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March 23, 2018 | Author: jhoel1993 | Category: Organized Crime, Felony, Crime & Justice, Justice, Government Information


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DISPOSICIÓN DE FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓNPREPARATORIA CARPETA FISCAL Nº IMPUTADO AGRAVIADO DELITO : 24-2014. : Rodolfo Orellana Rengifo y otros. : El estado y la Sociedad. : Lavado de activos y Asociación Ilícita para Delinquir DISPOSICIÓN FISCAL Nº 02 Lima, catorce de julio Del año dos mil catorce. I.- VISTO: La investigación preliminar seguida contra RODOLFO ORELLANA RENGIFO y otros por la presunta comisión del delito de LAVADO DE ACTIVOS, en agravio del ESTADO, y delito contra la Tranquilidad Pública en la modalidad de ASOCIACIÓN ILÍCITA PARA DELINQUIR en agravio de la Sociedad. DATOS PERSONALES DE LAS PARTES 1. Nombres Sexo DNI Edad Fecha Nacimiento Lugar de Nacimiento Nombre del Padre Nombre de la Madre Domicilio RENIEC Estado Civil 2 : ORELLANA RENGIFO, Rodolfo. : Masculino. : 06750549. : 49 años. : 02 de Agosto de 1964. : Tocache - Tocache -San Martin. : Raúl. : Ludith. : Av. Guardia civil N° 835, Urb. Corpac, San Isidro – Lima. : Divorciado. Ocupación Grado de Instrucción Domicilio Procesal Abogado Defensor : Empresario. : Superior completa. : Jr. Cuzco N° 425, oficina 905 – Cercado de Lima. : Cesar Matta Paredes 2. Nombres DNI Edad Fecha Nacimiento Lugar de Nacimiento Nombre del Padre Nombre de la Madre Domicilio real : ORELLANA RENGIFO Ludith : 06774139 : 44 : 04 de abril de 1970 : Lima : Raúl : Ludith : Av. Guardia civil N° 385 – Urb. Corpac – San Isidro – Lima. : Femenino : Divorciada : Superior Completa : Av. Guardia Civil N° 835 – Urb. Corpac – San Isidro – Lima. : ----- Sexo Estado Civil Grado de Instrucción Domicilio Procesal Abogado Defensor 3. 4. 2 Nombres Sexo Doc. de Identidad Edad Lugar de Nac. Fecha De Nacimiento Nombre de sus Padres Estado Civil Grado de Instrucción Domicilio RENIEC Domicilio Procesal Abogado Defensor : JIMENEZ BACCA Benedicto Nemesio : Masculino : 43302983 : 61 : Pisco – Pisco - Ica : 07 de mayo de 1953 : Nemesio y María : Casado : Superior Completa : Rivera Norte 698 Dpt. 201, San Bartolo – Lima. : Casilla N° 3508 de la central de notificaciones del Colegio de Abogados de Lima – 4° piso de Palacio de Justicia. : Nombres Sexo Doc. de Identidad Edad Lugar de Nac. Fecha De Nacimiento : ORELLANA RENGIFO Churchill Bruce : Masculino : 42202842 : 31 : Tocache – Tocache – San Martin. : 10 de julio de 1983 2 Nombre de sus Padres Estado Civil Grado de Instrucción Domicilio RENIEC Domicilio Procesal Abogado : Rodolfo : Soltero : Secundaria Completa. : Av. Guardia Civil 835, Urb. Corpac, San Isidro Lima. : Jr. Cuzco N° 425, oficina 905 – Cercado de Lima : Milagritos G. Navarrete Pando. 5. Nombres DNI Edad Fecha Nacimiento Lugar de Nacimiento Nombre del Padre Nombre de la Madre Domicilio RENIEC Sexo Estado Civil Ocupación Grado de Instrucción Domicilio Procesal Abogado Defensor : CORTES GUERRERO Jorge Antonio. : 40061900 : 35 años : 27 de noviembre de 1978 : Lima : Jorge : Sonia : Malecón Figueredo N° 470 – La Punta – Ca llao : Masculino : Soltero : empresario : Secundaria completa : Jr. Apurimac 463, Of. 302- A1- Frente al Poder Judicial : Marco Antonio Monzalve 6. Nombres DNI Edad Fecha Nacimiento Lugar de Nacimiento Nombre del Padre Nombre de la Madre Domicilio real Sexo Estado Civil Ocupación Grado de Instrucción Domicilio Procesal Abogado Defensor : CORTES GUERRERO Paola Alicia : 09864592 : 38 años : 04 de octubre de 1975 : Lima : Jorge : Sonia : Malecón Figueredo N° 470 – 2do piso- La Punta – Callao : Femenino : Soltera : empresaria : Superior completa : --------: --------- 7. Nombres DNI Edad Fecha Nacimiento : CORTES MARTINEZ, Jorge Enrique : 25472336 : 68 años : 11 de Julio de 1946 Jorge Enrique. .La Punta – Callao : Masculino : Casado : Superior completa : ----: ----- 8. Lima. : José Aurelio : Lindaura : Soltero : Secundaria completa : Jr. San Ignacio de Loyola Distrito de Santiago de Surco. Pampas de Santa Teresa santiago de Surco. Nombres 2 : AZPILCUETA TEMOCHE Julio Augusto : 09880946. Cajamarca. Nombres DNI Edad Fecha Nacimiento Lugar de Nacimiento Nombre del Padre Nombre de la Madre Estado Civil Grado de Instrucción Domicilio Real Domicilio Procesal Abogado 10. Piso . : ----: ----: FLORES YUPANQUI. P Lte. Alonso de Molina Nº 1480 Dpto. Abogado : -------9. Lima.Lugar de Nacimiento Nombre del Padre Nombre de la Madre Domicilio real Sexo Estado Civil Grado de Instrucción Domicilio Procesal Abogado Defensor : Callao : Abel : Blanca : Malecón Figueredo N° 470 – 2do. : 37 años : 23 de octubre de 1976 : Chirinos. Nombres Sexo DNI Edad Fecha Nacimiento Lugar de Nacimiento Nombre del Padre Nombre de la Madre Estado Civil Grado de Instrucción Domicilio Real : ARRIETA VEGA Willmer : Masculino : 41414056. : 39 años : 25 de enero de 1975 : Miraflores. Central de Notificaciones del Poder Judicial Edificio Alzamora Valdez.24 Urb. 302 Urb. San Ignacio. Cerro Rico N°389 Mz. Domicilio Procesal : Casilla 12393. : Julio : Carmen : Soltero : Superior completa : Jr. : Superior completa. : Divorciado. Urb. Apurimac. : ----: ----- 12. : Femenino : 09868531 : 41 años : Talavera. : 02 de diciembre de 1966. Andahuaylas.La Molina-Lima : Soltero : Administración. Piso 10. : Jorge. Trujillo. : Masculino. : Graciela. : ----: ----- rro. . Nombres DNI Sexo Edad Fecha Nacimiento Lugar de Nacimiento Nombre del Padre Nombre de la Madre Domicilio real Estado Civil Ocupación Domicilio Procesal Abogado Defensor : IRAZABAL NAPA José Alfredo : 10060287 : Masculino : 41 años : 15 de Noviembre de 1973 : Jesús María -Lima : Alfredo : Rosa : Calle Las Camelias N° 327. Trujillo. Fecha De Nacimiento Nombre del Padre Nombre de la Madre Estado Civil Grado de Instrucción Domicilio Real Domicilio Procesal Abogado : ADRIAN SANTIESTEBAN Veronika. de Identidad Edad Lugar de Nac. Nombres Sexo Doc. La Libertad. : ----: ----- 11. : Trujillo. : Calle los Olmos N° 579 Urb. : 47 años. : 18 de setiembre de 1972 : Abel : Beatriz : Casada : Superior completa : Av. Santa Beatriz. Maria del Soco Huanchaco.DNI Sexo Edad Fecha Nacimiento Lugar de Nacimiento Nombre del Padre Nombre de la Madre Domicilio real 2 Estado Civil Grado de Instrucción Domicilio Procesal Abogado Defensor : 17920997. 28 de julio Nº 1004. de Identidad Edad Lugar de Nac. Nombres Sexo Doc. Fecha De Nacimiento Nombre del Padre Nombre de la Madre Estado Civil Grado de Instrucción Domicilio Real : ULLOA INFANTE Iris Fabiola : Femenino : 09892586 : 40 : La Victoria. de Identidad Edad Lugar de Nac. Coop. Nombres Sexo Doc. El Dorado. Lima. Hiram Bingham Nº 184. : ----: ----- 15.13. A. : Carlos : Libreta Militar : Soltera : Técnica Completa : Jr. : 18 de noviembre de 1973. 12. Asent. : 13 de diciembre de 1958 : Antonio : Blanca : Soltero : Secundaria completa : Jr. : ----: ----- Domicilio Procesal Abogado 2 . Valdiviezo. de Identidad Edad Lugar de Nac. Lima. Fecha De Nacimiento Nombre del Padre Nombre de la Madre Estado Civil Grado de Instrucción Domicilio Real Domicilio Procesal Abogado : LOPEZ NORIEGA Carlos : Masculino : 00920174 : 55 años : San José de Sisa. Nombres Sexo Doc. H. Los Pinos Nº 251. Lt. Fecha De Nacimiento Nombre del Padre Nombre de la Madre Estado Civil Grado de Instrucción Domicilio Real Domicilio Procesal Abogado : PANTOJA BARRERO Oscar Omar : Masculino : 09907019 : 45 : Lima. Lima. : ----: ----- 14. Los Jardines Mz. Lima. Lima. San Martín. San Martin de Porres. Los Husares. : 14 de enero de 1969 : Juan : Juana : Divorciado : Superior completa : Psj. 16. Jhonny Omar. de Identidad Edad Lugar de Nac. Oxapampa. : Leonidas : Clara : Pedro Donofrio 185 – Urb. Lima. Oficina 604 – Jesús María : Jorge Luis Medina Seminario y Hugo Acosta Centurion. Oxapampa. Pozuzo. El Aguila – Bellavista . Fecha De Nacimiento Nombre del Padre Nombre de la Madre Estado Civil Grado de Instrucción Domicilio Real Domicilio Procesal Abogado 18. : ----: ----: VASQUEZ HUMMEL. Nombres Sexo DNI Edad Fecha Nacimiento Lugar de Nacimiento Nombre del Padre Nombre de la Madre Domicilio real Estado Civil Grado de Instrucción Domicilio Procesal Abogado Defensor 2 : VALDERRAMA CONTRERAS José Antonio : Masculino : 08249965 : 55 años : 26 de enero de 1959 : Lima : Carlos : Aurea : Monte Umbroso N° 473 – Chacarilla – Santiago de Surco : Casado : Superior completa : --------: --------: VARGAS SHAUS Rosalía. Pasco. Pablo Bermúdez N° 285.Callao : Casado : Secundaria completa : Av. : 28 de diciembre de 1958 : Ernesto : Carolina : Soltera : Primaria completa : Av. Nombres Sexo DNI Edad Fecha Nacimiento Lugar de Nacimiento Nombre del Padre Nombre de la Madre Domicilio real Estado Civil Grado de Instrucción Domicilio Procesal Abogado Defensor 17. Pasco. : Femenino : 04310382 : 55 años : Pozuzo. Lima. . Nombres Sexo Doc. : Masculino : 40042890 : 35 años : 15 de Octubre de 1978 : Lince. Los Colonos S/N. ESTADO PERUANO. Ucayali. Corpac. Fecha De Nacimiento Nombre del Padre Nombre de la Madre Estado Civil Grado de Instrucción Domicilio Real Domicilio Procesal Abogado : VILLACREZ ARÉVALO. Coronel Portillo.. Loreto. Ucayali.ANTECEDENTES Y COMPETENCIA DE LA FISCALIA ESPECIALIZADA DE LAVADO DE ACTIVOS: Mediante resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1313-2014-MP-FN. : 24 de octubre de 1971 : Alberto : Excilda : Soltero : Secundaria completa : Calle 39 Nº 246. : Masculino : 00094676 : 42 : Callería.2. III. 4-A. con domicilio procesal en Av. de Identidad Edad Lugar de Nac. : Soltero : ----: ----: VILLACREZ TORRES Hernán. Coronel Portillo. San Isidro.. 13. : Masculino : 06725678 : 47 años : 15 de octubre de 1966 : Sarayuca. el señor Fiscal de la Nación resuelve ampliar de manera excepcional la competencia de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Perdida de Dominio. Nombres Sexo Doc. Lt. disponiendo que el titular de la Fiscalía Supraprovincial Especializada contra la 2 . Yarinacocha. Manuel Asunción. Corpac .19.Datos Personales de los agraviados. : ----: ----- 2. Urb. Ucayali. de fecha 14 de abril de 2014. : Alberto : Luz Angélica : Jr.Distrito de San Isidro. Ricardo Angulo Nº 416. Los Cedros Mz. representado por el Procurador Público Especializado en Delitos de Lavado de Activos y Perdida de Dominio. Nombres Sexo DNI Edad Fecha Nacimiento Lugar de Nacimiento Nombre del Padre Nombre de la Madre Domicilio real Estado Civil Domicilio Procesal Abogado Defensor 20. mediante resolución de fecha tres de julio de dos mil trece. donde se tramitaba la presente causa. amplía el plazo de investigación preliminar a fin de que se continúen las diligencias contra los mismos por el presunto delito de Asociación Ilícita para Delinquir. mediante Disposición de fecha 07 de mayo de 2014. el Fiscal Superior Nacional Coordinador de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Perdida de Dominio. JORGE ENRIQUE CORTES MARTINEZ y otros. es así que. conforme a los fundamentos de la resolución en referencia. ante ello.Criminalidad Organizada. este Despacho Fiscal. mediante Disposición Nº 01-2014 de fecha 24 de junio se resolvió ampliar el plazo por cuarenta días. el Fiscal de la Cuarta Fiscalía Provincial Especializada en Criminalidad Organizada. y contra la persona jurídica. declarando nula la resolución de fecha seis de septiembre de dos mil doce. la Procuraduría Publica Especializada en Delitos de Lavado de Activos. y con Oficio Nº 242-2014-FSNCFISLAAP-MP. mediante Resolución de fecha seis de septiembre de dos mil doce. ORELLANA ASESORES Y CONSULTORES SAC. la presente investigación se apertura mediante Resolución de fecha veinte de abril del dos mil nueve (cuando aún no existían las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos). de igual forma. mediante resolución de fecha veintitrés de junio de dos mil catorce. 2 . siendo que con fecha quince de abril de 2013. asimismo. a cargo del presente caso. veintiuno de dos mil trece y cuatro de abril de dos mil catorce el fiscal a cargo de la investigación amplia la presente investigación en merito a los informes emitidos por la policía de investigaciones. declarando complejo la presente investigación. así. resuelve declarar no haber lugar para formular denuncia penal por el presunto delito de Lavado de Activos contra Rodolfo Orellana Rengifo y otros. resuelve acumular la Investigación Nº 141-2013(241-2013) seguida contra Benedicto Nemesio Jiménez Bacca por el presunto Delito de Lavado de Activos en agravio del Estado a la presente investigación Nº 88-2014. De otro lado. por cuanto los hechos se subsumen en las disposiciones aprobadas mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 227-2014-MP-FN. mediante disposición de fecha 16 de abril de 2014. este Despacho Fiscal se avoca a conocimiento en el estado en que se encuentra la presente investigación seguida contra RODOLFO ORELLANA RENGIFO. Dr. LUDITH ORELLANA RENGIFO. y contra Rodolfo Orellana Rengifo y otros por el Delito de Asociación Ilícita para Delinquir en agravio del Estado. por el presunto delito de Lavado de Activos. por la complejidad. de fecha 21 de enero de 2014. En el trámite de la presente investigación por disposición superior se han acumulado a la presente investigación diversas investigaciones por delitos comunes tramitados ante otras fiscalías. así. interpone Queja de Derecho. dispone asumir competencia y asigna la citada investigación a este Despacho Fiscal a fin de que proceda conforme a sus atribuciones. la Fiscal Superior Declara fundada en parte el Recurso de Queja. remita todos los actuados de la presente investigación y demás incidentes relacionados con el caso en mención a la Fiscalía Superior Coordinadora de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos y Perdida de Dominio. dieciséis de agosto de dos mil trece. Marco Guzmán Baca. ordenando se realicen diligencias para el mejor esclarecimiento de los hechos. de fecha 20 de agosto del 2013. 2 . quienes actuarían indistintamente en diferentes roles de gestión y ejecución. aprobado por Decreto Legislativo N° 957. Así.ESTRUCTURA DE LA ORGANIZACIÓN CRIMINAL “CLAN ORELLANA” La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. mediante Resolución A/RES/55/25. siendo que estos roles se agruparían de la siguiente forma: a) DE DIRECCION RODOLFO ORELLANA RENGIFO lideraría la organización secundado por su hermana LUDITH ORELLANA RENGIFO. De los actuados se desprende la existencia de una organización criminal con una estructura circular flexible pero con concentración de poder en RODOLFO ORELLANA RENGIFO seguido por LUDITH ORELLANA RENGIFO y sus integrantes. CHURCHIL BRUCE ORELLANA RENGIFO o CHURCHILL BRUCE RIOS VELA y JORGE ENRIQUE CORTEZ MARTINEZ. directa o indirectamente. se adecuó la presente investigación a las reglas del Código Procesal Penal. que dispone la implementación de Código Procesal Penal. ampliada mediante Ley N° 30133. b) DE CARACTER TECNICO PROFESIONAL 1 Convención de las Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional. un beneficio económico u otro beneficio de orden material organizado transnacional1.- HECHOS DE LA INVESTIGACION.1.. 4. IV. para los delitos cometidos de Organización Criminales. se imputa a los investigados pertenecer a la organización criminal denominada “Clan Orellana” liderada por Rodolfo Orellana Rengifo. como es el presente caso. específicamente señala por “grupo delictivo organizado" se entenderá un grupo estructurado de tres o más personas que exista durante cierto tiempo y que actúe concertadamente con el propósito de cometer uno o más delitos graves o delitos tipificados con arreglo a la presente Convención con miras a obtener. adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas. BENEDICTO JIMENEZ BACCA. el 15 de noviembre de 2000. e integrada por los investigados. conforme a lo establecido en la Ley 30077.Mediante Disposición Fiscal N° 01-2014 de fecha 01 de julio del 2014. celebrada el 15 de noviembre de 2000. desde el 01 de Julio del 2014. ha actuado en representación de las liquidadoras Asesores Liquidadores y Administradores de Empresas EIRL – ALADEM y de DELTA LIQUIDADORES y CONSULTORES 2 . alejándolos de su origen delictivo. Siguiendo los planes delictivos de la organización. Guardia Civil Nº 835 Urb. pero estas empresas y los propios investigados señalan como domicilio real en la Av. indistintamente. intervenía. seria Gerente de ASESORES. De la misma forma que Oscar Omar Pantoja Barrero. LIQUIDADORES Y ADMINISTRADORES DE EMPRESAS EIRL – ALADEM y es titular de la empresa liquidadora GESTION DE CARTERA Y LIQUIDADORES SAC (GESCALI SAC). siguiendo los planes delictivos de la organización. b. socio. empresario. Este sería el caso del aporte de un inmueble otorgado por CHURCHILL RIOS VELA y del supuestamente fallecido HERMOGENES CLODOMIRO CABREJOS SANCHEZ a COOPEX. incluyendo las personas jurídicas. a Procesos Concursales. en la adquisición de inmuebles a favor de personas naturales o jurídicas y además administraba los patrimonios de los testaferros que actuaban como supuestos acreedores e incorporaba inmuebles. esta organización también tendría integrantes aprovechando su condición de abogados: b. ilícitamente apropiados por estos. donde pretendiendo dar una apariencia de legalidad han constituido innumerables personas jurídicas. San isidro. el inmueble posteriormente fue transferido a ORELLANA ASESORES Y CONSULTORES SAC. OSCAR OMAR PANTOJA BARRERO quien ha sido socio y gerente de la liquidadora DELTA LIQUIDADORES Y CONSULTORES LIQUIDADORES SAC y es socio de la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PARA EMPRESAS EXPORTADORAS (COOPEX). las mismas que en su mayoría señalan un solo domicilio real o laboral. lo cual conllevaría a que estas personas jurídicas estarían siendo utilizadas para actos de blanqueamiento.2. asociado. o en su defecto señalando domicilios de fachada. conforme se tiene de las Fichas Registrales obtenidas del Registros Públicos de todo el país. para luego transferirlos a otros testaferros. gerente.ABOGADOS Aprovechando su condición de abogados y ejecutando los planes delictivos se encargaban de intervenir en gestiones jurídicas y/o comerciales aparentemente legales. En estas actividades también han tenido intervención los investigados RODOLFO ORELLANA RENGIFO y LUDITH ORELLANA RENGIFO en su condición de abogado. ejerciendo además cargos directivos o de gerentes o interviniendo como socios en las empresas que han sido utilizadas para la comisión de las actividades delictivas.1. así. o como personas. realizaban complejos procesos de blanqueamiento de activos. Corpac. el mismo que se habría convertido en el centro de operaciones de esta organización criminal. los cuales finalmente eran adquiridas por la COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PARA EMPRESAS EXPORTADORAS (COOPEX) u otra personas jurídicas de los hermanos RODOLFO y LUDITH ORELLANA RENGIFO o aquellas vinculadas por medio de sus testarreros. En el caso del primero de los mencionados. JOSE ANTONIO VALDERRAMA CONTRERAS. ya sea como activos o como autolavado. también. y otros en proceso de identificación. 2 WILMER ARRIETA VEGA ROSALIA VARGAS SHAUS HERNAN VILLACREZ TORRES JORGE ENRIQUE FLORES YUPANQUI CHURCHILL BRUCE ORELLANA RENGIFO CARLOS LOPEZ NORIEGA ó CAYO LOPEZ NORIEGA PAOLA ALICIA CORTES GUERRERO JORGE ANTONIO CORTES GUERRERO JHONY OMAR VASQUEZ HUMMEL . ilícitamente apropiados por estos. transfiriendo. siendo los siguientes: 1. apropiándose de inmuebles mediante “títulos falsos” que tenían su origen en falsas compraventas. indistintamente.LIQUIDADORES SAC. 4. los integrantes de la organización criminal directamente en supuestas transacciones comerciales a favor o en representación de las personas jurídicas que han constituido o de personas jurídicas que han instrumentalizado para sus fines delictivos en donde ejercían cargos de gerentes y/o apoderados. también intervienen como socios. 3. 6. aparecen como socios o gerentes de empresas en donde RODOLFO ORELLANA RENGIFO y LUDITH ORELLANA RENGIFO. 7. a los Procesos Concursales para luego transferirlos a otros testaferros. 5. en las simulaciones de deudas que generaban “derechos de crédito aparentes” y en los complejos procesos de blanqueamientos de estos supuestos “activos”. 8. 9. gerentes o apoderados. ya sea para hacerse del bien. en la administración de patrimonios concursados de “acreedores testaferros” incorporando inmuebles. para luego retornar a sus propios dominios.  DE GESTION EMPRESARIAL Y/O COMERCIAL En estos roles podían intervenir. TASADORES La función de los tasadores en la apropiación de inmuebles y procesos de lavado de títulos de dominio falsos o aparentes consistía en tasar dichos inmuebles a precios subvaluados a fin de facilitar las sucesivas transferencias. transformando. utilizando estos a fin de ser transferidos y lograr la colocación del mismo a un tercero de “buena fe”. Al respecto. indistintamente. existen elementos de convicción de la intervención delictiva de los tasadores —quienes han intervenido casi en todas las transferencias de inmuebles— y de su pertenencia a la organización criminal: en proceso de identificación. además. TESTAFERROS Intervienen. 2. ocultando. E 11201844SUNARP). 13. varios procesos concursales de empresas como NEOGAMA EIRL EN LIQUIDACIÓN cuyo titular era HERMOGENES CLODOMIRO CABREJOS SANCHEZ y de personas naturales que han intervenido recurrentemente en daciones pago y/o adquisiciones de inmuebles que estaban con orden de remate como la sociedad conyugal conformada por CESAR OSCAR FERRE SIMONETTI y REYNA MARINA VALERA de FERRE. ALADEM E. 14. Esta organización criminal habría constituido las siguientes personas Jurídicas: ABOGADOS PERUANOS ASOCIADOS SAC. e.I. 11. ASESORES. 17.L. 15. las siguientes personas jurídicas.R.R. JOSE ALFREDO IRAZABAL NAPA ASPILCUETA TEMOCHE JULIO AUGUSTO ADRIAN SANTIESTEBAN VERONICA PANTOJA BARRERO. NEGOCIOS INMOBILIARIOS COM SAC.I. BARACCO MILLER ROCIO MARIA. REGISTRADORES PÚBLICOS y otras autoridades y funcionarios públicos. INVERSIONES Y CONSIGNACIONES SAN ANTONIO S. ASESORES LIQUIDADORES Y ADMINISTRADORES DE EMPRESAS E.A. 16. continuando con el proceso de blanqueamiento. CONSORCIO DISTRIBUIDOR AGRÍCOLA SAC.L.  ARBITROS. Estas personas jurídicas habrían sido Instrumentalizadas en la ejecución de los planes delictivos de la organización criminal liderada por los hermanos RODOLFO y LUDITH ORELLANA RENGIFO. OSCAR OMAR ULLOA INFANTE IRIS FABIOLA VALDERRAMA CONTRERAS JORGE ANTONIO VILLACREZ AREVALO MANUEL ASUNCION y otros en proceso de identificación. EMPRESAS CORPORACION BIOQUIMICA INTERNACIONAL SAC. DELTA LIQUIDADORES Y CONSULTORES SAC. COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO PARA EMPRESAS EXPORTADORAS COOPEX. Ha tenido a su cargo.10. quienes se Asociación con fines delictivos para cometer el Delito de Lavado de Activos.Asesores. 12. NOTARIOS. SEMBERA PARRO OLDRICH LUIS. Liquidadores y Administradores de Empresas EIRL – ALADEM (P. en proceso de identificación.1.  Liquidadoras Estaban bajo el control de los citados hermanos y eran utilizadas para incorporar los inmuebles ilícitamente apropiados a Procesos Concursales para liberarlos de cargas y/o gravámenes y facilitar su adquisición por otros testaferros de la organización criminal. Empresa ORELLANA ASESORES CONSULTORES SAC. LIQUIDADORES Y ADMINISTRADORES DE EMPRESAS EIRL.. y de otras personas que 2 . después por la suma de US$1’977. e incluso adquiriendo “los inmuebles” cuyos títulos han sido objeto de lavado mediante las empresas inmobiliarias. Además de los Informes de Inteligencia Financiera que se hicieron de público conocimiento se puede apreciar que esta persona jurídica registra importantes transferencias bancarias en donde 2 .. Debido a su actuación irregular en la administración de los patrimonios concursados esta liquidadora fue sancionada en reiteradas oportunidades por INDECOPI y finalmente mediante RESOLUCIÓN 1491-2010/SC1-INDECOPI de fecha 21-04-2010 ha sido inhabilitada en forma permanente en el ejercicio de sus funciones. las cuales intervendrían en los actos de blanqueamiento bajo la apariencia de prestar asesoramiento para el “saneamiento de títulos” y/o el “rescate de inmuebles” . dispuso en favor de “terceros ajenos” al procedimiento concursal. el cual transfirieron. conforme se detallará posteriormente. siguiendo los planes delictivos de la organización criminal. de los cuales. habiéndosele cancelado su registro como entidad administradora y liquidadora de deudores concursados.5 de la Av.DELTA LIQUIDADORES Y CONSULTORES LIQUIDADORES SAC (inscrita en la P. RODOLFO y LUDITH ORELLANA RENGIFO han instrumentalizando sus profesiones de abogados. diseñando y ejecutando directa o indirectamente complejos procesos de lavado de activos. conforme se ha explicado anteriormente.E 11838724 de la SUNARP).2. Registral de Lima) fue constituida por LUDITH ORELLANA RENGIFO y RODOLFO ORELLANA RENGIFO. Habiendo sido directivo de la misma OSCAR PANTOJA BARRERO. se puede apreciar que los investigados. socio de COOPEX JOSE ANTONIO VALDERRAMA CONTRERAS. Fue constituida por LUZ ESCUDERO MANCISIDOR y MYRIAM CECILIA SIFUENTES DEL MAR. Con estos fines estarían siendo utilizadas las siguientes personas jurídicas: ORELLANA ASESORES Y CONSULTORES SAC (Partida Registral 11386022 de la Ofc.  ESTUDIOS DE ABOGADOS Conforme hemos señalado. también está bajo el control de los hermanos LUDITH y RODOLFO ORELLANA RENGIFO y ha intervenido en los hechos que son objeto del presente.están o estaban comprendidas en investigaciones preliminares y/o procesos penales y denuncias ante INDECOPI.00 (un millón novecientos setenta y siete mil setecientos tres dólares 00/100 americanos) a la empresa VOLVO PERU SAC. También ha intervenido en varios de estos procesos como liquidador el investigado. sin embargo.703. Panamericana Sur. Este estudio de abogados intervino representado por LUDITH ORELLANA RENGIFO adquiriendo el terreno conocido como SECTOR CONCHAN ubicado a altura del km 23. por no haber efectuado el pago de acreencias reconocidas pese a contar con fondos para ello. e. asimismo estarían utilizando personas jurídicas de las cuales son titulares y otras en las que aparecerían personas de su entorno como testaferros. fabrican hechos calumniosos y difamatorios. lavado de activos. para lo cual utilizan la intimidación y la violencia física contra las personas que los investigan o denuncian. Oscar Omar. árbitros. entre otros delitos. registradores públicos. estaría integrada por su entorno más cercano. utilizan a testaferros para lavar el dinero mal habido. IMPUTACIÓN POR EL DELITO DE ASOCIACION ILÍCITA De los actos de investigación recabados existen indicios suficientes de que el investigado Rodolfo ORELLANA RENGIFO. Jorge Antonio CORTES GUERRERO.I. IRAZABAL NAPA. que una vez obtenido ilícitamente el patrimonio de terceras personas. Rosalía.intervienen varios de los investigados. Paola Alicia CORTES MARTINEZ. José Alfredo.R. autoridades políticas. Benedicto Nemesio Jiménez Bacca (brazo derecho. y también recurren a actos de corrupción de diversas autoridades o funcionarios públicos para obtener resoluciones a su favor. VASQUEZ HUMMEL. entre ellos tenemos a: CORTES GUERRERO. Organización Criminal que habría constituido las siguientes personas Jurídicas: ABOGADOS PERUANOS ASOCIADOS SAC. empresarios. notarios. Churchill Bruce Rios Vela o Churchill Bruce Orellana Rengifo (hijo adoptivo). que estaría integrada por diversos miembros que tienen la condición cualificada de abogados.I. entre otras actividades que se establecerá en el desarrollo de la presente investigación. ASESORES. Manuel Asunción y VILLACREZ TORRES. ADRIAN SANTISTEBAN. Jorge Enrique. ASESORES LIQUIDADORES Y ADMINISTRADORES DE EMPRESAS E. VILLACREZ AREVALO.R. FLORES YUPANQUI. Iris Fabiola. ARRIETA VEGA. José Antonio. Jhony Omar. Rosalía Vargas Shaus (cuñada). 2 . los mismos que de manera estratégica y funcional con el proyecto criminal. medios de comunicación escrita y televisiva. Julio Augusto. que cumplen funciones propias de su profesión. encargado de psicosociales. En ese sentido. trabajo administrativo y/o técnico ó como funcionario público o autoridad. Jorge Enrique. Hernán. Es así. contra la fe pública. y su hermana Ludith ORELLANA RENGIFO. una compleja y extensa organización criminal (red criminal). VALDERRAMA CONTRERAS. como la revista “Juez Justo” y el programa “Juez Justo TV”. LOPEZ NORIEGA. la organización criminal liderada por Rodolfo ORELLANA RENGIFO. como: Ludith Orellana Rengifo (hermana). Carlos ó LOPEZ REATEGUI Cayo. utilizando para sus propósitos subalternos. Wilmer. ALADEM E. así como por los demás integrantes que cumplían diversas funciones estratégicas. VARGAS SHAUS. y/o pasquines creados para difamar.2. PANTOJA BARRERO. policías en actividad y en retiro. liderarían el “CLAN ORELLANA” . AZPILCUETA TEMOCHE. colaboradores y testaferros. ULLOA INFANTE.L. participan de manera activa o pasiva con la organización.L. así como también. cuya finalidad consiste en la comisión de diversos delitos de carácter patrimonial. Veronikha. reglaje y amedentramiento). 4. y otros en proceso de identificación. entre otros. NEGOCIOS INMOBILIARIOS COM SAC. de manera ilícita simulando actos jurídicos válidos. conforme a los hechos que a continuación se exponen. Y otros. a fin de lograr el “tercero de buena fe” figura jurídica civil. COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO PARA EMPRESAS EXPORTADORAS COOPEX. Empresa ORELLANA ASESORES CONSULTORES SAC. IMPUTACION POR EL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS.3. con la participación de “laudos arbitrales” simulados o “prescripciones adquisitivas notariales” pre acordadas por las partes. en la Provincial y 2 . RODOLFO ORELLANA RENGIFO. logran ingresar dichos inmuebles al sistema económico formal. INVESTIGADOS: CARLOS LOPEZ NORIEGA o CAYO LOPEZ NORIEGA CHURCHILL ORELLANA RENGIFO. INVERSIONES Y CONSIGNACIONES SAN ANTONIO S. para posteriormente ser transferidas. conforme se advierte de los Informes de UIF Nº 006-2014-DAO-UIF-SBS y UIF Nº 008-2014-DAO-UIF-SBS. para disponerlos. y es en esta etapa que logran grandes sumas de dinero para su beneficio o de terceros simulados. transformadas u ocultadas hasta trasladar el dominio del inmueble a un tercero. EMPRESAS CORPORACION BIOQUIMICA INTERNACIONAL SAC.. 2 Y 3 DE LA MANZANA H. CONSORCIO DISTRIBUIDOR AGRÍCOLA SAC. y esto se advierte de algunos inmuebles que han servido para este fin. adquiere de manera irregular.LOTE N° 1. esta organización desarrollo una estructura y distribución de roles a efectos de hacerse ilícitamente de bienes inmuebles a fin de lograr INGENTES SUMAS DE DINERO ILICITO. logrado ello. puesto que al hacerse de bienes inmuebles u otros. De los actuados se advierte que el imputado. que les permite disponer del bien. Estando que se trata de un delito cometido en una organización criminal. causando un grave perjuicio económico a sus propietarios o posesionarios. ya sean públicos o privados. Urbanización el refugio – Primera Etapa del distrito de La Molina. DELTA LIQUIDADORES Y CONSULTORES SAC. URBANIZACIÓN EL REFUGIO – PRIMERA ETAPA DEL DISTRITO DE LA MOLINA. con el fin de cometer el ilícito penal de Lavado de Activos. EN LA PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA. conforme pasamos a detallar: 1. que en esta caso. fraudulenta.LIQUIDADORES Y ADMINISTRADORES DE EMPRESAS EIRL. en Asociación Ilícita para Delinquir. 2 y 3 de la manzana H.INMUEBLE DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN .A. muchas veces son los propios investigados o empresas vinculadas a ellas. los Lote N° 1. Carlos López Noriega o Cayo López REategui. que obra en autos y sus objetivos. 4. 00 nuevos soles. N° 2. en este proceso de blanqueamiento. siendo el abogado que autoriza la Minuta Julio César Roca Fernández con registro CAL N° 10436. con fecha 05 de abril del 2006.000.168. a través del Comité de PROINVERSIÓN. Acto Jurídico que se habría concretado. LOTE 8. puesto que la referida Escritura Pública no fue extendido por su persona. el investigado Churchill Orellana Rengifo. 955. estableciéndose como precio de compra del primer inmueble S/. por el presunto delito Contra la Fe Publica.338. donde consta un Contrato de Compra y Venta falso. hecho que es materia de un Proceso Penal ante el 7° Juzgado Penal de Lima Exp.64 dólares americanos y por el tercer inmueble la suma de US$ 99.. el denunciado transfiere los lotes N°1. 2 . que los Partes Notariales de las Escritura Pública falsas antes mencionadas.325.INMUEBLE DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN . fueron presentados ante SUNARP por Carlos López Noriega y Churchill Orellana Rengifo. el 19 de septiembre del 2006. Es así. Lumber Saul Nuñez Condor transfiere los lotes mencionados a su hijo Lumber Saul Nuñez Salazar a través de una Escritura Pública de Anticipo de Legítima con dispensa de Colocación. después de haberse llevado a cabo una subasta pública el 08 de julio del 2005. supuestamente celebrado con el representante del Ministerio de Educación. PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA. registrado en la Partida 11631487 .000.00 nuevos soles y el tercer inmueble por S/. interviniendo además. Asimismo el 12 de diciembre del 2005. 310. 634-2007. Posteriormente.00 nuevos soles.000. que con fecha 18 de septiembre 2006. directamente Rodolfo Orellana Rengifo bajo la apariencia de un “supuesto asesoramiento” para “regularizar” o “sanear” los inmuebles. e inscrito el 06 de abril del 2006 en SUNARP. donde se establece el precio de venta por el primer inmueble: US$ 101. mediante la Escritura Pública de Compra y Venta. hecho que salió a la luz cuando el Notario Público Ricardo José Barba Castro presentó una denuncia ante el Ministerio Público. declarado ganador a Carlos López Noriega.000. supuestamente. el denunciado Carlos López Noriega presentó a la SUNARP la Escritura Pública de Compra Venta falsa para su inscripción registral. por el segundo inmueble la suma de US$ 98. extendida supuestamente por el Notario Público Ricardo José Barba Castro. haciendo un total de S/. extendida ante el Notario Público Lucio Alfredo Zambrano Rodríguez. N° 3 a Lumber Saul Nuñez Condor.UBICADO EN LA CALLE 18. URBANIZACIÓN POPULAR LAS PRADERAS DE LA MOLINA EN EL DISTRITO DE LA MOLINA. Es importante precisar. habiéndose.Departamento de Lima de propiedad del Ministerio de Educación.631. el segundo inmueble S/.56 dólares americanos.00 nuevos soles. 320. habiendo solicitado la inscripción en SUNARP.88 dólares americanos. 11631488 y 1631489 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima. lo que realmente implicaba actos de lavado de activos. MANZANA J. 2. extendida por el Notario Público Rolando Alejandro Ramírez Carranza. siendo que para ello utilizó la Escritura Pública falsa del 28 de octubre del 2005. Es así. puesto que. que se declara Nulo todo lo actuado y el levantamiento de la Medida Cautelar de Embargo sobre el mencionado inmueble. Esp. el cual concluye que “CAYO LOPEZ REATEGUI y CARLOS LOPEZ NORIEGA son una misma 2 . manzana J. cedió sus derechos a Humberto Pascual Velásquez Ampuero por la suma de $ 90. suscribendo una Letra de Cambio por la suma de $190. y cuando ya había sido tasado y se encontraba próximo a ser rematado. declarado ganador a CARLOS LÓPEZ NORIEGA. registrándose el inmueble en la Partida Registral N° PO2225590 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima. después de haberse llevado a cabo una subasta pública a través del COMITÉ DE PROINVERSIÓN. Huayta Arias) el cumplimiento de la supuesta “obligación cambiaria”. hecho que se determinó mediante Pericia Dactiloscópica y Grafotécnica AFIS N° 12389. Cabe precisar. presentando una Partida de Defunción Falsa. Carlos López Noriega simulo su propio fallecimiento. urbanización popular Las Praderas de La Molina en el distrito de La Molina.00 nuevos soles. 635. ordenándose una Medida Cautelar de Embargo sobre el inmueble adquirido en forma indebida. Y otros.000. siendo que el primero actuó en calidad de aceptante. habiéndose. que el denunciado Carlos López Noriega simuló haber contraído una deuda con Cesar Oscar Ferre Simonetti.INVESTIGADOS: CARLOS LOPEZ NORIEGA o CAYO LOPEZ REATEGUI WILMER ARRIETA VEGA. para apoderarse del inmueble ubicado en la Calle 18. estableciéndose como precio de compra del inmueble S/. la misma que fue endosada al investigado Wilmer Arrieta Vega. a través de la señora Jenny Reátegui Valderrama identificada con DNI 80505444. 2006-05702-01801-JR-CI-05. ante SUNARP una Escritura Pública y contrato de Compra Venta falso de fecha 30 de diciembre del 2005. extendida supuestamente por el Notario Público Ricardo José Barba Castro.00. inscrita la Compra Venta el 18 de mayo del 2006. el 15 de noviembre del 2007. Provincia y Departamento de Lima. no obstante a ello el denunciado Carlos López Noriega se apersonó al Proceso Judicial el 31 de enero del 2007 cuando supuestamente había fallecido el 27 de agosto del 2006.000. contrato que supuestamente habría celebrado con el representante del Ministerio de Educación. el denunciado Carlos López Noriega adoptó la identidad falsa de “Cayo López Reategui” con DNI 45322323. Cabe precisar que con la finalidad de evitar denuncias en su contra. presentó el 21 de marzo del 2006.00. Posteriormente. Wilmer Arrieta Vega solicitó el remate del inmueble. Nuevamente bajo la misma modalidad el imputado Carlos López Noriega. supuestamente. donde se señala que Carlos López Noriega falleció el 27 de agosto del 2006 a las 03:00 horas en el caserío del distrito de Yarinacocha en Ucayali.000. lote 8. quien demandó a Carlos López Noriega en vía del Proceso Ejecutivo ante el Quinto Juzgado Civil de Lima Sub-Especialidad Comercial (Exp. del 08 de septiembre del 2008. Arias) por el delito Contra la Fe Pública. sobre el inmueble materia de investigación. con fecha 08 de enero del 2008. con Carnet de Extranjería N° 000106337.00 nuevos soles. 236-08. Posteriormente se logra la incripsión del falso contrato a través de la Notaría Pública Ramón Espinoza Garreta. por el precio de S/. donde consta el supuesto Contrato de Compra Venta suscrito con el representante del Ministerio de Educación. entonces presenta la denuncia penal que da origen al Proceso seguido ante el 31° Juzgado Penal de Lima (Exp. lote 14 de la Urbanización Eucalipto . Enrique Lanegra Arzola. distrito de Santiago de Surco. Con fecha 16 de septiembre del 2008 el denunciado Carlos López Noriega utilizando su identidad falsa mediante Escritura Pública. conforme consta en la Resolución Reniec N° AFIS N° 834-2008/CGBI/GRI/RENIEC. y del mismo modus operandi utilizó una Escritura Pública falsa del 28 de abril del 2008. que se eleve a Escritura Pública ante el Notario Público Gonzáles Bazán quien al verificar que no existía la documentación sustentatoria del referido contrato como es la Subasta Pública realizada por PROINVERSION. Continuando con su actuar delictivo el investigado Carlos Lopez Noriega. siendo presentada para su inscripción en SUNARP por Juan Jesus Carmona Cartagena.500. Y otros. donde a través del Oficio N° 583-2009-IN-1601-DG extendido por la Dirección General de Migraciones informan que el carnet de extranjería N° 000106337 no corresponde a la serie emitida por DIGEMIN. identificado como ciudadano libanés. DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO. que en un primer momento el denunciado Carlos Lopez Noriega intentó con una Minuta de Compra Venta suscrita por el abogado Eduardo Trujillo Aparicio y utilizando la identidad falsa de “Mayal Magib Majob”. registrado en la Partida N° 11704947 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima.persona. celebró un Contrato de Compra y Venta simulada con Marna Tapullima Izquierdo. Esp. 3. utilizando la identidad falsa de “Mayal Magib Majob”. por el precio de US$ 80. LOTE 14 DE LA URBANIZACIÓN EUCALIPTO . Cabe precisar. que la Minuta fue suscrita por el abogado Jaime Valenzuela Ayala con registro CAL N°17832 y la solicitud de inscripción del título 2 . Cabe precisar. sin más constancia que la entrega y recepción del dinero. que se habría pagado en efectivo. 787.. INVESTIGADOS: CARLOS LOPEZ NORIEGA.INMUEBLE DEL MINISTERIOR DE EDUCACIÓN – UBICADO EN LA CALLE SARAMANO MANZANA C. que obra en autos. sobre el inmueble ubicado en la Calle Saramano Manzana C.000. mediante un proceso de Subasta Pública a través del Comité de PROINVERSION. extendida por el Notario Público de Huaura.00 dólares americanos. supuestamente extendida por el Notario Público Ramón Espinoza Garreta . y la inscripción registral se realizó en la Partida N°11704947 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima. CESAR OSCAR FERRE SIMONETTI y Reyna Marín Valera de Ferrer adquieren el inmueble como DACION EN PAGO celebrada con HERNAN VILLACREZ TORRES. simula una deuda con CESAR OSCAR FERRE SIMONETTI (Con respecto al segundo Contrato de Compra Venta Falso) y éste último también está vinculado a HERNAN VILLACREZ TORRES. Jose Chapoñan.ante SUNARP fue presentada por Marcelo Barzola Castro. Vínculos de Carlos López Noriega con la organización: CARLOS LOPEZ NORIEGA suscribe un Contrato de Compra Venta con HERNAN VILLACREZ TORRES donde le transfiere bienes inscritos en las Partidas N° 11659012 y 11659011. en la Provincial y Departamento de Lima registrados en las Partidas 11631487. Con respecto a los ACTOS DE TRANSFERENCIA (PRIMER CONTRATO DE COMPRA VENTA FALSO) que realiza CARLOS LOPEZ NORIEGA a favor de LUMBER SAUL NUÑEZ CONDOR transfiéndole los tres lotes. título que fue presentado el 07 de enero del 2009. LUMBER SAUL NUÑEZ CONDOR le transfiere los mencionados inmuebles a su hijo LUMBER SAUL NUÑEZ SALAZAR a través de una Escritura Pública de Anticipo de Legítima con dispensa de Colación. sino también por ser socio Fundador. donde transfiere el inmueble. quien es HIJO DE RODOLFO ORELLANA RENGIFO. celebra un Contrato de Compra y Venta con Edith Marlene Morales Breña. conforme a la solicitud de fecha 11 de noviembre del 2008. 11631488 y 1631489. por lo siguiente: En la Partida Registral N° 41484020 se registra que el 13/12/2007 La Sucesión Testamentaria de Jorge Eduardo Alván vende este inmueble a HERNAN VILLACREZ TORRES. N° 2. por el precio de US$ 280. conforme obra de la copia de la Partida Registral N° 11704947 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima. además la Minuta fue suscrita por el abogado José Carlos Melendez León con registro CAL N° 39933. CHURCHILL RIOS VELA o CHURCHILL ORELLANA RENGIFO está vinculado a RODOLFO ORELLANA RENGIFO no sólo por vínculos de parentesco. La supuesta compradora Marna Tapullima Izquierdo con fecha 23 de diciembre del 2008. N° 3 de la manzana H. realizándose la solicitud de inscripción del bloque registral por parte del Notario Público César Fernando Loayza Bellido. Urbanización el refugio – Primera Etapa del distrito de La Molina.000. quien es representante y/o apoderado en las Personas Jurídicas vinculadas a RODOLFO ORELLANA RENGIFO. del del 18 de septiembre del 2006 y la solicitud de incripción resgistra lo presenta ante SUNARP el investigado CHURCHILL RIOS VELA o CHURCHILL ORELLANA RENGIFO. presentó la solicitud a SUNARP.00 dólares americanos. N°1. Gerente y /o Apoderado de las empresas donde también interviene RODOLFO ORELLANA RENGIFO. 2 . 25 m2. CLAUDIA TATIANA SOTOMAYOR TORRES y MAGNO IVAN PAREDES NEYRA. la denuncia interpuesta significó la suspensión del proceso arbitral y la renuncia de los árbitros. se le habría dado un fin distinto. Cabe precisar. habiendo firmado una clausula cuyo tenor indica el sometimiento a la Jurisdicción Arbitral. Este cuestionado contrato fue firmado por WILMER ARRIETA VEGA y LUIS DANTE MENDIETA FLORES.976. niñas y adolescentes en estado de abandono.311. motivo por el que la Procuraduria interpuso una serie de procesos en resguardo del inmueble de propiedad del Estado. 2 . es decir de carácter comercial. cuyo valor estimado seria de TRES A CUATRO MILLONES DE DOLARES aproximadamente.4. GARCILAZO DE LA VEGA. CHACLACAYO-LIMA: INVESTIGADOS: WILMER ARRIETA VEGA: RODOLFO ORELLANA RENGIFO Y otros. evitando la admisión de un laudo que pretendía adjudicarse el inmueble de la Fundación por los Niños del Perú.FUNDACIÓN POR LOS NIÑOS DEL PERU .INMUEBLE UBICADO EN LA AV. de una extensión de 17. miembros del Tribunal Arbitral. sin embargo. El investigado Wilmer Arrieta Vega en calidad de representante de Brida Industrial SAC. siendo. denunciando a su vez a los árbitros ALBERTO VASQUEZ RIOS. también a JUAN ANTONIO BAZAN CHAVEZ y PATRICIA LEON ROCA.026 DOLARES AMERICANOS y el pago de una indemnización por daños y perjuicios por una presunta deuda de mejoras supuestamente hechas en el inmueble. arrendó de la Fundación por los Niños del Perú. quienes actuaron sin representación ni autorización del Consejo de Supervigilancia de funciones. contra la Fundación por los Niños del Perú por el supuesto adeudo de US$387. que la Fundación alquila el predio a fin de que la empresa privada de cumplimiento a sus objetivos comerciales. Chaclacayo-Lima. el contrato era Nulo por cuanto los fines de la Fundación era atender su objeto social y no celebrar contratos privados con terceros con la finalidad de proveerse un beneficio económico.. contrario al objeto social de la Fundación. contrato que seria Nulo porque su objeto es física o jurídicamente imposible y contiene tres artículos contrarias a la ley. es decir. sino para concretar el objeto social. que esto no se habría dado sin la colusión de los funcionarios de la fundación por Los Niños del Perú. tanto más si con dicho contrato se impidió ayudar a muchos niños. siendo que el plazo del mismo era de diez años (a pesar de que la norma exige un máximo de 6 años) y con opción de renovación. quienes habrían concertado con la finalidad de renunciar a los tribunales de la provincia y someterse a la Jurisdicción Arbitral direccionado y coludido con los intereses de BRIDA INDUSTRIAL SAC para poder conseguir un LAUDO ARBITRAL a su favor que seria utilizado con otros propósitos de adjudicarse los inmuebles. ZONA DENOMINADA “LOS CONDORES”. quienes habrían asumido competencia para resolver sobre una aparente controversia iniciada por BRIDA INDUSTRIAL SAC. del Registro de Propiedad Inmueble de Lima. Garcilazo de la Vega. el inmueble ubicado en la Av. zona denominada “Los Condores”. Inscrita en la Partida Electrónica Nº 43030035. Guardia Civil N° 835. dirigido al Consejo de Supervigilancia de Fundaciones del Ministerio de Justicia. Independencia Nº 983 Distrito de Breña. este se dió recién cuando las denuncias y la presente investigación se dio a conocer por todos los medios de comunicación del país. utilizado como casa de campo. lugar donde funciona también JUEZ JUSTO SAC. se concluye que esta organización operaba no solo con una. causando un grave perjuicio social y económico al país. dado que este es Representante Legal de la mencionada empresa. manifestando su intención de entregar el inmueble a sus propietarios. ha celebrado grandes contratos en su condición de Gerente General de BRISA INDUSTRIAL SAC. Finalmente.Finalmente. no solo por la imposibilidad del disponer del inmueble con fines públicos. es que evidencia un concierto de voluntades para lograr activos de origen ilícito en beneficio de la organización. De lo expuesto. que es lo que el Estado dejo de percibir. se tiene que durante tres años el inmueble estuvo en posesión de Rodolfo Orellana Rengifo. que figura como Gerente General la persona de BENEDICTO JIMENEZ BACCA. que los investigados decidieron entregar el inmueble por temor a las consecuencias de las denuncias públicas y no otro. conforme se advierte del Reporte de Essalud como empleado de la empresa COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO PARA EMPRESAS EXPORTADORAS – COOPEX. 550. sino con diversas empresas o personas jurídicas de fachada con el solo fin de faccionar simulados actos jurídicos. lo que acredita la estrecha cercanía con el denunciado Rodolfo Orellana Rengifo. Dolares americanos. básicamente con los famosos LAUDOS ARBITRALES y las PRESCRIPCIONES ADQUISITIVAS NOTARIALES. pero conforme se tiene de la fecha de emisión de dicho documento. desde el 01 de enero al 31 de diciembre del 2009 con un sueldo de S/. remite Carta Notarial de fecha 23 de junio de 2014. demostrándose así. no continuará litigando. Urb. para demostrar el dolo con que habrían actuado los investigados a efectos de hacerse de los inmuebles del Estado para luego someterlo a un laudo arbitrar por deudas que se habrían forzado realizar y que se pretendía ejecutar. aunado a que ambas empresas registran la misma dirección sito en Av. y es que Wilmer Arrieta Vega. en su condición de Gerente General de BRISA INDUSTRIAL SAC. 2 . pero a su vez. señalando que sobre los inmuebles antes referidos por los que mantiene procesos judiciales en tramite referidos a su posesión (desalojo). en razón de que durante el tiempo que Rodolfo Orellana Rengifo estuvo ocupando el inmueble no cancelaba el arrendamiento adeudando un monto de US$1`320. señalando además su Teléfono nextel 424*0894.00. seria un trabajador de menor rango de RODOLFO ORELLANA RENGIFO. Lo grave de la conducta de los investigados. junto a su familia. el actual Gerente General de Pedro Rolando Landa Niada.000. siendo que la posesión del investigado a causado un grave perjuicio al Estado. con domicilio en Jr. Corpac-San Isidro. sino que el Estado ha dejado de percibir ingresos significativos. cuya Minuta fue autorizada por el abogado OSCAR HUGO AGUILAR CERVANTES. interpretación. incluidas las que se refieran a su celebración. emitiéndose un LAUDO ARBITRAL que le da calidad de compra venta los inmuebles a favor de WILMER ARRIETA VEGA. mediante Escritura Pública del 04 de febrero del 2010. sobre el inmueble Lotes 4 y 5. a fin de ejercer su opción de compra. Posteriormente. estableciendo en dicho contrato una CLÁUSULA ARBITRAL (modus operandi de la organización criminal) en la que ante cualquier controversia.COM S. Parte Lote 17. y ante la falta de respuesta se inició el proceso arbitral.CASO LA “PLAZA DE TOROS ARENAS DE LIMA” ANTES “COLISEO SOL Y SOMBRA INVESTIGADOS: WILMER ARRIETA VEGA: IRIS FABIOLA ULLOA INFANTE JULIO AUGUSTO AZPILCUETA TEMOCHE LUDITH ORELLANA RENGIFO (GERENTE GENERAL DE LA NEGOCIOS INMOBILIARIOS. Lote 16. haber firmado un contrato de arrendamiento con opción de compra con la persona de Blanca Rosa Paredes Córdova administradora judicial de la Plaza de Toros Arenas de Lima. Fundo Huerta Mendoza. valorizada en $2´000.A. mediante Minuta de 2 . acumulados en la Partida N° 12438292 del Registro de Propiedad Inmueble de Lima. además la opción de compra los iba realizar el denunciado solo enviando una carta simple.C) Y otros. Se le imputa a Wilmer Arrieta Vega que con fecha 17 de marzo del 2009. serían sometidas a la decisión de un ÁRBITRO único de derecho. Lote 19.5. interviniendo como ÁRBITRO ÚNICO DE DERECHO la persona de Oscar Hugo Aguilar Cervantes.. Parte Lote 20 y Parte Lote 20) del Jr. modificaron el contrato mediante una adenda. siendo que una vez iniciado el PROCESO ARBITRAL contra BLANCA ROSA PAREDES CÓRDOVA. Unidad Inmobiliaria N° 1. distrito de La Victoria. extendido por el Notario Público Walter Ramón Pinedo Orrillo.00 (dos millones) de dólares americanos. quien resolverá aún en rebeldía de una de las partes.000. esta fue declarada rebelde. mediante la Escritura Pública de fecha 20 de noviembre del 2009. Hipolito Unanue – Jr. Parte Lote 17. Con fecha 23 de marzo del 2009. y su aclaratoria. el denunciado Wilmer Arrieta Vega le transfiere a la investigada Iris Fabiola Ulloa Infante la propiedad antes referida. Lote 18. Con fecha 12 de febrero del 2010. Lote 15. Mendoza Merino. que era de propiedad de Giovanni Mario Paredes Ruiz. en la que Blanca Rosa Paredes Cordova renuncia a la Hipoteca Legal que podría registrar en caso que el investigado Wilmer Arrieta Vega no cancele el precio de la venta. validez y ejecución. el denunciado le envía una carta a la administradora judicial. extendido por el Notario Público Serafín Martinez Gutarra. por el precio de US$450. autorizada por la abogada Ana María Silva Ferrer.C (empresa que tiene como Gerente General a Ludith Orellana Rengifo. tenía como finalidad encontrar a un Tercero de Buena Fe Registral para OCULTAR el origen de los bienes inmuebles que pertenecían a la Sucesión de Mario Dionisio Paredes Cueva. Según Boleta Informativa a Nivel Nacional. Guardia Civil N° 835.Com S. cuya adquisición por parte del investigado tiene una procedencia ilícita.00 tenía 24 años de edad.CASO SCOTIABANK: INMUEBLE CALLE LAS CAMELIAS 327-331 URB. dentro del Estudio Del Abogado Rodolfo Orellana Rengifo ubicado en la Av. de todos los bienes y que supuestamente le habría vendido el 12 de febrero de 2010.000.00 en efectivo y por el saldo de US$ 180. manifestando que la propietaria de dichos bienes era IRIS FABIOLA ULLOA INFANTE. el inmueble ubicado en Calle Las Camelias N° 327-331 La Molina por el precio de US$ 240. extendida por el Notario Público Walter Ramon Pinedo Orrillo. 302 Urb.A.Compra y Venta.00 dólares americanos. con fecha 11 de marzo del 2010. mediante Escritura Pública de fecha 22 de febrero de 2010. registra dos vehículos F2P410 y F1M283. donde registra como domicilio en Calle Conde de la Vega N° 113 – Santiago de Surco.000. Alonso de Molina Nº 1480 Dpto. 6.00. incluso en su 2 . el denunciado WILMER ARRIETA VEGA. Por otro lado. conforme se aprecia en la Copia Literal de la Partida de la mencionada empresa N° 12332663). Es de notar que Irazabal Napa al momento de adquirir el inmueble por US$ 240.00 dólares americanos. CAMACHO -LA MOLINA.000. A pesar de ello. oferto el conjunto de bienes inmuebles denominados La Plaza de Toros Arenas de Lima. INVESTIGADOS: José Alfredo Irazabal Napa Jorge Enrique Flores Yupanqui Y otros. otorga Poder Especial a la investigada Iris Fabiola Ulloa Infante para que pueda vender y cobrar el precio de venta. San Isidro. y adquiere el inmueble sin justificar sus ingresos. de donde se desprende que la transferencia de propiedad a favor de IRIS FABIOLA ULLOA INFANTE.000.. el investigado JULIO AUGUSTO AZPILCUETA TEMOCHE.00 obtiene del Banco un préstamos con garantía hipotecaria por la suma de US$ 180.000. presentándose como representante de la empresa Negocios Inmobiliarios.000. siendo la forma de pago la siguiente: US$ 60. quedando inscrita la venta y la hipoteca en los asientos 5C y 3D de la ficha 145376 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. en su ficha RENIEC señala como domicilio Jr. otorgada ante Notario Alfredo Paino Scarpati compra de la Inmobiliaria Alaver S. Pampas de Santa Teresa Santiago de Surco.A. José Alfredo Irazabal Napa que mediante Escritura Pública de fecha 17 de septiembre de 1997. sin embargo. 639. por tanto en el presente caso existe una ausencia de explicación razonable del imputado sobre su adquisición. Una vez efectuada la inscripción del inmueble a favor de Oldrich Sembera Parro y consecuentemente incorporado a su patrimonio. es decir evidenciaba que quería honrar la deuda contraída con dicha Institución.F. quienes de esta forma contribuyeron a que Oldrich Luis Sembera Parro.588. Sin embargo. el investigado José Alfredo Irazabal Napa. es decir compró el inmueble a su misma empresa.367.A.00. 2 . Irazabal Napa le envía al Banco solicitándole la re financiación de deuda. comprometiéndose a cancelar el crédito hipotecario del Sr. Irazabal Napa. el investigado suscribió un Pagaré por el monto de US$ 547. transfiere el inmueble Vía Dación de Pago a favor de Oldrich Sembera Parro mediante Escritura Pública otorgada ante Notario. Posteriormente. de manera totalmente irregular y fraudulenta.000.S. inscrita la ampliación en el asiento 5D de la ficha 145376.manifestación sólo ha indicado ser administrador de empresas. no respondiendo a cuando ascienden sus ingresos.A. Con fecha 23 de octubre del 2000.00 dólares americanos esto según tasación efectuada por el 6to Juzgado Civil.A. Posteriormente la empresa Doctor Andreu Q. envía carta al Banco. dado que Oldrich Luis Sembera Parro se encontraba sometido a un Proceso Concursal. Sin embargo.53 dólares y firmando como Aval la empresa Doctor Andreu Q. éste bien pasa hacer administrado por la Entidad Liquidadora Aladem EIRL ( representado por Clara Gil Castro) . mediante Escritura Pública de fecha 07 de agosto de 1998.00 dólares. generado a partir del 24 de enero del 2006. ante el incumplimiento de la deuda con fecha 21 de diciembre del 2003 el banco interpone una Demanda de Ejecución de Garantía Hipotecaria contra José Alfredo Irazabal Napa por la suma de US$ 547. a pocos días antes del Remate.25 dólares. a pesar que el inmueble estaba valorizado en US$ 392. por ello que con fecha 16 de febrero del 2001. declaró fundada la demanda de ejecución de garantía y en vía de ejecución de sentencia se dispuso el remate judicial para el día 09 de noviembre del 2007.367.00. otorgada ante Notario Alfredo Paino Scarpati se amplió el contrato de mutuo con garantía hipotecaria por la suma de US$ 230.500. y el Poder Judicial mediante Resoluciones de fecha 05 de noviembre del 2004 y 12 de mayo del 2005. Alejandro Ramírez Carranza. por la suma irrisoria de US$ 56.F. el Banco a solicitud del investigado le remite el estado de cuenta que arroja la suma de US$ 423. Asimismo con fecha 13 de octubre del 2000. (por una supuesta prestación de servicios dentales – modus operandi).S.000. con fecha 03 de octubre del 2007. en consecuencia se amplió la hipoteca a la suma de US$ 408. Ademas Irazabal Napa es socio de la Inmobiliaria Alaver S. el Sr.53. que se inició a raíz de la demanda simulada interpuesta por Alberto Anahuari Manihuari representado por Juan Alberto Del Águila Ríos ( ambos integrantes de la organización criminal). adquiera la condición de Insolvente. A.A.A.18.”. esto según fluye de la Escritura Pública otorgada ante el Notario Manuel Galvez Succar Finalmente.A. denunció a Jorge Enrique Cortes Martínez y a sus dos hijos Jorge Antonio Cortes Guerrero. equivalente al cincuenta por ciento de acciones y derechos del inmueble. la misma que lo hicieron para garantizar las obligaciones de la empresa “NOBLESE REPRESENTACIONES S. quienes mediante actos sucesivos de transferencias irregulares se apropiaron del inmueble.Con fecha 25 de octubre del 2007. INMUEBLE DE LA AV. cuando dicho inmueble era de propiedad de los esposos Jhon Alfonso Cohn Larraburre y Luisa Coloma de Cohn. Jorge Enrique Flores Yupanqui transfiere el inmueble a Clodomiro Cabrejos Sanchez. Paola Alicia Cortes Guerrero y a Jhonny Omar Vasquez Hummel.A.I. que estos hechos tienen su origen cuando con fecha 28 de marzo del 2011 el Banco Scotiabank S. 7. expediente Nº 347432001. Argentina Nº 1951 2 . comprobándose la vinculación que existe entre Cabrejos y Orellana. Hermógenes Vinculación con la organización se desprende. mediante Escritura Pública de fecha 05 de diciembre del 2001 y su aclaratoria respectiva.A.731. toda vez que a la empresa NEOGAMA EIRL. REPÚBLICA ARGENTINA N° 1951. por la suma de US$ 245. luego que realizó una serie de actos de conversión y transferencia de bienes cuyo origen ilícito conoció o pudo presumir que efectivamente así lo eran. respecto del cincuenta por ciento del inmueble ubicado en la Av. el Titular Gerente Rodolfo Orellana Rengifo transfiere vía compra-venta los derechos que posee a favor de Hermógenes Clodomiro Cabrejos Sánchez. quienes lo habían hipotecado a favor del Banco Scotiabank S.L transfiere el inmueble a Jorge Enrique Flores Yupanqui (Testaferro de la organización) en la irrisoria suma de US$ 110.R.000. Clara Gil Castro en representación de ALADEM E.00. ante el incumplimiento de las obligaciones de la empresa “NOBLESE REPRESENTACIONES S. Argentina 1951 – Callao.” se inicia un proceso de ejecución de garantías ante el Quincuagésimo Primero Juzgado Civil de Lima. de propiedad de John Alfonso Cohn Larraburre y Luisa Coloma de Cohn Es así que con fecha 17 diciembre del 2001. ubicado en la Av. INVESTIGADOS: Jorge Enrique Cortez Martinez Jorge Antonio Cortez Guerrero Paola Alicia Cortez Guerrero Jhonny Omar Vasquez Hummel Se le atribuye al denunciado Jorge Enrique Cortes Martínez ser autor del delito de lavado de activos y dirigente de la organización criminal Orellana Rengifo. ”. las personas de Jorge Antonio Cortes Guerrero y Paola Alicia Cortes Guerrero. proceso que fue favorable logrando que dicho inmueble sea independizado y separado en dos. para apoderarse de la mitad de la propiedad. realizó un procedimiento de Prescripción Adquisitiva Notarial de fecha 18 de abril del 2006. quien tras formar parte de toda una red dedicada a la adquisición ilegal de bienes obtenía información de manera anticipada de los procesos de ejecución de garantías para apoderarse irregularmente de inmuebles. ordenándose con fecha 12 de julio del 2005 el remate de dicho inmueble y cuando se procedía a ejecutar la tasación del mismo el denunciado Jorge Enrique Cortes Martínez. ubicada en la Av.C. quedando como propietario de este último inmueble el denunciado Jorge Enrique Cortes Martínez. tras ser su cuñada. como el ubicado en la Av. como el inmueble ubicado en la Av. gerente administrativo Paola Alicia Cortez Guerrero. República de Argentina N° 1959-1963. la misma que tiene su sede en la ciudad de Panamá y que para dicha fecha coincidentemente se encontraban como directores los hijos del denunciado Jorge Enrique Cortes Martínez.00 dólares americanos mensuales. así como también la persona de Ruth Nancy Medina Becerra. Es importante precisar que la prescripción adquisitiva se realizó mediante engaños toda vez que en el inmueble se efectuó una aparente posesión de parte del denunciado Jorge Enrique Cortes Martínez. que dicho inmueble fue transferido por la suma de US$ 600.A. ante el Notario Público Pedro Germán Nuñez Palomino. e inmediatamente después con Escritura Pública de fecha 20 de octubre del 2006. 8.600.000 a favor de RESWAR CORP S.C.-Callao a favor del Banco Scotiabank. conforme se encuentra registrado en la partida electrónica N° 70274757. el denunciado Jorge Enrique Cortes Martinez. por el monto de US$ 1. y como uno de los fundadores el denunciado Jorge Antonio Cortes Guerrero.A. Sospechosamente e inmediatamente después con fecha 13 de septiembre del 2006 el denunciado Jorge Enrique Cortes Martínez transfiere el inmueble ubicado en la Av. aclarada el 27 de noviembre del 2006 esta última empresa procede a arrendarlo a favor la empresa “CORPORACION BIOQUIMICA INTERNACIONAL S. REPUBLICA DE ARGENTINA Nº 19591963 Con fecha 18 de abril del 2006. cuyo gerente general es el denunciado Jorge Enrique Cortes Martínez en el año 2008. República de Argentina 1951 y para el segundo en la partida matriz N° 70274757.A. RESPECTO AL INMUEBLE UBICADO EN LA AV. quien también vendría a ser familiar del denunciado Jorge Enrique Cortes Martínez. República de Argentina Nº 1951. proceso con el que se le declaró propietario del predio mencionado. según escritura de fecha 13 de setiembre del 2006. República de Argentina Nº 1959-1963 a favor de la empresa RESWAR CORP S. siendo el primero mediante partida matriz N° 70093938. adquiere mediante una operación fraudulenta de Prescripción Adquisitiva Notarial.. arrendamiento que se efectuó por el lapso de ocho años forzosos empezando a regir desde 21 de julio del 2006 y que al parecer ésta 2 .C. ante el Notario Público Pedro German Nuñez Palomino. asimismo con fecha 13 de noviembre del 2006 el denunciado José Antonio Valderrama Contreras asumió el cargo de gerente administrativo de dicha. (ALADEM)”.I. al ser ésta la persona que constituyó dicha empresa mediante escritura pública de fecha 07 de agosto del 2000. mediante escritura pública de fecha 06 de febrero del 2008 e inscrito el 02 de abril del 2008. en la adquisición y transferencia sucesiva irregular de los terrenos de forma ilícita realizando actos de conversión. REPÚBLICA DE ARGENTINA Nº 1951. LIQUIDADORES Y ADMINISTRADORES DE EMPRESAS E. Posteriormente. toda vez que mediante contrato de dación de pago Rocio María Baracco Miller. En tanto que con fecha 12 de noviembre del 2007. quien en un proceso concursal había sido declarada insolvente.R. conforme se encuentra registrado en la partida electrónica N° 70093938.. actos que configuran el delito de lavado de activos. Posteriormente ALADEM E. ante el mismo Notario Público Pedro German Nuñez Palomino. Paola Alicia Cortez Guerrero y Jorge Antonio Cortes Guerrero registran vínculos financieros. República de Argentina Nº 1951 aun hipotecada a favor del Banco Scotiabank. República de 2 . societarios y antecedentes delictivos con personas que registran investigaciones por delitos precedentes. realizó una compra venta del inmueble ubicado en la Av.RESPECTO AL INMUEBLE UBICADO EN LA AV. en contubernio con su esposa Johany Silvia Medina Becerra. Que los investigados han participado como integrante de la organización criminal de Rodolfo Orellana Rengifo.00 dólares. empresa que participó como empresa liquidadora en la insolvencia de Rocio María Baracco Miller. el denunciado Jorge Enrique Cortes Martinez.última empresa siempre ocupó el inmueble de la Avenida República de Argentina Nº 1953-1963. conforme aparece de la partida matriz N° 70093938 del Registro de Propiedad Inmueble del Callao. y con fecha 15 de marzo del 2001 se le nombra como Gerente General. quien está vinculada a la denunciada Ludith Orellana Rengifo. supuestamente para cancelar una supuesta deuda que la sociedad conyugal acotada mantenía con Barracco Miller por el monto de US$ 28.L. proceso en el cual se designó a la entidad liquidadora “ASESORES. figurando como titular de la empresa. conforme al asiento B00001 de la Partida Registral N° 11201844 del Registro de Personas Jurídicas de Lima. el inmueble de la Av. mediante Resolución N° 06 de fecha 24 de enero del 2006. la sociedad conyugal Cortes Martínez -Medina Becerra transfieren el inmueble de la Av. 9.000.L. expedida por el Juzgado Mixto de la Molina y Cieneguilla. República de Panama Nº 1951 a Rocío María Baracco Miller vía dación de pago. mediante escritura pública de fecha 08 de enero del 2008 inscrita el 21 de enero del 2008.IR. proceso con el que se les declaró propietarios del predio mencionado. realizaron una operación fraudulenta de Prescripción Adquisitiva Notarial. De lo que se advierte claramente que los denunciados Jorge Enrique Cortes Martínez. transferencia y tenencia. hermana del denunciado Rodolfo Orellana Rengifo. renunciando al cargo el 13 de agosto del 2001. conforme se encuentra señalada en la Partida Registral 70093938. en los cuales el denunciado Jorge Enrique Cortes Martínez. asimismo con fecha 17 de agosto del 2010 el predio acotado registra una hipoteca realizada por el denunciado Jhony Omar Vasquez Hummel a favor de la “CAJA MUNICIPAL DE AHORROS Y CREDITO DE PIURA S. en nombre y representación de su empresa “CONSIGNACIONES Y SAN ANTONIO S.00 dólares americanos. habiendo primero realizado la adquisición de bienes inmuebles de forma fraudulenta y después de ello realizar diversas transferencias de dichos bienes.” por US$. con el fin de adquirir activos con personas de su entorno. “CORPORACION BIOQUIMICA 2 . los cuales demostrarían que se encontrarían vinculados. pues existen escrituras públicas que demostrarían la relación y/o vinculo que mantienen.” (PANAMA). encargado de buscar los terrenos e inmuebles para realizar este tipo de operaciones. entendiéndose que para las actividades ilícitas de lavado de activos a utilizado a sus empresas como “RESWAR CORP S.184.R. quien vendría a ser el enlace con Rodolfo Orellana Rengifo. De todo lo mencionado tenemos que la persona de Jorge Enrique Cortes Martínez formaría parte de la organización criminal liderada por Rodolfo Orellana Rengifo. siendo uno de ellos por haber comprado inmuebles a la empresa “ORELLANA ABOGADOS Y ASOCIADOS” demostrando así que ya se conocían y que habían realizado determinados actos comerciales.000. que siempre se encuentran vinculados a Rodolfo Orellana Rengifo o a las empresas que este maneja como “ORELLANA ABOGADOS Y CONSULTORES” y “ALADEM”. quien es amigo del denunciado Jorge Enrique Cortes Martínez. el denunciado Jhony Omar Vasquez Hummel (35).C.00 dólares americanos. realizando actos de conversión y transferencia con la finalidad de evitar el origen ilícito de su adquisición.A.A. conforme se establece en la partida registral N° 70093938. arrendamiento que se efectuó por el plazo de cuatro años forzosos.L.”. quien fue ex-trabajadora del señor Jorge Enrique Cortes Martínez. es así que al efectuarse dicha compra venta de levanta los gravámenes de la hipoteca del inmueble. desprendiéndose que después de todas las ventas y/o transferencias realizadas siempre la propiedad termina en tenencia del denunciado Jorge Enrique Cortes Martínez. conociendo las consecuencias de su accionar delictivo en las cuales también se utilizaron a otros miembros de la organización criminal incluido a sus hijos Paola Alicia Cortes Guerrero y Jorge Antonio Cortes Guerrero. conforme lo lo ha sindicado Lourdes del Rosario Ortega Medina.C. también ha adquirido bienes muebles de la empresa vendedora “ORELLANA ABOGADOS Y CONSULTORES”. Desde el 01 de abril del 2008 el denunciado Jhonny Omar Vasquez Hummel arrendó el inmueble ubicado en la Av.Argentina Nº 1951 a favor del denunciado Jhonny Omar Vasquez Hummel por el monto de US$ 190. República de Panamá Nº 1951 a la empresa “CORPORACION BIOQUIMICA INTERNACIONAL” de propiedad del denunciado Jorge Enrique Cortes Martínez. hijo de Leónidas Alejandro Vasquez Castañeda. Que. desprendiéndose de la presente conducta que el investigado realizaba los actos del delito de lavado de activos (transferencia y tenencia) de forma consciente y voluntaria.640. R. representado por Jorge Enrique Cortes Martínez. registra como apoderados a Oscar Ricardo Ampuero Guarniz y Pedro Pablo Martinez Ching.00 dólares americanos. registra como socios fundadores a Jorge Enrique Cortes Martinez. es el Gerente Financiero de “Inversiones y Consignaciones San Antonio S.L.A. Asimismo.L.”. Fundo Santa Rosa .R. en los cuales se señala que a través de la Empresa Inversiones y Consignaciones San Antonio giró cheques en favor de Rodolfo Orellana Rengifo por la suma de US$ 159. Según información de inteligencia.Lurin.000.000 (02/07/2008) ordenado por la Sociedad Agente de Bolsa Seminaro y Cía SAB SA. respecto al vehículo de placa N° RQM103. Según SUNARP registra como socios fundadores a Paola Alicia Cortes Guerrero. Adicionalmente. beneficiaria de fondos provenientes del Gobierno Regional de Loreto. el predio Unidad Inmobiliaria 1 parte de la Unidad Catastral 10414. El investigado Jorge Enrique Cortes Martínez fue beneficiado del Cheque N°08686785 por US$D 80. en la cual demuestra el evidente vínculo entre Jorge Enrique Cortes Martínez y Rodolfo Orellana Rengifo. marca mitsubishi año 1999.C. Guillermo Arturo Tomasevich Hernando. La vinculación con la organización se desprende que porque Jorge Enrique Cortes Martínez compro a Rodolfo Orellana. como gerente financiero a Jorge Enrique Cortes Martínez. clase camioneta rural. presumiéndose que el investigado también utilizó de forma ilícita su propia empresa con la finalidad de facilitar el delito lavado de activos. Johany Silvia Medina Becerra de Cortes y Jorge Enrique Cortes Martínez. conforme a la Escritura Pública de fecha 27 de octubre del 2007. Según Sunarp.L.787. celebrada entre “ORELLANA ABOGADOS Y CONSULTORES”. Por haber sido la empresa AGROPROCESOS S. según base de datos Sunat. entre otros. de Inversiones y Consignaciones San Antonio SRL. la empresa “Inversiones y Consignaciones San Antonio S. En base de datos Sunat. el cual fue abonado a favor de Rodolfo Orellana Renfigo (Cuenta N° 193-15173267-1 -31). 2 . Pedro Pablo Martínez Ching y Yony Loayza Gonez.”. Con el testimonio de acta de transferencia de vehículo de fecha 03 de noviembre del 2006. Habiendo sido reportado por la UIF.” siendo ésta última ordenante de cheques a favor de Rodolfo Orellana Rengifo. registra como apoderado a Oscar Ricardo Ampuero Guarniz y como gerente general a Pedro Pablo Martinez Ching. como socio a Jorge Antonio Cortes Guerrero y como apoderado a Oscar Ricardo Ampuero Guarniz. ordenó fondos a favor de Corporación Bioquímica Internacional SAC. con lo cual quedaría demostrado que estas personas mantenían vínculos comerciales. Cabe mencionar.SBS como beneficiario de fuertes sumas de dinero. representando por Rodolfo Orellana Rengifo a favor de “INVERSIONES Y CONSIGNACIONES SAN ANTONIO S. inscrita en la P.R. según Sunat Jorge Enrique Cortes Martínez. por el valor de US$ 120. 70009269. persona sujeta a operaciones reportadas por UIF.INTERNACIONAL S.C. que Jorge Enrique Cortes Martínez esta siendo investigado en un mismo caso junto a Rodolfo Orellana Rengifo (506010134-2011-658-0 del 14/12/2011) por el delito de asociación ilícita.” registra como gerente general a Paola Alicia Cortes Guerrero.A.E.. Partida Registral 12042779. OQ5345. Incremento patrimonial de Jorge Enrique Cortez Martínez. penales y extrajudiciales por las denuncias de diversos delitos que enfrenta su Jefe Jorge Enrique Cortes Martínez. Buenos Aires N° 222-Callao Cercado. Malecon Figueredo N° 432. También se debe señalar que Oscar Ampuero Guarniz es apoderado e interviene en las operaciones de las empresas “INVERSIONES CONSIGNACIONES SAN ANTONIO S. Calle 3 N° 213Callao cercado. F7N916. se verifica que el referido investigado tiene 20 vehículos de placas ZG7183. y por lo tanto tendría conocimiento pleno de las actividades ilícitas de transferencia.YG1757.La Punta Callao. quien viene a ser el asesor jurídico de quien sería la persona encargada de elaborar las minutas y actos fraudulentos para favorecer a su jefe.YG3100. con RUC 20512251634.R. F7N908. B8Z270.F2G595.ZG2685. F6Q841.” y “CONSORCIO DISTRIBUIDOR AGRICOLA S. INVESTIGADOS: Churchill Orellana Rengifo 2 . conformen se tiene de la boleta informativa emitida por SUNARP que obra en autos. “CORPORACION BIOQUIMICA INTERNACIONAL S. C9V384. N° 377. la Oficina Registral de Lima. F6Q805. con quien estructuraría y planificaría la estrategia de defensa legal en los procesos civiles. 10. FCQ839. de propiedad de Jorge Enrique Cortes Martínez. C6A679. F7N912. YG5819. Javier Heraud. F7N909. abogado hábil con colegiatura del Colegio de Abogados del Callao N° 4709. las mismas que registras las placas B12756.”. en cuyas inscripciones el investigado consigna como domicilios los siguientes Av. Argentina N° 1959.A. ZG6875.A.C. F7N913. F6Q806. tiene como apoderado Oscar Ricardo Ampuero Guarniz. F7N739. Av. ZG7400. La Codamine 224. OO3307. YG5862.La Punta Callao. Malecón Figueroa N° 470. F7N740. ZG1762. CHURCHILL ORELLANA RENGIFO. F6Q808. 95435B. F7N915. el cual también serviría de enlace con Rodolfo Orellana Rengifo. D1C744.. F6Q835. AGROPROCESOS S. ZG6887. empresas como ya se ha señalado pertenecen a Jorge Enrique Cortes Martínez. YG1195. IG5865. PGH408.Callao.. YG2061. F7N910. F7N736. Calle Rimac. XG9022. ZG1158. esta empresa registra 27 vehículos motorizados. Av.C. F7N737. mediante Boleta Informativa a Nivel nacional. ocultamiento y tenencia en las que vendría realizando su Jefe y en las cuales involucra a su madre Mafalda Felicita Guarniz Rodríguez. F6Q840. A6F538.Asimismo. el denunciado Jorge Enrique Cortes Martínez. F7N918.INMUEBLE UBICADO EN PASAJE JOSÉ BOTERIN N°142 – 146 LA VICTORIA – LIMA.L.San José Callao. F7N911. Respecto a la empresa INVERSIONES Y CONSIGNACIONES SAN ANTONIO SRL. se tiene que una de las empresas constituidas por el denunciado Jorge Enrique Cortes Martínez.C.A. RQM103. . Se imputa al investigado Churchill Orellana Rengifo quien utilizando su identidad anterior Churchill Bruce Rios Vela (nombre antes de adopción) la presunta comisión de Lavado de Activos en la modalidad de Actos de Conversión al haber adquirido mediante compra y venta el inmueble ubicado en Pasaje José Boterin N°142 – 146 En La Victoria – Lima.A por la suma de US$ 1 000 000.00. mediante Escritura Pública de fecha 23 de julio del 2008. ya que no resulta convincente que en su condición de estudiante universitario (2004-2010) haya podido pagar dicha suma de dinero. Posteriormente.00. 12. RESPECTO A LA CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA “CHURCHILL SCHWARTZ CONSTRUCCIÓN SAC”: (Ruc: 20451734378) Investigado: 2 . Otros en proceso de identificación Con fecha 19 de setiembre del 2008. otorgada ante Notario Público Dr. mediante escritura pública de fecha 26 de Junio del 2008. la sociedad conyugal conformada por Churchill Bruce Rios Vela y Rita Pelagia Espinoza Lara transfiere el referido inmueble a favor de SCOTIABANK PERÚ S. posteriormente.L.A.DE LA ADQUISIÓN Y TRANSFERENCIA DEL INMUEBLE UBICADO EN AVENIDA MARCO POLO N° 712 – 720 – CALLAO. por lo que se presume el origen ilícito del dinero utilizado para la adquisición del referido bien inmueble. URBINA S. el investigado Churchill Rios Vela transfirió el inmueble a favor de Miranda Constructores S..R. INVESTIGADOS: Churchill Orellana Rengifo.00 Dólares Americanos. conforme consta en la Partida Registral N° 70096320. 11. la sociedad conyugal conformada por Cesar Oscar Simonetti y Reyna Marina Valera De Ferré en estado de disolución y liquidación debidamente representada por LIQUIDADORES Y ADMINISTRADORES DE EMPRESAS EIRL transfieren en Compra – Venta el referido inmueble a favor de Churchill Bruce Rios Vela y Rita Pelagia Espinoza Lara por la suma de US$ 150 000. por la suma de US$ 20 000. por la suma de US$ 90 000. el inmueble ubicado en Avenida Marco Polo N° 712 – 720 – Callao fue adquirido por Cesar Oscar Simonetti y Reyna Marina Valera De Ferré en virtud de la Dación en Pago efectuada a su favor por LUIS D. mediante Escritura Pública de fecha 03 de febrero del 2009 otorgada ante Notario de Lima Serafin Martínez Gutarra. Renzo Alberti Sierra inscrito en la Partida Registral 49039237.00. Posteriormente con fecha 07 de julio del 2010.A.. inscrito en Partida Registral 49039237. presumiéndose así el origen ilícito del dinero utilizado para la adquisición del referido bien inmueble. otorgada ante Notario de Lima Jaime Alejandro Murguia Cavero. hecho que resulta poco creíble toda vez que adquirió el inmueble en su condición de estudiante universitario (2004-2010). 00. siendo el investigado Churchill Bruce Orellana Rengifo y Julia Luisa Ojeda Seijas socios fundadores de dicha empresa.CHS Construcción S. Ingeniería Civil Eléctrica. ejecución de Obras Civiles Publicas y Privadas. según consta en la Copia Literal Partida Registral N° 12614566 “CHURCHILL SCHWARTZ CONSTRUCCIÓN SAC CHS Construcción S.00 y egresos de US$ 5 038. Mecánica Industrial entre otros como servicios de construcción. haber constituido la empresa fachada “CHURCHILL SCHWARTZ CONSTRUCCIÓN SAC .  Cuenta en Dólares Número 193-16775228-1-73 del Banco de Crédito del Perú a nombre de Churchill Bruce Ríos Vela o Churchill Bruce Orellana Rengifo. CHURCHILL BRUCE ORELLANA RENGIFO fue cliente del Banco de Crédito del Perú – BCP desde Febrero del 2006 hasta julio del 2009. no registra trabajadores ante SUNAT y tampoco registra endeudamiento en el sistema financiero nacional. en su descargo presentado en fecha 11 de julio del año 2014. sin embargo este fundamento debe considerarse meramente como un instrumento para evadir su responsabilidad. 2012. (2008-2009) Ingresos US$ 13 740. toda vez que. sin embargo conforme al Reporte UIF N° 006 – 2014 – DAO – UIF – SBS de fecha 26 de Junio del 2013.A. cuyo objeto social es la prestación de servicios en el área legal. “Churchill Schwartz Construcción SAC”. Además se imputa al investigado Churchill Bruce Orellana Rengifo. con la finalidad de cometer actos de Lavado de Activos. ( AÑO 2007) Ingresos de US$ 5 050. a través de cuatro cuentas de ahorros. 2 .00 y egresos de US$ 13 711. Tributaria. 2013 sólo a la asesoría profesional en materia de contrataciones del Estado para lo cual no requería de contratación de personal.Churchill Orellana Rengifo.C” fue constituida mediante Escritura Publica de fecha 25 de enero del 2011. las mismas que fueron abiertas cuando se llamaba Churchill Bruce Ríos Vela.00.C”. se tiene que la empresa constructora del investigado Churchill Bruce Orellana Rengifo. SOBRE LOS MOVIMIENTOS FINANCIEROS DE CHURCHILL BRUCE RIOS VELA o CHURCHILL BRUCE ORELLANA RENGIFO: INVESTIGADO: CHURCHILL BRUCE RIOS VELA Conforme el Reporte UIF – 2014 – DAO – UIF – SBS. conforme se detalla:  Cuenta en Dólares Número 193-15715112-1-49 del Banco de Crédito del Perú a nombre de Churchill Bruce Ríos Vela o Churchill Bruce Orellana Rengifo.A. Contrataciones con el Estado. el investigado CHURCHILL BRUCE ORELLANA RENGIFO refiere que debido al difícil mercado de obras públicas se dedicó a brindar durante los años 2011. En relación a lo descrito en el párrafo anterior. 00 y egresos S/. (2010) Ingresos de S/.00 y egresos de S/. 13. tal como refiere el mismo investigado en su descargo presentado en fecha 11 de julio del año 2014. habría adquirido ilícitamente bienes. los mismos sobre los cuales posteriormente realizaba transferencias a favor de personas naturales o jurídicas con la finalidad de ocultar su origen ilícito.00 y egresos de S/. en calidad de representante legal de la empresa “Orellana Asesores y Consultores SAC” (empresa fundada por la investigada y su hermano Rodolfo Orellana Rengifo).00. (2010-2011) Ingresos de S/. ubicados 2 .00  Cuenta en Nuevos Soles Número 118-3031364618 del Banco Interbank a nombre de Churchill Bruce Ríos Vela o Churchill Bruce Orellana Rengifo. Cuenta en Nuevos Soles Número 193-14209361-0-88 del Banco de Crédito del Perú a nombre de Churchill Bruce Ríos Vela o Churchill Bruce Orellana Rengifo. el investigado CHURCHILL BRUCE ORELLANA RENGIFO se vinculó al Banco Interbank en diciembre del 2005. 12 . (2006) Ingresos de S/.00 y egresos de S/. toda vez que mediante la utilización de testaferros y personas jurídicas en las tenía cargos de dirección. 2.855.  Cuenta en Nuevos Soles Número 193-17037068-0-58 del Banco de Crédito del Perú a nombre de Churchill Bruce Ríos Vela o Churchill Bruce Orellana Rengifo.092.. 124.00 En este sentido se vincula a Churchill Orellana Rengifo como integrante de dicha organización criminal liderada por.00. 12 100. pues tal como se ha señalado es poco creíble o convincente que los movimientos financieros desde el año 2004 al 2010 del investigado CHURCHILL BRUCE ORELLANA RENGIFO sean producto de ingresos y egresos lícitos ya que se debe tener en cuenta que en dicho periodo percibía ingresos como practicante de Derecho del Estudio de Rodolfo Orellana.INMUEBLE KM 18 A 25 DE LA CARRETERA PANAMERICANA SUR INVESTIGADOS: Ludith Orellana Rengifo Y otros. el predio de un total de 07 (siete) hectáreas de los terrenos. 2. a sabiendas de su origen ilícito. 2 360. Rodolfo Orellana Rengifo (su padre adoptivo) dedicada al Lavado de Activos. Se imputa a Ludith Orellana Rengifo ser cabecilla de la organizaciòn junto a Rodolfo Orellana Rengifo que con fecha en fecha 04 de Junio del año 2008. (2008) Ingresos S/. por lo que se presume que el origen de tales sumas de dinero son de origen ilícito. 2 425. adquirió.021. según se detalla en lo siguiente:  Cuenta en Nuevos Soles Número 086-3035022625 del Banco Interbank a nombre de Churchill Bruce Ríos Vela o Churchill Bruce Orellana Rengifo.790. Siendo que entre mayo del 2010 y abril del 2011 registraron depósitos relevantes. 233. Asimismo.770. Rodolfo Orellana Rengifo. conforme costa en el Testimonio de la Compra-Venta ante Notario de Lima Alejandro Ramírez Carranza obrante a fs.San Isidro. 23. registrando como domicilio en la avenida Venezuela 1086 Breña. conforme se tiene de las boletas informativas 414048.5) de la Autopista Panamericana Sur (Actos Conversión). Ludith Orellana Rengifo. de propiedad de la Comunidad Campesina Llanavilla.Venta de fecha 05 de Junio del 2009.C. celebrado ante el Notario Público Ricardo Ortiz De Zevallos Villaran. en calidad de representante legal de Orellana Asesores y Consultores SAC.COM (Gerente General desde la fecha de 14 de setiembre del 2010). por la suma de US$ 350 000. (Socia fundadora y Gerente General desde la fecha 23 de junio del 2003 y ratificada en fecha 27 de julio del 2007). 23672/ 23677 Tomo 42. NEGOCIOS INMOBILIARIOS.00 (Trescientos Cincuenta Mil con 00/100 Dolares Americanos) a favor de Maria del Pilar Fernández Concha Mavila de Valverde y otros. tal como se señala:    ORELLANA ASESORES Y CONSULTORES SAC. Posteriormente. por la suma ascendente a US$ 1 977. la investigada a sabiendas de que el referido predio se encontraba bajo posesión.00 (Aproximadamente Dos Millones de Dólares) a favor de la empresa VOLVO PERÚ S. 414049. 703. se concluye que por la compra del predio de origen ilicito y la venta del mismo a una suma exhorbitante a comparación de su precio de adquisión original. de los administradores. por el cual registra como domicilio en Avenida Guardia Civil Nº 835 Urb Corpac . De esta manera.A. toda vez que la investigada mediante la utilización de testaferros y personas jurídicas en las tenía cargos de dirección.en la altura del kilómetro veintitrés y medio (KM. Ludith Orellana Rengifo es responsables de actos de conversión y transferencia de bienes de origen ilícito siendo parte de una organización criminal dedicada al Lavado de Activos. (Gerente General desde 16 de Febrero del 2009 al 04 de marzo del 2010). estos son un automóvil Mercedes Benz de Placa B4L050. (Actos de Transferencia) Se le vincula a Ludith Orellana Rengifo como integrante de la organización criminal liderada por su hermano. 414050 que registra el vehículo BD9711 en el que registra 2 . habría adquirido ilícitamente bienes los mismos sobre los cuales posteriormente realizaba transferencias a favor de personas naturales o jurídicas con la finalidad de ocultar su origen ilícito. dedicada al Lavado de Activos. Kardex N° 3612. y un vehículo Sedan Hyundai de placa AIT871. puesto que es propietaria de tres vehículos.A. transfirió el referido predio mediante un Contrato de Compra. ABC GROUP FOR HUMAN DEVELOPMENT S. Incremento patrimonial de LUDITH ORELLANA RENGIFO La investigada LUDITH ORELLANA RENGIFO registra un interesante incremento patrimonial. 86. nuevos soles. los cuales nunca fueron honrados por los miembros de la organización criminal. en el denunciado Villlacrés Torres le prestaba servicios de seguridad domiciliaria en el inmueble de propiedad de Sergio Enrique Flores Arnedo. De los actuados se tiene. luego y antes de que el bien inmueble sea rematado por el Banco. de esta forma mediante escritura pública de fecha 15 de julio de 1998 otorgada ante Notario Público Alfredo Paino Scarpati.. Estando el inmueble cuestionado en posesión del denunciado Villacres Torres. por el período de 06 años ininterrumpidos.R. la persona de Sergio Enrique Flores Arnedo adquirió el inmueble ubicado en Calle Ancón N° 126 Urb. las cuales son pagadas con los inmuebles hipotecados a favor del banco. lo que evidencia que la misma tendría mas de un domicilio real.. por lo que el denunciado Arrieta Vega quedó facultado para exigir a Flores 2 . la organización criminal simula deudas con terceros. en tal sentido.000.834. se dedicaba a la obtención fraudulenta de créditos con garantías hipotecarias. a fin de honrar sus deudas con fecha 09 de junio de 2005 suscribe un CONTRATO DE COMODATO con el denunciado VILLACRÉS TORRES para que le ceda el uso y conducción del inmueble ubicado por el período de 04 años.como domicilio en la avenida Arequipa 4971 departamento 101 A -Miraflores. evidenciando lo que se condice con el domicilio consignado en su ficha de Reniec en avenida Guardia Civil N° 835. que el denunciado Hernán Villacrez Torres. finalmente la Entidad Liquidadora transfiere el Inmueble a precios subvaluados. inscrita la venta e hipoteca en los asientos 4-C y 3-D de la Partida Registral N° 42285560 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima. Sol de la Molina Tercera Etapa. por el precio de US$ 141. al igual que su hermano R. demostrándose que no tendría arraigo domiciliario.00.O. SOL DE LA MOLINA INVESTIGADOS: HERNAN VILLACREZ TORRES WILMER ARRIETA VEGA Y otros. inician una supuesta relación contractual de índole laboral. A inicios del año 1999 el denunciado Hernan Villacres Torres y Sergio Enrique Flores Arnedo. con fecha 03 de junio del 2005 mediante contrato de Transferencia Extrajudicial lo cedió a favor del denunciado Wilmer Arrieta Vega su derecho de Comodato asumido sobre el bien inmueble. estas personas que reciben el inmueble como forma de pago siempre se van a encontrar en un Proceso de Liquidación ante INDECOPI y el proceso de liquidación siempre será dirigido por una Entidad Liquidadora (ALADEM ó DELTA).00. para lo cual constituye hipoteca a favor del Banco (ahora Banco Scotiabank) por la suma de US$ 182.INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE ANCÓN N° 126-128 URB. y ante su difícil situación económica Flores Arnedo no pudo cancelarle sus beneficios sociales los cuales ascendían a la suma de S/ 12. 14.500. vinculadas también a la organización. el banco a través de una carta informa a Pinedo Vázquez sobre la situación del inmueble.A. conforme al Registro Vehicular Nº 434043 de Registros Publicos de Pucallpa.2005. como ejemplo. a favor del ultimo testaferro Carlos Alberto BLAS BADA por la suma de US$ 30 000. procedió a transferir el bien lavado ubicado en el Jirón Maria Antonieta N° 101109. Incremento patrimonial Hernan Villacrez Torres El investigado HERNAN VILLACREZ TORRES es propietario de una motocicleta Honda de Placa U20433.. además es propietario de del vehículo de placa de rodaje N° U13043.San Isidro.12. siendo inscrita ante Registros Públicos el 31 de Agosto del 2009. Representada por Delta Liquidadores y Consultores SAC. siendo que mediante Escritura Pública de fecha 23 de junio del 2008 ( inscrita el 11 de julio de 2008) Willlian Pinedo Vázquez procedió a ceder los derechos a una persona jurídica que está sometida a un Procedimiento Concursal: Servillantas y Repuestos Trujillo S. existen diversas transacciones financieras que no obedecerían a una transacción comercial debidamente sustentada. Siendo que con fecha 21 de diciembre del 2005 Wilmer Arrieta Vega demanda Ejecución de Acta de Conciliación N° 2177-2005 de fecha 01. quien hizo caso omiso. Posteriormente.. De otro lado. INVESTIGADO. Sol de La Molina mediante acuerdo de transferencia de propiedad y entrega de posesión. En ese sentido el Banco inicia un proceso de ejecución de garantías.Arnedo la entrega del inmueble. 2 .R. debido a un incumplimiento en el pago de sus obligaciones. con la finalidad de ejecutar la garantía hipotecaria hasta por la suma de US$ 182. en cual señala como domicilio en el Jirón José del Carmen Cabrejos Nº 628.DEL INMUEBLE UBICADO EN JIRÓN MARIA ANTONIETA N° 101-109. Urbanización Palao – San Martin de Porres que había sido transferido mediante Dación en Pago a favor de la empresa “Comercial Maderera Santa Fe E. monto inferior a su valor real.86 sobre el citado inmueble.L” cuyo proceso de liquidación estaba a cargo “Delta Liquidadores y Consultores SAC”. 15.834. sin embargo. URBANIZACIÓN PALAO –SAN MARTIN DE PORRES. con fecha primero de octubre de 2008 Interbank. según su ficha de RENIEC su domicilio está ubicado en Calle 39 246 Corpac . persona jurídica relacionada a los hermanos Orellana Rengifo. quien aparece como Liquidador José Antonio Valderrama Contreras. En Liq. quien en virtud de dicha cesión adquiere el dominio del inmueble.OSCAR OMAR PANTOJA BARRERO El investigado Oscar Omar Pantoja Barrero representando a la empresa liquidadora “Delta Liquidadores y Consultores SAC”. Que mediante Escrituras Públicas de fecha 22 de octubre de 2007 y Aclarada mediante Escritura Pública de fecha 06 noviembre del 2007 (inscrita el 26 de mayo de 2008) se adjudicó a William Pinedo Vasquez el dominio del inmueble de Calle Ancón N° 126-128 Urb. interpone denuncia contra Sergio Enrique Flores Arnedo.I. ambas insertas en la escritura pública de fecha 05 de marzo de 2009. Posteriormente. conforme a la escritura pública de fecha 20 de febrero de 2007.I. ROSALÍA VARGAS SHAUS adquiere este inmueble de su anterior propietario HERMÓGENES CLODOMIRO CABREJOS SÁNCHEZ (quien en rebeldía fue representado por el árbitro único de derecho EUGENIO MARTIN CISNEROS NAVARRO) por la suma de US$. otorgada ante el Notario de Lima Walter Pinedo Orrillo.. se inscribió con fecha 21 de mayo de 2009.ROSALÍA VARGAS SHAUS Y otros La empresa ASESORES. de conformidad al laudo arbitral expedido por resolución de fecha 05 de diciembre de 2008 y consentida mediante resolución número siete de fecha 19 de enero de 2009. título que se inscribió ante los Registros Públicos con fecha 23 de marzo de 2007. SUB LOTE 20.L – ALADEM. En virtud de un acta notarial de formación de títulos supletorios de fecha 08 de mayo de 2008.00 de dólares. otorgada ante el Notario de Lima Serafín Martinez Butarra y escritura pública aclaratoria de fecha 02 de marzo de 2010. el título de dominio a favor de MANUEL ASUNCIÓN VILLACREZ ARÉVALO (integrante de la organización criminal liderada por RODOLFO ORELLANA RENGIFO). título que fue inscrito en los Registros Públicos el 15 de marzo de 2010.ROSALÍA VARGAS SHAUS Y otros. por la suma de US$.Actos de transferencia. emitida por el Notario José Barreto Boggiano. 1’000. 17.. procede a transferir a favor de HERMÓGENES CLODOMIRO CABREJOS SÁNCHEZ el citado bien inmueble. LIQUIDADORES Y ADMINISTRADORES DE EMPRESAS E. 120.00 dólares. A. todas otorgadas ante el Notario de Lima Ricardo José Barba Castro.RESPECTO AL INMUEBLE UBICADO EN EL SECTOR UNIDAD INMOBILIARIA 1 LURIN (PARTIDA REGISTRAL N° 12317609) INVESTIGADA. CLUB CAMPESTRE LAS LAGUNAS EN EL DISTRITO DE LA MOLINA (PARTIDA REGISTRAL N° 45042049) INVESTIGADO. MZ. escritura pública de aclaración y ratificación de fecha 12 de marzo de 2007 y conclusión del proceso de firmas del 14 de febrero de 2007.000.000.RESPECTO AL INMUEBLE UBICADO EN LA CALLE LAS REDES. 16 . conclusión del proceso de firmas del 21 de febrero de 2007.R. URB. respecto del inmueble ubicado en el Sector Unidad Inmobiliaria 1 Lurin (Partida Registral 2 . por la suma de US$. MANUEL ASUNCIÓN VILLACREZ ARÉVALO transfiere (acto de transferencia) el citado bien inmueble a favor de ROSALIA VARGAS SHAUS (también integrante de la organización criminal liderada por RODOLFO ORELLANA RENGIFO) por la suma de S/. siendo que la conducta de ROSALÍA VARGAS SHAUS constituiría un acto de ocultamiento en la modalidad de adquisición. Posteriormente. Luego. así como integrante de UCONA y ASOCIACIÓN JUEZ JUSTO). a favor de ROSALÍA VARGAS SHAUS. quien se encontraba en posesión del inmueble. celebró con Néstor Rodolfo Sack.00 nuevos soles.N° 12317609). ante Notario Público Serafín Martinez Gutarra. 18. se simuló un procedimiento arbitral.000. representada por Juan Baustista Bardeli Lartirigoyen simuló la compra . Una vez elevado a escritura pública la compra venta celebrada entre la Inmobiliaria Tolda S. y de esta forma se logró despojar del inmueble a Nestor Rodolfo Sack. MIGUEL ÁNGEL PÉREZ MALDONADO (quien es periodista de JUEZ JUSTO TV.A y ROSALÍA VARGAS SHAUS. a raíz de un supuesto incumplimiento contractual. 2 . otorgada ante el Notario Público de Huánuco Carlos Alberto Ochoa Yancares. 315. un contrato de arrendamiento. esta venta simulada se elevó a escritura pública con fecha 27 de febrero de 2009. no obstante que quien actuó como vendedor por parte de la inmobiliaria no contaba con poderes para efectuar dicha venta. quien se encontraba en posesión del inmueble en mérito al contrato de arrendamiento. RESPECTO AL INMUEBLE UBICADO CON FRENTE A LA CARRETERA CENTRAL N° 2801 PAMPA DE MORÓN DEL FUNDO HUASCATA – CHACLACAYO (PARTIDA REGISTRAL N° 11050135) A manera de antecedente se tiene que la Inmobiliaria Tolda S. según escritura pública de fecha 20 de marzo de 2009. cuando la compra venta simulada data del año 1992. a fin de tomar posesión del inmueble antes mencionado. MIGUEL ÁNGEL PÉREZ MALDONADO. este “título de dominio aparente” que ostentaba sobre el inmueble ubicado “Con Frente a la Carretera Central N° 2801 Pampa de Morón del Fundo Huascata – Chaclacayo” se inscribió ante los Registros Públicos el 10 de marzo de 2009. Aparentemente.00 dólares. esta forma de adquisición sería irregular por la forma en que ha venido operando la organización criminal en casos similares. se allanó al mismo. Posteriormente. de tal forma que en el proceso de ejecución de laudo arbitral. en la que participó el árbitro JOSÉ FRANCISCO JURADO NAJERA (quien es socio de la empresa FAMINCO empresa vinculada a la organización criminal liderada por RODOLFO ORELLANA RENGIFO) que finalizó con un laudo arbitral para que se ejecute la adquisición y posesión del inmueble a favor de ROSALÍA VARGAS SHAUS. título que fue inscrito en los Registros Público en 13 de abril de 2012.000. Luego de ello.venta del inmueble ubicado en “Con Frente a la Carretera Central N° 2801 Pampa de Morón del Fundo Huascata – Chaclacayo”.A. 70. Néstor Rodolfo Sack Como es el caso de la Procuradora Pública Especializada en Lavado de Activos. lavado de activos. como son: oponibilidad frente a terceros. Por lo que la conducta atribuida a ROSALÍA VARGAS SHAUS es haber realizado actos de conversión. dotado de las características que le otorga la inscripción registral. que advierte que Benedicto Nemesio Bacca en su calidad de representante legal y Ludith Rengifo Orellana en su calidad de gerente general de la empresa Juez JustoTV S. recibida del sistema de prevención del sector financiero. entre otros delitos. resultaría ser socio o representante de algunas de las empresas del líder de la organización. ello sin perjuicio de tenerse en cuenta que dicho investigado. como el denominado “Juez JustoTV SAC” del cual JIMENEZ BACCA Benedicto Nemesio resulta ser el gerente general. EN CUANTO A BENEDICTO NEMESIO JIMENEZ BACCA Se imputa al investigado JIMENEZ BACCA Benedicto Nemesio. estaría blanqueando a través de la empresa que gerencia.convirtiendo así el “título de dominio aparente” (activo) en un “título inscrito”. causando zozobra en la población. conforme se acredita con los diversos artículos periodísticos que obra en autos. siendo además que JIMENEZ BACCA. para ello. liderada por RODOLFO ORELLANA RENGIFO junto a su hermana LUDITH ORELLANA RENGIFO. violencia que ha llegado a enfrentamientos sindicándose hasta de terroristas conforme es de verse de los artículos periodísticos. dándole una apariencia de legalidad. toda vez que sería el encargado del aparato de amedrentamiento que tiene la organización con el fin de infundir temor a la población. para luego ingresar a sus dominios activos de origen ilícito.A. Mediante Nota de Inteligencia Financiera Nº 00069-2014-DAO-UIF-SBS. estos hechos que serían ordenados por Rodolfo Orellana Rengifo. por intermedio de las empresas constituidas o vinculadas a la organización. evidenciándose entonces que se trataría de una siniestra organización estructurada que cumplen roles conforme a su estructura organizacional. el investigado JIMENEZ BACCA Benedicto Nemesio. con la finalidad de que no prosperen y así consumar su ilícito accionar y generar impunidad para continuar con su proyecto criminal. sería además parte fundamental del organización delictiva. dentro del contexto de la citada organización delictiva.C.. y que serviría para atacar a diversas personalidades del país que denunciaron o investigan los actos que hoy se investiga. ocultando). publicidad. legitimidad y demás. 6. contra la fe pública. registra operaciones materia de ROS (Reporte de Operaciones Sospechosas). y encargado de la viabilización y consumación de los ilícitos atribuidos. dedicada a la comisión de diversos delitos de carácter patrimonial. de fecha 21 de enero de 2014. En ese sentido. y siendo su condición el de ser un ex integrante del “SEIN” conocería de estas acciones temerarias. ser integrante de una compleja organización criminal. Jorge José Pazos Holder. a fin de hacerse de bienes que luego transforman o convierten (transfiriendo. siendo que dicha persona jurídica 2 . activos ilícitos obtenidos por la organización delictiva. transformando. abrió el 13/10/2009 la cuenta corriente en moneda nacional Nº 191-0100032538 (del BBVA Continental) en la cual se registró movimientos de fondos durante el año 2011 por S/. 70 127; en cuento a los ingresos, registró un depósito en efectivo por el monto de S/. 66,000 el día 11/02/2011, el cual fue efectuado por la misma empresa, asimismo en cuento a sus egresos registró un retiro a través de un cheque pagador por el monto de S/. 66,858 el día 14/02/2011, es decir doce días después, el cual fue girado a favor de la empresa Mora Publicidad y Representaciones SAC., siendo que a la fecha de emisión del reporte dicha cuenta figuraba como inactiva. Mediante oficio Nº 1081-2014-DIRPOFIS-PNP-DIVIDCAPPC/Sec, de fecha 11 de julio de 2014, conteniendo el Parte Nº 101-2009-DIRPOFIS-PNP-DIVIDCAPPC de fecha 24 de abril de 2009, el mismo que concluye en concreto que Benedicto Nemesio Jiménez Bacca (querellado) se encuentra en condición de REO CONTUMAZ (en un proceso reservado), pendiente de dictarse sentencia. Asimismo, del Reporte UIF Nº 006-2014-DAO-UIF-SBS, de fecha 26 de junio de 2013, se advierte que el investigado Rodolfo Orellana Rengifo registraría vínculos, financieros, societarios y antecedentes delictivos, con personas que registran investigaciones por delitos como tráfico ilícito de drogas, proxenetismo, corrupción de funcionarios entre otros, además de estar directamente vinculado con la empresa JUEZ JUSTOTV SAC del que es Gerente General el investigado Benedicto Jimenez Bacca, siendo que esta empresa TAMBIEN FUNCIONA EN EL MISMO DOMICILIO DE GUARDIA CIVIL Nº 835, CORPAC – SAN ISIDRO, lugar que como ya hemos referido es el bunker o centro de operaciones de la organización del que Benedicto Jimenez es brazo duro de la misma. De la diligencia de Descerraje y Allanamiento y Decomiso con fines de registro e incautación de bienes, documentos, libros contables, equipos informáticos dispositivos y todo aquello que tenga vinculación con el delito de lavado de activos, autorizada por el Juez del Tercer Juzgado Penal Nacional, realizado en el domicilio de JUEZ JUSTTV SAC, ubicado en sito Av. Guardia Civil Nº 835, San Isidro, se ha levantado importante evidencia que vincularía al investigado con la organización, y de sin duda conocía de las ilícitas actividades de la organización, advirtiéndose que este tendría dentro de la estructura una finalidad o un rol, y esto es destruir a todos aquellos que amenazaran las ilícitas actividades del cabecilla Rodolfo Orellana Rengifo, conforme se advierte de la cantidad de publicaciones que lindan con la amenaza y chantaje a todas aquellas autoridades y personas que se atrevían a investigar estas actividades ilícitas de la organización, lo que se advierte de las Actas Fiscales elaboradas en la intervención a dicho inmueble el 01 de julio de 2014, la misma que obra en autos. Asimismo, no se descarta la hipótesis que BENEDICTO NEMESIO JIMÉNEZ BACCA habría realizado actos de conversión, a través de otras empresas que representa y/o que es titular, a las cuales estaría ingresando dinero y/o bienes procedentes de las actividades 2 delictivas a las que se dedicaría la organización criminal liderada por RODOLFO ORELLANA RENGIFO, siendo dichas empresas las siguientes:  ASOCIACIÓN UNIDOS CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y EL LAVADO DE ACTIVOS - UCONA (Fundador)  INVESTIGACIONES CORPORATIVAS SAC (Fundador)  EDITORES HERALDO SRL (Fundador)  BFJ INVESTIGADORES Y ASESORES SRL (Fundador)  JUEZ JUSTO TV SAC (Gerente y/o Apoderado). Esta empresa fue constituida por Patricia Pilar Rojas Rocha y Manuel Alberto Torres Narvasta.  ABC GROUP FOR HUMAN DEVELOPMENT S.A.C. (Gerente y/o Apoderado). Esta empresa fue constituida por Gilbert Félix Violeta López e Itzear Magaly Silva Medina.  TVIDEO SAC (Gerente y/o Apoderado). Esta empresa fue constituida por Francisco Javier Sucre Ugarteche Domínguez y Alberto Carlos Diez Canseco Oviedo Revistas que maneja directa o indirectamente Incremento patrimonial que se le imputa, Benedicto Jiménez Bacca: A nombre de la empresa JUEZ JUSTO TV SAC, figura que registra como domicilio real en la av. guardia civil 835, se encuentra inscrito en la boleta informativa 414068 una motocicleta Honda de placa B15523; asimismo, un vehículo motorizado de placa C7K815 conforme se tiene en la ficha registral Nº 414069; sin embargo conforme se tiene de su declaración de fecha julio d de fecha 11 de los corrientes del investigado BJB, refiere que no tienen vehículos motorizados 7.- EN CUANTO A VERONIKHA ADRIÁN SANTISTEBAN Se imputa, a Veronikha Adrián Santisteban haber adquirido los derechos sobre el capital de la empresa Liquidadora ALADEM E.I.R.L. Por escritura de fecha 25 de enero del 2002, 2 de su anterior propietaria Ludith Orellana Rengifo, conforme a la Patida Registral N° 11201844, además el 18 de Abril de 2002, se le otorga facultades financieras a efectos de que a sola firma realice operaciones bancarias de la Empresa Liquidadora ALADEM E.I.R.L; posteriomente mediante escritura pública de fecha 16 de octubre 2004, transfirió sus derechos sobre a favor de Daudilio Zabaleta Rengifo, quien a su vez con fecha 01 de febrero del 2006 transfirió los mismo derechos a una tercera persona Elizabeth Elena del Rosario Pérez Olivo. En consecuencia, habría realizado dichos actos de transferencia, y está vinculada a José Antonio Valderrama Contreras, toda vez que mediante Acta de Decisión de fecha 13 de Noviembre de 2006, José Antonio Valderrama Contreras, fue nombrado como Gerente Administrativo de la citada empresa; y esta última persona está vinculado a Rodolfo Orellana Rengifo mediante los contratos de cesión de derechos y transferencias que fluyen de actuados. 8.- EN CUANTO A JOSE ANTONIO VALDERRAMA CONTRERAS Registra procesos por usurpación, fraude procesal, apropiación ilícita, falsificación de documentos, estafa y lavado de activos), es representante legal de la empresa a empresa liquidadora GESTION DE CARTERA Y LIQUIDADORES S.A.C (GESCALI SAC), ha recibido conjuntamente con otras personas endosos por parte de la empresa ORELLANA ASESORES CONSTRUCTORES SAC de la cual es socia Ludith ORELLANA RENGIFO hermana del principal investigado Rodolfo ORELLANA RENGIFO. Del contenido del Reporte y conforme a las investigaciones realizadas por dicho organismo, refiere que según base de datos el Ministerio Público (MP), Rodolfo ORELLANA RENGIFO registra investigación junto a José Antonio VALDERRAMA CONTRERAS, por el delito de lavado de activos (Caso N°506010119-2010-0 del 26/O1/2O11). Así como, base de datos del MP, Rodolfo ORELLANA RENGIFO registra investigación junto a José Antonio VALDERRAMA CONTRERAS, por el delito de lavado de activos (Caso N° 506010115-2010-378-0 del 05/04/2011); según base de datos del MP, Rodolfo ORELLANA RENGIFO. Por haber sido nombrado el 13 de noviembre del 2005 hasta el 28 de junio del 2007, como Gerente Administrativo de la empresa Asesores Liquidadores y Administradores de Empresas EIRL – ALADEM, conforme aparece en la copia de la Partida Registral N° 11201844 del Registro de Personas Jurídicas de Lima. De la misma forma que Oscar Omar Pantoja Barrero, siguiendo los planes delictivos de la organización, ha actuado en representación de las liquidadoras Asesores Liquidadores y Administradores de Empresas EIRL – ALADEM y de DELTA LIQUIDADORES y CONSULTORES LIQUIDADORES SAC, en la administración de patrimonios concursados de “acreedores testaferros” incorporando inmuebles, ilícitamente apropiados por estos, a los procesos concursales para luego transferirlos a otros testaferros. Siendo designado también como miembro del Consejo de 2 numerales 4. domicilio donde funcionaba JUEZ JUSTO SAC.EN CUANTO A RODOLFO ORELLANA RENGIFO La organización liderada por Rodolfo y Ludith Orellana Rengifo. del vehículo de placa B3Q520. es en esa época que dicha empresa incrementa su patrimonio adquiriendo una flota de vehículos motorizados signados con las placas A9V129. Guardia Civil N° 835 Corpac San Isidro. 9. conforme aparece en la copia de la Partida Registral N° 12122722 del Registro de Personas Jurídicas de Lima.2.Administración de la “Cooperativa COOPEX”. son las detalladas en el APARTADO PUNTO IV.5. testaferros.6. COC497 y C33546. vehículos que obran a nombre dicha empresa. evidenciándose que el investigado tiene más de un domicilio.3. es compleja. 16. esto es.2. así. en el acta de fundación de fecha 18 de Enero de 2008. el 16 de febrero del 2009. porque este habría participado de manera directa e indirecta. 11. infiriéndose que habrían adquirido estos dineros de manera ilícita que habrían ingresados al sistema económico formal causando un grave perjuicio económico al Estado por más de diez años aproximadamente. cuñada de Rodolfo Orellana Rengifo y los demás investigados como integrantes). 17 y 18 donde habría participado también Rosalía Vargas Shaus. socios. por intermedio de sus empresas. posteriormente es nombrado el Investigado Rodolfo Orellana Rengifo como gerente General de la misma. 4. registra como propietario a la misma empresa pero consigna como domicilio Pedro de Osma 315. De otro lado.B3Q520. los hechos desarrollados en los puntos 14. significando además que la Boleta Informativa con registro N° 414631-RVP. de 2 .3. 13. o accionista de las mismas. 4. de igual modo. conforme se tiene en la boleta INFORMATIVA REMITIDA MEDIANTE OFICIO N°1077-2014-ZRN1XLIMA-GBM/RPVSECPUV1. 1. FUNDACION RODOLFO ORELLANA. no solo por su desarrollo en la consumación del crimen sino. y en la cual figura como Gerente General RODOLFO ORELLANA RENGIFO. las demás consigna el mismo domicilio de Guardia Civil 835 San Isidro.1. hasta el 04 de marzo del 2010. evidenciándose los fuertes lazos conductores para la perpetración del hecho criminal de esta organización criminal que se les ha proveido ingentes sumas de dinero conforme se tiene del INFORME UIF ya citado. ya sea como comprador o vendedor. partida 11862640. las imputaciones que se hacen al investigado RODOLFO ORELLANA RENGIFO.4. 9. de la presente formalización de investigación preparatoria.. 7.. tanto personas naturales como jurídicas. existiendo siempre un nexo causal. dado que esta última participo la extinta empresa ALADEM. ya sea como parte del hecho criminal o por intermedio de terceros.Barranco. ABC CROUP DEVELOPMENT SAC nombra a Ludit Orellana Rengifo como gerente general conforme obra de la Ficha Registral N° 11862640. esta empresa registra como domicilio legal en la Av. (puntos. testaferros o personas de su alta confianza. asimismo en los hechos ampliamente desarrollados en los puntos. C40481. De otro lado. esto es. Igualmente en la Boleta Informativa N° 414643-RVP. registra investigación junto a José Antonio Valderrama Contreras. el investigado ORELLANA RENGIFO. evidenciándose que esta red criminal se desarrollaba bajo un concierto de voluntades para delinquir y lograr sus objetivos económicos. igualmente del informe emitido por Sunarp Orellana Rengifo sería propietario también de automóvil Toyota corolla sedan sin placa. de igual forma según la boleta Informativa N° 414635 -RPV registra un vehículo de placa COC 497. y que algunos de ellos. tanto para adquirir bienes muebles e inmuebles. evidenciándose una vez que producto de estas conductas.900. así como el patrimonio del que hoy goza. también registra investigación por el delito de Lavado de Activos (Caso Nº 506010115-2010-378. se advierte que el investigado tendría diversos procesos producto de sus actividades ilícitas. del 26 de junio de 2013. Orellana Rengifo. porque ahí habría instalado sus oficinas donde desde ahí diariamente dirigiría a la organización. cumpliendo cada uno un rol. dentro del desarrollo del ilícito. marca Mercedez Benz. adquiere un vehículo Mercedes Benz con placa D3H423. de igual modo. Ludith Orellana Rengifo. se registra el vehículo de placa C7R-566. RODOLFO quien sería el líder de la ORGANIZACIÓN.RPV.00.00 dólares americanos. ORELLANA RENGIFO. reporta que Rodolfo Orellana Rengifo. registra un vehículo de marca Honda de placa MG15343. sin embargo. Urb. en cuya boleta informativa Nº 414641. que obra en autos. asi. donde señala otro domicilio en Av. igualmente. Guardia Civil N° 835. también registran como domicilio real la misma dirección conforme se tiene de las Fichas Registrales. así como para celebrar los “actos jurídicos” ampliamente expuestos líneas arriba y que obra en autos. por el delito de Lavado de Activos )Caso Nº 506010119-2010-360-0 del 26 de enero de 2011).igual forma. habría participado directa e indirectamente en diversas adquisiciones de inmuebles mediante actos fraudulentos siendo los principales el inmueble: Av. Corpac-San Isidro. las Fichas Reniec y los Reportes de la SUNAT. Rodolfo Orellana Rengifo y Ludith Orellana Rengifo. del 05 de abril de 2011. la Unidad de Inteligencia Financiera de la Superintendencia de Banca y Seguros. tampoco endeudamiento al sistema financiero. y esto sería así. lugar que se habría convertido en el centro del operaciones de los mandos de dirección junto a Rodolfo Orellana Rengifo a la cabeza. señala como domicilia en los Sauces 223 Dto 302 San Borja. según el Reporte UIF Nº 006-2014-DAO-UIFSBS. constituyendo una garantía mobiliaria por la suma de S/ 79. puesto que cada uno de sus integrantes en el desarrollo del delito. que está afectado por una garantía mobiliaria por la suma de US$107. Chuchill Rios Vela y el propio ORELLANA RENGIFO consignan la misma dirección. es decir algunas empresas vinculadas a Rodolfo Orellana Rengifo y los propios integrantes de la organización. los movimientos financieros que registran son extraordinariamente elevados.000. y de la boleta informativa N° 414641. se evidencia que tiene o es parte de empresas que no registran trabajadores ante la SUNAT. Cero Negro 187 – San Ignacio Surco. siendo que sus vinculaciones con los integrantes de la organización siempre ha sido por intermedio de las personas jurídicas creadas para determinados fines (supra). registra investigación 2 . sería la fortuna que hoy tendría en diversas entidades bancarias del país y el extranjero. presentaron a registros públicos en el año 2004 pidiendo inscribir el nombramiento del gerente de la empresa CISCON TECNOLOGIA SAC a Manuel VILLACREZ AREVALO. RIOS VELA. siendo que según UIF este habría manejado cuentas de más de DOS MILLONES DE SOLES Y CASI DOSCIENTOS MIL DOLARES.A. asociación ilícita entre otros (Caso 3406010103-2012-1549-0 del 15 de noviembre de 2012)2. VILLACREZ AREVALO. domiciliado según Ficha de RENIEC. registran investigaciones por tráfico ilícito de drogas (TID). en Monte Umbroso N° 473 – Chacarilla – Santiago de Surco – Lima. grado de instrucción Superior completa. asimismo. entre otros.ç 3. en el departamento de Lima. VALDERRAMA CONTRERAS. es representante legal de la empresa GESCALI SAC. Jhony Omar Ha participado en la venta de la propiedad de uno de los predios de la Av. Oscar Omar gerente general de la empresa DELTA LIQUIDADORES Y CONSTRUCTORES. falsificación de documentos. Argentina por la suma de US$ 192. ha recibido conjuntamente con otras personas endosos por parte de la empresa ORELLANA ASESORES CONSTRUCTORES SAC de la cual es socia Ludith ORELLANA RENGIFO hermana del principal investigado Rodolfo ORELLANA RENGIFO. Rodolfo ORELLANA GARCIA y otros.por el delito de Tráfico Ilícito de Drogas (Caso 340610106-2011-808-0 del 04 de octubre de 2011). siendo sus integrantes en el Concejo administrativo Churchill B. encargado de buscar terrenos inmuebles para realizar este tipo de operaciones y es el enlace con Rodolfo ORELLANA RENGIFO . apropiación ilícita. que él lo adquiere a su anterior propietario Jorge CORTES MARTINEZ. José Antonio (55). Registra procesos por usurpación. VASQUEZ HUMMEL. siendo esta empresa que entro en liquidación y disolución siendo la empresa liquidadora DELTA LIQUIDADOREA Y CONSULTORES SAC. estafa y lavado de activos). relacionado con la 2 Reporte UIF Nº 006-2014-DAO-UIF-SBS). 2 . es el hijo de Leonidas Alejandro VASQUES CASTAÑENDA quien es el operador de Jorge Enrique CORTEZ MARITNEZ. quien es representado por ALADEM que se encuentra vinculada a Luditjh ORELLANA RENGIFO. representada por Oscar Omar PANTOJA BARRERO. 2.000 D. 1. es vocal de la empresa COOPERATIVA DE AHORRO Y CRDITO PARA EMPRESAS EXPORTADORAS-COOPEX. finalmente registra también junto a Ludith Orellana Rengifo y Benedicto Jiménez Baca. fraude procesal. 4. hijo de Carlos y Aurea. PANTOJA BARRERO. Manuel Asunción Conjuntamente con Churchil Bruce RIOS VELA (hijo adoptivo de Rodolfo ORELLANA RENGIFO). nacido el 26 de Enero de 1959. quien sería uno de los principales testaferros de Rodolfo ORELLANA GARCIA. Urb. Veronikha siendo su participación directa con la organización de Rodolfo ORELLANA RENGIFO. la misma dirección ocupada por Hernán VILLACREZ TORRES.empresa COPEX. con RUC N° 20432979882. Fiscal N° 87-2013. corrupción. De otro lado. Mz. el mismo que fuera despojado con contratos fraudulentos y llevadas a procesos arbitrales donde consiguieron obtener de manera amañada Laudos Arbitrales en su favor para apropiarse de inmuebles. De igual forma. ARRIETA VEGA. N° 246. con domicilio en la Calle 39.. se advierte que el investigado habría participado en las diversas empresas de Orellana Rengifo. y actuando en calidad de testaferro.00 nuevos soles mensuales. entre otros. en la cual también participan directamente Hernán VILLACREZ TORREZ. se ha detectado que ha participado en la constitución de la empresa FAMINCO S. ha participado en la conformación de la empresa DOY SAC. establece que el investigado.A. Hermógenes Clodomiro CABREJO SANCHEZ. Wilmer Arrieta Vega. inscrita en la partida electrónica N° 00976849 del registro de personas jurídicas de Lima. según PE 12182712. de fecha 26 de junio de dos mil catorce. junto a Rodolfo Orellana Rengifo por el Delito de Asociación ilícita entre otros. asimismo es representante Legal de la empresa Negocios Inmobiliarios COM SAC. asimismo. Corpac San Borja. Lt. extorsión. la misma que se encuentra vinculada a la Res. 6. La Fontana N°1074. ADRIAN SANTISTEBAN. del contenido del REPORTE UIF Nº 006-2014-DAO-UIF-SBS. habiendo trabajado para RODOLFO ORELLANA RENGIFO DEL 01 DE OCTUBRE DE 2009 hasta el 31 de marzo de 2010 y luego para la empresa NORTE PERU INVERSIONES INMOBILIARIAS SAC. Guardia Civil N° 835. siendo que para esta última empresa ganaba la suma de 550. El ex gerente de la empresa Negocios Inmobiliarios COM SAC ha sido CRUZALEGUI CABALLERO William Zenobio. es socio con el 1% y Gerente de Inmobiliaria Asociada. Rosalía VARAGAS SHAUS. que ha tenido como domicilio fiscal también de la Cooperativa de Ahorro y Crédito para Empresas Exportadoras (COOPEX). empresas que registran la misma dirección sito en Av. H. en la adquisición fraudulenta de bienes inmuebles específicamente la casa denominada “ARGENTINA” la cual era administrada por Néstor Rodolfo SACK. Com SAC. CorpacSan Isidro.A. 26-LA Molina. tráfico de influencias. siendo que también registra investigaciones por delitos de Lavado de Activos. asimismo. Urb. que obra en autos. cuyo Gerente General es RODOLFO ORELLANA RENGIFO del 01 de mayo de 2010 hasta el 31 de noviembre de 2010. siendo socia con 99% Esther Carolina Morales Schaus. en la adquisición de bienes inmuebles de manera fraudulenta. . ya sea como miembro. está siendo investigado en un mismo caso )506015501-2011-68-0 del 10 de agosto de 2011. RODOLFO ORELLANA RENGIFO fue Gerente General de la misma empresa. accionista o cargo directivo. están relacionado con la partida electrónica de la empresa FAMINCO S. asimismo. asimismo. con domicilio en la Av. 2 5. Wilmer Es Gerente General de la Inmobiliaria Asociada COM SAC. participa como Director en la Empresa RESWAR CORP (Panamá).64 autopista panamericana Sur Fundo villa El salvador partida N°12314541 por el precio de $393. 8.5 autopista panamericana Sur Fundo Villa Lurín Partida Registral del Lima N°12281747. lo que permite que desarrollen el ilícito de manera concertada. participa como Directora en la Empresa RESWAR CORP (Panamá). otro inmueble ubicado a la altura del Km. 2 7.619. siendo su calidad en algunos casos como testaferro.133. 20. habría otorgado poder a su Padre Jorge CORTES MARTINEZ para que en su nombre y representación efectúe operaciones de transferencias de terrenos con Rodolfo ORELLANA RENGIFO a través de la Empresa ORELLANA ASESORES Y CONSULTORES SAC de propiedad de Rodolfo ORELLANA RENGIFO donde este último le transfiere un inmueble por $205. AZPILCUETA TEMOCHE. Partida 112281747 de un inmueble de 10. De otro lado Jorge Antonio CORTES GUERRERO. 9. juntamente con su hermana Paola Alicia CORTES GUERRERO y Ruth Nancy MEDINA BECERRA (cuñada de CORTES MARTINEZ).conforme se aprecia del reporte ESSALUD.52.09. y sin considerar que dicho bien inmueble se encontraba hipotecado ante el BANCO SCOTIABANK. juntamente con su hermano Jorge Antonio CORTES GUERRERO y Ruth Nancy MEDINA BECERRA (cuñada de CORTES MARTINEZ). simulaban una deuda.133. donde figura como compradora y .296 mts2 por un valor de $. 23.21 mts2 por un valor $.694. CORTES GUERRERO. registra a su nombre una casa de playa que se encuentra inscrita en la ficha Registral N° PO-3235762 de la SUNARP. Fiscal N° 87-2013.52 dólares americanos. la misma que se encuentra vinculada a la Res.694. Argentina N° 1951-Callao). CORTES GUERRERO. para posteriormente utilizar los servicios de la Notaria de Pedro German NUÑEZ PALOMINO donde se realizaba la prescripción notarial de adquisitiva de dominio y luego transfería el dominio del bien a un tercero.09 dólares americanos ubicado en el Km. el modus operandi se refiere a que ubicaban y regentaban una propiedad determinada (Av. posteriormente se han elaborado la independización del mismo para venderlos lotizados y hacerse de dinero de manera ilícita. fue integrante de la Empresa Corporación Bioquímica Internacional juntamente con Jorge Enrique CORTES MARTINEZ. en la adquisición de bienes de manera fraudulenta. Paola Alicia Es hija de Jorge Enrique CORTES MARTINEZ. Jorge Antonio Es hijo de Jorge Enrique CORTES MARTINEZ es beneficiario de inmuebles mediante transferencias de terrenos por parte de Rodolfo ORELLANA RENGIFO que corren inscritas en las Partidas N°12314541 por un área de 20. Julio Augusto Se encuentra vinculado con la organización de Rodolfo ORELLANA RENGIFO. apoderándose del bien incrementando su patrimonio de manera ilícita.393. emite recibos por honorarios profesionales recién desde el 28DIC2012 con RUC N°10400619005. Guillermo Arturo TOMASEVICH HERNANDO. y Franz TOMASEVICH HAUSER. lo que evidencia los fuertes lazos comerciales y de confianza que les une.205. Rocio María BARACCO MILLER representada por ALADEM EIRL (vinculada a Judith ORELLANA RENGIFO) y posteriormente una venta a favor de Jhonny Omar VASQUEZ HUMMEL con DNI.00 dólares americanos de fecha 27AGO2010. Hipermercados del Agro SAC con RUC N°20513031999. que tiene relación con ORELLANA RENGIFO.500 mts a nombre de Jorge Cortes Martínez y su cónyuge Johany Silvia MEDINA BECERRA DE CORTES que se produjo el 12DIC2007 en la Partida N°70093938.N°4042890 por $190.000. esta persona es utilizada por Jorge Enrique CORTES MARTINEZ (padre) y Rodolfo ORELLANA RENGIFO como testaferro.500. actualmente dicha propiedad es alquilada por Jhony Omar VASQUEZ HUMMEL HUMMEL (quien participa en el caso Scotiabank contra OELLANA RENGIFO). Argentina N° 1959.00 mts 2 a su nombre y luego lo transfiere a RESWAR CORP SAC (su empresa) es así que se independiza y se genera una nueva Partida N°70274757 y luego la alquila a su propia empresa Corporación Bioquímica Internacional.L. Poly Agro con RUC N°20530938256.00 dólares pagadas a su anterior propietario representado por ALADEM EIRL que pertenece a Rodolfo ORELLANA RENGIFO. sin embargo. Inversiones y Consignaciones San Antonio EIRL con RUC N°20307652065.00 dólares celebrada con la Sra. se hace propietario del inmueble adjunto del predio 1951 para lo cual abre una puerta colindante y prescribe este predio 2. quien tiene estrecha vinculación con Rodolfo ORELLANA RENGIFO.como vendedor la Liquidadora encargada ALADEM E.R. en el año 2006 existía un proceso judicial de desalojo iniciado por Bruckman contra Cortes y la empresa Bioquímica Internacional cuya partida matriz corre a nombre de Brukman con Partida N°70093938 cuyo titular es Manuel BRUKMAN FALCON. a Corporación Bioquímica Internacional. Jhony Omar VASQUEZ HUMMEL es el hijo de Leónidas Alejandro VASQUEZ CASTAÑEDA quien es el operador de Jorge Enrique CORTES MARTINEZ es el encargado de buscar los terrenos e inmuebles para realizar este tipo de operaciones y es el enlace entre Rodolfo ORELLANA RENGIFO su empresa y CORTES MARTINEZ. se encuentran investigados y bajo su asesoramiento ha efectuado la prescripción adquisitiva de dominio mediante actos fraudulentos y documentación falsa de los inmuebles sito en la Av. partida N° 70274757. 1963 y 1951.I. En ese sentido esta organización ha constituido las empresas Corporación Bioquímica Internacional SAC con RUC N°20505062826. (Cortes – 2 . T. el mencionado predio en la actualidad registra una Hipoteca a favor de la Caja Municipal de Ahorros y Crédito de Piura SAC por $184. Consorcio Distribuidor Agrícola SAC con RUC N°20509376744. Cortes logra inscribir mediante una prescripción adquisitiva notarial realizada en la Notaria Pedro German NUÑEZ PALOMINO por 2. Paola Alicia CORTES GUERRERO emite recibo por honorarios profesionales desde el inicio de sus actividades el 11JUL2004 con RUC N°10098645921. Jorge Enrique. CORTES MARTINEZ. en este inmueble hay una dación en pago por $28. 10.640. Consorcio C. según SUNAT. Agroprocesos SAC con RUC N°20512251634. es su hombre de confianza desde hace 20 años atrás. posteriormente bajo la misma modalidad de una operación fraudulenta de prescripción adquisitiva notarial.000. ha constituido una sociedad anónima también en Panama con el nombre de SILVER VENTURE INVESMENTS INC. 49066440. Perú y Colombia y cualquier otro país es el Sr.L. Jorge Antonio CORTES GUERRERO (hijo). que tiene relación con Ludith ORELLANA RENGIFO. asimismo. Partida 112281747 de un inmueble de 10. persona que también esta investigado por Delito de Lavado de Activos juntamente con Rodolfo ORELLANA RENGIFO.607.787 dólares americanos. según SUNAT.A empresa que también tiene como apoderado especial Hernán VILLACREZ TORRES quien según reporte de la UIF-SBS se encuentra vinculado al Narcotráfico.Tomasevich) con RUC N°20514928208.619. han comprado una empresa colombiana denominada KIMEL de Colombia a Un Millón de Dólares. Paola Alicia CORTES GUERRERO (hijo) y Ruth Nancy MEDINA BECERRA esta última es su cuñada.296 mts2 por un valor de $393. específicamente su esposa Johany Silvia MEDINA BECERRA DE CORTES.133. gran cantidad de vehículos. Este investigado tiene como representante a William Roberto MARCHESI OVIEDO quien representa también a la empresa de panameña PASTOL S.880 mts2.R. 49066437. Fue reportado por la UIF-SBS como beneficiario de ingentes sumas de dinero. una casa de playa que se encuentra en la ficha Registral N° PO-3235762 de la SUNARP. Partida N°12042779. William Roberto MARCHESI OVIEDO cuyo DNI 08259620 quien viene a ser su cuñado esposo de su hermana Edith Esther CORTES MARTINEZ. A través de su entorno familiar. advirtiéndose que a través de la Empresa Inversiones y Consignaciones San Antonio del cual es Gerente financiero. 49066439. 12042779. 490664434 todas en el año 2008 en un área por cada una de 2. quien no tiene oficio conocido. giro cheques por la suma US$159. inversiones en la bolsa de valores entre otros. También ha creado la Empresa RESWAR CORP en Panamá los directores del mismo es el Sr. el apoderado general de dicha sociedad en los países de Panamá.I.21 mts2 por un valor 2 . 49066442. cuyo origen se desconoce y mediante operaciones financieras reportadas como sospechosas. 49066443. Panamericana Sur y Punta Negra como son los inscritos en las Partidas Regístrales N° 49066435.52 a nombre de Jorge Antonio CORTES GUERRERO. Jorge Enrique FLORES YUPANQUI (Ingreso N°360-210) por simulación de deudas en la que interviene la sociedad conyugal Ferre Valera en Liquidación cuya empresa liquidadora es la Empresa Asesores Liquidadores y Administradores de Empresas EIRL (ALADEM EIRL) que se encuentra vinculado a Ludith ORELLANA RENGIFO. 49066438. 49066436.96 mts2 a nombre de Jorge Cortes Martinez. donde figura como compradora su hija Paola Alicia CORTES GERRERO. en favor de Rodolfo ORELLANA RENGIFO encontrándose ambos investigados en por el Delito de Asociación Ilícita en el Ingreso 658. han sido beneficiarios de transferencias de bienes inmuebles por parte de Rodolfo ORELLANA RENGIFO en extensos terrenos del Distrito de Villa El Salvador. Partida N°12314541 por un área de 20. en mérito de la compra venta efectuada por la Liquidadora encargada ALADEM E. 49066441.2011. la transformación de los dineros ilícitos se encuentra plasmado con la adquisición de varios inmuebles. en el año 2007 en un área total de 14. MITSUBISHI. registra la misma dirección del principal investigado Rodolfo ORELLANA RENGIFO. José Antonio VALDERRAMA CONTRERAS. la Junta General de la empresa TVNETPERU SAC. Camioneta rural. de placa de rodaje N° RQM-103. 13. con fecha 12OCT2009 a folios 89 aparece una modificación del Art. del año 1999. de placa de rodaje N° ROC-218. la misma que fuera constituida por las personas de José Enrique ESCARDO STECK y como apoderada legal general Ludith ORELLANA RENGIFO (hermana de Rodolfo ORELLANA RENGIFO). asimismo. para luego beneficiarse promoviendo una hipoteca. la cual la compró a nombre de la empresa Inversiones y Consignaciones San Antonio SRL. comprados a Rodolfo ORELLANA RENGIFO uno que compró para su esposa Johany Silvia MEDINA BECERRA DE CORTES. asimismo. asimismo dentro de la organización criminal a participado en la conformación de la empresa COOPEX juntamente con CHURCHILL BRUCE ORELLANA RENGIFO. pagando en efectivo la suma de ($17. 241-2013 con fecha 28ENE2011 la persona de Benedicto JIMENEZ BACA es nombrado como gerente general de esta última empresa. 11. dos vehículos. modelo Pajero. MITSUBISHI. Haber participado en calidad de testaferro en la transferencia de compra – venta simulada de la propiedad del “MINISTERIO DE EDUCACION” y otros inmuebles (Calle Las Camelias N°327-331-La Molina y la ubicada en la Av. Jorge Enrique Registra procesos por delitos de asociación ilícita y lavado de activos). para su hija Paola Alicia CORTES GUERRERO. (Actualmente C9V-384). Asimismo. Jorge Enrique FLORES YUPANQUI y los hermanos Rodolfo y Ludith ORELLANA RENGIFO.oo Dólares USA) y la Camioneta rural. a folios 98. del Exp. ya que con fecha 04SET2009. Argentina N°1951Callao). FLORES YUPANQUI. IRAZABAL NAPA. Oscar Omar PANTOJA BARRERO. y.09 a nombre de Jorge Antonio CORTES GUERRERO. en la cual se apoderan con trámites fraudulentos con propiedades. 1 del estatuto de dicha empresa. conforme se desprende de la Partida Registral N° 12362320 (anexo documentación registros públicos – folios 87 y 98 Exp. mediante la cual modifica la sociedad y la denominan JUEZ JUSTOTV SAC.000.. se encuentra estrechamente vinculado a este personaje. 2 JIMENEZ BACCA. 12. al contado en una Notaría en Miraflores.241-2013). ha recibido conjuntamente con otras personas endoso por parte de la empresa ORELLANA ASESORES CONSTRUCTORES SAC. .694. William Senobio CRUZALEGUI CABALLERO. modelo Pajero. color plata a nombre de la empresa Inversiones y Consignaciones San Antonio SRL. acepta la renuncia de Rodolfo ORELLANA RENGIFO.$205.. José Alfredo Ha participado en el caso denominado Banco SCOTIABANK. Benedicto Nemesio Es abogado de Rodolfo ORELLANA RENGIFO conforme lo ha admitido públicamente a través de los medios de comunicación masiva. Juzgado Civil Comercial.. de conformidad al Art. este a su vez endosa un título valor a otro integrante Wilmer ARIETA VEGA demandando a LOPEZ NORIEGA. LOPEZ NORIEGA. no cumplió con presentarse a las respectivas citaciones fiscales. logrando inscribirlo en la SUNARP.00 D. transfiere esos inmuebles a Saúl NUÑEZ SALAZAR y logran inscribirlos en las SUNARP. pues ello permitiría el acopio de 2 . motivo por el cual resulta necesario contar con la medida limitativa de derechos de Detención Preliminar. Lumber NUÑE CONDOR. sobre ese particular existe un expediente en el 7mo Jugado Penal N° 634-2007. en este proceso se inserta una partida de defunción falsa. N° 2006-05-702 y mediante sentencia s sede derechos a Humberto Pascual VELASQUEZ AMPUERO.00 N. Por otro lado.A. por la suma de S/ 635. proceso que se lleva a cabo en el 5to. financiera y tributaria.000. a folios 1682 se aprecia que la FPPEDT le solicito copias autenticadas de la documentación contable financiera y tributaria de los ejercicios fiscales de los años 2009 al 2013. 6° del D.. Del análisis.. Exp. en relación a que el dinero que generaría el sostenimiento de la empresa JUEZ JUSTO TV SAC. no habiendo cumplido con presentar dicha documentación. 14. ya que constituye medios científicos y técnico necesarios e idóneo para establecer el delito en mención. donde aparece como fallecido. no se presentó a las citaciones que le efectuaran la DIVILA DIRINCRI PNP. el 05ABR2006 suscribe un contrato a su favor por la suma de US$ 299. el allanamiento. además. la que estaría siendo financiado con activos de procedencia ilícita del investigado Rodolfo ORELLANA RENGIFO. se hace una transferencia a favor de Carlos LOPEZ NORIEGA. conforme se precisa en la conclusión del Parte Policial N° 167 del 23OCT2013.141-2013 de la FPPEDT. demostrando una actitud renuente y obstruccionista afectando el normal desarrollo de la investigación preliminar respecto a los plazos razonables. por acciones de inteligencia se ha tomado conocimiento que esta persona. asimismo. constituyendo actos de rehusamiento al no suministrar información a la autoridad competente. habría realizado transferencias dinerarias sospechosas. posteriormente. 1106. de la denuncia que genera la presente investigación así como de los actuados. se advierten imputación en contra de esta persona. por obligación de dar sumas de dinero.S. como depósitos en su cuenta cuyo ordenante es la persona Ludith ORELLANA RENGIFO en su calidad de Gerente General de Juez Justo TV SAC. incurriendo en el presupuesto configurativo del delito que reprime la ley de lavado de activos vigente.139. contando con la complicidad del administrador. incautación e inmovilización de cuentas bancarias.Según Denuncia N° 241-2013 del 21°FPPL-MP del 14ABR2014 y Exp. para fines de peritaje contable.L. en una segunda transferencia en agravio del MINSITERIO DEEDUCACION. que corre a folios 448 de dicho expediente acumulado. donde se observa que Carlos LOPEZ NORIEGA contrajo otra deuda con otro integrante de la organización Oscar FERRE SIMONETI. el 13AGO20O6. Carlos quien ha participado en el despojo de los inmuebles de propiedad del Ministerio de Educación. contra Carlos LOPEZ NORIEGA. en el marco de la investigación por el delito de lavado de activos provenientes de defraudación tributaria y otros. movilizó ingentes cantidades de dinero en el sistema financiero. finalmente RIOS VELA Churchill Bruce u ORELLANA RENGIFO Churchill Bruce resulta ser HIJO ADOPTIVO de Rodolfo ORELLANA RENGIFO.A. a un adecuado sanción o procesamiento de la o las personas involucradas en el presunto delito de Lavado de Activos. es más que palpable la necesidad de proceder a la autorización requerida para garantizar la eficacia de la investigación preliminar en delitos tan graves. Club Campestre Las Lagunas en el Distrito de La Molina (Partida Registral N° 45042049). falsificación documentaria y estafa). Por información de inteligencia la empresa constructora de CHURCHILL BRUCE ORELLANA RENGIFO. Jorge Enrique y Paola CORTES MARTINEZ (estas últimas personas registran proceso por asociación ilícita).. Pese a ello. fraude procesal. Sub Lote 20. 18 a 25 de la Carretera Panamericana Sur entre otros predios obtenidos ilícitamente.medios de prueba necesarios. En noviembre de 2010 Laura More Tejada a su vez le otorgó poderes de representación a CHURCHILL BRUCE RIOS VELA (o CHURCHILL BRUCE ORELLANA RENGIFO) quien transfiere a RODOLFO ORELLANA RENGIFO (su padre adoptivo) todos los bienes que originalmente habrían pertenecido a Laura More Tejada. le han efectuado cobros de dinero las personas de Humberto Pascual VELASQUEZ AMPUERO (registra procesos de usurpación. por otro lado realiza cobros u endosos a Doris Amelia MESONES BARRIO y otros. en la modalidad de Actos de Conversión y Transferencia toda vez que habrían obtenido ganancias ilícitas a través de la venta de predios ubicados entre el km. A. Churchill Schwarts Construcción S.UU. Se le imputa integrar la organización criminal liderada por Rodolfo Orellana Rengifo.I. la publicación “Hildebrandt en sus trece” publicó un artículo titulado “Medio Justo” en donde se señala que la persona de Ricardo More Tejada lavaba su dinero y bienes a través de su hermana Laura More Tejada. durante el año 2011. dedicada al Lavado de Activos.N. se le imputa conformar la organización criminal liderada por Rodolfo Orellana Rengifo. Urb. posteriormente. como son en el caso del inmueble ubicado en la Calle Las Redes. no registra declaraciones de infresos ante SUNAT. LUDITH ORELLANA RENGIFO.C.A. lo cual genera estrañeza toda vez que la construcción de edificios modernos constituye parte de su giro de negocio. Adicionalmente. ROSALÍA VARGAS SHAUS. que conducirían. a quien le otorgó un poder ilimitado.C. CHURCHILL BRUCE RIOS VELA o CHURCHILL BRUCE ORELLANA RENGIFO (D. el inmueble ubicado en el Sector Unidad 2 . no registra trabajadores y tampoco registra endeudamiento en el sistema financiero nacional. entre otros. Mz. asociación ilícita. en el mes de Febrero de 2011. ha efectuado cobros y/o endoso con la empresa FIERROS & METALES NJD S. habiendo realizado transferencia a Doris DELGADO a EE. 17. 15. conjuntamente con su hermana Ludith ORELLANA RENGIFO.. N° 42202842) es titular de la empresa CHURCHILL SCHWARTZ CONSTRUCCIÓN SAC. habiendo participado activamente en la adquisición ilegal de varios inmuebles. en tal sentido. esta empresa. 16. Inmobiliaria 1 Lurin (Partida Registral N° 12317609) y el inmueble ubicado con frente a la Carretera Central N° 2801 Pampa de Morón del Fundo Huascata – Chaclacayo (Partida Registral N° 11050135). VI. cuya adquisición por parte del investigado tiene una procedencia ilícita. despojando ilegalmente a sus legítimos propietarios. Lote 16. Los hechos imputados se encuadran dentro del tipo penal de ASOCIACIÓN ILÍCITA PARA DELINQUIR Y LAVADO DE ACTIVOS. 2 . 6810. Parte Lote 17. 18. Parte Lote 20 y Parte Lote 20. obrante a fojas 5801 y 6808. mediante contrato de compra venta de fecha 12 de febrero de 2010. el señor Wilmer Arrieta Vega otorga poder especial a Iris Fabiola Ulloa Infante para que pueda vender y cobrar el precio de venta. entre otras facultades. Unidad Inmobiliaria N° 1. Lote 19. apropiándose de varios inmuebles. Parte Lote 17. Lote 15..- DE LA EXISTENCIA DE CONCURSO DELICTIVO. Lote 18. Asimismo. de donde se desprende que la transferencia de propiedad a favor de Iris Fabiola Ulloa Infante tendría como finalidad encontrar a un tercero de buena fe registral para dificultar la incautación o decomiso por parte de las autoridades de los bienes inmuebles que pertenecían a la sucesión indivisa de Mario Dionisio Paredes Cueva. distrito de La Victoria.CALIFICACIÓN JURÍDICA DE LOS HECHOS IMPUTADOS. IRIS FABIOLA ULLOA INFANTE sería presunta testaferro de Rodolfo Orellana Rengifo. con fecha 22 de febrero de 2010 mediante escritura pública obrante a fs. Fundo Huerta Mendoza.De lo hasta aquí expuesto resulta evidente la existencia de un concurso real de delitos (asociación ilícita para delinquir y lavado de activos). Provincia y Departamento de Lima). Mendoza Merino. como parte del proyecto criminal. VII. Hipolito Unanue – Jr. de conformidad con lo establecido por el artículo 50º del Código Penal. quien adquirió del presunto testaferro Wilmer Arrieta Vega La “Plaza de Toros Arenas de Lima” antes “Coliseo Sol y Sombra” (conformada por 10 inmuebles: Lotes 4 y 5. ello en confabulación con algunos integrantes de la organización. del conjunto de bienes inmuebles que supuestamente le habría vendido el 12 de febrero de 2010. del Jr. pues concurren varios hechos punibles que deben ser considerados como otros tantos delitos independientes. Adecuación de los hechos imputados al delito de lavado de activos. 317. efectos o ganancias cuyo origen ilícito conoce o puede presumir. 346 al 350 o la Ley Nº 27765 (Ley Penal contra el Lavado de Activos). el artículo 2 del mismo cuerpo normativo prevé los actos de ocultamiento y tenencia: 2 . será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de ocho ni mayor de quince años y con ciento veinte a trescientos cincuenta días multa. 325 al 333. ganancias y cualquier activo que tenga un origen ilícito. El lavado de activos tiene tres etapas: i) Colocación. y iii) Integración. en la segunda los actos de transferencia y en la tercera los actos de ocultamiento y tenencia. 2 y 4. que prevé: Art. 315. que tipifica los actos de conversión y transferencia de la siguiente forma: “El que convierte o transfiere dinero. 1. bienes. imponiéndose además. su incautación o decomiso. El lavado de activos es un proceso económico. ii) Intercalación. de ser el caso.. En la primera se desarrollan los actos de conversión. 296 al 298. con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años.” Asimismo. de ciento ochenta a trescientos sesenta y cinco díasmulta e inhabilitación conforme al artículo 36 incisos 1. bienes.1. debiéndose dictar las medidas cautelares que correspondan para garantizar dicho fin". contable y financiero que busca dar apariencia de legitimidad al dinero. 986) – Ley Penal de Lavado de Activos. 273 al 279-D. 318-A.1. Cuando la organización esté destinada a cometer los delitos previstos en los artículos 152 al 153-A. las consecuencias accesorias del artículo 105 numerales 2) y 4). efectos. 319." El que forma parte de una organización de dos o más personas destinada a cometer delitos será reprimido por el sólo hecho de ser miembro de la misma.EL DELITO DE ASOCIACIÓN ILÍCITA para delinquir se encuentra previsto en el artículo 317° del Código Penal. la pena será no menor de ocho ni mayor de quince años. 317°. 2. y dificulta la identificación de su origen. 200.DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS.. La ley vigente al momento de la comisión de los hechos imputados es la que corresponde al delito de lavado de activos que se encuentra previsto y sancionado en el artículo 1 de la Ley N° 27765 (modificado mediante Decreto Legislativo Nro.. y dificulta la identificación de su origen. o bienes muebles de gran valor como vehículos. embarcaciones fluviales. a partir del momento de la colocación del dinero ilegal producido”. Gálvez Villegas refiere: “En sentido amplio se entiende por conversión toda colocación de bienes o capitales.) De esta manera. Objeto del delito.. guarda. será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de ocho ni mayor de quince años y con ciento veinte a trescientos cincuenta días multa”. casinos. Incluso podemos considerar también dentro de ellos a la recolección del dinero sucio. cuyo origen ilícito conoce o puede presumir. e incluso a las ganancias que como rédito o interés de inversiones y depósitos. dada su flexibilidad y equivalencia hermenéutica. efectos o ganancias. las múltiples variaciones que pueden ocurrir y sobrevenir durante el ciclo operativo del proceso de lavado de activos. pues.“El que adquiere. el legislador nacional pretende que esa pluralidad de categorías puedan adaptarse y cubrir con facilidad. motocicletas lineales. bienes. pues. bienes. En efecto.. Lo común a ellas es su connotación patrimonial y económica. mientras que en sentido restringido es la operación económica que consiste en colocar bienes y capitales con el fin de lograr un determinado beneficio económico”. Respecto a los actos de conversión. (. En cuanto a los actos de transferencia. por incorporar fórmulas alternativas y detalladas para señalar el objeto de acción del delito. terrenos. Conductas típicas. lo cual generará que en la copia literal de Registros Públicos aparezcan un sinnúmero de propietarios en el historial.. 1. Así por ejemplo. pueden producirse luego de culminado el proceso de lavado en la etapa de integración. oculta. administra o transporta dentro del territorio de la República o introduce o retira del mismo o mantiene en su poder dinero. grifos. en la doctrina se ha señalado: “El legislador peruano ha optado. Por su parte. creando con ello trabas para la investigación”. recibe. etc. Aquí las conductas concretas que se pueden desarrollar varían según la modalidad y estrategia determinada al inicio de la operación de lavado. hoteles. En principio se alude a dinero en efectivo. 1. en la doctrina se ha establecido: “Los actos de transferencia están relacionados a la segunda etapa del circuito de lavado de activos: intercalación. El objeto del delito viene dado por el texto legal a partir de cuatro formas: dinero. custodia. 2 . su incautación o decomiso. siempre que ella la ejecute el agente de la operación del lavado”. efectos o ganancias. utiliza.2.3. usar varios testaferros para simular compra venta de bienes inmuebles tales como departamentos. para luego referirse a los bienes que se han podido adquirir sucesivamente con aquél. motocicletas acuáticas. según Prado Saldarriaga: “Los actos de conversión involucran todas las formas posibles de colocación o movilización primaria de dinero líquido. yates. en el caso que nos ocupa se advierte que todos los procesados han realizado los actos de conversión. de la Sección IV. es decir. el Código Penal incorporó sanciones de carácter penal aplicables a las personas jurídicas y las denominó consecuencias accesorias. Ahora bien. 2. directas o subsidiarias. pues el artículo 105º del Código acotado. a más de veinte años de vigencia del Código sustantivo el desarrollo jurisprudencial producido en torno a las consecuencias accesorias aplicables a las personas jurídicas no ha resultado relevante ni satisfactorio. con pleno conocimiento y voluntad de dificultar la identificación del origen ilícito del dinero. ocultamiento y tenencia en forma dolosa. del Libro Primero. sino para enfrentar imputaciones directas o acumulativas sobre la realización de un hecho punible y que pueden concluir con la aplicación sobre ella de una sanción penal en su modalidad especial de consecuencia accesoria” [PABLO SÁNCHEZ VELARDE: El nuevo proceso penal. página 80]. toda vez que. igualdad de armas y acusatorio. El delito de lavado de activos puede ser realizado mediante dolo directo o dolo eventual. el legislador ha usado la fórmula “conoce” para el primero.4. luego de las modificaciones introducidas el año 2007 por el Decreto Legislativo 982. en lo pertinente en el artículo III del Título Preliminar del Código Procesal Civil. los siguientes criterios operativos. el NCPP ya considera a la persona jurídica como un nuevo sujeto pasivo del proceso penal en el Titulo III. En ese sentido el Acuerdo Plenario N° 7-2009/CJ-116 señaló: “Por tal razón y tomando en cuenta las reglas y el procedimiento fijado por aquel para dicha finalidad. inspirados en el NCPP: A. Editorial Idemsa. a cuyo efecto se tendrá en consideración. 2009. Esta constatación resulta trascendente en la actualidad. Que. y “puede presumir” para el segundo. sin embargo. transferencia. Por tanto. corresponde postular un conjunto de criterios operativos en aplicación directa de los principios procesales de contradicción. El Fiscal Provincial ha de incluir en su denuncia formalizada o en un requerimiento fundamentado en el curso de la etapa de instrucción a las personas jurídicas involucradas en el hecho punible imputado. aplicable supletoriamente al proceso penal. incluso. todos los procesados actuaron bajo dolo directo. conforme a lo dispuesto. “pero ya no para afrontar únicamente eventuales responsabilidades indemnizatorias. Aspecto subjetivo.1. Incorporación de personas jurídicas. incorporando en lo procedente los datos y contenidos a que alude el 2 . dispone preceptivamente la aplicación jurisdiccional de estas consecuencias accesorias siempre que se verifiquen los requisitos y presupuestos que dicha norma establece. Lima. en cuanto sea legalmente compatible con la estructura del ACPP (Código de Procedimientos Penales). ) se sirvan instruir a los señores Fiscales a cargo de las investigaciones sobre lavado de activos de cada uno de sus Distritos Fiscales. necesarios para su identificación y el juicio de imputación correspondiente a cargo del Juez Penal…”. Sobre el particular tanto la doctrina como la jurisprudencia han brindado respuestas acertadas para su adecuada interpretación. la Fiscalía de la Nación a través del Oficio Circular N° 0242013-MP-FN-SEGFIN. El delito de Lavado de Activos. no es parte de la tipicidad subjetiva que el autor conozca o esté informado sobre las acciones anteriores de conversión o transferencia. y no requiere la materialización o probanza del delito precedente o delito fuente. en tanto que el propio tipo penal sólo hace referencia a “origen ilícito”. ni mucho menos que sepa quiénes estuvieron involucradas en ellas”. ni cuando se cometió éste.. Tampoco el dolo del agente tiene necesariamente que abarcar la situación procesal del delito precedente o de sus autores o partícipes...1 NCPP. el cual establece textualmente como elemento del tipo “origen ilícito” y no “delito previo”.. dirigido a los Presidentes de Juntas de Fiscales Superiores a nivel nacional. proceso judicial o hayan sido previamente objeto de prueba o de sentencia condenatoria. bajo responsabilidad de comunicar a las Fiscalías Desconcentradas de Control Interno la no observancia de la misma. Igualmente tratándose de los actos de ocultamiento y tenencia. En este ámbito corresponde. ha fijado como pauta jurisprudencial: “…No es una exigencia del tipo penal que el agente conozca de qué delito previo se trata. 3.que.artículo 91°. Delito precedente y el Acuerdo Plenario N° 03-2010/CJ-116. hacer una aclaración previa respecto a la estructura del tipo penal de lavado de activos. el lavado de activos es un delito autónomo. con la finalidad que se dé estricto cumplimiento a lo dispuesto por dicha norma. los bienes. es un delito autónomo. por lo que para su investigación y procesamiento no es necesario que las actividades criminales que produjeron el dinero.” 2 . informó lo siguiente: “. se encuentren sometidas a investigación. (. El pasado 16 de mayo de 2013. En ese mismo sentido la Corte Suprema de Justicia de la República. y no tiene delito fuente. efectos o ganancias.. hayan sido descubiertas.. conforme a los establecido en el artículo 10° del Decreto Legislativo N° 1106 – Decreto Legislativo de lucha eficaz contra el lavado de activos y otros delitos relacionados a la minería ilegal y crimen organizado-. como debe ser. ni mucho menos quiénes intervinieron en su ejecución. es de precisar que este tipo de prueba es conectiva en la medida que va a remontarse a la averiguación de las circunstancias en la que se generó el denominado “capital inicial” ya sea como personas naturales como en la constitución de una o más personas jurídicas. legal. normativizada y estandarizada.S. registral. ii) Conectiva También podemos afirmar que es una prueba indiciaria conectiva toda vez que en la mayor parte de su construcción ha de enlazarse con indicios no necesariamente relacionados sólo al hecho investigado. Es preciso 2 . es decir. En nuestra opinión será compleja.. y ratificada mediante D. en casi todos los casos. de las personas naturales y jurídicas). bursátil.La prueba indiciaria en el delito de lavado de activos Características propias Para PAUCAR CHAPPA la prueba indiciaria en el ámbito de los delitos de lavado de activos: adquiere características propias respecto a su aplicabilidad en otros delitos. e incluso de los primeros “aumentos de capital” que serán en su mayoría capital ilícito.). iii) Normativizada Tal vez una de las características más resaltantes es que es una prueba indiciaria normativizada pues su uso no sólo forma parte de las recomendaciones brindadas por los principales instrumentos internacionales como la Convención de Palermo del año 2000 – aprobada por el Perú mediante Res. luego de realizar. su elaboración debe obedecer a un orden fáctico y cronológico seguido de una concatenación de un sinnúmero de indicios que conserven la misma secuencia. N° 088-2011RE-.L. Por otra parte. el denominado “cruce de información”. es una prueba indiciaria compleja porque ha de construirse por indicios acreditados mediante pericias especializadas (pericia contable o pericia financiera. Leg. i) Compleja En primer lugar. etc. entrega vigilada. financiera. sino que su utilización ha sido establecida normativamente por muchos sistemas jurídicos (tanto del europeo-continental como del anglosajón). sino que en la mayoría de casos puede estar en conexión con actividades ilícitas subyacentes (por ejemplo. N° 27527. e incluso el Informe de la Unidad de Inteligencia Financiera). técnicas especiales de investigación (agentes encubierto. adoptando un efecto en cadena desde el presente hacia atrás. N° 1106. conectiva. así como la cantidad de información que se ha de procesar (información contable. tal como el caso peruano con el D. incluso por el uso de la denominada prueba trasladada). para su aplicación a los delitos de lavado de activos. tributaria. vinculación con organizaciones criminales o miembros de éstas. Y ESTANDO A QUE SE DEBE DELIMITAR LA LEY A APLICAR EN CADA UNO DE ELLOS. que los indicios que la conforman se entrelacen entre ellos. van a inyectar un criterio más elaborado para determinados indicios. no es acertado ese razonamiento por una sencilla razón: la incoación de un proceso penal y la imputación de cargos merece de la prueba indiciaria un doble esfuerzo probatorio. por lo que no se trata de un simple tipo de prueba por indicios. FINALMENTE. y por otro. Incluso el texto actual de la Sexta Disposición Complementaria. iv) Estandarizada También es una prueba indiciaria estandarizada porque sus lineamientos construidos en base a “tipologías” han sido elaborados por las principales agencias mundiales de lucha contra el lavado de activos. Transitoria y Final de la Ley N° 28306 que modificó la Ley N° 27693. aun cuando exista una necesidad de investigación sistemática y de análisis de información que se encuentra dispersa por diferentes países. los patrones secuencialmente analizados por dichas agencias internacionales. sin perjuicio de la presunta comisión de otros delitos ”. en nuestro sistema jurídico no existe ningún otro tipo en la que el legislador haya consignado su utilización normativamente. de modo que ninguno excluya a otro. tales como el GAFI (FATF por sus siglas en inglés). ESTOS INTEGRANTES HAN PARTICIPADO DEL ILICITO. específicamente del thema probandum. la cual pueda generar convicción más allá de toda duda razonable. es decir. que la prueba indiciaria es una construcción de indicios a favor de la Sociedad y por ende del Ministerio Público. se refiere a elevar el estándar. ESTO SE DETERMINARA AL MOMENTO DE ESCLARECE LOS HECHOS MATERIA DE 2 . POR LO QUE NO SE DESCARTA QUE EN TODOS LOS HECHOS INVESTIGADOS. se considera indicio de la comisión del delito de lavado de activos. por un lado servir de soporte de la presunta responsabilidad o inocencia del investigado.indicar que. reflejados en las diferentes tipologías. nivel o calidad de la prueba indiciaria. Y. por el contrario.4 (Obligación de declarar el ingreso y/o salida de dinero y/o instrumentos negociables del país) señala: “La no acreditación del origen lícito del dinero o de los instrumentos financieros negociables emitidos “al portador” en el plazo establecido. si bien el uso de la prueba indiciaria puede aplicarse a todo el universo de delitos. se debe evitar mantener en el subconsciente jurídico la idea equivocada de que la prueba indiciaria es una suerte de prueba amparada en el indubio pro societatis. más conocido en la doctrina anglosajona como “beyond reasonable doubt”. en su literal 6. por tanto no se trata de una suma aritmética de indicios. SE ADVIERTE QUE TODOS LOS INVESTIGADOS HAN EJECUTADO EL DELITO EN DIFERENTES ETAPAS EN LA QUE SE DESARROLLA EL TIPO PENAL. En mi opinión. sino que el perfil de su diseño obedece a los presupuestos más exigentes y a estudios forjados por expertos y consultores internacionales. Sin perjuicio de lo anterior. DONDE EXISTE UNA EVIDENTE CONEXIÓN CONFORME SE HA DETALLADO. tiene una finalidad genérica: “Reunir los elementos de convicción. artículo 321º del Código Procesal Penal de 2004. que permitan al fiscal decidir si formula o no acusación”. el artículo 337º. del Informe Policial o de las Diligencias Preliminares que realizó. IX. Siendo que la actividad de investigación realizada por el Ministerio Público debe regirse por los criterios de pertinencia y utilidad. los que determinen y acrediten la responsabilidad o inocencia del imputado. LEY DEL DELITO DE LAVADO DE LAVADO DE ACTIVOS. indagando los hechos constitutivos de delito. Por esta razón.- PROCEDENCIA DE LA FORMALIZACIÓN Y CONTINUACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA Según lo prescribe el Art. En el presente caso concurren los presupuestos señalados en el Código Procesal Penal para disponer la formalización y continuación de la Investigación Preparatoria. IV. la acción penal no ha prescrito y se ha cumplido con individualizar a los presuntos autores. ENTRA EN VIGENCIA EL 20 DE ABRIL DE 2012. dentro de los límites de la ley. si fuera el caso. regulada por la sección I. Con esta finalidad conduce y controla jurídicamente los actos de investigación que realiza la Policía Nacional…”.IMPUTACION. La Investigación Preparatoria.- ELEMENTOS DE CONVICCIÓN QUE SUSTENTAN LA FORMALIZACIÓN:  Copia simple de la Escritura Pública de Compra Venta Definitiva de Bienes Inmuebles que otorga OSCAR HUGO AGUILAR CERVANTES de fecha 20 de noviembre de 2009 suscrita ante el notario abogado SERAFÍN MARTÍNEZ GUTARRA. que se ha individualizado al imputado y que. toda vez que aparecen indicios reveladores de la comisión del ilícito investigado conforme a los hechos narrados y elementos de convicción que se detallaban en la presente. que la acción penal no ha prescrito. con el que se acreditaría el fraudulento proceso arbitral llevado a cabo por el árbitro OSCAR HUGO AGUILAR 2 . se han satisfecho los requisitos de procedibilidad. ESTABLECIENDO TAMBIEN QUE EL DECRETO LEGISLATIVO 1106. ESTANDO VIGENTE HASTA ESA FECHA LA LEY 27765. Conforme se encuentra establecido en el artículo 336º del Código Procesal si el Fiscal de la denuncia. aparecen indicios reveladores de la existencia de un delito. de cargo y de descargo. dispondrá la formalización y la continuación de la investigación preparatoria.1 del Código procesal Penal señala que “el fiscal realizará las diligencias de investigación que considere pertinentes y útiles. X. numeral 2 del Título Preliminar del CPP “… El Ministerio Público está obligado a actuar con objetividad. COM SAC. obrante a folios 6659. obrante a folios 6655. 12438284.  Copia simple de Hoja Informativa de empresa INMOBILIARIA ASOCIADO.  Manifestación de Giovanni Mario Paredes Ruiz. obrante a folios 6653. 49039174. 2 . donde figuran los 10 predios. 49003474.  Por figurar como socio. 07025805. 49073982.COM.. donde RODOLFO ORELLANA RENGIFO figura como Gerente General. 49013818.  Copia simple de Hoja Informativa de EMPRESA ABOGADOS ASOCIADOS SAC.  Las partidas electrónicas N° 43536532.  Laudo arbitral de fecha 28 de agosto de 2009.CERVANTES con la finalidad de transferir los bienes de la Sucesión de Mario Dionisio Paredes Cueva a favor de WILMER ARRIETA VEGA. elevado a escritura pública de fecha 17 de marzo de 2009. donde figura el número telefónico que WILMER ARRIETA VEGA consigna en su información personal. lo que se corrobora con la copia de la Partida Registral N° 12182712. con el que se acredita el carácter de compraventa definitiva que le da el arbitro a la opción de compra que ejerce el señor ARRIETA VEGA. de cada uno de los diez inmuebles que conforman la Sucesión Indivisa de Mario Dionicio Paredes Cueva que fueron transferidos al investigado Wilmer Arrieta Vega. 46940547. donde figura el número telefónico que WILMER ARRIETA VEGA consigna en su información personal. junto a ESTER CAROLINA MORALES SCHAUS de la empresa NEGOCIOS INMOBILIARIOS. donde se encuentran acumula sus 10 propiedades. donde se aprecia que BLANCA PAREDES CORDOVA basa sus facultades en la resolución judicial que la nombra Administradora Judicial de la Sucesión. donde figura el número telefónico que WILMER ARRIETA VEGA consigna en su información personal. 43411594.  Copia simple de la Partida Registral N° 12438292. en la que el investigado acumula los 10 inmuebles adquiridos pertenecientes a la Sucesión Indivisa de Mario Dionicio Paredes Cueva. 49013817. donde figura el número telefónico que WILMER ARRIETA VEGA consigna en su información personal.  El contrato de arrendamiento con opción de compra celebrado entre la Administradora Judicial de la Sucesion BLANCA PAREDES CORDOVA y el señor WILMER ARRIETA VEGA. obrante a folios 6642 de actuados. a folios 6940.  Copia simple del Reporte de Búsqueda de WILMER ARRIETA VEGA.  Partida Registral 12438292. obrante a folios 6658.  El docuemento privado de modificación parcial del contrato de arrendamiento con opción de compra de fecha 23 de marzo de 2009 con el que acredito que la Administradora Judicial de los bienes de la Sucesión BLANCA ROSA PAREDES CORDOVA renuncia unilateralmente a la hipoteca legal..  Copia simple de Hoja Informativa de empresa NORTE PERU INVERSIONES MINERAS SAC. obrante a folios 6657. obrante a folios 6656.  Copia simple Informativa de COOPEX Finanzas e Inversiones. respecto al inmueble de la Av. tomo 45. el cual demostraría que el vínculo entre ellos. Serafín Martínez Gutarra.Fs. tomo 45. Club del Perú. que formó parte del Fundo Villa del Distrito de Villa El Salvador. 5803 obra la copia simple del Testimonio de la Escritura Pública del Poder Especial que otorga WILMER ARRIETA VEGA a IRIS FABIOLA ULLOA INFANTE. teniendo como socios fundadores al señor Jorge Enrique Cortes Martínez.Falsificación Documentaria: Exp. ubicado en la Unidad Inmobiliaria N° 1. Wilmer Arrieta Vega.  Partida Registral N° 70093938 del Registro de Propiedad inmueble.02. 5803 obra la copia simple del Testimonio de la Escritura Pública del Poder Especial que otorga WILMER ARRIETA VEGA a IRIS FABIOLA ULLOA INFANTE  ESCRITURA PÚBLICA DE COMPRA VENTA DE INMUEBLE. 2010-28684.  Al reverso del Fs.  Fs. fecha 21 de octubre de 2009. 2 .  Partida Registral N° 70274757 del Registro de Propiedad inmueble. en donde se demuestra que en la presente empresa está conformada por la familia Cortes.  Partida Registral N° 11411931 de la empresa Corporación Bioquímica Internacional S. Oscar Hugo Aguilar Cervantes.  A fojas 8330.02.2010 con el que acreditó que WILMER ARRIETA VEGA transfiere los bienes inmuebles Plaza de Toros Arenas de Lima a favor de IRIS FABIOLA ULLOA INFANTE.64. obrante a fojas 4594-4601. conforme obra a fojas 37671-37689. 5801 obra la copia simple del contrato de compra venta de fecha 12.C. respecto al inmueble de la Av. República de Argentina 1951. conforme a la Partida Registral N° 1231454.2010 con el que acreditó que WILMER ARRIETA VEGA transfiere los bienes inmuebles Plaza de Toros Arenas de Lima a favor de IRIS FABIOLA ULLOA INFANTE. tomo 61.  Fs.A. obrante a fojas 25318-25360. A Fojas 3605 Se Tiene El Reporte De Denuncias Contra Wilmer Arrieta Vega Emitidos Por El Ministerio Publico..  Al reverso del Fs. documento que demuestra las transferencias realizadas y figura como último propietario a la empresa RESWAR CORP. en donde se demuestra las transferencias realizadas y figura como último propietario a JHONNY OMAR VASQUEZ HUMMEL. Walter Ramon Pinedo Orrillo e Iris Fabiola Ulloa Infante por la presunta comision del delito contra la Fe Pública. 47 Fiscalía Provincial Penal De Lima.Tomo 8. obrante a fojas 25361-25373. Altura Kilometro 20. cargo de citación. 38229). contrato celebrado entre Jorge Antonio Cortes Guerrero y Rodolfo Orellana Rengifo.  Fraude Procesal. Autopista Panamericana Sur. colindante con el automovil Touring. República de Argentina 1959-1963. en agravio del Estado y a su vez ordenó mandato de detención contra Wilmer Arrieta Vega y César Hugo Aguilar Cervantes (tomo 35). Agraviado Odyssey Invesment Peru Srl Y Otros ( Tomo 62. así como sus hijos Paola Alicia Cortes Guerrero y Jorge Antonio Cortes Guerrero.  A fojas 20531/20546 obra la resolución judicial de fecha 26/08/10 de Apertura de Investigación contra Blanca Rosa Paredes Cordova.Falsedad Ideológica. 5801 obra la copia simple del contrato de compra venta de fecha 12.  ESCRITURA DE COMPRA VENTA DE BIEN INMUEBLE.  TESTIMONIO DE ACTA DE TRANSFERENCIA DE VEHICULO.L.  Partida Registral N° 11201844. y luego aparece como apoderado el otro investigado Jose Antonio Valderrama Contreras. de fecha 27 de octubre del 2007. la cual en condición de ex-trabajadora del señor Jorge Enrique Cortes Martinez. el cual demuestra las entradas y salidas de dicho investigado.A.R. tomo 45. conforme obra a fojas 39963. que obra a fojas 37690-37709.L.  ESCRITO DE AMPLIACIÓN DE DENUNCIA DE FECHA 28 DE MARZO DEL 2011.I. donde se establece que fue socia fundadora Ludith Orellana Rengifo. conforme obran a fojas 4605-4608. JORGE ANTONIO CORTES GUERRERO y PAOLA ALICIA CORTES GUERRERO. la cual obra a fojas 4564-4571. celebrada entre ORELLANA ABOGADOS Y CONSULTORES. 70009269. representando por Rodolfo Orellana Rengifo a favor de Inversiones y Consignaciones San Antonio S. Lurin. República de Argentina 1951.  Partida Registral N° 11411931 de la empresa Corporación Bioquímica Internacional S. A fojas 4564-4576. Inscrita en la P. documento que demuestra las transferencias realizadas y figura como último propietario a la empresa RESWAR CORP. referido al predio Unidad Inmobiliaria 1 parte de la Unidad Catastral 10414. teniendo como socios fundadores al señor Jorge Enrique Cortes Martines. conforme obra a fojas 37671-37689. respecto al inmueble de la Av.C. de fecha 03 de noviembre del 2006. Tomo 61. clase camioneta rural. respecto al vehículo de placa N° RQM-103.A. contra JORGE ENRIQUE CORTES MARTINEZ.  Partida Registral N° 70093938 del Registro de Propiedad inmueble. Partida Registral 12042779. respecto a la entidad liquidadora Asesores.Tomo 8. presentado por el Abogado defensor del Banco Scotiabank S.R. en donde los elementos probatorios que señalan. tomo 61. en donde se demuestra las transferencias realizadas y figura como último propietario a JHONNY OMAR VASQUEZ HUMMEL.E.  Partida Registral N° 70274757 del Registro de Propiedad inmueble. República de Argentina 1959-1963. obrante a fojas 25361-25373. demostrando así sus constantes viajes al extranjero. así como sus hijos Paola Alicia Cortes Guerrero y Jorge Antonio Cortes Guerrero. respecto al inmueble de la Av. tomo 45. Tomo 8.. representado por Jorge Enrique Cortes Martínez. Liquidadores y Administradores de Empresas E. marca mitsubishi año 1999.A. Copia del Certificado de Movimiento Migratorio de Jorge Antonio Cortes Guerrero. en donde se demuestra que en la presente empresa está conformada por la familia Cortes. se corrobora la relación existente entre Rodolfo Orellana Rengifo y los denunciados. 2 . Fundo Santa Rosa. (ALADEM). tomo 64  DECLARACIÓN INDAGATORIA DE LOURDES DEL ROSARIO ORTEGA MEDINA. con lo cual quedaría demostrado que estas personas mantenían vínculos comerciales. Tomo 8. Tomo 8-A. la cual obra a fojas 4555-4562. el cual detalla cómo se realizó la adquisición de los bienes inmuebles y sobre la vinculación y la actuación con Rodolfo Orellana Rengifo. obrante a fojas 25318-25360. en la cual demuestra el evidente vínculo entre JORGE ENRIQUE CORTES MARTINEZ y RODOLFO ORELLANA RENGIFO. 01. obrante a fojas 25361-25373. presentada por Víctor Andrés García Belaunde.I. a favor de Paola Alicia Cortes Guerrero. 297. (ALADEM E. Conforme a la Escritura Pública de fecha 10 de mayo del 2007.  Copia Literal De La Partida Registral De Orellana Asesores Y Consultores Sac. en donde se establece la transferencia entre la empresa Asesores.R. documento que demuestra las transferencias realizadas y figura como último propietario a la empresa RESWAR CORP. zona norte. respecto al inmueble del Programa Municipal de Vivienda cercado de Punta Negra Mz. tomo 61. por el presunto delito de Lavado de Activos. L1. Fs.L. el cual deja constancia de que la investigada LUDITH ORELLANA RENGIFO tranfirió (venta) el predio ubicado a la altura del Km. a favor de VOLVO PERÚ S. tomo 45. República de Argentina 1951. respecto al inmueble de la Av.. en donde se demuestra que en la presente empresa está conformada por la familia Cortes.A. Oscar Ortiz de Zeballos Villarán. obrante a fojas 25318-25360.00 ante Notario de Lima Dr. representada por Rolf Ake Enok Smedberg por la suma US$ 1 977 703. que obra a fojas 4612-4631. contra Benedicto Nemesio Jiménez Bacca por la presunta comisión del delito de Lavado de Activos.  Partida Registral N° 70274757 Del Registro De Propiedad Inmueble. el cual demuestra la intervención de la empresa ALADEM en la venta del referido inmueble a favor de la investigada Paola Alicia Cortes Martínez.5 de la actual autopista Panamericana Sur en parte denominado “Villa” (Hoy sector Conchan) – Lurín. lote 214.  Denuncia de parte de fecha 07 de junio de 2013.L.I. tomo 64. el cual deja constancia que la investigada LUDITH ORELLANA REGIFO adquirió (compra) el bien de origen ilícito ubicada a la altura del Km 23.C. que dispone abrir investigación a nivel policial. por la suma de US$ 350 000 a favor de Maria del Pilar Fernández Concha Mavila de Valverde (DNI:08235929) y otros.  Partida Electrónica PO3235762. que obra a fojas 39571-39583. documento que tiene la finalidad de corroborar la vinculación entre Paola Alicia Cortes Guerrero con Rodolfo Orellana Rengifo.Venta De La Unidad Inmobiliaria N°1.A. 2 . así como sus hijos Paola Alicia Cortes Guerrero y Jorge Antonio Cortes Guerrero.  Testimonio De La Compra-Venta De La Unidad Inmobiliaria N° 1 .).R.5 de la actual autopista Panamericana Sur en parte denominado “Villa” (Hoy sector Conchan) – Lurín. respecto al inmueble de la Av.  Testimonio Del Contrato De Compra . tomo 8. el cual deja constancia la vinculación de la investigada con RODOLFO ORELLANA RENGIFO al ser ambos los socios fundadores de la la empresa ORELLANA ASESORES Y CONSULTORES SAC. teniendo como socios fundadores al señor Jorge Enrique Cortes Martines. en donde se demuestra las transferencias realizadas y figura como último propietario a JHONNY OMAR VASQUEZ HUMMEL. conforme obra a fojas 37671-37689. Liquidadores y Administradores de Empresas E.  Resolución fiscal de fecha 12 de julio de 2013. 23. Fs.  Partida Registral N° 11411931 de la empresa Corporación Bioquímica Internacional S.  Partida Registral N° 70093938 Del Registro De Propiedad Inmueble. República de Argentina 1959-1963. tomo 45. 315. 561/563. denuncia presentada con fecha 10 de setiembre de 2013. Fs. 456. Benedicto Nemesio Jiménez Bacca ha formado sociedad con Rodolfo Orellana Rengifo fundando la persona jurídica de Investigaciones Corporativas S. la persona jurídica UCONA. iniciando como presidente el actual congresista de la república Heriberto Manuek Benitez Rivas.A. así como de diversos actos de intimidación y difamación a través de los medios de comunicación que comprende JUEZ JUSTO. Fs. Fs. y apoderada legal general a Ludith Orellana Rengifo. quien denuncia haber sido víctima del intento de despojo de su propiedad por parte del investigado Benedicto Nemesio Jiménez Bacca y de Rodolfo Orellana Rengifo. la cual dispone que el querellado Benedicto Nemesio Jiménez Bacca se abstenga de realizar la emisión o publicación de notas periodísticas en la revista “Juez Justo” y el programa televisivo “Juez Justo TV” relacionadas a la querellante Amelia Julia Príncipe Trujillo (Procuradora Pública Especializadas en Lavado de activos y Pérdida de Dominio). en marzo de 2010.  La declaración testimonial de la Procuradora Pública Especializada en delitos de Lavado de Activos. Fs.  La declaración testimonial de José Carlos Ugaz Sánchez-Moreno. siendo cambiada la denominación social a JUEZ JUSTOTV S. por presuntas presiones.  La Partida Nº 12362320.  La relación de publicaciones en la Revista juez justo respecto a la Procuradora Pública de Lavado de activos y Pérdida de Dominio. Fs. 525/539. de TVNETPERU S. quien inicialmente tuvo como gerente general a Rodolfo Orellana Rengifo. Fs. 866.C.A. quien refiere las circunstancias en las que ha sido difamada por Benedicto Nemesio Jiménez Bacca a través de la revista Juez Justo y el programa de Juez Justo.. 540.A. contra Benedicto Nemesio Jiménez Bacca. su persona ha sido víctima de difamación por parte Benedicto Nemesio Jiménez Bacca a través del pasquín Juez Justo y Vox Populi.C.  La denuncia presentada por Benedicto Nemesio Jiménez Bacca contra Víctor Andrés García Belaunde ante el Congreso de la República. Fs. 465. sin embargo por elección de su consejo directivo actualmente Benedicto Nemesio Jiménez Bacca viene ostentando el cargo de presidente de dicha sociedad Fs 515/522 así como haber realizado transferencias de bienes con Ludith . 2 . a Benedicto Nemesio Jiménez Bacca como vicepresidente y como secretario y director ejecutivo a Rodolfo Orellana Rengifo. de Inscripción de Sociedades Anónimas. es decir posterior a la denuncia departe iniciada por el congresista Víctor Andrés García Belaunde.Rengifo Tuesta de Orellana. teniendo como Gerente General a Benedicto Nemesio Jiménez Bacca desde enero de 2011. La declaración testimonial de la persona de Jorge José Pazos Holder. Fs. al que ha perjudicado apropiándose de inmuebles. Fs. 533.  Copia Certificada de la resolución judicial de fecha 16 de mayo de 2012. quien refiere que posterior a la denuncia que se hiciera contra Rodolfo Orellana Rengifo por el Banco SCOTIABANK.C. amenazas. acoso e intimidación contra la revista y semanario Juez Justo. emitida por Cuadragésimo Segundo Juzgado Penal de Reos Libres de Lima. 459.  Asimismo. 314. el mismo que concluye en concreto que Benedicto Nemesio Jiménez Bacca (querellado) se encuentra en condición de REO CONTUMAZ (en un proceso reservado).  Las Actas de Descerraje y Allanamiento y Decomiso con fines de registro e incautación de bienes. 454 y 455. equipos informáticos dispositivos y todo aquello que tenga vinculación con el delito de lavado de activos. 844. el cual fue girado a favor de la empresa Mora Publicidad y Representaciones SAC. La resolución fiscal de fecha 13 de enero de 2014 requiriendo a Benedicto Nemesio Bacca cumpla con presentar a la fiscalía la documentación contable. con respectivas notificaciones de requerimiento de fojas 906/911. Guardia Civil Nº 835..  Registro de movimiento migratorio. Fs. Fs. Brasil.858 el día 14/02/2011. ubicado en sito Av. asimismo en cuento a sus egresos registró un retiro a través de un cheque pagador por el monto de S/. 66. proxenetismo. 66. de fecha 21 de enero de 2014.000 el día 11/02/2011. diversas entradas a EE. de fecha 26 de junio de 2013. 70 127. registra operaciones materia de ROS (Reporte de Operaciones Sospechosas). además de estar directamente vinculado con la empresa JUEZ JUSTOTV SAC. de fecha 11 de julio de 2014.  La Nota de Inteligencia Financiera Nº 00069-2014-DAO-UIF-SBS. documentos. 395. 448. es decir doce días después. que concluye que el investigado Benedicto Nemesio Jiménez Bacca no se ha presentado no se ha presentado hecho que no permite programar fecha y hora para la recepción de su manifestación. siendo que dicha persona jurídica abrió el 13/10/2009 la cuenta corriente en moneda nacional Nº 191-0100032538 (del BBVA Continental) en la cual se registró movimientos de fondos durante el año 2011 por S/. del que se advierte que el investigado Rodolfo Orellana Rengifo registraría vínculos. 903/905. México y Chile. registró un depósito en efectivo por el monto de S/. libros contables. financiera y tributaria.C.  El Reporte UIF Nº 006-2014-DAO-UIF-SBS.A. el cual fue efectuado por la misma empresa. financieros. realizados en el domicilio de JUEZ JUSTTV SAC. con personas que registran investigaciones por delitos como tráfico ilícito de drogas. 2 . Colombia. en cuento a los ingresos. Fs.  Parte Nº 167-2013-DIRINCRI-PNP/DIVILA-D4. pendiente de dictarse sentencia. conteniendo el Parte Nº 101-2009-DIRPOFIS-PNP-DIVIDCAPPC de fecha 24 de abril de 2009.. siendo que a la fecha de emisión del reporte dicha cuenta figuraba como inactiva. San Isidro. que advierte que Benedicto Nemesio Bacca en su calidad de representante legal y Ludith Rengifo Orellana en su calidad de gerente general de la empresa Juez JustoTV S.  El Acta de inconcurrencia a citación a declaración de Benedicto Nemesio Jiménez Bacca de fecha 07 de enero de 2014.  Citación dirigida a Benedicto Nemesio Jiménez Bacca a efectos a de brinde su declaración en calidad de investigado. de Fs.  El oficio Nº 1081-2014-DIRPOFIS-PNP-DIVIDCAPPC/Sec. corrupción de funcionarios entre otros. societarios y antecedentes delictivos.UU. conforme a las citaciones obrante de fojas 452. recibida del sistema de prevención del sector financiero. con respectivas notificaciones de requerimiento de fojas 906/911  Disposición de citación a declaración de Benedicto Nemesio Jiménez Bacca. 1180.3 del Código Procesal Penal. no cumplido con concurrir al despacho fiscal a fin de ejercer su derecho de defensa.  Resolución Fiscal de fecha 10 de abril de 2014.  Requerimiento por última vez a Benedicto Nemesio Jiménez Bacca. respecto de la vulneración de la obligación de mantener en reserva la investigación fiscal de la denuncia Nº 141-2013 por parte del investigado Benedicto Nemesio Jiménez Bacca.  La Resolución Fiscal de fecha 17 de enero de 2014. se trata de un caso complejo cuando: a) requiera la actuación de una cantidad significativa de actos de 2 .COM XI. Fs. de fecha 11 de julio de 2014. conteniendo el Parte Nº 101-2009-DIRPOFIS-PNP-DIVIDCAPPC de fecha 24 de abril de 2009. Benedicto Nemesio Bacca. la cual en concreto exhorta al investigado Benedicto Nemesio Bacca abstenerse de su actitud obstruccionista. a fojas 41979 (Tomo 67) de la empresa NEGOCIOS INMOBILIARIOS. que en su considerando primero parte in fine. financiera y tributaria. por el cual se dispone comunicar al Colegio de Abogados de Lima.  Tercera reprogramación de declaración indagatoria Benedicto Nemesio Jiménez Bacca.  Segundo requerimiento de fecha 05 de febrero de 2014 a fin de que Benedicto Nemesio Jiménez Bacca cumpla con presentar a la fiscalía la documentación contable. bajo cargo de remitirle copias certificadas al Consejo de Ética del Colegio de Abogados de Lima. Fs. con su respectivo cargo. expone de manera expresa que pese a las reiteradas citaciones. 924/925. financiera y tributaria.  El oficio Nº 1081-2014-DIRPOFIS-PNP-DIVIDCAPPC/Sec. a fin de que cumpla con presentar a la fiscalía la documentación contable. lo cual denota en el investigado una conducta renuente a colaborar con la justicia en el esclarecimiento de los hechos investigados. Fs 1183. Fs 1480. financiera y tributaria. 1644. Fs. 1109 y 1116. La resolución fiscal de fecha 13 de enero de 2014 requiriendo a Benedicto Nemesio Jiménez Bacca cumpla con presentar a la fiscalía la documentación contable. pendiente de dictarse sentencia. con su respectivo cargo.  Disposición de citación a declaración de Benedicto Nemesio Jiménez Bacca. obrante a foja 957.  Copia Literal de la Partida Registral N° 12332663. Fs. el mismo que concluye en concreto que Benedicto Nemesio Jiménez Bacca (querellado) se encuentra en condición de REO CONTUMAZ (en un proceso reservado).  La resolución fiscal de fecha 20 de enero de 2014.- COMPLEJIDAD Y PLAZO DE LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA A tenor de lo prescrito por el artículo 342. Fs 903/905. DECISIÓN Por la consideraciones expuestas. CORTES GUERRERO. además nos encontramos en delitos perpetrados por imputados integrantes de una organizacion criminal. cantidad de investigados y personas involucrados. además de encontrarnos frente a una investigación respecto de una presunta organización criminal. ARRIETA VEGA. personas vinculadas a ella o que actúan por encargo de la misma. 2 . tenemos un delito complejo que investigar. b) comprenda la investigación de numerosos delitos.investigación.1. contra las personas de: 1. aun cuando no hubiere vencido el plazo. demanda realizar pericias complejas. el presente proceso es complejo. 9. ya que involucra personas naturales como jurídicas. o h) comprenda la investigación de delitos perpetrados por integrantes de una organización criminal. XII. corresponde establecer el plazo de la investigación preparatoria en treinta seis meses. Benedicto Nemesio. f) involucra llevar a cabo diligencias en varios distritos judiciales. JIMENEZ BACCA 4. se encuentra establecido la concurrencia de los supuestos de masividad y repercusión nacional. tenemos una carpeta fiscal de 72 tomos. c) involucra una cantidad importante de imputados o agraviados. Jorge Enrique 6. siendo preciso identificar la participación o no de cada uno de los imputados en los hechos materia de investigación. AZPILCUETA TEMOCHE. esta Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio – Despacho B. En el caso que nos ocupa. Rodolfo ORELLANA RENGIFO 2. y de conformidad con lo previsto en el artículo 342. incisos 2) del Código Procesal penal. d) demanda la realización de pericias que comportan la revisión de una nutrida documentación o de complicados análisis técnicos. Ludith ORELLANA RENGIFO 3. de igual modo están involucradas diversas personas jurídicas. Paola Alicia 8. sin perjuicio de que con arreglo a lo estipulado por el artículo 343. la Fiscalía pueda dar por concluida la Investigación Preparatoria cuando considere que ha cumplido su objeto. personas vinculados a ellos y que han actuados por encargo de la misma. . CORTES MARTINEZ. en ese sentido conforme a lo establecido en el artículo 6 de la Ley 30077. de acuerdo con las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica del Ministerio Público – Decreto Legislativo Nº 052 – y al amparo de los artículos 336 y 337 del Código Procesal Penal. 5. Jorge Antonio 7. DISPONE: PRIMERO: FORMALIZAR Y CONTINUAR CON LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA. todo ello evidencia la complejidad de la presente investigación. donde se ha acumulado más de dieciocho investigaciones de otros despachos a la presente investigación.. g) revisa la gestión de personas jurídicas o entidades del Estado. CHURCHILL RIOS VELA o CHURCHIL ORELLANA RENGIFO. CORTES GUERRERO. e) necesita realizar gestiones de carácter procesal fuera del país. Wilmer. asimismo la investigación requerira una actuación de una cantidad significativa de actos de investigación. ARRIETA VEGA. PANTOJA BARRERO. 18. Rodolfo. FLORES YUPANQUI. 9. 14 PANTOJA BARRERO. en presencia de sus abogados particulares. José Antonio 17. Jhony Omar. Wilmer. IRAZABAL NAPA. de las empresas y/o personas jurídicas siguientes: ORELLANA ASESORES Y CONSULTORES SAC con RUC Nº 20504792855. en agravio de la Sociedad. 4. 13. VARGAS SHAUS. Paola Alicia 7. VILLACREZ TORRES. 10. LOPEZ NORIEGA. Julio Augusto. 10. Jhony Omar. Iris Fabiola. Benedicto Nemesio. debiéndose comprender las propiedades que pudieran registrar en el registro de predios así como la propiedad de bienes inmuebles y bienes muebles en el registro de bienes Muebles.  RECABE las fichas registrales. 16. José Alfredo.Com SAC. IRAZABAL NAPA. como presuntos autores de los delitos de LAVADO DE ACTIVOS previsto en los Artículos 1 y 2 con la agravante establecida en el último párrafo del artículo 3 de la Ley 27775 y articulo 1 y 2 del Decreto legislativo 1106. Veronikha. CORTES GUERRERO. AZPILCUETA TEMOCHE. conforme se ordena en la resolución fiscal de fecha 4 de abril de 2014. Ludith. Veronikha. VARGAS SHAUS. Negocios Inmobiliarios. CORTES MARTINEZ. 19. Manuel Asunción y 20. ORELLANA RENGIFO. Rosalía. JIMENEZ BACCA. 12. VILLACREZ TORRES. dicha búsqueda de información debe realizarse a nivel nacional y hasta la fecha. de los bienes que pudieran registrar los investigados como personas naturales. Jorge Enrique. CORTES GUERRERO. 2. VILLACREZ AREVALO. 13. ABOGADOS PERUANOS ASOCIADOS SAC con RUC Nº 20506207941. SEGUNDO: DECLARAR COMPLEJO LA INVESTIGACIÓN PREPARATORIA Y ESTABLECER EL PLAZO DE INVESTIGACION PREPARATORIA POR TREINTA Y SEIS MESES por tratarse de delitos cometidos una organización criminal. bajo apercibimiento en caso de no designar abogados designársele uno de oficio. 19. 11. ADRIAN SANTISTEBAN.  RECABE las fichas registrales. Rosalía. 12. TERCERO: REALIZAR las siguientes preparatoria: diligencias dentro del plazo de investigación  Recabar la declaración de los investigados 1. ULLOA INFANTE. ADRIAN SANTISTEBAN. 5. 3. Jorge Enrique. con RUC: 20522588718 (Partidas Registrales Nº 12182712 y 12332663). ORELLANA RENGIFO. Hernán. Jorge Antonio 6. 11. CHURCHILL ORELLANA RENGIFO. VALDERRAMA CONTRERAS. José Antonio 17. 15.Julio Augusto. como son vehículos maquinarias. Oscar Omar. Orellana Francia Angeles 2 . José Alfredo. VILLACREZ AREVALO. LOPEZ NORIEGA. FLORES YUPANQUI. Hernán.Com SAC. Manuel Asunción y 20. en agravio del ESTADO y Delito contra la Tranquilidad Pública – ASOCIACIÓN ILÍCITA PARA DELINQUIR previsto en el artículo 317 del Codigo Penal. Oscar Omar. 18. Carlos 14. VALDERRAMA CONTRERAS.  PRACTÍQUESE el Peritaje Contable-Financiero sobre el patrimonio de los investigados tanto personas naturales y jurídicas. y otros similares. ULLOA INFANTE. Inmobiliaria Asociada. 16. VASQUEZ HUMMEL. Jorge Enrique 8. Iris Fabiola. 15. materia de examen pericial. CON RUC 20477846387. VASQUEZ HUMMEL. RESWAR CORP SAC la misma que tendría como constituida en el país de Canadá. Delta Liquidadores y Consultores SAC con RUC 20512439358. Lumber Saúl Núñez Salazar. debiéndose informar sobre sus accionistas. COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO PARA EMPRESAS EXPORTADORAS . información debe realizarse a nivel nacional y hasta la fecha. modificaciones. número de acciones. César Oscar Ferré Simonetti. a fin de que brinden información si las personas de Rodolfo Orellana Rengifo y demás investigados registran procesos judiciales archivados o en trámite.  Recabese la declaración testimonial de Oldrich Sembera Parro. y de las personas jurídicas DELTA LIQUIDADORES Y CONSULTORES SAC y ASESORES LIQUIDADORES Y ADMINISTRADORES DE EMPRESAS EIRL (ALADEM). Sergio Enrique Flores Arnedo. Rocío María Baracco Miller. Delta 2 . William Pinedo Vásquez y Víctor Torres Álvarez. con RUC Nº 20518452852.  RECÁBESE los antecedentes policiales que pudieran registrar los investigados. Clara Gil Castro. Gilmar Nieto Huamani. Oldrich Luis Sembera Parro. adjuntando los demás documentos que acrediten el deceso. así mismos propiedades bienes muebles e inmuebles a nombre de las personas jurídicas citadas. Pilar María Barrientos Aparicio. Juan Alberto del Águila Ríos. dicha búsqueda de información debe realizarse a nivel nacional. con RUC 20509437476. HQ Inversiones SAC.  SOLICÍTESE a las Cortes Superior de Justicia de Lima y Lima – Norte. y Callao. capital.COOPEX  RECABESE la declaración de la persona de German Nuñez Palomino.Abogados Asociados SRL RUC 20257130526. Liquidadores y Administradores de Empresas EIRL con RUC Nº 20474359604. Churchil Ríos Vela. así como de los representantes legales de las personas jurídicas Asesores. a fin de que remitan las copias certificadas de las Partidas de Defunción de Ricardo Miguel More Tejada DNI Nº 06809628 y Hugo Armando Díaz Lozano DNI Nº 09313259. a fin de que remita la relación de todos los procesos concursales donde se haya apersonado Rodolfo Orellana Rengifo. Marna Tapullima Izquierdo. Pedido que se realiza en merito a los fundamentos del considerando 7º de la presente resolución.  Se reciba la manifestación policial de Lumber Saúl Núñez Cóndor. incorporación de nuevos socios.  SOLICÍTESE al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Edith Marlene Morales Breña. Asesores. Liquidadores y Administradores de Empresas EIRL – ALADEM.  SOLICÍTESE a la Comisión de Procedimientos Concursales de INDECOPI. aumentos y reducciones de capital. Humberto Pascual Velásquez Ampuero. Alberto Anahuari Manihuari. participaciones. Wilber Rodas Ríos. Cooperativa de Ahorro y Crédito para Empresas Exportadoras COOPEX.  RECÁBESE los antecedentes penales y judiciales que pudieran registrar los investigados.  RECABESE la declaración de Guillermo Arturo Tomasevich Hernando  RECABESE la declaración de Juan Humberto Tomasevich Hernando  RECABESE la declaración de Miguel Mantilla Medico  RECABESE la declaración de Oscar Ampuero Guarniz  RECABESE la declaración de Johany Silvia Medina Becerra De Cortes  RECABESE la declaración de Manuel Enrique Brutman Falcon. A.C. debiéndose comprender las propiedades que pudieran registrar en el registro de predios así como la propiedad de bienes inmuebles y bienes muebles en el registro de 2 . y ABC Group For Human Development S.Liquidadores y Consultores Liquidadores S. Oldrich Luis Sembera Parro.A.C. Wilber Rodas Ríos.C. Orellana Asesores y Consultores S.. OFINT – DIRINCRI.C.A.A. William Pinedo Vásquez y Víctor Torres Álvarez.. así como las personas jurídicas Asesores.  Se oficie a las sociedades administradoras de fondos mutuos.C. Gilmar Nieto Mamani. información sobre las posibles referencias que pudiesen registrar contra Lumber Saúl Núñez Cóndor. Edith Marlene Morales Breña. Humberto Pascual Velásquez Ampuero. Clara Gil Castro. César Oscar Ferré Simonetti. Edith Marlene Morales Breña. César Oscar Ferré Simonetti.C.C. Oldrich Luis Sembera Parro.A. William Pinedo Vásquez y Víctor Torres Álvarez. o con la intervención de las personas jurídicas Asesores.. Liquidadores y Administradores de Empresas EIRL – ALADEM. César Oscar Ferré Simonetti. Marna Tapullima Izquierdo. Orellana Asesores y Consultores S. Juan Alberto del Águila Ríos. respecto a las personas jurídicas que hubiesen constituido o representado. y ABC Group For Human Development S.  Se solicite a la Superintendencia Nacional de Registros Públicos.A. OFINT – DIRCOCOR y OFINT – DIRCOTE de la Policía Nacional del Perú. Sergio Enrique Flores Arnedo. Juan Alberto del Águila Ríos. Pilar María Barrientos Aparicio. Clara Gil Castro. William Pinedo Vásquez y Víctor Torres Álvarez.A. Marna Tapullima Izquierdo. a fin de que informen si las personas de Lumber Saúl Núñez Cóndor. Wilber Rodas Ríos. Pilar María Barrientos Aparicio. Alberto Anahuari Manihuari. Wilber Rodas Ríos.. Lumber Saúl Núñez Salazar.. Sergio Enrique Flores Arnedo.C.C. Clara Gil Castro. Churchil Ríos Vela. Lumber Saúl Núñez Salazar. Abogados Peruanos Asociados S. vehículos y concesiones mineras que pudiesen registrar a nombre de Lumber Saúl Núñez Cóndor..C... sociedades administradoras de fondos de inversión en valores y sociedades administradoras de fondos colectivos. Gilmar Nieto Mamani. Rocío María Baracco Miller. Pilar María Barrientos Aparicio.C. y ABC Group For Human Development S.. Rocío María Baracco Miller. OFINT – POLICÍA FISCAL... Humberto Pascual Velásquez Ampuero. Lumber Saúl Núñez Salazar. Orellana Asesores y Consultores S.A.A. Alberto Anahuari Manihuari. depósitos o cuentas a sus nombres. Marna Tapullima Izquierdo. Abogados Peruanos Asociados S.A.C.A.C.A. Rocío María Baracco Miller.C. Abogados Peruanos Asociados S. tienen registrados títulos. Humberto Pascual Velásquez Ampuero. Sergio Enrique Flores Arnedo.A. Orellana Asesores y Consultores S. respecto a los hechos materia de la incriminación por el delito de Lavado de Activos. Churchil Ríos Vela. Gilmar Nieto Mamani.  Se solicite a la OFINT – DIRANDRO.. Liquidadores y Administradores de Empresas EIRL – ALADEM. Edith Marlene Morales Breña. información respecto a los bienes inmuebles. Juan Alberto del Águila Ríos.A.. Delta Liquidadores y Consultores Liquidadores S.. Alberto Anahuari Manihuari. Oldrich Luis Sembera Parro. Churchil Ríos Vela.C. y las personas jurídicas Asesores. Liquidadores y Administradores de Empresas EIRL – ALADEM. y ABC Group For Human Development S. asimismo.A. Delta Liquidadores y Consultores Liquidadores S. Abogados Peruanos Asociados S..A.C. Delta Liquidadores y Consultores Liquidadores S. Liquidadores y Administradores de Empresas EIRL – ALADEM. Orellana Asesores y Consultores S. Rocío María Baracco Miller. Clara Gil Castro.C. Humberto Pascual Velásquez Ampuero. Churchil Ríos Vela.  Se solicite a la OCN INTERPOL.C..A. Wilber Rodas Ríos.C. Marna Tapullima Izquierdo.A. William Pinedo Vásquez y 2 . Alberto Anahuari Manihuari. Edith Marlene Morales Breña.A.. Gilmar Nieto Mamani. como son vehículos maquinarias. y ABC Group For Human Development S. Sergio Enrique Flores Arnedo.. fundos o parcelas que estuviesen inscritos a nombre de Lumber Saúl Núñez Cóndor. terrenos. y las personas jurídicas Asesores.C. Humberto Pascual Velásquez Ampuero. y ABC Group For Human Development S.A. Alberto Anahuari Manihuari.A. fundos o parcelas que estuviesen inscritos a nombre de Lumber Saúl Núñez Cóndor. Pilar María Barrientos Aparicio.  Se solicite a COFOPRI. Oldrich Luis Sembera Parro.C.  Se solicite al Registro Predial Urbano y al Proyecto Especial de Tierras – PETT. Rocío María Baracco Miller. Liquidadores y Administradores de Empresas EIRL – ALADEM. Gilmar Nieto Mamani. Wilber Rodas Ríos. Pilar María Barrientos Aparicio. y ABC Group For Human Development S. Pilar María Barrientos Aparicio..C.C. Juan Alberto del Águila Ríos. William Pinedo Vásquez y Víctor Torres Álvarez. Humberto Pascual Velásquez Ampuero. Wilber Rodas Ríos.C. César Oscar Ferré Simonetti. Rocío María Baracco Miller. Liquidadores y Administradores de Empresas EIRL – ALADEM. Rocío María Baracco Miller. William Pinedo Vásquez y Víctor Torres Álvarez. Alberto Anahuari Manihuari. información sobre los predios. César Oscar Ferré Simonetti..A. Lumber Saúl Núñez Salazar. Clara Gil Castro. Alberto Anahuari Manihuari. Gilmar Nieto Mamani. Abogados Peruanos Asociados S. Juan Alberto del Águila Ríos.C. Clara Gil Castro.A. Wilber Rodas Ríos. Marna Tapullima Izquierdo. Lumber Saúl Núñez Salazar. Churchil Ríos Vela. Marna Tapullima Izquierdo. Churchil Ríos Vela. y las personas jurídicas Asesores. Orellana Asesores y Consultores S. César Oscar Ferré Simonetti.C. las investigaciones preliminares y/o preparatorias que pudiesen registrar Lumber Saúl Núñez Cóndor.bienes Muebles. Oldrich Luis Sembera Parro.  Se solicite a la Secretaría General del Ministerio Público. información sobre los predios. Sergio Enrique Flores Arnedo.A.. información sobre los antecedentes y referencias que pudiesen registrar a nivel internacional Lumber Saúl Núñez Cóndor. Delta Liquidadores y Consultores Liquidadores S. Sergio Enrique Flores Arnedo. Pilar María Barrientos Aparicio. y otros similares..C. Edith Marlene Morales Breña. Juan Alberto del Águila Ríos. Juan Alberto del Águila Ríos. Abogados Peruanos Asociados S. Lumber Saúl Núñez Salazar. Lumber Saúl Núñez Salazar. Edith Marlene Morales Breña. dicha búsqueda de información debe realizarse a nivel nacional hasta la fecha.A. César Oscar Ferré Simonetti. William Pinedo Vásquez y Víctor Torres Álvarez. Clara Gil Castro. Orellana Asesores y Consultores S.A.. Sergio Enrique Flores Arnedo. Humberto Pascual Velásquez Ampuero. Edith Marlene Morales Breña. Oldrich Luis Sembera Parro.A. Gilmar Nieto Mamani.C. Marna Tapullima Izquierdo. Oldrich Luis Sembera Parro.A. Delta Liquidadores y Consultores Liquidadores S. Delta Liquidadores y Consultores Liquidadores S. terrenos. o las personas jurídicas Asesores. Abogados Peruanos Asociados S.. Churchil Ríos Vela. Humberto Pascual Velásquez Ampuero. Marna Tapullima Izquierdo.A. William Pinedo Vásquez y Víctor Torres Álvarez. Abogados Peruanos Asociados S.C. Juan Alberto del Águila Ríos.A. Edith Marlene Morales Breña. Juan Alberto del Águila Ríos. Orellana Asesores y Consultores S.C. el movimiento migratorio de Lumber Saúl Núñez Cóndor. Wilber Rodas Ríos.. y las personas jurídicas Asesores.A. Pilar María Barrientos Aparicio. Churchil Ríos Vela. César Oscar Ferré Simonetti.  RECABESE Copias del Título Archivado de Registros Públicos del Acta de Fundación de COOPEX  RECABESE Copias del Título Archivado de Registros Públicos del Acta del 25 de marzo de 2008 de designación de gerentes. o las personas jurídicas Asesores.C. Churchil Ríos Vela. Lumber Saúl Núñez Salazar..  Se practique la pericia contable respectiva en su oportunidad.C. Alberto Anahuari Manihuari.  Se solicite a las empresas de transferencia de dinero y valores si Lumber Saúl Núñez Cóndor. Delta Liquidadores y Consultores Liquidadores S. Alberto Anahuari Manihuari. Liquidadores y Administradores de Empresas EIRL – ALADEM. Gilmar Nieto Huamani.C.C. a efecto de determinar el origen. y ABC Group For Human Development S. Marna Tapullima Izquierdo.C. Wilber Rodas Ríos. Churchil Ríos Vela.  RECABESE la ficha RENIEC de todos los investigados. así como la probable incorporación en estas. Oldrich Luis Sembera Parro. Edith Marlene Morales Breña.A. Delta Liquidadores y Consultores Liquidadores S. han remitido o recibido dinero desde el año 2003 a la fecha.  REQUIERASE a los investigados a fin de que presentes copias legalizadas. Humberto Pascual Velásquez Ampuero.. William Pinedo Vásquez y Víctor Torres Álvarez. César Oscar Ferré Simonetti. Clara Gil Castro. Oldrich Luis Sembera Parro. William Pinedo Vásquez y Víctor Torres Álvarez.A. Sergio Enrique Flores Arnedo.. Sergio Enrique Flores Arnedo.. Alberto Anahuari Manihuari. certificada y/o fedateada de la documentación contable que sustente el origen y evolución de su patrimonio.A. Gilmar Nieto Mamani.. Clara Gil Castro. así como las rentas que hubiesen declarado al fisco.Víctor Torres Álvarez. de las personas jurídicas Asesores. Liquidadores y Administradores de Empresas EIRL – ALADEM. Pilar María Barrientos Aparicio. y ABC Group For Human Development S.  Se solicite a la División de Naturalización y Migraciones del Ministerio del Interior.A. Rocío María Baracco Miller.A. Clara Gil Castro. Juan Alberto del Águila Ríos. Lumber Saúl Núñez Salazar.C. Humberto Pascual Velásquez Ampuero.C. Pilar María Barrientos Aparicio. Abogados Peruanos Asociados S. Sergio Enrique Flores Arnedo.A.A. Liquidadores y Administradores de Empresas EIRL – ALADEM.A. Wilber Rodas Ríos.C.. Edith Marlene Morales Breña. Orellana Asesores y Consultores S. Orellana Asesores y Consultores S.. César Oscar Ferré Simonetti.. Lumber Saúl Núñez Salazar. Abogados Peruanos Asociados S. Marna Tapullima Izquierdo. y ABC Group For Human Development S. Gilmar Nieto Huamani. Oldrich Luis Sembera Parro.C.. 2 .A. Delta Liquidadores y Consultores Liquidadores S. evolución y destino del patrimonio de Lumber Saúl Núñez Cóndor. Rocío María Baracco Miller. Rocío María Baracco Miller.C. conforme al contenido de la página 04 del Acta de Descerraje y allanamiento de fecha 01 de julio de 2014. conforme al contenido de la página 04 del Acta de Descerraje y allanamiento de fecha 01 de julio de 2014.  ACTÚESE las demás diligencias necesarias para el mejor esclarecimiento de los hechos. por intermedio de los Colegios de Notarios del Perú. con DNI Nº 48444084.  Se tome la declaración de la persona de Wilfredo La Madrid Alvarado. presunto árbitro. Livelli Matos. si registra inmuebles a nombre de las personas jurídicas investigadas.  RECABESE las Escrituras Públicas. conforme al contenido de la página 04 del Acta de Descerraje y allanamiento de fecha 01 de julio de 2014. con DNI Nº 06796160. testimonios. en relación a la documentación encontrada en el inmueble de Guardia Civil Nº 835. en todas las notarías públicas del Perú.  Se tome la declaración de la persona de Carlos Alberto Camacho Sanchez. Registral de Pisco. conforme al contenido de la página 04 del Acta de Descerraje y allanamiento de fecha 01 de julio de 2014.  RECIBASE la declaración testimoniales Paulina Falcon Esteban y Marcos Vara Isidro. Registral de Pisco. contratos y otros que pudieran registrar los investigados. La Victoria.  RECABESE los antecedentes penales.  Se tome la declaración de las personas de Walter Horacio Guardia.  Se tome la declaración de la persona de Arturo Olivera Garcia.Of. RECABESE copia de la Partida Registral N° 40003047 . quien domiciliaria en Pasaje Eduardo Lopez de Romaña Nº 202.  Se tome la declaración de la persona de Alberto Vasquez Rios.  Se solicite a la Unidad de Inteligencia Financiera. 2 . si los investigados reportan ROS  RECIBASE las declaraciones testimoniales de las personas particulares que habrían sufrido la pérdida de sus bienes inmuebles por la intervención de los investigados. quien laboraría también en la Revista Juez Justo.  RECABESE Copia de la Partida Registral N° 42240427 . quienes deberán declarar sobre el inmueble de la Av.  SOLICITESE a la Comisión Nacional de Bienes Incautados – CONABI. conforme al contenido de la página 04 del Acta de Descerraje y allanamiento de fecha 01 de julio de 2014. quien habría sido Editor General de la Revista Juez Justo.  Se tome la declaración de la persona de Ricardo Arturo Navarro Diaz. 2. Argentina.del inmueble otorgado por Churchill Rios Vela a COOPEX. Dpto. judiciales o policiales de las personas naturales investigadas. Zarate Guerra.Of. que tendría vinculación con Rodolfo Orellana Rengifo. partes.del inmueble otorgado por Hermogenes Clodomiro Cabrejos Sanchez a COOPEX. los números de suministro del inmueble y a nombre de quien se encuentran los mismos. CAL Nº 10403.  Se tome la declaración de la persona de Luis A.  Se tome la declaración de la persona de Jose M.  SOLICITESE a las empresas eléctricas y de agua potable del lugar donde se ubica los inmuebles de las personas naturales y jurídicas investigadas. DECIMO: NOTIFÍQUESE la presente disposición a las partes de la presente investigación... ABOGADOS PERUANOS ASOCIADOS S.L.CORPORACION BIOQUIMICA INTERNACIONAL S. Sotero Villar.  Declaración de Leonidas Alejandro VASQUEZ CASTAÑEDA.. en relación a las vinculaciones con Jorge Cortes Martínez y Leonidas Alejandro VASQUEZ CASTAÑEDA. 2 .  Humberto y Willy TOMASEVICH.. OCTAVO.  Declaración del abogado Oscar Ampuero GUARNIZ. en relación a la adquisición del inmueble de la Av. Argentina N°. Se tome la declaración de la persona de Gertrudis R.. conforme a lo establecido en el artículo 90º y 91° del Código Procesal Penal.. conforme al contenido de la página 04 del Acta de Descerraje y allanamiento de fecha 01 de julio de 2014. QUINTO: Se señala como domicilio procesal de esta Fiscalía el Jr.A.C.A. en relación a las vinculaciones con Jorge Cortes Martínez y Leonidas Alejandro VASQUEZ CASTAÑEDA.R. conforme al contenido de la página 04 del Acta de Descerraje y allanamiento de fecha 01 de julio de 2014. 3.C. 7. SEPTIMO.1958 y 1963 – Callao.A.C. del Código Procesal Penal. NOVENO: Respecto a los investigados no comprendidos en la presente disposición continúese la investigación preliminar conforme a su estado. serán incorporados al proceso según corresponda. padre de Jhony Vasquez Hummel  Declaración testimonial de Jhon Alfonso Cohn Larrabure y Luisa Iliana Coloma Rosse. numeral 3º.C.1951 . 4.DELTA LIQUIDADORES Y CONSULTORES S.REQUIERASE PRISION PREVENTIVA para todos los Investigados.EMPRESA “COOPEX”.ORELLANA ASESORES Y CONSULTORES SAC.Cooperativa de Ahorro y Crédito para Empresas Exportadoras. 2.INVERSIONES Y CONSIGNACIONES SAN ANTONIO S.A. SEXTO: COMUNIQUESE la presente disposición a la Coordinadora de la Defensoría Pública para la participación de una defensor público que ejerza la defensa técnica de los imputados no apersonados a la presente investigación preparatoria. EMPRESA JUEZ JUSTO TV S. CUARTO: Poner esta Disposición Fiscal en conocimiento del Juez de Investigación Preparatoria. de conformidad con lo previsto en los artículo 3º y 336º. 6.. 5..  Se tome la declaración de la persona de Samuel Quispe Garola.Respecto a las personas jurídicas 1. Miroquezada 260 – Tercer Piso Centro de Lima. 2 .
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