FUNDAMENTOS DEL DERECHO PROCESAL PENALY GARANTÍAS CONSTITUCIONALES PROGRAMA 2015 - UBA Prof. Dr. GUSTAVO A. HERBEL1 Características del curso: Carga horaria: 36 horas (12 reuniones de 3 hs cada una). Materia válida para: a) Carrera de Especialización en Derecho Penal, Facultad de Derecho – UBA (materia “Troncal”). b) Maestría en Derecho Penal del Mercosur, Facultad de Derecho – UBA. Objetivos: Analizar los fundamentos del derecho procesal penal a la luz de las garantías de nuestro “bloque constitucional federal” (C.N., CADH y PIDCP). Se estudiarán los institutos de esta disciplina, comparándolos con otros sistemas de enjuiciamiento penal. La creciente masa de información, complejidad casuística y cambios normativos, obligan a priorizar marcos teóricos con anclaje constitucional que permitan visualizar los fundamentos estructurales de los dispositivos procesales y capacitarse para la adaptación a cambios legislativos. Se pretende estimular el análisis crítico de los problemas que presenta nuestra normativa y prácticas judiciales; comprender la función de los institutos procesales y las consecuencias de sus diversas interpretaciones. Metodología pedagógica: El abordaje de los distintos dispositivos se orientará a establecer las garantías en juego, sus expresiones en el derecho comparado y su funcionamiento local. El método será en primer lugar expositivo, informando sobre el marco teórico, las garantías vinculadas y los problemas que apareja cada tema, para luego analizar críticamente el dispositivo procesal mediante la jurisprudencia, las normas que lo regulan y sus prácticas. También se propondrán hipótesis problemáticas (casos y planteos teóricos) para someter a debate el instituto tratado. Este método será puesto en práctica distribuyendo la clase en grupos, asignándoles roles -defensor, fiscal y juez- que rotarán en cada ocasión con el objeto de tensionar argumentalmente cada tópico expuesto en el programa, al tiempo de posibilitar al cursante percibir desde diversas perspectivas (roles), la función de los instrumentos procesales. El curso pretende brindar información sobre los instrumentos procesales y someterlos a la práctica argumentativa para comprender mejor su alcance, operatividad y críticas, en el sistema de enjuiciamiento. Forma de evaluación Se evalúa al cursante por su participación en clase y mediante un trabajo escrito, presentado al final del curso, con el análisis de un punto problemático del funcionamiento de alguno de los dispositivos analizados en el programa. El trabajo comprenderá: a) investigación jurisprudencial y b) exposición teórica Se deberá buscar jurisprudencia de tribunales locales (CSJN, Superiores tribunales provinciales, CNCP, CFCP, TCPBA, etc.) o extranjeros (CS-USA, Corte IDH, TEDH, Corte 1 Doctor en el área de Derecho Penal, UBA; Profesor de Posgrado, Facultad de Derecho, UBA, UMSA y USI; Miembro del Consejo Directivo de la Asociación Argentina de Profesores de Derecho Procesal Penal (AAPDPP) y del Instituto de Investigaciones y Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Juez de la Cámara de Garantías y Apelaciones de San Isidro. en Nueva Doctrina Penal. Nº 2001/A – pp. con citas de cada una de las fuentes utilizadas (doctrina. Juicio previo: la sentencia y el proceso legal previo (igualdad de armas). Julio B. Luigi. etc. Ficción e imagen cultural”.J. 2da. b.J. El texto teórico debe desplegarse con una “introducción” (planteo del problema abordado). Programa y bibliografía: TEMA 1: Sistemas procesales comparados. tamaño de letra 12.J.) pero sin transcribir su contenido más allá de lo estrictamente necesario. La presentación no podrá tener una extensión superior a 4 páginas. A4. del Puerto. política criminal y conflicto.de Casación Italiana. Gustavo A. “La dicotomía acusatorio-inquisitivo y la importación de mecanismos procesales de la tradición jurídica anglosajona.. Madrid. Enfoque histórico-comparado. Bs. Editores del Puerto.. c. Editores del Puerto. Supremo Tribunal Español. (comp. pp.). MAIER. Principio de inocencia: in dubio pro reo y la carga de la prueba.). didáctica y sucinta del problema jurídico. As. Las garantías penales y procesales. Reparación y pena. pp. en especial: conferencias segunda y tercera. 1991. importa una destreza que debe ser entrenada frente a una casuística compleja y en un contexto donde el modelo de oralidad en todas las instancias avanza. interlineado 1. TEMA 2: Garantías del proceso. MAIER.As.). y refutación de aquellos contrarios a la posición adoptada en el trabajo) y “conclusiones” (definición del problema y consecuencias de tal postura) En el anexo jurisprudencial deberán aportarse los fallos completos (o las partes pertinentes con la completa cita de la fuente utilizada). la exposición clara. a. Edmundo S. HERBEL. “La verdad y las formas jurídicas”.: 307 a 342. pp. Nº 2003/A. T.5. Michael.. Bs. Julio B. c. “desarrollo” (exposición de los argumentos doctrinarios y jurisprudenciales desplegados sobre la controversia procesal elegida. al menos 4 fallos de 2010 en adelante. resaltando aquellos párrafos citados en el texto teórico. Funciones del derecho procesal penal. Principio “ne bis in ídem”: repercusiones en el proceso . normas locales o internacionales. Algunas reflexiones a partir del procedimiento abreviado”. ed. I: Fundamentos. 63-88. 243250. FOUCAULT. sus expresiones históricas y en la legislación argentina. 2001.117-158. Buenos Aires 1996. TEDESCO. donde se trate el instituto o problema elegido de modo diverso. Trotta. Teoría del garantismo penal”.). b. “El acusado en el ritual judicial. As. jurisprudencia. 2007. sin que ello vaya en detrimento de la calidad. Principio de legalidad y criterios de oportunidad. 2009. Barcelona. “Un sistema penal orientado a la resolución racional de conflictos (algunos lineamientos teóricos y una experiencia concreta: la conciliación penal en el sistema procesal bonaerense". debiendo el cursante. p. FERRAJOLI. Competencias legislativas. 75-103 y 259-442 (resumen: 442/68). Principio de última ratio.. MAIER.. Gedisa. “Constitución. Gustavo A.. La brevedad del texto requerido representa un desafío. LANGER. pp. Julio B. etc. Bs.. Máximo. “Derecho procesal penal”. 561/70. Régimen de las acciones. del Puerto. (Dir. Modelos de enjuiciamiento penal: acusatorio. “Derecho y Razón. a.: 35 .96 HERBEL. en HENDLER. Proceso penal. inquisitivo y mixto. Editores del Puerto. en revista “Nueva Doctrina Penal”. posicionarse con una opinión y fundarla doctrinariamente. (Dir. Ignacio F. Buenos Aires. acción penal y criterios de oportunidad”. 1998. . principios y facultades. Barcelona. Eugenio R. MAIER. I.). “El incumplimiento de las formas procesales”.369. BINDER. 26-08-2011. I: Fundamentos. 1994.II: Sujetos Procesales.. pp. T.VV. La Ley 1985-A. Sistema de nulidades. pp. 17/05/2005 CSJN. 2003.81. Edmundo S. declaración. II: Sujetos Procesales. en su Problemas del derecho procesal penal contemporáneo. en HENDLER. Diego.. Homenaje al Profesor Julio B. 5º ed. 185-281. 87-118 GRANILLO FERNADEZ..XLL.As. Michael. T. “Torres Millacura y otros vs.. Acusación: Organización. “Imparcialidad judicial y enjuiciamiento penal. 2da. Ed. del Puerto. Gustavo A. “Juicio y verdad en el procedimiento penal” en AA. derechos. Estudios sobre Justicia Penal. derecho de defensa en juicio. La verdad en el proceso. pp. pp. Bs. Alberto. 313329. Bs As. legitimación procesal (querella). Teoría del garantismo penal”. R. Julio B. Bs. Un estudio histórico-conceptual de modelos normativos de imparcialidad”.J. 433-577. 1º ed.d. del Puerto. Héctor – HERBEL. 38. Ediar. esp. Julio B. Editores del Puerto. 18/06/2013 Tema 3: Las partes en el proceso. derechos y facultades. 2000.XLIX. publicado en Revista de Derecho Procesal Penal. 27/12/1984 CSJN. Trotta. Editores del Puerto. (comp.. Madrid. del Puerto. Luigi. 595 – 632 y 737/804. pp. Madrid. Santa Fe. T. “Código de Procedimiento Penal de la provincia de Buenos Aires – Comentado”.. e imparcialidad. ZAFFARONI. 2011. Alberto. 53. 2008. J. Alejandro. As. T. 35 a 74. Bs. Teoría del garantismo penal”.. Buenos Aires. As.As. Buenos Aires.J. “Garantías constitucionales en el proceso penal”. b. pp. Lexis nº 35001644. 537-542. “Derecho procesal penal”. 1991.. pp. Editores del Puerto. 1º ed.As. 3759. 33-90. 2003. Bs. 222/40. “Videla”. ZYSMAN QUIRÓS. Luigi. D. pp. Hammurabi. FOUCAULT. 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CARRIÓ. “Dieser”. 287-422 y 579-689. intereses difusos y colectivos. Las garantías penales y procesales. Maier. Víctima: Protección constitucional. Buenos Aires. Vicente. I: Fundamentos. HAIRABEDIÁN.. Bs. Testigo de identidad reservada. b. ”Acusaciones por abuso sexual: Principio de igualdad y principio de inocencia – hacia una recuperación de las máximas: “testimonium unius non valet” y “nemo testis in propria causa””. y HERBEL.. As. TEMA 5: Medios probatorios problemáticos. 2002.As. Nov. Reconocimiento. La incorporación de actas y la ocultación de la identidad de testigos. A. “Informantes y técnicas de investigación encubiertas”. “El debido proceso penal”.L. Junio 2010.. Extracciones sanguíneas. MUÑOZ CONDE. “Garantías constitucionales en el debido proceso”. Bs. “Fiscal contra Fernandez” CSJN “Zembrana” 1997 (secreto profesional) CSJN “Baldivieso” 2010 (Secreto profesional) CSJN “F.As. Elementos de investigación: preservación y valor. “Las modernas tecnologías de control y de investigación del delito”. Gustavo E. pp. Bs. Bs. As. 2º ed.73-85. Bs. 176/86. ARACENA. “Concepto. 2º ed. 45-94 REGO.. 2007. Teoría general de las injerencias: Registros. Carlos S. – 2008. 2012. 5º ed.” 2012 (Aborto) CSJN “Gualtieri” 2009 (Extracción compulsiva de sangre) CSJN “Evelyn Vázquez” CSJN “Quaranta” 2010 (Intervención telefónica) CSJN “Halabi” 2009 (injerencias en comuniciones) TEMA 6: Estructura del proceso. Ad-Hoc. MONTOYA. Rubinzal – Culzoni. en revista Derecho Penal y Criminología. en www. Madrid/Barcelona..As.. en “Derecho Penal y Procesal Penal”.. Enrique. fiscales y jurisdiccionales. Francisco. Filmaciones. Alejandro. Intervenciones en las comunicaciones. Maximiliano. informantes e investigadores bajo cubierta)”. “Eficacia de la prueba ilícita y sus derivadas en el proceso penal”.. allanamientos y requisa (motivación y urgencia). “Justicia penal y derechos fundamentales”. pp. 2006-2. Grabaciones. “Valoración de las grabaciones audiovisuales en el proceso penal”. GARCÍA. Facultades policiales. Nº 10. Prueba irreproducible y adelantos extraordinarios de prueba. Agente encubierto. 157/85. “El derecho a la intimidad y el control de las injerencias”. 2002. El imputado como fuente de prueba: Confesión. L. Hammurabi. Mario D. 2010. 93-115.). Bs. Año II. 2005.. en revista de Derecho Procesal Penal. GARIBALDI. BACIGALUPO.. pp.eldial. 19/04/2002.. Bs. BACIGALUPO. a.As. Hammurabi – 2005.. Nº 6.. Marcelo. Investigación preliminar: Modos de iniciar el proceso.As. Luis. Procesamiento.com..As. c. Testigo víctima de abuso.. Ad-Hoc. Gustavo A. a. Principios de privacidad e intimidad. Gustavo A. As. Bs. pp. “La protección del imputado frente a injerencias indebidas en su ámbito privado”. Declaración del imputado. Bs. AdHoc. SANCINETTI. pp. Bs. Enrique.ar/doctrina/notas. Marcial Pons. La Ley. Hammurabi. falta de mérito y sobreseimiento . Abeledo Perrot. As. del Puerto. Testigo menor. Fabricio.GUARIGLIA. – 2001. DONNA (Dir. fin y alcance de las prohibiciones de valoración probatorias en el proceso penal”. “El Principio de Igualdad de Armas y los nuevos requerimientos (el control de la prueba introducida en el juicio. CARRIÓ. Cross examination. Bs. Audiencia: principios inmediatez. publicidad. Principio de congruencia.As. “Diaz Bessone”. Sistema adversarial.. As. (no publicado) MAIER. Marcelo. pp. Mauricio. C. Actas. Prisión preventiva: riesgo procesal.J. Santiago / Chile. Impugnaciones. Comentado”. T. instrucción suplementaria. plazo razonable. 15-33.. “Litigación penal. Héctor – HERBEL.. a. As. TEMA 7: Juicio Oral.As. 765-850. 2002. ALVAREZ.J. arresto. 161/76 HERBEL. “Peirano Basso”..As.). 30/10/08. en revista de Derecho Procesal Penal.. 2008-1. Fase intermedia: Requerimiento de juicio y su control jurisdiccional. “Acusación alternativa o subsidiaria”. 2-73 GRIVELLI. “Código Procesal Penal de la Nación. RIQUERT. Bs.1997. Año IV – Nº 8 B. Ad-Hoc.As. d. FARSA.. II. Bs. Bs... Ezequiel.). Bs. Uruguay.. BINDER. Bs.. Gustavo A. en Cuadernos de Doctrina y Jurisprudencia Penal Nº 4 y 5. Julio B. BAYTELMAN. en revista Pena y Estado. Medidas de coerción: Citación. Cap. Bs. 15-33.b. “Juicio oral adversarial: sus posibilidades de realización en los sistemas normativos”. Bs. CNCP. Bs. Modelos comparados. Ampliación del requerimiento. BOVINO.. Año 2 Nº 2 . 1/05/07. “Código de Procedimiento Penal de la provincia de Buenos Aires – Comentado”.. incorporación de prueba. pp. As. c. en revista de Derecho Procesal Penal. pp. TEMA 8: Motivación de la sentencia. “El principio acusatorio y sus alcances en materia de coerción personal”. pp. II y III. GRANILLO FERNADEZ. Actos preliminares: pertinencia. simplificación y garantías”. en revista Pena y Estado. MAIER. GOMEZ COLOMER.. 1996 2º ed. motivación y urgencia.. pp.As.1997. Bs. “El proceso de Flagrancia. del Puerto. Pablo. T... Universidad Diego Portales. Año 2 Nº 2 . “Justicia penal y derechos humanos”. contradicción. Esteban (Dir. Ediar. en Cuadernos de Doctrina y Jurisprudencia Penal. 2004.: 686-716. 568/77.H. del Puerto. 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PITLEVNIK. en Revista de Derecho Penal y Proceso Penal. CAFFERATA NORES. 2da. “Giroldi” CSJN. c. 2010 CSJN. “Los límites impuestos por el “non bis in idem” al recurso contra el imputado (implicancias del fallo “Sandoval”)”. “Tarifeño” CSJN.). 89-299 y 421-603 MAIER. Los recursos en el procedimiento penal..