H162 Derecho Constitucional

March 26, 2018 | Author: Gerardo Alejandro Bogado | Category: Constitutional Law, Constitution, Case Law, Constitutional Right, Human Rights


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UNIVERSIDAD DE SAN ANDRESDEPARTAMENTO DE HUMANIDADES PROGRAMA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y ORGANIZACIÓN DEL PODER SEMESTRE DE OTOÑO 2013 Prof. Adj. María Angélica GELLI María Teresa PONTE 1. OBJETIVOS GENERALES 2. Los límites emanados del derecho internacional de los Derechos Humanos. para diferenciar la problemática jurídica de la política. 2.1.2.3. Límites al poder constituyente. de la teoría constitucional.1.1. de la organización constitucional argentina. para evaluar los efectos jurídicos.5. 2.2. de los conflictos de valores e intereses que subyacen en las relaciones constitucionales. en el ejercicio del poder constituyente.1.1. 2.3.3. Poder constituyente originario y derivado.3. 1. La constitución Significados de constitución. Conocer la problemática que plantea la protección internacional de los derechos humanos y la responsabilidad del Estado por la violación de esos derechos. Justificación del poder y legitimidad. para resolver cuestiones de derecho constitucional.2. 2.1. 2. democrática y lógico formal.3. El constitucionalismo demoliberal. Tipos de legitimación: iusnaturalista. El control de poder constituyente derivado. El problema de la legitimidad del sujeto y del resultado. Poder político y derecho Diferencias y relaciones entre lo político y lo jurídico.2. de las relaciones entre la Constitución.1. de la doctrina de la Corte Suprema sobre conflictos constitucionales.3. La teoría de la división del poder y la teoría de los 2 . 2. El problema de la legitimidad constitucional. Comprender la relación entre lo jurídico y lo político en la estructura del Estado.1.2. CONTENIDOS I.1. 2. Poder constituyente El ser y el deber ser en el poder constituyente.2. 2. de conocimiento 2. políticos y sociales de la jerarquía constitucional de los Tratados de Derechos Humanos sobre el orden jurídico interno. de habilidades 2. Conocer la estructura constitucional del poder en Argentina.4. Orígenes del constitucionalismo. de colaboración en el aprendizaje y en el trabajo común 3. OBJETIVOS ESPECIFICOS 2. 3. la defensa de los derechos humanos en el orden internacional y el control de convencionalidad en el ordenamiento jurídico interno. 2. 2. TEORIA CONSTITUCIONAL 1.2.1. de respeto y aprecio por las opiniones ajenas 2. 1. La reforma de la constitución. de conductas 2.1. Edición 2005.Gelli. (Consulta). Estado de Derecho. Sergio –Sobre el control de convencionalidad y la recepción interna del orden internacional de los Derechos Humanos. del art. Astrea. Buenos Aires.Eleventh Edition. Jonathan . María Angélica . Susana -Constitución y Poder Político. pág. Miller. Vanossi. 2008. Gerald -Constitutional Law. 13/29 García Ramírez. Jonathan -Control de constitucionalidad: el poder político del poder judicial y sus limites en una democracia. Buenos Aires. Análisis del Preámbulo. II. Miguel (Editor). Astrea. María Angélica –Constitución de la Nación Argentina. Ernesto –Control de convencionalidad de las leyes y Derechos Humanos. Jonathan . Caso: 3 . USA. La constitución argentina Origen ideológico y fuentes de la Constitución argentina. VVAA -Neoconstitucionalismo(s).Cayuso. Cuarta Edición ampliada y actualizada. México. 1ª edición. Rolando E. 959. contenido y valor legal y aplicación jurisprudencial. DERECHO CONSTITUCIONAL ARGENTINO 1. El preámbulo. 1994. Jonathan .editorial Trotta. Susana Constitución y Poder Político-. T I. Madrid. 2/16. 19 C.D. Caso: “Marbury” (En Miller. pág.Gelli. Tomo I. Badeni.Prólogo a Rey Cantor. Los problemas del control de convencionalidad en el ámbito regional y en el ámbito nacional sobre la supremacía constitucional. 46/49.Biblioteca Porrúa de Derecho Procesal Constitucional. Legitimidad y justificación. 2da. T I.Gelli. 4º Reimpresión. El control de constitucionalidad. Ferrajoli. University Casebook Series. Pág. Jorge R.Cayuso.N. 2 y ss. Ad-Hoc. María Angélica .(En Miller. junio de 2011. T I y II. Susana -Constitución y Poder Político. Luigi –Pasado y Futuro del estado de derecho. puntos 1 y 2. Estado Social de Derecho y Estado Constitucional de Derecho. -El Poder Judicial y los Jueces en la República RepresentativaE. 1980. Buenos Aires. Buenos Aires.(En Miller.Ed. I (Consulta) Gialdino.Cayuso. Gregorio -Reforma Constitucional e Instituciones Políticas. 147. Comentada y concordadaEditorial La Ley. 1º y del art. Pág. pág. Supremacía de la Constitución Efectos de la supremacía de una constitución rígida. Porrúa.Buenos Aires. 1987. Astrea. Gelli. 49/54 y 1089/1098) (Consulta). María Angélica . 4. Sistemas para mantener la supremacía.controles. -Recurso Extraordinario Federal: control de constitucionalidad. Gunther. p g.. Estructura de la constitución: parte dogmática y parte orgánica. Cap.en Carbonell. sus problemas interpretativos. 11 de la C.El Derecho. Buenos Aires. 19-8-1999. La Ley. 1997-B-247. alcance y límites (art. Los acuerdos ejecutivos. Buenos Aires. "Fayt" C. Buenos Aires. inc. 4º Reimpresión. Buenos Aires. Comentada y concordadaEditorial La Ley. Gelli. junio de 2011. Los gobiernos de facto y el proceso de desconstitucionalización en la República Argentina. 7 de diciembre de 2007. María Angélica -El liderazgo institucional de la Corte Suprema y las perplejidades del caso “Mazzeo”-. 31 y 75. Nº 7. 22 y 24 de la Constitución Nacional. 4º Reimpresión. 1988. (Consulta). mayo de 2011.S. Recurso Extraordinario Federal. La Ley. Año III. Susana (Coordinadora) El control de convencionalidad. Adelina. Bianchi. Consid. Buenos Aires. El control de constitucionalidad y el control de razonabilidad. Simón.Cayuso.Buenos Aires. Mazeo. Gelli.Ideas en Ciencias Sociales. 27. (1996). Cuarta Edición ampliada y actualizada.S. El juicio político a la Corte Suprema de 1946-47. (1992). María Angélica –Constitución de la Nación Argentina. 30 C. Art. 54/58. Efectos del control judicial de una reforma constitucional. 22 y 24 de la C. 79. (Consulta). El Derecho. 17 de septiembre de 1999. En Revista de la Asociación Argentina de Derecho Administrativo. 28 C.N.N. Tomo I. Astrea. 2007 y en La Ley. El valor vinculante de la jurisprudencia de la Corte Suprema. El problema de la jerarquía de los Tratados de Derechos Humanos y de Integración. 2. 81:721 y en Miller. Buenos Aires. María Angélica . 11. Análisis de los arts. Susana -Constitución y Poder Político. Cuarta Edición ampliada y actualizada.En VVAA. Tomo I y II.el marco conceptual del control de convencionalidad en algunos fallos de la Corte Suprema argentina. (Consulta). 148-354.N. Comentada y concordadaEditorial La Ley. Casos: "Polino" La Ley. "Chocobar" C. Universidad de Belgrano. Control judicial de la reforma constitucional. 1957 y 1994. Susana -Gelli. 99. Jonathan . Las reformas constitucionales de 1949. Gelli. inc. Ediar. Art. 3.S. Casos: "Ekmekjian c/Sofovich" C. María Angélica –Constitución de la Nación Argentina.N. 8 de septiembre de 1999. 27 y 75. La supremacía constitucional Jerarquía constitucional. inc. Análisis del art.) El control de constitucionalidad de oficio."Pérez de Smith. p g. Nº 2. Control de la reforma constitucional.Gelli. T I. p g. 31. María Angélica -Lo jurídico y lo político en la doctrina de facto: el caso argentino en 1930. 12 y 13. Loiano. 30 de la Constitución Nacional. 4 . Alberto -Los efectos del caso "Fayt” sobre la reforma constitucional de 1994. 1994-C-291. Cayuso. Ana y otros" El Derecho. Arancibia Clavel. Las acordadas de 1930 y 1943. 2008. ALBANESE. La reforma de la constitución Art. ) Los decretos de necesidad y urgencia (art. c/Estado Nacional” C. 76 de la constitución nacional). 108 y 110 C. “Mazzeo. 923. El jefe de Gabinete de ministros (Art. Los órganos de control. Buenos Aires. 115. atribuciones y funcionamiento. La Ley 1994-B-643. 88 C. Alfonso (h) – Álvarez.) Poder Judicial.) La cuestión de la independencia externa e interna del poder judicial y el control a los otros poderes.S. Buenos Aires. XLII (2007). Relación entre la Nación y las provincias. 30 y 42 “Consumidores Argentinos c/ EN –PEN”. (Consid. 121 a 129 C. junio 19 de 1991. C.S. (2008). 2000.) El sistema federal. 114 y 115 C. Julio Lilo s/recurso de casación e inconstitucionalidad” CSJN M.) Ministerio Público. Análisis de los artículos citados en el Programa. 2333. Consid. Dardo -El Poder Ejecutivo.“Arancibia Clavel” C. 1991-C-1587.N. Poder Ejecutivo.) Elección presidencial. Estructura. 4.N. La Corte Suprema de Justicia como tribunal y como poder (art. junio de 2011. Estructura. atribuciones y funcionamiento. 18.S.N. Diciembre de 2008. -La Corte Suprema debe sentirse obligada a fallar conforme a sus propios precedentes. Elección de los miembros de la Corte Suprema. 26. (2003) La Ley 2003. 22 y 23. La Ley Constitucional.80 C. Estructura. 120 C.N. El vicepresidente de la Nación. 627. “Colegio de Abogados de la Capital Federal c/Estado Nacional”. Pérez Guilhou. 99. (Consulta). Acefalía presidencial (art. Luis" El Derecho. (Consulta).N.S. 17. C. 4º Reimpresión. Jurisdicción federal y provincial (art. El juicio político (arts. 23.) Delegación legislativa por emergencia pública y en materias de administración (art. (1993.en Instituto Argentino de Estudios Constitucionales y Políticos. p g. 116 y 117 C.S. Distribuye Depalma. Atribuciones.N. (Consulta) Gelli. p g 523. 1995. Varios Autores. Editorial Ábaco de Rodolfo Depalma.) Las emergencias en la constitución. La Ley 2000-E. “Famyl S. Cuarta Edición ampliada y actualizada. Obra en homenaje a Julio Oyhanarte. atribuciones y funcionamiento. T.A. Buenos Aires. La autonomía municipal.N. Defensor del Pueblo y Auditoría General de la Nación.) Las emergencias económico-sociales.S. Santiago. Tomo II. La organización del poder Poder Legislativo. (2004).) y la promulgación parcial de leyes (art.N. 100 C. Independencia externa e interna. 5 . C.N. T II. Universidad Austral. "Peralta. (art. La Ley. “Provincia de San Luis c/Estado Nacional” C. La Ley 25. XLIII (2010). 3º C. 141. La Ley 2004-F-806. Casos: “Cocchia” C.Jurisprudencia Argentina.N. María Angélica –Constitución de la Nación Argentina. 23 C. Fernando (Coordinadores) -Función Política de la Corte Suprema. La concentración del poder en el ejecutivo. Alberto F.) El Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento (art. La Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Capital Federal (arts. inc. Garay. Comentada y concordadaEditorial La Ley. El estado de sitio (art. 20. El decreto 222/03. 53 y 59 C.N.561. . 40. (Consulta) Bianchi. 75. Derechos declarados e implícitos. La declaración de derechos y garantías. (Consulta) Casos: “Varios Puesteros próximos al Mercado Central". junio 30 de 1999.Derechos y prerrogativas públicas: aspectos de un nuevo orden.Tomo 1 y 2. María Angélica –La supremacía de la Corte argentina y la Jurisprudencia internacional. “Halabi.La Ley 2012 E. 23 y 17 C. Astrea. 18 y 43 C. Calógero (Coordinadores) -Comentarios a las Opiniones Consultivas de la Corte Interamericana. La igualdad y las acciones positivas (art. Susana -El valor de las recomendaciones de la Comisión Americana de Derechos Humanos. 14 bis. Gelli y Cayuso Constitución y Derechos Humanos. 42.Buenos Aires. Diciembre de 2008. (Art. 4º Reimpresión. 16. Buenos Aires. La Comisión y la Corte Interamericana. Buenos Aires. 39. Nuevos derechos constitucionales. Bidart Campos. Las Opiniones Consultivas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Basset. 14.Jurisprudencia Argentina.E. 673. Reglamentación de los derechos constitucionales: alcance y límites.). Comentada y concordadaEditorial La Ley. III. Los Comités de la ONU. La Convención Americana de Derechos Humanos. Hábeas corpus. y 75.La Ley.N.) Gelli. Art. 7 de noviembre de 2003. 1991.N. XLII (2009). 27 de septiembre de 2010. Buenos Aires. 1234 y ss. Mendoza. dto. Pág. Las sentencias de la Corte Interamericana. Ernesto c. (En Miller. 2000. J. Tomo II. 18 y 19). El Control de convencionalidad en la Corte Interamericana de Derechos Humanos y en la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Análisis de los artículos citados en el Programa. 41. P.1563/04 s/amparo” C. Pablo A. Ursula Cristina –La universalidad de los derechos humanos ¿sigue siendo tal?Suplemento La Ley Constitucional. y Albanese. Alberto B. junio de 2011. Las garantías. Derechos personales y sociales. Derechos y garantías constitucionales.S. (Consulta) Bidart Campos. H. 17 y 19 C. (Consulta) 6 . (Consulta) Gutiérrez Colantuono. inc. 270. Germán y Pízzolo. María Angélica –Constitución de la Nación Argentina. amparo y hábeas data (art. Cuarta Edición ampliada y actualizada. Gelli. El poder de policía estricto y amplio.N.N. 38. inc. G. Ediciones Jurídicas Cuyo.5. LA JURISDICCION SUPRANACIONAL La protección internacional de los Derechos Humanos. – ley 25.. –Una reflexión sobre el llamado “control de convencionalidad”Suplemento La Ley Constitucional. 37. 1ª edición. Porrúa. Rey Cantor. London.La Ley. Este método requiere. Fuentes universales y americanas.La Ley. Buenos Aires. exposiciones de los estudiantes y análisis crítico de la exposición. Néstor Pedro –Dificultades operativas del “control de convencionalidad” en el sistema interamericano. la profesora dirigirá el debate a fin de distinguir el problema global. 2008. los valores y los intereses en juego y los efectos de los diseños institucionales. (Consulta) Sagüés. Pablo Luis (Coordinador) Derecho Procesal Constitucional.Suplemento La Ley. organizado en todas sus partes y expuesto por los estudiantes. (Consulta) Loiano. 2003. Buenos Aires. 7 . En los Tutoriales se trabajará con debates generales.Gelli. (Consulta) Gialdino. Adelina –El procedimiento ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (Consulta) Hitters. Ernesto –Control de convencionalidad de las leyes y Derechos HumanosBiblioteca Porrúa de Derecho Procesal Constitucional. de las posiciones y de la sentencia. Suplemento La Ley Constitucional. Los interrogantes de “Lariz Iriondo”. 11 de agosto de 2010. METODOLOGIA A partir de cuestiones problemáticas. México. marzo de 2007. -Debate sobre un caso. Se analizarán casos judiciales. las normas constitucionales. –Control internacional de los Derechos Humanos y fuentes constitucionales. marzo de 2005. 10 de noviembre de 1999. Constitucional. necesariamente: -Asistencia y puntualidad. sus implicancias. (Consulta) Gordillo. con preparación del reglamento. Editorial Universidad. María Angélica –El terrorismo y el desarrollo progresivo de un delito internacional.El Derecho. marzo de 2005. Pablo Luis (Coordinador) Derecho Procesal Constitucional. María Angélica –Las reparaciones simbólicas por la violación de los derechos humanos (A propósito del caso “Castro Castro vs. Juan Carlos -Imposibilidad de retirarse de la jurisdicción de la Corte Interamericana (El caso de Perú). -Entrenamiento en la argumentación. Buenos Aires. (Consulta) Gualde. Agustín –The Future of Latin América: Can the EU help? A View fron Argentina.En Manilli. grupos operativos. 20 de septiembre de 2005. Buenos Aires. Editorial Universidad.Esperia Publications Ltd. 4. Gelli. Perú”). -Lectura previa para cada clase. -Resolución de casos hipotéticos. Andrea –El procedimiento ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos En Manilli. Rolando E. Buenos Aires. 18 de septiembre de 2003. Gelli: Lunes: 10 a 11 Miércoles 10. Un parcial escrito. Para aprobar la materia es condición necesaria. * El trabajo en los tutoriales. capacidad de controversia exteriorizada en la consistencia de los juicios propios y en el respeto de los ajenos.la calidad de la exposición y el rigor de la investigación en: * La preparación y participación en las clases teóricas para las que se requiere asistencia y puntualidad. * Un final escrito sobre la totalidad el programa. Se valorar la capacidad de expresión -oral y escrita. pero no suficiente. Quienes no obtengan cuatro (4) puntos como mínimo o no asistan al parcial con causa justificada. 6. debate sobre las cuestiones de ese caso y preparar el reglamento del debate. en el que se deberá: desempeñar roles. Quienes reprueben el recuperatorio rendirán el examen final en forma escrita y oral. EVALUACION Se evaluarán los conocimientos y habilidades adquiridas en orden a los objetivos del curso: comprensión de los problemas examinados. rendirán un recuperatorio -cuando lo disponga la profesoraen el que se incluirán los temas analizados con posterioridad al parcial.5. HORARIO DE CONSULTA Prof. obtener en el examen final cuatro (4) puntos como mínimo. * El análisis de un caso judicial.30 a 111. para los que se requiere un 80 % de asistencia y puntualidad.30 ***************** 8 .
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