Reglamento Interno PIETBAF B.I..docx

March 18, 2018 | Author: Javier Rubio | Category: Working Time, Regulation, Evaluation, Social Institutions, Society


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“AÑO DE PROMOCIÓN DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y COMPROMISO CLIMÁTICO”Baños del Inca, 14 de enero de 2014. OFICIO Nº 02-2014-COORD.PIETBAF SET-B.I.-C. SEÑOR: . DIRECTOR DE LA UNIDAD EJECUTORA 309 UGEL - CAJAMARCA. ASUNTO Inca” : Hace llegar Reglamento Interno del PIETBAF (SET) “Baños del ------------------------------------------------------------------------------------- Tengo el honor de dirigirme al despacho de su digno cargo, con la finalidad de hacerle llegar el Reglamento Interno del PIETBAF (SET) “Baños del Inca”, de la jurisdicción de Cajamarca. Es propicia la oportunidad para hacerle llegar los sentimientos de mi alta consideración y estima personal. Atentamente. MAD 13824 RPC 949272018 Regístrese y comuníquese. que norme la vida institucional del Programa. Nº 007-2001-ED. Normas de desconcentración administrativa en el Sector Educación. D. Estando a lo informado por la Comisión revisora y de conformidad con el D. TERCERO: DEJAR sin efecto las demás normas que sobre administración y organización interna tenga el Programa. a fin de garantizar un eficiente servicio a la comunidad. que aprueba el Reglamento de Educación Inicial. y la R.Nº008-76-ED. En la fecha se ha expedido la presente Resolución Directoral Nº 01-2014DREPIETBAF--SET-BAÑOS DEL INCA-CAJAMARCA.Nº0181-ED. CONSIDERANDO: Que es necesario contar con un documento técnico de gestión actualizado. 14 de enero de 2014. que consta de 11 Capítulos y 82 SEGUNDO: DISPONER de la difusión. observación y estricto cumplimiento del presente Reglamento. SE RESUELVE: PRIMERO: artículos.M. APROBAR el presente Reglamento.S. . Nº 168-2002-ED.S.“AÑO DE PROMOCIÓN DE INDUSTRIA RESPONSABLE Y COMPROMISO CLIMÁTICO” RESOLUCION DIRECTORAL INSTITUCIONAL Nº 01-2014-PIETBAF (SET)-BICAJAMARCA Baños del Inca.S. R. prestará sus servicios entre el 1º de Marzo al 31 de Diciembre del presente año. 1º Concepto El Reglamento Interno del PIETBAF (SET) “Baños del Inca” es un Documento Técnico Normativo Legal que contiene normas específicas para el comportamiento de los miembros que lo integran. CAPITULO II DEL PROGRAMA. Dir. OBJETIVOS Y ESTRUCTURA ORGANICA. Art. CREACION. Nº018-88-ED-Reglamento de Asociación de Padres de familia. . D. reglamento de la Ley del Profesorado D. FINES. Dir. 6º El PIETBAF (SET) “Baños del Inca” está ubicado en el Distrito de Baños del Inca y zonas cercanas al área de influencia.REGLAMENTO INTERNO DEL PIETBAF ( SET) “BAÑOS DEL INCA” CAPITULO I DEL REGLAMENTO DISPOSICIONES GENERALES Art. Art. 3º Base Legal El Reglamento Interno tiene como Base Legal La Constitución Política del Perú. ley del profesorado Nº24029 y su modificatoria Ley Nº25212. 5º Creación El PIETBAF SET “Baños del Inca” se crea mediante RSRS 0320 del 1|3-06-96.S.01990-ED.S. Nº 01-2012-GRCAJ-DRE/UGEL-CAJ-AGP-EBR-EI. Art. Art. 2º Finalidad El presente reglamento tiene por finalidad normar las acciones Técnico Pedagógicas y Administrativas del Programa a fin de garantizar el desenvolvimiento del personal a fin de elevar el nivel de eficiencia institucional. Personal Promotor. 4º Alcance Las disposiciones del presente Reglamento serán cumplidas por el personal Docente Coordinador. funciona con autorización para trabajar como SET con la Res. Art. Ugel Nº 1610-2012ED-CAJ de fecha 09-11-2012. La Ley General de Educación Nº 28044. niñas y niños y Padres de Familia de la SET. Incorporar población menor de tres años al proceso educativo. Órgano Técnico Pedagógico Personal promotor. desarrollar y evaluar el Diseño Curricular Nacional. CAPITULO III . 8º Son fines y objetivos del `PIETBAF (SET) “Baños del Inca”. Art. f. en estrecha relación con la familia y la comunidad. 10º Son funciones generales del PIETBAF (SET) Baños del Inca. b. b. Baños Punta.Art. Yahuar Huaca. Brindar atención integral a niños y niñas menores de tres años. niñas y niños. Implementar servicios complementarios que atiendan a las necesidades básicas de la niña y el niño. d. interviniendo en las obras de interés social. Órgano de participación Comité de apoyo. Shaullo Chico. e. ejecutar y evaluar programas dirigidos a los padres de familia. Art. e. Aplicar el nuevo Diseño Curricular Nacional de acuerdo a las necesidades de los participantes y de la Comunidad. A. a. Programar. c. Programar. La Molina y La Shilla Moyococha. las Siguientes a. diversificado en función a las características del medio y del educando. ampliando la cobertura de atención a comunidades cercanas al Distrito de Baños del Inca. Aplicar nuevas formas de educación de acuerdo con el Diseño Curricular Nacional que facilite el aprendizaje de los niños y niñas. Lograr la participación de los ppff y comunidad en la gestión del servicio educativo. Participar en las acciones de promoción y desarrollo de los Centros Poblados de: La Esperanza. 9º El PIETBAF (SET) “Baños del Inca” está constituido por los siguientes Órganos. Orientar y asesorar a los padres de familia para una mejor atención y cuidado de sus menores hijas e hijos. Moyococha. ejecutar y evaluar íntegramente las acciones y servicios educativos que se desarrollen en su ámbito de acuerdo con la demanda y características de la comunidad. Art. 7º El PIETBAF (SET) “Baños del Inca” tiene carácter estatal y está destinado a ofrecer sus servicios a niñas y niños menores de tres años de edad. Órgano de Dirección Coordinadora B. C. d. a fin de favorecer el desarrollo integral de sus hijos e hijas. c. Programar. ORGANO TECNICO PEDAGOGICO DEL PERSONAL PROMOTOR Art. seguir. 11º El Órgano de Dirección está formado por La Docente Coordinadora y depende administrativamente y pedagógicamente de la Dirección Regional de Educación de Cajamarca y de la UGEL Cajamarca. k. Es responsable de planificar. alimentación y otros asuntos que respondan a sus necesidades e intereses. etc. Realizar el proceso de captación de las niñas y niños beneficiarios del Programa. coordinar. Representar legalmente al Programa PIETBAF (SET) “Baños del Inca” b. Organizar. 13º Son funciones de la Coordinadora del PIETBAF (SET) a. g. h. Asistir a las reuniones semanales de asesoramiento e implementación. a través de la Especialista de Educación Inicial.DE LAS FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS ORGANOS Y MIEMBROS QUE LO INTEGRAN Art. La Promotora depende de la Coordinadora b. gestionar. Promover el mejoramiento de los servicios que brinda el Programa. contando con la participación del Personal Promotor. Art. salud. 12º La Coordinadora es la primera autoridad del PIETBAF (SET) y es el vínculo Con el Ministerio de Educación. f. Brindar Estimulación Temprana durante 4 horas pedagógicas diarias de lunes a viernes a un total de 10 niños/as. Coordinar con otros sectores: salud. Formular. Brindar permanentemente asesoramiento técnico-pedagógico a los promotoras sobre aspectos de Programación y Evaluación curricular. organizar y Orientar. i. alimentación. Seleccionar y capacitar a su personal promotor con apoyo de la Comunidad. Art. 14º Son funciones del personal promotor a. así como de manejo de documentos del Programa. c. ejecutar y evaluar el Plan Anual de Trabajo del Programa. Cumplir con su jornada laboral de 40 horas. e. Realizar el seguimiento de las actividades educativas que ejecutan las promotoras. d. Velar por el desarrollo integral y buen trato a las niñas y niños del Programa. y tiene la responsabilidad del Programa. ejecutar y evaluar reuniones periódicas con los padres de familia para brindar orientación y asesoramiento sobre aspectos de Estimulación temprana. A fin de ejecutar acciones conjuntas a favor de las niñas y niños del Programa. j. . acompañar y monitorear las acciones educativas. c. Dedicarse íntegramente al trabajo con niños y niñas. 17º El Plan Anual constituye un documento orientador de las acciones técnico pedagógicas del PIETBAF (SET) “Baños del Inca” Art. supervisar y evaluar el Plan Anual de Trabajo.d. juegos. Respetar el desarrollo económico que realiza la Coordinadora. Para facilitar el proceso de adaptación de las niñas y niños. responsables de colaborar con la dirección del Programa en El desarrollo de las acciones educativas. DEL ORGANO DE PARTICIPACION DE APOYO Art. b. e. Participar en el proceso educativo de sus hijos. se elaborará los lunes de cada semana. Art. 21º La Coordinadora velará por el aumento de material educativo promoviendo la participación de los padres de familia y el apoyo de otras instituciones. ejecutar. Asistir puntualmente a los Centros de operaciones. 15º El Órgano de Participación del PIETBAF (SET) es el Comité de Apoyo de los Padres de familia. etc. 18º El Plan Anual de Trabajo se elabora en el mes de diciembre. Intervenir en el desarrollo de actividades educativas que ejecuta el Programa. f. 19º La Coordinadora es la responsable de la ejecución y de la evaluación del Plan anual de Trabajo. DEL DESARROLLO CURRICULAR Art. 20º La Programación curricular a nivel de Programa. Realizar actividades como: cantos. de Abril a Diciembre. a la vez que informará a la UGEL de Cajamarca. haciendo los reajustes necesarios. Orientar y ejecutar las actividades de estimulación Temprana con la aplicación de nuevas actividades. . e. como órgano de participación desempeña las siguientes funciones a. Sustentar la línea axiológica del Programa en la marca de los valores de la Constitución. cumpliendo su jornada laboral de cuatro horas diarias. en coordinación con los padres de familia y personal promotor. Art. Art. g. h. Formular. Aplicar la prueba de entrada (lista de cotejo) asesorada por la Coordinadora. d. CAPÌTULO IV DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO Art. 16º El Comité de Apoyo de los padres de familia. bailes. c. 29º La jornada laboral de las promotoras es de cuatro horas pedagógicas diarias. 26º La jornada de trabajo es el tiempo de permanencia del personal en el Programa. 27º La jornada laboral de la Coordinadora es de 40 horas a la semana. elaboración de material educativo y los días viernes se llevarán a cabo las reuniones de implementación al personal promotor. 31º la coordinadora del PIETBAF (SET). Art. seguimiento. 28º La Coordinadora distribuirá su tiempo de la siguiente manera La Coordinadora ejecutará visitas de asesoramiento. 30º El horario de trabajo en el PIETBAF (SET) es de MAÑANAS Entrada Salida 8. Art. 23º El año escolar se inicia el 1º de Marzo y se termina el 12 de Diciembre del 2014. atención a padres de familia. acompañamiento. Art. monitoreo y supervisión al personal promotor de lunes a viernes de 8. tales como: . 20 horas semanales. 25º Se desarrollarán actividades de celebración del calendario cívico. está en la obligación de llevar documentos oficiales de control de asistencia.30 a 12. Art.30 en sus respectivos Centros de Operaciones.00 la Coordinadora desarrollará sus labores administrativas. Por las tardes de 2. 24º Las fechas de vacaciones intermedias se norman por disposición específica. 22º La Programación curricular la ejecutan o desarrollan directamente las Promotoras con el asesoramiento continúo de la Coordinadora. CAPITULO V DE LA ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO EDUCATIVO DEL PLANEAMIENTO EDUCATIVO Art.30 am 12. Art.00 a 6.Art. Art. completando el total de 40 horas semanales.30 am Art. Sólo hay suspensión de labores por ley. CAPITULO VI DEL FUNCIONAMIENTO Art. Teniendo un margen de tolerancia de 30 minutos. considerándolo a partir de los 10 minutos de tope de tardanza.- Registro de control del asistencia docente y del personal promotor. las mismas que serán anotadas en el registro de control de asistencia de la coordinadora. 37º La salida de los niños y niñas del programa queda prohibida. 33º El registro de control de asistencia de la Coordinadora permitirá consolidar la asistencia mensual de asistencia mensual de asistencia a la DRE de Cajamarca. Permanencia Art. 39º Se considera como tardanzas. DE LAS INASISTENCIAS Art. 34º El personal promotor registrará su asistencia diaria en el Registro de control de asistencia según el horario de atención establecido en cada programa. sólo se podrá efectuar cuando lo soliciten los padres de familia y/o apoderados. 32º Es obligación de coordinación registrar su asistencia de acuerdo al horario establecido en el Programa. . Art. Art. 36º La coordinadora estará en el Programa media hora antes del ingreso del personal animador y permanecerá media hora después de la hora de salida de las promotoras. 38º El personal promotor desde la hora de llegada permanecerá en el programa y no saldrá de él sino hasta su término de trabajo. Art. salvo motivos de fuerza mayor y con permiso de la coordinadora. Art. Art. una vez que haya pasado la hora señalada para sus actividades de estimulación. 35º el personal promotor tiene a su cargo: El registro de asistencia diaria de los alumnos en el cual se anotarán las tardanzas o inasistencias que estos pueden tener. considerándola de uno a diez minutos. 42º Constituye inasistencia de la coordinadora toda ausencia al programa. 41º Se considerará tardanza la ausencia del niño al programa. Tardanzas Art. Registrándose la misma en el respectivo registro de asistencia del personal animador. el cual es visado por la Coordinadora en cada visita. anotado la hora de ingreso y la hora de salida del mismo. Art. 40º Se considerará tardanza al personal promotor que llegue 15 minutos más tarde de la hora fijada como su entrada. Art. las ausencias temporales o posteriores a la hora fijada como entrada. Art. DE LAS PROMOTORAS Art. la coordinadora limitará su labor del primer semestre y a preparar material educativo. Art. Art. Art. 50º El personal promotor no goza de vacaciones de fin de año por ser personal contratado del cual fenece su contrato en el mes de diciembre. Art. para lo cual elevará un oficio a la coordinadora lo más antes posible. por vía normal para su respectiva información de la coordinadora. 43º Toda justificación por inasistencia de la coordinadora se hará por acto formal escrito dirigido a la DRE de Cajamarca. 51º El personal animador no goza de vacaciones de medio año donde participa conjuntamente con la coordinadora en la preparación de material. Considerándola a partir de los 15 minutos de tolerancia por tardanza.Art. 48º La coordinadora tiene derecho a 60 días de vacaciones al término del año lectivo. DE LOS ALUMNOS Art. hasta el último día del mes de marzo del próximo año. 49º Durante las vacaciones del medio año. Art. Art. PROMOTORAS Y ALUMNOS DE LA DOCENTE COORDINADORA Art. . 47º La coordinadora es quien deberá otorgar el permiso a las niñas o niños por causales debidamente justificados y siempre que el padre o apoderado de a conocer este hecho con anticipación. 45º Toda justificación por inasistencia del personal promotor debe ser por caso grave o fuerza mayor. es decir. 44º Constituye inasistencia de personal promotor toda ausencia al programa. 52º Las vacaciones de los alumnos se iniciarán el día primero después de la clausura del año académico. programación curricular para el segundo semestre. 46º El alumno que haya faltado al programa deberá ser justificado por su padre o apoderado. DE LAS VACACIONES DE LA DOCENTE COORDINADORA. padres e hijos por días. por fallecimiento del cónyuge. en Coordinación con la UGEL de Cajamarca. para realizar previo concurso. como profesora en los siguientes casos: a. para su especialización o perfeccionamiento en el país o en el extranjero hasta por dos años. 54º La coordinadora tiene derecho a licencia con percepción de sus remuneraciones de conformidad con las disposiciones pertinentes en los siguientes casos: a. b. para asumir la representación del país en evento internacional de carácter deportivo. hasta por dos años por estudios profesionales de especialización o post – grado en educación. DE LAS COMISIONES DE SERVICIO Art. durante un año cada siete años continuos. EVALUACION Y CERTIFICACION DE LA MATRICULA Art. cultural. hasta por un año por motivos particulares dentro de un quinquenio. por representación sindical para dirigentes nacionales y departamentales. 59º La matrícula para las niñas y niños menores de tres años. d. por beca. c. por motivos debidamente justificados. por maternidad. f. 55º la coordinadora tiene derecho a licencia sin goce de haber. Art. 53º Las vacaciones de medio año se iniciarán el 30 de julio al 08 de agosto. Art. Art. 58º la coordinadora se podrá ausentar del programa siempre y cuando tenga que realizar coordinaciones con las instituciones de la ciudad de Cajamarca. se hará durante todo . por el tiempo que dure el desempeño de funciones públicas como procesos electorales o asumir cargos políticos o de confianza en la administración pública.Art. b. estudios o investigación de acuerdo con los programas o cuotas que establece el Ministerio de Educación. 57º la coordinadora participará en sesiones de programación Curricular cada 15 días. 56º la coordinadora puede gozar de tres días de permiso con goce de haber durante el año. CAPITULO VII MATRICULA. y c. enfermedad y accidentes según lo establecido por el régimen de seguridad nacional. Art. e. sindical y otros que señale el Reglamento por el plazo máximo de 30 días. Mantener en todo momento comportamiento personal y social acorde con la dignidad de la función magisterial. DEBERES. bonificaciones y subsidios que le corresponden conforme a ley. d. según la disponibilidad de vacantes que haya en el Programa. 60º Es obligatoria la presencia de los padres de familia en el acto de la matrícula y en caso de imposibilidad de estos. ESTIMULOS. DE LA EVALUACION Art. PROHIBICIONES. Desempeñar sus funciones con responsabilidad. 61º La evaluación de los educandos se realizará en forma permanente. la Coordinadora hará entrega a los padres de familia del niño/a el informe de Progreso del mismo. FALTAS Y SANCIONES DE LOS DERECHOS DE LA COORDINADORA Art. DE LOS DEBERES DE LA COORDINADORA Art. capacitación y perfeccionamiento para el mejor desempeño de la labor educativa. Cumplir sus funciones con dignidad y eficiencia. Recibir aliento y estímulo para su perfeccionamiento integral. 65º Son deberes de la Coordinadora: a. integral. CAPITULO VIII DERECHOS. 64º La Coordinadora como docente tiene derecho a: a. Art. capacidades y actitudes y actividades de los programas realizados. eficiencia profesional y dedicación. Inculcar el respeto a los símbolos patrios y cultivar los valores morales y cívicos que sustentan nuestra cultura. b. d. Gozar con licencia con o sin goce de haber. 62º La evaluación de las niñas y niños tiene en cuenta logros de aprendizaje. DE LA CERTIFICACION Art.el año. de conformidad con lo establecido en la normatividad vigente. ATRIBUCIONES. . lealtad a la constitución y a los fines del Programa. c. Cooperar con los padres de familia en la formación integral de las niñas y niños. e. orientándolas en beneficio de la Comunidad. e. 63º Al finalizar el año escolar. Recibir asesoramiento. Ser informado sobre causal de posibles sanciones. la de un apoderado. Recibir dentro del haber único de remuneraciones. c. b. flexible y sistemática. Art. DE LAS PROHIBICIONES DE LA COORDINADORA Art. e. Orientar al educando sin respeto a su libertad. No concurrir puntualmente al Programa y no observar las normas establecidas. Realizar actividades distintas a su cargo durante el horario normal de su trabajo. c. d. f. práctica de buenas costumbres. b. Haya destacado en el servicio de sus funciones. Cumplir sus acciones sin dignidad y eficiencia. Art. c. b. 66º Son prohibiciones de la Coordinadora: a. será estimulado según las disposiciones vigentes cuando: a. Realizar venta de artículos dentro del Programa. Realizar labores político partidarias durante el cumplimiento de sus funciones. mediante acciones de formación. empleo positivo del tiempo. No respetar los valores éticos sociales de la Comunidad y no participar en el desarrollo cultural cívico y patriótico. c. b. Multa de 2 a 10/30avas partes de sus remuneraciones. DE LOS ESTIMULOS Art. No cooperar con los padres de familia en la formación integral de los niños y niñas. b. DE LAS SANCIONES Art. No asesorar debidamente al personal animador. Amonestación. Imponer a las niñas y niños castigos corporales. d. Realice acciones excepcionales en beneficio de la educación y la cultura. Cumpla eficientemente con las tareas y/o comisiones encargadas por la comisión correspondiente. 69º La Coordinadora como docente es objeto de las siguientes sanciones: a. salvo circunstancias de fuerza mayor. con deslealtad a las leyes de la República y a los fines del Programa. . e. Abandonar su cargo sin previa renuncia o licencia concedida por escrito. 68º Constituye faltas cometidas por la Coordinadora: a. 67º legales El personal del PIETBAF (SET). buenos hábitos. Art.c. b. por parte de la Coordinadora y/o el comité de apoyo de los padres de familia. DE LOS ESTIMULOS AL PERSONAL PROMOTOR Art. Ser informado de la causal de posibles sanciones. personal y social acorde con la dignidad de la función educativa que se encuentra desempeñando. b. d. dar maltrato a las niñas y niños e imponer castigos corporales. 71º el personal promotor tiene derecho a: a. Recibir asesoramiento y capacitación por Coordinadora para el mejor desempeño de su labor educativa. DERECHOS DEL PERSONAL PROMOTOR Art. realizar actividades distintas a su función durante el horario normal de su trabajo. abandonar a su cargo y dejar solo al niño o a la niña sin avisar a la Coordinadora. Recibir alientos para su óptimo servicio educativo. Separación temporal en el servicio hasta por tres años o separación definitiva de Servicio. c. cumplir sus funciones con dignidad y eficacia. Suspensión en el ejercicio de sus funciones sin derecho a sus remuneraciones de 10 a 30 días. c. d. 72º son deberes de las promotoras: a. PROHIBICIONES DEL PERSONAL PROMOTOR Art. 73º son prohibiciones para las promotoras: a. c. cumpla eficiente y satisfactoriamente durante las tareas y/o funciones que demanda su trabajo educativo. DEBERES DEL PERSONAL PROMOTOR Art. realizar actividades partidarias durante el cumplimiento de sus labores. b. orientar al educando con respeto y dignidad. 74º el personal promotor será estimulado cuando: a. 70º Las sanciones se aplican según la gravedad de la falta y teniendo en cuenta los antecedentes del servidor. mantener comportamiento laboral. DE LAS FALTAS DEL PERSONAL PROMOTOR . sexo. b. c. en caso de incumplir en falta grave se comunicará al especialista de Nivel para su separación del trabajo. ESTÍMULOS. idioma. amonestación escrita por la Coordinadora y/o comité de apoyo de padres de familia. DE LOS ESTIMULOS DE LOS NIÑOS Y NIÑAS MENORES DE TRES AÑOS Art. c.Art. religión o de otra índole. respetando las diferencias individuales debido a su propio desarrollo. ser tratado con dignidad. c. f. dentro de un ambiente que le brinde seguridad moral y física. b. FALTAS Y SANCIONES A LOS ALUMNOS. ser aceptado en el programa sin discriminación alguna por razones de raza. entre otras: Mención honrosa. usar la vestimenta libremente que les es proporcionada por sus padres. 78º se hacen acreedores a estímulos los alumnos que realicen acciones extraordinarias en el Programa educativo. DE LOS DERECHOS DE LOS ALUMNOS Art. no concurrir puntualmente al horario de trabajo asignado por el Programa. recibir información integral en cada uno de los grupos etáreos. 75º constituye faltas cometidas por las animadoras: a. cumplir sus funciones sin dignidad y con deficiencias en el servicio educativo. llamada de atención por la Coordinadora. CAPÍTULO IX DE LOS DERECHOS. 76º el personal promotor que incumpla sus funciones será acreedor a: a. no cooperar con la Coordinadora en el trabajo con padres de familia y comunidad. recibir atención integral para su desarrollo físico. PROHIBICIONES. DEBERES. DE LAS SANCIONES Art. d. 77º el educando del PIETBAF (SET) tiene derecho a: a. b. recibir en forma gratuita los servicios que ofrece el programa. ATRIBUCIONES. . e. intelectual y socio emocional. dando así solución a cualquier impase que se presente. por lo tanto no se cuenta con capacidad instalada. Así mismo no contamos con recursos económicos por no tener ingresos. Baños del Inca. así mismo con la UGEL de Cajamarca. 80º la coordinadora del PIETBAF (SET) coordinará con otras instituciones para una mejor labor y atención a las niñas y niños. pudiendo ella coordinar con el Comité de Apoyo si es necesario.CAPÍTULO X DE LAS RELACIONES Y COORDINACIONES Art. son itinerantes. . Autoridades de la Comunidad. 81º los programas especiales por naturaleza no cuentan con local propio. Disposiciones complementarias: Art. así tenemos: salud alimentación Municipalidad Otras instituciones CAPITULO XI DE LA ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS Art. 79º El PIETBAF (SET) coordinará con el comité de apoyo de padres de familia. serán consultados a la coordinadora del Programa. Art. 82º los casos no contemplamos en el presente. 14 de enero de 2014.
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