REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGIA DE ADMINISTRACION INDUSTRIAL IUTA EXTENSION PUERTO LA CRUZ EDO.ANZOATEGUI Obras de infraestructuras Petrolera Industria Minería Actividades susceptibles de degradar el ambiente Agroindustria Turística Disposición de Desechos Transporte Forestal Acuicultura Portuaria Producción Energética GENERAN Efluentes domésticos e industriales, emisiones, ruido, desechos peligrosos o no MARCO LEGAL Constitución de la República Bolivariana de Venezuela G.O. 5.453 24-03-2000 Ley Orgánica del Ambiente G.O. N. 31.004 16-06-1976 Ley Orgánica de Salud G.O. N. 11-11-1998 Ley Orgánica De Régimen Municipal G.O. N. 4.109 16-06-1989 Ley Orgánica para la Ordenación del territorio G.O. N. 2.818 1-07-1983 Convenio de Basilea Convenio de MARPOL Ley Penal del Ambiente G.O. N. 4.358 3-01-1992 Ley de Residuos Sólidos Ley Sustancias, Materiales y Desechos Peligroso G.O. N. 5.554 13-11-2001 Desechos en Establecimientos de Salud Decreto N. 2.218 G.O. N. 4.418 27-04-92 Materiales Recuraperab. y Desechos Peligr. Decreto N. 2.635 G.O. N. 5.245 03-08-98 Resolución 40 G.O. N. 37.700 29-05-03 Evaluación de Impacto Ambiental Decreto N. 1.257 G.O. N. 35946 25-04-96 Desechos sólidos no peligrosos Decreto N. 2.216 G.O. No 4.418 27-04-92 Calidad de Aire y Contaminación Atmosférica Decreto N. 638 G.O. N. 4.899 19-05-95 Cuerpos de Agua y Vertidos o Efluentes Líquidos Decreto N. 883 G.O. N. 5.021 18-12-95 Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo Ley de Tierras y Desarrollo Agrario Ley de Zonas Especiales de Desarrollo Sustentable (ZEDES). 2/1/7) Ley Orgánica de los Espacios Acuáticos e Insulares Ley de Zonas Costeras Ley Orgánica para la Prestación de los Servicios de Agua Potable y de Saneamiento . Ley Orgánica del Ambiente (2008) Ley Penal del Ambiente.221. Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio. AGUA Ley de Aguas (GO: 38595. Reglamento parcial de la ley Orgánica para la Ordenación del Territorio sobre Administración y Manejo de Parques Nacionales y Monumentos Naturales. Ley Orgánica de Prevención. Decreto n° 1. Constitución.LEGISLACIÓN AMBIENTAL AMBIENTE GENERAL. 276. Reglamento sobre Guardería Ambiental Decreto No. 673 (Normas sobre Emisiones de Fuentes Móviles .335 (Contentivo de las Normas para Regular y Controlar el Consumo. Decreto Nº 2. Normas de la Clasificación y el Control de la Calidad de los Cuerpos de Agua y Vertidos o Efluentes Líquidos.1400. Normas sobre la regulación y el control del aprovechamiento de los recursos hídricos y de las cuencas hidrográficas. AIRE Decreto Nº 638 (Normas sobre Calidad del Aire y Control de la Contaminación). Decreto Nº 4. Decreto Nº 2.AGUA Decreto Nº 838. la Producción.217 (Normas sobre el Control de la Contaminación Generada por el Ruído). Exportación y el uso de las Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono). Importación. Decreto No. Materiales y Desechos Peligrosos. Decreto Nº 2. Decreto N° 2. Materiales y Desechos Peligrosos). PELIGROSOS Y NO Ley de Residuos y Desechos Sólidos Ley N° 55 (Ley Sobre Sustancias. Decreto Nº 40 Resolución 193° y 194° Requisitos para Registro y Autorización de Manejadores de Sustancias. Resolución N° 40 Requisitos para el Registro y Autorización de Manejadores de Sustancias. Decreto N° 2.218 Normas para la Clasificación y Manejo de Desechos en Establecimientos de Salud. Normas Técnicas y Procedimientos para el Manejo de Material Radioactivo .SUSTANCIAS.635 Normas para el Control de la Recuperación de Materiales Peligrosos y el Manejo de los Desechos Tóxicos.216 Normas para el Manejo de los Desechos Sólidos de Origen Doméstico. Materiales y Desechos Peligrosos. PELIGROSOS RESIDUOS Y DESECHOS SÓLIDOS. Decreto 1847. Reglamento General de Plaguicidas Decreto 2210. Industrial o de Cualquier Otra Naturaleza que no sean Peligrosos. Comercial. Decreto Nº 230 Normas Sanitarias para Proyecto y Operación de un Relleno Sanitario de Residuos Sólidos de Índole Atóxico. 257. Decreto No. MINERÍA Decreto 2219. Resolución No. Normas para regular las actividades capaces de provocar cambios de flujo. 2212. lotes boscosos bajo protección y áreas boscosas en terrenos de propiedad privada destinadas a la producción forestal permanente. EVALUACIÓN AMBIENTAL. Normas ambientales para la apertura de picas y construcción de vías de acceso. Decreto Nº 1. Normas para regular la afectación de los recursos naturales renovables asociada a la exploración y extracción de minerales. Decreto No.FORESTAL: Ley de Bosques y Gestión Forestal Decreto 2214. Normas sobre movimiento de tierra y conservación ambiental. . Normas para la administración de actividades forestales en reservas forestales. 2220. 56 “Normas sobre recaudos para la evaluación ambiental de programas y proyectos mineros y de exploración y producción de hidrocarburos. Normas Sobre Evaluación Ambiental de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente. ZONAS A SER INTERVENIDAS. Decreto No. distribución de cauces y problemas de sedimentación. 2226. Decreto No. . Decreto No. Normas técnicas conservacionistas para controlar el ejercicio de la actividad pesquera. Decreto 2227. 2304.FLORA Y FAUNA. 2223. Normas sobre la caza en áreas especiales y ecosistemas naturales. Normas para regular la introducción y propagación de especies exóticas de la flora y fauna silvestre y acuática. Ley de Bosques y Gestión Forestal Ley de Diversidad Biológica Ley de Protección a la Fauna Silvestre Ley de Pesca y Acuicultura Ley de Semilla. CONSTITUCION NACIONAL . digno de tutela penal y con valor per se. lo que se traduce en un desarrollo ambientalmente aceptable. elevándolo a la categoría de bien jurídico protegido.860 del 30 diciembre 1999 La relevancia que la Constitución Bolivariana otorga a los asuntos ambientales es para reflexionar: más de treinta artículos y el preámbulo tocan el asunto. y no en materias de poca monta. . Adoptando la planificación como herramienta fundamental de la gestión ambiental. Nº 36. G. CONSTITUCIÓN. como fundamento de la seguridad de la Nación y como fundamento del régimen socioeconómico de la República. Consagrándolo como un derecho fundamental. el ambiente aparece como eje transversal a lo largo de todo el texto. en lugar de privilegio: como fundamento de la seguridad del Estado. Considerándolo como fin del Estado. equivalente a la vida e incluso por encima del derecho a la propiedad. Adoptando el modelo económico del desarrollo sustentable. a la salud y a la educación. y. O. En primer término. en segundo término. . Haciendo obligatoria la educación ambiental en todos los niveles de la educación. Consagrando el derecho al ambiente como un derecho transgeneracional. declarándolo como circunstancia suficiente para dictar estado de excepción. Incluyendo el ambiente como una de las limitaciones para ejercer actividades lucrativas. Incluyendo a los recursos naturales como parte integrante de la soberanía. incluso. Incorporando como obligación del Estado y de los particulares la protección del ambiente. declarando todas las aguas del dominio público del Estado. Admitiéndolo como una de las bases para favorecer la integración latinoamericana y caribeña e. Reconociendo los conocimientos y culturas tradicionales de los pueblos indígenas. La metodología será la establecida en el Decreto N° 1257 de fecha 13-03-96 referente a las “Normas sobre evaluación ambiental de actividades susceptibles de degradar el ambiente” 1 Documento de Intención (Según Artículo 4 del Decreto 1257) 2 Propuesta de Términos de Referencias del Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto de extracción de minerales no metálicos (Según Artículo 7 del Decreto N° 1257) 3 Estudio de Impacto Ambiental del Proyecto de extracción de minerales no metálicos (Acreditación Técnica expedida por el MARN) Autorización de Ocupación del Territorio. toda actividad susceptible de degradar el ambiente.ACTIVIDADES DE EXPLORACION Y EXTRACCION DE MINERALES NO METALICOS Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. expedida por la Autoridad Regional de Ambiente de la Gobernación del Estado Zulia 4 . Artículo 129. debe presentar Estudio de Impacto Ambiental y Socio.Cultural. 219 de fecha 23-04-92 Tiene por objeto establecer los requisitos para obtener autorizaciones y aprobaciones para la ocupación del territorio y para la afectación de los recursos naturales. asociada a la exploración y extracción de minerales no metálicos Decreto N° 2.EXTRACCION ACTIVIDADES DE EXPLORACION Y DE MINERALES NO METALICOS Normativa que regula la actividad Normas para regular la afectación de recursos naturales. así como los lineamientos para controlar la actividad . Estudios geológicos y/o geomorfológicos .Mapas del área total y las que serán explotadas Plan de recuperación y restauración ambiental de las áreas degradadas .ACTIVIDADES DE EXPLORACION Y EXTRACCION DE MINERALES NO METALICOS AUTORIZACION Solicitud dirigida al Director Estadal Ambiental del MARN Copia de los documentos que acrediten los derechos de propiedad del terreno Copia Autorización de Ocupación del Territorio Plan minero .Planos topográficos . Materiales y Desechos Peligrosos De las Sanciones . Del Manejo de los Desechos Peligrosos Del control de las actividades que utilicen o generen Sustancias. Materiales y Desechos Radioactivos De los Plaguicidas Capítulo I. MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS I II III IV V VI VII Disposiciones Generales De las Sustancias.LEY SOBRE SUSTANCIAS. Del Uso y Manejo de las Sustancias y Materiales Peligrosos. Capítulo II. Materiales y Desechos Peligrosos De los Desechos provenientes de los establecimientos de salud De las Sustancias. MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS OBJETO DE LA LEY Regular la generación. materiales y desechos peligrosos. .LEY SOBRE SUSTANCIAS. uso. así como cualquier otra operación que los involucre Con el fin de proteger la salud y el ambiente. almacenamiento. recolección. tratamiento y disposición final de las sustancias. transporte. MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS Art. recolección. materiales y desechos peligrosos. tratamiento y disposición final de las sustancias. materiales o desechos peligrosos. Art. 1: Regula la generación. . así como cualquier otra operación que los involucre.LEY SOBRE SUSTANCIAS. transporte. pública o privada que posea. con el fin de proteger la salud y el ambiente. 11: Toda persona natural o jurídica. debe cumplir con las disposiciones de esta Ley y con la reglamentación técnica que regula la materia. uso. use o maneje sustancias. almacenamiento. genere. cumpliendo con las disposiciones de esta Ley y las establecidas en la reglamentación técnica.LEY SOBRE SUSTANCIAS. . MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS Capítulo I Del Uso y Manejo de las Sustancias y Materiales Peligrosos Art. Art.27: El uso y manejo de las sustancias o materiales peligrosos deberá llevarse a cabo en las condiciones sanitarias y de seguridad establecidas en la reglamentación técnica.30: El transporte de sustancias o materiales peligrosos deberá realizarse en condiciones que garanticen su traslado seguro. de forma tal que garanticen la prevención y atención a los riesgos que puedan causar a la salud y al ambiente. MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS TÍTULO II DE LAS SUSTANCIAS. tratamiento. de conformidad con las disposiciones establecidas en las leyes y reglamentación técnica que regula la materia. eliminación y disposición final de desechos peligrosos. tanto si se trata de desechos envasados. de tal modo que se garantice el cumplimiento de la reglamentación técnica sobre la materia. . Art.LEY SOBRE SUSTANCIAS. 40: Las operaciones de almacenamiento.42: El traslado de los desechos peligrosos deberá realizarse en unidades de transporte que garanticen condiciones seguras. en tanques o cisternas. MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS Capítulo II Del manejo de los Desechos Peligrosos Art. a granel. así como los sitios destinados para tales fines deberán reunir las condiciones de seguridad y control de la contaminación. MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS TÍTULO VI DEL CONTROL DE LAS ACTIVIDADES QUE UTILICEN O GENEREN SUSTANCIAS. por ante el MARN y obtener la AUTORIZACIÓN correspondiente. públicas o privadas que pretendan recuperar materiales peligrosos o manejar desechos peligrosos cualquiera de sus fases.66: . manejo o generación de sustancias. en el Registro de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente (RASDA) llevado por el MARN. MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS Art. incluyendo la incineración deben inscribirse como empresas recuperadoras o manejadoras de materiales y desechos peligrosos en el REGISTRO correspondiente. Las personas naturales o jurídicas. públicas o privadas que pretendan realizar actividades de uso. antes del inicio de sus actividades. Art.LEY SOBRE SUSTANCIAS.65: Las personas naturales o jurídicas. materiales y desechos peligrosos deberán inscribirse. 1: El objetivo es regular la recuperación y el manejo de desechos cuando éstos presentan características. . Minería e Industrial • Desechos Peligrosos Provenientes de Centros de Salud • Incineración de Desechos Peligrosos • Rellenos de Seguridad para Desechos Peligrosos • Del Control Administrativo de los Generadores y Manejadores • Régimen de Adecuación Del Régimen de Adecuación Disposiciones Finales Art. composición o condiciones peligrosas representando una fuente de riesgo a la salud y el ambiente.DECRETO No 2.635 NORMAS PARA EL CONTROL DE LA RECUPERACIÓN DE MATERIALES PELIGROSOS Y EL MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS I II III IV V Disposiciones Generales y Definiciones De los Materiales Peligrosos Recuperables De los Desechos Peligrosos De los Materiales Peligrosos Recuperables • Recuperación de Materiales Peligrosos • Almacenamiento y Transporte • Control Administrativo de los Recuperadores • Comercio de Materiales Peligrosos Recuperables • Transporte De los Desechos Peligrosos • Disposiciones Generales en cuanto al Manejo • Manejo de Desechos Peligros en Actividades de Explotación Petrolera. 635. composiciones o condiciones peligrosas Con el fin de proteger la salud y el ambiente. DISPOSICIONES GENERALES OBJETO Regular la recuperación de materiales y el manejo de los desechos.DECRETO No 2. APLICACIÓN NATURAL o JURIDICA PUBLICA o PRIVADA GENERE MANEJE MATERIALES o DESECHOS PELIGROSOS . NORMAS PARA EL CONTROL DE LA RECUPERACIÓN DE MATERIALES PELIGROSOS Y EL MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS CAPITULO I. cuando los mismos presenten características. • Recuperadores de materiales peligrosos.635.DECRETO No 2. DISPOSICIONES GENERALES CONTROL ADMINISTRATIVO • Generadores. como actividad susceptible de degradar el ambiente. . NORMAS PARA EL CONTROL DE LA RECUPERACIÓN DE MATERIALES PELIGROSOS Y EL MANEJO DE DESECHOS PELIGROSOS CAPITULO I. • Manejadores de desechos peligrosos. Deberán estar inscritos en el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales. PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO AUTORIZATORIO REGISTRO DE ACTIVIDADES SUSCEPTIBLES DE DEGRADAR EL AMBIENTE (RASDA) Y AUTORIZACION . . que desarrolla una actividad que genera desechos peligrosos o no.PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO AUTORIZATORIO GENERADOR Toda persona natural o jurídica. pública o privada. RASDA COMO GENERADOR FUNDAMENTACION LEGAL - RASDA Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Artículo 127 “....Es una obligación fundamental del estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire, el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la Ley” RASDA COMO GENERADOR FUNDAMENTACION LEGAL - RASDA Ley Orgánica del Ambiente Artículo 20: “ Se consideran actividades susceptibles de degradar el ambiente: · Las que directa o indirectamente contaminen o deterioren el aire, el agua, los fondos marinos, el suelo o el subsuelo o incidan desfavorablemente sobre la fauna o la flora · Las alteraciones nocivas de la topografía · Las alteraciones nocivas del flujo natural de las aguas · La sedimentación en los cursos y depósitos de aguas · Los cambios nocivos del lecho de las aguas · Entre otros........ Artículo 21: “Las actividades susceptibles de degradar el ambiente en forma no irreparable y que se consideran necesarias..........., sólo podrán autorizados si se establecen garantías......” RASDA COMO GENERADOR FUNDAMENTACION LEGAL - RASDA Ley sobre sustancias, materiales y desechos peligrosos Artículo 1: Esta Ley tiene por objeto regular la generación, uso, recolección, almacenamiento, transporte, tratamiento y disposición final de las sustancias, materiales y desechos peligrosos, así como cualquier otra operación que los involucre, con el fin de proteger la salud y el ambiente Artículo 65 Las personas naturales o jurídicas, públicas o privadas que pretendan realizar actividades de uso, manejo o generación de sustancias, materiales y desechos peligrosos deberán inscribirse, ante del inicio de sus actividades, en el Registro de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente.... deberán inscribirse en el Registro de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente .RASDA Decreto N° 883 de fecha 11-10-95 “Normas para la clasificación y el control de la calidad de los cuerpos de agua y vertidos o efluentes líquidos” Artículo 1: El presente Decreto establece las normas para el control de la calidad de los cuerpos de agua y de los vertidos líquidos Artículo 24: Las personas naturales o jurídicas.RASDA COMO GENERADOR FUNDAMENTACION LEGAL. públicas o privadas que se propongan iniciar cualquiera de las actividades contempladas en el Artículo 7. deberán inscribirse en el Registro de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente .RASDA COMO GENERADOR FUNDAMENTACION LEGAL .RASDA Decreto N° 638 de fecha 26-04-95 “Normas sobre calidad del aire y control de la contaminación atmosférica” Artículo 1: Este Decreto tiene por objeto establecer las normas para el mejoramiento de la calidad del aire y la prevención y control de la contaminación atmosférica producida por fuentes fijas y móviles capaces de generar emisiones gaseosas y partículas Artículo 24: Las personas naturales o jurídicas. públicas o privadas que se propongan iniciar cualquiera de las actividades contempladas en el Artículo 9. cuando los mismos presenten características.RASDA COMO GENERADOR FUNDAMENTACION LEGAL. composición o condiciones peligrosas representando una fuente de riesgo a la salud y al ambiente Artículos 21.RASDA Decreto N° 2635 de fecha 22-07-98 “Normas para el control de la recuperación de materiales peligrosos y el manejo de los desechos peligrosos” Artículo 1: Este Decreto tiene por objeto regular la recuperación de materiales y el manejo de desechos. 43 y 44 Todos los generadores deberán estar inscritos ante el Ministerio y de los Recursos Naturales como actividad susceptibles de degradar el ambiente . . Del tratamiento o procesamiento de los desechos sólidos. Artículo 27.RASDA “Ley Sobre Residuos y Desechos Sólidos” Tiene por objeto el establecimiento y aplicación de un régimen jurídico a la producción y gestión responsable de los residuos y desechos sólidos. Artículo 35. cuyo contenido normativo y utilidad practica deberá generar la reducción de los desperdicios al mínimo. Establece las competencias Municipales.RASDA COMO GENERADOR FUNDAMENTACION LEGAL. De las infracciones y sanciones. Artículo 14. Del Manejo. y evitará situaciones de riesgo para la salud humana y calidad ambiental. De la limpieza urbana. Artículo 98. Artículo 59. Inscribirse en el registro RASDA 2. materiales y/o desechos peligrosos debe: 1. Materiales y Desechos Peligrosos (Ley 55. G.554 del 13/11/2001) Artículos 65 y 67 Las personas que realizan manejo de sustancias.O. N° 5.Ley sobre Sustancias. Obtener la Autorización del MINAMB . O. del 03/08/1998) “Normas para el Control de la Recuperación de Materiales Peligrosos y el Manejo de los Desechos Peligrosos” ART. Podrá ser revisada por los organismos en funciones de vigilancia. 24 . fechas de ingreso y salida del material). control ambiental y sanitario ART. Nº 5. destino.245 Ext. cantidad. origen. 21 Inscripción en el registro RASDA Mantener en archivo copia de las Planillas de Seguimiento con la información relativa a los materiales recuperables que han sido Procesados (Identificación del material.DECRETO Nº 2635 de fecha 22/07/1998 (G. DECRETO Nº 2635 de fecha 22/07/1998 (G. Nº 5. 129 Proceso de Adecuación (actividades que no cumplan con las regulaciones para recuperación de materiales peligrosos o manejo de desechos peligrosos) El MINAMB practicará las visitas. inspecciones y comprobaciones que sean necesarias para verificar el adecuado cumplimiento de las disposiciones contenidas en el Decreto 2635 ART. 149 .245 Ext.O. del 03/08/1998) “Normas para el Control de la Recuperación de Materiales Peligrosos y el Manejo de los Desechos Peligrosos” ART. ¿Que debo hacer para darle cumplimiento a la normativa ambiental? Instalaciones Nuevas 1. Para los Generadores: Presentación del Estudio de Impacto Ambiental y Sociocultural Inscripción en el registro RASDA 2. Para los Manejadores de SMDP: Presentación del Estudio de Impacto Ambiental y Sociocultural Inscripción en el registro RASDA Autorización de manejador de SMDP . Talleres de mecánica.¿Qué debo hacer? (Cont…) ACTIVIDADES EXISTENTES 1. Centros de lubricación y similares) Inscripción en el registro RASDA 2. Para los Manejadores de SMDP (Estaciones de Servicio y otras empresas que almacenadoras): Inscripción en el registro RASDA Autorización de manejador de SMDP . Para los Generadores (Autolavados. ¿Qué debo hacer? (Cont…) Recolectar los aceites usados en envases apropiados y almacenarlos adecuadamente. autorizada por el MINAMB para la recolección y transporte de aceites usados. Disponer de las Hojas de Seguimiento para demostrar el destino de los aceites generados. Contratar los servicios de una empresa manejadora de SMDP. Disponer de un sistema separador de grasas (Trampa de Grasa) . Caracterizar los efluentes líquidos residuales trimestralmente y consignar los resultados ante el MINAM.¿Qué debo hacer? (Cont…) Realizar mantenimiento periódico del sistema separador (extracción de las grasas retenidas) y almacenarlas adecuadamente. Realizar un manejo adecuado de las SMDP dentro de las instalaciones . Almacenamiento Adecuado CONDICIONES PARA EL ALMACENAMIENTO Están establecidas en el Decreto Nº 2635 de fecha 22/07/1.Para los Desechos Peligrosos .O. Nº 5.Para los Materiales Peligrosos Recuperables Artículo 40 . del 03/08/1.245 Ext.998) “Normas para el Control de la Recuperación de Materiales Peligrosos y el Manejo de los Desechos Peligrosos”.998 (G. Artículos 16 al 19 . materiales y/o desechos peligrosos. .PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Para tramitar la inscripción en el registro RASDA y la Autorización de manejador de sustancias. emitida por el MINAMB. gob.REQUISITOS GENERALES Para tramitar el registro RASDA Las Planillas y el instructivo correspondiente pueden ser obtenidas a través de la página Web del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente: WWW.ve Renglón – Servicios/Planilla RASDA.minamb. . .Tipos de Planillas • Planilla RASDA para Generadores: FORMA 46-42-1254 (06/92) • Planilla RASDA para los Manejadores de Sustancias. Materiales y Desechos Peligrosos: FORMA 46-1240 (06/92). llenada en función de la actividad Memoria Descriptiva elaborada por profesional con competencia Plan de Contingencia y/o Emergencia . si está situada en zona Urbana. expedida por la Instituto Autónomo Regional de Ambiente de la Gobernación correspondiente Copia del Registro Mercantil Documento que acredite los derechos de propiedad del terreno Plano del Terreno. Planilla RASDA. elaborada según lo establecido en el Artículo 49 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativo Constancia de Uso conforme otorgada por la Alcaldía del Municipio correspondiente. en coordenadas UTM. Si esta en zona rural Autorización de Ocupación del Territorio.Solicitud dirigida al Director de la DEA del Estado. Numeral 2 CONDICIONES DEL OFICIO DEL RASDA Y AUTORIZACION El RASDA es una codificación que se concede una sola vez La Autorización tiene vigencia de un año (Ejm G-21-2005-0000) Se establecen condiciones ajustadas a la actividad y a lo dispuestos en la Normativa ambiental vigente. de fecha 28-04-93 Artículo 8. de acuerdo a lo establecido en el artículo 94 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos . de manera preventivas. Párrafo Primero.COMPETENCIA LEGAL PARA CONCEDER EL RASDA Y AUTORIZACIÓN A EMPRESAS GENERADORAS DIRECTOR Estadal Ambiental Resolución Ministerial Nº 69. mitigantes y de control Se le notifica que dispone de 15 días después de emisión del Oficio para interponer Recurso de Reconsideración de las condicionantes. Numerales 10 y 12 Resolución Nº 40 de fecha 27-05-03. recolección. tratamiento. minimización. disposición final o cualquier otro uso que los involucre . caracterización. identificación. públicas o privadas debidamente autorizadas para realizar cualquiera de las operaciones y actividades que comprende el manejo Generación. segregación.PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO AUTORIZATORIO MANEJADOR SUSTANCIAS. transporte. almacenamiento. MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS Personas naturales o jurídicas. DE FECHA 27-05-03 Gaceta Oficial Nº 37. materiales y desechos peligrosos. MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS OBJETO Establecer los requisitos que deben cumplir para la inscripción ante el registro de actividades susceptibles de degradar el ambiente llevado por el MARN. materiales y desechos peligrosos . y para obtener la autorización de manejadores de sustancias. de conformidad con los artículos 65 y 66 de la Ley sobre sustancias.RESOLUCIÓN 40.700 29-05-2003 REQUISITOS PARA EL REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DE MANEJADORES DE SUSTANCIAS. materiales y desechos peligrosos. elaborada según lo establecido en el Artículo 49 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativo Copia del Registro Mercantil Planilla RASDA llenada según la actividad RIF y NIT de la empresa Copia del Registro Mercantil Lista de sustancias. incluyendo equipos de protección personal y de atención primaria de emergencias .Manejador de sustancias. Lista de vehículos. equipos y materiales que presta el servicio para el manejo de sustancias. materiales o desechos peligrosos que pretenden manejar señalando las actividades involucradas. materiales y desechos peligrosos RESOLUCIÓN 40 Solicitud dirigida al Director de la DEA CORRESPONDIENTE y/o DGCA. anexando: Hojas de Seguridad según “Norma Venezolana Covenin 3059:Hoja de Datos de seguridad de los materiales (HSDM)”. elaborada según lo establecido en el Artículo 49 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativo Constancia de Inscripción RASDA Memoria Descriptiva de la actividad que se pretende desarrollar Lista de sustancias.Manejador de sustancias. materiales o desechos Peligrosos. indicando clases de peligro y niveles de riesgo efectuado por un laboratorio aprobado por el MARN Lista de vehículos. incluyendo equipos de protección personal y de atención primaria de emergencias . materiales y desechos peligrosos. Caracterización físico química de los materiales recuperables y desechos peligrosos. materiales y desechos peligrosos RESOLUCIÓN 40 Solicitud dirigida al Director de la DEAZ y/o DGCA. equipos y materiales que presta el servicio para el manejo de sustancias. de conformidad con los criterios de la NORMA COVENIN 3061-Materiales Peligrosos. función y la responsabilidad de cada uno. Guía para el adiestramiento de personas que manejan.Manejador de sustancias. Planes de Emergencias y Contingencias (Normas COVENIN 2226 y 2670). materiales y desechos peligrosos Plan de entrenamiento periódico del personal.. . almacenan y/o transportan materiales peligrosos. materiales y desechos peligrosos. cursos o entrenamiento que los acredite para llevar a cabo el trabajo y experiencia en el manejo de sustancias. materiales y equipos que prestan el servicio Análisis de riesgo de las actividades involucradas en el manejo de sustancias. RESOLUCIÓN 40 Lista del personal que trabajara en la Prestación del Servicio. debe incluir un sistema propio o contratado para la notificación y atención de emergencias o situaciones imprevistas las 24 horas. materiales y desechos peligrosos Continuación. Plan de mantenimiento de los vehículos. . su peligrosidad y el nivel de riesgo que represente. . materiales y desechos peligrosos Continuación. así como los costos de recuperación o saneamiento ambiental. RESOLUCIÓN 40 Copia de las pólizas de responsabilidad Civil de los vehículos.Manejador de sustancias. El monto de la Póliza y de los riesgos a cubrir será definidos en función del tipo de sustancia. material o desecho peligrosos a transportar. Póliza de seguros que cubra los costos de indemnización por los posibles daños causados a terceras personas o a sus bienes. elaborada según lo establecido en el Artículo 49 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativo Constancia de Uso conforme otorgada por la Alcaldía del Municipio correspondiente.Solicitud dirigida al Director de la DEA del Estado. Planilla RASDA. expedida por la Instituto Autónomo Regional de Ambiente de la Gobernación correspondiente Copia del Registro Mercantil Documento que acredite los derechos de propiedad del terreno Plano del Terreno. en coordenadas UTM. llenada en función de la actividad Memoria Descriptiva elaborada por profesional con competencia Plan de Contingencia y/o Emergencia . Si esta en zona rural Autorización de Ocupación del Territorio. si está situada en zona Urbana. mitigantes y de control Se le notifica que dispone de 15 días después de emisión del Oficio para interponer Recurso de Reconsideración de las condicionantes. de fecha 28-04-93 Artículo 8. de acuerdo a lo establecido en el artículo 94 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos .COMPETENCIA LEGAL PARA CONCEDER EL RASDA Y AUTORIZACIÓN A EMPRESAS GENERADORAS DIRECTOR Estadal Ambiental Resolución Ministerial Nº 69. Numeral 2 CONDICIONES DEL OFICIO DEL RASDA Y AUTORIZACION El RASDA es una codificación que se concede una sola vez La Autorización tiene vigencia de un año (Ejm G-21-2005-0000) Se establecen condiciones ajustadas a la actividad y a lo dispuestos en la Normativa ambiental vigente. de manera preventivas. Párrafo Primero. Numerales 10 y 12 Resolución Nº 40 de fecha 27-05-03. minimización.PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO AUTORIZATORIO MANEJADOR SUSTANCIAS. disposición final o cualquier otro uso que los involucre . tratamiento. transporte. recolección. almacenamiento. caracterización. segregación. identificación. MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS Personas naturales o jurídicas. públicas o privadas debidamente autorizadas para realizar cualquiera de las operaciones y actividades que comprende el manejo Generación. RESOLUCIÓN 40. DE FECHA 27-05-03 Gaceta Oficial Nº 37. materiales y desechos peligrosos. y para obtener la autorización de manejadores de sustancias. materiales y desechos peligrosos . de conformidad con los artículos 65 y 66 de la Ley sobre sustancias.700 29-05-2003 REQUISITOS PARA EL REGISTRO Y AUTORIZACIÓN DE MANEJADORES DE SUSTANCIAS. MATERIALES Y DESECHOS PELIGROSOS OBJETO Establecer los requisitos que deben cumplir para la inscripción ante el registro de actividades susceptibles de degradar el ambiente llevado por el MARN. elaborada según lo establecido en el Artículo 49 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativo Copia del Registro Mercantil Planilla RASDA llenada según la actividad RIF y NIT de la empresa Copia del Registro Mercantil Lista de sustancias. incluyendo equipos de protección personal y de atención primaria de emergencias . materiales y desechos peligrosos RESOLUCIÓN 40 Solicitud dirigida al Director de la DEA CORRESPONDIENTE y/o DGCA. materiales o desechos peligrosos que pretenden manejar señalando las actividades involucradas. materiales y desechos peligrosos. Lista de vehículos.Manejador de sustancias. equipos y materiales que presta el servicio para el manejo de sustancias. incluyendo equipos de protección personal y de atención primaria de emergencias . materiales o desechos Peligrosos. elaborada según lo establecido en el Artículo 49 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativo Constancia de Inscripción RASDA Memoria Descriptiva de la actividad que se pretende desarrollar Lista de sustancias. materiales y desechos peligrosos. anexando: Hojas de Seguridad según “Norma Venezolana Covenin 3059:Hoja de Datos de seguridad de los materiales (HSDM)”. materiales y desechos peligrosos RESOLUCIÓN 40 Solicitud dirigida al Director de la DEAZ y/o DGCA. equipos y materiales que presta el servicio para el manejo de sustancias. indicando clases de peligro y niveles de riesgo efectuado por un laboratorio aprobado por el MARN Lista de vehículos. Caracterización físico química de los materiales recuperables y desechos peligrosos.Manejador de sustancias. materiales y desechos peligrosos Continuación. de conformidad con los criterios de la NORMA COVENIN 3061-Materiales Peligrosos. . Plan de mantenimiento de los vehículos. cursos o entrenamiento que los acredite para llevar a cabo el trabajo y experiencia en el manejo de sustancias.. función y la responsabilidad de cada uno.Manejador de sustancias. materiales y equipos que prestan el servicio Análisis de riesgo de las actividades involucradas en el manejo de sustancias. RESOLUCIÓN 40 Lista del personal que trabajara en la Prestación del Servicio. materiales y desechos peligrosos Plan de entrenamiento periódico del personal. almacenan y/o transportan materiales peligrosos. debe incluir un sistema propio o contratado para la notificación y atención de emergencias o situaciones imprevistas las 24 horas. Planes de Emergencias y Contingencias (Normas COVENIN 2226 y 2670). materiales y desechos peligrosos. Guía para el adiestramiento de personas que manejan. así como los costos de recuperación o saneamiento ambiental. RESOLUCIÓN 40 Copia de las pólizas de responsabilidad Civil de los vehículos.. su peligrosidad y el nivel de riesgo que represente. materiales y desechos peligrosos Continuación. material o desecho peligrosos a transportar. Póliza de seguros que cubra los costos de indemnización por los posibles daños causados a terceras personas o a sus bienes.Manejador de sustancias. . El monto de la Póliza y de los riesgos a cubrir será definidos en función del tipo de sustancia. Caracterizaciones de efluentes líquidos Todos los documentos deben presentarse por Triplicado y en carpetas separadas. Solicitud de inscripción en el Registro de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente 2. Copia del Registro Mercantil 5. Memoria Descriptiva de la actividad 6. . Diagrama de flujo de las aguas del proceso 7. firmada y sellada por la empresa 3. Planilla RASDA FORMA 46-42-1254 (06/92). Patente de Industria y Comercio (Conformidad de Uso) 4.Requisitos para Generadores 1. llenada. Pedimentos y razones de la misma. del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente.SOLICITUD Comunicación dirigida a la Dirección Estadal Ambiental Distrito Capital y Estado Vargas. Cargo que ocupa dentro de la empresa. . indicando: Nombres y apellidos. Número de la Cédula de Identidad del solicitante. Dirección exacta de la empresa. Razón Social de la empresa. materiales y/o desechos peligrosos .O Nº 37. materiales y/o desechos peligrosos La Autorización de manejadores de sustancias.Requisitos para Manejadores de SMDP Resolución MARN N° 40 “Requisitos para el Registro y Autorización de Manejadores de Sustancias.700 de fecha 29/05/2003) Establece los Requisitos para Tramitar: El Registro de Actividades Susceptibles de Degradar el Ambiente (RASDA) como manejador de sustancias. Materiales y Desechos Peligrosos” (G. RASDA para Manejadores de SMDP 1. Planilla RASDA FORMA 46-1240 (06/92) de MSMDP llenada. Solicitud de inscripción en el RASDA 2. Registro Mercantil de la empresa cuyo Objeto Social corresponda con la naturaleza del servicio a prestar 5. Lista de vehículos. RIF y NIF 4. 3. . firmada y sellada por la empresa. equipos y materiales para prestar el servicio de manejo. incluyendo equipos de protección personal y de atención primaria de emergencias Cuatro (4) copias de todos los documentos deben presentarse en carpetas separadas. El MINAMB evalúa los requisitos presentados y. de fecha 22/12/1999). de ser procedente. emite la Constancia de inscripción en el RASDA como empresa manejadora de sustancias. de la Ley de Timbre Fiscal (G. materiales y/o desechos peligrosos Para retirar la Constancia. numeral 22.O. Nº 5. el solicitante debe cancelar el Timbre Fiscal correspondiente a tres Unidades Tributarias ( 3 UT ).416 Ext. acorde con lo establecido en el artículo 26. . Para los materiales y desechos peligrosos debe presentar la caracterización físico-química de los mismos. . Constancia de inscripción en el registro RASDA 2.Autorización de Manejadores de SMDP 1. materiales y/o desechos peligrosos que pretende manejar . indicando sus clases de peligro y niveles de riesgo. efectuada por un laboratorio autorizado por el MINAMB . Lista de sustancias. Memoria Descriptiva de la actividad 3.Para las sustancias peligrosas debe presentar las correspondientes Hojas de Seguridad. Experiencia en el manejo de SMDP .Documentos que acrediten el derecho a usarlos 5. equipos y materiales para prestar el servicio.Cursos o entrenamientos (Constancias) . Lista del personal que trabajará en la prestación del servicio. Lista de vehículos. incluyendo: .Autorización de Manejadores de SMDP 4.Función o responsabilidad de cada uno . incluyendo: .Equipos de protección personal y de atención primaria de emergencias . Especificando los niveles riesgo. 9. para notificación y atención de emergencias o situaciones imprevistas las 24 horas del día .Autorización de Manejadores de SMDP 6. materiales y equipos para prestar el servicio 8. Plan de Mantenimiento de los vehículos. Plan de Entrenamiento periódico del personal 7. Análisis de Riesgo de las actividades involucradas en el manejo de las SMDP. Plan de Emergencia y Contingencias (Norma COVENIN 2226 y 2670). Debe incluir un sistema propio o contratado. .Póliza de Seguro que cubra: . Copia de las Pólizas de Responsabilidad Civil de vehículos 11.Los costos de indemnización por los posibles daños causados a terceras personas o a sus bienes . derivados del ejercicio de la actividad de manejo de SMDP Cuatro (4) copias de todos los documentos deben presentarse en carpetas separadas.Los costos de recuperación o saneamiento ambiental.Autorización de Manejadores de SMDP 10. Autorización de Manejadores de SMDP OTROS DOCUMENTOS: Para las Instalaciones de Almacenamiento de SMDP: Patente de Industria y Comercio y/o Conformidad de Uso emitida por la Alcaldía Permiso emitido por el Ministerio de Energía (Almacenamiento de combustibles) Informe de Inspección del Cuerpo de Bomberos . realiza la inspección respectiva y.416 Ext.O. y establece las condiciones bajo las cuales será realizada dicha actividad Para retirar la Autorización. de fecha 22/12/1999). emitirá la Autorización para la ejecución de la actividad. el solicitante debe cancelar el Timbre Fiscal correspondiente a siete punto cinco Unidades Tributarias (7. numerales 21 y 22.5 UT). de la Ley de Timbre Fiscal (G. Nº 5. acorde con lo establecido en el artículo 26. . de ser procedente.El MINAMB evalúa los requisitos presentados. . sujeta a renovación por períodos iguales. La Autorización de manejador de SMDP tiene vigencia de un (1) año.IMPORTANTE El Registro RASDA se realiza una sola vez. INCUMPLIMIENTO 1.Denuncia al Ministerio Público . Inicio de Procedimiento Administrativo Sancionatorio por parte del MINAMB (Orden de Proceder): . .Adopción de medidas preventivas ambientales conforme al Artículo 111 de la Ley Orgánica del Ambiente. entre las cuales están: Ocupación temporal Clausura temporal Prohibición temporal de actividades Otras medidas. INCUMPLIMIENTO (Cont…) 2.Cualquier otra medida tendiente a corregir. Aplicación de las Sanciones Administrativas conforme a los Artículos 112. 113 y 114 de la Ley Orgánica del Ambiente (Providencia Administrativa): Multas Medidas definitivas: .Prohibición temporal o definitiva de la actividad .Instalación de dispositivos para evitar la contaminación .Clausura temporal o definitiva de instalaciones . reparar y evitar la continuación de los actos perjudiciales al ambiente .