PLAN DE FORMACIÓN DE SERVICIOSSOCIALES, FAMILIAS E INFANCIA 1 UNIDAD A: ORÍGENES Y CONTEXTO Módulo 1: APROXIMACIÓN A LA TEORÍA DE LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR 1. 2. LOS ORÍGENES DE LOS PUNTOS DE ENCUENTRO EN EL MARCO ESPAÑOL Y EUROPEO LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR COMO RECURSO DE INTERVENCIÓN 1. QUÉ SON LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR? 2. ¿QUÉ OBJETIVOS TIENEN? 3. ¿CUÁLES SON LOS PRINCIPIOS QUE GUÍAN SU INTERVENCIÓN 4. PERSONAS USUARIAS 5. ¿CUÁL ES EL MÉTODO DE INTERVENCIÓN? 6. EL ESPACIO OPERATIVO. LAS INSTALACIONES 7. EL ESPACIO FUNCIONAL. DIRECCIÓN Y EQUIPO PROFESIONAL 8. LA NORMATIVA INTERNA 9. LA INTERACCIÓN INSTITUCIONAL Módulo 2: EL CONTEXTO JUDICIAL Y ADMINISTRATIVO DE LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR 3. 4. 5. EL MARCO JURÍDICO DE LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR EL CONTEXTO ADMINISTRATIVO EL ENTORNO DE INTERVENCIÓN. LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES Y LOS SERVICIOS SOCIALES ESPECÍFICOS 1. LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES 1. División Territorial 2. Las resoluciones judiciales 3. Los profesionales de la administración de justicia 2. LOS SERVICIOS SOCIALES. PROTECCIÓN A LA INFANCIA Módulo 3: LA DERIVACIÓN, RECEPCIÓN, EVALUACIÓN Y PROGRAMA DE INTERVENCIÓN EN LOS PUNTOS DE ENCUENTRO 6. LA DERIVACIÓN AL PUNTO DE ENCUENTRO 1. LOS ORGANISMOS JUDICIALES 1. Desde los Juzgados de Primera Instancia o Juzgados de Familia 2. Desde los Juzgados sobre Violencia sobre la Mujer y los Juzgados de Instrucción 3. El Juzgado de Guardia 2. LA DERIVACIÓN DESDE LOS ORGANISMOS ADMINISTRATIVOS 1. Los Servicios Sociales Básicos 2. Los Servicios Sociales Específicos. Situaciones de tutela y acogimiento de menores 3. Otros supuestos de intervención en casos de protección al menor 3. EL ACCESO DIRECTO. LA INTERVENCIÓN DEL PUNTO DE ENCUENTRO POR ACUERDO DE LOS PROGENITORES 4. EL PROTOCOLO DE DERIVACIÓN 5. LA DEVOLUCIÓN DE LA INFORMACIÓN A LA ENTIDAD QUE DERIVA 7. LA RECEPCIÓN 1. LA ENTREVISTA DE ACOGIDA 1. Objetivos 8. CONOCIMIENTO Y EVALUACIÓN 1. CONCEPTO 2. CONTENIDO 9. PROGRAMA FAMILIAR 10. LA FINALIZACIÓN Y EL SEGUIMIENTO Módulo 4: TIPOLOGÍA DE LA INTERVENCIÓN 11. ¿QUÉ SE ENTIENDE POR INTERVENCIÓN EN EL PUNTO DE ENCUENTRO? 1. TIPOLOGÍA DE LA INTERVENCIÓN 1. Según la modalidad del régimen de visitas 2. Según los lazos de convivencia 12. OTRAS ACTUACIONES DE LOS PUNTOS DE ENCUENTRO 1. LAS INTERVENCIONES TELEFÓNICAS 2 LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR 2. LA INTERACCIÓN CON LOS USUARIOS EN EL CUMPLIMIENTO DEL RÉGIMEN DEVISITAS 3. LA INTERVENCIÓN PSICOLÓGICA, EL ASESORAMIENTO JURÍDICO Y LA ATENCIÓN SOCIAL 4. LAS HERRAMIENTAS DE MEDIACIÓN, ORIENTACIÓN FAMLIAR Y RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS 13. LA INTERVENCIÓN ANTE SITUACIONES ESPECIALES 1. SITUACIONES DONDE EXISTE UNA ODEN DE PROTECCIÓN 2. LAS INCOMPARECENCIAS, LA NEGATIVIDAD DE LOS HIJOS Y LA OBSTRUCCIÓN 3. LAS ACTUACIONES CON LOS MENORES EN EL PUNTO DE ENCUENTRO 1. El punto de vista evolutivo 2. Las consecuencias a largo plazo 3. Otras reacciones de los hijos 4. LAS NUEVAS PAREJAS Y LA FAMILIA EXTENSA 5. LA SEGURIDAD EN EL PUNTO DE ENCUENTRO UNIDAD B: LA INTERVENCIÓN EN LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR Módulo 5: LA RUPTURA FAMILIAR. UN SISTEMA EN CRISIS OBJETO DEL TRABAJO EN LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR 1. 2. 3. 4. 5. 6. ANALISIS DEL SISTEMA FAMILIAR 1. LA FAMILIA COMO SISTEMA ANTE EL PROCESO DE SEPARACIÓN 2. IMPLICACIONES EMOCIONALES Y CONDUCTUALES CRISIS. ORIGEN Y EVOLUCIÓN 1. CRISIS Y RUPTURA FAMILIAR 2. ENFRENTÁNDOSE A LA CRISIS EL REAJUSTE FAMILIAR 1. EL REAJUSTE DE LOS ADULTOS 2. EL REAJUSTE DE LOS MENORES EL PROCESO DE RUPTURA CONYUGAL 1. PREDICTORES DEL DIVORCIO 2. ETAPAS EN EL PROCESO DE RUPTURA 3. EL DUELO EN LA SEPARACIÓN TIPOS DE DIVORCIO EL TRABAJO CON LA FAMILIA EN CRISIS EN EL PUNTO DE ENCUENTRO Módulo 6: LAS HERRAMIENTAS DE LA MEDIACIÓN FAMILIAR EN LA INTERVENCIÓN DE LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR 1. 2. HABILIDADES DE MEDIACIÓN EN LAS FASES DE LA INTERVENCIÓN DE LOS PUNTOS DE ENCUENTRO 1. DERIVACIÓN 2. RECEPCIÓN 3. CONOCIMIENTO Y EVALUACIÓN 4. INTERVENCIÓN 1. La mediación como técnica 2. Los acuerdos puente 3. La intervención negociadora entre ambas partes 5. FINALIZACIÓN Y SEGUIMIENTO LA MEDIACIÓN FAMILIAR EN LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS 1. DEFINICIÓN DE MEDIACIÓN FAMILIAR 2. DIFERENCIAS ENTRE LA MEDIACIÓN Y LAS ACTUACIONES EN LOS PEF´s 1. En relación a la demanda no es una demanda voluntaria 2. En relación al tipo de conflicto. El pef interviene precisamente en aquellos conflictos en los cuales la mediación no sería posible. 3. En relación a la comunicación de las partes en conflicto. En los pef la comunicación es muy reducida 4. En relación a los principios aplicables al proceso. La diferencia esencial se refiere a la confidencialidad 3. LAS HABILIDADES DEL MEDIADOR 4. EL PROCESO DE MEDIACIÓN 5. LA MEDIACIÓN EN LOS CONFLICTOS DE PAREJA LA SEPARACIÓN, DIVORCIO Y NULIDAD 6. OTRAS FORMAS DE MEDIACIÓN FAMILIAR 1. MEDIACIÓN Y ACOGIMIENTO 2. MEDIACIÓN Y ADOPCIÓN Módulo 7: LA COORDINACIÓN E INTERACCIÓN CON OTRAS INSTITUCIONES: INFORMES Y 3 INTERACCION CON OTRAS INSTITUCIONES. Los Organismos Judiciales A. Tipos de informes B. Las incidencias 4. INFORMES Y OTROS DOCUMENTOS 1. familia y a la infancia. LA RATIFICACIÓN JUDICIAL LA INTERVENCIÓN EN RED 4 . LOS INFORMES 1. Objetivo de los documentos y escritos 2. Estructura C. La no realización del régimen de visitas 3. Límites 2. Utilización 3. En función del contenido 1. Eficacia 3. 2. En función del destinatario 1. OTROS DOCUMENTOS Y ESCRITOS 1. Límites 2. Las propuestas de baja 2.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR CERTIFICADOS 1. Tipos de informes B. A. El desarrollo del Régimen de Visitas 2. Estructura C. Los Servicios de Atención social. años más tarde se apreció la necesidad de aportar nuevas soluciones que permitieran mantener los vínculos y las relaciones paterno filiales después de esa ruptura. La agresividad generada en la ruptura. Si lo dicho anteriormente es negativo para que las personas involucradas puedan rehacer sus vidas con normalidad. supone una ruptura y un cambio de la dinámica establecida. lo es mucho más cuando la pareja ha tenido descendencia. En el inicio del siglo XXI las separaciones conyugales se conciben como algo cotidiano. que generan una gran agresividad. para algunas familias es dramático y produce incertidumbre y ansiedad. cuando supone acabar con una situación familiar conflictiva o abusiva para pasar a otra más armoniosa. el resentimiento. toman una decisión y la llevan adelante con la dificultad evidente. A veces cuando no se encauza de una manera adecuada. Son adultos. Este cambio. el rencor. relacionados la mayor parte de las veces. reduciendo al mínimo el conflicto entre ellos. con sus intereses personales. 5 . puede ser destructivo. puede hacer que se utilice a los hijos como arma arrojadiza para alcanzar sus objetivos. pero sobre todo será determinante la forma en que la familia maneje el proceso de divorcio. el odio. la amargura o la frustración. Pero la experiencia nos demuestra que la separación de la pareja que compone un núcleo familiar. Los efectos del divorcio. En la mayoría de las ocasiones el impacto emocional que los hijos sufren es importante. Cortés y Justicia. pueden ser positivos en los niños. priorizando siempre el interés del menor. sin embargo la vulnerabilidad de unos niños frente a la resistencia de otros estará en función de su edad y personalidad (Cantón. Será una garantía de éxito en la adaptación de los niños que ambos progenitores no inmiscuyan a sus hijos en sus discusiones. tanto hacia sí mismos como hacia los demás.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR UNIDAD A: ORÍGENES Y CONTEXTO MÓDULO 1: APROXIMACIÓN A LA TEORÍA DE LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR INTRODUCCIÓN En 1981 se promulgó en España la ley de divorcio facilitando un cauce legal a la ruptura de las parejas que no deseaban mantener su convivencia. sentimientos como la venganza. parejas que dan fin a su convivencia por causas que ellos consideran suficientes y justificadas. 2000). confluyendo en los miembros de la pareja. el ejercicio de este derecho. Este derecho del menor de relacionarse con sus progenitores y familia de origen. que le impide un adecuado desarrollo de su personalidad. incluso en situaciones de crisis. favorece el adecuado desarrollo de su personalidad y está considerándole sujeto con derechos. Los poderes públicos han de garantizar. pero es precisamente esta Institución la que ha resaltado la necesidad de creación de recursos psicosociales que ayudasen a los menores y sus familias ante esta problemática. Por el contrario dificultará claramente este proceso de adaptación que se produzcan situaciones como la obstrucción por parte de uno de los progenitores a la relación del otro con los hijos o con su familia de origen o el incumplimiento -por parte del progenitor no custodio. de su seguridad física. que además puede generar en el menor un sentimiento de abandono. distanciamiento. Estas situaciones suponen un maltrato hacia el menor. Los miembros del sistema familiar que se enfrentan a la ruptura de la pareja. comprueban que a veces una sentencia no es el final del conflicto. LOS ORÍGENES DE LOS PUNTOS DE ENCUENTRO EN EL MARCO ESPAÑOL Y EUROPEO El interés superior del niño. era la judicial.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR además de establecer entre ambos progenitores una relación de cooperación en la crianza de los hijos. En muchas ocasiones las familias se encuentran en una situación de mucha tensión. la única vía que existía para defender este derecho fundamental que tienen los hijos a mantener la relación con ambos progenitores y sus familias de origen. sociológica y jurídica. sin voluntad de cooperación y movidos sobre todo por la desconfianza y una vez 6 . enfrentamiento claro y abierto. Toda situación que facilite al menor el conocimiento de sus orígenes para situarse dentro de su historia o propicie la instalación y la continuidad de las relaciones necesarias para la construcción de su identidad. está ampliamente contemplado en el ordenamiento jurídico español.del régimen visitas establecido en sentencia. se articula en tres dimensiones: psicológica. 1. psíquica y moral. Hasta hace pocos años. vulnerando el derecho fundamental que todos los hijos tienen a mantener la relación con ambos progenitores y sus familias de origen. por falta de previsión o de medios públicos idóneos. En España el primer Punto de Encuentro familiar surge. fracasan en su tarea de reestructurar. disputas reiteradas. ya que tienden a dar una cobertura psicosocial a la problemática que. una vez se ha obtenido la separación o el divorcio.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR que existe resolución judicial se producen incumplimientos de sentencias. facilitar y desarrollar las relaciones entre los menores y sus padres. Los Puntos de Encuentro Familiar están considerados como “lugares donde se facilitan las entregas de los menores y el cumplimiento de los regímenes de comunicación y visitas en determinados casos de especial conflictividad. utilización de los hijos a favor de intereses personales del padre o de la madre. Por tanto los Puntos de Encuentro Familiar nacen como respuesta a las dificultades que después de la resolución judicial surgen entre los progenitores cuando entre ellos persiste todavía el enfrentamiento y el litigio y precisan una intervención objetiva y neutral. favoreciendo además el proceso de adaptación a una nueva dinámica familiar. que se presentan como una alternativa de intervención. instaurar. De esta manera los Puntos de Encuentro Familiar son considerados como lugares de prevención de conflictos. quedaba hasta ahora desatendida” (S Audiencia Provincial de Barcelona 2000\1031.. van a tener que seguir relacionándose y tomando decisiones que afecten a la educación y atención de sus hijos. siempre que con ello se contribuya a establecer los vínculos necesarios para su buen desarrollo psíquico. por iniciativa APROME -Asociación para la Protección d el Menor en los Procesos de Separación de sus Progenitores-. Desde un principio los PEF´s se ofrecen prioritariamente como lugar donde derivar aquellas situaciones de ruptura familiar que. “Son unas instituciones que proporcionan un lugar temporal adecuado para 7 . que contribuye a defender el interés prioritario del menor para mantener el derecho fundamental de relacionarse con ambos progenitores después de la ruptura. evitando el enfrentamiento violento. en el que se valora la búsqueda de soluciones a estos problemas familiares a través de la comunicación. Podemos apreciar que actualmente nos encontramos ante un cambio cultural.. de 7 de marzo). que fue fundada en el año 1994 con la finalidad de facilitar el cumplimiento del tercer derecho fundamental de la familia: . “La patria potestad se ejercerá siempre en beneficio de los hijos”. afectivo y emocional. Con esta filosofía surgen los Puntos de Encuentro Familiar. y los progenitores a lo largo del ciclo vital. Málaga y Sevilla. Castilla la Mancha. durante el año 2000. Sevilla. Baleares. Valencia. y de suma utilidad para la reanudación de los vínculos afectivos paterno y materno-filiales en casos de dificultades conductuales” (S Audiencia Provincial de Barcelona 2001\59580. En octubre de 1999. y se pueden considerar como un medio neutral. Madrid. para lo que se facilitó presupuesto para la organización de unas jornadas de sensibilización sobre la necesidad de este nuevo recurso. La acogida del programa fue unánime y varios Jueces de Familia visitaron la sede del Punto de Encuentro y en ese mismo año se crearon nuevos servicios en Barcelona. Extremadura. la Secretaria de Estado manifestó su deseode ver creada una red nacional de Puntos de Encuentro. llevada a cabo por APROME. por iniciativa del Consejo General del Poder Judicial. “En el año 2005. Comunidad Valenciana.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR posibilitar la reinstauración de las relaciones familiares. unas jornadas de formación para los Jueces de familia. en la que participó la presidenta de APROME para presentar la experiencia de Punto de Encuentro Familiar. de 26 de octubre). Navarra y el País Vasco”. Posteriormente. Cataluña. a la que asistieron Jueces de Familia de toda España. Con gran interés hacia el trabajo que se estaba realizando. Oviedo. ANTECEDENTES DE LOS PUNTOS DE ENCUENTRO EN ESPAÑA El día 1. Aragón. no ha parado recibir demandas de información y asesoramiento para crearles a lo largo de todo el territorio Nacional. se organizó una reunión en la sede de la Secretaría de Estado del Ministerio del Trabajo y Asuntos Sociales (MTAS). organizó con la Junta de Castilla y León y el Ayuntamiento de Valladolid. hasta completar la existencia de Puntos de Encuentro Familiar en todas las ciudades y en muchas localidades del territorio Nacional. se constituye la Confederación Española de Puntos de Encuentro (CEPEF). Comunidad de Madrid. Desde diferentes puntos de España se interesaron por esta experiencia tales como Barcelona. Desde la aparición del Primer Punto de Encuentro. Asturias. seguro y acogedor para los niños. integrando Asociaciones y Federaciones de Andalucía. 8 .2 y 3 de marzo de 1999 el Consejo General del Poder Judicial. Palma de Mallorca. Málaga. Murcia. se efectuó la firma de un convenio de colaboración entre el Ministerio de Asuntos Sociales y el Consejo General del Poder Judicial para la realización de dichas jornadas. La Coruña. donde se expuso la experiencia pionera en España sobre Puntos de Encuentro. El programa Punto de Encuentro desde su aparición. Galicia. Vigo. celebrado en Madrid en el mes de febrero de 2001. Otro de los antecedentes significativos de los Puntos de Encuentro en España estuvo en la organización de un curso de formación impartido por la Universidad Pontificia de Comillas. se concretó en la convocatoria de subvenciones con cargo al IRPF del año 2001. organizada por El Consejo General del Poder Judicial y el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales con la colaboración de la Federación Nacional de Puntos de Encuentro Familiar. La Rioja. Baleares. Aragón. Valencia y Valladolid. Este primer espacio formativo supuso el germen en la metodología de intervención del Punto de Encuentro. País Vasco. integrando Asociaciones y Federaciones de Andalucía. Aragón. de carácter social e inscrita en el registro nacional de asociaciones con el número F-2166 y que en ese momento agrupó a Asociaciones de Málaga. instó al Gobierno 9 . al que asistieron profesionales de todo el territorio nacional y profesionales expertos en intervención de Puntos de Encuentro de Francia. Fiscales y representantes de Ayuntamientos y Comunidades Autónomas de toda España. Comunidad de Madrid. Galicia y Canarias. La Comunidad de Madrid. Asturias. Castilla la Mancha. Navarra y el País Vasco. con representación del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Comunidad Autónoma de Madrid. Igualmente. etc. La Comunidad de Murcia. y a la que asistieron Jueces. Madrid. Galicia. posteriormente se han incorporado asociaciones de Asturias. aprobó por unanimidad la Proposición no de Ley sobre medidas a impulsar a fin de promover el desarrollo de los Puntos de Encuentro Familiar. La Xunta de Galicia. federación de asociaciones sin ánimo de lucro. se constituye la Confederación Española de Puntos de Encuentro (Punto de Encuentro Familiar). La Jornada realizada en el año 2000 sobre Los Puntos de Encuentro Familiar. Murcia. Sevilla. La Junta de Andalucía. Extremadura. sirvió de cimiento para que el día 25 de enero del año 2000 se crease la Federación Nacional de Puntos de Encuentro para el derecho de visitas (FEDEPE). para lo que se crearon vías de financiación y puesta en marcha de números servicios. En el año 2005. sirvió como punto de inflexión para la conceptualización la utilidad de estos servicios por parte de las Administraciones. Comunidad Valenciana. que incluyó con carácter prioritario la creación de los programas que faciliten espacios para el cumplimiento del régimen de visitas y las diferentes administraciones regionales y locales.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR La necesidad de crear una Red de intervención que atendiese esta problemática en todo el territorio nacional. Uno de los alcances de esta Jornada. con la colaboración de FEDEPE. Cataluña. EL Congreso de los Diputados. como fueron los del Ayuntamiento de Madrid. el Congreso de los Diputados. Cataluña. el día 20 de Junio 2001. Familias y Discapacidad. aplicación y seguimiento de las políticas que les afecten en el ámbito de competencias atribuidas a la Administración General del Estado. En la motivación de la presentación de la propuesta realizada a la Mesa del Congreso de los Diputados en fecha 6 de abril de 2001. a través del Real Decreto 613/2007. se hizo constar la experiencia del primer Punto de Encuentro Familiar creado en Valladolid en el año 1994 y que ha servido de referente para el resto de Puntos de Encuentro que se han puesto en marcha en España. las medidas oportunas a fin de promover el desarrollo de Puntos de Encuentro Familiar. Formando parte de este Órgano Asesor. la creación de “Puntos de Encuentro donde se lleven a acabo las visitas de los padres y madres a menores en los casos de separación y divorcio con antecedentes de violencia doméstica. atendidos con personal cualificado que emitan informes a los tribunales competentes”. y tiene como finalidad la de institucionalizar la colaboración y la participación de las familias a través de las asociaciones que representan o defienden sus intereses en la definición. aprobado por el Consejo de Ministros en su reunión de 16 de junio de 2006. Familia y/o Prevención de la Violencia.. se resuelve el proceso selectivo de Consejeros del Consejo Estatal de Familias en representación del movimiento asociativo de ámbito estatal. En el II Plan Integral de Prevención de la Violencia Doméstica (4) aprobado por el Congreso de los Diputados en el mes de abril de 2001 se incluía como acciones a realizar en las medida de intervención social. de 11 de mayo (5). se seleccionó a la Federación Nacional de Puntos 10 . Mediación Familiar y Puntos de Encuentro Familiar. en el ámbito de sus competencias. propone avanzar en el establecimiento de criterios de calidad en el desarrollo de los servicios de orientación. Los Puntos de Encuentro como servicio de Atención e Intervención están formando parte de los diferentes planes de Actuación en materia de Infancia. Posteriormente. el “Plan Integral de la Familia 2001-2004” propuso promover en todas las Comunidades Autónomas servicios de Orientación Familiar. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. crean y regula el Consejo y el Observatorio Estatal de Familias como órgano colegiado interministerial de carácter asesor y consultivo de la Administración General del Estado. Mediación Familiar y Puntos de Encuentro Familiar. Más recientemente. de la Secretaria de Estado de Servicios Sociales. el “Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia 2006-2009(3) . mediante resolución de 16 de noviembre de 2007 (6). en el ámbito de la planificación de los servicios de apoyo a la familia en todo el ámbito nacional. así como colaborar en el impulso de estos programas y favorecer el desarrollo de las buenas prácticas y la formación de los profesionales.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR de España a impulsar. Así. en orden a facilitar las relaciones de familia en los supuestos que afectan a la naturaleza y a los objetivos de los mismos. de 11 de mayo1.boe. de la Secretaria de Estado de Servicios Sociales. se insta a que las Ciudades y Comunidades Autónomas pueden establecer en su ámbito territorial esta gama de servicios. Familias y Discapacidad.es/boe/dias/2007/11/23/pdfs/A48079-48079. a través de la Subdirección General. Además. la Dirección General de las Familias y la Infancia.es/boe/dias/2007/05/12/pdfs/A20598-20600. se resuelve el proceso selectivo de Consejeros del Consejo Estatal de Familias en representación del movimiento asociativo de ámbito estatal. como realizando convenios con ONGs. Posteriormente. mediante resolución de 16 de noviembre de 20072. En el año 2008.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR de Encuentro Para el Derecho de Visitas (FEDEPE) como representante del área de la Conflictividad Familiar. se publicó una Guía de Ayudas Sociales a las Familias donde se recogen principalmente las ayudas establecidas a nivel estatal y se facilitan las direcciones de los Organismos Autonómicos que tienen competencias en esta materia. es decir. se publicó una Guía de Ayudas Sociales a las Familias donde se recogen principalmente las ayudas establecidas a nivel estatal y se facilitan las direcciones de los Organismos Autonómicos que tienen competencias en esta materia. Dentro del Programa de apoyo a las Familias en situaciones especiales se informa de los Puntos de 1 2 http://www. con entidades que no tengan ánimo de lucro. eligiendo aquellos que complementen mejor sus objetivos en materia de Servicios Sociales y pueden establecer estos servicios tanto en sus propias unidades de servicios sociales. en las situaciones de separación o divorcio. Fundaciones. ya que son servicios de carácter público. Formando parte de este Órgano Asesor. Dentro del Programa de apoyo a las Familias en situaciones especiales se informa de los Puntos de Encuentro como un servicio que ofrece un espacio neutral para que. crean y regula el Consejo y el Observatorio Estatal de Familias como órgano colegiado interministerial de carácter asesor y consultivo de la Administración General del Estado. a través de la Subdirección General.pdf 11 . En el año 2008.boe. la Dirección General de las Familias y la Infancia. aplicación y seguimiento de las políticas que les afecten en el ámbito de competencias atribuidas a la Administración General del Estado. El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. a través del Real Decreto 613/2007.pdf http://www.. y tiene como finalidad la de institucionalizar la colaboración y la participación de las familias a través de las asociaciones que representan o defienden sus intereses en la definición. el padre o la madre que no viva con el hijo pueda verlo según lo que haya establecido el Juez en los casos que existen conflictividad familiar. se seleccionó a la Federación Nacional de Puntos de Encuentro Para el Derecho de Visitas (FEDEPE) como representante del área de la Conflictividad Familiar. etc. Reino Unido.. Además. sobre la relación de los servicios con las instituciones judiciales y el lugar de los Puntos de Encuentro en la evolución de las relaciones familiares (el mantenimiento de vínculos y redefinición de la parentalidad). En junio de 2001. eligiendo aquellos que complementen mejor sus objetivos en materia de Servicios Sociales y pueden establecer estos servicios tanto en sus propias unidades de servicios sociales. se diseñó la forma jurídica. tomó la iniciativa de un nuevo encuentro en Paris reuniendo a los miembros de las federaciones europeas de Francia. El 11 de septiembre de 2006 se fundó la “Confederación europea sobre los puntos de encuentro para el mantenimiento de las relaciones padres-hijos (CEPREP)”. para tratar de forma comparativa la actividad de los servicios existentes hasta la fecha. ya que son servicios de carácter público. universitarios. profesionales y responsables de los Puntos de Encuentro Familiares. Reino Unido. Hungría y Suiza. la Federación Frances de Puntos de Encuentro. etc. en los aspectos de funcionamiento (formación y acreditación de los profesionales. Alemania. el padre o la madre que no viva con el hijo pueda verlo según lo que haya establecido el Juez en los casos que existen conflictividad familiar.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR Encuentro como un servicio que ofrece un espacio neutral para que. es decir. en sus conclusiones se determinó crear una red internacional de los diferentes servicios. etc. como 12 . deontología. investigadores. financiación. en las situaciones de separación o divorcio. como realizando convenios con ONGs. la organización. abogados. Canadá y Australia. la legislación de referencia. donde se dieron cita representaciones de jueces. Estados Unidos. realizándose el primer borrador en el año 2002 en la ciudad de Salamanca y concluyéndose el texto definitivo en la ciudad de Ginebra en enero de 2004 (Anexo 1). Así tomó forma el proyecto de una carta europea. con entidades que no tengan ánimo de lucro. con la presencia de los países de Bélgica.). Bélgica. España (a través de FEDEPE). Francia. En esta reunión se marco como objetivo el realizar de nuevo contactos para intercambiar y comparar las prácticas y cuestiones teóricas y el comienzo de una reflexión conjunta sobre la metodología de los Puntos de Encuentro. Después de las reuniones de 2004 en Anglet (Francia) y en Budapest.. los estatutos y el funcionamiento que podría adoptar la Confederación Europea de Puntos de Encuentro. Se congregaron profesionales de Europa. EL CONTEXTO EUROPEO En noviembre de 1998 se celebró en París el Premier colloque international sur les services d’accueil du droit de visite. se insta a que las Ciudades y Comunidades Autónomas pueden establecer en su ámbito territorial esta gama de servicios. Fundaciones. Suiza y España. Italia. estimular la reflexión y la investigación sobre las cuestiones del mantenimiento de las relaciones niños/padres y el desarrollo de relaciones de cooperación con otros países europeos que trabajen en campos relacionados 13 . Entre sus fines están: promover y apoyar la acción de las federaciones respetando sus diferencias nacionales y culturales.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR miembros fundadores. promover el intercambio de experiencias. Existencia de enfermedad (o toxicomanía) en la que se requiere supervisión profesional. Oposición o fuerte rechazo de uno de los progenitores para que el niño mantenga contacto o relación con el otro progenitor. ausencia de vinculación afectiva. ¿QUÉ SON LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR? Los Puntos de Encuentro Familiar (PEF´s) son servicios especializados. que precisa supervisión de los contactos para llegar a un conocimiento más cercano de la situación. Las familias que se atienden en los Puntos de Encuentro son aquellas en las que tras la ruptura familiar (separación o divorcio) se produce una o varias de las siguientes situaciones: Alta conflictividad: dificultades importantes para llegar a acuerdos con respecto a la atención y cumplimiento del régimen de visitas de los hijos.…). que intervienen profesionalmente desde el ámbito psicosocial en aquellas situaciones de separación familiar en las que los contactos/relación de los hijos/as con el padre. Constituyen un lugar neutral en el que se lleva a cabo la intervención profesional necesaria para que la relación se produzca de forma normalizada. Falta de habilidad: para la atención de los menores durante las visitas o para establecer una adecuada relación (en casos en los que por algún motivo se ha interrumpido la relación durante un tiempo).LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR 2. Oposición o fuerte rechazo del niño hacia una de los progenitores. Dificultades para que el menor mantenga relación con la familia extensa considerándola figuras de apego importantes. 14 . de maltrato físico o psicológico.1. Posible riesgo para el menor (por sospecha de abuso. inadecuación de la vivienda etc. la madre o algún otro miembro de la familia presenta dificultades. Existencia de violencia hacia alguna de las partes (con o sin Orden de Protección). Necesidad de un lugar adecuado para llevar a cabo el régimen de visitas (por residencia en otro municipio. falta de vinculación o motivación para mantener las visitas. etc.). LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR COMO RECURSO DE INTERVENCIÓN 2. siempre que con ello se contribuya a establecer los vínculos necesarios para su buen desarrollo psíquico. 2. afectivo y emocional. Mantener la relación con el progenitor no custodio o con la familia extensa de éste cuando existan dificultades al respecto. Prevenir la violencia y proteger al menor en los casos en los que se den estas situaciones. régimen de visitas. Facilitar un lugar adecuado para llevar a cabo las visitas en caso de dificultades de espacio (carencia de domicilio adecuado) y apoyar para remover los obstáculos que impiden llevarlas a cabo de forma normalizada. bien residencial o familiar (con familia extensa o familia ajena).2 ¿QUÉ OBJETIVOS TIENEN? Los Objetivo Generales de los Puntos de Encuentro son: Favorecer el derecho fundamental del menor a mantener la relación con ambos progenitores después de la separación. contactos de ambos padres con sus hijos. Mejorar la capacidad de los padres u otros familiares para resolver los conflictos relativos a los hijos (nietos o sobrinos en su caso) en el futuro. Garantizar que el cumplimiento del régimen de visitas no suponga una amenaza para la seguridad del niño o de la madre/padre vulnerable. Disponer de información fidedigna sobre las actitudes y aptitudes parentales que ayude a defender y/o proponer en otras instancias administrativas o judiciales los derechos del niño. devolviendo a ambos progenitores la responsabilidad sobre sus problemas y su vida familiar y personal. los Puntos de Encuentro Familiar intervienen en las situaciones cuando el menor se encuentra con una medida de acogimiento. Preparar a los padres para que consigan la autonomía necesaria en el ejercicio de la coparentalidad sin depender del Servicio. como lo es el Punto de Encuentro. siempre que se considere beneficioso para él mantener los contactos o relación con su familia biológica en un entorno adecuado.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR También. Los Objetivos Específicos de los Puntos de Encuentro son: Facilitar y favorecer los acuerdos en cuanto a la atención. Ayudar a mejorar las relaciones paterno-materno/filiales y las habilidades parentales en relación a la crianza de los hijos cuando sea necesario. 15 . Su intervención se guía a su vez por principios inherentes a las profesiones de origen como son: A. que ofrecen apoyo para un momento y una situación determinada y no pueden ser considerados como un recurso a utilizar de manera permanente. para ello. ellos han de tomar sus propias decisiones y procurar su bienestar. influye. como la orientación y las técnicas de mediación familiar como alternativa en la resolución de conflictos. los profesionales de los PEF´s cuentan con valiosas herramientas importadas de las ciencias sociales. a la mayor brevedad posible. Se debe favorecer su adecuado desarrollo protegiéndolo de posibles situaciones de violencia (física. Intervención planificada: La intervención planificada hace referencia al estudio concreto de cada caso. Carácter transitorio: Los PEF´s son alternativas de intervención temporal. y a la decisión en torno a los objetivos a corto y a medio plazo. verbal o psicológica) y contribuyendo a la normalización de la nueva situación familiar. con titulaciones derivadas del ámbito social y jurídico. del que recibe influencias y al que. Neutralidad: los profesionales realizan la intervención de acuerdo a las necesidades concretas de cada familia.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR 2. pero deben entender que la responsabilidad sobre sus hijos sigue siendo de ambos. de manera que. 16 . Es necesario intervenir teniendo en cuenta todo el sistema familiar. Profesionalidad de la intervención: Los Puntos de Encuentro están compuestos por equipos multidisciplinares. con el objetivo fundamental de favorecer el bienestar del menor y procurando no volcar en ella sus propias creencias.3 ¿CUÁLES SON LOS PRINCIPIOS QUE GUÍAN SU INTERVENCIÓN La intervención de los profesionales para la consecución de los objetivos antes expuestos. puedan mantener los contactos y visitas con el padre/madre sin depender del servicio. Para facilitar la salida del PEF de una familia es preciso realizar un estudio y evaluación específica de cada caso y estar atentos a las necesidades del mismo. Intervención familiar: el bienestar del menor no es posible aislarlo del de su sistema familiar. se enmarca y es guiada por una serie de principios: Interés superior del menor: En la intervención prima siempre el bienestar del menor. así como las actuaciones necesarias para conseguirlos. Responsabilidad parental: Los padres pueden necesitar apoyo de los profesionales. teniendo siempre presente que el fin último es favorecer la autonomía de la familia y la independencia del servicio. valores y consideraciones personales. a su vez. - Menores separados de sus progenitores con medida de protección de acogimiento en familia extensa o ajena. La reducción del conflicto y la realización de las visitas en un clima de tranquilidad y seguridad exige un clima de no violencia tanto entre los progenitores como hacia los menores. 2. siempre que éste. - Menores que residen con un progenitor o familiar que se opone a la entrega de los mismos o no favorece los encuentros con el otro progenitor u otro familiar. - Familias en las que los menores muestren una disposición negativa a relacionarse con el familiar que realiza las visitas o un fuerte rechazo hacia éste. En realidad. por la autoridad. - Menores que no conviven habitualmente con el progenitor o familiar con derecho a visitas. por circunstancias personales. los demás familiares y los profesionales. atendiendo siempre a lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999. 17 . es decir. de modo que resulte imposible mantener encuentros normalizados. de 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR B.4 PERSONAS USUARIAS Las personas usuarias del Punto de Encuentro Familiar serán las que se determinen. Imparcialidad: permite centrar la intervención en el menor. respecto a los datos obtenidos en entrevistas y a la información manejada durante la intervención. en el momento de la derivación. carezca del entorno adecuado para llevar a cabo las visitas. de residencia u otras. No violencia: El principio de no violencia se contempla desde todos los puntos de vista evitando que se produzca cualquier situación de este tipo o minimizando cualquier intención de hostilidad. Confidencialidad. En todo caso podrán ser usuarios del Punto de Encuentro Familiar quienes se encuentren en alguna de las circunstancias siguientes: - Menores cuyos familiares con derecho de visitas poseen alguna característica o circunstancia personal de riesgo para el menor que aconseja la supervisión de los encuentros. podríamos hablar mejor de "multiparcialidad". sin tomar partido por ninguna de las partes. tomando partido por todos y generando un clima de confianza y empatía. C. Conocimiento y evaluación: el objetivo de esta fase es obtener la información necesaria para determinar las necesidades de la familia en relación al proceso de ruptura familiar. En esta fase estaremos en condiciones de estimar las necesidades del niño y las de sus padres y/o familiares implicados en la situación. - Familias que. y se obtiene la primera información de la familia. Recepción: es la primera toma de contacto de todos los miembros de la familia con el Punto de Encuentro (padres e hijos. El período mínimo estimado para poder tener un conocimiento fiable de la situación familiar y una evaluación de la misma. es aproximadamente de dos meses desde la notificación (aunque dependerá mucho de la frecuencia que se haya establecido en el régimen de visitas). normas etc. sus objetivos.5 ¿CÚAL ES EL MÉTODO DE INTERVENCIÓN Las fases en las que se estructura la intervención en el Punto de Encuentro Familiar desde que una situación familiar se deriva. las 18 . 2. por haber vivido en su seno algún tipo de situación violenta hacia ellos. los menores se encuentran inmersos en situaciones de violencia cuando se pretende llevar a cabo las visitas. familia extensa…). acogedores. La derivación se debe realizar en dos momentos: uno en el que se acuerda junto con el Punto de Encuentro Familiar la oportunidad de la intervención y el momento más adecuado para ello y otro en el que se notifica por escrito. los cambios necesarios. Organismos oficiales e Instituciones ponen en conocimiento del Punto de Encuentro una situación familiar.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR - Familias en las que. dada la situación de conflictividad entre sus miembros. método de intervención. No cabrá en ningún caso la intervención del Punto de Encuentro Familiar cuando el derecho de relación o de visitas se encuentre suspendido en relación con el progenitor o familiar que acude a dicho servicio. distintas Entidades. identificar las áreas de conflictividad y los sentimientos que genera. En ella se da a conocer el Punto de Encuentro. valorar la situación familiar y sobre todo crear un clima de empatía y confianza que facilite el trabajo posterior. Por otra parte también es posible que se inicie la intervención por acuerdo entre las partes (sin haber sido derivados desde ninguna entidad). precisen un lugar neutral que pueda garantizar la seguridad de los menores o la de sus familiares durante el cumplimiento del régimen de visitas. hasta que cesa la intervención son las siguientes: Derivación: a través de la derivación. participación de otras instituciones o servicios etc. efectuándose un seguimiento de la situación familiar en relación a los contactos/relación de los hijos con sus progenitores (familia extensa. Programa familiar: el objetivo del mismo consiste en organizar las principales decisiones. que serían aquellos que combinan contactos tanto fuera como dentro del Punto de Encuentro. será tratada con más detalle a lo largo de los módulos siguientes. Y otro. en función de la planificación realizada en la fase anterior llevándose a cabo las tareas encaminadas a la consecución de los objetivos propuestos. Seguimiento: Podemos considerar dos tipos de seguimiento.. debiendo adaptar la intervención en función del caso.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR capacidades para asumir los mismos. en ella se evalúa formalmente el Programa Familiar para establecer las correcciones oportunas e ir reorientando la intervención. Cierre: es el momento en el que se cesa la intervención comunicando la situación a la Entidad que derivó el caso. parcialmente supervisados. el pronóstico del caso para la intervención en el Punto de Encuentro.cit) 19 . continua y periódica. uno de ellos es aquel que se realiza cuando ha cesado la intervención definitivamente y se realiza a los seis meses del cese de la intervención. la cooperación de los padres y de los niños e incluso. Intervención: si bien la intervención se produce desde el primer momento en el que la familia acude a un Punto de Encuentro. los recursos necesarios. si bien en la siguiente tabla3 se especifican todas ellas así como los posibles instrumentos necesarios en cada una: TABLA RESUMEN FASES INSTRUMENTOS/DOCUMENT OS DESCRIPCIÓN 3 La siguiente tabla pertenece a la guía de actuación de los Puntos de Encuentro de Castilla y León (op. objetivos y actuaciones previstas con la familia. Revisión: La evaluación de la situación familiar es previa. en función de todo ello. es decir.). En esta fase nos referimos a la revisión periódica de los objetivos y áreas de trabajo planteada. Estas fases no suponen un proceso rígido. esta fase hace referencia a una actuación directa. que sería aquel que se conforma un poco antes de dar de baja la intervención para poder apoyar a las familias en su proceso de autonomía y emancipación del recurso con contactos telefónicos y con encuentros “mixtos”. su urgencia y riesgo. Cada una de estas fases. y se proponen nuevas actuaciones Comunicación al organismo que derivó el caso Transcurridos seis meses desde el cierre 20 .LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR FASES DERIVACIÓN INSTRUMENTOS/DOCUMENT Ficha de DERIVACIÓN Normas de funcionamiento RECEPCIÓN DESCRIPCIÓN OS Ficha/Informe de Recepción Para utilizar por parte del organismo que deriva Para explicar en la recepción. Recoge la información obtenida en la recepción de la familia Recoge toda la información CONOCIMIENTO Y EVALUACIÓN Informe de Evaluación obtenida durante los dos primeros meses de observación y el análisis de la misma En él se organizan las PROGRAMA FAMILIAR P.F.F Se revisa el P. F principales objetivos y actuaciones previstas con la familia Informes de cumplimiento Hoja de acuerdos INTERVENCIÓN Autorizaciones Informes de evolución de las visitas al juzgado. REVISIÓN/ EVALUACIÓN CIERRE SEGUIMIENTO Nuevo P. los Puntos de Encuentro deberán poder atender a los usuarios o profesionales durante la semana. con una situación céntrica en la localidad y con accesos a servicios públicos cercanos como parques o jardines. intervenciones con las familias fuera del horario del cumplimiento de visita. EL ESPACIO OPERATIVO: LAS INSTALACIONES La ubicación de los Puntos de Encuentro Familiar deberá disponer de las estructuras de comunicación y accesibilidad para facilitar el acceso a estos servicios y no deberán tener ninguna característica de peligrosidad física o de carencia de salubridad. así como las festividades. tanto el mobiliario como las salas deberán garantizar la posibilidad de poder realizar actividades lúdicas y de juegos. Además. No obstante. con distribución semejante a una vivienda familiar. Debido a que la tipicidad de estos sistemas de comunicaciones se realiza. así como utensilios para calentar comidas y posibilidad de amamantar. en su mayor parte. 21 . de mantenimiento y condiciones que requiera la normativa aplicable. Los locales deberán tener una amplitud suficiente para que se pueda desarrollar la intervención. redacción de informes. etc. reuniones de equipo. Para ello. para dar cobertura a la flexibilidad de horarios planteados en los diferentes regímenes de visita. compaginando la labor de despacho de los técnicos de los Puntos de Encuentro con los espacios destinados a las visitas o intercambios. en su caso. todas las instalaciones y servicios de los Puntos de Encuentro Familiar deberán cumplir las especificaciones técnicas. así como contar con los instrumentos o herramientas necesarias para dichas actividades. durante los fines de semana. Los Puntos de Encuentro deben tener un horario de apertura amplio.6. asear y dar alimentos a los niños de corta edad. En la medida de lo posible. Todos estos servicios deberán contar con botiquín de urgencias que deberá estar fuera del alcance de las personas usuarias.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR 2. para poder disponer de tiempo para realizar las entrevistas de acogida. por lo que deberán abrir también en estos días. coordinación con las instituciones. se recomienda que sean locales o pisos. deben estar abiertos durante estos días. Sus funciones son las de informar a lo usuarios de los recursos de atención social de su entorno a los que pueden acudir. multidisciplinar y multiprofesional.. atendiendo a su formación académica inicial. así como de la coordinación de la actividad del Punto de Encuentro con las Instituciones. en su caso.7. de las 4 La siguiente relación de titulaciones para formar parte de un equipo técnico en el Punto de Encuentro no es exhaustiva.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR 2. se prevé que puedan formar parte de los técnicos de Puntos de Encuentro personas con formación en psicología. en un número suficiente para dar cobertura a las circunstancias que ocurran en el transcurso de la intervención. Los integrantes de este equipo podrán tener una responsabilidad propia y unas actuaciones limitadas. así como de la detección y comunicación. Además. una posible distribución de la tipología de profesionales y sus funciones puede ser la siguiente: Coordinador: La figura del coordinador de Punto de Encuentro tiene funciones propias en cuanto a la responsabilidad del funcionamiento del centro y forma parte del equipo técnico. Además. realizará labores de coordinación del equipo técnico y podrá servir como figura de recepción de las observaciones que emitan los usuarios en cuanto a la funcionalidad o atención del propio servicio. 22 . Al no haber una especificación clara de cuál debe ser el tipo de cualificación mínima. derecho. pudiendo dar cabida a cualquier titulación en el ámbito social y/o de familia. y entre las responsabilidades de cada uno están las siguientes:4. pedagogía. o Trabajadores Sociales: Son los responsables de realizar la entrevista de acogida a los adultos. Equipo técnico: El equipo técnico de un Punto de Encuentro Familiar cuenta con profesionales cualificados. Deberá contar con técnicos procedentes de distintas especialidades académica para que el equipo resulte multidisciplinar. No obstante. aunque el ejercicio del trabajo en el Punto de Encuentro sea una cuestión a ejecutar conjuntamente entre todos los técnicos. por tanto. así como con experiencia en resolución de conflictos y conocimientos de derecho.. o cualquiera de las titulaciones derivadas del ámbito social o jurídico. etc. realiza las labores de coordinación del equipo técnico y sirve como figura de recepción de las observaciones. educación social. El equipo técnico debe ser. trabajo social. EL ESPACIO FUNCIONAL: DIRECCIÓN Y EQUIPO PROFESIONAL Los Puntos de Encuentro deben tener un equipo técnico compuesto por profesionales cualificados con formación específica en intervención en situaciones de ruptura familiar y violencia de género. formados y con experiencia en intervención familiar para realizar la labor que en ellos se desarrolla. o Psicólogos: Son los responsables de plantear las pautas de intervención. desde un punto de vista descriptivo.… o Educadores: Tendrán la función de participar en los encuentros y/o visitas de los menores con sus padres o familiares. 23 . así mismo. adicciones. asumir o no el enfoque anterior o por el contrario podrán determinar. una composición diferente de su estructura y de las funciones de los profesionales que integren el equipo técnico. el número de técnicos. que desde el punto de vista psicológico se pretenden conseguir de cara a alcanzar la independencia del servicio. organización de infraestructura y que son un soporte para la recepción de los usuarios con estos servicios. etc. y en el desarrollo de las visitas. el número de familias atendidas y el horario de apertura de cada PEF.… o Licenciado en Derecho: Son los encargados de informar y responder a los usuarios. la supervisión de las visitas y la elaboración de los informes. Si bien. pudiendo coordinarse. etc…). además. con los abogados de los propios progenitores o familiares. Tiene la facultad de realizar entrevistar de evaluación. en la configuración de la planificación de la intervención. Estas circunstancias facilitarán. condicionarán en principio. participando en la intervención multidisciplinar. en el ejercicio de la actividad del Punto de Encuentro. Personal Auxiliar: Los Puntos de Encuentro pueden disponer de personal auxiliar que se encargue de su labor administrativa. Participa. Además. acerca de las dudas que puedan tener sobre los aspectos jurídicos. orientación y asesoramiento tanto a los menores como a los usuarios que demanden información sobre las circunstancias que ocurren Así mismo. así como en la elaboración de los informes y en el asesoramiento al propio equipo técnico. la elaboración de los informes. el horario de contratación de los mismos y la estructura interna. así como la de promover los recursos en los usuarios para llegar a conseguir su autonomía. Podrán participar. participa en el trabajo más específico con los progenitores que presenten alguna dificultad especial (alteración mental o de comportamiento. realizará entrevistas de seguimiento cuando su presencia sea necesaria. etc.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR situaciones de abandono o riesgo de los menores. la elaboración de informes. cuando sea necesario. facilitando la coordinación con los Juzgados y los organismos de los que dependa el régimen de visitas. El tiempo de espera para dar por no iniciado un encuentro. así como de su suspensión. La indicación en la normativa donde se haga referencia al hecho de que el tiempo de visita pertenece a los menores y a la persona que los viene a visitar.8. Esta normativa deberá ser comunicada previamente a las personas usuarias del Punto de Encuentro Familiar. La forma de proceder en el caso de que el progenitor (o a quien le corresponda) no pueda acudir a entregar o recoger al menor si este punto no lo especifica la propia resolución que deriva. la visita quedará suspendida y se considerará que no se ha realizado. La información que hace referencia a que serán los progenitores o familiares quienes deban aportar los elementos necesarios para las visitas (meriendas. LA NORMATIVA INTERNA Todos los Puntos de Encuentro deberán contar con una normativa de funcionamiento interno. que determinen las condiciones de uso y de funcionamiento del propio servicio. La facultad que tiene el equipo técnico del Punto de Encuentro Familiar para intervenir en cualquier momento de la visita. La obligación que tienen todas las personas que se encuentren en el Punto de Encuentro Familiar para mantener una conducta respetuosa y adecuada. 24 . La responsabilidad única de los progenitores o familiares de los menores. cuidado y conservación de los materiales existentes en el centro. cuando así lo exigiese el bienestar de los menores o el respeto por el buen funcionamiento del centro. La normativa interna deberá tratará cuestiones como: El cumplimiento puntual de las fechas y los horarios acordados por la entidad que ha derivado para las visitas o para la entrega y/o recogida de los menores. debiendo dejar constancia de acuse de recibo expreso firmando la misma. de tenerlos en su compañía durante el tiempo que dure la visita o la estancia en el Punto de Encuentro. sin que se permita ningún tipo de alteración en la normal convivencia de menores y adultos. pañales etc.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR 2.). Si pasado este período no acude uno de los progenitores o familiar sin haber avisado con anterioridad de su posible retraso. La responsabilidad de los adultos que acompañan a los menores de todo lo que se refiere al buen uso. La indicación del tiempo máximo de duración en cuanto a la supervisión y permanencia de una visita. se procederá con un protocolo especial que será de obligado cumplimiento. informando puntualmente al Juzgado de cada incidencia. cuando el procedimiento lo haga necesario y se trate de informar sobre una situación relevante acontecida en el Punto de Encuentro (para una lectura más amplia ver el Módulos 3 y 7). para planificar la intervención en las situaciones especiales con las que sea necesario contar con su apoyo. y por otro. Por otro lado. también podrá ser puntual. 25 . o en la resolución Administrativa de los Servicios de Protección a la Infancia). La coordinación con la entidad que ha derivado es uno de los ejes fundamentales en el trabajo de los Puntos de Encuentro (ver módulo 7). no debemos de olvidar la necesaria coordinación que deberá existir con los recursos del ámbito de la salud. 2. la educación y con los diferentes organismos de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR En los casos en que existan antecedentes por violencia de los que se hayan deducido órdenes de protección. Ya hemos mencionado anteriormente que estos servicios tienen un carácter temporal.9 INTERACCIÓN INSTITUCIONAL El Punto de Encuentro familiar está integrado dentro de la estructura de recursos sociales con los que se debe mantener contacto y coordinación para el abordaje de los casos objetos de intervención. hasta el cierre del expediente. por lo que la propia intervención y el seguimiento deben comunicarse a la entidad que ha derivado. La coordinación podrá ser fijada en el momento de la derivación (por ejemplo la que está expresada en el auto de un procedimiento de separación. y tendrá por un lado un carácter continuo sobre la evolución de una situación particular. programa familiar. intervención.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR CUADRO RESUMEN Los Puntos de Encuentro Familiar son considerados como lugares de prevención de conflictos. hasta que cesa la intervención son las siguientes: Derivación. conocimiento y evaluación. 26 . Los Puntos de Encuentro son servicios especializados. Una estructura general del equipo de trabajadores del Punto de Encuentro puede estar formada por un coordinador. carácter transitorio. subsidiariedad y calidad. La intervención de los profesionales del Punto de Encuentro para la consecución de los objetivos se enmarca y es guiada por una serie de principios que son entre otros: el interés superior del menor. Constituyen un lugar neutral en el que se lleva a cabo la intervención profesional necesaria para que la relación se produzca de forma normalizada. el personal administrativo. Las fases en las que se estructura la intervención en el Punto de Encuentro desde que una situación familiar se deriva. la madre o algún otro miembro de la familia presenta dificultades. intervención familiar. cierre y seguimiento. que intervienen profesionalmente desde el ámbito psicosocial en aquellas situaciones de separación familiar en las que los contactos/relación de los hijos/as con el padre. responsabilidad parental. intervención planificada y profesionalidad de la intervención no violencia. Recepción. unos técnicos y. revisión/evaluación. boe.pediatriasocial.com/Documentos/plan_inf_ad.cepef.ch/spanish/html/menu3/b/25_sp.es/g/es/bases_datos/doc.isftic.org http://www.mepsyd.php?coleccion=iberlex&id=1985/12666 http://www.org http://www.es/w3/recursos/secundaria/transversales/instituto_mujer/plan_inte gral_vdomestica_2001.pediatriasocial.ceprep. http://www.org 27 .pdf Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia 2006-2009.jcyl.aprome.unhchr.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR ENLACES WEB http://boe.es http://www.htm http://www.es http://www.fedepe.org http://www.pdf: II Plan Integral contra la violencia doméstica 2001-2004 http://www.com/Documentos/plan_inf_ad.pdf http://www. Nº 3. L. J. - SACRISTÁN. divorcio y desarrollo de los hijos. Vol.. M. Protocolo de actuación en los Puntos de Encuentro Familiar cuando existe orden de Protección. (2002).LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR BIBLIOGRAFÍA - CANTÓN DUARTE. 28 . - JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN (2008). Psicopatología Clínica. Consejería de Familia e Igualdad de Oportunidades. 125-135. D. pp. legal y forense.. (2000). M. M. 2. - JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN (2006) Guía de intervención en los Puntos de Encuentro de Castilla y León. Programa de Punto de Encuentro de APROME: una propuesta para facilitar las relaciones familiares después de la separación. JUSTICIA DÍAZ. Madrid: Pirámide. Conflictos matrimoniales. CORTÉS ARBOLEDA. DEL R. Un menor y su “padre” vienen a encontrarse por un período determinado y transitorio. adulto y menor. es difícil o nunca se ha podido establecer. organizaron la 4ª reunión del grupo de trabajo de las asociaciones estatales de Puntos de Encuentro Familiar a la cual asistieron representantes de Francia.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR ANEXO Los días 26. de modo que el menor se sitúe en su historia y como consecuencia en sus orígenes. Inglaterra. los representantes de la Federación Suiza de Puntos de Encuentro Familiar. Bélgica. Hungría y España con objeto de redactar el presente documento. La acción de los Puntos de Encuentro se basa en el reconocimiento del vínculo de filiación y en el interés y el derecho del menor en ver aseguradas la instauración y la continuidad de todas las relaciones necesarias para la construcción de su identidad. 2. 29 . Suiza. Alemania. Esta reunión se realizó en la Sede de la Organización Internacional del Trabajo en Ginebra. Los Puntos de Encuentro proponen un espacio tercero en el que cada cual. social y jurídica. la palabra padre/padre designa por igual al padre. 3. esta acción encuentra su límite en el interés superior del menor y en el respeto de su seguridad física. psíquica y moral. Se dirigen. 5 En este texto. Algunas de estas situaciones hacen necesario un proceso de intervención sobre todas las personas concernidas con el fin de que las dificultades y el conflicto sean reconocidos y puedan nombrarse. pues. 4. la madre y a cualquier otra persona con un papel significativo en el desarrollo del menor. Cualquier situación en la que el menor no haya podido construir o mantener relaciones con uno de sus “padres”5 le afecta en su desarrollo y en la construcción de su identidad. a las situaciones en las que la relación niño-“padre” se ha interrumpido. CARTA EUROPEA DE LOS PUNTOS DE ENCUENTRO PARA EL MANTENIMIENTO DE LAS RELACIONES HIJOS-PADRES 1. En cualquier situación. pueden reconocer su lugar y el lugar del otro y donde el menor puede construir su identidad en esta relación con los demás. 27 y 28 de enero de 2004. Esta se sitúa en la articulación de las dimensiones psicológica. auspiciada por el gobierno suizo. El objetivo de estos lugares. 7. con respeto al interés del menor. sujeto de derecho. es permitir: - a cada niño. el inicio o el reinicio de los contactos entre el menor y el “padre”* con el que no vive. y permite su puesta en acción. La acción de los Puntos de Encuentro se inscriben en el respeto: - de los textos legislativos en vigor en cada uno de los países. Documento iniciado en Salamanca en 2002 y finalizado en Ginebra 2004. condiciones de seguridad física. construir y mantener una relación personal con cada uno de sus “padres”*.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR 5. Cuando no existe otra posibilidad. estos lugares ofrecen un marco. - a cada “padre”* tener acceso a su hijo y ejercer con él sus responsabilidades. 6. psíquica y moral y un acompañamiento apropiado de la relación permitiendo su mantenimiento. 30 . - de la “Convención Internacional de los Derechos del Niño”. con respeto a las disposiciones legales y los principios deontológicos propios de cada país. - de la “Convención sobre las relaciones personales referidas a los menores” del Consejo de Europa. de su cultura y del ritmo de cada uno. Este acompañamiento deberá tener en cuenta las necesidades específicas de todas las personas concernidas. Para ello se va a presentar un caso práctico. Durante el primer año y medio de la separación. pdf o similar) con tus contestaciones y que se las envíes al tutor en un correo de la plataforma como correo adjunto. Natalia. decidieron separarse por dificultades en la convivencia que aumentaron a partir del nacimiento de su hija. ya que a partir de ese momento cada vez que acudía a recoger a su hija se encontraba que Laura se negaba a entregársela diciendo que la niña estaba enferma o que Natalia lloraba diciendo que no se quería ir con él. y se te plantearán preguntas sobre los contenidos que se desarrollen en cada módulo. en el que acordaban que Laura permanecería con la guarda y custodia de la niña (que en ese momento tenía 18 meses) y un régimen de visitas paterno‐filial progresivo teniendo en cuanta la edad de Natalia: Hasta que la niña cumpliese los 3 años estaría con su padre todos los sábados desde las 11 horas hasta las 20 horas. que “papá era malo”. el mismo para todos los módulos. Rubén pudo disfrutar con su hija únicamente el primer fin de semana después de esta fecha. Presentaron un convenio regulador que posteriormente fue aprobado por el Juzgado de Familia. Ambos acudieron al mismo abogado para tramitar una separación de mutuo acuerdo. una vez que cumpliera los tres años este régimen de visitas se ampliaría. desde las 11 horas del sábado hasta las 20 horas del domingo. sería conveniente que realizaras un documento (en versión Word. siendo a partir de esta fecha. un régimen de visitas de fines de semana alternos. 31 . SUPUESTO: Laura y Rubén han convivido desde hace 7 años. Rubén recogía a su hija y pasaba con ella todos los sábados.LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR ACTIVIDAD APROXIMACIÓN A LA TEORÍA DE LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR A continuación se te presenta un ejercicio para que reflexiones sobre los contenidos expuestos. Sin embargo. Fruto de su relación tienen una hija. Después de esos años. Al final de cada Módulo se te presentarán unas preguntas que deberás contestar y enviar al tutor. que en la actualidad tiene 3 años y medio. las dificultades aparecieron cuando Natalia cumplió los tres años. Para ello. el régimen de visitas se cumplió con normalidad. EJERCICIOS 1. ¿CUÁLES SERÍAN LOS OBJETIVOS QUE SE PODRÍAN PLANTEAR EN ESTE CASO? Razona tu respuesta. ACTIVIDAD 1. realizándose las entregas y recogidas de la menor en el mismo. PREGUNTA: ¿CONSIDERAS QUE ES UNA SITUACIÓN CON LA QUE SE PODRÍA INTERVENIR EN UN PUNTO DE ENCUENTRO? 2. 32 .LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR Durante las primeras visitas que esto sucedió. Rubén acaba de recibir el Auto del Juzgado de Familia en el que se establece que el régimen de visitas paterno‐filial acordado en el momento de la separación se produzca con la intervención del Punto de Encuentro. sin la que la circunstancias hubiese cambiado y sin poder ver a su hija decidió consultar con un abogado para posteriormente solicitar una modificación en el régimen de visitas con el objetivo de que las entregas y recogidas de Natalia se llevaran a cabo en un Punto de Encuentro. Rubén decidió no forzar la situación creyendo que esto perjudicaría a su hija y la comunicación que hasta entonces tenía con Laura en temas relacionados con la niña. sin embargo. PREGUNTA: En caso de que la respuesta sea afirmativa. Actualmente lleva 3 meses sin ver a su hija.