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March 28, 2018 | Author: Edna Sonia Lazo Valenzuela | Category: Hospital, Medical Specialties, Clinical Medicine, Health Sciences, Wellness


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ANEXO DE CONTRATODE SALUD PREVISIONAL Plan PLENO PREFERENTE PLHCUC 9 PLAN CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO, CESÁREA, ABORTO ESPONTÁNEO Y NEONATOLOGÍA Y CIRUGÍAS BARIÁTRICAS, FOTORREFRACTIVAS O FOTOTERAPEÚTICAS Y CIRUGÍAS RINOPLÁSTICAS. PLENO PREFERENTE Hospital Clínico UC de Santiago Plan de Salud Complementario con Prestadores Preferentes SIN TOPE UF UF UF VAM VAM VAM VAM VAM VAM UF UF UF Sin Cobertura Preferente 70 % SIN TOPE.00 10.00 TOPE MAXIMO DE BONIFICACION U.00 2.F.60 2.00 8.80 UF SIN TOPE 3.25 15.00 UF SIN TOPE 70% COPAGO MÁXIMO: 25% SIN TOPE en Hospital Clínico Universidad Católica y Clínica Universidad Católica.00 1. (b) Médicos de Staff (ASOMEDUC) OFERTA PREFERENTE NO INCLUYE Clínica UC San Carlos de Apoquindo. OFERTA NO INCLUYE Clínica UC San Carlos de Apoquindo.00 UF 15. en Red Salud UC CHRISTUS excepto UC San Carlos de Apoquindo.00 UF UF VAM VAM UF VAM SIN TOPE 95 % SIN TOPE.50 2.00 UF 3. por Beneficiario/año (2) COBERTURA LIBRE ELECCION TOPE DE BONIFICACION U. (Hospitalización en Habitación Individual más simple con baño privado) (**).00 UF 90% SIN TOPE en Hospital Clínico Universidad Católica y Clínica Universidad Católica de Santiago.78 Consulta Oftalmológica 70% 0.60 1. (c) Médicos de Staff ASOMEDUC Sin Cobertura Preferente UF UF VAM VAM VAM VAM VAM 0. Fotorrefractivas y/o Fototerapeúticas y Cirugías Rinoplásticas.70 0.20 8.90 UF 1.00 3. VESPUCIO y AVANSALUD PROVIDENCIA DE SANTIAGO. OTRAS COBERTURAS (•) Ver Notas Explicativas del Plan de Salud. Sin Cobertura Preferente 0.F.10 2.00 VAM 2. (Hospitalización en Habitación Individual).65 0.00 2.Plan PLENO PREFERENTE PLHCUC 9 5877 Plan con Cobertura Reducida de Parto.60 2.00 UF VAM VAM VAM VAM VAM VAM 2.70 1.50 0. COBERTURA PREFERENTE (•) PRESTACIONES HOSPITALARIAS Y CIRUGÍA MAYOR AMBULATORIA Día Cama Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios Día Cama Cuidados Intermedios Exámen de Laboratorio Exámen de Imagenología Kinesiología y Fisioterapia (b) Derecho de Pabellón Procedimientos (b) Honorarios Médicos Quirúrgicos (b) Visita por Médico Tratante (b) Visita por Médico Interconsultor (b) Medicamentos (Por evento durante la Hospitalización)(***) Materiales e Insumos Clínicos (Por evento durante la Hospitalización) (***) Traslados Médicos Quimioterapia Prótesis y Ortesis y Elementos de Osteosíntesis AMBULATORIAS Consulta Médica (c) Consulta Oftalmológica (c) Procedimientos (c) Exámenes de Laboratorio(*) Exámenes de Imagenología (*) Kinesiología y Fisioterapia Fonoaudiología Radioterapia (Incluye Insumos) Quimioterapia Prótesis y Ortesis Lentes con Fuerza Dióptrica Atención Integral de Enfermería Atención Integral de Nutricionista (****) Prestaciones Dentales (PAD) (*****) Honorarios Médicos Quirúrgicos Box Ambulatorio (por menos de 4 horas) Pabellón Ambulatorio PRESTACIONES RESTRINGIDAS Día Cama Sala Cuna Día Cama Incubadora Día Cama Psiquiatría Psicoterapia y Procedimientos Psiquiátricos y/o Psicológicos Hospitalarios Honorarios Matrona Consulta Psiquiátrica Consulta Psicológica Resonancia Nuclear Magnética Ambulatoria Scanner y Ecografías Ambulatorias Psicoterapia y Procedimientos Psiquiátricos y/o Psicológicos Ambulatorios Consulta Institucional de Urgencia (a) % Bonificación sobre valor real (o valor factura) 90% 90% 90% 90% 90% 90% 90% 90% 90% 90% 90% 90% 90% 90% 90% 90% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 70% 90% 90% 90% 90% 90% 90% 90% 90% 70% 70% 70% 70% AMPLIACIÓN DE COBERTURA EN HOSPITAL CLÍNICO UC DE SANTIAGO (1) TOPE MAXIMO DE BONIFICACION U.00 UF 1.50 0. Cesárea. 2.90 UF 2. Neonatología en Cirugías Bariátricas.00 45. para la aplicación de la Cobertura Preferente. VAM : VECES ARANCEL MASVIDA TIEMPOS MAXIMOS DE ESPERA (En días corridos) Exámenes 10 días RENUNCIA A LOS EXCEDENTES DE COTIZACION EN PLANES INDIVIDUALE S COMPENSADOS: De acuerdo a lo dispuesto en el inciso primero del articulo Nº 188 del DFL Nº 1 de 2005.86 Se deja constancia que el aumento en los topes de bonificación regirá siempre y cuando el afiliado renuncie expresamente a los excedentes de cotización.317.10 UF UF UF UF UF UF UF UF SIN TOPE SIN TOPE SIN TOPE 16.30 15. Isapre Masvida otorgará a cambio de la renuncia de excedentes los siguientes beneficios adicionales: Topes de Bonificación % Bonificación sobre expresados en Valor real de la Unidades de Fomento Prestación Consulta Médica 70% 0.50 40. COBERTURA DENTAL EN EL PLAN COMPLEMENTARIO: La Isapre cubre aquellas prestaciones dentales contenidas en el arancel de prestaciones de Isapre Masvida. COBERTURA INTERNACIONAL BONIFICACION DE ACUERDO A LOS TOPES EXPRESADOS EN LAS COLUMNAS (3) Y (4). (a) Médicos de Staff ASOMEDUC.00 2.30 8.00 UF 8.00 6.00 14.00 2. El resto de las prestaciones dentales ofrece descuentos entre un 30% y 60% del Arancel del Colegio de Odontologos de Chile con prestadores que mantengan convenio vigente con la Isapre Masvida. en Red Salud UC CHRISTUS.00 2. por Beneficiario/año (4) SIN TOPE 3.00 0.20 3. excepto UC San Carlos de Apoquindo.F.00 6. .00 UF 15.00 2. El listado de prestadores y Arancel están disponibles en las oficinas de atención de público de la Isapre.45 UF 1.72 2. Aborto Espontáneo. o Veces Arancel (3) 90.33 3.30 UF 10.00 2. modificado por la ley Nº 20.55 UF SIN TOPE SIN TOPE Consulta de urgencia Libre Elección se bonificará de acuerdo a modalidad Libre Elección PRESTADOR DERIVADO: CLÍNICA LAS LILAS.15 2. (b) Médicos de Staff ASOMEDUC.20 3. En caso de utilizar una Habitación de Mayor Valor se bonificará según los Topes expresados en la Modalidad Libre Elección. Para aquellos planes en que el cálculo de la bonificación de cobertura reducida resulte inferior a la que otorga el Fondo Nacional de Salud en su modalidad Libre Elección. Staff ASOMEDUC = Comprende médicos del Satff de la Red UC CHRISTUS pertenecientes a la asociación de médicos de la UC (ASOMEDUC) en convenio con la isapre para la atención de beneficiarios de este plan preferente. Cesárea o Aborto) o involucradas en Cirugías Bariátricas (cualquier técnica) y Fotorrefractivas y/o Fototerapeúticas (cualquier técnica) y Cirugías Rinoplásticas (cualquier técnica) tendrán una cobertura reducida tal como se indica a continuación. estará obligada a aceptar el cambio que el(la) cotizante le solicite.Las Prestaciones Obtétricas (Parto. para ese ítem. que el (la) cotizante se incorpore a un plan que otorgue mayores beneficios.F. En caso contrario. . No contempla las interconsultas de especialistas o médicos de llamado que eventualmente se requieran. de común acuerdo.(**) Cobertura Preferente: Será otorgada única y exclusivamente en Hospital Clínico Universidad Católica y Clínica Universidad Católica de Santiago exceptuando de esta oferta preferente Clínica UC San Carlos de Apoquindo. excepto Resonancia Nuclear Magnética y Scanner y Ecografías Ambulatoriasserá otorgada única y exclusivamente en Centros Médicos de Red de Salud UC CHRISTUS exceptuando centro UC San Carlos de Apoquindo. se aplicará en Pieza Individual más simple con baño privado de Hospital Clínico Universidad Católica y Clínica Universidad Católica de Santiago.L. En todo caso. al menos entre los siguientes planes de salud: a) Un Plan de salud que mantenga la equivalencia en precio con aquel que se reemplaza y que satisfaga la cobertura de parto requerida. (b) Los Honorarios Médicos Quirúrgicos de la oferta preferente en Hospital Clínico UC de Santiago. 60% de la cobertura del Plan Complementario de Salud en prestaciones involucradas en Cirugías Fotorrefractivas y/o Fototerapéuticas y Rinoplásticas. La atención hospitalizada sin tope. Se recuerda que se exceptúan de esta oferta las atenciones en el Centro de Salud UC San Carlos de Apoquindo. sólo con médicos de staff (ASOMEDUC) de dicha Red en convenio con la Isapre y utilizando bonos. no rige la Cobertura Preferente expresada en la Columna 1 del Plan Complementario de Salud. El(la) cotizante tendrá derecho a optar. Materiales e Insumos Clínicos (Por Evento durante la Hospitalización) Visita por Médico Tratante e Interconsultor Derecho de Pabellón Atención Inmediata Recién Nacido Honorarios Médicos Quirúrgicos y Matrona Exámenes de Laboratorio Imagenología Kinesiología Procedimientos 25% De la Cobertura del Plan Complementario de Salud en prestaciones Obstétricas (Parto. (c) La Cobertura Preferente de Consulta Médica Electiva y/o Especialidades y Honorarios Médicos por concepto de Procedimientos Ambulatorios será otorgada en Centros Médicos de Red de Salud UC CHRISTUS exceptuando centro UC San Carlos de Apoquindo. Para el cálculo de la Cobertura Reducida.(*) La Cobertura preferente de Exámenes de Laboratorios e Imagenologia Ambulatorios. (a) Consulta Institucional de Urgencia: Es aquella consulta médica otorgada en el servicio de urgencia de la institución respectiva. caso en el cual podrán efectuarse los ajustes que correspondan en relación a los restantes beneficios del nuevo plan.La cobertura para el parto no podrá ser inferior a la que resulte de aplicar al nuevo plan la proporcionalidad que establece el Artículo 189. sólo con médicos de staff (ASOMEDUC) y con arancel institucional de dicho establecimiento. las partes podrán convenir. en las prestaciones que le correspondan: COBERTURA Día Cama Cirugía o Maternidad Día Cama Cuidados Intensivos o Coronarios e Intermedios Medicamentos. para tener derecho a esta cobertura preferente. Nº 1 más la proporción correspondiente al plan que estaba vigente a la fecha de la modificación. realizando los ajustes de precio que correspondan. caso en el cual podrán realizarse los ajustes pertinentes en relación al precio del nuevo plan. En caso contrario. letra (g) del D.A.COBERTURAS . se bonificará de acuerdo a los topes indicados en la modalidad Libre Elección del plan complementario de salud para este ítem. ISAPRE MASVIDA S.. CLAUSULA ESPECIAL PARA PLANES CON COBERTURA REDUCIDA DE PARTO Durante la vigencia del presente Plan. efectuada por el médico residente de turno. b) Un Plan de salud que mantenga los beneficios del Plan que se sustituye y aumente la cobertura de parto. en este caso Hospital Clínico Universidad Católica y Clínica Universidad Católica de Santiago. . ANEXO DEL PLAN DE SALUD COMPLEMENTARIO MODALIDAD PRESTADOR PREFERENTE HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSIDAD CATÓLICA DE SANTIAGO NOTAS EXPLICATIVAS DEL PLAN COMPLEMENTARIO DE SALUD 1.. Médico Staff es el médico que tiene relación contractual vigente con el prestador de la Oferta Preferente y se acoge al Arancel Médico pactado entre dicho prestador y la Isapre. . la Isapre otorgará dicha cobertura mínima. Es obligación del afiliado cerciorarse de la calidad de staff del médico tratante. El Listado de médicos de staff estará disponible en la página web de Isapre Masvida y Red de Salud UC CHRISTUS. serán sin tope. se bonificará de acuerdo a los topes indicados en la libre elección del plan de salud. Cesárea o Aborto) o involucradas en Cirugías Bariátricas. con fines de diagnóstico o tratamiento. En caso de no poder dirigirse al prestador señalado en la Oferta Preferente. cuatro horas o cuando se realice una prestación asociada a un guarismo de un pabellón 5 o superior. el afiliado tendrá el derecho de solicitar a la Isapre su derivación a un prestador de similar calidad.Plan PLENO PREFERENTE PLHCUC 9 .DEFINICIONES . además de avisar en el plazo antes referido. la cobertura y/o bonificación en un prestador ajeno a la oferta preferente será siempre según los topes y porcentajes expresados en la Modalidad Libre Elección del Plan Complementario de Salud al igual que los correspondientes gastos de traslado. El tipo de cambio que se utilice será el del día de la emisión de las respectivas boletas. . cuando se configure una INSUFICIENCIA del o los prestadores individualizados en la Columna COBERTURA PREFERENTE. domingo o festivo. ISAPRE MASVIDA será responsable de que la atención de salud sea efectiva y oportunamente otorgada por los Prestadores Derivados. Se presumirá que se configura esa dificultad. Paralización Permanente de sus Actividades.(****) Estas atenciones están destinadas a pacientes entre 15 y 35 años.C. sillón. requiere atención médica inmediata e impostergable. con un profesional del o los prestadores derivados. hasta la siguiente anualidad. en cualquiera de estos casos Isapre MASVIDA S. se prorrogará dicho plazo al día hábil siguiente. Obtenida esta autorización. un profesional de otro prestador preferente y. No obstante lo anterior. Isapre MASVIDA S. (A) Derivación: Los Prestadores Derivados brindarán atenciones de salud. por ende. para que tome conocimiento. • Radiocirugía. (F) Término o Modificación de los Convenios Preferentes: En caso de término o modificación de los convenios con el Prestador preferente NO se verá afectado el Monto de Copago que en virtud del Plan le corresponde copagar al Beneficiario. (G) Segunda Opinión Médica: Ante una decisión del médico tratante el afiliado podra obtener una segunda opinión médica de otro profesional del mismo prestador preferente. que requieran algunas de las prestaciones dentales que están incorporadas en el Arancel de Prestaciones.A. cuatro controles y una evaluación al término.Prestaciones Hospitalarias y Cirugía Mayor Ambulatoria: Cuando exista un ingreso hospitalario. que se utilice por menos de 4 horas. de Septiembre de 2005. Los documentos originales deben ser presentados dentro del plazo de 90 días de la emisión. Para obtener la Cobertura de la Oferta Preferente del Plan. 4. oriente y gestione el caso. Por el carácter integral de la atención de nutricionista. En cualquiera de estos casos.Quimioterapia: El Tope de Bonificación para Quimioterapia Hospitalaria y Ambulatoria comprende la cobertura de: Honorarios Médicos. camilla u otro. Materiales e Insumos Clínicos se considerará como “EVENTO” al período contemplado desde el ingreso al recinto hospitalario hasta el alta. (3) Si Isapre MASVIDA S.Cirugía Ambulatoria: Corresponde a aquellas Intervenciones Quirúrgicas que tienen asociados pabellones de guarismo 4 o menos.(*****) Estas prestaciones estan destinadas a pacientes entre 12 y 17 años. le da derecho al cotizante y/o a los beneficiarios del plan de salud de requerir del Director Médico o Jefe del Servicio del prestador individualizado en la oferta del plan de salud. • Prestaciones no codificadas por FONASA. . • Instalación de estimuladores modulares. (C) Tiempos Máximos de Espera (En días corridos): Los Tiempos Máximos de Espera definidos en el Presente Plan de Salud comenzarán a regir desde el Día Hábil siguiente a la Solicitud de Atención con los Prestadores Individualizados en este Plan. a lo menos. Transcurridos los Plazos estipulados en el Cuadro Tiempos Máximos de Espera. toda condición de salud o cuadro clínico que involucre estado de riesgo vital o riesgo de secuela funcional grave para una persona y..A. se entiende que la prestación incluye en su valor una evaluación al inicio. la otra parte deberá acceder al traslado solicitado. el afiliado podrá optar por permanecer en el Prestador en el que se encuentra. Si el plazo de 48 horas se cumple un día sábado.-CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS DE PLAN PREFERENTE HOSPÌTAL CLÍNICO UC DE SANTIAGO. comunicará por escrito a cada uno de los Cotizantes afectados y le ofrecerá Planes Alternativos. (H) Opiniones Médicas Divergentes: Frente a divergencias entre opiniones médicas que se produzcan como consecuencia del ejercicio del derecho a solicitar una segunda opinión médica. Sólo se otorgan en la red de prestadores habilitados por la isapre.. que presenten obesidad o sobrepeso según criterios de Índice de Masa Corporal (I.VALOR DE CONVERSIÓN DE LA UNIDAD DE FOMENTO A UTILIZAR . como mínimo. ISAPRE MASVIDA ofrecerá un nuevo plan si este es requerido por el afiliado y se fundamente en cualquiera de las siguientes condiciones: (1) Si se modifica el domicilio consignado por el afiliado al incorporarse a este Plan y se acredita que dicho cambio dificulta significativamente el acceso de los beneficiarios a los prestadores individualizados en este Plan. la autorización expresa del Médico tratante. comunicará por escrito a cada uno de los Cotizantes Afectados y le ofrecerá Planes Alternativos. administración y preparación de la droga y drogas Antineoplásicas (incluidas y financiadas en el Programa Nacional de Drogas Antineoplásicas (PINDA y PANDA) del Ministerio de Salud de Chile). . se entenderá que se trata de una prestación de este grupo y recibirá cobertura hospitalaria. • Hospitalización Psiquiátrica. Pérdida Parcial y Permanente de la Infraestructura.La Cotización de Salud deberá ser cancelada considerando el valor de esta unidad reajustable al último día del mes en que se devenga la remuneración. La Bonificación de dichas Prestaciones será según lo expresado en la Modalidad Libre Elección del Plan Complementario de Salud. corresponderá al que dicha unidad tenga el último día del mes anterior al de la respectiva bonificación. que tenga el precio que más se ajuste al monto de la cotización legal que corresponda a la remuneración del afiliado al momento de modificarse el contrato.La equivalencia en pesos de la UF utilizada para las prestaciones que estén pactadas en dicha unidad.Para efecto de reajustar el valor de las prestaciones del Arancel en Pesos ($). cuando por falta de profesionales o medios. Pérdida Total de su Infraestructura. La cobertura de los Medicamentos y Materiales Clínicos se dará solamente a aquellos administrados durante la Hospitalización en el Centro Asistencial. . un pronunciamiento escrito donde consten los fundamentos de la decisión adoptada y la identificación y firma de quien lo emita. si no hubiera un prestador preferente distinto. es condición esencial. derivación a un prestador o prestadores distintos de los indicados en el Plan o falta de atención efectiva y oportuna por parte del prestador derivado. Sustitución de la Especialidad a que estaba orientado el Prestador al momento del Convenio. el afiliado deberá acudir a Hospital Clínico UC de Santiago.REAJUSTE DEL ARANCEL DE PRESTACIONES . aquellos se encuentran imposibilitados temporalmente de realizar alguna de las prestaciones que forman parte de la Oferta Preferente y han transcurrido los Tiempos de Espera definidos en este Plan de Salud. En todo caso.Cobertura Internacional: La bonificación opera contra reembolso. (D) Prestaciones Específicas que no se Otorgan en Hospital Clínico UC de Santiago: • Oftalmología (en urgencia). Los gastos derivados del ejercicio del Derecho a Traslado se bonificarán conforme a la Cobertura pactada en este Plan de Salud en la Modalidad Libre Elección.. es decir. cuando el cambio de domicilio importe el traslado del cotizante a otra región.A. que la Isapre. el afiliado personalmente o por medio de un familiar. (2) Incumplimiento de la obligación de derivación prevista en este plan de salud. 3. Dicha oferta deberá contemplar. por la utilización de cualquier tipo de acomodación dentro del establecimiento asistencial -cama. en conjunto con Hospital Clínico UC de Santiago designen según el diagnóstico y manteniendo los valores pactados para este Plan complementario de Salud.(***) Para la Bonificación de la Prestación Medicamentos. en un plazo maximo de 30 días. 2. 5. la Isapre considerará un valor entre 10% y 100% de la variación que haya experimentado el IPC. un plan de salud. el beneficiario debe ingresar efectivamente al prestador preferente y en el tipo de habitación que indica el cuadro de beneficios de la oferta preferente. En todo caso.M. . . con riesgo cardiovascular modificable con dieta. (B) En caso de Urgencia o Emergencia. incurre en la falta de otorgamiento de la atención de salud al cotizante o beneficiario que se ha ceñido a los procedimientos de acceso y derivación definidos en este Plan. (I) Modificación del Plan de Salud Preferente con Hospital Clínico UC de Santiago: Sin perjuicio de lo dispuesto en el DFL Nº 1 de Salud. el año calendario anterior al cual se está aplicando el reajuste y será aplicable 30 días después de que el Arancel del Fondo Nacional de Salud sea publicado en el Diario Oficial. fecha a contar de la cual tendrá acceso a esta cobertura. entre los planes en comercialización. (J) Término de la Existencia Legal del Prestador. que Isapre Masvida designe.) y con valores de glicemia > 110 mg/dl (Diabetes Mellitus Tipo II o Pre-Diabetes). la utilización de un día cama en un establecimiento asistencial por. la que está disponible en la página web de Isapre Masvida.Box Ambulatorio: La lsapre podrá bonificar bajo este concepto aquellos cobros que haga el prestador. es decir. . . Las prestaciones que se otorguen con ocasión de la Derivación a que alude el punto precedente. (E) Derecho a Traslado: En caso de que un afiliado ingrese a un prestador distinto de Hospital Clínico UC de Santiago podrá ejercer el Derecho a Traslado para el cual. deberá dar aviso dentro de las 48 horas siguientes del evento a Isapre MASVIDA S.A. en cuyo caso no podrá requerir la Cobertura prevista en la Oferta Preferente para las atenciones realizadas a través de los prestadores individualizados en este Plan. ISAPRE MASVIDA las bonificará manteniendo el monto que habría correspondido Copagar al afiliado en el prestador que dio origen a la derivación. F.70 1.80 1.70 0.30 3.85 1.60 0.60 0.IDENTIFICACION UNICA DE LA TABLA DE FACTORES: 35 GRUPOS DE EDAD 0 a menos de 2 Años 2 a menos de 5 Años 5 a menos de 10 Años 10 a menos de 15 Años 15 a menos de 20 Años 20 a menos de 25 Años 25 a menos de 30 Años 30 a menos de 35 Años 35 a menos de 40 Años 40 a menos de 45 Años 45 a menos de 50 Años 50 a menos de 55 Años 55 a menos de 60 Años 60 a menos de 65 Años 65 a menos de 70 Años 70 a menos de 75 Años 75 a menos de 80 Años 80 y más Años PRECIO BASE COTIZANTE HOMBRE MUJER 1.80 0.80 1.000 UNIDAD: PESOS U.20 3.80 0.40 2.70 0.90 3.00 4.00 2.80 1.00 4.00 4.00 4.80 1.00 4.60 0.20 1.00 4.00 1.20 2.00 1.70 1.60 1.25 2.00 2.05 2.80 1.60 0.00 4.00 4.20 3.80 2.00 4.85 1.80 2.85 2.00 4.00 4.00 CARGA HOMBRE MUJER 1.00 4.00 2.00 4.90 1.85 1.60 0. Año/Contrato .85 1.20 0.70 0.60 1.00 3.00 PRECIO TOTAL DEL PLAN COMPLEMENTARIO: (Según composición del grupo familiar) Unidades de Fomento * PRECIO TOTAL DEL PLAN COMPLEMENTARIO: Suma de Factores x Tarifa Base.30 4.00 4.80 1.90 0.40 0.70 0.70 0. IDENTIFICACION DEL ARANCEL: Arancel MVPC#3 TOPE GENERAL POR BENEFICIARIO 3.40 1.00 0.90 0. * La cotización de salud deberá ser cancelada considerando el valor de esta unidad reajustable al último día del mes en que se devenga la remuneración.40 3.80 0.90 0.00 4.
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