Ejemplos de Arbitraje de La OMPI

April 2, 2018 | Author: Elias Jerry Churata Curo | Category: Arbitration, Patent, Trademark, World Intellectual Property Organization, Business (General)


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Ejemplos de Arbitraje de la OMPIA continuación aparecen ejemplos de arbitrajes administrados bajo el Reglamento OMPI. El Centro también ha preparado un resumen de su experiencia.Estos ejemplos han sido preparados respetando la confidencialidad de los procedimientos de la OMPI. A1. Arbitraje de la OMPI en materia de marcas Una sociedad informática norteamericana había registrado una marca para programas informáticos de comunicación en los EE.UU y el Canadá. Un fabricante de productos informáticos de otro país había registrado una marca prácticamente idéntica para equipo informático en varios países asiáticos. Ambas sociedades entablaron procedimientos judiciales en distintas jurisdicciones en relación con el registro y la utilización de sus marcas. Cada una de las sociedades puede impedir a la otra el registro y utilización de su marca en las jurisdicciones en las que es titular de derechos anteriores. A fin de facilitar la utilización y el registro de sus marcas respectivas en todo el mundo, las partes concertaron un acuerdo de cotitularidad que contenía una cláusula de arbitraje de la OMPI. Cuando la sociedad norteamericana intentó registrar su marca en China, su solicitud fue denegada debido al riesgo de confusión con la marca anterior de la que la otra parte era titular. La empresa norteamericana solicitó que la otra parte tomase las medidas necesarias para permitirle registrar su marca en un país asiático y, tras la negativa de la otra parte, inició un procedimiento de arbitraje. Tras las propuestas formuladas por el Centro, las partes nombraron como árbitro único a un abogado experto en propiedad intelectual. En un laudo provisional el árbitro único hizo efectiva la solución propuesta por las partes, que preveía la concesión por el fabricante de hardware de una licencia en condiciones adecuadas para la compañía norteamericana, incluyendo una obligación de presentar informes periódicos a la otra parte. A2. Arbitraje de la OMPI en materia de patentes El árbitro llevó a cabo una audiencia de un día en la que las partes expresaron su deseo de arreglar el caso. amenazó con rescindir el contrato y solicitó daños y perjuicios. Tras la terminación de la mediación. El acuerdo de licencia incluía una cláusula de arbitraje que estipulaba que toda controversia se solucionaría en virtud del Reglamento de Arbitraje de la OMPI. a arbitraje acelerado OMPI.Una empresa farmacéutica francesa de investigación y desarrollo concedió una licencia sobre know-how y patentes farmacéuticas a otra empresa francesa. se negó a pagar. 18 meses después de celebrado el contrato. Arbitraje acelerado de la OMPI relativo a un acuerdo financiero de una producción artística Un productor de obras artísticas concluyó un contrato con una compañía de seguros para financiar procedimientos arbitrales. Procedimiento de mediación de la OMPI en materia de derechos de autor seguido por un procedimiento de arbitraje acelerado Una sociedad editorial celebró un contrato con una empresa de programas informáticos. al no estar satisfecha con los servicios prestados por la empresa informática. Las partes aceptaron la propuesta del árbitro y solicitaron al árbitro emitir un laudo aceptado. a fin de crear un nuevo sitio Web. la editorial inició un procedimiento de arbitraje acelerado. El proyecto debía finalizarse en un año y en él se incluía una cláusula que estipulaba que las controversias se someterían a un procedimiento de mediación OMPI y. Si bien las partes no lograron alcanzar un acuerdo. si no se llegaba a una solución en el plazo de 60 días. A3. Tras negarse el licenciatario a pagar la tasa de licencia. la editorial. La editorial presentó una solicitud de mediación. conforme lo acordado por las partes. por un tribunal arbitral compuesto por tres árbitros. la empresa de investigación y desarrollo inició un procedimiento de arbitraje. A4. solicitando al árbitro que prepare una propuesta de acuerdo. Además de confirmar las condiciones del acuerdo. El contrato incluía una . de conformidad con el derecho francés. El Centro nombró a un juez como único árbitro. la mediación les permitió centrarse en las cuestiones que deseaban abordar en el procedimiento de arbitraje acelerado que se celebró a continuación. el laudo aceptado hizo referencia a un comunicado de prensa a ser publicado por las partes anunciando la solución de su disputa. La compañía de seguros rehusó pagar y el productor inició un arbitraje acelerado OMPI indicando que. Las partes incluyeron en su acuerdo una cláusula que estipulaba que todas las controversias derivadas de su acuerdo serían resueltas por un árbitro único en virtud del Reglamento de Arbitraje de la OMPI.cláusula de arbitraje acelerado OMPI. . Arbitraje de la OMPI en materia biotecnológica y farmacéutica Una empresa de biotecnología francesa. La compañía farmacéutica tenía una experiencia considerable en la aplicación médica de la sustancia objeto de las patentes de las que era titular la empresa de biotecnología. como consecuencia del plazo impuesto por el tribunal arbitral en Singapur. necesitaba que se dictase un laudo definitivo dentro de seis semanas tras el comienzo del arbitraje acelerado OMPI. Tras recibir las presentaciones escritas de las partes. celebró un acuerdo de licencia y desarrollo con una gran empresa farmacéutica. la empresa de biotecnología dio por terminado el contrato. uno de los cuales fue elegido por las partes. Después de un día de audiencia. alegando que la compañía farmacéutica había retrasado deliberadamente el desarrollo de los compuestos biotecnológicos. A5. el Centro de la OMPI nombró un árbitro único. En el curso de la audiencia. Después de haber consultado con las partes. La empresa de biotecnología presentó una solicitud de arbitraje reclamando una cantidad importante como daños. el árbitro celebró una audiencia por tres días en Suiza para el examen de los testigos. El Centro propuso una serie de candidatos con una experiencia considerable en controversias biotecnológicas y farmacéuticas. Esto no sólo sirvió para la presentación de pruebas. el árbitro consideró que la empresa de biotecnología no tenía derecho a rescindir el contrato y que sería en interés de las partes seguir cooperando en el desarrollo de los compuestos biotecnológicos. El productor reclamaba las costas del arbitraje en Singapur amparándose en su contrato. sino también permitió a las partes volver a establecer un diálogo. el árbitro único dictó un laudo cinco semanas después de iniciarse el procedimiento. El productor inició procedimientos arbitrales en Singapur contra una sociedad Asiática. titular de varias patentes de procedimientos para la extracción y purificación de un compuesto para usos médicos. Varios años después de la firma del acuerdo. En el último día de la audiencia. En el laudo final el árbitro trató cuestiones de infracción relativas a las patentes y si esas patentes habían sido anticipadas. y con el fin de cubrir el espectro completo de las patentes en juego. Tras varias pruebas propuestas. A7. las partes acordaron resolver sus diferencias y continuaron cooperando con el desarrollo y la comercialización de los compuestos biotecnológicos. El reclamante había firmado un acuerdo de licencia exclusiva sobre las patentes con un fabricante de EE. Como consecuencia de ello. Surgió una controversia entre las partes en relación con el pago de regalías en virtud de su acuerdo de licencia. Arbitraje de la OMPI de un conflicto IT/Telecomunicación . Como resultado. Las partes no se pusieron de acuerdo sobre la persona a elegirse como árbitro único para este caso. el inventor presentó una solicitud de arbitraje y el escrito de demanda ante el Centro solicitando se declare que sus patentes habían sido violadas. Como resultado de esa reunión. mociones para la protección de los secretos comerciales y para el examen de muestras de los productos. El acuerdo de licencia preveía el uso de arbitraje acelerado de la OMPI para resolver las controversias en cuanto a la posible infracción de las patentes. el Centro designó como árbitro único a un abogado inglés experto en patentes con una experiencia sustancial en el derecho de patentes de EE. Arbitraje acelerado de la OMPI sobre una controversia en materia de licencia de patente Un inventor asiático era titular de varias patentes norteamericanas y europeas sobre componentes utilizados en bienes de consumo. las partes aceptaron la sugerencia del árbitro en cuanto a que deberían celebrar una sesión privada.UU. el árbitro celebró una audiencia a fin de examinar a los testigos. A6.UU. Arbitraje acelerado de la OMPI de una disputa por coexistencia de marca comercial Una empresa europea había registrado una marca para artículos de lujo en diferentes países. La empresa Asiática depositó la fianza acatando la orden del árbitro. para poder bloquear las cuentas bancarias de la empresa Europea (artículo 46(d) del Reglamento de Arbitraje de la OMPI). la cual a su vez acordó transferir ciertos derechos de propiedad intelectual a la empresa Europea. El arbitro. Previo a la formalización del joint venture. A sugerencia del árbitro y con el consentimiento de ambas partes. La empresa Asiática solicitó el arbitraje bajo reglas de arbitraje de la OMPI. La empresa asiática presentó un caso judicial y un procedimiento administrativo de cancelación en dos países europeos. basados en la no utilización de la marca por parte de la compañía . Aunque las partes no lograron llegar a un acuerdo inmediatamente. la empresa Europea solicitó al árbitro que emitiera una orden provisional para que la empresa Asiática renunciarse al bloqueo de las cuentas bancarias. lograron finalmente llegar a un acuerdo en las semanas posteriores después de algunas negociaciones. se abstuviera de iniciar cualquier acción legal sin el consentimiento previo del árbitro y proporcionara una fianza para garantizar el pago de la reconvención del desarrollador Europeo. habiendo estudiado los argumentos en el caso. Un fabricante asiático comenzó a vender productos de forma similar bajo una marca registrada. No se proporcionó a las partes ningún documento escrito con dichas opiniones. decidió no pronunciarse en relación a la orden judicial cautelar. sin embargo ordenó a la empresa garantizar por medio de una fianza la reconvención de la empresa Europea. En el arbitraje de la OMPI.Una empresa Asiática y un desarrollador de software Europeo negociaron un joint venture así como un acuerdo de licencia para poder proveer un servicio de telefonía móvil de pago en varios países asiáticos. .basándose en el acuerdo de licencia – así mismo obtuvo una orden judicial cautelar de un tribunal competente en el del domicilio de la empresa Europea. se presentó un conflicto entre ellos referente a la operación del acuerdo de licencia. A8. el árbitro convocó a una conciliación en la que comunicó a las partes sus conclusiones provisionales dentro del arbitraje en cuestión. El desarrollador Europeo acordó pagar una cierta cantidad así como la devolución de la garantía bancaria a la empresa Asiática. Al comprobar que la empresa asiática no tenía derecho a rescindir el contrato como lo había hecho.UU. Europa y EE. el tribunal la condenó al pago de los daños y a regresar al inventor los prototipos. la empresa asiática dio por terminada la licencia tras lo cual el inventor europeo presentó una solicitud de arbitraje. las partes resolvieron su controversia mediante la conclusión de un acuerdo de coexistencia de marcas que incluía una cláusula de arbitraje acelerado de la OMPI. Tras una serie de intercambios de prueba. La licencia contenía una cláusula de arbitraje de la OMPI. Tras consultas entre las partes y el Centro. A9. .europea. la empresa asiática inició el arbitraje acelerado de la OMPI alegando la violación del acuerdo de coexistencia. el árbitro concedió la indemnización solicitada y ordenó a la empresa europea que se abstuviese de tal conducta violatoria. Los tres árbitros designados contaban con importante experiencia en materia de propiedad intelectual y el conocimiento de idiomas necesarios para permitirles examinar las pruebas en diferentes idiomas. Cuando la empresa europea utilizó su marca en una feria comercial. un especialista europeo en marcas fue nombrado como árbitro único. alegando daños y perjuicios y solicitando una declaración de que él era libre de utilizar las patentes. Después de dos rondas de alegatos. Después de que el caso judicial fue apelado. Habiendo encontrado violación parcial del acuerdo de coexistencia. el árbitro llevó a cabo una audiencia de un día y emitió un laudo seis meses después de la iniciación del procedimiento. Finalmente. Arbitraje de la OMPI en materia de licencia de patente Un inventor europeo titular de patentes en Australia. el tribunal dictó un laudo 14 meses después del comienzo del arbitraje. Canadá. a llevarse a cabo por un tribunal de tres miembros. Las partes disintieron en cuanto a quién debía pagar las tasas de renovación de las patentes. licenció derechos de patentes y know-how a una empresa asiática. los planes y los documentos que habían sido entregados en el marco de la licencia. Arbitraje de la OMPI sobre una controversia en materia de infraestructura de telecomunicaciones Una empresa que presta servicios de comunicación inalámbrica y una empresa que vende. el Centro nombró a tres árbitros con experiencia en cuestiones de derecho del arte. Los términos del acuerdo incluían la terminación del acuerdo de cooperación y la prestación de una serie de obras del artista a la galería de arte. En ese momento. Arbitraje de la OMPI en relación con una disputa sobre promoción de un artista Una galería de arte europea celebró un acuerdo de cooperación exclusiva con un artista europeo. incorporando el acuerdo de las partes. alentando a las partes a reanudar las negociaciones que habían intentado en una fase anterior. el tribunal consideró que había posibilidades de arreglo. Tras consultas entre las partes y al Centro. Ambas empresas estaban situadas en EE. Las partes llegaron a un acuerdo y solicitaron al tribunal que emitiera un laudo aceptado. la relación entre las partes comenzó a deteriorarse y el artista envió un aviso dando por concluido el acuerdo. instala y mantiene infraestructuras de telecomunicaciones celebraron un acuerdo para la compra de equipos de infraestructura inalámbrica para redes de comunicación. Después de estudiar las solicitudes de las partes. Con el acuerdo de las partes. a pesar de supuestas deficiencias de rendimiento.A10. El vendedor entregó el equipo que fue utilizado por el comprador. el tribunal emitió una evaluación preliminar del caso. El acuerdo de compra preveía que cualquier controversia surgida de o en conexión con el acuerdo se resolvería en el marco del Reglamento de Arbitraje de la OMPI. Tres años después de la firma del acuerdo. Varios años después de la entrega del . la galería de arte inició el procedimiento de arbitraje de la OMPI. a ser llevado a cabo por un tribunal de tres miembros. a fin de promocionar al artista en el mercado internacional. El acuerdo contenía una cláusula de arbitraje de la OMPI. A11.UU. la empresa norteamericana alegó que el banco había violado el acuerdo mediante el uso de servicios ofrecidos por terceros en los países cubiertos por el acuerdo. Arbitraje Acelerado de la OMPI relativo a una controversia sobre software bancario Una empresa norteamericana proveedora de software de procesamiento de datos y servicios. Las partes optaron por nombrar un árbitro único de varios candidatos propuestos por el Centro: un abogado con experiencia considerable en controversias en materia de infraestructura de telecomunicaciones. las reclamaciones por incumplimiento de contrato y daños y perjuicios. y dictó un laudo definitivo rechazando las reclamaciones. el árbitro dictó un laudo definitivo determinando la existencia de infracción parcial del acuerdo y la concesión de daños y perjuicios a la empresa norteamericana proveedora de servicios. la empresa norteamericana proveedora de servicios inició un arbitraje acelerado OMPI alegando incumplimiento del acuerdo y reclamando daños considerables. A12.sistema. El acuerdo indicaba que cualquier disputa surgida de o en conexión con el acuerdo se resolvería en el marco del Reglamento de Arbitraje Acelerado de la OMPI y que el árbitro único sea elegido entre un grupo de personas que tengan experiencia en nuevas tecnologías. Cuatro años después de la celebración de su acuerdo. Las partes convinieron que la empresa norteamericana iba a ser el exclusivo proveedor de servicios para algunas de las filiales del banco en América del Norte y Europa. incluyendo. llevó a cabo una audiencia de tres días en California por el contra interrogatorio de los testigos. y un banco asiático concluyeron un acuerdo relativo a la prestación de servicios de procesamiento de cuentas. El árbitro único consideró importante prueba documental. Las partes acordaron un árbitro único que celebró una audiencia de dos días en la ciudad de Nueva York. A13. el comprador presentó una solicitud de arbitraje. Arbitraje de la OMPI en materia de derechos de distribución de difusión . Tres meses después de la solicitud de arbitraje acelerado. Cuando las partes no pudieron resolver la diferencia. entre otras cosas. celebró una audiencia con el fin de examinar a los testigos y. La compañía de distribución de derechos de televisión reclamaba daños por ruptura de contrato. El árbitro único consideró las pruebas documentales. Varios años después de concluido el acuerdo. Las partes eligieron uno de los candidatos propuestos por el Centro de la OMPI como árbitro único. Suiza y que el derecho sustantivo aplicable fuera el suizo. el lugar de arbitraje fuera Ginebra. La cláusula de resolución de la controversia preveía que la controversia fuera resuelta por un árbitro único. las partes acordaron que las audiencias se . Debido a la situación geográfica de las partes y con el fin de evitar costes excesivos en viajes.Una compañía de distribución de derecho de televisión solicitó un arbitraje en un litigio contra una federación internacional de deporte basado en el Reglamento de Arbitraje de la OMPI de conformidad a un acuerdo en materia de distribución de derechos de televisión. El acuerdo tenía como objeto derechos exclusivos de distribución de televisión relativos a competiciones deportivas en Asia y la región del Pacífico. el Centro nombró a un árbitro único con experiencia en materia de deporte y medios de comunicación. Arbitraje Acelerado de la OMPI relativo a una controversia en materia de programas informáticos Una sociedad norteamericana desarrolladora de programas informáticos y una compañía europea concluyeron un acuerdo de licencia en línea que permitía el uso de un programa informático de protección de la sociedad europea para la distribución en Internet de programas informáticos de la sociedad desarrolladora. Tras consultaciones con las partes y el Centro. en el curso del año que siguió el comienzo del arbitraje. dictó un laudo final rechazando la reclamación de daños. Alegó que el programa informático de protección de la compañía europea no había impedido el acceso no autorizado a su programa a terceros y reclamaba daños y perjuicios sustanciales por ruptura de contrato. El acuerdo de licencia contenía una cláusula en la que se preveía que todas las controversias deberían ser resueltas bajo el Reglamento de Arbitraje Acelerado de la OMPI. A14. la sociedad desarrolladora de programas informáticos presentó una solicitud de arbitraje acelerado ante el Centro de la OMPI. . el laudo final fue emitido dentro del plazo de 5 meses contados a partir del inicio del arbitraje. dos compañías americanas acordaron solicitar el arbitraje de la OMPI en una controversia relacionada con alegaciones de infracción sobre una patente europea en materia de bienes de consumo. y el cumplimiento de los plazos estipulados para el procedimiento en el subsiguiente proceso de arbitraje. reflejaba el mutuo interés de las partes en resolver la controversia de manera eficaz en tiempo y coste. Se solicitó al tribunal de tres miembros que decidiera si la fabricación y venta de ciertos productos infringían la patente. De conformidad con los plazos establecidos y acordados por la partes. el árbitro dictó un laudo final. Una vez intercambiadas las presentaciones escritas. incluidas las audiencias de los testigos. Las partes aceptaron la recomendación del Centro de nombrar tres árbitros expertos en materia de arbitraje y en la ley nacional de patentes pertinente. el tribunal arbitral mantuvo una audiencia durante un día en Ginebra para ampliar las alegaciones y para la presentación de testigos expertos. Controversia en materia de infracción de patentes sometida a Arbitraje de la OMPI Tras varios litigios en diferentes jurisdicciones. El acuerdo de sometimiento. El acuerdo de sometimiento preveía que la ley nacional de patentes de un país Europeo en particular fuese aplicable y que se siguieran los plazos estipulados en materia de litigios sobre patentes en ese país.celebraran a través de videoconferencia. Con posterioridad a la última audiencia. A15. es el sistema prejudicial en el que se resuelven conflictos entre dos partes. a quien se le designa como árbitro en cualquier conflicto entre ambas partes. . que es el que se lleva a cabo en instituciones como la Corte Internacional de Arbitraje.El Arbitraje. antes de entrar en la controversia jurídica propiamente dicha. 2 El Arbitraje Independiente. En el arbitraje las dos partes por un acuerdo previo (como en el caso de un contrato) nombran a un tercero que es independiente de ellos. así como designando al árbitro al cual someterán el conflicto y quien dará en su momento el dictamen o laudo. siendo las mismas partes en conflicto las que adoptan reglas y procedimientos para el arbitrio de posibles conflictos ulteriores estableciendo en cláusulas las reglas y procedimientos a seguir. es aquel que es llevado a cabo sin la intervención de un centro especializado. debiendo ser este árbitro imparcial ante ambas partes. En donde el arbitrio se ajusta a las leyes y normas vigentes establecidas en el país para tomar la resolución o Laudo. Hay tres criterios en los que se basan los procedimientos de arbitraje: El arbitraje de derecho. A la resolución a la que se llega en dicho arbitraje se le denomina laudo. Hay dos tipos de arbitraje: 1 El arbitraje Institucional. el cual es el dictamen o “sentencia” a la cual llega un Árbitro o Mediador. La CNUDMI (Comisión de las Naciones Unidas para el derecho mercantil internacional) el CAM (centro de Arbitraje de México) o el CEDCA (centro empresarial de conciliación y arbitraje) etc. Que son instituciones especializadas en dirimir conflictos. tomando resoluciones arbitrales a las cuales se les denomina Laudos. según las cláusulas que se establezcan en dicho contrato. siendo una instancia previa en la que se pueden resolver las desavenencias y conflictos. en que dicho arbitrio sea llevado a cabo por una institución arbitral extranjera a la cual hayan designado previamente las partes). de C. Elba Zurita de Lacalle. V. 55 47 56 ** **. Solicitante Comestibles Baratos S. y señalando como nuestro representante legal a la Lic. tel. de C.A. de C. comparecemos ante ustedes. El criterio técnico. con domicilio en Calle Monte Albán. V. colonia Cerro de la colina D. Ejemplo de Arbitraje: (Solicitud de Arbitraje) Solicitud de arbitraje ante la CAM cámara de arbitraje de México. Solicitud de Arbitraje Ciudad de México. Cámara de Arbitraje de México PRESENTE Comestibles Baratos S.. para exponer: Solicitamos arbitraje en el conflicto que se ha suscitado con Comercializadora de Lácteos La Vaquita S. con domicilio . a 22 de mayo de 2013. V. (Como en el caso de un arbitrio entre dos empresas de una nacionalidad. sino que se hace basándose en los criterios de los árbitros establecidos por las partes. Basándose en alguno (o más) de estos criterios el árbitro decide sobre las disposiciones a tomar para la resolución del conflicto en cuestión. A.F.A. emitiendo un laudo. el cual se basa en los conocimientos profesionales y técnicos del árbitro designado por las partes.El arbitraje de “equidad” en donde no se hace necesario la aplicación de las leyes y normas jurídicas al hacer el arbitrio. quedó estipulado que en caso de que Comercializadora de lácteos S. diciendo que no sabían.V. Nuestros investigadores de mercado nos confirmaron que los productos de La Vaquita Feliz. por lo queProductora de Leche y Productos Lácteos.A.A. en la cual (según la cláusula numero 13 bis) estipula que en caso de que alguna de las dos empresas . V. se le preguntó al respecto a uno de los repartidores.. mismo que se anexa a la presente. sin especificar cuál.en Calle Pastizal Colonia Valle Verde D. de C. cumpliría con el abastecimiento de productos los días 2 y 17 de cada mes. Durante el mes de febrero. por lo que La Vaquita Feliz. V. La Vaquita Feliz.F. se disminuyó la cantidad de productos entregados a nuestras tiendas en un 20%. Lola Menta de Verdad..A.A.. viola el contrato establecido anteriormente.V. en el cual se estipuló un tiempo de tres años de exclusividad de los distintos Productos de la Productora de Leche y Productos Lácteos. La Vaquita Feliz. la Empresa Comestibles Baratos S. hace la reclamación de cumplimiento de contrato de exclusividad.. sólo que iban a cubrir otra entrega en un autoservicio.A de C..a partir del día 12 de diciembre de 2012. están siendo vendidos en las tiendas de la cadena SuperMamá S. al proveer a otras tiendas con sus productos. Por lo que Comestibles Baratos S.. firmó contrato de distribución para ser abastecida por Comercializadora de lácteos S.En la cláusula 13.A. y representante legal Lic. 2. incumple con el contrato. para su distribución exclusiva en las tiendas de Comestibles Baratos S. para nuestras tiendas. de C.V. de C. estableciendo una penalidad de rescisión de contrato en caso de faltar a este compromiso. de C. Por lo que exponemos: ANTECEDENTES: 1. Motivos de la reclamación A partir de la segunda quincena del mes de enero del presente año. Se adjunta a esta petición de arbitraje los siguientes documentos: · copia del contrato concertado entre la empresa Comestibles baratos S. El restablecimiento y cumplimiento del acuerdo de exclusividad. La Vaquita Feliz. cumpla con la cláusula 13 bis del contrato firmado.000.. de C. · Fotografías de los anaqueles de tiendas SuperMamá. donde están acomodados los productos la vaquita feliz. solicitamos: PRIMERO. 00/100 m. el pago de la cantidad de $200. V.00. A.. . por violar la exclusividad de distribución del producto.n.000. de C.V. A. para que manifieste lo que a sus derechos convenga. SEGUNDO. Por lo anteriormente expuesto. y pague por concepto de indemnización. se opone.A de C.incumpla con el contrato pagará una indemnización de $200.Tengan a bien emplazar a Comercializadora de Lácteos La Vaquita S. o bien.) como compensación de pérdidas. y Comercializadora de Lácteos La Vaquita S.00 (dos cientos mil pesos.Tengan a bien actuar como árbitros en este conflicto.. mi representada está dispuesta incluso a renegociar el contrato y a escuchar la oferta que establezca nuestra contraparte. V. En caso de no estar de acuerdo con cualquiera de las pretensiones anteriores. causando perjuicios a mi representada. PRETENSIONES Las pretensiones de mi representada consisten en lo siguiente: Que la empresa Productora de Leche y Productos Lácteos. La empresa productora de lácteos la vaquita feliz. En su momento.. emitir el laudo que ponga fin al presente conflicto.V.com/69-leyes/3115ejemplo_de_arbitraje. de C. Elba Zurita de Lacalle URL del artículo: http://www.TERCERO.A. La representante legal de Comestibles Baratos S.html Nota completa: Arbitraje .ejemplode.
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