Guia de Agrario

May 26, 2018 | Author: Ricardo Cerdan | Category: Property, Agriculture, Sources Of Law, Constitution, Government Information


Comments



Description

GUÍA DE DERECHO AGRARIO1. ¿Cuál es el fundamento constitucional del Derecho Agrario? Artículos 2°, 25 y 27 constitucionales. 2. ¿Cómo surgen las comunidades? Las comunidades surgen en la época prehispánica con los asentamientos humanos y la explotación de la tierra. 3. Definición de propiedad: Es la manifestación jurídica (es un derecho real) que tiene una persona de demostrar que desde el punto de vista legal, está en aptitud de gozar y disponer de una cosa, con las limitaciones y modalidades que señalan las leyes, solo puede ser ocupada por utilidad pública y mediante indemnización. 4. Conceptos jurídicos de la época prehispánica: Usufructo, gasto público, enajenación, arrendamiento, cesión de derechos-trasmisión, nula propiedad, hereditario, posesión, propiedad, pena de muerte, prescripción, explotación de tierras y pago de tributos. 5. Autoridades en la época prehispánica: Tlatoani (nobles y guerreros), consejo de pueblos, sumos sacerdotes, Mitlchimalli y Teotlalpan, monarca. 6. Instituciones de la época prehistórica: Tlaxitan (tribunal agrario), Octacatl. 7. Sujetos agrarios de la época de la prehistórica: Monarca, pueblos, ejercito, guerreros, dioses, nobles. 8. Conceptos jurídicos en la época de la Colonia: Patrimonio, propiedad, desamortización, compraventa, latifundios, ejido, encomienda 9. Sujetos agrarios en la época de la Colonia. Corona española, caciques, esclavos, grandes latifundistas, clero, arrendatarios, terratenientes, indígenas, soldados, ejidatarios, peones, señores feudales, jornaleros, colonos, poseedores, comuneros. 10. Autoridades en la época de la Colonia. Rey, clero, señores feudales, hacendados, soldados, papa, terratenientes 11. Instituciones en la época de la Colonia: Consejo de indias, Ayuntamiento, Encomienda, Ejido, Comunidades, Latifundio, Fundo legal. 12. ¿Cómo surge el ejido? Surge en la época de la Colonia como salidas de los fundos legales. latifundio. nulidad. tiendas de raya. indígenas. jornaleros. jefes militares. compañías deslindadoras. obreros. estado. territorio. peninsulares. hacienda. deslinde. gobernadores. vicepresidente. poseedores. posesión. 25. 16. Estado. ejército. 19. Sujetos agrarios en la época independiente: Indígenas. Sujetos jurídicos en la época de la revolución: Latifundistas. constitución. 26. indemnización. Conceptos jurídicos de la época independiente: Derechos fundamentales. clero. salario. terratenientes. jornaleros. henequeros. político. conservadores. régimen mobiliario. personalidad. latifundio. concesiones. Conceptos jurídicos en la época de la reforma: Propiedad. hacienda. 15. latifundistas. títulos de propiedad. comunidad. Nación. leyes de desamortización. latifundistas. despojo. presidente de la república. ayuntamiento. Secretaria de Fomento. trabajo. utilidad pública. comisariado. Estado. 13. Presidente de la República. hacendados. iglesia. Sujetos agrarios en la “Reforma Agraria”: . desamortización. gobierno. gobierno. 17. comunidades. latifundistas. Ejecutivo Federal. presidente de la república. adjudicación. ejido. fuero militar. 21. posesión. decreto. jornada. Grandes terratenientes. usufructo. huelga. terreno baldío. patrimonio. propietarios. Comisariado Ejidal. comuneros. terratenientes. criollos. hacendados. propiedad. Instituciones en la época independiente: Congreso constituyente. ejidatarios. caudillos. despojo. fuero militar. compañías deslindadoras. propietarios. comuneros. Instituciones en la época de la reforma. comunidades. 23. terratenientes. contratos 18. propiedad inmueble 14. Sujetos agrarios en la época de la reforma. 24. poseedores. Conceptos jurídicos de la época de la revolución: Parcela. posesión. amparo. pueblos de indios. usufructo. enajenación. 20. Congreso. revolucionarios. Autoridades en la época independiente: Clero. hacendados. propiedad comunal. 22. tiendas de raya. bien. militar al que se le otorgaba poder y autoridad. Autoridades e instituciones en la época de la reforma. latifundio. latifundistas. Autoridades en la época de la revolución: Jefes revolucionarios. ejidatarios. comuneros. ejido. ¿Qué es un caudillo? R= Líder. pequeños propietarios. ejidatarios. tierras de agostadero. caudillos. Instituciones en la época de la revolución: Ejido. jornaleros. dominio. latifundio. hacienda. inmueble. gobierno de los estados. insurgentes. extranjeros. compañías deslindadoras. comisariado ejidal. Conceptos jurídicos en la “Reforma Agraria”: Decreto. 34. particulares. restitución. fraccionamientos. estado. nulidad. Comités particulares ejecutivos. Ayuntamientos. comunero. autoridades locales y federales 29. terreno baldío. municipios. aprovechamiento. 35. interés público. Conceptos jurídicos en el constitucionalismo: Propiedad. Asambleas. 27. congregaciones. Reparto agrario. pequeños propietarios. Presidente de la República. acciones agrarias. Declaró nulas todas las composiciones concesione y ventas de esas tierras hechas por la autoridad federal igualmente y a partir del 1 de diciembre de 1870. estado. pequeños propietarios. comunidades indígenas. parcelarios. Hacienda. 37. acción agraria. jefes militares. arrendatarios. campesinos. ejidos. inalienable. 28. ¿Cuáles son los puntos esenciales de la ley de enero de 1915? Declaró nulas las enajenaciones de tierras comunales de indios. usufructo. jornaleros. contrato. ¿Cuáles son las acciones agrarias? Restitución de las tierras. ganaderos. Pueblo. 38. comunidad 31. territorio. comuneros.Ejidatarios. traslación de dominio. ¿Cuál es el fundamento del artículo 27 constitucional? El decreto de 6 de enero de 1915. apropiación. propiedad. aparcería. dotación. Autoridades en la “Reforma Agraria”: Autoridad federal. comunidades. hacienda. aprovechamiento de recursos. comunidades. extranjeros. contrato. poseedores. 32. usufructo. inembargables. extranjeros. pueblos. que fueron hechas por las autoridades de los Estados en contravención a lo dispuesto en la ley de 25 de junio de 1856. Instituciones del constitucionalismo: Comunidad. arrendatarios. derecho social. usufructuarios. ejidatarios. . Comisiones agrarias. expropiación y nacionalización. indemnizaciones. prescripción. Instituciones en la “Reforma Agraria”: Comisión Nacional Agraria. Comisiones Locales Agrarias y Comités Particulares Ejecutivos 30. Ejido. ¿Cuándo se les reconoció personalidad jurídica a los sujetos agrarios? En la ley del 6 de enero de 1915. reforma agraria. gobernadores. jornaleros. restitución. Sujetos agrarios del constitucionalismo: Presidente de la república. ejido. enajenación. ¿Cuándo surgen los Tribunales agrarios? Surgieron hasta 1992 con el gobierno de Carlos Salinas de Gortari. constitución. parcelarios. donación. 36. gobernadores. 33. aparcería. convenio. reparto agrario. despojo. agricultores. poseedores. explotación de tierras. latifundio. ejido. Autoridades del constitucionalismo: Ministros de Hacienda. derecho agrario. campesinos. ¿Cuáles son los cuatro aspectos importantes del artículo 27 constitucional? Acción constante del Estado para regular el aprovechamiento y la distribución de la propiedad. FAO. ¿Cuál fue la primera ley en materia agraria? Primera Ley Reglamentaria sobre repartición de tierras ejidales y constitución de patrimonio parcelario. ganaderas y forestales. Tribunal Superior Agrario segunda instancia. Ley de Asentamientos Humanos y la Ley General de Desarrollo Forestal Didáctico: se estudia. ¿Cuáles son las fuentes del derecho agrario? .Declaró la nulidad de las diligencias de apeo y deslinde practicadas por compañías deslindadoras o por autoridades locales o federales. 41. Tribunales unitarios Agrarios primera instancia. Institucional: las instituciones que regulan la materia agraria. y para imponer a ésta las modalidades que dicte el interés público. Carácter federal: porque rige a toda la república mexicana Doctrinal: analizado por estudiosos de derecho agrario 44. y Protección y desarrollo de la pequeña propiedad 40. SAGARPA. Científico: tiene su propio método de estudio y enseñanza. 43. para dotar o restituir ejidos. ciñéndose a las disposiciones de la ley. Limitación de la propiedad y fraccionamiento de latifundios. Procuraduría Agraria. ¿Qué es la autonomía del Derecho agrario? Legislación: cuenta con sus propias leyes agrarias tales como. Estableció la facultad de aquellos jefes militares previamente autorizados al efecto. Ley de Aguas Nacionales. SEDATU. Dotación de tierras a núcleos de población necesitados. y al sistema normativo que regula todo lo relativo a la organización territorial rústica y a las explotaciones que determine como agrícolas. ¿Cuál es el antecedente de la justicia agraria? Plan de Ayala 42. una Comisión Local Agraria por cada estado de la república. provisionalmente a los pueblos que los soliciten. 39. enfocado hacia el cultivo del campo. Para la resolución de todas las cuestiones agrarias se creó una Comisión Nacional Agraria. ¿Cuál es el concepto de Derecho agrario? Es el conjunto de normas que se refieren a lo típicamente jurídico. Ley Agraria. Registro Agrario. se analiza y se investiga en centros universitarios. Jurisdiccional: cuenta con sus propios Tribunales en materia agraria. Tribunal agrario. etc. 45.Directas: ley. ¿Quiénes son los ejidatarios? Hombres y mujeres titulares de derechos ejidales 50. papiros. tierras de uso común. Plan de Ayala. 47. Consejo de vigilancia y Junta de pobladores. en cuyo caso se entenderán cedidos en favor del núcleo de población 56. lagunas. ¿Qué es un ejido? Son personas morales constituidas por tierras parceladas. ríos. ¿Actualmente cuáles son las acciones agrarias? Acción de extinción y acción de restitución de tierras. Discurso de Luis Cabrera. Reales: constitución y Tratados internacionales Materiales: Formales: Leyes agrarias Históricas: códigos. 55. ¿Cuáles son los tipos de tierras? Uso común. costumbres (ejemplo: todo lo ligado con comunidades indígenas). pozos. ¿Qué leyes agrarias se abrogaron con la entrada en vigor de la Ley Agraria? 49. de uso común y de asentamiento humano. ¿Cuáles son las diferencias entre ejido y comunidad? La composición de sus tierras y los usos y costumbres. ¿Cómo se pierde la calidad de ejidatario?  Por la cesión legal de sus derechos parcelarios y comunes. leyes supletorias. ¿En dónde se debe inscribir el listado de sucesión? . 51. 52. ¿Cuáles son los órganos de representación en la Ley Agraria? Asamblea general del ejido y/o comunidad. tierras de asentamiento humano y aguas (lagos. parceladas y de asentamiento humano 53. doctrina.) 54. Tratados internacionales Indirectas: jurisprudencia. Comisariado ejidal y/o comunal. ¿En dónde se habla de acción agraria de restitución de tierras? 46.  Por renuncia a sus derechos. ¿Cuál es el patrimonio ejidal? Las tierras parceladas. ¿Cuándo se publicó y entró en vigor la Ley Agraria? Se publicó el 2 de febrero de 1992 y tuvo vigencia al día siguiente de su publicación 48. principios generales de derecho.  El comisariado ejidal será responsable de la permanencia de dichas cédulas en los lugares fijados para los efectos de su publicidad hasta el día de la celebración de la asamblea. 2do transitorio LA) .  En la cédula se expresarán los asuntos a tratar y el lugar y fecha de la reunión.  En el Registro Agrario Nacional 57. (art. ¿Qué leyes se derogan con la entrada en vigor de la ley agraria?  la Ley Federal de Reforma Agraria. así como  todas las disposiciones que se opongan a las previstas en la presente ley.  la Ley de Terrenos Baldíos. deberá expedirse convocatoria con no menos de ocho días de anticipación ni más de quince. 49 y 98 de la LA. 58. salvo causa justificada. Nacionales y Demasías y la Ley del Seguro Agropecuario y de Vida Campesino. por medio de cédulas fijadas en los lugares más visibles del ejido.  59.  la Ley General de Crédito Rural.  Para ello. ¿Cuáles son los requisitos y formalidades para celebrar asamblea?  La asamblea deberá celebrarse dentro del ejido o en el lugar habitual. ¿En qué artículos existe aún la acción agraria de restitución? Art.
Copyright © 2024 DOKUMEN.SITE Inc.