Responsabilidad Juridica Internacional Contra La Criminalidad (Vera)

March 29, 2018 | Author: Roylán Rodríguez Ruiz | Category: Extradition, Felony, Crimes Against Humanity, State (Polity), Criminal Law


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INSTITUTO DE ESTUDIOS SUPERIORES DE CHIAPASMATERIA DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO TRABAJO ENSAYO SOBRE EL RÉGIMEN JURIDICO INTERNACIONAL CONTRA LA CRIMINALIDAD CATEDRÁTICO MTRO. ROYLAN RODRÍGUEZ RUÍZ ALUMNA BURGUETE CRUZ VERA LUCIA GRADO: 6° GRUPO: B INTRODUCCIÓN El siguiente trabajo tiene como finalidad el exponer la forma en la que se llevan a cabo las relaciones entre los Estados con relación a la materia criminal, lo cual sabemos, hoy en día, es un tema del cual toda persona tiene conocimiento, aun en lo más mínimo. Como se sabe, existe una gran complejidad en las relaciones jurídico – internacionales, desde como un Estado debe de actuar frente a otro hasta en qué tipo de responsabilidad recae en el por sus respectivas acciones. En la dirección ahora apuntada, el incipiente papel desempeñado por los Estados, y sobre todo el que le resta por desempeñar, constituye, sin duda alguna, una referente ineludible a la hora de intentar desentrañar las incertidumbres generadas por el uso de medidas o acciones y el rompimiento de tratados internacionales realizados entre los sujetos con carácter internacional. La criminalidad es un problema que se ve tanto en los países más desarrollados como en los países en vía de desarrollo, lo cual obliga a los Estados a unir fuerzas, de tal modo, en que pueden enfrentarse a ésta con la ayuda y el apoyo firme de otras naciones, demostrando así, el cumplimiento de uno de los principios estructurales del derecho internacional: el deber de cooperación y ayuda mutua entre los países. Pero no va a ser cualquier acto ilícito que genere una relación de interdependencia entre los Estados, sino serán aquellos actos que, de ser tan graves las consecuencias que traen consigo, afectan de alguna manera la esfera jurídica de más de un ente internacional, por lo que se vuelven de interés de las naciones, de tal forma en que se les permite tener cierta jurisdicción sobre los asuntos de un país en el que usualmente no tienen soberanía. Veremos un poco más de cerca en que consiste la cooperación internacional y las áreas de atención primordiales en materia criminal. que es una clara muestra de la cooperación existente entre los países con relación a la transportación de criminales de un Estado a otro. Se tratara de explicar en qué consiste un delito internacional y un crimen internacional. De igual forma. Y por último.Como se expondrá a continuación. etc. analizaremos el papel que tienen las organizaciones internacionales intergubernamentales en los conflictos internacionales. la cual recaerá en el impacto del acto. enfocándonos en los tratados con temas criminales. podemos encontrar aquellas que establecen el modo de actuar de un Estado hacía otro en caso de quebrantación del tratado. definiendo el tipo de delito y en que consiste cada uno. así como lo explicaremos posteriormente. en el cual. el cómo pueden fungir como mediadores o incluso como entes de carácter judicial en el castigo o sanción de los delitos. . la forma en la que un Estado es responsable por la actuación que resulte ilícita de uno de sus órganos. la cooperación y la responsabilidad jurídica contra la criminalidad. en una forma más precisa. la expedición de un tratado internacional. tendrá como fuente. Veremos a detalle la clasificación delitos internacionales. primordialmente. Entre ese tipo de reglas. se observara a la figura de la extradición. haciendo mención de los principales órganos internacionales y la manera en la que estos establecen la ayuda entre naciones. las limitantes en las actuaciones de los Estados para reprimir el acto. las medidas que van a implementarse para poner fin a ese hecho. así como la diferencia entre ambas figuras. sus miembros van a establecer las reglas que van a regir la relación entre sus respectivas naciones. de tal forma que cualquiera de los Estados pertenecientes a las organizaciones internacionales se ven facultadas para proseguir a la persecución del sujeto por el delito cometido. el hecho de que la imputabilidad de los presuntos criminales de dichos delitos no se va a ver limitada por la nacionalidad del sujeto o del lugar donde se fue cometido el delito. cuya perseguibilidad y castigo resultan importantes para todos los Estados del mundo. .RESPONSABILIDAD JURIDICA INTERNACIONAL CONTRA LA CRIMINALIDAD 1. la jurisdicción es universal. en los cuales. 2004). 2004). los presuntos responsables de la comisión de uno de los dichos delitos pueden ser juzgados por cualquiera de los estados que forman parte de la comunidad internacional. Sobre los delitos internacionales. se pueden desprender los siguientes conceptos: ¤ Delito interestatal o transnacional: “Son delitos comunes que por sus características intrínsecas afectan a dos o más estados por lo que entra en juego la cooperación judicial internacional. Según lo anterior. en el Estatuto de Roma. delito internacional y delito contra el derecho internacional. Ahora bien. podemos desprender de dicho concepto. porque dichos delitos afectan a la propia humanidad. De igual forma. es necesario recordar la diferencia existente entre delito interestatal. Tomando en cuenta la distinción llevada a cabo por la Corte Penal Internacional en el 2002. debido a que dichos actos representan la notoria afectación de derechos que son inherentes al ser humano.” (Caicedo Perdomo. es decir.” (Caicedo Perdomo. los delitos internacionales son aquellos que el mismo derecho internacional reconoce. CONCEPTO DE DELITO INTERNACIONAL “Un delito internacional es aquel definido como tal por el derecho internacional público. 2. y a escala amplia de los derechos humanos. 2001) . los cuales afectan a la humanidad misma. CONCEPTO DE CRIMEN INTERNACIONAL “Constituye la violación de normas imperativas o de ius cogens por acción u omisión de los órganos y agentes del Estado cuyas consecuencias rebasarían ilícitos tradicionales. 2004). Y por último. A diferencia de éste. se ven obligados a la cooperación mutua para la persecución del delito. ¤ Delitos contra el derecho internacional: “Es aquel que surge por la violación de aquellos derechos establecidos por los propios estados en sus relaciones entre sí. en dos aspectos: Los sujetos involucrados en el hecho ilícito y el propio delito. Como pudimos observar. sin importar la jurisdicción de los Estados. el delito internacional. ¿Cuál es la diferencia principal entre los delitos mencionados? La diferencia recae. cómplices y encubridores. el cual va a afectar solo a los participantes en dicho arreglo. el delito contra el derecho internacional. va a ser aquel que surja de una violación de un tratado o un convenio realizado por dos o más Estados. como estos afectan a dos o más países.” (Remiro Brótons.” (Caicedo Perdomo.¤ Delito internacional: “Es aquel que surge cuando se quebrantan bienes jurídicos que son inherentes al género humano. sean o no agentes del estado. es castigado por todas los Estados. traducida en tipos penales que desencadenan en la persecución de individuos responsables como autores. principalmente. es aquel que al afectar a la humanidad misma. 2004). explicado anteriormente. pero. que constituyen violaciones graves. muy al contrario de la figura del crimen de derecho internacional.” (Caicedo Perdomo. el delito trasnacional es aquel que surge por la violación de aquellos delitos de orden común. es miembro del Estado o es un propio órgano del Estado. de tal forma en que la diferencia recae en que la violación de las obligaciones impuestas por normas de unas. . en los cuales el actor del mismo. CLASIFICACIÓN DE LOS DELITOS INTERNACIONALES Según lo establecido en el nuevo Estatuto de la Corte Internacional Penal. Puede distinguirse en su segundo párrafo. sino que representa necesariamente un hecho internacionalmente ilícito mucho más grave una transgresión que debe calificarse de otra manera y que debe estar sujeta en consecuencia a un régimen distinto de responsabilidad. se establecen cuatro categorías:  Genocidio  Crímenes contra la humanidad o de lesa humanidad  Crímenes de Guerra  Crímenes de Agresión. podemos hacer una distinción entre el crimen y el delito internacional. no pueden ser consideradas ni tratadas lo mismo de una violación como con las otras. 3. pero cuya violación es tan grave y amplia en materia de derechos humanos. que provoca la persecución de todo aquel involucrado en aquel acto contrario a la ley. podemos distinguir en la primera parte. una ligera diferenciación con el crimen de derecho internacional. donde el sujeto que lo comete puede o no ser parte del Estado.Basado en el concepto del autor. Tomando en cuenta lo anterior. cuya consecuencia es tan grave que rebasa una violación a un delito de orden común. que la figura del crimen internacional constituye aquellos hechos ilícitos. ” (Santos Villarreal. nos dice que este delito comprende las matanzas. la esclavitud. Los crimines contra la humanidad o de lesa humanidad. 2010). nacionalidad. etc. etc. raza o religión. son aquellos en los que el objetivo de un ataque son los civiles de un país. También suele considerárseles como un crimen de odio. e impedir el nacimiento en el seno del grupo y traslado de la fuerza de niños a otro grupo al que no pertenecen. Según el artículo 7to. y fue acuñado para describir la actividad de los nazis. se comprende en este crimen las desapariciones forzadas de personas. lesiones graves a la integridad física o mental de los miembros de un grupo. el asesinato. que significa muerte. sometimiento intencional del grupo a condiciones que lo lleven a la destrucción del grupo. y del latín cide. en el cual siempre va a procurarse la aniquilación de un grupo numeroso de sujetos que compartan las mismas características mencionadas con anterioridad. o sea. etc. del Código Penal Internacional. golpearlos.El genocidio. Es decir. Surge de combinar el griego genos. Estos crímenes. etnia. . usando métodos que pueden considerarse como una especie de “tortura colectiva” contra sus miembros. el sometimiento por medio de la separación de los miembros del grupo en distintos espacios dirigidos por la raza dominante (Aparteid). “es la acción perpetrada con la intención de destruir a un grupo por motivos de etnia. ofende. someterlos. El código penal internacional en su artículo 6to. son aquellos actos los cuales tienen como finalidad la extinción de un grupo debido a su religión. color de piel. como asesinarles en gran número.” (Santos Villarreal. los miembros de un Estado que no forman parte del gobierno de su país ni de las fuerzas armadas del mismo. “son los actos cometidos como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil. Se considera que estos. agravia e injuria a la humanidad en su conjunto. 2010). por su aberrante naturaleza. que significa raza o tribu. ” (Santos Villarreal. limitándonos a reafirmar en que estos crímenes constituyen el apoyo de un Estado a otro. Son los actos de dirección. Al no tener un concepto concreto. sino a los ciudadanos de dicho país. Este crimen puede constituirse en una acción o una omisión por parte del Estado colaborante. No están definidos concretamente en el estatuto. los crímenes de agresión. 2010).” (Santos Villarreal. los tratos crueles. etc. en los cuales. 4. Y por último. CONTRA LOS DELITOS . colaboración y encubrimiento de una guerra de agresión. en contra de otro. apoyo. se puede decir que constituye un crimen de guerra. existen cierta reglas sobre el modo de operación en el que un Estado puede responder al ataque de otro. por lo que. teniendo como ejemplo cuando los actos realizados por los soldados de un ejército trasgreden la esfera de derechos de forma grave. afectando no solo al gobierno. la tortura. no puede darse exactamente una explicación específica de dicho crimen. las consecuencias del conflicto recaen en la pérdida de miles de vidas. están tipificados en los cuatro Convenios de Ginebra de 1949. de tal modo en que se afecta la esfera jurídica del tercero. Como sabemos. “en el estatuto de la Corte son los crímenes contra la paz. cuando un Estado se sobre pasa en su contraataque al otro estado. 2010). la toma de rehenes. con acciones como el homicidio.Se consideran crímenes de guerra a “las violaciones graves al Derecho Internacional Humanitario en conflictos internacionales. COOPERACIÓN INTERNACIONAL INTERNACIONALES. las mutilaciones. Estos crímenes surgen de un conflicto entre un Estado y otro. será llevada a cabo por instituciones. país a país. unir fuerzas y colaborar juntos. utilizando todos sus recursos técnicos y financieros. entre estos puede estar un mediador que es aquel que es el juez que aclarece entre dos estados o cualesquiera que necesite de la cooperación internacional en un conflicto para que así las dos partes puedan ser escuchadas. 2010) La cooperación internacional contra los delitos internacionales. derivado de un conflicto entre las partes. juzgadas y tratadas con igualdad.” (INACIPE. para coordinar políticas.Primeramente.” (Lozoya Alberto. esta también abarca temas como creaciones . donde debe de haber un mediador -que por lo general será un país u órgano tercero-. que como es evidente. organización a organización para buscar la paz entre ellos. Entonces. la ayuda o apoyo al desarrollo con otros elementos como los de promoción comercial e intereses políticos y económicos. el cual ayudara a la resolución del conflicto. para saber en qué consiste la cooperación internacional contra lo delitos internacionales. organismos o Estados de diferentes países. “La cooperación internacional consiste en el trabajo en comunidad llevándolo a cabo por parte de uno o más grupos de personas. organizaciones. Esto permite que se entienda como el conjunto de acciones a través de las cuales se intenta coordinar políticas o unir esfuerzos para poder alcanzar objetivos en plano internacional. Pero la cooperación internacional contra los delitos internacionales no solo va a limitarse a la moderación de conflictos. los cuales buscan la paz y un plano de igualdad entre las partes. debemos tener una idea clara sobre que trata la cooperación internacional en general. 1999) Es decir. Conjuga. la cooperación internacional aplicándola en materia de delitos internacionales consiste en “la ayuda que se dan entre estado a estado. de tal forma en que todos esos entes se encuentre en un plano de igualdad entre ellos. la cooperación internacional es aquel conjunto de actos. está constituida por la ayuda mutua entre países o entre organizaciones. un. internacional o contra el mismo derecho internacional. expediciones de peticiones de extradición. ÁREAS BÁSICAS DE LA COOPERACIÓN Las áreas básicas de cooperación internacional en la criminalidad. social. Puede imponer sanciones o incluso autorizar el uso de la fuerza para mantener o restablecer la seguridad internacional. Dicho ente. la cooperación internacional en asuntos que versen sobre hechos criminales. cumplimientos de los mismos. de peticiones de persecución de un delito trasnacional. establece dos órganos principales en la organización. puede explicarse tomando como referencia a dos de las grandes organizaciones mundiales. seguridad económica y seguridad social de forma colectiva.de tratados internacionales. en que todos los países se encuentren en un plano de ayuda mutua y apoyo en contra de la comisión de delitos o crímenes que pueden afectar no solo a un país. los cuales tienen justamente como tarea. la cooperación entre las naciones pertenecientes al organismos. de tal forma. cultural y el respeto a los derechos humanos. las cuales tienen como finalidad principal.. en asuntos como seguridad política. seguridad jurídica.org/es/sc/about/) Este órgano derivado de las Naciones Unidas. tiene como finalidad principal actuar como mediador y juzgador en una relación derivada de un conflicto entre dos o más .” (http://www. 5. sino a varios de ellos.La Organización de las Naciones Unidas tiene como propósito realizar la cooperación internacional en la solución de problemas internacionales de carácter económico.  Consejo de Seguridad: “El Consejo de Seguridad toma la iniciativa y determina si existe una amenaza a la paz o un acto de agresión. 1. Hace un llamamiento a las partes en conflicto para que lo solucionen pacíficamente y recomienda métodos de ajuste o condiciones de arreglo. Por ese motivo. de tal forma en que pueda evitar las graves consecuencias que puede generar una contienda armada o política entre los países. los enormes costos económicos y las secuelas de los conflictos es evitándolos.” (http://www. 2. utilizando los medios militares para intervenir en aquellos conflictos en los que se vea envuelto uno de sus países miembros con algún país ajeno a la organización. realizando para ello. es una institución intergubernamental que tiene por objeto la defensa colectiva de sus integrantes.La OTAN o más conocida como “la Organización del Tratado del Atlántico Norte. entre otras. instauro el departamento de la diplomacia preventiva y mediación. el uso de la diplomacia.un. tomar las medidas necesarias para asegurar la seguridad internacional.. las Naciones Unidas tienen un papel importante en la prevención de conflictos. teniendo como objetivo el tratar de prevenir los conflictos entre las naciones. Los enviados especiales y las misiones políticas en el terreno son algunos de los recursos para fomentar la paz.Estados.nato. constituye un sistema de defensa colectiva. y de ser indispensable. proporcionar las maneras en las que puede solucionarse el conflicto. en la cual los Estados miembros acuerdan defender a cualquiera de sus miembros si son atacados por una facción externa.int/) Esta organización exclusiva de los países del atlántico norte -salvo Colombia-.shtml) La ONU.” (http://www. . encargándose de determinar si existe o no un hecho ilícito contra la paz internacional.org/es/dpa/diplomacy. como lo es la aplicación de sanciones o el uso de fuerza armada. campañas para proporcionar orientación y apoyo con enviados especiales y mediadores designados por la institución.  Diplomacia preventiva y mediación: “La manera más efectiva de mitigar el sufrimiento humano. los buenos oficios y la mediación. en su constante búsqueda por la paz social. lo cual se refiriere a la relación o vínculo jurídico que se establece entre dos personas. la cual va a originarse en un contrato o convenio. que terminan clasificándose en dos vertientes. una obligación es aquello que una persona está forzada a hacer. recaen primeramente. coordinación. . aun cuando la ONU o la UNESCO. consulta y diálogo en asuntos de índole militar. en medida. que los métodos utilizados por la organización para la colaboración en la resolución de los conflictos en vez de cooperar positivamente. TIPOS BÁSICOS DE LAS OBLIGACIONES Como bien sabemos. 6. existe lo que se conoce por el nombre de obligación jurídica.A pesar de que los miembros oficiales de la OTAN se ve limitada a los países que firmaron el tratado de Washington. Las obligaciones que son dirigidas a la materia internacional. las cuales son la Asociación de Paz y la Asociación Euro-Atlántica. siendo estos asociados de la organización. Su actividad tanto con los países miembros como con los países versa principalmente en el apoyo. lleguen a considerar en algunas ocasiones. en el cual. más graves. de tal forma en que su jurisdicción no se encuentra del todo limitada en los países no miembros. ellos se obligan al cumplimiento de condiciones establecidas en dicho documento. que puede tratarse de una imposición legal o de una exigencia moral. Al estar unidas se hace vital que una de las partes tenga que llevar a cabo el cumplimiento de una prestación a la otra parte. Dentro del ámbito del Derecho. de tal forma en que los asuntos pueden volverse. en la realización de un tratado o un convenio firmado por varios Estados entre sí. cuentan con figuras las cuales les permiten colaborar con otros países. resulta contraria a ese rumbo. que si bien. ɷ Elemento objetivo. siendo el propio Derecho . 2001) El Estado es una persona moral. El mismo proyecto. por lo que van a serle imputables las acciones u omisiones de individuos o de grupos de individuos que constituyen agentes u órganos que conforman su derecho interno. ɷ Elemento subjetivo. a que el comportamiento del Estado contraria a un tratado constituye una violación a una obligación internacional.” (Comisión de Derecho Internacional. 2001) ¿Qué trata de decirnos esto? Es claro que la CDI nos dice que. Solo el Derecho internacional puede ser tenido en cuenta para calificar un hecho de ilícito. acto u omisión. primeramente. internacionalmente ilícito debe ser imputable al Estado. el cumplimiento de los puntos contenidos en el tratado internacional ya genera una obligación por sí sola.Según el artículo 1º del proyecto de reglamentación del derecho internacional. ilicitud: “El incumplimiento de un convenio internacional que genere un hecho ilícito será imputado al Estado causante de dicha infracción.” (Comisión de Derecho Internacional. el Estado que lo cometa se va a ver obligado a tomar la responsabilidad sobre las consecuencias que traiga la realización del acto infractor. al existir un convenio entre las partes. sin importar que ese hecho sea considerado lícito en el derecho interno. ya que no tiene ninguna relevancia. se establece que "todo hecho internacionalmente ilícito de un Estado da lugar a la obligación internacional de éste. en su condición de sujeto de derecho internacional. encontrándose facultados para ejercer atribuciones de poder público. en su artículo 2° nos menciona que pueden desprenderse dos elementos que determinan la obligación por el hecho ilícito.” (Comisión de Derecho Internacional. 2001) Se refiere. como se ha mencionado antes. siendo el quebrantamiento de dichas reglas la que genere otro tipo de obligación a cumplir. tras la comisión de un hecho ilícito internacional. atribución: “La existencia de un hecho. lo cual va a generar interacción entre los mismos. Una vez establecidos los elementos para constituir la obligación de un Estado. EXTRADICIÓN DE CRIMINALES Se ha definido la extradición como “el acto mediante el cual un Estado hace entrega de una persona que se halla en su territorio. que la reclama por tener ahí el carácter de inculpada. debe de tomar las medidas necesarias para asegurar que aquel ilícito no sea nuevamente cometido. a otro Estado.” (Suprema Corte de Justicia de la Nación. pudiendo estar obligado a: a) “A ponerle fin si ese hecho continúa. Los sujetos que componen la extradición relación son:  El Estado requirente: Es el país que va a solicitar la extradición del imputado. b) “A ofrecer seguridades y garantías adecuadas de no repetición.  El Estado requerido: Es el país a quien se le solicita la extradición.internacional el que establezca que la acción u omisión realizada por el Estado no sea de conformidad con lo que de él se exige. se determina en qué tipo de obligación recae el Estado responsable del hecho ilícito. a fin de que sea sometida a juicio o recluida para cumplir con la pena impuesta. . Simplemente. el Estado que cayo anteriormente en un hecho ilícito. 2004). 7. Es decir. buscar la solución más rápida y efectiva del hecho ilícito que continua ejecutándose. La extradición se compone de una serie de actos realizados por parte de los sujetos implicados en una extradición. 2004). procesada o convicta por la comisión de un delito.” (Caicedo Perdomo. si las circunstancias lo exigen. en cuyo territorio se encuentra el imputado.” (Caicedo Perdomo. 2008). proceso en el cual deben otorgarse al sujeto solicitado todas las garantías que a su favor establezcan las leyes internas del Estado solicitante.  Estado Requerido y el Sujeto Reclamado: “Aquí el Estado está obligado a brindar protección a las garantías del sujeto reclamado en todo momento y con independencia de la determinación que tome respecto de su extradición. 1993) Estos tienen como fuente los tratados internacionales en materia de extradición que existan entre las partes.” (Colín Sánchez. será sometido al sistema penal de dicho Estado cuando se trate de la ejecución de una sentencia firme.  Estado Requirente y Estado Requerido: “Se da una vinculación de naturaleza jurídica internacional. a quien se le atribuye la comisión de un delito. establece que se darán tres tipos de relaciones en el proceso de extradición. 1993) La relación recae en que el sujeto reclamado va a ser sometido a un proceso ante los tribunales del Estado requirente. donde se va a determinar la obligación de entregar a quien sea reclamado en las condiciones estipuladas en el mismo.” (Colín Sánchez.” (Colín Sánchez. de tal forma que este.  Estado Requirente y el Sujeto Reclamado: “Este vínculo se da en virtud. de que estará sometido a un proceso penal ante los tribunales del Estado requirente. debe de brindarle el libre acceso a sus garantías individuales una vez comenzado el juicio o la ejecución de la sentencia en su contra. o bien. El Sujeto Reclamado: Es la persona objeto de la petición de extradición. en una compilación de material sobre extradición. ¿Cuál es la relación especifica entre estos sujetos? El Instituto Nacional de Ciencias penales. lo cual los sujeta al de derecho internacional público. 1993) . al tenerlo a su disposición. que es el presunto infractor de la ley.” (INACIPE. es el propio imputado quien de forma voluntaria. 2014) En esta.  Extradición voluntaria: ”Tiene lugar cuando el individuo reclamado se entrega por cuenta propia. entrega al Estado que lo requiere -cualquier país extranjero-. extradición voluntaria. extradición espontánea y extradición de tránsito. se entrega a la autoridad para su extradición. los sistemas de extradición existentes y subsecuentemente. cuando se habla de extradición se habla también del Estado requerimiento o solicitante. el Estado requerido y el extraditable.  Extradición pasiva: “Se produce cuando un Estado determinado es el requerido por encontrarse prófugo en su territorio el acusado o procesado por un delito cometido en otro Estado. aplicarle una pena o una medida de seguridad. la extradición pasiva. por lo que este procede a pedir la extradición del sujeto en el país extranjero. Una vez establecidas las partes y las relaciones que se dan en la extradición. quien se refugia en un país extranjero. debemos de pasar a los tipos de extradición. de tal forma en que estos van a estar por encima de la decisión sobre la extradición misma.” (INACIPE. se explicara el procedimiento de las más aplicadas en nuestro sistema mexicano.  Extradición activa: “Se da en los casos en los que es el Estado el que solicita a otro país la entrega de una persona. un sujeto para ser sometido a un proceso.Esta recae en que el Estado requerido debe de velar por los derechos y garantías del inculpado. Como tipos de extradición tenemos a la extradición activa. sin formalidades.” (INACIPE. 2014) Se da cuando un tribunal mexicano emite una orden de aprehensión o dicta una sentencia en contra de un ciudadano mexicano. . 2014) Surge cuando el Estado requerido -en este caso México-.  El sistema judicial: “Consiste en que un juez quien realiza la sustanciación del procedimiento hasta la concesión o no de la extradición. llevar a cabo el procedimiento y determinar la entrega o no de la persona requerida. El mismo documento en cuestión. 2014) En este sistema es un juez quien va a ser el encargado de llevar a cabo la petición formal de extradición.  El sistema administrativo: “Corresponde al titular del poder ejecutivo. será el Presidente del país el encargado de dirigir el procedimiento de extradición y de decidir si esta se acepta o se niega. nos explica los tres sistemas utilizados en el proceso de extradición.  El sistema mixto: “Intervienen en el procedimiento tanto el poder ejecutivo como el poder judicial. se ve realizada a través del territorio de un país tercero a la extradición. . a través del funcionario competente.” (INACIPE. 2014) En este sistema.” (INACIPE. 2014) Aquí es una mezcla entre los dos sistemas anteriormente mencionados. La extradición espontánea: “Consiste en el ofrecimiento de la extradición por parte del estado supuesto reclamado.” (INACIPE. 2014) Aquella producida cuando la extradición de un Estado a otro.  Extradición de tránsito.” (INACIPE. se habla mayormente del sujeto de quien emana o se aprueba la petición formal de extradición. 2014) Aquella en la cual. donde a diferencia de los conceptos anteriores. siendo quien lleva a cabo la petición formal de extradición y es el presidente del país quien decide si se va a aceptar o va a denegarse la petición formal de extradición. “Se produce cuando el traslado de la persona reclamada desde el Estado requerido hasta el Estado requirente se realiza a través del territorio o de espacios sometidos a la soberanía de un tercer Estado.” (INACIPE. el Estado Mexicano ofrece la extradición del inculpado al estado que lo requiere al tener al sujeto bajo su disposición. la Procuraduría General de la Republica y los Juzgados de Distrito. SRE: Examinara la petición formulada por el estado requirente. va a promover ante el juez de distrito competente. un juez de distrito. es quien determina la entrega o no del sujeto requerido. aportar pruebas y en su caso.En México el sistema es mixto. le reenviara la misma a la embajada del estado requirente. Juez de distrito: Ya que se da la asignación de un juzgador en particular como resultado de la promoción de la PGR. ya sea concediendo o negando la extradición. oponer excepciones. salir bajo fianza. PGR: Una vez que recibe la petición. lo que tiene que hacer es: cumplir la orden de PFE. una vez efectuada la comparecencia del sujeto ante el juez de  distrito. Dictada la resolución. para que se le de la oportunidad de defenderse al sujeto  reclamado. envía la petición a la  PGR. la Secretaria de Relaciones Exteriores mexicana. interviene el Estado requirente. Entonces.  Estado requirente: Va a formular la petición formal de extradición que  entregara a su embajada. la extradición pasiva surge cuando el Estado mexicano entrega al Estado extranjero el sujeto reclamado. ya que interviene la secretaria de relaciones exteriores. mayormente se realizan la extradición activa y pasiva. las cuales se explicaran a continuación. Embajada del estado requirente: por vía diplomática esta va a presentar la o  las peticiones de la SRE. celebrar una audiencia para que el sujeto reclamado pueda nombrar un defensor. y al final el titular del poder ejecutivo federal. nos establece que en México. En este procedimiento. ¿Qué tipos de extradición y cuál es el procedimiento formal de extradición en cada una de ellas? El INACIPE. su embajada. Extradición pasiva: En México. SRE: Puede ser que para emitir su decisión tome en cuenta o no la opinión del juez de distrito. este emitirá una opinión que debe ser comunicada a la SRE. y si cumple con los requisitos ya sea de la ley o de los tratados internacionales. . determinara si es admisible o improcedente. En caso de admitirlo. revisándola y turnándola al asistente jurídico internacional para que elabore un oficio que será remitido a  la embajada mexicana del país requerido junto a la petición de extradición. Aquí interviene la Procuraduría General de Justicia. tienen la obligación de solicitar la extradición a través de la Procuraduría General de la Republica.  PGR: en el momento en que se sea solicitado por el agente del ministerio público o la procuraría general de justicia. Extradición activa: Se da cuando el tribunal mexicano emite una orden de aprehensión o dicta una sentencia en contra de un ciudadano mexicano. va a formular una petición provisional de detención con fines de extradición o una petición formal de  extradición. Estado requerido: Una vez que se le entregue la solicitud. quien se refugia en un país extranjero. le comunicara a la SRE la misma SRE: informa a la PGR. Embajada mexicana: una vez que tenga conocimiento de la determinación  emitida por el estado requerido. Embajada del estado requirente: Esta tiene que notificar de la resolución que  le hizo llegar la SRE a su estado PGR: Si la resolución que se le hizo conocer al estado requirente. ya sea el Agente del Ministerio Público o el Procurador General de justicia.  admitirá o negara la extradición. el paso siguiente es que se lleve a cabo una cooperación y acercamiento por parte de esta institución y el estado requirente para ponerse de acuerdo entre la fecha y el lugar de la entrega del sujeto reclamado. remitiéndolas a la SRE SRE: Da tramitación correspondiente a la petición. Embajada mexicana: Una vez que se le hizo llegar la petición. de la respuesta emitida vía diplomática por parte de estado requerido . se las entrega  al titular de cancillería del estado requerido. por parte de la SRE concedió la extradición. la Secretaria de Relaciones Exteriores. Entonces. la embajada mexicana en el país requerido y el Estado requerido. la estudiara y de considerar que cumple o no los parámetros del instrumento internacional. México ha firmado una gran cantidad de tratados en materia de extradición. desde la Convención de Montevideo sobre Extradición. PGR: Si la resolución la concede. para fijar día. por definición. EL PAPEL DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES Primeramente. tiene la obligación de ponerlo a disposición del tribunal que lo haya solicitado. 1998) . En cuanto lo tiene su custodia. con miembros. hora y lugar de la entrega del sujeto.” (Gutiérrez Posse. o presencia internacional y unos fines comunes. no solo en nuestro país. los cuales son: Australia Ecuador Panamá Bahamas El Salvador Paraguay Bélgica España Perú Belice USA Portugal Bolivia Francia Reino Unido de la Gran Brasil Grecia Bretaña e Irlanda Canadá Guatemala Corea del Sur Colombia India China Costa Rica Italia Uruguay Cuba Nicaragua Venezuela Chile Países Bajos 8. debemos de recordar que es una organización internacional. todo con el fin de procurar la máxima justicia. alcance. hasta tratados bilaterales. sino también en los países con los que cuenta con dichos convenios. el paso siguiente es que se lleve a cabo una cooperación y acercamiento por parte de esta institución y el estado requerido. “Una organización internacional es. regulada por un conjunto de normas propias. toda asociación conformada normalmente por sujetos de Derecho Internacional Público. pero enfocándonos en los asuntos criminales. mantener la paz social y la colaboración en aquellos asuntos de relevancia entre ellos. tanto en la expedición de los tratados. en la que cada uno de sus miembros. cometidos por ellas mismas. en aquellos asuntos donde su competencia le permite intervenir en los conflictos. como cualquier norma. recomendación y sanción de los asuntos inscritos a su índole por medio de un convenio o tratado internacional suscrito entre los países que forman parte de dicha institución. convenios y en los actos. con un cierto grado de imperio en sus resoluciones. las cuales. . son en total seis organizaciones internacionales con las que nuestro país cuenta con tratados que versan sobre criminalidad. códigos y demás documentos que considere necesarios para formalizar las relaciones entre sus miembros. expidiendo reglamentos. México. al igual que. con el objetivo de formular fines en común. regulación. cuenta con una gran variedad de tratados internacionales con organizaciones de gran relevancia en diferentes materias. tanto lícitos como ilícitos. cuente con un soporte y con la ayuda de una institución de mismo nivel.Entonces. de tal forma.  Recomienda sobre la observación y aplicación de la normatividad establecida tanto en sus relaciones como para cualquier órgano de índole internacional. por lo que su actividad de reduce a la recomendación a autoridades judiciales de un estado sobre la posible solución de conflictos. desde el punto de vista normativo. por organización internacional se entiende a aquel ente jurídico agrupado con otros de ellos. regular la conducta externa de todos aquellos con las que tenga relación.  Regula. ¿Cuál es el papel de las organizaciones? El papel de las organizaciones internacionales consiste en la revisión. debido a que no todas las organizaciones cuentan con imperio en materia judicial.  Revisa las acciones de los Estados. usualmente consisten en una sanción económica al país que resulte responsable.  Sanciona. cuya función es asegurar las disposiciones relativas a la .mx/)  Organización para la Prohibición de las Armas Químicas: Es una organización internacional independiente que coopera con las Naciones Unidas.cr/)  Organización Internacional para las Migraciones: Es una organización intergubernamental fundada en 1951 y que se ocupa de la problemática de las migraciones. Se define como una asociación de gobierno global que facilita la cooperación en asuntos como el Derecho internacional.org/es/ )  Corte Interamericana de Derechos Humanos: Es un órgano judicial de la OEA que goza de autonomía frente a los demás órganos de aquella.corteidh. los asuntos humanitarios y los derechos humanos. principalmente sobre aquellas violaciones a derechos humados cometidos contra estos. (http://www. (http://www. (http://oim. la paz y seguridad internacional. autoridades y servicios cuyo objetivo es prevenir o combatir la delincuencia internacional.html)  Organización Internacional de Policía Criminal: Es la mayor organización de policía internacional. cuyo propósito es aplicar e interpretar la Convención Americana sobre Derechos Humanos y otros tratados de derechos humanos a los cuales se somete el llamado sistema interamericano de protección de derechos humanos. consolidar la democracia y promover el respeto de los derechos humanos.interpol. con 190 países miembros. con el objetivo de fortalecer la paz. (http://www.or.un.oas.org. que tiene como misión a comunicación policial para un mundo más seguro y por eso apoya y ayuda a todas las organizaciones. seguridad. (http://www. Organización de las Naciones Unidas: Es la mayor organización internacional existente.org/es/index. el desarrollo económico y social.int/es/Internet)  Organización de los Estados Americanos: Es una organización internacional panamericanista de ámbito regional y continental. puesto que el crimen internacional se considera que es aquel acto contrario a la ley cuya consecuencia es tan grave que rebasa una violación a un delito de orden común. . debido a que dichos actos representan la notoria violación de los derechos que son inherentes al ser humano.org/sp/) CONCLUSIÓN Partiendo de los primeros conceptos vistos en nuestro trabajo. (https://www. ¿por qué? Debido a la importancia de la definición de ambos hechos ilícitos.desmilitarización.opcw. mientras que el delito internacional es el acto delictivo reconocido por el derecho internacional. asistencia y protección contra las armas químicas. podemos comenzar con nuestra conclusión recalcando lo importante de la distinción del delito internacional al crimen internacional. no proliferación. Las actividades de cooperación criminal. debido a que estos son los que inmiscuyen a todos los Estados. En estos tenemos al Genocidio. partiendo de la consideración de que la cooperación internacional en materia criminal es un proyecto que requiere del esfuerzo de la sociedad en su conjunto y no sólo de algunos niveles de los gobiernos y que hace necesario adecuar las estructuras orgánicas. religión. normas y usos aplicables a los conflictos armados internacionales o internos. son aquellos casos en los que se va a ver afectada a toda la humanidad misma. etc.Aun a pesar de que la persecución de ambos delitos son importantes. nacionalidad. Es en este punto. los mecanismos y los instrumentos legales de combate al delito. que nace la cooperación internacional. puesto que. el crimen de agresión.. enfocándonos en las consecuencias y todos los problemas que genera en los Estados la criminalidad. que son violaciones graves a los convenios. ¿En qué casos puede observarse esto? Son cuatro grandes categorías que son establecidas por la Corte Penal internacional. la cual tiene como principal función la ayuda entre Estados y Organizaciones para buscar la paz y un plano de igualdad entre las partes. no solo a un par de ellos. que son ataques contra una población civil. recaen en aspectos como la mediación en conflictos y la resolución que den fin a los . y por último. que por lo graves que resultan sus consecuencias. que son aquellos actos u omisiones de un Estado a favor de otro cuando este se encuentra en un conflicto con un tercero. a los crímenes contra la humanidad. Ahora bien. se ha visto la obligación de conjuntar las acciones de los Estados y organizaciones internacionales para impulsar las acciones en defensa del orden jurídico y la defensa de los derechos de los individuos. el personal que tiene a su cargo estas tareas. se le consideraron como delitos internacionales. para nuestra materia es el delito internacional el principal a analizar. al crimen de guerra. como la misma definición del delito nos dice. que bien sabemos es el exterminio de un grupo de personas por cuestiones de raza. en su mayoría. la imposición sanciones o la autorización del uso de la fuerza. Las organizaciones internacionales. siendo las más importantes de ellas la ONU y la OTAN. La segunda. podemos desviarnos momentáneamente para explicar cuáles son los tipos básicos de las obligaciones internacionales sobre la criminalidad. aun cuando esta última. Esto lo podemos confirmar en dos de los órganos que emanan de esta institución. las cuales fueron creadas con el fin de atender los aspectos más primordiales de la cooperación internacional. sumado al hecho de que los actos realizados por esta en la supuesta defensa de sus Estados miembros puede considerarse realmente drásticas y más que acciones de apoyo. la recomendación de métodos de ajuste o condiciones de arreglo entre las partes en conflicto. está encaminada principalmente a la prevención de conflictos. es decir. que se considera como máximo órgano internacional de cooperación a las Naciones Unidas. esto con el fin principal de que todos los países se encuentren en un plano igual de ayuda mutua y apoyo. La primera coopera con tareas como el llamado para la solución de conflicto de forma pacífica. solo se encuentre limitada al apoyo de sus pocos Estados miembros y esté cerrada a la inclusión de nuevos integrante a sus filas. Relativo al tema de la cooperación internacional y sus áreas de atención. la búsqueda de la paz en el mundo. también juegan con papel crucial para la cooperación criminal. entre otras. pues realmente la misión y la actividad de esta misma cumple con el fin primordial de la cooperación internacional.mismos. suelen tomarse como acciones encaminadas a la obtención de un beneficio para los fundadores de la organización. haciendo uso de enviados especiales o de misioneros políticos. que son el consejo de seguridad y el departamento de diplomacia preventiva y mediación. la creación. revisión. al uso de la diplomacia y la mediación entre las partes que se encuentren en conflicto. Tomando como base el proyecto . al igual que los gobiernos de los Estados. para muchos. al ser un departamento. Es por ello. modificación de tratados internacionales y la vigilancia del cumplimiento de los mismos. va a generar la obligación de responder por las consecuencias que este genere. contando nuestro país con el sistema mixto. y la extradición pasiva. Así mismo. En el mismo documento. un Juzgado de Distrito. podemos concluir diciendo que es realmente importante el desarrollo y la mayor atención por parte de los Estados en el campo del apoyo al derecho . para terminar este pequeño análisis de los temas planteados en el ensayo.de reglamentación del derecho internacional hecha por la CID. de tal forma en que esto resulte en una especie de lección para el Estado considerado como infractor de un convenio o tratado internacional. podemos recalcar dos tipos que se dan comúnmente. que son la extradición activa. Tomando como un claro ejemplo de la cooperación internacional. en el cual intervienen la Secretaria de Relaciones Exteriores. terminar con el hecho ilícito y asegurarse de que el mismo no pueda volver a repetirse en el futuro. la cual tenemos tipificada en nuestras leyes. existen tres tipos de sistemas de extradición. y al final el titular del Poder Ejecutivo Federal. situación en la que es un gobierno extranjero quien solicita se le entregue al criminal refugiado en nuestro territorio. Cabe recalcar que es una de los claros procedimientos derivados de la cooperación internacional. ya que se observa siempre de un tratado internacional entre las partes y el cumplimiento del mismo. Enfocándonos en la figura de la extradición en nuestro país. Finalmente. respetando la soberanía entre ambas naciones. que son. la cual es llevada por el Estado Mexicano para traer al territorio a un criminal refugiado en el extranjero. la cual podemos resumir como aquel proceso mediante el cual un Estado le solicita a otro la entrega de un sujeto que se encuentra en su territorio debido a que el mismo es imputable a la comisión de un delito. en uno de sus artículos nos dice que cualquier hecho realizado por un Estado que sea considerado un delito internacional. tenemos a la figura de la extradición de criminales. nos establece claramente los dos tipos de obligaciones que debe de cumplir el Estado infractor una vez cometido el delito. de tal forma en que esta figura sea un área fundamental en todos los gobiernos de los Estados existentes. creando así. Derecho internacional Público.  Gutiérrez Posse. el perfecto Estado de Derecho. Derecho internacional. facilitando la legalidad de las uniones internacionales.  Instituto Nacional de Ciencias Penales. 2001. Antonio. aprovechando al máximo esta figura para prevenir todas las actividades ilícitas en el mundo y castigar a aquellos que irrumpan la paz mundial.internacional contra la criminalidad. Cooperación Internacional en materia Penal. y en especial. BIBLIOGRAFÍA  Instituto Nacional de Ciencias Penales. debe someterse a revisión para perfeccionar y aclarar su contenido y sobre todo procurar que los organismos internacionales respondan cada vez más a los intereses generales y menos a las fuerzas reales de poder que contribuyeron a su creación. 2004. Derecho Internacional Público.  Santos Villareal. 2014. en los aspectos de seguridad y preservación del orden jurídico y el combate a la delincuencia en todas las Naciones. Derecho Internacional Penal. La Corte Internacional Penal. 2010. La Nueva Política Mexicana de Cooperación Internacional. Jorbe Alberto. que en atención a sus evidentes limitaciones. Consideramos que para una coexistencia armónica y pacífica es necesario no sólo reconocer el poder de imperio del derecho y aceptar las diferencias entre Estados. 2010.  Remiro Brótons.  Anteproyecto de la Comisión de Derecho Internacional. La sociedad internacional. . al igual que nuestro propio país. han aceptado que el régimen jurídico internacional contra la criminalidad ocupa en la actualidad un papel central en las relaciones internacionales.  Caicedo Perdomo. Tomo l. 1998. José Joaquín. sino aprender a vivir con la idea de que la cooperación es indispensable y que el mejor instrumento para orientarla es el Derecho Internacional mismo. 1999. 2001. tratados y otros documentos. Gabriel Mario.  Lozoya. 2008.opcw.int/es/Internet  http://www.corteidh.un. BIBLIOGRAFÍA COMPLEMENTARIA  Ley de introducción del Código Penal Internacional.  Padro Saldarriaga.org.oas.cr/ http://www. 2012. WEBGRAFIA         http://www.un.org/es/index.interpol. Cooperación judicial internacional en materia penal: el estatuto de roma y la legislación nacional.  Nuevo Estatuto de la Corte Penal Internacional.or.html http://www.mx/ http://www.org/es/ .un.org/sp/ http://oim.org/es/sc/about/ https://www.shtml http://www. Victor Roberto.nato.int/ http://www. Suprema Corte de la Justicia de la Nación.org/es/dpa/diplomacy.
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