Reglamento Interno 2015 - Copia

March 25, 2018 | Author: jgilvonio | Category: Labour Law, Regulation, Working Time, Hospital, Salary


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MINISTERIO DE EDUCACIONUNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL N° 03 INSTITUTO DE REEDUCACION FISICA Y EXAMENES MEDICOS REGLAMENTO INTERNO 2015 Responsabilidad de Ejecución: Dr. José Menéndez Murrieta Director – IRFEM Lima – Perú 2015 En su elaboración se ha tenido en cuenta la necesidad de contar con un documento técnico que norma los aspectos relacionados con la gestión administrativa en la sede. -2- .PRESENTACION La Dirección del Instituto de Reeducacion Física y exámenes médicos han elaborado el Reglamento Interno. invocan a los trabajadores el cumplimiento del presente Reglamento brindando una atención amable a los usuarios y hacer de la institución un centro de servicio de calidad. El documento consta de 13 capítulos y sus respectivos artículos por lo que el Director del Instituto de Reeducacion Física y Exámenes Médicos. mediante el cumplimiento de Normas y Disposiciones sobre deberes. con la participación de los diferentes estamentos con el propósito de obtener un instrumento legal que garantice la realización de sus fines y sus objetivos así como el cumplimiento de los servidores de la sede. derechos y obligaciones de los trabajadores responsables de lograr el desarrollo de la salud y garantizar la calidad y eficiencia de los servicios que ofrece la Institución. los órganos colegiados y demás autoridades. Resolución Ministerial N° 032-93-PRES Reglamento Transitorio de las Regiones. 3. Resolución Directoral N° 010-92-INAP-DNP. derechos y obligaciones de los trabajadores responsables de lograr el desarrollo de la salud y garantizar la calidad y eficiencia de los servicios que ofrece la institución.2 ALCANCE ART. mediante el cumplimiento de Normas y dispositivos sobre deberes. ART. Ley del Profesorado 6.M. Decreto Legislativo Nº 276: Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público. Ley Nº 24029 y su modificatoria Nº 25212. 11. N° 522-50 9. Decreto Ley Nº 17082 4.Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del personal . R. Decreto Ley N° 11377 y su Reglamento aprobado por D. 12. Ley Nº 25762 Ley Orgánica del Ministerio de Educación 7. 13. Ley 27444 de Procedimientos Administrativos General 15. 3 El presente Reglamento Interno es de aplicación en la sede del Instituto de Reeducacion Físicas y Exámenes Médicos . Decreto Supremo N° 019-ED Reglamento de la Ley del Profesorado. Ley Nº 25746 8. Decreto Supremo N° 004-93-ED Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación. Decreto Ley Nº 18223 5. 10. Decreto Supremo N° 005-90-PCM: Reglamento de la Ley de Carrera Administrativa. es un documento técnico que norma los aspectos relacionados con la gestión administrativa del IRFEM.S. N° 571-94-ED. para todo el personal cualquiera sea su régimen o condición laboral BASE LEGAL El presente Reglamento Interno tiene como base legal los siguientes dispositivos vigentes: 1.1 El Reglamento Interno del Instituto de Reeducacion Física y Exámenes Médicos. Constitución Política del Perú 2. 14.REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO DE REEDUCACION FISICA Y EXAMENES MEDICOS CAPITULO I ASPECTOS GENERALES NATURALEZA Y ALCANCES ART. puntualidad y permanencia de los trabajadores en sus puestos de trabajo. producción. fortalecimiento las relaciones humanas. así como potenciar los recursos humanos para el mejor desempeño de sus funciones. 6º La oficina de Control de Asistencia es la responsable del control diario de la asistencia. debiendo utilizar para el efecto de los siguientes mecanismos: a) Utilizar Tarjeta de Control de Asistencia Diaria (Marcado de tarjeta en el sistema eléctrico de marcado de asistencia). CAPITULO III ORGANIZACIÓN Y COMPETENCIA DE LOS ORGANISMOS DEL IRFEM Art. equipos y maquinaria existentes en el Instituto de Reeducacion Físicas y Exámenes Medico. b) Establecer normas y procedimientos complementarios para regular la asistencia. asimismo llevara un cuaderno o registro de ocurrencias diaria. 4º El presente Reglamento Interno persigue los siguientes fines: a) Orientar a los trabajadores de la sede del Instituto de Reeducacion Físicas y Exámenes Médicos (asistenciales y administrativos) sobre sus deberes. donde se registrara la hora de ingreso y salida ó Parte diario de Asistencia. permanencia. b) Ficha de control de asistencia. en la que se legaran los antecedentes relacionados con la asistencia y puntualidad de los trabajadores. derechos y obligaciones. son los responsables de la adecuada aplicación y el debido cumplimiento de las normas a que se contrae el presente Reglamento Interno: Art. c) Carpeta de Control de Personal. c) Garantizar y optimizar el uso racional de la infraestructura. otorgamiento de premios y estímulos al trabajador. . de acuerdo con la jornada laboral y horarios establecidos. 1. así como las acciones a seguir en caso de inobservancia de las disposiciones contenidas en el presente Reglamento y de las que emitan los organismos superiores permitentes.-3CAPITULO II FINES Y FUNCIONES Art. El control de asistencia y permanencia es el proceso mediante el cual se regula la asistencia y permanencia de los funcionarios y servidores en su centro de trabajo. en concordancia con las normas y dispositivos legales vigentes. 5º Los Coordinadores de las diferentes áreas integrantes del Instituto de Reeducacion Física y Exámenes Médicos. en donde el trabajador firmara la hora de ingreso y salida de su puesto de trabajo. d) Mantener una coordinación horizontal en forma alturada y participativa entre todos trabajadores. en la que se registrará todo lo referente a las asistencias relaciones con la asistencia y puntualidad de cada trabajador durante el año en cada área. puntualidad. 71º. Los encargados del control de la asistencia y permanencia del personal. se realicen de acuerdo a la hora oficial del país. 5. a efecto de la aplicación de los descuentos correspondientes. inasistencias y permisos.74º y 75º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 019-90-ED. mediante Decreto Supremo.-42. tengan que laborar horas adicionales a las establecidas o en días no laborables gozaran en el curso de la semana. 68º. o de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria y con la autorización de la Dirección del Instituto de Reeducacion Física y Exámenes Médicos. tienen la responsabilidad de verificar que los registros diarios de ingreso y salida de los trabajadores. y de acuerdo al horario de la institución 2. sin excluir la que corresponde al trabajador.5 minutos (descontables) al Ingreso En ambos casos. 73º. la jornada de trabajo se cumple de lunes a viernes. El control de asistencia y permanencia del personales responsabilidad del Jefe inmediato superior. así como el tiempo mínimo de atención al público. donde se precisa la hora de ingreso y salida. comunicaran dentro de los 5 días del mes siguiente. El horario de trabajo es regulado por el Poder Ejecutivo. La jornada laboral de los profesores se encuentra establecida en los artículos Nº 18. Los trabajadores que por necesidad de servicio. 3. 4. Los designados para la Oficina de Control de Asistencia del Persona. 69º. las tardanzas. Debiendo para el caso el Director del IRFEM comunicar a la UGEL para las sanciones correspondientes. CAPITULO IV DE LA JORNADA Y HORARIO DE TRABAJO 1. 3.72º. La jornada de trabajo que rige para el sector de la administración publica. Los encargados del control de la asistencia y permanencia del personal. 4. 19º y 20º de la Ley del Profesorado – Ley Nº 24029 modificada con la Ley Nº 25212 y los Art. -5- . del descanso compensatorio correspondientes con goce de remuneraciones. son los encargados de mantener centralizados el registro de asistencia de los trabajadores de cada entidad. 7 horas 45 minutos diarios con 30 minutos de refrigerio adicionales diarios. 67º. justificados o injustificados de los trabajadores a su cargo. Teniendo una tolerancia de 0. Nº 66º. El trabajador que se desplaza fuera de la Entidad en comisión de servicio. sustentara la formulación de la Planilla Única de Pagos. se utilizaran partes o registros de asistencia. debiendo obligatoriamente registrar su asistencia al ingreso y salida al centro de labores. Registrado el ingreso el trabajador no podrá abandonar su centro de trabajo sin la correspondiente Papeleta de salida CAPITULO VI DE LAS TARDANZAS E NASISTENCIAS 1. esta deberá ser autorizada por el Director IRFEM. tanto al ingreso como a la salida del personal. para la adopción de las acciones de ley. En casos no existan o desperfectos del Sistema de Control de Asistencia Electrónica. relojes marcadores de tarjeta correspondan a la hora oficial del país. y que los trabajadores utilicen la Tarjeta de Asistencia. corresponde a la Oficina de Personal o a quien haga sus veces.CAPITULO V DEL REGISTO Y CONTROL DE ASISTENCIA: 1. 4. para dichos trabajadores. lo hará con la correspondiente papeleta. remitirá semanalmente (el ultimo día de la semana) a la Oficina de Personal. es el ingreso al Centro de Trabajo después de la hora establecida por el dispositivo pertinente. El encargado del control de la asistencia. debiéndose informar mensualmente a la entidad de origen del servidor. debiendo informar a la oficina de personal cualquiera irregularidad. En el caso de trabajadores destacados. En estos casos el jefe inmediato es el responsable del control de asistencia. es el responsable de asegurar que la hora registrada en los sistemas de Control de Asistencia electrónicos. 8. según corresponda. deberá hacer constar en la papeleta dichas horas con el titular de la entidad donde se efectúo la comisión. Constituye Inasistencia: -6– . mediante el Sistema de Control electrónico. 3. 7. previo informe del coordinador o Jefe correspondiente. 3. 2. 2. la relación de los trabajadores inasistentes o exonerados de marcar tarjeta por la naturaleza de las funciones o necesidades del servicio y de quienes hacen abandono injustificado de su puesto de trabajo. 5. El registro de control de asistencia de los trabajadores. Tardanzas. 6. Es conveniente precisar que se han recortado las tolerancias para el ingreso de personal. implementar tarjetas provisionales o partes de asistencia diaria. autorizada por el Director. Es responsabilidad del funcionario y trabajador concurrir puntualmente y observar los horarios establecidos. si la comisión coincide con el horario de entradas o salidas. Cuando la naturaleza de la función o necesidad del servicio requiera alguna exoneración del registro de asistencia y/o cambio del horario de trabajo. El Director o Jefe inmediato superior. Los descuentos por las tardanzas e inasistencias constituyen ingreso del Fondo de Asistencia y Estimulo (SUB-CAFAE y CAFAE). Las tardanzas e inasistencias injustificadas no solo dan lugar a los descuentos correspondientes. sanciones disciplinarias y paralización de labores. 9. salvo que justifique esta omisión dentro de las 24 horas posteriores. Las licencias se otorgan: a.  El ingreso excediendo el término de la tolerancia. Con goce de remuneraciones: -7- . La licencia se formaliza mediante resolución. sujetos a las sanciones dispuestas por Ley.    La no concurrencia al Centro de Trabajo. 6. así como las inasistencias serán descontadas del ingreso total que percibe el trabajador. omitiría registrar la salida. El trabajador que por motivos de fuerza mayor inasistiera a su centro de laboral sin el permiso correspondiente. Licencias 1. se le considere la tardanza. mediante solicitud. Las tardanzas. revierten al Tesoro Publico. sino que las mismas son consideradas como faltas de carácter disciplinario. estas son independientes a la sanción disciplinaria que establece la Ley. será considerado inasistente. El trabajador que habiendo acreditado su ingreso. Habiendo concurrido no desempeñar su función. están obligados a dar aviso a la Dirección u Oficina de Personal. De contar con servicio médico institucional. mediante Memorándum visado por su respectivo Director podrá solicitar a la Oficina de Personal. la que se atenderá una vez al mes. 1. con un máximo de 11 veces al año sin considerar el periodo vacacional. Los trabajadores que por razones de enfermedad se encuentren impedidos de concurrir a su centro de trabajo. El trabajador que ingrese a su centro de trabajo con posterioridad al recojo de las tarjetas de control o partes de asistencias. 10. 7. podrá justificar dicha falta las primeras horas de la mañana siguiente con los documentos sustentarios correspondientes. sin justificación. Los descuentos por licencia sin goce de remuneraciones. 4. 8. sin considerar el periodo vacacional. quien de acuerdo a las necesidades del servicio. CAPITULO VII DE LAS LICENCIAS Y PERMISOS 1. El uso del derecho de licencia se inicia a petición de parte y esta condicionada a la conformidad institucional.2. en el término de cuatro (4) horas posteriores a la de ingreso del mismo día. este efectuara las visitas correspondientes y emitirá sus informes. Esta situación tiene alcance a la omisión de ingreso.1. deberá apersonarse a su jefe inmediato superior. una vez al mes con un máximo de 11 veces al año. La licencia es la autorización para no asistir al centro de trabajo uno o mas días. El retiro antes de la hora de salida sin justificación alguna. de lo contrario se considera como inasistencia injustificada. 5. La omisión del marcado de tarjeta u otro mecanismo de control al ingreso y/o salida. La sola presentación de la solicitud no da derecho al goce de la licencia. o Por capacitación no oficializada. Leg. requisito sin el cual no se inicia el trámite correspondiente. 1. Nº 005-90-PCM). las oficinas de personal. 22º D. En los demás casos de licencia. Nº 19-90-ED y Art. como condición previa. deberá hacer entrega del cargo al Jefe inmediato superior o al trabajador que este designe para su reemplazo. es necesario que el servidor tenga mas de un (1) año de servicios efectivos y remunerados en condición de nombrado o contratado. (Art.S. o Por citación expresa: judicial. o Por función edil (Art. Si el servidor se ausentara en esta condición.3. 276 y Regl. el trabajador deberá acreditar los documentos pertinentes. sus ausencias se consideran como inasistencias injustificadas sujetas a sanción de acuerdo a la ley. o Por capacitación oficializada (D. en la Administración Publica. Nº 00590-PCM). El servidor para hacer uso de la licencia. . podrán otorgar un (1) día de descanso medico al mes.).Nª005-90-PCM). acumulan por cada cinco (5) días consecutivos o no. no pudiendo excederse mas de doce al año y verificación ¨IN SITU¨ a los trabajadores con licencias medicas prolongadas.S.5.L Nº 23853). o Por matrimonio (D.S.o Por enfermedad (Ley del Seguro Social de Salud y Reglamentos). Para tener derecho a licencia sin goce de remuneraciones o a cuneta del periodo vacacional. o Por gravidez. Nº 005-90-PCM).Nª 005-90-PCM). El trabajador autorizado para hacer uso de licencia mayor de 10 días. (Art. hijos o hermanos. 1. salvo caso fortuito o fuerza mayor.S. 1. (D. primero deberá contar con la visacion del DIRECTOR IRFEM. será informado por las Oficinas del Personal u homólogos al DIRECTOR del Instituto de Reeducación Física y Exámenes Médicos quien a la vez informara a la autoridad de la UGEL 03 para su tratamiento de acuerdo a ley.7. 115º del Reglamento de la Carrera Administrativa D. El uso y abuso deliberado o simulado de enfermedades. A cuenta del periodo vacacional:(Solo para Administración). 1.4. los días sábados y domingos. Los médicos del Instituto de Reeducacion Física y Exámenes Médicos. Para el cómputo del periodo de licencia. padres e hijos. 110º D.8. Sin goce de remuneraciones: o Por motivos particulares (D. militar o policial.6. b. salvo que el diagnostico medico justifique mayor tiempo.S. padres.S. Igual procedimiento se seguirá cuando involucra días feriados no laborables. 1. o Por fallecimiento del cónyuge. 110º D. 1. Esta licencia no será computada como tiempo de servicios para ningún efecto. o Por enfermedad grave del cónyuge. c. por urgencia o cita medica. serán acumulados mensualmente y expresados en días y horas para la deducción correspondiente.  Por citación expresa: judicial.3. El permiso se formaliza mediante papeleta de permiso y están motivados por las siguientes causas: a. Excepcionalmente. el servidor no registrara la hora de ingreso o salida.6 El tiempo de permiso por Salud para los trabajadores será de 03 horas en caso de (hospitales de ESSALUD cercanos) y de 04 horas cuando son mas distantes . son los responsables de calificar la causal o motivo del permiso que se concede. padre o hijos. En caso de emergencia de no encontrarse el Director.5. militar o política.4.  Otros de acuerdo a ley. El trabajador que tenga que concurrir al hospital. salvo que sean compensados con los trabajos autorizados por necesidades del servicio. remitirá diariamente las papeletas de salidas a la Dirección o al Encargado del Control de Asistencia del Personal o sus similares. 2. La omisión de entrega de la referida papeleta será considerada conforme a normas. Permiso a cuenta del periodo vacacional (solo para personal administrativo).8. según sea el caso. tomando como unidad de referencia la jornada laboral vigente. El personal con permiso esta en la obligación de hacer anotar en portería la hora de su salida y retorno en la papeleta respectiva. 2. Permisos 2. 2. Permiso es la autorización otorgada por el Director.  Por representación sindical. 2. siempre y cuando se trate de motivos justificados.2. deberá acreditar esta atención con la tarjeta o talón de cheque.7. 2. b.  Por refrigerio hasta de 30 minutos diarios (en horario de invierno. Permiso con goce de Remuneraciones:  Por enfermedad. para ausentarse por horas del centro de trabajo. debidamente acreditados y solicitados con anticipación. . ante el equipo de control o Jefe inmediato.1. de no contar la entidad con servicio de cafetería). para su respectivo procedimiento y control.  Por docencia o estudios universitarios.  Por capacitación oficializada.  Por lactancia. Los Jefes inmediatos o Directores. 2. El jefe de seguridad u homologo.   Por matrimonio Por enfermedad grave del cónyuge. Los permisos a cuenta del periodo vacacional.-82. 2. lo que debe anotarse con claridad en la papeleta de salida. los permisos serán autorizados por el Encargado del Control de Asistencia del Personal u homologo. el informe de la comisión efectuada. o Pago previo de gastos de movilidad y viáticos por los días autorizados. La comisión de servicio que se efectúa por horas. al titular de la entidad con copia al jefe inmediato y a la Oficina de Personal. La comisión se efectuara por necesidad de servicio. para realizar funciones según su grupo ocupacional y especialidad alcanzada y que estén directamente relacionadas con los objetivos Institucionales. Si la camisón fuera de uno hasta un máximo de quince (15) días calendario. 6. El documento que autoriza la comisión de servicio contendrá la fecha de inicio y de termino sin exceder en ningún caso el máximo de treinta (30) (15) días calendario requiere de Resolución Directoral del IRFEM. si fuera el caso. según corresponda. según corresponda de acuerdo con las disposiciones vigentes. Mecánica Operativa :  De la autoridad: o Autorización del jefe inmediato superior jerárquico y/o titular de la entidad. 2. así como los gastos de movilidad y/o viáticos. debiendo el trabajador hacer entrega del cargo. El trabajador al término de la comisión presentará un informe escrito sobre el cumplimiento de la labor. El servidor autorizado para salir de comisión previamente entregará el documento que lo autoriza en la portería. en la localidad será autorizada por el Director. . Es la acción administrativa que consiste en el desplazamiento temporal del trabajador fuera de la sede habitual de trabajo dispuesta por la autoridad competente. 7. 3. o Incorporar en el legajo personal.-9- CAPITULO VIII DE LA COMISION DE SERVICIO 1. 8. la autorización será otorgada por el Director del IRFEM. fundamentándose la labor a cumplir. o Formalización de la Comisión mediante Resolución del Titular (más de quince (15) días). 5. 4. La comisión de servicios puede ser en la localidad sede del centro laboral. El trabajador tendrá derecho al pago previo de los gastos por movilidad y viáticos. fuera de la localidad o en el extranjero. El descanso físico por vacaciones. 3. Entrega de cargo cuando la comisión exceda de (15) días. la postergación de las vacaciones se formalizará mediante oficio del Jefe inmediato superior del trabajador. Las Licencias. Decreto Legislativo N° 276. 25212 Ley del Profesorado y su Reglamento. teniendo como referencia la fecha de ingreso a la administración pública. 7. en cuyo caso el computo se efectuará de igual forma que en el de las licencias. En casos excepcionales y debidamente justificadas (necesidades del servicio) el trabajador podrá hacer uso del periodo vacacional en forma fraccionada (quincenalmente). Conlleva el descanso físicos de 30 días consecutivos con goce integro de Remuneraciones después de 12 meses de servicios remunerados. El trabajador antes de hacer uso del periodo vacacional deberá hacer entrega de cargo al jefe inmediato superior o a quien este indique. El rol de vacaciones pertinente en el mes de noviembre del año anterior. 4. En el caso de los docentes se harán las deducciones económicas respectivas. de acuerdo a las necesidades del servicio e interés del trabajador. únicamente no se consideran para la acumulación del tiempo de servicios. permisos y sanciones sin goce de remuneraciones no ocasionaran la postergación del uso de sus vacaciones. Presentar informe al término de la comisión. El derecho del trabajador a gozar de vacaciones anuales el cual es irrenunciable. a la vez hará entrega de copia del respectivo Memorando que autorice dicho derecho para efectos del control de asistencia. salvo que sea suspendido por necesidad de servicio o emergencia regional o nacional. . 2. Falta Disciplinaria es toda acción u omisión voluntaria o no que contravenga las obligaciones y prohibiciones tipificadas en las Leyes N° 24029. 5. Las oficinas de personal o quienes hagan sus veces son los responsables de coordinar y formular la programación de vacaciones. CAPITULO X DE LAS FALTAS Y SANCIONES 1. por razones del servicio. El Descanso vacacional se iniciará el primer día de cada mes y en forma continua. su Reglamento y demás normas vigentes. puede acumularse hasta por dos periodos consecutivos de común acuerdo con la entidad. CAPITULO IX DE LAS VACACIONES ANUALES 1. Los permisos y licencias a cuenta del periodo vacacional son deducibles de los últimos días del mes programado. en el caso del personal administrativo. 6. Ley de Bases de la Carrera Administrativa. con consentimiento de este.-10 o o o Del servidor: Aceptación expresa sobre la comisión. El incumplimiento al presente Reglamento de Organización y Funciones. N° 276 y el artículo 27° de la Ley N° 24029 y su modificatoria Ley N° 25212. 4. 5. Abandonar el puesto de trabajo sin autorización. se aplica previo proceso administrativo disciplinario y se oficializara por resolución del titular de la entidad.1.11La acción de cometer una falta da lugar a la aplicación de la sanción correspondiente. 4. La reiterada resistencia al cumplimiento de las ordenes de sus superiores relacionados con sus labores.1. Para el personal Administrativo a. 4. Destitución se aplica previo proceso administrativo disciplinario. a propuesta del Órgano de Control.6.L. reiterar o sustraer la Tarjeta de control propia ó ajena ó el Parte diario de Asistencia. Amonestación sin considerar necesariamente el orden .2. La Ley ha prescrito las sanciones siguientes : 5.3. La negligencia en el desempeño de sus funciones 5.2. 28° del D. La falta es tanto más grave cuanto más alto es el nivel del funcionario o servidor que la comete. Registrar y/o firmar indebidamente la tarjeta de control ó Parte diario de Asistencia. 4. 3. Además constituyen faltas las siguientes acciones : 4.7. El incurrir en acto de violencia. Interno o del jefe inmediato del servidor. Las tardanzas e inasistencias injustificadas 4. La reincidencia y reincidencia constituye serio agravante. El servidor destituido queda inhabilitado para desempeñarse en la administración publica bajo cualquier forma o modalidad en un periodo no menor de tres (03) años. Las sanciones se aplicaran correlativo señalado. b. Las faltas de carácter disciplinario. Suspensión sin goce de remuneraciones hasta por 30 días .4. 2.5. 4. c. son las que se contemplan en el art. Cese temporal sin goce de remuneraciones mayor de treinta (30) días y hasta doce meses. La calificación de la gravedad de la falta es atribución de la autoridad competente o de la comisión de Procesos Administrativos.8. 4. se oficializa con resolución del titular a propuesta de la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios. Para personal docente : a. mediante Resolución del titular de la entidad o del funcionario con facultades delegadas. Alterar. Amonestación verbal o escrita La Amonestación verbal la efectúa el jefe inmediato y la escrita se oficializa con resolución del titular de la entidad.. d. 4. grave indisciplina ó faltamiento de palabra en agravio de sus superiores y de los compañeros de trabajo. sin goce de remuneración previo proceso administrativo. d.  Las sanciones señaladas en los literales c). 2 Por abandonar su puesto de trabajo en horas de labor. c. Separación definitiva del servicio. La posterior reincidencia implica el cese temporal hasta por un año. multa con el equivalente de dos a diez días de su remuneración Total. Primera reincidencia. d. los cargos que imputa serán comunicados por escrito al profesor. .3. c. suspensión hasta con treinta (30) días sin goce de remuneraciones. Multa de dos (02) a diez trigésimas avas (10/30) partes de sus remuneraciones.1. Por cinco tardanzas o más al mes a. Primera vez. Segunda reincidencia. b. d) y e) del presente numeral. Separación temporal del servicio hasta por tres años. la autoridad la autoridad competente dictara resolución. b. sustraer o alterar la tarjeta de control propia o ajena o el parte diario de asistencia: a. Segunda reincidencia. e. amonestación escrita suscrita por el titular de la entidad o funcionario con facultades delegadas. según corresponda. Suspensión en el ejercicio de sus funciones sin derecho a su remuneraciones de 10 a 30 días.  Para aplicar las sanciones establecidas en los literales a) y b) precedentes. con el correspondiente informe. 5.3.3. multa de uno (1) a diez (10) días de su remuneración total. -12c.b. Segunda reincidencia . Primera reincidecia. previo proceso administrativo 5. sin la debida autorización de su jefe inmediato o realizar actividades distintas a su función: a. Cumplido el tramite anterior y después de haberse investigado y comprobado el hecho materia de ala denuncia. Primera vez . llamada de atención por el jefe inmediato. Primera vez. suspensión sin goce de remuneraciones hasta por diez (10) días. amonestación escrita suscrita por el titular de la entidad o funcionario con facultades delegadas según corresponda. oficializada con resolución a propuesta de la autoridad competente. afín de que pueda ejercer su derecho de defensa en el término de 15 días hábiles a partir de la fecha de notificación.3 Registrarse y/o firmar indebidamente la tarjeta de control o parte de asistencia diaria. b. 5. c. Las subsiguientes reiteraciones durante el año son sancionadas previo proceso administrativo. serán aplicadas previo proceso administrativo. cese temporal del cargo hasta por un (1) año. d. Primera reincidencia descuento de sus remuneraciones por equivalente de dos (02) días. asimismo. y Directiva de Bienestar del Personal IRFEM. hacia los superiores y compañeros de trabajo. aprobar por Decreto Supremo N° 005-90-PCM. . Los estímulos serán otorgados:  A los trabajadores administrativos de conformidad con la Ley de Base de la Carrera Administrativa D. previo informe documentado de la autoridad competente.13 – CAPITULO XI DE LOS ESTIMULOS 1.14 e) Observar buen trato y lealtad hacia el público en general. Además. se otorgara: a.9° Son deberes y obligaciones de los trabajadores del instituto de Reeducacion Física y Exámenes Médicos: OBLIGACIONES.L. la misma que será entregada con ocasión del Día del Servidor Publico o Día del Maestro. d) Conocer exhaustivamente las labores del cargo y capacitarse para un mejor desempeño.. Resolución de felicitación. 2.N° 276 y su Reglamento.-Son obligaciones de los servidores: a) Cumplir personal y diligentemente los deberes que impone el servidor público. por puntualidad en la asistencia o desempeño eficiente eficaz de la Función. c) Concurrir puntualmente y observar los horarios establecidos. CAPITULO XII LOS DEBERES Y DERECHOS DE LOS TRABAJADORES Art. . b) Salvaguardando los interese del Estado y emplear austeramente los recursos públicos. DERECHOS. d) Gozar anualmente de treinta días de vacaciones remuneradas salvo acumulación convencional de hasta 02 períodos. salvo autorización expresa de la autoridad competente.. -15 g) Reincorporarse a la carrera pública al término del desempeño de cargos efectivos en los casos que la ley indique . ni de ninguna otra índole. de acuerdo a las normas pertinentes. Ningún servidor puede ser cesado ni destituido sino por causa prevista en la Ley de acuerdo al procedimiento establecido. h) Las demás que le señalen las leyes o el reglamento PROHIBICIONES. d) Emitir opinión a través de los medios de comunicación social sobre asuntos del Estado. b) Percibir retribuciones de terceros para realizar u omitir actos del servicio. religiosa. en los contratos con su entidad en los que tengan intereses el propio servidor. directa o indirectamente. b) Gozar de estabilidad.Son prohibiciones de los servidores públicos: a) Realizar actividades distintas a su cargo durante el horario normal de trabajo. incluyendo las bonificaciones y beneficios que proceden conforme a Ley.. y . salvo labor docente universitario. su conyuge o pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.f) Guardad absoluta reserva en los asuntos que revistan tal carácter. c) Realizar actividades políticas partidaria durante el cumplimiento de las labores. e) Celebrar por si o por terceras personas o intervenir. c) Percibir la remuneración que corresponde a su nivel.Son derechos de los servidores de la carrera pública: a) Hacer carrera publica en base al merito sin discriminación política. g) Informar a los superiores de los actos delictivos o de inmoralidad cometidos en el ejercicio de la función pública. aun después de haber cesado en el cargo. e) Hacer uso de permiso o licencia por causa justificada o motivo personales en la forma determine el reglamento . económica. f) Obtener prestamos administrativo. de raza o de sexo. y f) Las demás que señalen las leyes o el reglamento. con conocimiento de la Secretaria. sin ausentarse del servicio mas de seis horas semanales: i) Recibir menciones. La Orden del Servicio Civil del Estado constituye la máxima distinción.  Los coordinadores de Equipos cuidaran que el material de escritorio y/o oficina sea utilizadas racionalmente por el personal a su cargo.Toda estipulación en contra es nula. sin embargo cualquier trabajador del IRFEM en caso de emergencia podrá hacer uso del mismo. l) No ser trasladado a entidades distintas sin su consentimiento. n) Gozar al termino de la carrera de pensión dentro del régimen que le corresponda. m) Hacer uso de la huelga. o) Las demás que señalen las leyes o el reglamento. Que tienen a su cargo para el desempeño de sus funciones.h) Ejercer docencia universitaria. el coordinador de la misma deberá informar por escrito al . públicos son 10° BIENES Y SERVICIOS  Los bienes y servicios que posee el Instituto de Reeducacion Física y Exámenes Médicos serán administrado bajo inventario. ll) Constituir sindicatos con arreglo a ley. distinciones y condecoraciones de acuerdo a los meritos personales.  El servicio telefónico es para uso oficial. después de quince años de servicios efectivos. vehículos. en la forma que la ley determine. . para lo cual se llevará unos cuadernos de control donde anotará la llamada del trabajador.  Todos los trabajadores del IRFEM son responsable del mantenimiento y buena conservación de los muebles. equipos.16  En caso de perdida o deterioro de un bien existente en determinada oficina. j) Reclamar antes la instancias y organismo correspondientes de las decisiones que afecte sus derechos. etc. k) Acumular a su tiempo ser servicio hasta cuarto años de estudios universitarios a los profesionales con titulo reconocido por la Ley Universitaria. Los derechos reconocidos por la Ley a los servidores irrenunciable. siempre que no sea simultáneos. El servidor tiene derecho a tres (3) días de permiso con goce de remuneraciones por motivos personales el mismo que será concedido por su jefe inmediato superior y solicitado con la debida anticipación. canasta.00 AM. . domingo o feriado no laborable. debiendo permanecer dicho documento en poder del personal controlador.Que acompaña al usuario como medida de seguridad para el personal que labora en el IRFEM y público en general. CAPITULOS XIII 11° DE LA ATENCION AL PÚBLICO:  El horario de atención al publico es de 7. entregándose una contraseña respectiva para que puedan reclamar sus documentos una vez concluido el tramite o visita a la institución  El personal a cargo del control de ingreso del público revisará todo tipo de paquetes.  El personal a cargo del control de entrada y salida del público deberá solicitar documentos de identificación a los usuarios.  La atención debe empezar a las 8. etc.  El personal encargado del control de ingreso del público no deberá por ningún motivo abandonar la portería mientras no sea relevado en su cargo. el descanso se hará efectivo el primer día útil siguiente. 2.17 - . DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 1. para que ordene el órgano competente realice las investigaciones del caso y establecer las circunstancias de los hechos. El trabajador tiene derecho al descanso de un día por su onomásticos tal día coincide con sábado.Director.45” horas de lunes a viernes.
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