Demanda de Prescripcion Adquisitiva de Bien Mueble Vehiculo

April 3, 2018 | Author: Walter Ramirez Hurtado | Category: Statute Of Limitations, Property, Common Law, Ethical Principles, Justice


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Expediente: Especialista : Cuaderno : Principal Escrito : N° 01 DEMANDA DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE BIEN MUEBLE SEÑORA JUEZ ESPECIALIZADO EN MERCED: DEL JUZGADO LO CIVIL DE LA VENILDE ZEGARRA ARIAS, identificado con D.N.I. Nº 20523428, peruano, con domicilio real en Av. Los Ashánincas S/N, distrito y provincia de Chanchamayo, departamento de Junín, y señalando domicilio procesal en el Jr. Arica N° 180- Primer Piso, de esta Ciudad, ante usted, respetuosamente, me presento y expongo. I.- PETITORIO: Que teniendo interés y legitimidad para obrar interpongo DEMANDA DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO en forma subjetiva originaria de pretensiones contra RENTANDINA S.A., con RUC Nº 20253927446, con domicilio en Av. Mariscal Oscar R. Benavides Nº 1650, Urb. Zona Industrial (a una Cdra. De Colonial y Dueñas) del distrito, provincia y región Lima, y BLANDA BASILISA DE LA CRUZ CHIPANA, con domicilio en Av. Evitamiento Sur Nº 856 del distrito El Tambo, provincia de Huancayo, región Junín, a fin de que se me declare propietario por prescripción adquisitiva del vehículo, cuyas características son: Placa: PGJ-628; Serie numero: RN1050006586; Motor número: 22R4124734; Clase: CMTA PICKUP; Marca: TOYOTA; Año de Fabricación: 1995; Modelo: HI LUX 4X4; Combustible: GASOLINA; Carrocería: CABINA DOBLE; Color: GUINDA; Ejes: 2; Cilindros: 4; Ruedas: 4; Pasajeros: 5; Asiento: 6; Peso seco: 1.465; Peso bruto: 2.280; Longitud: 4.85; Altura: 0.00; Ancho: 1.69; y, Carga útil: 0.815; inscrito en la Partida Nº 00291110 del Registro de Propiedad Vehicular de Lima; pretensión que realizo en base a los siguientes fundamentos de hecho y derecho que paso a exponer. II.-FUNDAMENTOS DE HECHO: RENTANDINA S. desde hace más de 10 años.. Color: GUINDA.1..2. Combustible: GASOLINA. el demandante viene ejerciendo la posesión del vehículo de Placa: PGJ-628.A. transfirió la propiedad del descrito en el petitorio de la presente demanda a BLANDA BASILISA DE LA CRUZ CHIPANA. dicha posesión se originó en circunstancias tales que paso a exponer: 2. en donde figura el demandado RENTANDINA S.. se plantea la presente demanda de prescripción adquisitiva de dominio con la finalidad de que se declare al actor propietario por prescripción adquisitiva del bien descrito en el punto 1.Que mediante Contrato de Compra Transferencia de Propiedad Vehicular de fecha 02 de 2001. pacífica (pues no ha mediado violencia alguna en su adquisición ni durante su ejercicio) y pública como propietario durante el plazo prevista por ley para la prescripción adquisitiva larga o extraordinaria. 2. Marca: TOYOTA. el mismo que se encuentra inscrito en la Partida Nº 00291110 del Registro de Propiedad Vehicular de Lima. sin interrupciones).815. III.465.85. concretamente desde el 21 de diciembre de 2004. Longitud: 4.-FUNDAMENTO JURIDICO: Sustento mi petitorio en lo previsto en las siguientes normas legales: Artículo 951 del Código Civil establece que: “La adquisición por prescripción de un bien mueble requiere . 3. Motor número: 22R4124734. Carrocería: CABINA DOBLE. Clase: CMTA PICKUP. Serie número: RN1050006586. Peso bruto: 2. Modelo: HI LUX 4X4. Pasajeros: 5.1.Que.A.Que. Peso seco: 1. Ancho: 1.280. Ruedas: 4. Ejes: 2. ante lo expuesto precedentemente... Año de Fabricación: 1995. Venta y julio de vehículo favor de 2.69. Carga útil: 0. BLANDA BASILISA DE LA CRUZ CHIPANA transfirió la propiedad del vehículo descrito en el petitorio de la presente demanda a favor del recurrente. Altura: 0.Que mediante Contrato Preparatorio de Venta de Vehículo Usado de fecha 21 de diciembre del año 2004.Que.. como último propietario inscrito. a fin de obtener la tarjeta de propiedad a mi nombre.. 4.00. la referida posesión sobre el mueble objeto de prescripción adquisitiva de dominio se ha ejercido en forma continua (esto es. Asiento: 6.Que. Cilindros: 4. que al tipo de cambio actual equivale a S/..” Artículo 504del Código Procesal Civil establece que: “Se tramita como proceso abreviado la demanda que formula: 1. 2 del Código Procesal Civil. VI. IV.50 (Veinte Un Mil Quinientos Sesenta y Dos con 50/100 nuevos soles). 426 y 505 del Código Procesal Civil. y (…)” Además los artículos 425. y por cuatro si no la hay. El Juez del lugar en que se encuentre el bien o bienes (…). La sentencia que accede a la petición es título para la inscripción de la propiedad en el registro respectivo y para cancelar el asiento en favor del antiguo dueño. 21.la posesión continua. a elección del demandante: 1.” Artículo 24 del Código Procesal Civil establece que: “Además del Juez del domicilio del demandado.00 Dólares Americanos. Igual regla rige en los procesos de (…).. El propietario de un bien que carece documentos que acrediten su derecho. VÍA PROCEDIMENTAL: A la presente demanda le corresponde tramitarse en la vía del PROCESO ABREVIADO. prescripción adquisitiva (…).MEDIOS PROBATORIOS: . también es competente. pacífica y pública como propietario durante dos años si hay buena fe. o respectivos sucesores para obtener el otorgamiento título de propiedad correspondiente.” Artículo 952del Código Civil establece que: “Quien adquiere un bien por prescripción puede entablar juicio para que se le declare propietario. 900. 2 y 504 inc. El poseedor para que se le declare propietario por prescripción. conforme lo dispone los artículos 486 inc. de su sus del 2. 562. contra inmediato transferente o los anteriores a éste. V.MONTO DEL PETITORIO: El monto del petitorio es en la suma de $6. VV. distrito de San Ramón..Declaración testimonial que deberá efectuar el señor Alfredo Gin Pinares Rivera.. pacífica y pública del bien materia de demanda. de ocupación carpintero. con el que se demuestra que a un sigue figurando como propietario del vehículo materia de demanda a nombre de RENTANDINA S. 4. 2. con el que se demuestra que RENTANDINA S.-En mérito al Contrato de Compra Venta y Transferencia Vehicular de fecha 02 de julio de 2001. 5. con el que se demuestra queBLANDA BASILISA DE LA CRUZ CHIPANA transfirió la propiedad del vehículo materia de la presente demanda a favor del actor. transfiere la propiedad del vehículo materia de la presente demanda a BLANDA BASILISA DE LA CRUZ CHIPANA.En mérito al Contrato Preparatorio de Venta de Vehículo Usado de fecha 21 de diciembre de 2004. 6. Con dicha declaración testimonial demostraré que mi posesión continua. . conforme al pliego de interrogatorios que en sobre cerrado se acompaña a la presente demanda. provincia de Chanchamayo.Ofrezco las testimoniales de los siguientes testigos: 1.En mérito a la Tarjeta de Propiedad del Vehículo materia de la presente demanda. 3. del distrito y provincia de Chanchamayo. domiciliado en Calle Las Violetas S/N Lt. trabajadora independiente. El testigo propuesto debe declarar acerca desde cuando el demandante viene posesionando el vehículo materia de la presente demanda..A. región Junín. 01 AA. región Junín. pacífica y pública del bien materia de demanda. domiciliado en Av.. Con dicha declaración testimonial demostraré que mi posesión continua. conforme al pliego de interrogatorios que en sobre cerrado se acompaña a la presente demanda. La testigo propuesta debe declarar acerca desde cuando el demandante viene posesionando el vehículo materia de la presente demanda.-Declaración testimonial que deberá efectuar Rita Carola Mango Rojas.En mérito del Certificado de Gravámenes y Cargas del Vehículo que solicito se me declare propietario.A. Santo Tomas. Del Ejercito N° 398. Pampa del Carmen.I. Anexo 1-E: Certificado de Gravámenes y Cargas del Vehículo que solicito se me declare propietario. del demandante. Anexo 1-D: Copia legalizada de la Tarjeta de Propiedad del Vehículo materia de la presente demanda.N. conforme al pliego de interrogatorios que en sobre cerrado se acompaña a la presente demanda. POR TANTO: Al Juzgado. Anexo 1-H: Arancel Judicial por ofrecimiento de pruebas. VII. solicito se sirva tener por interpuesta la presente demanda y darle el trámite que a su naturaleza .7.. Anexo 1-F: Pliego de preguntas para las personas que actuaran como testigos que conocen al suscrito y que conocen que vengo posesionando el vehículo materia de la presente demanda de PRESCRIPCION por más de 9 años. Con dicha declaración testimonial demostraré que mi posesión continua. La testigo propuesta debe declarar acerca desde cuando el demandante viene posesionando el vehículo materia de la presente demanda. Anexo 1-G: Copias de los documentos de Identidad de los ofrecidos como testigos. trabajadora independiente..Declaración testimonial que deberá efectuar Verónica Gonzales Vílchez. Anexo 1-J: Arancel Judicial por exhortos. Anexo 1-B: Copia simple del Contrato de Compra Venta y Transferencia Vehicular de fecha 02 de julio de 2001. distrito y provincia de Chanchamayo. región Junín.MEDIOS PROBATORIOS: Anexo 1-A: Copia del D. pacífica y pública del bien materia de demanda. Anexo 1-C: Copia legalizada del Contrato Preparatorio de Venta de Vehículo Usado de fecha 21 de diciembre de 2004. Anexo 1-L: Copia de la Constancia de Habilitación del abogado que suscribe la presente demanda. domiciliado en Av. Anexo 1-K: Arancel Judicial por cedulas de notificación. Julio Ramón Ribeyro Urb. declarándola fundada en su oportunidad. conforme a mi derecho y de acuerdo a ley.corresponde. La Merced. . 14 de abril de 2015.
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