ORIENTACIONES IMPLEMENTACIÓN Y SEGUIMIENTO PIE

March 26, 2018 | Author: Pablo Gatica | Category: Special Education, Planning, Evaluation, Human Resources, Teachers


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Orientaciones de Implementación DS 170 en Programa de Integración EscolarUnidad de Educación Especial Jueves 28 de Julio de 2011 INTRODUCCIÓN Estas Orientaciones recogen la experiencia del primer año de implementación del DS 170 en el país. Se mantienen gran parte de sus indicaciones, se agregan algunas precisiones y se profundiza un poco más en el trabajo colaborativo, como condición fundamental de la implementación del DS 170. Además. se incorpora un capítulo que se refiere a orientaciones para la evaluación diagnóstica integral. Utilización de los Formularios, elaboración de un Plan de detección y evaluación. En la réplica de esta capacitación es fundamental enfatizar y asesorar en el enfoque inclusivo del DS 170, sin el cual, éste no tendrá mayor impacto en el mejoramiento de los aprendizajes de todos los estudiantes y por tanto no cumplirá con su objetivo original. Jornada de Capacitación TEMAS QUE SE ABORDAN I. ORIENTACIONES PARA LA PLANIFICACIÓN, ORGANIZACIÓN Y COORDINACIÓN DE PIE II.. ORIENTACIONES PARA LA DETECCIÓN Y EVALUACIÓN DE NEE. III. ORIENTACIONES PARA EL TRABAJO COLABORATIVO Y EVALUACIÓN DE UN PIE. 2.a) Objetivos del equipo de aula 2.b) Orientaciones específicas para la Co-educación[1]: 1] Richard a. Villa  Jacqueline S. Thousand  Ann I. Nevin “Guía para la Co-enseñanza: Consejos Prácticos para Facilitar el Aprendizaje de los Alumnos”. Gobierno de Chile | Ministerio de Educación . Definición y Objetivos del PIE: Se define el PIE como una estrategia del sistema escolar. la participación y el logro de los aprendizajes esperados de “todos y cada uno de los estudiantes”. ORIENTACIONES PARA LA PLANIFICACIÓN. ORGANIZACIÓN Y COORDINACIÓN DE PIE. que tiene el propósito de contribuir al mejoramiento continuo de la calidad de la educación que se imparte en el establecimiento educacional. especialmente de aquellos que presentan necesidades educativas especiales (NEE). favoreciendo la presencia en la sala de clases. sean éstas de carácter permanente o transitorio.II. 1. en el marco de la Subvención Escolar Preferencial que regula la Ley N° 20. del Ministerio de Educación. Asimismo. Debe ser parte del Proyecto Educativo Institucional del Establecimiento y del Plan Anual de Desarrollo Educativo Municipal (PADEM). en los casos que proceda. . el PIE forma parte del Plan Único de Mejoramiento Educativo del Establecimiento. de manera de conseguir los mejores resultados de aprendizaje de todos y cada uno de los estudiantes. ORIENTACIONES PARA LA PLANIFICACIÓN. Constituye una estrategia para el mejoramiento continuo de la calidad de la educación en el establecimiento.II.248 del 2008. cuando corresponda. La articulación es una condición fundamental para alinear todos los esfuerzos en una sola dirección. ORGANIZACIÓN Y COORDINACIÓN DE PIE. ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL /Plan Único Estrategias Gestión Curricular X X Liderazgo Convivencia escolar X X Recursos PME PIE X X X X PAC X ICBI OTROS . Continuación… 2. Implementar un sistema de evaluación y seguimiento del progreso de los aprendizajes de los estudiantes que presentan NEE de carácter transitorias y permanentes . se debe: Establecer metas semestrales o anuales de aprendizaje. y en PAC. Tener como Referente el currículo del curso al que asiste el estudiante y sus respectivas adaptaciones curriculares Las Metas tienen que estar relacionadas con las Metas de aprendizaje planteadas para el nivel y en el Plan de Mejoramiento SEP.Planificación: Para los y las estudiantes que presentan NEE. Considerar en la definición de las metas la opinión y colaboración de la familia y del propio estudiante. cuando corresponda. Los establecimientos podrán perfeccionar estos protocolos en función de sus realidades y experiencias .Continuación Planificación: • Registro de planificación y evaluación de actividades de curso PIE Para facilitar esta tarea. básica y media. para educación parvularia.cl/educación especial. que está disponible en la página web del mineduc. los establecimientos disponen de un Registro de planificación y evaluación de actividades de curso. Planificación de la fracción de la subvención de educación especial en: Contratación de recursos profesionales Capacitación y perfeccionamiento Materiales Educativos Coordinación. trabajo colaborativo y planificación .Continuación 3. y que al mismo tiempo. proceso que puede requerir la contratación de profesionales expertos en evaluación de procesos y de NEE. no se les suspenda la atención educativa a estos estudiantes. Evaluación del PIE: El Decreto Nº 170 establece la elaboración de un Informe de Evaluación Anual. Los equipos podrán utilizar estos recursos para evaluar el impacto del PIE en los aprendizajes de todos/as los estudiantes.Continuación Planificación de los recursos: Otros ítems para lo que están destinados estos recursos son: Evaluación diagnóstica: Contratación de equipos multiprofesionales con tiempo suficiente para realizar la evaluación diagnóstica integral. . de modo de asegurar el diagnóstico oportuno de los estudiantes que presentan NEE. y en particular los que presentan NEE. orientaciones y criterios que deben considerarse. de acuerdo con lo establecido en el Título V y VI del Decreto Nº 170. para dar respuesta a la diversidad. Considerar: Competencias de los profesionales y del personal. las características de la escuela y de los cursos en los que éstos participan. 86.Continuación Planificación referida a la contratación de recursos humanos especializados: (Art. Contratación de profesionales especializados. debe considerar las NEE de los estudiantes. letra a) 4. incluidas las NEE. Horas de coordinación del PIE por estblecimiento . Los profesionales que se contraten deben contribuir en el desarrollo de nuevas capacidades en el establecimiento. Profesionales que cumplan el rol de coordinar comunal del PIE. .En educación básica. letra a) Competencias de los profesores especialistas que trabajen colaborativamente en el aula (Art. en educación especial/diferencial o en psicopedagogía y profesores de educación especial/diferencial. etapa de desarrollo. 86 letra a) del Decreto Nº 170: Considerar las NEE de los y las estudiantes. las características de la comunidad educativa y los estilos de enseñanza de las educadoras de párvulos o de los profesores de educación regular que participan del PIE.Continuación Planificación referida a la contratación de recursos humanos especializados (Art. . 86. .Educación parvularia. los profesionales idóneos para el trabajo colaborativo son: educadoras de párvulos con Postítulo reconocido por el CPEIP. los profesionales competentes son los profesores de educación básica con Postítulo reconocido por el CPEIP. Para las NEE de carácter transitoria. en educación especial/diferencial o en psicopedagogía y profesores de educación especial/diferencial. Profesores de educación media con Post Título reconocido por el CPEIP en educación especial/diferencial o en psicopedagogía y profesores de educación especial/diferencial. . Los profesionales idóneos para trabajar en forma colaborativa son: .Continuación Planificación referida a la contratación de recursos humanos especializados (Art.En el caso de la educación media. Estos equipos. 86. los criterios a utilizar deben considerar las diversas realidades y necesidades que los estudiantes presentan en esta etapa escolar. letra a) . deberán contar con las capacidades para dar apoyos efectivos a las necesidades especiales de cada uno de los estudiantes de modo que éstos egresen con las competencias necesarias para que transiten a una nueva etapa de su vida. intermediadores laborales. Estos profesionales desarrollarán un trabajo colaborativo con el profesor regular. 86. entre otros.Continuación Planificación referida a la contratación de recursos humanos especializados (Art. fonoaudiólogos. terapeutas ocupacionales. letra a) Profesionales Asistentes de la Educación Para los efectos del apoyo a las NEE. asistentes sociales. . y en ambos niveles educativos. Estos profesionales participan en los Equipos de Coordinación tanto en el nivel comunal como de establecimiento. intérpretes en lengua de señas. monitores de oficios. psicopedagogos. tanto dentro como fuera del aula. son profesionales asistentes de la educación psicólogos. de acuerdo a la planificación del PIE. kinesiólogos. proveyendo los apoyos de acuerdo a sus competencias profesionales y a las NEE de los estudiantes. letra b) de Decreto Exento Nº 1300/02. los establecimientos educacionales distribuirán estas 2 horas entre los diferentes profesionales. La planificación de estas horas. estará a cargo del Equipo de Coordinación y deberán planificarse de manera flexible y en función de las Metas planteadas en el PIE. deben contar con 2 horas cronológicas por cada curso que cuente con estudiantes integrados. de acuerdo con lo establecido en el Art. En el caso de los estudiantes con TEL. en su conjunto. además debe considerar la participación de los fonoaudiólogos. Según sean los requerimientos y necesidades de apoyo de los/las estudiantes.Continuación Planificación referida a la contratación de recursos humanos especializados (Art. 86. letra a) Los profesionales asistentes de la educación. 10. el PIE. . 88 del Decreto Nº 170 y en el Art. profesor de educación básica o media) o psicopedagoga. por cinco alumnos por curso. Esta medida incluye a los estudiantes que presentan TEL incorporados a un PIE. profesor con post título en educación especial (educadora de párvulo. Por ejemplo:. horas de contratación para el trabajo colaborativo: En establecimientos con Jornada Escolar Completa (JEC) con integración de estudiantes con NEE de carácter transitorias. letra a) Profesor especialista o especializado o psicoepdagogo.Continuación Planificación referida a la contratación de recursos humanos especializados (Art. JEC= 5 estudiantes= 10 horas de apoyo de profesor especializado S/JEC= 5 estudiantes= 7 horas de apoyo de profesor especializado Estas 10 horas cronológicas (7 horas) deben ser provistas por un profesor de educación especial. deben disponer de un mínimo de 10 horas cronológicas semanales. . 86. 89) Estas horas se pueden distribuirse de la siguiente manera: 8 horas pedagógicas semanales dentro del aula común. Esta planificación es flexible y de acuerdo a las NEE de los estudiantes. los tiempos deben estar de acuerdo a los establecido en el instructivo 191/06. en establecimientos con JEC. en reuniones del trabajo colaborativo con profesor regular. en planificación evaluación preparación de materiales educativos. .Continuación Planificación referida a la contratación de recursos humanos especializados (Art. (artículo 89 del Dcto 170). 5 horas pedagógicas distribuidas como sigue: apoyo a los estudiantes que presentan NEE en aula de recurso. En el caso de los establecimientos que educan estudiantes que presentan NEE permanente. con la familia y con el equipo PIE del establecimiento. Trabajo en. con y para la comunidad . Estrategias y materiales educativos . Esta tarea debe contar con un mínimo de 3 horas cronológicas semanales por establecimiento con PIE. Por ejemplo: si en una comuna hay 8 establecimientos con PIE. ejecución. . Se deberá disponer de horas en cantidad suficiente para gestionar las distintas actividades del PIE. Planificación de la Coordinación del PIE Por profesionales competentes. debe existir al menos un profesional responsable de la coordinación de las distintas acciones para su elaboración. Cuando el PIE es comunal. 86. al menos este profesional debería contar con 24 horas para el desarrollo de una gestión eficiente. para asegurar un adecuado funcionamiento. seguimiento y evaluación.Continuación Planificación de la Coordinación (Art. de acuerdo con los criterios establecidos anteriormente. letra b) 5. letra b) Coordinación en cada establecimiento con PIE. el establecimiento. . Por ejemplo: si en un establecimiento hay 10 cursos con estudiantes integrados. para asegurar un adecuado funcionamiento del PIE. 86. Esto. sin perjuicio de que las horas pueden ser todas las que el sostenedor o el establecimiento estime conveniente. Esta tarea debe contar con un mínimo de 2 hora cronológica semanal por curso. al menos debería contar con 20 horas para el desarrollo de una gestión eficaz.Continuación Planificación de la Coordinación (Art. ejecución y evaluación de las distintas etapas y actividades comprometidas en el PIE. deben entre otras tareas: Coordinar la elaboración. . Asegurar la inscripción de los profesionales en el Registro Nacional de Profesionales de la Educación Especial. 86. de los espacios y los materiales. de acuerdo con las orientaciones del MINEDUC. letra b) Los equipos de coordinación. Liderar la instalación de una nueva cultura de colaboración en los establecimientos. Preparar las condiciones en los establecimientos educacionales para el desarrollo de los PIE. Gestionar el buen uso del tiempo.Continuación Planificación de la Coordinación (Art. conocer la Normativa Vigente. conformar los equipos y establecer las funciones y responsabilidades de cada uno de los integrantes del PIE. Establecer una relación de colaboración con el Departamento Provincial del MINEDUC y mantenerse informados. Coordinar el trabajo entre los equipos de salud y educación en el territorio. 86. letra b) Definir y establecer procesos de detección y evaluación integral de estudiantes con NEE permanentes y transitorias.Continuación Planificación de la Coordinación (Art. . en el marco de los PIE. Velar por la confidencialidad y el buen uso de la información de los estudiantes y sus familias. Conocer y difundir el Formulario Único y otros protocolos que estarán disponibles a través de la página web del MINEDUC. de educación especial. a partir de las necesidades detectadas en la o las comunidades educativas. 86. . entre otras medidas estrategias para conocer la satisfacción de los usuarios. Disponer de sistemas de información dirigidos a las familias para que estas cuenten con información oportuna de los establecimientos capaces de dar respuestas educativas de calidad a las necesidades educativas especiales que presenten sus hijos. Coordinar acciones de capacitación. implementando. letra b) Monitorear de manera permanente los aprendizajes de los estudiantes. Establecer y coordinar mecanismos de evaluación del PIE.Continuación Planificación de la Coordinación (Art. Estas innovaciones.Continuación Planificación de la Coordinación (Art. con información actualizada de la realidad de las familias. . que ameritan condiciones especiales y sólidas competencias profesionales en accesibilidad o medios alternativos de comunicación. En el caso de Programas comunales. letra b) Cautelar el cumplimiento del número de las horas profesionales que exige la normativa de los PIE. motoras o múltiples. Asegurando que se les asignen las horas cronológicas a los profesores de educación regular para el trabajo colaborativo. 86. evaluar la posibilidad de especializar a ciertos establecimientos en la educación de estudiantes con discapacidades sensoriales. contar con catastros. siempre deberían considerar la opinión de las familias. Conocer la realidad comunal. servicios comunitarios. letra b) Establecer redes institucionales con organizaciones. (Transición a la Vida Adulta) Es aconsejable que el Coordinador de PIE del establecimiento forme parte de la Unidad Técnica Pedagógica. empresas. . 86. (y del Equipo ELE de PAC). etc.Continuación Planificación de la Coordinación (Art. facilitando así los procesos de articulación entre los diversos programas que apuntan al mejoramiento continuo de la escuela o Liceo. Esto último especialmente en los establecimientos que cuentan con PIE en la enseñanza media que integran estudiantes con NEE permanentes. . de acuerdo con lo que se establece en diferentes artículos del Título V y VI del Decreto Nº 170. especialmente de los que presentan NEE. evaluación y seguimiento deberán estar debidamente incorporados al “Informe Técnico de Evaluación Anual”. del Decreto Nº 170.III. letra b. los procesos de planificación. ORIENTACIONES PARA EL TRABAJO COLABORATIVO Y EVALUACIÓN DE UN PIE (art. Estas horas podrán ser distribuidas de manera flexible entre los docentes del urso que integra a los estudiantes. señala que el o los profesores de educación regular deben contar con un mínimo de 3 horas cronológicas semanales para el trabajo colaborativo. El artículo 86. 86 letra b) 1. Trabajo colaborativo: El trabajo colaborativo es la principal herramienta para mejorar la calidad de los aprendizaje de todos/as los estudiantes. Por esto. ORIENTACIONES PARA EL TRABAJO COLABORATIVO Y EVALUACIÓN DE UN PIE (art. La misma división de horas entre varios docentes es aplicable en el caso del segundo ciclo de educación básica o en el nivel de educación media.III. 86 letra b) En el nivel de educación parvularia y básica se sugiere que sea el profesor jefe al que se le asignen las tres horas. Lo fundamental es que existan los tiempos de coordinación para la planificación del trabajo que se desarrollará en el aula o fuera de ella . Es posible dividir dichas horas con otro(s) docentes. . integrado por profesor regular y profesor especialista.III. con la finalidad común de mejorar la calidad de la enseñanza en un marco de valorización de la diversidad y de respeto por las diferencias individuales. ORIENTACIONES PARA EL TRABAJO COLABORATIVO Y EVALUACIÓN DE UN PIE (art. incluidos aquellos que presentan NEE. Equipo de Aula Constituir en el establecimiento el Equipo de Aula. 86 letra b) 2. . participen y progresen en sus aprendizajes. interpretes de lengua de señas chilena. asistentes de aula. y otros profesionales asistentes de la educación.). El esfuerzo y compromiso de este Equipo permitirá que todas y todos los estudiantes. etc. Este informe deberá entregarse al Consejo Escolar y estar disponible para las familias de los estudiantes que lo requieran. . velando por la calidad de la educación que se imparte en ellos y por el cumplimiento del convenio y las normativas vigentes. asesorarán a los establecimientos educacionales para una implementación eficaz del PIE. 86 letra b) 3.Evaluación de los PIE De acuerdo con el artículo 12 y el artículo 92 del Decreto Nº 170. . ORIENTACIONES PARA EL TRABAJO COLABORATIVO Y EVALUACIÓN DE UN PIE (art.III. Seguimiento y Evaluación de un PIE Los Asesores Técnicos Ministeriales de la región. todos los establecimientos con PIE deben elaborar un Informe de Evaluación Anual que deberá ser presentado al Departamento Provincial de Educación respectivo antes del 30 de enero de cada año. así como en la calidad de las relaciones y la convivencia entre alumnos con y sin NEE. Cumplimiento de las metas alcanzadas y planificadas en el PIE. 86 letra b) Aspectos que es necesario evaluar : Resultados de aprendizaje y participación de los estudiantes que presentan NEE. ORIENTACIONES PARA EL TRABAJO COLABORATIVO Y EVALUACIÓN DE UN PIE (art. a las NEE y a las distintas capacidades y talentos de los estudiantes. . Impacto del PIE en el mejoramiento de los resultados promedio del establecimiento en el SIMCE.III. Eficacia de las medidas y estrategias adoptadas para dar respuesta a la diversidad. 86 letra b) Aspectos que es necesario evaluar : Eficacia de la coordinación y trabajo colaborativo entre los distintos actores de la comunidad. Considerar la evaluación de la pertinencia de las capacitaciones contratadas en función del mejoramiento de los aprendizajes de todos los estudiantes. ORIENTACIONES PARA EL TRABAJO COLABORATIVO Y EVALUACIÓN DE UN PIE (art. Nivel de satisfacción de los distintos actores del establecimiento en general y del PIE en particular. .III. Efectividad de la gestión y movilización de recursos humanos y materiales especializados. especialmente para aquellos que presentan NEE. Gracias Unidad de Educación Especial .
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