INCIDENTES EN MATERIA LABORAL.doc

April 2, 2018 | Author: Alma Morataya | Category: Procedural Law, Competence (Law), Labour Law, Judge, Jurisdiction


Comments



Description

INCIDENTES EN MATERIA LABORALI Concepto: La palabra incidente se deriva del latín incido, incidens, que significa acontecer, interrumpir, suspender... ... El incidente se define como: Un juicio (proceso) declarativo especial", es el procedimiento que contiene la cuestión incidental. Los incidentes son peticiones accesorias o nacidas después de iniciado el proceso, que conciernen a las formalidades procesales, al fondo de la demanda o que tiende a hacer declarar inadmisible la demanda, sin examen del fondo... ... Moreta Castillo cita la definición de Guillén Vincent, para quienes los incidentes de procedimientos son “aquellos pedimentos formulados en el curso de una instancia ya abierta y que tienen por efecto ya sea suspender o detener la marcha de la instancia (incidentes propiamente dichos), ya sea modificar la fisonomía de la demanda (demandas incidentales)” “Los incidentes propiamente dichos son los relativos a la competencia, a la administración de la prueba, a la regularidad del procedimiento, a las excepciones dilatorias... Disla Muñoz ofrece un concepto lato que dice que "incidentes de procedimiento son, en sentido amplio, todos los acontecimientos susceptibles de entorpecer u obstaculizar la marcha normal del proceso, complicando la instancia, dificultando la instrucción del litigio y retardando su solución. Según el código anotado II de Lupo Hernández Rueda los incidentes son peticiones accesorias o nacidas después den iniciado el proceso, que concierne a las formalidades procesales, al fondo de la demandada o que tiendan hacer declarar inadmisible la demanda, sin examen del fondo. Moreta Castillo (ponencia cit., p. 12 considera el incidente "un mecanismo procesal para justificar el imperio de la ley y la justicia" cita además la definición de Guillen y Viniste, para quienes los incidentes de procedimiento son aquellos pedimentos formulados en el curso de una instancia ya abierta y que tiene por objeto ya sea suspender o detener la marcha de la instancia (incidentes propiamente dichos) ya sea modificar la fisonomía de la demanda (demandas incidentales ) Los incidentes propiamente dichos son los relativos a la competencia, a la administración de la prueba, a la regularidad del procedimiento a las acepciones dilatoria. Las demandas incidentales a introducir demandas nuevas entre las mismas partes a poner en causa a las personas hasta entonces extrañas al proceso. Los incidentes en materia laboral. V congreso Nacional de derecho del trabajo, santo domino de 1993 los vincula con un juicio imparcial y el ejercicio de los derechos de defensa reconocidas constitucionalmente. En cambio Disla Muñoz los incidentes en el nuevo procedimiento laboral V bajo Santo Domino , 1993 considera que aunque en ocasiones se justifican como salvaguarda de derechos de defensa y el principio de que se tramita y resuelve en el Procedimiento principal. Artículo 297..Excepción es todo hecho que. Artículo 320. excepto las de incompetencia de jurisdicción o ilegitimidad de personería. que es la materia. Artículo 322.El juzgador. el objeto del incidente. . Artículo 295. será rechazada de inmediato y sin ulterior recurso. que deberán resolverse de previo. CAPÍTULO III DE LOS INCIDENTES (CODIGO DEL TRABAJO) Artículo 294. así: "Son cuestiones que aparecen en el juicio principal que por ser meros antecedentes lógicos. IV relación entre el incidente. salvo que se fundaren en hechos sobrevenidos.. como la pretensión en la demanda que es el objeto del proceso principal. Artículo 296. se les conceptúa como: "Cuestiones que surgen en un proceso principal y dan lugar a un nuevo proceso y resolución especial" (GOMEZ ORBANEJA). Todas las excepciones las resolverá la autoridad laboral en la sentencia definitiva. se resuelven con la sentencia definitiva".Las excepciones perentorias podrán oponerse en cualquier estado del juicio. puesto que ello equivaldría a suprimir el proceso mismo. podrá rechazar el incidente..Las cuestiones accesorias al juicio principal que requieran pronunciamiento especial con audiencia de las partes.. el incidente promovido después será rechazado. si lo considera conveniente.. III incidencia La incidencia se define como: "Cuestión incidental en la ejecución procesal". todo incidente se resolverá en la sentencia. la resolución podrá ser impugnada en segunda instancia. se tramitarán como incidente en la forma prevista en este capítulo. con excepción de los incidentes de ilegitimidad de personería e incompetencia de jurisdicción. salvo que se trate de vicio que anule el proceso o de una circunstancia esencial para la marcha del juicio. la cuestión incidental y la incidencia La cuestión incidental constituye el contenido y el incidente el continente.. Artículo 321. En sentido estricto.Todo incidente originado en un hecho que acontezca durante el juicio. expresándose los hechos en que se fundamentan. Tal materia se suele definir en sentido lato.Toda excepción propuesta sin ningún fundamento con el fin de retrasar el proceso. que deben resolverse de previo. En el proceso laboral. por lo general no son más que manifestaciones del espíritu chicanero abogados como inescrupulosos que sabiendo que sus causas perdidas lo utilizan como tácticas dilatorias. Artículo 298. difiere o extingue la acción..Salvo que el presente código autorice expresamente un trámite especial. es esa la relación entre la una y el otro. pero si ésta practicara una gestión posterior a dicho conocimiento. II Cuestiones incidentales La cuestión incidental. como en todo otro proceso deben ser reducidas a su misma expresión dadas las celeridades la sociabilidad y la simplicidad y la informalidad que deben caracterizarlo aunque de ninguna manera pueden ser suprimido. deberá promoverse a más tardar el siguiente día hábil que el hecho llegue a conocimiento de la parte respectiva.. SECCIÓN II EXCEPCIONES (CODIGO DEL TRABAJO) Artículo 319...Todas las excepciones deberán oponerse en la contestación de la demanda o contrademanda.igualdad procesal.Si el incidente fuera improcedente.. en virtud de la ley. allí se desarrollan y se resuelven. que tienen su propio tratamiento procesal. el Código Procesal Civil al respecto cita en su art. y JAIME GUASP. y es bipartita: a) De previa tramitación o suspensivas. Tomo 1. 295 CT da potestad al judicial de rechazar un incidente si lo considerare conveniente. VI tipo de incidentes se distinguen en el proceso laboral? La Doctrina sobre saliendo el Dr. c) Oportunidad: su interposición debe darse tan pronto como sea detectada por la parte. llamadas por PRIETO CASTRO de especial pronunciamiento. y normalmente generan un nuevo proceso autónomo que abre un procedimiento separado que concluirá con sentencia separada y autónoma. que tienen una tramitación común. Roberto Ortiz Urbina en su obra Derecho Procesal Civil. Francisco Valladares y la ley han distinguido dos tipos de Incidentes. b) Conexidad: art. Guillermo Cabanellas. igual: y b) Especiales.. las incidencias vienen de situaciones jurídicas extrañas o desvinculadas con la cuestión principal (pretensión). Que requisitos fundamentales deben observarse en el uso de las acciones incidentales? Es importante que las Acciones Incidentales se ajusten a tres requisitos fundamentales. Al respecto la Excelentísima Corte Suprema de Justicia ha dicho que debe se propuesto dentro de las Veinticuatro horas de su conocimiento. a estas PRIETO CASTRO las llaman previas. el Dr. Pudiendo ser el caso de un incidente que no guardare enlace alguno con la causa principal. a) Accesoriedad: Regulado por el art. el Dr. Incidente de Previo y Especial Pronunciamiento o Suspensivo . De manera supletoria. 238 la necesidad de una estrecha relación con vinculación clara y precisa con la causa principal. inciden en ella. Una segunda clasificación en atención al procedimiento a seguir. que la gestión de los incidentes depende de la pretensión principal para su admisibilidad. que se aparta del procedimiento común ordenado para los incidentes. y por GUASP de pronunciamiento no previo. entre los cuales están: a. 294 CT específica que las cuestiones accesorias al juicio principal deberán tramitarse como incidentes. es decir de afuera de la relación procesal. de pronunciamiento previo: y b) De tramitación simultanea o no suspensivas.El incidente con su cuestión nacen dentro de un proceso principal. entre los que están. De igual forma refiere el 237 Pr. Víctor Julio Díaz. y es también bipartita: a) Corrientes o comunes. Esta misma clasificación nos ofrece el Dr. V Clasificación las cuestiones incidentales? Una primera clasificación surge atendiendo al efecto que estas cuestiones producen en el desarrollo del expediente principal. . En el primer caso. Procede la Ilegitimidad de Personería Activa. 297 CT estatuye que si durante el transcurso del proceso se detectase un error procesal se debe de promover un Incidente dentro de las veinticuatro horas de su conocimiento. Si efectuase cualquier otra diligencia que no sea incidentar y. lo promueve. lo que implica que si el demandante de un derecho. entonces estaríamos hablando de Ilegitimidad de Personería Activa o Pasiva según el caso. el que promueve un incidente de este tipo siempre es el demandado. Así mismo. En el Segundo caso. Procede la Incompetencia de Jurisdicción cuando se interpone la demanda en lugar distinto de donde se celebro el contrato de trabajo o donde se pacto ejecutar el servicio. los Incidentes no Suspensivos. reconoce la salvedad para aquellos casos en que se presentan errores que afectan directamente la validez o los presupuestos procesales como son: la ilegitimidad de Personería e Incompetencia de Jurisdicción que únicamente estos se debe resolver de Previo suspendiendo la tramitación Principal o antes del conocimiento propiamente de la causa. Al respecto el Art. su promoción no afecta la tramitación de la causa principal por lo que su pronunciamiento se efectúa hasta en Sentencia Definitiva. Entonces. En materia Laboral. 298. quien contesta excepcionando y abriendo un Incidente de previo y especial pronunciamiento. Este requisito no es válido para los Incidentes de Previo y Especial Pronunciamiento que puede ser alegado después de dicho termino. 320 CT. en el Arto. La Ilegitimidad de Personería. Es en perjuicio del empresario cuando actuando como demandante lo hace en carácter personal y no legal de la empresa. 297 in fine. cuando existe inexistencia de Poder como la deficiencia del mismo.. se puede presentar la situación de que quien contesta incurra en un vicio que afecte el proceso. 298 CT. 273 CT otorga la facultad a los Jueces Civiles de conocer cuestiones en materia laboral. establece que todo incidente debe resolverse en la sentencia definitiva. De igual forma sucedería. en perjuicio del trabajador. dicho incidente será rechazado por el judicial. se exige un pronunciamiento especial. y no determinase la jurisdicción Laboral procede el incidente de incompetencia de jurisdicción. lo que hace que el actor pueda abrir un incidente alegando Ilegitimidad de Personería Pasiva. luego de su conocimiento.b. Art. comparece ante estos Jueces Civiles. Generalmente. puede ser alegada por cualquiera de las partes litigantes. en virtud del art. no obstante. puesto que recaen sobres presupuestos de validez del proceso. Incidente no Suspensivo o de "Trámite Simultáneo. quizás porque no acredito correctamente su representación. No obstante. se puede decir que. el legislador considerando el Principio de Celeridad. cuando concurre a accionar la jurisdicción un dirigente sindical en representación de un trabajador demandante. Impide la prosecución del Juicio Principal mientras no se resuelva el incidente. 293 CT los jueces podrán habilitar días y horas cuando fuese necesario. en un medio para entorpecer la correcta acción judicial. 209 Pr que puede rechazarse de plano. Debiéndose iniciar nuevamente el proceso hasta antes del error. 295 CT. 291 CT in fine. En materia laboral se evidencia la discrecionalidad del juez en este aspecto. se señala los términos que se deben de cumplir en dicho proceso. el artículo anterior ni ningún otro del apartado que nos ocupa. tres días de pruebas y tres para su resolución por el judicial. sino flexible a diferencia de la solemne Legislación Civil. Aunque existen ocasiones que por exceso de trabajo de estos Juzgados los términos pueden verse afectado. ya sea por la parte actora o demandada. dado que su propósito de desembarazar la acción principal de forma que sea más fácil y eficiente el procedimiento. a consideración del juez. La Figura del Incidente se ha venido desnaturalizando con el transcurso del tiempo. de conformidad al art. en este caso el Juez podrá rechazar la petición en virtud del art. estando en concordancia con lo que establece el art. se ha convertido desafortunadamente. Si una de las partes hubiere promovido un incidente de este tipo. acarrea la nulidad de lo actuado cuando dicho error afectan presupuestos procesales. De admitirlo notifica a la contraparte de la existencia del incidente y le señala el término para su oposición. El juez emite auto admitiendo o denegando el mismo. se abrirá a pruebas por tres días.Procesalmente hablando. Cuando se declara improcedente la resolución puede ser impugnada en Segunda Instancia. lo que estaría en . 290 CT. Procurando que estos términos no estén en perjuicio de los litigantes. En virtud del arto. salvo caso fortuito o fuerza mayor. en la práctica es al siguiente día hábil de su notificación. puesto que en el art. las diligencias de pruebas no podrán suspenderse. En el art. La razón por la cual existe esa ausencia de términos se debe a que la Legislación Laboral no es tan rígida. siendo apelable en ambos efectos en virtud del art. Se establece que el juez fijara los términos y prorroga cuando la ley no lo hiciese. 297 CT únicamente se refiere al momento de promoverse por el interesado. Sin embargo en el foro se manejan los términos de veinticuatro horas para contestar. tomando en consideración la naturaleza del proceso y la importancia del acto. lo que implica que se incurrió en pérdida de tiempo y dinero. VII Tramitación Procesal de los incidentes La "Tramitación Procesal de los incidentes inicia cuando se promueve el incidente. 296 CT. La consecuencia de no promover un Incidente cuando es debido. sin razón con el único propósito de retrasar el juicio para ganar tiempo. Si fuese necesario. ya que los juicios se torean largos y tediosos que obligan en algunas ocasiones a la contraparte en el desistimiento de su acción o transigir en la cuestión principal. pudiendo el juez habilitar el tiempo necesario para su práctica y concluido este fallara el juez dentro de tercero día. . Cons.. 3159. Sala de lo laboral.. año 1921.. G CT (principio de lealtad procesal) que ordena evitar prácticas desleales y. dilatorias en juicios y tramites laborales. 134 de las once y cuarenta y cinco minutos de la mañana del día doce de Agosto del año dos mil dos. único). Es en ese supuesto de oportunidad... es decir tres días después de ser notificado y no al día siguiente como ordena la ley. 240 Pr. 351 Pr. En el caso del incidente propuesto tenemos que: a) Con relación a los plazos: El señor fue notificado de la sentencia de término de la referencia. El incidente por declinatoria promovido. IX Para resolverse el incidente por declinatoria Tribunal de Apelaciones de Managua. deberá promoverse a más tardar el siguiente día hábil de que el hecho llegue a conocimiento de la parte respectiva. todo incidente de recusación se debe interponer en el apersonamiento o en la primera comparecencia. de las once y diez minutos de la mañana del día veintinueve de junio del año dos mil que en sus partes conducentes dice: El Art. VIII Interposición del incidente de recusación:' El Doctor Roberto Ortiz Urbina nos enseria: Como requisito.. y presentó su escrito conteniendo la solicitud de ANULABILIDAD hasta el día ocho de junio del dos mil. "Tribunal de Apelaciones de Managua. Igual plazo señala el Art. 266 inc. Sentencia No.J. 74 de las tres y treinta minutos de la tarde del día siete de Agosto del año dos mil. Sala de lo laboral. el día cinco de junio del dos mil. año 1951. es de fuerza legal rechazar la apelación intentada. Dichos artículos señalan una excepción de este plazo que se presenta cuando se trate de vicio que anule el proceso o de una circunstancia esencial para la marcha del proceso. no detiene el proceso principal y de conformidad con nuestro ordenamiento laboral debe resolverse al final junto con la sentencia definitiva. por ser la primera gestión a realizar. por lo expresado. Al tenor del Art. Sala de lo laboral.contraposición a lo prescrito por el art. el B. establece que todo incidente originado de un hecho que acontezca durante el Juicio. Sino se cumple se rechaza de plano la cuestión. el incidente debe interponerse en el primer escrito o gestión. página 1587.T. pág. 297 del C. Cons. “Los incidentes deben promoverse en la siguiente audiencia de que se tuvo conocimiento del hecho que la motiva” (B. único. 117. En materia laboral esta oportunidad es en el apersonamiento. o inmediatamente después de sobrevenirla causal. Sentencia No. En Sentencia No. Esto es confirmado por el honorable Tribunal de Apelaciones de Managua.J. dice: “Las nulidades deben alegarse en el proceso y en la instancia en que se cometieron y dentro de las veinticuatro horas de haberse tenido conocimiento de la misma”. Los Jueces del Trabajo conocerán de toda demanda laboral.Son autoridades laborales: a) Los Tribunales de Apelaciones.. de los conflictos individuales y colectivos de carácter jurídico que surjan entre empleadores y trabajadores.. 295 CT...Es Juez competente para el conocimiento de las acciones jurídicas derivadas del contrato o relación de trabajo: a) El del lugar de la celebración del contrato o el de la ejecución del trabajo. decretos. reglamentos del trabajo. Artículo 272. derivados de la aplicación del Código del Trabajo. donde no los hubiere. a auxiliar a las autoridades judiciales. dentro de la esfera de su propia competencia.Los jueces del trabajo conocerán única y exclusivamente de la materia laboral.Las resoluciones que dicten los Tribunales de Apelaciones causarán estado de cosa juzgada. b) El del lugar del territorio nacional en que se celebró el contrato de trabajo.Los Tribunales de Apelaciones conocerán de las resoluciones de los jueces del trabajo pudiendo revocarlas. con facultad de aplicar las penas consiguientes. Los acuerdos ante el Ministerio del Trabajo causan estado. Las autoridades administrativas están obligadas.. dentro de su respectiva jurisdicción.Todas las cuestiones y asuntos laborales que no fueran de la competencia de los jueces del trabajo serán conocidos por las autoridades del Ministerio del Trabajo. SECCIÓN IV COMPETENCIA DE OTROS FUNCIONARIOS Y ORGANISMOS Artículo 278. SECCIÓN V DISPOSICIÓN COMÚN . Conocerán además de denuncias de carácter contencioso que ocurran con motivo de la aplicación de la ley de seguridad social y de las faltas cometidas contra las leyes de trabajo.Los Jueces del Trabajo conocerán.. b) Los juzgados del trabajo... Artículo 271. Artículo 273.Es de la competencia de los funcionarios de conciliación la tramitación de convenios colectivos y de los conflictos de carácter económico-social. SECCIÓN II POR RAZÓN DE LA CUANTÍA Artículo 276. si lo considera conveniente podrá rechazar el incidente de mero derecho. TÍTULO II CAPÍTULO I DE LAS AUTORIDADES LABORALES Artículo 270. modificarlas o confirmarlas.. CAPÍTULO II DE LA COMPETENCIA DE LOS JUECES SECCIÓN I POR RAZÓN DE LA MATERIA Artículo 275. sólo entre aquellos o sólo entre estos.Los jueces del trabajo deberán ser abogados. de acuerdo con leyes especiales. en primera instancia.X Puede la autoridad laboral declara la improcedencia de un incidente de mero de derecho Tribunal de Apelaciones de Managua. leyes. Artículo 279. independientemente de la cuantía. a elección del demandante. cuando se trate de pretensiones nacidas de contratos celebrados con trabajadores nicaragüenses para la prestación de servicios en el exterior. SECCIÓN III POR RAZÓN DEL TERRITORIO Artículo 277. c) El Ministerio del Trabajo. El Juez de conformidad con el Arto. los jueces de distrito civil y locales de lo civil asumirán sus funciones. Sentencia No. 140 de las y tres y cincuenta y cinco minutos del día quince de Agosto del año dos mil dos.. Artículo 274. del contrato de trabajo o de hechos íntimamente relacionados con él. Sala de lo laboral. todo ello sin perjuicio de las demás funciones que establezca la Ley Orgánica de Tribunales y sus reformas correspondientes.. en virtud de la ley difiere o extingue la acción. como instancia superior jerárquica. de oficio o a solicitud de parte. Si no lo hiciere. Artículo 362. la autoridad laboral. la medida se dejará sin efecto.T. En caso que las providencias precautorias hayan dejado de surtir sus electos. de oficio o a solicitud de parte. En caso que las providencias precautorias hayan dejado de surtir sus efectos. fueran idóneas para asegurar provisionalmente los efectos de la decisión sobre el fondo del proceso por iniciarse o iniciado. 319 C.Ejecutada la providencia precautoria. a la mayor brevedad posible. ofrece la definición de excepción. fianza o depósito suficiente para cubrir los resultados del proceso. XII diferencia entre excepciones e incidentes Según el Código del Trabajo en sus artículos 319 y 294 conceptúa estas figuras procesales que puntualizan la diferencia. Podrán asimismo acordarse precautoriamente medidas de urgencia que. Cualquier interesado podrá evitar la medida o pedir que se deje sin efecto constituyendo hipoteca.. el que la pidió deberá establecer su demanda dentro de los quince días. a efectos que continúe o reanude de oficio el procedimiento. la providencia precautoria será revocada de oficio o a petición del interesado. revocación o levantamiento y la oposición a las medidas de garantía serán tramitadas como incidentes.Ejecutada la providencia precautoria.: los incidentes son todas las consecuencias accesorias al juicio principal . modificación. deberán remitir los autos a dicho Tribunal. la providencia precautoria será revocada de oficio o a petición del interesado. el que la pidió deberá establecer su demanda dentro de los quince días.. revocación o levantamiento y la oposición a las medidas de garantía serán tramitadas como incidentes. sustitución.Artículo 280. revocación y levantamiento de las medidas de garantía Art.Los conflictos de competencia que surjan entre los jueces del trabajo serán resueltos en definitiva por el Tribunal de Apelaciones respectivo o por la Corte Suprema de Justicia cuando no haya un Tribunal de apelaciones. modificación. Cualquier interesado podrá evitar la medida o pedir que se deje sin efecto constituyendo hipoteca.Podrá acordarse precautoriamente el embargo de bienes del demandado.La sustitución. Art.. XI tratamiento como INCIDENTE procesal a la oposición.. Los jueces involucrados en el conflicto. fianza o depósito suficiente para cubrir los resultados del proceso.T. la cual es la siguiente: la excepción es todo hecho que. dentro de tercero día de recibidos los autos. Resuelta la petición y constituida la garantía. Resuelta la petición y constituida la garantía. sin oír previamente a la persona contra quien se solicita. dentro de las veinticuatro horas siguientes al conocimiento del conflicto o a la introducción de la solicitud. El Tribunal de Apelaciones. SECCIÓN VIII MEDIDAS DE GARANTÍA Artículo 360. modificación. 294 C.. resolverá de inmediato su revocación. la sustitución. -362 CT.Las medidas de garantía tienen el objeto de asegurar los resultados de los procesos instituidos en este Código. la medida se dejará sin efecto. Así mismo se establece la definición de incidente en el Arto. Si no lo hiciere.. prenda. prenda. según las circunstancias. Artículo 363. decidirá el conflicto y remitirá los autos al juez del trabajo competente. la autoridad laboral. de oficio o a solicitud de parte. Artículo 361. 363. en su caso. El arto. resolverá de inmediato su revocación. que requieren pronunciamiento especial con audiencia de las partes. se tramitaran como incidente en la forma prevista. Podemos agregar que "las excepciones se tramitan como incidentes .
Copyright © 2024 DOKUMEN.SITE Inc.