Marco Normativo Del Sector Construcción peruano

April 3, 2018 | Author: HENRY | Category: European Commission, Water, Drinking Water, Steel, Engineering


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MARCO NORMATIVO DEL SECTORCONSTRUCCIÓN Dirección Eventos de Normalización Nacional de Construcción MISION Y 0BJETIVOS La Dirección Nacional de Construcción es el órgano de línea encargado de proponer lineamientos de política, normas y procedimientos referidos a la construcción de infraestructura, así como a promover el desarrollo, evaluar su aplicación y estimular la iniciativa privada a fin de mejorar las condiciones de infraestructura y, por ende, el nivel de vida de la población. Brindar asistencia técnica a los gobiernos regionales, locales y personas naturales o jurídicas en los asuntos de su competencia, diseñando la metodología adecuada a cada caso. Promover proyectos pilotos con sistemas constructivos no convencionales, orientados a la industria de la construcción de infraestructura. REGLAMENTO NACIONAL DE EDIFICACIONES El DECRETO SUPREMO N° 015-2004-VIVIENDA aprueba el Índice y la Estructura del RNE que contiene las Normas Técnicas para habilitaciones Urbanas y edificación: I GENERALIDADES G.010 Consideraciones básicas G.020 Principios generales G.030 Derechos y responsabilidades G.040 Definiciones G.050 Seguridad durante la construcción II HABILITACIONES URBANAS CONSIDERACIONES GENERALES DE LAS HABILITACIONES GH.010 Alcances y contenido GH.020 Componentes de Diseño Urbano II.1 TIPOS DE HABILITACIONES TH.010 Habilitaciones residenciales TH.020 Habilitaciones comerciales TH.030 Habilitaciones industriales TH.040 Habilitaciones para usos especiales TH.050 Habilitaciones en riberas y laderas TH.060 Reurbanización II.2 COMPONENTES ESTRUCTURALES CE.010 Pavimentos Urbanos CE.020 Estabilización de suelos y taludes CE.030 Obras especiales y complementarias II.3 OBRAS DE SANEAMIENTO OS.010 Captación y conducción de agua para consumo humano OS.020 Plantas de tratamiento de agua para consumo humano OS.030 Almacenamiento de agua para consumo humano OS.040 Estaciones de bombeo de agua para consumo humano OS.050 Redes de distribución de agua para consumo humano OS.060 Drenaje pluvial urbano OS.070 Redes de aguas residuales OS.080 Estaciones de bombeo de aguas residuales OS.090 Plantas de tratamiento de aguas residuales OS.100 Consideraciones básicas de diseño de infraestructura sanitaria II.4 OBRAS DE SUMINISTRO DE ENERGIA Y COMUNICACIONES EC.010 Redes de distribución de energía eléctrica EC.020 Redes de alumbrado público EC.030 Subestaciones eléctricas EC.040 Redes e instalaciones de comunicaciones III EDIFICACIONES CONSIDERACIONES GENERALES DE LAS EDIFICACIONES GE.010 Alcances y contenido GE.020 Componentes y características de los proyectos GE.030 Calidad en la construcción GE.040 Uso y mantenimiento III.1 ARQUITECTURA A.010 Condiciones generales de diseño. A.020 Vivienda A.030 Hospedaje A.040 Educación A.050 Salud A.060 Industria A.070 Comercio A.080 Oficinas A.090 Servicios comunales A.100 Recreación y deportes A.110 Transporte y Comunicaciones A.120 Accesibilidad para personas con discapacidad A.130 Requisitos de seguridad A.140 Bienes culturales inmuebles y zonas monumentales III.2 ESTRUCTURAS E.010 Madera E.020 Cargas E.030 Diseño sismorresistente E.040 Vidrio E.050 Suelos y cimentaciones E.060 Concreto armado E.070 Albañilería E.080 Adobe E.090 Estructuras metálicas III.3 INSTALACIONES SANITARIAS IS.010 Instalaciones sanitarias para edificaciones IS.020 Tanques sépticos III.4 INSTALACIONES ELECTRICAS Y MECÁNICAS EM.010 Instalaciones eléctricas interiores EM.020 Instalaciones de comunicaciones EM.030 Instalaciones de ventilación EM.040 Instalaciones de gas EM.050 Instalaciones de climatización EM.060 Chimeneas y hogares EM.070 Transporte mecánico EM.080 Instalaciones con energía solar EM.090 Instalaciones con energía eólica EM.100 Instalaciones de alto riesgo Decreto Supremo N° 011-2006 del 05 de mayo del 2006, aprueba las 66 normas del Reglamento Nacional de Edificaciones. Asimismo, el Artículo 7° establece la creación de la Comisión Permanente de Actualización del RNE, el cual deberá ser presidido por VIVIENDA y la conformarían las siguientes entidades: VMVU, VMCS, CAPECO, UNI, CIP, CAP, CAL, MUNICIPALIDAD DE LIMA, AMPE; designando asimismo a la DNV como Secretaría Técnica de dicha Comisión.  POSTULADOS DE LAS NORMAS TÉCNICAS En el marco de los postulado, las Normas Técnicas formuladas y/o propuestas por la DNC persigue: - Seguridad - Habitabilidad - Funcionabilidad, y - Protección del medio ambiente METODOLOGIA PARA LA ELABORACION DE NORMAS: Resolución Directoral Nº 029 -2008-VIVIENDA/VMCS-DNC. La metodología establece amplia participación de los sectores público y privado especializados en el tema a normalizar en todas sus etapas, buscando así envolver conocimientos y experiencias en el proceso de elaboración de los proyectos de normas. El proceso comprende seis (6) etapas descritas a seguir:  Identificación de los aspectos a normalizar y levantamiento de la información  Conformación del Comité Técnico de Normalización  Elaboración por el Comité Técnico de Normalización  Consulta a grupo limitado  Consulta amplia  Revisión final  IDENTIFICACIÓN DE LOS ASPECTOS A NORMALIZAR Y LEVANTAMIENTO DE LA INFORMACIÓN Esta etapa esta a cargo de la Dirección de Estudios y Normalización de la Dirección Nacional de Construcción, consiste en: a.-Para proyecto de normas nuevas La identificación de las áreas temáticas o aspectos que por su naturaleza o implicancias en este ámbito requieran ser normados. b.-Para proyecto de modificaciones o actualizaciones La revisión de la norma a modificar o actualizar, la identificación de las debilidades y fortalezas de dicha norma y finalmente de los aspectos que deben ser materia de modificación o actualización  CONFORMACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO DE NORMALIZACIÓN El Comité Técnico de Normalización se constituye a partir de las invitaciones cursadas por la Dirección Nacional de Construcción a las entidades públicas y privadas relacionadas con el tema a normalizar, a propuesta de la Dirección de Estudios y Normalización. El Comité Técnico de Normalización, estará conformado por los especialistas en el tema a normalizar acreditados ante la Dirección Nacional de Construcción por las entidades invitadas a participar.  ELABORACIÓN POR EL COMITÉ TÉCNICO DE NORMALIZACIÓN Con la información alcanzada por la Dirección de Estudios y Normalización, que sustentan los aspectos que deberían modificarse o incluirse en la norma, el Comité Técnico de Normalización analizará cada uno de los aspectos definidos en sesiones llevadas a cabo de conformidad con las Disposiciones para el Funcionamiento de los Comités Técnicos de Normalización, aprobadas con Resolución Directoral No. 017-2008-DNC. Con los aportes de los integrantes del Comité Técnico de Normalización y el resultado de los debates efectuados, se elaborará el PROYECTO DE NORMA – Versión 01, que puesta en conocimiento de todos los miembros, será aprobada y suscrita.  CONSULTA A GRUPO LIMITADO El PROYECTO DE NORMA - versión 01 será enviado a un grupo limitado de personas por una plazo máximo de quince (15) días, para que pueda ser apreciado y recibir contribuciones. Este grupo será compuesto de: • Profesionales que participaron en la etapa de identificación de los aspectos a normalizar y levantamiento de la información. • Entidades y empresas del sector Público y Privado que no participaron del Comité Técnico de Normalización, que por su competencia y ámbito de influencia desarrollan actividades relacionadas con el tema a normalizar. • Consultores y especialistas Las contribuciones recibidas serán apreciadas por la Comisión Técnica de Normalización que decidirá sobre las incorporaciones necesarias. Al final de esta etapa el documento pasará a denominarse PROYECTO DE NORMA - versión 02.  CONSULTA PUBLICA El documento PROYECTO DE NORMA - versión 02 pasará por amplia consulta pública, el documento estará disponible en la Internet, en el sitio Web del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, durante un periodo aproximado de quince (15) días, dando oportunidad a críticas y contribuciones de forma amplia y sin restricciones  REVISION FINAL Agotado el plazo de la consulta pública, será elaborado el texto final del PROYECTO DE NORMA – versión 03 por el Comité Técnico de Normalización y, enseguida, enviado para la apreciación y trámite respectivo al Viceministro de Construcción y Saneamiento (Proyectos de normas nuevas y modificaciones de normas que no sean Normas Técnicas del Reglamento Nacional de Edificaciones) o en su defecto a la Comisión Permanente de Actualización del Reglamento Nacional de Edificaciones según corresponda.  SISTEMAS CONSTRUCTIVOS NO CONVENCIONALES - SCNC Los SCNC son todos aquellos sistemas de edificación que utilizan materiales o sistemas constructivos que no están reglamentados por Normas Nacionales. PROCEDIMIENTO PARA LA APROBACION DE UN SCNC: Para obtener la aprobación de un sistema constructivo no convencional se presentará al SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACIÓN PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCIÓN - SENCICO. La siguiente documentación: Documentación Administrativa:  Solicitud dirigida al Director Ejecutivo Nacional del Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción – SENCICO: Para persona natural: Nombre completo y dirección Para persona jurídica: Copia legalizada y actualizada de la constancia de inscripción de la empresa en los Registros Públicos. Denominación del sistema Constructivo No Convencional. • Comprobante de pago por concepto de derecho de evaluación para aprobación del sistema Documentación Técnica: • Memoria descriptiva general del sistema. • Especificaciones técnicas, constructivas y mecánicas de los materiales del sistema. • Planos del sistema propuesto. • Planos generales a escala 1:50 • Planos detallados de elementos constructivos a escala 1:20 ó 1:25 • Planos de detalles (uniones, empalme u otros. Escala 1:1, 1:2 ó 1:5)  Memoria descriptiva del diseño incluyendo cálculos justificatorios.  Criterios de protección y durabilidad.  Informe de evaluación del sistema firmado por un Ingeniero Civil, incluyendo los certificados de ensayos estructurales otorgados por laboratorios competentes. Todos los documentos técnicos a que se refiere el presente artículo, deberán estar firmados por los profesionales responsables de cada una de las especialidades inherentes al sistema presentado, debiendo aparecer claramente su nombre y número de registro del respectivo colegio, con indicación del capítulo al que pertenece. Evaluación: El SENCICO constituirá una Comisión de Evaluación Técnica, integrada por profesionales de reconocida experiencia en las materias a evaluar. Esta evaluación tendrá las siguientes etapas:  La comisión evaluará la competencia o idoneidad estructural del sistema propuesto, teniendo en cuenta los resultados de los ensayos estructurales que juzgue necesarios para una correcta evaluación.  La Comisión evaluará las condiciones de seguridad contra incendio y riesgos que pudieran derivarse del empleo de materiales inflamables, así como las características de durabilidad. Aprobación: Con el informe del SENCICO, la Dirección Nacional de Construcción, evaluará la propuesta de SCNC y si está conforme lo propondrá a la Alta Dirección del MVCS para su aprobación a través de una Resolución Ministerial. La aprobación se referirá al sistema, cuya autorización de uso se solicita y no a proyectos de construcción específicos que lo empleen, los que serán revisados para su aprobación por la autoridad competente. La vigencia de la aprobación será de diez(10) años a partir de la fecha de aprobación, lo cual deberá figurar en la resolución de aprobación del sistema. El documento de aprobación señalará las condiciones, limitaciones y alcances de autorización de uso. SISTEMAS CONSTRUCTIVOS NO CONVENCIONALES VIGENTES 1) DURABO RESOLUCION MINISTERIAL N° 099-2001-MTC/15.04 del 28 de febrero de 2001 2) VIVIENDAS PANEL CAST RESOLUCION MINISTERIAL N° 152-2002-VIVIENDA, del 06 de Diciembre del 2002 3) VIGUETAS PRETENSADAS FIRTH RESOLUCION MINISTERIAL N° 092-2003-VIVIENDA, del 22 de Abril del 2003. 4) SISTEMA DE CONSTRUCCIÓN EN SECO ETERNIT RESOLUCION MINISTERIAL N° 177-2003-VIVIENDA, del 22 de Agosto del 2003. 5) SIDERCASA RESOLUCION MINISTERIAL N° 102-2004-VIVIENDA, del 20 de Abril del 2004. 6) COFESUD RESOLUCION MINISTERIAL Nº 214-2007-VIVIENDA, del 11 de julio del 2007 7) WALLTECH RESOLUCION MINISTERIAL Nº 231-2009-VIVIENDA, del 21 de agosto del 2009. 8) CIUDAD DE DIOS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 253-2009-VIVIENDA, del 24 de setiembre del 2009. 9) EMMEDUE RESOLUCION MINISTERIAL N° 045-2010-VIVIENDA, del 12 de marzo del 2010 10) SUPERWALL SCNC DESCRIPCION DURABO El sistema consiste en la unión entre sí de paneles prefabricados por puntos distanciados de soldadura eléctrica VIVIENDAS PANEL CAST Los paneles Panelcast, están compuestos por dos placas Superboard, adheridas a una plancha de poliestireno expandido a la cual se le recortan sus bordes VIGUETAS PRETENSADAS FIRTH El sistema esta constituido por viguetas prefabricadas. SISTEMA DE CONSTRUCCION EN El sistema constructivo por paredes SECO ETERNIT conformados por elementos verticales de acero galvanizado con planchas de manufactura industrial con fibrocemento de 8mm de espesor como mínimo hacia la cara exterior y 6mm de espesor como mínimo hacia la cara interior SCNC DESCRIPCION SIDERCASA Está constituido por una estructura en base de perfiles metálicos (columnas y vigas) que se confinan con placas metálicas formando un cerramiento que constituye el sistema estructural. COFESUD El sistema constructivo utiliza paneles termoaislantes. El panel es térmico y estructural, construido con un núcleo de poliestireno expandido y dos placas de madera OSB (Oriented Strand Borrad). WALLTECH Consiste en paneles modulares a base de armaduras verticales y refuerzos horizontales de acero de alta resistencia que forman una retícula estructural, sobre la cual se coloca una malla de metal desplegado. CIUDAD DE DIOS Consiste en una vivienda básica modular de aproximadamente 29.10 m2, compuesto por placas de concreto de espesor 0.032m. El diseño de cada vivienda se estructura en función de las placas pre dimensionadas las mismas que se encuentran debidamente estandarizadas en función del módulo. SCNC DESCRIPCION EMMEDUE (M2) M2 es Sistema Constructivo No Convencional basado en un conjunto de paneles de Polyestireno expandido ondulado, con una armadura adosada en sus caras, constituida por mallas de acero galvanizado de alta resistencia, vinculadas entre sí por conectores de acero electro soldados. SUPERWALL Sistema construido en base a paneles de techo y pared prefabricados, constituidos por dos planchas superboard de 4mm de espesor fabricadas por la empresa Eternit S.A. , en cuyo interior se coloca una celulosa estructurada que le proporcionan rigidez haciendo un espesor total de 4 cm. Los paneles están confinados por un bastidor de madera tipo tornillo, cuya sección transversal es de 1-1/2” x 2-1/2”, el cual va clavado y pegado con cola al panel interior, formándose así un panel estructural de 1.22 m de ancho por 2.44 m de alto y 0.44 m de espesor para las paredes y paneles de 0.61 m de ancho por 2.44 m de largo y 0.44 m de espesor para los techos. Este SCNC se puede aplicar a cualquier tipo de edificación de un piso, modulado a alturas libres de 2.40 m y ambientes mayormente de 2.40 m de ancho. MUCHAS GRACIAS [email protected] Dirección Nacional de Construcción 426-9696 Anexo: 131 www.vivienda.gob.pe
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