Procedimiento para el Pago de estimaciones en construcción de obra públicaESTIMACIONES OPERACION 1. La Supervisión (Interna o Externa) debe revisar y avalar la documentación necesaria para la integración de la Estimación correspondiente. 2. El SUPERVISOR de Obra AVALARA la Estimación del periodo, cuando concuerde con lo Programado y pactado en el Contrato. 3. EL AREA DE ESTIMACIONES procesará la documentación oficial para que sean pagados los trabajos ejecutados en obra, la cual contemplará exclusivamente lo realmente ejecutado. 4. El SUPERVISOR de Obra anotará en Bitácora de Obra, invariablemente las retenciones por atraso al Programa vigente en cada Estimación, su reintegro y en su caso la sanción final. 5. La Supervisión (Interna o Externa) integrará de manera independiente las Estimaciones relacionadas con los Convenios y Ajustes de Costos, respecto de las Estimaciones de la Obra Principal. PROCEDIMIENTO CONTRATISTA 1. Entrega números generadores a la Supervisión para su revisión y aprobación por escrito o Bitácora. SUPERVISOR 2. Recibe, revisa, avala y firma números generadores, y entrega por Bitácora a la Contratista para la Integración en la Estimación correspondiente en la fecha de corte establecida, realiza en forma conjunta con el representante de la Empresa Contratista, el levantamiento de los trabajos realizados. Página 1 CONTRATISTA 3. Recibe números generadores firmados, prepara y presenta la Estimación integrada a la Supervisión. SUPERVISOR 4. Recibe del Contratista la Estimación con los números generadores acordados. 5. Analiza y revisa la documentación que integra la Estimación de ese periodo, la cual deberá contener. Cédula Analítica de Avance Físico-Financiero Carátula de Estimación Cuerpo de la Estimación Resumen de la Estimación Números generadores (firmados por ambas partes) Reporte Fotográfico Cumplimiento en la calidad de los trabajos. (Controles de laboratorio) Factura del Contratista, original y 2 copias. Notas de Bitácora. SUPERVISOR 6. Verifica que las Estimaciones concuerden con: y y y y y y y y Número de Contrato Objeto del Contrato Periodo de ejecución Número consecutivo de Estimación Contratista (nombre) Registro Federal de Contribuyentes del Contratista. Número de Registro de la Cámara correspondiente (Contratista) Importe de la Estimación sin I.V.A. y que todas las hojas de los generadores y el Cuerpo de las Estimaciones estén firmadas por el Contratista. Página 2 7. Comprueba que los trabajos presentados en la Estimación de ese periodo, estén en Programa así como, que los aspectos técnicos (conceptos, cantidades), numéricos (precios unitarios) y monto total de la Estimación, sean los conciliados previamente. ¿Cumple? 7.1 No: Regresa documentación al Contratista, para su corrección. 7.2 Sí: Entrega Acuse de Recibo a la Contratista de la documentación que integra la Estimación y anota en Bitácora, la fecha de recepción, registra el Estado Financiero de la obra y firma de AVAL los documentos correspondientes. 8. Entrega por escrito al A ESTIMACIONES, la Estimación con documentación soporte para la autorización de pago. 9. Recibe de la Supervisión, la Estimación y la documentación soporte, analiza y verifica conforme sus controles internos, que la Estimación corresponda a trabajos realmente ejecutados, que son de la calidad pactada. ¿Corresponden a los Avances Físicos Financieros Programados? 9.1 No: Señala los errores observados y acuerda con la Supervisión la corrección correspondiente. 9.2 Sí: Firma de autorización para efectos de pago la Estimación y devuelve documentación al Contratista. CONTRATISTA 10. Recibe la documentación de la Estimación autorizada y la ingresa por Ventanilla Única. VENTANILLA UNICA 11. Recibe documentación de la Estimación y turna a AL AREA DE CONTABILIDAD O REA DE COSTOS Elaborado por: Alberto Valdez González Página 3 .Contratos de Obra Tratamiento de los Ingresos. CFF LISR RISR NIF Artículo.Normas de Información Financiera. . (Artículo 19 de la LISR) Deducción de los Desarrollos de Proyectos de Larga Duración. Aspectos Fiscales Conclusiones Bibliografía . Código Fiscal de la Federación. . Aspectos Contables Desarrollo. ABREVIATURAS UTLIZADAS Art. . Página 4 . . Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta. (Artículo 36 de la LISR) INDICE Justificación Antecedentes Desarrollo.Ley del Impuesto Sobre la Renta. las empresas constructoras pueden hacer estimaciones erróneas sobre la base de una expectativa de baja inflación y de tasa de interés o de un manejo inadecuado de los tipos de cambio. ya que junto con la rama metalmecánica crea su infraestructura económica. Tener un grado razonable de exactitud en la identificación. Esta industria es la que más resiente los cambios económicos. los contratos de construcción son a largo plazo. además de ser una rama de fácil creación de empleo. consecuentemente las empresas se exponen a aceptar contratos con márgenes de utilidad muy apretados o con mayores riesgos como una forma de utilizar su capacidad instalada y de retener a su personal especializado. Ya que cuando la empresa se encuentra en periodos de recesión los presupuestos de la construcción son los primeros en verse afectados. lo que implica más de un año en su ejecución. pues es la primera en reprimirse cuando hay un estancamiento económico y es la última en reactivarse al crecer la economía. Lo anterior genera un problema respecto a cuándo hay que registrar o reconocer el ingreso. Asimismo. Por lo general. Esta industria es de operación compleja. el control de los costos en los que se incurre. a fin de apoyar su fortalecimiento y desarrollo. La Industria de la Construcción es de vital importancia en nuestro país. Justificación. y por consiguiente. por lo que se han establecido algunos regímenes fiscales especiales para las empresas que se dedican a esta actividad. Página 5 . estimación y acumulación de los costos de un contrato es esencial en la determinación de los ingresos que habrán de registrarse.1. preocupándose más por la operación diaria. La construcción da la pauta para definir si un país o una economía están creciendo o se encuentra en recesión. . la contratante.. base * altura * numero de muros. (Boletín D-7 NIF). la cimbra en metros cuadrados. (Obra)... 4. Por ultimo un generador debe de contar con información básica muy importante. Ejemplo generar una excavación debe de ser acorde al concepto que se contemplo en el generador así pues no es lo mismo generar una excavación en cepa (misma que regularmente se cobra por metro lineal ml) que generar una excavación a cielo abierto (misma que se cobra por metro cubico m3. Página 6 . Contrato de Construcción: Es el que se negocia específicamente para la construcción o fabricación de un activo o de una combinación de activos íntimamente relacionados o interdependientes.. o su último propósito o uso. Contrato de Obra: Es aquél en virtud del cual una de las partes.la ubicación de los trabajos realizados o generados (ubicación dentro del proyecto mediante ejes de plano. Generadores: el primero el concepto que estas generando. en términos de su diseño.. agua.) el segundo punto a considerar es la unidad de medida con la cual deseas generar (esta debe de ser la misma que en el presupuesto) según el ejemplo anterior las excavaciones regularmente se generan en metros cúbicos (m3).el concepto que estas generando 2. 3. Estimación: Es el documento en donde se hace constar la valuación de los trabajos ejecutados en determinado periodo. gases.en caso necesario un croquis por cada área generada (en caso de ser varios casos iguales repetidos puedes utilizar el mismo croquis) croquis de medidas lo mas explicito posible (recuerda que los generadores son el medio de indicarle e informarle a personas no ingenieros o arquitectos que es lo que se está o se pretende cobrar (base para las estimaciones). tecnología y función. pintura en metros cuadrados (m2) así como cualquier concepto que se traduzca en áreas. se obliga a construir o ejecutar una obra específica en un tiempo determinado. 4. y por lo general generas en metros lineales (ml) conceptos muy específicos como algunas cintillas de acabado.. 1.los generadores deben de incluir así mismo las operaciones realizadas para obtener los volúmenes o cantidades de obra generados. considerando los precios unitarios en el avance de la obra durante dicho periodo o bien en porcentaje de precio. se obliga a pagar un precio y la otra. por lo cual tus croquis deben de ser entendibles hasta por niños chiquitos. Materiales de instalaciones como tuberías y cableados. la contratista. etc. 2. niveles.= metros cuadrados de pintura.. al igual que la mayoría de conceptos que impliquen volúmenes.. ejemplo en pintura utilizarías algo como. así como nombre y ubicación del proyecto. 3. y en su caso cuerpo del proyecto. según el tipo de contrato celebrado. concreto.Algunos conceptos importantes que se manejan en la industria de la construcción: 1. de acuerdo a los conceptos de obra y aplicando el costo de los precios unitarios en el presupuesto de obra autorizado. es importante mencionar lo anterior ya que la cuantificacion de obra. jornal. kilo. los calcularon (quien lo elaboro) reponsable de verificacion (quien los reviso) y responsanble de area o proyecto (quien autoriza el pago).. Sin mas por el momento espero la informacion te sea de utilidad y quedo a tus ordenes para cualquier comentario. y de acuerdo a la naturaleza de su contratación. 6. asi como las frimas y fechas en que cada uno de ellos interactuo con ellos. pieza. por otro lado los numeros generadors se obtnienen de la medicion de las areas o volumenes de obra ejecutados realmente esto es lo que se construyo y cabe precisar que la mayoria de las veces . 6. m2.. debido a cambios de proyecto o a otros factores. a cuenta de los trabajos convenidos para la realización de una obra. (estimaciones). en relación a los trabajos totales presupuestados de los conceptos de obra que engloba el proyecto de construcción. Página 7 . se realiza via proyecto (planos) y se da por sentado que esas seran las cantidades a ejecutar. los volumenes ejecutados son diferentes. ml.. 7.. etc 5. en un periodo determinado. Avance de Obra: Es la ejecución física parcial de los trabajos de obra realizados por el contratista. por otro lado cuantificar se refiere unicamente a elaborar los numeros con los cuales se pretende realizar la obra. asimismo creo importante mencionarte nuevamente que los numeros generadores de obra dependen en gran medida del concepto y de la medida utilizada para cobrarlos m3. tonelada. Anticipos de Obra: Son las cantidades que perciben los contratistas por concepto de anticipos..por ultimo es recomendable anexar un resumen donde se establezcan los conceptos generados y sus cantidades totales para elaborar los formatos de cobro de forma mas rapida. lote. estos anticipos de deberán ir amortizando en las estimaciones de obra ejecutada presentadas.por ultimo es recomendable que los generadores contengan los nombres de las personas que.5. Asi pues generar u obtener numeros generadores se refiere a elaborar las cantidades de obra ejecutadas mismas que se presentaran a cobro. Es el documento formal en el que se cuantifica y valúa el volumen de unidades de los trabajos de obra realizados. Estimación de Obra Ejecutada. c. Contrato de obra por administración. Son aquéllos que se celebran entre particulares. los contratos de servicios relacionados con ella que requiera celebrar la Administración Pública Federal Centralizada. que el contratante debe pagar al contratista por cada etapa de avance de obra. los organismos descentralizados. Normalmente se rigen por lo establecido en la Ley de Obras Públicas de cada entidad o de la Federación. con un fin de interés general. destinada al uso o servicio público. las entidades federativas y los municipios. se obliga a construir una obra determinada y la otra. Se considera también obra pública. construye por sí o por medio de un tercero. mano de obra y gastos indirectos. se obliga a pagar un precio y la otra. Contrato de obra de costo más comisión. en virtud del cual una de las partes. las empresas de participación estatal. El constructor dirige la obra. determinando un porcentaje sobre el costo total. con el riesgo a su cargo. Página 8 . Contrato de obra pública. de acuerdo a las variaciones en el mercado. Las partes fijan un monto estimado del costo de la obra a ejecutar de acuerdo al presupuesto. el estado. a pagar el precio que por ella hayan pactado de común acuerdo. A precio alzado. Contrato de obra privada. en virtud de los cuales una de las partes. f. A precios unitarios. Es aquél que el estado. solo que el contratista recibe el reembolso de los costos más una comisión por la administración o dirección de la obra. el contratante cubre los costos de la misma y el constructor solo recibe honorarios por la administración del proyecto. el precio no varía. suministra materiales. d. e. de costo más comisión y por administración de obra. a precios unitarios. se aplica un precio unitario por cada concepto de construcción. a construir o prestar el servicio objeto del contrato. presentando estimaciones de obra ejecutada. TIPOS DE CONTRATOS DE OBRA: a. conservar o modificar bienes inmuebles por su naturaleza o por disposición de ley. Esta clase de contrato puede celebrarse a precio alzado. Es un contrato de prestación de servicios. contrato de obra pública es aquél que tiene por objeto. b.8. En consecuencia. ya que el constructor aplica sus conocimientos para dirigir la obra. En base al contrato de costos unitarios. el constructor. o a cualquier otra finalidad de beneficio colectivo. existen cláusulas en el contrato que permiten ajustar los precios unitarios por incrementos en los materiales y mano de obra. .Que su representante legal cuenta con la capacidad necesaria para celebrar este contrato.Tiene establecido su domicilio en XXXXXX de la Colonia XXXXX.1. con Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social XXXXX. con código postal XXXXX.. Página 9 .Ejemplos de contratos de obra: CONTRATO DE OBRA A PRECIO ALZADO Contrato de obra a precio alzado que celebran por una parte XXXXX. y por la otra la Sociedad Mercantil. 1. a quien en lo sucesivo se denominara la Empresa .Ser una sociedad mercantil debidamente constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos. 2.2. representada en este acto por el . representada en este acto por el XXXXXXX. cuenta con el respaldo económico correspondiente..3..La Empresa declara: 1. 2.1. en su carácter de Director General con facultades de administración de la misma. inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público bajo la clave XXXXX..2. mismo contrato que celebran de conformidad con las declaraciones y cláusulas siguientes: D E C L A R A C I O N E S: 1. 1..Que cuenta con la capacidad necesaria para celebrar este contrato.-Ser una sociedad mercantil debidamente constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos. inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público bajo la clave XXXXXXXXXX. XXX 1.4.El Contratista declara: 2.Que para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato. Representante Legal a quien en lo sucesivo se denominara el "Contratista".. ubicada en XXXXX. y que dichas facultades no le han sido revocadas ni modificadas. .5. 2.. Código Civil del Estado de Aguascalientes.1. técnicos y materiales propios. suficientes y necesarios.2. los cuales se regirán por las normas de carácter internacional aplicables a la materia. 3. de seguridad social y las relacionadas con el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.. laborales. normas de materiales y especificaciones de la obra.. sujetándose a lo establecido en las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. en particular. que tiene capacidad jurídica para contratar y que cuenta con la experiencia y los conocimientos suficientes. a fin de considerar todos los factores que pudieran presentarse durante el desarrollo de la obra.Ambas partes declaran: 3.Que para todos los efectos legales a que haya lugar tiene establecido su domicilio en la calle XXXXX de la colonia XXXXXX con código postal XXXXX ubicada en XXXXX. XXXXX 2.Que es su deseo suscribir el presente Contrato para la prestación de los servicios descritos tanto en el mismo como en sus Anexos. así como los elementos humanos. por los Reglamentos de Construcciones en todas las materias aplicables y disposiciones relacionadas y aplicables en el lugar de prestación de los servicios objeto de este Contrato y sus Anexos y en lo particular por los términos y las condiciones establecidos en el cuerpo del presente instrumento. por lo dispuesto en el Código Civil aplicable en materia federal.Ha inspeccionado debidamente el sitio de la obra objeto de este contrato.. para realizar la prestación de servicios consistentes en la ejecución hasta su total conclusión de la obra consistente en XXXXXXXXX. las fiscales.6.. en el frente XXXXXX ubicado en el desarrollo Página 10 . 2..OBJETO DEL CONTRATO La Empresa encomienda al Contratista y este conviene en ejecutar hasta su total terminación la obra consistente en XXXXXXXXXX..Que se encuentra al corriente en el pago de sus impuestos federales. que su personal está debidamente registrado en el Instituto Mexicano del Seguro Social. 2.3.4. así como para el cumplimiento de todas sus obligaciones contractuales y legales. sin acreditarlo. estatales y municipales de acuerdo a su actividad.Conoce plenamente las especificaciones generales.7.Bajo protesta de decir verdad. el Contratista . así como de los correspondientes planos de obra y especificaciones que se incluyen como ANEXO 4º. cualquiera que sea la causa de dicha terminación. La prestación de los servicios pactados en el presente contrato los realizará el Contratista con personal propio. para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales y legales. y en particular las relacionadas con las establecidas en la Ley Federal del Trabajo. cuotas obrero-patronales. así como dará cumplimiento en tiempo y forma con todas las obligaciones derivadas de los ordenamientos legales antes señalados. con el personal que éste utilice para la prestación de los servicios pactados. en su Página 11 . así como cualquier otro concepto derivado de la terminación de la relación de trabajo con el personal que emplee. salarios ordinarios o extraordinarios. representada en este acto por el XXXXX. a quien en lo sucesivo se denominara la Empresa . contribuciones. así como por la determinación y pago de contribuciones y determinación y entero de retenciones de contribuciones derivadas de las percepciones de sus empleados. que el Contratista cuenta con los elementos propios. Por lo anterior el Contratista como único patrón del personal utilizado para la prestación de los servicios pactados realizará el pago de nóminas. conviniendo expresamente las partes. manteniendo en todo lugar. relación de materiales que la Empresa suministrará al Contratista y programa de trabajo contenidos en el ANEXO 3º de este contrato. en su carácter de Director General con facultades de administración de la misma. debidamente firmados por las partes. aportaciones y amortizaciones por créditos de vivienda de sus trabajadores. XXX. en la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos. prestaciones legales o contractuales. Es cosa convenida por las partes que no se efectuarán trabajos fuera del alcance de lo estipulado en este contrato. CONTRATO DE SERVICIOS PROFESIONALES Contrato de Servicios Profesionales que celebran por una parte XXXXX. tendrá a su cargo la responsabilidad derivada de la relación laboral. suficientes y necesarios. normas disciplinarias como ANEXO 1º. la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y los reglamentos de dichas leyes.XXXXXXX de la ciudad de XXXXXX. Asimismo tendrá a su cargo el Contratista la responsabilidad de cubrir sus obligaciones con todos y cada uno de sus proveedores. de acuerdo con el precio estimado de obra. Copia de la factura generada por el Contratista como ANEXO 5º y el Convenio de confidencialidad que como ANEXO 2º forman parte integrante de este contrato. la Ley del Seguro Social. tiempo y forma la responsabilidad laboral con los trabajadores que utilice. Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y sus Reglamentos. por lo que el Contratista es el único obligado a cumplir lo establecido en la Ley Federal del Trabajo. conforme a las leyes aplicables. y por la otra parte el XXXXX. Por lo anterior. inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público bajo la clave XXXXX.Que cuenta con la capacidad necesaria para celebrar este contrato.3.Tiene establecido su domicilio en XXXXX de la Colonia XXXXX. 2.4. inscrita en el Registro Federal de Contribuyentes de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público bajo la clave XXXXX. 1. 2. así como para el cumplimiento de todas sus obligaciones contractuales y legales.3.2. técnicos y materiales propios. para realizar la prestación de servicios consistentes en la ejecución hasta su total conclusión del trabajo consistente en XXXXX.... en particular.. XXXXX. de seguridad social y las relacionadas con el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.carácter de persona física a quien en lo sucesivo se denominara el "Prestador de Servicios".La Empresa declara: 1.Que para todos los efectos legales a que haya lugar tiene establecido su domicilio en la calle XXXXX de la colonia XXXXX con código postal XXXXX ubicada en XXXXX. que tiene capacidad jurídica para contratar y que cuenta con la experiencia y los conocimientos suficientes. suficientes y necesarios. así como los elementos humanos.1.. Página 12 . XXXXX 1.Que para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato. ubicada en XXXXX.Bajo protesta de decir verdad. cuenta con el respaldo económico correspondiente.1. y que dichas facultades no le han sido revocadas ni modificadas..El Prestador de Servicios declara: 2. las fiscales. laborales. mismo contrato que celebran de conformidad con las declaraciones y cláusulas siguientes: D E C L A R A C I O N E S: 1.4.Que su representante legal cuenta con la capacidad necesaria para celebrar este contrato. con Registro Patronal ante el Instituto Mexicano del Seguro Social..Ser una persona física.-Ser una sociedad mercantil debidamente constituida conforme a las leyes de los Estados Unidos Mexicanos. XXXXX 2. con código postal XXXXX. 2. 1.2... así como de los correspondientes planos de la obra y especificaciones que se incluyen como ANEXO 4º. que su personal esta debidamente registrado en el Instituto Mexicano del Seguro Social.7. normas de materiales y especificaciones del trabajo.Ha inspeccionado debidamente el sitio de la trabajo objeto de este contrato. Código Civil del Estado de Aguascalientes. sin acreditarlo..5. suficientes y necesarios. estatales y municipales de acuerdo a su actividad. La prestación de los servicios pactados en el presente contrato los realizará el Prestador de Servicios con personal propio.OBJETO DEL CONTRATO La Empresa encomienda al Prestador de Servicios y este conviene en ejecutar hasta su total terminación el trabajo consistente en XXXXX.1... conviniendo expresamente las partes. copia de la factura generada por el Prestador de Servicio como ANEXO 5º y el Convenio de confidencialidad que como ANEXO 2º forman parte integrante de este contrato. para el Página 13 . 2..Ambas partes declaran: 3. debidamente firmados por las partes..6. 3.. de acuerdo con el precio estimado de trabajo y programa de trabajo contenidos en el ANEXO 3º de este contrato. Es cosa convenida por las partes que no se efectuarán trabajos fuera del alcance de lo estipulado en este contrato.Que se encuentra al corriente en el pago de sus impuestos federales. por lo dispuesto en el Código Civil aplicable en materia federal. los cuales se regirán por las normas de carácter internacional aplicables a la materia. a fin de considerar todos los factores que pudieran presentarse durante el desarrollo del trabajo. que el Prestador de Servicios cuenta con los elementos propios.Conoce plenamente las especificaciones generales.2. 2. sujetándose a lo establecido en las siguientes: CLÁUSULAS PRIMERA. en la ciudad de XXXXX. normas disciplinaria que deberá seguir el Prestador de Servicios y el personal a su cargo como ANEXO 1º.Que es su deseo suscribir el presente Contrato para la prestación de los servicios descritos tanto en el mismo como en sus Anexos. XXXXX. por los Reglamentos de Construcciones en todas las materias aplicables y disposiciones relacionadas y aplicables en el lugar de prestación de los servicios objeto de este Contrato y sus Anexos y en lo particular por los términos y las condiciones establecidos en el cuerpo del presente instrumento. Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y sus Reglamentos. con una tasa del 1. Página 14 . etc. Por lo anterior el Prestador de Servicios como único patrón del personal utilizado para la prestación de los servicios pactados realizará el pago de nóminas. salarios ordinarios o extraordinarios. la Ley del Seguro Social. así como cualquier otro concepto derivado de la terminación de la relación de trabajo con el personal que emplee. manteniendo en todo lugar. consistente en la aplicación de una tasa proporcional sobre el monto de los ingresos atendiendo a distintos límites en cuanto a montos.cumplimiento de sus obligaciones contractuales y legales. aportaciones y amortizaciones por créditos de vivienda de sus trabajadores.5% y 2% sobre los ingresos brutos. sin embargo. prestaciones legales o contractuales. el Prestador de Servicios . por lo que el Prestador de Servicios es el único obligado a cumplir lo establecido en la Ley Federal del Trabajo. conforme a las leyes aplicables. sin considerar deducciones. El primer paso para la implantación de reglas de carácter especial para la actividad de la construcción se dio en 1956 cuando se estableció un régimen de tributación especial a partir de la idea que hasta 1981 se caracterizó. cuotas obrero-patronales. Las empresas constructoras. Este régimen especial trató de se un Sistema de Recaudación Fiscal. tendrá a su cargo la responsabilidad derivada de la relación laboral. dado el crecimiento de la actividad en nuestro país así como la diversificación de los tipos de construcciones realizadas. Antecedentes. Los antecedentes más remotos de este régimen los encontramos en convenios celebrados por empresas constructoras con las autoridades fiscales durante 1954 y 1955. así como dará cumplimiento en tiempo y forma con todas las obligaciones derivadas de los ordenamientos legales antes señalados. y en particular las relacionadas con las establecidas en la Ley Federal del Trabajo. con el personal que éste utilice para la prestación de los servicios pactados. contribuciones. en la Ley del Seguro Social y sus Reglamentos. anteriormente habían disfrutado de un régimen especial de tributación que consistía en aplicar una tasa proporcional al monto de sus ingresos totales para así determinar el ISR a su cargo. llegó un momento en que las autoridades fiscales consideraron conveniente modificar sustancialmente las reglas de tributación. El régimen especial se aplicó a partir de 1967. cualquiera que sea la causa de dicha terminación. Por lo anterior. la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y los reglamentos de dichas leyes. 2. así como por la determinación y pago de contribuciones y determinación y entero de retenciones de contribuciones derivadas de las percepciones de sus empleados. con base en la utilización de estimados de ingresos. se debe utilizar el método de por ciento de avance. pero se otorgan diversas facilidades fiscales para comprobar las deducciones. Página 15 .5%. A partir de 1982 desapareció dicho régimen especial. Para efectos de lo mencionado anteriormente. como si se tratara de una venta continua. cuantificar. se deben seguir los siguientes principios: 1.75%. estimar y acumular con un grado razonable de exactitud. Aspectos contables. con más requisitos para ingresar en este régimen especial. costos y utilidades o pérdidas. En 1975 se incrementa al 3% y se excluyen algunos conceptos del régimen. 3. Cabe destacar que las Normas de Información Financiera de realización y periodo contable son los factores que fundamentan la contabilización de los contratos de construcción en el largo plazo. El reconocimiento contable de las operaciones relativas a los contratos de construcción es. Los costos del contrato se deben identificar. en esencia. 4. y se considera optativo. resultado en el registro de ingresos. Con el fin de asignar el resultado de las operaciones de construcción en los diversos periodos contables. que deben ser atribuidos a la proporción de trabajo terminado al cierre del período contable. En 1981 se dieron las bases para el inicio del régimen de transición. un proceso que cuantifica y distribuye el resultado de las operaciones que se verifican en la construcción de una obra. El estimado representa el presupuesto de los ingresos y los costos totales de la obra establecidos en un contrato. primer paso para la incorporación definitiva de las empresas constructoras al régimen general de ley. Este resultado debe asignarse a distintos periodos contables. A partir de 1982 las empresas constructoras tributan conforme al Régimen General de Ley. El método de por ciento de avance consiste en identificar el ingreso con los costos incurridos para alcanzar la etapa de avance de terminación del proyecto. En 1979 se incrementa al 3. costos y ganancias o pérdidas. 3. El ingreso debe reconocerse en forma periódica conforme se ejecuta o progresa la construcción. 2.En 1973 se incrementa la tasa al 2. d. Tales como mano de obra. Costos directos. El centro de utilidad es el que delimita el ámbito de acumulación del ingreso. financiamiento. debido a que las NIF presumen que cada contrato constituye un centro de utilidad para el reconocimiento del ingreso.5. La aplicación de este método debe realizarse por separado de cada contrato de construcción. Los costos en un contrato de construcción. Sobre las partes de un contrato de construcción. o que el precio sean negociado sin considerar el precio del contrato original. tal construcción debe ser considerada como un centro de utilidad separado si el activo difiere en forma significativa de los contramatados originalmente en diseño. derivados de un contrato de construcción. todo ello con relación directa a contrato específico. b. de un grupo de contratos o de contratos para la construcción de un activo adicional. los costos del contrato de construcción deben incluir: a. Aumentos o disminuciones por variaciones en el trabajo y en los precios. diseño. rentas. de una porción del mismo. seguros y fianzas. Sobre varios contratos de construcción considerados como uno solo debe ser tratados como un centro de utilidad única siempre que se haya negociado como un paquete único. c. tecnología o función. la construcción de cada uno de ellos debe ser tratada como un centro de utilidad por separado. o que se lleven a cabo en forma simultánea o continúa. inmuebles maquinaria y equipo. que los contratos estén tan ligados entres i que sean parte de un proyecto único con un margen de utilidad global. Página 16 . en el caso de que cubran más de un activo. Sobre contratos para la construcción de un activo adicional. En términos generales los ingresos que se derivan de un contrato de construcción o de obra son los siguientes: a. Reclamaciones. Según las NIF. bajo ciertas condiciones. No obstante. los criterios se podrán aplicar a partes de un contrato o grupo de contratos. etc. Lo anterior. Pago de incentivos. del costo y de la utilidad. la acumulación del costo y la cuantificación de la ganancia (pérdida).. materiales. La cantidad total pactada originalmente por la obra. El enfoque ingreso-costo se aplica de la siguiente forma: Ingreso estimado del contrato (*) por ciento de grado de avance = Ingreso acumulado del contrato.b. Tales como la mano de obra indirecta. herramientas. control de calidad. Son los atribuibles a la actividad general de la empresa y que se puedan asignar a un contrato específico. reparación y mantenimiento. Determinación de los ingresos y costos del periodo contable. aplicados en forma consistente. Enfoque utilidad bruta. Enfoque ingreso. supervisión. se pueden utilizar dos enfoques que producen razonablemente el mismo efecto y que deben utilizarse en forma consistente: 1. seguros y fianzas. Costo estimado del contrato (*) por ciento de grado de avance = Costo acumulado del contrato. 2. suministros. Costos indirectos. Estos costos indirectos deben de distribuirse entre los contratos usando métodos sistemáticos y racionales.costo. Ingreso acumulado del contrato (-) Costo acumulado del contrato = Resultado bruto acumulado del contrato. Para determinar el ingreso y el costo. El enfoque utilidad bruta se aplica en la siguiente forma: Utilidad bruta total acumulada del contrato (*) por ciento de grado de avance = Resultado Resultado anterior (+) Costos incurridos acumulados = Ingreso bruto acumulado del contrato Página 17 . así como el resultado del periodo. a pesar de que pueda estimarse confiablemente el resultado final de tales contratos. así como las razones para el cambio. o debido a los problemas inherentes a la formulación de estimaciones. Si se cambia la política de contabilidad utilizada para los contratos de construcción. que opta por emplear el método de terminación de contrato. puede estimarse con razonablemente el resultado final de los contratos y algunos o todos los contratos pueden contabilizarse aplicando el método del grado de avance. Por ejemplo. entonces todos los otros contratos que reúnen las mismas o similares condiciones deben contabilizarse por un igual método. En otros casos.En el caso de que sea probable que los costos totales del contrato excedan a su ingreso total. pueden contabilizarse por el método de terminación del contrato. la revelación debe ser al menos respecto a contratos en proceso al principio del periodo contable. debe ser reconocido en el estado de resultados como un costo. En tales casos. En algunos casos. en contratos por los cuales el ingreso es menor que un valor expresado. Además de la consideración de las incertidumbres. un contratista puede usar criterios predeterminados para seleccionar un método contable para los contratos de construcción. o que tienen una duración inferior a cierto periodo de tiempo. el contratista puede decidir que el nivel de incertidumbre. del monto de las utilidades que les fueron atribuibles reportadas en años anteriores. El contratista puede utilizar simultáneamente ambos métodos para diferentes tipos de contratos. producido por variaciones en el trabajo que originan la necesidad de otras negociaciones en cuanto a los costos por recuperar y los ingresos. Cuando un contratista usa un método para un contrato. cualquier exceso esperado. puede no ser ser factible la cuantificación del efecto total del cambio en el periodo contable en curso. La selección del método para contabilizar un contrato de construcción depende del punto de vista tomado por el contratista en relación con las incertidumbres inherente a las estimaciones de costos e ingresos del contrato. debe elevarse el efecto del cambio incluyendo su monto. Si el cambio es del método del grado de avance al método de terminación del contrato. El método de contabilización elegido por el contratista y los criterios adoptados al seleccionar ese método representa una política de contabilidad que se aplica consistentemente. Página 18 . es de tal magnitud. en la fecha en que las estimaciones por obra ejecutada sean autorizadas o aprobadas para que proceda su cobro. Art.4. Se cobre o sea exigible total o parcialmente el precio o la contraprestación pactada. ya que este esta directamente relacionado con la forma en que se contrata con los clientes.18 de la LISR. De acuerdo al Art. ART. Ingreso en Crédito. y al avance de la obra. B.19 DE LA LISR. Obra Inmueble = Construcción. TRATAMIENTO DE LOS INGRESOS EN CONTRATOS DE OBRA. En el caso de Empresas Constructoras. aún cuando provenga de anticipos. siempre y cuando el pago de dichas estimaciones tengan lugar dentro de los tres meses siguientes a su aprobación o autorización. los ingresos provenientes de dichos contratos se considerarán acumulables hasta que sean efectivamente pagados. considerarán acumulables los ingresos provenientes de dichos contratos. Aspectos Fiscales. de lo contrario. Se envié o entregue materialmente el bien o cuando se preste el servicio. C. Art. Los contribuyentes que celebren contratos de obra inmueble. la Ley del Impuesto sobre la Renta les da un tratamiento especial para reflejar el momento de la obtención del ingreso. las fechas de obtención de los ingresos tratándose de enajenación de bienes o prestación de servicios son las siguientes: A.17 de la LISR.19 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Página 19 . Se refiere a contratos de construcción. Se expida el comprobante que ampara el precio o la contraprestación pactada. en la fecha en que las estimaciones por obra ejecutada sean autorizadas o aprobadas para que proceda su cobro.Instancia: Pleno Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta Tomo: V. es porque reconoce que la construcción de un inmueble. si en esta disposición la ley se abstiene de obligar a que se acumule el precio total. Tipo de documento: Tesis aislada Novena época . debe concluirse.Art. a pagar un precio. con el número XCVIII/1997. por su naturaleza. la tesis aislada que antecede. y determinó que la votación es idónea para integrar tesis de jurisprudencia. QUE GRAVA LOS INGRESOS DERIVADOS DE UN CONTRATO DE OBRA. y por consecuencia. por ello identifica el momento en que se genera el ingreso. RENTA. con la autorización de las estimaciones o etapas de avance de la construcción. página 163. De esta forma. SU ARTICULO 16-A. Página 20 . 18 del RISR. Se considera autorizada o aprobada una estimación en la fecha en que el residente de supervisión o la persona facultada por el cliente para efectuar la supervisión del avance de obra firme de conformidad dicha estimación. en su sesión privada celebrada el diez de junio en curso. Si se considera que el contrato de obra tiene el carácter de sinalagmático. no es acertado que se grave en forma desproporcionada la capacidad económica del contribuyente. Dispone el numeral en cuestión que los contribuyentes que celebren contratos de obra inmueble considerarán acumulables los ingresos provenientes de dichos contratos. NO VIOLA EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA. El tribunal pleno. no es una operación que inicie y concluya en un solo instante. pues el contratista se obliga a la construcción de un inmueble y quien se lo encomienda. Junio de 1997. independientemente del momento en que se obtiene su pago en efectivo. aprobó. LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA. Criterios de los Tribunales. que desde el momento en que se perfecciona el contrato se modifica en forma positiva el patrimonio del contribuyente con un ingreso en crédito (acumulable en términos del diverso artículo 15) independientemente de que se produzca una entrada de efectivo en forma simultánea o no. que incuestionablemente constituyen un ingreso en crédito. los ingresos provenientes de dichos contratos se considerarán acumulables hasta que sean efectivamente pagados. podrán considerar como ingreso acumulable el avance mensual en la ejecución o fabricación de los bienes a que se refiere la obra. o cualquier otro. o en los casos en que no estén obligados a presentarlas o la periodicidad de su presentación sea mayor a tres meses. (Siguientes ejercicios?) ART. depósitos. considerarán que obtienen los ingresos en la fecha en la que las estimaciones por obra ejecutada sean autorizadas o aprobadas para que proceda su cobro. considerarán ingresos acumulables. Los contribuyentes que celebren otros contratos de obra en los que se obliguen a ejecutar dicha obra conforme a un plano. cualquier pago recibido en efectivo.16 Del Reglamento de la Ley del ISR: Los contribuyentes que celebren contratos de obra. Página 21 . se disminuirán con la parte de los anticipos. diseño y presupuesto. en los casos en que no estén obligados a presentar estimaciones por obra ejecutada o la periodicidad de su presentación sea mayor a tres meses.ART. podrán aplicar lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley. diseño y presupuesto. en bienes. ART.19 DE LA LISR. Los ingresos acumulables por contratos de obra a que se refiere este párrafo. Dicha opción se deberá aplicar para todos los contratos de referencia que celebren en el ejercicio. además de los señalados en el mismo. garantías o pagos por cualquier otro concepto. proyección. considerarán ingreso acumulable el avance trimestral en la ejecución o fabricación de los bienes a que se refiere la obra. ya sea por concepto de anticipos. para los efectos del artículo 19 de la Ley. inspección o supervisión de obra. depósitos o garantías del cumplimiento de cualquier obligación. en los que se obliguen a ejecutar dicha obra conforme a un plano. o en servicios. que se hubiera acumulado con anterioridad y que se amortice contra la estimación o el avance. siempre y cuando el pago de dichas estimaciones tengan lugar dentro de los tres meses siguientes a su aprobación o autorización.15 Del Reglamento de la Ley del ISR: Los contribuyentes que celebren contratos de obra inmueble que tengan por objeto la demolición. de lo contrario. Los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior. lo que ocurra primero. Puente. presa. Art.Intereses. P.Anticipos de Obra.La opción prevista en este artículo sólo se podrá ejercer comprendiendo la totalidad de las obras a que se refiere el párrafo anterior.Estimaciones de Obra Ejecutada.Avances de Obra Ejecutada. Los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior. Valoración de Ingresos en bienes. relativos a una empresa constructora son los siguientes: 1. 3. podrán acumular los ingresos provenientes de los contratos de suministro de dichos bienes en la fecha en que los perciban en efectivo o cuando las estimaciones sean autorizadas o aprobadas para que proceda su cobro o se efectúen en entregas parciales pactadas en el contrato.Pagos a cuenta.Ganancia Inflacionaria. que en el ejercicio ejecute o fabrique el contribuyente.Ingresos no realizados con ejecución de obras. Autorización de la Estimación y no pago en los tres siguientes meses.ej. Se da el mismo tratamiento que a los contribuyentes que realicen otro tipo de contratos de obra. 4.17 del Reglamento de la Ley del ISR: Los contribuyentes que se dediquen a la fabricación de bienes de activo fijo de largo proceso de fabricación.¿qué pasa en cierre de ejercicio? ¿Qué pasa si autorizan en Diciembre y la pagan en Abril del año siguiente? Los ingresos acumulables para efectos del ISR.ej. Página 22 . estarán a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 19 de la Ley. P. 7. Art. conjunto habitacional. Refinerías. 2.17 CFF. 5. 6. siempre que en este último caso no se realicen estimaciones de avance. 36 de la LISR. El Art.36 de la LISR vigente a partir del 2002.19 de la LISR el monto total del contrato no se acumula en el momento en que este se celebra. Art. los ingresos acumulables fiscales serán iguales a los ingresos contables. y se deben disminuir de los ingresos acumulables. Escalatorias en precios unitarios. Opción para deducir las erogaciones estimadas. el monto de la obra ejecutada. P. Al analizar el caso anterior se concluye que los ingresos fiscales difieren de los ingresos contables en cuanto al momento de su acumulación. Caso. siempre que se cobre dentro de los tres meses siguientes a la fecha de su aprobación. De acuerdo a NIF los ingresos del contrato deben incluir: La cantidad pactada originalmente. Página 23 . depósitos. estándares de desempeño. fue creado para permitir a algunos contribuyentes deducir. Aplicando el Art. Los aumentos o disminuciones por variaciones en el trabajo y en los precios. Los anticipos de clientes se deben acumular en el ejercicio en que se reciben. Para efectos fiscales. al autorizarse las estimaciones y cobrarlas en los tres meses siguientes. ya que éste considera como ingresos del año. sino en los momentos que marca el artículo. reclamaciones y pago de incentivos. en el mismo ejercicio en que se acumulaba el ingreso. se deberán disminuir con la parte de los anticipos. garantías o pagos por cualquier concepto. que se hubiera acumulado con anterioridad y que se amortice contra la estimación o el avance. al final de la ejecución del contrato.Es importante señalar que: Los ingresos acumulables por contratos de obra. en el ejercicio en que se aplican al monto de la obra. lo que se debe reconocer como ingreso es el monto de la obra aprobada.ej. Deducción en los desarrollos de proyectos de larga duración. lo cual no coincide con el criterio contable. las erogaciones que tendría a futuro. etc.36 LISR. los que celebran contratos de obra inmueble o fabricación de activo fijo de largo proceso de fabricación. En 1997 el Art. Desde el ejercicio 1998. en los ejercicios en que obtengan los ingresos derivados de las mismas. Mecánica de la Estimación de los costos directos e indirectos: Art. o de la obra o de la prestación del servicio de que Página 24 . primas vacacionales.36 de la LISR. sufre la primera modificación importante para que sólo algunos contribuyentes pudieran utilizar este procedimiento. multiplicando los ingresos acumulables en cada ejercicio que deriven de la obra o de la prestación del servicio. gratificaciones. por el factor de deducción total que resulte de dividir la suma de los costos directos e indirectos estimados al inicio del ejercicio. los servicios personales subordinados.31 de la LISR vigente hasta el año 2001.Este tratamiento es muy utilizado por aquellas empresas constructoras que obtienen ingresos en un periodo distinto a aquel en que se realizaban los costos y gastos de obra. Primera parte del Art. Segunda Parte. Los contribuyentes que utilizaban este procedimiento son los que realizan desarrollos inmobiliarios o fraccionamientos de lotes. los terrenos. y los prestadores de servicios turístico del sistema de tiempo compartido. en lugar de las deducciones establecidas en los artículos 21 y 29 de esta Ley. podrán deducir las erogaciones estimadas relativas a los costos directos e indirectos de esas obras o de la prestación del servicio.36 de la Ley del ISR: Los contribuyentes que realicen obras consistentes en desarrollos inmobiliarios o fraccionamientos de lotes. que correspondan a cada una de las obras o la prestación del servicio. los salarios y demás prestaciones de la relación laboral. Las erogaciones estimadas se determinarán por cada obra o por cada inmueble del que se deriven los ingresos por la prestación de servicios a que se refiere este artículo. el tiempo extra. de acuerdo al contrato de obra. estos contribuyentes podían deducir dentro de sus costos directos e indirectos. mencionadas. que en muchas ocasiones obtiene elevados ingresos por obras que aún no han realizado y que se ejecutará en varios ejercicios. Análisis del Art. los que celebren contratos de obra inmueble o de fabricación de bienes de activo fijo de largo proceso de fabricación y los prestadores de servicios turísticos del sistema de tiempo compartido. como puede ser de una empresa promotora y fraccionadora. o por la prestación de servicios turísticos de tiempo compartido conforme al siguiente procedimiento: 1.* * Se deducen en la declaración anual. 3. entre el ingreso total que corresponda a dicha estimación en la misma fecha. Cálculo del factor de deducción total con datos reales. Suma de los costos directos e indirectos reales al final del Ej. conforme a lo dispuesto en este párrafo . Factor = ________________________________________________________________________________ Ingreso total real del mismo periodo Página 25 .se trate. En esta segunda parte del artículo 36 se establece que las erogaciones estimadas se determinarán por cada obra o por cada inmueble del que se deriven los ingresos. Monto de erogaciones estimadas del ejercicio: Ingresos Acumulables (X) factor de deducción total con datos estimados (=) Erogaciones estimadas del ejercicio. Cálculo del factor de deducción total con datos estimados: Suma de los costos directos e indirectos reales al Final del ejercicio Factor = _______________________________________________ Ingreso total correspondiente a dicha estimación en la misma fecha 2. En el quinto párrafo del Art. Este factor se comparará al final de cada ejercicio con el factor utilizado en el propio ejercicio y en los ejercicios anteriores. Cálculo del factor de deducción total por cada obra o inmueble. utilizando este factor de deducción menor. se pagarán los recargos que procedan.36 de la LISR. ni los gastos de operación y financieros. los contribuyentes deberán calcular el factor de deducción total a que se refiere el primer párrafo de este artículo por cada obra o por cada inmueble del que se deriven los ingresos por la prestación de servicios de tiempo compartido. la deducción de las inversiones y las remuneraciones por la prestación de los servicios personales subordinados. Margen del error del 5%. debiendo modificar el monto de las erogaciones estimadas deducidas en cada uno de los ejercicios de que se trate.Conceptos que se excluyen de la estimación de costos directos e indirectos. en el ejercicio en que se terminen de acumular los ingresos correspondientes a la obra o a la prestación del servicio de que se trate. relacionados directamente con la producción o la prestación de servicios. Comparación del costo real y del costo estimado al final del ejercicio. el contribuyente deberá presentar declaraciones complementarias. No se considerará dentro de la estimación de los costos directos e indirectos a que se refiere el párrafo anterior. que corresponda a la obra o a la prestación del servicio de que se trate. la comparación de las erogaciones estimadas contra las reales relativas a la misma obra o al mismo inmueble del que se originen los ingresos por la prestación del servicio: Si al comparar los factores estimados y reales.los cuales se deduciran conforme a lo dispuesto a la sección III de este capítulo. Al final de cada ejercicio. con los datos que tengan a esa fecha.0 Si de la comparación resulta que el factor de deducción que corresponda al final del ejercicio de que se trate es menor que cualquiera de los anteriores. Página 26 . según sea el caso. los cuales se deducirán en los términos establecidos en esta ley. resulta que este último es menor en más del 5% al que se hubiera determinado en el propio ejercicio o en los anteriores. por el siguiente periodo.Si el factor real es menor al estimado en el ejercicio o al aplicado en los ejercicios anteriores hasta por un 5%. según se trate. y hasta el último mes de la primera mitad del ejercicio en el que se terminen de acumular los ingresos relativos a la obra o a la prestación del servicio turístico. más no el pago de recargos. Contra: Total de erogaciones estimadas deducidas en el mismo periodo. La actualización se elaborará desde el último mes del ejercicio en que se dedujeron o efectuaron las erogaciones. la misma no podrá cambiarse.36 de la LISR. Aviso de opción: Quienes opten por la aplicación del Art. Comparación: Erogaciones realizadas relativas a los costos directos e indirectos durante el período transcurrido desde el inicio de la obra o de la prestación del servicio hasta el ejercicio en que se terminen de acumular los ingresos. en el cual manifestarán que se acogen a la opción por cada una de las obras o por el inmueble del que se deriven los ingresos por la prestación del servicio.RCFF) Consistencia en la opción: Una vez ejercida la opción. (3ro. si procede la presentación de la declaración complementaria. según se trate. Este factor se redujo a partir de 1997. El plazo para el aviso es de quince días hábiles siguientes al inicio de la obra o a la celebración del contrato. motivo por el cual el contribuyente deberá analizar cuidadosamente su situación particular a fin de determinar si le conviene acogerse a esta opción o aplicar el tratamiento normal que conforme a la ley le corresponde. Actualización de erogaciones: A fin de realizar la comparación anterior deberán actualizarse tanto las erogaciones estimadas como las realizadas en cada ejercicio. era de un 10%. deberán presentar aviso ante las autoridades fiscales. Página 27 . en cuanto al momento de acumulación de sus ingresos (Art. Caso. sólo podrá ejercerse por las obras que se inicien a partir de la fecha citada. es decir cuando se genera un ingreso y no se tienen aun las deducciones aplicables a este ingreso (Art. Depende de cada empresa constructora la conveniencia de la aplicación de estos artículos opcionales en la Ley del Impuesto sobre la Renta. ya que fundamentalmente estas tributan con las normas de régimen general de Ley.36 podrán continuar ejerciéndola hasta el ejercicio en que terminaran de acumular los ingresos derivados de las obras o de la prestación de los servicios. Por otra parte los contribuyentes que opten por la opción del Art.19 de la LISR). no se tendrá la obligación de pagar recargos. Conclusiones.36 de la LISR). ya que los legisladores reconocen la problemática que se presenta en este tipo de industria. y en cuanto a la forma de determinar costos estimados. pero como en este caso la diferencia no excede del 5%. Se les otorgan estas opciones fiscales para no generarles una desproporción en su capacidad contributiva. Página 28 . por los que hubieran ejercido la citada opción. entonces se tendrá que presentar declaración complementaria.Vigencia de la opción: Esta opción cuya vigencia inicia el 1º de Febrero de 1997 a la fecha. En este caso se analiza que al final de la ejecución del contrato se deben de comparar las erogaciones estimadas actualizadas contra las erogaciones efectivamente realizadas actualizadas para determinar una diferencia que si es en contra del fisco en caso de que se hubieran estimado de más las erogaciones. En este ensayo se pretende presentar de manera general la opción fiscal que se presenta para las empresas de la industria de la construcción. A. México 2006. C. . Año 32. administrativo y financiero. C. BIBLIOGRAFIA. en lo contable. el contador podrá guiar y orientar al empresario constructor en sus decisiones. México. Diciembre del 2005. Tax Editores Unidos S. 4. Noviembre del 2003. Industria de la Construcción. 1. 5. Revista del Instituto Mexicano de Contadores Públicos. Contaduría Pública. México. Pérez Chávez.V.P. Instituto Mexicano de Contadores Públicos. Prontuario Tributario 2006.Al conocer estas opciones. SUBSECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y ORDENACION DEL TERRITORIO DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACION DEL TERRITORIO PROGRAMA DE ASISTENCIA TECNICA EN TRANSPORTE URBANO PARA LAS CIUDADES MEDIAS MEXICANAS MANUAL NORMATIVO Página 29 .C. Campero. Constructoras. Estudio del Régimen Fiscal de Empresas Constructoras. de C. Primera Edición. 2. ya que la materia fiscal impacta en todo el entorno económico de la empresa. Carlos R. Número 375. fiscal y de seguridad social.V. México.Junio del 2005. L. no solo en materia fiscal.A. Séptima Edición. de C. Mathelín Leyva. Comentarios Prácticos al Régimen Fiscal de Empresas Constructoras 2006.S. estudiarlas y determinar si le son favorables a la empresa el aplicarlas o no. Ediciones Fiscales ISEF. 3. México 2006. Fol. Régimen contable. Antonio Luna Guerra. Tax Editores Unidos. TOMO XIII Libro 3 Manual de Seguimiento y Control de Obras Página 30 . Seguimiento y Control de Obras de Vialidad y Transporte Urbano: Libro 1. mantenimiento vial.Conservación de Obras Viales Libro 3. derivado de Obras de Infraestructura de Vialidad y Transporte Urbano Conceptualización de Proyectos Ejecutivos Estudios de Ingeniería de Tránsito Manual Técnico de Normas. así como para entender cómo se integran los diversos elementos del proceso que conduce. Es importante señalar que estos manuales. desde la observación de un problema de transporte urbano hasta la formulación de planes y programas de acción para resolverlo. El conjunto de manuales está formado por los siguientes tomos: I II III IV V VI VII VIII IX X XI XII XIII Resumen Ejecutivo de los Manuales Normativos en Transporte Urbano Conceptos y Lineamientos para la Planeación del Transporte Urbano Desarrollo Institucional Diseño Geométrico de Vialidades Operación del Transporte Público Elaboración del Inventario del Estado Funcional de Pavimentos Evaluación Socioeconómica Impacto Ambiental en Estudios de Transporte Urbano Guía Metodológica de Muestreo.. mismos que son contemplados en los manuales desarrollados. vialidad y tránsito. a pesar de ser independientes entre sí. dado que son piezas a ser utilizadas integralmente para el logro de la meta central: el mejoramiento de la calidad de vida de las ciudades a través de uno de sus elementos esenciales. Página 31 . en los procesos de análisis de los problemas del transporte urbano.. los que se recomienda utilizar como guía primero y como herramienta después. mantienen una estructura coherente como conjunto. transporte público e impacto ambiental. se ha desarrollado una metodología de trabajo que considera cinco áreas de acción: desarrollo institucional.Ejecución y Control de Calidad de Obras Viales Libro 2.. estatal y municipal en las tareas inherentes a los procesos de solución de los problemas de transporte en las ciudades medias mexicanas.Seguimiento y Control de Obras Viales Manual de Administración de Pavimentos en Vialidades Urbanas XIV Para saber el contenido de un manual específico. el transporte. Monitoreo y Análisis de Contaminación del Aire por Fuentes Móviles y por Ruido en Estudios de Transporte Urbano Identificación y Evaluación del Impacto al Entorno. Partiendo del concepto de que es necesario investigar y analizar los problemas de transporte urbano de manera integral.PREFACIO Este documento forma parte de un conjunto de manuales desarrollados con el fin de orientar y auxiliar a las instituciones responsables a nivel central. se recomienda leer el Tomo I: Resumen Ejecutivo de los Manuales Normativos en Transporte Urbano. El estudio de estas áreas abarca diferentes aspectos. 5.ACTIVIDADES DE LA SUPERVISION DE OBRA 1 Actividades preliminares 2 Control centralizado de la supervisión de obra 3 Organización de la obra 4 Inspecciones de obra CAPITULO IV.2.4 Rescisión administrativa 2 Reuniones periódicas de trabajo 3 Forma de pago 4 Cronograma de trabajo 5 Normatividad aplicable a los trabajos CAPITULO III.3 Responsabilidades de la supervisión de obra 1.2 Funciones de la supervisión de obra 1.1 Objetivos generales 1.5.2 Aplicación de retenciones precautorias 1.1 Llamadas de atención oficiales 1.2...4 Obligaciones de la supervisión de obra 1.5.2.2 Componentes del proyecto ejecutivo 7 Características de la obra CAPITULO II.1 Contrato de construcción 3.2 Planos de construcción 3.1 Objetivos de la supervisión de obra 1.5.5 Sanciones a la supervisión de obra 1.2 Contenido del expediente de obra 3.3 Especificaciones generales y particulares i 1 5 5 5 6 6 7 7 8 16 16 17 18 19 19 19 20 21 22 24 24 24 25 25 26 27 28 28 31 31 31 33 34 45 45 47 56 56 57 57 57 58 Página 32 .CONTENIDO INTRODUCCION CAPITULO I. RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DE LA SUPERVISIÓN DE OBRA 1 La supervisión de obra 1.1 Documentos básicos 3..2 Objetivos específicos 2 Definición de términos 3 Propósito de los términos de referencia y de la propuesta tecnico-economica para supervisión de obras 4 Evaluación de las propuestas presentadas para asignación de obra 5 Marco de Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas 6 Componentes del proyecto ejecutivo 6.FUNCIONES.1 Ubicación y área de influencia 6.DOCUMENTOS DE SUPERVISIÓN Y CONTROL DE OBRA 1 Estimación de conceptos de trabajo de obra 2 Informes y reportes 3 Expediente de obra 3.3 Aplicación de sanciones definitivas 1..ASPECTOS GENERALES DE LA SUPERVISION DE OBRAS 1 Objetivos 1. 18 Acta de entrega-recepción de obra 3.2.7 Finiquito de obra 5 Plazo de ejecución de los trabajos e integración de la propuesta 5.10 Licencia y permisos de construcción.2.2.11 Memorias de cálculo y estudios de mecánica de suelos y geotécnicos 3.2.1 Registros y reportes de obra 4.6 Informe definitivo y ultimo 4.8 Certificado de propiedad del terreno.13 Estimaciones extraordinarias de obra 3.2 Productos topográficos 4.2.15 Números generadores 3. de requerirse 3.4 Planos modificados del proyecto ejecutivo 4.2. relación de salarios y análisis de precios unitarios ordinarios y extraordinarios 3.2.2.2.4 Catálogo de conceptos de obra 3.2. de requerirse 3.1 Programa de ejecución (barras) 5.16 Ordenes de modificación de obra 3.PERFIL QUE DEBERA REUNIR LA SUPERVISION DE OBRA 1 Equipo de trabajo 2 Técnicos especializados en trabajos y obras similares 3 Experiencia de la empresa supervisora 4 Solvencia moral y económica 5 Personal administrativo calificado 58 59 59 59 60 60 60 60 61 61 61 62 62 63 63 63 64 64 71 71 71 72 72 72 73 73 73 75 75 75 76 76 77 ii Página 33 .2.9 Bitácora de obra 3.2..Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales 3.2.2.19 Fianzas de cumplimiento y buen uso de anticipo 4 Productos a entregar 4.17 Archivo de obra 3.7 Orden de inicio de obra 3.6 Lista de precios de materiales básicos.5 Programa de trabajo y reprogramaciones autorizadas 3.2.2.12 Estimaciones normales de obra 3.5 Reporte fotográfico 4.14 Estimaciones escalatorias de obra 3.3 Expediente de obra 4.2 Integración de la documentación para la propuesta técnico-económica CAPITULO V. con la consiguiente demanda de la dotación de servicios públicos. incremento en el número de accidentes viales. Entre los servicios que se encuentran mayormente rezagados en cuanto a su implementación y en lo relativo a su regulación. para mantener la eficacia operacional de los mismos. A continuación veremos un diagrama que nos da un panorama mas claro para resolver esta problemática: 1 Página 34 . debido fundamentalmente a que han sido adaptados para resolver la problemática del momento. crecimiento de los niveles de contaminación ambiental. se ha presentado un incremento vehicular de forma acelerada. están los sistemas de vialidad urbana cuyas deficiencias son notorias. que en conjunto representan para los municipios afectados. que genera actualmente problemas de índole social y económica. la señalización adecuada y todas las modificaciones conducentes a lograr esta solución. Para resolver la problemática de los sistemas de vialidad y transporte urbano es primordial realizar el estudio integral que contemple todas y cada una de las áreas involucradas en los mismos. las cuales. permitirán la construcción de las obras viales necesarias.INTRODUCCION Como consecuencia del gran crecimiento de población que han experimentado los centros urbanos del país. la adquisición de equipos modernos de control y regulación del tránsito. demoras excesivas en el transporte y traslado de personas y bienes. un mayor desgaste tanto económico como social. al llevarse a nivel de proyectos ejecutivos. sin tomar en cuenta las demandas adicionales que en un futuro se van a requerir debido a los incrementos poblacionales referidos anteriormente. Esta situación se refleja en graves congestionamientos viales. mediano y largo plazo. de manera que se identifiquen las causas que la originan y se propongan las mejores soluciones de forma inmediata con previsiones a corto. aumento en los costos de operación vehicular y finalmente. CORTO. MEDIANO Y LARGO PLAZO EN SU CORRESPONDIENTE PRIORIDAD Y COSTO TRAMITACIÓN DE RECURSOS ECONÓMICOS PARA LOS PROYECTOS EJECUTIVOS Y ESTUDIOS QUE SE DERIVEN DEL ESTUDIO INTEGRAL Página 35 . ASI COMO DE LAS ACCIONES INMEDIATAS. MEDIANO Y LARGO PLAZO EN FORMA GENERAL OBRAS QUE CUENTEN CON PROYECTO EJECUTIVO TRAMITACIÓN DE RECURSOS ECONÓMICOS PARA LA GENERACIÓN DEL ESTUDIO INTEGRAL Y GENERACIÓN DE SUS TÉRMINOS DE REFERENCIA PROCESO DE LICITACIÓN DEL ESTUDIO INTEGRAL GENERACIÓN DEL ESTUDIO INTEGRAL DE VIALIDAD Y TRANSPORTE URBANO ESTIMACIÓN DE LAS ACCIONES INMEDIATAS.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales PROCESO DE LAS ACCIONES DE VIALIDAD Y TRANSPORTE URBANO NECESIDAD DE SOLUCIONAR LA PROBLEMATICA EN VIALIDAD Y TRANSPORTE URBANO PREDIAGNOSTICO DE LA VIALIDAD Y TRANSPORTE URBANO ACCIONES COMO ESTUDIOS PROYECTOS INSTRUMENTADAS POR LAS AUTORIDADES LOCALES DETERMINACIÓN DE LA PROBLEMATICA. CORTO. CORTO. DERIVADAS DEL ESTUDIO Y/O PROYECTO PROCESO DE LICITACIÓN DE LA OBRA O ACCIÓN. PROYECTOS EJECUTIVOS DE LAS ACCIONES INMEDIATAS. SUPERVISIÓN Y LABORATORIOS EJECUCIÓN DE LA OBRA O ACCIÓN Uno de los grandes problemas que enfrentan actualmente las obras de vialidad y transporte urbano es la falta de (o al menos una inadecuada) supervisión integral de las mismas que. económicos y administrativos. MEDIANO Y LARGO PLAZO TRAMITACIÓN DE RECURSOS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS O ACCIÓN.PROCESO DE LICITACIÓN DE LOS PROYECTOS EJECUTIVOS GENERACIÓN DE LOS ESTUDIOS. requieren durante su proceso. por su trascendencia. así como la carencia de un control apropiado que contemple en forma equilibrada la disponibilidad y el manejo de los recursos humanos. 2 Página 36 . constituye un aspecto a considerar en forma prioritaria en la coordinación y control de las mismas. por la complejidad y variedad de factores que intervienen en su realización. especificaciones.Introducción La supervisión organizada y sistematizada de las obras viales. asimismo. El Capítulo I contempla los aspectos generales de la supervisión de obras en donde se definen y enmarcan los objetivos de ésta dentro de la normatividad aplicable de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. El objeto básico de la supervisión de obras es garantizar que los proyectos destinados a construirse se realicen físicamente de acuerdo con los planos. una superación en la calidad. responsabilidades y obligaciones de la supervisión de obras. determinado por las características propias de la obra. se presentan en este manual los lineamientos mínimos que deberán observarse. su control. consecuentemente. los objetivos. los cuales eventualmente podrán tomarse como base para la elaboración de los términos de referencia que formarán parte integrante del contrato de supervisión de obra. entre otros temas. El manual se subdivide en cinco capítulos. El número y tipo de personal requerido para realizarla está. asimismo. tiempo y costo de las obras. OBJETO DEL MANUAL El objeto de este manual es proporcionar a los ingenieros encargados de llevar a cabo las obras de vialidad y transporte urbano un documento que contemple los lineamientos a los cuales deban apegarse para realizar una adecuada supervisión de ellas. hasta la integración de toda la información y su sistematización y ordenamiento en el llamado expediente de obra. es un requisito inherente a una adecuada administración de obra. inspección y registro. presupuestos y programas aprobados. Obvio es decir que. normas de calidad requeridas. En el Capítulo II se analizan las actividades especificas que deberá desarrollar la supervisión desde la organización de la obra. De acuerdo con la identificación de las necesidades. A efecto de normar esta actividad. funciones. se analizan y profundizan. el aprovechamiento de la experiencia obtenida en aplicaciones sucesivas de un procedimiento implica generalmente una mejoría en el control y. destacando que la labor de la misma es básicamente la de prevenir sucesos que implican desgastes adicionales de recursos económicos y de tiempo. La naturaleza y alcance de la supervisión depende de la magnitud y complejidad de los trabajos. En el Capítulo IV se contempla el programa de ejecución de los trabajos de supervisión que deberá adecuarse al programa físico de la obra. se integra a la propuesta técnicoeconómica de la obra y a las componentes del proyecto ejecutivo. El establecimiento de un conjunto de lineamientos que permitan llevar a cabo el control físico-financiero de una manera satisfactoria. la supervisión deberá efectuarse preferentemente de manera continua. El Capítulo III trata de los productos esperados que deberá entregar la supervisión de obra. 3 Página 37 . particularmente cuando se trata de aquellas que forman parte de un plan o programa. durante y al finalizar su labor. y de conformidad con lo estipulado en los contratos celebrados para su construcción. desde un punto de vista general. Página 38 . en la elaboración de los términos bajo los cuales se contratará. los lineamientos para una adecuada supervisión de obras viales. consultoras y constructoras en el desarrollo de las labores inherentes a cada una de ellas. más no exhaustiva ni limitativa. normará y realizará esta importantísima actividad. Cabe señalar que el presente manual plantea en forma amplia. 4 Página 39 . Como todo producto. así como a las empresas supervisoras. en el Capítulo V se analizan las características que deberá reunir la persona física o moral a quien se encarguen las labores de supervisión. Representa un primer intento en este sentido y es de desear que su lectura y aplicación sirva para guiar y orientar a las entidades responsables de la construcción. comentarios y sugerencias que se hagan llegar.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales Por último. este manual es susceptible de mejorarse y enriquecerse con las valiosas experiencias. a saber: 1. dando cumplimiento estricto a sus objetivos y prioridades. así como las modificaciones o cambios substanciales. Informar a la Dependencia de forma continua y periódica. de manera que mediante la implementación de los canales de comunicación adecuados. el cual deberá entregar a la Dependencia a la conclusión de los alcances referidos. con la finalidad de integrar un expediente del desarrollo de la misma. Representar a la Dependencia en todo lo relativo a la supervisión de la obra. Asegurar la calidad de la obra contratada. financiero. oficios. Verificar. sea la óptima de acuerdo a las características particulares de la zona y de la población beneficiada y esté estandarizada dentro de las normas vigentes de calidad establecidas por las Dependencias normativas. tales como bitácoras de obra. para ejecutarlos de conformidad con los Términos de referencia y con las condiciones contractuales correspondientes. 1 OBJETIVOS. apoyándola en la dirección y coordinación de la misma. controlando constantemente el cumplimiento preciso del cronograma de trabajo en el aspecto físico. para efectos de toma de decisiones encaminadas a la conclusión de la vialidad supervisada. Los objetivos que se deberán obtener con la instrumentación de la supervisión en la construcción de las obras de vialidad y transporte urbano referidas anteriormente. adendos.. garantizando en lo posible. archivo de documentos contractuales. comunicados. Verificar el cumplimiento de los tiempos de ejecución de la obra. Llevar el control de informática de la obra. 1.ASPECTOS GENERALES DE LA SUPERVISION DE OBRAS. revisar y efectuar el completo seguimiento de los trabajos contratados. etc. La Supervisión de Obra deberá llevar el control de la bitácora.1 Objetivos generales..CAPITULO I. de entregas parciales. con apego a la metodología establecida por la Dependencia contratante y por las diversas Dependencias normativas involucradas. sobre el avance. los periodos de ejecución de la obra contratada. determinados de acuerdo a su importancia y a los beneficios directos que aportan a la población beneficiada. conciliaciones. minutas. se puedan obtener resultados precisos en el menor tiempo posible a efecto de reducir en lo posible. se enmarcan dentro de dos grandes grupos. en los aspectos técnicos. problemática y soluciones implementadas durante todo el periodo de ejecución de la obra referida. que ésta se encuentre adecuada al entorno urbano donde deba ejecutarse. la cual será considerada como uno de los principales documentos del desarrollo de la misma. y en la que deberán plasmarse todas las incidencias de importancia.2 Objetivos específicos. si es que una solicitud no se 5 Página 40 . de utilización de personal y de maquinaria. administrativos y financieros. las cuales no tendrán ninguna validez para efectos de la Dependencia. proporcionando solamente la mano de obra o proveer los materiales y/o equipos de construcción requeridos. c) Normatividad: La Ley de Adquisiciones y Obras Públicas del Estado o la Federal. Subcontratista: Persona física o moral que. la marcha progresiva de los trabajos y sus pormenores. asegurando siempre para la Dependencia. Beneficiarios: Municipio. Bitácora de Obra: Memoria de la construcción y documento oficial en que se asienta en forma cronológica y descriptiva. mostrando sus fechas de inicio y término. b) Dependencia: La entidad contratante de la obra y de la supervisión. El término incluye a los representantes legales. en todo lo inherente a contratos para la ejecución de obra pública. Representar a la Dependencia en las cuantificaciones. de acuerdo a los términos de referencia y a las cláusulas contractuales firmadas y aceptadas por la Contratista. se encarga de la ejecución de una o varias partes de los trabajos. El proyecto comprende planos. los cuales deberán cumplirse en su totalidad. Para los efectos del presente manual. de acuerdo a rendimientos reales de mano de obra y equipo. y las demás aplicables. Página 41 . Obra: Los trabajos motivo del contrato celebrado entre la Dependencia y la Contratista. Proyecto: Conjunto de documentos que definen la obra y de acuerdo a los cuales deberá ejecutarse la misma. presupuesto.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales origina en el tiempo preciso o si no existe respuesta concluyente de parte de la Supervisión de Obra. el costo y el cumplimiento de los plazos y condiciones establecidas contractualmente y en los términos de referencia. población o sector beneficiado directamente con la ejecución de la obra contratada. según d) e) f) g) h) i) sea la que norme de acuerdo al origen de los recursos para la ejecución de la obra. a los laboratorios y a la Contratista. mediante contrato directo con la Contratista. 2 DEFINICION DE TÉRMINOS. así como las erogaciones por periodo. dentro de lo posible técnica y administrativamente. etc. Interrelacionar a la obra. Contratista: Persona moral o física designada para ejecutar o realizar la obra. normas. Programa de Trabajo Físico y Financiero: Representación gráfica y esquemática de las relaciones y de la distribución de las actividades físicas y financieras necesarias para la ejecución de la obra. con la Dependencia contratante y con las Dependencias involucradas en el avance y conclusión exitosa de la misma. conciliaciones o valoraciones de obra. técnicos. y al programa de inversiones y avance de obra. recomendaciones. se entenderá por: a) Gobierno: El Gobierno del Estado. las mejores condiciones de negociación que tengan como finalidad aumentar la calidad y reducir los costos. y subcontratistas de la misma. especificaciones. Supervisión: Persona moral o física contratada por la Dependencia para verificar y controlar la calidad. j) k) 6 Página 42 . si es el caso. Entre los objetivos de este Manual está el de servir como base para la elaboración de los términos de referencia que formarán parte integrante del contrato de Supervisión de Obra. servirá de base para la evaluación económica que quedará a cargo de la Dependencia. a efecto de lograr el cumplimiento total de los alcances técnicos en tiempo y forma. será el punto de partida para las estimaciones que de conformidad con el avance físico de los trabajos de la propia Contratista presente la Supervisión de Obra. en este documento se plantean los procedimientos mínimos que se deberán observar para dar cumplimiento efectivo a las labores y a las responsabilidades de la misma. De manera indicativa. encaminadas siempre a lograr para la Dependencia. la cual autorizará. más no limitativa ya que lo aquí descrito deberá complementarse con la experiencia y conocimientos de la propia Supervisión de Obra. las mejores condiciones de ejecución en cuanto a la calidad y al costo estimado. deberá formalizarse a efecto de dar cumplimiento a lo que para estos casos marca la normatividad en lo relacionado a asignación de los servicios relacionados con la Obra Pública. cubriendo todos los requerimientos que marquen los términos de referencia y documental y técnica. si así fuera el caso. PROPOSITO DE LOS TERMINOS DE REFERENCIA Y DE LA PROPUESTA TECNICO ECONOMICA PARA SUPERVISION DE OBRAS. con lo que marca la normatividad de la Dependencia. analizarán y evaluarán. con el objeto principal de lograr la uniformidad de resultados en la entrega del producto contratado. como la formulación de estimaciones para su pago correspondiente. para que de conformidad con lo que marca la normatividad vigente. Y por último. asimismo. se dé cumplimiento a los lineamientos legales que para estos casos se encuentran debidamente determinados. siempre apegadas a lo establecido en ellos. también las evaluaciones periódicas de la problemática que se presente en todas las etapas y componentes de la misma. para que ésta quede conformada financieramente de acuerdo a los lineamientos establecidos. corrigiendo la propuesta presentada. y de igual forma. implementar las medidas y acciones. La presentación de la propuesta técnico-económica de la Supervisión de Obra. La integración de los términos de referencia y de la propuesta técnico-económica de la Supervisión de Obra. así como la aplicación de retenciones y sanciones por incumplimiento. El propósito de elaborar unos términos de referencia adecuados para la supervisión de obras es el de obtener la definición de las funciones específicas de la Supervisión de Obra. obligaciones y responsabilidades. si es lo procedente. Página 43 . se constituye en la base de revisión y pago sobre los cuales la Supervisión y la Dependencia. tanto los avances de la obra. el personal designado por la propia Dependencia para estas funciones.Aspectos Generales de la Supervisión de Obras 3. estableciendo claramente sus atribuciones. en la mayoría de los casos y siempre de conformidad con lo determinado por la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. En cumplimiento con lo establecido. 7 Página 44 . EVALUACION DE LAS PROPUESTAS PRESENTADAS PARA ASIGNACION DE OBRA. la designación de la Contratista ejecutante de la obra. se realizará mediante convocatoria pública.4. aplicando todo el procedimiento establecido por la misma a efecto de obtener las mejores condiciones económicas y técnicas para tal designación. imparcialidad y honestidad. y de igual forma procederá para la evaluación de las propuestas económicas. 5. con apego a lo que establece la normatividad vigente aplicable y de acuerdo a los lineamientos internos de la propia Dependencia. para que posteriormente se levante el acta de adjudicación y sea notificada la Contratista de la determinación tomada por la Dependencia. previo análisis y dictamen de soporte en que fundamenten sus criterios. eficacia. se basarán en criterios de economía. A continuación se mencionan algunos artículos (extractos) que nos servirán para darnos una idea clara y concisa de la normatividad de esta Ley: TÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO ÚNICO Página 45 . aceptados y ofertados por la Contratista. Los argumentos en los que la Dependencia fundamentará su decisión. quien deberá decidir la adjudicación y dé a conocer la asignación de la obra. a efecto de evaluar las propuestas referidas para determinar las que deberán desecharse por no cumplir técnicamente con los requerimientos establecidos por la misma. para proceder a la contratación e inicio oficial de la ejecución de la obra motivo del concurso. a fin de determinar la propuesta idónea de la Contratista que presente la garantía más amplia de cumplimiento al menor costo posible y que además se encuentre elaborada de conformidad con los términos de referencia para la ejecución de la obra. el costo determinado y el cumplimiento de todos los alcances en los plazos establecidos. MARCO DE LEY DE OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS. Para lo anterior y en plena observancia de lo que para estos casos determina la normatividad. la calidad del proyecto. la Dependencia determinará si requiere el apoyo de la Supervisión de Obra designada. se deberá levantar el dictamen interno correspondiente a la adjudicación.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales Una vez presentadas las propuestas técnicas para la ejecución de la obra. será el personal designado por la Dependencia. en el que deberán plasmarse ampliamente los criterios anteriormente descritos. En última instancia. que le aseguren el cumplimiento de los términos contractuales. con la finalidad de garantizar al Estado las mejores condiciones de contratación. contratación. gastos. ejecución y control de las obras públicas. Las entidades federativas. presupuestación.Artículo 1º . programación. con la participación que. corresponda a los municipios interesados. conforme a los convenios que celebren con el Ejecutivo Federal. así como de los servicios relacionados con las mismas..La presente Ley es de orden público y tiene por objeto regular las acciones relativas a la planeación. No quedar comprendidos los fondos previstos en el capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal. con cargo total o parcial a fondos federales. 8 Página 46 . en su caso. que realicen: VI. Asimismo.Aspectos Generales de la Supervisión de Obras Artículo 4º . Artículo 7º .. diseñar y calcular los elementos que integran un proyecto de obra pública. de laboratorio de geotecnia. institucionales. en su caso. así como a lo previsto en la Ley de Presupuesto. los trabajos que tengan por objeto concebir.. Los objetivos y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo y de los programas sectoriales.En la planeación de las obras públicas y de los servicios relacionados con las mismas. Los proyecto deberán incluir las obras necesarias para que se preserven o restituyan en forma equivalente las condiciones ambientales cuando éstas pudieren deteriorarse y se dará la intervención que corresponda a la Secretaría de Medio Página 47 . regionales y especiales que correspondan.Para los efectos de esta Ley.. de resistencia de materiales y radiografías industriales. Contabilidad y Gasto Público Federal y demás disposiciones aplicables. y Los objetivos. Artículo 20. quedan comprendidos dentro de los servicios relacionados con las obras públicas los siguientes conceptos: V. Lo dispuesto por la Ley General de Asentamientos Humanos. la dirección o supervisión de la ejecución de las obras y los estudios que tengan por objeto rehabilitar. asesorías y consultorías que se vinculen con las acciones que regula esta Ley. presupuestación o la elaboración de cualquier otro documento o trabajo para la adjudicación del contrato de obra correspondiente. II. así como a las previsiones contenidas en sus programas anuales. metas y previsiones de recursos establecidos en los presupuestos de egresos de la Federación o de las entidades respectivas. a las disposiciones específicas del Presupuesto de Egresos de la Federación. Los trabajos de coordinación. corregir o incrementar la eficiencia de las instalaciones. supervisión y control de obra..Las dependencias y entidades estarán obligadas a considerar los efectos sobre el medio ambiente que pueda causar la ejecución de las obras públicas con sustento en la evaluación de impacto ambiental prevista por la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. de laboratorio de anälisis y control de calidad. se consideran como servicios relacionados con las obras públicas. TÍTULO SEGUNDO DE LA PLANEACIÓN. estudios. las investigaciones. las dependencias y entidades deberán ajustarse a: I.El gasto para las obras públicas y servicios relacionados con las mismas se sujetará. PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTACIÓN CAPÍTULO ÚNICO Artículo 17. de preparación de especificaciones de construcción. III. Ambiente. Recursos Naturales y Pesca. 9 Página 48 . y a las dependencias y entidades que tengan atribuciones en la materia. Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales TÍTULO TERCERO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN CAPÍTULO PRIMERO GENERALIDADES Artículo 27. bajo su responsabilidad. a través de licitaciones pública. La documentación distinta a las propuestas podrá entregarse. por regla general. siendo responsabilidad exclusiva de los interesados adquirirlas oportunamente durante este período. podrán contratar obras públicas y servicios relacionados con las mismas.Señalamiento de que será causa de descalificación el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las bases de la licitación. que será abierto públicamente. a elección del licitante. para que libremente se presenten proposiciones solventes en sobre cerrado. inclusive. Licitación Pública. mediante convocatorias públicas.. tanto en el domicilio señalado por la convocante como en los medios de difusión electrónica que establezca la Contraloría. 10 Página 49 . calidad. Artículo 28.Los contratos de obras públicas y los de servicios relacionados con las mismas se adjudicarán. la propuesta técnica y la propuesta económica. y contendrán en lo aplicable como mínimo. o Adjudicación Directa. o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes. Invitación a cuando menos tres personas. Artículo 33. mediante los procedimientos de contratación que a continuación se señalan: I. III. así como la comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar el costo de los trabajos.La entrega de proposiciones se hará en dos sobres cerrados que contendrán. a fin de asegurar el estado las mejores condiciones disponibles en cuanto a precio. dentro o fuera del sobre que contenga la técnica. II.-Las dependencias y entidades. Artículo 36. oportunidad y demás circunstancias pertinentes. de acuerdo con lo que establece la Ley.. el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones.. financiamiento. por separado..Las bases que emitan las dependencias y entidades para las licitaciones públicas se pondrán a disposición de los interesados. lo siguiente: IV. a partir del día en que se publique la convocatoria y hasta. y se dará lectura al importe total de las propuestas que cubran los requisitos exigido. para tal efecto.Sobre la base de precios unitarios. una vez recibidas las proposiciones en sobres cerrados. y podrá diferirse. Se señalarán lugar. a precio alzado. V. Por lo menos un licitante..En la primera etapa.Para los efectos de la Ley.El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo en dos etapas. III.A precio alzado. fecha y hora en que se dará a conocer el falló de la licitación. la convocante deberá establecer los procedimientos y los criterios claros y detallados para determinar la solvencia de las propuestas. esta fecha deberá quedar comprendida dentro de los cuarenta días naturales siguientes a la fecha de inicio de la primera etapa. sí asistiere alguno.. una vez conocido el resultado técnico. en cuyo caso el importe de la remuneración o pago total fijo que deba cubrirse al contratista será por los trabajos totalmente terminados y ejecutados en el plazo establecido.... los contratos de obras públicas y de servicios relacionados con las mismas podrán ser de tres tipos: I.En la segunda etapa. en el que se consignen los precios y el importe total de los trabajos objeto de la licitación.. y dos servidores públicos presentes rubricarán el catálogo de conceptos.Mixtos... se procederá a la apertura de la propuesta técnica exclusivamente y se desecharán las que hubieren omitido alguno de los requisitos exigidos. deberán verificar que las mismas cumplan con los requisitos solicitados en las bases de licitación. Artículo 37. siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de veinte días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente para el fallo.Las dependencias y entidades para hacer la evaluación de las proposiciones. complejidad y magnitud de los trabajos por realizar. cuando contengan una parte de los trabajos sobre la base de precios unitarios y otra.Aspectos Generales de la Supervisión de Obras TÍTULO CUARTO DE LOS CONTRATOS CAPÍTULO PRIMERO DE LA CONTRATACIÓN Artículo 45. II. dependiendo de las características. y Artículo 38. en cuyo caso el importe de la remuneración o pago total que deba cubrirse al contratista se hará por unidad de concepto de trabajo terminado. 11 Página 50 . conforme a lo siguiente: I. se procederá a la apertura de las propuestas económicas de los licitantes cuyas propuestas técnicas no hubieren sido desechadas. -Los contratos de obras públicas y servicios relacionados con las mismas contendrán. VI.La descripción pormenorizada de los trabajos que se deban ejecutar. IV. V.. Las dependencias y entidades deberán fijar los términos.Causales y procedimientos mediante los cuales la dependencia o entidad podrá dar por rescindido el contrato en los términos del artículo 61 de esta Ley. indicando la fecha de inicio y conclusión de los mismos. cuando corresponda.Términos en que el contratista.Porcentajes.. forma y lugar de pago de las estimaciones de trabajos ejecutados y. planos.Forma y término de garantizar la correcta inversión de los anticipos y el cumplimiento del contrato: VII. las que en ningún caso podrán ser superiores. números y fechas de las exhibiciones y amortización de los anticipos que se otorguen. al momento de la garantía de cumplimiento.Penas convencionales por atraso en la ejecución de los trabajos por causas imputables a los contratistas. hubiere recibido en exceso por la contratación o durante la ejecución de los trabajos. y expedirán una segunda convocatoria.Plazos. XII. II. los proyectos. determinadas únicamente en función de los trabajos no ejecutados conforme al programa convenio.. Lo siguiente: I. de los ajustes de costos. forma y porcentajes para aplicar las penas convencionales.. para lo cual se utilizará el procedimiento establecido en el artículo 55 de este ordenamiento. IX. en cualquier forma.Procedimiento de ajuste de costos que deberán ser el determinado desde las bases de la licitación por la dependencia o entidad. en el caso de las obras.. como mínimo.La indicación del procedimiento conforme al cual se llevó a cabo la adjudicación del contrato. complejidad y magnitud de los trabajos. en su caso.La autorización del presupuesto para cubrir el compromiso derivado del contrato y sus anexos. en su conjunto. Artículo 46.Las dependencias y entidades procederán a declarar desierta una licitación cuando las propuestas presentes no reúnan los requisitos de las bases de la licitación o sus precios no fueren aceptados.El plazo de ejecución de los trabajos determinado en días naturales.. VIII. reintegrará las cantidades que.. XI.. así como los plazos para verificar la terminación de los trabajos y la elaboración del finiquito referido en el artículo 64 de esta Ley. III. X.. 12 Página 51 .. debiendo acompañar como parte integrante del contrato. la parte y su monto que será sobre la base de precios unitarios y la que corresponda a precio alzado. el cual deberá regir durante la vigencia del contrato.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales Artículo 40.. los cuales deberán ser establecidos de acuerdo con las características.. En el caso de contratos mixtos.El precio a pagar por los trabajos objeto del contrato. considerados conjunta o separadamente. ni impliquen variaciones sustanciales al proyecto original.Las dependencias y entidades podrán.Las estimaciones e los trabajos ejecutados se deberán formular con una periodicidad no mayor de un mes.. resolverán las discrepancias futuras y previsibles.Aspectos Generales de la Supervisión de Obras especificaciones. el contrato. control y revisión de los trabajos. e un plazo no mayor a veinte días naturales. de ninguna manera. exclusivamente sobre problemas específicos de carácter técnico y administrativo que. la residencia de obra para realizar la revisión y autorización de las estimaciones contará con un plazo no mayor a quince días naturales siguientes a su presentación. bajo su responsabilidad. quien fungirá como su representante ante el contratista y será el responsable directo de la supervisión.Las dependencias y entidades establecerán la residencia de obra con anterioridad a la iniciación de las mismas. modificar los contratos sobre la base de precios unitarios y mixtos en la parte correspondiente. entre sí. En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas que no puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo éstas se resolverán e incorporarán en la siguiente estimación. vigilancia. siempre y cuando éstos. sus anexos y la bitácora de los trabajos son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos y obligaciones. Para los efectos de esta Ley. bajo su responsabilidad y por razones fundadas y explícitas. no rebasen el veinticinco por ciento del monto o del plazo pactados en el contrato. El contratista deberá presentarlas a la residencia de obra dentro de los seis días naturales siguientes a la fecha de corte para el pago de las estimaciones que hubiere fijado la dependencia o entidad en el contrato. los términos de referencia. programas y presupuestos. La residencia de obra deberá estar ubicada en el sitio de ejecución de los trabajos. Artículo 54. impliquen una audiencia de conciliación. incluyendo la aprobación de las estimaciones presentadas por los contratistas. ni se celebren ara eludir en cualquier forma el cumplimiento de la Ley o los tratados. acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de su pago. la cual deberá recaer en un servidor público designado por la dependencia o entidad.. Las estimaciones por trabajos ejecutados deberán pagarse por parte de la dependencia o entidad.. Artículo 59.. tratándose de servicios.Los procedimientos mediante los cuales las partes. dentro de su presupuesto autorizado. contados a partir de la fecha en que hayan sido autorizadas por la residencia de la obra de que se trate. y XIII. Página 52 . mediante convenios. CAPÍTULO SEGUNDO DE LA EJECUCIÓN Artículo 53. los trabajos contratados por cualquier causa justificada.Las dependencias y entidades podrán suspender temporalmente.. en todo o en parte. Los titulares de las dependencias y los órganos de gobierno de las entidades designarán a los servidores públicos que podrán 13 Página 53 .Artículo 60. en los términos señalados en el contrato respectivo y en la legislación aplicable.. bajo su responsabilidad.Alquilar el equipo y maquinaria de construcción complementario. de los vicios ocultos y de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido.. lo que invariablemente deberá llevarse a cabo por obra determinada.. en criterios de economía.Concluidos los trabajos. El acreditamiento de los criterios mencionados y la justificación para el ejercicio de la opción.Utilizar preferentemente los materiales de la región.Cumpliendo los requisitos establecidos en el artículo 24 de esta Ley. que se requieran para el desarrollo de los trabajos respectivos y podrán: I. podrán optar por no llevar a cabo el procedimiento de licitación pública y celebrar contratos a través de los procedimientos de invitación a cuando menos tres personas o de adjudicación directa. III. el contratista quedará obligado a responder de los defectos que resultaren en los mismos. consistentes en maquinarias y equipo de construcción y personal técnico. las dependencias y entidades podrán realizar trabajos por administración directa.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales ordenar la suspensión y determinar. la que no podrá prorrogarse o ser indefinida.. eficacia.. las dependencias y entidades. y IV. CAPÍTULO TERCERO DE LAS EXCEPCIONES A LA LICITACIÓN PÚBLICA Artículo 41. imparcialidad y honradez que aseguren las mejores condiciones para el Estado. la temporalidad de ésta. Artículo 66. II.En los supuestos que prevé el siguiente artículo. según las circunstancias que concurran en cada caso. La selección que realicen las dependencias y entidades deberá fundarse y motivarse. según el caso.Utilizar la mano de obra local que se requiera. eficiencia. 14 Página 54 . TÍTULO QUINTO DE LA ADMINISTRACIÓN DIRECTA CAPÍTULO ÚNICO Artículo 70.Utilizar los servicios de fletes y acarreos complementarios que se requieran. siempre que posean la capacidad técnica y los elementos necesarios para tal efecto. en su caso.. Los trabajos se garantizarán durante un plazo de doce meses por el cumplimiento de las obligaciones. .. en cualquier tiempo. siempre que éstos sean razonables. TÍTULO OCTAVO DE LAS INCONFORMIDADES Y DEL PROCEDIMIENTO DE CONCILIACIÓN CAPÍTULO PRIMERO DE LAS INCONFORMIDADES Artículo 83.. TÍTULO SÉPTIMO DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES CAPÍTULO ÚNICO Artículo 77. la dependencia o entidad reembolsará a los licitantes los gastos no recuperables en que hayan incurrido. 15 Página 55 . La Contraloría podrá realizar las visitas e inspecciones que estime pertinentes a las dependencias y entidades que realicen obras públicas y servicios relacionados con las mismas. que las obras públicas y servicios relacionados con las mismas se realicen conforme a lo establecido en esta Ley o en otras disposiciones aplicables.La Contraloría. TÍTULO SEXTO DE LA INFORMACIÓN Y VERIFICACIÓN CAPÍTULO ÚNICO Artículo 75. podrá verificar.Aspectos Generales de la Supervisión de Obras deberá constar por escrito y ser firmado por el titular del área responsable de la ejecución de los trabajos. serán sancionados por la Contraloría con multa equivalente a la cantidad de cincuenta hasta mil veces el salario mínimo general vigente en el Distrito Federal elevado al mes. Si la Contraloría determina la nulidad total del procedimiento de contratación por causas imputables a la convocante.Las personas interesadas podrán inconformarse ante la Contraloría por cualquier acto del procedimiento de contratación que contravenga las disposiciones que rigen las materias objeto de esta Ley.Los licitantes o contratistas que infrinjan las disposiciones de esta Ley. en la fecha de la infracción. estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con la operación correspondiente. e igualmente podrá solicitar a los servidores públicos y a los contratistas que participen en ellos todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate. en el ejercicio de sus facultades. etc.). tramo comprendido entre las calles y . rural. como de (Alta. semiurbano. denominada la vialidad como: Calle . dentro del Municipio de . Sur. y dentro de la clasificación de acuerdo con la zona urbana donde se encuentra localizada. Dentro del Municipio referido. La vialidad propuesta para realizar los trabajos concernientes a la Supervisión de la ejecución de la misma. por lo que es necesario que tenga presente los siguientes aspectos: 6. MUNICIPIO DE TEMIXCO. a efecto de no incurrir en incumplimientos al contrato. demostrando la experiencia en obras similares mediante los contratos y el curriculum respectivo.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales 6 COMPONENTES DEL PROYECTO EJECUTIVO. deberá conocer los componentes del proyecto ejecutivo y la normatividad a aplicar en la construcción de la misma. con lomeríos suaves. considerando que por el actual tránsito vehicular se clasifica como de (Alto. A continuación podemos ver la ubicación y localización de una obra: CONSTRUCCIÓN DE PUENTE VEHICULAR SOBRE EL RÍO PILCAYA UBICADO EN EL CIRCUITO VILLA DE LAS FLORES. Sur. Este u Oeste) del mismo. es necesario que la obra siempre se encuentre ubicada y localizada así como que contenga la más completa información posible. etc.1 Ubicación y área de influencia.). La Supervisión de Obra deberá estar familiarizada con el tipo de obra específica que se trate. se localiza en el Estado de . La topografía predominante es el tipo (Plano. medio o bajo) tránsito vehicular y de igual forma. Este u Oeste) de la capital del Estado. permite determinarla como de (Tipo urbano. con pendientes pronunciadas. se localiza en el cuadrante (Norte. Como se menciona de manera ejemplificada en el párrafo anterior. media o baja) densidad de construcción. al (Norte. ESTADO DE MORELOS 16 Página 56 . lo siguiente: PROYECTO EJECUTIVO Topografía de detalle Estudio geotécnico Estudio de impacto ambiental del proyecto Proyecto geométrico. 6. Dichos trámites serán responsabilidad directa de la propia Dependencia o de quien la misma designe para sustituirla y. La Supervisión de Obra deberá contar con el proyecto ejecutivo de la vialidad. situación que deberá prever la Supervisión de Obra a efecto de que considere que dentro de sus alcances se encuentre el enlace adecuado con la Dependencia para notificar y dar seguimiento de los trámites correspondientes para la liberación de la mismas. el que deberá contener como mínimo.2 Componentes del Proyecto Ejecutivo.Aspectos Generales de la Supervisión de Obras El proyecto ejecutivo permite deducir la existencia (o nulidad) de afectaciones. de rasantes y secciones de construcción Estudio de curva masa Proyecto de diseño de pavimentos Proyectos de drenajes Proyecto de alumbrado público Página 57 . pero por ningún motivo de la propia Supervisión de Obra. Proyecto de dispositivos para el control de tránsito Proyecto de paisaje y mobiliario urbano Catálogo de conceptos y cantidades de obra Análisis de precios unitarios y su integración presupuestal Memoria de procedimientos constructivos Proyecto de desvíos de tránsito y señalamiento durante la etapa de construcción 17 Página 58 Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales 7. CARACTERISTICAS DE LA OBRA. Con la finalidad de lograr una vialidad acorde con las necesidades y requerimientos que demandan los beneficiarios, la Supervisión de Obra deberá tomar en cuenta las siguientes características a cumplir durante su ejecución, observando con anticipación cualquier irregularidad al respecto: a) La Supervisión cotejará que el proyecto contenga la aplicación de las normas comunes de proyecto que brinden la seguridad de operación requerida y de igual forma, externen la confianza a los conductores para su utilización continua. b) La Supervisión cotejará que la obra sea consistente con el proyecto en su desarrollo, evitando en lo posible cambios o modificaciones a lo previsto, sin que con antelación exista la consulta y aprobación del proyectista. c) El proyecto de obra deberá entregarse completo, incluyendo el tratamiento del funcionamiento zonal y puntual, así como la localización de los dispositivos de control de tránsito indispensables para la operación diurna y nocturna de la vía. d) En el supuesto de que para la ejecución del proyecto se determine la reubicación de instalaciones propiedad de las diversas Dependencias y/o Empresas involucradas en el otorgamiento de los servicios públicos, como son CNA, Sistema Operador de Agua Potable y Alcantarillado, CFE, TELMEX, PEMEX o cualquier otra, esto deberá indicarse dentro del mismo e incluir su cuantificación y el costo de la reubicación dentro de los documentos presupuestales del costo de la obra; la Supervisión de Obra llevará la coordinación con las referidas dependencias a efecto de lograr los mejores resultados dentro del tiempo estimado de ejecución de la misma. e) La Supervisión de Obra, podrá recomendar mejoras al procedimiento constructivo Página 59 determinado, si es el caso, a efecto de reducir los costos sociales y económicos por la utilización de procedimientos no factibles u óptimos. f) La Supervisión de Obra deberá encaminarse siempre a buscar la máxima economía en los costos estimados inicialmente para la construcción así como en los de conservación, pero siempre garantizando que cumpla con la vida útil de diseño y las condiciones de operatividad establecidas en el proyecto. g) La Supervisión de Obra será la única autorizada y responsable de coordinar con la Dependencia, cualquier modificación a cualquiera de las fases del proyecto, esto es, esquemas de solución, anteproyectos y proyecto ejecutivo modificado, con la finalidad de proceder a su análisis y aprobación definitiva. h) La Supervisión deberá observar estrictamente lo especificado en el catálogo de conceptos y cantidades de obra, los procedimientos constructivos determinados, el presupuesto de obra, y finalmente, el programa de obra por etapas; debiendo prever e informar de cualquier modificación o situación que altere lo originalmente contemplado, así como justificar técnicamente los motivos que originen alguna propuesta de modificación a cualquiera de las partes mencionadas anteriormente. 18 Página 60 del proyecto. cantidad y aceptación de los materiales. FUNCIONES. de las especificaciones y de los programas aprobados para la ejecución de la obra. se requiere de un control directo en obra. supervisión y control de la ejecución de las obras. podrán dictaminar sobre las cuestiones técnicas y administrativas relativas al contrato. así como el cumplimiento de los aspectos técnicos y legales del contrato respectivo. La Supervisión de Obra y la coordinación referida. forma de ejecución. serán los siguientes: I. y un control y coordinación centralizados que normen y coordinen directamente todas las actividades pertinentes. Su decisión será definitiva y tendrá suficiente autoridad administrativa para hacer cumplir aquellas instrucciones y órdenes que la Contratista no ejecute pronta y debidamente. Para facilitar estas labores. en que deberán someterlo a la aprobación de la Dependencia. Página 61 . La Supervisión decidirá. trabajos ejecutados. vigilar y controlar directa y permanentemente.-OBJETIVOS. 1. a través de una adecuada supervisión. con excepción de los casos en que existan cambios obligados en los planos o especificaciones. OBLIGACIONES DE LA SUPERVISION DE OBRA. interpretación de los planos y especificaciones.CAPITULO II. la correcta ejecución de todos los trabajos. entes diferentes en cuanto a sus actividades propias. todas las cuestiones que surjan con respecto a la calidad. y el correcto cumplimiento de los términos del contrato. Los objetivos generales de la Supervisión de Obra contratada. Vigilar el fiel y estricto cumplimiento de todas y cada una de las cláusulas del contrato. se recomienda que la Dependencia designe a una persona física o moral encargada de coordinar. dentro de los límites estipulados anteriormente. 1 LA SUPERVISIÓN DE OBRA RESPONSABILIDADES Y Para cumplir debidamente las funciones de programación.1 Objetivos de la Supervisión de Obra. proceso de la obra. VI. procurando controlar. Detectar y señalar oportunamente errores u omisiones en la elaboración del proyecto. que el costo de la obra no sea mayor que el contratado. Asesorar y apoyar a la Contratista para lograr que la ejecución esté de acuerdo con lo establecido en planos y especificaciones y que se realice en el tiempo programado. situaciones inesperadas que puedan exigir modificaciones posteriores. IV. Proporcionar información veraz y oportuna sobre todos los aspectos relacionados con la ejecución de la obra. Verificar las cantidades de obra ejecutada y el trámite de pago de las mismas. III. dentro de sus facultades.II. V. así como prever con la mayor anticipación posible. Reportar desvíos de incidencia de costos. 19 Página 62 . Exigir a la Contratista el programa de trabajo. según sea el caso. en caso de que procedan de acuerdo a las cláusulas contractuales e instrucciones de la Dependencia. aprobando o rechazando oportunamente. Ordenar las pruebas de laboratorio necesarias para los materiales de construcción. Para llevar a cabo la Supervisión de la Obra. Página 63 . Los elementos de prueba deberán mantenerse bajo su directo control y vigilancia y marcarse en forma tal que sea fácil su identificación. Vigilar el avance de la obra de acuerdo con el programa y revisar haciendo los ajustes necesarios. la realización de las funciones que se señalan a continuación: A. aprobarlo y vigilar el fiel cumplimiento del mismo.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales 1. C. Presentar cada quince (15) días un informe detallado del estado de la obra y su desarrollo. Concluida la obra. E. los que procedan o no para utilizarse dentro de la obra. Informar a la Dependencia sobre las modificaciones o reformas convenientes a introducir en los planos o especificaciones de proyecto. Resolver a la Contratista las dudas que surgieran en la interpretación de planos y/o especificaciones de proyecto y los detalles constructivos que en el curso de la obra puedan presentarse. D. presentar un informe final de su realización. B.2 Funciones de la Supervisión de Obra. F. la Dependencia autorizará y encargará a los representantes en obra de la misma. I. los documentos anexos y las instrucciones de la Dependencia. e informar por escrito en la bitácora sobre las irregularidades que advierta. Observar la conducta y competencia del personal de la Contratista. pudiendo solicitar el despido o traslado del personal que considere inconveniente para el normal desarrollo de los trabajos.G. Controlar minuciosamente que la obra se ejecute en su totalidad de acuerdo con el proyecto. H. con los del contrato. J. pudiendo ordenar a la Contratista la demolición o sustitución de aquellas que no se hubieran ajustado en todo a los planos y especificaciones. Realizar personalmente junto con la Contratista. K. aduciendo las razones pertinentes. 20 Página 64 . con los términos de referencia. tanto en las estimaciones parciales como en la estimación de finiquito respectiva. la medición de las obras ejecutadas y dar su aprobación cuando esté conforme para el pago de las mismas. Dar su aprobación y visto bueno a las obras ejecutadas. Comunicar por escrito a la Contratista todas las observaciones que a juicio de la Supervisión sean convenientes para el mejor desarrollo de la obra y el correcto cumplimiento del contrato. presupuestos. la Dependencia estará facultada para solicitar a la Supervisión de Obra. las aclaraciones tan abundantes como sean requeridas a efecto de deslindar las responsabilidades con la finalidad de proceder a la reparación o reposición inmediata. Responsabilidades y Obligaciones de la Supervisión de Obra L. O. programas. sin embargo. N.3 Responsabilidades de la Supervisión de Obra. Cumplir cabalmente todas las actividades que sean de su competencia en calidad de Supervisión de Obra. Consignar en la bitácora de obra. con indicación de fechas y observaciones. los acontecimientos más relevantes. analizando previamente las implicaciones que éstos acarreen. La Contratista será la única responsable de la ejecución de la obra contratada. las visitas que personal de la Dependencia o externo a la misma realicen. buscando con su representación obtener las mejores condiciones en todos los aspectos que reditúen beneficios a la Dependencia. 1. especificando aquellas que a su criterio sean motivo de oficio separado y cursando a los interesados por los conductos establecidos. con los Página 65 .Objetivos. Anotar en la bitácora de obra. en el contrato correspondiente o conforme a las órdenes escritas establecidas por la Dependencia o la Supervisión. licencias y permisos correspondientes a la obra. desde el inicio hasta la terminación. cuando ésta no se haya realizado de acuerdo con lo estipulado en los términos de referencia. como representante y asesor de la Dependencia en todos los aspectos y etapas que conlleva la construcción. Coordinar con la Contratista las actividades más importantes y representativas del proceso constructivo. contratos. P. especificaciones. M. I. Verificar y coordinar que la Contratista cuente con todos los planos. Funciones. no tendrá derecho a autorizar el pago de los mismos sin el previo consentimiento por escrito de la Dependencia. La Supervisión deberá verificar que la Contratista se sujete a los reglamentos vigentes en materia de ejecución de obra. que deberá hacer por su cuenta la Contratista o la Supervisión sin que tengan derecho a retribución adicional alguna por ello. independientemente de la responsabilidad en que incurra por la autorización indebida de los trabajos excedentes. Si la Supervisión de Obra autoriza sin consentimiento de la Dependencia la realización de trabajos por mayor valor del indicado en el presupuesto correspondiente. para lo cual acepta conocerlos y se compromete a respetarlos y a hacerlos respetar por la ejecutante de la obra. a quien deberá cubrirse el importe de los trabajos de conformidad con los términos pactados y firmados por las partes.trabajos adicionales que resulten necesarios. uso de la vía pública y a las disposiciones que con base en ellos. III. 21 Página 66 . ésta deberá comunicarlo y recibir la autorización de la Dependencia previa a la oficialización. IV. tenga establecida la Dependencia para la ejecución de los trabajos. de higiene y seguridad dentro de la obra. II. control ambiental. siendo únicamente la propia Supervisión la responsable de la ejecución de los trabajos subcontratados. tales como el de construcción. En cualquier caso de subcontratación por parte de la Supervisión de Obra. en los términos de las disposiciones legales aplicables. por inobservancia de las instrucciones dadas por escrito por la Dependencia o por violación a las leyes y reglamentos aplicables. factibilidad de ejecución. cualquier modificación resultado de propuestas propias o que no sean imputables a errores de proyecto. la Dependencia podrá encomendar a un tercero o hacer directamente la reparación o reposición de que se trate. así como a dibujar y soportar de manera conjunta con la misma. la alternativa óptima de ejecución de entre varias propuestas.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales V. por no ajustarse a lo estipulado en el contrato. Si la Contratista no atendiere los requerimientos de la Supervisión. Cuando apareciesen defectos o vicios ocultos en los trabajos relacionados con la obra. VI. la Dependencia ordenará a la Supervisión de Obra. 1. con cargo a las fianzas de garantía dejadas por la Contratista o por la Supervisión. la Supervisión de Obra está obligada a presentar en forma mancomunada con la Contratista. de acuerdo a quien haya incumplido sus obligaciones contractuales. la implementación de las formas y métodos a efecto de obligar a su reparación o reposición inmediata que hará por su cuenta la Contratista. La Supervisión acepta la responsabilidad de los daños y perjuicios que cause a la Dependencia o a terceras personas con motivo de la Supervisión de la Obra. y siempre verificada por personal de la Dependencia y/o el ejecutor del proyecto. b) La Supervisión de Obra está obligada a requerir a la Contratista la ejecución de las modificaciones al proyecto original pertinentes y sustentadas técnicamente. fundamentando siempre su elección en criterios de economía. dentro del año siguiente a la fecha de recepción de los mismos. a) Ante la presencia de situaciones especiales y/o modificaciones al proyecto original. c) La Supervisión de Obra será el conducto para recibir las solicitudes de ampliaciones por Página 67 . respeto al entorno urbano y ecológico de la zona y de utilización de materiales provenientes de la región marcando como prioritaria la utilización de la mano de obra de la zona.4 Obligaciones de la Supervisión de Obra. sin que ninguna de las partes tenga derecho a retribución por ello. para que éstas sean analizadas en primer instancia por la Supervisión a efecto de determinar la procedencia o la negativa a la solicitud externada. únicamente tiene la propia Dependencia. a efecto de evitar reducciones de liquidez a la Contratista que conlleven a poner en riesgo la conclusión de la obra. las estimaciones para el pago de los avances físicos producto de la conciliación referida. La supervisión se obliga a emitir un juicio imparcial de la procedencia del requerimiento. en plazo o en tiempo a las establecidas en el contrato original. las cuales deberán ser fijas e inamovibles a efecto de mantener la retroalimentación interna que la obra requiere e) La Supervisión deberá verificar y validar. En el supuesto de no contar con estimaciones para su 22 Página 68 .escrito. teniendo presente que su sugerencia deberá estar condicionada a la decisión última. d) La Supervisión de Obra tiene la obligación de efectuar conciliaciones periódicas permanentes al avance físico de la obra. con una periodicidad máxima de un mes. que en este caso. para ello deberá reflejar en forma conjunta con la Contratista. siempre y cuando éstas tengan razonamientos veraces y no imputables a la propia Contratista. las fechas para las conciliaciones referidas. si es lo conducente. la Supervisión de Obra deberá comunicarlo por escrito a la Dependencia a efecto de tomar las medidas correctivas que modifiquen esta situación. autorizados previamente por la Dependencia y propuestos por la Contratista. f) La Supervisión de Obra está obligada a mantener informada a la Dependencia de cualquier cambio o modificación al programa establecido para la ejecución de la obra. de igual forma. con la finalidad de que la Dependencia a su vez. Responsabilidades y Obligaciones de la Supervisión de Obra validación presentadas de conformidad con lo aquí establecido. cuyo origen sea por motivos extraordinarios o imposibles de prever con anticipación. i) La Supervisión de Obra está obligada a asistir a las reuniones periódicas o extraordinarias que se convoquen para tratar asuntos relacionados con la ejecución de la misma. la verificación física del personal encargado de las labores respectivas. podrá efectuar la verificación en campo o en las propias oficinas de la Supervisión. así como cualquier cambio que implique alguna modificación a los términos de referencia. con la finalidad de mantener un control constante y eficaz que permita a la Dependencia contar con información veraz real del desarrollo de los trabajos. las cantidades de obra Página 69 . g) La Supervisión de Obra deberá otorgar todas las facilidades a la Dependencia para que ésta realice sin previo aviso. se encuentre en conocimiento y en posibilidad de establecer las medidas correctivas para dar cumplimiento a los términos pactados. correspondan a precios de mercado vigentes y a rendimientos reales de producción para establecer costos reales de la ejecución de la obra. Funciones. participando y manifestando su opinión a los acuerdos que en ellas se emitan. h) La Supervisión verificará y será la responsable de que los precios unitarios propuestos para cubrir conceptos de trabajo extraordinarios o fuera de catálogo.Objetivos. cotejará que la cuantificación física de los volúmenes y cantidades de obra sea apegada a lo ejecutado. se tenga la certeza de estar reflejando únicamente los alcances totales del precio analizado. y de igual manera. j) La Supervisión de Obra está obligada a conciliar con la Contratista. con la finalidad de que al someterse a la autorización de la Dependencia. sin embargo. Supervisión interna. procediendo como lo estime más conveniente para salvaguardar los intereses propios. tales como: Laboratorio. la Supervisión de Obra deberá requerir el finiquito de los mismos. ninguna de las partes podrá exigir el reconocimiento de obra adicional no estimada. por cualquier omisión o adición autorizada que fuera detectada por la Dependencia. será corresponsable con la Contratista y con el personal autorizado para tal fin por la propia Dependencia. así como de la operación e interrelación con las partes involucradas en la ejecución de la misma.. etc. k) Una vez que los trabajos se encuentren concluidos. para autorizar la liquidación de los trabajos contratados. 23 Página 70 . Una vez finiquitados y firmados los trabajos. vigilando y notificando cualquier efecto positivo o negativo. l) La Supervisión deberá mantener informada a la Coordinación. la Dependencia podrá revisar y observar cualquier negligencia en las autorizaciones. a efecto de proceder a su revisión y conciliación con la Contratista. de todo lo relacionado con el avance físico y financiero de la obra. que los avances de la misma tengan sobre los compromisos establecidos con la SEDESOL y BANOBRAS.ejecutadas para efectos de elaboración de la estimación correspondiente y de igual forma. Contratista. sin previo aviso de advertencia de la propia Supervisión. se procederá a aplicar retenciones en una primera instancia y posteriormente. ocurren circunstancias totalmente imputables a la Supervisión de Obra. la Dependencia procederá a la aplicación de penalizaciones graduales de manera que sirvan para resarcir a la misma Dependencia de los daños y perjuicios originados por la negligencia en el cumplimiento de los compromisos contractuales y de los términos de referencia. el cual planteará en términos breves pero claros y debidamente fundamentados.5.2 Aplicaciones de retenciones precautorias. o que la cantidad de los trabajos contratados diste de la contratada.5. El procedimiento para la aplicación de sanciones observará siempre la metodología descrita en los incisos siguientes: 1. y de requerirse. Si durante el desarrollo de los trabajos. a) Si en la sexta conciliación se mantienen retrasos sin mejora aparente en los avances físicos de la obra.1 Llamados de atención oficiales. b) Posterior a esta sexta conciliación se turnará un comunicado oficial a la Supervisión de Obra.5 Sanciones a la Supervisión de Obra. que obliguen a la conclusión de la obra en plazos mayores a los estimados.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales 1. de forma que se establezcan los antecedentes requeridos para proceder a aplicar las penalizaciones correspondientes que deberán estar encaminadas no en perjuicio de la Supervisión de Obra sino en beneficio de los intereses de la Dependencia. a) Una vez aplicada la retención precautoria por parte de la Dependencia a la Supervisión de Página 71 . se aplicarán de forma tal que permitan a la misma solventar sus compromisos sin sufrir daños al programa financiero previsto de antemano. 1. se aplicarán sanciones iguales a las establecidas en la cláusula contractual correspondiente. la aplicación de retenciones precautorias del 5. y el origen continúa siendo imputable a la Supervisión. se procederá a levantar y dejar claramente asentados los antecedentes de las conciliaciones previas en la minuta correspondiente y en la bitácora respectiva. si dichas medidas no tienen mayor repercusión en cuanto a la regularización de avances o al incremento de la calidad de la obra contratada. los orígenes de la problemática que se presenta en el cumplimiento y en las conciliaciones a la fecha del comunicado. estableciendo como definitivo y sin necesidad de mediar aviso anterior.00% del importe correspondiente a trabajos ejecutados. Las penalizaciones a la Supervisión de Obra. Obra. b) Las retenciones precautorias solo podrán recuperarse hasta el finiquito de la obra. 24 Página 72 . de manera que la Supervisión no podrá por ningún modo exigir la devolución de las retenciones durante el proceso de avance de la misma.00 % en todas y cada una de las estimaciones subsecuentes que presente para su trámite de pago. no podrá exigir ningún cargo financiero como consecuencia de las retenciones referidas. De igual forma. estará facultada sin ninguna negociación previa y mucho menos el consentimiento de la propia Supervisión. la Supervisión acepta que dado que las retenciones precautorias son como consecuencia de su participación en el atraso de la obra. a aplicar las retenciones precautorias del 5. aún cuando éste fuera normalizado. la aplicación de la retención precautoria en más de dos estimaciones continuas.Objetivos. c) Si las retenciones precautorias se aplican en más de dos estimaciones continuas o si el atraso se mantiene aún con la aplicación de estas retenciones.A. el hecho de mantener los retrasos aún con la aplicación de estas retenciones. La aplicación de estas sanciones se hará directamente. a efecto de garantizar la entrega en tiempo y con la calidad requerida de la obra contratada. se pueda prever con exactitud el comportamiento futuro del avance de la obra mediante la comparativa de los Página 73 . Responsabilidades y Obligaciones de la Supervisión de Obra La Supervisión acepta las condiciones aquí establecidas para la devolución de los importes correspondientes a estas retenciones.3 Aplicación de sanciones definitivas a) Como anteriormente se determinó.V. 1.5. deberá efectuarse cuando el plazo pactado para la conclusión de la Obra se encuentre en el primer tercio del plazo total.5. 1.10% del monto total de contrato sin el I. se procederá a aplicar las penalizaciones definitivas. aún cuando hubiera incrementos de importancia en la regularización del avance físico del proyecto. deberá determinarse de forma tal que la sexta conciliación. y no mediará comunicado previo a esta determinación. dará origen a la aplicación de penas convencionales consistentes en sanciones definitivas del 0. por cada día de retraso. Lo anterior a efecto de que cuando la obra se encuentre a la mitad del plazo comprometido para su terminación. luego de la cual se aplicarán las retenciones precautorias a la siguiente estimación que la Supervisión de Obra presente a cobro. descontando administrativamente el importe correspondiente de las liquidaciones que se formulen.4 Rescisión administrativa a) El plazo establecido para efectuar las conciliaciones periódicas a las que se refieren los incisos anteriores. o la suspensión de la Supervisión de Obra por un lapso mayor de 3 (tres) días. incluido. ya que forman parte de una medida externa que será aplicada para garantizar a la Dependencia. b) Las sanciones definitivas no serán reconsideradas para devolución. Funciones. determinadas en el apartado siguiente. la cual no podrá ser sometida a discusión alguna ni mucho menos cancelada su aplicación. el cumplimiento del compromiso contractual establecido con la Supervisión. de conformidad con la secuencia de implementación detallada enseguida. y si fuera el caso de que la Supervisión no genere cobros por falta de productos entregados o por retrasos imputables a ella en la conciliación de los trabajos ejecutados.rendimientos programados contra los rendimientos reales mantenidos por la Supervisión y la Contratista de la obra a esa fecha. no será requisito la presentación de estimaciones para proceder a aplicar la rescisión administrativa del contrato referido. que a continuación se anuncian de forma breve: 25 Página 74 . serán detalladas claramente en el contrato que para tal efecto se firme por la Dependencia y la Supervisión. En virtud que se ha determinado que las sanciones definitivas serán aplicadas directamente de las estimaciones que la Supervisión presente para su pago. b) Las causas de rescisión administrativa. y a juicio de la Dependencia puede dificultar el desarrollo satisfactorio de los trabajos. Las reuniones de trabajo serán presididas por la Dependencia. preferentemente inamovibles. Página 75 . El periodo entre reuniones deberá determinarse de forma tal que la sexta reunión para conciliación del avance de la obra. la que resolverá si acepta o rechaza la subcontratación. en un día y hora prefijados a conveniencia de la Contratista y la Supervisión. con la intervención de todas las Dependencias que deban intervenir en virtud de su participación en el desarrollo de la obra. solo por casos de excepción y no previsibles. las fechas programadas para efectuar las reuniones de trabajo para verificar. deberá efectuarse cuando el plazo pactado para la conclusión del mismo se encuentre en el primer tercio del plazo total comprometido. c) El procedimiento para la aplicación de la rescisión administrativa se sujetará a lo que para dichos casos establece la normatividad correspondiente.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales Ø Si la Supervisión de Obra no cumple u obliga a hacer cumplir los términos de referencia o con el plazo de actividades. 2 REUNIONES PERIODICAS DE TRABAJO Con la finalidad de dar cumplimiento a lo anteriormente establecido tanto en las responsabilidades y obligaciones de la Supervisión de Obra como en las sanciones a la misma. conciliar y corregir el avance físico de la obra. Ø Si la Supervisión de Obra se declara en quiebra o en suspensión de pagos o si hace cesión de bienes. analizar. deberá establecerse con antelación al inicio de los trabajos. los derechos derivados del contrato sin consentimiento de la Dependencia. Las reuniones deberán ser periódicas. II. Dichas reuniones deberán cumplir con los requisitos siguientes: I. Ø Por incumplimiento de la Supervisión de Obra a cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato o de los términos de referencia. Ø Si la Supervisión de Obra trasmite total o parcialmente. Ø Si la Supervisión de Obra subcontrata parte de los trabajos sin comunicarlo previamente a la Dependencia. deberá plasmarse lo más relevante y el cumplimiento de los compromisos contraidos en la bitácora correspondiente. se deberá efectuar una reunión de evaluación completa de los avances obtenidos a esa fecha. Cuando se haya agotado la mitad del plazo establecido contractualmente para la terminación de la obra. el seguimiento de los trabajos. En todas las reuniones deberá levantarse la minuta correspondiente a los trabajos e independientemente de ésta. con la finalidad de que la Dependencia obtenga un dictamen donde se plasmen los avances físicos.III. si lo procedente es continuar con la Supervisión de Obra contratada o si mantener vigente su contrato representa mayores riesgos que beneficios para la Dependencia. IV. determinando a esta fecha. las alternativas propuestas para mejorar los resultados y un análisis detallado de los resultados que se prevé obtener para la segunda mitad del plazo contractual. con la finalidad de darle el 26 Página 76 . Objetivos, Funciones, Responsabilidades y Obligaciones de la Supervisión de Obra seguimiento constante al avance de los trabajos y dejar asentado en un documento oficial su desarrollo. V. Todas las reuniones serán convocadas por la Supervisión de Obra, de manera que sea la misma, quien se encargue de coordinar la asistencia de los involucrados, prestando primordial atención a la asistencia del personal representante de Dependencias que deban aceptar compromisos primordiales para la conclusión, o que tengan compromisos pendientes para terminación de la misma. Debe entenderse de igual manera, que la Dependencia podrá convocar a reuniones en todo momento, existiendo la obligatoriedad de la Supervisión de acudir a dichas convocatorias sin excusa alguna. 3 FORMA DE PAGO Dado que los lineamientos en cuanto a la forma establecida por la Dependencia para efectuar el pago de las estimaciones correspondientes a la Supervisión de la Obra, están precisamente determinados en el contrato correspondiente que para tal fin se firma entre la Dependencia y la Supervisión de la Obra, este apartado únicamente se referirá a la sistematización que la Dependencia seguirá, a efecto de que conciliación y presentación de estimaciones por los trabajos correspondientes se encuentre normada a efecto de que no surjan contraposiciones o entendidos diferentes, en el momento de que se presente esta situación. A. Las reuniones periódicas de valuación tendrán, entre otros fines, la conciliación de los trabajos realizados por la Supervisión para efecto de presentar a cobro las estimaciones correspondientes ante la Dependencia. B. La sistematización de la presentación de las estimaciones de la propia Supervisión de Obra en cuanto a formatos, métodos de presentación, complementos y anexos respectivos, será normada por la Dependencia, estableciendo de antemano que la elaboración física de las mismas será por cuenta de la propia Supervisión, la que únicamente deberá considerar para pago, las cantidades proporcionales que correspondan a trabajos ejecutados por la Contratista de Obra y que deberán ser conciliados y autorizados con la propia Dependencia. Página 77 C. La Dependencia tendrá la facultad de devolver cuantas veces sea necesario, cualquier estimación que presente volúmenes no autorizados o preestimados, errores aritméticos, errores tipográficos, precios unitarios no conciliados, imprecisiones en los alcances contratados o con exclusión de soportes de las cantidades estimadas. D. Por ningún motivo deberán considerarse trabajos que no se encuentren ejecutados a la fecha de corte de la estimación de la Supervisión, aún cuando se prevea un avance de importancia en el concepto estimado. La omisión de esta observación facultará a la Dependencia a aplicar las medidas convenientes a efecto de evitar incurrir en situaciones de este tipo. E. Las estimaciones se deberán formular con una periodicidad no mayor de un mes a la fecha de corte, que invariablemente será la de las reuniones periódicas de evaluación de avances. Para tal efecto la Supervisión deberá entregar a la Dependencia, la estimación acompañada de la documentación de soporte correspondiente dentro de los cuatro días siguientes a la de la realización de la reunión de conciliación; la Dependencia dentro de los siete días calendario siguiente deberá revisar, y en su caso, autorizar la estimación. 27 Página 78 Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales F. En el supuesto de que surjan diferencias técnicas o numéricas, las partes tendrán dos días hábiles contados a partir del vencimiento del plazo señalado para la revisión, para conciliar dichas diferencias, y en su caso, autorizar la estimación correspondiente. De no ser posible conciliar todas las diferencias, las pendientes deberán conciliarse e incorporarse en la siguiente estimación. 4 CRONOGRAMA DE TRABAJO. Tomando como referencia el plazo para la conclusión de la obra establecido en los términos de referencia, la Supervisión deberá presentar el Cronograma de Trabajo ofrecido para la conclusión de la misma, integrado en las siguientes modalidades y formatos: a) Cronograma Físico de los trabajos. Utilizando los formatos comunes, esto es el Diagrama de Gantt o de barras, deberán plasmarse los periodos de ejecución de todos los conceptos involucrados en la Supervisión de la Obra, estableciendo en forma paralela a los periodos ofertados, una línea donde deberán plasmarse durante el desarrollo de los trabajos, las fechas propuestas para la verificación de los mismos. b) Cronograma Financiero de los Trabajos. En este cronograma, que deberá estar en total concordancia de periodos de ejecución con el anterior, se deberán plasmar los importes financieros correspondientes a los avances físicos ofertados en el cronograma de avances físicos, los que resultarán del programa financiero de avance de obra que la Contratista presente dentro de su propuesta técnico-económica. c) Cronograma de Utilización de Personal. Referenciado al mismo programa utilizado anteriormente, se deberán reflejar en este documento las previsiones relacionadas con el personal, tanto administrativo como el de permanencia constante en obra, especificando las categorías, el número de personal integrado en las cuadrillas destinadas a supervisar los trabajos concernientes al desarrollo de la obra y finalmente, los tiempos destinados para la ejecución de cada actividad determinados con base en los rendimientos de las cuadrillas respectivas. 5 NORMATIVIDAD APLICABLE A LOS TRABAJOS. Para la supervisión de la obra, y con la finalidad de establecer un criterio que permita orientar y racionalizar las obras en materia de vialidad y transporte urbano, la Supervisión deberá hacer que se respete la normatividad Página 79 las de la Secretaría de Desarrollo Social en lo referente a la normatividad para la entrega del proyecto.oficial vigente en cuanto a los procesos constructivos de la obra. y toda la normatividad adicional que tenga que intervenir por disposiciones del municipio donde se desarrollen los trabajos o por disposiciones de las instituciones crediticias que sean la fuente de financiamiento. como es la de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes en todo lo relativo a los aspectos específicos del diseño geométrico. las de las autoridades de ecología de la Entidad en lo referente a los estudios de impacto ambiental. las de la ASSHTO en lo relacionado con la construcción de pasos a desnivel vehiculares y peatonales. 28 Página 80 . si fuera el caso. Las que enseguida se detallan son un resumen de las actividades que se consideran como prioritarias y básicas. la supervisión de las obras de un Programa Integral de Vialidad y Transporte. 7. Ø Percatarse cabalmente del contenido y alcance de cada una de las cláusulas contractuales y de los términos de referencia. 3.. así como de la interrelación de la misma con otras. 5. Previo al inicio de la obra.Bitácora de obra.Formularios para cuantificar cantidades de obra. 1 ACTIVIDADES PRELIMINARES. y deberán enriquecerse con las aportaciones de la Supervisión de Obra a efecto de lograr la entrega de una obra de acuerdo con las expectativas de tiempo. Como se mencionó antes. sin embargo no son limitativas.. Ø Conocer con exactitud y a detalle el proyecto en todos sus aspectos. 2 CONTROL CENTRALIZADO DE LA SUPERVISION DE OBRA..Planos completos del proyecto.ACTIVIDADES DE LA SUPERVISION DE OBRA La Supervisión de Obra deberá realizar previo. debe llevar a cabo las siguientes actividades: 29 Página 81 . 8. Ø Estudiar el programa al que deberá sujetarse el desarrollo de la obra. 2. la Supervisión deberá realizar una serie de acciones preparadas para desempeñar con propiedad sus funciones.Copia del contrato y catálogo de conceptos de trabajo.CAPITULO III. entre las de mayor importancia se tiene: Ø Compenetrarse debidamente de la organización jerárquica de la Dependencia. durante y al término de la obra.Formularios para realizar estimaciones y reportes de avance de obra. 6. tanto en las especificaciones técnicas y generales de construcción de la Dependencia... una serie de acciones que le permitan el desarrollo pleno de sus funciones.Especificaciones generales y particulares de la obra. 4.. autorizada y firmada por la Dependencia. costo y calidad requeridas y esperadas con la contratación de una Supervisión profesional de Obra. requiere de un control directo en cada una de ellas y de un control centralizado para todas ellas.Programa de trabajo físico y financiero. así como las demás atribuciones que tiene en su carácter de representante autorizado de la Dependencia. Ø Estar enterado y compenetrado de lo estipulado.Estudios especiales cuando la obra lo requiera. como de las particulares del proyecto... Ø Recabar la siguiente documentación: 1. La Dependencia encargada de la ejecución de este programa. con base en los reportes formulados por la Supervisión de Obra. a la Dependencia o al Página 82 . elaboración y formulación de formatos para cuantificación de obra ejecutada. 10) Verificación y aprobación de las estimaciones de los trabajos realizados. partiendo de la base del presentado por la propia Contratista. estimaciones y facturas ya aprobadas. 7) Control de desarrollo de la construcción de cada una de las obras. 5) Preparación de la bitácora de obra. 6) Determinación de los procesos de envío de información de control físico y financiero a la Dependencia y organismos involucrados. informes de avance de obra y reportes de calidad y desarrollo de los trabajos. 11) Tramitación de presupuestos. 8) Aprobación.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales 1) Aprobación. de presupuestos y precios unitarios presentados por la Contratista para la realización de conceptos de trabajo extraordinarios o fuera del catálogo original de obra. si es el caso. del personal autorizado para la supervisión directa de la obra. estimación de pagos. e indicación de la información que deben suministrar para tal efecto. si es el caso. 4) Implementación. 9) Implementación de procedimientos para que la Supervisión de Obra solicite aprobaciones a los precios unitarios detallados en el inciso anterior. a fin de que se tramiten las decisiones o documentos necesarios y pertinentes en forma expedita. 2) Formulación del programa de desarrollo de cada obra. 3) Elaboración del procedimiento para el control físico y financiero de las obras. 14) Verificación y evaluación técnico-constructiva del proyecto. 30 Página 83 . de los documentos anteriores. así como del realizado por la Supervisión de la misma. presupuesto y especificaciones de acuerdo con el desarrollo de la construcción. De igual forma. liquidación y entrega de la obra a las autoridades correspondientes. previa revisión y ajuste.conducto de pago correspondiente. 13) Presentación de la información que permita la calificación profesional del trabajo realizado por la Contratista de la obra. 15) Recepción. 12) Coordinación con otras Dependencias de Gobierno y autoridades locales. en lo relativo a tramitación de servicios urbanos y licencias necesarias para la ejecución de la obra. confrontación con la información presentada por el proyectista. en donde proceda. En estas oficinas. y los problemas se reducirán a un mínimo. deberá encontrarse permanentemente el expediente completo de la obra. (d) De manera similar que en la plantilla de construcción. Para lograr una adecuada organización de la obra. Lo anterior a efecto de que con una organización bien establecida de la planta de construcción se reflejará en su funcionamiento armónico. dentro de los límites normales. bajo control permanente de la Contratista. De manera particular. y la Contratista tendrá la obligación de proporcionarle las facilidades necesarias para el desempeño de sus labores. cambiar o integrar en su equipo de trabajo. debiendo contar la Contratista con todo el equipo. en cuanto a su localización.Actividades de la Supervisión de Obra 3 ORGANIZACIÓN DE LA OBRA. la Supervisión de Obra debe influir y vigilar para que la Contratista tenga una óptima organización de su plantilla de construcción. (b) La plantilla de construcción estará sujeta a la aprobación de la Dependencia. la contratista ocupará al personal que a su juicio sea necesario para la buena marcha de la obra. la Supervisión verificará que se cumplan los siguientes preceptos: (a) Para desempeñar sus funciones en forma eficiente. (e) De acuerdo con sus facultades contractuales. funcionamiento y capacidad. la bitácora de obra deberá permanecer siempre accesible a ambas partes. maquinaria y herramienta necesarios para ejecutar y terminar la obra con la calidad requerida y en el plazo que se fije. no utilizará servicios de personas faltas de idoneidad en el ejercicio de sus funciones. Página 84 . la Supervisión de Obra deberá vigilar y prudentemente asesorar a la Contratista sobre el personal idóneo que deba conservar. por tanto. (c) La Supervisión o su residente en la obra. y mantendrá en todo momento el orden y la disciplina entre el personal de la obra. podrá hacer uso de las obras provisionales de la Contratista con carácter temporal. desórdenes o cualquier otro motivo que lo amerite y que tenga relación con el buen desarrollo de la obra. prudencia. cordura y autoridad. cuando a juicio de la Supervisión y a solicitud de ésta. sin asumir responsabilidades que le corresponden a la Contratista. pero sin sobrepasar los límites de la ética profesional. La Supervisión de Obra debe ser muy estricta. sea necesario adoptar tal medida. 31 Página 85 . sino también debe prestar una colaboración permanente a la Contratista para el bien de la obra y por lo tanto de ambas partes.(f) La Contratista está obligada a ordenar la inmediata separación de su personal. ya sea por incapacidad. (h) Una adecuada y sistemática Supervisión de Obra no solo debe exigir el cumplimiento de las obligaciones del contrato. insubordinación. dirigiéndose siempre y en lo posible. pero evitando todo aquello que pueda limitar el cumplimiento de sus funciones. (g) La Supervisión debe evitar dar órdenes directamente al personal dependiente de la Contratista. a la Contratista a través de personal profesional residente en obra. en ninguna forma impedirá el rechazo en el momento de descubrirse dicho defecto. siempre que se realicen de acuerdo con las especificaciones o con sus instrucciones. El hecho de que no se rechace cualquier trabajo o material defectuoso. ü Solamente se emplearán materiales en obra que concuerden estrictamente con los requisitos de las especificaciones y que hayan sido aprobados por la Supervisión antes de su uso. etc. y se presentarán muestras previas conforme lo requiera la Supervisión. relleno de tuberías. La aprobación de muestras preliminares no constituirá garantía de que todos los materiales de Página 86 . Los bancos de materiales o la fuente de abastecimiento de los mismos. a efecto de aceptar trabajos cuya calidad y procedimiento constructivo sea incierto. la Supervisión deberá tener acceso permanente tanto al sitio de la obra como a los sitios de fabricación donde se encuentren en proceso parte de los trabajos contratados. La Contratista no procederá antes de la aceptación por parte de la Supervisión. compactaciones. ü La Supervisión deberá autorizar el inicio de cada subproceso de la obra y aprobar en principio la aceptación de cada uno de ellos. deberá ser aprobada por la Supervisión de Obra antes de comenzar a su explotación o entrega de los mismos. ni obligará a la Supervisión a su aceptación final. La Contratista deberá dar todas las facilidades necesarias para que los fabricantes permitan la inspección de los trabajos y/o materiales destinados a la obra. ü En caso de exigirlo la Supervisión. refuerzos del concreto.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales 4 INSPECCIONES DE OBRA. la Contratista deberá dar todas las facilidades y atender a los representantes de la Dependencia y de la Supervisión cuando esto sea requerido. la Supervisión verificará que se cumplan los siguientes requerimientos: ü En el curso de la ejecución de la obra. a cubrir trabajos tales como: cimentaciones. Para lograr una adecuada vigilancia de la obra. la Contratista deberá descubrir las partes del trabajo terminado que se le ordene. ü De acuerdo con las condiciones contractuales. incluyendo los que hayan sido aprobados y aceptados del banco de materiales o de la fuente de suministro. la Supervisión deberá solicitar muestras y ensayos de los siguientes materiales y trabajos: 32 Página 87 . y rechazará todos aquellos que no cumplan con las especificaciones técnicas. La Supervisión podrá exigir el ensayo de cualquiera o de todos los materiales después de la entrega.igual procedencia deberán ser aceptados. ü En principio. 33 Página 88 .Actividades de la Supervisión de Obra 1) Pruebas de compactación. Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales 2) Concretos y sus componentes: cemento. grava. arena. 3) Acero de refuerzo. 34 Página 89 . aditivos. etc. 5) Ensayes a asfaltos y agregados pétreos. 35 Página 90 .Actividades de la Supervisión de Obra 4) Tubería de todo tipo y material. Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales 6) Determinación de características físicas de los materiales procedentes de bancos propuestos por la Contratista. 36 Página 91 . etc. torones para presfuerzo. 37 Página 92 .Actividades de la Supervisión de Obra 7) Pruebas de resistencia de neoprenos. 8) Programa de frecuencia de muestreo de materiales. 9) Programa de pruebas y ensayes de laboratorio. Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales 38 Página 93 . 11) Comprobación de resultados 39 Página 94 .Actividades de la Supervisión de Obra 10) Plazos de entrega de informes de resultados de materiales. Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales 12) Listado de Verificación 40 Página 95 . 41 Página 96 . no autorizan a la Contratista a solicitar prórroga para terminación del contrato.Actividades de la Supervisión de Obra ü Los retrasos ocasionados por el rechazo de materiales que no cumplan con las especificaciones de proyecto. fecha de envío y periodo que cubre dicha estimación. revisión numérica de generadores de obra y fotografías del proceso constructivo. Ø La veracidad de la estimación deberá ser confirmada por la Supervisión con las evidencias o pruebas que estime convenientes. tales como: número de estimación. en donde se identifiquen los trabajos en consideración. verificación topográfica con personal de confianza de la propia Supervisión. Oficio de la Supervisión dirigido a la Dependencia. tales como medición física directa junto con la Contratista. Ø Una vez que la Supervisión autorice las cantidades de obra ejecutada en el periodo. la que deberá respaldarse con las evidencias o pruebas que la Dependencia indique a la Supervisión.DOCUMENTOS DE SUPERVISIÓN Y CONTROL DE OBRA 1 ESTIMACION DE CONCEPTOS DE TRABAJO DE OBRA. Ø Las estimaciones periódicas serán realizadas por la Contratista conforme a los lineamientos que establezca para tal fin la Dependencia. y que deberá complementarse con los siguientes documentos: 1. la Contratista deberá proceder a la elaboración de la estimación para su pago. si fuera el caso.. Ø Cada mes deberán hacerse pagos parciales a la Contratista contra estimaciones de obra de conceptos ejecutados. aceptados y autorizados para su pago por la Supervisión. conforme a los precios unitarios estipulados en el contrato. importe de las deducciones y retenciones. siendo la Supervisión la encargada de revisar y avalar las mismas. en el que se indiquen los datos más importantes de la estimación remitida. dentro de los ocho días anteriores a la fecha de corte establecida de manera conjunta. los que cubrirán todos los trabajos completados. Anexando las copias que la Dependencia requiera a efecto de cubrir sus requisitos y marcando copia a las Dependencias que deban enterarse del trámite de la misma. 43 Página 97 .CAPÍTULO IV. en los acuerdos de trabajos extraordinarios y en las órdenes de modificación autorizadas. importe de la misma. Factura con todos los requisitos fiscales establecidos por la SHCP. previendo los espacios para las firmas de validación que la Dependencia requiera.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales 2. 44 Página 98 . firmada por la Contratista y la Supervisión. con fecha de elaboración que deberá ser la de presentación de la estimación a la Supervisión. 5. y de los conceptos fuera del catálogo y excedentes al mismo. donde se determinen las estimaciones pagadas. 4. firmado por la Supervisión. con las firmas de la Contratista y la Supervisión. y que la Supervisión debe llevar a cabo está la de proporcionar información veraz y oportuna sobre los aspectos relacionados con la ejecución de la obra. de acuerdo con la unidad de peso o medida señalada en el catálogo de conceptos. separando los que correspondan a volúmenes normales. La finalidad de la misma es constituir un registro útil al cual referirse Página 99 . Estos se liquidarán una vez que se hayan corregido o terminado a satisfacción de la Supervisión. Recibo provisional elaborado de forma similar a la factura. Estado de Cuenta del estado financiero de la obra. excedentes y extraordinarios de obra. donde claramente se aprecie el avance porcentual de cada una de las partidas consideradas dentro del catálogo original de obra. el que deberá cumplir con lo siguiente: La información deberá proporcionarse quincenalmente para que los datos sean aprovechados a tiempo y no cuando sean obsoletos. Ø Por ningún motivo se pagarán los trabajos que la Supervisión califique como defectuosos o incompletos. limpios. cargo y parte representada. En caso de existir diferencias en la conciliación.Documentos de Supervisión y Control de Obra 3. la Contratista deberá retirar de la estimación los conceptos de obra en discusión e incluirlos en la siguiente estimación. la Contratista y los espacios requeridos por la Dependencia para las firmas que la misma establezca. 6. Ø La Supervisión de obra deberá medir cada concepto de trabajo terminado de obra. Firmados todos y cada uno de ellos por la Supervisión y la Contratista. 2 INFORMES Y REPORTES Entre las funciones más importantes señaladas anteriormente. firmado por la Contratista y la Supervisión. identificando las firmas con su nombre. la Supervisión deberá rendir sistemática y periódicamente un informe detallado del estado de la obra y su desarrollo. los importes amortizados. claros y precisos. Resumen de avance físico por partida. Para que esto sea realmente efectivo. que permitan al personal de la Dependencia la revisión y verificación de los volúmenes autorizados por la Supervisión de Obra. las deducciones y retenciones aplicadas. Números generadores. datos de la Contratista y de la Supervisión de Obra. periodo contractual de ejecución y prórrogas si es el caso. el cual deberá contener la información siguiente: 1. de contrato y de concurso. 45 Página 100 . avance físico y financiero programado real de obra. etc. importe de contrato. Al finalizar cada mes. tales como: No.para resolver asuntos actuales o dificultades posteriores. se entregará un informe detallado comparativo de avances. Carátula con los datos de la obra. de convenios adicionales y/o de convenio único. Donde se reflejen los datos relativos a la presencia de lluvia en la obra. considerando las prórrogas que hubieren sido autorizadas por la Dependencia. siempre que éstos se encuentren justificados y que la Contratista se encuentre dentro del programa físico de avance de obra. Gráfica y numéricamente. Reporte diario de mano de obra y de maquinaria. 5. a efecto de considerarlas en los rendimientos reales y en la velocidad de producción de la Contratista. especificando categorías y el número de cada una de ellas. deberán reflejarse los avances físicos de avance de obra. 3. Se deberán consignar los datos relacionados con la fuerza de trabajo de obra. su estado operacional. y resumiendo brevemente las causas de atraso más importantes. Gráfica de precipitación pluvial. su actividad durante el periodo del que se informa. 46 Página 101 . sea ésta ordinaria. Un mejor sistema de caminos es parte importante de esa perspectiva. El País tiene la perspectiva de una nueva infraestructura. Estado Físico de la obra. 4. así como los acumulados a la fecha de corte. donde se plasme claramente el desarrollo de los pagos. sus rendimientos promedio en la ejecución de la misma y la calificación del personal que las opera. extraordinaria o excedente al catálogo original. deberá reflejarse la maquinaria presente en obra. y el tipo de estimación del que se trate. Se deberán incluir por separado las estimaciones correspondientes a los escalamientos de obra. Estado Financiero de la obra. desde el desmonte hasta la pavimentación y el mantenimiento. así como las soluciones propuestas y las implementadas a efecto de corregir estos atrasos. de igual forma.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales 2. Maquinaría para la Construcción de Caminos Las máquinas son un apoyo fundamental para cada una de las etapas en la construcción vial. los periodos de estimación. Gráfica y numéricamente. A continuación tenemos una breve descripción de algunos equipos de Maquinaría para la Construcción de Caminos. desgarradoras u otros accesorios. En diferentes modelos con potencia de hasta 157 kW y capacidades de cucharón de hasta 3.Documentos de Supervisión y Control de Obra Tractores de Cadenas Son las máquinas más versátiles en la construcción de caminos. económicamente. Sus anchas cadenas vencen toda resistencia al rodaje y aseguran producción en condiciones adversas del terreno. completan muchas fases en la construcción de caminos. En varios modelos con potencia de hasta 575 kW. las pendientes son pronunciadas o el material es difícil de cargar. los Cargadores de Cadenas pueden excavar y cargar así como acarrear cargas económicamente a distancias de hasta 100 metros. en movimiento de tierra sobre distancias de hasta 150 metros.2 m3. Los Tractores de Cadenas pueden trabajar solos. Equipados con hojas topadoras. 47 Página 102 . en pendientes empinadas y en una amplia variedad de materiales. Cargadores de Cadenas Cuando las condiciones del terreno son adversas. las Retroexcavadoras Cargadoras satisfacen muchas de las necesidades en la construcción de caminos. elevan y manipulan tuberías y otros objetos. altamente maniobrables. se convierten en una flotilla de una sola máquina y un solo operador. enrasan. canalizan y. cargan. En variados modelos con capacidades de cucharón de hasta 30. Retroexcavadoras Cargadoras Al ofrecer potencia de trabajo versátil en ambos extremos. empujan. 48 Página 103 . Y profundidades de excavación en el retroexcavador de hasta 5. Excavan. despejan. enrasan. cargan. Hay algunos modelos con potencia de hasta 70.6 m3.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales Cargadores de Ruedas Rápidos. Las máquinas excavan. estiban y manejan materiales apilados. rellenan.05 m3. Los controles automáticos y los servomecanismos los hacen ideales para la carga de camiones. los Cargadores de Ruedas realizan una amplia variedad de trabajos de construcción.8 kW con capacidades de cucharón cargador de hasta 1. zanjean.2 m. con cualquiera de sus muchos accesorios. zanjeos. Modelos con potencia de hasta 280 kW y 3. abre zanjas. La hoja se posiciona hidráulicamente para trabajo de enrase de precisión. canalizaciones. carga de camiones. nivela conforma bancos y taludes.Documentos de Supervisión y Control de Obra Motoniveladoras Una herramienta esencial y versátil para la contrucción y el mantenimiento de caminos. la Motoniveladora corta. alimentación de trituradoras o de plantas de procesamiento. realiza trabajo de acabado en rasantes y mantiene los caminos de acarreo tan bien como el camino terminado. cucharones y otros accesorios adaptan las Excavadoras para la realización de muchos trabajos. plumas. 49 Página 104 .8 m3 de capacidad.33 m3 de capacidad: cinco modelos de excavadoras de gran volumen con cucharones de hasta 5. Hay modelos cuyas potencias varían desde 93 hasta 203 kW. Una amplia selección de brazos. colocación de tuberías.0 m3 de capacidad y modelos de palas mecánicas de 3. rompimiento de rocas o de concreto. Excavadoras Estas versátiles máquinas de construcción realizan una amplia variedad de trabajos: Excavaciones y movimiento de tierra de gran volumen. de bastidor rígido. Los Camiones Articulados los hay en modelos de dos ejes o de tres ejes y con capacidad de hasta 36.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales Camiones articulados Llenando el vacío entre las mototraíllas y los camiones de obra. en materiales rocosos y en la subida de pendientes empinadas en distancias de hasta 3050 metros.3 hasta 218 toneladas de capacidad. En varios modelos de bastidor rígido en una variación que va desde 36.3 toneladas. sobre caminos de acarreo malos. 50 Página 105 . son unidades de alta producción y eficiencia de costo donde el acarreo excede de 2500 metros y los caminos están bien mantenidos. los Camiones Articulados operan económicamente en terrenos blandos. Camiones de obra Los camiones de obra. modelos de tracción y empuje. las mototraíllas han demostrado ser altamente eficientes. compactación y administración de rellenos sanitarios. acarrean y esparcen una amplia variedad de materiales. Estas máquinas versátiles cargan. 51 Página 106 . modelos de paletas elevadoras. relleno.6 m3. Los modelos compactadores o los que están dotados de hoja topadora se ofrecen para trabajos de empuje. modelos propulsados por doble motor. En cinco tipos: Modelos estándar de un solo motor.Documentos de Supervisión y Control de Obra Traíllas Cuando se tienen que mover grandes volúmenes de tierra a un costo mínimo y a distancias de acarreo desde 400 m hasta 1600 m. Compactadores de Suelos y Tractores Topadores de Ruedas Los Tractores de Ruedas están disponibles para aquellas aplicaciones que requieren gran potencia y la velocidad de las ruedas. En capacidades hasta de 33. modelos de sinfín. Hay tres tractores topadores con potencia de hasta 336 kW y dos compactadores de rellenos con potencia de hasta 315 kW. 7. Reporte fotográfico de avance de obra.Despejo de árboles. en un análisis de la problemática que a futuro pudiera presentarse por situaciones que puedan remediarse en el momento de la presentación del informe. compactadores de doble tambor vibratorio.. Problemática de obra. deberá plasmarse un panorama global de la obra.Hay compactadores de tambor sencillo. fresadoras en frío.. a efecto de que las mismas permitan visualizar un panorama general sin necesidad de la presencia física de personal de la Dependencia en obra. estabilizadores de suelo/recuperadores de caminos. así como las causas y las soluciones que la Supervisión considere como convenientes a efecto de reducir sus consecuencias. malezas. 52 Página 107 . En un máximo de 8 fotografías. elevador de camellones.Del derecho de vía. el detalle del origen particular de la problemática de obra. compactadores de neumáticos. Desmonte. pedruscos y otros obstáculos del recorrido del camino. pavimentadoras de asfalto.Este reporte deberá contener de forma breve pero clara. Abundando tanto como lo considere conveniente. Preparación. 6..Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales Equipos de Pavimentación Ajustándose a las más amplias necesidades en las operaciones de revestimiento de superficies. movimiento de tierras de gran volumen. La Supervisión deberá registrar y notificar a la Dependencia cualquier modificación hecha a los planos constructivos. Terminación..Documentos de Supervisión y Control de Obra Excavación de gran volumen. la Supervisión deberá basarse en datos asentados en bitácora.Con desalojo de camiones grandes. 8.. a las especificaciones o al procedimiento constructivo a efecto de que la Dependencia autorice el pago correspondiente si dicha modificación fue hecha con su 53 Página 108 . resumen de pruebas de laboratorio ejecutadas durante el periodo anexando los reportes de mayor impacto e importancia y por último.Tendido de base Fabricación de concreto asfáltico. todos los comunicados que tengan que ver con el desarrollo de la obra.Tendido de concreto asfáltico en vialidad...llevada a cabo en Planta de Asfalto. en el programa de trabajo aprobado y en las anotaciones hechas en el diario de obra que la Supervisión deberá llevar. Para realizar el reporte. Anexos.Fotocopia de la bitácora de obra durante el mes del informe. Revestimiento de superficie. modificaciones. deberán mantenerse al día. Al término de la obra. El expediente deberá contar substancialmente con los siguientes documentos: a) Contrato b) Planos de construcción vigentes. que junto con los documentos contractuales forman el expediente de obra. o proceda a solicitar la sustitución de los trabajos si es que a su juicio no son técnica o económicamente procedentes. la Supervisión deberá presentar un informe final del desarrollo de la misma. deberán contener al menos los puntos 1. particularmente en el caso de planos aprobados y autorizados. el expediente deberá contar con copia de todos los documentos relativos a la misma.1 Documentos Básicos. estimaciones. cuente con los antecedentes de construcción de la misma. f) Lista de precios de materiales básicos. Esto con la finalidad de que el encargado de la operación y mantenimiento de la obra. la Supervisión deberá conocer con exactitud y estar enterada de todos los documentos relacionados con la misma. relación de salarios y análisis de precios unitarios. un informe adicional denominado Informe Urgente . y nunca se utilizarán para construcción. 54 Página 109 . El expediente de obra deberá contener cuando menos la información relacionada enseguida: 3. Los reportes quincenales que se envíen a la Dependencia. eventos. órdenes de cambio. bitácora. Estos documentos deberán estar solo para consulta. Anexando. d) Catálogo de conceptos de obra e) Programa de trabajo y reprogramaciones autorizadas por la Dependencia.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales autorización y con su aval. y se entregará en la recepción de obra a la Dependencia encargada de operar la obra. durante el tiempo total de ejecución de la misma. comunicados. 3 EXPEDIENTE DE OBRA Para obtener el mejor control de la obra. y la Supervisión será la encargada de que periódicamente se incluyan las nuevas instrucciones. de requerirse. tales como: registros. Al termino de la obra. h) Certificado de propiedad del terreno. donde se mencionen problemas que por su importancia no deban esperar a ser tratados hasta el informe mensual correspondiente. g) Orden de inicio de obra. es recomendable que un juego completo del expediente se mantenga siempre en obra. licencias. permisos. Para que este control pueda ser eficiente. etc. 5 y 6 descritas anteriormente. c) Especificaciones generales y particulares. etc. 3. aprobados y autorizados. cuando sea necesario. Dada la importancia que tienen para la realización de la obra. suspensión de la obra. Estos criterios comprenden aspectos particulares tales como cómputos del tiempo. n) Estimaciones escalatorias de obra.1 Contrato de construcción. supervisión.2 Contenido del Expediente de Obra. suspensión temporal. progreso. con comunicados y oficios relacionados con la misma. Y las particulares del control de la obra. etc. trabajo extra. En el contrato se definen claramente una serie de condiciones y características cuyo cumplimiento deberá garantizar la Supervisión.2.recepción de obra. p) Ordenes de modificación de obra. q) Archivo de obra. las especificaciones y la oferta del Contratista al suscribir el contrato.2 Planos de construcción. alternativas o discrepancias en ellos. condiciones generales referentes a especificaciones. s) Fianzas de cumplimiento y buen uso de los anticipos. terminación. de requerirse. responsabilidad legal y pública. incumplimiento. El contrato es el convenio bilateral suscrito entre la Dependencia y la Contratista para la ejecución de la obra. y finalmente los relativos a la recepción y liquidación de la obra.2. r) Acta de entrega . m) Estimaciones extraordinarias de obra. 3. limpieza y mantenimiento. 3. j) Licencias y permisos de construcción. 3. k) Memoria de cálculo y estudio de mecánica de suelos. Todos tienen carácter complementario. Los planos forman parte de los documentos contractuales. estimaciones. es un requisito imprescindible que la Supervisión cuente y esté compenetrada de todos los planos del proyecto y de la 55 Página 110 . prórrogas o extensiones. equipo. o) Números generadores. rescisión. calidad. tales como: inspección. medición y forma de pago. programa de obra. es decir. control y almacenamiento de materiales. l) Estimaciones normales de obra. lo que se indica en uno es tan obligatorio como si fuera estipulado en todos.Documentos de Supervisión y Control de Obra i) Bitácora de obra. y se consideran parte integrante del mismo: los planos. planos. la Supervisión será la única responsable de la modificación. Por último. a efecto de contar con un expediente real de lo ejecutado. las especificaciones establecen cómo debe construirse.2. Esta oferta conocida como catálogo de conceptos con precios unitarios propuestos por la Contratista. comprenden dibujos complementarios a los planos y definen la calidad de los materiales y los procedimientos constructivos a utilizar. que señalarán el estado contable al momento de la última estimación de pagos efectuados. La modificación y/o adecuación del plano correrá a cargo de la parte involucrada cuya omisión o sugerencia haya generado dicha modificación o sustitución.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales información ahí manifestada. formando parte integrante y registrada del expediente de obra.4 Catálogo de conceptos de obra. Conforme se vaya procediendo a la ejecución de los trabajos y al pago de las estimaciones. 3. Los planos serán siempre los aprobados y vigentes. requisitos y condiciones que se establecen para la ejecución de una obra. forma parte integrante del contrato. técnicas y operativas de un proyecto. todos los costos necesarios para adecuar la obra al proyecto que finalmente determine la Dependencia. firmados o sellados por las autoridades de la Dependencia o de la unidad responsable del proyecto. Las especificaciones son el conjunto escrito de disposiciones. a efecto de contar con información útil y veraz en el momento que se requiera. 56 Página 111 . La combinación de los planos y las especificaciones deben definir completamente las características físicas. previamente a su ejecución deberá ser autorizada por escrito por la Dependencia. La finalidad de ambos es establecer las normas para ejecutar un proyecto con todos sus detalles. él o los planos deberán incorporarse al expediente de obra oportunamente. y por tanto. Deberá tenerse especial cuidado en que los planos anulados por modificaciones y/o cancelaciones de partes del proyecto. abundando sobre la forma de medición y la unidad de pago del concepto de trabajo referido. la Supervisión deberá llevar un registro de estas actividades en formularios especiales. original o modificada. será el instrumento esencial de los trabajos a ejecutar. 3. deberán ser sellados con tal carácter y conservados como antecedentes para futuras y probables aclaraciones. En general. Toda modificación de los planos resultado de exigencias de la construcción o de otra índole. cabe aclarar que una especificación particular rige sobre una especificación general.2. Cuando se actúe en contrario. puede decirse que los planos enseñan qué debe construirse.3 Especificaciones generales y particulares. Por lo que se recomienda que una copia de todo el proyecto siempre esté disponible a la Supervisión. aceptada por las partes contratantes. La oferta de la Contratista. Los planos que requieran modificarse deberán adecuarse a lo realmente ejecutado en obra. De la misma forma. serán con cargo a la misma. Una vez plasmados los cambios o sustituciones. deberá registrarse el ajuste de cantidades y conceptos fuera de catálogo o excedentes al mismo. en qué cantidad y a qué precio. Documentos de Supervisión y Control de Obra 3. salvo en los casos en que proceda su modificación por causas establecidas dentro del propio contrato. o modificar sus métodos operativos de tal forma que se asegure el cumplimiento del programa establecido. la Contratista deberá presentar un programa detallado de ejecución de la misma. la Supervisión deberá partir de los precios unitarios correspondientes al catálogo original a efecto de proceder a efectuar cualquiera de las modificaciones descritas anteriormente. por lo que al momento de la firma del contrato. Si la demora continúa.2. y si la Contratista tuviera atrasos imputables a ella. ordinarios y extraordinarios Dentro de los componentes de la oferta. 57 Página 112 . es requisito que se incluyan los análisis de precios unitarios de todos los conceptos incluidos dentro del catálogo correspondiente. las fechas comprometidas de entrega de dichos suministros y la relación de equipo disponible para la obra. la Supervisión deberá solicitar instrucciones a la Dependencia a efecto de proceder de acuerdo a ellas. basado en el que presentó adjunto a su oferta.2. la fecha de inicio oficial de los trabajos. La Contratista tiene la obligación de empezar la obra en el tiempo establecido en el contrato. 3. y es por causas de fuerza mayor. relación de salarios y análisis de precios unitarios. El ritmo de avance de la obra deberá compararse periódicamente con el programa aprobado. deberá entregarse a la Supervisión de Obra para integrarlo al expediente de la misma.7 Orden de inicio de obra. causas naturales o no imputables a la Contratista. En él se indicará el orden cronológico en que se propone llevar a cabo las distintas etapas del proceso constructivo elegido para realizar la obra. o eventualidades que exijan un reajuste de los precios unitarios por ejecutar. como son la lista de precios de los materiales básicos incluidos y los salarios del personal que realizará los trabajos.2. la Supervisión deberá requerirle el empleo de mayor cantidad de equipo y personal. anexando en forma complementaria las fuentes de suministro de todos los materiales que vaya a requerir la obra. así como su ubicación actual. Si por necesidad de la obra. 3. pero actualizado y ajustado de acuerdo con las indicaciones de la Dependencia. Dicha autorización junto con el programa de obra aprobado. se requiere la ejecución de conceptos de trabajo no incluidos dentro del catálogo original o se requiere la modificación de especificaciones aprobadas de algunos de ellos.6 Lista de precios de materiales básicos. Después de la adjudicación de obra. con sus fundamentos respectivos. la Dependencia deberá oficializar el inicio de obra. abrir la bitácora de obra con el reconocimiento de firmas autorizadas y dejar perfectamente asentada y de conformidad con el documento referido.5 Programa de trabajo y reprogramaciones autorizadas. Los precios unitarios de los trabajos contratados serán inalterables durante el periodo de ejecución de la obra. 11 Memorias de cálculo y estudios de mecánica de suelos y geotécnicos. deberá integrarse al expediente de obra el certificado de propiedad o los documentos que garanticen que son propiedad del Gobierno. los terrenos donde se deberá ejecutar la obra. y será obligación de la Supervisión verificar el hecho. de requerirse.2. un libro autorizado. La Contratista anotará en cada caso que se da por enterada de las instrucciones recibidas. 3. tramitar y obtener todos los permisos y licencias de construcción requeridos. La Supervisión verificará que este aspecto sea cumplido en su totalidad y que satisfagan lo establecido en la normatividad vigente. de requerirse. que la obra se realice en terrenos que forman parte de los bienes estatales y que se han cumplido los requisitos legales para su adquisición por parte del Gobierno o la Dependencia. Aunque estos documentos no formen parte de los documentos contractuales. licencias o permisos que estén relacionados con Dependencias Federales involucradas. Para el control de la ejecución de la obra y para facilitar la supervisión de la misma. Se les considera como complementos conceptuales de los planos.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales 3. más aún tratándose de trámites. los asientos efectuados en la bitácora de obra. La Supervisión vigilará que esto no suceda y que se dé cumplimiento a todos los requisitos legales y técnicos. De ellos se deberá deducir con claridad el criterio estructural y constructivo que rige el diseño y desarrollo del proyecto. particularmente aquéllos que comprenden los aspectos de la mecánica de suelos y la geotecnia de proyecto.8 Certificado de propiedad del terreno. y por tanto. sí son instrumentos básicos del desarrollo del proyecto. deberá integrarse al expediente de la misma. de requerirse.10 Licencia y permisos de construcción. Es compromiso de la Contratista apoyada por la Dependencia y por la Supervisión.2.2. en el desarrollo de la obra. Siempre es conveniente tener la seguridad.9 Bitácora de obra. 3. a efecto de contar con la reseña cronológica y descriptiva de la marcha progresiva de los trabajos y sus pormenores.2. en ocasiones se descuida o se le presta poca atención a este asunto. Estos documentos deberán permanecer siempre disponibles en el sitio de la obra para cualquier trámite oficial que se requiera y posteriormente deberán integrarse al expediente de la obra. La bitácora de obra se considera un documento insustituible en la etapa de ejecución de la obra. se considerarán conocidos por ambas partes y su ejecución será obligatoria. Por tratarse de obras oficiales. empastado y foliado en el que se anotarán las instrucciones que la Supervisión gire a la Contratista sobre la ejecución de los trabajos. En el caso de requerirse. Después de 48 horas. 3. la Dependencia deberá mantener permanentemente en el sitio de la obra y bajo la custodia de la Supervisión. Es fundamental que la Supervisión conozca y consulte esta 58 Página 113 . y podrá utilizar el mismo libro para hacer las observaciones y consultas que estime necesarias y de las que se dará por enterada la Supervisión. 12 Estimaciones normales de obra. si es lo procedente. 3. De la misma manera. en caso de modificaciones o ampliaciones de la obra referida. este expediente integrará la base sobre la cual se elaborará la estimación de finiquito a la conclusión de los trabajos contratados.14 Estimaciones escalatorias de obra. estar la Contratista dentro del programa de ejecución programado y autorizado. y sobre esta base se finiquitará a la conclusión de los trabajos. las que considera la normatividad vigente. 59 Página 114 .2. 3. Esta documentación deberá mantenerse dentro del expediente con la finalidad de que pueda ser consultado y verificado por la Dependencia en sus visitas a obra. se procederá al requerimiento de la autorización de estimaciones escalatorias a conceptos de obra faltantes de ejecutar por parte de la Contratista. la cual deberá también incluirse dentro del mismo. anexando dentro del mismo expediente las autorizaciones u órdenes de ejecución de dichos conceptos. Al igual que el punto anterior. y que deberá estar referenciada a los precios que los insumos tenían a la fecha de la presentación de la propuesta original. un resumen vigente y actualizado del estado financiero de pagos correspondientes a obra extraordinaria. con la lista de precios de insumos que no estén incluidos dentro de la lista ofertada por la Contratista. el pago de los conceptos extraordinarios ejecutados en la obra. conservar esta documentación en el expediente facilitará la revisión de los antecedentes útiles para el diseño de nuevas etapas. Aclarando. se deberán integrar al expediente las estimaciones que correspondan a conceptos fuera del catálogo original o conceptos de trabajo no incluidos dentro de los alcances del contrato original. Deberá adjuntarse a este documento. Asimismo. En caso de ocurrir modificaciones a las condiciones económicas de ejecución de la obra.13 Estimaciones extraordinarias de obra. Soportando lo anterior. presentando un resumen siempre vigente y actualizado del estado financiero de pagos correspondientes a obra normal. La Supervisión deberá requerir a la Contratista todos los soportes y argumentos en los que fundamente su requerimiento. cuando fuera requerido por la misma.Documentos de Supervisión y Control de Obra información. así como el desarrollo de la revisión y conciliación de los precios unitarios correspondientes a estos conceptos. 3.2. y contar con la anuencia de la Dependencia para su aplicación. a efecto de que éstos sean turnados al Control Centralizado de la Supervisión de Obra para su revisión y validación. para determinar con certeza qué decisión tomar en la resolución de cualquier asunto al respecto que se presente durante la ejecución de obra. Dentro del expediente de obra.2. deberán archivarse todas las estimaciones correspondientes a cantidades de obra normal del catálogo de conceptos original que hayan sido conciliadas y autorizadas para su pago por la Supervisión de Obra. que la autorización de los precios unitarios referidos será función únicamente del Control Centralizado de la Supervisión de Obra. como se especificó anteriormente. la de conseguir la oficialización de la instrucción a efecto de integrarla al expediente referido. la que por ningún motivo podrá modificar ningún concepto de obra sin el previo consentimiento de la Dependencia. deberán ser conciliados y revisados contra las cantidades de obra realmente ejecutadas en campo. sin embargo. deberá hacer oficial su acatamiento.16 Ordenes de modificación de obra. manifestando acuse de recibo de la instrucción e informado los resultados de su aplicación. 3. cajeos. Los números generadores deberán tener la característica de la claridad a efecto de que puedan ser revisados y entendidos por cualquier persona con conocimientos técnicos relativos a la obra. a efecto de soportar los periodos de ejecución. Aún cuando la Supervisión tenga la precaución de anotar en bitácora que tal o cual orden se gira por instrucciones de la Dependencia. rellenos. cargo y parte representada. etc.15 Números generadores. por todo aquello que permita contar a la Supervisión con todos los argumentos para la validación de las cantidades referidas. debidamente firmados por la Contratista y por la Supervisión. sobreacarreos. Dentro del expediente de obra. En el caso de la existencia de órdenes que por la premura no puedan ser manifestadas por escrito. terraplenes. Dentro de los mismos deberá especificarse la fecha de ejecución del concepto y la fecha de conciliación y autorización del mismo. Para el caso de números generadores referentes a movimientos de tierras. Deberán integrarse al expediente de obra las órdenes giradas únicamente por la Dependencia. y en fin. y de igual forma. que tendrá impacto en el presupuesto de la misma. Los mismos deberán referirse al plano origen de su ejecución.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales La manera de soportar este requerimiento será únicamente la establecida por la normatividad vigente. Esto con la finalidad de deslindar responsabilidades en cuanto a las autorizaciones y limitar las funciones de la Supervisión. los registros de entrada y salida de camiones avalados por la Supervisión. entendiendo por éstos los relacionados con cortes. 60 Página 115 . será su responsabilidad posterior. conformaciones. donde se indiquen instrucciones que modifiquen cualquier plano. omitiendo por todos los medios basar su cuantificación con base en planos de proyecto. identificando su nombre. especificación o concepto. deberán mantenerse dentro del expediente de obra. voladuras.2. 3. Las estimaciones correspondientes junto con su resumen vigente. deberán guardarse todos los generadores que se encuentren conciliados. será responsabilidad de la Supervisión el acatarlas de inmediato a efecto de evitar consecuencias perjudiciales al desarrollo de la obra.. nivelaciones. por lo que la Supervisión de Obra deberá rechazar cualquier otro procedimiento que no se encuentre totalmente de acuerdo con lo establecido.2. la referenciación de los bancos de nivel origen del cálculo de los volúmenes de obra. acarreos. deberán soportarse con las libretas topográficas correspondientes. excavaciones. los índices aplicados y la forma de cálculo de los importes correspondientes a pagos por estimaciones escalatorias autorizadas por la Supervisión. Página 116 . sustitución o reparación deberá correr a cargo de la Contratista y a satisfacción de la Supervisión. Cuando la Dependencia lo estime conveniente pero siempre dentro de los plazos que la normatividad establece para tales casos. Las fianzas que como cumplimiento del contrato referido y de la correcta utilización del anticipo. la Dependencia se reserva el derecho de aceptarla como suya y por tanto también se reserva el derecho de su pago. El archivo deberá ordenarse de manera cronológica a fin de que en conjunto con la bitácora. disposiciones. y en general. instrucciones. Dentro del expediente deberá destinarse un lugar al archivo de obra. indicaciones. requerimientos. el cual deberá contener todos y cada uno de los documentos enviados o recibidos por la Supervisión y por la Contratista.2. el cual será con cargo a la Supervisión o a la Contratista.17 Archivo de obra. por la aparición de vicios ocultos o defectos que pudiesen presentarse posteriormente a dicho acto y cuya demolición. 3. entregue la Contratista como garantía de lo anterior. ya que serán las garantías que la normatividad exige.19 Fianzas de cumplimiento y buen uso de anticipo. avisos preventivos. 3. tales como: solicitudes.2.Recepción de la misma. La firma del acta referida no libera a ninguna de las partes. se efectuará el acto de entrega-recepción con la participación de las representaciones de las partes que a juicio de la propia Dependencia deban intervenir en dicho acto.18 Acta de entrega . minutas de reuniones y recorridos de obra. Una vez concluida.Documentos de Supervisión y Control de Obra En el supuesto de no existir forma de comprobar el origen de alguna orden de modificación. permisos. que deberá estar presente mientras estos trabajos se realicen a efecto de dar fe de su cumplimiento y terminación. la Contratista deberá requerir a la Dependencia el levantamiento del Acta de Entrega . deberán integrarse al expediente de obra. ya que es la única constancia de liberación que permite el desentendimiento de la Contratista en cuanto al mantenimiento y salvaguarda de la obra. solicitudes. debidamente firmada y autorizada. El acta de entrega-recepción de la obra. Contratista y Supervisión. permita revisar el desarrollo de la obra y el comportamiento de las partes involucradas en su ejecución. autorizaciones. dependiendo de la parte que se encuentre involucrada con su autorización o ejecución.recepción de obra. deberá integrarse al expediente de la obra. a efecto de asegurar el cumplimiento contractual convenido. informes.2. 61 Página 117 . que por mínimo que sea deberá ser incluido dentro del mismo archivo. avisos. todo documento que tenga relación con el desarrollo de la ejecución de obra. 3. finiquitada y que a juicio de la Supervisión pueda recibirse la obra. en copia. Para efecto de recepción y cumplimiento del compromiso contractual. observando los criterios de presentación que la propia Dependencia le defina. Copia de reporte fotográfico mensual de obra. Gráfica de precipitaciones pluviales. la Supervisión de Obra deberá entregar al término del plazo establecido para la prestación del servicio convenido. cada uno de ellos deberá contener la siguiente documentación: ü ü ü ü ü ü ü ü Carátula de datos de obra. Estado financiero de obra. debidamente firmadas y selladas por el Representante Legal de la Empresa. Estado físico de obra. En una primera carpeta se deberá entregar toda la documentación relacionada con los reportes quincenales y mensuales de obra así como los registros de la misma. Reporte de mano de obra y maquinaria. 62 Página 118 . Pruebas de laboratorio de todos los conceptos muestreados durante la obra.1 Registros y Reportes de Obra.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales 4 PRODUCTOS A ENTREGAR. los documentos relacionados enseguida: 4. Problemática de obra. Documentos de Supervisión y Control de Obra 63 Página 119 . Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales 64 Página 120 . Documentos de Supervisión y Control de Obra 65 Página 121 . Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales 66 Página 122 . Documentos de Supervisión y Control de Obra 67 Página 123 Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales 68 Página 124 Documentos de Supervisión y Control de Obra 4.2 Productos Topográficos. En el listado siguiente se mencionan los productos topográficos que la Supervisión de Obra deberá entregar al finalizar la ejecución de la misma, para los fines que la Dependencia juzgue convenientes. Los mismos deberán entregarse en original, debidamente firmados por el representante legal de la Supervisión y autorizados y firmados por el personal encargado de su elaboración, tanto por la parte de la Contratista como por la parte de la Supervisión, con la leyenda Visto Bueno y Conforme . a) Libretas de topografía, de nivel y de secciones, así como la ubicación mediante croquis de las referencias físicas y bancos de nivel. b) Perfil y secciones topográficas del terreno, dibujado en papel milimétrico a escala horizontal 1:1,000 y a escala vertical 1:100. c) Cálculos de la volumetría de cortes, excavaciones y terraplenes, y en general, de cualquier soporte empleado para determinar y autorizar las cantidades de obra conciliadas con referencia a las actividades mencionadas anteriormente. 4.3 Expediente de Obra. De conformidad con lo anteriormente expuesto, se deberá entregar como condición para efectuar el finiquito de los trabajos contratados con la Supervisión, el expediente de obra conformado con todos los documentos y alcances establecidos antes, omitiendo únicamente los planos constructivos, que deberán entregarse por separado y de conformidad con requerimientos especiales para su recepción por parte de la Dependencia. A efecto de no ser repetitivos, se entiende que el expediente de obra referido, deberá estar conformado por los puntos enumerados anteriormente, especificando que la bitácora de obra deberá ser la original debidamente cerrada y cancelando las hojas no utilizadas, así como todos los ejemplares de la misma que hayan sido utilizados durante la ejecución de la obra. 4.4 Planos Modificados del Proyecto Ejecutivo. De cada uno de los planos modificados con autorización de la Dependencia durante el transcurso de la obra, se deberá entregar el original en papel albanene grueso o similar, así como dos copias en papel heliográfico. Las dimensiones de los mismos deberán ser estandarizadas a 90.00 x 120.00 cm. Solo en casos especiales y con previa autorización de la Dependencia, se autorizará un tamaño o formato diferente al especificado. De igual forma deberá devolverse el proyecto entregado en custodia por la Dependencia, el cual está integrado por los siguientes planos, en su caso: Ø Ø Ø Ø Planta General de trazo. Plantas constructivas complementarias. Perfiles longitudinales de la rasante. Proyecto de secciones de construcción. 69 Página 125 de forma tal que se pueda apreciar de manera global un panorama general del proceso constructivo de la obra. así como las formas implementadas para solucionarla.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales ØØØØØØØ Proyecto de curva masa. 4. 4. se entregará por parte de la Supervisión un último informe en el que deberán plasmarse los datos definitivos. representando en esta secuencia los momentos de mayor importancia e impacto dentro de la ejecución referida.5 Reporte Fotográfico. con la salvedad de que los datos Página 126 . A efecto de cerrar la secuencia de entrega de informes tanto quincenales como mensuales. la Supervisión deberá presentar un reporte fotográfico en un máximo de 36 fotografías ordenadas secuencialmente por orden cronológico. y en general todo lo que se estableció como contenido de dicho informe. conciliados previamente. Proyecto de semaforización. deberán ser correctamente doblados a tamaño carta e integrados en una carpeta de forma que las solapas de los mismos muestren las características del plano sin necesidad de desdoblarlo en su totalidad. Las copias de los planos que se entreguen como producto. Proyecto de alumbrado público. del cierre físico y financiero de la obra. planteando la última problemática. Proyecto de paisaje urbano.6 Informe Definitivo y Último. Proyecto de señalamiento horizontal y vertical. Proyecto de reubicación de instalaciones. Con la finalidad de contar con el historial documental del desarrollo de la obra. Proyecto de drenajes. debiendo aplicar en este estado de cuenta todas las aditivas y deductivas que por estar plenamente justificadas deban proceder en el mismo. sin embargo. si así lo juzga conveniente procederá a revisar la conciliación del 70 Página 127 . y finalmente. reflejará el estado definitivo de las cantidades y los importes realmente ejecutados. El finiquito de obra deberá estar firmado por los responsables en obra de la Supervisión y de la Contratista.reflejados en este último informe serán los conciliados como definitivos entre la Supervisión y la Contratista. por los representantes legales de las mismas aceptando y validando los volúmenes conciliados dentro del cuerpo del mismo. la Supervisión deberá presentar un finiquito de obra donde se reflejen los importes definitivos correspondientes a las cantidades de obra ordinaria. Una vez determinado el importe definitivo del finiquito correspondiente.7 Finiquito de Obra. extraordinaria y excedente que conciliada previamente con la Contratista. ninguna de las partes podrá efectuar reclamación alguna a las cantidades e importes aceptados como definitivos. 4. la Dependencia. Finalmente. y en virtud de ser uno de los documentos de mayor importancia en la entrega de la documentación de obra. y como complemento integrante de la formulación de la propuesta técnicoeconómica de la Supervisión. 5 PLAZO DE EJECUCION DE LOS TRABAJOS E INTEGRACION DE LA PROPUESTA. la Supervisión deberá presentar los programas de trabajo correspondientes en papel tamaño carta membretado de la misma. siendo éstos los establecidos o propuestos por la propia Supervisión. El cálculo del Factor de Indirectos.1 Programa de Ejecución (Barras). Para la realización de los trabajos aquí descritos. 71 Página 128 . 5. En ésta deberán incluirse todos los conceptos de trabajo necesarios para la ejecución de la Supervisión de Obra. considerados por la Dependencia como los razonablemente requeridos para la supervisión total de la obra referida. El cálculo del Factor de Salario real a aplicar a los salarios básicos determinados por la Comisión de Salarios Mínimos vigentes en la zona. ésta someterá a la evaluación de la Dependencia. con la finalidad de proceder como lo juzgue conveniente. inciso 4. a efecto de que la misma se integre de conformidad con los lineamientos que establece la normatividad vigente y a la de los términos de referencia. integrado por los siguientes: 1) 2) 3) 4) Cronograma Físico de los trabajos. Con base en el plazo estipulado anteriormente. Integrando y analizando a detalle los costos correspondientes a la administración de la oficina central y de la de campo. Cronograma Financiero de los trabajos. Cronograma de Entrega de Productos.Documentos de Supervisión y Control de Obra mismo a efecto de aceptar o rechazar los importes definitivos. la documentación relacionada enseguida: La propuesta técnico-económica. ésta deberá integrar su propuesta de conformidad con los requerimientos que a continuación se establecen. se ha estimado como conveniente un cierto plazo estimado de días calendario.2 Integración de la Documentación para la Propuesta Técnico-Económica. debidamente firmado y de acuerdo a lo establecido en el capítulo II. Cronograma de Utilización de Personal. 5. A efecto de formalizar la propuesta técnico-económica de la Supervisión de Obra. desglosado como importes y como porcentajes del costo directo de ejecución. los cuales deberán ser cumplimentados de acuerdo a todas y cada una de las disposiciones contenidas dentro de los términos de referencia. Adicionalmente a lo anterior. La Supervisión deberá considerar todos los alcances y especificaciones contenidas dentro de los términos de referencia a efecto de evitar imprecisiones dentro de los alcances y la correspondiente valuación de su costo. Página 129 . la contratante. en el caso de encontrarse aún vigentes. Los términos de referencia debidamente firmados y sellados por el representante legal de la Empresa Supervisora. Adicionando copia fotostática legible de la Cédula para ejercer su profesión.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales El cálculo del Financiamiento.S.. poder notarial otorgado al representante legal de la empresa. 72 Página 130 . Registro en el padrón de contratistas del Gobierno del Estado de ______________. Registro Federal de Contribuyentes. El curriculum del personal técnico encargado de la supervisión del proyecto. y los avances físicos y financieros a la fecha. detallando su historial y experiencia en proyectos similares a los del motivo de los términos. El curriculum de la Empresa Supervisora. Determinado con base en las condiciones de elaboración y pago de estimaciones. Especificando la especialidad.S. del porcentaje de anticipo establecido. los periodos y los importes de ejecución. de las tasas bancarias actuales y de todas las condiciones que impacten en el financiamiento que deba otorgar la Supervisión por las condiciones propias de la formulación y pago de estimaciones. El expediente legal de la Supervisora. la identificación de los proyectos similares. Registro en el INFONAVIT.M. Registro en el I. y por último. declaración de impuestos sellada del último ejercicio declarable. el cual deberá contener como mínimo lo detallado enseguida: Registros como contratista de otras dependencias. escritura constitutiva de la empresa con las modificaciones vigentes. Con la finalidad de normalizar y facilitar la elección de la empresa encargada de la supervisión de obras de reconstrucción. fax. tales como: Equipo topográfico moderno y preciso. se puedan cubrir en su totalidad y durante todo el periodo de ejecución de la obra. equipo de comunicación externa e interna de obra como radio.. Adicional a lo anterior. todas y cada una de las diversas etapas y actividades que directa o indirectamente se encuentren relacionadas con la ejecución de obras de este tipo o similares. la Supervisión deberá contar con el equipo idóneo para realizar todas las labores involucradas directamente con el desarrollo de su trabajo. Equipo diverso para la realización de un trabajo profesional de calidad y el desarrollo de funciones acorde con los requerimientos que la Dependencia establezca para este tipo de servicios profesionales. teléfono. mantenimiento o construcción de nueva obra vial. etc. a efecto de que mediante el traslado oportuno y a tiempo de las cuadrillas encargadas del control de calidad de la obra. necesario y suficiente para implementar el grupo de trabajo encargado de la regularización de planos. los volúmenes y movimientos que normalmente se obtienen con la ayuda de este equipo. y finalmente de adecuar los planos del proyecto original a efecto de que éstos contengan toda la información correspondiente a la definitiva realización de la obra. tales como: mobiliario apropiado. bitácoras de obra. papelería y formatos para el llenado de los reportes mensuales y quincenales. el cual deberá encontrarse en óptimas condiciones de mantenimiento y de conservación. deberán encontrarse calibrados de conformidad con las especificaciones que norman el uso de estos equipos. si es el caso de que la misma supervisión sea la encargada de la obtención de muestras y la determinación de las características físicas de los diversos elementos integrantes de la obra. ésta deberá cumplir ampliamente con los requerimientos detallados en los puntos descritos a continuación: 1 EQUIPO DE TRABAJO. Equipo de laboratorio de control de calidad. el cual deberá encontrarse en perfectas condiciones de calibración y mantenimiento a efecto de que los resultados proporcionados u obtenidos con el mismo sean confiables y precisos que permitan determinar con toda exactitud. Equipo de dibujo. de proporcionar los croquis o modificaciones de obra tan claras como la premura lo permita. en lo referente a equipos utilizados para la determinación de resistencias o pruebas de capacidad de carga. Página 131 .PERFIL QUE DEBERA REUNIR LA SUPERVISION DE OBRA. La empresa encargada de la supervisión deberá contar con el equipo de transporte adecuado y óptimo.CAPITULO V. módem. y de igual manera. la experiencia y el conocimiento del tipo de obra que se pretende encomendar a supervisar. proporcionará a la Dependencia todas las facilidades requeridas a efecto de certificar y cotejar 73 Página 132 . Con la finalidad de certificar la capacidad. la empresa de supervisión deberá entregar a la Dependencia. la curricula técnica del personal que directamente efectuará las labores de supervisión y control de la obra prevista a ejecutar por la Dependencia.2 TECNICOS ESPECIALIZADOS EN TRABAJOS Y OBRAS SIMILARES. La empresa supervisora que se decida contratar para desarrollar la supervisión de las obras a cargo y/o con recursos del Gobierno del Estado de ________________. Esta información deberá ser tan amplia como la propia Supervisión lo estime conveniente.Manual de Seguimiento y Control de Obras Viales la autenticidad de lo en ella expresado. deberá proporcionar todas las facilidades y abundamiento sobre lo que la Dependencia desee cuestionar o comprobar. así como con toda la libertad de decisión en nombre de la empresa. sus direcciones y teléfonos. a efecto de cotejar y verificar la autenticidad de lo externado. se deberá entregar copia de los contratos que anteriormente haya efectuado la empresa supervisora con organismos públicos o privados. Finalmente se deberá requerir y demostrar que el personal propuesto para integrar la cuadrilla de supervisión cuenta con una experiencia mínima en trabajos similares o afines a la construcción. 4 SOLVENCIA MORAL Y ECONÓMICA. así como los resultados esperados y obtenidos en cuanto a metas físicas se refiere y en cuanto a la problemática que Página 133 . si lo juzga conveniente la Dependencia. La empresa supervisora deberá contar con una experiencia en el desarrollo de actividades relacionadas con supervisión de obras de cualquier tipo de cuando menos 5 años. los ejercidos por periodos y los actualmente en proceso de ejecución. la autenticidad de la información proporcionada. 3 EXPERIENCIA DE LA EMPRESA SUPERVISORA. en proceso de regularización o de terminación de sus estudios. las cuales siempre y en todos los casos serán respaldadas por el mismo. omitiendo el proponer candidatos con categoría de pasantes. Cabe aclarar que el técnico que se designe como representante de la supervisión en obra y ante las autoridades de la Dependencia. la cual otorgará un poder notariado amplio y pleno a efecto de que el mismo pueda tomar las decisiones más convenientes en y a nombre del propio representante legal de la empresa. A efecto de demostrar la experiencia en obras similares. deberá contar con toda la solvencia moral y ética profesional que se requiere para el desarrollo de estos servicios. El personal técnico establecido para efectuar las labores de supervisión deberá encontrarse titulado. anexando una relación de los importes contratados. relacionando de manera breve los datos de los responsables directos de las contrataciones. deberá contar con toda la experiencia requerida. manifestando por escrito su desempeño en anteriores contratos. a efecto de que ninguno de sus técnicos sea objetado a cumplir sus funciones por considerarlo falto de experiencia o sin el conocimiento requerido para desempeñar las funciones contratadas. hasta que la Dependencia se encuentre satisfecha y completamente segura de la autenticidad de la información. y de la misma forma establecida anteriormente. de cuando menos 3 años. a efecto de comprobar. siendo legalmente el responsable de las consecuencias y efectos de dichas decisiones. de participación en supervisión de obras similares a las de los alcances de este tipo de obra de cuando menos 3 años. 74 Página 134 . con la finalidad de garantizar para los intereses del Gobierno del Estado de _________. última declaración de pago de impuestos y mediante cartas que garanticen las líneas de crédito actuales y vigentes. control de archivos. que cuente con la disponibilidad del equipo requerido.. así como las expectativas de contratación a futuro con la misma Dependencia. A efecto de contar con el apoyo requerido para la atención de cuestiones no técnicas. garantizando contar con un capital contable de al menos el 25% del importe estimado de su contrato. la supervisión deberá contar con todo el apoyo administrativo y logístico requerido sin destinar personal no apropiado para la ejecución de dichas labores. manifestando en un apartado especial y con toda veracidad la situación de la empresa supervisora con la Dependencia al término del contrato. cumplir eficientemente las labores propias destinadas a las administrativas. elaboración de estimaciones periódicas. 5 PERSONAL ADMINISTRATIVO CALIFICADO. 75 Página 135 . con el personal cuya experiencia avale y garantice el cumplimiento correcto de los alcances de la supervisión. que requieren la disponibilidad de personal de tiempo completo y con la experiencia necesaria.Perfil que Deberá Reunir la Supervisión de Obra hubiese surgido durante el desarrollo dichos contratos. La Dependencia procederá a la evaluación de la información requerida.C. trámites administrativos con la Dependencia. la contratación de la empresa moral y económicamente solvente. su capacidad financiera y económica a efecto de que la misma sea evaluada por la propia Dependencia. etc. tales como: envío y recibo de documentación. Finalmente. reproducción de documentos.P. a efecto de asegurar ampliamente la liquidez necesaria para cumplir sin contratiempos el término de la obra y el finiquito de sus servicios. con la finalidad de no distraer de sus ocupaciones específicas a personal a cargo de otras ocupaciones y al mismo tiempo.H. capacidad y buenos resultados. y que de acuerdo a la experiencia empresarial de conocimiento. la Supervisión deberá demostrar mediante sus estados contables auditados por un despacho externo con registro autorizado por la S. y las causas y soluciones implementadas a la problemática suscitada durante el desarrollo de la obra. garantice la conclusión exitosa y conforme a las expectativas en tiempo y costo del propio Gobierno Estatal. Página 136 .