Guia Para La Rendicion de Cuentas 2016

March 27, 2018 | Author: tomás | Category: Debit Card, Budget, Euro, Payments, Banks


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“GUÍA DE RENDICIÓN DECUENTAS” Esta guía “Para la rendición de Cuentas”, tiene como objetivo orientar al responsable del proyecto en la forma correcta de rendir los recursos fiscales que utilizará en el desarrollo de su proyecto. DOCUMENTO DE APOYO PARA EL RESPONSABLE DE PROYECTOS GUÍA PARA LA RENDICIÓN DE CUENTAS DE PROYECTOS DE FONDOS CONCURSABLES DEL CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES INTRODUCCIÓN El presente instructivo ha sido elaborado como un documento de apoyo y orientación para las personas naturales o jurídicas, de derecho público o privado beneficiarias de recursos públicos a través de proyectos adjudicados en Fondos Concursables del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, respecto de la forma correcta de rendir cuentas sobre el uso de estos recursos. La rendición de cuentas debe efectuarse de acuerdo a lo establecido en la Resolución N°30 de 2015 de la Contraloría General de la República (CGR), que “fija normas de procedimiento sobre rendición de cuentas” y las normas de carácter tributario, laborales y su jurisprudencia asociada, así como también, con la debida consideración de los Dictámenes de la Contraloría General de la República y leyes de la República que sean atingentes. I. DEFINICIONES GENERALES 1. ¿Qué es la rendición de cuentas? Es el acto por el cual el responsable del proyecto entrega al CNCA un informe de los recursos adjudicados; con el detalle y la documentación auténtica de los gastos que ha efectuado en virtud del cumplimiento de los objetivos planteados en su proyecto, como también aquellos que incumben a los Aportes Propios y de Terceros (si corresponde). 2. ¿Desde cuándo puedo realizar gastos en el proyecto? De conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Resolución CGR N° 30 de 2015, sólo se aceptarán como parte de la rendición de cuentas del proyecto, los desembolsos efectuados con posterioridad a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el Convenio de Ejecución que se deberá suscribir. En casos calificados el CNCA podrá autorizar se incluyan en la rendición de cuentas gastos ejecutados con anterioridad a la total tramitación del mencionado acto, y realizados en fecha posterior a aquel que formaliza la selección de los proyectos, siempre que existan razones de continuidad o buen servicio, las que deberán contar en el instrumento que dispone la entrega de los recursos (Convenio de Ejecución de Proyecto). En resumen, sólo se pueden realizar los gastos que se encuentren comprendidos en el convenio asociado a un proyecto y/o aquellos realizados durante el período de una prórroga solicitada formalmente antes del vencimiento del plazo del convenio y debidamente autorizada, también en términos formales por la autoridad competente, Secretario (a) Ejecutivo (a) del Fondo o bien por el Director (a) Regional (si corresponde). A mayor abundamiento, no se aceptarán gastos realizados con fecha posterior a la ejecución del proyecto seleccionado, ni gastos asociados a la preparación de un proyecto para ser presentado a los concursos. 3. ¿Por qué se presenta la Rendición de Cuentas? Porque es una exigencia y obligación legal para todas aquellas personas naturales y jurídicas que reciben recursos fiscales cuya regulación se encuentra establecida en la Resolución N° 30 del 2015 de la Contraloría General de la República. 1 exigir un comprobante de recepción de la rendición. los aportes propios y/o aportes de terceros y los que desde el Estado le fueron entregados a través de Fondos Concursables que contribuyen a financiar su proyecto. 7. Sólo en casos excepcionales y debidamente justificados. ¿Qué se rinde? Todos los recursos comprendidos en el convenio y que fueron considerados por usted en su proyecto. esto es. Rendición de Cuentas de Municipalidades y Servicios Públicos. ¿Para qué se presenta la rendición de Cuentas? La rendición de cuentas se presenta a fin de dar cumplimiento a las disposiciones legales y administrativas vigentes que regulan las transferencias de los recursos fiscales. ¿Dónde se presenta la Rendición de Cuentas? La rendición de cuentas se entrega en la Oficina de Partes de cada Dirección Regional del CNCA o bien del Nivel Central (nacional). le comunicarán a través de carta certificada su aprobación o bien las observaciones determinadas en la revisión señalándole el plazo con que cuenta para subsanarlas. 5. para realizar esta tarea. se podrá obtener la siguiente cuota. Depósito a Plazo o de cualquier otra forma que asegure el pago de la parte no rendida de la respectiva cuota. 11. Póliza de Seguro. del 2015. ¿Cómo me entero de la aprobación o rechazo de la rendición presentada? Desde la Dirección Regional o Nivel Central en la que usted presentó su rendición de cuentas de acuerdo a la adjudicación de los fondos. 13. Quiénes presentan Rendiciones de Cuentas? Todas las personas naturales y jurídicas de derecho público o privado que han recibido recursos financieros desde el CNCA. ¿Qué debo hacer para acceder a la siguiente cuota? De acuerdo a lo indicado en la Resolución CGR N° 30. la Secretaría Ejecutiva o Dirección Regional podrá autorizar su entrega posterior. habiendo rendido la primera o cualquiera otra cuota entregada con anterioridad. ¿Quiénes revisan mi Rendición de Cuentas? En cada Dirección Regional o Nivel Central del CNCA. ¿En cuántas cuotas se accede a los recursos? Los recursos serán entregados en una o más cuotas dependiendo de las bases del concurso o bien lo que se disponga en el convenio. 12.4. debiendo en este acto –el responsable del proyecto . para la ejecución de un proyecto de fondos concursables o asignación directa. Además para el caso de transferencias a privados éstos deberán hacer entrega de una garantía consistente en Vale Vista. existe personal calificado. ¿En qué fecha debo presentar mis informes de rendición? Las fechas se encuentran estipuladas en el convenio suscrito. en atención a una solicitud de prórroga realizada mediante carta por el beneficiario con antelación al vencimiento del plazo convenido. De acuerdo con lo dispuesto en el título III de la Resolución CGR N° 30. 6. el organismo receptor estará obligado a enviar el 2 . del año 2015. tanto para el Informe de Avance como para el Informe Final. o bien aportes mediante otras transferencias o subvenciones. en los casos que los proyectos sean supervisados por la Secretaría Ejecutiva (Asignación Directa). debiéndose fijar un plazo para dicha rendición o para la ejecución de esa caución. El CNCA la debe exigir y proceder a su revisión para determinar la correcta inversión de los fondos otorgados de acuerdo con los objetivos previstos en el proyecto. así como también. 9. 10. que fija normas de procedimientos sobre rendición de cuentas. 8. no tener pendiente de rendición otras transferencias otorgadas por el Servicio. con copia de los documentos que respaldan el informe. como de Informes mensuales de gastos. más lo que se disponga en el respectivo convenio. 3 .comprobante de ingreso por los recursos percibidos y un informe mensual y final de su inversión. en atención a ello. corresponderá exigir a las Municipalidades y otros Servicios Públicos la entrega tanto de Informes de actividades. Los documentos originales de la transferencia serán examinados por la Contraloría General en la sede de la Municipalidad y/o Servicio Público. autorizados en el caso de las Municipalidades por el Secretario Municipal. y aquello que se gastó demás. alimentación. así como también. 2. de 2015 y en particular por: la caratula. Se presenta al momento de la firma del convenio de ejecución.. 1 La Readecuación Presupuestaria es la modificación y adaptación del presupuesto original postulado por el ejecutor del proyecto en atención a que el Consejo de la Cultura asignó menos recursos que los presupuestados inicialmente. FORMALIDADES DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS O DE GASTOS El expediente de rendición de cuentas estará compuesto en general por los documentos establecidos en el párrafo 4° de la Resolución CGR N° 30. transporte. Inversión y Difusión) de gasto aprobado. sólo el documento original. el cual se consignó en el Formulario de 1 Postulación o en la Readecuación Presupuestaria o en una Reitemización Presupuestaria autorizada expresamente por la autoridad o funcionario competente de la unidad o dependencia del CNCA a través del cual se ejerce la supervisión y control del proyecto. Contendrá una estricta relación de los recursos gastados en conformidad con el presupuesto autorizado para la ejecución del proyecto. según corresponda. En la Planilla de Rendición se deberán agrupar los gastos individualmente por ítem y dentro de ellos por concepto. Orden y numeración de documentos Los Documentos de respaldo deberán estar numerados en forma correlativa y pegados en una hoja. Dirección Regional o Nivel Central del Consejo Nacional de la Cultura y la Artes. deberá reintegrarse al Consejo de la Cultura aquello que se gastó de menos. se indica el resumen de la rendición y el responsable firma. 5. Si el documento presentado es tributario. Monto rendido coincidente con el presupuesto El monto rendido deberá ser coincidente al monto de la cuota que se esté rindiendo y ajustarse a los límites presupuestarios establecidos para cada ítem (Honorarios. ya sea en el presupuesto inicial. considerándose como tal. de tal forma que coincida el orden y monto del documento con aquel señalado en la Planilla de Rendición. es decir. 3. debiendo cumplirse con las siguientes formalidades: 1. Planilla de Rendición (Anexo N°2) La rendición de gastos debe presentarse únicamente en una planilla según el modelo y formato indicado por el Consejo de la Cultura. será considerado un aporte personal a la ejecución del proyecto (que en ningún caso aumentará oficialmente el Aporte Propio postulado en el proyecto). etc. 4 . según el presupuesto aprobado en el Formulario Único de Postulación (FUP) o Readecuación Presupuestaria o Reitemización autorizada en la Dirección Regional o Nivel Central del CNCA. la planilla con el detalle de los gastos y la documentación original que lo respalda. en la readecuación presupuestaria o en la reitemización presupuestaria autorizada en la Dirección Regional o Nivel Central. Operación. deberá contar con el respectivo timbre del SII o su validación electrónica.II. pasajes aéreos. 4. Carátula (Anexo N° 1) Formulario tipo donde se individualiza tanto al servicio otorgante como al beneficiario receptor. ejemplo: Ítem Operaciones: honorarios del traductor. Si existe alguna diferencia entre lo rendido en documentación y el presupuesto autorizado para cada ítem. Documentos auténticos y originales Toda la documentación presentada en la rendición de cuentas deberá ser auténtica. comprendidos entre la fecha de total tramitación del acto administrativo que aprueba el convenio y la fecha establecida en el propio convenio para la entrega del Informe Final o la señalada en el documento que 2 autoriza una prórroga. como por ejemplo: Comprobante de depósito. También. valor y fecha.Solo en casos calificados por la Contraloría General de la República. se interpondrán las denuncias y acciones judiciales pertinentes al ilícito ante el Ministerio Público. Articulo N°13. 8. 9. el gasto no podrá atribuirse al monto adjudicado en el Fondo Concursable. El revisor de cuentas podrá solicitar al responsable del proyecto una copia del documento en caso que el original no sea suficientemente claro. firma de recepción conforme. de acuerdo a lo establecido en el Artículo 61.834. Fecha de los documentos Solo se podrán imputar gastos que estén dentro del período de ejecución del proyecto. El documento que no cumpla con lo anterior. evaluará y decidirá caso a caso. detalle del documento. respecto de los contribuyentescomercio que hayan optado por emitir boletas de ventas y servicios en formato papel. podrá realizar gestiones ante el proveedor para obtener confirmación de la emisión. 11.I.. el Responsable del proyecto podrá solicitar. de transferencia electrónica. en cuyo último caso. caso contrario. 10. es decir. según corresponda. los desembolsos efectuados con posterioridad a la total tramitación del acto administrativo que ordena la transferencia. De constatarse una adulteración o falsificación de los documentos tributarios presentados en la rendición de cuentas. el comprobante o recibo de pago generado en transacciones pagadas a través de medios electrónicos.) De acuerdo con lo dispuesto por el S. letra k) de la Ley 18. 6. deberá estar extendido únicamente al RUT y nombre del Responsable del Proyecto. SII N°5 del 22 de enero de 2015. como facturas. etc. en caso de extravío del documento original el responsable del proyecto podrá solicitar autorización mediante carta a la Dirección Regional o Secretaría Ejecutiva del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. sobre la aprobación de las razones aducidas. etc. Sólo se aceptarán como parte de la rendición de cuentas. 7. por razones fundadas. La autoridad ponderará. (Resolución ex. timbre de cancelación. deberá rendirse debidamente cancelado o contener algún respaldo que permita comprobar su pago efectivo. 5 . Documentos claros y legibles La documentación presentada como respaldo del gasto deberá ser clara y legible. es causal de rechazo. Documentos sin alteraciones ni enmendaduras Los documentos deberán ser presentados sin ninguna alteración ni enmienda. contratos. para rendir cuenta con una copia del documento tributario debidamente autorizado ante notario. a contar del 01 de febrero de 2015. el gasto será rechazado. mediante el uso de 2 Resolución N°30. Documentos a nombre del Responsable de proyecto Todo documento cuya naturaleza lo permita. En caso de no obtener copia legible o confirmación del documento. Ahora bien. Documentos con respaldo de cancelación o comprobación del pago Todo documento que respalde un gasto y cuyo formato lo permita. pudiendo ser aceptada o rechazada. Emisión del Comprobante o “Recibo de Pago” generado en transacciones pagadas através de Medios Electrónicos.I. boletas de honorarios. no presentar el documento auténtico. será rechazado de la rendición de cuentas. incluso cuando se trate de convenciones que versen sobre bienes o servicios exentos de dichos impuestos” 13. el Decreto Ley N° 825. sean éstos Boletas de venta de servicio e Invoice y acreditarse los pagos efectuados de conformidad con las disposiciones legales vigentes en el país respectivo. No obstante lo anterior el responsable del proyecto en la planilla “detalle de la rendición de cuentas” deberá indicar los artículos adquiridos o bien el servicio recibido que se pagó mediante tarjeta de débito. Tratándose de documentos tributarios electrónico. los mencionados contribuyentes no deberán emitir boleta en las operaciones que se paguen del modo antes indicado. Documentos tributarios electrónicos. tales como facturas. Documentos emitidos en la Isla de Pascua. Gastos efectuados en el extranjero y/o en moneda extranjera Los gastos incurridos en el extranjero deberán respaldarse por quien rinde cuentas. sobre impuestos a la ventas y servicios. los contribuyentes-comercio deberán emitir normalmente la boleta de ventas y servicios en las operaciones cuyo pago se realice en dinero efectivo o materialice a través de un medio de pago que no sea una tarjeta “de crédito” o “de débito”. con documentos 3 auténticos emitidos en el exterior. convenio aprobado por resolución N° ______ de fecha ______” 14. De igual exención gozarán los actos o contratos que se ejecuten o celebren en el Departamento de Isla de Pascua por personas domiciliadas en él respecto de actividades o bienes que digan relación con ese mismo territorio” No obstante lo anterior. Si los documentos auténticos emitidos en el extranjero están expresados en moneda extranjera. De acuerdo a lo estipulado en la Ley 16. tendrá el valor de boleta de ventas y servicios. estarán exentos de toda clase de impuestos o contribuciones. según el caso. de 22 de enero de 2015. incluso la contribución territorial.“tarjetas de crédito” o “tarjetas de débito”. En aquellos casos en que se pague parte del precio de la venta o servicio a través de un medio electrónico y el saldo en dinero efectivo o utilizando un medio de pago distinto de las tarjetas “de crédito” o “de débito”. el responsable del proyecto deberá: 3 Invoice: corresponde los documentos tributarios en el extranjero. Por tanto. y de los demás gravámenes que establezca la legislación actual o futura. Esta obligación regirá aún cuando en la venta de los productos o prestación de los servicios no se apliquen los impuestos de esta ley. de tales documentos. En atención a que las disposiciones de esta resolución son aplicables sólo respecto de las operaciones pagadas a través de medios electrónicos en terminales transaccionales POS. 12. establece en su artículo N° 52 que: “Las personas que celebren cualquier contrato o convención en los mencionados en los Títulos II y III de esta ley deberán emitir facturas o boletas. es igual a una Factura 6 . lo siguiente: “Proyecto financiado por el CNCA. boletas u otros. el responsable del proyecto deberá solicitar al proveedor que al momento de su emisión incorpore en la columna detalle. el contribuyente-comercio deberá emitir la boleta de ventas y servicios correspondiente por la parte del saldo del precio que se haya solucionado del modo indicado. por las operaciones que efectúen. otorgado en la forma y condiciones que se establecen en la resolución SII N° 5.441 en su artículo 41° dispone que “Los bienes situados en el Departamento de Isla de Pascua y las rentas que provengan de ellos o de actividades desarrolladas en él. multas y moras. bonos. según la paridad publicada por el Banco Central de Chile en su página web: www. Si al efectuar la rendición con los tipos de cambio mencionados. existiere un mayor costo en los gastos asociados al proyecto. también contemplados en la aprobación del presupuesto del proyecto o aquellos que cuentan con la autorización expresa y formal de la Secretaría Ejecutiva o Dirección Regional según corresponda (cuando el gasto tiene relación directa con los objetivos del proyecto). el Revisor de Cuentas podrá solicitar al ejecutor del proyecto que adicione documentación o información a su rendición de gastos de manera que se acredite fehacientemente el uso de los recursos. por ejemplo: para legalizar documentos de una rendición. según corresponde.  Gastos destinados al pago de la caución o Letra de Cambio en garantía del proyecto. se ha determinado que el aplicable será el correspondiente al momento de la operación de cambio. este debe ser asumido por el Responsable del proyecto. En cuanto al valor del tipo de cambio. es decir. En caso contrario.  Intereses. Gastos financiables Los gastos financiables son aquellos que se encuentran comprendidos y/o cubiertos por el convenio.  Traducción al español. etc. los recursos sobrantes deberán ser reintegrados al Consejo de la Cultura o reitemizados en los mismos términos establecidos en el convenio de ejecución del proyecto. 15.  Pago de dividendos o deudas de cualquier tipo. se respaldará la compra de dicha divisa con la Boleta o Documento Bancario respectivo.  Valorizar el gasto en la moneda extrajera y realizar la conversión a pesos chilenos. 7 . objeto. si el costo de los gastos asociados al proyecto son menores que los adjudicados. Utilizar la Planilla de Rendición de Gastos en Moneda Extranjera entregada por el Consejo de la Cultura. la individualización y domicilio del prestador de servicio y/o vendedor de los bienes adquiridos.). Cuando se adquiera o compre divisa en una Casa de Cambio o a través de un Banco. Solicitud de otros documentos Si la circunstancia lo amerita. y la naturaleza.cl  Dichos documentos de respaldo deberá indicar. Gastos no financiables En términos generales no se financiarán los gastos que no se encuentren comprendidos y/o cubiertos por el convenio y en particular los siguientes gastos:  Compra de instrumentos financieros (acciones. fecha y monto de la operación. a lo menos.  Pagos realizados con tarjetas de créditos 17.  Pagos derivados de la tramitación de visas o pasaportes (excepto en las líneas de concurso que las Bases lo permitan). la diferencia puede solventarse con los recursos del ítem de imprevistos (si el presupuesto autorizado los contempla y las bases del concurso lo han permitido).bcentral. es decir esa conversión de moneda extranjera a peso chileno será el día en que se realizó el gasto. 16.  Gastos notariales. Sin embargo. se adjuntaráademás de la respectiva boleta de honorarios. independiente de la habitualidad con que se requiera. HONORARIOS ITEM PRESUPUESTARIO HONORARIOS Corresponden a los gastos efectuados a cambio de una contraprestación de servicios profesionales realizados por terceros y necesario para la realización del proyecto.  Honorarios a Extranjeros en el País: Para la prestación de servicios en el país de personas naturales extranjeras. Al respecto. dado que son contribuyentes obligados a efectuar la retención de impuestos por los honorarios que paguen y enterarlos en arcas fiscales en los plazos establecidos. 8 . suscribir el contrato respectivo. electrónicas o manual timbrada (por SII). cabe señalar que para el caso de boletas de honorarios emitidas a Personas Jurídicas.  Por los servicios requeridos que impliquen un desembolso importante para el proyecto. podrá justificarse con un contrato simple por el servicio solicitado.emitidas a nombre del responsable del proyecto. se recomienda. SOBRE LA DOCUMENTACIÓN QUE RESPALDA LOS GASTOS A continuación se presenta una descripción de los tipos de gastos relacionado con la ejecución de un proyecto y la documentación necesaria para su respaldo en la rendición de cuentas. Si no existe un documento específico. copia del documento de identidad del extranjero. El responsable y/o ejecutor deberá considerar aquellos gastos permitidos en la Línea a la que postuló según las Bases del Concurso. recibo de pago firmado o transferencia bancaria y acreditar el correspondientepago del impuesto a través del Formulario N° 50 Declaración y Pago simultaneo de Impuestos mensual (SII). Las boletas manuales deben estar firmada por su emisor. El responsable velará por la correcta emisión de las boletas verificando que en su glosa se registre el proyecto. En el caso que se hubiesen realizado retenciones y enteradas en arcas fiscales. debe adjuntarse el Formulario N° 29 -Declaración y Pago mensual de Impuestos (SII) con el listado de las personas a quienes se les retuvo y una fotocopia del Libro de Honorarios. siendo de su responsabilidad el pagodel PPM (Pago Provisional Mensual) de segunda categoría en el formulario F29. éstas deben contener separadamente el 10% de retención. contrato de trabajo firmado por el trabajador extranjero y empleador (Responsable del Proyecto).RENDICIÓN DE CUENTAS  Se justifican con la boleta de honorarios.III. adjuntando además fotocopia del documento de identidad del extranjero que presta el servicio y el recibo de pago o comprobante de transferencia bancaria y/odocumento que acredite el envío de dinero. cuando corresponda. de manera que el documento pueda relacionarse o vincularse plenamente con él. Las boletas de honorarios (Manual o Electrónica) emitidas a Personas Naturales generalmente se emiten por el valor bruto (sin retención). Los tipos de gastos y su documentación son: 1. DOCUMENTOS REQUERIDOS . una copia legalizada de la visa de trabajo o una copialegalizada del permiso de trabajo para turistas/artistas.  Honorarios a extranjeros en el extranjero: Los gastos incurridos en el extranjero deberán respaldarse con documentos de acuerdo a la legislación del país donde este fue ejecutado. con el fin de resguardar su cumplimiento y ser presentado posteriormente como documento sustentatorio en la rendición de cuentas. Administradores o miembros de sus Directorios (Corporación y Fundaciones) podrá recibir honorarios mediante las siguientes figuras:  Contrato de trabajo. entre otros. En este caso. lo debe rendir adjuntado el Formulario N° 29 . correspondiente al 10% de lo asignado.  Boleta de honorarios. en general. De acuerdo con lo dispuesto en el Oficio Ord. la remuneración obtenida por el socio de una sociedad de personas. socio gestor en las sociedades en comandita por acciones y las que se asigna el empresario individual (EIRL).M. DOCUMENTO REQUERIDO . de responsabilidad Limitada. debe rendirse con cargo al denominado sueldo patronal o empresarial del artículo 31 Nº 6 de la Ley de Impuesto a la renta (DL 824).  Contratación de Artistas. GASTOS DE OPERACIÓN ITEM PRESUPUESTARIO Son aquellos gastos necesarios para la producción y realización del proyecto. salvo que en el Formulario Único de Postulación (FUP) lo haya manifestado expresamente. según sea el caso. Se indica. del Servicio de Impuestos Internos (SII) el Consejo debe extender un ASIGNACIÓN RESPONSABLE certificado al responsable persona natural que perciba la asignación. Para las sociedades de personas (Colectivas.RENDICIÓN DE CUENTAS Cuando el presupuesto autorizado contemple una asignación para el responsable del proyecto. arriendos. Las personas naturales vinculadas a esta persona jurídica como Socios. en que conste su monto y fecha de entrega. (Pago Provisional Mensual). En este ítem se incluyen la asignación del responsable y la contratación de trabajadores de artes y espectáculos. debiendo el responsable persona natural efectuar el pago provisional mensual a través del Formulario 29 El responsable del proyecto no puede recibir otros honorarios dentro del presupuesto por otra función o labor durante la ejecución. Se entiende por sueldo patronal o empresarial.2. que efectiva y 9 . Cuando el beneficiario es una persona jurídica no le corresponde el pago por asignación de responsable de proyecto a su representante legal o la persona que la represente ante el CNCA para efectos de la postulación del proyecto si fuera el caso. la que se podrá cancelar en un solo pago o mensualmente. N° 195 de fecha 29-ENE-2010.P. administradores y socio gestor en el caso de las encomandita. etc. tratándose. pasajes. el pago por el trabajo en el proyecto de sus socios. toda remuneración que contemple para él será considerada Asignación del Responsable. Si no estaba manifestado expresamente en el FUP el gasto será rechazado.Declaración y Pago mensual de Impuestos (SII) con el cual pagó en arcas fiscales el P. debiendo rendirse como se señala en el párrafo anterior. compra de bienes que no subsisten después de la ejecución del proyecto. en general. de gastos en servicios personales de terceros que no conforman el equipo de trabajo del proyecto. cuáles son y cómo deben rendirse. EIRL y encomandita por acciones). como también en los que expendan bebidas alcohólicas que se consuman al interior de ese establecimiento.  Liquidación de remuneraciones firmada por el trabajador. en caso que el contrato establezca esta modalidad de pago. Radio. El SII por medio de Circular N° 42. Circo u otras actividades similares.  Pago de las Cotizaciones Previsionales y de Salud emitida por la entidad receptora de los pagos. de 1990. 10 . de 1974. a falta de éstos. En casos debidamente calificados y cumpliendo con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 13 del código del trabajo.  Boleta de Honorarios por el valor bruto de la remuneración percibida. N° 824.889) CONTRATO A MENORES DE 18 Y MAYORES DE15 AÑOS CONTRATO A MENORES DE 15 AÑOS permanentemente trabajen en el negocio o empresa. siempre y cuando cumplan con los requisitos copulativos contemplados en el artículo 31 N° 6 del D.  Formulario N°50 del SII declarado y pagado el impuesto correspondiente. y con la autorización de su representante legal o del respectivo Tribunal de Familia.L. las remuneraciones que se asigne el empresario individual y aquellas pagadas a los socios de las sociedades antes referidas por concepto de “sueldo empresarial o patronal”. estableció las siguientes instrucciones: Las empresas unipersonales. podrá permitirse a los menores de quince años que celebren contrato de trabajo con personas o entidades dedicadas al Teatro. de los guardadores. Televisión. La rendición de dicho sueldo deberá imputarse dentro del ítem de Gastos de Operación. Se requerirá autorización Notarial expresa del padre o madre. o Ley de la Renta. cuyo porcentaje se indique en el formulario. del inspector del trabajo respectivo.  Contrato de trabajo firmado por el trabajador extranjero y el empleador (responsable del proyecto). ya sea manual o electrónica. a falta de ellos del abuelo o abuela paterno o materno. o a falta de todos los anteriores. Cine. Queda prohibido el trabajo de menores de 18 años en cabarets y otros establecimientos de la misma naturaleza que presenten espectáculos vivos.  Recibo de Pago firmado por el extranjero y el ejecutor del proyecto o transferencia bancaria a nombre del extranjero prestador del servicio. las sociedades de personas y sociedades en comandita por acciones (respecto de los socios gestores). sin deducción alguna por concepto de cotizaciones previsionales (artículo 145-L del Código del Trabajo) b) Artista Extranjero:  Copia legalizada de la visa de trabajo o permiso de trabajo para turistas. Artista chileno: Presentar copia de los siguientes documentos: a) Artista Chileno:  Contrato de trabajo firmado por el trabajador y empleador.  Fotocopia del documento de identidad del extranjero. podrán rebajar como gasto para los fines de la determinación de la renta líquida de primera categoría.CONTRATACIÓN DE ARTISTAS (Ley N° 19. personas o instituciones que hayan tomado a su cargo al menor. c) Cuando se trate de viajes dentro de la ciudad. TRASLADOS TERRESTRES Y CARGA. (Anexo N°2) a) Cuando se trate de Pasajes Aéreos. el ejecutor podrá recurrir a la contratación de servicios de transporte informal. adjuntando la individualización de las personas en quienes se incurrió. Este documento estará firmado por quién hizo el gasto en locomoción y por el responsable del proyecto. se deberá presentar la Factura correspondiente. que certifique el nombre de los partícipesde la transacción. GASTOS POR ALIMENTACIÓN Y ALOJAMIENTO Los gastos por alimentación y alojamiento. el bien transferido y el monto cancelado. 11 .MATERIALES E INSUMOS Se rinden con Boleta y/o factura en original y emitida a nombre del responsable del Proyecto. o los Pasajes (Boletos) aéreos. d) Cuando los traslados se realicen en taxi. Si se realiza en radio-taxi. el cual deberá especificar si se trasladan pasajeros. listado de personas transportadas y/o enunciación genérica de la carga. el ejecutor deberá presentar una Planilla de Locomoción (como declaración jurada simple) donde se indique el trayecto. los cuales deberán acreditarse mediante la presentación de los siguientes documentos:    contrato de arriendo simple. GASTOS POR PASAJES AEREOS.  Nombre de la persona que viaja. en razón de las condiciones geográficas del entorno.  Tramo. b) Cuando se realice el traslado en Bus interprovincial o Tren. e) Cuando la ejecución del proyecto contemple. cargas. en su totalidad o en una parte. climáticas u otras de distinta naturaleza. equipos utilizados para laejecución del proyecto o bienes de otro tipo. se deberá presentar el respectivo “Boleto o Pasaje” que acredite el traslado. ARTÍCULOS MENORES DE SEGUNDA MANO La compra de artículos menores de segunda mano se refiere a la adquisición de bienes usados cuyo vendedor (persona natural) no cuenta con facturas o boletas de venta. todos los cuales deberán señalar en forma clara:  El valor del pasaje. Este gasto se respaldará con un documento notarial de Compra-Venta. deberá adjuntar el boleto que arroja el taxímetro. y  Fecha del viaje. deberán estar contemplados en los ítems respectivos del presupuesto y se redirán con facturas o boletas. o el Ticket electrónico. o el respaldo de la compra por internet. comprobante de pago del servicio contratado. y no se pueda demostrar con boletos o comprobantes de pasajes. adjuntar el recibo que entregan dichas empresas. valor y fecha del viaje. la fecha. traslados a espacios o lugares de difícil acceso en los cuales no exista o sea escasa la existencia de servicios de transporte formal. teléfono (fijo o celular). En los casos que en un proyecto se contemple la entrega de premios o incentivos en dinero (por ej. gas. 4 Decreto Supremo de Educación N°664. factura o comprobante de pago original emitido por la Cía. Si el contrato se realizó con una persona. b) Seguros El respaldo de estos gastos se hará con boleta. festivales de cine o documentales. se respaldará con el respectivo comprobante de pago donde se individualice el período comprometido. sólo si las bases del concurso lo contemplan. Estos documentos deben dar cuenta del periodo usado. el cual debe expresar el período que comprende su monto y la fecha. se autorizan: agua. institución o empresa. factura o comprobante de pago en original entregado por la institución educacional o el banco recaudador. Aseguradora más una copia de la póliza de seguro. debe rendirse con el documento tributario correspondiente emitido por la persona. Incluirá gastos en farmacia (medicamentos) y lavandería. El respaldo de estos gastos se hará con boletas o facturas extendidas a nombre del responsable del proyecto.). adjuntando también la fotocopia de la cédula de identidad del o los ganadores. Es preciso señalar que los arriendos de espacios para habitación. deberán estar pactados de manera mensual. muebles y equipos) SERVICIOS BÁSICOS PREMIOS O INCENTIVOS Los gastos por concepto de arriendo se respaldarán con un contrato simple de arriendo y su pago con el comprobante de transferencia bancaria a nombre del Arrendador o por un recibo simple de arriendo. 29 de diciembre del 2008. 12 . se respaldará el gasto con un certificado firmado por el ganador del premio y el o los miembros del jurado que lo otorgo. etc. o muebles o equipos. Conjuntamente con el contrato se adjuntará fotocopia del documento de identidad del arrendador.ARRIENDOS (espacios. El pago de gastos comunes. Ambos documentos deberán estar firmados por ambas partes (arrendador y arrendatario). el lugar y la persona que paga. en general. alojamiento y transporte menor. luz. a) GASTOS POR BECAS Y/O PASANTÍAS EN CHILE O EN EL EXTRAJERO4 Manutención Corresponden a los gastos en alimentación. autorizado en el presupuesto. El respaldo de los gastos por pago de arancel y matrícula se realizará con la boleta. Se rinden con boleta y/o factura a nombre del responsable del proyecto. Se entenderá como servicios básicos aquellos que van en directa relación con la ejecución del proyecto y que estén detalladamente mencionados en el Formulario Único de Postulación o en la readecuación presupuestaria. institución o empresa. cuyo giro sea el arrendamiento de propiedades o espacios. deberá indicar en su informe cuánto es el monto que destinó para cubrir el ítem que requirió más recursos 13 . Corresponden a gastos que se pueden realizar de manera excepcional. Cuando entregue la rendición y haya utilizado recursos contemplados en este ítem.SEGUROS(Becas y Pasantías en el Extranjero) IMPREVISTOS Comprobante emitido por la entidad aseguradora (si lo requiere) a nombre del responsable que postuló a la beca o pasantía. siempre que se deba incurrir en ellos a raíz de circunstancias imprevisibles. irresistibles e inimputables al Responsable del proyecto y que dichos gastos sean necesarios y tengan directa relación con la ejecución del mismo. b) En dinero (pecuniarios) En caso de que los aportes propios consistan en dinero efectivo. es decir. de no ser así. registro fotográficos.. volantes. 3. DIFUSIÓN ITEM PRESUPUESTARIO DOCUMENTO REQUERIDO .APORTES PROPIOS O DE TERCEROS ITEM PRESUPUESTARIO APORTES TERCEROS PROPIO O DOCUMENTO REQUERIDO . sea como Aporte Propio o como Aporte de Terceros. según la 14 . salvo que se establezca otra cosa en las Bases de Concurso o en el Convenio de ejecución del proyecto.RENDICIÓN DE CUENTAS Deberán rendirse con la respectiva boleta y/o factura emitida a nombre del responsable del proyecto en la cual conste el bien adquirido. 5. como por ejemplo invitaciones. 4. Se incurren en ella siempre y cuando el proyecto contemple este ítem. donde conste el aporte y el monto valorado. Factura. Contrato u otro instrumento que. lienzos. firmada ante Notario Público. Incluye los servicios necesarios para dar a conocer el proyecto a la comunidad. entregando copia de toda la documentación que acredite el gasto. con Boleta.RENDICIÓN DE CUENTAS Estos gastos se deben rendir con boleta o factura y generalmente corresponden a: la contratación de servicios de diseño e impresión. afiches. INVERSIÓN Corresponden a un tipo especial de Gastos de Operación asociados a todas las actividades ligadas a la promoción del proyecto y sus resultados. deberá efectuar la rendición. siendo obligatorio para el responsable del proyecto acreditarlo y rendirlos al menos junto al Informe Final. pendones.RENDICIÓN DE CUENTAS DE El informe contendrá una relación detallada de los gastos realizados y comprometidos en el proyecto como cofinanciamiento de la siguiente manera: Aportes Propios a) En bienes y servicios Los aportes propios en bienes y servicios se acreditarán mediante una declaración del responsable. sólo se atenderá a lo estipulado en el Formulario Único de Postulación.Consiste en la adquisición de bienes que resulten indispensables para desarrollar las actividades previstas en el proyecto y que subsisten después de terminada su ejecución. catálogos. o contratación de servicios profesionales de personas naturales o jurídicas. ya que éstos forman parte integral del proyecto. etc. La cantidad y el valor del o los bienes adquiridos no pueden sobrepasar lo contemplado y autorizado en el presupuesto del proyecto. DIFUSIÓN Corresponden al cofinanciamiento comprometido en el proyecto de acuerdo a las Bases del Concurso. INVERSION ITEM PRESUPUESTARIO DOCUMENTO REQUERIDO . naturaleza del aporte. Aportes de Terceros a) Aportes de Terceros que constituyen donaciones con fines culturales de conformidad a la Ley 18.985: En el caso de aportes derivados de donaciones con fines culturales acogidos a los beneficios tributarios establecidos en el artículo 8° de la Ley 18. c) Otros Aportes de Terceros: se rendirá entregando copia de la documentación que acredite los gastos. N°2 y artículo 8° de la ley de donaciones culturales y su reglamento. en todas sus formas. etc. de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3°. y copia simple del informe anual del “Estado de las fuentes y uso detallado de los recursos recibidos” a que se refiere el artículo 5° contenido en el artículo 8 de la Ley N° 18. deberá ser ejecutado en su totalidad. 15 . sirva para acreditarlo. según la naturaleza de los mismos (boleta. con boleta o factura. se deberán rendir acompañando copia simple del certificado que acredita la donación con fines culturales con beneficio tributario.). ya que en la formulación de su proyecto se contempla como necesario para la total ejecución. Se debe tener presente que para ambos casos el responsable debe mantener en su poder copia de la documentación que respalda el gasto realizado con dichos aportes. El cofinanciamiento. factura. la que podrá ser solicitada por el CNCA para efectos de aprobación del informe final. según la naturaleza de los mismos.985.985. o en subsidio copia de la rendición de cuentas que acredite los gastos. sobre Donaciones con Fines Culturales. b) Aportes de Terceros efectuados por otras entidades públicas: Se efectuará entregando una copia de la aprobación de la rendición de cuentas respectiva por parte de la entidad pública que realizó el aporte o el subsidio o bien. con una copia de la rendición de cuentas entregada a la entidad pública aportante. Solo entregada la nueva garantía. de tal manera que. En la carta de solicitud indicará -con claridad y fundamento. una vez que se encuentre notificada la carta certificada. a la Dirección Regional para reitimizar recursos que están al interior de ítem presupuestario. prórroga de la fecha de realización del proyecto indicada en el Formulario de Postulación.III. a través del cual se le otorgaron los recursos. podrá ejecutar el proyecto en los plazos nuevamente convenidos. Reitemización de recursos asignados Si el ejecutor necesita reitemizar o destinar recursos de un ítem a otro (aumentando y disminuyendo el presupuesto de ellos). se podrá solicitar por escrito. No será necesario solicitar autorización. la que será comunicada mediante carta o en forma personal. siempre y cuando éste no cambie el monto total original. señalando los ítems que aumentarán y los que disminuirán los recursos autorizados para gastos.las razones que ameritan las modificaciones al presupuesto. en la plantilla de reitemización se exprese el presupuesto original y el nuevo reitemizado con todos los montos. hasta el total del presupuesto autorizado en el proyecto. faculta a la misma para aplicar las sanciones estipuladas en el convenio de ejecución de proyecto. el ejecutor responsable del proyecto deberá renovar la Letra en Garantía por los recursos asignados al proyecto. 2. La autoridad resolverá discrecionalmente la autorización o rechazo de la solicitud. en los mismos términos señalados en el convenio de ejecución de proyecto. Prórroga de término de proyecto Solo en casos fundados y por causas o hechos no imputables al responsable del proyecto y siempre que estas circunstancias se encuentren debidamente acreditadas y justificadas. Una prórroga efectuada sin autorización de la Dirección Regional o Nivel Central. 16 . Si la solicitud es acogida. pero necesarios para la ejecución del proyecto. o crear nuevos ítems distintos a los originales. De este modo. a la Dirección Regional o Nivel Central del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. deberá solicitar la autorización de dicha modificación a la Dirección Regional o Secretarías Ejecutivas de Fondos del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes. MODIFICACIONES AL PROYECTO 1. se entenderá autorizada la reitemización. .IDENTIFICACIÓN DEL SERVICIO O ENTIDAD QUE TRANSFIRIÓ LOS RECURSOS a) Nombre del servicio o entidad otorgante: DIA / MES / AÑO CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES II.) que respaldan los gastos e inversión.. 17 . en virtud del convenio aprobado por la resolución N° ______________ de fecha _____________________ Firma y nombre del responsable de la Rendición USO INTERNO CNCA Nombre (revisor ) RUT Cargo _____________________ _____________________ ____________________ Nota: Esta es la caratula de la rendición de cuentas al cual se debe acompañar el formularo detalle y los antecedentes auténticos (facturas. etc.k )= l IV..-DETALE DE TRANSFERENCIAS RECIBIDAS Y GASTOS RENDIDOS MONTOS EN $ c ) Monto transferido 0 d) Más : Transferencias complementaria (si la hubiere) 0 e) Total Transferencias por rendir 0 (c + d) = e MENOS RENDICIÓN DE CUENTA f) Gastos de Operación g) Gastos de Personal h) Gastos de Inversión i) Gastos de Difusión j) Otros k) Total recursos rendidos 0 0 0 0 0 0 (f+g+h+i+j) = k l) SALDO POR RENDIR O REINTEGRAR 0 (e .rendición) RUT Cargo Email Declaro que toda la documentación auténtica adjunta en esta rendición de cuentas.DATOS DE LOS RESPONSABLES DE LA RENDICION DE CUENTA Nombre (encargado . se rinden exclusivamente al CNCA.ANEXO N° 1 CARATULA DE PRESENTACIÓN RENDICIÓN DE CUENTAS TITULO III Rendición de Fondos Entregados a Terceros Privados I.IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD (BENEFICIARIO) QUE RECIBIÓ Y EJECUTÓ LOS RECURSOS b) Nombre del Beneficiario: RUT: Monto en $ Monto total transferido moneda nacional Banco o Institución Financiera donde se depositaron los recursos N° Cuenta Bancaria Comprobante de ingreso (si lleva contabilidad) Fecha_________ N° comprobante______________ N° N° Fecha Fecha Objetivo de la Transferencia (descripción de la actividad) N° de identificación del proyecto o Programa_____________________ Antecedentes del acto administrativo que lo aprueba: Modificaciones (si las hubiere) Subtitulo Item Resolución CNCA Resolución CNCA Asignación Item Presupuestario Fecha de inicio del Programa o proyecto Fecha de término III. liquidaciones. contratos. boletas. adjuntar con ellas el Original y el Cuadruplicado en caso de facturas Manuales y en caso de facturas electrónicas sólo la copia CEDIBLE. fecha y firma de quién hizo el viaje. tramo y fecha del viaje. agrupados por el sub-ítem de acuerdo a su proyecto y en el mismo orden que fueron registrados en dicha plantilla.804 NOTA: Junto con esta planilla de rendición se debe adjuntar las boletas o facturas originales que acreditan los gastos.  Los pasajes aéreos se respaldan con la Factura correspondiente y debidamente cancelada o el Ticket electrónico o pasajes. con la firma del o la responsable del proyecto.  Los gastos por alimentación y alojamiento se respaldarán con Boleta y/o Facturas.00 759.000 2a Rendición $ $ MONTO $ - $ 225.  Los traslados en taxi deberán adjuntar la boleta que arroja el taxímetro.000 TOTAL ASIGNADO : $ 500. Las boletas NO deben estar enmendadas.  Los viajes dentro de la ciudad deberán presentar una Planilla de Locomoción que indique el trayecto.ANEXO N° 2 MODELO PLANILLA DE RENDICIÓN FINANCIERA PLANILLA DE RENDICIÓN FINANCIERA PROYECTO Nº : TITULO : NOMBRE RESPONSABLE : REPRESENTANTE LEGAL : DIRECCIÓN : TELÉFONOS : FECHA FIRMA CONVENIO : FECHA RENDICIÓN : TOTAL APORTE PROPIO $50. indicando el número de personas beneficiadas.196 $ 262. nombre.cl) o adjuntar el documentos de compra de la divisa que fue utilizado para el tipo de cambio.  Los pagos que se hagan en moneda extranjera deben rendirse en pesos chilenos y en la fecha del día en que se realizó el gasto (publicados en la página del Banco Central web: http://bcentral.196 $ 500.000 $ 37. los cuales deben señalar en forma clara el monto del pasaje.000 $ 237.000 TOTAL APORTE TERCERO $150. Las facturas deben ser emitidas a nombre del responsable y contener respaldo de cancelación por el emisor.000 ITEM GASTOS COFINANCIAMIENTO TIPO DE MONEDA EURO MONTO GASTADO VALOR BANCO CENTRAL € € Nº SUB ÍTEM SEGÚN PROYECTO 1 2 3 PASAJES ALOJAMIENTO Nº BOLETA / FACTURA 25252 25253 TOTAL GASTOS RENDIDOS TOTAL MONTO COFINANCIAMIENTO SALDO POR RENDIR DETALLES DEL GASTO 49. persona que viaja.  Bus Interprovincial o Tren deberán presentar el respectivo Boleto o Pasaje que acredite el traslado. 18 .10 MONTO ASIGNADO 1a Rendición $ 225. mientras que los realizados en radio taxi deberán adjunta el recibo que entrega dicha empresa.196 $ 500.000 $ 37. ANEXO N° 3 MODELO PLANILLA DE RENDICIÓN LOCOMOCIÓN GASTO DE LOCOMOCION NOMBRE Quien realiza el Gasto de Locomoción RUT FECHA 30-01-2015 DESTINO FIRMA RESPONSABLE GASTO FECHA MOTIVO xxxx $ VALOR 720 TOTAL $ 720 FIRMA RESPONSABLE PROYECTO FECHA 19 . los cuales deben señalar en forma clara el monto del pasaje.000 TOTAL ASIGNADO : $ 500.  Los traslados en taxi deberán adjuntar la boleta que arroja el taxímetro. mientras que los realizados en radio taxi deberán adjunta el recibo que entrega dicha empresa. agrupados por el sub-ítem de acuerdo a su proyecto y en el mismo orden que fueron registrados en dicha plantilla. adjuntar con ellas el Original y el Cuadruplicado en caso de facturas Manuales y en caso de facturas electrónicas sólo la copia CEDIBLE.ANEXO N° 4 MODELO PLANILLA DE RENDICIÓN FINANCIERA (COFINANCIAMIENTO) PLANILLA DE RENDICIÓN FINANCIERA APORTES PROPIO O DE TERCEROS PROYECTO Nº : TITULO : NOMBRE RESPONSABLE : REPRESENTANTE LEGAL : DIRECCIÓN : TELÉFONOS : FECHA FIRMA CONVENIO : FECHA RENDICIÓN : $50.000 TOTAL APORTE PROPIO TOTAL APORTE TERCERO $150.  Los pagos que se hagan en moneda extranjera deben rendirse en pesos chilenos y en la fecha del día en que se realizó el gasto (publicados en la página del Banco Central web: http://bcentral. con la firma del o la responsable del proyecto. Las boletas NO deben estar enmendadas.00 Total $50.000 MONTO $ $ $ 150. 20 . fecha y firma de quién hizo el viaje.  Bus Interprovincial o Tren deberán presentar el respectivo Boleto o Pasaje que acredite el traslado.000 $150. tramo y fecha del viaje. nombre.cl) o adjuntar el documentos de compra de la divisa que fue utilizado para el tipo de cambio.  Los viajes dentro de la ciudad deberán presentar una Planilla de Locomoción que indique el trayecto. Las facturas deben ser emitidas a nombre del responsable y contener respaldo de cancelación por el emisor.  Los pasajes aéreos se respaldan con la Factura correspondiente y debidamente cancelada o el Ticket electrónico o pasajes. indicando el número de personas beneficiadas.000 NOTA: Junto con esta planilla de rendición se debe adjuntar las boletas o facturas originales que acreditan los gastos.000 ITEM GASTOS COFINANCIAMIENTO TIPO DE MONEDA EURO MONTO GASTADO VALOR BANCO CENTRAL Nº SUB ÍTEM SEGÚN PROYECTO 1 2 3 PASAJES ALOJAMIENTO Nº BOLETA / FACTURA 25252 25253 DETALLES DEL GASTO MONTO ASIGNADO Aporte Propio $ 50.000 Aporte de Terceros $ 500.  Los gastos por alimentación y alojamiento se respaldarán con Boleta y/o Facturas. persona que viaja.
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