DYLO RESUMEN

May 21, 2018 | Author: Nahuel Varela Pascale | Category: State (Polity), Planning, Constitution, Property, Justice


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1ARQUITECTURA Y DERECHOS Derecho: conjunto de normas que regulan la interacción social. Es el orden de las relaciones sociales mediante un sistema de normas obligatorias fundadas en principios éticos que vienen impuestos y garantizados o susceptibles de serlos por la voluntad imperante de una sociedad organizada. 1. Derecho natural: dado por Dios, se sustenta en la naturaleza misma del hombre. 2. Derecho positivo (aparece cuando el humano tiene que convivir en un país, en un momento determinado.  Derecho público: rige las relaciones jurídicas en el Estado es parte.  Derecho privado: rige las relaciones entre los particulares o de particulares con el estado, actuando el último en su carácter de persona jurídica privada. Prevalece el interés privado.  Derecho internacional: rige las relaciones jurídicas que suscitan entre estados. Puede ser privada o pública.  Derecho interno: rige las relaciones jurídicas que se producen en el territorio de un Estado, dentro de los límites geográficos de la Argentina. Obligación: vínculo jurídico en virtud del cual una persona debe cumplir una prestación a favor de otra persona. La prestación es de dar, de hacer y de no hacer. El vínculo jurídico puede ser contractual o no. Fuentes de las obligaciones: 3. Contrato: lo que las partes pactan entre si, ajustado por la ley 4. Cuasicontrato: deriva de una vinculación que no ha sido contractual dad por derechos y obligaciones. contrato sin formalidades. 5. Delito: conducta contraria a la ley 6. Cuasidelito: carece de dolo 7. Ley: forma fuentes de las obligaciones. Estado: conjunto de los órganos de gobierno de un país soberano. Desarrolla funciones cuyo fin es el de garantizar la supervivencia social. El estado tiene normas con sus jerarquías: 8. Constitución nacional y tratados internacionales 9. Códigos de fondo, dicta en consecuencia de la constitución, leyes nacionales (Explica el QUE) 10. Códigos de forma, qué código se aplica (Explica el COMO) 11. Leyes, reglamentos, resoluciones, ordenanzas Nación 12. Nación cultural (concepto socio-ideológico) comunidad humana con ciertas características culturales comunes. 13. Nación política (ámbito jurídico-político) sujeto político en el que reside la soberanía constituyente de un Estado. Hecho: cualquier acontecimiento que ocurra en el mundo sea producido por el hombre o no. Si no influye en el campo jurídico: Simple hecho, pero si produce efectos o consecuencias jurídicas es un hecho jurídico. Hecho jurídico: acontecimiento susceptible de producir alguna adquisición, modificación, transferencia o extensión de los derechos u obligaciones. Ej: muerte, promulgación de una ley, declaración de guerra, catástrofe natural, catástrofe humana. 14. Hechos naturales: por causas externas al hombre y pueden dar lugar a efectos jurídicos. Ej: terremotos, destrucción de una casa y derecho a cobrar un seguro. 15. Hechos humanos: realizados por el hombre  Involuntarios  Voluntarios: son discernimiento (diferenciar el bien del mal), intención (voluntad de hacerlo) y voluntad(no hay coerción). Acto jurídico: es un hecho jurídico con consecuencias jurídicas. Es siempre un hecho humano, voluntario y lícito. Su fin inmediato es producir efectos jurídicos. Todos los actos jurídicos son hechos jurídicos pero no a la inversa. Los vicios son circunstancias que invalidan al acto jurídico, como el error(alguien me hace incurrir en el error), dolo(una parte), violencia(falta de libertad, amenaza), simulación, fraude(engaño). Ejemplos: 16. Firma de un contrato 17. Otorgamiento de consentimiento matrimonial 18. Otorgamiento de testamento 2 19. Las inscripciones registrales. La diferencia entre hecho jurídico y acto jurídico: 20. Un hecho jurídico produce efectos jurídicos, pueden ser ejecutados por el hombre o no. Si fueran ejecutados por el hombre pueden ser voluntarios o no y si fueran voluntarios pueden ser lícitos o ilícitos. 21. Un acto jurídico es siempre un hecho humano, voluntario y lícito y su característica principal es que tiene como fin inmediato producir efectos jurídicos. Todo acto jurídico está comprendido en un hecho jurídico. Persona: ente susceptible de adquirir derechos y contraer obligaciones. 22. De existencia real o visible: Persona física 23. De existencia ideal o jurídica (necesita autorización para serlo): Persona jurídica. Terminan por disolución: por fusión, por quiebre, cumplimiento de objetivo, cumplimiento del contrato.  De carácter Privado  Civiles: Asociaciones sin fines de lucro, fundaciones.  Comerciales (con fines de lucro): De hecho (se reunen 2 o + personas para llevar a cabo un proyecto) o de derecho (SA, SRL) Atributos de las personas 1. Nombre: identifica a la persona 2. Domicilios a. Real: lugar donde tienen establecido el asiento principal de su residencia y de sus negocios. b. De origen: lugar del domicilio del padre, en el día del nacimiento de los hijos. c. Legal: lugar donde la ley presume que una persona reside de manera permanente para que el ejercicio de sus derechos y cumplimientos de sus obligaciones aunque de hecho no esté ahí presente. d. Especial: las personas en sus contratos pueden elegir un domicilio especial para la ejecución de sus obligaciones. 3. Capacidad: aptitud de la persona para ser titular de derechos y obligaciones. La ausencia de las capacidades, da incapacidad: a. Incapacidad de hecho (absoluta): menores, dementes. b. Incapacidad de derecho (se puede revertir): privacidad de los derechos, incapacidad jurídica. 4. Estado de familia: posición de la persona en una familia. 5. Patrimonio: conjunto de bienes materiales o inmateriales de carácter jurídico, pero no tangibles. 3 CÓDIGOS Código de planeamiento urbano: es la herramienta que nos restringe. Restringe el dominio privado para hacer prevalecer el interés público. Objetivos: 24. Regular el tejido urbano ordenando el uso del suelo 25. Ordenar la red vial 26. Adecuar espacios verdes conforme a los requerimientos de un entorno ambiental sano. 27. Garantizar ventilaciones y asoleamiento de la ciudad 28. Preservar ámbitos de valor históricos Historia/orígenes 29. 1944: Código de la edificación 30. 1962: Plan Director de la ciudad 31. 1973: Primer Proyecto de código de planeamiento urbano 32. 1977: Sanción del CPU 33. 2000: Promulgación de la Ley 144, nuevo código de Planeamiento inspirado en el de 1977 dentro del marco de un Plan urbano Ambiental. Ley 123 de impacto ambiental: norma que ordena llevar a cado procedimientos para determinar el impacto que una obra genera en un ambiente. Tiene dos tomos: uno con planchetas (divididas por colores, letras y n° correspondientes) y el otro con normas y sus secciones. 1. Sección 1: Generalidades: usos, definiciones de términos, disposiciones temporarias, abreviaturas. 2. Sección 2: Normas administrativas: particular y de procedimiento. 3. Sección 3: De la propuesta de apertura de la vía pública y del parcelamiento. 4. Sección 4: Normas generales sobre tejido urbano: edificios entre medianeras, de perímetro libre, semilibre y normas de habitabilidad. 5. Sección 5: Zonificación en distritos: normas específicas sobre los mismos. 6. Sección 6: Sistema vial y su infraestructura 7. Sección 7: No se halla escrita 8. Sección 8: De la renovación urbana 9. Sección 9: Procedimiento de modificaciones del códigos. 10. Sección 10: Protección patrimonial 1. Sección 1: Generalidades: Se establece como obligatorio el cumplimiento de normativas que entiendan sobre asuntos relacionados directamente o indirectamente con el uso del suelo, de edificios, de estructuras e instalaciones, y todos aquellos aspectos que tengan relación con el ordenamiento urbanístico del territorio de la ciudad.  Basamento: parte del edificio construido sobre el nivel del terreno sobre la cual se asientan los volúmenes sobreelevados y retirados del mismo edificio.  Centro libre de manzana: superficie no edificable a nivel del terreno destinada a espacios libre verde y comprendida entre las líneas internas de basamento.  Espacio libre de manzana: espacio aéreo del interior de la manzana limitado por los planos verticales que pasan por las líneas de frente interno y línea interna de basamento.  Línea oficial: envolvente casa siempre coincidente con la línea de edificación. No puede correrse.  Medianas: parten al medio la manzana. Se toman de referencia para hacer el tejido de la manzana.  Línea de frente interno LFI: traza del plano que limita la edificación permitida del basamento con el espacio libre de manzana. (¼)  Línea interna de basamento LIB: traza del plano que limita la edificación permitida del basamento con el centro libre de manzana. (1/3)  Espacio urbano: espacio aéreo comprendido entre los volúmenes edificados de la ciudad, que permite lograra aceptables condiciones de iluminación y ventilación{on en los ambientes habitables.  Patio apendicualr del espacio urbano: patio generado por entrantes y retiros parciales de los cuerpos edificados, abierto por un lado al espacio urbano.  Plano límite: plano virtual que limita la altura permitida de cualquier punto del edificio. 2. Sección 4: Normas generales sobre tejido urbano. Perfil edificable y alturas máximas 4 a. Edificio entre medianeras Relación altura y separación de paramentos.  R=h/d :Relación entre altura (h) del paramento de la fachada principal tomada sobre LO y la distancia (d) desde la misma al eje de calle. Es un valor establecido por distrito, es una fórmula del gálibo.  r"=h"/d =< 1.5 :Relación entre la altura (h") de un paramento del contrafrente y la distancia (d") a otro paramento que se le enfrente (menor distancia entre LFI opuestas en la manzana). D" no puede ser menor que 4.  Si no hay definido un plano límite por distrito (altura máxima) el plano límite se encuentra a 7m por encima de la altura máxima calculada , los cuales se alcanzan con los retiros. Línea de frente interno (LFI) (Espacio libre de manzana) (¼) Línea coincidente con la proyección de los planos que determinan el espacio libre de manzana. Se sitúan paralelamente con respecto a cada LO o LE a una distancia (d) igual a ¼ de la medida entre los puntos medios de las LO opuestas de la manzana. Troneras: en los ángulos del encuentro virtual de los trazos de la PFI a una distancia a=9m de aquel, estas retrocederán hacia la LO, con una perpendiculara a la longitud de 9m. Desde allí arrancarán sendas paralelas a las LO que en su encuentro definirán los límites del especio libre de manzana. Cuadno las LO formen un ángulo menor de 80°, la distancia al encuentro virtual de las trazas de las LFI será a´=18m. Esto no rige para: manzana cuadrangulares en los cuales la semisuma de sus lados opuestos resulte interior a 62m; manzanas de sup inferior a 4000m2, manzana con 3, 5 o más lados, manzana con algún lado curvo. Se garantiza una banda edificable de 16m. Pasos a seguir: 1. Traza las medianas de la manzana uniendo los puntos medios de los lados. 2. LIB (1/3) Se dividen las medianas en tercios para determinar LIB 3. LFI (¼) Se dividen las medianas en cuartos para determinar LFI 4. Por los tercios y cuartos se trazan paralelas a los lados de la manzana, delimitando así el centro libre de manzana (CLM) y el perímetro LFI con las troneras. Línea interna de basamento (LIB) (1/3)  Por las manzanas cuadrangulares será un polígono semejante al de la manzana que contiene, trazado mediante las paralelas a las LO o LE a una distancia igual a 1/3 de la media entre los puntos medios de la LO opuestas de la manzana (mediana)  El espacio libre de manzana podrá ser invadido hasta la LIB con la construcción de un cuerpo cuya altura estará regulada según los distintos basamentos. Por encima de dicha altura solo podrán sobresalir barandas o parapetos tralucidos hasta 1.20m de alto (baranda)  La LIB delimita el centro libre de manzana, destinado exclusivamente a espacio libre parquizado del cual no mas del 30% podrá tener tratamiento diferente al del suelo absorbente. Perfil edificable La altura máxima sobre LO surgirá de las relaciones establecidas a tal fin para cada distrito, salvo que posea una . Por encima de dicha altura se podran construir un nivel retirado a 2m de la LO con una altura máxima de 3m y por encima de ese nivel, retirandose a 4m de la LO y LFI y sin sobrepasa un plano límite trazado a 7m de la altura máxima de fachada, solo podrán ubicarse servicios comunes. En ningún caso la altura de las construcciones entre medianeras sobre la LO o LFI podrá superar los 38m, aun cuadno el ancho de calle y las elaciones establecidas en el distrito lo permitan. b. Edificio de perímetro libre Son edificios cuyos paramentos están retirados de las líneas divisorias de la parcela y no constituyan medianeras. Solo podrán llegar hasta las líneas divisorias, los basamentos que se constituyen de acuerdo con las normas que para cada distrito se establecen. Retiros de las construcciones: Separación mínima: 6m de los ejes divisorios laterales de la parcela Basamento: si está retirado de las líneas divisorias laterales, separación mímina 3m. Salientes en las fachadas En los laterales , saliente de balcón =< d´/12 Los cuerpos salientes cerrados solo permitidos sobre LO Altura de un edificio de perímetro libre 5 R=h/d : Valor establecido en cada distrito para R R´=h´/d : Gálibo lateral, idem anterior para R R"=h"/d" : Gálibo contrafrente. Linea de frente interno (LFI) El edificio de perímetro libre podrá avanzar hasta la línea interna de basamento (LIB) No rige para manzana cuadrangulares en las cuales la semisuma de sus lados opuestos resulte inferior a 62m; manzanas de superficie inferior a 4000m2; manzana con 3, 5 o más lados; manzana con algún lado curvo. c. Edificio de perímetro semilibre Edificios que cuentan con uno solo de sus lados o paramentos perimetrales apoyados sobre una sola de las líneas divisorias laterales de la parcela, 6m o 4m. En los distritos en que resulte pueden incluir basamentos dque se apoye en las dos líneas divisorias laterales de la parcela cuyas características y altura están reguladas en los distintos distritos. Disposiciones particulares: 1. Si se adosa a un muro existente: Altura determinada por un plano límite horizontal coincidente con la altura del muro divisorio al que se adosa. 2. Si no se adosa a un muro divisorio existente: altura lateral(r=h´/d´) 3. Si linda con edificio de perímetro libre o con el espacio urbano de un edificio de perímetro semi-libre para las parcelas de anchos menor e igual a 14m se retira 4m, para parcelas de ancho mayor a 14m se retira 6m. 4. La línea de frente interno (LFI) es igual que para un edificio entre medianeras, LIB=1/3, LFI ¼ y con las troneras según su distrito. 5. El perfil edificable es igual al del perímetro libre pero con retiro lateral de un solo lado. Depende del ancho de la parcela. La altura de frente = galibo r=h/d + retiros Volumen máximo edificable s/FOT, s/ distrito La superficie máxima edificable = FOT max * superfice del terreno. Espacio urbano El espacio urbano es el espacio abierto capaz de garantizar buenas condiciones de habitabilidad en función de requerimientos ambientales de iluminación, ventilación, asoleamientos y ángulo de visión al cielo, acústica y privacidad, visuales exteriores y vegetación. Está conformado por: 1. Espacio de la vía pública comprendida entre línea oficiales LO y el espacio comprendido entre LO y LE o retiro obligatorio. 2. El espacio libre de manzana 3. El espacio entre paramentos laterales de edificios de perímetro libre y las líneas divisorias de parcelas, conectado directamente con el espacio de vía pública y con el espacio libre de manzana. 4. El espacio entr paramentos verticales de un mismo volumen o de distintos volúmenes edificados dentro de la misma manzana. 5. Los patios apendiculares que queden incorporados a algunos de los espacios mencionados. Se consideran extensiones del espacio urbano aquellos patios apendiculares cubiertos por un lado (a) de su planta a dicho espacio urbano, donde a=2*profundidad del patio (p) A espacio urbano ventilan y se iluminan locales de 1°, 3° y 5° clase, donde se debe verificar la relación r=h´/d´= 1.5 Los patios auxiliares de aire y luz son áreas descubiertas ubicadas entre los volúmenes construidos en las parcelas que por sus dimensiones no son aptas para conformar espacio urbano. Deberán cumplir con una superficie mímina de 26m2, lado mínima de 4m y una relación RP= h/d=4 (en el sentido en el que ventilen e iluminen locales de 2° y 4° categoría) 3. Sección 5: Zonificación en distritos Se detalla la partición de la ciudad en distritos para los cuales se define el carácter y se regula la subdivisión de la tierra, el tejido urbano y los usos del suelo. Clasificación: a. Residenciales s/ densidades ( R): viviendas. Ej: R1a, R2a, R1b, R2b (Lo que le sigue a la R es la densidad y si permite o no otro destino) puertos/aeropuertos. APH: área de protección histórica d. la aprobación es automática. sino llenar unos formularios): viviendas Contenido mínimo que tiene que tener la presentación de estudio de impacto ambiental 1. C3(centros locales) c. su carácter. La ley tiene sus categorías para el impacto ambiental: 1. fábrica de productos alimenticios. Bajo impacto ambiental El profesional primero debe definir la categorización de la actividad a habilitar. La ley de impacto ambiental n°123. Relación del proyecto con el codigo de planeamiento urbano (que vamos a hacer. que actúan sobre un organismo. Desde un proyecto arquitectónico. un nuevo plan urbano. Luego el poder ejecutivo convoca en el plazo de 10 días hábiles a una audiencia pública temática (para el caso de un alto impacto ambiental) 3. Este estudio se presenta ante el organismo de control del medio ambiente. C1(area central). regula las distintas situaciones de impacto. urbano y natural. En el caso de bajo impacto ambiental. fot. los usos que requieren estudio. Problemática ambiental: acción de los hombres por sobre la naturaleza. Efectuar un análisis del estudio técnico de impacto ambiental con el objetivo de elaborar un dictamen técnico (45 días desde la presentación. interpretación de los impactos que se podrían generar (área preventiva) y también surgen la prevención. Pasos 1. Estimación. trámite que variará según categorización. 2. subdivisión. luego procede a conseguir el certificado de aptitud ambiental. La ley 123 contiene las distintas categorizaciones de impacto ambiental. Este impacto puede ser positivo o negativo. Sin efecto/bajo (no es necesario el estudio. donde) 2. plantas siderúrgicas. 2. El certificado para los casos de mediano y alto impacto tiene una validez de 5 años. Centrales ( C): usos financieros y comerciales. Se dispone una plazo de 15 días hábiles para la declaración de impacto ambiental (DIA). autopistas. forma de realización. de él surge la identificación. Ley 123 – Impacto ambiental Ambiente: definición de la ecología: conjunto de factores externos indispensables para el desarrollo y crecimiento de la población. tipos y cantidad de residuos. Realización del estudio de impacto ambiental: procedimiento técnico-administrativo que tiene por objetivo el análisis global de las situaciones generadas por una actividad o proyecto de obra nueva sobre el medio ambiente. formas previstas para tratarlos. hasta la modificación del existente o el cambio de uso o actividad de una edificación. delimittación. Alto: grandes comercios. Alto impacto ambiental 5. Medio ambiente: es una situación vital para una buena calidad de vida. valoración de distintas situaciones (área correctiva). Equipamiento ( E) e. Sus objetivos son gozar de un ambiente sano. proyectos de mas de 2500m2. 6 b. fos. 3. pero también mejorar la calidad de aire-suelo y agua. Descripción general del proyecto. Se trata de un proceso jurídico-administrativo que se sancionó en 1998. Mediano impacto ambiental 6. Mediano: construcciones de edificios. corrección. preservar su patrimonio cultural. modificación o cambio en el ambiente o en alguno de sus componentes originado o producido por los efectos de la acción o actividad humana. los procedimientos técnicos administraticos y los contenidos mínimos para realizar el respectivo estudio: CategorIas: 4. Se puede otorgar la autorización para la ejecución de la actividad proyecto o programa o se puede negar la autorización proponiendo modificaciones. Industrias ( I) f. Impacto ambiental (IA): es una alteración. uso del suelo y potros recurso. una población o una comunidad. (que recursos y procesos se van a utilizar) . que es un instrumento necesario para realizar estudios de impacto ambiental. C2(centros principales). Portuario ( P) Las resticciones se encuentran en el uso del suelo. predicción. Apéndice . plazos. Sección 4: del proyecto de las obras a. 2° categoría: cocina. Establece las normas de habitabilidad Objetivos: 1. vestidores. formas previstas de tratamiento y control. edificios. normas administrativas) 3. gimnasio. estructuras e instalaciones. Descripción de medidas provistas para reducir. Sección 1: Generalidades 2. Hacer cielorrasos CODIGO DE EDIFICACIÓN: Establece el marco legal dentro del cual el gobierno ejerce poder de policía y los comitentes y empresas ejercen sus derechos y obligaciones. Ley 257 fachadas.leyes – decretos: Ley 962 – Accesibilidad. 4. aviso de obra. profesionales verificadores de obra. estar. iv. Controlar y policía de la construcción. es una declaración jurada de la actividad que se realiza. 5. Sección 3: De las verificaciones de oficio y archivos de expedientes de obras no impulsadas. inspección de edificios. Construir nuevos edificios 3. (que recursos y procesos se van a utilizar) 4. firma del profesional y titular de a la obra (? Permisos de obra (se deberá obtener en la oficina de catastro la certificación de nomenclatura parcelaria para conocer las restricciones de dominio. Revoque en fachada principal 5. remoción. Prestación de servicios. restaurante. Sección 8: De los reglamentos técnicos vigentes 9. depósitos no comerciales ni industriales. Infraestructura de servicios públicos. estructuras e instalaciones. lavadero. térmicas. Cambiar estructura del techo 7. portería. alteración. 1. demolición. Clasificación de locales i. El mantenimiento o inspección de predios. 1. Sección 5: De la ejecución de las obras 6. Planos y firma de profesionales 2. eléctricas. 7 3. Levantar muro 6. El certificado de aptitud se entrega en la DGFOYC El formulario dice el uso y rubro. eliminar o mitigar los posibles efectos ambientales negativos. Sección 1: Generalidades Alcance del Código de edificación es todos los asuntos que tengan que ver con: a. balcones y patios interiores. 1° categoría: dormitorio. corredor. Cambiar material de cubierta de techo 4. Sección 7: De las prestaciones para cada uno 8. v. Construcción. biblioteca ii. administración. depósito industrial. Control de disposiciones: mantenimiento e inspección de predios. Limpiar y pintar fachada 2. transformar lo ya construido 4. cuarto de planchar. Secciones: 1. comedor. seguridad a personas y bienes. 3. escritorio. Cambiar solados 3. estudio. 4° categoría: pasaje. oficina. estructuras e instalaciones mecánicas. Sección 2: Permisos y avisos de obra 3. edificios. garantías. Ampliar. inspección de control y verificación de normas y penalidades. living. tiene un valor por 6 meses. inflamables o parte de ellas b. 5° categoría: locales auxiliares. baño. salas comunes de juegos. Estimación de riesgos de inflamabilidad. sala de espera. Sección 4: Del proyecto de las obras 5. guardarropa iii. 3° categoría: local para comercio y o trabajo. Demoler Aviso de obra (el propietario da aviso. consultorio. Sección 2: De la administración (permiso. depósito comercial. Sección 6: De las disposiciones varias 7. espacios para cocinar. no necesita firma del profesional) 1. 2. 2. sala de máquinas. electromecánicas. . 2° clase: puede recibir luz de día y ventilación por vano o claraboya que de a patio auxiliar. anchos mínimos (1.23 ii.Baños y retretes: no requiere 4. irá un descanso ii. Ventilación: área mínima k=i/3 ii. Puede carecer de iluminación y ventilación si hay ascensor en edificio de viviendas colectivas u oficinas. Altura de paso: 2.30) iii. Condiciones de construcción: resistencia al fuego (F) iv.8: Proyecto de instalaciones complementarias e. Detalle de condiciones de incendio.10: Obras que provocan molestias g. Señalización d. pueden recibir ventilación natural por conducto. 4.9: Obras de material combustible f.50m2 2. 4. 4. x=12 si es lateral bakjo parte cubierta y x:15 si es lateral libre de parte cubierta) 2. con pasamanos a 0. Ventilación: Por circulación natural de aire. e. Ventilación natural por conducto: baños. Obligación de colocar letrero al frente de una obra – cartel de obra (nombre. muros resistentes de fuego.35m2 iii.00m v. Ancho libre: 0.26 y 0. i=a(área libre de la planta del local)/x (valor dependiente de la ubicación del vano. recibirá luz del día y ventilación del espacio urbano) 1.11: Reforma y ampliación de edificios h. Ancho libre: 1.Baños y retretes: k:0. Condiciones específicas de construcción 1. Tendrán un pasamano obligatorio de 1 solo lado.12: Protección contra incendios i. sale de una tabla. Locales de 5°clase: habitable. 4. espacio para cocina. C2 3.20. 1/3 para ventilación). Iluminación: área mínima de los vanos. Perfil escalón: Se debe cumplir 2a*p=0. Tramos: no tendrán más de 12 alzadas corridas. C4/C5/C6 5. v.00m promedio.90. Iluminación y ventilación artificial de locales. Iluminación . EC. C1: cargas del ascensor.90m y 0. señalización. De escalera principal: iluminación lateral en cada piso (1/8 de caja de escalera. Ventilación . iv. C3: sectores de incendio 4. pedada entre 0. descanso cada 6 cm. vi.) . Documentos necesarios para la instalación de incendio (planos con colores convencionales) ii. idem 1° clase. Iluminación y ventilación natural de locales i. pero depende del factor de ocupación. Rampas: ancho mínimo de 1. vi. Señalización: vallas provisorias. matricula.m (cuando comunica pisos de la misma vivienda). iv. Vivienda permanente . retretes. i. vii. área mínima: k=> i/3 v. Vivienda permanente .Cocina y lavaderos: k:2/3 3. Locales de 3° clase (al igual que los de 1°clase. letreros y estacionamiento de vehiculos al frente de las obras k. 1. 4. Ventilación .7: Medios de salida: su trayectoria. bocas de ataque en subsuelo 2.20 y pedad mínima 0.18. 4. Iluminación . Locales de 4° clase: no requieren en general.80 cuando es entrada a terraza y tanques. sino 0. Ventilación: directamente o por claraboya en la caja de escaleras. c. iii. f. Perfil escalón: alzada máx 0.60 a 0. Sección 5: de la ejecución de las obras. orinales. recibir luz de día y ventilación por patio auxiliar. Altura mínima de locales (dist entre solado y cielorrasos) y distancia mínima entre solados (dist entre solado y solado superior) c. C8/C9/C10 7. Escaleras principales i. electricidad. j. locales de 4° clase. elementos de corte de gas.75m. 8 b.00m (cuando es acceso a vivienda) y 0.00m. Iluminación: i:A/x 2. Iluminación: artificial y de emergencia en la caja de escaleras. salidas exigidas.1° clase: recibirá luz de día y ventilación del espacio urbano. C7: depósitos 6. Escalera secundarias i. d. viii. domicilio.60/0. C11: medios de salida señalizados. pero en viviendas Unifamiliar 1. puertas resistentes al fuego (F30).70 si es ancho recto. 1.Cocina y lavaderos: i:0.63 (alzada entre 0.15 y 0. De las medidas de protección y seguridad en las obras n. Tienen que tener el símbolo de lugar exclusivo. . De la obligación de conservar i. Documentación requerida de obra 3. De las demoliciones: medidas de protección: limpieza en la vía pública. suspensión y hasta exclusión del registro de pvo. pero si no no. indiferencia. disposición. El ancho de paso tiene que ser 0.5m de ancho o de 2. reserva de asiento) ii. 4.10) ii. Ascensores: si tengo un solo ascensor tiene que tener mímino 1. Tendrá el espejo inclinado 10°. ix. Ley 962 – accesibilidad al medio físico para todos.40m es necesario un ascensor.50m. usable. Rampas: inicio y áreas de aproximación 1.90m. vi.50mx1. Definición de términos (adaptabilidad: posibilidad de modificar el medio.5m. Del estímulo a la edificación privada iv. Pueden ser iluminación artificial y ventilación artificial.50m. Tiene que haber una correcta elección de herrajes para que alguien en silla de ruedas pueda acceder. y de los pvo ii. De las obras en mal estado o amenazadas por un peligro iii.1. De los andamios m. Honorarios: los paga el propietarios cuando abona los derechos de construcción.00m. Si bien no es exclusivo. pero hacia donde no abren tiene una luz util +0. i. con una puerta que abra hacia afuera. Garajes: características constructivas (h=min 2.10m y giros de 1.2*1.80m (también llamado luz util) t. vii. Apéndice: Leyes y decretos s. Estacionamiento: 1 lugar para estacionar cada 50 lugares. Si tanto la rampa o escalera tiene un lateral libre tiene que tener un zócalo de contención. urbanas: transitable. Partes de la ley 1. computa como baño. cortes de servicios y señales de precaución. Para alturas mayores a 1. una superficie de aproximación de 0. si tengo varios pueden ser más pequeños. 6. Escaleras: pasamanos a ambos lados circulares anatómicos.60cm) v.90m y una bacha sin patas para poder aproximarse bien. Sección 8: de los reglamentos técnicos vigentes q. Ni barreras sociales (prejuicio.50mx1. accesibilidad integrada i. Habitaciones: tiene que haber una c/30 habitaciones viii. visibilidad: accesibilidad estrictamente limitada) 2.80/0. Sanciones: si no cumple debidamente con la tarea encomendada tendrá un apercibimiento. También debe tener doble baranda.y en el transporte :identificación. Puede ser de 3. Baño: tiene que estar señalizado.5 de ancho con un pasillo de 1m para compartir entre dos de 2. En la planta tiene que haber un radio de giro de 1. abren hacia afuera y tiene una luz util+1. ni barreras físicas (arquitectónicas: movilidad. De las estructuras metálicas/h°a° r. de los m2. Profesionales verificadores de obra (distinto a los inspectores de obra):se trata de profesionales ed 1° categoría como arquitectos o ingenieros. Sección 7: de las prescripciones para cada uso p. abordaje. con una antigüedad profesional mínima de 3 años a partir de la matriculación. discriminación).80m y el botón en el pasillo a una altura de 1. De la utilización de los predios para servicios públicos. Circulación horizontal: en los edificios púbicos tiene que tener un ancho mínimo de 1. Tienen un acnho libre de 0. con una altura a 0. recorrido.7. Ver dibujo iv. Disposición constructivas iii. 9 l. Obligación del propietaria relativo a la conservación de obras ii. De las instalaciones mecánicas/eléctrica/térmicas/sanitarias 7. x.50m y tiene que haber elementos de agarre. Puertas: tienen su área de maniobra.7*0. estacionar. Las obras se asignan por sorteo y el pvo designado para realizar la verificación deberá aceptar o no la encomienda dentro de los 3 días hábiles y a a partir de la aceptación tendrá 5 días hábiles para entregar la verificación en el DGFYOC iii. Para acceder a ser un pvo deben anotarse en el registro. 5. usable. Transporte i. practicabilidad: adaptación limitada a condiciones mínimas.50m. Ley para las no barrerar arquitectónicas. como así también el solado debe estar al inicio y al fin (. Sección 6: de las disposiciones varias o. iluminación. LIB. Art 2: periodicidad de las inspecciones: según su antigüedad 1. Obra nueva vivienda familiar sin portería (más de 500m2. Art 1: el propietario es responsable del mantenimiento en perfecto estado de balcones. vi. iii. provoquen lesiones a los evacuados o a terceras personas o mayores daños a la propiedad o bienes. La idea es trasparentar. c/4 años: desde 50 a 72 años 5. Al finalizar la última losa: volumetría. Ley 257 – Fachadas. patios. 4 unidades. Al comenzar la implantación de la obra de PB en el terreno. medianeras. C/8 años: desde 21 a 34 años 3. Recursos humanos . iv. 4 verificaciones: el solicitante es el director de obra. Obra nueva otro destino (mayo a 500m2) 1/2/3/4 6. c/2 años: mayor a 72 años iv. privados y de atención pública. Aspecto físico 2. Plan de evacuación: conjunto de procedimientos para conservar la vida de las personas en el momento de una situación de emergencia. escalera. 4. Art 3: los simulacros serán realizados 2 veces por año. avance de obra. Grupo de emergencia – responsable de evacuar el piso o sector e informar al director 5. + 4 unidades. patios. maceteros. Obra nueva vivienda familiar sin portería (menos a 500m2. vii. v. niveles. Obra nueva otro destino (menor a 500m2):1 /4 5. C/6 años: desde 34 a 50 años 4. Art 3: eximidos a las viviendas de PB salgo que tengan salientes en la vía pública. Art 1: crease plan de evacuación y simulacro en casa de incendio. determina el final de la obra. Su objetivo es evitar los accidentes conservando la integridad de los elementos ornamentales de la fachada. v. azoteas. Obra nueva vivienda familiar con portería: 1/2/3/4 2. Apunta a preservar y mantener el edificio con intervención de un profesional que realiza los informes técnicos. 1. Tarea: verificar exclusivamente si lo ejecutado en la obra con relación a los correspondientes planos registrados en la DGFYOC y el avance de obra de cada etapa. h max. ménsulas. ventilación. ii. ornamentos. iii. Grupo de emergencia – grupo de control y siniestro (mínimo 2 personas) controlan el incendio hasta que lleguen los bomberos. LFI. Modos de evacuación: pautas a tener en cuetna para confeccionar un plan de evacuación 1. h entre losas. Es necesraio capacitar previamente al personal en lo referente al plan de evacuación. vallas de protección y especie arbórea. i. Modificación/ampliación (mayores 50% existente) 1/2/4 u. 3 plantas):¼ 3. escaleras. C/10 años: desde 10 a 21 años 2. explosión o advertencia de explosión. y en toda verificación se debe informar sobre el estado de las acera. 3. verificar las etapas de avance de la obra a fin de confrontar exclusivamente el ajuste de los planos presentado con la obra ejecutada. A la terminación de la obra pudiendo faltar la pintura: la obra respecto al plano. v. hueco del ascensor. fachadas. Objetivos: salvaguardar la vida de las personas evitando crear situaciones de pánico que agraven la situación. vi. LIB. Grupo director – Director 2. + 3 plantas):1/3/4 4. Se ve la ubicación en el lote. revestimientos. Tiene una organización: 1. Cantidad de verificaciones: 1. Grupo director – Jefe de seguridad: dar aviso al cuerpo de nbomberos y al servicio medico de emergencia. De aplicación voluntaria en edificios de viviendas. Modificación/ampliación ( menores 50% existente): 4 7. 10 iv. patios de ventilación. Al finalizar la mampostería y las montantes de las instalaciones complementarias: dimensión de locales. carteles. Deberán acreditar antes la dgfyoc mediante la presentación de un certificado de conservación un informe técnico y la intervención de un profesional de 1° o 2° categoría. como así tambiñen el uso de matafuegos y sistema de alarmas. separación a los EDP. Art 2: de aplicación obligatoria en edificios públicos. pantallas. ii. Grupo director – Jefe ténico: dar corte a los servicios del edificio 3. facilitar. 2. balcones y patios internos. Tiene un marco legal: ley 1346/2004 i. 4. De forma definitiva se suspense la matrícula. el humor y fuego subem 5. Por confeccionar el certificado de uso conforme no habituado. Sistema constructivo. Derrumbes por negligencia comprobada. Sistema de detección 4. 5-10 años de suspensión 12. extintores. vias de escap. tergivensando u omitiendo algunos hechos. pero el título no se saca. 2-4 años de suspensión de matrícula 10. multa. 4-8 años de suspensión 11. Por efectuar obras sin permiso. ubicación en manzana. caminaar agachado de espala al humo preferentemente. Puntos de encuentro al lado del edificio. Componentes 1. viii. No volver 4. pero siempre se debe dejar un paso peatonal. referencia de simbolos) 4. Dirigirse a las salidas preferentemente tomados de las manos 3. La matrícula se puede suspender. para no moelstar a los bomberos. Afectar la seguridad pública o de terceros por falta o condiciones deficientes de solados transitables frente a la obra. ud esta aquí. 9. 1-2 años de suspensión 8. 11 3. para evitar la multa se puede para un derecho por el tiempo que debiera ocuparse la acera. . ix. 8-15 añis de suspensión 13. No correr ni gritar. Plano de evacuacion (luces de emergencias. Formar grupos 2. Prestación o falsificación de firma. alejado 80m del edificio pero sin cruzar la calle. Factor tecnológico 3. Ocupar la acera con material o maquinatias para la concstrucción de la obra. Penalidades: 7. Paño húmedo en la nariz y boca 6. Sistema de detención 5. Se debe poner el recibo al frente de la obra. planos o dcoumentos flaseados. Bajar. Por presentar una declaración jurada. Normas universales de como proceder en una evacuación 1. Factor humano para la organización 2. interrupción o modificación) Hay ciertos aspectos a verificar: vi. la calle y n°. es el conjunto de planos municipales. 15% de honorarios 1. el n° de plano 1/1. solo podrá percibir honorarios por el último. anteproyecto y proyecto a. Dominio perfecto: sin hipoteca 2. 12 EJERCICIO PROFESIONAL Ejercicio profesional 1)Etapas previas: croquis preliminar.(diagramas. estudio de factibilidad. ésta se firmará y fechará por el porpietario para evitar posteriores incovenientes y como prueba de encomienda de trabajo por parte del propietario (en aso de desistimiento. esquemas. terreno según titulo y según la realidad vii.5*29. Planos municipales: de una obra nueva y demolición. la escala de dibujo. Colores a respetar: a. viii. Técnicos: estudio de suelo. la nomenclatura catastral. cortes. Se verifican en el mismo las normas del tejido (cpu). Factores intrínsecos: respecto a la infraestructura del predio (suelo. la superficie cubierta nueva. trabajos que requieren permisos de obras. Una vez elaborada la propuesta y aceptada. saber plazo de ejecución. salvo que hubiera elaborado partiendo de ideas básicas distintas. Dominio imperfecto: con hipoteca 3. Hay dos partes: arquitecto (proyectista) y el propietario(persona visible o ideal que sería el dueño del lote) o comitente(persona visible o ideal que puede o no ser el propietario pero interactúa por el mandato del propietario. escrita o gráfica. Superficie existente sin permiso. Se confeccionan en etapa de anteproyecto con la definición de una escala 1:100/1:20(detalles). dentro de la manzana. El objetivo es averiguar el objeto a proyectar. tipología edilicia. la superficie libre de edificación. Etapa inicial: Charla con el fin de determinar el proyecto de arquitectura. el norte. elevación de volúmenes). la superficie cubierta existente. Su forma iii.7. La carátula tiene un formato de a*b=18. el croquis de localización en la manzana. el nombre del propietario. elevaciones estudiado conforme a las disposiciones vigentes establecidas. conocer disponibilidad y medios de obtener los materiales. Aun cuando el profesional elabora varios croquis. etc) v. tiene los datos de la clase de obra. lo que puede construir en el predio) Los condicionantes son los requerimientos específicos del propietario que condicionan el proyecto. la superficie del terreno. extensión iv. más un presupuesto global estimativo. 5% de honorarios B)Anteproyecto: desarrollo de la documentación del partido (plantas. Factores extrínsecos: respecto al barrio. normas de habitabilidad (ce). Servidumbres 2)Tareas profesionales A)Croquis preliminares: proceso que genera una idea que será propuesta al comitente. Su ubicación en el distrito y la manzana ii. firmas aclaradas con sus domicilios legales del propietarios y profesionales y matriculas. Las condiciones gráficas deben cumplir un sistema métrico decimal. adecuación de uso de la técnica de los materiales) y los instrumentos económicos (conocimiento de la situación y planteo económico del comitente. Superficie existente sin permiso. el conjunto de dibujos y demás elementos gráficos necesarios para dar una idea general de la obra en estudio. 2. si tiene o no comprado el terreno (estudio del terreno) Estas propuestas tienen un programa de necesidades explicadas por el cliente con respecto a su núcleo familiar según sus actividades. Debe acompañarse de una memoria descriptiva. las necesidades y condicionantes( son las restricciones sobre el proyecto). 3. el ancho de calle. no reglamentaria – rayada a 45°y 135° . El tamaño. El programa de necesidades debe responder por medio de instrumentos técnicos (funcionalidad y racionalidad. El estudio del terreno es con respecto a: i. pero reglamentaria – rayado a 135° negro c. Jurídicos: estudio del estado de dominio 1. Administrativos: estudio de las limitaciones al dominio por códigos de planeamiento y edificación. Superficie existente al momento – rayado a 45° negro b. Designación de locales: se marcan de abajo a arriba y de izquierda a derecha. c. a. Piso de abajo: con la letra B seguida del número de orden a partir de 1 b. simplemente se marcan en negro.color verde 4. Acero – color azul l. Certificado de uno conforme f. Muros medianera (no se demuelen) . Vistas: altura máxima. etc. contraincendios. Encomienda profesional g.7. referencias. Muros existentes – pintado de negro e. Poner materiales y terminaciones. Cortes: alturas libres. Entresuelos/ sótanos/ subsuelos: ídem pisos altos cambiando A por E según el caso. Ancho de parcela h. las inst sanitarias.5 y 3*29. Verificar iluminación y ventilación. 40% de los honorarios Plano municipal  Antes: plano de edificiación (fund. Impuestos a los áridos k. Lados mínimos. incluso la de techos 1:100 acotadas . C) Proyecto (encomienda profesioal) es el conmjunto de elementos gráficos y escritor que definen con precisión el carácter y finalidad de la obra y permiten ejecutarla bajo la dirección de un profesional C) Proyecto: conjunto de elementos gráficos y escritos que definen en precisión el carácter y finalidad de la obra y permiten ejecutarlo bajo la dirección de un profesional. El plano deberá contener el proyecto de arquitectura.5) * 29. superficies mínimas. Muro a construir – pintado de rojo/bermellón g. Plano de antecedente i. Las bases no se demuelen. conductos de todo tipo. a. Registro de demoledores .6 s 0. Muro a demoler – pintado de amarillo h. 40% de los honorarios D) Dirección de obra: se entiende por dirección de obra la función que el profesional desenpeñará controlando la fiel interpretación de los planos y la documentación técnica que forma parte del proyecto y la revisión y extensión de los certificados correspondientes a pagos de la obra en ejecución. alturas de parapetos y cargas. El resto de la información necesaria como planillas en tamaño a4 y la documentación en soporte digital. Solicitar corte de luz y gas j.color siena k. 6. fachadas. ETC c. e. lote con medidas y retiros. Hormigón . Gestiones de solicitud de:  Plano de obra nueva: b. las inst eléctricas. Madera . Leyendas de manera que no interfieran en la visibilidad de los dibujos. cotas de nivel. Formato como mínimo 37 (2*18. en imprenta o imprenta cursiva 7. niveles. cortes y vistas. En la azotea no olvidar señalar: vacío sobre terreno absorbente. sala de máquinas. superficie del terreno y superficie libre. g. Planillas: silueta y balance de superficies donde se verifica el FOT b. tanque de reserva. LIB. salida de escalera. distancias entre solados. Certificado de dominio d.  Ahora: plano único. 5. etc). detalels. Formulario de solicitación de permniso e. Muro a conservar – rayado a 45° negro i. pb. Verificar las distancias a LFI. plano de instalaciones. f. el máximo es 6*18. Pisos altos: con la letra A seguida de un número de orden que partirá de 100 para 1°. 200 para 2°.7 (solapa de 4cm). Plano de demolición: tiene que estar todas la plantas. Superficie a demoler – rayado a 45° amarillo (punto raya) j. Verificar cumplimiento de ley 962 ( detalle de escaleras con 2a+p=0. todo acotado y destinado.rayado a 45° negro f. plano de estructuras. Derechos de obra  Plano de demolición h. Consulta catastral c. pisos. balance de superficies a demoler.63 y detalle de baranda) d. 13 d. niveles. Dirección de obra: 40% Dirección = conducción Dirección: debe controlar la fiel interpretación de los planos. Aplicar sanciones establecidas e. a. Engloba a la conducción de la obra. 14 ETAPAS – ARANCEL 1. Se constituirá: 1. técnicas o especiales o por la nación h. Del ejercicio de la profesión. Los titulares durarás en sos funciones 4 años. Disposiciones generales i. Croquis preliminares : 5% 2. Conducción: conoce todos los movimientos de la obra. es el jefe de obra. elige el personal. Organizar y llevar las respectivas matrículas c. Expedir las correspondientes credenciles d. desreguración del arancel. ingenieria b. como amigable componedor. .planos generales: 20% 4. Dirección+vigilancia = superintendencia de la obra Normas para el ejercicio de la profesión  Órganos gremiales o sociales  Adhesión voluntaria  No es obligatorio matrícula Colegio o consejos profesionales (= sociedad)  Es obligatorio matricularse: hay uno por cada provincia y 1 por caba  Cada provincia tiene: intento de federación (FADEA)  Funcion = política  Autonomía propia Los consejos profesionales desarrollan actividades de orden gremial. de los títulos : agronomía. autónomos). Disposiciones transitorias *consejo: el profesional puede pedir la suspensión de un matriculado si deja de ejercer por el momento y después pedir levantamiento. Con la E. Vigilancia: cumplimiento estricto de todas las prescripciones contractuales referentes a la calidad de la mano de obra. administración. 2. en cambio los colegios si las desarollas. compra de materiales. Proyecto . y 2 suplentes. Anteproyecto: 15% 3. arquitectura. De los diplomados.planos estructura: 20% 2. g. se renovarpan por mitadas cada 2 y solo podrán ser reelectos mediante intervalos de 2 años. Proyecto . De los transgresores y sus sanciones f. firmar los planos. secreto y obligatorio. coordinación. constituido por el presidente de cada colegio. Ciudad de Bs As: CPAU : jubilación (no hay caja. Consejeros: mínimo 5 titulares. el representante técnico. controlar y certificar los avances. d. matrícula habita solo para la ciudad. Velar por el cumplimiento de esta ley b. De la junta central: proyectar y propones arancel de honorarios y código de ética. De los consejos profesionales (son electos por los matriculados: i. Los suplentes durarán 2 años y podrán ser reelectos para otro período consecutivo o elegidos como titulares. 1. Proyecto: 40% 1. De los fondos: del derecho de inscripción en la matrícula y de un derecho anual que abonará el matriculado. Dictaminar la aplicación de la ley de arancel f. La eleción es por voto directo. Les corresponde: a. etc. materiales. Actuar a pedido de las partes como árbitro. Implica fiscalizar los materiales a emplear. e. el coordinador de proyecto. por escuelas industriales.C. De la matrícula c. 3%. Los integrantes elegidos por el voto directo de todos los colegiados. Provincia de buenos aires – CAPBA : colegio de arq de la prov de Buenos Aires : jubilación (10% . Está integrado por 5 titulares y 5 suplentes. Directivos de los coelgio de distritos. el consejo superior. el tribunal de disciplina  Cap 3: de la asamblea: autoridad máxima del colegio. arancel vigente (honorarios mínimos). 1 tesorero. Para ser miembro se requiere acreditar antigüedad mínima de 4 años en el ejercicio de la profesión en la provincia de Bs As. vigilancia y registro de las matrículas. Se requieren 10 años del ejercicio profesional. requisitos  Cap 2: de la inscripción en la matrícula  Cap 3: deberes y derechos en los arquitectos  Cap 4: regimen disciplinario o Título 2: del colegio de arquitectos de la provincia de Bs As  Cap 1: carácter y atribuciones  Cap 2: autoridades del colegio: órganos directivos: la asamblea. integra por los miembros titulares de los consejos.405. o Cuidar que nadie ejerza ilegalmente la profesión de arquitecto. matrícula habilita para todo el territorio nacional .  Cap 6: del régimen electoral  Cap 7: del régimen financiero o Título 3: de los colegios de distrito (asamblea de colegiados del distrito. 1 vicepresidente. consejo directivo) . Sus deberes y atribuciones: o Resolver las solucitudes de inscripción. pago del CEP (cuota de ejercicio profesional. contrato tipo emitido por el colegio. 5 vocales y 5 suplentes.  Cap 4: del consejo superior: conduce al colegio. integrado por 1 presidente. Según la ley 10. o Cumplir y hacer cumplir la ley  Cap 5: del tribunal de disciplina: sus integrantes no pueden formar parte del consejo superior ni del consejo directivo de distrito. el CEP ayuda a profesional desempleado). hallarse en pleno ejercicio de los derechos del colegiado. se crea el colegio. durarán 3 años en sus funciones y podrán ser reelectos. durarán 3 años en sus funciones y podrán ser reelegidos por dos períodos consecutivos. 15 2. o Titulo 1 : de los arquitectos  Cap 1: ejercicio profesional. 1 secretario.  Superintendencia: dirección + vigilancia Nuevos roles profesionales  Gerenciamiento de proyecto (obras de gran envergadura) o Documentación completa o Óptima coordinación entre gremios y disciplinas o Cumplir con plazos. calcular. tasaciones y valuaciones de bienes inmuebles 19. 2. Proyectar. plazos o Reducir costos y tiempos de obra. peritajes. Diseñar. dirigir y ejecutar obtas de recuperación. Proyectar. asume las responsabilidad civil. Programar. . reducción en costos o Tareas: coordinar. 14. Proyectar. proyectar y dirigir la ejecución de obras destinadas a la concreción del paisaje 10. Realizar estudios e investigaciones referidos al ordenamiento y planificación de los que conformen el hábitat y a los problemas relativos del diseño. tasasciones y valuaciones relacionadas con el ordenamiento y planificación de los espacios que confroman el hábitat. renovación. sino que la responsabilidad es del DdeO. a. destinado al hábitat del hombre 7. Reconocimiento de incunbencias del arquitecto en higiene y seguridad en la construcción. unipersonal. Proyectar parcelamiento destinados al hábitat humano 12. proyectar. encomendar adicionales o conceder prórrogas a los contratistas. Realizar estudios. costos  Consultoría: prestación de servicios de nivel universitario. No toma decisiones por su cuenta que impliquen cambios de diseño. controlar o Estudios especializados para obras grandes. Participar en la elaboración de normas legales relativas al ordenamiennto y planificación de los espacios que conforman el hábitat humano. 16 INCUMBENCIAS / ROLES Incumbencias profesionales: facultades atribuidas a un profesional dentro del ejercicio de su profesión. físico ambientales del territorio 16.  Inspector (obra pública) y servicios (obra privada): seguimiento y control de la obra. dirigir y ejecutar la construcción de instalaciones complementarias a obras de arquitectura 5. Realizar medición y nivelación de parcelas con el objeto de concretar la ejecución de obras de arquitectura 13. plazos. rehabilitación y refuncionalización de edificios y de otros espacios destinados al hábitat humano 6. calcular. o Verifica cumplimiento de planes estratégicos cronogramas. Proyectar. diseñar y ejecutar la demolición de obras de arquitectura 9. dirigir y ejecutar la concreción de espacios detinados al habitat humano. Realizar arbitrajes. proyecto y ejecución de arquitectura. con sus consiguientes requisitos de posgrado en higiene y seguridad en el trabajo de no menos de 400 horas de duración autorizadas por los organismos oficiales con competencia y desarrollo en universidades. dirigir y evaluar todo lo concerniente a la higiene y seguridad en orbas de arquitectura. 18. dirigir y ejecutar la construcción de edificios con su equipamiento e infraestructura 3. supervisar. Realizar relevamientos. proyectar. Participar en la elaboración de normas legales relativas al ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el habitat humano. Proyectar. ejecutar.  Conducción de obra: conoce todos los movimientos de la obra  Vigilancia de obra: vigila la entrada y salida de materiales. No tienen responsabilidad de lo que pasa en la obra. dirigir y ejecutar la construcción de estructuras resistentes correstpondientes a obras de arquiectura 4. etc. formal y móvil. programas y proyectos de ordenar. Los arquitectos pueden dirigir las prestaciones de higiene y seguridad en el trabajo en la industria de la construcción. Participar en planes. Diseñar. optimización y reducción o Tareas: rendir cuentas al comitente: calidad. Efectuar la planificción arquitectónica y urbanística de los espacios destinados a asentamientos humanos 11. penal.  Dirección de obra: el arquitecto firma los planos. 17. Roles  Sobreestantes: son colaboradores de horario completo. 1. Diseñar.  Gerenciamiento de obra (de gran complejidad) es el nexo de comunicación entre tareas y comitente. Asesorar en lo concerniente el ordenamiento y planificación de los espacios que conforman el hábitat 15. proyectar y efectuar el control térmico de componentes y materiales destinados a la construcción de obras de arquitectura. dirigir y ejecutar la construcción del equipamiento interior y exterior. 20. 8. solicitud del propio profesional. deben considerarse auxiliares de la administración pública.  Deberes del profesional para con los demás profesionales o No utilizar sin autorización trabajos de colegas como propios o No difamar ni denigrar a colegas o No renunciar a honorarios ni reducirlos. colegios. adquiere valores. las buenas costumbres. Según CAPBA .  Relacionado con la moral.  Deberes entre los profesionales que se desempeñan en la función pública y los que lo hacen en la actividad privada o Los profesionales en la actividad privada al resolver los problemas técnicos. es decir elementos y medidas de pruebas que ofrezcan). se educa y se inserta en la sociedad con todos estos conceptos crea moral/ética. De los deberes que impone la ética profesional  Deberes del profesional para la dignidad de la profesión o Contruibuir a que se forme y mantenga un exacto concepto del significado de la prefesión en la sociedad. velar por el prestigio de la profesión. de la dignidad que acompaña y el respeto que se merece. la formación de la persona (educación).  Es dinámica. si este no se hiciera. o Tribunal de eética profesional los sancionaría. nunca puede dejar en silencia un fallo. Según CPAU . el profesional consultado se encuentra inhido de realizar la encomienda. el bien comun. B.Código de ética para el ejercicio profesional de la arquitectura en la provincia de buenos aires Se consideran faltos de ética los siguientes actos: .código de ética profesional para la agrimensura. o No concedes su firma o No figurar en anuncios con gente que sin serlo aparezcan como profesionales. arquitectura en ingeniería en jurisdicción nacional  Ética profesional: es el conjunto de los mejores criterios y conceptos que debe guiar a la conducta de un sujeto por razón de los más elevados fines que puedan atribuirle a la profesión que ejerce. del imputado.pero no dependientes de ésta. por oficio. relación de hechos que fundamente su denuncia. o Van a ser juzgados por los consejos. sino que según corresponda en las normas arancelarias  Deberes del profesional para con los clientes y el publico en general o No aceptar en su propio beneficio comisiones de proveedores o No asumir en una misma obra las funciones de director y contrato. Objetivo de la ética: crear conciencia de responsabilidad en cuando derechos y obligaciones Elemento ético: comp de la actividad profesional. Deberes de la ética: respetar. o No ocupar cargos en instituciones privadas simultáneamente con cargos públicos cuyas funciones se hallen vinculadas.  Deberes deL profesional en su actuación frente a contratos o El profesional no admitirá sin la aprobación del cliente la inserción de clausula alguna en el contrato que extablezan los pagos  De los profesionales en los concursos o Si un profesional es consultado por el promotor como asesor respecto a la realización de un concurso. Normas de procedimientos  Sustanción de la causa en los consejos y en la junta central o Se promueve por denuncia por escrito (datos del denunciante.  De las faltas de éticas: o Desde faltas leves a gravísimas. 17 ETICA PROFESIONAL La ética profesional Etica: concepto  Concepto moral que tiene una persona y lo adquiere según el contexto en el que nace. coherencia entre valores y actos. Etica profesional hacia  Si mismo: esfuerzo por dignificar la profesión  El público en general  El cliente: si el cliente actúa con mala fe no debe responder con la misma moral  Los colegas  Espíritu de cuerpo: puesta en práctica de las normas de buena conducta . o Para con los colegas  Declarar como propios trabajos de terceros  Difamar profesionalmente  Percibir honorarios inferiores a los establecidos sin acuerdo del CAPBA o Para con los comitentes y públicos  Ofrecer servicios de imposible cumplimiento o Para con la sociedad  Participar como funcionario político de gobierno "de factos" surgidos de golpes o revoluciones militares. de toda tarea profesional que no haya sido realizada o estudiada por el firmante.  Etica para: o Para con la profesiópn:  Aceptar y o realizar tareas contratistas a las leyes y normativas  Concedes la firma o título oneroso o gratuito. 18  Realizar actividades que signifiquen perjuicio para los intereses de orden público  Ejectuar actos teñidos ocn la buena técnica o incurrir en omisiones uclposas aun cuando sea en cumplimiento de órdenes de un superior o mandante. Cuando la impresión de esto es la misma en ambos. la puede ver todo el mundo. fachadas edificios. escultórica. Debe ser original. no plagio. falta de heredero(estado). anteproyecto. Es la facultad de disponer de la obra. dibujos. agegado o supresión arquitectónica. herederos. . propiedad privada) Es el resultado de esfuerzo ocasional y formación especial. a pesar de diferenciar en el detalle. en derecho sobre la idea: derecho intelectual. pero da un respaldo si hay plagio. Existe la protección a las obras de arquitectura para evitar:  Aprovechamiento indebido ( propietario hace vivienda similar sin el consentimiento del profesional)  Plagio: copa deobra ajena. escenográfica. relieve. forma y colores. no imitación. No resuelve nada sobre si es original o no. o Obra en gestación: obra en construcción. Invenciones 2. publicarla y reproducirla. *originalidad: de un proyecto compararlo con otro del mismo estilo nace por la diferencia en su conjunto a pesa de iguales detealles que aparezcan en ambos. También puede exigir que se borre si el propietario cambia o modifica el proyecto u original. prescripción de derecho. no copia. en la dirección nacional de derechos de autos. (caso de ética y una supuesta sanción)  Deformación: mutilación. 4. mutilación donde se modifica la esencia del proyecto  Tipos de obras : o Obra inédita: croquis preliminar. Obra: toda producción científica. materializar las ideas arquitectonicas o Obra en colaboración: todos tienen los mismos derechos excepto que se haya estipulado lo contrario. proyecto: un ejemplar paga una tasa. Las leyes clasifican los productos del intelecto en: 1. artística. Derechos de autor: la ley otroga privilegio de explotación temporal a autor/autores. entregada al comitente. escribanía o consejo o colegio correspondiente. estamos ante el plagio. productos. Ornamentación y funcionabilidad en los diseño. El arquitecto autor del proyecto tiene derecho a poner su firma y estamparla en la construcción. 19 PROPIEDAD INTELECTUAL Propiedad intelectual: se enmarca dentro de los bienes inmateriales del patrimonio individual (conjunto de bienes materiales o inmateriales de una persona. modificación. s epuede registrar y tiene 3 años de protección. combinación de colores. o Editada de dominio publico: obra construida y terminada. obras anónimas. No se aplican a las obras de arquitectura. 3. Marcas. literaria. obras que pertenecen a dos personas jurídicas. aprovechamiento o mutilaciones. Una obra nueva genera un derecho del creador sobre ella un derecho patrimonial sobre un bien inmaterial. 20 HONORARIOS Honorarios: según código. Comitentes y profesionales podrán convenir libremente el monto de sus honorarios sin la existencia de una retribución mínima obligatorio. con contratistas –75% de la obra)  Superintendencia: ddo 40%+ 10% del costo de los trabajos.200) 2° categoría: muebles. coeficiente de actualización que se emitía por el consejo semestralmente  1991: de convertibilidad del austral.554. ajuste alzado: 40% del director de obra. Antiguamente se expresaba como una retribución para honrar a uno. valor a la labor intelectual. puede demandar el precio siempre que tal trabajo sea su profesión o modo de vivir. C=45. En el art 53: obras repetidas y adaptadas Obras repetidas (barrio). para director de obra. era el sueldo de honor por el trabajo de un arte liberal. a coste y costa. Arancel profesional en jurisdicción nacional: CPAU  Hasta 1991: aplicación de coeficiente C. exposiciones. Calidades de los criterios de retribución:  Abstracta: valor del título. 1° catergoría: obras de arquitectura . subdivisión de honorarios  Proyecto:60% o Croquis preliminares 5% o Anteproyecto 15% o Planos generales de construcción 20% o Planos de estructuras y detalle 20%  Dirección de obra: 40%: si quien hace la dirección de obra es distinto a quien hacer el proyecto.000*C hasta $100.000*C (+ $4.000*C  5% excedente de 100. valor de la cosa.000*C  10% de 10.542  9% hasta $10. tiempo empleado. nivel de vida de acuerdo a la dignidad asumida.  Ajuste alzado: con un contratista proncipal que tenga mas del 75% de la obra: labor profesional del director de obra es 36% del total de los honorario  Sistema de unidad. sino que es una repetición de la propiedad intelectual. gastos director requeridos. El concepto actual tiene que ver con el reconocimiento a la fuerza y producción intelectual. el que hiciera algún trabajo a presa algún servicio al otro. se aplica % en cada unidad como independeiente.000*C En el art 51 . porcentajes fijadas de acuerdo al arancel profesional para el cobro de honorarios.000*C ($455. responsabilidad asumida. Derogación del orden público de las tarifas de honorarios mínimos.200)  5% excedente de 100.. es 20% más. En el art 52 honorarios según contratación de las obras. . En el art 50 del arancel los honorarios serán proporcionales al costo definitivo de la obra (suma de todos los gastos excluyendo costo del terreno y honorarios mismas) Este artículo fija las categorías de obra. no es ni plagio ni copia. Los honorarios (retribución mayor que los mínimos previstos por el arancel) no es lo mismo que el arancel profesional (conjunto de normas que regulan los honorarios mínimos de los profesionales según cada jurisdicción) A.000*C a 100.  Proyecto del prototipo: 70% del total de los honorarios (en lugar del 60%)  Proyecto de cada repetición: +10% (Del total de los honorarios)  Dirección: 40% por cada repetición (la dirección es única por cada obra) En el art 54: obras de refacción y ampliación (incremento de los honorarios completos en un 50%) En el art 55: ph: modificaciones pedidas por el propietario. obras de decoración  15% hasta 10.420)  7% de $10.000*C ($455420 a $4.554. desregulación de la economía. valor a la responsabilidad profesional asumida  Materiales: tiempo dedicado a lo laboral. arbitrajes y asistencias técnicas. exposicion. hasta que le sea satisfecho el pago de la deuda. Los honorarios quedan sujetos a la convención de las partes.  20% de la obra pendiente  100% de lo ejecutado al momento de la rescisión *Derecho de retención: el arquitecto consultor puede ejercer el derecho de retención de la obra si el comitente le adeuda dinero en concepto de pagos por la ejecución de dicha obra. 21 En el art 58: documentación para tramitaciones: por cada tramitación administrativa o bancaria que el profesionar efectue para el comitente: 0. carpintería: 15%  Planos complementarios: 15%  Pliego de condiciones y presupuesto detallado: 30% o Dirección 40%  Planos de detalle de obra: 10%  Dirección de obra y liquidación: 30%  Cobro de honorarios: o Proyectista: derecho al cobro inmediato de los honorarios que le corresponden por los trabajo ejecutados hasta el comienzo de la obra o Director: saldo uniforme proporcional durante la marcha de los mismos. obras de exterior e interior  Obras repetidas (exactamente o con ligeras variantes que no impliquen modificaciones sutanciales) o Proyecto de prototipo o Repetición para cada una o El coeficiente por cantidad intermedio se calculará por interpolación lineal. En provincia de buenos aires – CAPBA :  Excepción de aplicación: vivienda familiar de hasta 70 m2 cubiertos cuadno constituyen la unica propiedad del locatario de obra.categorías: o Obras en general o Muebles. ble En el art 60: gastos especiales son abonados por el comitente. planillas de locales. *El tenedor legítimo de una cosa ajena tiene la potestad de conservar en su poder. que le es debida por razón de esa cosa. .  Clasificación de las obras de arquitectura .3% del costo de la obra. B. La repetición por rebatimiento de la planta se incluye en la sumatoria  Cálculo de honorarios: *Lucro cesante: el arquitecto cobra lucro cesanre ante la rescición de la obra por causa del comitente. En el art 59: etapas de pago: derogado por el art 91.  Subdivisión de honorario: según etapa de obra o Proyecto 60%  Estudio previos y anteproyectos: 20%  Planos generales. En el art 77: determinación de honorarios para tasaciones En el art 88: honorarios para informes periciales. estructuras resistentes. seguros b. logrando un precio total que incluye el beneficio. Beneficios: el comitente no pone en riesgo su capital. 20. Esta planilla se presenta al director de obra para su aprobación. siendo un 10% de adicional de honorarios. según el sistema jurídico de ejecución de obra elegido.Por administración o economía i. subcontratistas y proveedores es con el comitente. Liquidación: planilla que redacta el contratista detallando el avance de la obra rubro por rubro en ciertos períodos de tiempo. Beneficio: utilidad. Libro de notas de pedido: la empresa constructora utiliza el libro para solicitar instrucciones y aclaraciones. Actas o certificados 16. Sin empresa constructora: no existe contrato de construcción 1. Obras de pequña escala ii. i. sirve para la comunicación dentro de la obra. Libro de órdenes de servicio: por triplicado foliada. ya que no hay uncontrato que así no prohiba. se hace un nuevo cómputo y contrato. expone su propio capital. Al ser grandes cantidades se hacen descuentos por cantidad. 22 PROCESO ECONÓMICO DE LAS OBRAS Unidad 6 Precio de la obra está compuesto por 14. 15. Condicionantes económicos del comitente 24. empresa constructora y dirección de obra. iv. La relación directa con operarios. si así fuera se haría un nuevo contrato. Certificación: liquidación firmada por el director de obra que avala de esta forma la constancia de lo escrito con lo que realmente se jecutó en la obra. provee maquinarias y materiales. se pueden cambiar cosas de la obra. Se pueden celebrar varios contratos iii. por que el comitente asume la conducción de obra. se firma por triplicado. cómputo exacto. . Desventajas: costo pre indeterminado. Previo conocimiento de empresas constructoras 26. Asesoramiento del profesional 23. Con empresa constructora: existe contrato de construcción 1. para el alquiler de máquinas entre otros. También se firma por triplicado y por las tres partes 19. Beneficios: no es necesario que se cuente con toda la documentación. Riguroso: no se admiten modificaciones de lo pactado en el contrato. cargas sociales. Costo directo: materiales. etc. Desventajas: no se admiten trabajos adicionales. A partir de esta fecha empiezan a correr los plazos. De recepción definitiva: una vez que se firma. El comitente vela por sus propios intereses al realizar la conducción de obra. Definición y escala de proyecto A. Costo a. Acopio de materiales. alquiler de oficina. Sistema de ejecución: es una respuesta legal para encarar las obras. De recepción provisoria 18. los aspectos que hay que tener en cuenta para elegir el sistema son: 22. Libros. Acopios: compra de materiales por volumen. B. es firmado por las tres partes. se le puede encomendar la administración (proveer las maquinarias. No existe contrato de construcción. materiales). v. ii. 17. alquiler de maquinarias. ya que se conoce de antemano el precio de la obra y cuanto durará. Costo indirecto: no generados por la ejecución de la obra. Plazos del comitente para programas la obra 25. el comitente asume riesgo. mano de obra. 1. comitente. ganancia que desea obtener la empresa. impuestos como luz y tel. De inicio: da la fecha del inicio de los trabajos. empieza a correr el período de garantía. Si se modifica algo. 21. lo utiliza el director de obra para impartir órdenes de contratistas. Sistema por ajuste alzado: requiere que la documentación esté completa. El director de obra asesora tecnicamente al comitente. 2. los relacionados con la obra y los gastos indirectos. ii. Beneficios: al terminarse una o muchas unidades simples. cual es la liquidez económica con que cuenta al momento de la construcción). Se pacta un precio unitario para la unidad técnica de un rubro. Se necesita de una constante vigilancia de obra para fiscalizar la calidad y cantidad de materiales que se emplean en cada rubro. Desventajas: no es conveniente si no se conoce la historia del contratista. Estado  La obra es para el público en general. A coste y costas: reembolso/devolucipon de lo que el contratista va pagando en materiales y mano de obra. no se pacta cuantas unidades se ejecutarán. 2. termina cuadno la obra finaliza y se vende todo). ej: autopista) Liquidaciones 1. 23 iii. Desventajas: el precio total de la obra es preindeterminado. Particular  Tiene dos problemas iniciales: económico (si la obra justifica la inversión) y financiero (como proveer dinero para llevar a cabo la obra. que se confeccionan detallando todos los conceptos de gastos. El director de obra certifica las tareas y avance de obra. Beneficio: Idem riguroso. Se debe lograr que el rubro esté cuantificado. i. Es recomendable para épocas de inflación. ii. Desventaja: tanto el plazo como el monto de la obra son indeterminados. luego se le descuetna el importe bruto de liquidación del período inmediato anterior. 4. Son planillas de revisión de gastos. maquinaria. Sistema por unidad de medida: se conoce cuantas unidades se quieren ejecutar y se le pide a un contratista que oferte un precio unitario. La vigilancia no está contemplada dentro de las tareas de dirección de obra. ii. Desventaja: limita las modificaciones del proyecto un 20% 2. sin deberle concepto alguno por daño emergente. El comitente se compromete a pagar las unidades ejecutadas multiplicadas por el precio unitario. ni lucro cesante. el comitente puede contener un descuento por cantidad. Ajuste alzado: pago por avance del trabajo y puede haber un anticipo a cuenta del precio total pactado. es importante conocer al contratista. a. ya que se reconocer el material el día de paga. Beneficios: puede no contarse con toda la documentación de la obra definitiva ni detallada. El director de obra recibe la liquidación de la empresa constructora y certifica. las costas. El comitente tendrá un % en concepto de fondo de garantía por cualquier vicio oculto que pueda exisitir c. La empresa constructora va ejecutando las tareas y o rubros a su coste (paga materiales. El fiduciario (es quien administra) y el fiduciante (inversor) y el beneficiario( quien paga) o Preventa de unidades: ofrecer a un valor menor que la unidad terminada. cada vez que se ejecuta una unidad nueva se renueva y se termina un contrato. puede contratarse una empresa o si el director hace una vigilancia de obra se lo considera como superintendencia de obra. i. sino que debe pagarse por separado. b. obras de baja relevancia) o indirecta ( por licitación o concesión (se concede el permiso para desarrollar la obra y la futura explotación de la misma incluyendo el pago d un canon al Estado. 3. i. teniendo en cuenta que se le contratará por una cantidad determinada de unidades. Adicionales: reducción o aumento de m2 del proyecto. iii. b. cómputo de un rubro. logrando liquidez como emprendimiento. por lo que se paga con impuestos. los relaciondos con el funcionamiento de la empresa constructora) i. El arquitecto certifica y el comitente paga por lo que indica el certificado. Relativo: se admiten modificaciones del proyecto cuyo costo no supere el 20% del precio pactado. ii. Si el comitente se le debe pagar daño emergente y LC. + su beneficio. el comitente puede desistir de continuar trabajando con el contratista. nueva tarea. El coste está compuesto por los gastos del empresario (gastos directos. si se necesita dinero se podría recurrir a: o Préstamo o Hipoteca o Fideicomiso (agrupación para reunir bienes. Cuando el comitente es: a. d. Sistema por unidad simple: cada unidad tiene el valor de un contrato en sí misma. Sistema por a coste y costas: se usa por razones de tiempo. En cada período se computa los porcentajes de las tareas ejecutadas. mano de obra y maquinarias) y luego el comitente le reembolsa + beneficioes. . si lo supera se haría un nuevo contrato. Si bien la situación ideal sería tener el 100% del capital. Beneficios: recomendable si se conoce la cantidad de unidades.  Su contratación puede ser directa (para montos pequeños. Recinto bajo llave para herramientas y maquinarias. y 5duchas con agua fría y caliente. El arquitecto controla las tareas ejecutadas. tendrá iluminación y ventilación natural con materiales de fácil limpieza. es decir tiene que ser accesible. cada dormitorio tendrá 9m2 y será para dos personas. De almacenamiento: de material y equipos e. 11. Los vestuarios tendrán armarios individuales incombustibles y para los que trabajan con sustancias tóxicas tendrán dos. Oficinas para Dde Obra i. vigilancia e iluminación. De administración y control: para el jefe de obra y ayudante b. no debe contradecir el programa de seguridad en obra elaborado por el profesional responsable del programa de seguridad. . mesada. 5. gas. 6. mesas y bancos. Las cocinas y comedores deberán tener: bacha con agua fría y caliente. electricidad. Tendrán desagües cloacales para evitar contaminación del agua y suelo. d. Componentes a. f. Caminos y senderos para la circulación de materiales. 1 m°. Cerco y cartel de obra reglamentario b. En el caso de proveer viviendas para el personal por vivir muy lejos. Tendrá prevención contra incendios: impedir la iniciación del fuego y su propagación. El comitente retiene un % a modo de fondo de garantía. desagüe. Servicios sanitarios. Recinto donde se empiezan todos las funciones necesarias para llevar a cabo la construcción. De producción: espacios descubiertos c. De asistencia para el personal: comodidad y bienestar. Puestos de trabajo organizado y emplazados en correspondencia con el plan de trabajo. Redes: provisión de agua. evacuar personas y un responsable de higiene y seguridad que debe inspeccionar las instalaciones y materiales de prevención para asegurar el correcto funcionamiento de la obra. vestuarios. Organización de la obra y del obrador Obrador 1. 2 la. g. g. Localización: que no afecte el libre desenvolvimiento de tareas. maquinarias y personal. De circulación: materiales y equipos d. c. Es el conjunto de instalaciones que deben garantizar el proceso de ejecución de las obras. 7. heladera. Acopios/sector de depósito diferenciado según tipo de material. comedor h. Seguridad. FM. 24 e. luego extiende el certificado. e. remitos y facturas de esos gastos. Cada 15 personas deberá haber 1i. 10. Construcción de casilla para sereno j. 2. 9. 12. 4. Debe cumplir con el decreto 911/96 SRT. Si la obra es chica se podrá hacer un pozo absorbente y cámara séptica. 3. 8. Se le agrega un % convenido de costas sobre lo gastado f. campana con extracción de humos. Funciones: a. revocación. Prueba de contrato: instrumento que demuestra la existencia del mismo  Formal: acta. juramento judicial. pero si lo derivado de él . con sus derechos y obligaciones 4. Se requiere de 2 o más personas. Nulidad o modificación del contrato. Bilateral (las dos partes se obligan a hacer algo) c. Clasificación 6. Es un acto jurídico (voluntario y lícito) a.de adhesión (no puedo cambiar nada) Mandato  Mandate acepta o no hacerlo. instrumento público  No formales: testigos. ej: matrimonio) . Expreso (escrito) . explotando la necesidad o inexperiencia de la otra. Teoría de la lesión: podrá demandarse la nulidad a la modificación de los actos jurídicos (cuando una de las partes. solo el consentimiento de las partes) 11. Requisitos para firmar un contrato a. no pudiendo perjudicar a terceros. El incumplimiento puede ser por: a. intención (determinación de la voluntad en orden a un objetivo contractual). 25 CONTRATOS Unidad 5 Contrato: 1. El consentimiento conlleva 3 necesidades: discernimiento (capacidad que permite diferenciar un hecho de otro).innominado (libre creación de las partes) 10. libertad (que no haya coerción) 5. Anulabilidad: hay que probarlo ante un juicio c. Nulidad: sanción lo convierte en inexistente b. Capacidad: cualquier persona capaz de genera un acto jurídico. Entre vivos (que afectan el orden jurídico) 3. etc) . comodato) 8. en el caso del arq o empresa constructoa a pagar al comitente daños y perjuicios. de existencia visible o ideal.aleatorio (ligada a un hecho incierto) 13. conservar. Positivo (es un contrato de hacer) b. de no hacer y de dar. pero no tengo la obligación (cumplimiento posible pero muy oneroso por causas ajenas al contrato. Consensual (tengo el consentimiento) .real (yo doy algo a cambio de otra cosa) ej: compra –venta 9. Teoría de la imprevisión: la puedo ajustar o resolver (al contrato).bilateral (las dos partes se obligan) 7. alquilar. escrito. por cumplimiento. depósito gratuito. mandatario da el poder  Contrato unilateral  Le doy poder a alguien para hacer algo en mi nombre  Se extingue. Unilateral (1 de las partes de obliga) . renuncia del mandatario o fallecimiento. obligaciones de hacer. modificar.no formal (no tiene solemnidad de la ley. Es un pacto o convenio entre partes que es tanto para las partes como para la ley misma. Es decir que las condiciones en que se contrajo el contrato cambiaron. La fuerza obligatoria de los contratos solo puede eximir a una de las partes por la aplicación de: a. en el caso del comitente a pagar al arquitecto y a la empresa constructora lucro cesante y daño emergente. Conmutativo (recibo por lo que doy. obtuviera una ventaja patrimonial desproporcionado y sin justificación). 2. que se ponen de acuerdo para dar nacimiento a obligaciones de derecho entre ellas.tácito 12. Prescripción: no extingue el contrato. Por cumplimiento: modo normal 2. Puede ser una incapacidad de hecho (absoluta) o de derecho (relativa). Su objeto es de crear. De libre discusión (se decide y discute que poner en el contrato) . Nominado (nombrado. etc Efectos de los contratos: en general nacen del vículo jurídico y es relativo a las personas que lo contraen y pasivamente a sus sucesores universales y derecho habientes. Oneroso ($) . b. Consentimiento: voluntad para firmar. aptitud de la persona para ser titulas de derechos y obligaciones b. Incapacidad: invalida cualquier acto jurídico. Formal (sigo con las formalidades de la ley.gratuito( no apaerece la obligación de pagar: donación sin cargo. c. Extinción de contratos 1. Por incumplimiento: la responsabilidad emergente del incumplimiento lleva a la parte causante a indemnizar a la otra. transferir. Ej: subió el dólar). van y vienen las contraprestaciones) . si no la parte intimante puede resolver el contrato e iniciar acción legal por el concepto de pérdida e intereses. De cosas: contrato de alquiler. Se rige por el código civil y comercial. 2. Arquitecto: persona de existencia visible profesional que concibe. Locatario: quien paga: comitente Contrato profesional: contrato de locación de obra intelectual. Encabezado: nombre y función de las partes. Es quien asesora integramente al comitente durante todo el transcurso de la obra. Plazos: para cada tarea g. perito. Tiene una responsabilidad frente al cliente. Gastos: a cargo del comitente/ arquitecto e. Documentación para tramitaciones d. es decir por los honorarios. Objeto del contrato: características principales de la obra b. Locador: quien ejecuta: arquitecto 2. Asume un riesgo pero recibe honorarios. f. con horarios a cumplir y un sueldo de por medio. obra o servicio. logran el objetivo. Honorarios y forma de pagos: totalidad de honorarios y cuando se cobran h. tiene que estar escrita en el contrato para que se válida. un trabajo y el locatario a pagar por él un precio en dinero. Comitente: quien manda a hacero encomienda la obra 3. se compromete a ejecutar una obra o a prestar un servicio y la otra se compromete a pagar por su uso y goce. en el caso de despido existe la indemnización y leyes laborales que lo ayudan. Señal: cuando se entregó dinero como respondiendo al cumplimiento del contrato (seña). a. voluntad de celebrar una locación de obra intelectual. Se obliga a cumplir el medio para lograr el objetivo. Intelectual: el arquitecto se compromete a proyectar y o dirigir una obra determinada por una cantidad de dinero. para que verifique hasta que momento llego de la obra la empresa y si hay que pagar lucro cesante y daño emergente. Tipos de locación: 1. Existe la indemnización por lucro cesante y daño emergente. Propietarios: quien ejerce el dominio del inmueble tenga o no la posesión del mismo 2. Contrato de construcción. Si desiste cumplirlo la parte que lo recibió debe devolver el doble de lo entregado y quien pagó pierde la seña. 3. No trabaja en relación. Partes intervinientes 1. por que el arquitecto supervisa a la ec. Obligaciones del arquitecto i. 2. De servicio: contrato de trabajo en relación de dependencia. crea y proyecta un edificuo y lo dirige hasta su terminación. Rescisión: las dos partes deciden darlo por terminado. Las obligaciones del arquitecto y del propietario nacen del vínculo jurídico. Tareas a cargo del arquitecto: servicios profesionales c. Obligaciones del comitente . No se sumen riesgos. Locaciones: habrá locación cuadno una parte concede a otra el uso o goce de una cosa. una obligación de resultado. se debe llamar a tercero ajeno a la obra. 26 d. donde el primero se obliga a hacer el proyecto y dirección de una obra (objeto del contrato) y el segundo paga los honorarios por la propiedad intelectual del arquitecto. establece que el incumplimiento del contrato de una de las partes faculta a la otra a intimiar a la normalidad de las obligaciones en una plaza no menor a 15 días. es un contrato de hacer y dedicación libre. Puede incluirse en el contrato la clausula de pacto comisorio. El locador se obliga a prestar un servicio. Cláusulas: a. logran el objetivo perfecto (completo). Elementos integrantes 1. Partes de locación 1. Contrato profesional b. Material: el contratista se compromete a la entrega de una obra total consumada y perfecta (completa) de acuerdo a las reglas del arte y acorde a su fin por una cantidad de dinero. Propiedad intelectual: el anteproyecto y la documentación no podrán ser utilizados parcial o totalmente por el comitente para otros proyecto. 3. El locador se obliga a prestar el uso de la casa y el locatario paga el precio estipulado. debe leer el contrato de construcción y firmar cada hoja de él. Revocación: solo en contrato unilateral e. El arquitecto-comitente tienen un vínculo jurídico El comitente-ec tienen un vínculo jurídico El arquitecto-ec no tienen un vínculo jurídico. De obra: garantizan resultados. domicilio constituido de las partes. distinto al real (compra-venta) 4. Conmutativo: las prestaciones van y vienen 8. mediación o arbitraje. serenos de obra. No formal 6. Nominado: dentro de locaciones en el código 5. Se firman tres ejemplares (contratista. este % se libera cuadno se firma el arta definitiva. Plazos vi. se devolverá con motivo de la recepción definitiva. Clasificación de un contrato profesional 1. Sellados n. Contratista o empresario (subcontratista: contratados por el contratista quien será responsable) i. Contratista único: se encarga de la totalidad de los trabajos. Es una especio de prólogo. Oneroso: no gratuito 3. el contratista está obligado a repasar a rehacer los trabajos a su cargo que no cumplan con lo requerido en los pliegos. Contrato (con su objeto. 2. a donde permitimos haber conflictos entre las partes (formas de resolver conflictos) k. 3. 2. Es un contrato de locación de obra material. Firmas / fechas: 2 ejemplares del contrato (comitente y arquitecto) de un mismo tenor y un solo efecto. iluminación y fuerza motriz para maquinas y herramientas. Plazo de garantía: el plazo entre el acta provisoria y definitiva. ropa y elementos de seguridad para toda la gente. Partes intervinientes: a. sistema de ejecución y declaración del contratista) 2. Garantías y recepción de los trabajos: seguro de caución. asume responsabilidades. plazo de garantía. 2. ayuda de gremios. es obligatorio y convenido. agua para la construcción de trabajo y para consumo personal. 1. Sus obligaciones son: construcción de obrador. contratos separados. Es un % de los montos certificados en cada liquidación. En el caso de sancionarlo con dinero. Propietario b. puede ser por cargos (por causar daños a bienes linderos) o multas (por incumplimiento de plazos). Tipo de contratista ix.  Clausulas generales: agrupan al conjunto de disposiciones jurídicas legales obligatorias o convenidas que las partes se comprometen a respetar. sin intereses. Otros acuerdos de las partes 3. Es la documentación gráfica y escrita que indica como se va a construir la obra. 1. Consensuado: tengo consentimiento. Fecha de la firma: vale para tomar plazos si no tengo acta de inicio. ii. serían una serie de cargos y multas por incumplimiento de plazos. Elementos que lo componen 1. De libre discusión Contrato de construcción: acuerdo de voluntades entre comitente y empresa constructora representada por un representante técnico. Expreso: escrito 7. Nombre y domicilio completo de las partes : domicilio constituido ii. 1. i. seguro de accidentes y lesiones. Extinción o rescinción del contrato l. de proveer de cascos. Principal: 75% o mas de los trabajos iii. El contratista es obligado a entregar una obra consumada y perfecta por una cantidad de dinero que se compromete a pagar el comitente. índice del contrato. Surge por si el contratista resinde el contrato. arquitecto) vii. Garantía del cumplimiento del contrato: seguro de caución: % del monto del contrato que se parte. Divergencias: ajustes de contestaciones. 27 j. propietario. Pliego de condiciones: se documenta en el momento de proyecto. Fondo de reparo: para la reparación de vicios y o defectos producidos en la ejecución de los trabajos. Sistema del contrato: enumeración de todas las partes gráficas y o escritas que lo integran iv. Contrata: pieza breve que encabeza al contrato de construcción. Otro contratista: menos del 75% de la obra. Reajuste de precios contractuales viii. Jurisdicción nacional: si hay juicio m. Objeto del contrato: provisión o prestación de los trabajos para la ejecución de la obra iii. Precio y forma de pago v. seguro civil y contra incendios. Documentación contractual . como se va a definir los problemas. partes. empresa proveedora de energía o por grupo electrógeno. fondo de repara. Bilateral: dos partes 2. Recepción de obra: acta (acta de iniciación. arbitraje. verificación de obra. Clasificación del contrato de construcción  Bilateral: dos partes  Oneroso: no gratuito  Consensual: existe consentimiento  Nominado: en el código  No formal  Expreso: escrito  Conmutativo: van y viene las prestaciones  De libre discusión Cuadro comparativo de contratos CONTRATO PARTES LOCACIÓN CLASIFICACIÓN ELEMENTOS Profesional -Arquitectos De obra intelectual -bilateral -Encabezado -Comitente -oneroso -consensual -Cláusula general -nominado De construcción -contratista o EC De obra material -no formal -Contrata -Comitente -expreso -Pliego de cond -conmutativo -Planos y planillas -de libre discución Para la concreción de una obra: El arquitecto supervisa lo que haga la empresa constructora. 3. trabajo adicional. seguros 7. Dentro del pliego puede haber una cláusula que determine que el DdO y contratista están obligados a solicitar la inspección previa y director a preoceder a esa inspección. Modificaciones del contrato: adicionales 13. 17. precauciones. recepción provisional. Otras tareas a cargo del contratista 12. el arquitecto firma contrato de construcción para que se sepa que leyó y acuerda con los métodos de la empresa constructora. Materiales 10. Liquidación. certificaciones. Seguros y garantías 4. 28 3. Ajustes de cuestiones: mediación. Esquema Cuadro de contratos . nota de pedido. Ejecución de los trabajos 11. pago: formas 14. suspención de obra) 15. Plantel del contratista: personal 6. Multas 16.  Cláusulas específicas .listas de trabajos: Es como debe hacerse cada rubro. Seguridad: normas. orden de servicios. Obrador 9. se enumeran las exigencias que regiran la calidad y la forma de ejecución de los trabajos de la forma mas meticulosa posible. Planos y planillas: documentación del proyecto y expresiópn gráfica de como se realizará la obra. ceso fortuito o causa mayor. Dirección de obra 5. Constituidas por la serie de detalles técnicos conforme a los cuales se conviene realizar la obra. definitiva. Plazos contracturales 8. ampliar o modificar inmuebles. no se determina el precio. planos. es decir que es un auxiliar de la justicia. Su objeto es asesorar sobre cuestiones que las partes necesitan conocer para resolver. Estudios: dictamen sobre un asunto. 1. ponerle percio Precio: valor en que se estima una cosa. la manera de pago se acuerda entre las partes. el arquitecto puede apelar antes la cámara nacional de apelaciones.  Peritaje privado: lo contactan entidades privadas o comitentes privados. Establecer valores en procesos judiciales . sino es removido (si no entrega el dictamen también). para lo que se lo contrató y describe lo que se observó. Puede contener gráficos.  Su responsabiliadd es civil (culpa. Tasar: determinar el valor del mercado. 2° grado de afinidad con las partes o ser amigo/enemigo de las partes. su informe puede ser usado para dar inicio a un reclamo. ordenar la confección de planos. se expresa en dinero. Tiene neutralidad respecto de las partes en conflicto. escritor.  El informe técnico/ dictamen pericial responde todoas las preguntas del juez. encunciadas sin omitir alguna y sin agregar.  Los honorarios los fija el juez y también fija quien deberá pagar. En él incide su rareza. Puede no aceptar. Tasaciones: pericia valorativa que determina el valor económico n un contexto determinado y en una fecha precisa. civil y comercial)  Nombramiento: se lo nombra por cédula judicial y debe concurrir dentro de los 3 días para aceptar o no. El informe técnico puede formar parte del pleno probatorio presentado por el comitente. En virtud de su titulo. por justa causa. que es una explicación detallada de las operaciones técnicas realizadas por escrito en original y copias para las partes. El perito tiene dos funciones. Una vez que se acepta es responsable por perjuicios o negligencia que ocasione. el arquitecto puede ser convocado como perito. Operación de compra-venta en inmuebles 2. Los honorarios los paga el comitente que contrata al perito. no se puede recursar. de un bien. Valuar: estimar el valor de una cosa. no tiene que formalizar la aceptación del cargo. Consultas: dictamen de un asunto de acuerdo a los conocimientos generales del profesional. 29 PERITAJES / TASACIONES Unidad 7 Peritaje: informe técnico de un especialista.  Peritaje judiciales/publicas: lo contacta los organismos públicos o tribunales de justicia. su informe es objetivo. Perito único de oficio (PUO): asesora al juez y entrega dictámenes. sino se considera nulo. aquí se explica por que fue llamado. el precio justo. penal. Expropiación 3. sino la expresión monetaria deseada por el bien. Dentro de las incumbencias profesionales edl arquitecto entra el peritaje. falso testimonio y cohecho)  El perito es el profesional llamado para emitir el informe fundado en su conocimiento profesional para resolver una cuestión o tomar una decisión determinada. Es convocado poe el juez para ilustrarlo. No está obligado a presentar informe. Los infromes se clasifican en: 1. Constitución de hipotecas u otras garantías 4. sino puede pedir una prórroga. fotos. dibujos. pero no simultáneas. 2. Tanto el juez como partes pueden pedir aclaraciones. dentro de los 3 días de aceptación. negligencia. previa profundización del tema. pedir reconstrucción de hechos. idóneo en un tema. como penal( por no preentarse. El juez fija el plazo dentro del cual deberá cumplir su cometido. La recusación del PUO puede der por hasta un 4° grado de consanguineidad con alguno de las partes. Tiene una obligación de presentar su informe. Solicitud y otorgamiento del préstamo para construir. 5. puede o no contener gráficos. ley 257 + certificado. Para ser PUO se debe inscribir en el registro de los distintos fueros de los tribunales de justicia (civil. sus virtudes y sus deseo de adquirir la cosa. Causas para el motivo de las tasaciones en bienes raíces 1. Consultor técnico (perito de parte): convocado para alguna de las partes que asesora. El perito emite un peritaje (informe técnico de un experto o especialista en el tema y hace 3 copias de él. incumplimiento). 2. Se llama al perito de parte. pedir opioniones a academias especiales. El perito debe inspeccionar ocularmente. es decir es subjetivo. El informe técnico es entregado al comitente. Si se consideran bajos. Se podrá solicitar anticipo de gastos. Fijan un valo. Confección de inventarios 9. Cantidad de ambientes Proceso para realizar una tasación 1. barreras urbanas. Método separativo: se debe obtener el valor del edificio y del terreno principal. Hacer un condominio En toda operación inmobiliaria encontramos 3 precios: solicitado. Método comparativo. se toman 2 o 3 propiedades comparables. Si bien es mas laborioso en la ejecución es más seguro en los resultados. Determinación del valor del patrimonio de una persona. vida útil. Valores del mercado. Expectativa de vida: vida útil. efecto que prdouce el paso del tiempo en la construcciones (envejecimiento de la construcción y pérdida de su capacidad funcional) 3. Funcionalidad. Fos/fot e. Es de cálculo más directo y rápido. si fue reciclada. se tiene en cuenta para determinar el valor. va: valor actual Vr:valor de reposición R=valor residual vr-r=valor despreciable K=% de despreciación (se obtiene de tabla según el estado) ii. Extrínsecos: a. infraestructura c. 30 6. Indirecto: por cálculo de rentabilidad. del terreno con el edificio. Se buscan unidades semejantes al bien a tasar y se compara: 1. Tiene dos requisitos básicos: la adecuada decisión de las propiedades comparables y el análisis de las propiedades comparables y la ponderación de la información recabada (exhasutivo análisis. Ubicación en altura. orientación b. Estado de mantenimiento: si se hicieron reparaciones o no 3. Niveles d. edificios. Dimensiones. la renta anual que se podría obtener. Identificación del objetivo de la tasación . Factores a tener en cuenta para la tasación de terrenos 1. modificaciones 5. más preciso. de los comparables a. Comodidades: confort. conjunto). detalle de terminaciones 6. Método de tasación: se trata de considerar venas o locaciones de inmuebles similares a los que se debe tasar teniendo en cuenta los factores. geometría. Estado de conservación 4. Edad. dimensiones del terreno 8. carácter del barrio b. Hay una fómula del valor actual. 1. etc). Método del conjunto: obtener el valor en forma conjunta. Baldío/ con edificación a edificar 2. Equipamiento d. Comercialización: facilidad de comercialización 4. Red de servicios. Centros comerciales e. Directo: por comparación directo de antecedentes (de terrenos. Para edificios se divide en: i. zonificación. 8. Ubicación en planta 6. de oferta y real o de tasación. etc 2. barreras físicas Factores a tener en cuenta para los edificios 1. Estacionamiento: disponibilidad y calidad 5. Determinación del valor en alquileres de inmuebles 7. Intrínsecos: a. Calidad de la tierra y su subsuelo c. Se parte de unidades semejantes para determinar el valor. b. Calidad de la construcción: calidad y durabilidad. Características construcctivas 2. mantenimiento. Calidad de la ubicación: atributos de la localidad 7. Estimativa: el tasador estima segun experiencias anteriores y no se analiza tecnicamente 2. Seleccionar el método de valuación 6. Recopilación y análisis de información del mercado y la propiedad 4. Conclusiones y recomendaciones Categorías de las tasaciones: según el decreto 7887. 31 2. Verificar el mejor uso posible 5. Determinar bases de la tasación: bien en cuestión y la fecha de tasación 2. interdisiplinario. Extraordinarias: análisis exhaustivo. 4. Obtener datos generales 3. . Inspeccionar la propiedad yy sus alrededores. Método de los comparables – pasos 1. Obtener específicos de la propiedad y los comparables. Método de evaluación de los comparables 5. de arancel de los honorarios 1. Puede haber una actualización conjunta con otros profesionales. Supuestos y limitaciones a la tarea 3. además del análisis técnico se recurre a un análisis de precios y o mercado correspondiente a una época anterior a 5 años. Conclusiones y recomendaciones. Ordinarias: la apreciación del valor se funda en el análisis técnico detallado 3. máx 3 sesiones 6. Tipos de arbitrajes:  De derecho: los árbitros deben ser abogado. plazo para expedir. El mediador estará situado entre ambas partes. no pueden tener 4to grado de consanguineidad o 2° de afinidad con alguna de las partes intervinientes. es decir un acuerdo público. estructurado. La pericia arbitral tiene fuerza vinculante para el juez. Se trata de generar opciones entre las partes durante la sesión y alternativas entre las partes fuera de la sesión.  Privada: abogado mas un Co-mediador. Hay una estipulación de fondo (problema a resolver). sirven como antecedentes válido para eventual juicio. documentos). Acuerdo vinculante Desarrollo de la sesión: negociación colaborativa. pudiendo haber un profesional asistente y es obligatoria según la ley previa al juicio. donde se fijarán las normas que rigen el arbitraje . sino se ponen de acuerdo los árbitros se llama a un tercero y se forma un tribunal arbitral. proceso comunicacional que sirve para mediar entre dos partes que tienen un conflicto. Cooperación de las personas: y de los abogados 5. logrando así una propuesta y llegando a una aceptación. temperatura). dirigido por un tercero neutral (mediador) quien astúa facilitando la comunicación entre las partes. En lo posible evitar las mesas cuadras o rectangulares. La mediación judicial y privada son vinculantes. Presencia del abogado 8. Puede hacerla una persona que no sea abogado. pero solo en las mediaciones privadas puede comediar. sesiones conjuntas (ambas partes) o privadas (por separado) 7. tendría que hacer un curso de mediación y anotarse en el registro. Mediador: en juicio no puede ser testigo ni asesorar a las partes. funcionamiento. Protagonismo de las partes: las partes diseñan el acuerdo 4. se trata de llegar a los verdaderos intereses. Confidencial: el mediador no puede ser testigo de un juicio 3. se nombra a las partes intervinientes con sus datos y se pone que se decidió con la mayor precisión posible. Cada parte trae a su árbitro. Tipos de mediaciones  Judicial: solo están habilitados para mediar los abogados.  Privada-privada: no es vinculante como las anteriores. Sus condiciones son:  Neutralidad: no conocer a las partes  Paciencia y tolerancia:  Imparcialidad: las prestaciones que brinde deben estar equilibradas  Poder quitar carga emotiva  No hablar negativamente Características del proceso: 1. y luego irán los abogados. es mejor las mesas curvas. forma de pedir pruebas. miembro del tribunal. . Se comparan las opciones y se alteran. tener buen contacto visual y auditivo. y una de forma (lugar. Se falla según lo alegado y probado en primera instancia. Herramientas del proceso para el mediador:  Parafrasear: sacarle la carga emotiva a lo que digo para que la otra parte lo escuche  Hacer preguntas: abiertas. Se labra un acta por el tema del acuerdo. Se firma un compromiso arbitral. poner a uno en el lugar del otro)  Brainstorming El recinto es un lugar físico donde se lleva a cabo el proceso de mediación. Economía de costos: tiempo y poco desgaste. es el encargado de coordinar el proceso y no da opciones. 32 MEDIACIÓN / ARBITRAJE Resolución de conflicto: en la clausula final para solucionar los conflictos dice que primero se deberá ir a mediación y si no se resuelve se seguirá en el arbitraje y futuro juicio. Voluntario: las partes quieren resolver el conflicto 2. Es un procedimiento informal. circular (rollpal. Es apelable en segunda instancia en la cámara de apelaciones y ese es el falla inapelable. Arbitrajes: se rigen por el código de procedimiento en lo civil. Debe ser cómodo (luz. sino se logra acordar se va a un arbitraje de amigable composición y si se sigue sin estar satisfecho se va a tribunales a un futuro juicio. de resolución judicial. Mediación: mediación y conciliación. este es un fallo apelable. pone en existencia a un profesional existente (puede ser un arquitecto y comediar). cerradas (si o no). Flexibilidad: del proceso. Los únicos habilitdos para mediar son los abogados según consta en la ley de mediación. Si hay desacuerdo las partes puede someterlo a mediación privada. 33  De amigable composición: los árbitros pueden ser cualquier persona idónea en el tema a resolver. Laudan a su saber y entender y es un laudo inapelable. Se puede cursas un recurso de nulidad cuando se haya laudado fuera de término. . ética y propiedad intelectual. competencia y confrontación de calidades. Debe contener:  Quien promueve el concurso: datos. En arquitectura y construcción tanto el mejor proyecto como el mejor edificio se hacen por concurso profesionales. Bases de concursos: funciona como contrato de adhesión entre el promotor. asesores. Reglamento de concursos de arquitectura: instrumento mediante el cul están regulados los concursos. jurados. Asignan premios.clasificación:  Según tipo de convocatoria o Abierto: todos los que quieren pueden participar o Cerrado: se invita a determinadas personas a participar  Según definición y escala o De ideas: no se alcanza definición de proyecto. promotor  Programa de necesidades: objeto del llamado  Cronograma de fechas y plazos: asesor  Mecanismo de consultas  Condiciones que deben cumplir los concursantes de presentación  Fecha de cierre: acta de cierre  Fecha de adjudicación de premios . Organiza cronograma del concurso. resguardando la ética y la propiedad privada.  Jurado: dictamina quien. El reglamento establece el anonimato. organizadores: 35% del valor del concurso. jurados. y la presentación de las propuestas. organizador y concursante.  Concursantes: aceptan las bases sin posibilidad de cuestionamiento.2% del costo estimado de la obra a construir  Valor de los honorarios profesionales. necesita evaluar las propuestas  Organizadora (ej SCA): institución que organiza el concurso. pone a disposición instalaciones. No pueden transgredir ningún artículo del reglamento de concursos. organizador 7 veces el honorario de cada jurado. quienes gana. Concursos profesionales . pero el mejor precio es por licitación. igualdad.  Valor de los premios: 65% del valor del concurso.  Asesor: asesora a los concursantes sobre el programa. 34 CONCURSOS Concursos: se busca lo mejor: la oposición de méritos. garantizando igualdad de posibilidades para todos los concursantes mediante mecanismos de anonimatos es la presentación de las propuestas. Valores  Valores de los concursos: 1. Es habitual en los proyectos urbanos o De anteproyectos: su alcance lo define el art 45 del arancel de honorarios o De proyecto: el art 46 del arancel define todo lo implicado en esta etapa  Según jurisdicción o Regionales: la jurisdicción de los concursantes abarcan un conjunto de localidades o Locales: la jurisdicción de los concursantes es una única localidad o Nacionales: se convoca a todos los interesados en el territorio nacional o Internacionales: se convoca a todos los interesados en todas las nacionalidades Figuras/roles:  Promotor: tiene un programa de necesidades. El asesor 5 veces el honorarios del jurado. asesores. como doble sobre. Calificación de las empresas:  Capacidad técnica: los requerimientos más usuales son listas de obras realizadas. profesionals y técnicos con los que cuenta la empresa. Es una instancia para ofertar precios para ejecutar tareas.  Capacidaa legal y condición económico-financiera: los requerimientos mas usuales son: constancias que acrediten la capacidad civil para obligarse jurídicamente. tampoco se conocer a la EC. se conoce a la EC y toda la documentación está terminadad o Para unidad simple: el licitante (EC) solo oferta precio unitario. cómputo detallado. ejecución de la obra pública.  Según el tipo de obra o Obra pública: licitación pública. constancia de cumplimiento de exigencias oficiales. la EC deposita un 1% en banco nación del presupuesto oficial aprobado (funciona como garantía de oferta). previsionales. beneficio y precio total. toda la documentación terminada. lista de talleres y depositos. monto que el oferente deposita a favor del licitador como garantía de que mantendrá la oferta de precio. obligatoriamente pagada por el estado.  Fecha. contratación. herramientas. cómputo detallado. para obras públicas 1%. El proyecto puede estar definido o no. horario de apertura de sobres  Adjudicación de las trabajo. proyectos realizados. Se puede licitar para la obra pública mientras se esté inscripto en el registro nacional de constructores de obra pública. el licitador podrá implementar el doble sobre (en uno van las condiciones. o Para a coste y costas: el licitante solo ofertará un % de costas. indicadores de solvencia. rubros y o obra total. plantel de maquinarias. a todas las empresas interesadas en participar o Privada/ cerrada: se invita a determinadas empresas a ofertar. laboral. El licitador puede sugerir precios base. nómina y un segundo sobre con la oferta). Procedimiento mediante el cual un comitente pretende evaluar ofertas de precios para la ejecución de su obra. el licitador podrá implementar mecanismos. sino un cómputo detallado y no toda la documentación. El proyecto está definido. Para obras particulares: 1%-5% del precio de la oferta. El anteproyecto no está terminado. 35 LICITACIÓN Licitación: concurso de precios. Bases de licitación:  Pliego de cláusulas generales  Pliego de cláusulas específicas  Datos del licitador  Ubicación de la obra  Tareeas a ejecutar y sistema de ejecución. contratación  Lugar donde comprar o retirar bases  Garantía de mantenimiento de ofert. antecedesntes de la EC. declaración patrimonial y disponibilidad de bienes. pero no se conoce a la EC. constancias que acrediten la representatividd del firmante. o Para unidad de medido: el licitante (EC) oferta precio unitario.064: regula la licitación pública. lugar. Recomendaciones de CPAU para licitantes . impositvias. si no se deposita en los plazos establecidos en las bases se desestima la oferta. El proyecto está definido. Para confección las bases hay que tener en cuenta:  Escala del edificio y definición  Etapas del proyecto en la que se encuentra el proyecto  Tiempos y o plazos requeridos por el comitente  Privio conocimiento de empresas constructoras o no  Capacidad financiera del comitente  Envergadura de la empresa constructora  Sistema de ejecución o Para ajuste alzado: el licitante (EC) debe ofertar el precio unitario y precio total. no es necesario toda la documentación terminada. Tipos de licitación  Según el tipo de llamado o Pública/abierta: se convoca mediante medios más comunicación.  Ley de obras públicas 13. 36  Adjudicación directa: única empresa. relación previa con el comitente y empresa.  Calificación de la empresa respecto a la capacidad técnica y a la capacidad legal y condición ecnómica financiera. vigencia obligatoria a reducir los procedimientos de licitacion.  Convocatoria. empresa y comitente asociados en la construcción y venta de la obra. . cuando no existan otras que cuenten con la tecnología requerida. con fechas idénticas para todos los interesados  Recepción y apertura de las propuestas para la presencia del comitente. arquitecto y para el control de las propuestas que cumplan con los requerimientos. Hay imprudencias.  De suelo: error en la decisión tomada. a a pesar de que el error haya sido cometido por un calculista ajeno al estudio. Se demanda a las dos partes. no hay responsables. discernimiento y voluntad o dolo. Responsabilidad civil: resarcir el daño causado por actos ilícitos. Es decir que se pagan los daños (destrucción de los bienes. imperiacia. La responsabilidad de este vicio es tanto civil (por los daños producidos) como penal (encarcelamiento por acidente o muerte de terceros)  De construcción: materiales. Cuando se deja de realizar un hecho que era necesario para evitar consecuencias perjudiciales. imperfección. la reparación del agravio moral ocacionado a la víctima. culpa o negligencia. dirección de obra: por no ejercer bien el contrato. 37 RESPONSABILIDADES Unidad 8 Responsabilidad: carga jurídica de afrontar las consecuencia derivadas del incumplimiento de una obligación moral o material sobre los efectos que causa el profesional por error o negligencia. pérdida patrimonial) y perjuicios (ganancia lícita que deja de obtenerse). es necesario que haya actuado con culpa o dolo. Es el deterioro total o parcial que compromete la estabilidad de la cosa. negligencia. Existe un plazo de 10ños y prescribe al año después de denunciarla. indemnización de pérdidas e intereses. o Extracontractual_ sobre terceros ajenos al contrato original (vecinos). La responsabilidad del arquitecto no está afectada por algún error en el ensayo. La obligación primaria es mantener el edificio en pie.  Por culpa: cuando se produce el hecho cuyas consecuencias perjudican pudiendo ser previstas. Responsabilidad administrativa: por incumplimiento de las obligaciones de normas policiales a través del gobierno de la ciudad y organismos de seguridad. Habrá responsabilidad por incumplimiento del contrato (contractual) por un cuasidelito o por un delito (extracontractual) o Responsabilidad contractural: es durante el transcurso de la obra.  Redhibitanos: prescribe a los 3 meses de vendida la cosa  Ocultos: se conceden 60 días al propietario para que los denuncie a partir del momento en que se hacen visibles. Tipos de responsabilidad 1. Puede ser por:  Delito: ilícito intencional  Elemento subjetivo: es voluntario: requiere intención. 2. El arquitecto sería responsable por la ruina. Hechos de la naturaleza y los de fuerza mayor (hechos del hombre: guerra. 3.  Por casofortuito: aquel que no ha podido preveerse o que previsto no ha podido evitarse. hay una garantía poscontractual.  Elemento objetivo: tiene que haber un daño causado  Cuasidelito: daño causada por imprudencia. Si es inminene es condenable. pero la empresa constructora es responsable de todo vicio de ejecución. ya que si bien su misión es llevar a cabo las indicaciones en los planos. se demanda a ambas partes y deriva de un incumplimiento del contrato. Es responsabilidad de todo arquitecto reuerir el estudio del suelo. puede ser durante o después de terminada la obra. alguno de . La empresa constructora tiene menos responsabilidad que el arquitecto. Responsabilidad penal: se castiga la tentativa de cometer un delito. omisión o por comisión por omisión.  Por mora o Poscontractual: a partir del acta de recepción definitiva de una obra hasta 10 años por ruina o vicios de obra. ya sea por comisión. sino $ como sanción resarcitoria. si no se cumple.  Por ruina: acción de caer o destruirse una cosa. por ser una ruina parcial o ruina total. No hay responsabilidad. si ocurre por vetustez por exceder la vida útil. no puede dejar de ver los errores que en ellos aparecen.  Vicios de obra: defecto.  Aparentes: redibida la obra el empresario quedará libre por vicios aparentes y no podrá luego oponerse la falta de conformidad del trabajo con lo estipulado. dado que tieen la obligación de revisar. En caso de los defectos ocultos tendrá el dueño 60 días para denunciarlos a partir de sus descubrimiento. mano de obra. mala calidad o daño físcio en las cosas  De planos: errores en la documentación. reposición de las cosas a su estado anterior si fuera posible. prescribe a los 2 años. impericia.  Por negligencia: sin intención de daños. La responsabilidad penal que incurre el profesional está en directo de que éste cometa. negligencia o culpa. actos de gobierno). sera punitiva (inhabilitación) o pena (privación de la libertad) 4. Sanción de las partes. imprudencia o impericia o inobservancia de los reglamentos o deberes a su cargo causare a otro daño en el cuerpo o salud.  Aquel que hiciera desaparecer cualquier cosa mueble o inmueble total o parcialmente ajeno. La sanción. Las consecuencias perjudiciales pudieron ser previstas. producir el daño Delito de comisión por omisión: norma violada no es una norma positiva. La entrega provisional libera al constratista de la responsabilidad por vicios aparents. Elemento objetivo. no requiere la inteción de dañar. Acto ilícito: voluntario. 15 días a u n año de prisión Descargo de la responsabilidad: por caso fortuito o fuerza mayor. Dolo: conocimiento e intención de cometer el deito. impericia. voluntad de dañar. Acto ilegal Delito: elemento subjetivo. En este momento terminan las relaciones contractuales y nacen las poscontractuales. El arquitecto puede ejercer el derecho de retenci+on sobre diversos planos que den origen a sus honorarios. de los bienes o del Estado. es la facultad acordaba al tenedor de la cosa ajena a conservar la posesión hasta el pago de lo debido por razón de la cosa misma. abuso de confianza o aparentando bienes. La ley determina un plazo de 10 años de garantía poscontractual. así será nulo. falsos títulos. auqneu no lo libera de aquellos vicios que causen la ruina total o parcial del edificio. delito cometido por imprudencia. multa de $1. *Una vez finalizado los trabajos el contratista solicitará al DdO que inspeccione los vicios aparentes para luego firmar la acta de recepción provisoria. dejando establecida en ella la conformidad. Prisión de 5 a 10 años  Aquel que por negligencia. hecho de un tercero por el cual no se debe responder. Vicios dolosos:  Comitente: o Exigencia de utilizar materiales inadecuados o Negación de tomar las medidas de seguridad en obra .500 e inhabilitación especial  Aquel que defraude a otro con nombre supuesto. Si el contratista realiza la entrega provisional cesa el derecho de retención. influencia mentida. 1 mes a 6 años de prisión  Aquel que abusare de necesidades o inexperiencia de un menor o incapaz para hacerle firmar un documento. pero si la de responsabilidad de no cumplir. imprudencia o impericia o inobservancia de los reglamentos o deberes a su cargo causare a otro la muerte. La ley determina unb plazo de 10 años como garatía contractul. Si el comitente quiere reponer una idea contraria a las reglas del arte y se ofrece para él hacerse cargo. negligencia. por imprudencia. Es necesaria la exisntecia de una deuda por razón de la misma cosa. intención. discernimiento y voluntad. no resarcitoria. Responsabilidad ética: propia del ejercicios de los profesionales liberales. Cuasidelito: elemento subjetivo. Prisión de 2 a 6 años  El empresario o constructor de una obra o vendedor de materiales que cometiere un acto fraudulento capaz de poner en peligro la seguridad de las personas. prescrbiendo al año el derecho de denunciar la ruina. impericia. negligencia o culpa y un elemento objetico. es un acto voluntario. Negligencia: sin intención de dañar se deja de realizar un hecho que era necesario para evitar consecuencias perjudiciales. contrado en el daño realizado. durante la obra puede ejercer este derecho demorando los trabajos por falta de pago de honorarios. calidad simulada. De los vicios aparentes el empresario queda liberado si la obra es recibida en confromidad y por los vicios ocultos se conceden 60 días al propietarios para que los denunie a partir del momento en que se hacen visibles. Código penal  Aquel que por negligencia. Responsabilidad fiscal: impuestos pagos y sino se sancionará por no pagarlos 5. Recepción definitiva: vencido el plazo de garantía se debe realizar una nueva inspección comprobando el correcto funcionamiento de las instalaciones. La responsabilidad se extenderá al proyecista. Delito culposo. Prisión de 2 a 6 años. 38 los delitos tipificados por el código. DO y contratista. Prisión de 1 mes a 3 años. sino negativo (ej: madre mata a su hijo al no amamantarlo) Estafa: el perjuicio patrimonial causado a una persona a través de un engaño o ardid. El contratista es el responsable de la inobservancia de las disposiciones municipales y policiales y de los daños que causen a los vecinos. los trabajos quedarán recibidos dejando la constancia en el acta de recepción definitiva. De los vicios aparentes el empresario queda liberado si la obra es recibida de conformidad y de los vicios ocultos con la recepción definitiva. Es una prenda que autoriza al acreedor a retener la cosa del deudor mientras no se le pague. Si el comitente incumpliera en su obligación de pago el contratista tiene el derecho de retención. Culpa: sin intención. prescribiendo al año el derecho de denunciar la ruina. 39 o Mal mantenimiento del edificio o Trabajo posteriores que pongan en peligro  Empresario o Fraude en la calidad de los materiales o Deficiencias en los trabajo que quedan ocultos  Arquitecto o Consentimiento de vicio en plano. suelo y dirección .  Mala fe de ambos: se toma como si fuera buena fe del edificado o Material ajeno en terreno ajeno: el dueño de los materiales solo puede pedir indemnización al dueño del terreno quien adquiere la propiedad a los mismos Otras invasiones: del espacio aéreo o subterráneo. al que el edificio tiene que reparar el daño  En forma total: casos: o Material ajeno en terreno propio: se evita la demolición. quien edifica adquiere la propiedad pero debe pagar. adherencia. Tipos de edificación en suelo ajeno:  En forma parcial: principio reinvindicatorio. vender el terreno. . puede pedir demolición. no destruir lo hecho. El dueño del material puede pedir que se los devuelva. siembra Edificación en suelo ajeno: son pequeñas invasiones de terreno por error del primer edificante. construir condominio. 40 EDIFICACIÓN EN SUELO AJENO Edificación en suelo ajeno: dentro de códigos de fondo Formas de adquirir el dominio (eldominio es un derecho real por el cual una cosa se encuentra sometida a la voluntad y acción de una persona)  Accesión: cuando una cosa mueble o inmueble acrece a otra. no demoler. reparar el daño y reintegrar el valor de los ejecutado. o Material propio en terreno ajeno: se intenta evitar demolición  Si actúa de buena fe: si tiene un predio lindero se confunde. o Formas de accesión:  Por aluvión: tierras ganadas por acumulación o por retiro de aguas  Por avulsión: apropiación de elementos llevados por la fuerza del agua de ríos o arroyos  Por adjunción: 2 cosas inmuebles pertenecen a distintos dueños y se unen formando una única cosa.  Por edificación y plantación: edificación.  Si actúa de buena fe: paga materiales  Si actúa de mala fe: paga materiales. Dentro del terreno puede pagar construcción y quedarsela. daño y perjuicios.  Si actúa de mala fe: dentro del terreno puede: pagar mano de obra y materiales y adquirir lo construido. Plantea tratar de salvar el interés social de los construido. de recobrar. Interdictos:  Caducidad: 1 año a partir de producidos los hechos ( de retener.  Para impedir una nueva obra: interdicto de obra nueva o Si comenzó una obra que afecte al inmueble lindero o No debe estar ni pronta a finalizar ni finalizada. La denuncia puede ir acompañada por informe técnico de un profesional.  Por oposición a la ejecución de las reparaciones urgentes: cuando deterioros. no ser el dueño de la cosa (ej: el contratista tiene la tenencia de la obra y la pierde con la entrega del acta de recepción provisoria) Tipos de interdictos:  Para adquierir la posesión o la tenencia: interdicto de adquirir o Presentando título suficiente para adquirir la posesión o tenencia o Que nadie más tenga título de dueño o poseedor de la cosa o Que nadie sea poseedor de la cosa o Ej: alguien recibe una propiedad por herencia. de obra nueva=  Juicio posterior: no impedirán el ejercicio de las acciones reales ( de retener. de recobrar. La resolución del juez es inapelable. averías producidas en un edificio o unidad ocasionen grave daño a otro y el ocupante del primero se opusiera a realizar o a permitir que se ejecuten las reparaciones necesarias para hacer cesar la causa del perjuicio. denuncia por daño temido. Resuelven de forma inmediata posesión y tenencia. de adquierir)  No procedeen contra el estado sobre bienes de dominio público de la nación. 41 INTERDICTOS Interdictos: medida rápida de una resolución para mantener el orden y la seguridad del municipio. de las provincias o de los municipios. invaden el terreno lindero  Para recobrar la posesión o la tenencia: interdicto de recobrar o Quien lo intente tenía la posesión de la cosa pero fue despojado o El juez va a examinar la prueba del despojo y la fecha. Posesión: dominio sobre la cosa y la somete a su voluntad Tenencia: reconocer en otra la propiedad sin intención de quedármela. . y esta ocupada o tomada  Para retener la posesión o la tenencia: interdicto de retener o Quien lo intente debe ser dueño o poseedor de la cosa. o Alguien debe amenazarlo con perturbar o perturbar en el bien mediante actos materiales o Ej: bases de la obra nueva. El juez puede dictaminar que se entre con fuerza pública. Denuncia:  Por daño temido: quien tema que de un edificio de otra cosa derive un daño grave e inminente a sus bienes puede solicitar al juez medidas de seguridad. el trabajador dispondrá del fondo.000 Régimen laboral de la construcción El trabajo en la construcción establece una modalidad de indemnización con un fonde de cese laboral. . Esto excluye al personal directivo. Brindan:  Cobertura integral y obligatoria a todas las empresas públicas y privadas que cuentan con empleados en relación de dependencia. Por cualquier causa que justifique el cese de la relación laboral. con un uso obligatorio. La tarjerta del ieric es el documento obligatorio expedido por el IERIC.los objetivos son:  Proteger al trabajador frente a las contingencias del trabajo  Fomentar el trabajo seguro con la cultura de la prevención  Fiscalizar y controlar el funcionamiento de la ART ART – asegurado de riesgo de trabajo: entidades operativas privadas encargadas de evaluar los riesgos de trabajo. Están sujetos a la reglamentación el comitente. El decreto n°911/96 regula la actividad de la industria de la construcción en argentina. monotributista  Impuesto a las ganancias  Impuesto a los ingresos brutos (en caba solo EC)  Impuesto sobre bienes personaes Cuadro de impuesto IVA GANANCIAS INGRESOS BRUTOS BIENES PERSONALES Proyectista CABA: excento Bienes a nombre del o DdeObra Facturación anual A partir de $72. coordina. los contratistas (pueden redactar su propio plan de seguridad e higiene). donde se vuelcan los datos del trabajador. SRT – súper intendencia de trabajo: organismo que planifica.000 anual ingreso contribuyente superen $300. recalificar y recolocar. su fecha de inscripción.000 PBA: a partir del 1° contribuyente que mayos a $72. permanentes o por un plazo (impuesto a los autos)  Indirectos: nacional o provincial (impuesto sobre ingresos brutos) Ejemplos:  IVA: responsable inscripto. Es un aporte obligatorio a cargo del empleador que se realiza desde el comienzo hasta el cese de la relación laboral. mejorar la actividad. repara daños. contratos anteriores. Tanto el empleador como el trabajador se benefician. establece las condiciones de medio ambiente y trabajo. organiza. en términos de prevención y reparación. SEGURIDAD E HIGIENE Seguridad e higiene en obras: su objeto es prevenir.000 bimestral Empresa Al inicio de su Al inicio de su Al inicio de su Al inicio de su constructora actividad si los bienes actividad actividad actividad (CABA y PBA) superan $300. Las normas generales son:  Orden y limpieza de la obra  Protección contra caída de personas u objeto  Trabajo en la vía pública  Señalización en la construcción  Instalaciones eléctricas y su puesta a tierra  Prevención y protección contra incendio  Equipos y elementos de protección personal. controla y evalúa sistemas de prevención y reparación de daños ocasionados por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. 42 IMPUESTOS Impuestos  Directos: de orden nacional. El Instituto nacional de estadística y registro de la construcción (IERIC) es el ente jeráquico encargado de aplicar la ley 22250 y de controlar la inscripción de cada trabajador. Se deposita en una autoridad bancaria autorizada dentro de los 15 días del mes siguiente a aquel en que se pagó el salario (8% del sueldo). los trabajadores y el director de obra que es quien firma los planes. técnico profesional y jerárquico como el director de obra. Negociación: que servicios y cuales son los honorarios. defensa de valores o ONG o Exentos de IVA  Comerciales o De hecho: 2 o + personas o S. significa promocionarse y vender. Siniestro: daño sufrido por una persona o un bien Riesgo: probabilidad de que ocurra un siniestro. Seguro patrimoniales: afectan a los bienes de las personas y tienen carácter indemnizatario. cumplimiento de objetio. 43 SEGUROS Seguros: garantía contra un daño inevitable e imprevisto destinado a repara materialmente las consecuencias del daño. Hay seguros sobre las personas por salud. SOCIEDADES Sociedades  Civiles: asociaciones/fundaciones . MARKETING PARA ARQUITECTOS: TÉCNICA PARA CAPTACIÓN DE TRABAJO. es un % del contrato. Seguros para las personas: afectan a las personas cubriendo riesgos como muerte. web. Contrato: se recomiendan redactar carta de acuerdo. invalidez. El contratista está obligado a rehacer los trabajos. Seguimiento telefónico: para conseguir entrevista. Marketing para arquitectos: técnica para captación de trabajo. Y segundo hacer propuestas de trabajo. . de vida obligatorio. accidentes personales. 9. Puede ser negativa por que el comitente lo quiera postergar. para dejar por escrito todo lo que se acordó a lo largo de las reuniones. DEMOSTRARSE IDÓNEO.A. fotos. a su cargo. Envíos 6. carpetas. 2. especialidades. Estrategias de promoción: ser distinto. de accidentes de trabajo. de vida. cumplir con plazos. ofrecer gremios competitivos. Póliza: prueba documental del contrato entre el asegurado y asegurador. no para vender 7. presupuestos. que no cumplan con lo requerido en los pliegos. Involucrarse con las personas.: requisitos formales de derecho o Disolución: decisón. Los % de los montos se descuentan en el momento de los certificados y son liberados recién cuando se firma el acta de recepción definitiva. etc) 5. 8. SIGNIFICA PROMOCIONARSE Y VENDER .sus fondos provienen de cuotas de asociados o Sin fines de lucro o Act de investigación. Diseño e impresión de folletería (tarjeta. quierba o fusión. demostrarse idóneo. 1. mail. Que servicios puedo ofrecer y a quienes: estudio de mercado y su subdivisión.R. Plazo de garantía: intervalo de tiempo entre el acta provisoria y el acta de recpeción definitiva. Entrevistas: primero presentar como profesional. o porque quiera revisar números.L.: requisitos formales de derecho o S. Proyecto de marketing 3. cumplió el plazo de contrato. Seguro de caución: garantía o aval que una persona ofrece a otra para segurar el cumplimiento de un contrato. buena primera impresión 4. escuchar y hacer preguntas. Prenda 7. Hipoteca 6. Uso y habitación 4. Puede ser: o Legítima: el ejercicio del derecho real según conforme al código o Ilegítimo: cuando se tenga sin titulo o por título nulo.  Fuera del comercio: ej: una familiar dona al estado una casa. No debe perder su escencia. Superficie forestal Clasificación:  Sobre la cosa propia: o Dominio-condominio o Superficie forestal  Sobre cosa ajena: o Usufructo o Uso y habitación o Servidumbre o Hipoteca o Prenda o Anticresis  De garantía o Hipoteca o Prenda o Anticresis  De difrute o Dominio-condominio o Usufructoi o Uso y habitación o Servidumbre o Superfice forestal Conceptos:  Posesión: cuando una persona tenga algo bajo su poder con intención de tenerla. ej: jardín  Dentro del comercio: lo que puedo comprar-vender.  No divisble  Principales: existen por sí misma. a diferecnia de los derechos personales que pueden llegar a ser infinitos y son el vínculo que relaciona a dos personas. debo conservarla y responder a los daños. ej: casa  Accesorias: depende de otra cosa o están adheridas a las principale. Servidumbre 5. por buena fe: se ignora el vicio. formando cada una algo homogéneo. Son 8 derechos reales. Usufructo 3. ya que no puede ser vendida. ej: dinero  no fungibles: ej: obra de arte  Consumibles: su existencia termina luego de su primer uso  No consumibles  Divisible: sin ser destrucción se pueden dividir en porciones reales. puede ser un inmueble (se encuentra inmovilozada ej: casa) o mueble (puede ser transportar de un lado a otro ej: auto). Dominio-condominio 2. reconocer un señorío superior. hasta que se pruebe lo contrario  Tenencia: tiene el uso de la cosa. está fuera del mercado. 1. . pero reconocer en otro la propiedad. no existe intención de dominio. Implica el pleno ejercicio del derecho de la propiedad. Anticresis 8. 44 DERECHOS REALES Unidad 4 Derecho reales: facultades que tiene una persona sobre una cosa. Se pueden clasificar en:  Fungibles: aquellas que pueden ser sustituidas por obras de la misma especie o calidad. Tengo derecho a retener. Por mala fe: se conoce la ilegitimidad. 5. derecho real de propiedad que se extiene a cualquier objeto del patrimonio (mueble-inmueble). 4. Percepción de los frutos: cuando una cosa genera otra. 45 1. Sucesión: transmisión del dominio por fallecimiento. de ser posible volver la cosa a su estadio unicial puede pedir indemnización cuadno la transformación fue hecha de buena fe y a indemnización y acción criminal cuando fue de mala fe. Derecho real en virtud del cual una cosa se encuentra sometida a la voluntad y acción de una persona. Disponer o servirse: puede hacer lo que quiera con su propia voluntad. Ej: pagar impuestos por casa ajena por 10 años Formas de extinción: 1. El lucro de los frutos es para el usufructuante . Prescripción: adquisitiva. b. Imperfecto: cuando el dominio está gravado por algo. Dominio: a. restitución de cosa por titulo viciado de nulidad) 1. Transmisión judicial (expropiación. Extensión de la propiedad: se extiende a accesorio 8. Abandono 5. Formas de adquisición: 1. Facultades: obligaciones de disponer. alquilar. Dispone de habitar o impedir el uso de un tercero. Puede vender lo que producen en el terreno) de una cosa cuya propiedad pertenece a otra.si soy dueño del árbol. Usufructo: derecho real de usar y gozar (obtener frutos. 7. sentencia judicial. 2. 4. Exclusivo: solo el propietario dispone del dominio (difiere del condominio). Con división forzosa: cuando se aplica a cosas accesorias indispensables para el uso común de 2 heredades de distinto dueño. Clasificación: 1. Sin división forzoza: cuando la cosa puede ser divisible 2. Transformación o especificación: creación de un objeto sobre materia prima ajena. Accesión: cuando una cosa se extiende por adhesión natural o artificial. hacer y goce 5. 3. Destrucción de la cosa 2. Enajenación (venta) 6. Presunción de propiedad del dueño del terreno: todo lo que está adherido al terreno es de su propiedad 7. por mero paso del tiempo. Condominio: derecho real de propiedad que pertenece a varias personas por una parte indivisa sobre una cosa mueble o inmueble. El dueño de la material. Único derecho real al que se le puede superponer un derecho real : sería un dominio imperfecto Características: 1. (medianería: no se puede dividir sin perder su esencia) Formas de adquisición:  Escritura/contrato  Sucesión  Por ley: medianería Formas de extinsión (idem dominio)  Destrucción de la cosa: demostrar que es mas costoso construir que demoler la cosa  Consumo  Colocación fuera de comercio  Abandono  Enajenación  Transmisión judicial 2. 2. Apropiación: aprensión de la cosa sin dueño o abandonado por éste. el dueño de la primera es también dueño de la segunda. c. Espacio abierto: se extiende a su profundidad y espacio aereo 6. soy dueña de los frutos. Perpetuo: hasta que no lo venda no cesa el dominio. Tradición traslativa de un dominio: entrega de una persona a otra. Propietarios o condominio. Consumo 3. 6. 3.b. con tal que no altere su esencia (usar la cosa como si fuera propia). Colocación fuera del comercio 4. no puede cambiar la forma de la cosa. Se extingue por ley.  Accesoria: aquellas que son indispensables para poder ejercer una servidumbre. 4. Dominante: aquel a cuyo beneficio está constituida la servidumbre. las del titular de derecho tiene la obligación de ejercerla de acuerdo al uso publico determinado e indemnizar al propietario. ii. Hace que el dominio sea imperfecto. ej: servidumbre de vista. ej: antenas de luz en el campo. Derecho de habitación: uso de la cosa y utilidad de mora en ella.  Divisible: susceptible de división sin afectar su esencia. Obligaciones del propietario son la de no hacer y la de dejar hacer. queda como fiador de los daños. Servidumbre personal: cuando la servidumbre se constituye en utilidad de alguna persona determinada. no es para el que los usa. pescar. el interés satisface no es privado. Clasificación:  Continuas: Real. Él puede hacer mejoras al bien. conservando la sustancia de ella o de tomar los frutos ajenos. dominio imperfecto.  Administrativa: cuando el inmueble está sometido a satisfacer el bien público. Derecho sobre cosa inmueble ajen. b. Tipos de servidumbres (nombradas en el codigo civil):  De paso/tránsito: impuesta a las heredades contiguas al predio encerrado. a. usar la cosa como si fuera propia. Uso y habitació: derecho real que consiste en la facultad de servirse de la cosa de otro. 46 Constitución: contrato + actos de últimas + por ley + poca prestación Usufructuario: debe hacer inventario de todo lo que está adentro. sino público. un acto administrativo y un hecho administrativa. El lucro de los frutos. Se constituye por la ley. Se limita el dominio. su continuidad depende de un hecho actual del hombre.  Positivas de dejar hacer: predio sirviente permite el ejercicio de la servidumbre  Negativas de no dejar hacer: impide al predio sirviente ejecutar actos u obras que impiden el ejercicio de la servidumbre  Principal: su característica la define como única. eh: recoger piedras  No divisible: de dividirla pierde su esencia. Clasificación: personal. Está compuesto por un inmueble privado y un uso público. Sirviente: aquel sobre el cual se constituye la servidumbre (personal o real). no puede hacer nada que restrinja el derecho del usufructuario. lo que sea necesario para las necesidades del usuario y su familia. acueducto  Discontinuas: personal. discontinua o no aparente. desafectación. ej: servidumbre de paso  Aparentes: se enuncian por signo exteriores. Servidumbre real: derecho establecido (fijado) al poseedor de una heredad sobre otra ajena para su utilidad.  Legal: se determina por disposición judicial. Se extingue por la muerte de la persona física o a los 20 años si es persona jurídica. Propietario: debe entregar la casa con sus accesorios. Formas de extinsión (idem dominio + fallecimiento del usufructuante)  Destrucción  Consumo  Colocación fuera del comercio  Abandono  Enajenación  Transmisión judicial  Muerte del usufruntuante 3. su continuidad no depende de un hecho actual del hombre. ej: puerta  No aparentes: no se manifiestan por ningún signo. ej: prohibición de elevar un edificip a una altura determinada.  Forzosa: condición del predio sirviente para ejercer la servidumbre. vencimiento del plano contractual. a. Servidumbres: derecho real perpetuo o temporario sobre un inmueble ajeno permitiendo usar de él o ejercer ciertos derechos o impedir que el propietario ejerza alguno de los suyos. depósito bancario. Todo propietaria de un inmubele quue no tenga comunicación con la vía pública por estar encerrado entre predios puede pedir servidumbre de paso.  De vista: real.  Onerosa: se exige una contraprestación por su uso  Gratuita: no se exige ninguna contraprestación por su uso. Se supone 2 inmuebles/heredades/predios: i. pagar impuestos públicos. continua . Ej: cazar. es deudor conserva el derecho de propiedad. principal. Para evitar entrar aguas por heredades ajenas a favor de otra heredad para cultivo. Clasifiación: personal. pero no puede ser propietario mediante cancelación del crédito. Si no se explicito el tiempo y modo se entenderá que va a ser de dia y en las horas convenientes. goce y disposición jurídica de la superficie de un inmueble ajeno pudiendo forestar o silvicultivar (cultivo de bosques) y hacer propio lo plantado o lo ya existente. Es indivisible (cada condóminio está obligado a la deuda). continua. Poniéndolo en posesión de un inmueble con autorización de percibir los frutos sobre intereses debidos y si sobran capital adelantado. Se establecen por contratos onerosos. la empresa que gana constituye la obra y luego recupera el capital invertido con el cobro del peaje. plantaciones o para un pueblo. Tiene una duración de 50 años máximo. en la que puede ser comprador. Derecho real constituido en seguridad de un crédito (préstamo de dinero) sobre los bienes inmuebles. Se extingue cuando sobra el total de la deuda. gratituos o traslativos de propiedad. Prenda: derecho real constituido en seguridad de una deuda entregando al acreedor una cosa mueble o crédito en segunda garantía que conste de un título.  De sacar agua: supone derecho de pasar para sacar agua de pozo. el acreedor puede exigir la venta del inmueble a través de una subasta. 2° capital empleado. . de paso. Si el deudor no cumpliera con su obligación. Se adquiere por contrato: ej: se llama a licitación para hacer autopista. predios. 8. discontinua. aparente. 47  De acueducto: no se puede para casas. no aparente. En favor de otra heredad que carezca de las aguas necesrias. La hipoteca se constitue por un contrato a través de una escritura pública inscripta en el registro de la propiedad inmueble. de los techos vecinos. Hipoteca. Se constituyen por:  Por contrato  Por disposición de última voluntad  Por prescripción. Anticresis: derecho real concedido al acreedor por el deudor o un tercero por él. Se extingue por:  Pago total de la deuda. continua y aparente. cuando son continuas durante 20 años  Por disposición de la ley  Por ordenanza adminisrtativa Se extingue por:  Por resolución del derecho que los había constituido  Por vencimiento del plazo acordado  Por renuncia expresa o tácita del propietario del predio dominante  Cuando no tiene mas objeto para el predio dominante  Por el no uso durante 10 años  Confunsión entre predio dominante y sirviente  Por la reunión en la misma persona de los predios 5. La prenda puede ser simple (se entrega en garantía de un crédito) o con registro (gravada en el registro nacional como auto) Se extingue por:  Pago total de la deuda. constancia en la escritura y debe ser registrado. Clasificación: real. 6. Se cobra 1° intereses por la plata empleada. Clasificación: real. Superficie forestal (no está mas en el código): derecho real sobre cosas propias que otorga el uso.  De minería  De recibir agua de predio ajeno: es pastica. secundaria. préstamo  Renuncia por escrita del acreedor  Cuando pasan 20 años del día de inscripción en la escritura  Confusión entre deudor y acreedor. préstamo  Renuncia por escrito del acreedor  Cuadno pasan 20 años del día de inscripción en la escritura  Confusión entre deudor y acreedor 7. menores a 1 hectárea. que continúan en poder del deudor. es necesario ser porpoietario del inmueble. No trasparentes. Las aberturas que allí se encuentren pueden ser solamente para ventilación. Respetar todos los derechos de sus condominios. Derechos de medianería: deben abonarse desde el momento en que se hace uso específico del muro por parte del otro vecino. todo el espesor. 8. 20 cm de las rejas. Si uno de los edificios tiene subsuelo y otro o. el título es considerado superior al signo. por que pierde su esencia) y que afecta a las cosas accesorias indispensables para el uso comun de dos heredades de distintos dueños.30 o 0. siendo el valor computable el de la fecha de reclamación. 48 Variantes del derecho real de condominio Medianería: derecho real de condominio constituido por disposición de la ley. A readquirir los derechos de medianería 5. A suprimir aberturas.40m (se adquiere del muro. A abrir ventanas o troneras en él. Hacer un muro implica el concepto de:  Apoye: ambos usan sus 15 cm para apoyarse (muro encaballado)  Arrime: construcción separada no más de 1 metro. no a las personas. Obligación de los condominos: 1. que lo ejercen las personas a través del titulo de su dominio. pero la fundación está en condominio.30 a 0. Produce la condición jurídica de compra obligatoria y venta forzosa. Extinción de los derechos . salvo pruebas de lo contrario como: instrumentos públicos (escritura). 2. plástico o cualqueir material transparente con un espesor no menor a 5mm. de espesor no menor a 5mm. 9. A abandonar o renuncia a los derechos 4.(en el muro privativo a 1. instrumentos privados. Si un título establece medianería y los signos evidencian que nunca exisió tal condición.80 m de altura del piso que se requiere iluminar. Eje divisorio de predio EDP: eje virtual que indica hasta donde llegan los respectivos derechos de propiedad y que sirve para restringir los mismo a una magnitud. todo el largo que necesite. toda la altura hasta el edificio mas bajo o 3 metros exigido por el codigo civil como altura mínima de cerramiento forzoso. puede der de vidrio. huellas. se produce un corrimiento definitivo del eje.  Cercas  Cercos vivos  Fosos  Alambres  Arboles (en el paro pertenecen a ambos propietarios. Derechos de los condominios: 1. Extensión de la medianería: por encima de la medianería. no pueden talarse sin permiso del otro. y si se caen pertenece al dueño del terreno en el que se cayeron. A servirse del muro para todos los usos a los que se destin{o según su naturaleza.. Muro encaballado: se ubica encaballado sobre un eje divisor de predios. o sea que pertenecen a un solo propietarios Muro medianero: tras la adquisición de los derechos de medianería pasan a ser muros medianeros. el muro se considera privatico. Condición jurídica: para ejercer el derecho de medianería es necesario ejercer el derecho de dominio sobre el predio. Contribuir a gastos de mantenimiento y de reparación 3. A darle mayor altura 3. A abrir armarios o nichos aún pasando el muro medianero.80 de añtura. Prescribe a los 10 años. Lo principal es la casa. No está pegada. por signos materiales. A reconstruir el muro 2. sin perjudicar al vecino o al muro.45 (min y Max) DIBUJO Muro contiguo: muro constituido sobre un solo predio.15m) DIBUJO Muro privativo: es la primera construcción los muros son privativos. el muro del subsuelo es privativo. A obligar a su vecino a conservar y mantener el muro medianero en buen estado (ambos estpan obligados) 6. luces y toda obra incompatible con la medianería siempre que el lindero edifique. lo accesoria es el muro. Materialización  Muros de 0. pero sigue siendo usada (muro encaballado)  Cerramiento forzoso: + de 3 metros de altura para evitar construcción separada + de 1m. se pueden abrir a 1. es un derecho inherente a los predios. que es de indivisión forzosa ( no se puede dividir. siempre que su vecino preste su consentimiento. tomado como límite el eje divisor de predios (un precio vende al otro 0. Puede medir de 0. A arrimar toda clase de construcciónes al muro medianero 7. Cuando se venden se recurre a presunciones legales de acuerdo a la ubicación de las construcciones en los predios. VR: valor de reposición. no importa que cambie de dueño.  Compensación: cuando se necesita destruir todo o parte de ese muro para reconstruilo para soportar mayores cargas o por otras razones indispensables. pasando a ser privativo. perdiendo a demás la franja de terreno donde se apoya la mitad del muro. con 2 datos del elemento a despreciar Estado de conservación: surge de la apreciación ocular del profesional Antigüedad: dividiendo edad por vida útil (edad/vida util) . puede realizarlo de forma inmediata. Se lo quiere de nuevo debe comprar el muro + la franja del terreno. Ordenamiento para la tasación de los componentes de un muro medianero : se aplica a todos los componentes del muro (excavación corrimientos. no se puede negar ni puedo invadir (privacidad). los medianeros contribuyen con su aporte económico por partes iguales. mampostería. el muro pierde su condición de medianero. valor que tendría si se demoliera para obtener un recupero económico por la venta de cascotes. Formas de adquisición  Contribución a los gastos: el muro nace medianero.  Planilla de liquidación de medianería: despreciar el valor del muro sobre la antigüedad y el estado.  Confusión: cuando la condición del deudor y acreedor se reunen en la misma persona. capas aislantes. El nuevo propietario compra la mitad del muro para su uso.  Prescripción: aduisición de un derecho o librarse de una obligación por el simple trascurso del tiempo. 2° medianero. juntos. superposición de siluetas para poder identificar que consas están en condominio. Convenio de medianería (en carátula junto con el croquis de ubicación de predios):  Redacción  Plano de ubicación de predios  Siluetas: siluetas de cada construcciin. restituyendo todas las condiciones de confort que el condominio lindero poseía antes de la reconstruccioón de la pared sin indemnizarlo de forma digna. K: coeficiente obtenido de la tabla Ross-Heidecke. revoques).  Donación: el primer propietario cede los derechos de forma escrita. Formula de valor actual (VA) VA: valor actual. muros adquiridos. por compensación.  Abandono o renuncia: cuando el condominio lindero hace abandono de sus derechos de medianeria.  Readquisición: volver a comprar los derechos después de haber renunciado a ellos. valor al cual se arribó luego de aplicar la despreciación. 49  Muro condenable: cuando el muro medianero se encuentra deteriorado y puede existir peligro para personas y bines debe demolerse. a la construcción del muro. mampostería cimientos. Contempla la heterogeneidad del muro con los distintos materiales que lo componen. por no poder determinar el estado jurídico de ese muro separativo. 1° privativo.  Destino de padre de familia: existe un único dueño de dos fundos linderos pero no están unificados. Si no me lo pidió nunca durante 10 años desde que hizo uso del muro. valor que insume ejecutar esa tarea hoy Vr: valor residual. Nueva pared de 30 cm en las mismas condiciones. Reconocer los muros privaticos.  Compra de derechos: (uno hizo todo el muro encaballado y el otro no. muro a liquidar (pollígono de cómpuo)  Método de despreciación de los componentes: disminución del valor o precio de alguna cosa con referencia al que antes tenía. quedan dos posibilidades para llegar a él. locales para alojamiento de portero y portería. por la misma unidad con una servidumbre de paso o reconociendo a favor de esa unidad el derecho de uso del patio. Ascensores. Copropietario: del terreno y de las cosas de uso común del edificio: techos. podrá resolver la demolición y venta del terreno y materiales  Destrucción: total o parcial de las 2/3 partes del edificio. Cualquier puede pedir la venta  Confusión: una misma persona es propietaria de todas las unidades funcionales del consorcio  Expropiación: son susceptibles a expropiación los inmuebles sometidos a régimen de propiedad horizontal.  Desafectación: de la sujeción a la ley 13. herencia  Donación  Prescripción: por paso del tiempo. Formas de adquisición:  Compra-venta  Sucesión. Partes comunes de uso exclusivo: si el acceso al patio es solamente posible por una unidad. De su unidad complementaria: accesoria de la primera: baulera. b. Unidad funcional b. c. locales de instalaciones. Cimientos. cochera. Locales de servicios centrales. Es un derecho real de condominio. Tabiques divisorios e. Piso de un edificio o los departamentos de un mismo piso que sean independientes y tengan salida a la vía pública pueden pertenecer a distinto dueño. Portería d. escalera. muros maestros. galerías b.512 Partes de la propiedad horizontal  Partes exclusivas: a. Formas de extinción:  Vetustez: la mayoría que represente mas de la mitad del valor. etc f. 50 PROPIEDAD HORIZONTAL Propiedad horizontal: conjunto de dominios (partes exclusivas: unidad funcional y unidad complementaria) con condominio de división forzosa (partes comunes como el consorcio) combinándose propiedad individual y copropiedad. montacargas. partes comunes de uso exclusivo (balcones y fachadas)  Consorcio: conjunto de copropietarios: persona jurídica . Propietario: dueño exclusivo de partes exclusivas i. ascensores. con derechos:  Ejercer dominio sobre su unidad funcional  Utilizar partes comunes conforme a su destino  Deliberar y expresa sus opiniones en la asamblea de copropiedad  Elegir un representante legal del consorcio  Exigir cumplimiento del reglamento de copropiedad Y obligaciones  Conservar y reparar su unidad funcional  Abonar expensas  Mantener las partes comunes  No realizar construcciones y o modificaciones que alteren las partes comunes sin permiso de los copropietarios  No perturbar la tranquilidad de los vecinos  Respetar el reglamento de copropiedad a. Unidad complementaria  Partes comunes: a. De su unidad funcional: salida directa o indirecta a la vía pública-autonomía funcional (piso o depto) ii. montacargas. Figuras de régimen de la propiedad horizontal:  Copropietario: puede ser una persona física o jurídica. techos. 10 años prescripción liberatoria y adquisitiva. modificar el reglamento  Mayoría de 2/3 partes: pedir la venta del terreno y material en casa de destrucción de mas de 2/3 partes del valor. deberá acordar y redactar un reglamento de copropiedad y adminitración b. Asambleas: reuniones de copropietarios para tratar asuntos de interés común.  Extraordinarias: cuando el administrador lo considere necesario o propietarios lo soliciten. cambiar ventanas. Prohibido afectar la seguridad b.  En partes privadas que afecten a partes comunes: necesitasn autorización por unanimidad a. Convocadas por el administrator. monto expensas. patios. inscripto en el registro de la propiead inmueble.  En partes privadas: a. balance. cambiar color de paredes en palieres y pasillos . secretario) y un quorúm mínimo. hipotecar el terreno. puede efectuar reparaciones y mejoras dentro de su unidad funcional. no tienen ni derechos ni obligaciones. mejoras en sectores comunes  Mayoría de los copropietaris PRESENTES en la asamble: asuntos del orden del ? Obras en el inmueble: se deberá tramitar el aviso/permiso de obra. reparar y mantener las partes comunes  Cobrar expensas y emitir certificados de libre deuda  Asegurar el edificip contra incendio y abonar los seguros  Inscribir al personal que se encuentra en relación de dependecia y abonar sus sueldos  Convocar a asambleas e informar decisiones  Hacer respetar lo establecido por la leey 13.  Mayoría de 50%: redacción y reforma de reglamento interno. plan de gastos. 1° y 2° llamado.  Reclamar pago de expensa. Reglamento de copropiedad y administración  Función: normar y regular la vida en el inmueble sujeto a la propiedad horizontal  Acordado: redactado por el consorcio de copropietarios por acto de un escribano público.  En partes comunes: a. autoridades (presidente. Puede ser una persona física o jurídica. informe. Por decisión judicial: cuando se carece de unanimidad  Reglamento interno: norma. El propietario sin consentimiento de los demás. Por el propietario vendedor: por quien disponga a dividir horizontalmente un edificio existente o a construir y que acredite ser titular del dominio del inmueble c. Necesito mayoría para cambiar/ reparar pisos en el hall del acceso y circulación. Enumeración de las cosas comunes c. Se dividen en:  Ordinarias: 1 vez por año. Para poder sesionar requieren orden del dia con un listado de temas.512  Contenidos básicos: a.  Mecanismos de sanción de reglamento: a. Ni cambiar la forma externa c. cambiar puerta de entrada de unidad. elección/remoción administración. regula y ordena el uso y goce de las partes comunes por parte de los consorcistas. es el mandatario. Temario libre Las decisiones tomadas para ser válidas requieren ser por mayoría:  Unanimidad: realizar obras nuevas que afecten partes comunes. Son copropietarios que aconsejan al administrador. tiene derechos:  Facultad para administrar las cosas de aprovechamiento común y proveer a la recaudación y empleo de los fondos necesarios para tal fin. Formas y tiempos de convocación a las reuniones ordinarias y extraordinarias de propietarios. remoción del administrador. elevar nuevos pisos subterráneos.512 y el reglamento de copropiedad  Consejo de administración: puedo pedir control de gastos a la administración.  Ningún artículo puede ser contrario a la ley 13. necesitan unanimidad para cambiar forma exterior del frente. Por unanimidad: al construise el consorcio de propietarios. no es empledo del consorcio. Especificaciones de las partes del edificio de propiedad exclusiva b. 51  Administrador: representante legal del consorcio. Cerramiento de balcones. b. Designación de representante o administrador d. determinar presupuestos  Cobrar honorarios por su gestión Y obligaciones  Conservar. económicos. 52 c. patrimoniales. Propietario reclama con fundamento técnico. 4 o + pisos) deberá tener 1 sala común. entidades autárquicas facultadas por la ley. Prehorizontalidad: escritura en el registro de la propiedad. atender a su propia unidad funcional) como el consorcio (obligado a conservar. Violación de la ley: molestias a los vecinos en ruido o de otra manera. es un instrumento qu le permite al adquiriente reclamar su debido resarnimiento ante cualquier tipo de problema. se analiza con el tribunal de tasación 5. Pago en efectivo salvo pacto previo entre partes. según tribunal de tasación 3. . terrazas y jardines) Expensas: gastos de administración. seguro. Se comunica al propietario que su bien se encuentra sujeto a expropiación 2. Los montos los determina el tribunal de tasaciones de la nación. cerraduras. después prescribe. Esta completa cuando hay traspaso de dominio mediante sentencia firme. Indemnización: valor objetivo. cocina. no se tiene en cuenta el valor afectivo. reparar. 4. transfiere un bien de un particular entregando indemnización a cambio. escaleras. baño.  Ayudante: salas auxiliares. pedir la retrocesión si no se le dio al bien el fin dicho durante 2 años. Para los bienes no inmuebles el expropiante obtendrá la posesión inmediata de ellos. reparaciones. impuestos. reparar y atender las partes comunes como ascensor. No se pagará valor afectivo ni lucro cesante. hay posesión. previa consignación judicial del valor. Expropiación: extinción definitiva del derecho real de dominio. Expropiante oferta. Es un procedimiento administrativo por el cual el estado nacional en atención al interés público.puede desistir si todavía no se produjo la expropiación y no se pagó. Deber de mantener y conservar: tanto del copropietarios (conservar. 800m2 o mas superficie. los mismos servicios que el resto de las unidades. azoteas. depósitos para articulos de limpieza. personal.  Características: solo el valor del bien y las consecuencas directas e inmediatas de la expropiación. entre el boleto de compra-venta y la finalización del edificio. Procedimiento judicial: para expropiación de los bienes inmuebles: 1. reclamar el pago por 5 años. manteniemiento. legales. Cambiar tipo de iluminación. Juicio sumario. rejas. Las expensas pueden ser:  Fijas: monto fijo cada mes  Variables: unidad abona monto variable cada mes  Sobre gastos: a mes vencido según lo gastado  Presupuestado: mes adelantado Personal laboral del consorcio:  Encargdo: no permanente. balcones. gobierno de la ciudad autónoma de BsAs. permanente (para todo edificio que tenga 15 o + unidades. pago de indemnización siempre que el dominio no tenga hipoteca.  Expropiantes: estado nacional. mediante un perito y luego su informe. 2 dormitorios. Objetos de expropiación:  Todos los bienes convenientes o necesarios para la satisfacción de la utilidad pública  Bienes que sean necesarios para la construcción de una obra o la ejecución de un plan o proyecto  Bienes muebles o inmuebles  Inmuebles sometidos al régimen de propiedad horizontal. Resultado de un análisis técnico se ejecutan análisis particulares por cada inmueble teniendo en cuenta aspectos como productivos.  Expropiado: puede solicitar expropiación total si fuera parcial. Los copropietarios están obligados a abonarlas en proporción al valor de sus unidades. 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