Resumen Resolución 1001-2006

March 18, 2018 | Author: Angela Maria Mendez Gomez | Category: Kindergarten, Nutrition, Hospital, Breastfeeding, Quality (Business)


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Resumen resolución 1001-2006TITULO I AMBITO DE CONTROL Capitulo I De las Facultades de control Art 1: Funciones de control sobre las instituciones educación inicial  DABS ejercerá el control  DABS debe contribuir a garantizar la calidad y eficiencia de la prestación del servicio con normas y requisitos, niveles, infraestructura, procesos pedagógicos, nutricional, talento humano, seguridad y salubridad.  DABS emitirá conceptos, planes de mejoramiento con correctivos, condiciones de operación Art. 2 Plan operativo de control  Herramienta mediante el DABS ejerce control  Se desarrolla mediante autoevaluación y verificación de condiciones de operación del servicio de las instituciones Acuerdo 138/2004 y decreto 243/2006.  Elaborado por la Gerencia de Infancia  Contiene principios, estrategias, criterios, instrumentos, cronogramas  Presentado a la dirección del DABS antes del 31 ene  La Gerencia de Infancia del DABS ejecutará las visitas a las instituciones anunciadas o no. Capítulo II Del Registro Art. 3 Del registro de las Instituciones  Se deben inscribir en el “Registro Distrital de Educación Inicial”.  Se le asigna # identificación único donde consta las características de identificación y prestación del servicio. Art. 4 Sujetos del Registro  Todas las instituciones se deben registrar  Educación Inicial es Una acción intencionada para la garantía de los derechos al cuidado y al desarrollo del ser humano de los niño@s, desde su gestación hasta los 5 años, mediante una pedagogía que basa en el reconocimiento de las características y potencialidades de los niñ@s, ambientes enriquecidos con interacciones y experiencias significativas  Se consideran Instituciones las constituidas por personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado que presten el servicio de Educación Inicial Art. 5 Responsables de hacer el Registro aclaraciones. Art.  Certificado de Existencia y representación Legal cuando sea persona jurídica  Cc del propietario cuando sea persona natural  Formulario de Autoevaluación y plan de mejoramiento cuando corresponda. . 10 De la autoevaluación  Las instituciones deben realizar autoevaluación del servicio que prestan  Se debe diligenciar un formulario según los estándares establecido en el Acuerdo 138/2004 y formular planes de mejoramiento si es necesario. 7 Procedimientos para realizar el registro  Diligenciar el formulario para que le sea asigando el # de inscripción por la WeB  Imprimir y Radicar dentro de los 10 días siguientes al Diligenciamiento en la Gerencia de Infancia con los soportes  Soportes Cco del establecimiento. diligenciado y firmado por el responsable  Cuando el DABS haya verificado el diligenciamiento y doc. 8. 9 Incumplimiento de la Obligación de Registrarse  Las instituciones que incumplan recibirán concepto Desfavorable Capítulo III De la autoevaluación Art.  La gerencia de Infancia del DABS llevará y coordinara el registro de las instituciones. 6. Actualización de Información en el Registro Inicial  Cuando halla adiciones.   De carácter público : Representante Legal De Carácter Privado: Propietario ya sea natural o Jurídica (Represetnate legal) Los Hogares comunitarios (HOBIS) se exceptúan Art.  Si pasa el tiempo sin subsanar esto se hará una visita de verificación y en caso de que esté operando se le dará un CONCEPTO DESFAVORABLE por incumplimiento en la presentación de los doc. modificaciones o correcciones sobre la información suministrada al momento de la inscripción es obligación realizar la actualización correspondiente  Deben diligenciar la autoevaluación y plan de mejoramiento cuando sea el caso directamente en la WEB. Coordinador del sistema de Registro. Art. Completos le asigna # de identificación  Si hay doc. Que no fuerno anexados o diligenciados en debida forma tendrán no mayor a 1 mes para allegar lo requerido.  Se debe imprimir y radicar en la Gerencia De Infancia junto con los documentos que soporten la información Art. 16 Equipo de visitas  Integrado mínimo por 2 personas de la Gerencia de Infancia. Art.  Perfiles de ciencias sociales.  Los que visitan deben exhibir el carnet del DABS Art. arquitectura. 13 PQR ciudadanía  Le corresponde a la Gerencia de Infancia atenderlas. Art. seguridad.  Constancia de hora y fecha. niveles. y datos coherentes  Si se requiere documentación complementaria podrá requerirla a la institución concediendo un término según la complejidad. 18 Instrumento único de visitas  Se usa para registrar cada visita  Se realiza la evaluación.  Una actúa como coordinandora. O antes si tiene Adiciones.Art. 15 Verificación mediante Visitas  Se visitar la institución para evaluar el cumplimiento de los estándares de operación.   Se debe realizar al momento de realizar la inscripción en la Web y presentarse al momento de hacer el registro. 12 Verificación  El DABS verificará las condiciones en que se presta el servicio mediante el estudio de la información reportada y las visitas hechas. Es bajo gravedad de juramento Deben realizar la autoevaluación cada 2 años. Art.  Deben ser resueltas luego de hacer la verificación. ingeniería. procesos salubridad. 14 Verificación de información documental  En cualquier tiempo la Gerencia de Infancia podrá verificar la información y los documentos presentados por las instituciones  Usar cualquier mecanismo incluso solicitar información adicional. se emite el concepto . de la salud. Capitulo IV De la verificación Art. Art.  Solicitan que apliquen los correctivos necesarios para que el servicio se ajuste a las condiciones  Se deja constancia de las recomendaciones y planes de mejoramiento  El Instrumento único de visitas debes ser suscrito por el coordinador de visitas y por el responsable de la institución. educación. infraestructura.  Se realizara la verificación de oficio o en atención a quejas y peticiones de la ciudadanía. 17 Procedimiento de Visita  Verifica las condiciones de prestación del servicio y las consigna en el Instrumento único de visitas. .Art. 19 Resultado de la Verificación  Se realiza el estudio de toda la información (documentos y visitas) y se emite el concepto que quedará incluido en el Registro de la institución.  No será susceptible de los recursos de la vía gubernativa Art. 26 Planes de Mejoramiento  Acciones que la institución se compromete a desarrollar para dar cumplimiento  Son en un plazo determinado. 28 Tipos de Planes de Mejoramiento  Formulados por la institución  Acordados después de la verificación  Definidos unilateralmente por el DABS  Son de carácter obligatorio y serán incluidos en el Registro . Art. cronogramas y registros de seguimiento Art. cuando opere sin haber cumplido el registro. 27 Contenido de los Planes de Mejoramiento  Actividades. o cuando al haber obtenido concepto favorable condicionado no se cumpla durante un término fijado del Plan de Mejoramiento. Art. 22 Contenido de los conceptos  Contienen la evaluación y la explicación motivada con las razones.Capítulo V De los Conceptos Art. Art. 23 Término expedición del concepto  30 días hábiles siguientes a la visita hecha por la Gerencia de Infancia después de los resultados del análisis Art. 24 Publicidad  Se pueden consultar en el Registro Distrital de Educación Inicial  El último bimestre de cada año los publican en un medio impreso de amplia circulación Capítulo VI Planes de Mejoramiento Art. 20 Conceptos  El DABS emite conceptos acerca de las condiciones de operación del servicio. 30  Desfavorable: Incumple una o más condiciones indispensables. 21 Clase de Conceptos  Favorable: Cumple con todas las condiciones de operación requeridas  Favorable Condicionado: Cumple parcialmente las condiciones de operación según Art. materiales traslucidos.39.36. 33 Áreas . 32 De la Infraestructura  Recubrimientos que faciliten el aseo y mantenimiento  Toma eléctricas a 1.40 TITULO II CONDICIONES TÉCNICAS DE FUNCIONAMIENTO Capítulo I Ubicación e Infraestructura Art.35. Capítulo VIII Condiciones indispensables de operación Art.Capítulo VII De la suspensión y cancelación del registro Art. 29 Suspensión y Cancelación del Registro  Cuando el concepto sea desfavorable  Antes de cancelarlo se procede a suspender en un término de 3 a 6 meses para adecuar el funcionamiento  Cuando sea cancelado el registro puede ser reactivado solicitado la verificación de condiciones y que los conceptos sean favorables o favorables condicionados  Contra el acto de la cancelación proceden los recursos por vía gubernativa.50 mts  Sistema de manejo de residuos  Evitar filos en paredes y pisos  Para los nuevos jardines reglamentación para la discapacidad Resolución 14861/MSalud 1985  Escaleras y rampas anchas y pasamanos a ambos lados de 45-60 mts de altura. Art.  Pisos antideslizantes  Partes móviles de las ventanas deben ser altas para que no entren al jardín y evitar caídas  Las aberturas. 30 Condiciones indispensables  Art.38. 31 Ubicación  Regido en el Plan de Ordenamiento Territorial y Plan de Equipamientos del Sector de Bienestar. 34.  Iluminación perimetral Art. ventilación o iluminación con rejas. 5 mt2 por niño Al momento de usarse disponible 2 mt2 por niño. si desniveles. prejardín 3 -4 años. seguros e higiénicos. cálidos y suaves para estimular el gateo. recreación interior y exterior.  Capítulo II Proceso Pedagógico Art. sin filos. Luz natural y ventilación Zona de lactancia Cerca al área de maternal y caminadores zona de preparación de alimentos Párvulos 2-3 años.  Realizar actividades que fomentes los derechos sobre los niños y disminuyan los efectos de la vulneración. Usarse por turnos Cuando no cuente con áreas buscar un parque próximo con las medidas de seguridad del traslado y permanencia allí. zonas verdes 0.  Aseguramiento en salud: Deben verificar las condiciones de salud de los niños y los usuarios  Alimentación: Hábitos Saludables  Nombre y reconocimiento Parental: Registro civil de nacimiento. 34 La garantía de derechos  Dos niveles de competencias para la garantía de los derechos de los niños  Interior de la Institución garantizar el respeto hacia la familia. Para los nuevos jardines los sanitarios deben ser línea infantil y acorde a la estatura de los niños y población con discapacidad.            Área Educativa Materno 0-1 año Caminadores 1 a 2 años Materno las cunas no deben ocupar más del 50% para circulación Máximo 15 cunas Caminadores pisos antideslizantes y amortiguantes. .        Área de Servicio Cocina con las normas higiénico – sanitarias No usar líquidos combustibles ni biomasa (carbón mineral o vegetal) Aislada de los salones y con paso restringido Comedor fuera de la cocina y de fácil acceso y evacuación 1 aparato sanitario por cada 20 niños y una ducha por cada 30 niños Control de Esfínteres y bañeras dentro de la misma área maternal en espacios independientes. jardín 4 a 6 años 1 mts 2 por niño Area de depósito para almacenar material y estantes para guardar objetos personales de los niños Se busca que aumente a 2 mts 2 por niño      Área Recreativa Patios. la sociedad y el Estado.   Protección contra cualquier forma de violencia y abuso mediante desarrollo de acciones de prevención y denuncia. Derecho al ciclo total de educación mediante el acompañamiento para su vinculación a los siguientes niveles educativos. . 39. 36 Cuidado calificado  Conjunto de prácticas que se realizan con el objetivo de garantizar la seguridad y sano desarrollo. metodologías y experiencias  Es de orden Público Capítulo III Proceso Nutricional Art.  Promoción del buen trato a través de manifestaciones de afecto.  Sus objetivos de desarrollo infantil  Estrategias. 35 Reconocimiento de las características y potencialidades de los niños  Información oportuna. protección. 40 Proceso Nutricional  Deben contar con el concepto sanitario  Minuta como modelo y por porciones según la edad  0-6 meses: Lactancia materna  6 meses-6 años: Proteinas.  Hoja de vida del niño con la información correspondiente para su seguimiento.  Promoción de salud oral con hábitos higiénicos. crianza y apoyo  Verificación del estado de vacunación. suficiente y pertinente y relevante de las características. necesidades de desarrollo y potencialidades para la planeación de acciones pedagógicas. en caso de un esquema incompleto se debe informar al familiar e informar al Hospital de primer nivel  Seguimiento del crecimiento y desarrollo  Prevención y manejo de enfermedades  Manejo de brotes y otros eventos Art. Grasas. Onces 15%.Art. asesoría y formación de padres y cuidadores  Principales agentes de la educación inicial Art. Art.  Asignar horarios y rutinas  Promoción de lactancia materna como forma exclusiva 0-6 meses  Apoyo a los programas de suplementación de micronutrientes y dispensación gratuita de hierro a menores de 12 años. 38 De la orientación. 37 Promoción del desarrollo infantil armónico e integral  Acciones pedagógicas Art. Del proyecto pedagógico  Deben contar con un proyecto pedagógico que describa su concepción de educación Inicial. Comida 20% . Almuerzo 30%. Carbohidartos  Calorías repartidas Desayuno 20%. Nueves 15%.    Elabora un ciclo de menús repitiéndolo de manera regular Vigilar el estado nutricional y la alimentación Promoción de hábitos alimentarios y de vida saludable . 46 Procedimientos especiales de Seguridad  Manual de procedimientos de seguridad interna como externa (salidas)  Acciones en caso de extravío o muerte. estación de policía.Capitulo IV Exigencias de seguridad y salubridad Art. a padre sy madres. De los elementos fundamentales  Sistema de alarmas acústicas y luminosas  Señalización de Seguridad  Vías de Evacuación  Plano de Evacuación adaptados al nivel de los niños para que entiendan  Directorio de Emergencias del barrio Art. estación de bomberos informando detalladamente todo sobre el jardín. 48 Plan de Saneamiento  Protocolo de aseo. limpieza y desinfección de las áreas . 43. 47 Plan de Prevención de Accidentes  Plan de prevención donde se identifiquen los riesgos y se tomen las medidas necesarias  Entrenar al personal administrativo. 42 Contenido del Plan  Resolución 323 6-oct/2006 Expedido por DPAE Art. personería local. 41 Plan de prevención de Emergencias y desastres  Analizar riesgos y realizar planes de contingencias para prevenir y evitar los desastres  Debe ser Inscrito ante la Dirección de Prevención y Atención de Emergencias DPAE Art. o accidentes en rutas escolares  Manual de primeros auxilios  Seguridad en la llegada y salida de la institución  La persona que retire de la institución a un niño debe estar autorizada y acreditada par hacerlo mediante un carnet  Libro de novedades y reportes donde se anote las situaciones de cada niño Art. Art. hospital. Art. 45 Seguridad  Recursos humanos y tecnológicos suficientes para garantizar la seguridad de los niños y personal  Adoptar las medidas necesarias cuando entra personal ajeno a la institución  No se permite el uso de combustibles líquidos  Contar con los extintores suficientes  Concepto técnico de seguridad de los bomberos Art. 44 Reporte a Entidades de Prevención de Emergencias  Debe informar de la existencia al Alcadia loca. 52 Coordinación entre la Secretaría de Educación Distrital y el DABS  En caso de que una institución sea sujeta de control por parte de la Secretaría de Educación Distrital y DABS se informan mutuamente los resultados. 50 Recurso Humano  Es todo el personal requerido para el óptimo funcionamiento del Jardín  Talento humano que tiene a cargo la atención directa de los niños  Personal de Servicio de área cocina y área de aseo e higiene  Personal administrativo planeación.      Lavado y desinfección de los tanques Plan de manejo residuos ordinarios Programa de Salud ocupacional Manejo adecuado de alimentos Infraestructura dotación y equipos Control de plagas Art. administración. 49 Póliza de seguro  Para los niños porque pueden estar expuestos a riesgos Capítulo V Recurso Humano Art. 51 Perfil y proporción del recurso humano  1 persona por cada 20 niños  Nivel de Calidad 3 Formación Profesional  Nivel de Calidad 2 Formación Tecnológica  Nivel de Calidad 1 Formación Técnica  Mínimo Aceptable Bachiller Pedagógico o normalista superior  60% formación en educación 40% formación que contribuya al desarrollo infantil  No se deben suplir a los personales  Cursos de primero auxilios  Carnet vigente de manipulación de alimentos  Acreditar estudios TITULO III DISPOSICIONES FINALES Capítulo I Coordinación con otras entidades Art. 53 Coordinación entre la Secretaría de Salud Distrital y DABS . Art. Art. control y seguimiento. Art.  Planes de mejoramiento. padres. inscripción. Instrumentos y vigencias Art. 54  DABS informará en todo caso a las entidades competentes de las situaciones irregulares que se presenten. 55 Programas de fortalecimiento  DABS con apoyo de las entidades Distritales ejecutará programas de formación. Art. autoevaluación. En caso de que presten el servicio de alimentación el DABS informará a las instituciones correspondientes Art. registro. madres y cuidadores sobre salud y seguridad Capitulo II Plazos. 56 Plazo para cumplimiento de requisitos  El plazo máximo es según el art 22 del decreto 243/2006 y los señalados en el Plan Maestro de Equipamentos. 58 Difusión  Solo se difunde el contenido de la presente reglamentación y se desarrollara acciones de asesoría y acompañamiento .  Apoyará los proceso de formación de docentes. 57 Instrumentos y Manuales  La gerencia de Infancia elaborará instrumentos y manuales que haya lugar con el propósito de facilitar a los prestadores del servicio. asesoría y acompañamiento a las instituciones para aumentar la calidad de prestación de servicio. Art.
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