MANUALSOBRE DERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS Hecho el Depósito que establece la Ley 11.723 ISBN: 978-987-05-6056-2 aut yec las pro a e to est o ien su agradecim UNR) por haber apoyad nsejo de Investigaciones (CI Secretaria General y al Co ) que ños de la Argentina (ARDA ción de Reducción de Da cia en Aso la dad a uni ce com ade la agr en nual tanto Así mismo con la difusión de este Ma do ran abo col to yec pro e acompaña est usuarios de drogas. de El Centro nal de Rosar s de la Universidad Nacio ade orid to.MANUAL SOBRE DERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS s o t n ie im c e d a r g A star SIDA CEADS quiere manife en Drogadependencias y dos su nza a al Ava eci os esp udi en Est io. de ech n der ció sus duc do Re Programa de gos y daños defendien con la tarea de reducir ries evidencian su compromiso 3 . fesionales involucrados y los general como entre los pro del los miembros del equipo remos agradecer a todos que os e otr ent nos alm eci con o esp y and mu que trabaj También y a los usuarios de drogas ños Da os. ni 5 d r por Silv ia Incha ogadictos. s situa CAPIT ULO 3 Glosario sobre de rechos h 25 por Silv u ia Incha urraga. manos y uso de drogas CAPIT ULO 4 Sondeo de opinió n del im 31 general agin sob tenencia re los usuarios ario social de la de droga p de droga s y la de oblación s por And spenaliz rea Cele para consumo ación de pe ntano y la Silvia In rsonal Anex chaurra o 1 ga Ley de E stupefac ientes 2 37 3. Revisión d emigos. CAPIT por Mar iano Bu ULO 2 farini.737 An exo 2 Declarac ión de A poyo a la 43 de Drog as para Despena C lización onsumo Reducció de la Per n de Dañ os de la sonal de la Asoc Tenencia Argentin iación d e a ARDA Anex o 3 Recome ndación ge 47 consum idores/a neral en materia s de dro d e d iscr gas proh ibidas – iminación a INADI 4 . Los usua rios de d rogas co 1 logica d 5 mo ciud iscu ada como en rsiva basada e n la disc nos.INDICE MANUAL SOBREDERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS PRES ENTA INTRo DUCC CIon 3 ION “Ni falop eros. Ciud adanos” urraga y Gustavo Hurtado CAPIT ULO 1 Derecho s human 7 os y ciud adanía. e riminació por Silv ia Incha n que lo una urraga. MANUAL SOBRE DERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS PRESENTACION “Primero. o y tratado como Este Manual preten de por lo tanto tambié en Argentina esta po n ser un aporte a la lítica. s al sistema de salud mejorar el acceso de y proteger sus derec Así en el marco de hos en tanto ciudada nos. l sistema de salud. capacitación de usua las actividades que vienen implementá ndose en la ciudad rios de drogas como de Ro y derechos humano agentes de salud. uso de drogas preservativos. Una política donde el usuario de acorde con discurso drogas deje definitiv diferente. La general y los profesion misió ales en contacto con a evitar su discrimina n del mismo es defender los derechos de los usuarios de dro ción y los daños qu e ocasionan algunas gas contribuyendo al distanciamiento de lógicas discursivas. co s. la asistencia mo ciudadano an dejar de consum y la reducción de y prácticas sociales ir drogas. en especial en cuan La actual revisión de to la política legislativa de Justicia Anibal Fe en materia de droga rnandez en la Sesió s fue anunciada por el Sr. El presente Manual sobre Derechos Huma viene desarrollando nos y Uso de Drogas el “Programa de Redu surge en el marco de cción de Daños en Us de la ciudad de Rosa l trabajo que uarios de Drogas en rio. n sobre Drogas de posibilitada por la cre Ministro las Naciones Unida ación de un Comité s en marzo del 2008 Asesor revisor de la consenso logrado en . reflexión necesaria para construir hoy Silvia Inchaurraga Directora del Progra ma 5 . como amen s am aza. para consumo en los rente con una políti ca públi usuarios de drogas. ley 23. la Tuberculosis s entina del Fondo Glo y la Malaria. Hacia una constru situación de pobreza cción ciudadana” co de apoyo a la preve n el apoyo inicial de nción y el control de l Proyecto Actividade l VIH/SIDA en la Arg SIDA. centros co uarios munitarios y de salud población beneficiar – este Manual preten de drogas inyectables. “sniff– sobre riesgos y da kits” y equipos de ños. bal de Lucha contra El mismo está a cargo el del Centro de Estud la Universidad Nacio ios Avanzados en Dr nal de Rosario con el aval de la Asociación ogadependencias y SIDA (CEADS) de (ARDA). talleres en ia del Proyecto como de ser una herrami para la comunidad en enta tanto para la la problemática. distribución de nsejerías en VIH/SIDA sario –como material informativo . como enemigo ente de ser percibid . Esto es un hito penalización de la sociales y sanitarios que permite reducir que acarrea la pena los daños subjetivos lización de la tenencia pero debe ser cohe . no dañar” Hipócrates. con derechos. distribución de inyección para los us vecinales. Una po lítica que instaure los ca que reivindique al usuario de droga s co daños para quienes tres pilares de la pre no puedan o no quier vención.737 y tiene la Corte Suprema de su punto clave en el tenencia de drogas para consumo perso Justicia para abandonar en el 2009 la nal. Sus objetivo de Reducción de Da s centrales son reduc ños de la Argentina ir los daños asociad los usuarios de droga os al uso de drogas. MANUAL SOBREDERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS 6 . Se crea un derecho de guerra para ser aplicado a un enemigo. Partirá por lo tanto de explicitar y fundamentar el concepto de ciudadanía y su articulación con los de responsabilidad y libertad individual y colectiva para posteriormente profundizar en los derechos de los usuarios de drogas y en los daños de su vulneración. el tráfico. Presidente de la Asociación de Reducción de Daños de la Argentina. ex Presidente y actual Presidente Honoraria de la Asociación de Reducción de Daños de la Argentina. Detalla aspectos cruciales del fracaso de la Ley 23737 de Estupefacientes y la modalidad de aplicación en nuestro medio. el comercio y el consumo de las sustancias prohibidas debe ser tratado en términos bélicos. 1. Directora del Centro de Estudios Avanzados en Drogadependencias y SIDA (CEADS) de la Universidad Nacional de Rosario. Incluso. ARDA. entre ellas. la de reprimir la tenencia de drogas para consumo personal. ARDA 7 . Ley ésta enmarcada en la política norteamericana de Guerra contra las Drogas que impone la visión. para pasar a ser tratados como enemigos. ciudadanos Silvia Inchaurraga1 y Gustavo Hurtado2 Este Manual sobre Derechos Humanos y Uso de Drogas pretende contribuir a legitimar a los usuarios de drogas en tanto ciudadanos. porque como lo gustaba repetir a un ex Procurador General de la Nación durante la infame década menemista– “cuando un joven fuma un cigarrillo de marihuana en una plaza está poniendo en peligro la seguridad del Estado”. En una guerra. se impulsan legislaciones especiales que no reprimen delitos sino actos supuestamente predelictuales. al enemigo es sabido– se le niegan las garantías y los derechos. Desde su aprobación. responsabilidades y derechos que el resto de los habitantes de la Argentina. Aparecen así varias aberraciones jurídicas. preparatorios. los usuarios de drogas dejaron de ser ciudadanos. de que todo lo relacionado con la producción. con iguales garantías.MANUAL SOBRE DERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS INTRODUCCION ROS NI FALOPE NI DROGADICTOS. 2. al trabajo. la asistencia médica y los servicios sociales necesarios”. La noción de ciudadanía implica que los usuarios de drogas.. dejando de tratar como delincuentes.derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental” y a la “prevención.. poseen obligaciones y también derechos.. Promover los derechos de los usuarios de drogas implica apostar fuertemente por la alternativa de sostener un Estado de derecho con garantías para todos y oponernos a un Estado policíaco con legislaciones excepcionales para los distintos. a la educación. El articulo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos. Estamos en el terreno de los derechos humanos. iniciamos desde el Programa de Reducción de Daños un trabajo de educación e información dirigido a la opinión pública que incluyó el mensaje “Ni faloperos. a la igualdad. usuarios de drogas. como enemigos. 8 .toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure. permite sostener la necesidad de reformular las políticas de drogas en nuestro país. sacar de circulación. a la libertad. locos. También contra ellos las medidas de seguridad. ni más ni menos. a la privacidad. Dada la necesidad de evitar la discriminación de los usuarios de drogas y modificar el imaginario social estigmatizante. así como a su familia.. o hacemos desaparecer las garantías ciudadanas para individualizar a los enemigos. a la dignidad y el honor. en especial. el articulo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice que: “.diseñadas para recaer sobre los que hay que eliminar o.MANUAL SOBREDERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS Raúl Zaffaroni plantea con fuerza esta disyuntiva: o mantenemos las garantías de todos los ciudadanos. ni drogadictos: Ciudadanos” en el marco de la Campaña para mejorar el acceso de los usuarios de drogas al sistema de salud. sean estos los que desde el sistema se califica como terroristas. la salud y el bienestar y en especial la alimentación. por lo menos. El objetivo de esta Campaña podríamos decir que se resume claramente en el mensaje que reivindica al usuario de drogas como ciudadano de derechos y considera esta reivindicación un aspecto clave tanto para su acercamiento al sistema de salud como para el mejor abordaje de las consecuencias perjudiciales del uso de drogas por parte de dicho sistema. Derecho a la salud. como los demás. a los usuarios de drogas. subversivos. tratamiento”. Porque reducir riesgos y daños asociados al uso de drogas incluye reducir los acarreados por el incorrecto abordaje de las agencias del Estado que tienen a su cargo la promoción y protección de los derechos de los usuarios de drogas las utilizan. piqueteros o simplemente pobres. Sociales y Culturales. el vestido. a la propiedad. Para ellos no sólo todo el rigor de la selectividad del sistema penal. En relación al derecho a la salud. El derecho a la privacidad. reconoce el “. para los seleccionados por el sistema como enemigos. MANUAL SOBRE DERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS CAPITULO I s o n a m u h s o h c e r e d y ciudadania Por Mariano Bufarini 9 . por su origen y porque así fue desarrollándose histórica y políticamente se sustenta. 1 lo que años después todas las constituciones del mundo repetirían. Nº 9. Octubre 1998. “Más allá de la soberanía y la ciudadanía: un constitucionalismo global”. religiosas. sobre un principio teórico (o derecho subjetivo) ineludible para su construcción y posterior defensa: el principio de igualdad. como columna más importante. y del otro. tal como se encuentra reflejada en nuestra Constitución Nacional. se origina con la creación de los Estados nacionales europeos a fines del siglo XVI y con el auge inicial de la difusión de los derechos humanos como universales. de la mayoría de los conflictos actuales en las sociedades occidentales. incluyendo la nuestra: “los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. una forma distinta de abordarla podría realizarse desde el punto de vista del deber ser: ¿debe ser la igualdad ciudadana como proclama el Art.. tanto cuando protege como cuando castiga. Este segundo lado de la paradoja conforma para algunos una peligrosa consecuencia para la misma noción de ciudadanía ya que esto llevaría a la disgregación paulatina de esa noción que como sabemos está fuertemente sostenida sobre la unidad. Ya la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789. de hecho. difícil por cierto. considerando a este principio como su base más fuerte.2 Podríamos estipular en este trabajo a esta paradoja como la de la igualdad/diversidad. el “ciudadano” incorpora en su configuración una condición política individual que lo asimila al resto de las personas a través de una herramienta institucional fundamental como la ley.) que se encuentran en veredas opuestas. al conflicto que presenta la paradoja igualdad/diversidad en una comunidad democrática actual deviene esencial para la salud de la misma.. * Profesor de Derecho Penal I de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario. políticas. si no se resuelve de modo positivo. la que sin dudas es la culpable. y más complejo aún. disponía en su Art. ideológicas. 10 . e implica por definición una institución generadora de derechos y obligaciones sobre la base de “un status subjetivo de pertenencia a una comunidad política dada”. Encontrar el antídoto. De esta manera. tal como defienden los escritos multiculturalistas y tal como se deriva también de principios constitucionales?. Entiendo que un ejemplo coyuntural claro de esta disyuntiva se presenta crudamente en Francia y las reiteradas crisis de los barrios periféricos parisinos lideradas por aquellos quienes fueron proclamados como ciudadanos iguales normativamente pero diversos de hecho y que no encuentran lugar en ese Estado desde la ley para la aceptación de su diversidad.1 Esta noción. Isonomía. 6: “ la ley debe ser la misma para todos. Siendo todos los ciudadanos iguales.. 173 2. etc. Ferrajoli Luigi. Antes de comenzar a razonar sobre el principio citado debemos presentar una paradoja.”.. pag. 1. el cada vez más claro reconocimiento que en las sociedades actuales convergen en sus propios ciudadanos.MANUAL SOBREDERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS Derechos Humanos y Ciudadania por Mariano Bufarini* La construcción de la noción de “ciudadanía”. Director del Servicio Penitenciario de la provincia de Santa Fe. 16 de la Constitución Nacional o deben fomentarse y protegerse en esa misma ciudadanía las diferencias. ¿puede compatibilizarse esta oposición?. Asimismo. múltiples racionalidades (culturales.” y agregaba en su Art. además de llevar en su título la noción referida. Esta paradoja enfrenta de un lado la proclamación formal de la igualdad normativa como cimiento de la configuración del ciudadano. por ejemplo.3 Sin embargo. más allá de la belleza literaria de la frase de la cita anterior. Taurus. ya que además de la demostración empírica de in–tolerancia que nos devuelve día a día el espejo de la realidad resulta atacada asimismo en sus propios fundamentos filosóficos. Perdón por la digresión pero no puedo dejar de citar una de las tantas frases atribuidas a Voltaire. ambos sustentados en lo que será definido en este trabajo como el marco normativo consensuado más relevante que posee actualmente nuestra comunidad: la hermenéutica de la Constitución Nacional y los derechos humanos que de ella se derivan. 11 . Dialogos con Jurgen Habermas y Jacques Derrida. Podríamos definir a esta salida como la “hipótesis Habermas”: para el pensador alemán. conociendo nuestra igualdad formal frente a la ley. no existiría esa posibilidad paternalista de la tolerancia porque: “en el interior de una comunidad política cuyos ciudadanos se han otorgado recíprocamente los mismos derechos no hay lugar para una autoridad que pueda fijar unilateralmente los límites de lo que se tolera”4 Y esa imposibilidad de fijar en soledad los límites de la tolerancia se fundamenta en que los juicios de valor sociales utilizados para delimitar se encuentran explicitados y con carácter coercitivo en los principios que se derivan de la Constitución y el catalogo de derechos humanos. Esta tolerancia implica. La Constitución y los derechos humanos aparecen frente a esta interpretación como una herramienta de solución a la paradoja igualdad/diversidad y como revitalizadora de la noción de tolerancia. Sería un acto de “caridad” del poderoso frente al débil. Frente a este lúgubre panorama: ¿cómo entonces podría ser la tolerancia una herramienta de ayuda para resolver la paradoja apuntada?. dentro de los límites de normalidad fijados por él mismo. desde sus inicios como una virtud cristiana. Es una tolerancia “no dialogada”. pag. así entendida.MANUAL SOBRE DERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS Podríamos adelantar dos intentos de hallar respuestas a esta paradoja. mis límites y mis caprichos. sin dudas válido pero a nuestra entender aún demasiado pretencioso. En resumidas cuentas es una tolerancia que desciende verticalmente de arriba hacia abajo. según Habermas. las “desviaciones” de los diferentes o de la minoría. Si te gusta y te adaptas. de lo más certera para poner en palabras la noción de tolerancia: “No estoy de acuerdo con tus ideas. Tus ideas. 4. Giovanna Borradori. Caso contrario. aceptar. 1) El primer intento para enfrentar este conflicto. El meollo de este ataque teórico pasa por explicitar el contenido históricamente paternalista de la noción de tolerancia porque. las pautas que fijan los derechos humanos en una sociedad democrática construidas mediante un proceso previo en el que todos participaran hacen de la tolerancia. tus sueños y tus costumbres serán adecuadas y condicionadas a mis parámetros de normalidad. bienvenido. La Filosofía en una Epoca de terror. respetar y si fuera posible fomentar las diversidades existentes y los juicios de valor que por ellas sobrevienen. un instrumento válido para proteger la noción de 3. implica que alguien considerado superior o en una posición ventajosa de poder aguanta. 74. nada puedo hacer por ti y debes marcharte”. como intenta ser el nuestro. decirle al inmigrante: “te recibo en mi casa pero bajo mis reglas. pero luchare hasta el final para que puedas decirlas”. en un Estado Democrático de Derecho. la tolerancia sufre en estos días continuos embates prácticos y teóricos. ha pasado por apelar a la noción de “tolerancia” como la capacidad intersubjetiva para. De esta forma. ciudadanos sin dudas. Es tan injusto por cierto que al igual lo discriminemos como que al diferente pretendamos igualarlo.MANUAL SOBREDERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS ciudadanía y por consiguiente resolver la paradoja arriba presentada. o más certero aún: ¿en primer lugar quién y en segundo lugar con que criterios. este pomposo principio de igualdad arriba formulado resulta demasiado abstracto e incompleto ya que aún no nos dice lo más importante: no ha definido quienes serán considerados iguales y quienes serán considerados diversos. la igualdad debe contemplar a la diversidad. a la vez. como decíamos más arriba. considerar y respetar las diferencias que pueden existir entre nosotros. en una definición antropológicamente básica. que nos acerca la ley. en ese sentido. Luego de estas elucubraciones que intentaron resumidamente revitalizar la noción de ciudadanía presentando previamente algunas soluciones a la paradoja igualdad/diversidad (oposición ésta que entendemos inserta en el núcleo de esa noción). como cualquier 2) El segundo intento de salida pasa por considerar. no la diversidad. que “tolerancia” vamos a ejercer sobre sus actitudes o elecciones?. como bien ilustró Norberto Bobbio hace años. Nuevamente la Constitución y los derechos humanos aparecen aquí como herramientas útiles para evitar esa discriminación prejuiciosa porque para que una discriminación resulte calificada de ese modo se deben utilizar parámetros infundados o irracionales que serán aquellos que pretendan diferenciar o clasificar a los ciudadanos mediante criterios que ignoren o dejen de lado dolosamente el contenido normativo de los derechos que informa y protege nuestra Constitución Nacional. iguales en ciertas características. distintos al resto de la población?. Si el consumidor. con qué pautas. y a la vez. diversos en otras y esta afirmación no debería ser un problema. ¿afirmamos que son diferentes y en tanto merecen un trato diverso?. En contraposición a estos la “diversidad” es un estado de cosas que no confronta con la igualdad como principio porque en su formulación más clara este principio de igualdad reza así: “se debe tratar a los que están en igualdad de condiciones de igual modo y a los que están en diferentes condiciones en forma diversa”. que en realidad no estamos en la paradoja citada frente a dos términos opuestos: lo contrario de la igualdad es la desigualdad. Lo que intento alegar es que las pautas hermenéuticas que surgen de nuestra Constitución y el balance de derechos que se realiza frente a conflictos entre iguales y diversos deben ser tenidos en cuenta como premisas fuertes a considerar a la hora de imponer criterios de discriminación. encontrar la respuesta correcta a la pregunta formulada arriba deviene ineludible para que no se produzca una de las consecuencias más dañinas para la convivencia en una sociedad: la discriminación prejuiciosa o negativa. La igualdad es un principio a respetar y la desigualdad es un hecho a combatir. vamos a clasificar a los iguales y a los diversos? Si ser ciudadano. Ahora bien. aparece el muelle al que intento arribar pero que lamentablemente se encuentra atascado de preguntas: ¿qué los hace a los consumidores de drogas. que nosotros como ciudadanos somos. es compartir ese conjunto de derechos y obligaciones 12 . ¿Cómo ciudadanos que son. Muy resumidamente podríamos alcanzar un endeble consenso y decir. ¿en qué radica su diversidad?. le pega a la siempre políticamente útil proclama de “guerra contra las drogas”. ¿el criterio de razonabilidad para discriminar será que la opción penal soluciona el problema del consumo?. no pueden aceptarse utilizaciones de la noción histórica de tolerancia como el acto de gracia que el dueño de la moral del momento concede. el que no puede avasallar lo que son los derechos humanos más importantes de sus miembros como la intimidad o la libertad.¿Algo de razón tendrá Michael Foucault y ese saber difuso frente al consumidor legitima y alimenta ese ejercicio infundado de poder? Como no quiero abrumar al lector y que me odie por no decir nada y preguntar mucho voy a detenerme aquí aunque las preguntas podrían multiplicarse. apoyada en estudios serios y estadísticas más que fundamentadas. a la privacidad. existe en la sociedad un saber no reflexivo. de lo que intenta ser un Estado democrático. Disculpen ustedes pero en mi perplejidad frente al asunto me siguen acorralando las preguntas: ¿porqué. En su diversidad. ¿porqué a unos intenta “ayudarlos o contenerlos” el sistema de salud y a los otros les “pega” el sistema penal?. hasta donde el diverso puede llegar 13 . En ese sentido. Esta inquisición permanente sobre el tema que nos ocupa encuentra fácilmente su lugar gracias a los groseros agujeros que aparecen en la liviana y prejuiciosa argumentación corriente respecto al tema drogas. ¿No forman parte estas discriminaciones de la versión histórica y criticada de la tolerancia como el límite impuesto desde arriba al presunto “desviado”?. entre otros. ¿No se retroalimentan y terminan formando un circulo vicioso. debería pasar por desarrollar la cuestión del consumidor de drogas como aquel “con y en” pleno ejercicio de derechos cuyo status político de ciudadano se encuentra inmerso en la presunta oposición igualdad/diversidad pero con una mirada que obtenga lo mejor de las dos soluciones arriba presentadas. a la salud y a la libertad?. está inmerso en la paradoja igualdad/ diversidad: ¿qué parte respetaremos como igual y que parte como diversa?.MANUAL SOBRE DERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS ciudadano. marcando la cancha. en las eternas dudas que generan sus soluciones legislativas. Pensando en voz alta: ¿bajo que criterios el Estado discrimina y se etiqueta a un consumidor de alcohol y su abuso como un problema de salud y por el contrario a un consumidor de marihuana como un delincuente?. Recordemos que son esos mismos derechos los que de manera autoreferencial definen a ese Estado como democrático. y por el otro la respuesta legislativa demagógica de incluir al consumidor en el catalogo del Código Penal?. ¿pueden pasar esos criterios por un “test de constitucionalidad” frente a un catalogo de derechos que incluya. La continuación de este trabajo. es un poco igual y un poco diverso: su igualdad aparece reflejada en los textos normativos en su condición de participante. ¿y bajo que criterios?. por un lado la moral puritana del buen ciudadano medio que pretende limitar al diferente y tolerar “hasta ahí”. al decir de Habermas. como todos. que no se formulará aquí por razones de brevedad pero que sí se insinuará. y en el cachetazo diario que la realidad descarnada. el consumidor. ¿cómo se crea ese imaginario?. además de la discriminación que realizan los legisladores en el momento de la criminalización primaria para tipificar el consumo de estupefacientes. un “imaginario social” que acompaña y legitima esta discriminación inicial?. la cual también está protegida constitucionalmente. Comentada y Concordada. M. aún reconociendo la dosis de utopismo que pueda conllevar. Nº 9. Buenos Aires. Bibliografía – Borradori G. Constitución de la Nación Argentina. La Ley. no los prejuicios banales e infundados habituales. Por el contrario debe propenderse... 2004 – Collo P... 3ed. 2001 – Ferrajoli L. sino el contenido material que se deriva de la práctica histórica de los derechos humanos insertos en nuestra Constitución Nacional. al que se llega con el diálogo de todos los ciudadanos teniendo como norte. Octubre 1998. – Gelli. Revista de Filosofía del Derecho Isonomía.MANUAL SOBREDERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS porque más allá están los límites intolerables de la “anormalidad”. Diálogos con Jurgen Habermas y Jacques Derrida. 2006 14 . “Más allá de la soberanía y la ciudadanía: un constitucionalismo global”. Diccionario de la Tolerancia. a defender su diversidad mediante la hipótesis habermasiana de la noción de tolerancia por la cual los límites se fijan no por imposición sino por consenso. esa misma que nos configura e intenta hacer un equilibrio difícil pero constante entre nuestra igualdad y nuestra diversidad. La Filosofía en una Época de terror.. Taurus. Ed. Bogotá. Norma. MANUAL SOBRE DERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS Imagen del material informativo “Si te das. hacela bien” elaborado y distribuido por la Asociacion de Reducción de Daños de la Argentina. (2000-2004) 15 . ARDA. en el marco del Programa de Reducción de Daños en Asentamientos Urbanos Irregulares de la ciudad de Buenos Aires. Rosario y Córdoba. MANUAL SOBREDERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS 16 . MANUAL SOBRE DERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS CAPITULO II Los usuarios de drogas como ciudadanos. ex Presidente y actual Presidente Honoraria de la Asociación de Reducción de Daños de la Argentina. ARDA. 17 . Revision de una logica discursiva basada en la discriminacion que los situa como enemigos Por Silvia Inchaurraga Directora del Centro de Estudios Avanzados en Drogadependencias y SIDA (CEADS) de la Universidad Nacional de Rosario. “Decile No a la Droga”. dominar. los pobres. La figura del ciudadano como sujeto de derechos se establece a partir del reconocimiento de garantías civiles. Así se vuelven “ciudadanos sin derechos”. dependen de ellas o son adictos a las mismas para pasar a convertirse en “drogadictos”. Así en la última década en Argentina asistimos a una naturalización de las prácticas de segregación social. Para excluir al otro es necesario convertirlo en un “extraño”. “La Droga es tu enemigo”. de solidaridad tiene como contracara el exceso de prácticas que vulneran derechos e inhabilitan el ejercicio de la plena ciudadanía * Directora del Centro de Estudios Avanzados en Drogadependencias y SIDA /CEADS) de la Universidad Nacional de Rosario. “La Droga mata”. “viciosos” y así se encadenan una serie de representaciones sociales que asocian drogadicción con delincuencia y delincuencia con violencia. El Estado de Bienestar instaura la ciudadanía social. de proyectos colectivos. los desiguales. que pasa a ser por lo tanto necesario de domesticar.MANUAL SOBREDERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS Los usuarios de drogas como ciudadanos. a la difusión de discursos que legitiman la existencia de “ciudadanos de segunda” y a una mayor visibilidad del deterioro de los lazos sociales y las políticas sociales de integración lo que genera a su vez más exclusión y discriminación. Presidente Honoraria y Ex Presidente de la Asociación de Reducción de Daños de la Argentina (ARDA) Miembro del Comité Ejecutivo de la Red Latinoamericana para la Reforma de las Políticas de Drogas (REFORMA) 18 . controlar. Sin embargo a partir de la Globalización pierden legitimidad las instituciones que contribuyen a la integración. asegurando los derechos sociales. Para esto también desde lo social se instauran discursos y prácticas que –desde una lógica de buenas intenciones– tratan como “diferentes” a quienes consumen. La falta de ideales. perdiendo de esta manera derechos a partir de perder el “derecho a la igualdad de derechos”. Es así que para controlar a quienes se drogan y controlar las drogas. Los excluídos y discriminados son así quienes se vuelven “los diferentes”. “faloperos”. inserción y socialización de las personas en general. estigmatizados. arraigándose las más diversas formas de exclusión y discriminación –especialmente de los más vulnerables– y desdibujándose la ciudadanía. La discriminación toma mayor virulencia con los más desfavorecidos. Revision de una logica discursiva basada en la discriminacion que los situa como enemigos por Silvia Inchaurraga* Introducción En este modelo los usuarios de drogas dejan de ser ciudadanos que usan drogas. Contra ellos se instaura una inverosímil lógica bélica desde el discurso hegemónico y las instituciones sociales y de salud. excluidos. los ya excluidos. el Estado puede involucrarse en la privacidad de las personas que las consumen lo que se logra tanto al castigarlas con pena de prisión como al obligarlas a “rehabilitarse”. “peligroso”. abusan o dependen de ciertos objetos inanimados llamados drogas. Ver “La DEA admite industrialización de la coca” en Boletín Internacional número 6. a las minorías étnicas (los negros especialmente en EE. el que viene de otra parte. La pregunta es si esto da garántias de que el usuario de drogas no siga siendo percibido como enemigo/amenaza y en tanto tal sino expuesto a los daños de la ley que penaliza la tenencia para el consumo personal si expuesto a los daños de la aplicación de la ley por parte de la policía que puede seguir deteniendo a quienes visualiza como amenazas a lo social o de las representaciones sociales que siguen situándolo como enemigo. Rosario. El usuario de drogas como enemigo/amenaza Para pensar esta lógica del enemigo/amenaza/ diferente en relación a las drogas puede sernos de utilidad también el concepto de Michel Foucault de “racismo de Estado” que el autor explica a través del poder de soberanía y el poder sobre la vida definido como “el derecho de hacer morir o dejar vivir”. Recordemos que la Coca Cola usa el extracto de coca desde 1886. Jacques Lacan para explicar la segregación dirá que se trata de la intolerancia ante el goce del otro. “Drogas. se nos evidencia cómo las leyes sirven para perseguir a los excluidos. La historia de las drogas tiene desde la Antigüedad El prohibicionismo define la política de tolerancia cero frente a la producción. los extranjeros en Europa y América Latina). Madrid 1989 4. políticas prohibicionistas y daños: La disyuntiva de legalizar consumos. siendo el racismo “el modo en que. Dice el periodista francés Guy Sorman en su libro “Esperando a los bárbaros” que en la Guerra contra la Droga. 182–183. sino el extranjero. El enemigo más que el extranjero es simplemente el peligroso. se introduce una separación. el que amenaza el orden social. 1. la que se da entre lo que debe vivir y lo que debe morir 2. Así. de otro estrato social. 6. 186. Tomo III.MANUAL SOBRE DERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS La logica del prohibicionismo y sus raices en los sentimientos racistas. No obstante en algunos países la mentalidad prohibicionista no avanza sobre el consumo al no involucrarse el Estado en actos privados como el de consumir.” El opio era identificado con los chinos que llegaron a EE.UU. Bs. o autocultivar para consumir. Historia general de las drogas. venta y consumo de las sustancias prohibidas. entre 1850 y 1860 y se convirtieron en importante mano de obra barata.5. FOUCAULT M. tener para consumir. 1999. 2. Dice Foucault que “lo que permitió la inscripción del racismo en los mecanismos del Estado fue justamente la emergencia del biopoder”. 3..UU. en el ámbito de la vida que el poder tomó bajo su gestión. especialmente a los pobres. de otro país. 2003. Cochabamba octubre 1994. Genealogía del racismo. pág.UU.1 Un factor clave en la genealogía del prohibicionismo son los sentimientos racistas ante algunas minorías identificadas con los vicios. la cocaína era sinónimo de los negros del sur representados con la imagen que nos brinda Escohotado3 del negro intoxicado entre otras cosas con una bebida fabricada en Atlanta y llamada Coca Cola4 y la marihuana con los mexicanos. junto con su influencia y poderío. pág. a los jóvenes. página 27. Altamira. SALAZAR A. 19 . INCHAURRAGA S. En la última década se ha difundido el uso de plantas prohibidas con fines industriales. Posteriormente la lógica prohibicionista atraviesa las fronteras de EE. ESCOHOTADO A. Pág. Ed Alianza. define también la política de Guerra a las Drogas y a los consumidores. As. drogas o mentiras” en Las drogas entre el fracaso y los daños de la prohibición Ed CEADS–UNR/ARDA. el enemigo no es la droga. Pero es posiblemente la Cruzada norteamericana del siglo XX contra las drogas y los excluidos/inmigrantes asociados a ella el analizador más claro6. Tótem y Tabu. pagina 22. Op. Bs As 1987. de la salud pública. desde la prohibición de los ritos paganos por parte de las religiones monoteístas con pánico frente a toda creencia distinta a su verdad absoluta. Manantial. los usuarios de drogas y los abordajes alternativos a la abstinencia y el prohibicionismo son demonizados. Lo diferente como lo otro. el 44% de los detenidos por tenencia simple y el 57% de los detenidos por tráfico lo son. 7. 6. La política criminal de “tolerancia cero” que es propiciada desde el Estado en la era de la Prohibición. Los procesos de segregación aparecen a partir de la universalización introducida por la ciencia en las agrupaciones9. La “seguridad” se la vincula con la certeza que La logica de la discriminacion. Son así desde el Estado y desde la lógica dominante que prohibe y discrimina ratificados en el lugar de “adictos”. electricidad que Freud situaba en “Tótem y Tabu”8 como potenciales causantes del contagio.UU. 8. Los usuarios de drogas en tanto “diferentes” son amenazadores. –que se enlaza con el concepto de “seguridad”. Recordemos que addictum en tiempos de la República Romana designaba a aquel que se convertía en esclavo por carecer de otros bienes más que su cuerpo para sustraerse del compromiso contraído. de la seguridad ciudadana. A manera de mecanismos de defensa colectivos la sociedad busca alejar a los elementos considerados amenazadores. tiene entre sus destinatarios preferidos a los usuarios de drogas. en el sentido reduccionista–. Esto puede ser entendido a partir del estudio que Jacques Lacan realiza del nazismo en la Proposición del 9 de octubre de 1967. También la contracultura hippie en la década del 60 asociada al uso de alucinógenos aparece asociada al endurecimiento de la política prohibicionista7. son negros. lo desconocido se vuelve peligroso en el imaginario colectivo. Cit. A partir de esto y por su relación con las sustancias prohibidas pierden su estatus de ciudadanos. La discriminación se avala justamente en la exclusión disfrazada de diferencia. Así las drogas. Según datos del NIDA. a quienes se visualiza como aquéllos que alteran el orden público y perpetran delitos. al modo de los objetos cargados de 5. En “Momentos cruciales de la experiencia analítica” Ed. La discriminación racial hacia los inmigrantes mexicanos consumidores de marihuana.. El usuario de drogas como diferente La lógica de la discriminación se enlaza con la lógica prohibicionista a partir del miedo a lo diferente. FREUD S. Amenazadores del orden establecido.MANUAL SOBREDERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS más ejemplos de esto. 20 . Ed. National Institute of Drug Abuse aunque sólo el 12% de los usuarios de drogas ilegales en EE. ESCOHOTADO A. de los chinos consumidores de opio y de los afroamericanos consumidores de cocaína lo representan. Dan visibilidad al temor de la clase dominante y su intento de preservación de un orden y una moral. Amorrortu Tomo XIII 1912 Buenos Aires 9. Recordemos que Richard Nixon en plena Guerra de Vietnam dijo que “El abuso de drogas es el enemigo número 1 de América”. ni el Estado podemos emplear medidas coercitivas”. para evitar que las personas hagan elecciones imprudentes o que sepamos equivocadas pero que “ni nosotros. Rosario. 12. Recordemos que también la Corte Suprema falló en este sentido en el año 1986 en el resonado caso Bazterrica– Capalvo despenalizando la tenencia para consumo personal que posteriormente volvió a ser penalizada en el año 1990 cuando esta jurisprudencia fue interrumpida al considerarse la penalización de la tenencia para consumo (articulo 14. Ver INCHAURRAGA S. pág. 10 Ahora bien. 176. 2003. 21 . dar incentivos etc. Efectivamente y si bien el Estado o sus miembros pueden querer evitar las elecciones arriesgadas. segundo párrafo) constitucional y así la tenencia para consumo punible. esta es la forma en la que el poder busca consenso para una “falsa solución”. la prohibición ha estado más sujetada a condicionantes morales. no deberían poder usar la coerción y el castigo para ello. Desde sus orígenes. Porque para que los usuarios de drogas y drogadependientes –a los que se dice querer proteger– puedan volver a ser considerados como ciudadanos es necesario que dejen de ser percibidos como “ciudadanos de segunda” y tratados como amenazas o enemigos. debe también ser un efecto de una nueva política pública y de nuevas modalidades de inserción social y de respeto al semejante que consume drogas. situando como excepción que sólo podemos prevenir que ejecuten sus acciones las personas demasiado jóvenes (menores) o demasiado locas. Específicamente. “Libertad y drogas” en Moralidad. políticos y económicos que a la 10. México 2000. Compiladora “Las drogas entre el fracaso y los daños de la penalización. 11. basada en la escalada represiva. Ver MOORE M. legalidad y drogas. Antes y después de la despenalización de la tenencia para consumo personal Es conocida la carencia de fundamentos científicos de los Convenciones Internacionales sobre Estupefacientes. en Argentina ya hemos fundamentado ampliamente en la última década11 el fracaso de las leyes represivas y hemos logrado finalmente el consenso necesario en la Corte Suprema de la Nación para que el año 2009 se recuerde como año de la despenalización de la tenencia para consumo personal12. No obstante sigue siendo necesario el proceso de modificación de representaciones sociales asociadas al usuario de drogas que si bien subyace a los fundamentos de la modificación de la ley 23737. halagar. se la relaciona con la confianza de que ciertos bienes jurídicos. DE GREIFF P. manipular. DE GREIFF G. pág 107–177. ¿No existe acaso un derecho básico a la libertad?. Las políticas públicas y la lógica discursiva dominante. La prohibición de las drogas y particularmente de su consumo pero también la discriminación y exclusión de los usuarios de drogas a veces disfrazada de ayuda y tratamiento interpelan a los derechos individuales. como la propiedad y la vida no están expuestos al riesgo de ser lesionados. religiosos. Fondo de Cultura Económica.MANUAL SOBRE DERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS debe tener la población de que no será afectada por el comportamiento delictivo. El autor es muy claro al respecto sobre las posibilidades de intentar persuadir. destructivas o incluso equivocadas de las personas. ¿Las elecciones de las personas no están acaso protegidas por este derecho básico a la libertad que ni el Estado ni nadie puede impedir?. Nuevas perspectivas en el debate despenalización–legalización” CEADS–UNR / ARDA. Este hacer lo que se sabe bueno para el otro ha justificado incluso grandes atrocidades como lo demuestra la historia de la humanidad desde el discurso del nazismo hasta el de las dictaduras militares en especial en los escenarios latinoamericanos. quieren tu bien y si te castigan o encierran –incluso para tratamiento– lo hacen por tu bien. castigados para que no reincidan y/o medicalizados para ser domesticados. 193. Condiciones de desinformación. La droga es mala. Si la causa del problema es la droga. por eso su producción. Rosario. y con ella a los que la consumen que deben ser aislados para que no contagien su mal. es la que Lacan definió como posición del canalla. Esta posición. S. Ni hasta qué punto las condiciones en que las personas consumen drogas las expone incluso en ocasiones a mayores riesgos y daños que los que pueden causar las drogas. venta y consumo debe estar prohibida. 25 de junio de 2001)”. estigmatización.. Cómo garantizar políticas sociales que aborden la pobreza y la desigualdad y políticas de drogas que no busquen rehabilitar. realizada en Nueva York el 25 de junio de 2001. pobreza. se apoya en cuatro argumentos que fueron soporte de la ley 23. ilegalidad.737 y sus defensores y son hoy los “caballitos de batalla” de quienes se oponen a la reforma legislativa propuesta: observancia de rigurosos estudios científicos que la validaran. Los prohibicionistas. No podemos desconocer que más del 22 % de la población mundial con VIH/SIDA se inyecta drogas. pág. encierro. y se autoriza en eso para cometer cualquier acto. 2002. En esta línea argumental estuvo sustentada mi intervención en representación de la Red Latinoamericana de Reducción de Daños en oportunidad de la Sesión Especial sobre SIDA de la Asamblea de las Naciones Unidas. Experiencia de Reducción de Daños en Argentina. S. desigualdad. Muchas son las voces que vienen denunciando desde hace muchos años que la prohibición entraña de por sí una gravísima violación a los derechos humanos. Edición de CEADS–UNR y ARDA. Se sitúa el eje de la cuestión en la sustancia a la que se demoniza y persigue. son buenos. “Disertación en representación de la Red Latinoamericana de Reducción de Daños (RELARD) en la Sesión Especial de SIDA de la Asamblea de las Naciones Unidas – UNGASS (New York. En INCHAURRAGA. 2) El argumento bélico: La “maldita” droga es la causa de la drogadependencia. educar o reeducar a los usuarios o dependientes sino garantizarles el acceso a la información necesaria para que reduzcan los riesgos asociados a su consumo y el acceso al sistema de salud que debe ser una posibilidad para él (y no una obligación) así 1) El argumento maniqueo.” 13 La cuestión es cómo lograr una nueva imagen del usuario de drogas que permita otras formas de comunicación con él. “si coincidimos en que el respeto a los derechos humanos reduce la vulnerabilidad al VIH/SIDA. 22 . y otros en Drogas: haciendo posible lo imposible.MANUAL SOBREDERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS como las instituciones públicas y gratuitas deben ser una responsabilidad del Estado. criminalización. el Estado que sostiene esta prohibición. en la abstinencia y en la 13. no podemos desconocer a los usuarios de drogas y cómo el VIH/SIDA los afecta. Las lógica discursiva del usuario de drogas como amenaza / enemigo diseminada en lo social.. INCHAURRAGA. del que sabe lo que es bueno para el otro. . 4) El argumento sin argumento. Se asocia arbitrariamente droga–delito–inseguridad. falta de acceso al sistema de salud para recibir atención en casos de sobredosis etc. el conocimiento y el capital para fabricar y distribuir cigarrillos de marihuana” en Baradero te informa 5/1/2009. pero además. El SIDA en la cultura.MANUAL SOBRE DERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS no permite ni evitar. Rosario. Ver también “Despenalizar el uso de drogas no es progresista” Revista Hablamos. 3) El argumento de la “seguridad ciudadana”: Los drogadependientes son delincuentes. Homo Sapiens. el derecho a ser considerado como tal.. El consumo ha ido aumentando paulatinamente a lo ancho y largo del planeta. 1997 15. La prohibición es necesaria.. INCHAURRAGA S. 23 . El debate sobre la despenalización ha sido siempre tergiversado especialmente por los responsables de las políticas de drogas en Argentina. 2008. encubriéndose la dimensión de la responsabilidad. lucha contra la droga se sitúa la solución. Entre otros enunciados bizarros ha dicho “Objetivamente quienes proponen despenalizar la marihuana para consumo personal le estan abriendo las puertas de par en par a las tabacaleras. Sin embargo los consumidores de drogas. Las declaraciones del Titular de la Secretaria de Drogas SEDRONAR Dr Jose´Granero en el periódo 2007–2009 abundan en confusiones entre despenalización y legalización. Este es su primer derecho.. encarcelado. que tienen la estructura. Recordemos que el concepto de ciudadanía se apoya en la responsabilidad y en la libertad individual y colectiva. Sin embargo varias décadas de prohibicionismo han dejado sobrada evidencia de que la prohibición 14. 15 Se escucha “legalizar es abrir las puertas a la droga”.) la responsable de las conductas de riesgo o arriesgadas de un sujeto. alcohol. En el discurso hegemónico el consumo de drogas independientemente de su vía de administración se ha constituido en conducta de riesgo en sí misma. Este discurso se sostiene en el imaginario de que es la droga (cualquiera sea: cocaína. “es igual a que se venda droga a nuestros hijos en las escuelas”. falta de medios para prevenir problemas asociados como jeringas estériles para evitar la transmisión del VIH/SIDA o Hepatitis. riesgo de ser víctima de abuso de fuerza policial. las drogas se han ido diversificando. y en el marco de la ley 23737 riesgo de ser detenido. son también ciudadanos y este concepto define los alcances de políticas alternativas. no obstante los argumentos anteriores. “desencadenante de actos suicidas”.14 No hay ciudadanos con derechos y obligaciones sino drogas y personas que por consumirlas delinquen. y la injerencia de los Tratados internacionales en las leyes nacionales de drogas en lo que respecta a la tenencia y el consumo. perfeccionando y también abaratando en gran medida como efecto de la prohibición que por ejemplo ha hecho nacer drogas tanto más tóxicas como más baratas para reemplazar a la cocaína: la pasta base y el crack. “determinante de conductas promiscuas”. es “aumentar el consumo”. marihuana. Estos argumentos así como la lógica discursiva basada en el prohibicionismo y la discriminación legitiman la disminución de los derechos de las personas que consumen drogas. “es permitir que empiecen fumando marihuana y terminen inyectándose cocaína”. ni reducir ni tan siquiera controlar el consumo. “potenciadora de conductas delictivas y tendencias autodestructivas”. Y los consumidores así como los pequeños distribuidores–consumidores se han ido multiplicando como así los problemas a enfrentar: falta de información sobre las drogas que se consumen.. para ello ha influido sin duda el hecho de que las políticas de salud han sido en su mayoría mas permeables a este modelo a causa de la gran preocupación por el impacto del VIH SIDA. han limitado la posibilidad de ofrecer alternativas a los consumidores crónicos”. reconoce el “. Esta política tiene por objetivo reducir los daños relacionados con las drogas. el vestido. así como a su familia. Luego de un análisis crítico de la lógica prohibicionista y los efectos dañinos de la exclusión. El articulo 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos. a la propiedad. ni más ni menos. tratamiento”. pero también a causa de que muchas organizaciones que dependen del Estado han intentado circunscribirse a una lectura “políticamente correcta” del modelo. como los demás. al privacidad. Sociales y Culturales.derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental” y a la “prevención. el articulo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos dice que: “. segregación y estigmatización podemos plantear desde el modelo de reducción de daños el concepto del usuario de drogas como ciudadano. El campo de la reducción de daños para muchos se circunscribe al campo de la salud. inspirada en la Resolución de Frankfurt dice: “Las políticas sobre drogas que han buscado solucionar el problema por medio de la represión y la moralidad. la salud y el bienestar y en especial la alimentación. poseen obligaciones y también derechos.. Antecedentes de esta perspectiva pueden situarse ya en 1986 en una formulación de la Organización Mundial de la Salud: “no debe permitirse que las políticas dirigidas a la reducción del uso de drogas interfieran las medidas contra la transmisión del SIDA”. La reducción de daños define una política pública en relación a la salud y a lo social que es relativamente nueva y que ha tomado fuerza fundamentalmente a raíz de la alta incidencia de la transmisión del VIH/SIDA en los usuarios de drogas por vía inyectable. En relación al derecho a la salud. Debemos tener presente que tanto para la salud individual como para la salud pública hay daños y peligros mayores que el uso de drogas.toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure.MANUAL SOBREDERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS Políticas incluyentes que reduzcan y no incrementen los daños asociados a las drogas. Buenos Aires. a la educación.. El usuario como ciudadano y la Reducción de Daños. La Declaración de Medellín. Los daños relacionados con las drogas son múltiples: en lo social y en la salud y con frecuencia son mayores que los producidos por las drogas mismas16. la asistencia médica y los servicios sociales necesarios”. La noción de ciudadanía implica que los consumidores de drogas.. de rehabilitación. por ejemplo la transmisión del VIH y esto debe tener prioridad en los planes de desarrollo y en las políticas. 2001 24 . “Drogas y políticas públicas.. no focalizándose por tanto en el consumo de drogas en sí mismo o en la abstinencia. Derecho a la salud. obligando a la abstinencia total y convirtiendo esta en una condición indispensable para obtener ayuda por parte de las instituciones prestadoras de servicios 16. Estamos en el terreno de los derechos humanos. INCHAURRAGA S. El modelo de reducción de daños” Ed Espacio. Es posible y necesario modificar políticas y las lógicas discursivas subyacentes. las instituciones sociales y de salud y los profesionales tenemos un rol clave. Hoy la reducción de daños es también una Conclusiones La cuestión clave esta en desenmascarar la lógica discursiva del prohibicionismo y la discriminación que –situando al usuario de drogas como enemigo y como amenaza– impide avanzar hacia políticas de drogas que lo respeten como ciudadano17. valorando a los usuarios como interlocutores y ciudadanos con derechos y para abordar los daños de las leyes de drogas. Pero reducción de daños no es solamente programas de cambios de jeringas.que desconoce los derechos de quienes consumen drogas. No debemos creer que la modificación de una ley por sí misma tendrá un efecto reparatorio automático de los derechos lesionados o que posibilitará mágicamente los cambios de política. 17. los medios.MANUAL SOBRE DERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS alternativa frente a discursos estigmatizantes que debemos definitivamente modificar y en cuya labor la comunidad. Así como en la actualidad avanzamos en el camino de modificar la concepción de que la represión es la respuesta adecuada de las políticas legislativas debemos lograr modificar la concepción de que la única intervención válida de las políticas de salud es la que se dirige a la abstinencia. logrando el reconocimiento de la importancia de instituciones asistenciales para los que quieren dejar de consumir. En este sentido existen a nivel internacional diversas redes de usuarios de drogas que se plantean contribuir al mejoramiento de la calidad de vida y la defensa de sus derechos. facilitar el contacto del usuario de drogas con el sistema de salud y evitar tanto los costos sociales y subjetivos que acompañan a la criminalización como a la discriminación y exclusión social y toda percepción negativa que contribuya a distanciar al usuario de drogas Es. En América Latina la creación tanto de la Red Latinoamericana para la Reforma de las Políticas de Drogas REFORMA como de redes nacionales de reducción de daños significan la concreción de redes de trabajo que apoyen y fortalezcan las iniciativas en marcha y aporten a la modificación de mitos y estereotipos que hoy son no sólo importantes obstáculos en la región a la reducción de daños sino también bastiones de la política abstencionista y represiva -alineada a la política de drogas norteamericana. la discriminación. justas y humanas. la penalización. de instituciones de “bajo umbral de exigencias” para los que no pueden dejar de consumir y de programas de reducción de daños para los que quieren seguir consumiendo. La estigmatización. Alternativa para reducir los daños de las políticas represivas. la exclusión y la violencia social–policial–judicial– sanitaria. de abordaje y de percepción necesarios. En tiempos de prohibición. la criminalización y el encierro son daños que pueden resultar irreparables. insoportables. es fundamentalmente garantizar el acceso de todos a la información y a la prevención. 25 . acercando a los usuarios de drogas al sistema de salud. reconocer que los consumidores de drogas son ciudadanos con derechos. la reducción de daños se instaló claramente como una alternativa frente a las políticas de salud centradas en la abstinencia. digámoslo en forma sintética. Ahora empieza el trabajo más complejo que permitirá ayudar a hacer la vida de los usuarios de drogas más digna y las políticas de drogas definitivamente más eficaces. injustificables y que deben ser abordados. ARDA. Foucault M. 1993. Buenos Aires. Esperando a los bárbaros. CEADS – UNR. Comp. Totem y Tabu (1912). 2003.737 hará posible siempre que se avance en una modificación integral de las políticas de drogas y de las representaciones sociales de los usuarios que las mismas políticas de drogas han alimentado y arraigado en los últimos tiempos de la Argentina. que no es sino percibirlos como otra forma de amenaza a ser controlada esta vez a través de la medicalización de –lo que definen como– su enfermedad. Para que esto sea posible hay que lograr abandonar la definición de los usuarios como enfermos. que no puede esperarse de la modificación de ninguna ley pero que la modificación de la ley 23. 1984. Altamira. Nuevas alternativas en el debate despenalización / legalización. Rosario. 1989. Sorman G. Madrid. Amorrortu. Ed Alianza. atención y tratamiento accesibles y diversificados. 1989. Más allá de los resultados de los mismos –esto es caso por caso– es responsabilidad del sistema de salud ofrecerle y garantizarle estas opciones. consuman o no drogas. la formación de los profesionales y la adaptación a las necesidades de los sujetos.MANUAL SOBREDERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS Bibliografía Una política pública racional en materia de drogas debe contar con dispositivos de prevención. nada más ni nada menos. Ed. Inchaurraga S. 26 . Una política pública racional en materia de drogas debe también poder contribuir a instalar en lo social la concepción del usuario de drogas –no ya como amenaza algo que se facilita a partir de la despenalización de la tenencia para consumo personal pero no se garantiza– sino como semejante reivindicando en el discurso y en la práctica que se trata de un ciudadano. Las drogas entre el fracaso y los daños de la prohibición. Freud S. basados en la educación responsable. Seix Barral. Ed. Esto es algo a construir. que se sostienen en el respeto a los usuarios de drogas y en la aceptación de sus derechos. Genealogía del Racismo. la calidad de la asistencia. Historia General de las Drogas. Escohotado A. Buenos Aires. Ed. MANUAL SOBRE DERECHOS HUMANOS Y USO DE DROGAS CAPITULO III E R B O S O Y S GLOSARI O N A M HU S O H C E DER S A G O R D USO DE Por Silvia Inchaurraga 27 .
Report "Manual de Derechos Humanos y Uso de Drogas (27 Paginas)_Cap 2"