Reformas Arancel Del Profesional de La Psicología



Comments



Description

ARANCEL DEL PROFESIONAL DE LAPSICOLOGÍA COLEGIO DE PSICÓLOGOS DE HONDURAS Los artículos no citados en el presente documento continuarán sin ninguna modificación. TÍTULO I OBJETIVO Y CAMPOS DE APLICACIÓN Artículo 3.- Áreas de Aplicación: El presente arancel será de aplicación obligatoria en las diferentes áreas de la Psicología tales como: La Psicología Clínica, la Psicología Industrial, la Psicología Educativa, la Psicología Social, la Psicología Forense, la Psicología del Deporte, la Psicología de las Adicciones, la psicología de la investigación, la Neuropsicología y otras áreas y especialidades que estén comprendidas en el campo de la Psicología como ciencia. TÍTULO II FORMA DE PAGO DE LO HONORARIOS Artículo 7 Servicios Gratuitos: En cumplimiento de lo establecido en el Código de Ética Profesional, el Psicólogo no deberá cobrar sus servicios profesionales a otro colega, debidamente colegiado y activo, o al cónyuge, padres e hijos exceptuando aquellos colegas que trabajen en instituciones. También podrá prestar sus servicios profesionales de manera gratuita Artículo 14 Comisión de Vigilancia: Para velar por el cumplimiento del presente arancel. Se prohíbe a cualquier persona que. Esta prohibición también comprende a los profesionales agremiados suspendidos conforme a la Ley en el ejercicio profesional. Quien incumpla esta disposición incurrirá en delito de acuerdo al Código Penal. la Junta Directiva del Colegio de Psicólogos de Honduras. para que se incluya penalización por incumplimiento al Artículo 7. Se solicita revisar y reformar artículos relacionados en la Ley Orgánica. utilice un sello como profesional de la Psicología.cuando le sean solicitados como un voluntariado por aquellas instituciones sin fines de lucro que realizan actividades de interés público y social. de conformidad con la Ley. nombrará una comisión que se encargará de . sin ser psicólogo. Artículo 9 Asociaciones Profesionales Los profesionales de la Psicología podrán formar asociaciones.( Investigar articulo). En todo caso deberán aprobarse por la asamblea y estar inscritas en el Colegio de Psicólogos. Así mismo se prohíbe la utilización de un sello profesional a los que siendo psicólogos no estén colegiados o autorizados por este Colegio para ejercer la profesión en Honduras. TÍTULO III DEL SELLO PROFESIONAL Artículo 13 Prohibiciones: El sello es intransferible. sugerencias y todo tipo de información que se relacione con la aplicación del mismo * Se solicita revisión en la Ley Orgánica. Abogado. semi-autónomas. de conformidad con el índice de inflación establecido por el Banco Central de Honduras. en las instituciones del Estado autónomas.000. sin perjuicio de otros beneficios salariales de los que ya esté gozando el psicólogo como empleado. tendrá derecho a gozar de aumentos anuales. descentralizadas.atender las consultas. TÍTULO V EMPLEADO PERMANENTE O POR CONTRATO Artículo 17 El Psicólogo Como Empleado Permanente o por contrato: El profesional de la Psicología debidamente colegiado y activo que preste sus servicios a tiempo completo de manera permanente o por contrato. Pedagogos). devengará un sueldo mínimo mensual de (VEINTIUN MIL LEMPIRAS MENSUALES) Lps. .  Se considera esta suma por: Alto costo de vida Nivelación económica en comparación al estatus profesional con otras carreras afines (como Trabajador Social. sin fines de lucro.5 de impuesto DEI). Además de las imposiciones fiscales actuales (12. los tres Poderes del Estado y en la empresa privada en general.21. centralizadas. Enfermeras. que quede estipulado a quién(es) compete velar por el Cumplimiento de la Ley.00. II Licenciatura con (cinco) 5 años de experiencia. Alto riesgo laboral (nuestra seguridad puede verse violentada por algunos secretos revelados en consulta). con diplomado(s) y otras capacitaciones después de haber obtenido el título de Licenciado(a). Debido a las exigencias y problemáticas de la Sociedad Nacional. lo que genera una alta inversión económica.Los Psicólogos estamos propensos al riesgo profesional por exposición permanente a sobrecargas emocionales. debiendo presentar diploma o constancia que lo acredite III Con Especialidad y/o Maestría. Se propone que cada categoría quede especificada como sigue: I Licenciatura. Al momento de la aprobación del arancel vigente. se requiere de constante capacitación profesional que conlleve diferentes aspectos. este no estaba acorde al alto costo de vida. se establecerán tomando como base los requisitos del puesto para ser desempeñado eficientemente y el grado de responsabilidad que asume el Psicólogo en el desempeño de sus funciones. . Debidamente incorporada o reconocida por la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) e inscrito en el Colegio de Psicólogos de Honduras (COPSIH). Artículo 19 Especificación de las Categorías: Las categorías a que se refiere el artículo anterior. 2.00 – treinta y seis mil doscientos Lempiras.25.00 b) Procesos de Prevención (por día = 6 horas): L.1. por lo relación a la categoría aumentos y beneficios Arancel. 000. sin perjuicio del derecho a los contemplados en el Artículo 17 de este Se propone que se especifique el salario en cada categoría.36. Artículo 20 Sueldo Base de las Categorías: El sueldo base que incrementará.00 .00 – veintiún mil Lempiras II L.IV Con Doctorado. TÍTULO IV DE LOS HONORARIOS Artículo 22 Área Social Para el área de la Psicología Social quedan establecidas las cantidades mínimas siguientes: a) Diagnóstico Institucional (por día = 6 horas): L. 500.00 c) Talleres. 000. Debidamente incorporada o reconocido por la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH) e inscrito en el Colegio de Psicólogos de Honduras (COPSIH). 200. quedando como sigue: I L. Seminarios.2.00 – treinta mil doscientos cuarenta Lempiras IV L. se asignará a cada categoría.00 – veinticinco mil doscientos Lempiras III L. en un veinte por ciento en inferior. Capacitaciones o Conferencias (por hora): L. 200. 240. se menos.30. 000.21. 500.00 j) Talleres.00 g) Estudio Psicológico Completo (por persona): L.d) Talleres.1.500. Seminarios.3.1. 800.8. 000.2.00 h) Intervención en Crisis (por sesión): L.00 d) Psicoterapia Familiar (por sesión): L.00 f) Asesoría (por hora): L.600.00.1.1. Capacitaciones o Conferencias día = 6 horas): L.00 e) Psicoterapia Grupal (por sesión): L.00 Artículo 23 Área Clínica Para el área de la Psicología Clínica quedan establecidas las cantidades mínimas siguientes: a) Entrevista (por persona): L.2. Artículo 24.000. 500.2. 500. 000. Seminarios.00 b) Estudio completo de personalidad (por persona): L.Área Industrial: Para el área de la Psicología Industrial quedan establecidas las cantidades mínimas siguientes: . 000. 500.00 c) Psicoterapia Individual (por sesión): L.1.00 f) Psicoterapia de Pareja (por sesión): L..700.1. 200. Capacitaciones o Conferencias (por hora): L.00 i) Psicodiagnostico Clínico.00 k) Psicodiagnostico Clínico para niños y adolescentes (por persona): L. 000.00 (por e) Consultorías (por hora): L.1. Estudio Completo (por persona): L. 000.25.00 .00 b) Evaluación de selección de personal para trabajos operativos y administrativos (por persona): L.00 h) Consultoría (por hora): L.00 Artículo 25 Área Educativa Para el área de la Psicología Educativa quedan establecidas las cantidades mínimas siguientes: a) Entrevista para evaluación preliminar de orientación vocacional (por sesión): L.1. 000. Seminarios.00 i) Elaboración de manual de inducción: L.00 para mandos d) Evaluación de selección de personal para nivel ejecutivo (por persona): L.00 m) Elaboración de manual de seguridad laboral: L.00 e) Talleres.600.1.00 g) Asesoría (por hora): L. 000.00 k) Elaboración de manual de selección de personal: L.a) Evaluación de selección de personal para personal de servicio (por persona): L.00 l) Elaboración de análisis de puestos: L. 000.2. Capacitaciones o Charlas (por hora): L. 800. Capacitaciones (por día = 6 horas): L.00 c) Evaluación de selección de personal intermedios (por persona): L. 000. 000. 000. 000.3.1.1. 500. 500.25.1.25. 000. 000.00 j) Elaboración de manual de calificación de méritos: L.00 f) Talleres. Seminarios.8.1.25. 00 f) Orientación educativa (por sesión): L.1. Los Psicólogos que trabajen en forma privada pueden realizar sus labores en los siguientes campos: En el área civil. Seminarios. . b) Asesor. Seminarios. 000. basado en el Capítulo IV del Código Procesal Penal.00 Artículo 26 Área Forense: Agregar Talleres Los criterios para brindar servicio en el Sistema Judicial: Los servicios brindados por los Psicólogos que trabajan para el Sistema Judicial serán retribuidos en su salario. o en un caso de divorcio. al servicio del Abogado contratante para brindar elementos técnicos. (por sesión): L. c) Asesor técnico en la selección de miembros de un Jurado.00 e) Tratamiento Psicopedagógico (por sesión): L. en una demanda por daños y perjuicios. puede actuar en calidad de: a) Perito. 000. adolescentes y adultos que no aprenden. 000.00 d) Evaluación de niños. Estudio Completo (por persona): L.3.8.00 c) Evaluación de niños. Capacitaciones o Conferencias (por hora): L.00 g) Talleres.00 h) Talleres. Capacitaciones o Conferencias (por día = 6 horas): L.600.800. o en otros casos. o por la patria potestad de un menor.700.b) Evaluación para orientación vocacional (Estudio completo): L. 500. adolescentes y adultos que no aprenden.3. 00 b) Entrenamiento Mental (de 5 a 10 sesiones): L.000. Para Casos Penales es necesaria la evaluación psicológica y también la presentación de un Dictamen en el Juicio Penal Para el área de la Psicología Forense quedan establecidas las cantidades mínimas siguientes: En Juicio Civil: a) Evaluación psicológica (por persona): L. e) Experto en un determinado campo.00 en Juicio Penal: a) Evaluación psicológica y presentación de Dictamen en Audiencia: L.1. Capacitaciones o Conferencias (por hora): L. 000.000.00 .d) Asesor para cuestionar el informe de otro colega. para brindar En el caso de actuar en calidad de Perito. información sobre un determinado tema.00. implica una evaluación psicológica de una o más personas y la presentación de un Dictamen. Para Casos Civiles sólo es necesaria la evaluación psicológica.2.6. Seminarios.00 b) Asesor en Juicio Civil: L. 000. no se presenta Dictamen.4. 500.00 b) Asesor en Juicio Penal: L. Artículo 27 Área Psicodeportiva Para el área de la Psicología del Deporte quedan establecidas las cantidades mínimas siguientes: a) Talleres. 000.11.1.6. 000.00 c) Por asistencia a cada Audiencia programada (después de la primera): L. 000.3.00 h) Terapia familiar: L. sesión de 2 horas (grupo de 10): L.00 a L.700. 000.3.1.00 k) Terapia des adictiva: L. 500.00 f) Reinserción socio-familiar (por persona): L.00 l) Sesiones de seguimiento: L.500.00 i) Terapia multifamiliar (por familia): L.900. 500.1. 500.00 Proceso de rehabilitación y Tratamiento psicológico b) Manejo de la abstinencia (por sesión – 3 sesiones por semana): L.800.900.00 c) Desarrollo de autorregulación (por sesión): L.00 .00 g) Reinserción socio-laboral (por persona): L.00 j) Terapia grupal para el adicto.700.1.1.00 d) Habilidades sociales en rehabilitación: L.00 e) Asesoramiento: de L. 200.c) Estudio Psicodeportológico entrevistas): L.900.00 Artículo 28 Área Adictiva Para el área de la Psicología en Adicciones establecidas las cantidades mínimas siguientes: quedan Terapia Des adictiva: hay observaciones sobre los montos del Tratamiento inicial. a) Evaluación adictiva (por persona): L.00 Completo (incluyendo d) Sesiones Individuales (por sesión): L.1. 000.900.00 e) Reinserción social (por persona): L.900. 000.100.00 v) Asistencia profesional (por hora): L. 60 horas por participante (material incluido): L.00 Nota: El proceso de rehabilitación y tratamiento psicológico se manejara en un valor total mensual de L.00 Artículo 29 Área Neuropsicológica Para el área de la Neuropsicología quedan establecidas las cantidades mínimas siguientes: . Promoción y prevención n) Talleres – sin material (por hora): L.00 o) Charlas – sin material (por hora): L.1.00 HACER REVISION r) Consultoría (por hora): L. 200. 400. 500.1.000.1.1.m) Intervención en crisis: L. 300. 000.12. 800. Donde se abordara al cliente con todas las actividades anteriormente descritas.1. 200.00 por persona. protocolos y formatos): L.15. 500.00 w) Diplomado en Adicciones.00 p) Capacitaciones – sin material (por hora): L.00 q) Detención temprana en adicciones.00 u) Elaboración de un programa de tratamiento en adicciones (plan de tratamiento. 000. para niños y jóvenes menores de edad (por persona): L. 500.00 t) Elaboración de manual de intervención en adicciones (por manual): L.5.1.1.25.00 s) Consultoría (por día = 8 horas): L. 700.1.700.00 f) Rehabilitación cognitiva domiciliaria (por sesión): L.00 g) Asesoramiento neuropsicológico: L.8.00 k) Talleres.500.500. Seminarios.a) Entrevista neuropsicológica (por sesión): L.00 NOTAS: Las modificaciones propuestas en mesa de trabajo realizada el día sábado 28 de noviembre de 2015 se encuentran en rojo.900.00 e) Rehabilitación cognitiva grupal (por sesión): L. .00 b) Evaluación neuropsicológica: L. 500. Seminarios.1.00 h) Asesoramiento familiar (por sesión): L.600.000.500. Se propone que en Asamblea General Ordinaria se establezca una Comisión que se encargue de analizar y elaborar artículos referentes a los honorarios en áreas de la Psicología Forense.2.00 i) Intervención neuroeducativa (por sesión): L. Psicología del Deporte. Capacitaciones o Conferencias (por hora): L.00 d) Rehabilitación cognitiva (por sesión): L. 000. Capacitaciones o Conferencias (por día = 6 horas): L.00 c) Estimulación neurosensorial (por sesión): L. Psicología de las Adicciones y Neuropsicología.700.00 j) Talleres. Artículo 27 Revisión: El arancel del Profesional de la Psicología podrá ser revisado total o parcialmente. Se obtiene colaboración e información de las áreas mencionadas por los siguientes profesionales. en reunión conjunta de Junta Directiva y Tribunal de Honor del COPSIH. el día martes 26 de enero de 2016.Se establece Comisión para análisis y elaboración de artículos mencionados en punto anteriores. . de acuerdo al Arancel del Profesional de la Psicología en su Título VII Disposiciones Finales. para este efecto la Junta Directiva convocará a una Asamblea General Extraordinaria de conformidad con la Ley. Psicología Forense – Licenciado Daniel Matamoros Psicología de Deporte – Licenciada Liksa Ramírez Psicología de las Adicciones – Junta Directiva de AHPSA Neuropsicología – Licenciada María José Escher SE SOLICITA a las Honorables Junta Directiva y Asamblea General del Colegio de Psicólogos de Honduras fijar fecha para Revisión del Arancel vigente.
Copyright © 2024 DOKUMEN.SITE Inc.