Ensayo sobre los Derechos de los Niñas, Niños y adolescentes, contexto Chile

April 2, 2018 | Author: Paulina Aguirre M' | Category: Convention On The Rights Of The Child, Adoption, Children's Rights, State (Polity), Social Institutions


Comments



Description

Facultad de Derecho yCiencias Sociales Escuela de Trabajo Social “derechos y deberes del niño, niña y adolescente” Comunidad Mentoría: Portavoces Integrantes: Paulina Aguirre Natalia González Alexandra Jeldes Diego López Sección 1 que reconoce los derechos humanos de los niños y las niñas. . .El interés superior de la infancia. sobre la base de cuatro principios fundamentales: 1. las personas menores de 18 años necesitan una atención y protección especiales. emanado de las Naciones Unidas y aprobado por su Asamblea General el 20 de noviembre de 1989. En términos generales el CDN establece y articula un conjunto de derechos para todos los niños y niñas. . a diferencia de los adultos.La identidad y a familia.El derecho a la vida. los derechos articulados en dicha Convención y finalmente se mencionará un caso de vulneración de derechos hacia un menor.Una vida segura y sana. en Chile se ratificó el 14 de agosto de 1990.Expresarse libremente y tener acceso a información. . niñas y adolecentes impedidos tienen derecho a: los servicios de rehabilitación.. y ha servido para motivar a los gobiernos de todo el mundo a considerar los derechos y el desarrollo de la infancia dentro de los elementos principales de sus programas legislativos. ..Los niños. ¿Qué es la Convención sobre los derechos de los niños? La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) es un tratado internacional.. . Al aprobar la Convención. la supervivencia y el desarrollo.En el presente informe se hablará sobre los derechos y deberes de los niños. 2. La Convención se ha consolidado en las legislaturas nacionales. la comunidad internacional reconoció que. 3. y a la educación y capacitación que los ayuden a disfrutar de una vida plena y decorosa. niñas y adolescentes. niñas y adolescentes gozan de diversos deberes y derechos. basándose principalmente en la Convención sobre los Derechos de los Niños (CDN). se abordarán temas como en qué consiste la Convención y su historia a nivel mundial.La protección contra el abuso y la discriminación.La no discriminación.La educación. En la actualidad los niños. a grandes rasgos los principales derechos de los niños son: . La Convención cambió la perspectiva que se tenía sobre la infancia. amor y comprensión. la Convención entró en vigor. El 20 de noviembre de 1989. la comunidad mundial celebró el 20° aniversario de la Convención sobre los Derechos del Niño. Los países que aceptan someterse legalmente a las estipulaciones de la Convención. la Convención fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas. puedan desarrollar plenamente su personalidad. habilidades y talentos. a partir de este tratado los niños y las niñas ya no se consideran propiedad de sus padres ni beneficiarios indefensos de una obra de caridad. Historia de la CDN En 1948. . Para celebrar la conmemoración de los 20 años de la CDN. son seres humanos y los titulares de sus propios derechos. Ésta consistía en 10 derechos y no constituía obligación legal para los países que la firmaran. y reciban información sobre la manera en que pueden alcanzar sus derechos y participar en el proceso de una forma accesible y activa.El respeto por la opinión de los niños y niñas. analiza y comenta estos informes y alienta a los Estados a que tomen medidas. la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración Universal de Derechos Humanos. además de opiniones de colaboradores de varios países del mundo que dan sus puntos de vista acerca del impacto de la Convención. En 1959. en el cual se publican sus principales alcances y contenidos. el gobierno de Polonia sometió a la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas la versión provisional de una Convención sobre los Derechos del Niño. El 20 de noviembre de 2009.. a su vez. crezcan en un ambiente de felicidad. tengan acceso a servicios como la educación y la atención de la salud. después de ser ratificada por 20 países. las Naciones Unidas aprobaron la Declaración de los Derechos del Niño. UNICEF dedicó una edición especial del Estado Mundial de la Infancia a esta materia. Los países que han ratificado esta Convención deben asegurar que todos los niños y niñas se beneficien de una serie de medidas especiales de protección y asistencia. dentro de esos Chile. el que. En 1978.4. Finalmente en 1990. deben informar regularmente sobre sus avances al Comité de los Derechos del Niño. Convención de los Derechos del Niños. Ratificada por Chile en 1990: Parte I Artículo 1 Artículo 4 Aplicación de los derechos Es obligación del Estado adoptar las medidas necesarias para dar efectividad a todos los derechos reconocidos en la presente Convención. Artículo . Artículo No discriminación Todos los derechos deben ser aplicados a todos los niños. no tienen capacidad para hacerlo 6 Supervivencia y desarrollo Todo niño tiene derecho intrínseco a la vida y es obligación del Estado garantizar la supervivencia y el desarrollo del niño. Artículo 3 Interés superior del niño Todas las medidas respecto del niño deben estar basadas en la consideración del interés superior del mismo. cuando los padres y madres. u otras personas responsables. salvo que haya alcanzado antes la mayoría de edad. de impartir al niño orientación apropiada a la evolución de sus capacidades. Corresponde al Estado asegurar una adecuada protección y cuidado. y es obligación del Estado tomar las medidas necesarias para proteger al niño de toda forma de discriminación. Artículo 7 Nombre y nacionalidad Todo niño tiene derecho a un nombre desde su nacimiento y a obtener una nacionalidad. Artículo 2 Dirección y orientación de padres y madres Es obligación del Estado respetar las responsabilidades y los derechos de los padres y madres. así como de los familiares. Artículo 5 Definición de niño Se entiende por niño todo ser humano desde su nacimiento hasta los 18 años de edad. sin excepción alguna. si está separado de uno de ellos o de los dos.8 . Es derecho del niño mantener contacto directo con ambos. de conciencia y de religión bajo la dirección de su padre y su madre. excepto en los casos que la separación sea necesaria para el interés superior del propio niño. Artículo 9 Separación de padres y madres Es un derecho del niño vivir con su padre y su madre. en el caso de que la separación haya sido producida por acción del mismo. nacionalidad y vínculos familiares). Artículo 11 Retenciones y traslados ilícitos Artículo 12 Opinión del niño El niño tiene derecho a expresar su opinión y a que ésta se tenga en cuenta en todos los asuntos que le afectan. Artículo . ya sea por una tercera persona. Es obligación del Estado proteger y. Preservación de la identidad Es obligación del Estado adoptar las medidas necesarias para luchar contra los traslados ilícitos y la retención ilícita de niños en el extranjero. y de conformidad con las limitaciones prescritas por la ley. con miras a la reunificación familiar o el mantenimiento de la relación entre unos y otros. ya sea por su padre o su madre. recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo. restablecer la identidad del niño. conciencia y religión El niño tiene derecho a la libertad de pensamiento. Artículo 10 Reunificación familiar Es derecho de los niños y sus padres y madres salir de cualquier país y entrar en el propio. Artículo 13 Libertad de expresión Todo niño tiene derecho a buscar. Artículo 14 Libertad de pensamiento. siempre que ello no vaya en menoscabo del derecho de otros. si es necesario. Corresponde al Estado responsabilizarse de este aspecto. si este hubiera sido privado en parte o en todo de la misma (nombre. su domicilio y su correspondencia. teniendo en cuenta el origen cultural del niño. Protección de los niños privados de su medio familiar Artículo Artículo Es obligación del Estado proporcionar protección especial a los niños privados de su medio familiar y asegurar que puedan beneficiarse de cuidados que sustituyan la atención familiar o de la colocación en un establecimiento apropiado. Es responsabilidad primordial de padres y madres la crianza de los niños y es deber del Estado brindar la asistencia necesaria en el desempeño de sus funciones. Es obligación del Estado tomar medidas de promoción a este respecto y proteger al niño contra toda información y material perjudicial para su bienestar. Artículo 16 Protección de la vida privada Todo niño tiene derecho a no ser objeto de injerencias en su vida privada. Artículo 19 Protección contra los malos tratos Es obligación del Estado proteger a los niños de todas las formas de malos tratos perpetradas por padres. su familia. que tenga como fin promover su bienestar moral. y a no ser atacado en su honor. y que respete la cultura del niño. siempre que ello no vaya en contra de los derechos de otros. madres o cualquiera otra persona responsable de su cuidado. y establecer medidas preventivas y de tratamiento al respecto.15 18 Libertad de asociación Responsabilidad de padres y madres Todo niño tiene derecho a la libertad de asociación y de celebrar reuniones. Artículo 17 Acceso a una información adecuada Artículo 20 Los medios de comunicación social desempeñan un papel importante en la difusión de información destinada a los niños. el conocimiento y la comprensión entre los pueblos. . destinados a lograr su autosuficiencia e integración activa en la sociedad. tiene derecho a una evaluación periódica de todas las circunstancias que motivaron su internación. se cuidará de que el interés superior del niño sea la consideración primordial y de que estén reunidas todas las garantías necesarias para asegurar que la adopción sea admisible así como las autorizaciones de las autoridades competentes. los cuidados preventivos y la disminución de la mortalidad infantil. Artículo 23 Niños impedidos Los niños mental o físicamente impedidos tienen derecho a recibir cuidados. del más alto nivel posible de salud y tener acceso a servicios médicos y de rehabilitación. Artículo 24 Salud y servicios médicos Los niños tienen derecho a disfrutar Artículo 26 Seguridad social Todo niño tiene derecho a beneficiarse de la seguridad social Artículo 27 Nivel de vida Todo niño tiene derecho a beneficiarse de un nivel de vida adecuado para su desarrllo y es .21 Adopción En los Estados que reconocen y/o permiten la adopción. con especial énfasis en aquellos relacionados con la atención primaria de salud. orientadas a la abolición de las prácticas tradicionales perjudiciales para la salud del niño. Artículo 22 Niños refugiados Se proporcionará protección especial a los niños considerados refugiados o que soliciten el estatuto de refugiado y es obligación del Estado cooperar con los organismos competentes para garantizar dicha protección y asistencia. educación y adiestramiento especiales. protección o tratamiento de salud física o mental. Es obligación del Estado tomar las medidas necesarias. Artículo 25 Evaluación periódica de la internación El niño que ha sido internado por las autoridades competentes para su atención. Artículo 33 Uso y tráfico de estupefacientes Es derecho del niño ser protegido del uso de estupefacientes y sustancias psicotrópicas. inculcarle el respeto de los derechos humanos elementales y desarrollar su respeto por los valores culturales y nacionales propios y de civilizaciones distintas a la suya. Artículo 30 Niños pertenecientes a minorías o poblaciones indígenas Es derecho de los niños que pertenecen a minorías a poblaciones indígenas tener su propia vida cultural. Artículo 32 Trabajo de menores Es obligación del Estado proteger al niño contra el desempeño de cualquier trabajo nocivo para su salud. Artículo 29 Objetivos de la educación El Estado debe reconocer que la educación debe ser orientada a desarrollar la personalidad y las capacidades del niño. educación o desarrollo. fijar edades mínimas de admisión al empleo y reglamentar las condiciones del mismo. Artículo 28 Educación Todo niño tiene derecho a la educación y es obligación del Estado asegurar por lo menos la educación primaria gratuita y obligatoria. si es necesario. Artículo 31 Esparcimiento. Artículo 34 . a fin de prepararlo para una vida adulta activa. practicar su propia religión y emplear su propio idioma. La aplicación de la disciplina escolar deberá respetar la dignidad del niño en cuanto persona humana. al juego y a participar en las actividades artísticas y culturales. mediante el pago de la pensión alimenticia.responsabilidad primordial de padres y madres proporcionárselo. juego y actividades culturales El niño tiene derecho al esparcimiento. y se impedirá que esté involucrado en la producción o distribución de tales sustancias. Es obligación del Estado adoptar medidas apropiadas para que dicha responsabilidad pueda ser asumida y que lo sea de hecho. 38 Artículo Ningún niño que no haya cumplido los 15 años de edad deberá participar directamente en hostilidades o ser reclutado por las fuerzas armadas. Artículo 37 Tortura y privación de libertad Ningún niño será sometido a la tortura. Artículo 40 Administración de la justicia de menores Todo niño que sea considerado acusado o declarado culpable de haber infringido las leyes tiene derecho a que se respeten sus derechos fundamentales y en particular el derecho a beneficiarse de todas las garantías de un procedimiento equitativo. a la prisión perpetua y a la detención o encarcelación ilegales o arbitrarias. tráfico y trata de niños Es obligación del Estado tomar todas las medidas necesarias para prevenir la venta. que asegure su recuperación y reintegración social. está separado de los adultos. incluso de disponer de asistencia jurídica o de otra asistencia adecuada en la preparación de su defensa. el tráfico y la trata de niños. Conflictos armados Artículo Artículo 39 36 Recuperación y reintegración social Otras formas de explotación Es derecho del niño recibir protección contra todas las otras formas de explotación no consideradas en los artículos 32. 33. de conflictos armados. 34 y 35.Explotación sexual Artículo Es derecho del niño ser protegido de la explotación y abuso sexuales. tendrá derecho a mantener contacto con su familia y a tener pronto acceso a la asistencia jurídica u otra asistencia adecuada. de malos tratos o de explotación reciban un tratamiento apropiado. Siempre que sea posible. a la pena capital. Todo niño privado de libertad deberá ser tratado con humanidad. incluyendo la prostitución y su utilización en prácticas pornográficas. Es obligación del Estado tomar las medidas apropiadas para que los niños víctimas de la tortura. inhumanos o degradantes. se evitará recurrir . a penas o tratos crueles. de abandono. Todos los niños afectados por conflictos armados tienen derecho a recibir protección y cuidados especiales 35 Venta. pues él deseaba estar con su padre en ese momento y hacía cualquier cosa por lograrlo. se hizo viral en las redes sociales un video que muestra una situación impactante ocurrida en la vía pública en Antofagasta. Por otro lado. lo cual obviamente incentiva y agrandan las ganas del menor por ir con él. pero claramente el sujeto de mayor vulneración es el menor. sin embargo. . madre e hijo. ya que invita al niño a jugar. quien gritaba constantemente “¡Quiero a mi papá!”. Este también intenta acercarse pero la acompañante no se lo permite. se aplicará dicha norma más favorable. cuando el padre agrede físicamente a la madre con un “codazo” en su rostro. sin embargo la mamá y otra acompañante se lo impiden. el mal momento no lo ha pasado solo el niño. Pasan forcejeando un momento el padre. Finalmente. No se podría determinar cuál es el contexto anterior a la situación. puesto que todos son parte de esta confusa situación. Sin duda. el padre no hace nada por aliviar el ambiente. ni siquiera darle un tiempo para despedirse o conversar y explicarle al niño la situación. lo toman a la fuerza de la ropa y del cuerpo mientras el menor se tira al suelo con la intención de soltarse e ir donde su padre. Trata de un menor llorando y gritando desesperado por quedarse con su padre (que se encuentra ahí). quien se ha dejado llevar como todo niño por sus sentimientos. mientras que este le decía “David vamos a jugar” e intentaba tomarlo dentro de la complicada situación.el video termina cuando se acercan terceros a intentar calmar el asunto. 41 Caso de Vulneración: Recientemente. lo que se puede apreciar es que la madre no quería dejarlo con el padre.a procedimientos judiciales y a la internación en instituciones Respeto de las normas vigentes Artículo En el caso de que una norma establecida por una ley nacional u otro instrumento internacional vigente en dicho Estado sea más favorable que la disposición análoga de esta Convención. a tal extremo de llegar a los golpes. El derecho a crecer sanos física. por lo tanto como garantes de derecho. . resulta evidente la vulneración de este menor. Ante tal situación. niñas y adolescentes como resguardo para vivir una vida tranquila. Los niños tienen derecho a vivir en armonía. que todos son parte de proteger. Por otro lado. angustia y rabia. Cabe agregar. han expuesto de tal manera al menor que han vulnerado muchos de los Derechos del Niño. Donde han sido pasados a llevar sus derechos como niño que la misma ley le reconoce. se puede determinar la importancia de los derechos de los niños. El derecho a crecer en una familia que les dé afecto y amor. Ya que. Ante la situación relatada. pensando siempre en su bienestar superior. quien ha vivido una situación de agresividad. tales como: - El derecho a dar a conocer sus opiniones y manifestar sus ideas. en un ambiente sano que le garantice su desarrollo personal y social. Niña y Adolescente.Como dos adultos responsables de un menor no han actuado acorde a la situación ni de forma madura. El derecho a la protección contra el descuido o trato negligente. mental yespiritualmente. todos deben contribuir en evitar y disminuir las situaciones de vulneración. se podría pensar que los padres no han regularizado su situación en cuanto al cuidado personal y relación directa y regular con respecto al menor. o si lo hicieron no la están cumpliendo. promover y garantizar estos derechos. (1948). New York. Convención sobre los Derechos de los Niños.Bibliografía UNICEF. .
Copyright © 2024 DOKUMEN.SITE Inc.