Matriz Legal - AA1

March 31, 2018 | Author: caruing | Category: Conservation Movement, Waste, Sustainability, Battery (Electricity), Pollution


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FECHA DE ELABORACION: DD_28_, MM_03_,AA_2016_RESPONSABLE DE ACTUALIZACION: CLASIFICACION AÑO DE NORMA EMISION GENERAL ESPECIFICA x x DECRETO 1072 RESOLUCIÓN 2013 MATRIZ DE REQUISITOS FECHA DE ACTUALIZACION: D DISPOSICION QUE REGULA 2015 Decreto Unico Reglamentario del Sector Trabajo 1986 Reglamentación de la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo ART. APLICABLE Art 2.2.4.6.25. x RESOLUCIÓN 1401 2007 Reglamentación de la investigación de accidente e incidente de trabajo x RESOLUCIÓN 1956 2008 Adopción de medidas para el consumo de cigarrillo y tabaco 2012 Establecimiento de la conformación de comités de convivencia laboral para empresas públicas y privadas y se dictan otras disposiciones 2012 Establecimiento del Numeral 5° del Reglamento para Art. 10 Trabajo Seguro en Parágrafo 4° del Alturas Art. 11 x x RESOLUCIÓN 652 RESOLUCIÓN 1903 RIZ DE REQUISITOS LEGALES DE ACTUALIZACION: DD_29_, MM_03_,AA_2016_ DESCRIPCION DEL EVIDENCIA DE REQUISITO CUMPLIMIENTO Formular el plan de emergencias para responder ante inminencia u ocurrencia de eventos potencialmente desastrosos EXISTE EVIDENCIA ACTUALIZADA SI NO Gerente, persona encargada de SST. X Crear y poner en Comité paritario funcionamiento los de salud comités paritarios de ocupacional salud ocupacional Gerente X Manual de la Reglamentar la investigación de investigación de accidentes e accidente e incidente incidentes de de trabajo trabajo Gerente, persona encargada de SST. X Disposición interna para el Gerente, persona consumo de encargada de SST. cigarrillo y tabaco X Adoptar medidas para el consumo de cigarrillo y tabaco Establecer la conformación de comités de convivencia laboral para empresas públicas y privadas y se dictan otras disposiciones Plan de Emergencias. RESPONSABLE Comité de convivencia laboral Establecer el Reglamento para Manual de Trabajo Trabajo Seguro en Seguro en Alturas Alturas Gerente X Gerente X OBSERVACIONES ACTUALIZACIÓN v2015 ACTUALIZACIÓN v2014 ACTUALIZACIÓN v2015 ACTUALIZACIÓN v2015 ACTUALIZACIÓN v2015 ACTUALIZACIÓN v2015 Aspecto 1 Todos los Aspectos 2 Todos los Aspectos .MATRIZ DE REQUISITOS LEGALES AMBIENTALES Y OTROS REQUISITOS No. 3 Todos los Aspectos 4 Todos los Aspectos . 5 Todos los Aspectos 6 Uso del Suelo 7 Uso del Suelo . 8 Generación de residuos sólidos  9 Generación de residuos sólidos  10 Generación de residuos sólidos  . 11 Generación de residuos sólidos  . 12 Generación de residuos sólidos  13 Generación de  residuos peligrosos  14 Generación de  residuos peligrosos . 14 Generación de  residuos peligrosos 15 Generación de  residuos peligrosos 16 Generación de  residuos peligrosos 17 Generación de  residuos peligrosos . 18 Generación de  residuos peligrosos 19 Generación de  residuos peligrosos 20 Generación de  residuos peligrosos . 20 Generación de  residuos peligrosos 21 Generación de  residuos peligrosos . 22 Generación de escombros 23 Generación de escombros 24 Uso del Agua 25 Uso del Agua . 25 Uso del Agua 26 Vertimientos 27 Vertimientos 28 Vertimientos . 29 Vertimientos 30 Utilización de gas refrigerante  en aire acondicionado y en neveras . 31 Utilización de gas refrigerante  en aire acondicionado y en neveras 32 Utilización de gas refrigerante  en aire acondicionado y en neveras . 33 Ruido 34 Uso de aviso exterior con el nombre de la compañía . 35 Uso de aviso exterior con el nombre de la compañía 36 Uso de aviso exterior con el nombre de la compañía 37 Emisión de gases contaminantes por el desplazamiento de los  vehículos de la entidad 38 Emisión de gases contaminantes por el desplazamiento de los  vehículos de la entidad . 39 Emisión de gases contaminantes por el desplazamiento de los  vehículos de la entidad 40 Consumo irracional de energía 41 Consumo irracional de energía 42 Consumo irracional de energía . Aspecto .43 Todos los Aspectos 44 Utilización de productos quimicos REQUISITOS  DE  OTRA INDOLE No. . AMBIENTALES Y OTROS REQUISITOS Impacto Identificación Tipo Agotamiento de los recursos naturales Constitución política Agotamiento de los recursos naturales  Ley Número 99 . Agotamiento de los recursos naturales  Acuerdo 79 Agotamiento de los recursos naturales  Decreto Ley 2811 . Agotamiento de los recursos naturales  Ley 1151 Agotamiento de los recursos naturales  Ley 388 Agotamiento de los recursos naturales  Decreto 190 . Contaminación suelo Ley 9 Contaminación suelo Ley 1259 Contaminación suelo Ley 1466 . Contaminación suelo Decreto 1713 . Contaminación suelo Decreto 1140 Contaminación suelo Resolución 1511 Contaminación suelo Decreto 2324 . Contaminación suelo Decreto 2324 Contaminación suelo Resolución 1512 Contaminación suelo Resolución 1457 Contaminación suelo Resolución 1297 . Contaminación suelo Resolución 372 Contaminación suelo Resolución 361 Contaminación del suelo por generación de residuos peligrosos Resolución 1754 . Contaminación del suelo por generación de residuos peligrosos Resolución 1754 Contaminación del suelo por escombros Decreto 4741 . Contaminación del suelo por escombros Resolución 541 Contaminación del suelo por escombros Decreto 357 Agotamiento de las fuentes hídricas Decreto 3102 Agotamiento de las fuentes hídricas Decreto 1575 . Agotamiento de las fuentes hídricas Decreto 1575 Contaminación de aguas  por vertimientos Resolución 3957 Contaminación de aguas  por vertimientos Decreto 1594 Contaminación de aguas  por vertimientos Decreto 3930 . Contaminación de aguas  por vertimientos Decreto 4728 Contaminación atmosférica. disminución de la capa de ozono contribución con el calentamiento global Decreto 134 . disminución de la capa de ozono contribución con el calentamiento global Ley 29 .Contaminación atmosférica. disminución de la capa de ozono contribución con el calentamiento global Resolución 2120 Contaminación atmosférica. Agotamiento de los recursos naturales no renovables Decreto 948 Agotamiento de los recursos naturales no renovables Decreto 959 . Agotamiento de los recursos naturales no renovables Decreto 506 Agotamiento de los recursos naturales no renovables Resolución 931 Agotamiento de los recursos naturales no renovables Ley 769 Agotamiento de los recursos naturales no renovables Resolución 160 . Agotamiento de los recursos naturales no renovables Ley 1383 Agotamiento de los recursos naturales no renovables Resolución 18 0606 Agotamiento de los recursos naturales no renovables Decreto 895 Agotamiento de los recursos naturales no renovables Directiva Presidencial 8 . Contaminación de de aguas y suleos Ley 1333 Ley 55 REQUISITOS  DE  OTRA INDOLE Impacto Tipo Norma Técnica Colombiana Identificación Número Año 14001 2004 . Norma Técnica Colombiana 14004 2004 Guía RUC 2011 Norma NFPA 704 2001 .   95 núm.Año Artículo (s) 1991 Arts. 80.  8 2003 Art 1 .  79. 4.2 Titulo 6 Capitu Art 1.10 Titulo V Capitulo 1. 2.7 .2003 1974 Art 1. 2007 Art 6 Numeral 6 1997 Capitulo IV 2004 Art 86 Subtitulo 6 Art 340 . 28 2008 Art.4.24.1979 Art. 6 2011 Art 1 .23. 2002 Art 14,15, 70,72,73 2003 Art 19 modificado por el Art 1 del decreto 1140 de 2010 Capitulo III Art 16 2000 Art 4 2000 Art 4 2010 Capitulo III Art 15 2010 Capitulo III Art 14 2010 Capitulo III Art 16 2009 Art 5 2011 Art 4 2011 Art 8 . 12 .2011 Art 8 2005 Art 10.11. 1994 Art 2 1997 Art 2 1997 Art 2. 6 2007 Art 10 . 2007 Art 10 2009 Art 5 1984 Art 60 2010 Art 28 . 2010 Art 1 2004 Anexo IV Art 1 . 2006 Considerando  1992 Congreso de la República . 63 2000 Art 6.62.1995 Art 49 .8 .61.7. 7.6.2003 Art 4 2008 Art 5.50.52 1996 Art 2 .8 2002 Art 29. 2010 Art 51.53 2008 Art 2 2008 Art 1 2009 Toda .52. . 11 Procedencia Instituto Colombiano de Normas Técnicas ICONTEC Nombre de la Legislación Sistema de gestión Ambiental Descripción del Artículo Especifica los requisitos para un sistema de gestión Ambiental que permita a la organización desarrollar e implementar una política y unos objetivos que tengan en cuenta los requisitos legales y la información sobre los aspectos e impactos ambientales.2009 1993 ión Artículo (s) Todo Part III Art 7 . 8. Es importante para ayudar a mantener el uso seguro de productos químicos.Todo Instituto Colombiano de Normas Técnicas ICONTEC Sistema de Mejoramiento Todo Ambiental Todo Consejo Colombiano de Seguridad Guía del Sistema de Seguridad. utilizado para comunicar los riesgos de los materiales peligrosos. Salud Ocupacional y Ambiente al grupo de contratistas que prestan servicios al Sector Hidrocarburos y otros sectores Todo NATIONAL FIRE PROTECTION ASSOCIATION Sistema estándar para la identificación de los peligros de materiales peligrosos para respuesta ante emergencias La norma NFPA 704 es el código que explica el "diamante de fuego" establecido por la Asociación Nacional de Protección contra el Fuego. . Salud Ocupacional y Ambiente para Contratistas El objetivo de la Guía es brindar información sobre requisitos legales y de gestión para el manejo del sistema de Seguridad. Procedencia .  8 Congreso de la República t1 Congreso de la República .  95 núm. 7 Concejo de Bogotá D.C Congreso de la República .tulo 1.2 Titulo 6 Capitulo 7 1. umeral 6 Congreso de la República ulo IV Congreso de la República ulo 6 Art 340 Alcaldía Distrital . 24. 6 Congreso de la República t1 Congreso de la República . 28 Congreso de la República 4. 70.73 Presidencia de la República .72. 1 del decreto 1140 de 2003 Presidencia de la República Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Comunicaciones . Ministerio de Comunicaciones Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial . Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial Secretaria Distrital del Medio Ambiente  . Secretaria Distrital del Medio Ambiente  Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial . Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial Alcaldía de Bogotá Congreso de la República Presidencia de la República . Presidencia de la República Secretaria Distrital del medio Ambiente Presidencia de la República Presidencia de la República . Presidencia de la República Congreso de la República . Vivienda y Desarrollo Territorial y Ministerio de Comercio.Ministerio de Ambiente. Industria y Turismo Protocolo de Montreal . Ministerio del Medio Ambiente  Alcaldía Mayor de Bogotá. Distrito Capital. . Alcaldía Mayor de Bogotá. Distrito Capital Secretari Distrital de Ambiente Congreso de la República Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente DAMA . Congreso de la República Ministerio de Minas y Energía Ministerio de  Minas y Energía  Presidencia de la República . Congreso de la República Congreso de la República . . Así mismo. deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental. Art. su conservación. restauración o sustitución.  se dictan otras .8 El paisaje  por ser Nacional Ambiental -SINA y patrimonio común deberá ser protegido. conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines. El Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas. imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente. el naturales renovables.Nombre de la Legislación Descripción del Artículo Art. Constitución Política de Colombia Art. Además. 79. Ministerio del Medio Art 1 Numerales  1 El proceso de  desarrollo Ambiente.5 ambiente y los recursos En la utilización de los recursos hídricos. Proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano. se reordena el económico y social se orientara en los  Sector Público encargado principios  universales  y de  desarrollo de la gestión y sostenible contenidos en la declaración de Rio conservación del medio de Janeiro sobre medio ambiente y desarrollo . para garantizar su desarrollo sostenible.  95 Son deberes de la persona y del ciudadano: 8. se consumo humano tendrá prioridad sobre organiza el Sistema cualquier otro uso . Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano.  80. de la vivienda y del lugar de trabajo. 2 numeral 8 Lograr el respeto de los derechos fundamentales. 4 numeral 10 Conservar el ambiente sano y proteger los recursos de la naturaleza.1 Capitulo 2 El agua numeral 1 Art. que son de utilidad pública e interés social. el espacio público.5 art. 84 numeral 2. disposición ordenada y separada de residuos sólidos y demás desechos. .Art. derechos económicos. La preservación y Código Nacional de manejo de los recursos naturales renovables Recursos Naturales también son de utilidad publica y de interés Renovables y de Protección social al Medio Ambiente Art 7 Toda persona tiene derecho a disfrutar de un ambiente sano. olores molestos. Art 10 numeral 8 Acatar las normas ambientales en materia de contaminación auditiva y visual.2. 1 numeral 5 La responsabilidad de todos en la conservación del ambiente. Art. emisión de contaminantes. la seguridad y el patrimonio cultural. contribuir con el aseo del Distrito Capital de Bogotá.  Art. Título V Capitulo I El aire numeral 1. sociales y culturales y de los derechos colectivos y del ambiente.58 numeral 1 Art 59 numeral 2 Titulo 6 Capitulo 8 numeral 1. Art 1 El ambiente es patrimonio común .3 Capitulo 8 Art 85 numeral 1 y 2 para conservar y proteger el ambiente.57.                              Comprende las reglas mínimas que deben respetar y cumplir todas las personas en el Distrito Capital para propender por una sana convivencia ciudadana. El Estado y los particulares deben participar en su preservación y manejo. así como de los demás derechos reconocidos en tratados y convenios internacionales ratificados por el Estado Colombiano. así como la protección de la fauna y la flora. 7. 4. D. Gestión Ambiental y del Riesgo que Promueva el desarrollo sostenible Por la cual se expide el plan nacional de desarrollo  2006-2010. Por la cual se  regalmenta  el uso del suelo Artículo 30º. 2. Área de Actividad Dotacional. contempla 7 Áreas de Actividad. La asignación de usos a los suelos urbano y de expansión.1 Una gestión ambiental que promueva el desarrollo sostenible. Artículo 30º. 3. Al interior de estas clases podrán establecerse las categorías de suburbano y de protección. rural y de expansión urbana. 5. Para efectos metodológicos.Art 6 numeral 5. mediante las cuales se establece la destinación de cada zona en función de la estructura urbana propuesta por el modelo territorial: 1. Articulo 86 Areas protegidas de orden Distrital  Subtitulo 6 Clasificación del suelo.Clases de suelo. Área de Actividad de Comercio y Servicios. Al interior de estas clases podrán establecerse las categorías de suburbano y de protección. . Área de Actividad Residencial..Clases de suelo. de conformidad con los criterios generales establecidos en los artículos siguientes. Los planes de ordenamiento territorial clasificarán el territorio de los municipios y distritos en suelo urbano. rural y de expansión urbana. 5. que conforman el Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá. Áreas de Actividad (artículo 329 del Decreto 619 de 2000). al final de cada artículo se indican las fuentes de las normas distritales compiladas. de Actividad Minera. Artículo 340. C. Urbana Integral.. de Actividad Industrial. Área Área Área Área de Actividad Central. 6. de conformidad con los criterios generales establecidos en los artículos siguientes. Los planes de ordenamiento territorial clasificarán el territorio de los municipios y distritos en suelo urbano. Este decreto compila las normas de los Decretos Distritales 619 de 2000 y 469 de 2003. el ecosistema y la sana convivencia.Son infracciones en contra de las normas ambientales de aseo. Art. previendo la se instauró en el territorio afectación del medio ambiente y la salud nacional la aplicación del pública. del 19 de diciembre de ciudadana.  Art 28 El almacenamiento de basuras deberá hacerse en recipientes o por periodos que impidan la proliferación de insectos o roedores y se eviten la aparición de condiciones que  afecten la estética del lugar. 4 Sujetos pasivos del Comparendo Ambiental. Serán sujetos pasivos del Comparendo Ambiental todas las personas naturales y jurídicas que incurran en faltas contra el medio ambiente. las personas responsables de un recinto o de un espacio público o privado. representantes legales o administradores de todo tipo de local. gerentes. mediante sanciones pedagógicas y Comparendo Ambiental a económicas a todas aquellas personas naturales los infractores de las o jurídicas que infrinjan la normatividad . de instituciones oficiales. educativas. No se podrá efectuar en la vías públicas la separación y clasificación de las basuras. de todo tipo de industria o empresa. conductores o dueños de todo tipo de vehículos desde donde se incurra en alguna o varias de esas faltas mediante la mala disposición o mal manejo de los residuos sólidos o los escombros Art 6 . limpieza y disposición de escombros Art 23.  Art 24  Ningún establecimiento podrá almacenar a  campo abierto o sin protección las  basuras provenientes de sus instalaciones. "por medio de la cual residuos sólidos y escombros.Por la cual se dictan Medidas  Sanitarias. Por medio de la cual se instaura el comparendo ambiental a los infractores de las normas de aseo. dueños. sobre el adecuado manejo de 2008. sean ellos propietarios o arrendatarios de bienes inmuebles. en relación con la centros de selección y acopio. Características de los residuos sólidos para el aprovechamiento. opciones que deben ser identificadas y evaluadas en el prestación del servicio respectivo Plan de Gestión Integral de Residuos público de aseo.15 Así mismo los residuos sólidos que se entreguen para la recolección deben ser presentados de forma tal que evite su contacto con el medio ambiente y con las personas encargadas de la actividad y deben colocarse en los sitios determinados para tal fin. Artículo 1º. El "Por el cual se reglamenta aprovechamiento de residuos sólidos.14 El almacenamiento y presentación de los residuos sólidos son obligación del usuario. Para la reutilización y reciclaje los residuos sólidos deben estar limpios y debidamente separados por tipo de material. Artículo 71. con una  anticipación no mayor a tres (3) horas  a la hora  inicial de recolección establecida para la zona. y el Decreto Ley 2811 de 1974 y Sólidos de cada Municipio o Distrito. Artículo 72. se puede la Ley 142 de 1994. quedará así: . o mediante el uso de 632 de 2000 y la Ley 689 de 2001.Art. Art. Artículo 73. la Ley realizar a partir de la selección en la fuente con recolección selectiva. Selección de residuos sólidos. la Ley 99 de 1993 en relación con la Gestión Integral de Residuos Sólidos". El artículo 19 del Decreto 1713 de 2002. Programa de aprovechamiento. El programa de aprovechamiento de residuos sólidos deberá formularse y desarrollarse en concordancia con el PGIRS. los residuos deben cumplir por lo menos con los siguientes criterios básicos y requerimientos. En las actividades de aprovechamiento. para que los métodos de aprovechamiento se realicen en forma óptima: 1. Sistemas de almacenamiento colectivo de residuos sólidos. La ubicación del sitio no debe causar molestias e impactos a la comunidad. Son obligaciones de los consumidores  a) Retornar o entregra los residuos de bombillas  Por la cual se establecen los a traves de los puntos de recolección o los Sistemas de Recolección mecanismos establecidos por los productores Selectiva y Gestión Ambiental de Residuos de b) Se guir las instruccuones de manejo seguro  Bombillas y se adoptan suministradas por los productores de bombillas  otras disposiciones". Modifica parcialmente el decreto 1713 de 2002 con respecto a unidades de almacenamiento 2. Tendrán sistemas que permitan la ventilación como rejillas o ventanas. 4. Deberán tener una adecuada accesibilidad para los usuarios. cuenten con algunos que no sean requeridos para el cumplimiento de sus funciones. Todo Multiusuario del servicio de aseo. Deberán contar con cajas de almacenamiento de residuos sólidos para realizar su adecuada presentación. Campañas de carácter c) Se parar los residuos de bombillas  de los voluntario residuos solidos domesticos para su entrega en puntos de recolección  o mecanismos equivalentes Por medio del cual se modifica el Decreto 1130 de 1999 y se establecen ARTICULO 4o. Los acabados deberán permitir su fácil limpieza e impedir la formación de ambientes propicios para el desarrollo de microorganismos en general. y de prevención y control de incendios. Serán construidas de manera que se evite el acceso y proliferación de insectos. 3. para decidir sobre su destinación deben considerar la importancia nacional del ."Artículo 19. 5. Las entidades y organismos a los los organismos y entidades que se refiere el artículo 38 de la Ley 489 de que estarán a cargo de la 1998 que efectúen reposición de recursos implantación informáticos o que de conformidad con sus evaluaciones internas. como extintores y suministro cercano de agua y drenaje. 6. deberá tener una unidad de almacenamiento de residuos sólidos que cumpla como mínimo con los siguientes requisitos: 1. roedores y otras clases de vectores e impida el ingreso de animales domésticos. funciones. puntos de recolección  establecidos por los quienes los deberán productores   formular. "Por la cual se establecen los Sistemas de Recolección Selectiva y Gestión Ambiental de Residuos de Computadores y/o Periféricos y se adoptan otras disposiciones". del Programa Programa "Computadores para Educar" y brindar toda su colaboración para el cumplimiento del "Computadores para mismo. Las entidades y organismos a los que se refiere el artículo 38 de la Ley 489 de 1998 que efectúen reposición de recursos informáticos o que de conformidad con sus y desarrollo de los evaluaciones internas. recolección y gestión ambiental de los residuos de pilas y acumuladores b) Seguir las instrucciones de manejo seguro portátiles y se adoptan suministradas por los productores de pilas y/o otras disposiciones". cuenten con algunos que Programas de la Agenda de no sean requeridos para el cumplimiento de sus Conectividad. con el acumuladores fin de prevenir y controlar la c) Separar los residuos de pilas  y/o degradación del medio acumuladores de los residuos sólidos domésticos ambiente. c) Separar los residuos de computadores y/o periféricos de los residuos sólidos domésticos para su entrega en puntos de recolección o Ambiental de llantas usadas mecanismos equivalentes. a) Retornar o entregar los residuos de computadores y/o periféricos a través de los puntos de recolección o los mecanismos equivalentes establecidos por los productores. presentar e implementar.ARTICULO 4o. a cargo de a)Retornar o entregar las llantas usadas en los los productores de llantas. . y se adoptan otras Son obligaciones de los consumidores disposiciones". para decidir sobre su destinación deben considerar la importancia nacional del en especial. para su entrega en puntos de recolección o mecanismos equivalentes. b) Seguir las instrucciones de manejo seguro suministradas por los productores de computadores y/o periféricos. con el b) Seguir las instrucciones de manejo seguro propósito de recolectar las suministrada por los productores de llantas  Llantas Usadas para su aprovechamiento y a) Retornar o entregar los residuos de pilas  y/o acumuladores a través de los puntos de Por el cual se establecen recolección o los mecanismos equivalentes obligaciones para la establecidos por los productores. Educar" y se establecen otras disposiciones para los mismos efectos. Son corresponsables de la Gestión Integral de Por la cual se adopta el Plan Residuos Peligrosos en el Distrito Capital. funciones. establecido por el fabricante o importador. de para la Gestión Integral de acuerdo con sus deberes. todas las personas naturales y . ARTÍCULO PRIMERO. y se adoptan otras disposiciones". c) Apoyar al fabricante e importador y/o a las autoridades en la realización y/o difusión de campañas de información pública sobre el mecanismo para la devolución de los residuos posconsumo de las baterías usadas. derechos. son obligaciones de los distribuidores y comercializadores. Residuos Peligrosos para el competencias. De los consumidores o usuarios finales de baterías plomo ácido. El artículo 4 de la resolución 372 de 2009. y b) Entregar los residuos o desechos peligrosos posconsumo al mecanismo de devolución o retorno que el fabricante o importador establezca. recursos y Distrito Capital" posibilidades. Para efectos de los Planes de Devolución de Productos Posconsumo de Baterías Usadas Plomo Ácido. Para efectos de los Planes de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Baterías Usadas Plomo Acido. b) Informar a los usuarios y consumidores sobre los centros de acopio para la devolución de estos residuos. Artículo 5°."Por la cual se establecen los elementos que deben contener los Planes de Gestión de Devolución de Productos Pos consumó de Baterías Usadas Plomo Acido. De los distribuidores y comercialilzadores de baterías plomo ácido (incluye proveedores o expendedores).Corresponsables de la Gestión Integral de Residuos Peligrosos. ARTÍCULO 6º . quedará así: “Artículo 4. actividades. las siguientes: “Por la cual se modifica la Resolución 372 de 2009” a) Formar parte de los Planes de Gestión de Devolución de Productos Posconsumo de Baterías Usadas Plomo Ácido que establezcan los fabricantes e importadores y participar en la implementación de dichos planes. son obligaciones de los usuarios o consumidores finales las siguientes: a) Seguir los instrucciones de manejo seguro suministradas por el fabricante o importador del producto hasta finalizar su vida útil. generados en el marco de aprovechamiento. de para la Gestión Integral de acuerdo con sus deberes. Residuos Peligrosos para el competencias. actividades. Son corresponsables de la Gestión Integral de Por la cual se adopta el Plan Residuos Peligrosos en el Distrito Capital. La responsabilidad integral del generador subsiste hasta que el residuo o desecho peligroso sea aprovechado como insumo o dispuesto con carácter definitivo. emisiones. productos y subproductos. todas las personas naturales y jurídicas. Art 5 Clasificación de acuerdo al los  anexos I y II Art 7 Pr mediante el cual se puede identificar si un residuo es peligroso a) Con base en el conocimiento técnico c) A través de las listas de residuos o desechos peligrosos contenidas en el anexo I y II  Art 10 A. tratamiento o disposición final la gestión integral. que emitan los respectivos receptores. gestionen o manejen residuos o desechos peligrosos. Subsistencia de la responsabilidad.Corresponsables de la Gestión Integral de Residuos Peligrosos.ARTÍCULO 6º . recursos y Distrito Capital" posibilidades. . por todos los efectos ocasionados a la salud y al ambiente. Responsabilidad del generador. públicas y privadas que generen. funciones. Conservar las o desechos peligrosos certificaciones de almacenamiento. ubicadas en el Distrito Capital. Garantizar la gestión y manejo integral de los residuos o desechos peligrosos que genera                                                                                                                                                  Por el cual se reglamenta             Capacitar al personal encargado de la parcialmente la prevención gestión y el manejo de los residuos o desechos y el manejo de los residuos peligrosos en sus instalaciones  D. derechos. hasta por un tiempo de cinco (5) años  Artículo 11. La responsabilidad se extiende a sus afluentes. El generador es responsable de los residuos o desechos peligrosos que él genere. Artículo 12. sanciones.10 Responsabilidad de los usuarios. Hacer buen uso causen fugas de agua en las instalaciones del servicio de agua potable internas. Art 2. por los de bajo consumo. 2. se tendrán en cuenta además. Art  2o.  Art. transporte. transporte y disposición final de acuerdo con lo establecido en el presente decreto. los equipos. construcción en áreas de espacio público. transporte. consumo humano . disposición final . ocupar. para lo cual. Lavar y desinfectar sus tanques de almacenamiento y redes. Los transporte y disposición generadores y transportadores de escombros y final de escombros y materiales de construcción serán responsables materiales de construcción de su manejo.  almacenamiento y disposición final de escombros Art 2 Por lo cual se regula el cargue y descargue . ayudar a evitar calidad del agua para problemas de salud pública. los siguientes aspectos: 1. Mantener en adecuadas condiciones de operación la acometida y las redes internas Establece el sistema para la domiciliarias para preservar la calidad del agua protección y control de la suministrada y de esta manera.  almacenamiento y disposición final de escombros  en materia de trasnporte . descargar o almacenar escombros y materiales de Regula el manejo. Todo usuario es responsable de mantener en condiciones sanitarias adecuadas las instalaciones de distribución y almacenamiento de agua para consumo humano a nivel intradomiciliario.Por lo cual se regula el cargue y descargue . Establece que es obligación de los usuarios del servicio hacer buen uso del mismo y Obligaciones de los reemplazar aquellos equipos y sistemas que usuarios. almacenamiento  cargue y descargue. y reemplazar aquellos Art 6 Todos los usuarios pertenecientes al sector equipos y sistemas que ificial estan obligados  a reemplazar antes del 01 causen fugas de agua en de julio  de 1999 . como mínimo cada seis (6) meses. tarifas. sistemas  e las instalaciones internas implementos de alto consumo de agua. Esta prohibido arrojar. conjuntos habitacionales. Registro de Vertimientos. . Artículo 5º. Fijación de la norma de vertimiento. Distrital de Ambiente – SDA. Vivienda y Desarrollo Territorial fijará los parámetros y los límites máximos permisibles de los vertimientos a las aguas superficiales. marinas.Libro II del vertimiento. exceptuando los vertimientos de control y manejo de los agua residual doméstica realizados al sistema de vertimientos realizados a la alcantarillado público está obligado a solicitar el red de alcantarillado público registro de sus vertimientos ante la Secretaria en el Distrito Capital". marinas. fábricas de alimentos. como mínimo cada seis (6) meses. los responsables del mantenimiento y conservación locativa. a los sistemas de alcantarillado público y al suelo. Artículo  28. colegios. En edificios públicos y privados. Por el cual se reglamenta parcialmente el Título I de la Ley 9ª de 1979. Todo Por la cual se establece la Usuario que genere vertimientos de aguas norma técnica. hoteles. Usos del agua y residuos líquidos Artículo 60: Se prohibe todo vertimiento de residuos líquidos a las calles. el respectivo permiso de vertimientos. hospitales. Modificado por el art. Decreto Nacional 4728 de 2010 El Ministerio de Ambiente. calzadas y canales o sistemas de alcantarillado para aguas lluvias. cárceles y demás edificaciones que conglomeren individuos. Toda persona natural o jurídica cuya Decreto-ley 2811 de 1974 actividad o servicio genere vertimientos a las en cuanto a usos del agua y aguas superficiales. cuando quiera que existan en forma separada o tengan esta única destinación.Establece el sistema para la protección y control de la calidad del agua para consumo humano 3. deberá residuos líquidos y se dictan solicitar y tramitar ante la autoridad ambiental otras disposiciones. así como el Capítulo II del Título VI Artículo 41. para el residuales. 1. La autoridad sanitaria podrá realizar inspección cuando lo considere pertinente. deberán realizar el lavado y desinfección de los tanques de almacenamiento de agua para consumo humano. o al suelo. Requerimiento de permiso de -Parte III. competente. el 25 de noviembre de 1992. Fijación de la norma de vertimiento. aprobación o adhesión de la Enmienda aprobada en la cuarta reunión de las partes en Copenhague. contados a partir de la fecha de publicación de este decreto. un instrumento de ratificación. Se exceptúan del permiso de vertimiento a los usuarios y/o suscriptores que estén conectados a un sistema de alcantarillado público. Artículo  1°. aprobación o adhesión de la presente Enmienda a menos que haya depositado. Se promulga la "Enmienda del Protocolo de Montreal relativo a las sustancias agotadoras de la capa de ozono aprobada por la novena reunión de las partes". aceptación. Parágrafo 1°.otras disposiciones. suscrita en Montreal el 17 de septiembre de 1997. aceptación. El artículo 28 del Decreto 3930 de 2010 quedará así:   "Artículo 28. a los sistemas permisibles de los de alcantarillado público y al suelo. Vivienda Fijación de los parámetros y y Desarrollo Territorial fijará los parámetros y los límites máximos permisibles de los vertimientos los límites máximos a las aguas superficiales. El Ministerio de Ambiente. a los sistemas de alcantarillado público y al suelo El Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial dentro de los diez (10) meses. marinas. Ningún Estado u organización de integración económica regional podrá depositar un instrumento de ratificación. marinas. expedirá las normas de vertimientos puntuales a aguas superficiales y a los sistemas de alcantarillado público.  vertimientos a las aguas superficiales. . previa o simultáneamente. 45. y se establecen medidas para controlar las importaciones de las sustancias agotadoras de la capa de ozono listadas en el Grupo I del Anexo C del Protocolo de Montreal”. 44. listadas en el Grupo I del Anexo C del Protocolo de Montreal. Los parcialmente. deben contar artículos 41. los emergencia.Que las sustancias hidroclorofluorocarbonadas – HCFC. 43. y el Protocolo ha promovido su utilización como sustancias “Por la cual se prohíbe la alternativas a las sustancias importación de las clorofluorocarbonadas – CFC en los diferentes sustancias agotadoras de la proyectos de reconversión industrial financiados. son calificadas como sustancias de “transición”. los artículos 33. 74. que a partir de enero del año 2016. como es el caso de Colombia. 42. Ruido de plantas eléctricas. Protocolo de Montreal Relativo a sustancias La compañía en el desarrollo de sus procesos no agotadoras de ozono utiliza ninguna sustancia agotadora de la capa Acuerdo ambiental de ozono. multilateral con un régimen de cumplimiento estricto. la Ley 23 de generadores eléctricos de 1973. del Protocolo de Montreal. ARTICULO 49. Por el cual se reglamentan. con silenciadores y sistemas que 48 y . 75 y 76 del Decreto Ley 2811 de 1974. capa de El Protocolo de Montreal establece para los países en desarrollo según el artículo 5. o plantas eléctricas. no se permitirá que el consumo de las sustancias del Grupo I del Anexo C sea superior al reportado para el año ozono listadas en los Grupos II y III del Anexo C 2015. 73. 49 de la Ley 9 de 1979. "Por el cual se compilan los textos del Acuerdo 01 de 1998 y del Acuerdo 12 de Características particulares y condicione para 2000. los propietarios de fuentes fijas y móviles cuyas alarmas de seguridad continúen emitiendo ruido después de treinta (30) minutos de haber sido activadas. como válvulas. ARTICULO 61. reglamentan la publicidad Exterior Visual en el Distrito Capital de Bogotá". en cualquier vehículo destinado a la circulación en control de la contaminación vías públicas. de toda clase de dispositivos o atmosférica y la protección accesorios diseñados para producir ruido. Ley 99 de 1993. . ARTICULO 63. Dispositivos o accesorios generadores de ruido. Prohíbese el uso de resonadores en el escape de gases de cualquier fuente móvil. Uso del silenciador. Quedan prohibidos la instalación y uso. ambulancias y carros de bomberos. Serán sancionados con multas impuestas por las autoridades de policía municipales o distritales. los cuales fijación de la publicidad exterior visual . Sirenas y alarmas. resonadores y pitos adaptados a los sistemas de bajo y de frenos de aire. Prohíbese la circulación de vehículos que no cuenten con sistema de silenciador en correcto estado de funcionamiento. y la permitan el control de los niveles de ruido. ARTICULO 62. tales de la calidad del aire. en relación dentro de los valores establecidos por con la prevención y los estándares correspondientes. Prohíbese el uso de sirenas en vehículos particulares. El uso de sirenas solamente estará autorizado en vehículos policiales o militares. "Por el cual se reglamentan los Acuerdos 01 de 1998 y Define las condiciones para instalar la publicidad 12 de 2000. que transite por el territorio nacional. compilados en exterior visual el Decreto 959 de 2000". CONDICIONES MECÁNICAS Y DE SEGURIDAD. . Los vehículos nuevos se someterán a la primera revisión de gases al cumplir dos (2) Por la cual se reglamentan los niveles permisibles de emisión de contaminantes producidos por las fuentes móviles con motor a gasolina y diesel. Reglamento ARTÍCULO 52. Artículo 2º. el desmonte de elementos de publicidad Procedimiento de registro de la publicidad exterior visual y el exterior visual procedimiento sancionatorio correspondiente en el Distrito Capital" ARTÍCULO  50. el propietario o tenedor del vehículo de placas nacionales o extranjeras. en cantidades o concentraciones superiores a las previstas por las normas de emisión señaladas en la presente Resolución. cada dos años.Se prohíbe la descarga al aire de Monóxido de Carbono (CO). Por razones de seguridad vial y de protección al ambiente. PERIODICIDAD Y COBERTURA DE niveles de emisión LA REVISIÓN DE GASES.. Por la cual se reglamenta el procedimiento para el registro. y partículas. tendrá la obligación de mantenerlo en óptimas Código Nacional de transito condiciones mecánicas y de seguridad. La revisión de gases de vehículos automotores de servicio público se realizará anualmente y los de servicio diferente a éste. terrestre. por parte de cualquier persona que posea u opere una fuente móvil de contaminación del aire. Hidrocarburos (HC). de todas las bombillas eficiente de energía incandescentes por bombillas ahorradoras eléctrica. Verificar apagado de equipos eléctricos. deben someterse anualmente a revisión tecnicomecánica y de emisiones contaminantes. se someterán a dicha revisión cada dos (2) años durante sus primeros seis (6) años contados a Por la cual se reforma la ley partir de la fecha de su matricula. Nacional de Transito Artículo 52. del decreto 895 de Por el cual se modifica y 2008 A. Especificaciones técnicas. utilización o sustitución en los edificios adiciona el Decreto 2331 de cuyos usuarios sean entidades oficiales de 2007 sobre uso racional y cualquier orden. las 769 de 2002 Código motocicletas lo harán anualmente. Apagar luces de los edificios sede de las entidades públicas a partir de las 8 Pm . Ahorro de Energía Con el fin de lograr el objetivo estatal de ahorro de energía se deberá adoptar: Apagar la luz en la dependencias que no se ocupen de manera continua. Encender la iluminación solamente cundo no haya luz natural suficiente. Las fuentes lumínicas usadas en las edificaciones que sean sede de entidades públicas de cualquier orden. Los vehículos nuevos se someterán a la primera revisión tecnicomecánica y de emisiones contaminantes al cumplir dos (2) años contados a partir de su fecha de matrícula. Todos los vehículos automotores. deberán cumplir como mínimo las siguientes especificaciones técnicas.adicionado por el art. Los vehículos de servicio particular. Artículo 2°. específicamente Lámparas Fluorescentes Compactas (LFC) de alta eficiencia. Primera revisión de los vehículos automotores. Por la cual se especifican los requisitos técnicos que deben tener las fuentes lumínicas de alta eficacia usadas en sedes de entidades públicas. Art 1. Revisión periódica de los vehículos.Artículo 51. las de Desarrollo Sostenible y las Unidades Ambientales de los grandes centros urbanos. Vivienda y Desarrollo Territorial.. Art  7o. su peligrosidad. .  adoptados por la 77a. su clasificación. Reunión de la Conferencia General de la O. los establecimientos públicos que trata la Ley 768 de 2002 y la Unidad Administrativa Especial del Sistema de Parques Nacionales Naturales. ART  11. Tranferencia de productos quimicos. 170 y la Recomendación número 177 sobre la Seguridad en la Utilización de los Productos Químicos en el trabajo". su proveedor. las Corporaciones Autónomas Regionales. las medidas de precaución y los procedimientos de emergencia. Los empleadores que utilicen productos químicos peligrosos se les deberán proporcionar fichas de datos de seguridad que contengan información esencial detallada sobre su identificación.T. Fichas de datos de seguridad. 1990 Regula la como es la impocición de infracciones ambientales en los siguientes entes : El Ministerio de Ambiente.I. Todos los productos químicos deberán llevar una marca que permita su identificación Art 8. Etiquetado y Marcado. Por medio de la cual se aprueba el "Convenio No.Por la cual se establece el procedimiento sancionatorio ambiental y se dictan otras disposiciones. Ginebra. .   mensajes  enviados. material didáctico listados de  asistencia  Politica Integral . comportamiento de indicadores  Politica Integral Todos  los Procesos Capacitación y sensibilización cultura ambiental Todos  los Procesos Carteleras.  mensajes  enviados. material didáctico listados de  asistencia .Como se cumple en la Entidad Responsable del Cumplimiento Capacitación y sensibilización cultura ambiental Carteleras. Capacitación y sensibilización cultura ambiental Carteleras. envió de videoclip alusivos al medio ambiente rama de Medio Ambiente Politica  Integral Todos los Procesos Capacitación y sensibilización cultura ambiental Todos los Procesos Carteleras.  mensajes  enviados.  mensajes  enviados. material didáctico listados de  asistencia . comportamiento de indicadores. material didáctico listados de  asistencia . material didáctico listados de  asistencia  Todos los Procesos Certificación uso del suelo Todos los Procesos Certificación uso del suelo Servicios Generales .  mensajes  enviados.Capacitación y sensibilización cultura ambiental Carteleras. puestos de trabajo (cada piso). su almacenamiento se realiza en un lugar cubierto  y en bolsas de colores debidamente cerradas. los residuos en ningun momento son sacados a la calle .  El periodo de almacenamiento de los residuos orgánicos es de dos días evitando la proliferación de  insectos y roedores. Programa de Medio Ambiente Todos los Procesos Residuos (indicadores) PR Manejo de residuos. separadas  por una Todos los Procesos división. Programa de Medio Ambiente Residuos (indicadores) PR Manejo de residuos. Todos los Procesos .La separación de los residuos se realiza en la fuente. acceso cercano a extintor. Debido al tipo de residuos generados no se presenta ni roedores ni vectores. con ventilación. el tiempo de almacenamiento es máximo dos 2 días.   Deposito de almacenamiento de residuos  debidamente .Deposito de almacenamiento de residuos  debidamente aislado. piso lavable. división de residuos. recipiente de  Todos los Procesos almacenamiento temporal. Deposito de almacenamiento de residuos  debidamente aislado, acceso cercano a extintor, con ventilación, división de residuos, piso lavable, recipiente de  Todos los Procesos almacenamiento temporal. Debido al tipo de residuos generados no se presenta ni roedores ni vectores, el tiempo de almacenamiento es máximo dos 2 días. Se solicitara desde la contratación que  el proveedor  cumpla lo establecido en esta Todos los Procesos resolución con una clausula de requisitos legales en Ambiente y S&so Certificación de donación al Programa  Computadores  Servicios Generales para Educar. Certificación de donación al Programa  Computadores  Servicios Generales para Educar. Se solicitara desde la contratación que  el proveedor  cumpla lo establecido en esta Todos los Procesos resolución con una clausula de requisitos legales en Ambiente y S&so Se solicitara desde la contratación con el taller  autorizado se cumpla lo establecido en esta Todos los Procesos resolución con una clausula de requisitos legales en Ambiente y S&so Se solicitara desde la contratación que  el proveedor  cumpla lo establecido en esta Todos los Procesos resolución con una clausula de requisitos legales en Ambiente y S&so Se solicitara desde la contratación que  el proveedor  cumpla lo establecido en esta Todos los Procesos resolución con una clausula de requisitos legales en Ambiente y S&so Llevandolos  a los  centros  de acopio para la Servicios Generales devolución de  estos  insumos Programa de residuos sólidos Capacitación y sensibilización cultura ambiental Todos  los Procesos material didáctico listados de  asistencia  Programa de Medio Ambiente certificaciones de proveedores Gestión Administrativa . Programa de residuos sólidos Capacitación y sensibilización cultura ambiental Carteleras.  mensajes  enviados. material didáctico Todos  los Procesos listados de  asistencia  Programa de Medio Ambiente certificaciones de proveedores.  mensajes  enviados.Carteleras. Manual Ambiental Para Proveedores Todos  los Procesos Campañas de ahorro de agua y mantenimiento de las  instalaciones . inspecciones ambientales.Desde la  contratación se le pide al contratista que disponga los escombros que Gestión Administrativa pudieran salir sean enviados a esconbreras  autorizadas. Todos  los Procesos Certificación de  Mantenimiento del tanque de almacenamiento de agua.  Todos  los Procesos . Certificación de  Mantenimiento del tanque de almacenamiento de agua.  La compañia esta excenta por que sus vertimientos  son domesticos En las instalaciones no se  mezclan las  aguas lluvias con las  del alcantarillado Parágrafo 1°. Se exceptúan del permiso de vertimiento a los usuarios y/o suscriptores que estén conectados a un sistema de alcantarillado público Todos  los Procesos . Reemplazar la nevera en 4 años en espera de legislación por parte del Ministerio del Medio Ambiente Gestión Administrativa . marinas. a los sistemas de alcantarillado público y al suelo. Vivienda y Desarrollo Territorial fije los parámetros y los límites máximos permisibles de los vertimientos a las aguas superficiales.En espera que el Ministerio de Ambiente. La compañia no importa gases que destruyan la capa de ozono Mejoramiento Continuo . Ninguno de nuestros vehiculos tiene sirenas o pinos anormales Administrativa No necesitamos permisos de publicidad dado el tamaño del aviso a la entrada del edificio Administrativa No poseemos avisos de publicidad en el exterior Administrativa No poseemos avisos de publicidad en el exterior Administrativa Control de emisiones  atmosféricas de los vehículos de la entidad certificado de revisión técnico mecánica al día Gestión Administrativa Control de emisiones  atmosféricas de los vehículos de la entidad certificado de revisión técnico mecánica al día Gestión Administrativa Control de emisiones  atmosféricas de los vehículos de la entidad certificado de revisión técnico mecánica al día Gestión Administrativa Revisando que  luminarias cumplan las características Gestión Administrativa técnicas según decreto En la Compañía se utilizan bombillas ahorradoras de energía Todos  los Procesos Apagando las luces a las 8:p.m insistir en ahorro de energía planilla control apagado luz. Todos  los Procesos capacitaci{on al personal de aseo     . fichas de seguridad Todos  los Procesos de cada producto utilizado en labores de aseo.Etiqueteado de los productos  quimicos utilizados en las labores de aseo. . Proceso Todos  los Procesos Todos  los Procesos . Todos los Procesos Todos los Procesos . Todos los Procesos Todos los Procesos Servicios Generales . Mejoramiento Continuo Mejoramiento Continuo Mejoramiento Continuo . Mejoramiento Continuo . Mejoramiento Continúo Mejoramiento Continuo Mejoramiento Continuo . Mejoramiento Continuo Mejoramiento Continuo Mejoramiento Continuo Mejoramiento Continuo . Mejoramiento Continuo Mejoramiento Continuo Mejoramiento Continuo . Mejoramiento Continuo Mejoramiento Continuo . Mejoramiento Continuo Mejoramiento Continuo Mejoramiento Continuo Mejoramiento Continuo . Mejoramiento Continuo . . Mejoramiento Continuo . Mejoramiento Continuo Mejoramiento Continuo . Mejoramiento Continuo Mejoramiento Continuo Proceso de Administración . Proceso de Administración Mejoramiento Continuo Mejoramiento Continuo Mejoramiento Continuo . Mejoramiento Continuo . 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