Preguntas Del Parcial de Penalogia

March 29, 2018 | Author: psicoloco2 | Category: Criminal Law, Felony, Punishments, Criminology, Psychology & Cognitive Science


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1) Concepto y caracterización del objeto de estudio de la penología2) Aportes de la psicología a la penología 3) Posibles campos de intervención de la psicología jurídica 4) Concepto de la pena, principio de legalidad y personalidad de la pena 5) Fines adjudicados a las penas desde los aportes del psicoanálisis 6) Fundamento y determinación de la medida de pena según la teoría retribucionista 7) Transformaciones en el devenir histórico de los fundamentos y las formas del poder punitivo. Principios fundamentales de la ideología del panóptico. 8) Desarrollo de los aportes de uno de los representantes de la teoría utilitarista en referencia al fin de las penas 9) Limites del fin correccional e intimidatorio de la pena 10) Concepto y fases de la individuación penal Preguntas del segundo parcial de Psicología y Penología. 1- Modalidades de intervención del psicólogo en instituciones penitenciarias. Aspectos del encuadre y objetivos de la intervención. La tarea del Psicólogo dentro de la institución penitenciaria se encuentra enmarcada en la Ley Penitenciaria Nacional Nº 24.660. Las modalidades de intervención pueden ser:  desde un enfoque clínico en el caso de las entrevistas diagnósticas en prisión preventiva  desde un enfoque criminológico en el caso de la entrevista diagnóstica en la pena privativa de libertad. se lo ha circunciso de los lugares que frecuentemente habitaba. ofreciéndose al entrevistado como continente y decodificador de las emociones del entrevistado. Está en una institución carcelaria. el de interno. que en él se sintetizan una serie de concreción de ese acto de conducta que es la acción delictiva. ambos tienden a preparar al interno para la vida externa a la prisión. es decir que este instrumento está atravesado por las circunstancias propias de la institución que afectan la situación de la entrevista. actividades. En el primer caso tiene una finalidad preventiva que se refiere a minimizar los efectos de la prisionalización y se persigue con ella un doble objetivo:  de investigación: acerca de la personalidad del sujeto  objetivo terapéutico: procura que la entrevista sea un proceso con apertura. El vínculo entre ambos está contaminado desde el comienzo dado las circunstancias antes mencionadas. En el caso del entrevistado. es decir. En cuanto al encuadre. tanto el diagnóstico como el tratamiento se relacionan dialécticamente. . los roles que jugaba. aunque se puede utilizar otras técnicas. El psicólogo debe cumplir la función de sostén. En el caso del entrevistador. el sujeto se encuentra a la espera de su definición de situación de “culpable” o inocente. En el segundo caso. el delito es sólo una posibilidad.En la primera. lo que favorece a la emergencia de tendencias regresivas y mecanismos arcaicos. esto lo coloca frente al interno en una situación distinta al de un consultorio privado. La finalidad va a variar según se trate del diagnóstico psicológico en la prisión preventiva o del diagnóstico criminológico en la pena privativa de libertad. Es probable que surjan en el entrevistador una contratransferencia temprana. éste ha sufrido una desvinculación de su familia. amistades. La entrevista es el instrumento fundamental. En el segundo caso el sujeto ya ha sido declarado culpable. ahora juega un solo rol. tiene la particularidad de ser situacional. desarrollo y cierre. es un representante y parte de esta institución. producto de información o datos que llegan hasta el profesional sobre el sujeto a entrevistar. su vida se halla reglada y se lo priva del contacto con la sociedad. La ley Nº 24.Características del régimen progresivo. La progresividad de la ejecución de la pena privativa de libertad consiste en un proceso gradual y flexible que posibilite al interno avanzar paulatinamente en la recuperación de su libertad. convivencia y trabajo. Siguiendo con lo anterior es que el régimen penitenciario aplicable al condenado se caracterizará por su progresividad y contará de 4 periodos que describimos a continuación: 1. .Período de Libertad Condicional I . individualizado. Desarrollo de los diferentes periodos. Su base imprescindible es un programa de tratamiento interdisciplinario.Período de Observación 2.Período de Prueba 4. formulando el diagnóstico y el pronóstico criminológico y todo ello se asentará en una historia criminológica. dinámico y a cargo de un equipo técnico profesional. por medio de su propio esfuerzo. brindar la posibilidad de movimiento.Período de ObservaciónDurante este periodo el organismo técnico – criminológico tendrá a su cargo:  Realizar el estudio médico.660 de Ejecución de la pena privativa de libertad plantea un régimen de tratamiento progresivo.2. y ofrecer la posibilidad de egreso anticipado. psicológico y social del condenado. Está basando en la progresividad procurando limitar la permanencia del condenado en establecimientos cerrados y promoviendo en lo posible y conforme a su evolución favorable su incorporación a instituciones semiabiertas o abiertas. Además para que un régimen pueda ser progresivo debe poder dividirse en fases.Período de Tratamiento 3. El tratamiento del condenado deberá ser programado e individualizado y obligatorio en cuanto a disciplina. tendientes a promover el régimen de autodisciplina. Las fases podrán ser: Fase de socialización: comprenderá el conjunto de medidas considerando el interés profesional en artes. culturales y sociales que refuerzan los aspectos positivos de la personalidad.Período de Prueba. Al término del periodo de observación se elevará un informe que contenga: 1) Las propuestas para ingresar al periodo de tratamiento. Para el caso de los condenados que no superen los 4 años de condena. Fase de afianzamiento: consiste en el inicio de un programa gradual y progresivo de supresión de exigencias institucionales. II . Se busca comenzar a promover la autodisciplina. adecuación laboral. solo podrá durar hasta un plazo máximo de 40 días corridos. 2) El tipo de establecimiento. . La posibilidad de obtener salidas transitorias. formativa y educativa.Período de tratamientoEl tratamiento podrá ser fraccionado en fases (4) que importen para el condenado una paulatina atenuación de las restricciones inherentes a la pena. artística. 4) El lapso de permanencia en el periodo a los fines del estudio criminológico podrá durar un máximo de 90 días corridos. etc. Fase de confianza: una mayor supresión de las restricciones inherentes a al régimen. 3) Determinación del plazo para verificar resultados. Comprenderá sucesivamente: La incorporación del condenado a establecimiento abierto o sección independiente de éste que se base en el principio de la autodisciplina. sección o grupo al que esté dirigido o destinado. Estas fases podrán incluir el cambio de sección o grupo dentro del establecimiento o su traslado a otro lugar. III . actividades espirituales. educacional. Fase de consolidación: cumplimiento de programas de tratamiento del interno en materia laboral. Las salidas transitorias.  Merecer del organismo técnico criminológico y del consejo correccional del establecimiento. pone a prueba su capacidad de autocontrol. Artículo 17º: Para la concesión de las salidas transitorias o la incorporación al régimen de la semilibertad se requiere: Estar comprendido en algunos de los tiempos mínimos de ejecución:  Pena temporal sin la accesoria del artículo 52º del Código Penal: la mitad de la condena. propiciando en forma concreta: el lugar o las distancias máximas a que el sujeto podrá trasladarse. Por ende corresponderá a juez competente disponer las salidas transitorias y el régimen de semilibertad. El director del establecimiento por resolución fundada propondrá al juez competente la concesión de las salidas transitorias o del régimen de semilibertad. Pone a prueba al interno y al tratamiento en espacios de menor rigor o abiertas. Semilibertad . de 24 o de hasta 72 horas Motivo: para mejorar los lazos sociales y familiares. Nivel de confianza: acompañado por un empleado. confiado a la tuición de un familiar o bajo palabra de honor. concepto favorable respecto de su evolución. no interrumpirán la ejecución de la pena.La incorporación al régimen de semilibertad.  Accesoria del artículo 52º del código penal: cumplida la pena de tres años.  Penas perpetúas sin la accesoria del artículo 52º de Código Penal: quince años. el régimen de semilibertad y los permisos. para cursas estudios. Salidas transitorias Estás podrán ser de acuerdo a: Tiempo: salidas de 12.  No tener causas abiertas o condenas pendientes  Poseer conducta ejemplar. Programa de prelibertad: Entre los 70 y 90 días antes del tiempo mínimo exigible para la concesión de la libertad condicional el condenado deberá participar de un programa intensivo de preparación para su retorno a la vida libre.Principios fundamentales del régimen abierto.Permitirá al condenado trabajar fuera del establecimiento sin supervisión continúa. concepto y dictámenes desde el comienzo de la pena. El establecimiento abierto se caracteriza por la ausencia de precauciones materiales y físicas contra la evasión (muros. Para ello deberá tener una adecuada ocupación y reunir los requisitos del artículo 17º. guardias) así como . el que incluirá: Información. La supervisión del liberado condicional comprenderá una asistencia social eficaz a cargo de un patronato de liberados o de un servicio social. en iguales condiciones a la vida libre. traslado. Dicho informe deberá contener los antecedentes de conducta. cerraduras. previo los informes fundados del organismo técnico – criminológico y del consejo correccional del establecimiento. incluso salario y seguridad social regresando al alojamiento asignado al fin de cada jornada laboral. Intervención del Psicólogo. erradicación en otro lugar de trabajo. 3. Periodo de libertad condicional El juez competente podrá conceder la libertad condicional al condenado que reúna los requisitos fijados por el Código Penal. orientación y consideración de las cuestiones personales y prácticas que deberá afrontar el egreso para su conveniente reinserción familiar y social. Evaluación del tratamiento Es llevada a cabo por el organismo técnico – criminológico como mínimo cada seis meses. Previsiones adecuadas para su vestimenta. no todos son aptos para entrar a este tipo de régimen (por ejemplo las personas impulsivas. Este tipo de prisión mejora la disciplina. esto es indispensable y estricto a un correcto funcionamiento y dará la pauta del ulterior desenvolviendo del régimen.  Por ende. Para un correcto funcionamiento debe contar con:  Selección de los penados. Las medidas de seguridad física o humana son sustituidas por medidas de contención. perversos)  El emplazamiento es recomendable que se de en lugares abiertos. Por ello es que se necesita de un emplazamiento físico considerable en cercanías de una comunidad. para la comunidad. El número de penado no debe ser excesivo a riesgo de impedir el objetivo del régimen.  El carácter autónomo. Apunta a crear y favorecer la creación de vínculos y sentimientos solidarios de grupo. la confianza y la disciplina. la manutención de los lazos.un régimen fundado en la disciplina aceptada y el sentimiento de hacer uso de las libertades otorgadas sin hacer abuso de ellas. facilita las relaciones con el mundo exterior y la familia. Sin perder en cuenta la verdadera finalidad del instituto: la readaptación social del interno. La contención sirve para que el sujeto pueda autocontrolarse. . en el aspecto directriz y financiero. por ello cuando un sujeto sale y no regresa. psicópatas. por que el sujeto acepta voluntariamente incorporarse al programa.  El trabajo preferentemente agrícola. ésta puede entrar y cooperar con el programa. respeto mutuo. trabajo mancomunado. No hay nada en éstos regimenes que impida la evasión. severidad y rigidez. amplios y con libertad de movimientos con trabajo preferentemente agrícola.  la idoneidad del personal: sin esquemas previos de guardia de regimenes cerrados. la selección de la población penitenciaria. se habla de deserción y no de fuga. Es abierto en el sentido de que el sujeto puede salir y entrar de la institución pero también lo es. Los regimenes abiertos tienen una filosofía punitiva esencialmente preventista y resocializadora. El régimen abierto está basado en el autocontrol. tampoco menor como para desaprovechar el espacio. Posibilita y favorece la búsqueda de trabajo. El Psicólogo intervendrá en la instauración y fomentación de actividades que fomenten la confianza y la autodisciplina. . intentando modelar su personalidad. El envío a una institución determinada. a trabajar sus miedos y ansiedades y a fortalecer y privilegiar los aspectos positivos de su personalidad y ver cuales serán los que le ayudaran a reconstruir su vinculo una vez que haya salido. sus vínculos con el mundo. con el fin de alejarlo de la reincidencia y favorecer su reinserción social. a elaborar la libertad futura y que esta más cerca de hacerse concreta. El examen medico-psicológico debe ser la clave del tratamiento de los delincuentes adultos. por Ej. como será la salida de la institución. Para Basalo son métodos de tratamiento todos aquellos métodos que impliquen la internación o tratamiento en un establecimiento y el sometimiento a un régimen determinado.Clasificación de los métodos de tratamiento de Basalo. instaurar la perseverancia y fuerza de voluntad. Incluye el empleo de todos los medios terapéuticos o correctivos que puedan ser aplicados al delincuentes es importante el trabajo autentico de equipo y la coordinación de esfuerzos para lograr la meta a cumplir. Debe permitir determinar la naturaleza del tratamiento. con la familia. Estos pueden ser:  Cerrado: (Goffman)  Sami – abiertos. También interviene en la selección de la población de penados y personal. 4. con la sociedad. fijar las modalidades esenciales. en el acompañamiento y contención durante este periodo. Básalo tomando a pinatel afirma que el tratamiento designa la acción individual emprendida respecto del delincuente. También a replanterase las ganas de escapar y abandonar.  Abiertos: (Neumann) Realiza una clasificación de respuestas penales:  Institucionales (institucionalización)  Tratamiento. Los métodos propuestos por Basalo son: 1.  Libertad condicional. sin que esto suponga interrumpir la ejecución de la . Institucionales discontinuos 6. semiabiertas y abiertas. cualquiera sea su tipo y nivel de seguridad y sometimiento al régimen correccional. 2.  Discontinuo 5. (alternativa) Institucionales Exigen la internación y permanencia del delincuente en un establecimiento. Semi – institucionales. fijado de antemano. Transicionales (salidas transitorias y semilibertad) Permiten al condenado o recluso sometido inicialmente al tratamiento institucional abandonar el establecimiento por un tiempo breve o relativamente breve.  Semi – detención.  Libertad asistida. Existe una gran diversificación y especialización de este tipo de establecimentos. Transicionales  Permisos de salida  Salidas transitorias  Semilibertad (NO CONFUNDIR CON SEMIDETENCIÓN) 3. Institucionales. 4. Trans – institucionales. Es así que podemos hablar de instituciones cerradas. No institucionales  Probation.Existen dos ideas básicas que deben guiar la selección y aplicación de los métodos de tratamiento:  protección de la sociedad  readaptación social del delincuente. y además representa una sensible economía para el estado. desde el comienzo mismo de la pena divide la ejecución en dos partes. . Los propósitos principales son asegurar el sostenimiento de la familia del condenado y su rehabilitación. (explicado más arriba) Este tipo de método al igual que el tras . Para dedicarse a una actividad social. la libertad es acordada con la condición de no reincidir Se ejerce una supervisión sobre el liberado. Entre ellos se destacan:  los permisos de salida: se otorga en los casos en que es inminente o se produjo un hecho familiar irreparable: enfermedad grave o fallecimiento de pariente cercano. Transinstitucionales (libertad condicional y asistida) El método más conocido de esta categoría es la libertad condicional. Se busca poner en libertad al recluso cuyo pronóstico de rehabilitación sea favorable.pena. laboral o cultural. en todos los casos debidamente preestablecida. Para esta instancia debe haber cumplido una parte de la pena. por ser modalidades parciales de la pena privativa de libertad. Semi . Son una transición entre la vida institucional y la vida libre. Aparecen siempre relacionados y dependientes de los métodos institucionales. Semidetención: consistirá en la permanencia del condenado de manera ininterrumpida en una institución basada en el principio de la autodisciplina durante la fracción del día no destinada al cumplimiento de las cuestiones laborales o familiares y se aplica desde el primer día de ejecución de la condena. tiene la finalidad de preservar o restablecer las responsabilidades sociales esenciales del condenado. Constituye un puente entre la vida penitenciaria y la plena libertad.institucionales Son usados principalmente para el cumplimiento de penas cortas. de modo particular respecto de la familia y al trabajo.  las salidas transitorias y (explicado más arriba)  semilibertad.institucional no pueden operar en forma aislada o autónoma. por razones de convivencia y oportunidad. Estos nuevos métodos permiten que el condenado durante los días laborales lleve una vida familiar. En la probation se supone además una supervisión y apoyo a cargo de funcionarios especializados Tendencia a una creciente interrelación operativa de todos los métodos. En el sistema franco belga la pena queda suspendida durante un plazo determinado y si dentro del mismo no se reincide la condena queda como no pronunciada a los efectos de su cumplimento efectivo. laboral y social absolutamente normal y que dedique los días feriados o libres al cumplimiento de la pena. vinculados entre si y subordinados tan solo. La probation ha sido definida por naciones unidas como un método de tratamiento de delincuentes especialmente seleccionados. 5. Sus expresiones mas conocidas son la prisión de fin de semana y la prisión discontinua y son aptos para penas de muy breve duración. No institucionales Los principales métodos utilizados en este tipo de tratamiento son la condena condicional o la condena de ejecución condicional y la probation. al objetivo final que persigue el tratamiento del delincuente. Estos se proponen aplicar un tratamiento para lograr la readaptación social del condenado en condiciones que se juzgan más positivas que las de la prisión. Importancia Este tipo de métodos son calificados por Cuello Calon como la gran esperanza del porvenir.Institucionales discontinuos Permitir un fraccionamiento de la ejecución de la pena. Los principales métodos utilizados en este tipo de tratamiento son la condena condicional según el sistema franco belga o la condena de ejecución condicional y la probation. consiste en la suspensión de la pena y en la colocacion del probando bajo la supervisión .Importancia y límites de los métodos de tratamiento no institucionales. que está relacionado con la capacidad de compresión y consciencia del daño ocasionado ii. pueden alterar las funciones intelectuales y las conductas antisociales. Necesidad del apoyo de la comunidad. para el reconocimiento de la edad psíquica del individuo. Limites Que no aplicable para cualquier tipo de delito y delincuente. psíquico profundo y progresivo. le son impuestas y es asistido y supervisado por un agente de prueba. pero la organización de nuevos métodos requerir siempre un cambio de actitud y de aptitudes de la administración penitenciaria.Análisis de los aportes de la psicología. excelentes técnicas de supervisión. El delincuente queda obligado a cumplir las condiciones que. tres circunstancias consideradas para la individualización penal en el artículo 41º. requiere trabajo en conjunto que muchas veces es difícil llevar a cabo. un cambio con el pasado. procesos de maduración bio-psico-sociales.personal y un apoyo orientador. una organización coherente del mecanismo administrativo de aplicación y agentes de probacion debidamente calificados. los procesos de envejecimientos que representan un debilitamiento físico. según el caso. Es una posibilidad de ampliar el campo. Las tres circunstancias de la individualización de la pena en donde la psicología realiza valiosos a portes son:  Edad del sujeto: i. requiere del apoyo de la comunidad y muchas veces la sociedad suele oponerse a este tipo de tratamientos por considerar que no cumple realmente un fin punitivo y la imposibilidad de saber o conocer la posibilidad de reincidencia. por ejemplo la ansiedad experimentada . 6. El buen funcionamiento de la probation requiere: una legislación adecuada. Se aplica cuando se trata de una criminalidad leve. un servicio eficaz ante un caso de sentencia. es decir se refiere a los factores desencadenantes que actúan sobre una idea o una disposición. las consecuencias se agravan. El primero de los casos evidencia una irregularidad en la adecuación a las pautas de las conductas socialmente establecidas. También se utiliza cuando intervenimos tratando minimizar los efectos perjudiciales de una situación criminal.durante los proceso de envejecimientos. el tratamiento. Existe una interacción entre los factores desencadenantes y la disposición en el sentido de que esta última acentúa. puede llevar a recurrir a mecanismo de defensas de naturaleza agresiva.Concepto de prevención y fundamentos de la necesidad de medidas preventivas. Se interviene a partir de la escucha. promueve.  Educación: hasta donde llegó el sujeto en sus estudios. una forma de intervención consistente en . escuchar a una persona en un centro a la victima es un acto de prevención. es decir que no sólo se interviene para que no se produzca el hecho delictivo. Estos son considerados como el control social informal. Es la respuesta adecuada en tiempo y forma. y están basados en las mismas pautas que el control social formal. Es decir.  Conducta precedente: comprende la conducta del individuo antes de cometer el delito. es el estudio del “actino out” del paso al acto. Desde la psicología Jurídica la prevención es actuar antes de que las cosas ocurran. De no actuar. sino que también se interviene para minimizar las consecuencias de un hecho delictivo. la asistencia. 7. o estructura la actuación de determinadas causas desencadenantes y estas últimas pueden a su vez modificar la disposición. Por ejemplo. Por ejemplo no es lo mismo un sujeto delincuente que ha desertado o ha sido expulsado de la escuela que un sujeto de estudios universitarios. En un sentido amplio prevención es el conjunto de medidas que impiden el surgimiento de la delincuencia. Describa los modelos de prevención planteados por Rico. Los supuestos sobre los que la noción de intimidación se basa. no se han podido comprobar empíricamente. que aprende de la experiencia. privilegiando una rigurosa intervención policial y el empleo de sentencias severas. El fundamento de aplicación de medidas preventivas está dado por:  el incremento de la delincuencia grave y la aparición de las nuevas formas de criminalidad  el sentimiento de inseguridad cada vez mayor y sus consecuencias  los costos cada vez mas elevados del conjunto del sistema penal y de los servicios policiales  el bajo porcentaje de solución de los delitos  la escasa participación del público en el funcionamiento de la justicia penal  ineficacia de las penas clásicas. ni general ni especial. elige sus conductas. etc. El modelo medico terapéutico (fines del siglo pasado) tiene su origen en la escuela positivista y pretende ejercer una acción preventiva especifica mediante la re-socialización del delincuente condenado o el empleo de medidas predelictuales. utilizando para este medio diversas técnicas de . El modelo clásico o punitivo postula el efecto intimidatorio de la ley penal y por lo tanto también preventiva gracias a su aplicación real por el sistema de justicia penal. que posee libre albedrío y que por ello. ni tampoco conocer los delitos que nunca se cometieron a causa de la amenaza penal. Sin embargo la criminología no ha podido aún confirmar totalmente tales hipótesis respecto de la intimidación.adoptar medidas para impedir la delincuencia o disminuir el riesgo de perpetración de delitos. dichas hipótesis son: que el hombre es un ser racional. de las mediadas preventivas habituales 8. que conoce todas las leyes. particularmente de la prisión. de los métodos tradicionales de tratamiento. son programas que están destinados a sensibilizar a la población sobre el papel que pueden jugar en la prevención del delito. ya sea por su flexibilidad. Dentro de esta teoría se empezó a pensar en la posibilidad de utilizar el medio físico transformándolo. Afirman que el medio físico y la conducta humana forman parte de un proceso dinámico y por lo tanto el medio físico ejerce una influencia considerable sobre el comportamiento. gracias a una colaboración eficaz entre la policía y la comunidad. consideradas como las principales causas de la delincuencia. estos suelen desplazarse a otro medio. La novedad de este enfoque es que consiste en utilizar datos evidentes para muchos como base de la elaboración de nuevas estrategias de prevención del delito. sus circunstancias. como también porque permiten escoger entre varias modalidades de intervención a partir de .diagnostico (de la peligrosidad). para reducir determinadas actividades criminales. El modelo social (años 30-60) hace hincapié en la necesidad de reformar profundamente la organización y estructuras sociales. Tanto el modelo mecánico como el comunitario parecen ser lazos más prometedores. Se basan en la hipótesis según la cual la sociedad es la que condiciona al individuo. pronostico y tratamiento de la conducta peligrosa. El modelo comunitario (30-60) tiene como objetivo fundamental conseguir la participación de la ciudadanía en la prevención del delito. Por lo tanto. Los principales programas conciten en campañas de información y educación sobre este tema y en la creación de comités de prevención de barrio. siendo los defectos de la organización social los que crean la delincuencia. Dichas estrategias consisten en el diseño de estructuras físicas particulares cuando se construyen nuevas ciudades. y también cuando se transforma el medio físico para hacerlo menos propicio para ciertos comportamientos. También utilizado en alguna medida dentro del marco del modelo mecánico. Las evaluaciones en este sector son prácticamente inexistentes El modelo mecánico (70) esta destinado a actuar sobre el acto de “modus operandi”. solo si se efectúan cambios en ella podrá esperarse una influencia benéfica sobre las conductas individuales o colectivas. inmuebles y conjuntos domiciliarios o en la modificación de las estructuras existentes. zonas. su contexto situacional. sencillez o bajo costo. con su correspondiente tratamiento puede evitar la ejecución de un hecho delictivo por parte de un potencial delincuente. Prevención terciaria: hace referencias al conjunto de medidas o intervenciones que se realizan a sujetos específicos.un análisis pormenorizado de los delitos cometidos en determinadas zonas o lugares. que ya tienen el problema. de acuerdo a los dos modelos mencionados. el objetivo es evitar la criminalidad en toda la sociedad. ya que un fenómeno tan complejo no puede resolverse con soluciones únicas. En cuanto a la prevención secundaria. secundaria y terciaria. Con respecto al modelo médico – psicológico. Un ejemplo de prevención terciaria. . 9. Existen diferentes niveles de prevención: Prevención primaria: son las intervenciones que se realizan a nivel general sobre todo la población. Prevención secundaria: las intervenciones están orientadas a aquellos grupos en riesgo o más vulnerable. la intervención y la asistencia pueden minimizar los efectos nocivos del ataque. Todos estos enfoques se han ido desarrollando como consecuencia de la incapacidad manifiesta de los modelos anteriores aunque es importante recordar que no existe ninguna teoría capaz de explicar por si sola el fenómeno de la delincuencia o que permita elaborar un plan adecuado y completo de prevención. un diagnóstico realizado a tiempo.Ejemplo de medidas de prevención primaria. Su objetivo. próximos a la comisión de un delito. En particular l movilización de recursos comunitarios ha dado buenos resultados. la prevención primaria podría realizarse a partir de conocimiento de la víctima. conociendo así los “modus operandi” de determinados delincuentes. sería la asistencia a la víctima de un delito. y de esta manera difundirlo. en la mayoría de los casos es minimizar los efectos nocivos del delito.
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