MARCO LEGALLos fundamentos legales con los cuales se desarrolla el presente proyecto parten a partir de normas generales a normas específicas que competen al control interno y lo relacionado al Modelo Integrado de Planeación y Control. Constitución política de Colombia : Artículo 209. "La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley." Artículo 269. "En las entidades públicas, las autoridades correspondientes están obligadas a diseñar y aplicar, según la naturaleza de sus funciones, métodos y procedimientos de control interno, de conformidad con lo que disponga la ley, la cual podrá establecer excepciones y autorizar la contratación de dichos servicios con empresas privadas colombianas." Artículo 343. "La entidad nacional de planeación que señale la ley, tendrá a su cargo el diseño y la organización de los sistemas de evaluación de gestión y resultados de la administración pública, tanto en lo relacionado con políticas como con proyectos de inversión, en las condiciones que ella determine." Ley 87 de noviembre 29 de 1993: “Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones”. Ley 1474 de 2011 (Capitulo IV, Políticas Institucionales Y Pedagógicas, Articulo 73): “Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública.” ARTÍCULO 73. Plan Anticorrupción y de Atención al Ciudadano. (Reglamentado por el Decreto 2641 de 2012). Cada entidad del orden nacional, departamental y municipal deberá elaborar anualmente una estrategia de lucha contra la corrupción y de atención al ciudadano. Dicha estrategia contemplará, entre otras cosas, el mapa de riesgos de corrupción en la respectiva entidad, las medidas concretas para mitigar esos riesgos, las estrategias antitrámites y los mecanismos para mejorar la atención al ciudadano. El Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción señalará una metodología para diseñar y hacerle seguimiento a la señalada estrategia. Ley 1753 De 2015 (Capitulo IV, Buen Gobierno, Artículo 73 - Integración de Sistemas de Gestión.): “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país” Intégrense en un solo Sistema de Gestión, los Sistemas de Gestión de la Calidad de qué trata la Ley 872 de 2003 y de Desarrollo Administrativo de que trata la Ley 489 de 1998. El Sistema de Gestión deberá articularse con los Sistemas Nacional e Institucional de Control Interno consagrado en la Ley 87 de 1993 y en los artículos 27 al 29 de la Ley 489 de 1998, de tal manera que permita el fortalecimiento de los mecanismos, métodos y procedimientos de control al interior de los organismos y entidades del Estado. Decreto 1083 De 2015: Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública. Decreto 1499 De 2017: Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015 Circular Externa No. 100 -009-2017: Estrategia de socialización y capacitación para la implementación del Modelo integrado de planeación y gestión MIPG OBJETIVOS 1. Establecer el liderazgo y compromiso de todos los funcionarios públicos en especial el de la alta dirección y definir la Organización del Equipo de Trabajo para la implementación del modelo. 2. Determinar el estado de cumplimiento del apartado de Atributos de Calidad correspondiente a cada dimensión dentro del MIPG, los cuales deben estar alineados a los requerimientos de Calidad de la ISO 9001 de 2015. 3. Socializar el estado actual de las siete dimensiones a los miembros de la entidad 4. Realizar mantenimiento y soporte en los diferentes módulos del MECI buscando su articulación al modelo integral de planeación y gestión. 5. Lograr la actualización del Sistema de Control Interno de acuerdo a la normatividad vigente y el modelo planteado por el gobierno nacional. MÉTODOLOGIA La metodología a emplear está basada en una metodología activa y participativa durante el proceso de transición de implementación y actualización del modelo MECI bajo el modelo integrado de planeación y gestión MIPG, de acuerdo a las siguientes etapas y estrategias: ETAPA 1: Se realizará una sensibilización a todos los funcionarios implicados y a la alta dirección acerca de la importancia del modelo de MIPG y los cambios que este trae consigo respecto al sistema de control interno, para así posteriormente realizar un análisis del estado actual del sistema de control interno implementado en el municipio de acuerdo a las siete dimensiones contenidas en MIPG (si lo hay). ESTRATEGIA: Mediante los instrumentos disponibles a través del sitio web MIPG en la página de la administración de la función pública se implementaran los instrumentos pertinentes a cada módulo, a través de información de primera fuente con la dependencia relacionada y mediante una revisión documental de lo hallado en el archivo del municipio referente al control interno, se observará cual es el estado de avance en materia del Sistema de Control Interno y se tomará como punto de partida para la mejora y toma de decisiones del sistema en sí. ETAPA 2: se constituye el grupo de servidores que conformarán el equipo de trabajo formando así el Comité Institucional de Gestión y Desempeño y Comité Institucional de Coordinación de Control Interno. ESTRATEGIA: tras reunión del nivel directivo y de acuerdo a las funciones planteadas en MIPG, se debate entre ellos, quienes serían los servidores más pertinentes para conformar el equipo operativo, como a su vez, el representante de la entidad designa a uno de sus directivos para que sea el coordinador de la implementación del Modelo. ETAPA 3: se asignan y documentan las responsabilidades que cada persona que integra el Sistema para de esta manera llevar acabo el modelo MIPG. Y posteriormente, se realiza el cronograma de actividades. ESTRATEGIA: Por medio del reglamento de trabajo y el modelo MIPG se asignan las responsabilidades a los diferentes grupos que hacen parte del proceso de implementación y en lo posible la documentación de dichas funciones en el manual de funciones. ETAPA 4: se lleva a cabo la Capacitación del Grupo de Trabajo en lo que tiene que ver con la implementación de MIPG y decreto 1499 de 2017. ESTRATEGIA: Se realizará una serie de capacitaciones magistrales al equipo de trabajo, donde se traten los instrumentos necesarios para realizar la implementación, priorizando los elementos de mayor trabajo desde el módulo de GETH como modulo principal de acuerdo a MIPG. ETAPA 5: se realiza socialización de compromisos directivos de la Alcaldía, dependiendo del área de trabajo, bajo los principios que rigen el control interno en la administración municipal. ESTRATEGIA: En esta parte, se suscribe por parte del equipo directivo de la entidad un acta de compromiso a la implementación del MIPG en la entidad, señalando los valores y principios que lo rigen y donde se comprometen a ser factores multiplicadores del proceso al interior de la entidad. ETAPA 6: se elabora el autodiagnóstico que muestra el avance en materia de las dimensiones planteadas en MIPG y se establecen los niveles de ajuste en los que recae el mayor trabajo en el momento de implementar el modelo. ESTRATEGIA: de acuerdo a los instrumentos sugeridos por el Departamento Administrativo de la Función Pública DAFP, se aplicara el instrumento a los líderes de procesos, posteriormente se tabula y analiza la información y se establece los elementos críticos a trabajar. ETAPA 7: se estructura el plan de acción de acuerdo al instrumento de autodiagnóstico, este plan resulta ser el instrumento principal con el que cuenta el equipo para desarrollar sus funciones, y se definen con el grupo y el Alcalde las actividades de desarrollo e implementación. ESTRATEGIA: El plan se basa en el resultado obtenido en el análisis del diagnóstico y de acuerdo a los factores críticos resaltados allí se prioriza los esfuerzos y el inicio de la implementación ETAPA 8: evaluación del estado de desarrollo e implementación de los elementos de control aplicando las encuestas que el Departamento Administrativo de la Función Pública suministra como herramienta para la dicha evaluación. ESTRATEGIA: A partir de los instrumento emitidos por el DAFP, se realiza la evaluación del MIPG, observando los avances que se han conseguido y el estado en su implementación. ETAPA 9: elaboración de la propuesta de diseño de acciones que garantizan la existencia de cada elemento requerido por MIPG después de analizar y tabular la información consolidada a través de las encuestas y del diagnóstico realizado en la fase anterior. ESTRATEGIA: a partir del Diagnóstico final se estructuran las propuestas que garantizarán la existencia de los elementos con el objeto de dar cumplimiento al modelo, dando las razones y los instrumentos pertinentes para materializar cada uno de los elementos en la gestión administrativa del municipio.