REGLAMENTO INTERNO 2016.docx

March 25, 2018 | Author: Herminio Delgado Vasquez | Category: Higher Education, Teachers, Curriculum, Regulation, Secondary Education


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“AÑO DE LA CONSOLIDACIÓN DEL MAR DE GRAU”MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIAL REGIONAL DE EDUCACION DE LAMBAYEQUE INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACIÓN PÚBLICO “SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS” CHICLAYO CALLE CAHUIDE N° 427 – JOSE LEONARDO ORTIZ TELEFONO N° 251246 – TELEFAX 251247 e-mail:[email protected] CHICLAYO 2015 “AÑO DE LA DIVERSIFICACION PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACION” PRESENTACIÓN EL REGLAMENTO INSTITUCIONAL DEL INSTITUTO SUPERIOR DE EDUCACIÓN PUBLICO “SAGRADO CORAZÓN DE JESÚS”, del Distrito de José Leonardo Ortiz, provincia de Chiclayo, Región Lambayeque, es un documento de gestión que orienta las funciones y responsabilidades del Personal Directivo, Jerárquico, Docente, Administrativo, de Mantenimiento y de los estudiantes de formación Pedagógica y Tecnológica de nuestra Institución, así como los derechos, deberes y obligaciones, estímulos, faltas y sanciones. Su elaboración responde al mandato establecido por el D.S. Nº 004-2010-ED. Reglamento de la Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior, adecuados a nuestra realidad y con proyección a lograr la visión institucional propuesta en el Proyecto Educativo Institucional (PEI). Está estructurado en VI TITULOS y 11 Disposiciones Complementarias, las cuales han sido actualizados de acuerdo a los dispositivos emanados por la superioridad, así como a las exigencias y necesidades institucionales. La operatividad y funcionalidad del presente Reglamento, depende fundamentalmente del compromiso e identificación institucional consciente de todos los que conformamos la Familia Sagradina. José Leonardo Ortiz, 14 Setiembre del 2015 REGLAMENTO INSTITUCIONAL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I FINES, OBJETIVOS Y ALCANCES DEL REGLAMENTO INSTITUCIONAL 1.1. FINES Art. 1° El presente Reglamento Institucional tiene como finalidad: a. Contar con el documento normativo para la Gestión y Control de la organización y funcionamiento del Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús” del distrito de José L. Ortiz, de la provincia de Chiclayo, Región Lambayeque. b. Optimizar la funcionalidad de la Gestión Institucional referidos al desarrollo académico, administrativo e institucional, así como la Misión, Visión, Naturaleza, Objetivos, Estructura y Funciones. c. Garantizar la calidad de los servicios educativos institucionales tendientes a formar profesionales en educación y profesionales técnicos eficientes y competitivos que contribuyan al desarrollo local, regional y nacional. d. Desarrollar en el personal directivo, docentes, administrativos, de servicios y estudiantes la responsabilidad, respeto y lealtad a la norma, generando clima institucional favorable para el desarrollo de sus estamentos. 1.2. OBJETIVOS Art. 2° Son los objetivos del presente reglamento: a. Normar la gestión académica, administrativa e institucional con el propósito de proporcionar servicios educativos de calidad. b. Adecuar la Estructura Orgánica y funciones específicas de cada uno de los estamentos que conforman la Institución de Formación Docente y Tecnológica de acuerdo a la normatividad vigente. c. Garantizar el cumplimiento de lo normado en el presente Reglamento, con la finalidad de optimizar la calidad del que servicio presta. d. Consolidar la integración de los estamentos que conforman la institución a fin de garantizar el trabajo cooperativo. e. Promover la proyección social a través del área pedagógica y tecnológica. 1.3. ALCANCES Art. 3°. El presente Reglamento es de cumplimiento obligatorio para los diferentes actores de la Comunidad Educativa Sagradina: a. b. Orientar los procesos técnicos-pedagógicos, administrativos y de proyección a la comunidad. Personal Jerárquico. b. Personal Docente Estable y Contratado. c. Personal Administrativo y de Servicio. d. Estudiantes. e. Usurious 1.4. BASE LEGAL Art. 4º. La base legal sobre la cual se sustenta el presente Reglamento es:  Constitución Política del Perú  Ley 28044, Ley General de Educación  Ley de Reforma Magisterial No 29944 y su Reglamento aprobado por D.S. No 004-2013ED Ley No 28740, Ley de Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento aprobado por D.S. No 018-2007-ED.  Ley No 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y su Reglamento aprobado por D.S.No 004-2010-ED.  Ley N° 27815 Ley del Código de Ética de la Función Pública y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 058 -2004-PCM  Ley 28157 -2004 Ley Marco del Empleado Público.  D. L. N° 276.Ley de Bases de la Carrera Administrativa.   Ley Nº 27050, Ley General de la Persona con Discapacidad Decreto Supremo No 29-2003 –ED “Lineamientos del Programa Nacional de Emergencia Educativa”.  Decreto Supremo Nº 028-2007-ED, Reglamento de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas Empresariales en las Instituciones Educativas Públicas.  Decreto Supremo N° 028-2007-PCM Dictan disposiciones a fin de promover la puntualidad como práctica habitual en todas las entidades de la administración pública.  D.S.No 028-2007-ED, Reglamento de Gestión de Recursos Propios y Actividades Productivas y Empresariales en las II.EE. Públicas.  R:M.No 0411-2010-ED. “Modificación del TUPA “ Modificar y disponer la publicación de los procedimientos que corresponden a las Direcciones Regionales de Educación e Institutos y Escuelas de Educación Superior, establecidos a la R.M.No 070-2008-ED) ,conforme al anexo No 02 y No 03.  R.M.No 023-2010-ED, Plan de Adecuación de los Institutos y Escuelas de Educación Superior.  R.M.No 0297 -2012-ED, Programa Descentralizado de Fortalecimiento Profesional Docente  R.M.Nº 046-2013- ED, Aprueba la Directiva N°002-2013-MINEDU/VMGPDIGESUTP- DESP: “Normas Y Orientaciones Nacionales para el Desarrollo de las Actividades Académicas durante el año 2013, en los Institutos y Escuelas de Educación Superior de Formación Docente y Artística a Nivel Nacional  Resolución Ministerial Nº 0023-2010-ED. Aprueban Plan de Adecuación de los Institutos y Escuelas de Educación Superior a la Ley No 29394. Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior.  R. D. No 0321 -2010-ED, Lineamientos para elaborar a Reglamento Institucional y Documentos de Gestión de los Institutos y Escuelas de Educación Superior.  R.D. No 165-2010-ED, Aprueba los Diseños Curriculares Básicos Nacionales para las Carreras Profesionales Pedagógicas de Educación Inicial, Educación Primaria, Educación Secundaria, Especialidades de Ciencia Tecnología y Ambiente, Matemática, Comunicación, Educación Física, Idiomas Especialidad Ingles Computación e Informática para su aplicación por los Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógicos Públicos y Privados, a partir de las Promociones Ingresantes en el año 2010, y su modificatoria R.D.No0570-2010-ED.  ED.ISEPSCJ-DG.GREL. Proyecto Educativo Institucional del ISEP”SCJ”  .  R. No 087-2015. No 1053 -2011.R. rectificada por Resolución Jefatural No898-2010-ED.ED. Modifican la Directiva “Normas que regulan al Proceso de Selección de Personal para cubrir mediante encargatura de puesto o de función las plazas directivas y jerárquicas de los Institutos y Escuelas Nacionales y Educación Superior Publico”. D. No 0452 -2010.  R.J. J. Aprueba la Directiva No 022-2010 –ME/SG-OGAUPER “Normas que regulan el Proceso de Selección de Personal para cubrir mediante encargaturas de puesto o de función las plazas directivas y jerárquicas de los Institutos y Escuelas Nacionales y de Educación Superior Públicos”. LAM aprueba el Reglamento de Asistencia. medidas de Austeridad y Racionalidad del Gasto Público 2008.  Resolución Jefatural No 0452 -2010.-ED-Lineamientos Nacionales para el Desarrollo de la Practica Pre-Profesional en carreras docentes en Institutos y Escuelas de Educación Superior Pedagógicos Públicos y Privados. Lineamientos para elaborar a Reglamento Institucional y documentos de gestión de los Institutos y Escuelas de Educación Superior. Puntualidad Permanencia de Funcionarios y Servidores del Gobierno Regional Lambayeque.  Resolución Directoral Nº 0592-2010-ED. .  Resolución Directoral N° 0910-2010-ED Modifica la disposición complementaria 8.ED.  Resolución Directoral N° 408-2010-ED “Aprueba lineamientos para titulación de los egresados de Institutos de educación Superior tecnológico e institutos superiores pedagógicos que aplique el nuevo diseño Curricular básico.Normas y orientaciones nacionales para el desarrollo de las actividades académicas durante el año 2012 en Instituto y escuelas de educación Superior de Formación Docente y Artística. Resolución Directoral Nº 0029-2012-ED.  RER N°287-2007-GR.  RER N° 0029-2008-GR-LAM.  Resolución Directoral No 0321 -2010.J No 0128 -2010-ED Aprueba la Directiva No 012-2010-MESG-OG-UPER del 09-02-2010 Normas y Procedimientos para la Contratación de Docentes en Instituciones Educativas Publicas. rectificada por Resolución Jefatural No898-2010-ED.  Resolución Directoral Nº 006—2011-ED-Lineamientos Complementación para el Proceso de Adecuación de los Institutos y Escuelas de Educación Formación Docente y artística.  R. aprueba la Directiva No 022-2010 –ME/SG-OGAUPER “Normas que regulan el proceso de selección de personal para cubrir mediante encargaturas de puesto o de función las plazas directivas y jerárquicas de los Institutos y Escuelas Nacionales y de Educación Superior Públicos”.2 y duplicado de diploma de título.  Resolución Directoral Nº 212—2011-ED-Normas que adecuan el procedimiento de atención de expedientes de autorización de carreras adicionales a los Institutos de Educación Superior Tecnológico. Normas Nacionales para la titulación y otorgamiento de duplicado de diploma de títulos en carreras docentes y artísticas en Institutos y Escuelas de Educación superior Públicos y Privados.1 y 8.  Resolución Directoral Nº 651—2010. aprueba la Directiva N°001-2008-GR.LAM/PR.  Resolución Directoral Nº 921—2010-ED-Aprueban los formatos oficiales de evaluación de uso externo e interno en los ISEP. Chiclayo Alma Mater en la formación docente y tecnológica. “Lineamientos para elaborar el Reglamento Institucional y documentos de gestión de Institutos y Escuela de Educación Superior” CAPITULO III VISION. . Su Directora fundadora fue la educadora Doña Rebeca Sarmiento de Baca Rossi. 8°. la práctica de valores y la identidad intercultural”. ACREDITACIÓN Y REVALIDACIÓN DE LA INSTITUCIÓN. con calidad humana. Art. FINES Y OBJETIVOS DE LA VISION: Art. secundaria. competente e innovador en el ejercicio profesional y en la investigación científica y tecnológica. utilizando como lineamientos metodológicos el trabajo corporativo de la comunidad educativa. Mediante D. MISION. Ley de Sistema Nacional de Evaluación. promotores de una cultura de paz y de desarrollo. capacidad científica y tecnológica. Inicia las labores académicas el 10 de mayo de 1958 cumpliendo con un Plan de Estudios de 3 años de Formación Profesional para otorgar el título de “Normalista: Primera Categoría”. así como las normas m o d i f i c a t o r i a s r e g l a m e n t a r i a s d e l a l e y d e Institutos y Escuelas de Educación Superior. Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa y su Reglamento aprobado por D. “El Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús” al 2015 es una institución pedagógica y tecnológica líder en la región norte. carreras tecnológicas de computación e informática y Guía Oficial de Turismo. DE LA CREACIÓN. siendo Ministro de Educación Don Jorge Basadre Grohmann.Chiclayo.S. Nº 004-2010-ED. según Ley N° 12875. del distrito de José Leonardo Ortiz. la Ley No 28740. regional y nacional. 5° El Instituto S u p e r i o r d e Educación Público “S a g r a d o Corazón de Jesús” de J o s é L e o n a r d o O r t i z . provincia de Chiclayo DE LA ACREDITACIÓN y REVALIDACIÓN. 6°. 7°. con autonomía en la gestión institucional que brinda una educación inicial y continua de calidad. se emite el Decreto Supremo N° 09-93-ED que convierte a la Escuela Normal en Institución Superior Pedagógico “Sagrado Corazón de Jesús” de J o s é L e o n a r d o O r t i z . DE LA MISION: Art.S. primaria. PRINCIPIOS. y que contribuye a la transformación de la sociedad actual con formadores con un nivel académico pertinente a los avances científicos y tecnológicos. “Somos una institución que brinda formación inicial y continua para formar profesionales en las carreras pedagógicas de educación inicial. enmarcada en una cultura de valores que responde a la demanda local. No 018-2007-ED.CAPITULO II CREACIÓN. y Presidente de la República Don Manuel Prado Ugarteche. Art. Y la resolución Directoral N° 0321-2010 ED. El presente Reglamento ha sido elaborado en base a las disposiciones legales que se establecen en la Ley 29394. Nº 004-2010-ED. su Reglamento respectivo D. garantizando el desarrollo sostenible y el empoderamiento regional y nacional. Se le denomina Instituto de Educación Superior Público “Sagrado Corazón de Jesús”. Debido a la promulgación de la Ley General de Educación N° 23384. con mística en el trabajo corporativo. En 1966 cambia de d e n o m i n a c i ó n a Escuela Normal Superior de Mujeres “Sagrado Corazón de Jesús”. En adelante se le ha dado distintas denominaciones. S. se crea como Escuela Normal Urbana de Mujeres “S a g r a d o Corazón de Jesús” el 31 de diciembre del año 1957. .manteniendo un clima institucional armónico y basado en los principios de la libertad. con la participación de otros sectores y de la sociedad civil organizada”. equidad y ética. PRINCIPIOS: Art. Concientización ambiental. FINES INSTITUCIONALES: Art.  Igualdad de oportunidades en el acceso.2.3. libertad.  Una Educación de calidad.2. que contribuyen a la transformación de la sociedad actual. tecnológica y continua. la libertad y la responsabilidad moral.  Conciencia ambiental. lingüísticas y étnicas. 2. la práctica de valores. . honradez. que asume como riqueza la diversidad cultural lambayecana buscando el reconocimiento y respeto a las diferencias para una adecuada convivencia armónica. solidaridad. 9° Los principios que rigen a la institución son:  Una Educación para la vida y el cambio social que conlleve a la formación de seres libres y auto realizados que trabajen por una sociedad más justa.  Respeto irrestricto a los Derechos Humanos. amor. que asegure condiciones adecuadas para una formación científica. la cooperación. VALORES INSTITUCIONALES Art 10°. capacidad científica y tecnológica enmarcada en una cultura de valores que responde a la demanda local. la educación ambiental. democrática y solidaria. Ser una institución que brinda formación pedagógica. con calidad humana. la educación intercultural y la conciencia ambiental. Asimismo la promoción de la identidad regional y nacional. como garantía para una mejor calidad de vida. 2.7.1. la conciencia democrática y la cultura de paz. b. permanencia y trato que garantice la equidad en la Institución. considerando las diferentes manifestaciones culturales. fraterna. 11°El Instituto Superior de Educación siguientes fines Público “Sagrado Corazón de Jesús” tiene los a. 2. con mística en el trabajo corporativo. Ser una institución educativa de nivel superior líder en la región norte.  El desarrollo de la capacidad creativa. equidad y justicia. promoviendo el desarrollo sostenible en nuestro país. 12º Son objetivos del Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús”. la solidaridad. regional y nacional. ética y democrática en el ejercicio profesional y en la investigación formativa y científica.Los valores que practican los miembros de la comunidad institucional sagradina son: Respeto.  Una Educación basada en la formación de valores que fortalezcan la conciencia. que motive la protección y conservación del entorno natural. pertinente y flexible. Que motiva el respeto. tanto individual como colectivamente.  La interculturalidad. responsabilidad. cuidado y conservación de nuestro medio natural. puntualidad. humanista y tecnológica. crítica y propositiva del futuro docente y profesional técnico. competente e innovadora. OBJETIVOS ESTRATEGICOS: Art. Tecnológica y continua de calidad. con autonomía en la gestión institucional que desarrolla una Formación Inicial Docente. dirigidas al intercambio académico. organizando los equipos de práctica y ejecutando la práctica y talleres de sistematización. procesos y recursos que sirvan para consecución de una educación de calidad desde la selección de ingresantes en el examen de admisión.15º El Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús” promueve la creación y el fortalecimiento de formas diversas de cooperación local. democrática y participativa en los eventos.1.3. ARTICULACION: Art. AUTONOMÍA: Art. transparente.1. Direccionar la investigación e innovación a través del Área correspondiente para la realización de proyectos de investigación e innovación que contribuyan al desarrollo regional y nacional. administrativas y económicas del ISEP “SCJ” se rigen por las disposiciones legales vigentes emanadas del Ministerio de Educación.2. 5. así como de la Gerencia Regional de Educación de Lambayeque. Perfeccionar los servicios de bienestar. a la realización conjunta de proyectos y . 13° Las actividades académicas. 8. nacional e internacional. 6. Ejercer influencia en el contexto social mediante diversas actuaciones de nuestros estudiantes y docentes para trascender y posicionar la imagen del instituto a nivel local y regional. realizando estudios de demanda laboral educativa. regional. 3. que conlleven a mejorar el rendimiento académico de los estudiantes. Velar por la pertinencia y la renovación de la oferta académica. designando roles. equipamiento y tecnología para brindar un servicio educativo de calidad. 14° Los estudios pedagógicos y tecnológicos realizados en el Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús” se articulan entre sí y con las universidades o de estas con el Instituto por medio de la convalidación académica o la homologación de planes de estudio y competencias de los estudiantes o titulados. CAPÍTULO III AUTONOMÍA. Implementar en condiciones óptimas la infraestructura. 4. 2. COOPERACIÓN NACIONAL E INTERNACIONAL 3. 9. COOPERACION NACIONAL E INTERNACIONAL: Art. 3. 7. ARTICULACIÓN CON INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y EDUCACIÓN BÁSICA. Actualizar y capacitar al personal docente. Organizar equipos de trabajo consensuados para dinamizar acciones técnico pedagógicas que contribuyan a la formación de docentes bien preparados con solvencia moral y responsabilidad social. seleccionando instituciones educativas. 3. administrativo. Trabajar con eficacia y eficiencia las áreas curriculares de práctica profesional y la investigación. Establecer el desarrollo de una gestión horizontal. de servicio y estudiantes para optimizar su nivel de desempeño. De no cubrirse el 20% de Ingreso por Exoneración se cubre con los postulantes ordinarios. LICENCIAS Y ABANDONO DE ESTUDIOS 1. TRASLADOS INTERNOS Y EXTERNOS DE MATRÍCULA.  Alumnos que han ocupado los dos primeros puestos en Educación Básica Regular en cualquiera de sus modalidades en los últimos tres años. Asimismo nuestra institución organizará redes educativas para implementar y desarrollar programas y acciones de colaboración y cooperación. HOMOLOGACIÓN. MODALIDAD DE INGRESO POR EXONERACIÓN a. b. del Plan de Reparaciones PIR. PROCESO DE ADMISIÓN: Art. MATRÍCULA. a fin de contribuir al mejoramiento de la calidad educativa.1. CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS.programas de formación y difusión del conocimiento y de la vinculación social.  Beneficiados de los Programas de Reparaciones en Educación. SUBSANACIONES. Se reserva el 5% de las metas de atención para personas con discapacidad que aprueben el concurso público de admisión. de no cubrirse con discapacitados se considera para el ingreso ordinario. EVALUACIÓN. la misma que comprende los siguientes aspectos:  Prueba escrita de conocimiento básicos generales 60%  Aspecto personal vocacional 20%  Prueba de aptitud para la carrera y/o especialidad a través de entrevista y prueba psicológica 20% c. b. acreditados por el Ministerio de Cultura o una Escuela Nacional de Arte. TÍTULO II DESARROLLO EDUCATIVO CAPÍTULO I PROCESO DE ADMISIÓN. Participan en esta modalidad de ingreso los egresados de la Educación Básica Regular que acrediten ser :  Egresados del Colegio Mayor Secundario Presidente del Perú. 1. El concurso público de admisión en la modalidad de ingreso ordinario.1. Para participar en el proceso de admisión en el ISEP “SCJ” se requiere haber concluido los estudios de la etapa de la Educación Básica Regular en cualquiera de sus modalidades.2. PROMOCIÓN.1.  Artistas calificados que hayan representado a la Región o al País.  Deportistas calificados acreditados por el IPD. 16º Modalidad de ingreso al ISEP “Sagrado Corazón de Jesús” se da bajo dos modalidades: 1. MODALIDAD DE INGRESO ORDINARIO a.1. .  Alumnos que ocuparan el 1er y 2do puesto de las instituciones educativas de Educación Básica Regular. consta de tres pruebas las mismas que son elaboradas por la institución teniendo encuenta las disposiciones legales vigentes emanadas por el MINEDU sobre la materia. previo pago de los derechos de matrícula extemporánea. b. d. La Dirección General. e. bajo responsabilidad. cuyas fechas y plazos establecidos deben ser respetados estrictamente por los estudiantes. Tesorero: Jefe del Área Administrativa. Art. d. y Dirección General. dentro de los quince días de realizada la convocatoria por el Ministerio de Educación o el Organismo Competente. El pago por derecho de inscripción al proceso de Admisión serán determinados por los Miembros del Consejo Institucional a propuesta por la Jefatura de la Unidad Administrativa. De sobrepasar el porcentaje de ingreso establecido en el artículo anterior. c. d. elaborado por Secretaría Académica en coordinación con la Jefatura de Unidad Académica Pedagógica o Tecnológica. b. De no alcanzar inscripción en vacante por exoneración pasa a la evaluación ordinaria. Jefe de Unidad Académica Tecnológica. El proceso de matrícula se llevará a cabo previa elaboración y difusión de un cronograma específico. Un representante del Consejo de Estudiantes. 19º El proceso de matrícula se rige por su propio Reglamento. f. siempre que ésta se cumpla dentro de los siete (07) días siguientes al vencimiento de la fecha de cierre de la matrícula. Además se considera: a.2. Presidente: Directora General. La inscripción de postulantes en la modalidad de ingreso por exoneración se realizará hasta un máximo de 20% de la meta de atención autorizada por carrera. 17º El Consejo Institucional deberá nominar los integrantes de la comisión de Admisión. Área Tecnológica. Secretarios: a. 18º El Servicio de Nivelación Académica del ISEP “Sagrado Corazón de Jesús” tendrá como finalidad preparar a los jóvenes postulantes para las Carreras Pedagógicas y para las Carreras Tecnológicas. Art. Debe contar con el reglamento correspondiente. Área Pedagógica.c. 1. Esta comisión actuará conforme a reglamento del Proceso de Admisión 2012. c. Jefe de Unidad Académica Pedagógica. la Institución aplicará una prueba de conocimientos y cultura general a los postulantes para seleccionar a los ingresantes. dicho servicio de Nivelación será de responsabilidad de Dirección General según directiva aprobada en Consejo Institucional. b. PROCESO DE MATRICULA: Art. Representante de docentes elegidos en asamblea: c. La matrícula es un proceso personal de responsabilidad del estudiante y se realizará semestralmente en concordancia con las normas correspondientes. previo informe de las Unidades Académicas y en coordinación con la Jefatura de Unidad Administrativa podrán autorizar a Secretaría Académica la matrícula extemporánea de estudiantes. con recargo que no excederá del 10% del costo de la matrícula . e. Dicha Comisión estará integrado por: a. Este servicio no es de carácter obligatorio y tiene una duración de 08 semanas considerándose los meses de enero y febrero. En el décimo semestre académico. Realizar la matrícula en las fechas establecidas en el cronograma.2. c. f. El estudiante que no se matricula. La matrícula de los estudiantes será aprobada por Resolución Directoral previa firma de las Nóminas de Matrícula. Son estudiante de la institución quienes han cumplido con los requisitos establecidos por el Reglamento Institucional. d. La matrícula de los estudiantes de formación profesional técnica durante el presente año académico se realizará de conformidad de acuerdo con las R. Son responsables de la matrícula las Jefaturas de Unidades Académicas. PROCESO DE EVALUACIÓN: . g. 1. haber aprobado todas las áreas hasta el noveno semestre académico.D.regular. N° 776-88-ED y la N° 02912-ED. haber aprobado el 60% de los créditos del semestre académico inmediato anterior. Concluido el proceso de matrícula extemporánea. haber aprobado todas las áreas hasta el octavo semestre académico. así como de las normas complementarias que se emitan para tal efecto. f. Y son estudiantes no regulares aquellos que se matriculan en menos del 50% de la carga académica. e. a. no se autorizará otras fechas para matrículas. Son estudiantes regulares quienes se matriculan en el 50% al 100% de la carga académica del respectivo semestre. La presentación de boletas de notas del semestre anterior. En el noveno semestre académico.1. Formación profesional técnica. previa firma del responsable de la matrícula en el Área de Secretaría Académica.2. e. b. La ficha de matrícula constituye el único comprobante de matrícula del estudiante.3. Unidad Administrativa y Secretaría Académica. Art. 20°Son requisitos para la matrícula: 1. h. 21º De acuerdo a la carga académica. los estudiantes pueden ser regulares y no regulares. 1. Presentación de recibos de pago por derecho de matrícula previamente establecidos por la institución. se han matriculado en el semestre académico que le corresponde y registran su matrícula en Secretaria Académica. Los estudiantes que en el último semestre académico cursado realizaron estudios no regulares (carga académica menor a la establecida) para matricularse en el siguientes semestre académico deberán completar sus estudios hasta cumplir los requisitos señalados para la matricula en el presente numeral. Para el segundo al octavo semestre académico.2. d. de acuerdo al cronograma establecido y debidamente notificado y publicado pierde su condición de alumno de la Institución sin lugar a reclamo alguno. por el Directora General del Instituto y el Jefe de Secretaria Académica. Art. En el primer semestre académico haber obtenido una vacante en el concurso público de admisión. Formación pedagógica. al término de cada semestre. Art. presentando la Boleta de Notas y el comprobante de pago por derecho de matrícula. N° 776-88-ED y la N° 029-12-ED. el mismo que será viabilizado en Consejo Directivo. 24º Es de exclusiva responsabilidad del docente. 004-10-ED. así como de las normas complementarias que se emitan para tal efecto. dejándose constancia de dicho acto. permanente y flexible.D. adjuntando el informe y otros documentos que sean necesarios. 14 del DS.4. 29 º Los estudiantes para ser promocionados en su formación profesional técnica durante el presente año académico se realizará de conformidad de acuerdo con las R. 28º Los estudiantes para ser promocionado al semestre inmediato superior. 1. según los casos. Las áreas desaprobadas deberán ser subsanadas de acuerdo a las modalidades reglamentadas en el capítulo correspondiente. Art. N° 776-88-ED y la N° 029-12-ED.D.Art. Formación profesional técnica: Art. así como de las normas complementarias que se emitan para tal efecto. 1.4. 30º La homologación estará sujeto conforme al Art. y otros que pudieran devenir.27° La evaluación de los estudiantes de formación profesional técnica durante el presente año académico se realizará de conformidad de acuerdo con las R.4. hacer la entrega de Registros de Evaluación al Jefe del Área Académica correspondiente. El incumplimiento de esta disposición dará lugar a sanción contemplada en el presente reglamento. HOMOLOGACION: Art. Art. Los Docentes quedan obligados a informar sobre dichas inasistencias dentro los tres días hábiles de acumulado el porcentaje de inasistencias.5. deben aprobar el 60% de créditos del ciclo anterior. 1. la Dirección General a través de una Resolución Directoral e informara al Órgano Intermedio correspondiente al finalizar el semestre. 23º El docente obligatoriamente debe informar a los estudiantes de los resultados de la evaluación dentro de los cinco días posteriores de finalizar cada unidad y al término del ciclo académico. dentro de tres días de concluida la evaluación semestral.1. 22º La Evaluación Académica de los alumnos del ISEP “SCJ” tiene las siguientes características: integral. Formación pedagógica. Art. Art.2. . Art. 26° El estudiante que exceda el límite de inasistencia (30%) será retirado definitivamente del Área. PROMOCION: 1. cuyo propósito es verificar y realimentar oportunamente el aprendizaje por competencias planteadas en el perfil especificados en el Área o Sub-Área correspondiente del currículo. al Jefe de Unidad Académica correspondiente para el visto bueno y remisión a Secretaría Académica dentro de los dos días siguientes para que se proceda al consolidado de las notas y se elaboren las actas respectivas. Secretaría Académica publicará los resultados de la Evaluación. sin sobrepasar el máximo de diez (10) días útiles después de haber recibido la información (Registro) de Jefatura de Unidades Académicas incluyendo la entrega de la Boleta de Nota a cada estudiante. Al Alumno se le comunicará dicho acto. 25º Los registros de evaluación recepcionados por Secretarias de las Unidades Académicas serán revisados por el Jefe de Área Académica dentro de los dos días siguientes de recibidos para su entrega inmediata y bajo responsabilidad. Certificados de Estudios originales. Copia de DNI autenticada. de acuerdo a la calificación de la unidad receptora. Art. Recibo por pago de derecho de traslado. La institución receptora tendrá derecho a verificar el grado de dominio de la competencia si lo estima conveniente. b. debe tener un valor de créditos igual o superior a la institución de destino. teniendo en cuenta que el valor del crédito del área o asignatura según corresponda de la institución de origen. d. . Identificación de un mínimo de 80% de contenidos similares o prácticas de área y/o asignatura según corresponda. 31º El traslado es el procedimiento mediante el cual el estudiante al término del semestre académico solicita al instituto de origen el cambio de institución (traslado externo) a otro instituto de destino. e.1. Comprobación de equivalencia de créditos. De ser necesaria la Comisión podrá invitar a otro profesional de la especialidad que pertenezca a nuestra institución como miembro de la comisión. 1. Art. CONVALIDACIÓN DE ESTUDIOS: Art. Art. c.El ISEP “SCJ” también recibe alumnos procedentes de universidades públicas y privadas siempre y cuando sea de formación pedagógica. 34° Los documentos a presentar por los postulantes al proceso de traslado deberán ser originales sin borrones ni enmendaduras y cumplir con todos los requisitos establecidos: a. Solicitud dirigida a la Dirección General. las áreas a subsanar por diferencia de plan de estudios y el semestre académico que le corresponde cursar al estudiante. debidamente visados por el Órgano Intermedio. 32° El Consejo Directivo del ISEP “SCJ” de acuerdo a norma designará los miembros que integrarán la Comisión de Traslados que elaborará el reglamento respectivo. Art. 36° La Comisión de Convalidación será designada por el Consejo Directivo y estará conformada de la siguiente manera:  Presidente: Jefe de Unidad Académica correspondiente. TRASLADOS INTERNOS Y EXTERNOS DE MATRÍCULA: Art.7. 33° Es requisito fundamental para el proceso de traslado es que exista vacante en las carreras o especialidades solicitadas. b. teniendo en cuenta los requisitos de matrícula. 35º Es la equivalencia de los estudios realizados en la misma o en otra institución de educación superior para continuar los estudios profesionales de acuerdo con los siguientes criterios: a. c. o el cambio de carrera o especialidad dentro de la misma institución (traslado interno).  Secretario Técnico: Jefe de la Oficina de Secretaría Académica. 37º La Comisión de Convalidación del Instituto se encarga de la evaluación individual del estudiante y emite el informe respectivo con indicación de las áreas convalidadas.  Vocal: Jefe de Área Académica. Sílabos de las áreas aprobadas.6. Art. No se aceptarán traslados de alumnos que tienen áreas desaprobadas. 38º No procede la convalidación del área y/o asignatura de la Práctica Pre Profesional o de especialidad y de Investigación en los casos de traslados con cambio de carrera o de especialidad. Las licencias deben ser solicitadas bajo responsabilidad durante el primer mes de iniciado el semestre Académico respectivo. 1. siempre que el instituto tenga vacante disponible. Art.Art. 42º La Dirección General de la ISEP “Sagrado Corazón de Jesús”. deberán postular y aprobar el proceso de admisión. previa autorización de la Dirección Superior Pedagógica y Tecnológica. SUSTENTACIÓN: . teniendo en cuenta los siguientes requisitos:  Hasta 06 créditos en forma paralela al semestre académico en que se encuentra matriculado. Concluida la licencia. 41º Las áreas a subsanar serán dictadas por los docentes estables del I. en ambos casos pierden su condición de estudiante. sin modificar el promedio ponderado. LICENCIAS Y ABANDONO DE ESTUDIOS: Art. cumpliendo el número de horas del plan de estudios. mediante Resolución Directoral. SUBSANACIONES: Art.  Hasta 12 créditos en los meses de enero y febrero. incurren en abandono de estudios perdiendo la condición de estudiante. 40º Las áreas de subsanación los autoriza el Consejo Directivo puede desarrollase en forma presencial. salvo caso de enfermedad y/o accidente debidamente comprobado. 1.8. 39º Los Profesionales titulados que soliciten obtener otro título profesional sólo podrán convalidar las áreas teóricas para determinar su ubicación en el semestre académico.1. aquellos que no se incorporen. el docente el registro correspondiente considerando sólo la nota obtenida. Art. CAPÍTULO II SUSTENTACIÓN. 43º Se considera abandono cuando los estudiantes dejan de asistir sin solicitar licencia durante 20 días hábiles consecutivos o cuando los que están con licencia no se reincorporan al término de ella. otorga Licencia de Estudios. dentro de los cuales podrán reingresar. Para ser aceptado nuevamente. Las áreas de subsanación serán dictadas por el docente que tuvo a su cargo el área respectiva. TITULACIÓN Y DUPLICADO DE DIPLOMA DE TÍTULO DE PROFESOR Y PROFESIONAL TÉCNICO 2. Por ningún motivo los directivos tendrán a cargo cursos de subsanación. a distancia y mixta.E.9. Al término de las áreas Subsanadas. Los alumnos matriculados en un determinado semestre pueden solicitar licencia por motivo de enfermedad o de índole familiar hasta por un periodo de dos años. Art. Secretaría Académica elabora el acta consolidada de evaluación del rendimiento académico incluyendo el área o los áreas de subsanación aprobados.S.P “Sagrado Corazón de Jesús” teniendo en cuenta la especialidad para el caso de áreas y/o asignaturas de especialidad específica y para Formación General aquellos docentes que demuestren experiencia en el dictado de las áreas. Si el egresado tiene por segunda vez nota desaprobatoria en el proceso de sustentación. c. En el acto de sustentación se considera: a. debiendo previamente coordinar con el Jefe de la Unidad Académica. El Informante y/o vocal decepciona el proyecto final de investigación y señala las sugerencias para su reestructuración. Jefe Académico de Formación Pedagógica o Tecnológica según corresponda. La nota mínima de aprobación de la sustentación del trabajo de investigación en la Carrera Profesional Pedagógica es de 14 puntos y en la Carrera Profesional Técnica es de 13 puntos. c. debiendo el o los ausente(s) solicitar nueva fecha previo trámite de justificación. Secretario: Jefe del Área Académica Tecnológica correspondiente o quien haga sus veces. bajo responsabilidad. en las Carreras Pedagógicas estará conformado por: a. Presidente: Director General o el Jefe de la Unidad Académica Pedagógica. devolviéndolo en un plazo no mayor de 05 días hábiles con firma y post firma. Segundo Vocal: un docente estable de la institución. deberá programar el acto de sustentación en horario que no interfiera el normal desarrollo de las clases. Jefe del Área de investigación. g. Primer Vocal: Docente de la carrera profesional elegido d.S. deberá realizar una nueva investigación. El Jurado examinador será designado por publicado. Presidente: Jefe de la Unidad Académica Tecnológica o quien haga sus veces. b. Secretario: Un docente que responda al tipo de investigación desarrollada. b. que será un docente de la especialidad. Si el egresado obtiene por primera vez nota desaprobatoria en el proceso de sustentación tendrá un plazo de tres meses para volver a solicitar una nueva fecha de sustentación con el mismo tema de tesis. d. Jefe del Área Académica de la especialidad. el mismo que será e.Art. normas y procedimientos establecidos en el los Artículos 34.36 y 37 del Reglamento de la Ley N° 29394 aprobado por D. reajuste o aprobación. b. 44º La sustentación del trabajo de investigación es la prueba final a la que se someten quienes han concluido sus estudios de acuerdo al Plan Curricular de estudios para optar el título de Profesor y/o Técnico Profesional en la especialidad estudiada. c. y de ser necesario podrá ser reemplazado por el Jefe de Área respectiva. Vocal: El Informante de tesis. El Jurado para el acto de sustentación del trabajo de investigación en las Carreras Tecnológicas estará conformado por: a. 35. El Jefe del Área de Investigación e Innovación designado. El Jurado para el acto de sustentación del trabajo de investigación. En caso de inasistencia de uno o más sustentantes el acto se realizará con los presentes. f. Se realizará de conformidad con los requisitos. . la comisión estará integrada por: sorteo en acto público. Caso de incumplimiento será sustituido por otro docente. Nº 04-2010-ED. El asesoramiento de trabajos de investigación a cargo de los docentes deberá ser en forma equitativa. no deberá exceder de dos (02) proyectos y/o informes por promoción. b. e. Calificación del jurado a cada estudiante. Juramentación de los estudiantes aprobados para la obtención del título. no adeudos y Sustentación. 45º Se encuentran aptos para sustentar la tesis de investigación los egresados que cumplan con: a. REQUISITOS PARA LA SUSTENTACIÓN: Art. por haber obtenido la titulación correspondiente en el proceso de titulación. . Presentar acta de aprobación de las pruebas de Suficiencia que le correspondan. Todos los docentes están obligados a brindar asesoramiento GRATUITO por estar considerado dentro de su jornada laboral. c. 48° La Directora General de la institución: a. para proceder a sustentar el informe de investigación. Presentar tres (03) ejemplares del informe de investigación con opinión favorable del asesor. c. Refrenda el Acta de titulación para optar el Título Profesional. Haber cancelado por Tesorería de la Institución. 46° El proceso de sustentación se desarrolla de la siguiente manera: a. Observaciones e interrogantes del jurado en relación con la tesis sustentada. e. b. Haber obtenido opinión favorable del informante de tesis. Art. Registro de notas en el Acta der Titulación de Aprobación o Desaprobación a cargo del secretario del jurado y firma de sus miembros. Imposición de la cinta celeste que simboliza a la Institución a los estudiantes aprobados. 2. y cumplir con todos los requisitos establecidos.Exposición del estudiante o grupo de estudiantes. d. Resolución Directoral de aprobación del Informe Final de Tesis. f.3.2. b. Presentación de Certificados de Estudios o Constancias de creditaje. Si el egresado obtiene por segunda vez nota desaprobatoria en el proceso de titulación deberá realizar una nueva tesis de investigación. 47° En caso de que el alumno (a) desapruebe se puede proceder de dos maneras: a. Autoriza con Resolución Directoral el proceso de sustentación indicando nominalmente a los miembros del jurado. tendrá plazo de seis meses para volver a solicitar una nueva fecha de sustentación con el mismo tema de tesis. b. Art. 2. los derechos de Constancias diversas. 49° El proceso de sustentación esta bajo la responsabilidad del Jefe del Área de Investigación en coordinación con Jefe de Unidad Académica correspondiente. DESARROLLO DEL PROCESO DE SUSTENTACIÓN: Art.El egresado debe haber aprobado previamente el plan de estudios de la carrera profesional. Art. f. d. Si el egresado obtiene por primera vez nota desaprobatoria en el proceso de sustentación. Haber aprobado 220 créditos del Plan de Estudios de la carrera. Reglamento Interno y documentos de gestión institucional. 31° 2. 2. en forma presentable y ecuánime. .6. e. 50° Los criterios requisitos y procedimientos para la sustentación y titulación es de aplicación a la Dirección General. de acuerdo al inciso d del Art°. pasado ese tiempo la Jefatura correspondientes lo reemplazará de acuerdo al inciso “e y f” del Art. c. b. b. 51° Los integrantes del Jurado Examinador deberán estar presentes a la hora señalada para el acto de sustentación. de Práctica. 53ºLa titulación es el producto de la aprobación de un trabajo de Investigación Educativa (Tesis / Informe) sustentado por el estudiante ante Jurado Ad Hoc. 2. en concordancia con el artículo 21 de la Ley 29394. Demostrar el dominio de una Segunda Lengua. d.Art. c. Previamente el tema de investigación será aprobado por el Jefe del Área de Investigación y los docentes que se encuentren desarrollando el Área de Investigación. registro y otorgamiento de duplicado de diploma de títulos. Secuencial: educa al estudiante a reconocer la existencia de determinados períodos de duración que debe respetar durante el trámite de su expediente con fines de titulación. Secretaría Académica. Haber aprobado con nota mínima de catorce (14) las pruebas de suficiencia académica en: Comunicación. N° 0592-2010-ED y su complementaria aprobada con R. Matemática. d. 52° Los estudiantes que concluyen el Plan Curricular de Estudios en la Carrera Profesional Pedagógica o en la Carrera Profesional Tecnológica. e. preferentemente de Ingles a nivel intermedio. Si faltara uno de sus integrantes. Formativa: orienta e instruye respecto de las normas y procedimientos que el estudiante debe respetar y asumir responsablemente el proceso de titulación. N° 0910-2010-ED y por las Normas Complementarias que emita la DIGESUTP sobre titulación. Art. CARACTERÍSTICAS. la presente norma. sin discriminación alguna.4.31° designado por el Director General a propuesta del Jefe del Área de Investigación e Innovación. 55° Para obtener el título Profesional de Profesor a Nombre de la Nación en el ISEP “Sagrado Corazón de Jesús” los alumnos deberán: a. Haber sustentado y aprobado una tesis de investigación con nota mínima de catorce (14). Art.D. TITULACIÓN: Art. Integral: considera los elementos y procedimientos necesarios que le permiten a la institución promover y asegurar la titulación de nuestras egresados. Segunda Lengua y Tecnologías de la Información y Comunicación. para su titulación se rigen por las normas establecidas en el Reglamento de la Ley 29394 (Art 34-35-36-37) y R. Art. Jefatura de Unidad Académica. Jefatura de Investigación y alumnos. Democrática: está orientada a atender a todos los egresados de nuestra institución.54° La titulación profesional en nuestra Institución presenta las siguientes características: a. de Investigación. EQUISITOS PARA LA TITULACIÓN: Art.D. que cumplan los requisitos estipulados en este reglamento y las normas nacionales. se postergará por 72 horas. Práctica. Coherente: organiza y sistematiza sin contraposición a lo reglamentado en Investigación. Cumplir con los lineamientos que indiquen nuestro Reglamento Interno.5. 1. Cuatro (04) fotografías tamaño pasaporte a color de frente y en fondo blanco. c. b. Las prácticas pre-profesionales. 58º La documentación de uso externo para el registro y archivo de los resultados de la evaluación tienen formato oficial y se remiten a la Dirección Regional de Educación. robo o deterioro. Comprobante de pago por derecho de duplicado. CAPITULO III DOCUMENTOS OFICIALES DE INFORMACIÓN 3. Página original del diario de mayor circulación de la ciudad donde reside. Acta consolidada de evaluación del Rendimiento Académico. El examen teórico práctico que demuestre el logro de las competencias del perfil profesional de la carrera Guía Oficial de Turismo o Computación e Informática. Comprobante de pago por el caligrafiado del duplicado de Diploma de título g.DNI c. correspondientes a los módulos técnico-profesionales. 2. Matemática. Nómina de Matrícula. 56° Para obtener el título Profesional Técnico a Nombre de la Nación.Art. el interesado publicará en el diario oficial EL Peruano un aviso de emisión de duplicado de Diploma de Título y presentará la página original a la Institución para el recojo del duplicado respectivo.6. f. Estos documentos son: a. d. Una vez emitida la Resolución Directoral de autorización de duplicado de Diploma de Título. b. conteniendo la publicación del aviso de pérdida de Título profesional. los alumnos deberán haber aprobado: a. el egresado de las carreras tecnológicas se tendrá en cuenta lo normado en la Resolución Directoral RD N° 0408-2010ED. . en versión impresa y digital. Para ser declarado expedito. f. 57ºDe los procedimientos y requisitos El titulado podrá solicitar al Instituto de Educación Superior el duplicado de Diploma de Título Profesional por causa de pérdida. Nota: Para una información más precisa cotejar con el Reglamento de Titulación que cuenta la institución. Segunda Lengua (Preferentemente Inglés) y Tecnologías de la Información y Comunicación. Solicitud de emisión y registro de duplicado de Diploma de Título Profesional. DUPLICADO TÍTULOS: Art. para los cual presentará en mesa de partes los siguientes documentos: a. La elaboración y ejecución de un Proyecto productivo y/o empresarial relacionado a la carrera profesional y que propicie el desarrollo de la Institución. e. Denuncia policial por pérdida o robo o presentación física del título deteriorado. d. Las Pruebas de suficiencia académica en: Comunicación. c. e. Copia autenticada del Documento Nacional de Identidad. dirigida al Director General el Instituto. La totalidad de las asignaturas y Unidades Didácticas (UD) de los módulos transversales y de los módulos técnicos profesionales señalados en el plan de estudios de la carrera profesional respectiva. b. DOCUMENTOS DE USO EXTERNO: Art. Localidad o Región. Certificados de Estudios. Otros que la institución lo considere necesario. a. DOCUMENTOS DE USO INTERNO: Art.D. la duración de los estudios de carreras es de 10 semestres.  Educación Primaria. Se desarrolla en no menos de 5 400 horas (cinco mil cuatrocientas horas) y no menos de 220 créditos (doscientos veinte créditos). d. Boleta de Notas. e. 3. Otros que determine el Ministerio de Educación. c. b. 4. su demanda para la inserción laboral y las peculiaridades culturales o artísticas promoviendo la unidad nacional. presentes y futuras. b. respondiendo a las necesidades locales. Ficha de seguimiento Académico. 62º El Instituto contextualizará el Plan de Estudios específico de cada carrera y programa que ofrece. Matemática.  Guía Oficial de Turismo. 61º El Instituto aplica los Diseños Curriculares Básicos Nacionales para las Carreras Profesionales Tecnológicas aprobados por Resolución Ministerial N° 0237-2009-ED. los cambios educativos. R. y nacionales. Registro de Evaluación y Asistencia.  Educación Secundaria en las Especialidades: Comunicación. Art. Ciencias Sociales. PLANES DE ESTUDIO y TÍTULOS 4. monitorean y supervisan y asesoran el proceso de diversificación curricular. para las siguientes carreras:  Educación Inicial.2. 60º El Instituto aplica los Diseños Curriculares Básicos Nacionales para las Carreras Profesionales Pedagógicas aprobados por Resolución Directoral Nº 0165-2010-ED. Se desarrolla en no menos de 3 060 horas (tres mil sesenta horas) con un mínimo de 132 créditos y una duración de seis semestres.2. Idiomas (Inglés) Educación Física y Computación e Informática. La estructura del Plan de Estudios está integrada por el perfil profesional y el Plan Curricular.d. Consejería y Práctica Pre Profesional. En ella debe figurar la nota obtenida en el proceso de titulación. En el caso de las Carreras Tecnológicas tienen cuatro componentes: Formación Transversal. e. Cuadro Estadístico del Rendimiento Académico por carrera profesional. regionales. Acta de Titulación para optar el título que corresponda. atendiendo las demandas locales y/o regionales. En el caso de las carreras pedagógicas el plan de estudios está estructurado considerando la Formación General y la Formación Especializada. c. . respetando los contenidos mínimos comunes establecidos en los diseños curriculares nacionales. Formación Específica. En el Instituto las Jefaturas de Unidades Académicas organizan. N° 417-2009-ED para las siguientes carreras:  Computación e Informática. DISEÑOS CURRICULARES: Art. PLANES DE ESTUDIO: Art. 59° Los documentos oficiales de información de uso interno son: a. CAPÍTULO IV DISEÑOS CURRICULARES.1. c. e. Educación secundaria: especialidades. 65º Los Títulos que otorga el Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús” son a Nombre de la Nación: Carrera Profesional Pedagógica. Carrera Profesional Tecnológica. Profesional Técnico en Guía Oficial de Turismo CAPÍTULO V ESTUDIOS DE POST TÍTULO Art. 66º Los estudios de post título aún no se ha autorizado (ha planificado) en la institución. 64º Los duplicados de diplomas de títulos son otorgados por la Dirección General del Instituto con la opinión favorable del Consejo Directivo. 67º En el Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús” funcionan actualmente las siguientes carreras profesionales debidamente autorizadas por el Ministerio de Educación: CARRERAS PEDAGÓGICAS: a. En nuestra institución debe tener a su vez su propio registro de títulos debidamente saneado. Educación primaria. b. AUTORIZACIÓN DE NUEVAS CARRERAS Y PROGRAMAS EXPERIMENTALES 6. CARRERAS AUTORIZADAS: Art. más no sus efectos. Educación Inicial b. Profesional Técnico en Computación e Informática b. TÍTULOS Art. con la Mención en la especialidad que ha estudiado. Profesor de Educación Secundaria. El duplicado de los Títulos anula automáticamente el original. con una duración de seis semestres académicos: a. con una duración de diez semestres académicos: a. 63º Los títulos otorgados por el ISEP “Sagrado Corazón de Jesús” deben estar visados por la Gerencia Regional de Educación e inscribirse en el Registro de Títulos Profesionales de ese Órgano Intermedio para que tengan validez. Art. Art.d. El Instituto publicará en su página web los planes de estudio de las carreras que ofrece.3. CAPÍTULO VI CARRERAS AUTORIZADAS. . Profesor de Educación Primaria. 4. Profesor de Educación Inicial. El plan de estudios según la formación profesional que desarrolla considerará horas adicionales para talleres u horas de trabajo individual de acuerdo con la naturaleza de la carrera. c.1. D. Guía Oficial de Turismo 6. Papeleta de salida firmada por el Jefe de Unidad. Art.2. Matemática  Comunicación  Ciencia Tecnología y Ambiente  Computación e Informática  Idiomas: Inglés  Educación Física  Ciencias Sociales CARRERAS TECNOLÓGICAS: a. . 69° La práctica pre profesional se realiza conforme al Reglamento de la Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior. Los documentos que se indican anteriormente. para acreditar el monitoreo y supervisión de la Práctica Pre Profesional Pedagógica deberá adjuntar: a. Art. por el Director o sub Director de la Institución de Educación Básica Regular donde se desarrolla la Práctica Profesional. Computación e Informática b. 70° La práctica pre profesional será monitoreado por los Jefes de las Unidades Académicas y los Jefes de Áreas Académicas en coordinación con el responsable de la Jefatura de Práctica de las Carreras Profesionales Pedagógicas y Tecnológicas según corresponda. AUTORIZACION DE NUEVAS CARRERAS: Art. Constancia firmada por el representante legal de la empresa donde realiza sus prácticas pre profesionales dando cuenta de la actividad realizada por el docente supervisor. dejando este acto constancia de la visita y monitoreo realizada por el docente del área. Nº 004-2010-ED su artículo 43º . 72º El docente.S. b. Art. PRACTICA PRE PROFESIONAL: Art. CAPÍTULO VII PRACTICA PRE PROFESIONAL. 68º El Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús”. o Jefe de Práctica. 71° El Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús” a través del Área Administrativa asumirá el costo de pasaje de los docentes supervisores de la práctica pre profesional previas sustentación de los documentos probatorios del monitoreo y supervisión realizado. Papeleta firmada y sellada en el reverso de la misma. en original y copia serán entregados al Jefe del Área Académica correspondiente para su visto bueno y su remisión al Área de Administración para el reembolso de movilidad Art. la R. 73° El docente para acreditar el monitoreo y la supervisión de la Práctica Profesional Tecnológica deberá adjuntar: a. LA INVESTITGACIÓN E INNOVACIONES 7. Jefe del Área Académica correspondiente. gestionara ante el Ministerio de Educación nuevas carreras Pedagógicas y Tecnológicas de acuerdo a la necesidad del mercado laboral. c.D. b.1. Nº 651-201-ED y el Reglamento de Práctica y Práctica pre Profesional de nuestra institución. Papeleta de salida firmada por el Jefe del Área correspondiente. Art. 81º Es de responsabilidad del Área Académica realizar semestralmente las actividades de monitoreo y supervisión a los docentes en el aula sobre el avance curricular y el desarrollo de . los Jefes de Área Académica. el Jefe de la Unidad Académica en coordinación con el Jefe del Área Académica respectiva. 79º Los jefes de Unidades Académicas: Pedagógico y Tecnológico deben: planificar. INVESTIGACION E INNOVACIONES: Art. así como a la aplicación de las innovaciones pedagógicas y tecnológicas. 7. 80º. Art. Todos los docentes desarrollaran actividades de investigación e innovación pedagógica y tecnológica como parte de su carga académica. 76° Los docentes de Práctica Pre Profesional realizan talleres de sistematización y actualización para fortalecer el desempeño de los estudiantes en los diferentes espacios pedagógicos y empresariales afines a las carreras profesionales en los que intervienen. regionales. realiza convenios con instituciones educativas preferentemente de gestión estatal para la realización de Prácticas Pre Profesionales Pedagógicas y empresas públicas o privadas para atender las Prácticas Pre Profesionales en carreras Tecnológicas. 78º El Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús”. el Jefe de Práctica y el docente designado asesoran el desarrollo de la Práctica Pre Profesional garantizando que los practicantes se desempeñen con eficiencia en la ejecución de las mismas. MONITOREO Y EVALUACION INSTITUCIONAL Art. de acuerdo a los lineamientos que establezca la Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional del Ministerio de Educación. Art. la misma que estará orientada a la identificación de oportunidades de desarrollo local. propicia el desarrollo de las capacidades de investigación e innovación considerando los diversos paradigmas y enfoques pedagógicos y científicos. CAPÍTULO VIII SUPERVISIÓN. Art. La Práctica Pre Profesional se desarrolla considerando los lineamientos dados por los Diseños Curriculares vigentes. nacionales e internacionales a fin de generar conocimiento. recogerá la opinión de los estudiantes acerca del desempeño docente. generando soluciones sinérgicas e innovadoras. y atender la problemática detectada o mejorar la práctica docente y tecnológica. nacional e internacional. 75° Los Jefes de las Unidad Académica Pedagógica y Tecnológica. y las necesidades locales. 77º La investigación e innovación se desarrolla conforme al Reglamento de la Ley de Educación Superior DS Nº 004-2010-ED el Artículo 38º. Al finalizar el Semestre Académico. Art. regional.c. cuyos resultados servirán para estimular al docente o para recomendar algunas acciones en mejora del desempeño profesional si así lo amerita el caso. mediante la aplicación de la normatividad correspondiente de tal manera que se promueva el mejoramiento de la calidad profesional de los docentes de la institución. organizar. 74° El Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús”. monitorear. a través de la revisión de lo actuado. Los documentos que se indican anteriormente serán entregados al jefe del área correspondiente para su visto bueno y su remisión al área de Administración para el reembolso de movilidad. supervisar y evaluar el desarrollo de las actividades académicas. Art. utilizando los instrumentos adecuados debidamente validados por el Consejo Institucional.2. así como el Informe Anual de Gestión que dará cuenta del cumplimiento de lo planificado y del logro de los objetivos previstos. Art. 86° El Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús”. su Reglamento D. administrativos y alumnados al finalizar el semestre para informar sobre la Gestión Institucional. Art. CAPÍTULO II ORGANIZACIÓN Art. administra y convoca a los concursos de admisión y de personal. 85º La Organización y Gobierno del Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús”. Art. b. Art. S. adecuándose a las necesidades regionales y locales. así mismo. S. El Director General quien lo preside. Jefe de Unidad Académica Tecnológica d. Pudiendo designar comisiones de trabajo para la elaboración del Plan Anual de Trabajo. dejando constancia en acta. Jefe de la Unidad Académica Pedagógica. Órganos de Apoyo y Asesoramiento. 89° Dirección General . 83º. 84º La Planificación y Gestión Institucional se realiza antes de iniciar las actividades académicas y administrativas teniendo como base el Proyecto Educativo Institucional. aprueba y dirige la ejecución del Plan Anual de Trabajo. se regirá por el Título Tercero de la Ley N° 29394. 88° El Consejo Directivo está compuesto por: a. TITULO III ORGANIZACIÓN Y RÉGIMEN DE GOBIERNO CAPÍTULO I PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN INSTITUCIONAL: Art. 82º El monitoreo se realiza como un proceso permanente de asesoría y acompañamiento y estímulo a la formación profesional y al desarrollo institucional para identificar debilidades e irregularidades y tomar decisiones oportunas que permitan corregirlas para lograr el mejoramiento de la calidad y eficiencia del servicio educativo que se ofrece. S. Art. en concordancia con el Reglamento de la Ley de Educación Superior D. 87º El Consejo Directivo Elabora. El Consejo Directivo del Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús” convocará a los docentes. Académica y Administrativa sobre los logros y dificultades presentadas durante el ejercicio del año académico. Nº 004-2010-ED Artículo 48º. Nº 004-2010-ED Artículo 49º y Normas Complementarias expedidas por el Ministerio de Educación. en cuyo acto el docente supervisado presentará obligatoriamente su Portafolio Docente con información actualizada de su labor pedagógica. como documento organizador para la gestión del Proyecto Educativo Institucional. 004-2010-ED Artículo 50º tendrá en forma general la siguiente organización: Órganos de Dirección. de conformidad al Reglamento de la Ley de Educación Superior D. c. el Plan Anual de Trabajo y el Reglamento Institucional. Los Jefes de Áreas Académicas Art.sus sesiones de aprendizaje. Órganos de Línea. c. f. Planifica. 004-2010-ED “Reglamento de la Ley 29394”. Elabora la documentación que genera la Dirección General. El Jefe de la Unidad Académica depende de la Dirección General y realiza las siguientes funciones: a. Elabora el Cuadro de Necesidades de material de la oficina en forma semestral. Art. Actualiza en forma semestral la agenda telefónica de las autoridades locales y nacionales para una comunicación fluida y oportuna. k. de conformidad con lo establecido en el artículo 30° de la Ley 29394. Elabora en coordinación con el Consejo Directivo el proyecto de presupuesto anual. b. 90° La Secretaría de Dirección General La secretaria de Dirección General es un órgano de apoyo administrativo. monitorea. Firma convenios con la opinión favorable del Consejo Directivo con entidades organizacionales o agencias de cooperación internacional respetando la finalidad formativa. Los requisitos para desempeñar el cargo de Jefe de Unidad Académica están establecidas en el Art° 56 del D. b. Ejecuta las disposiciones emanadas del Consejo Directivo. h. gestiona. Presta adecuado servicio de información al usuario brindándole buen trato. Asiste a todas las Asambleas del Personal Docente y del Personal Administrativo. f. Supervisa la normatividad técnico pedagógica correspondiente. convocadas por la Directora General para tomar nota en el Libro de Actas de las propuestas y acuerdos llegados. supervisa y evalúa del desarrollo de las actividades académicas en coordinación con los jefes de áreas académicas. Planifica. Convoca para la elección de los representantes del Consejo Institucional. Organiza y prepara la documentación para la firma de la Directora General. j. El Director General es responsable de la Gestión Institucional. b. 91° Los Órganos de Línea Están constituidos por la Unidad Académica Pedagógica cuyo funcionamiento es en el turno de la mañana y la Unidad Académica Tecnológica que funciona en el turno de la Tarde.S. Mantiene excelentes relaciones humanas e interpersonales con el público usuario y compañeros de trabajo.La Directora General es la máxima autoridad académica y es el representante legal del Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús”. Institucional y Consultivo. Prepara diariamente la agenda que debe cumplir la Directora General g. supervisa y evalúa la marcha institucional con la participación de la comunidad educativa. cuyas responsabilidades y funciones son las siguientes: a. g. inherentes a su cargo. depende del Director General y está a cargo de un Técnico Administrativo y/o Secretaria. e. Promueve el mejoramiento de la calidad profesional de los profesores de la institución . Lleva el inventario físico y mantener actualizado el Archivo de la oficina. Art. Está a cargo del Jefe de la Unidad y dependen de la Dirección General de la Institución y están constituidas por el conjunto de carreras de formación Pedagógica y Tecnológica. e. h. sus funciones son: a. d. Académica y Administrativa. c. i. Convoca a los Consejos Directivo. la normatividad que rige a dichas entidades que redunde en beneficio de la formación técnica y profesional que oferta el instituto. Dirime en caso de empate las decisiones adoptadas por el Consejo Directivo y el Consejo Institucional. Realiza otras funciones que le encomiende la Dirección General. Dirige la ejecución de los planes de desarrollo institucional y del presupuesto. Vela por la seguridad y conservación de los bienes de la oficina. d. c. Emite documentos normativos de carácter técnico pedagógicos de su competencia. Impulsa el diseño y ejecución de proyectos de innovación pedagógica y/o tecnológica y supervisar las acciones de planificación. u. medios y materiales educativos. Cada carrera profesional y/o especialidad constituye un Área Académica y está integrada por equipos de docentes y estudiantes y será dirigida por el Jefe de Área cuyas funciones están establecidas en el Art° 59 del D. Es responsable de la planificación. organización y ejecución de los trabajos de investigación con fines de titulación.d. módulos y asignatura. Elabora el horario de clases por cada semestre académico en estrecha coordinación con los jefes de área. informando periódicamente del cumplimiento del trabajo del área de su competencia. indicando dificultades y logros alcanzados. cómputo. Cumple las demás funciones que le asigne la Dirección General. antigüedad en la Institución y otros aspectos que establece la normatividad. Revisa y valida los registros de evaluación académica y derivar a secretaria docente dentro del tercer día de su recepción. Coordina permanentemente con el equipo de Tutores y con los delegados de aula. incorporando acciones propias de su Programa. monitoreo y evaluación de todas las actividades y servicios pedagógicos y/o tecnológicas que la institución realiza. Art. de tal manera que se asegure la calidad del servicio de acuerdo a la normatividad vigente. . Revisa y refrenda los sylabus de las áreas. Verifica que la evaluación del rendimiento de los estudiantes se ajuste al diseño adoptado por el Instituto en concordancia con la normatividad vigente. m. Participa con el personal docente en la ejecución de proyectos impulsados por el Ministerio de Educación. que permitan la actualización y la formación continúa del profesorado y su proyección hacia el ámbito de influencia. Supervisa el trabajo docente en aula en horas lectivas. o. f. g. Designa la carga horaria a los docentes en estrecha relación con los jefes de las áreas académicas en la cual se tendrá en cuenta criterios tales como: Titulo Pedagógico. Elabora el Plan Anual de Trabajo de su Área. 004-2010-ED “Reglamento de la Ley 29394. Participa en la elaboración e implementación del Proyecto de Desarrollo Institucional – PEI. l. b. q. centros de recursos. i. la especialidad. al finalizar cada Ciclo Académico. organización. Programa conjuntamente con las áreas académicas acciones de capacitación. r. n. j. Opina en coordinación con Secretaria Académica sobre las Licencias de Estudios de los estudiantes presentadas oportunamente. Asesora la elaboración de material educativo y en la aplicación de nuevos diseños de programación. Participa en la elaboración. s. impresiones y otros recursos que se emplean en las acciones educativas. y otros documentos técnico pedagógico que se generan en el área. Formula y remite en coordinación con los Jefes de Aéreas Académicas respectivas a la Dirección General el Cuadro de Distribución de Horas para los fines pertinentes. v. desarrollo. grado académico alcanzado.S. c. k. 92° Las Áreas Académicas Son órganos de línea que dependen del Jefe de la Unidad Académica respectiva. p. Supervisa el uso óptimo de los laboratorios. sin contravenir con las disposiciones legales. h. estrategias metodológicas y evaluación académica. t. ejecución y evaluación del PAT del ISEP “SCJ”. así como del mejoramiento de la calidad profesional de los formadores y de la calidad de los materiales educativos que se produzcan y calidad de la enseñanza en general. Racionaliza las actividades extra académicas. biblioteca. e. Asesora al Director General en los asuntos técnico pedagógico de su competencia. Además cumplen las siguientes funciones: a. h. con participación de un docente de la especialidad según el caso. Promueve la elaboración de Proyectos productivos que contribuyan en la formación profesional del área técnica en que se desarrolla. ejecución. Jefes de Unidades Académicas c. 94º La elección de los representantes del Consejo Institucional a excepción de los literales a. que presenta el formador dando cuenta a la Jefatura de Unidad Académica. monitoreo y evaluación curricular. Art. d. Orienta. m. j. e. Director General b. l. Monitorea y establece criterios para las acciones de asesoramiento y orientación a los estudiantes. k. n. se reúne en forma ordinaria una vez al mes y en forma extraordinaria cuando sea necesario. Art. Realiza la autoevaluación y la evaluación de la calidad de la oferta ofrecida por las jefaturas oportunamente. Evalúa el Proyecto educativo Institucional. Apoya al formador de Práctica Profesional en la programación. monitoreo y evaluación en todas sus etapas. indicando logros y dificultades. 93º El Consejo Institucional Es el órgano de asesoramiento de la Dirección General. Los Jefes de áreas participan en la evaluación de expedientes de traslados internos y externos. no hay reelección inmediata. Monitorear y supervisar la Práctica Profesional y las sesiones de aprendizaje que ejecute el profesorado en aula. Jefes de Áreas Académicas d. c. supervisa. aprueba y evalúa la elaboración y desarrollo de los Syllabus. en función del nivel y/o especialidad. monitorea y evalúa el desarrollo de la programación correspondiente a las Áreas y Sub Áreas del nivel de su responsabilidad proponiendo reajustes en casos necesarios dando cuenta a la Jefatura de Unidad Académica. Los elegidos deben ser acreditados por el Consejo Directivo. Coordina. Propone al Consejo Directivo la fusión o supresión de carreras para la tramitación correspondiente. . Dicha elección es por un periodo bienal. así como realizan la convalidación de áreas. i. priorizando en la formación ética y práctica de valores. Propone las adecuaciones y ajustes de las normas de adecuación interna y de los lineamientos de política educativa institucional. b. f. Informa al Jefe de Unidad Académica de la labor cumplida. sus acuerdos se registran en un libro de actas. Propone lineamientos para la planificación. 95º Las atribuciones se rigen por los artículos 30º y 31º de la Ley de Educación Superior. dentro de sus respectivos niveles y/o especialidades. o. está integrado por: a. De acuerdo con los artículos mencionados sus atribuciones son: a. se hace democráticamente por votación universal. Un representante de los Docentes nombrados f. organización. Art. Secretario académico e. b y c del artículo anterior. Elabora y ejecuta el Plan de Monitoreo y Supervisión de su jefatura.d. ejecución. secreta y obligatoria entre los miembros de cada grupo representado. al finalizar el Ciclo Académico. Coordina con la Jefatura de Unidad Académica sobre las acciones de actualización y perfeccionamiento docente. propone alternativas para el fortalecimiento de la gestión y mejora institucional. Opina sobre los criterios de autoevaluación de la institución Educativa. Un representante de los Estudiantes. Es convocado y presidido por la Directora General. g. Área de Producción. Asesora a la Dirección General en acciones administrativas relacionadas con sus funciones. Consolida el cuadro semestral de necesidades de bienes y servicios del Instituto Superior de Educación Público para su aprobación por el Consejo Directivo. Gestiona y provee los recursos necesarios para la óptima gestión institucional c. Coordina. Controla. Informa a las autoridades y comunidad educativa sobre el manejo de los recursos y bienes institucionales g. de acuerdo a la normatividad vigente y debidamente presupuestada. n. Elabora. k.S. Área de Investigación e Innovación Pedagógica y Tecnológica cuyas funciones están comprendidas en los artículos del 61°. 65° del D. útiles de oficina. 004-2010-ED. Presenta el Presupuesto General del Instituto en el mes de noviembre para su aprobación por el Consejo Directivo y pone en conocimiento a la Comunidad Educativa. s. j. Elabora el Rol de Vacaciones del personal Administrativo y de servicios a su cargo. q. Área de Secretaría Académica. Administra los bienes y recursos institucionales. Rendirá cuentas semestrales a la Comunidad Educativa. l. administrativo y de servicio. Coordina. f. controla y evalua la recaudación de ingresos propios que genere el Instituto. dirige. o.S. los procesos disciplinarios de los estudiantes y otros que señale su reglamento. i. apoya y financia la actualización del personal docente y administrativo de la institución. salvaguardando un % para cubrir el costo las visitas de monitoreo y supervisión de las prácticas realizadas por los estudiantes. logística y administrativa para el logro de objetivos institucionales. 96ºSon Órganos de Apoyo Se consideran Órganos de Apoyo: La Unidad Administrativa. informando sobre el avance presupuestal. h. p. supervisa. Elabora su Plan de Trabajo Anual b. supervisa y controla acciones de Administración del personal docente.e. Además cumple las siguientes funciones: a. Prioriza el uso de infraestructura. ejecuta y evalua el presupuesto de la institución. Organiza y ejecuta acciones económicas y financieras en coordinación con las áreas de contabilidad. N° 004-2010-ED. Art. r. evalúa y racionaliza la utilización de los recursos materiales y financieros que dispone el Institución. Art. Planifica. m. conforme a las normas de trasparencia vigente. 97ºLa Unidad Administrativa Es un órgano de apoyo del Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús”. equipamiento y otros bien para el cumplimiento de acciones académicas institucionales. está dirigido por un Jefe quien depende de la Dirección General. Área de Formación en Servicio. Informa a la Dirección General por escrito mensualmente acerca del cumplimiento del gasto efectuado el mismo que será aprobado por el Consejo Directivo. Resuelve en última “Instancia”. informando al Consejo Directivo. Proponer las comisiones de control. concursos y procesos. Los permisos solicitados a cuenta de vacaciones serán acumulados y descontados de su periodo vacacional vigente. . sus funciones están establecidas en el art° 65 del D. 63°. d. f. Área de Proyección Social e Imagen Institucional. el mismo que se ejecutará de conformidad con las normas vigentes sobre control del personal. e. Dispone los pagos ordenados por la Directora General. material de impresión y otros. 64. Planifica. controla y supervisa el abastecimiento de material educativo. priorizando los de apoyo logístico a las actividades de aprendizaje. regionales y nacionales. Hace el requerimiento de los útiles de escritorio y otros. contabilidad. i.. Mantiene al día los libros de contabilidad de la Institución . las comunicaciones e informaciones. 99° Del Encargado de Mesa de Partes: a. Convoca en coordinación con la Dirección General y el Comité. g. f. Vela por la conservación y seguridad de los bienes de la oficina. b. f. Ingresa al sistema de cómputo la información de los expedientes y las distribuirla a las diferentes oficinas. 98° La Secretaría de la Unidad de Administración Está a cargo de un Técnico Administrativo (TA) responsable de conducir el proceso documentario. Brinda adecuado servicio de comunicación e información al usuario c. Brinda orientación oportuna y buen trato a los usuarios en concordancia con lo estipulado por la Ley 27444. así como su registro en el libro de títulos de la institución. e. Lleva el control del uso del auditorio. Realiza las demás tareas que le asigne el Jefe de la Unidad Administrativa en relación con el cargo que desempeña. Prepara y mantiene actualizada la agenda telefónica del personal de la institución. b. g. contabilidad del instituto. fechando. Prepara el Balance Mensual del movimiento económico de la institución. d. no atendida y atendida. Art. u. Mantiene en orden el archivo documentario. coordina. foliando. sala de audiovisuales. 100° El Área de Contabilidad Está a cargo de un Contador Público Colegiado y depende jerárquicamente del Jefe de Unidad Administrativa. orienta. h. Lleva la estadística de los expedientes ingresados. informando a Secretaría Académica. registrando y clasificando los expedientes para ser derivados a la oficina correspondiente. Prepara el despacho del Jefe de la Unidad Administrativa. Coordina el llenado de Título y gestiona su inscripción ante la Gerencia Regional de Educación. la adquisición y concesión de Bienes que sean necesarios. Sus funciones son: a. Planificar. codificando. Realiza otras acciones inherentes a su cargo. Recepciona la documentación presentada por los usuarios. de autoridades locales.t. Elabora el presupuesto mensual y anual de la Institución. bajo responsabilidad. Vela por la conservación y mantenimiento de la infraestructura y demás bienes de la Institución. Ley de Procedimiento Administrativo General. plataformas deportivas y de la movilidad y otros bienes. Art. c. Elabora “Guías del Usuario” para su difusión. e. h. b. supervisa las acciones de tesorería. presupuesto y la c. respectivo para la Licitación. Art. Dirección Administrativa y Dirección General. respetando los periodos de acuerdo a Ley. orientación y ejecución de las acciones de tesorería. logística y abastecimiento. Tiene las siguientes funciones: a. d. Es responsable de la coordinación. Informa al Secretario Académico sobre documentación no recabada para su incineración. Elabora y difunde el balance económico y financiero al término de cada semestre académico para el conocimiento de los diferentes estamentos de la Institución. v. así como los teléfonos de emergencia local. Digita documentos del órgano de la Unidad Administrativa. d. conjuntamente con el responsable de tesorería. que le encomiende el Jefe de la Unidad Administrativa. Art. f. Organiza y atiende el servicio de biblioteca. registro. k. Coordina de manera permanente con los órganos técnico-pedagógicos. Prepara y presenta la documentación sustentadora del gasto para ser visado por la Gerencia Regional de Educación. d. La atención será contínua. Realiza las demás funciones que le asigne el Jefe de Unidad Administrativa. con documentos sustentados. recoger las Planillas y Boletas de pago mensual del personal que labora en el Instituto. Elabora mensualmente la estadística de usuarios de la biblioteca. g. Art. Entrega el material de lectura recomendando su cuidado y devolución al término de 48 horas. b. l. catalogación y clasificación de libros. Brinda la información necesaria para el Balance Anual y arqueos de caja. para su aprobación por el Consejo Directivo. ferias y exposiciones durante la semana del Libro. j. Velar porque se mantenga un ambiente de tranquilidad. Publicará en un lugar visible el horario de atención al usuario. Actualiza anualmente en coordinación con Jefe de Unidad Administrativa el Reglamento de Funcionamiento de la Biblioteca. e. Implementa el servicio computarizado de la bibliografía para garantizar un servicio eficiente. Ejecuta pagos por diferentes conceptos con visto bueno del Jefe de la Unidad Administrativa y la Dirección General. c. en coordinación con la Jefatura Administrativa. d. 102º La Biblioteca Está a cargo de un Técnico en Biblioteca y asume las siguientes funciones: a. e. coordinar las acciones de tesorería. en los dos turnos establecidos por la institución. el uso racional del acervo bibliográfico y otros. con el Área de Contabilidad del instituto. Planifica. i.e. c. Efectuar los cobros por los diferentes derechos de pago. n. 101° Tesorería Está a cargo de un Técnico Administrativo depende del Área de Administración y tiene las siguientes funciones: a. tesis y otros documentos. Mantener al día los archivos de la documentación contable. b. i. Revisa y firma el parte diario de fondos. g. f. Informa al Jefe de Unidad Administrativa del material deteriorado para que sea dados de baja. participando en la actualización del inventario de los bienes de la biblioteca. h. Realiza las demás funciones relacionadas con su cargo que le sean asignadas. relacionados con su cargo. con excepción de las tesis que no se podrán prestar a domicilio ni fotocopiadas bajo responsabilidad. textos. Por delegación de la Dirección General. h. Formula el cuadro de necesidades de bienes y servicios del Instituto. Realiza el inventario anual de los bienes y enseres de la biblioteca. Propicia y ejecuta en coordinación con la Jefatura de Administración las actividades para el incremento de material bibliográfico. j. . Mantiene actualizado y computarizado el fichero bibliográfico. así mismo para el estudio de los usuarios. bajo responsabilidad. Recauda los fondos procedentes de actividades que se realizan en beneficio del Instituto con autorización de la Dirección. Prepara y ejecuta. f. Elabora el Balance Económico Financiero al término de cada semestre académico para difusión por escrito en panel informativo institucional y conocimiento de los estamentos de la institución. orden y respeto para la lectura. k. revistas. Realiza los procesos técnicos de ingreso. m. d. p. Verifica que las reparaciones de los equipos estén de acuerdo con las especificaciones del control f. Formula los Contratos de adquisiciones. c. Recepciona y controla bajo responsabilidad la cantidad. Realiza bajo responsabilidad el control y archivo de todos los documentos impresos y velar por su orden. Realiza las demás funciones que se le asigne. Elabora el registro de proveedores y lo mantiene actualizado. r. g. Publica periódicamente la adquisición de obras nuevas ingresadas a la biblioteca. j. clasificar y reproducir los materiales educativos y administrativos. Supervisa la existencia y conservación de los materiales. k. proponiendo las reparaciones que sean necesarias. Elabora la información estadística del uso de los materiales a su cargo. está a cargo de un técnico administrativo y cumple las siguientes funciones: a. limpieza y seguridad c. Prepara ordenes de Servicio y compras conforme a las indicaciones del Jefe de Unidad Administrativa i. Recepciona. g. b. j. así como alternativas de solución. Realiza trabajos de encuadernación y empaste y/o anillado. a ser usados por el personal de la Institución previa autorización del Jefe de Unidad Administrativa. q. para la aprobación del Jefe de Unidad Administrativa y su posterior ejecución. adquisición. Art. Vela permanentemente por la conservación de los bienes y mobiliario de la biblioteca. Informa por escrito.o. Formula el Plan Anual del Trabajo de su área para su aprobación por la Jefatura de la Unidad Administrativa. Realiza periódicamente la limpieza de los equipos asignados a su cargo. h. d. acerca del cumplimiento de las acciones realizadas durante el año académico. Informa periódicamente sobre el estado operativo de los equipos de su área. Registra bajo. previo requerimiento de las oficinas y con autorización del Jefe de Unidad Administrativa. b. Realiza otras funciones afines a su cargo que le encomiende el Jefe de Unidad Administrativa. 105° Área de Servicios Generales . En caso de deterioro da cuenta inmediata al Jefe de la Unidad Administrativa. Acondiciona y/o habilita el ambiente para facilitar la atención. e. Realiza y coordina con la jefatura del área de administración los procesos de programación. Revisa y firma oportunamente las Constancias de No Adeudar: libros y revistas de los alumnos y/o docentes que lo soliciten. almacenamiento y distribución oportuna de los bienes. manteniéndolos en condiciones operativas. reparaciones y diversos trabajos de mantenimiento. i. Vela por la buena conservación y uso de los bienes y enseres del área a su cargo. f. 103° El Responsable del Centro de Impresiones Cumple las siguientes funciones: a. indicando logros y dificultades. Art. e. responsabilidad. Demuestra en todo momento buen trato a los usuarios. el ingreso y la salida de bienes del almacén de la Institución. artículos y enseres del Instituto. Realiza las cotizaciones para la adquisición de bienes y servicios según los requerimientos y necesidades institucionales. Art. al término del año lectivo. calidad y demás características de los bienes recibidos. h. 104° Área de Abastecimiento Depende del Jefe de Unidad Administrativa. es el responsable de la seguridad de los ambientes del local institucional. i. vajillas y similares. j. Art. reparación o mantenimiento. c. Cumple las siguientes funciones: a. d. 108° El Personal de Servicio Tiene las siguientes funciones: a. 107° El guardián.Conformado por el equipo de trabajadores de mantenimiento. Participa en la formulación del plan anual de mantenimiento de infraestructura de la institución. Registra a las personas visitantes que ingresa y sale del local. b. portería y guardianía. Vela por la conservación. controlando el uso del uniforme. b. Limpia y desinfecta los ambientes. 106° El trabajador de Servicio como Portero. b. Art. . Registra diariamente las salidas y retornos del personal docente y administrativo de acuerdo a la papeleta de autorización de salida. laboratorios y demás ambientes e instalaciones. Realiza diversas funciones de limpieza diaria de los ambientes que se les asigne. Provee de seguridad al mobiliario. seguridad buen uso de los bienes e infraestructura de la Institución. Controla el ingreso y salida de los estudiantes de la institución. Realiza otras actividades inherentes a su labor que le asigne su jefe inmediato. f. quien es responsable de programar y ejecutar las acciones inherentes a la conservación. y mantener al día el cuaderno de ocurrencias de portería. coordinando oportunamente cuando se requieran acciones de arreglo. así como de los bienes y enseres informando inmediatamente de su pérdida o deterioro al Jefe de la Unidad Administrativa y/o Director General. g. f. Se reporta ante el jefe de Servicios Generales. informándole de las ocurrencias sucedidas durante su turno de trabajo. El Jefe de Servicios Generales depende del Jefe de la Unidad Administrativa y realiza las siguientes funciones: a. solicitando su DNI. solicita el horario del personal para mejor información. Art. e. mantenimiento y servicios generales que se generan en el Instituto. Cumple sus funciones en el turno nocturno. Controla que los muebles y enseres que salen de la Institución cuenten con la autorización correspondiente. para su investigación a efecto de determinar responsabilidades. c. evalúa y supervisa el mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles de la Institución. Está a cargo del Jefe de Servicios Generales. Demuestra en todo momento buen trato a las personas tanto de la Institución como a los visitantes. Anota en el registro correspondiente las salidas no autorizadas del personal docente y administrativo informando bajo responsabilidad al Jefe de la Unidad Administrativa. Permanece. Realiza otras funciones inherentes a su cargo que le encomiende el Jefe de la Unidad Administrativa. Formula. k. e. en la portería bajo responsabilidad. durante su turno. oficinas. d. h. Orienta a los usuarios sobre ubicación de oficinas o trabajador de la institución al que busca. conserjería. orienta y coordina las acciones necesarias referentes al mantenimiento y limpieza de la infraestructura de la Institución. Controla. Realiza tareas de Portería del local Institucional. Propone sugerencias a su jefe inmediato para mejorar el servicio de portería. aulas. Vigila los servicios de abastecimiento. c. el material utilizado.c. 110° Del Chofer. El Instituto cuenta con los siguientes Laboratorios: a. conservación y mantenimiento de los bienes e inmuebles en general. Prepara. b. Depende jerárquicamente del Jefe de Unidad Administrativa y funcionalmente del Jefe de Laboratorio y desempeña las siguientes funciones: a. . 109º El Auxiliar de Laboratorio. i. b. m. Apoya en la reparación de carpetas y otros bienes malogrados. Art. Los Laboratorios. equipos y otros enseres. Recepciona después de cada práctica. Realiza tareas manuales como el traslado de muebles. 111°. Lleva. codificación e inventario de los equipos y materiales existentes. Depende Jerárquicamente del Jefe de Unidad Administrativa. g. d. controlando el consumo de combustible y otros insumos necesarios para el buen funcionamiento. Hace el requerimiento de los materiales de limpieza. Vela por la conservación. con el Jefe del Laboratorio. materiales y reactivos. Vela por la seguridad y conservación de los bienes de la Institución. c. Limpia y esteriliza el material. e. h. b. Distribuye interna y/o externamente la documentación. bajo su responsabilidad. j. g. Participa. e. Lleva el registro de muestras y/o material de laboratorio a utilizar de acuerdo a instrucciones pertinentes. Realiza otras funciones que le asigne el jefe de y profesor que hace uso del laboratorio. Colabora en las distintas actividades sociales. i. Art°. Laboratorio de Química. Mantiene en buen estado de conservación y operatividad la unidad móvil a su cargo. Selecciona. el material necesario para las prácticas. culturales y deportivas que realiza el Instituto interna o externamente. d. d. Es un trabajador con licencia de conducir A-3. l. h. Laboratorio de Biología. verificando su estado de conservación. j. Cumple las demás funciones que le asigne el Jefe de Unidad Administrativa ó Directora General. Conduce la unidad móvil a los lugares que se le asigne respetando las Reglas y dispositivos de tránsito. Completa su jornada laboral con otras funciones que le asigne el Jefe de Unidad Administrativa. instalación. Vela por el uso racional de los equipo. Informa inmediatamente al Jefe de Laboratorio sobre cualquier anormalidad ocurrida en el desarrollo de la práctica. Revisa y renueva oportunamente las etiquetas de los recipientes. en coordinación con el Jefe de Unidad Administrativa. cumple las siguientes funciones: a. instrumental del laboratorio. Arregla y conserva los jardines y áreas verdes. mantenimiento y seguridad. en actitud de alerta y vigilante. f. clasifica y entrega con cargo el material a los profesores que dirijan la práctica. k. Laboratorio de Física. mantenimiento y seguridad del mobiliario y el equipo del laboratorio. el registro de recorrido de la unidad móvil. Art. en la organización. bajo responsabilidad. f. c. con la debida anticipación. Permanece en el laboratorio todo el tiempo que dure la práctica. son ambientes que se utilizan para realizar las prácticas de acuerdo al desarrollo curricular de las diferentes áreas y/o asignaturas relacionadas con la Carrera Profesional. los diversos bienes y/o materiales que tienen a su cargo. g. de Arte y Talleres Artísticos. tiene como finalidad proveer de material logístico para el desarrollo de las actividades de aprendizaje de los estudiantes de las diferentes especialidades y niveles. del laboratorio a su cargo. organizar. Asume la responsabilidad y control por el buen uso de la infraestructura y bienes a su cargo. e. Lleva el inventario físico del Centro de recursos del aprendizaje i. Coordina y elabora el horario de prácticas del laboratorio conjuntamente con los docentes de la especialidad. apoya y supervisa los trabajos prácticos realizados por los docentes y estudiantes en contenidos inherentes al Área de su competencia. 113°. Idiomas. Historia y Geografía. Realiza otras funciones inherentes su cargo que le asigne el jefe inmediato superior. Programa. en forma permanente. Elaborará el informe semestral por escrito. Laboratorio de Matemática. Asume la responsabilidad por el buen uso de la infraestructura. Laboratorio de Computación e Informática. Elabora su Plan Anual de Trabajo del Centro de Recursos a su cargo. Está a cargo de un profesor estable de la especialidad. Es designado por el Director General a propuesta del Consejo Directivo por un periodo de dos años. depende orgánicamente del Jefe de Unidad Administrativa y funcionalmente del Jefe de Unidad Académica.d. El Centro de Recursos para el Aprendizaje.Vela. d. dirigir. clasifica. supervisar. c. Elabora el Plan Anual de Trabajo del laboratorio a su cargo. tanto con estudiantes como con docentes. h. permanentemente. dirige. Coordina y ejecuta exposiciones de materiales educativos . Art°. h. Informa al Jefe de la Unidad Administrativa sobre el deterioro o pérdida de materiales determinando los responsables. Orienta. f. b. Recepciona. coordina. dichos Centros de Recursos son los siguientes: Educación Inicial. el desarrollo de diversas actividades económicas para implementar con material y mobiliario al respectivo laboratorio. informando oportunamente a la Jefatura de la Unidad Administrativa de la pérdida o deterioro de los mismos. e. Art°112° Los Laboratorios están a cargo de un Docente estable de la especialidad. Lengua y Literatura. controla y evalúa el desarrollo de las acciones del Centro de Recursos de Aprendizaje. indicando logros y dificultades. e. c. Educación Física. es responsable de planificar. f. cumple las siguientes funciones: a. controlar y evaluar la organización y funcionamiento del Centro de Recursos. Educación Primaria. por la buena conservación y uso de los bienes y enseres a su cargo. bienes y enseres existentes. Elabora y presentar al Jefe de Unidad Administrativa el informe Anual del Movimiento del Centro de Recursos g. Realiza exposiciones internas y externas de los trabajos realizados del laboratorio a su cargo. Es designado por el Director General a propuesta del Consejo Directivo por un periodo de 2 años. sus funciones son: a. h.Coordina con los Jefes de Aéreas Académicas el desarrollo de cursos de actualización dentro del marco de efecto multiplicador. b. d. codifica y actualizar. Promueve en coordinación con la Jefatura de la Unidad Administrativa. Dependen Jerárquicamente del Jefe de la Unidad Administrativa. Elabora el Plan Anual de Trabajo de la Oficina a su cargo. Técnicos Administrativos. Otros en concordancia con el Cargo y las Disposiciones Legales pertinentes.S... Digita la documentación oficial. Publica los promedios de las áreas al término de cada semestre y entrega las boletas de notas al estudiante en forma oportuna. o. k. evaluación y titulación del estudiante previa coordinación con los jefes de área Académica. 0042010-ED. en coordina con la Jefatura de Unidad Académica. Tramita la titulación profesional de los estudiantes y lleva el Registro de Títulos. g. Sus funciones que realiza están establecidas en el Art° 61 del D. Coordina y supervisa el sistema de trámite y archivo general de Títulos que expide el Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús” l. organiza. Organiza y administra los servicios de registro académico y de evaluación del estudiante. coordina y conduce el trámite documentario a su cargo. Operador de sistemas. Ñ. c. 116° La Secretaría de la oficina de Secretaría Académica está a cargo de un Técnico Administrativo y sus funciones son: a. Secretario Académico. h. También mantiene actualizado y ordenado el archivo de la oficina. Coordina con la Jefatura de Unidad Académica la entrega oportuna de los registros de evaluación. Art°. que depende del Jefe de Unidad Académica y está a cargo de un SECRETARIO ACADÉMICO. f. encargado de organizar y administrar los servicios de registro. retirados.LA SECRETARÍA ACADÉMICA. m. egresados. Orienta y capacita al personal a su cargo sobre las funciones que deben desempeñar en concordancia con la normatividad vigente. Tramita la obtención y registro de duplicado de Diploma de Título Profesional Pedagógico. alumnos: Matriculados. n. certificación y titulación de los estudiantes de conformidad a las normas establecidas. e. b. el Reglamento de Evaluación de los aprendizajes de los estudiantes.La Secretaría Académica está constituida por el siguiente equipo: a. promoción. dirige. N° 417-2009-ED y otras normas afines. Secretaría de Oficina. Participar en la Comisión de Traslados Internos y Externos. Art°. Asesora a los Formadores en lo referente al manejo de Registros de Evaluación teniendo en cuenta los currículos del nivel y/o especialidad. N° 408-2010-ED.. R. Vela por la seguridad y conservación de los Registros de Evaluación Académica remitidos por la Jefatura de Unidad Académica debidamente visados. Coordina con la Jefatura de Unidad Administrativa sobre el llenado de Títulos y la respectiva inscripción ante la DRE.D. d. . licencias. c. por semestre académico. i.Art°. orden de méritos. coordina y evalúa los procesos matrícula. 115°. p.Es un órgano de apoyo del Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús”. b. 114º . número de titulados. b. Además cumple las siguientes funciones: a. d. ingresantes. R. Proyecta las Resoluciones correspondientes referidas a:  Convalidaciones  Traslados Internos y Externos  Licencias de Estudios  Aprobación de matrícula y cursos de subsanación y otros relacionados con el área a su cargo. Organiza. propia de su función. Elabora y sistematiza la base de datos estadísticos sobre postulantes. Programa. Elabora.D. j. Realiza otras funciones inherentes a su cargo que le encomienda el Secretario Académico.c.. g. sus funciones que realiza están establecidas en el art° 63 del D. en basa a los documentos oficiales existentes. orden de méritos. sistematizando la base de datos estadísticos. e. Sistematiza el proceso de elaboración de las actas consolidadas de rendimiento académico. e. así como las fichas de rendimiento académico del alumnado. Art°. Desempeña sus funciones con responsabilidad y honestidad. Art°. Centraliza. d. ingresantes.. garantizando un buen trato a los usuarios. 118. sobre postulantes. está a cargo de un docente estable. alumnos matriculados.S. sus funciones que realiza . f. Operador de Sistemas. número de titulados. registra. Asume en coordinación con la Jefatura de la Unidad Administrativa la planificación. que se le encomiende. por niveles y especialidades. depende jerárquicamente del Jefe de la Unidad Administrativa. en estrecha coordinación con el Secretario Académico.es un órgano de apoyo del Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús”. Vela por la seguridad de los datos sobre rendimiento académico ingresados a la computadora. egresados. g. d. profesores nombrados y contratados. d. Realiza otras acciones inherentes a su cargo. Registra información en las fichas de rendimiento académico. dando cuenta al Secretario Académico. Atienden la petición del usuario conforme al orden de ingreso del expediente. Participan en la elaboración del cuadro de orden de méritos.. f. e. c. b. d. c. Procesa documentación sobre expedición de certificados de estudios. Brinda adecuado servicio de información al usuario y buen trato. al finalizar el año académico. Computariza toda información relacionada con el resultado del rendimiento académico. Art°.. b. 117° De los Técnicos Administrativos: a. nóminas de matrícula. f. El operador de sistemas tiene las siguientes funciones: a. Realiza las demás funciones que le asigne el Secretario Académico. traslados internos y externos. 119º. h. Otros afines a su cargo que le asigne la superioridad Art°. está a cargo de un docente estable.Área de Producción.Área de Formación en Servicio. al finalizar cada semestre académico el cuadro de méritos de los estudiantes. 004-2010-ED a. b. Elabora. 120º.Es un órgano de apoyo del Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús”. procesa y sistematiza los datos numéricos y estadísticos a cerca del rendimiento académico de los estudiantes. desarrollo. actas consolidadas y otros documentos oficiales del área. retirados. convalidaciones y licencias de estudios. Coordina el trabajo de los técnicos de la oficina. Elaborar las normas específicas que regularan la ejecución de proyectos productivos y convenios con instituciones públicas y privadas. c. Apoyan en el proceso de Inscripción y matrícula. visados por la Gerencia Regional de Educación. asi como la relación de alumnos que no cumplen con los requisitos para matricularse en el semestre inmediato superior. monitoreo y evaluación de Proyectos Productivos que permitan generar ingresos económicos a la institución. organización. Procesa las solicitudes de rectificar de nombre y apellidos. depende jerárquicamente del Jefe de la Unidad Administrativa. Elaborar el PAT de su jefatura. Prepara el despacho para la firma del Secretario Académico. Vela por la seguridad y conservación de los bienes de la oficina. métodos. b. de tal manera que se garantice la aplicación y/o desarrollo de los trabajos que realizan los estudiantes. Promover actividades y/o proyectos de innovación pedagógica – tecnológica que contribuyan a elevar el nivel de formación profesional de docentes y alumnos a su cargo. que permitan sistematizar la experiencia de los docentes en servicio. según corresponda. El Área de Investigación e Innovación Pedagógica y Tecnológica. monitoreo y evaluación de las acciones técnico pedagógicas y administrativas del Programa de Formación en Servicio en el ámbito de influencia del instituto. Art°. Orientar la utilización de estrategias metodológicas para la fase residencial y a distancia. Elaborar el PAT de su jefatura. estrategias. Recibe la opinión del informante para efectos de aprobación o reestructuración del trabajo de investigación y/o proyecto productivo empresariales seleccionados con fines de titulación. Opina sobre la aprobación definitiva del trabajo de investigación por el equipo de su responsabilidad para su impresión y sustentación. ejecutar. g. es responsable de: Programar. ejecuta y evalúa el Plan de Trabajo Anual de la jefatura a su cargo. Formular y ejecutar Proyectos de capacitación.S. Organiza y ejecuta en coordinación con la Jefatura de la Unidad Administrativa y profesores de práctica actividades y/o proyectos de proyección a la comunidad que contribuyan a mejorar la calidad de vida de sus integrantes.. f. El Informante designado deberá necesariamente ser un formador de la especialidad del tema de Investigación. y está a cargo de un docente estable y sus funciones son: a. c. Otras funciones afines a su cargo que le asigne la Jefatura de la Unidad Académica. h. es el órgano de apoyo del área administrativa y está a cargo de un docente estable y desempeña las siguientes funciones: a. desarrollo. innovaciones y otros aprovechando racionalmente los recursos de la institución y de la comunidad. . e. b. Asumir en coordinación con la Jefatura de Unidad Administrativa la planificación. b. monitorear. c. Elaborar las normas académicas específicas que regularan los programas de capacitación y especialización de docentes en servicio. nacionales y extranjeras para la ejecución de acciones de Formación Docente en Servicio Art°. Establecer criterios y bases para celebrar convenios con Instituciones regionales. Elabora. d. organización. g. es el órgano de apoyo de la Jefatura de la Unidad Académica. Designa oportunamente al docente informante para la revisión y seguimiento del Proyecto de Investigación. Designa en coordinación con el Jefe de la Unidad Académica y Jefe de área respectiva al grupo de docentes de los diferentes niveles y especialidades para la aprobación de los temas de Investigación y/o los proyectos productivos o empresariales con fines de Titulación en la carrera profesional correspondiente. e. Elaborar el PAT de su jefatura. 121°. O sea. f.El Área de Proyección Social e Imagen Institucional. Experimentar programas. Además realiza las siguientes funciones: a. 004-2010-ED (segundo párrafo). c. Propone a la Jefatura de Unidad Académica el cronograma de sustentación del informe final de investigación y/o proyecto productivo o empresarial realizado.están establecidas en el art° 63 del D. d. segunda especialidad y de Formación continua del Docente en Servicio. asesorar y evaluar las acciones de investigación con fines de titulación.122. Desarrolla con los estudiantes actividades de índole social que permitan potencializar las relaciones interinstitucionales. Orienta y desarrolla acciones educativas que influyen permanentemente en el inter y auto aprendizaje. Programa. i. organiza. f. a la Jefatura del área académica los registros de evaluación debidamente llenados sin borrones ni enmendaduras. personal. Art°. 124. g. h. Los docentes son profesionales con nivel académico actualizado. Art°. así como la planificación. Planifica. 004-2010-ED. formando equipos de trabajo.d. Orienta y asesora a los alumnos en su problemática académica. en reuniones. ejecuta y evalúa actividades de tutoría y/o consejería a los estudiantes. desarrolla y evalúa los cursos. que permitan su desarrollo personal y social de los estudiantes. charlas y presentaciones organizadas por el Instituto. capaces de tomar decisiones. en coordinación con la Secretaria Académica. su reglamento de Ley D. utilizando sus horas de permanencia. el Proyecto Educativo Institucional (PEI) y el Proyecto Curricular del ISP. Planifica. Coordina con el órgano de Dirección y Jefaturas la realización de actividades que permitan fortalecer la imagen institucional. Informa periódicamente a la Jefatura de Unidad Administrativa el cumplimiento de sus funciones. 123º. tecnológicos y de proyección social de acuerdo a su nivel y especialidad. e. testimonios (pruebas) para efectos de supervisión. liderazgo y visión de futuro. Del personal docente. ejecución y evaluación del Plan Anual de Trabajo. enmarcado en el perfil profesional. religiosas y otras para garantizar el cumplimiento del calendario cívico. S. organiza y unifica criterios. Los docente del Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús” es un agente del proceso educativo de conformidad a la Ley 29394 de “Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior” Artículo 38º y 39º. Como formador es responsable de promover y fortalecer la motivación de los estudiantes a realizar trabajos de investigación. exposiciones. así como los trabajos de investigación para su titulación. y a las autoridades superiores. resolver problemas y orientar su gestión a formar profesionales críticos y reflexivos para un mundo en constante cambio. Además cumple las siguientes funciones: a. ética profesional. . talleres pedagógicos. en coordinación con la unidad Académica. Entrega oportunamente a los alumnos. Participa activamente en la planificación. k. Produce material auto instructivo para profundizar el aprendizaje de los alumnos y de acuerdo al diseño y normas técnicas adoptadas por el Instituto. responsabilidad. l. áreas y módulos. información a los padres de familia. trabajos grupales e individuales. Participa en comisiones de trabajo. cívicas. f. los resultados de su rendimiento académico: Intervenciones orales. en el control de la asistencia del alumnado. g. d. Organiza y ejecuta actividades de índole social.S. Evalúa en forma permanente el proceso de formación integral del estudiante mediante la aplicación de técnicas e instrumentos confiables y proponer las acciones correspondientes para asegurar los mejores resultados. 004-2010-ED Artículo 66º y 67º. j. e. Las funciones las realiza en concordancia con el art° 67 del D. b. implementa. pruebas escritas y otros. Asimismo. programación. Elabora y entrega los instrumentos técnicos pedagógicos antes de iniciarse el semestre académico. c. programación de proyectos. Participa en las acciones de monitoreo y de evaluación de la práctica profesional e investigación educativa y tecnológica. h. Participa en actividades de recuperación académica. DERECHOS. a. DEBERES. Jerárquico. Como formador es responsable de asesorar monitorear y evaluar las prácticas pre profesionales. tutoría del educando. 1. b. Art°. que le asigne el órgano directivo. Ser sujeto de promoción interna. docente y administrativo que elabora en el Instituto Superior de educación Pública “Sagrado corazón de Jesús”. q) Desempeña otras funciones afines a su cargo. después de haber sido negociado con los estudiantes. f. b. PERSONAL JERARQUICO Y PERSONAL ADMINISTRATIVO. e. Ser tratado con respeto por los integrantes de los estamentos que conforma la comunidad educativa sagradina. a. Presenta su Silabo(s) y programaciones en forma oportuna. Cumple responsablemente los deberes que impone el servicio público. Goza de permisos y licencias de conformidad a lo establecido en el presente reglamento en concordancia con las disposiciones legales vigente. c. El personal Directivo. 126. TITULO IV. b. Práctica y mantiene cordiales relaciones humas. Docente y Administrativo que elabora en el Instituto Superior de Educación Pública “Sagrado Corazón de Jesús”. seminarios. DEBERES. Detectar problemas que afecten el desarrollo del estudiante y su aprendizaje.m. . Asiste puntualmente a las reuniones de trabajo convocada por los órganos directivos de la institución d.1. g. marcar personalmente la tarjeta de control de asistencia tanto a la hora de ingreso como la de salida. aplicando estrategias adecuadas para una evaluación justa y equitativa. p) Desempeñar su función con responsabilidad y honestidad dentro del marco de la ley de ética profesional. o. Art°. CAPITULO I. f. Ser informado oportunamente de las normas que le conciernen como miembro de la institución. para ser tratados por el equipo de docentes consejeros. Asiste con puntualidad a sus labores diarias respetando el horario establecido. ESTIMULOS. DEBERES Y ESTIMULOS DEL PERSONAL DOCENTE. Utiliza estrategias y tecnología moderna en la dirección del aprendizaje. Jerárquico. proyección social y extensión educativa. Asiste a cursos de actualización y perfeccionamiento. congresos etc. 1. PERSONAL DIRECTIVO. n. El servidor administrativo tiene derecho a desarrollarse en la carrera administrativa en base a su calificación laboral no debiendo ser objeto de discriminación. garantizando un buen clima institucional. Recibe el material en forma oportuna para el desarrollo de las actividades de aprendizaje. El personal Directivo. goza de los siguientes derechos: a. h. DERECHOS. además de los derechos establecidos en las leyes y reglamentos específicos. derivando al Jefe del área académica. c. d. e. Participar en cursos. monitorea los talleres de sistematización y coordinar permanentemente con el jefe del área de investigación. Recibe apoyo oportuno para llevar a cabo trabajos de investigación. ERECHOS.2. tiene los siguientes deberes: a. 125. INFRACCIONES Y SANCIONES DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. ñ) Participa en actividades cívico patrióticas programadas por la Institución. El docente estable cumplirá su jornada de trabajo en el horario y turno establecido. c. rindiendo informe al término del mismo. h. practica un comportamiento ético. Asesora gratuitamente a los estudiantes en trabajos de investigación. Art° 131.45 minutos. No se permitirá laborar en ambos turnos en un solo día. k. N° 005-90-PCM. 127. 14 horas 00 minutos El horario de ingreso para el personal Directivo es el siguiente: Hora de ingreso: 07 horas con 50 minutos. ley del profesorado y su modificatoria y ley de bases de la carrera administrativa y reglamentos respectivos. El horario de ingreso a la institución para el personal docente es: TURNO MAÑANA: TURNO TARDE.g. j. al término del periodo postnatal una hora diaria por lactancia hasta que el hijo cumpla un año de edad.50 minuto. Art° 129. al año por motivos personales previa autorización de la Directora. marcando la hora de ingreso y salida en forma personal. Art° 132. Las profesoras con jornada ordinaria. Un día de permiso por onomástico. El personal Directivo Jerárquico. hora de salida 16 horas con 00 minutos Refrigerio de 13 horas hasta las 14 horas. Los profesores tienen derecho a gozar de permiso en los siguientes casos: a. Hace efecto multiplicador de los cursos de capacitación convocado por el ministerio de educación y/ u otras dependencias m. Conforme a su horario de clase excepto el docente contratado por 40 horas. docente y administrativo registrará su asistencia diariamente a través del reloj tarjetero. 128. La jornada de trabajo del personal Directivo. Personal docente contratado. b. Hora de salida: Hora de salida: 19. Se identifica con los principios axiológicos de la institución. alturado y digno acorde con la función docente en la institución y fuera de ella. su modificatoria Ley 25212. Art°. Para el personal administrativo conforme a lo establecido por el decreto Legislativo N°276 y su reglamento respectivo D. 1. . Hasta tres días. bajo responsabilidad del encargado del control de asistencia. Hora de ingreso: 07. hora de salida 16 horas con . HORARIO Y PERMANENCIA. Hora de Ingreso: 13. Cuida los bienes de la institución. Cumple con las demás obligaciones señaladas en el presente reglamento. N° 005-90-ED y otras normas complementarias. El horario de ingreso para el personal Administrativo es el siguiente: Hora de ingreso: 07 horas con 45 minutos. Art°.S. cumplirán su horario de trabajo conforme a lo establecido en el párrafo anterior.45 Minutos. y su Reglamento D. Participa responsable y activamente en las comisiones y/o equipos de trabajo. DE LA JORNADA DE TRABAJO. Art° 130. Promueve y elabora proyectos de investigación e innovación. i. ll.3.00 minutos Refrigerio de 13 horas hasta las 14 horas.S. Jerárquico y Docente se cumple de conformidad con lo establecido en la ley N° 24029. l. garantizando su buen uso. el D. 136. Citaciones médicas debidamente comprobadas. producto de un trabajo investigativo. Se exceptuará los casos estrictamente urgentes. No permitir el ingreso de estudiantes que lleguen tarde. ESTÍMULOS: Artº. Los permisos no contemplados en el párrafo anterior. que corresponde a una sesión de aprendizaje. d. de conformidad con los criterios establecidos por el Consejo Directivo. los mismos que serán concedidos por el Director Académicos o quien haga sus veces. N°005-90-PCM………… Art° 135. . No permitir el ingreso a clases a los estudiantes que no porten el uniforme oficial. considerándose como unidad básica de ejecución académica 100 minutos. Art. c. Art° 133. Resolución de felicitación otorgada por Unidad de Gestión Educativa y/o Gerencia Regional de Educación a propuesta del Consejo Directivo. 139° El profesor no está autorizado a dar permiso a los estudiantes para salir del local institucional.S. 1. Ésta no se debe dividirse en dos sesiones. Registrar la asistencia del estudiante dentro de los 10 minutos de iniciada la sesión de aprendizaje. previa entrega del cargo respectivo. así como para la producción y publicación intelectual. que deben ser autorizados por la Dirección General y/o Jefe de Unidad Académica. Art° 134.d.4. Citaciones judiciales y policiales. Resolución de felicitación expedida por la Dirección General. La duración de la hora académica es de 50 minutos. El personal docente hará uso de 60 días de vacaciones una vez culminado el año académico. Ley del profesorado N° 24029 y su modificatoria Ley N° 25212 y el reglamento del D. Diploma de reconocimiento otorgada por la Dirección General. Art. Los permisos por asuntos personales dentro de la jornada ordinaria de trabajo. en el caso del personal administrativo serán deducidos de su periodo vacacional no gozado o descontados de sus remuneraciones sino fuera posible la deducción de sus vacaciones. El formador cumplirá obligatoriamente como acciones preliminares del trabajo docente lo siguiente: a. previa entrega de registros de evaluación y otros documentos requeridos por la finalización del semestre académico. b. Art°. 140° El Personal Docente y Administrativo se hará acreedor anualmente a los siguientes estímulos: a. b. Enfermedad de ascendientes. N° 276. descendientes o conyugue. 138° Se prohíbe el ingreso de personas extrañas a aula durante el desarrollo de las clases. Todo falta injustificada está sujeta al descuento económico respectivo.L. 137. para el caso del personal docente estarán sujetos a los descuentos de ley y. e. c. tanto para el personal docente y administrativo. procede en los siguientes casos: a. d. (ES SALUD) c. El personal administrativo hace uso de sus vacaciones de acuerdo al rol propuesto por el Director Administrativo y aprobada por el Consejo Directivo. Art°. b. Becas de estudio gestionadas por la institución. Apoyo económico para su capacitación y perfeccionamiento. Las licencias y vacaciones del personal se otorgaran de acuerdo a los dispositivos legales vigentes. d. . cívicas. jardines. i. el Consejo Directivo. h. biblioteca. g. Mantener en perfectas condiciones las carpetas y otros materiales y restituirlo en caso de deterioro. Se abstiene de promover la suspensión de las clases y/o evaluaciones en forma individual y/o grupal. Solicitar oportunamente información de su avance académico al profesor de área. Usa el uniforme correctamente en: todos los actos académicos. ceremonias oficiales. Se abstiene de emitir opiniones que agravien a la Institución o a las personas que laboran en ella. Asiste puntualmente al Instituto debidamente uniformado y permanecer en él de acuerdo al horario establecido. b. j. religiosas. en actividades no autorizadas por la Dirección. Presentar sugerencias para la buena marcha del Instituto. DEBERES Y BENEFICIOS ASISTENCIALES A LOS ESTUDIANTES Art. g. según responsabilidad. limpieza y conservación de los ambientes. asimismo de participar en actos contra la moral y las buenas costumbres que atentan contra la integridad física de la persona. para su recuperación académica y personal. 142° Son derechos del estudiante: a. evitando manifestaciones reñidas con la moral y las buenas costumbres. Elegir libremente al tutor considerando que éste debe tener horas de clase en su aula. Para el otorgamiento de los estímulos establecidos en el artículo precedente. equipos. representando a la Institución. en las actividades cívicas. 143° Son deberes del estudiante: a. d. Participa. religiosas. e. h. Se abstiene dentro de la institución de intervenir en actividades político-partidarias. i. individual o en grupo en forma responsable. Adquirir una educación acorde con su formación profesional y de conformidad con el respectivo perfil y Estructura Curricular Básica de Formación Docente. k. Disfrutar de un ambiente de armonía y camaradería dentro de la institución. Recibir asesoramiento gratuito para la realización de su trabajo de investigación con fines de titulación durante el desarrollo del semestre académico. mobiliario y demás enseres de la Institución. se reunirá en sesión extraordinaria antes de finalizar el año académico para evaluar y aprobar las propuestas de estimulación por acciones sobresalientes del personal. Usa el uniforme de educación física durante el desarrollo del área respectiva. Ser tratado con respeto y sin discriminación. b. por parte del tutor. Cumple reglas de urbanidad y cortesía. Recibir información oportuna acerca de las normas que le concierne como estudiante. CAPÍTULO II DERECHOS. Recibir asesoramiento y orientación. siempre y cuando tenga un rendimiento académico eficiente. f.Artº. Formar parte del Consejo Estudiantes y Educativo. m. días festivos. culturales y deportivas. Respeta a todo el personal que labora en el Instituto y fomentar el respeto mutuo. servicios higiénicos. c. Se abstiene de usar el nombre de la institución. laboratorios. l. Demuestra dedicación permanente durante su formación profesional y contribuir al desarrollo de la Institución. debidamente sustentadas. k. Art. prácticas profesionales. j. c. 141º. f. Formular peticiones y quejas por orden regular. Contribuye en el mantenimiento. e. c) En caso de presentarse más del 2% del total de estudiantes con Promedio Ponderado Semestral con calificativo de nota (16). 145°. realizado por el departamento de psicología. b) El estudiante debe estar en condición de invicto en los semestres anteriores. b) Limitada Situación Económica. CAPITULO III INFRACCIONES. cuando su comportamiento está comprometido en acciones contrarias a las normas de la Institución. DE LOS BENEFICOS ASISTENCIALES En concordancia con el artículo 43° inciso f) de la Ley 29394. Los estudiantes tienen el beneficio de obtener una Bolsa de Trabajo. considerando: a) El 60% de la remuneración como resultado del trabajo realizado por el estudiante será para la institución y el 40% para él. mediante Resolución Directoral la relación de alumnos becados.150°. Constituyen infracciones las siguientes: a. destinada a beneficiar al 2% del total de la población. Art. previa evaluación estricta de su ficha socio económica. Incumplir las disposiciones del presente Reglamento y aquellas que establezca el Ministerio de Educación. Art. aprobado por Decreto Supremo N° 004-2010-ED. personal docente. y por su condición de deportista calificado. ART. realizaran trabajos a la institución a cambio del derecho de pago de matrícula y áreas a subsanar. e. Ocasionar daño físico o moral al personal y/o estudiantes dentro o fuera de la institución. 144°.2 de su Reglamento. Art. Conceder en cada semestre académico BECAS equivalente al 100% de la matrícula. Deberá remitirse semestralmente en forma obligatoria a la Gerencia Regional de Educación. conforme a ley. inciso 69. Emitir juicios injuriosos contra las autoridades. 151° INFRACCIONES. directa o indirectamente en actividades políticopartidaristas. Los beneficiados con el derecho a becas. Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior y el artículo 69°. Indicar que para obtener el derecho a BECA por Rendimiento Académico se tendrá en cuenta lo siguiente: a) El estudiante debe tener calificativo de (16) de nota de Promedio Ponderado Semestral en el semestre concluido. c. acto que debe ser corroborado en las actas de evaluación. se procederá a considerar a los estudiantes que estén en condición económica precaria. Participar dentro de la Institución. 149°. teniendo en cuenta las siguientes condiciones: a) Rendimiento Académico con calificativo superior a la nota (16) del Promedio Ponderado Semestral. son los estudiantes de las carreras pedagógicas y tecnológicas de nuestra institución. Se somete a las acciones de investigación por parte de las autoridades educativas. 146°. SANCIONES Y ESTÍMULOS A LOS ESTUDIANTES Art. aquellos que no cuenten con recursos económicos para el pago de su matrícula y las áreas de subsanación previa evaluación estricta de su ficha socio económica. Los estudiantes beneficiados según el artículo anterior. d. 148°. Art. realizado por el departamento de psicología. Realizar actividades que perjudiquen al desarrollo de la Institución b. Los estudiantes tendrán derecho a acceder a beca de estudios y ayuda de acuerdo a su limitada situación económica y destacado rendimiento académico. . administrativo y de servicio de la Institución. policiales y judiciales. Art. 147°. a su vez Dirección General extenderá la estudiante una resolución donde se le indica su exoneración de pago de matrícula del semestre correspondiente y la felicitación por el mérito obtenido.n. Art. docente y administrativo para obtener algún beneficio. asimismo condiciona la matrícula del alumno por única vez. e. según su gravedad. Separación definitiva de la Institución (Consejo Directivo). en dinero o especies al personal Directivo. 152° DE LAS SANCIONES. Firmar documentos en contra del personal de la Institución sobre asuntos que comprometen la disciplina. i. de Proyección Social. g. en nombre de la Institución. Amonestación escrita del Jefe del Área Académico y/o Jefe de la Unidad Académico. jerárquico. Para el caso de los Incisos c). m. c. Amonestación verbal del profesor. en caso contrario será separado de la Institución. Artística y Deportivo. a. i. l. Los estudiantes que realizan acciones sobresalientes en el Orden Académico.  En la aplicación de sanciones a los estudiantes se evitará la humillación y se brindará la orientación correspondiente para su recuperación. h. k. Promover ventas o rifas sin la debida autorización de la Dirección General. s. d) y e) será necesario previamente la aprobación del Consejo Directivo. Moral. n. Hacer obsequios. Ingerir bebidas alcohólicas dentro de la Institución o asistir a la Institución en estado etílico. Propiciar o participar en la toma parcial o total del local de la Institución. Resolución de Felicitación. y registrarse en su ficha personal. t. son las siguientes: a. d. periódicos o publicaciones sin contar con la aprobación de la Dirección.  Toda medida disciplinaria que se aplique a un estudiante debe comunicarse por escrito al padre de familia o apoderado en caso de ser menor de edad. se harán acreedores a los siguientes estímulos. Cívico. cuya responsabilidad compete a la Unidad académica correspondiente. Tomar el nombre de la Dirección o de alguna autoridad para dar una orden o realizar cualquier actividad. . Mención honrosa. Fumar y/o consumir sustancias alucinógenas dentro de la Institución. b. Diploma de honor. serán impuestas por la Dirección de la Institución previa aprobación del Consejo Directivo dando cuenta por escrito al interesado. b. Patriótico. Suspensión de 01 a 07 días. Atentar contra la conservación y mantenimiento de los ambientes y enseres de la Institución. q.f. r. 153° DE LOS PREMIOS Y ESTÍMULOS. Editar. Religioso. p. Realizar manifestaciones reñidas con la moral y las buenas costumbres. j. Felicitación por escrita.  El estudiante sancionado con separación definitiva tiene derecho a interponer el recurso impugnativo correspondiente ante los órganos respectivos. Usar el uniforme en actividades no contempladas en el Reglamento. Asistir a la institución en forma desordenada y antihigiénica. d. o. c. Las sanciones aplicables a los estudiantes por las faltas a que se refiere el artículo precedente. Art. Art. Hacer uso del teléfono celular durante el desarrollo de las sesiones de aprendizaje La reincidencia de faltas constituyen agravante. Becas de Estudios. Valerse de recomendaciones para obtener ventajas o privilegios a su favor o de terceras personas.  Las sanciones previstas en los incisos c y d del presente Art. Ausentarse reiteradamente de la Institución sin causa justificada y en horas de clase. Amonestación escrito por la Dirección General. Atentar contra la moral. dentro de la jornada laboral. previa aprobación del Consejo Directivo. Realizar actividades en nombre de la Institución sin previa autorización del Consejo Directivo. INFRACCIONES Y SANCIONES AL PERSONAL DOCENTE. Uso de sus funciones con fines de lucro. a fin de que pueda ejercer su derecho a defensa en el término de 15 días hábiles a partir de la fecha de notificación. Fumar dentro de la Institución. 154° Se considera infracciones del personal Directivo. actividades y/o representaciones cívicas del Instituto. Realizar cobro por asesoramiento de proyectos de investigación. n. Solicitar dádivas y coimas a los estudiantes y usuarios. la ética y las buenas costumbres. Atentar contra la integridad física. Para aplicar las sanciones establecidas en los incisos b y c del artículo 139° del presente Reglamento. o. Amonestación verbal. cuando lo represente. dentro del Instituto o fuera él. jerárquico. Las sanciones al personal de la Institución. p. La aplicación de la sanción está de acuerdo a la gravedad de la falta. PERSONAL JERÁRQUICO Y PERSONAL ADMINISTRATIVO 4. m. contraviniendo lo dispuesto por ley 25357. el informe de las actividades realizadas. caso contrario los hechos denunciados serán considerados como ciertos. Realizar actividades de proselitismo político. docente y administrativo las siguientes: a. h. d. INFRACCIONES: Artº.157°. Inasistencia injustificadamente a las reuniones de trabajo académico y/o administrativas sesiones. docentes. d. para tal efecto cada trabajador docente y administrativo contará en su carpeta personal con un record de méritos y/o deméritos el cual será archivado en forma reservada en la Jefatura de la Unidad de Administración. PERSONAL DIRECTIVO. Artº. c. Artº. y personal directivo. administrativo y usuarios. moral y espiritual del estudiante. Artº. No presentar en el plazo de cinco días. psicológica. Llegar reiteradamente con retraso a la institución y abandonar injustificadamente su labor y la institución. 155°. b. Crear un clima de malestar y enfrentamiento entre el personal de la Institución haciendo afirmaciones tendenciosas y carentes de veracidad y fundamentos. k. l. con fines de titulación. en el caso de los incisos b). Resolución de sanción. e. b. c) su aplicación será por el Director General previo informe del Jefe. i. Negligencia en el cumplimiento de sus funciones. La sanción lo aplicará el Director General. g. . previamente convocadas. los cargos que se imputan serán comunicados al trabajador. El incumplimiento de cualquier artículo del presente Reglamento.156°. j. La delegación de funciones inherentes a su cargo a otras personas sin autorización del órgano correspondiente. q. según el Plan Anual de Trabajo. Desacatar la rotación interna de personal que se dispone de acuerdo a ley. c. f. La llamada de atención tipificada en el inciso a) es de aplicación por el jefe inmediato del trabajador.1. se aplicarán de acuerdo a la gravedad de la falta y serán las siguientes: a. Ingresar en estado de ebriedad o con signos de haber ingerido bebidas alcohólicas o sustancias alucinógenas. Jerárquico.CAPITULO IV. la misma que es reconocida por la Dirección General de la Institución. 48º. Convenios: A través de actividades técnicas y actividades productivas.158°. servicio de fotocopiado. TÍTULO V FUENTES DE FINANCIAMIENTO Y PATRIMONIO CAPITULO I APORTES DEL ESTADO. resolución. OTROS INGRESOS Y DONACIONES Artº. Los Recursos Directamente Recaudados u obtenidos como consecuencia de la gestión y ejecución de las actividades productivas de la institución: a. con identificación de las promociones según consta en el registro de control de egresados. 004-2010.Cumplido dicho plazo y después de verificaciones. comedor. ni propiciar actividades discriminatorias contrarias a los fines e intereses de la institución y de sus miembros. dentro de la institución. Su organización y funcionamiento se rige por su propio estatuto. La Asociación de Egresados está conformada por los ex alumnos del Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús” de Chiclayo. La Asociación de Egresados tiene las siguientes funciones: a. Concesiones: Administración de Quioscos. seminarios. Artº. Si la falta cometida amerita la apertura de proceso administrativo. Art°. CAPÍTULO V LA ASOCIACIÓN DE EGRESADOS. etc. estratégicos (cursos de . Arrendamiento de Ambientes y unidad móvil d.160º. La Asociación de Egresados no deberá intervenir. desde su creación. en actividades de carácter político partidario ni en acciones de proselitismo.163º.ED los Artículos 73º y 74º. previa aprobación del Consejo Directivo. Art° . talleres. Remanente de los Programas de Cursos Complementarios c. otros). congresos.S.159º. e. La Asociación de Egresados. También constituye falta administrativa el ausentarse de la institución de manera injustificada y sin la correspondiente papeleta de salida debidamente autorizada por el jefe inmediato. b. 49º y 50º y su reglamento D. . organización y ejecución de actividades técnico científicas que tengan por finalidad el mejorar la calidad del servicio que brinda el Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús”. Artº. la autoridad competente emitirá el documento respectivo: memorando. universal y secreta.162º Constituyen Fuentes de Financiamiento según la Ley 29394 de Educación Superior los Artículos 47º. en la programación. plataforma deportiva. Fomenta la permanente solidaridad e integración entre los miembros de la asociación con el Instituto Superior de Educación Público “Sagrado Corazón de Jesús”.161º. Participa en coordinación con la Dirección General. elegida por votación directa. f. unidad móvil y otros. Constituye falta administrativa el hecho de que cualquier trabajador incurra en el marcado de tarjeta del personal de la institución. Ingresos directamente recaudados provenientes del proceso de Admisión y Matricula b. está representada por la Junta Directiva. FUNCIONES Y SEGUIMIENTO Art°. la Dirección de la Institución remitirá el informe debidamente documentado al órgano intermedio para los efectos de ley. Remanente de Actividades autofinanciadas: Proyectos capacitación. Artíº.El cierre se realizará de conformidad a la Ley 29394 de Educación Superior.S. el Artículo 57º y su reglamento D. 004-2010-ED el Artículo 76º. Activos fijos.167º.El inventario de bienes debe ser realizados anualmente y ser informados en tiempo prudencial a los estamentos de la institución. su respectivo Inventario Físico de.169º. TITULO VI RECESO. El patrimonio está conformado de acuerdo a lo establecido por la Superintendencia de bienes nacionales.El receso se realizará de conformidad a la Ley 29394 de Educación Superior. maquinarias. 004-2010-ED el Artículo 77º. el Artº.S. en el caso que sea realizado por la propia entidad. . maquinarias y otros está a cargo de un Comité conformado en asamblea institucional. aplicando para el efecto la normatividad.114º y su reglamento D. b. correspondiente a la unidad de costeo del ISE “SCJ”. 004-2010-ED el Artículo 79º. designado mediante una resolución directoral.. b) El manejo y administración de los equipos.La apertura se realizará de conformidad a la Ley 29394 de Educación Superior. CAPITULO III DE LA REAPERTURA Artº. CIERRE Y REAPERTURA CAPITULO I DEL RECESO DE LA INSTITUCION Artº. c. CAPITULO II DEL CIERRE DE LA INSTITUCIÓN Artº. transferencia de materiales de enseñanza. el Artículo 54º y su reglamento D.S..Los bienes que ya han cumplido su vida útil deben ser dados de baja conforme a la normatividad vigente. responsable de bienes patrimoniales y dos representantes elegidos por la comunidad educativa. CAPITULO II PATRIMONIO Y EL INVENTARIO DE BIENES DE LA INSTITUCIÓN Artº. Las donaciones con fines educativos y productivos: Se recibirá equipos. Artº. Artº.170º. muebles e inmuebles. a. que se otorgan excepcionalmente por entidades públicas y privadas: a) Los ingresos por toda fuente y conceptos. La entidad está obligada a elaborar un informe adecuado y oportuno.164º.165º. por cuentas contables y previa verificación física IN SITU. deben estar debidamente documentados y registrados en acta de recepción por la administración.168º.. bienes. Bienes No Depreciables y de Existencias Físicas de Almacén..166. será tomado por una Comisión de Inventario cuyos miembros estarán conformados por un representante del Consejo Directivo.. El Inventario Físico. JOSÉ LEONRDO ORTIZ.DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS. ONCEAVO: El Consejo Directivo dada la necesidad restructura el presente Reglamento Interno. TERCERA: Durante el Año Académico 2012. Incluyéndose las sustentaciones con fines de titulación. bajo responsabilidad de la Directora. TRANSITORIAS Y FINALES. es un proceso que se realiza de conformidad con las normas legales vigentes sobre la materia que emite el Ministerio de Educación y responde Pedagógica y Tecnológicamente a las necesidades institucionales. SETIEMBRE DEL 2015 . las reuniones académicas de las diferentes especialidades de formación docente y tecnológica se realizarán sin interrupción del horario de clases. debiendo ser libres y abiertas. y el Consejo Institucional para su mejor operativizacion deberá elaborar su respectivo reglamento interno. hasta que se produzca las nuevas encargaturas. en algunas Jefaturas. obligatoriamente constarán en actas y serán firmadas por los asistentes en la próxima reunión previa lectura y observaciones que pudieran existir. CUARTA: La reuniones de trabajo institucional realizadas por los diferentes órganos de gobierno. para garantizar su transparencia e idoneidad. SETIMA: Los bienes y equipos de las oficinas serán de uso exclusivo para los fines instituciones dentro de la jornada laboral. para los cargos directivos. DECIMO: El Consejo Directivo dada la necesidad podrá incorporar un Consejo Consultivo. haciendo los modificaciones e innovaciones de conformidad con las normas legales vigentes que emanan del órgano superior. . PRIMERA. SEGUNDA. El Consejo Directivo es el órgano responsable de cumplir y hacer cumplir las funciones de los diferentes estamentos de la institución. la Directora procederá a ampliar las funciones de los jefes. jerárquicos y contrato de personal se realizarán de conformidad con las normas legales vigentes. El proceso de adecuación del Instituto de Educación Superior Sagrado Corazón de Jesús. NOVENO: El concurso para las encargaturas de plazas directivas y jerárquicas se realizarán en el mes de noviembre del presente año y de conformidad con la normatividad vigente. hasta el momento. en un plazo de 30 días a partir de la aprobación del presente reglamento. OCTAVO: Por necesidad de servicio. SEXTO: Los acuerdos del Consejo Directivo e Institucional. previa aceptación del docente. QUINTA: El Consejo Directivo. cuyas funciones están de conformidad al Artículo 37º de la Ley de Educación Superior. así como las de selección de personal.
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