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ASPECTOS GENERALES. Biodiversidad.1 INTRODUCCIÓN El Viceministr@ de Medio Ambiente. utilizados para la tramitación de la Licencia Ambiental y para las actividades de seguimiento. • Integración de Licencias Ambientales.PASA). • Manifiesto Ambiental (MA). la Autoridad Ambiental Competente Nacional. • Licencia para Actividades con Sustancias Peligrosas (LASP). al interior de la Dirección General de Medio Ambiente y Cambios Climáticos (DGMACC). obras y actividades públicas y privadas que se desarrollan en el territorio nacional. contiene una serie de herramientas orientadas a regular el proceso de evaluación y a facilitar la toma de decisiones (aprobación. Categoría 1 y 2. dependiente del Ministr@ de Medio Ambiente y Agua se constituye en la Autoridad Ambiental Competente Nacional (AACN). planes. Los IRAPs son todos los instrumentos previstos en la legislación ambiental vigente.1   PRIMERA PARTE 1. control y monitoreo ambiental. También se incluyen los procedimientos para: • Actualización de Licencia Ambientales. En este sentido. En el Sector Minería son reconocidos los siguientes IRAPs: • Ficha Ambiental (FA). rechazo o devolución de un determinado IRAP). seguimiento y manejo ambiental de las actividades económicas. habiéndose prescrito entre sus atribuciones y funciones el desarrollo de los procesos establecidos para los Sistemas Nacionales de Evaluación de Impacto Ambiental (SNEIA) y de Control de Calidad Ambiental (SNCCA) que involucra la Evaluación de Impacto Ambiental y el Control de Calidad Ambiental de los proyectos. • Programa de Prevención y Mitigación y Plan de Aplicación y Seguimiento Ambiental (PPM. • Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental (EEIA). Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal. Asimismo. Manual Técnico para la revisión de IRAP´S y Emisión de Licencias Ambientales en el Sector MINERÍA 1 1 . tiene la responsabilidad de definir los instrumentos administrativos y técnicos necesarios para la prevención y control de las actividades y factores susceptibles de degradar el medio ambiente y determinar los criterios de evaluación. • Informes de Monitoreo Ambiental (IMA). el presente Manual Técnico para la Revisión de Instrumentos de Regulación de Alcance Particular (IRAPs) y Emisión de Licencias Ambientales del Sector Minería. programas. Entre los instrumentos mencionados se encuentran los Instrumentos de Regulación de Alcance Particular (IRAPs). b. Uniformar los Informes Técnicos de revisión de IRAPs.2. 1. Definir el contenido mínimo que deben contener los IRAPs. 1. Principios. los Organismos Sectoriales Competentes. b. Determinar criterios técnicos de revisión para el Sector Minería.Este manual. necesidad y obligatoriedad. d.2 OBJETIVOS 1. Importancia de los impactos Todos los impactos ambientales significativos deben ser identificados y evaluados Manual Técnico para la revisión de IRAP´S y Emisión de Licencias Ambientales en el Sector 2 MINERÍA . Competentes y el Servicio Nacional de Áreas Protegidas en los procesos de revisión de los IRAPs y emisión de LA. Establecer procedimientos de coordinación externa o interinstitucional con las Autoridades Ambientales Departamentales. Uniformar la revisión técnico legal de la documentación. mediante lineamientos generales derivados de las características de las AOPs. procedimientos. En ese sentido el manual cuenta con los siguientes acápites: Introducción. medidas de mitigación así como los planes y programas establecidos en la norma. a partir de la definición de su forma de presentación.2.3 PRINCIPIOS Los principios del presente Manual para la revisión de IRAP’s y emisión de licencias ambientales son: a.1 Objetivo General Establecer las operaciones. e. Normas de Operación. basados en la legislación ambiental y reglamentos sectoriales. Cobertura Los IRAPs deben incluir todas las alternativas razonables de la AOP. plazos internos de revisión de los IRAPs y emisión de Licencias Ambientales en el Sector Minería en cumplimiento a disposiciones legales vigentes. articulados con cada uno de los IRAPs evaluados para conocer los impactos y medidas de mitigación que puede presentar una determinada AOP. Alcance y Aplicación. c. organizado como un Manual de Procesos. Objetivos. f. Establecer los requisitos necesarios que deben ser presentados en los IRAPs. consigna de manera ordenada y metódica todas las operaciones que deben seguirse para la revisión de los IRAPs en el Sector Minería. g. responsables.2 Objetivos Específicos a. tareas. en el marco de lo establecido las Normas Básicas del Sistema de Organización Administrativa (NB-SOA). Establecer cuáles son los IRAPs que deberán ser revisados por la Autoridad Ambiental Competente Nacional mediante su identificación precisa y justificada conforme a la normativa ambiental vigente. h. impactos significativos. 1. Marco Institucional – Responsables y Estructura del Manual. Exactitud La información. señalando que la política de gestión ambiental debe basarse en la aplicación de los sistemas de evaluación de impacto ambiental y control de calidad ambiental sin excepción y de manera transversal a toda actividad de producción de bienes y servicios que use. Nº 24176 de 8 de diciembre de 1995. RMCH. RASP y RGRS). RPCA. transforme o afecte a los recursos naturales y al medio ambiente. se enmarca y contempla las siguientes normativas legales. entre cuyos alcances prevé que todas las actividades. económicas y ambientales. aprobados mediante D. sectorial e institucional.4. así como las medidas de mitigación y de seguimiento ambiental. en cumplimiento de las regulaciones técnicas. deben ser precisos y sus resultados deben ser lo suficientemente adecuados. Asimismo debe existir una adecuada coherencia y correlación entre los impactos identificados y las medidas de mitigación planteadas. estableciendo específicamente procedimientos formales para la revisión. Asimismo. distinguiendo entre disposiciones de aplicación general.S. RMCA. previo cumplimiento de las normas establecidas en la Ley. f. para los fines que se persiguen. suscribirá contratos mineros con personas individuales y colectivas. Soportes adecuados La base de la información. Mejora continua El documento se irá modificando en base a la experiencia adquirida por el personal y las modificaciones en la legislación que vayan a desarrollase. • Ley de Medio Ambiente. 1. Consistencia Los impactos identificados.4 NORMAS DE OPERACIÓN: El presente Manual describe el proceso de revisión y aprobación formal de los instrumentos de regulación de alcance particular (IRAPs) correspondientes al Sector Minería.c. deben ser claras.1 Normas de Aplicación General a) Con contenido de alcance ambiental • Constitución Política del Estado Plurinacional que establece que es deber del Estado y de la población mantener el equilibrio del medio ambiente. de acuerdo a procedimientos formales técnico administrativos establecidos en su reglamentación. los modelos y los supuestos utilizados en los IRAPs. e. • Reglamentos de la Ley de Medio Ambiente (RGGA. por los cuales se regula aspectos inherentes a la gestión ambiental de manera general. obras o proyectos. incluyendo las del Sector Minería deben contar necesariamente con la respectiva licencia ambiental. d. aprobación y aplicación Manual Técnico para la revisión de IRAP´S y Emisión de Licencias Ambientales en el Sector MINERÍA 3 3 . establece que el Estado otorgará derechos mineros en toda la cadena productiva. ejecutables y verificables. Ley Nº 1333 de 27 de abril de 1992. bajo un orden de jerarquía jurídica e importancia. incluyendo normativas referenciales adicionales a tomarse en cuenta en determinados casos: 1. el análisis y los datos del IRAP presentado deben ser válidos y verificables. que modifica el procedimiento administrativo del control de calidad ambiental.1) Normas referenciales adicionales • Reglamento General de Áreas Protegidas. específicamente regulaciones sobre la auditoría ambiental. que tiene por objeto crear y regular el Sistema de Licencias de Importación y Control de Sustancias Agotadoras del Ozono. N° 28139 de 17 de mayo de 2005. que tiene por objeto regular la gestión de las áreas protegidas del sistema nacional de áreas protegidas. Nº 26705 de 10 de julio de 2002. obra o proyecto en el marco de la evaluación de impacto ambiental y control de calidad ambiental así como definiendo atribuciones y competencias de los órganos gubernamentales intervinientes en el proceso de tramitación de los IRAPs. b) Con contenido de alcance administrativo • Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia. Nº 29215 de 2 de agosto de 2007. que establece entre otros aspectos.S. estableciendo su marco institucional.S. entre otros). complementaciones y/o enmiendas que deben ser contemplados en el proceso de revisión y aprobación de los IRAPs a cargo de las instancias competentes en el marco de los procedimientos administrativos de evaluación de impacto ambiental y de control de calidad ambiental.S.S. en el cual se establece que la política de Gestión Ambiental debe priorizar las áreas de influencia más degradadas y los sectores de mayor impacto (minería. • D. Nº 27421 de 26 de marzo de 2004. Asimismo. • Ley N° 1178 de Administración y Control Gubernamentales promulgada el 20 de julio de 1990. el D. aclaraciones. Manual Técnico para la revisión de IRAP´S y Emisión de Licencias Ambientales en el Sector 4 MINERÍA . aprobado mediante D. • Reglamento de la Ley N° 1715 del Servicio Nacional de Reforma Agraria.S. Nº 28592 de 17 de enero de 2006. entre otros.de IRAPs para toda actividad. • Norma de Modificaciones y Aclaraciones al Reglamento en Materia de Contaminación Atmosférica. que establece los Sistemas de Administración y Control de las Entidades Públicas. aprobada mediante D. • Norma Complementaria aprobada mediante D. en función a lo dispuesto en la Ley de Medio Ambiente. hidrocarburos. S. Nº 24781 de 31 de julio de 1997. aprobado mediante D. Nº 28499 de 10 de diciembre de 2005. además de incluir al SERNAP dentro de los procesos de EIA y CCA. y establecer mecanismos de renovación de las Licencias Ambientales. • Norma de Complementaciones y Modificaciones a los Reglamentos Ambientales. a. que reemplaza el contenido de su Anexo 5.S. de acuerdo a los que correspondan en el Sector de Minería. que establece la base imponible para la aplicación de la sanción de la multa. S. aprobado mediante D. aprobado mediante D. Límites Permisibles Iniciales Base de Emisión para Fuentes Móviles por la Norma Boliviana NB 62002 del IBNORCA. que establece el marco jurídico institucional en general con definición de competencias. • Plan Nacional de Desarrollo aprobado mediante Decreto Supremo Nº 29272 de 12 de septiembre de 2007. modificada por la Ley N° 3545 de Reconducción Comunitaria de la Reforma Agraria. Nº 28592 regula las actuaciones administrativas de la AAC dentro de los procedimientos para la atención de infracciones meramente administrativas y las de impacto ambiental. • Norma de Modificaciones al RGGA y RPCA. determinando las instancias responsables para la otorgación de las mismas. N° 28587 del 17 de enero de 2006 que modifica el Artículo 2° del RAAM. Asimismo. el Código de Minería. y ex servidoras y servidores públicos. procesar y sancionar actos de corrupción cometidos por servidoras y servidores públicos. teniendo vigencia indefinida en tanto no se produzcan las causales para dejarla sin efecto. permisos o requerimientos de protección ambiental legalmente establecidos incluyendo la ALBA. • Ley Nº 004 de 28 de diciembre de 2009. estableciendo que cada una de las operaciones o concesiones mineras deben contar con una licencia ambiental para la realización de actividades mineras conforme a sus alcances.2 Normas Sectoriales • Código de Minería. 6°. Ley de Medio Ambiente y sus reglamentos. Manual Técnico para la revisión de IRAP´S y Emisión de Licencias Ambientales en el Sector MINERÍA 5 5 . destacando que la licencia ambiental minera incluirá en forma integrada todas las autorizaciones.4. en sujeción a sus alcances. • D. Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública. en caso de actividades de Exploración y Actividades Mineras Menores de Minería Subterránea con Impactos Ambientales Conocidos no Significativos (AMIAC) y el Formulario de Prospección Minera (PM) para la obtención del Certificado de Dispensación Categoría 4 (CD-C4) para el caso de actividades señaladas en su Art. aprobado mediante D. promulgado mediante Ley Nº 1777 de 17 de marzo de 1997. • D. Normas Básicas del Sistema de Organización Administrativa. el RAAM establece que las actividades mineras señaladas en los Artículos 73° y/o 93° del RAAM para efectos de tramitación de sus respectivos IRAPs son de competencia de la AACD. que modifica determinados artículos del Decreto Supremo N° 23318-A. Nº 24782 del 31 de julio de 1997. que establece la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional y competencias institucionales gubernamentales. la Ley de Medio Ambiente y sus reglamentos. así como sus atribuciones.Decreto Supremo N° 23318-A de 3 de noviembre de 1992. que señala que las actividades mineras se realizaran conforme al principio de desarrollo sostenible. • Reglamento Ambiental para Actividades Mineras (RAAM). por medio de la cual se establece mecanismo destinados a prevenir.S.S.S. que tiene aplicación preferente para el Sector Minería en relación a la gestión ambiental. 1. N° 28579 del 17 de enero de 2006 que reglamenta el Articulo 44° de la Ley N° 1777. tomando en cuenta que se utiliza el Formulario EMAP para la obtención del Certificado de Dispensación Categoría 3 (CD-C3). • Decreto Supremo Nº 25158 del 4 de abril de 1998. • Decreto Supremo Nº 29894 de 7 de febrero de 2009. que implica por tanto la observancia a los procedimientos técnico – administrativos para la aprobación de sus respectivos instrumentos de regulación de alcance particular (IRAPs). • Decreto Supremo N° 26237 de 29 de junio de 2001. que establece las normas de organización y funcionamiento del Servicio Nacional de Áreas Protegidas. que comprometan o afecten recursos del Estado. de acuerdo al tipo de actividad minera y requisitos específicos para el sector. investigar. aprobadas mediante Resolución Suprema N° 217055 de 20 de mayo de 1997. que regula aspectos complementarios para la tramitación de la LASP. Considerando la amplia diversidad de AOPs que se ponen en consideración de la DGMACC. establece las condiciones generales y criterios que se deben aplicar en la evaluación de los IRAPs. • Revisión de Informes de Monitoreo Ambiental del Sector Minero. • Revisión de Estudio de Evaluación de Impacto Ambiental del Sector Minero. • Reglamento del Registro Nacional de Consultoría Ambiental. obra o proyecto se consolidan en una sola licencia ambiental integrada. Asimismo. acumulativos o a la interacción de las acciones que las actividades licenciadas poseen. establecidos en la Resolución Administrativa VMAABCC Nº 006/09.4.PASA del Sector Minero. • Revisión del documento de Integración de Licencias Ambientales del Sector Minero.3 Normas Institucionales • Resolución Administrativa VBRFMA Nº 014/08 de 17 de marzo de 2008. • Revisión de LASP del Sector Minero. El Manual de Revisión de Instrumentos de Regulación de Alcance Particular (IRAPs) y Emisión de Licencias Ambientales contempla procedimientos para el desarrollo de los siguientes procesos: • Revisión de Aspectos Generales Aplicables al Sector Minería. mediante el cual determinadas licencias ambientales o permisos ambientales emitidos a nombre de mismo representante legal y/o actividad. • Revisión de PPM. También se proponen insumos para apoyar. 1. entre los que se encuentran las listas de verificación y los formatos de informes técnicos. • Resolución Administrativa VMAABCC Nº 006/09 de 23 de abril de 2009. así como los procedimientos y tareas que ésta contempla. aprobado mediante Resolución Administrativa VBRFMA Nº 079/08 de 5 de septiembre de 2008. que actualiza disposiciones del Reglamento originario que regula los requisitos para efectuar trabajos de consultoría ambiental previstos en el RPCA. Manual Técnico para la revisión de IRAP´S y Emisión de Licencias Ambientales en el Sector 6 MINERÍA . que complementa y modifica el mecanismo de integración de licencias ambientales.5 ALCANCE DEL MANUAL Este manual sistematiza las actividades que deben desarrollar los profesionales encargados del proceso de revisión de los IRAPs y del proceso de otorgación de Licencias Ambientales en el Sector Minería. • Revisión de Ficha Ambiental del Sector Minero. orientar y facilitar las labores técnicas de los profesionales encargados. • Resolución Administrativa VMABCC Nº 031/09 del 9 de noviembre de 2009. en atención a los impactos sinérgicos.1. • Revisión del documento de Actualización de Licencias Ambientales del Sector Minero. como un procedimiento administrativo potestativo. • Revisión de Manifiesto Ambiental del Sector Minero. este Manual establece criterios técnicos y legales para su evaluación. que regula el mecanismo de integración de Licencias Ambientales. chimeneas y rajos con capacidad de extracción igual o menor a trescientas (300) toneladas/mes. cateo. Manual Técnico para la revisión de IRAP´S y Emisión de Licencias Ambientales en el Sector MINERÍA 7 7 . se señala que la Dirección General de Medio Ambiente dependiente del Viceministerio de Recursos Naturales y Medio Ambiente y la Dirección de Recursos Naturales y Medio Ambiente de las Prefecturas del Departamento. mientras que el Prefect@ del Departamento (actual Gobernador@ Departamental) es la AACD.RESPONSABLES 1. preparación y explotación mediante galerías (recortes y corridas). separación de sulfuros por flotación superficial. 28592 de 17-01-06. preparación de sitios para la construcción de plataformas de perforación. 2) Perforación y sondeo. 2°. Las AMIAC de minería subterránea son operaciones mineras ubicadas en áreas no protegidas de la cordillera occidental. y. operaciones de secado. debido a que la reglamentación ambiental vigente otorga esta competencia a la Autoridad Ambiental Competente Departamental: • Formulario EMAP: para la obtención del Certificado de Dispensación Categoría 3 (CD-C3). Asimismo.6. se establece que el Viceministr@ de Recursos Naturales y Medio Ambiente (actualmente Viceministr@ de Medio Ambiente Biodiversidad. y 4) Otros métodos de exploración que no produzcan desmontes y cuya actividad involucre apertura de sendas.1 Marco Institucional De acuerdo a la norma de Complementaciones y Modificaciones a los Reglamentos Ambientales. rampas. altiplano y cordillera oriental en ambos flancos. Las actividades de exploración incluidas son: 1) Exploración geofísica. del Art. aprobado mediante D. Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal) es la AACN. clasificación y concentración gravimétrica y magnética. cuadros. y/o 2) Concentración de minerales en una escala igual o menor a trescientas (300) toneladas/mes con uno o varios de los siguientes procesos: trituración y molienda (manual y mecánica). ejercerán las funciones técnico u operativas encomendadas a la AAC. Las actividades de Prospección incluyen: levantamiento topográfico. piques. 3) Exploración por pozos. 1. almacenes y depósitos. piques y trincheras (zanjas y calicatas).S. cuadros. en el parágrafo II. amalgamación. • Formulario de Prospección Minera (PM): para la obtención del Certificado de Dispensación Categoría 4 (CD-C4) Actividades de Prospección. desarrollo. prospección geoquímica y aérea. mapeo geológico. instalación de campamentos.6 MARCO INSTITUCIONAL . que solamente comprenden: 1) Labores de reconocimiento.Excepciones El alcance del presente manual no contempla la revisión de los IRAPs listados a seguir. en caso de actividades de Exploración y Actividades Mineras Menores de Minería Subterránea con Impactos Ambientales Conocidos no Significativos (AMIAC). almacenamiento y transporte de los concentrados resultantes. dentro de sus competencias atiende los procesos administrativos en primera instancia. asumiendo la función de desarrollar procesos de evaluación de impacto ambiental para obras. 4° del RPCA y sus modificaciones contenidas en el citado D. Cambios Climáticos y Gestión y Desarrollo Forestal. a través de la Dirección General de Medio Ambiente y Cambios Climáticos. actividades y/o proyectos. En la Figura 1. el Viceministr@ de Medio Ambiente.En concordancia con el Decreto Supremo N° 29894 (Estructura Organizativa del Poder Ejecutivo del Estado Plurinacional en su Art. tomando en cuenta que se utiliza el Formulario EMAP para la obtención del Certificado de Dispensación Categoría 3 (CD-C3) en caso de actividades de Exploración y Actividades Mineras Menores de Minería Subterránea con Impactos Ambientales Conocidos no Significativos (AMIAC) y el Formulario de Prospección Minera (PM) para la obtención del Certificado de Dispensación Categoría 4 (CD-C4). la tramitación de los IRAPs se inicia en el OSC. Biodiversidad y Cambios Climáticos. ejerce las funciones de Autoridad Ambiental Competente Nacional – AACN. dejando al Ministr@ de Medio Ambiente y Agua. incluyendo los procedimientos relativos a EIA y CCA a cuyo efecto el Viceministr@ de Medio Ambiente. Manual Técnico para la revisión de IRAP´S y Emisión de Licencias Ambientales en el Sector 8 MINERÍA .2 se presenta el organigrama de sus instancias administrativas involucradas para el proceso de revisión y aprobación de IRAPs para lo cual el presente Manual describe detalladamente los pasos a seguir para el efectivo cumplimiento de las formalidades establecidas en el proceso de revisión y aprobación de los IRAPs.1 se presenta la estructura organizativa jerárquica del Ministerio de Medio Ambiente y Agua y en la Figura 1. Biodiversidad. En este contexto legal. mientras que las actividades mineras señaladas en los Artículos 6°. Es importante señalar que el marco organizacional descrito. resolver los Recursos Jerárquicos.S. Biodiversidad. según su actual organigrama cuanta a su vez. es el Viceministerio de Medio Ambiente. observando las competencias establecidas en los reglamentos ambientales sectoriales y fundamentalmente lo previsto en el Art. en el marco de las atribuciones establecidas en la legislación ambiental. planes. bajo dependencia de otras instancias del Órgano Ejecutivo que tienen especificas competencias y atribuciones para apoyar a la AAC en los procesos de revisión y aprobación de IRAPs. 28592 que además regula las actuaciones administrativas de la AAC dentro de los procedimientos para la atención de infracciones administrativas y las de impacto ambiental. 73° y/o 93° del RAAM para efectos de tramitación de sus respectivos IRAPs son de competencia de la AACD. el cual emite un Informe Técnico a la DGMACC para el caso de actividades mineras que correspondan a las categorías 1 y 2. La citada Dirección General de Medio Ambiente y Cambios Climáticos. Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal. programas. corresponde únicamente a las dependencias que forman parte del Ministerio de Medio Ambiente y Agua sin incorporar a otras Instancias administrativas gubernamentales entre las cuales se encuentran los Organismos Sectoriales Competentes (OSC). obras y actividades públicas y privadas. Dentro la normativa de carácter ambiental vigente aplicable al Sector Minería. resolviendo inclusive los Recursos de Revocatoria. con la Unidad de Gestión Ambiental en la cual con el apoyo de su personal técnico comienza y se desarrollan de manera operativa la revisión de los IRAPs emergentes de los procesos de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) y de Control de Calidad Ambiental (CCA) de competencia nacional. la instancia técnico administrativa encargada de realizar los procesos de Evaluación de Impacto Ambiental y de Control de Calidad Ambiental para los proyectos. 102 incisos d y j). • Analista I del Sector Minero. • Instructivo para la Revisión de Informes de Monitoreo Ambiental. • Jef@ de la Unidad de Gestión Ambiental. • Instructivo para la Revisión de PPM. según lo establece los Artículos 10° y 12° del RAAM. • Instructivo para la Revisión de Integración de Licencias. Cambios Climáticos y Gestión y Desarrollo Forestal. El Analista II en Gestión Ambiental es el funcionario que realiza el proceso de revisión detallada de los IRAPs en directa coordinación y bajo el seguimiento y control del Analista I en Gestión Ambiental. se destaca que los únicos casos en que la DGMACC atiende solicitudes de actualización de licencias ambientales sin la participación del OSC. 1. • Coordinador@ de Prevención y Control Ambiental. y cuando se introduzcan cambios tecnológicos que reduzcan las emisiones.6. • Analista II en Inspección Ambiental del Sector Minero. • Instructivo para la Revisión de Fichas Ambientales. • Instructivo para la Revisión de Actualización de Licencias. siendo éstos los siguientes: • Instructivo General comunes a todas los IRAPs y las Áreas de la DGMACC.1 Contenido del Manual El manual está compuesto por Instructivos para la revisión de cada uno de los IRAPs considerados en el Sector Minería. Manual Técnico para la revisión de IRAP´S y Emisión de Licencias Ambientales en el Sector MINERÍA 9 9 .7 ESTRUCTURA DEL MANUAL El manual corresponde al proceso de revisión de los IRAPs y emisión de Licencias Ambientales en el Sector Minería. • Analista II de Gestión Ambiental del Sector Minero.PASA. 1.7. descargas o la generación de residuos mejorando la calidad ambiental. • Director@ General de Medio Ambiente y Cambios Climáticos. Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal. • Instructivo para la Revisión de Manifiestos Ambientales. el personal responsable del proceso de revisión de los IRAPs y emisión de Licencias Ambientales en el Sector Minero es: • Viceministr@ de Medio Ambiente. La responsabilidad del proceso de revisión de IRAPs y emisión de Licencias Ambientales en el Sector Minería. • Instructivo para la Revisión de LASP. 1. Biodiversidad.Asimismo. es compartida por todas las instancias mencionadas. • Instructivo para la Revisión de Estudios de Evaluación de Impacto Ambiental. se dan cuando el Representante Legal (RL) introduce medidas de ajuste para el cumplimiento de los objetivos de prevención y control emergentes de las inspecciones o revisión de IMA’s. Biodiversidad.2 Funcionarios Responsables De acuerdo al Organigrama del Viceministerio de Medio Ambiente. sin omitir ningún aspecto relevante para la toma de una decisión adecuada. llevadas a cabo de manera secuencial. de manera previa a la revisión de cada IRAP. posibilitan alcanzar los objetivos planteados para cada procedimiento. la solicitud de aclaraciones. El Instructivo General permite: establecer la competencia de la AACN para revisar y aprobar determinado proceso. evitando omitir algún aspecto o elemento significativo del análisis. 1.3 Tareas del Manual Los procedimientos descritos en el acápite anterior. Finalmente. o en su caso la devolución o el rechazo del proceso. El uso de estas listas permite apoyar el procedimiento de análisis técnico ambiental. Los objetivos específicos del informe a ser elaborado dependen del IRAP al que corresponda y están establecidos en cada uno de los instructivos. verificar la habilitación del o los consultores para la elaboración de un determinado tipo de IRAP y verificar la validez de la declaración jurada incluida en el IRAP. Análisis técnico ambiental Tiene como objetivo realizar una revisión de fondo. así como la verificación de que el IRAP incluye los documentos administrativos y legales requeridos por la reglamentación.4 Listas de Verificación En los instructivos se presentan tres listas de verificación como insumos del procedimiento de análisis técnico ambiental. verificar la correspondencia del IRAP presentado en relación al proceso requerido.7. 1. para facilitar el análisis de la información durante los siguientes pasos de la revisión.7. Elaboración del informe técnico Este procedimiento corresponde a la presentación de los resultados del proceso de revisión del IRAP.7.El Instructivo General describe los procedimientos que debe desarrollar el Analista II en Gestión Ambiental. contempla la revisión del expediente de la AOP (en caso de que este exista en el CEDOCA). además comprende la verificación de la estructura del documento. 1.2 Procedimientos del Manual Los instructivos señalados en el acápite anterior han sido organizados en base a los siguientes procedimientos: Revisión preliminar Este procedimiento tiene como objetivo realizar la revisión del Informe técnico y recomendaciones provenientes del OSC. son realizados a través de la ejecución de tareas que. correcciones o enmiendas al Representante Legal (RL). La falta de alguna de la documentación mencionada podría motivar la devolución del IRAP. respecto a la emisión de Licencias Ambientales. para verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación vigente. las cuales fueron elaboradas para sistematizar el control de los requisitos y el cumplimiento de los requerimientos técnicos que debe contener un IRAP. Manual Técnico para la revisión de IRAP´S y Emisión de Licencias Ambientales en el Sector 10 MINERÍA . sin que se requiera ninguna observación. Manual Técnico para la revisión de IRAP´S y Emisión de Licencias Ambientales en el Sector MINERÍA 11 11 . considerando 2 opciones para el llenado de la columna 2. que se entenderán de la siguiente manera: OPCIÓN 1: SI Esta opción deberá marcarse cuando al revisar el IRAP se verifique el cumplimiento del requisito o criterio correspondiente. aclaración o sustento al mismo. Lista de Verificación 2: Cumplimento de Criterios Técnicos.En los diferentes instructivos las Listas de Verificación existentes son: Lista de Verificación 1: Cumplimiento de Requisitos administrativos y legales. Lista de Verificación 3: Presentación de Información Técnica Complementaria. A continuación se describen las listas de verificación: Lista de Verificación 1 Cumplimiento de Requisitos Administrativos y Legales 1 REQUISITOS / CRITERIOS 2 CUMPLIMIENTO Si No Lista de Verificación 2 Cumplimiento de Criterios Técnicos 1 REQUISITOS CRITERIOS 2 CUMPLIMIENTO Si 3 OBSERVACIONES 4 RESPALDO No Lista de Verificación 3 Presentación de Información Técnica Complementaria 1 REQUISITOS / CRITERIOS 2 CUMPLIMIENTO SI 3 OBSERVACIONES NO Las listas de verificación deberán ser llenadas por el funcionario responsable de la ejecución de las tareas (Analista II en Gestión Ambiental). basados en la legislación ambiental y reglamentos sectoriales.OPCIÓN 2: NO Esta opción deberá marcarse cuando se concluya que el IRAP no provee información al respecto o cuando la información provista tenga vacíos. Manual Técnico para la revisión de IRAP´S y Emisión de Licencias Ambientales en el Sector 12 MINERÍA . y el Analista II de Gestión Ambiental considere necesario argumentar esa decisión. • Anexo 2 Modelos de Informes Técnicos: En este Anexo se proporcionan. En las Listas de Verificación. • Anexo 3 Modelos de Licencias Ambientales y Normalización de su Codificación: En este Anexo se proporcionan. En las listas de verificación. la columna 3 (Observaciones).7. desarrollo o fuente de obtención. se incluye referencias a la normativa de respaldo en la cuarta columna. será llenada cuando se marque la opción NO en la columna 2. siendo factible su complementación o corrección. modelos de Informes Técnicos de revisión de IRAPs. 1.5 Anexos del Manual Los anexos del presente manual son: • Anexo 1 Matrices PPM-PASA: Insumo a utilizar para la verificación de la inclusión de todos las datos necesarios e identificados como claves para la eficiencia de los planes ambientales. para uniformar su presentación. provenga de fuentes no oficiales o fiables. no esté completa o presente errores en su estructura. cuando corresponde. errores de magnitud. modelos de Licencias Ambientales y la Normalización de su Codificación. 1 ESTRUCTURA ORGANIZATIVA JERÁRQUICA DEL MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA .Manual Técnico para la revisión de IRAP´S y Emisión de Licencias Ambientales en el Sector MINERÍA 13 13 DIRECCIÓ N GENERA L DE AG UA P OTABLE Y SANIT ARIO DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓ N INTEGRAL DE RESIDUOS VICEMINISTERIO DE AGUA P OTABLE Y SANEAMIEN TO DIRECCIÓ N GENERAL DE MEDIO AMBIENT E Y CAMBIOS CLIMÁTICOS VICEMINISTERIO DE MEDIO AMBIENT E BIODIVERSID AD Y CAMBIOS CLIMÁTICOS DIRECCIÓN GENERAL DE BIODIVERSI DA D Y ÁREAS PRO TEGI DA S DIRECCIÓ N GENERAL DE PLANIFI CACIÓN DIRECCIÓ N GENERAL DE ASUNT OS ADMNISTRA TIV OS DIRECCIÓ N GENERAL DE ASUNT OS JURÍDICOS DIRECCIÓN GENERA L DE RIESG O VICEMINISTERIO DE REC.HÍDRICOS Y RIEGO DIRECCIÓN GENERAL DE CUEN CAS Y RECURSOS HÍDRICOS UNID AD D E COMUNI CACIÓ N UNID AD D E AU DIT ORÍA ASESOR D E DES PACH O JEFE D E GABINETE MINISTRO DE MEDIO AMBIENTE Y AGU A FIGURA 1. Amb. Amb. Amb. Amb. 4 Analist II Insp. AA Kori Kollo Analista II Gest. Amb. 4 Analist II Insp. Amb. Amb. Amb. 1 Analista IV Educación Ambiental Minería Analista II Gest.2 ORGANIGRAMA DE LA DGMACC Analist II Insp. 1 3 Apoyos en sistematización de Licencias Ambientales Analista II Gest. Hidrocarb. Amb. Amb. Amb. Minería 1 Analista I Área Minería Coordinador Prevención y Control Ambiental SNEIA . Amb. Amb. Multisec. 3 FISCALIZACION Multisector Analist II Insp. I Apoyo al RENCA Analista IV RENCA CEDOCA Analista II Bibliotecario CEDOCA Adm. 4 Analist II Insp. Hidrocarb. Hidrocarb. Amb. 1 Analista II Asesor Legal Multisector . 5 Analist II Insp. 3 Analist II Insp. Estratégicas RENCA Adm. 2 Analist II Insp. 3 Jefe de Unidad Gestión Ambiental Director General de Medio Ambiente y Cambios Climáticos Analista II Instrumentos de Planificación y Control Ambiental Analista II Eval. Hidrocarb. Amb. 3 Hodrocarburos Analista IV Técnico. Amb. Minería. Amb. 1 Analist II Insp. 2 Analista I Área Multisector Analista II Gest.1 Analist II Insp. Amb. Amb.Manual Técnico para la revisión de IRAP´S y Emisión de Licencias Ambientales en el Sector 14 MINERÍA Analista II Gest. Amb. I Encargado CEDOCA Asesoría Legal Analista II Asesor Legal Minería Consultor en Programas y Proyectos de Medio Ambiente y Cambio Climático Analista II Asesor Legal Hidrocarburos Analista I Asesor Legal1 FIGURA 1. Apoyo en correspondencia Auxiliar de apoyo I Mensajero Administrativo I Secretaria Apoyo Administrativo Apoyo Administrativo Analista II Administrativo Financiero Multisector Técnico I Multisector Analista II Gest. Multisec. 2 Analista III Seguim. 2 Técnico I Hidrocarburos Analista II Gest.2 Hidrocarburos Analist II Insp. Amb. Amb. 3 Minería Analist II Insp. Analista II Gest. Multisec. 2 Analist II Insp.SNCCA Apoyo 2 para el Desarrollo del Sistema SNEIA-SNCCA Responsable del Desarrollo de los Sistemas SNEIA-SNCCA Educación Ambiental Analista II Experto en Educación Ambiental Apoyo 1 para el Desarrollo del Sistema SNEIA-SNCCA Analista I Área Hidrocarb.
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