los asegurados y que sea necesario para la aplicación de las reglas establecidas para determinar las sumas aseguradas.20.16. POLIZA MATRIZ  Número de la poliza y del Certificado  Nombre y fecha de nacimiento del Asegurado  Fecha de vigencia del Seguro  Suma asegurada o la regla para determinarla  Nombre de los beneficiarios y en su caso el carácter de irrevocable  Fecha de vigencia del seguro.20. 16 y en sus tres primeros párrafos los artículos 17. TCGInstitución C Expedidos y firmados por la Institución Asegurada. 21 y 22 de este reglamento. 18. 10.21. y 17.16.  Comunicar los nuevos ingresos  Comunicar las separaciones definitivas CONTRATANTE  Comunicar cualquier cambio que opere en la situación de los asegurados (dentro del termino de 15 días)  Enviar los nuevos consentimientos de los asegurados (en caso de modificacion de las reglas para determinar la suma asegurada) d). Los certificados serán expedidos y firmados por la C Aseguradora. OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE INSTITUCION ASEGURADORA b) Comunicar a la Institución Aseguradora las separaciones definitivas del grupo asegurado. 20. Será obligación del contratante: a) Comunicar a la Institución Aseguradora los nuevos ingresos al grupo.14.24 Art.19.20. 15 16.22. remitiendo los consentimientos respectivos.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION Art.21. 11.18. d) La trascripción íntegra de los artículos 13. 14. Las nuevas sumas aseguradas surtirán efectos desde la fecha del cambio de condiciones. 19.23. que deberán contener los datos que exige el ineciso g) del articulo 7o. deberán expedir un certificado para cada uno de los miembros del grupo asegurado que entregarán al contratante. 23 Y 24 de este Reglamento. 15. 22. Enviar a la Institución Aseguradora los nuevos consentimientos de los asegurados.  El certificado deberá contener cuando menos los siguientes datos:  Número de la póliza y del certificado. en caso de modificación de las reglas para determinar las sumas aseguradas. La póliza deberá contener: a) Características del grupo asegurado CONTENIDO DE LA POLIZA b) Tarifa de primas c) La regla para determinar la suma asegurada que a cada miembro del grupo corresponda. Las Instituciones Aseguradoras. 12.19.  Nombre de los beneficiarios y en su caso el carácter de irrevocable  Trascripción íntegra del texto de los artículos 13. Art. quedarán asegurados desde la fecha de aceptación por la Institución Aseguradora. la Institución Aseguradora pagará la suma asegurada que corresponda. 14. quedarán asegurados sin examen médico. substituyendo el certificado. La empresa aseguradora podrá exigir un examen médico a los miembros del grupo asegurable que den su consentimiento después de treinta días de haber adquirido el derecho de formar parte del grupo asegurado. sustituyendo el CERTIFICADO Los miembros que ingresen al grupo asegurable después de la celebración del contrato y hubieren dado su consentimiento dentro de los treinta días siguientes a su ingreso. si la diferencia se descubre antes del siniestro la Institución Aseguradora por su propio derecho o a solicitud del contratante hará la modificación correspondiente. 13. CON SI ANTES DEL SINIESTRO La Aseguradora podrá exigir EXAMEN MEDICO 13·· .ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION Art. si están en servicio activo desde el momento en que adquirieron las características para formar parte del grupo asegurable. POSTERIORIDAD SE DESCUBRE En uno y otro caso deberá ajustarse la cuota a la nueva suma asegurada desde la fecha en que se operó el cambio. INGRESO A LA COLECTIVIDAD CON Y SIN EXAMEN MEDICO Si dan su CONSENTIMIENTO Nuevo ingreso Si dan su CONSENTIMIENTO DENTRO DE LOS 30 días siguientes a su ingreso DESPUES DE LOS 30 días siguientes a su ingreso COLECTIVIDAD ASEGURABLE Quedarán asegurados SIN EXAMEN MEDICO C AL SINIESTRO SUMA ASEG URAD ASUMA La Institución Aseguradora por su propio derecho o a solicitud del contratante hara la modificación. TCGC SE DESCUBRE ASEGURADA No concuerda con la regla para determinarla: La Institución Aseguradora pagará la SUMA ASEGURADA que corresponda aplicando la regla en vigor. Si con posterioridad a un siniestro se descubre que la suma asegurada que aparece en el certificado no concuerda con la regla para determinarla. en este caso. aplicando la regla en vigor. la prima total del grupo correspondiente a los treinta días de espera. 17. y por lo tanto continuarán dentro del seguro hasta la terminación del período del seguro en curso. 16. siempre que su edad esté comprendida dentro de los límites de admisión de la compañía. según la tarifa de primas que se encuentre en vigor. En este caso. la Institución Aseguradora podrá deducir del imparte del seguro la prima total del grupo correspondiente a los treinta días de espera. dentro del plazo de treinta días a partir de su separación. Podrán solicitar un plan de seguro individual. La Institución Aseguradora tendrá obligación de asegurar sin examen médico y por una sola vez. La Iinstitución Aseguradora que practique el seguro de grupo vida deberá operar cuando menos en el plan ordinario. 15. Los efectos del contrato cesarán automáticamente treinta días después de la fecha de vencimiento de la prima no pagada. al miembro que se separe definitivamente del grupo asegurado. si su edad se encuentra dentro de los límites de aceptación COLECTIVIDAD ASEGURABLE Art.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION Art. la prima que corresponda a la edad alcanzada y a su ocupación en la fecha de su solicitud. Dejarán de estar asegurados desde el momento de la separación COLECTIVIDAD ASEGURABLE Quedará si validez el CERTIFICADO INDIVIDUAL Art. Para ejercer este derecho. TCGC C 14·· . si dentro del plazo mencionado ocurre un siniestro. quedando sin validez alguna el certificado individual expedido. si dentro del plazo mencionado ocurre un siniestro. La Institución aseguradora podrá deducir del importe del seguro. No se consideran separados definitivamente los asegurados que sean jubilados o pensionados. la Institución Aseguradora restituirá al contratante la parte de la cuota medía no devengada por meses completos. La Institución Aseguradora restituirá al contratante la parte de la cuota media no devengada por meses completos DENTRO DE LOS 30 DIAS A PARTIR DE SU SEPARACION Deberá pagar a la compañía la prima que corresponda a la edad alcanzada y a su ocupación en la fecha de su solicitud LOS EFECTOS DEL CONTRATO: Cesarán automáticamente 30 DIAS DESPUES Del vencimiento de la prima no pagada. A excepcion del Seguro Temporal Sin ningún beneficio adicional Presente su SOLICITUD a Aseguradora El solicitante deberá pagar a la compañía. Las personas que se separen definitivamente del grupo asegurado dejarán de estar aseguradas desde el momento de la separación. en cualquiera de los planes individuales de seguro en que opere dicha empresa. con excepción del seguro temporal y sin incluir beneficio adicional alguno. la persona separada del grupo deberá presentar su solicitud a la institución aseguradora. ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION Art. y ésta se encuentra dentro de los límites de edad admitidos. A cada miembro del grupo que no ingrese precisamente en la fecha de aniversario del contrato y a los que se separen definitivamente del grupo se les aplicará la cuota promedio por meses completos. Será la suma de las primas que correspondan a cada miembro del grupo asegurado de acuerdo con su edad. el término para hacer uso del derecho a que se refiere el párrafo anterior. El contrato de seguro dentro del primer año de su vigencia siempre será disputable por omisión o inexacta declaración de los hechos necesarios que proporcione el contratante para la apreciación del riesgo. Tratándose de miembros de nuevo ingreso al grupo asegurado. la Institución Aseguradora pagará la cantidad que resulte de multiplicar la suma asegurada por el cociente obtenido de dividir las primas relativas a la edad inexacta y real del asegurado en el último aniversario de la póliza. PRIMA TOTAL DEL GRUPO En cada fecha de vencimiento del contrato se calculará la cuota promedio por millar de suma asegurada que se aplicará en el periodo. LIMITES DE EDAD Art. PRIMER AÑO DE VIGENCIA EL CONTRATO. 20. La Institución pagará: Se descubre falsedad en la declaración de la edad del asegurado La cantidad que resulte de multiplicar la suma asegurada por el cociente obtenido de dividir las primas relativas a la edad inexacta y real del asegurado en el último aniversario de la póliza. TCGC C 15·· . La cuota promedio es la que resulte de dividir la prima total entre la suma asegurada total. 19. La prima total del grupo será la suma de las primas que correspondan a cada miembro del grupo asegurado de acuerdo con su edad. Art. SIEMPRE SERA DISPUTABLE POR OMISION O INEXACTA DECLARACION Tratandose de miembros de Nuevo ingreso COLECTIVIDAD ASEGURABLE La Disputabilidad contará después de un año a partir de la fecha en que quedó asegurado. se descubre que hubo falsedad en la declaración relativa a la edad del asegurado y ésta se encuentra dentro de los límites de edad admitidos. ocupación y suma asegurada. Si después de ocurrido un siniestro. ocupación y suma asegurada. se contará a partir de la fecha en que quedó asegurado. 18. Si después de ocurrido un siniestro. conforme a las reglas establecidas en el contrato. Cuando el miembro del grupo asegurado no cubra al contratante la parte de prima a que se obligó.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION Art. conforme a las reglas establecidas en el contrato. Art. 23. Cuando haya cambio de contratante en el caso del inciso a) del articulo 20. CUANDO HAYA CAMBIO DE CONTRATANTE: La institución aseguradora podrá rescindir el contrato dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que tenga conocimiento del cambio Sus obligaciones terminarán treinta días después de haber sido notificada la recisión La institución aseguradora reembolsará a éste la prima no devengada. la Institución Aeguradora podrá rescindir el contrato dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que tenga conocimiento del cambio. TCGC C 16·· . 22. 21. Art. sus obligaciones terminarán treinta días después de haber sido notificada la rescisión de manera fehaciente al nuevo contratante. Los beneficiarios designados tendrán acción directa para cobrar de la Institución Aseguradora la suma asegurada que corresponda. éste podrá solicitar su baja del grupo a la Institución Aseguradora. Cuando el miembro del grupo asegurado no cubra al contratante la parte de prima a que se obligó. La Institución podrá solicitar su baja del grupo a la institución aseguradora. DESIGNACION DE BENEFICIARIOS Los beneficiarios designados tendrán acción directa para cobrar de la institución aseguradora la suma asegurada que corresponda. la Institución Aseguradora reembolsará a éste la prima no devengada.  En cada renovación se aplicará la tarifa de primas en vigor en la fecha de la misma. otorguen participación en utilidades. respectando las condiciones contratadas.  Siempre que se reúnan los requisitos del presente Reglamento en la fecha del vencimiento del contrato. 25.  En las mismas condiciones en que fueron contratadas. jubilación.  Estarán obligadas a renovar los contratos. siempre y cuando se reúnan los requisitos del reglamento y conscientes de la actualización de las tarifas correspondientes. ésta se sujetará a las reglas generales que fije la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. mediante endoso en la póliza. esta se sujetará a las reglas generales que fije la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. respectando las condiciones contratadas. se aplicarán en lo conducente. siempre y cuando se reúnan los requisitos del reglamento y conscientes de la actualización de las tarifas correspondientes. Las Instituciones Aseguradoras estarán obligadas a renovar los contratos. 26. 24. Cuando las Instituciones Aseguradoras que practiquen el seguro de grupo de Vida otorguen participación en utilidades. en cada renovación se aplicará la tarifa de primas en vigor en la fecha de la misma.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION LAS INSTITUCIONES ASEGURADORAS Art. TCGC C 17·· . R La Aseguradora podrá renovar los contratos de Seguro de Grupo cuando la temporalidad sea de un año o menor. Art. los preceptos de este reglamento. Art. En los contratos de seguro de grupo de Que practiquen el seguro de grupo de vida. mediante endoso en la póliza en las mismas condiciones en que fueron contratadas siempre que se reúnan los requisitos del presente reglamento en la fecha del vencimiento del contrato.  R: La Aseguradora podrá renovar los contratos de Seguro de Grupo cuando la temporalidad sea de un año o menor. Requisitos de los planes En todos los casos deberán establecerse planes conforme a los plazos y requisitos que se fijen en el reglamento de esta Ley. que en términos generales indica que las prestaciones tiene que ser otorgadas a todos los empleados a menos que se clasifique de la siguiente forma: I. invalidez. por parte de la aseguradora. social. Jubilación. con garantía de las sumas aseguradas.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION II.Personal de confianza IV. Su pago a los trabajadores serán deducibles por los patrones III. Personal sindicalizado V. que tengan como objeto satisfacer contingencias presentes o futuras y otorgar beneficios a favor de los trabajadores tendientes a su superación física. Otorgadas de manera general II. las prestaciones correspondientes se destinen a jubilaciones. Servicios Médicos. fallecimiento. de las primas pagadas o reserva matemática Beneficios a los trabajadores En los casos en que los seguros tengan por objeto otorgar beneficios a los trabajadores deberá observarse lo dispuesto en la fracción anterior. si cumplen con los requisitos y condiciones marcados en ellos. Beneficio General Dichas prestaciones deberán otorgarse en forma general en beneficio de todos los trabajadores. tratándose de seguros. fondos de ahorro. guarderías infantiles o actividades culturales y deportivas y otras de naturaleza análoga. efectuadas por trabajadores sindicalizados 18·· . educacionales. accidente o enfermedad de técnicos o dirigentes. de las Deducciones en Generales Artículo 24 Requisitos para las deducciones. Fracción XIII Primas por Seguros y Fianzas Que los pagos de primas por seguro fianzas se hagan conforme a las leyes de la materia y correspondan a conceptos que esta Ley señala como deducibles o que en otras se establezca la obligación de contratarlos y siempre que. la deducción de las primas procederá siempre que el seguro se establezca en un plan en el cual se determine el procedimiento para fijar el monto de la prestación y satisfaga los plazos y requisitos que se fijen en disposiciones de carácter general Esta Ley determina que las primas de ciertos tipos de seguros. DEDUCIBILIDAD DE IMPUESTOS Otorgadas de manera general Su pago a los trabajadore s serán deducibles por los patrones De acuerdo a Contratos Colectivos de Trabajo Personal de confianza Personal sindica -lizado Tipo de riesgo Erogaciones deducibles sea promedio aritmético en un monto igual o menor a las erogaciones. becas educacionales para los trabajadores o sus hijos. Las deducciones autorizadas en este título deberán reunir los siguientes requisitos.. económica o cultural Ayudar al trabajador con prestaciones: BENEFICIO DE INDOLE GENERAL Que beneficie a toda la colectividad sin discriminar Ej. excluidas las aportaciones de seguridad social.Sección I. servicios médicos y hospitalarios. durante la vigencia de la póliza no se otorguen préstamos a persona alguna. Tipo de riesgo TCGC C PREVISION SOCIAL Gastos efectuados por los patrones a favor de sus trabajadores. son consideradas como gastos deducibles para la empresa contribuyente. Un bono de natalidad para toda la población femenina. Ley del Impuesto sobre la Renta CAPITULO II. El seguro de grupo puede ser deducible de impuestos si cumple con lo establecido las facciones XII y XIII del artículo 24 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) y el Artículo 19 del Reglamento de la misma Ley. Fracción XII Previsión Social Cuando se trate de gastos de previsión social.2 LEYES Y REGLAMENTOS COMPLEMENTARIOS Ley del Impuesto sobre la Renta. si mediante el seguro se trata de resarcir al contribuyente de la disminución que en su productividad pudiera causar la muerte. subsidios por incapacidad. fallecimientos. en cuyo caso la naturaleza del riesgo debe ser concordante con la del beneficio. si el coeficiente que corresponda al grupo de empleados de confianza. A todos los que maneja torno un bono adicional  Empleados que trabajan en el extranjero Ej. en cuyo caso los beneficios pactados con cada sindicato podrán no ser equivalentes. Artículo 20 Cómputo de la previsión social deducible para la deducibilidad de los gastos de previsión social a que se refiere el artículo anterior. la diferencia se multiplicará por el imparte de los sueldos de los empleados de confianza. a menos que se trate de: a) Planes de previsión social a favor de los empleados de confianza y de los demás trabajadores. se observará lo siguiente: Fracción 1 Si el importe de los gastos de previsión social previstos en el plan que correspondan a empleados de confianza. c) Personal sometido a un riesgo sensiblemente mayor que el resto de los trabajadores.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION CAPÍTULO II Sección I De las Deducciones en General Artículo 19 Requisitos de los gastos de Previsión Social Los gastos de previsión social a que se refiere la fracción XII del artículo 24 de la Ley. Para determinar. éste debe ser independiente de que se trate de empleados de confianza o de los demás trabajadores. los cuales podrán contener beneficios diferentes para unos y otros. se dividirá el imparte de los gastos en el ejercicio correspondiente a cada grupo entre sus sueldos en el mismo periodo. es proporcionalmente mayor para salarios superiores. Fracción II En ningún caso los beneficios a los empleados de confianza que se establezcan en cada uno de los planes serán proporcionalmente superiores a los que se otorguen a los demás trabajadores conforme a dichos planes. cuando cubran:  Muerte del titular  Invalidez o incapacidad para realizar un trabajo remunerado 19·· . los sueldos a que se refiere esta fracción serán calculados basándose en salario cuota diaria. Ej. en su caso. es superior al de los demás trabajadores. satisfagan los siguientes requisitos: Fracción I Que se otorguen en forma general Fracción II Que se otorguen a todos los trabajadores sobre las mismas bases. considerados con los que conceden las Instituciones Públicas de Seguridad Social. TCGC C El PLAN NO DEBE SER DISCRIMINATORIO . la diferencia no será deducible. los gastos no deducibles. Un empleado que esta en Texas puede tener un mayor beneficio para mantenerlo motivado y para que su salario se homologue con los de aquél país. la limitación a que se refiere esta fracción deberá considerarse en forma independiente tratándose de los casos a que se refiere el artículo 19 de este reglamento. Se contrate un plan temporal PREVISION SOCIAL BENEFICIO DE INDOLE GENERAL Condiciones para que Este seguro sea Deducible SE BENEFICIE A UN TRABAJADOR DE MENOR NIVEL SE BENEFICIE A UN TRABAJADOR CON MAYOR RIESGO DE TRABAJO Los pagos del seguro de vida serán deducibles. b) Planes para trabajadores de una misma empresa en la que existen varios sindicatos.  Cuando un trabajador operario tiene una prestación mayor que a los de nivel superior si se les puede beneficiar mas Ej a los operarios un bono de 1000 y a los niveles superiores 500  A los que manejan mayor riesgo si se les puede beneficiar sin considerar el concepto de discriminación. considerados con los que proporcionen las Instituciones Públicas de Seguridad Social. los cuales podrán tener beneficios diferentes por país Fracción III Que tratándose de planes de seguros de vida sólo se asegure a los trabajadores. sólo podrán deducirse del gasto total incurrido que correspondería si se les hubiera otorgado a todos los participantes los beneficios aplicables a los salarios menores. No se aplicará lo dispuesto en esta fracción cuando los beneficios sean proporcionalmente superiores para salarios menores. Fracción III Cuando el plan contenga aportaciones de los trabajadores o empleados de confianza deberán participar por lo menos el 75% de los elegibles. d) Personal que labore en establecimientos ubicados en el extranjero. Fracción IV los planes de previsión social deberán constar por escrito indicando la fecha a partir de la cual se inicie cada plan y se comunicarán al personal dentro del mes siguiente a dicho inicio. Fracción III El contribuyente deberá reunir la contratante y beneficiario irrevocable. la póliza será rescatada y el contribuyente acumulará a sus ingresos el imparte del rescate en el ejercicio en que este ocurra. que los patrones deberán cumplir en caso de que sus trabajadores sufran un accidente o enfermedad de trabajo. deberán ajustarse a lo siguiente: Fracción 1 Los contratos de seguros serán temporales a un plazo no mayor de veinte años y de prima nivelada. Por lo que la Ley Federal del Trabajo regula conceptos tales como:  Contratos individuales de trabajo  Jornadas de trabajo  Días de descanso • Se promulgó en 1931 la Ley Federal de Trabajo (Se establece la protección a los trabajadores para cubrir enfermedades y accidentes inherentes a su trabajo)  Vacaciones  Aguinaldos  Reparto de utilidades  Salarios TCGC C 20·· . o ser socio industrial. LEY FEDERAL DEL TRABAJO Los contratos serán temporales a un plazo no mayor a 20 años El asegurado deberá tener relación de trabajo con la empresa o ser socio industrial El contribuyente deberá tener la calidad de contratante y beneficiario irrevocable En caso de terminación del contrato la póliza será rescatada y el importe del rescate será del contribuyente Esta Ley define los términos:  Riesgo Accidentes Enfermedad de trabajo Nos señala las distintas incapacidades. Fracción II El asegurado deberá tener relación de trabajo con la empresa. Ley que reglamenta el apartado A del Artículo 123 es la Ley Federal del Trabajo. misma que publicó el 18 de agosto de 1931 y la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado que entró en vigor el 19 de abril de 1970. Fracción IV calidad de En caso de terminación del contrato de seguro. las indemnizaciones y otros aspectos importantes.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION Seguro de técnicos o dirigentes Los planes relativos a seguros de técnicos o dirigentes a que se refiere la fracción XIII del artículo 24 de la Ley. administración. con su publicación el 19 de enero de 1943. denominado: Instituto Mexicano del Seguro Social. la asistencia médica y los medios de subsistencia y los servicios sociales. quedará relevado. motivadas por un riesgo de trabajo. tenemos que: en materia de riesgos de trabajo. con lo que se menciona en ia francción décimacuarta del apartado “A” de la Constitución Politica. se hará cargo de esta situación. la protección de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para su bienestar. el patrón no deberá preocuparse por pagar las indemnizaciones aplicables a los casos de fallecimiento e incapacidad. 21·· . se da cumplimiento a otra de las disposiciones de la Constitución Politica de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Trabajo y Prevision Social.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION LEY DEL SEGURO SOCIAL La Seguridad Es la garantia. TCGC C SEGURIDAD SOCIAL Su finalidad es garantizar el derecho a la salud. Si relacionamos esta ley. se expidió la Ley del Seguro Social Esta Ley es de observancia general en toda Ia República. a que tiene derecho el ser humano. en el Distrito Federal. a la salud. 1942 • Se promulgó en 1931 la Ley Federal de Trabajo (Se establece la protección a los trabajadores para cubrir enfermedades y accidentes inherentes a su trabajo) • En 1942 se aprobó la Ley del Seguro Social. La Atención a la salud de los trabajadores adquirió un carácter prioritario y esencial dentro de la misión de la seguridad social. necesarios para el bienestar individual y colectivo. entrando en vigor el 1 de enero de 1944. así como el otorgamiento de una pensión que en su caso y previo cuplimiento de los requisitos legales. El Estado Mexicano concede la organización y administración del seguro social al ente público descentralizado. a la asistencia Social médica. asi. será garantizada por el estado. en los términos que señala esta ley. para la organización. sus disposiciones son de orden público y de interés social. el patrón que haya asegurado a los trabajadores a su servicio contra riesgos de trabajo. tanto individual como colectivo. reglamentación y funcionamiento de este instituto. en los terminos que Ia misma establece. y en fechas posteriores en todo el territorlo Nacional. por lo anterior. ya que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Enfermedades y maternidad III.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION LEY DEL SEGURO SOCIAL El articulo 2° de esta ley menciona que: La Seguridad Social tiene por finalidad garantizar el derecho a la salud.Enfermedades y maternidad Ayuda Asistencial Asignaciones Familiares III. vejez cesantia en edad avanzada y V.Riesgos de trabajo Pensión Ayuda Matrimonial II.Guarderías y Prestaciones Sociales TCGC C 22·· . como es el de enfermedades y maternidad prestaciones en especie.Invalidez y vida IV. pasando entre otros por Ia integración del salario. prestaciones en especie y en dinero. PRESTACIONES EN ESPECIE REGIMEN OBLIGATORIO PRESTACIONES EN DINERO El articulo 6° dice que el Seguro Social comprende:  El regimen obligatorio  El regimen voluntario El regimen obligatorio abarca desde diversos tipos de seguros.Riesgos de trabajo II.Retiro. la asistencia médica. será garantizada por el estado. la proteccion de los medios de subsistencia y los servicios sociales necesarios para el bienesiar individual y colectivo. Las prestaciones en especie consisten en: REGIMEN VOLUNTARIO Asistencia Médica PRESTACIONES EN ESPECIE Asistencia Quirürgica Farmacéutica Servicio de Hospitalización Aporatos de Prótesis y Ortopedia Servicio de Rehabilitación El regimen obligatorio comprende los seguros de: Las prestaciones en dinero consisten en: Subsidio por Incapacidad Subsidio por Invalidez I.Retiro.Guarderías y Prestaciones Sociales I. cesantia en edad Beneficios a dependientes económicos (familiares) El regimen seguros de: obligatorio comprende los avanzada y vejez V.Invalidez y vida o Los beneficios se dividen en: Beneficios a derechohabientes (trabajadores) IV. asi como el otorgamiento de una pension que en su caso y previo cumplimiento de los requisitos legales. TIPO DE REGIMEN El regimen voluntario resalta el seguro de salud para otorgar sólo. ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION TCGC C 23·· . para fines didácticos. Planes Temporal a un año renovable Técnicamente. el asegurado no tiene derecho a optar por un seguro individual sin presentar requisitos de asegurabilidad.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION II. Al separarse del grupo se tendrá derecho a contratar seguro individual sin examen médico. y al final se indicarán las CT CG peculiaridades de las distintas modalidades del Seguro Colectivo. En determinados casos se utiliza cuota promedio. Disputabilidad UN AÑO DOS AÑO 24·· . En algunos casos se utiliza cuota promedio Existen reglas para la contribución del asegurado en el pago de la prima Puede ser contributorio al 100% No se utiliza para respaldar deudas Se puede utilizar para respaldar deudas GRUPO: Planes: Temporal a un año renovable. Observamos que hay diferencias importantes entre Grupo y Colectivo tanto a nivel de riesgos cubiertos como de planes. Cuota: Al inicio de la cobertura. Cobertura: Básica y Beneficios Adicionales tanto de Accidentes como de Invalidez. requisitos de asegurabilidad y administración. COLECTIVO: Planes: Cuota Técnicamente. Contribución: Existen reglas para asegurado en el pago de la prima. según edad y suma asegurada.ESTRUCTURA DE LAS PÓLIZAS DIFERENCIAS ENTRE GRUPO Y COLECTIVO GRUPO Como se indicó anteriormente. pero con excepciones y peculiaridades. Corresponde a cada participante según edad y ocupación.. cualquier plan básico sin importar la temporalidad Requisitos de Selección Sin requisitos Se toma un mayor énfasis en la selección individaul Se determina tomando la misma regla para todos Hay mayor flexibilidad en la elección de sumas aseguradas Básica y Beneficios Adicionales tanto de Accidentes como de Invalidez Básica y Beneficios Adicionales tanto de Accidentes como de Invalidez Al inicio de la cobertura. por lo que. se cobra a prima promedio. Contribución:Puede ser contributorio al 100%. primero analizaremos laC estructura del Seguro de Grupo. Al incluise un miembro nuevo. mientras que Colectivo tiende a apegarse al Reglamento. Requisitos de Selección: Sin requisitos. cualquier plan básico sin importar la temporalidad.2. Sin embargo estas diferencias esenciales las vamos a observar con mayor claridad profundizando en la estructura de ambos tipos de seguros. Requisitos Asegurabilidad : Se toma un mayor énfasis en la selección individual Suma Asegurada: Hay mayor flexibilidad en la elección de sumas aseguradas. según edad y suma asegurada. Al incluirse un miembro nuevo en el Grupo durante el transcurso de la cobertura. la principal diferencia entre Grupo y Colectivo en Vida es que Grupo se apega totalmente a los lineamientos del Reglamento del Seguro de Grupo. Deudores: Se puede utilizar para respaldar deudas. Contribución Coberturas:Igual que en Grupo. se cobra la prima promedio. la contribución Suma Asegurada del Deudores:No se utiliza para respaldar deudas. A continuación se muestran algunas diferencias entre ambos tipos de Seguro. COLECTIVO Suma Asegurada: Se determina tomando la misma regla para todos. Cobertura Disputabilidad: 1 Año. Disputabilidad: 2 Años. Cuota: Correspondiente a cada participante según edad y ocupación. Deudores Al salir de la colectividad. Tiene como finalidad otorgar cualesquiera de los seguro de vida. 1 RSG) hasta el máximo establecido para ese fin (art. siguiendo un objetivo fundamental: Mantener el mismo nivel socioeconómico en que se desenvuelve la familia del asegurado fallecido. a miembros de una colectividad. JUBILADOS Podrán seguir perteneciendo a la póliza sin incluir beneficios adicionales. SEGURO DE GRUPO VIDA: COBERTURA BÁSICA El Seguro de Vida Grupo ofrece básicamente cobertura por fallecimiento cualesquiera que sea la causa. previo análisis de las características de asegurabilidad grupo propuesto. podrá asegurarse a todo el personal jubilado de una empresa sin incluir beneficios adicionales. las personas que adquieran la calidad de jubilados mientras la póliza se encuentre en vigor. asociación.  El Seguro Colectivo.. En los casos de contratarse nuevas pólizas. en apego a las características que señala el Reglamento de Grupo.. podrán seguir perteneciendo a la póliza sin incluir beneficios adicionales. El Seguro de Vida Grupo es una cobertura temporal a un año que se puede renovar indefinidamente (de acuerdo a las políticas de edad de aceptación de la aseguradora).ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION DIFERENCIAS DE GRUPO Y COLECTIVO Grupos Asegurables Jubilados. mientras la póliza se encuentre en vigor. liga.Tiene como finalidad otorgar cualesquiera de los seguros de vida. esta contribución no será mayor del 75% del pago total ni de un peso mensual por millar de suma asegurada. la regla para determinar la suma asegurada del personal jubilado no podrá exceder a la regla aplicada al personal activo. durante un lapso de tiempo razonable que le permita reorganizarse. excepto el suicidio durante el primer año de cobertura.Plan en el que el contratante como miembro del grupo participan en el pago de primas. siempre y cuando el contratante haya extendido la protección del seguro de grupo a todo su personal jubilado. 4 RSG). En el caso de que el grupo se forme por los trabajadores de una empresa y sea un seguro de vida grupo. otorgando un beneficio básico que consiste en el pago de la suma asegurada al ocurrir el fallecimiento de alguno de los integrantes de la colectividad. C TCG C COBERTURA BÁSICA SEGURO DE GRUPO VIDA A miembros definidos por el RSG  FALLECIMIENTO  INVALIDEZ E INCAPACIDAD (LEYES DE SEGURIDAD SOCIAL) Finalidad del Seguro de Grupo Vida SEGURO COLECTIVO Para miembros de una colectividad Tipos de planes CONTRIBUTORIO: El contratante parti cipa en el pago de prima NO CONTRIBUTORIO: El pago de la suma Asegurada lo asume El contratante 25·· .etc TIPOS DE PLANES: Contributorio..Plan en el cual el pago de la suma asegurada es asumido en su totalidad por el contratante. dentro de la misma póliza. gremio. coalisión. Los miembros de la colectividad se aseguran sin necesidad de presentar examen médico (art.. FINALIDAD DEL SEGURO:  El Seguro de Vida Grupo. siempre y cuando el contratante haya extendido esta protección a todo su personal jubilado. a los miembros de un grupo perfectamente definido. comunidad. siempre y cuando también se solicite el seguro para el personal activo. No Contributorio. Pérdidas Orgánicas. Cuando el asegurado haya sufrido lesiones corporales o padezca una enfermedad que lo imposibilite permanentemente para desempeñar un trabajo remunerado u ocupación de la que pueda derivar alguna utilidad pecuniaria compatible con sus conocimientos.. la suma asegurada sea igual o menor que la cobertura básica. EXISTENTES Y SUS EXCLUSIONES COBERTURAS ADICIONALES VIDA GRUPO Este producto. adicionalmente. Mientras viaje como pasajero en un ascensor que opere para servicio público.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION II. Coberturas por Accidente:       Muerte accidental. A causa de un incendio en cualquier teatro. excepto minas.COBERTURAS ADICIONALES. a través dc coberturas que se adaptan a estos beneficios. aptitudes y posición social y cuando se presuma que dicha imposibilidad es de carácter permanente y siempre que dicha invalidez haya sido continua por un período no menor de seis meses. siempre y cuando. Doble Indemnización por accidente colectivo Beneficios Adicionales Pago Anticipado por Invalidez Total Permanente Coberturas por Invalidez Total y Permanente BENEFICIOS  MUERTE ACCIDENTAL  PERDIDAS ORGANICAS  DOBLE INDEMNIZACION POR ACCIDENTE COLECTIVO ACCIDENTE ACCIDENTE COLECTIVO INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE TCGC C BENEFICIOS POR INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE POR ACCIDENTE  EXENCION VITALICIA DEL PAGO DE PRIMAS POR INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE TEMPORAL O VITALICIA  PAGO ANTICIPADO DE LA SUMA ASEGURADA Se entenderá por accidente. 26·· . hotel o edificio público. ofrece la oportunidad de cubrir. proveniente de una causa externa. Mientras viaje como pasajero en cualquier vehículo público que no sea aéreo. impulsado mecánicamente y operado regularmente por una empresa de transporte público con boleto pagado sobre una ruta establecida o normalmente para el servicio de pasajeros y sujeta a itinerarios regulares. riesgos por invalidez y/o por accidente. aquel acontecimiento sufrido por el asegurado. súbita.2. No se considerarán accidente las lesiones corporales o la muerte provocada intencionalmente por el asegurado. fortuita y violenta que le produzca lesiones corporales o la muerte. afectando el pago de una de ellas a la suma asegurada de la otra. Cuando se paga la suma asegurada por muerte accidental no procede el pago por pérdidas orgánicas. Las cantidades que se hubiesen liquidado por pérdidas orgánicas con motivo de un accidente. Dichas correlaciones son:    Cuando se paga la suma asegurada correspondiente a la Muerte accidental. esta cobertura. se sufriera alguna o algunas de las pérdidas orgánicas descritas. 27·· . DOBLE INDEMNIZACION POR ACCIDENTE Triple Indemnización Las cantidades que se hubieran liquidado por pérdidas orgánicas con motivo de un accidente. el beneficiario designado recibirá además de la suma asegurada por la cobertura básica. no procede ningún pago por pérdidas orgánicas. reducirán en ese monto las obligaciones de la aseguradora por pérdidas orgánicas que se produzcan en accidentes posteriores. Las cantidades que se hubiesen liquidado por pérdidas orgánicas.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION COBERTURAS POR ACCIDENTE Para que la muerte de una persona se considere como accidente. Si el asegurado fallece a causa de un accidente. sea como consecuencia de lesiones sufridas por un accidente. siendo efectiva cuando el accidente es considerado como Colectivo. ya que las indemnizaciones correspondientes a las mismas. BENEFICIOS POR ACCIDENTE Pérdidas Orgánicas: Esta cobertura opera si como consecuencia de un accidente cubierto por la póliza. Dentro de los 90 días siguientes a la fecha del evento. TCGC C MUERTE ACCIDENTAL PERDIDAS ORGANICAS Se otorga una suma asegurada en adición a la suma asegurada contratada. ésta deberá ocurrir al momento del accidente o dentro de los noventa días siguientes al hecho. debe de contratarse con el de muerte accidental. reducirán en ése monto las obligaciones de la aseguradora por pérdidas orgánicas que se produzcan en accidentes posteriores. se deducirán de la que proceda por muerte accidental. COBERTURAS ADICIONALES Dentro de los 90 días siguientes a la fecha del evento. Doble Indemnización por Muerte accidental Esta cobertura también se le conoce como triple indemnización y sólo puede contratarse junto con Muerte accidental y Pérdidas Orgánicas. o bajo las circunstancias mencionadas en el párrafo anterior. siempre y cuando el fallecimiento del asegurado. Las cantidades que se hubieran liquidado por pérdidas orgánicas se deducirán de las que procedan de la muerte accidental. Al mismo tiempo. Muerte Accidental: Esta cobertura es efectiva. El pago de la indemnización por la pérdidas sufrida se calcula aplicando a la suma asegurada el porcentaje que corresponda a la pérdida respectiva. la cantidad que corresponda a este beneficios. Así. están correlacionadas entre sí. seguridad o resistencia en cualquier tipo de vehículo motorizado. TCGC C 28·· .ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION Exclusiones de estas coberturas COBERTURAS ADICIONALES Las principales son:  Suicidio o intento del mismo. cualquiera que sea la causa.  Abortos. sólo amparan los estados de invalidez total y permanente. Invalidez Total y Los estados de invalidez pueden ser como consecuencia de un accidente o de una enfermedad y dichos estados de invalidez se pueden dividir.  Infecciones. es conveniente recordar que la Ley Federal del Trabajo.  Abortos  Suicidio o intento del mismo  Severidad-Total Temporalidad.  Lesiones auto infligido  Envenenamiento  Inhalación de gases y humo  Padecimientos corporales o mentales  Drogadicción  Actos de servicio militar. Cobertura por Permanente. con excepción de las que ocurran como consecuencia de un accidente  Lesiones como consecuencia de la práctica de algún deporte peligroso.  Hernias o eventraciones. guerra.Permanente Las coberturas adicionales. insurrección o bandidaje. rebelión. obliga al patrón a indemnizar al trabajador en cualquiera de las combinaciones posibles.  Lesiones como consecuencia de contiendas de velocidad. dependiendo de dos factores.  Viajar como pasajero o miembro de la tripulación de cualquier aeronave que no sea de una línea regular de pasajeros. en: BENEFICIOS POR ACCIDENTE MUERTE ACCIDENTAL PERDIDAS ORGANICAS DOBLE INDEMNIZACION POR ACCIDENTE EXCLUSIONES  Padecimientos corporales o mentales Lesiones autoinfringidas  Infecciones  Envenenamiento  Participación en actos delictivos o riñas  Inhalación de gases y humo   Drogadicción Viajar como pasajero o miembro de la tripulación de cualquier aeronave  Actos de servicio militar   Hernias o eventraciones Lesiones como consecuencia de contiendas de velocidad. sin embargo. mismo que estará en vigor mientras persista dicho estado de invalidez. A esta cobertura. sin más pago de primas. TCGC C Total y EXCENCION DE PAGO DE PRIMAS PAGO ANTICIPADO DE SUMA ASEGURADA VITALICIA TEMPORAL POR POR POR INVALIDEZ TOTAL Y PERMANEN POR INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE ACCIDENTE O ENFERMEDAD ACCIDENTE TE 29·· . también se le conoce como: “Pago de la Suma Asegurada por Invalidez Total y Permanente” Pago Anticipado por Invalidez Permanente por Accidente. si desaparece el estado de invalidez total y permanente o si el asegurado se niega a presentar las pruebas que solicite la aseguradora para comprobar que aún persiste dicho estado. TOTAL A). PERMANENTE B). TEMPORAL Las coberturas adicionales solo amparan los estados de invalidez total y permanente.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION BENEFICIOS POR INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE ACCIDENTE ENFERMEDAD ESTADOS QUE SE CLASIFICAN DE ACUERDO A DOS FACTORES SEVERIDAD TEMPORALIDAD A). por la suma asegurada contratada. PARCIAL B). la aseguradora le expedirá. Exención del Pago de Primas por Invalidez Total y Permanente Seguro Saldado Permanente por Invalidez Total BENEFICIOS POR INVALIDEZ TOTAL Y PERMANENTE y Si algún asegurado se invalida en forma total y permanente por cualquier causa. un seguro saldado. Este seguro podrá quedar sin efecto. • Participación en actos delictivos de cualquier tipo.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION EXCLUSIONES DE ESTA COBERTURA EXCENCION DE PAGO DE PRIMAS Las principales exclusiones de las coberturas de invalidez. actos de guerra. . Viajar como pasajero o miembros de la tripulación de cualquier aeronave 30·· . seguridad o resistencia en cualquier tipo de vehículo. aún cuando sean provocadas en estado de enajenación mental. rebelión. son: • Ocurridas durante el servicio militar. o riñas • Lesiones como consecuencia de contiendas de velocidad. rebelión o insurrección. actos de guerra. insurrección. Lesiones autoinfringidas Participar en actos delictivos de cualquier tipo o riñas Lesiones como consecuencia de contiendas de velocidad. • Viajar como pasajero o miembro de la tripulación de cualquier aeronave que no sea de una línea regular de pasajeros TCGC C PAGO ANTICIPADO DE SUMA ASEGURADA EXCLUSIONES • • • • • • • Ocurridas durante el servicio militar. • Lesiones como consecuencia de la práctica de algún deporte peligroso • Intento de suicidio. Lesiones como consecuencia de la práctica de algún deporte peligroso. motorizado o no. • Lesiones auto infligidas. Intento de suicidio. 5 % Mensual 4000 o más 90.0 % Mensual En donde 3000 – 4000 87. 2. 2000 – 3000 85. inciso b) TCGC C Modificación del Reglamento Dividendos: El otorgamiento de dividendos por siniestralidad favorable. o la Experiencia Global de la aseguradora que se trate. lo que se justificará en la nota técnica respectiva al momento del registro del producto de Seguro de Grupo. esto es.M. En el caso de dividendos con forma de cálculo mensual se otorgarán en forma vencida. en los Seguros de Grupo se sujetará a lo siguiente: 1..No referimos a ella cuando la prima del Grupo no esté determinada con base en su Experiencia Propia. V. P = Primas pagadas en el perìodo de cáculo S = Siniestros ocurridos en el perìodo de cálculo SMGM = Salario Mínimo General Mensual vigente en el Distrito Federal a la fecha de expediciòn o renovación de la póliza Modificación del Reglamento Dividendos: El otorgamiento de dividendos por siniestralidad favorable. que en su caso se otorguen. independientemente de lo que ocurra en la cartera global.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION I.Experiencia Global. Para efecto de determinar el dividendo se podrá pactar reunir distintas empresas de un mismo Contratante.0 % Anual 250 – 500 74. inciso b) 31·· .Los Dividendos. V. se calcularán otorgando la Experiencia Propia del Grupo.2. se fija un porcentaje de la prima como dividendo y de esta cantidad se descuentan los siniestros pagados y el sobrante será el dividendo que el Contratante recibirá a la renovación de la póliza.0 % Mensual Experiencia Global: En este caso. en los Seguros de Grupo se sujetará a lo siguiente: 1..Los Dividendos. Se podrán elegir cualquiera de las dos siguientes opciones: a) Experiencia Global EXPERIENCIA GLOBAL EXPERIENCIA PROPIA b) Experiencia Propia En esta opción se incluyen todos aquellos grupos cuyo número de asegurados es menor de 500 y el dividendo dependerá de la siniestralidad experimentada por todas las pólizas que conforman esta cartera. III) Se pagarán al finalizar el ejercicio fiscal correspondiente ( Fracc. Rango de Primas Anuales S... los dividendos dependen de los resultados de la siniestralidad del Grupo Asegurado. lo que se justificará en la nota técnica respectiva al momento del registro del producto de Seguro de Grupo.Experiencia Global.No referimos a ella cuando la prima del Grupo no esté determinada con base en su Experiencia Propia. que en su caso se otorguen. III) Se pagarán al finalizar el ejercicio fiscal correspondiente ( Fracc.0 % Semestral 1000 – 2000 82.G.0 % Anual 500 – 1000 78.0 % Trimestral Esta opción se concede a grupos con 500 ó más participantes de acuerdo a la tabla anexa. Es decir que los dividendos deberán determinarse utilizando la experiencia total de la cartera de la aseguradora ( Fracc. se calcularán otorgando la Experiencia Propia del Grupo.. 2.3 BASES DE DETERMINACIÓN DE DIVIDENDOS (EXPERIENCIA GLOBAL Y PROPIA) DIVIDENDOS El Contratante participará de la utilidad que obtenga la Institución por concepto de mortalidad favorable. o la Experiencia Global de la aseguradora que se trate..M Fórmula del Dividendo % p-s Período Calculado del Dividendo Experiencia Propia: .80 – 250 70. Es decir que los dividendos deberán determinarse utilizando la experiencia total de la cartera de la aseguradora ( Fracc. Cuando la Suma Asegurada rebasa esta regla La compañía aseguradora podrá solicitar requisitos de asegurabilidad específicamente para la suma excedente. en ningún caso será superior a la que resulte de multiplicar la suma asegurada promedio del grupo por los factores que aparecen en la tabla de dicho artículo. 4o. Otorgar a los empleados para que la prima invertida en ello sea deducible de impuestos y no acumulable para el trabajador. del Reglamento del Seguro de Grupo. por renuncia.2.2 ASPECTOS ADMINISTRATIVOS DEL SEGURO DE GRUPO II. Es el pago para tener derecho a la protección DIVIDEN DOS Es la utilidad que se obtiene por mortalidad favorable. BAJAS: Se refiere cuando el participante deja de pertenecer a la empresa. cambiando las características por las de un plan individual. Cuando la suma asegurada de algún participante de la colectividad rebase lo expresado en la regla correspondiente. Este punto se refiere fundamentalmente a los procedimientos de altas. por reglas que eviten la selección adversa a la institución aseguradora. bajas. En ningún caso será superior a la que resulte de: Suma Asegurada Promedio * Por otro lado hay que tomar en cuenta los lineamientos fiscales vigentes respecto a los límites de los beneficios que se pueden Por otro lado hay que tomar en cuenta los lineamientos fiscales vigentes respecto a los límites de los beneficios que se pueden otorgar a los empleados para que la prima invertida en ello sea deducible de impuestos y no acumulable para el trabajador. la compañía aseguradora podrá solicitar requisitos de asegurabilidad específicamente para la suma excedente. 32·· . El máximo de suma asegurada que se podrá conceder sobre una vida. la suma asegurada deberá determinarse para cada miembro del grupo asegurado. 4 Administración del Seguro De Grupo Vida ALTAS BAJAS PRIMAS Cuando ingresa un nuevo participante a la colectividad asegurable. deja de estar cubierto por la Institución Asegurdora. cobro de primas ALTAS: Los factores que aparecen en la tabla del art. La suma asegurada promedio de un grupo es la que resulta de dividir la suma asegurada total del grupo. entre el número de asegurados que lo componen. TCGC C Se da cuando una persona cumple con la definción establecida para pertenecer a la colectividad asegurable Cuando se deja de pertenecer a la colectividad asegurable.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION II. la compañía les da la opción de continuar asegurados.1 SUMA ASEGURADA De acuerdo con el art. por el simple hecho de pertenecer a ella.2. queda amparado automáticamente. Cada uno de los participantes deben llenar y firmar el consentimiento Tiene la obligación de llenar su consentimiento dentro de los 30 días siguientes a su ingreso. POLIZA ENTRA EN VIGOR SOLICITUD MATRIZ Una vez que la póliza entra en vigor. Cualquier nuevo miembro queda amparado automáticamente. y este quedará cubierto hasta el momento en que dicha institución acepte el riesgo. En este caso.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION II. cualquier nuevo miembro de la colectividad. el contratante requisita una solicitud maestra. En caso de no llenar dicho consentimiento en el tiempo indicado. la institución aseguradora tendrá derecho a solicitar requisitos de asegurabilidad para dicho participante. y cada uno de los participantes de la colectividad deberán llenar y firmar el consentimiento correspondiente.2 PROCEDIMIENTO DE ALTAS. teniendo la obligación de llenar el consentimiento dentro de los primeros treinta días siguientes a su ingreso. Al Inicio de la vigencia de la póliza. Si no cumple la Aseguradora le puede requierir requisitos de asegurabilidad TCGC C 33·· . BAJAS Y CAMBIOS DE ASEGURADOS ALTAS CONSENTIMIENTOS Un Alta se da cuando una persona cumple con la definición establecida para pertenecer a la colectividad asegurable. la prima para cada asegurado se cobrará de acuerdo a la edad y riesgo que cada uno de ellos presenta. R Separación Definitiva: Previa solicitud del cliente en un plazo no mayor a 30 días naturales a partir de su separación definitiva del grupo. un seguro de vida individual hasta por la misma suma asegurada que tenía en la colectividad. Para esto se requiere que el plan no sea temporal. sin necesidad de presentar pruebas de asegurabilidad. sin presentar pruebas de asegurabilidad. sin requisitos médicos.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION EL ASEGURADO sale de la Colectividad BAJAS En el momento en que una participante deja de pertenecer a la colectividad asegurable. sin requisitos médicos. el asegurado tiene derecho a solicitar dentro de los 30 primeros días siguientes a su separación de la colectividad. tendrá derecho a ser asegurado sin beneficios adicionales.3 SISTEMAS ADMINISTRACIÓN DE Sistemas de Administración Existen básicamente dos tipos de Administración de la Póliza. y por una sola vez . tendrá derecho a ser asegurado sin beneficios adicionales. deja de estar cubierto por la institución aseguradora. siempre y cuando cumpla con los requisitos de éste. en algunos de planes individuales vigentes. Dejará de estar asegurado desde el momento de la separación COLECTIVIDAD ASEGURABLE ¿A QUE TIENE DERECHO? A solicitar dentro de los primeros 30 días siguientes a su separación. y por una sola vez .Autoadministrada Normal Es la administración tradicional TCGC C Autoadministrada Permite reducir los gastos 34·· . a solicitar a la institución aseguradora un seguro de vida individual hasta por la misma suma asegurada que se tenía en la colectividad.Normal. y 2. siempre y cuando cumpla con los requisitos de éste.2. según la participación que en ella tenga el Contratante: 1. En ese momento. II. R Separación Definitiva: Previa solicitud del cliente en un plazo no mayor a 30 días naturales a partir de su separación definitiva del grupo. en algunos de planes individuales vigentes. no se consideran beneficios adicionales y se debe pagar la prima correspondiente. la Institución les podrá solicitar requisitos de asegurabilidad. . deberán de enviar los consentimientos respectivos.. TCGC C 35·· . • Los consentimientos individuales firmados por los asegurados y el Contratante. • Los ajustes de primas por movimientos en el caso de altas. La fecha de alta al seguro será la fecha de firma del consentimiento.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION Administración Normal Como requisitos de expedición deben presentarse en forma clara y completa la siguiente documentación: • Solicitud de Seguro de Grupo. • En el caso de asociaciones. o agrupaciones. Tradicional GRUPOS ASEGURABLES DE AL MENOS EL 75% DE LOS EMPLEADOS ACTIVOS LOS MOVIMIENTOS DE ALTA O BAJA (MAXIMO 30 DIAS CALENDARIO A LA FECHA DEL MOVIMENTO) Solicitud firmada por el Contratante y consentimientos firmados por los asegurados y el contratante LOS AJUSTES DE LA PRIMA AL MOMENTO DE LA ALTA (PRIMAS POR DEVENGAR POR MESES COMPLETOS) POR BAJAS (DEVOLVIENDO LA PRIMA NO DEVENGADA POR MESES COMPLETOS. la Institución le podrá requerir examen médico. Adm. deberán ser reportados a la Institución dentro de los treinta días calendario siguientes a la fecha en que se originó dicho movimiento: en el caso de altas. Los que rebasen este plazo. Sist. serán cobrando la parte de la prima por devengar por meses completos en el caso de bajas. • Sólo se respetará la fecha de firma del consentimiento cuando se presente una carta de buena salud firmada por él y el Contratante. devolviendo la parte de la prima no devengada por meses completos. • A aquellos Asegurados que presenten su consentimiento después de transcurridos treinta días calendario a partir de la fecha en que hayan pasado a formar parte de la Colectividad Asegurable. será requisito indispensable presentar el acta constitutiva y el padrón de socios para la emisión de la póliza. • Los movimientos de altas y bajas de asegurados. firmada por el Contratante. F. a menos que se contrate para el 100% del grupo Asegurable. categoría o cualquier otro dato para el cálculo de la Suma Asegurada. GRUPO ASEGURABLE Las pólizas de participación voluntaria no podrán ser auto administrada s. no se darán reportes de movimientos de altas y bajas durante el año póliza. no se darán reportes de movimientos de altas y bajas durante el año póliza. El Contratante se obliga a emitir el certificado consentimiento dentro de los 3o días hábiles en que el nuevo asegurado cumpla las condiciones anteriores.  Se deberá anexar a la póliza el Convenio de Auto administración del Seguro de Grupo. hasta la Suma Asegurada máxima sin requisitos de asegurabilidad.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION Sistema Auto administrado Sistema AUTOADMINISTRADO Como requisitos de expedición deben presentarse en forma clara y completa la siguiente documentación:  Solicitud de Seguro de Grupo firmada por el Contratante. cuya copia certificada por el Contratante deberá ser entregada a la Institución en un plazo de 15 días.  Bajo las pólizas de participación voluntaria no podrán ser auto administradas. Bajo este sistema. TCGC C SOLICITUD DEL SEGURO Firmada por el contratante Los consentimientos recabados por el contratante Los certificados emitidos por el contratante CONVENIO DE AUTOADMINISTRACION Anexo a la póliza debera estar el convenio de autoadministración La copia del convenio debera entregase a la Institución en un plazo de 15 días. C.  Sueldo o Suma Asegurada  Fecha de ingreso a la Empresa.  Listado del personal o nómina con la siguiente información:  Nombre  Fecha de Nacimiento o R. comprometiéndose la compañía a proteger a los nuevos Asegurados desde la fecha en que reúnan los requisitos de elegibilidad correspondiente s. comprometiéndose la compañía a proteger a los nuevos Asegurados desde la fecha en que reúnan los requisitos de elegibilidad correspondientes. debiendo recabar la designación de Beneficiarios y la firma del propio Asegurado. a menos que se contrate para el 100% del grupo Asegurable MOVIMIENTOS DE ALTAS Y BAJAS Bajo este sistema.  Bajo este sistema los consentimientos individuales de los Asegurados son recabados por el Contratante quien a su vez expide los certificados correspondientes. hasta la Suma Asegurada máxima sin requisitos de asegurabilidad 36·· . determinando la diferencia y aplicando el 50% de la cuota promedio. En caso de existir un beneficiario no contemplado y que demostrará que tiene derechos sobre la póliza. De esta forma se evitarán los ajustes de primas por movimientos de altas bajas y aumentos de Sumas Aseguradas individuales o generales. El incremento porcentual máximo de la Suma Asegurada sobre la Vida de una persona sin pruebas médicas será el que corresponda a 1. Las aplicaciones de este incremento porcentual quedarán sujetas al límite máximo sin requisitos de asegurabilidad Los ajustes de primas por movimientos de altas bajas y aumentos de Suma Asegurada individual se calcularán de acuerdo a cualquiera de las siguientes alternativas: Calculando al final del año la diferencia entre la Suma Asegurada en ese momento y la Suma Asegurada al principio del año póliza inmediato anterior. el contratante debe emitir nuevos certificados consentimientos o en su defecto notificar las nuevas condiciones a los Asegurados. En caso de existir un beneficiario no contemplado y que demostrará que tiene derechos sobre la póliza. determinando la diferencia y aplicando el 50% de la cuota promedio. deberá notificarlo al Contratante. deberá notificarlo al Contratante. El ajuste se hará una vez al año al vencimiento de la póliza. El Asegurado que desee cambiar a sus beneficiarios.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION En caso de cambio de reglas para determinar la Suma Asegurada o nuevos beneficios. De esta forma se evitarán los ajustes de primas por movimientos de altas bajas y aumentos de Sumas Aseguradas individuales o generales. En caso de siniestros el contratante deberá enviar una carta. y aplicando dicho porcentaje a la totalidad de salarios vigentes en cada periodo de pago de primas como importe de las mismas. respecto a la nómina o Suma Asegurada del Contratante. el contratante debe emitir nuevos certificados consentimientos o en su defecto notificar las nuevas condiciones a los Asegurados. y aplicando dicho porcentaje a la totalidad de salarios vigentes en cada periodo de pago de primas como importe de las mismas. El incremento porcentual máximo de la Suma Asegurada sobre la Vida de una persona sin pruebas médicas será el que corresponda a 1. El Asegurado que desee cambiar a sus beneficiarios. 37·· . En caso de siniestros el contratante deberá enviar una carta. quien a su vez sustituirá el certificado con uno nuevo que contenga la leyenda "Este certificado cancela y sustituye al anterior con número X ". El ajuste se hará una vez al año al vencimiento de la póliza. Las aplicaciones de este incremento porcentual quedarán sujetas al límite máximo sin requisitos de asegurabilidad. b) Calculando al inicio del año póliza el porcentaje que represente la prima del seguro según forma de pago. b) Calculando al inicio del año póliza el porcentaje que represente la prima del seguro según forma de pago. Los ajustes de primas por movimientos de altas bajas y aumentos de Suma Asegurada individual se calcularán de acuerdo a cualquiera de las siguientes alternativas: a) Calculando al final del año la diferencia entre la Suma Asegurada en ese momento y la Suma Asegurada al principio del año póliza inmediato anterior. el contratante asume la responsabilidad de la póliza frente a dicho beneficiario.25 veces el incremento promedio del grupo calculado desde la última fecha de incremento de la Suma Asegurada del Asegurado.25 veces el incremento promedio del grupo calculado desde la última fecha de incremento de la Suma Asegurada del Asegurado. TCGC C Sistema Auto administrado En caso de cambio de reglas para determinar la Suma Asegurada o nuevos beneficios. el contratante asume la responsabilidad de la póliza frente a dicho beneficiario. junto con toda la documentación a la institución en la que indique que el certificado que se anexa representa la voluntad final del asegurado. quien a su vez sustituirá el certificado con uno nuevo que contenga la leyenda "Este certificado cancela y sustituye al anterior con número X ". respecto a la nómina o Suma Asegurada del Contratante. junto con toda la documentación a la institución en la que indique que el certificado que se anexa representa la voluntad final del asegurado. Políticas de aceptación. No se aceptará más de un conducto de venta por negocio. las Instituciones Aseguradoras estarán obligadas a renovar los contratos. el plazo máximo que se concederá para dicha retroactividad será de 30 días.4 RENOVACION Según el art. por acuerdos sindicales . Extra primas. En cada renovación se aplicará la tarifa de primas en vigor en la fecha de la misma. Para efectos de cotización oficial se deberá contar con el censo de la colectividad a asegurar. En los casos de solicitudes retroactivas para aumentos generales de Suma Asegurada por virtud de revisiones sindicales o acuerdos contractuales o salariales. eliminando tarifas a edad promedio. de invalidarse. mediante endoso En cada renovación se aplicará la tarifa de primas en vigor en la fecha de la misma. contractuales o salariales Aumentos Retroactivos Edades. se le denomina extra prima y estará en función del riesgo ocupacional que represente el grupo RENOVACION Situaciones no aceptadas. en la fecha del vencimiento del contrato. de fallecimiento. colectividad tenga una ocupación que presente un riesgo mayor al normal. de sufrir algún accidente. II. sin necesidad de declaración expresa de la Institución. Edades. Políticas de aceptación Los beneficios quedarán cancelados automáticamente para cada Asegurado en el aniversario siguiente de la póliza en que la edad cumplida del Asegurado sea la establecida Extra primas. al cual se le denomina extra prima y estará en función del riesgo ocupacional que represente el grupo. ya sea supuesta o estimada. 24 del Reglamento de Seguro de Grupo. Las Instituciones Aseguradoras estarán obligadas a renovar los contratos.A.2. en las mismas condiciones en que fueron contratadas siempre que se reúnan los requisitos del presente Reglamento. en el aniversario siguiente de la póliza en que la edad cumplida del Asegurado sea la establecida o en edades de contratación . Los beneficios quedarán cancelados automáticamente para cada Asegurado. Cuando una colectividad tenga una ocupación que presente un riesgo mayor al normal.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION OTROS ASPECTOS ADMINISTRATIVOS OTROS ASPECTOS ADMINISTRATIVOS Aumentos Retroactivos. Asimismo la Institución se reserva el derecho de extra primar a aquellos asegurados con riesgos subnormales de salud. mediante endoso en la póliza. se le aplicará un recargo a la prima. TCGC C 38·· . Plazo máximo será de 30 días en los casos de solicitudes para aumento de S. Médico tratante o que extiende acta defunción FALLECIMIENTO ACCIDENTAL La documentación anterior excepto Declaración II. e) Declaración II:Llenada por el médico que atendió al Asegurado durante su enfermedad.1 DOCUMENTACIÓN Y TRÁMITES La reclamación y solicitud de la indemnización correspondiente ante un siniestro ocurrido. f) Declaración III: Llenada por la persona que haya visto el cadáver.. el último movimiento del sueldo ante el IMSS. Actuaciones completas del M. b) Original o defunción. de nómina firmado por el DOCUMENTACION Y TRÁMITES FALLECIMIENTO Certificado de grupo Original y copia Acta de defunción  Original y copia Acta de nacimiento  Declaración I. Declaración III. j) Forma del alta al IMSS k) Si la regla es por meses de sueldo. i) Las instituciones podrán requerir cualquier información adicional en caso necesario. h) Último recibo asegurado. o el que extendió el certificado de defunción. se deberá remitir a la Institución la siguiente documentación: Fallecimiento: a) Certificado de Seguro de Grupo. g) Original del acta de matrimonio si el beneficiario es el cónyuge u original del acta de nacimiento de cualquier otro beneficiario. la podrá realizar directamente el asegurado o el beneficiario. d) DeclaraciónI: Llenada por él (los) beneficiario(s). copia certificada del acta de c) Original o copia certificada del acta de nacimiento. Fallecimiento Accidental:  La misma documentación señalada en el apartado anterior.Persona que vió el cadáver  Original acta de matrimonio si el conyuge es beneficiario o acta nacimiento otro benficiario Último recibo de nómina firmado por el asegurado  Información adicional necesaria  Forma alta al IMSS  Ültimo movimiento de sueldo ante IMSS. excepto la declaración del médico que lo atendio en su enfermedad  TCGC C Actuaciones completas del ministerio público 39·· . pasaporte o fe de bautizo del Asegurado. Para el pago de cualquier reclamación. según corresponda.P..Llena por los beneficiarios Declaración II.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION GRUPO Y COLECTIVO SINIESTROS II.3.  Forma alta al IMSS  Ültimo movimiento de sueldo ante IMSS 40·· . c) y h) del apartado por fallecimiento. a la persona que se incapacite.  Radiografías. forma MT-3). PÉRDIDAS ORGANICAS INVALIDEZ  Últimos resultados de exámenes practicados en caso de pérdida de la vista. IMSS forma MT3)  Últimos resultados de exámenes prácticados en caso de pérdida de la vista.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION Pérdidas Orgánicas:  Los puntos a). Último recibo de nómina firmado por el asegurado  Forma MT-4 expedida por el IMSS. Certificado de Invalidez: grupo Original y copia Acta de nacimiento  Los puntos a) y h) del inciso por fallecimiento. La institución practicará los exámenes médicos que considere necesarios. DOCUMENTACION Y TRÁMITES  Informe del médico tratante (particular o IMSS.  En caso necesario.  Último recibo de nómina.  Los puntos j y k del apartado por fallecimiento. IMSS forma MT-4)  La Institución practicará exámenes médicos necesarios a la persona que se incapacite. específicamente si se trata de pérdida de los dedos de las manos.  Certificado de grupo Último recibo de nómina firmado por el asegurado Informe de médico tratante (particular. TCGC C  Informe de médico tratante (particular. 25 personas 5 Participantes Mercado: Clubes deportivos o culturales formalmente constituidos Colegios de Profesionistas Empleados de Empresas que deseen protección complementaria Asociaciones formalmente constituidas de colonos o padres de familia Número de Participantes  50% de la Colectividad 25 personas en casos voluntarios y contributorios  5 personas contributorios en casos obligatorios y no Primas. pero que en su funcionamiento tiende a apegarse a dicho esquema.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION PARTICULARIDADES DEL SEGURO COLECTIVO DE VIDA SEGURO COLECTIVO DE VIDA Es un seguro para colectividades que por sus características no satisfacen los criterios del Reglamento del Seguro de Grupo. El Seguro Colectivo de Vida protege en una sola póliza a un conjunto de personas con un vínculo en común entre sí y el contratante generalmente es una empresa o asociación legalmente constituida.Tarifa más alta que en Grupo Selección de Riesgos: Se requiere presentar requisitos de Asegurabilidad desde el primer peso de Suma Asegurada Dividendos: Igual que en Grupo Administración: Solo se utiliza Sistema Normal TCGC C 41·· . PARTICIPANTES DE LA COLECTIVIDAD 50% Coberturas: Las mismas que en Grupo Voluntario y Contributorio Obligatorio y No contributorio. TCGC C 42·· . Coberturas: Solo Básica El contratante Es una persona moral Características de la Colectividad: El Contratante es una Persona Moral El Seguro es de Afiliación Obligatoria y puede ser Contributorio o no Contributorio PRIMA ES CUOTA PROMEDIO Características de la Deuda: Deuda documentada con un contrato en donde el deudor faculta al Acreedor a contratar un Seguro de Vida para el fin señalado Solo se amparan préstamos ordinarios con un saldo decreciente descrito por una tabla de amortización SUMA ASEGURADA Suma Asegurada Suma Asegurada: El Saldo Insoluto al momento del fallecimiento Una Suma Asegurada Fija con beneficiario preferente Dividendos: Es el saldo insoluto al momento del fallecimiento Igual que en Grupo menos Experiencia Combinada Administración: Se utiliza una adaptación del Sistema Simplificado REPORTES: Mensualmente se reporta saldo total de adeudo Prima: Se calcula una Cuota Promedio Reportes: De forma mensual se reporta el saldo total de adeudo Reclamaciones: RECLAMACIONES: Presentar estado de cuenta a la fecha del fallecimiento Además de la información usual se debe presentar el Estado de Cuenta a la fecha de fallecimiento del participante.es una aplicación especial de los seguros colectivos para las necesidades de las empresas que han prestado recursos económicos a personas físicas a fin de garantizar el pago del saldo insoluto en caso de que el deudor muera o se invalide. sin exceder en ningún caso la suma segurada fijada por persona.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION COLECTIVO DE DEUDORES COLECTIVO DIVERSOS DE DEUDORES Es una modalidad del Seguro de Vida Colectivo.  Es aquel que causa envidia de nuestro competidor o con quién empezaríamos un nuevo negocio. administrativo o de producción. TCGC C 43·· .ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION CEBULA B1 II. ya sea porque ocupa un puesto principal o un cargo importante en el desarrollo de cualquier área de una empresa y se identifica facilmente por cualquiera de las siguientes características que:  Ocupa la Dirección  Su ausencia provocaría una vacante que no podrá ser cubierta por el personal actual. ya que de una u otra forma. Cuenta con el carisma de hacer progresar a los clientes. empleados y funcionarios. Su ausencia causaría a la empresa pérdida de clientes  Su ausencia interrumpiría las operaciones normales Su ausencia causaría a la empresa pérdida de clientes o cuentas importantes.1 HOMBRE CLAVE Y SEGURO DE SOCIOS II.  Cuenta con el carisma de hacer progresar a los clientes. Obviamente requiere una previa investigación elemental del negocio de que se trate.2 DEFINICIÓN Y CARACTERÍSTICAS DEL HOMBRE CLAVE (Técnico o Dirigente) Y DE SOCIOS HOMBRE CLAVE: ¿qué es un hombre clave? Es toda aquella persona que son parte importante del desarrollo de una Organización Representa experiencia para una empresa y una confianza en el futuro. su ausencia repercutiría en un quebranto de los resultados propuestos o proyectados en una empresa. de forma inmediata. ya sean de control financiero. También pueden ser todas aquellas personas que son parte importante del desarrollo de una Organización. empleados y funcionarios. para ubicarlo dentro de la misma. Ocupa la Dirección  Su ausencia provocaría una vacante que no podrá ser cubierta por el personal actual.4. Su ausencia interrumpiría las operaciones normales. por su categoría principal o secundaria. No es difícil detectar a un Hombre clave. Es aquel que causa envidia de nuestro competidor o con quién empezaríamos un nuevo negocio. de forma inmediata.4.  Pérdida de experiencia direccional o administrativa. transfiere a la aseguradora el riesgo de la pérdida financiera por muerte. Normalmente se reunen Ia Empresa y su Hombre Clave para determinar Ia Suma Asegurada que estiman necesaria para afrontar Ia perdida que se ocasiona en caso de muerte o de invalidez permanente.3 ASPECTOS FISCALES DEL HOMBRE CLAVE NORMAS PARA DETERMINAR LA SUMA ASEGURADA Señalamos anteriormente que el Seguro de Hombre Clave. Sin embargo existen diversos métodos que ayuden en Ia decisión para efectuar una correcta evaluación de Ia Suma Asegurada.4. Su fin es resarcir las pérdidas financieras que puedan producirse con el fallecimiento. reclutar.  Gastos de búsqueda y entrenamiento de un sustituto  Baja de producción. Es deber de una empresa contar con los recursos financieros que permitan afrontar de inmediato la situación ocurrida por la pérdida de un Hombre Clave y en consecuencia que la continuidad de las actividades productivas de la misma no se trastoquen. Lo anterior nos enfrenta a la interrogante de cómo cuantificar la pérdida financiera que finalmente seria cubierta con Ia Suma Asegurada.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION OBJETO DEL SEGURO DE HOMBRE CLAVE Su fin es resarcir las pérdidas financieras que puedan producirse con el fallecimiento. II. Se requiere hacer un cálculo del tiempo que tomaría a Ia empresa encontrar. la empresa. es un plan de protección por medio del cual el contratante. CT G C ¿Cómo se determina la Suma Asegurda para un Seguro de Hombre Clave? ( Pem x T ) + CR + CC + I = S.A. capacitar y desarrollar a una persona con las características del Hombre Clave. enfermedad o accidente que ocasionen invalidez permanente de uno o más Hombres Clave existentes en una empresa y que puedan afectarla en cualquiera de las siguientes formas: Objetivo del seguro de hombre clave  Baja de Ventas. •S. •PEM = Perdidas económicas mensual •T = Tiempo en meses para la restitución del recurso humano perdido •CR = Costo del Reclutamiento •CC = Costo de la Capacitación • I = Impuestos por ingreso de Suma Asegurada.= Suma Asegurada 44·· .  Disminución de los créditos de la empresa.A. enfermedad o accidente que ocasionen invalidez permanente de uno o más Hombres Clave existentes en una empresa. Este periodo es variable de acuerdo a las características del puesto del Hombre Clave de que se C trate. así como de la empresa. enfermedad o accidente que ocasionen la invalidez permanente de su Hombre Clave (Asegurado). El asegurado deberá tener relación de trabajo con la empresa. TCGC C En caso de terminación del contrato la póliza sera rescatada y el importe del rescate seran del contribuyente Los contratos serán temporales a un plazo no mayor a 20 años El asegurado deberá tener relación de trabajo con la empresa o ser socio industrial El contribuyente debera tener la calidad de contratante y beneficiario irrevocable 45·· . o ser socio industrial en el caso de sociedad de personas o en comandita por acciones. Los contratos de seguros serán temporales a un plazo no mayor de 20 años y de prima nivelada. Artículo 24. En caso de terminación del contrato de seguro. II. IV. III..PRIMAS DE SEGUROS DE TÉCNICOS Y DIRIGENTES. El contribuyente deberá de reunir la calidad de contratante y beneficiario irrevocable. el cual se transcribe a continuación. la póliza será rescatada y el contribuyente acumulará a sus ingresos el importe del rescate en el ejercicio en que esto ocurra.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION ASPECTOS FISCALES El tratamiento fiscal para el Seguro del Hombre Clave lo encontramos en el art. deberán ajustarse a lo siguiente: I. Los planes relativos a seguros de técnicos o dirigentes a que se refiere la fracción XIII del artículo 24 de la Ley. 24 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta. 46·· . Tesorero. aprovechando su ignorancia que no tenía el titular.El beneficiario del socio ausente. un socio minoritario.4 ASPECTOS FISCALES DEL SEGURO DE SOCIOS A continuación se enuncian algunos problemas que pueden llegar a tener las sociedades mercantiles.En caso de tener que aceptar al beneficiario del socio fallecido por carecer de recursos económicos para liquidar su capital la presencia de éste dentro de la administración de la empresa indudablemente afectará la armonía y trabajo de los socios supervivientes. El Ingreso del beneficiario afectará la armonía y trabajo de los socios supervivientes.Si de acuerdo con el acta constitutiva de la sociedad no está previsto que el beneficiario del socio muerto pueda vender sus acciones preferentemente a los demás Accionistas supervivientes. podría llegar a crear divisiones entre los primeros.El beneficiario del socio fallecido que no participa dentro del ASPECTOS FISCALES DEL SEGURO DE SOCIOS desarrollo empresarial. Los socios son todas aquellas personas que forman parte de una sociedad en la cual tienen intereses creados. El beneficiario del socio ausente. tanto por sus amplias o limitadas capacidades económicas..Falta de liquidez para pagar el importe de las acciones del socio muerto. 5. 7.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION II. 4. Jefe de Fábrica. podría convertirse en un mayoritario. ha de designar a otra persona que sí conozca el tipo de negocio como su representante legal y mediante un poder amplio con derecho a voz y voto ante las Asambleas de Accionistas. Etc.El socio fallecido posiblemente desempeñaba un puesto tal como Gerente. por lo tanto la parte de trabajo podría ser subsanada en las mismas condiciones con un empleado a sueldo o se distribuyen tales funciones en alguno de los socios supervivientes.Si alguno o varios de los socios supervivientes se interesaran en adquirir las acciones del beneficiario. Director. pero persiste la liquidación de su capital aportado.4. a sus beneficiarios (cónyuge y / o hijos) que afecta a la economía de la sociedad. puede suponer que los socios supervivientes pueden obtener ventajas sobre sus intereses. TCGC C  Falta de liquidez para pagar el importe de las acciones del socio muerto. aprovechando su ignorancia que no tenía el titular.    6. además de ser Accionista. ha de designar a otra persona que sí conozca el tipo de negocio como su representante legal y mediante un poder amplio con derecho a voz y voto ante las Asambleas de Accionistas. puede darse el caso que éste venda su parte a un tercero con o sin la aprobación de los socios supervivientes y este nuevo accionista cree conflictos por ser extraño al resto de los socios. Pudiendo llegar a ser una persona ligada con empresas competidoras del propio negocio. como porque en tales circunstancias. 3. constituidas por socios capitalistas al ocurrir el fallecimiento de alguno de ellos: SEGURO DE SOCIOS 1. La inclusiòn del beneficiario pueden obtener ventajas sobre sus intereses. 2. el gasto no es deducible. 10. una por cada socio. La participación del beneficiario. Para su decisión definitiva es conveniente consultar a su contador sobre todo lo contable administrativo así como a su departamento jurídico para todo lo relacionado con el aspecto legal. los demás deberán observar que los beneficiarios del socio fallecido cumplan la promesa de venta hecha por el socio en el acta notarial. Con sumas aseguradas en proporción al capital aportado de cada cual.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION SEGURO DE SOCIOS .  En caso de ocurrir el fallecimiento de alguno de los socios. para que con este dinero puedan comprar a sus beneficiarios el total de sus acciones. y tal vez las metas de productividad fueran muy inferiores. podría llegar a limitar la estabilidad de la empresa.  Para llevar a cabo este procedimiento. pueden entorpecer las políticas que se llevaban antes de fallecido el socio. dejando como beneficiarios a los demás socios en el porcentaje accionario correspondiente. los demás deberán observar que los beneficiarios del socio fallecido cumplan la promesa de venta hecha por el socio en el acta notarial. la solución es una póliza de socios. 8. • * Las primas de los seguros deberán ser pagadas por cada socio en función de que aún cuando la empresa los contrate. o por su valor comercial actual o por éste más un % de incremento a futuro. Operación de la Póliza de Seguro de socios • * En Acta Notarial todos los socios aceptan adquirir un seguro de vida por el monto de sus acciones. una por cada socio. Se eliminaría la oportunidad de que los socios supervivientes pudieran incrementar su capital proporcionalmente a los porcentajes en que se fundó la sociedad. de conformidad con la Ley correspondiente. • * La contratación sería con pólizas individuales. persistiendo el problema del beneficiario del socio desaparecido Operación de la Póliza de Seguro de Socios 9. Para evitar cualesquiera de las situaciones anteriores. Con sumas aseguradas en proporción al capital aportado de cada cual.  La contratación sería con pólizas individuales. Si este evento se presenta y los socios supervivientes no tienen individual o colectivamente los recursos económicos para liquidar las acciones del beneficiario. o por su valor comercial actual o por éste más un % de incremento a futuro. TCGC C 47·· . • * Para llevar a cabo este procedimiento. • * En caso de ocurrir el fallecimiento de alguno de los socios.  Las primas de los seguros deberán ser pagadas por cada socio en función de que aún cuando la empresa los contrate. el gasto no es deducible. de conformidad con la Ley correspondiente. su apoderado legal o un nuevo accionista. deberán estar asegurados todos los socios sin excepción alguna. deberán estar asegurados todos los socios sin excepción alguna. Los miembros nombran al presidente del consejo.. VALOR NETO: Según los libros del negocio. según la UTILIDADES: Un porcentaje promedio durante los últimos 5 años.. Consejo de Administración.. participación de cada socio.Una sola persona es Director y Ejecutivo al mismo tiempo SUMA ASEGURADA CANTIDAD FIJA: Según la participación en las acciones de cada socio.Grupo de personas que administran el Negocio.Dueños de acciones SOC.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION SEGURO DE SOCIOS TIPOS DE SOCIOS Una sociedad anónima está conformada a través de socios que son clasificados de la siguiente manera: Consejo de Directores: Está conformado por un grupo de personas cuya función principal es la administración del negocio. ACTIVOS menos PASIVOS. TCGC C SUMA ASEGURADA: Cantidad fija: Según participación acciones Valor neto: Libros del negocio (activos. TIPOS DE SOCIEDADES: S. CERRADAS.. Sociedad Cerrada: Puede estar conformada por una sola persona que puede ser Director y Ejecutivo al mismo tiempo. TIPOS DE SOCIOS: Consejo de Directores.A.pasivos) Utilidades: % promedio de últimos 5 años X el factor de crecimiento 48·· . multiplicado por el factor de crecimiento de la industria en cuestión. Consejo de Administración: Los miembros nombran al presidente del consejo TIPO DE SOCIEDADES Sociedad Anónima: Son entidades legales independientes integradas por dueños de acciones. ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION TCGC C 49·· . ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION GASTOS MÉDICOS El plan de gastos médicos mayores es, dentro del ramo de los seguros de accidentes y enfermedades, el plan que ofrece la protección más completa por lo que respecta a los gastos médicos derivados de un accidente o una enfermedad. Ahora se hace referencia al plan colectivo de gastos médicos mayores que sin duda es el que ha tenido una mayor demanda en el medio empresarial. Beneficio Máximo Período de beneficio Es el límite de responsabilidad de la aseguradora para cada accidente o enfermedad Plazo en el que se reembolsarán los gastos médicos realizados por el asegurado, para un padecimiento específico. Su límite máximo es de dos años contados a partir del primer gasto médico, por cada enfermedad o accidente cubierto ó hasta que la póliza este vigente. 3.1 ESTRUCTURA DE LA PÓLIZA COBERTURA El plan colectivo de gastos médicos, a diferencia del plan individual ha tenido un desarrollo constante, el cual ha tendido a optimizar la protección restringiendo al mínimo las limitaciones. De este modo, es conveniente señalar que en los planes de gastos médicos existen diferentes alternativas de contratación las cuales se generan en parte por las normas de aceptación de las aseguradoras. Sin embargo para los fines de nuestro curso, describiremos el plan que tiene una mayor aplicación práctica en el mercado actual. Gastos Cubiertos en el Plan • Honorarios de médicos, especialistas, cirujanos y en general los profesionistas en medicina que estén legalmente autorizados para el ejercicio de su profesión. • Erogaciones realizadas por hospitalización considerándose los siguientes conceptos: Habitación. HONORARIOS MEDICOS AYUDANTE CONSULTAS MEDICAS ENFERMERA Alimentos. Medicinas TCGC C Como máximo una consulta diaria en sanatorio u hospital, consultorio o domicilio. Cuando el paciente requiera cuidados especiales, con un máximo de 3 turnos por día. Con un límite del 30% de lo que cobre el cirujano o con el porcentaje marcado en la tabla de honorarios quirúrgicos. MEDICAMENTOS Los adquiridos fuera del hospital, siempre que sean prescritos por el médico tratante y se comprueben. TRASPLANTE DE ORGANOS Gastos para efectuar el transplante Derecho de sala de operaciones, etc. • Laboratorios estudios médicos tales como electrocardiogramas, encefalogramas, rayos X, y en general aquellos que sean necesarios para el diagnóstico o tratamiento de un accidente o enfermedad. El 20% de lo tabulado por el cirujano ANESTESISTA Estudios, análisis, etc. Costo de anestesia y honorarios de anestesistas. Los honorarios por una intervención quirúrgica, incluyendo honorarios del ayudante y las consultas postoperatorias usuales y acostumbradas 50·· ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION Costo de transfusiones de sangre,  Plasma, suero, oxigeno y otras sustancias semejantes.  Gastos derivados de alquiler de muletas, sillas de ruedas, camas especiales para enfermos, pulmón artificial y otros aparatos semejantes.  Costo de tratamiento de radio o terapia radioactiva.  Gastos originados por intervenciones de cirugía correctiva en malformaciones congénitas de hijos del asegurado que nazcan durante la vigencia de la póliza que se haya contratado.  Gastos por aparatos de prótesis, ojos, miembros artificiales y aparatos ortopédicos que se requieran.  Gastos derivados de complicaciones por embarazo generalmente limitado a las intervenciones quirúrgicas realizadas con motivo de embarazos extrauterinos, los estados de fiebre puerperal, eclampsia y toxicosis gravídica, así como operación de cesárea. PADECIMIENTOS CONGÉNITOS De los hijos nacidos durante la vigencia del seguro. GASTOS NO CUBIERTOS POR ACCIDENTE Es importante indicar que normalmente en estos dos últimos tipos de gastos se limitan a un 10% de la suma asegurada que se haya contratado ENFERMEDADES, PADECIMIENTOS, OPERACIONES Como se puede apreciar, dentro del plan colectivo de QUIRÚRGICAS, NO PROVOCADAS POR ACCIDENTE gastos médicos existe una mayor flexibilidad en INHALACIÓN DE GASES Y HUMO virtud de que en Ia mayoría de los casos contempla HOMICIDIO menores restricciones que en el caso de los seguros MUTILACIÓN VOLUNTARIA individuales e incluso algunos colectivos que establecen límites para conceptos tales como intervenciones quirúrgicas, anestesista, servicios de LESIONES EN RIÑA  LESIONES EN SERVICIO MILITAR O NAVAL enfermeras, etc. ACTOS DELICTUOSOS POR EL ASEGURADO No obstante la flexibilidad en cuanto a gastos GASTOS DERIVADOS POR ACOMPAÑANTES cubiertos, es importante mencionar que este plan PADECIMIENTOS PREEXISTENTES también está sujeto a su renglón de gastos no CURAS DE REPOSO cubiertos: PILOTO O MECÁNICO EN AERONAVE NO COMERCIAL Gastos no cubiertos COMO PILOTO TAXI AEREO Por accidente: Enfermedades, padecimientos u operaciones quirúrgicas de cualquier naturaleza, que no sean motivadas directamente por lesiones provocadas por un accidente, Infecciones, exceptuando las que acontezcan como consecuencia directa de la lesión accidental TCGC C OCUPANTE AUTOMOVIL O VEHÍCULO DE CARRERAS, VELOCIDAD, RESISTENCIA 51·· ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION Gastos no cubiertos Por accidente: Enfermedades, padecimientos u operaciones quirúrgicas de cualquier naturaleza, que no sean motivadas directamente por lesiones provocadas por un accidente. Infecciones, exceptuando las que acontezcan como consecuencia directa de la lesión accidental  Inhalaciones de gas de cualquier clase. Homicidios (simple o calificado), suicidio (consciente o inconsciente) o conato de, cualesquiera que sean las causas o las circunstancias que la provoquen.  Mutilación voluntaria, aún cuando se cometa en estado de enajenación mental.  Lesiones producidas en riña, con o sin provocación por parte del asegurado o intencionalmente ocasionadas al asegurado por cualquier persona.  Lesiones sufridas al prestar servicio militar o naval en tiempo de guerra, huelgas, alborotos populares e insurrecciones.  Actos asegurado. delictuosos cometidos por el propio  Gastos realizados por acompañantes del asegurado durante la internación de éste en un sanatorio u hospital, tales como cuarto y alimentos extras. Por enfermedad GASTOS NO CUBIERTOS POR ENFERMEDAD PADECIMIENTOS PREEXISTENTES ENAJENACIÓN MENTAL AFECTACIONES PROPIAS DEL EMBARAZO TRATAMIENTOS DENTALES  TRATAMIENTOS DENTALES, ALVEOLARES INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS ESTÉTICAS ANTEOJOS, LENTES DE CONTACTO GASTOS DEL ACOMPAÑANTE  CURAS DE REPOSO Padecimientos preexistentes entendiéndose como tales aquellos que en fecha anterior al inicio de la vigencia del certificado: ~ Fueron diagnosticados por un medico. ~ Fueron aparentes a la vista. ~ Fueron de los que por sus síntomas o signos no pudieran pasar desapercibidos. - Trastornos por enajenación mental, estados de depresión psíquica o nerviosos, histeria, neurosis o psicosis, cualesquiera que fuesen sus manifestaciones clínicas. - Afectaciones propias del embarazo, abortos, partos prematuros, partos normales o anormales, legrados, cualesquiera que sea su causa, y toda complicación del embarazo, del parto o del puerperio, cualesquiera que sea su causa. -Dado que el seguro colectivo de gastos médicos mayores no cubre estos, se menciona en otro punto el beneficio por maternidad-. - Tratamientos dentales, alveolares o gingivales, sean médicos o quirúrgicos, cualesquiera que sea su naturaleza u origen, así como sus complicaciones. -Intervenciones quirúrgicas de carácter estético o plástico, excepto las reconstructivas que resulten a consecuencia de una enfermedad contraída durante la vigencia del seguro GASTOS CUBIERTOS POR CONVENIO EXPRESO  En taxis aéreos o en aeronaves que no pertenezcan a una línea comercial legalmente establecida y autorizada para el servicio de transporte regular de pasajeros.  Como piloto, mecánico en vuelo miembro de Ia tripulación de cualquier aeronave.  Como ocupante de algún automóvil o cualquier otro vehículo en carreras, pruebas o contiendas de seguridad, resistencia o velocidad. -Anteojos, lentes de contacto y aparatos auditivos. -Gastos realizados por acompañantes del asegurado durante la intervención de éste en un sanatorio u hospital, tales como cuarto a alimentos extras. - Curas de reposo o exámenes médicos generales para la comprobación del estado de salud, conocidos con el nombre de check-up. TCGC C 52·· se reembolsará Ia mitad de Ia cantidad contratada. mencionaremos que cuando el riesgo de maternidad es previsible. Si se contrata con período de espera. SENOS PARANASALES Y EVENTRACIONES. Si se contrata sin periodo de espera. VARICES DE LAS EXTREMIDADES INFERIORES O INSUFICIENCIA DEL PISO PINEAL 1 AÑO Como piloto. C TCG C BENEFICIO DE MATERNIDAD a) Parto normal. b) En caso de Aborto. Considerando las características de Ia cobertura. sobre toda. existe una cobertura que ampara los gastos médicos en base a las siguientes variantes: SIDA PARTO Y SUS COMPLICACIONES SEGÚN POLÍTICAS a) En caso de Parto Normal.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION Exclusiones Relativas CONVENIO EXPRESO Por otra parte existen una serie de aspectos específicos que no están amparados por el plan colectivo de gastos médicos pero que pueden cubrirse mediante convenio expreso: En taxis aéreos o en aeronaves que no pertenezcan a una línea comercial legalmente establecida y autorizada para el servicio de transporte regular de pasajeros. esta cobertura se puede contratar con o sin período de espera.00 adicionales y que se reembolsan sin aplicar deducible o coaseguro. El beneficio de esta cobertura entra en vigor a partir de Ia fecha en que el reembolso de los gastos pagados por una o varias enfermedades o accidentes sobrepasen Ia suma asegurada contratada en Ia póliza principal. Por otra parte. HERNIAS 1 AÑO TRATAMIENTOS MÉDICOS O QUIRÚRGICOS DE NARÍZ.000. FISTULAS RECTALES O PROLAPSOS DEL RECTO 1 AÑO AMIGDALITIS Y ADEINOIDES. pruebas o contiendas de seguridad. que satisfagan los requerimientos en caso de accidente o enfermedad con tratamientos costosos.000. y consiste en atorgar el reembolso de los gastos médicos en exceso de Ia suma asegurada hasta una suma máxima que puede ser $5. que soporten a los constantes incrementos en Ia atención medica y. solo se cobra prima a las participantes cuya edad sea menor a 45 años. resistencia o velocidad. 1 AÑO PADECIMIENTOS ANORECTALES.. otorgando Ia posibilidad de ampliar la suma asegurada. se reembolsará la cantidad contratada. mecánico en vuelo miembro de Ia tripulación de cualquier aeronave.reembolsa cantidad contratada b) Se contrata con o sin período de espera c) Aborto se reembolsa la mitad cantidad contratada 53·· . COBERTURAS AMPARADAS CONVENIO EXPRESO MEDIANTE Protección Complementaria por Gastos Médicos Catastróficos Actualmente es usual encontrar en el mercado Ia opción de contratar una cobertura que complemente el plan básico. Beneficio de Maternidad Por último. los gastos médicos quedarán amparados desde la fecha de iniciación de Ia asegurada. GASTO CUBIERTO PERÍODO DE ESPERA CESÁREA 10 MESES CIRCUNCISIÓN 2 AÑOS TUMORACIÓN MAMARIA 1 AÑO HEMORROIDES. Esta cobertura nace de Ia necesidad de contar con sumas aseguradas en exceso. los gastos quedarán amparados solo si eI embarazo de Ia asegurada se inició cuando ya estaba incluida en la póliza. Como ocupante de algún automóvil o cualquier otro vehículo en carreras. GINECOLÓGICOS 1 AÑO INSUFICIENCIA VENOSA. ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION FUNCIONAMIENTO: El seguro colectivo de gastos médicos mayores requiere para ser contratado. por cada accidente o enfermedad se reembolsarán por período máximo de 730 días. Tratamiento prolongados. el cual representa un beneficio adicional. Particularidades Como hemos indicado anteriormente. ya que en caso de que un hijo al nacer tuviera padecimientos congénitos. estos serían amparados por el plan. FUNCIONAMIENTO 25 Asegurados principales75% de la colectividad no sea menor de 25 ELEGIBILIDAD Colectividad con edad menor de 65 años. a) El plan no limita los reembolsos derivados de las intervenciones quirúrgicas. nacidos cuando el plan esté en vigor. recordemos que éstos podrán ser el cónyuge del asegurado principal y los hijos solteros que no tengan ingresos por trabajo personal. Es importante mencionar que invariablemente las aseguradoras se sujetan a lo establecido por el artículo primero del Reglamento del Seguro de Grupo el cual establece que el grupo asegurable deberá estar constituido por lo menos del 75% de los miembros que la integren y que ese 75% no sea menor a 25 personas. H)Inclusión automática de hijos y cónyuge. Este aspecto es muy importante. también se pueden considerar como dependientes a aquellas personas que vivan con el asegurado y no tengan remuneración por trabajo personal. TCGC C 54·· . quedarán cubiertos automáticamente desde su fecha de nacimiento. es conveniente señalar que los hijos de Ia pareja matrimonial de asegurados. Asimismo. como es el caso de amigdalitis y la cesárea sin importar su número. Dependientes Económicos: Conyuge.M. visitas médicas. Por lo que respecta a las dependientes económicos. aviso hasta 30 días naturales f) En el caso de gastos derivados de prótesis el porcentaje es recuperable. la esposa quedará cubierta a partir de la fecha del matrimonio civil. el plan colectivo es más flexible que los seguros individuales por lo que es conveniente señalar algunas de sus características que generalmente operan. por Io menos de una colectividad integrada por 25 asegurados principales. d) No se aplica el deducible en caso de recaídas. Elegibilidad En el seguro colectivo podrán asegurarse todos las miembros de la colectividad asegurable cuya edad no sea mayor a 60 años (en algunos casos este límite puede ser mayor) considerándose hasta la edad de 65 años por efectos de renovación. hijos solteros menor de 19 años o 24 si estudian. b) No se considera el deducible y coaseguro en caso de gastos médicos por accidente. cuando un asegurado contraiga matrimonio durante Ia vigencia del seguro. conyuge estará asegurada con fecha de matrimonio civil Por otra parte. vivan con el asegurado y no tengan remuneración. e) Cubre algunos padecimientos que generalmente son excluidos de los seguros individuales e incluso de algunos colectivos conservadores. A)Plan no limita los reembolsos derivados de intervenciones B)No aplica deducible y coaseguro para G:M por accidente C)El coaseguro no incrementa cuando son GM en el extranjero D)No aplica deducible en recaidas E)Ampara amigdalitis y césarea sin importar su número F)Gastos derivados de prótesis el % es recuperable G)G. siempre y cuando sean menores de 19 años de edad o de 24 años si se encuentran estudiando. ambulancia y anestesista. enfermeras. c) El coaseguro no se incrementa cuando se efectúan gastos médicos en el extranjero. Hijos nacidos en plan en vigor quedan asegurados desde fecha de nacimiento Hijo que al nacer presente padecimientos congénitos serán amparados por el plan  Asegurado que cantraiga matrimonio en vigencia del plan. 2. como indicamos en el punto anterior. COASEGURO: 10 . por Ia aplicación de dicha cantidad a uno o mas accidentes o enfermedades sufridas por cada asegurado durante la vigencia de la póliza. además de que en este tipo de planes las condiciones de contratación varían dependiendo del volumen de asegurados. además de todos los aspectos selectivos de cada aseguradora. en cualquier lugar del mundo sin importar que haya requerido internación en hospitales o sanatorios. 55·· .1. importe de primas. REEMBOLSO III. y aún cuando ya no es de mucha aplicación. sin embargo es conveniente repasar algunos conceptos que varían dadas las características del seguro colectivo. aún cuando lógicamente debe reportarse a la aseguradora la inclusión. con el agotamiento de Ia suma asegurada máxima que se haya contratado. Deducible DEDUCIBLE % S. del días. Asimismo. Generalmente no se aplica deducible en los reembolsos de gastos médicos derivados de accidente.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION g) los gastos cubiertos por cada accidente o enfermedad se reembolsarán por un período máximo de 730 días. existe Ia variante de contratar un Deducible anual para lo cual se fija una cantidad de común acuerdo que al agotarse por uno o varios eventos permiten Ia recuperación de los subsecuentes gastos sin aplicar deducciones. En el plan colectivo el coaseguro se aplica solo en caso de enfermedad e invariablemente es un porcentaje que puede variar de un 10 a un 25% del monto de Ia reclamación presentada. SISTEMA DE RECLAMACIONES h) Por último. Alcance El seguro colectivo de gastos médicos cubre durante 24 Hrs. Este aspecto es de particular importancia en aquellos casos en que el tratamiento médico sea prolongado. contándose para ellao hasta 30 días naturales.A. Existe una gran variedad de planes colectivos que tienen menor a mayor flexibilidad. el seguro colectivo de gastos médicos mayores se ha diseñado con objeto de que los asegurados estén en posibilidades de medir el alcance del seguro a través de una participación de los gastos. La cobertura terminará automáticamente respecto a cada uno de los asegurados. ADMINISTRACIÓN ASPECTOS ADMINISTRATIVOS PAGO DIRECTO Y Mecánica de Operación La mecánica de operación del plan colectivo de gastos médicos es similar al del seguro individual.25 % Coaseguro Al igual que en el seguro individual. en cualquier lugar del mundo sin importar que se haya requerido internación en hospitales o sanatorios. TCGC C ALCANCE: Cubre 24 horas del día. la inclusión de hijos y cónyuge es automática. RED DE PROVEEDORES El Deducible puede ser en función a una cantidad fija a bien un % sobre la suma asegurada elegida. A. sobre todo si se tiene una buena experiencia de siniestralidad. a través del esquema de Cash Flow. Pero en este proceso de auto aseguramiento. para enfrentar los gastos derivados de los siniestros. corriendo a cargo del reasegurador el exceso que se produzca.000 de pesos.3 SINIESTROS III. además de un seguro colectivo. Si las primas recaudadas a largo del ejercicio son. puede pedir a una Compañía Aseguradora que utilice su experiencia e infraestructura para administrar el fondo destinado para ello. Es aquel en que Ia cedente fija el porcentaje máximo de siniestralidad global que está dispuesta a soportar en determinado ramo o modalidad de seguro. Además de que no es un seguro porque la compañía de seguros no asume ningún riesgo. La desventaja es que si se excede la siniestralidad esperada. es decir. SISTEMA DE RECLAMACIONES III. las reclamaciones pagaderas en su totalidad por todas las pólizas no excederán a los gastos reales incurridos.000 de pesos y los siniestros han ascendido a $280. puede existir un gran ahorro respecto al monto de la prima correspondiente. el reasegurador satisfará el importe que exceda en Ia siniestralidad conjunta del ramo. quiere decir que. Si.000. el Contratante no tiene la experiencia para administrar la reserva que constituyó. cuenten con otros seguros de gastos médicos.2 SINIESTROS FORMA DE INDEMNIZAR CUANDO EXISTEN OTROS SEGUROS DE GASTOS MÉDICOS Los asegurados que.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION III. el asegurado deberá presentar copia simple de todos los comprobantes así como el finiquito emitido por la otra institución. En caso de que otra institución haya cubierto en forma parcial los gastos realizados.000. del indicado porcentaje. . Para nuevos eventos 56·· .000.1 ADMINISTRACIÓN DE SINIESTROS BAJO EL ESQUEMA DE CASH FLOW Y STOP LOSS Cash Flow Cash Flow Este es un esquema de administración de siniestros que funciona de la siguiente manera: Cuando un contratante tiene una gran cantidad de asegurados. Sobre una determinada cartera.3. TCGC C OTROS SEGUROS Adicional al colectivo SUMA ASEGURADA Reinstalación de S. por ejemplo. Para ello. sin que tampoco asuma la responsabilidad por la suficiencia del fondo. la aseguradora no es responsable por su funcionamiento ya que está diseñado y suscrito por el contratante. $55. este tipo de seguro cubre una proporción específica del monto de los siniestros que supera un límite máximo total hasta una responsabilidad máxima fijada Es requisito indispensable que sea 100% igual a la del plan base. el reasegurador habrá de satisfacer el exceso del 75% de Ia siniestralidad ($225. es que si la experiencia de siniestralidad es buena. puede tomar la decisión de retener el riesgo utilizando el monto de las primas para auto asegurarse. En este plan.000.3. $300. este reaseguro afecta al ramo de Accidentes y Enfermedades y el tope de siniestralidad establecido es del 75%. al final del año. por ejemplo.000).000 de pesos. Stop Loss Stop Loss Reaseguro de exceso de siniestralidad (“Stop loss Reinsurance”). La ventaja de este esquema. el fondo se puede agotar antes de cumplir cubrir los siniestros que la colectividad pueda tener en determinado lapso de tiempo. ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION TCGC C 57·· . . en caso de renovación se amplía el limite hasta los 69 años de edad cancelándose la protección en el aniversario siguiente en que el participante cumpla los 70 años de edad. del día y en cualquier lugar del mundo siempre y cuando sus lesiones o muerte sean a consecuencia de un accidente.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION COBERTURAS BÁSICA Y ADICIONALES IV. REEMBOLSO DE GASTOS MÉDICOS POR ACCIDENTE Quien Puede Ser Asegurado Todos los grupos de empleados u obreros de un mismo patrón o empresa. EDADES DE ADMISIÓN 12 A 70 AÑOS Exclusiones: a) Enfermedades u operaciones quirúrgicas de cualquier naturaleza. exceptuando las originadas por lesión accidental. Edades de Admisión Las edades de admisión son de 12 a 65 años cuando se expide la póliza. las uniones de trabajadores en servicio activo siempre y cuando el grupo asegurable conste de por lo menos el 75% de la colectividad y que ese 75% no sea menor a 10 personas. MUERTE ACCIDENTAL Subsidio diario (sólo para personas que tienen ingresos) PERDIDAS ORGÁNICAS SIN ACUMULACIONES ESCALAS A Y B Reembolso de gastos médicos por accidente Alcance de la Cobertura SUBSIDIO DIARIO Estas coberturas amparan a los participantes durante las 24 hrs. En ocasiones se considera el cobro de una prima mínima independientemente del número de asegurados ALCANCE DE LA COBERTURA 24 HORAS DEL DÍA EN CUALQUIER LUGAR DEL MUNDO COLECTIVIDAD ASEGURABLE EMPLEADOS U OBREROS DE UN MISMO PATRÓN 10 PART. los sindicatos. c) Envenenamiento de cualquier clase. Exclusiones del Seguro a) Enfermedades u operaciones quirúrgicas de cualquier naturaleza. c) Envenenamiento de cualquier clase.ESTRUCTURA DE LA PÓLIZA CONCEPTOS ESPECÍFICOS COBERTURA BÁSICA SECCIONES DE LAS COBERTURAS ADICIONALES Riesgos Cubiertos: Muerte accidental sin acumulaciones Pérdidas orgánicas sin acumulaciones y dos escalas de indemnización. que no sea motivada por un accidente b) Infecciones. TCGC C 58·· . que no sea motivada por un accidente b) Infecciones. exceptuando las originadas por lesión accidental. Descuentos Por Volumen EXCLUSIONES DE ACCIDENTE:  Suicidio o intento  Lesiones autoinfringidas  Envenenamiento  Inhalaciones de gases y humo  Padecimientos corporales y mentales  Drogadicción  Participar en actos delictivos  Actos en servicio militar. rebelión  Hernias y eventraciones  Abortos cualquiera que sea su causa  Infecciones. resistencia en vehículo motorizado Estos seguros tienen un descuento por volumen de asegurados con 10%. alborotos populares o insurrección Actos delictuosos cometidos por el propio asegurado Abortos cualesquiera que sea su causa. guerra. tauromaquia. La prima por asegurados principales se puede ver disminuida de acuerdo a las políticas de cada compañía. motociclismo a cualquier actividad similar.  Hernias y eventraciones. Ia prima total es dos veces la prima normal. suicidio (consciente o inconsciente) o conato de éI Mutilaciones voluntarias  Enajenaciones mentales  Lesiones Auto inflingidas  Lesiones producidas al prestar servicio militar en tiempo de guerra. revoluciones. resistencia en vehículo motorizado Estos seguros tienen un descuento por volumen de asegurados con 10%. La prima por asegurados principales se puede ver disminuida de acuerdo a las políticas de cada compañía. excepto las ocurridas de un accidente  Práctica de deportes peligrosos  Viajar como pasajero o miembro de tripulación de aerolínea privada  Práctica de contiendas de velocidad. es decir. Descuentos Por Volumen TCGC C EXCLUSIONES DE INVALIDEZ:  Suicidio o intento  Lesiones autoinfringidas  Padecimientos corporales y mentales  Drogadicción  Participar en actos delictivos  Actos en servicio militar.  Radiaciones ionizantes  Deportes peligrosos como son buceo. paracaidismo. equitación. se cobra un recargo de un tanto. Homicidio. guerra. 59·· . rebelión  Práctica de deportes peligrosos  Viajar como pasajero o miembro de tripulación de aerolínea privada  Práctica de contiendas de velocidad.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION Inhalaciones de gases o humo. carreras de velocidad o de resistencia.  Aviación particular Esta última limitación se puede amparan mediante convenio expreso con Ia compañía aseguradora y normalmente. M. siempre y cuando se reúna un mínimo de 10 asegurados.2 ACCIDENTES PERSONALES EN VIAJE ACC. Colectividades Asegurables Se pueden asegurar cualquier grupo de empleados de una misma empresa. R.A. BÁSICA ASEGURADO ABORDO. varían de 12 a 70 años de edad. 5% S. Riesgos Cubiertos Muerte accidental. Pérdidas orgánicas (escala de indemnización sin acumulaciones). 12 A 70 AÑOS 60·· . ALCANCE DE LA COBERTURA 24 HORAS DEL DÍA EN CUALQUIER LUGAR DEL MUNDO •La cobertura inicia su vigencia desde que el empleado salga de su casa u oficina hasta que regrese a cualquiera de las dos ubicaciones mencionadas. Alcance de la Cobertura • La cobertura es efectiva durante las 24 hrs. PERSONALES EN VIAJE La finalidad del seguro de accidentes personales en viaje. EN.  Muerte Accidental  Pérdidas Orgánicas escala A. Edades de Admisión • Las edades de admisión en este seguro. están más expuestos a un accidente que los demás empleados o personas que no viajan. ADICIONAL: Viaje en auto particular Como conductor o pasajero. COB. BOLETO PAGADO. es cubrir precisamente el riesgo que tienen las personas que viajan por cuenta de su empresa por motivo de trabajo y ésta tiene Ia obligación de darles una protección adicional en virtud de que por su tipo de trabajo.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION IV.G. Reembolso de gastos médicos por accidente (5% de La suma asegurada principal). siempre que el asegurado se encuentre viajando por orden del contratante y precisamente para Ia atención de asuntos relacionados con la empresa. en cualquier lugar del mundo. del día. TCGC C COLECTIVIDAD ASEGURABLE EDADES DE ADMISIÓN EMPLEADOS U OBREROS DE UN MISMO PATRÓN 10 PART.1. principal COB. O AL BAJAR DEL VEHÍCULO AÉREO MARÍTIMO O TE – RRESTRE CON AUTORIZACIÓN DE PASAJEROS. tanto en pólizas iniciales como en renovaciones. .000 S.En base a los viaje previstos en el año b)....000 de suma asegurada. Cuando haya contratado la Cobertura adicional.50 por cada 100.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION Exclusiones Las exclusiones del seguro de accidentes personales en viaje son exactamente las mismas que estudiamos en el colectivo contra accidentes personales.Choferes de oficio en actividad 5. Al final del año póliza se hará un ajuste final cobrando Ia aseguradora Ia diferencia entre Ia prima mínima y de depósito y Ia prima real en caso de existir. La prima por cada día de viaje será de 1. Aviación Particular El riesgo de aviación particular se puede amparar cobrando el doble de las primas.A.50 por cada 100. Aviación Particular 1. Prima Por Viajes Efectuados EXCLUSIONES  Suba a bordo o baje de : 1.. tanto de la mínima y del depósito Prima por viajes efectuados: a).Miembro de la tripulación Excepto en auto particular.Declaraciones mensuales indicando:  medio de transporte  número de días de viaje por cada participante  Ajuste al fin de año (diferencia de prima mínima y de depósito y la real si existiese. El contratante se obliga a declarar mensualmente (en forma veraz) los viajes realizados por el personal que trabaja con él durante el mes inmediato anterior.Se amparar cobrando el doble de las primas. Prima Mínima y de Depósito La prima mínima y de depósito se calcula en base a los viajes previstos durante el año correspondiente. 3. tanto de la mínima y del depósito (se describe en el punto siguiente)... 2.) TCGC C 61·· . 4. fletados Taxis aéreos.Viajes de trabajo por una distancia menor de 50 Km.. como Ia correspondiente a Ia de cada día de viaje de las personas que utilicen este tipo de transporte. Prima mínima y de depósito: a). indicando el medio de transporte y el número de días de viaje por cada uno de los participantes. además que no cubre viajes de trabajo por una distancia menor a 50 Km.Aviones particulares.Vehículo en competencia o Resistencia..Por cada día de viaje 1. Viajando por cuenta de Ia compañía (viajes de negocios). Sin acumulación •Reembolso de gastos médicos por accidente (10% de la suma asegurada principal) Alcance de la Cobertura Al igual que las otras pólizas de accidentes que hemos visto. del día. • Pérdidas orgánicas (escala de indemnización A o B sin acumulaciones) •Reembolso de gastos médicos por accidente (10% de la suma asegurada principal)  Pérdidas Orgánicas escala A. siempre y cuando el participante se encuentre por parte de la empresa en donde trabaja. cubre en cualquier parte del mundo y durante las 24 hrs. 12 A 65 AÑOS Exclusiones Exclusiones: Las exclusiones son las normales que se utilizan en Ia póliza de colectivos contra accidentes personales Las mismas que aplican en Ia póliza de colectivos contra accidentes personales TCGC C EDADES DE ADMISIÓN 62·· . asistiendo o participando en eventos organizados y supervisados por la misma. Sin acumulación Pédidas Orgánicas escala B. BÁSICA Riesgos Cubiertos • Muerte accidental (sin acumulaciones) RIESGOS DE TRABAJO. en caso de renovaciones se amplia la edad hasta 69 años cancelándose Ia protección en el aniversario siguiente en que el asegurado cumpla los 70 años de edad. incluyendo la trayectoria del empleado de su casa a Ia oficina y viceversa. COLECTIVIDAD ASEGURABLE EMPLEADOS U OBREROS DE UN MISMO PATRÓN 10 PART.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION COLECTIVO DE RIEGOS PROFESIONALES ACC. Edades de Admisión Las edades de admisión de este seguro son de 12 a 65 años de edad para negocios nuevos. RIESGOS PROFESIONALES Esta póliza tiene la finalidad de amparan aquellos accidentes que se pueden considerar como riesgo de trabajo. COB. dirigiéndose a su trabajo desde su domicilio o viceversa  Muerte Accidental ALCANCE DE LA COBERTURA 24 HORAS DEL DÍA EN CUALQUIER LUGAR DEL MUNDO Colectividades Asegurables Se puede asegurar cualquier grupo de empleados de una misma empresa siempre y cuando se reúna un mínimo de 10 asegurados. ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION IV.1. También ampara las excursiones. ADMON. ALCANCE DE LA COBERTURA VIAJE CASA-COLEGIO ESTANCIA COLEGIO REGRESO A CASA Edades de Admisión Este seguro cubre a los alumnos cuyas edades estén entre los 3 y 20 años inclusive. ALUMNOS ADMINISTRATIVOS Reembolso de gastos médicos por accidente. en el caso del personal docente y administrativo Ia edad se amplía hasta los 70 años. COLECTIVIDAD ASEGURABLE Muerte Accidental Pérdidas Orgánicas escala A s/ acumulaciones Reembolso de gastos por accidente ALUMNOS MAESTROS ADMINISTRATIVOS Alcance de la Cobertura Este plan cubre exclusivamente durante la actividad escolar. siempre y cuando se reúna un mínimo de 25 asegurados. Pérdidas orgánicas (escala A. TCGC C Exclusiones: Accidentes que ocurran cuando el niño o empleado viaje en motocicleta o motoneta y los ocurridos fuera del tiempo cubierto por Ia póliza 63·· . de los gastos originados por Ia atención médica e indemnizaciones por pérdidas orgánicas por algún accidente que puedan sufrir. este seguro no cubre los accidentes que ocurran cuando el niño o empleado viaje en motocicleta o motoneta y los ocurridos fuera del tiempo cubierto por Ia póliza. Exclusiones Además de las exclusiones mencionadas en el colectivo contra accidentes personales. ESCOLARES La finalidad principal de este seguro es cubrir a los niños y personal de las escuelas. COB. sin acumulaciones).3 COLECTIVO ACCIDENTES ESCOLARES ACC. entendiéndose como tal desde el momento en que el niño o el empleado inicia su viaje de Ia casa al colegio. Usualmente Ia prima por millar no varia en ningún caso y es sumamente económica. su estancia en el edificio o predio y el regreso a su domicilio. Colectividades Asegurables Los grupos o colectividades que pueden ser cubiertos en este seguro son los estudiantes. BÁSICA Riesgos Cubiertos Muerte Accidental (a partir de los 12 años de edad). EDADES DE ADMISIÓN 3 – 20 ALUMNOS HASTA 70 AÑOS MAESTROS Y PERS. eventos deportivos o culturales y cualquier actividad organizada y supervisada por las autoridades de Ia escuela. maestros y personal administrativo de una misma institución educativa. RGM ( 50% cob. RGM ( 5% cob. Por día de viaje Descuento por volumen de asegurados con 10%. Escalas AyB RGM ( 10% M:A) M.O.A. Escalas AyB Subsidio diario RGM ( 50% cob. Infecciones. Infecciones.A. básica) M. operaciones. S/A P.A. Aviación particular.P.O.autos de resisten o ve locidad. no motivados por accidente Miembro tripulación. No motivadas por accidente.000 de S. básica) ALCANCE DE LA COBERTU RA Las 24 horas del día cualquier lugar del mundo Las 24 horas durante viajes de trabajo Las 24 horas del día cualquier lugar del mundo Actividades escolares y trayectos Las 24 horas del día por plazos de 3 a 160 días COLECTIVI DAD ASEGURAB LE Empleados de un mismo patrón. in fecciones. en venenamiento. Con altas y bajas o con ajustes anuales Según cantidad de días cubiertos EXCLUSIO NES Enfermedades.O. TCGC C 64·· . AP COLECTIVO AP EN VIAJE AP RIESGOS PROFESIONA LES AP ESCOLAR AP A CORTO PLAZO RIESGOS CUBIERTO S M. en venenamiento. 75% de la colectividad Empleados de un mismo patrón Mínimo 10 pers. operaciones. Descuento por volumen 1. no motivados por accidente viajes de trabajo menor a 50 km.A. chofe res de oficio y Enfermedades operaciones. Grupo de empleados de una misma empresa Alumnos y Personal Admo.O. y Docente Mínimo 25 pers.50 por 100. sindicatos. Grupos de vacacionistas.A.O. S/A P. básica) M. convencionista so trabajadores EDADES DE ADMISIÓN 12 – 65 años Cancelación 70 años 12 – 70 años 12 – 65 años Cancelación 70 años 3 – 20 años alumnos Personal hasta 70 12 – 65 años PRIMA Clasificación del riesgo. S/A P. básica) M. S/A P.A. envenenamiento. Niño o empleado viaje en motocicleta o motoneta Enfermedades.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION MODALIDADES DE PÓLIZAS COLECTIVAS DE A. Escalas A RGM ( 5% cob. S/A P. queda estrictamente prohibida..S. La reproducción de estos materiales o de cualquiera de sus partes sin permiso escrito de Asesores Interdisciplinarios en Capacitación. TCGC C 65·· .C.ASESORES INTERDISCIPLINARIOS EN CAPACITACION IMPORTANTE: Todas las partes de este manual. así como los materiales complementarios (instruccionales y didácticos) tienen Derechos Reservado mediante acta número 29537.
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