ProcedimientosAdministrativos MANUAL AUTOINSTRUCTIVO UNIDAD TEMÁTICA IV EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO El procedimiento administrativo es el conjunto de actos y diligencias tramitados en las Entidades Estatales, conducentes a la emisión de un acto administrativo que produzca efectos jurídicos individuales o individualizables sobre intereses, obligaciones o derechos de los administrados. La Ley No 27444, en su artículo 29º, señala que el procedimiento administrativo es el conjunto de actos y diligencias tramitados en las entidades, conducentes a la emisión de un acto administrativo que produzca efectos jurídicos individuales o individualizables sobre intereses, obligaciones o derechos de los administrados. La presente unidad nos llevará a conocer, el derecho de los administrados a solicitar y obtener de la administración conjunta o unitariamente un pronunciamiento; reconocimiento de un derecho, protección de un interés de naturaleza administrativa o la reparación de un derecho conculcado, para ello debe cumplirse un debido procedimiento administrativo, que implica la generación de actuaciones probatorias, requisitos, observación de los principios, entre otros. Al terminar el estudio de esta cuarta actividad, el estudiante estará en la capacidad de: Conocer las definiciones, y clases de procedimientos administrativos, los cuales están establecidos en el TUPA, el derecho de los Administrados frente a la Autoridad Administrativa; Conflictos de Competencia y Abstención; Iniciación del 1 Universidad Peruana los Andes Procedimiento; Plazos y Términos; Ordenación del Procedimientos Administrativos MANUAL AUTOINSTRUCTIVO Procedimiento; Instrucción del Procedimientos; Instrucción Probatoria y las formas de conclusión de un proceso administrativo, como las Resoluciones y el Silencio Administrativo. 1. EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Se entiende por procedimiento administrativo al conjunto de actos y diligencias tramitados en las entidades, conducentes a la emisión de un acto administrativo que produzca efectos jurídicos individuales o individualizables sobre intereses, obligaciones o derechos de los administrados. La Ley No 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, en su artículo 29º, define al procedimiento administrativo de la siguiente forma: “Se entiende por procedimiento administrativo al conjunto de actos y diligencias tramitados en las entidades, conducentes a la emisión de un acto administrativo que produzca efectos jurídicos individuales o individualizables sobre intereses, obligaciones o derechos de los administrados.” 1.1 Acción Administrativa Es el derecho de los administrados a solicitar y obtener de la Administración con junta o unitariamente un pronunciamiento, sobre cualquiera de estos extremos: Reconocimiento de un derecho. Protección de un interés de naturaleza administrativa. Reparación de un derecho conculcado. Se puede señalar entonces que el proceso administrativo es el conjunto secuencial de los diversos procedimientos administrativos, a solicitud de un particular o de oficio. Veamos el siguiente cuadro: PROCESO 2 Universidad Peruana los Andes PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO con el objeto Se distinguen dos etapas de lograr el reconocimiento de un procedimentales: una de formación de derecho. 3. control e impugnación. levantamiento de la Carta Nacional por triangulación geodésica. la solución de un conflicto de la voluntad administrativa. se refleja en actos administrativos debidamente motivados y sustentados en el ordenamiento jurídico: Garantía jurídica. etc.2 Procedimiento administrativo estricto sensu.Procedimientos Administrativos MANUAL AUTOINSTRUCTIVO Es la situación jurídica legal que se Es el conjunto de actos y diligencias traplantea ante una autoridad oficial mitados en las entidades. cuando se ha iniciado un la emisión de un acto administrativo que reclamo o petición en una oficina o produzca efectos jurídicos individuales o dependencia del Estado. caso. Relacionado con el vinculo Estado Administrados en general (derechos y obligaciones entre el Estado y sus trabajadores.1 Procedimiento Técnico o de Gestión. compleja e importante. y La tutela de intereses y derechos invocados por los administrados. conducentes a competente. natural o jurídica. entre el Estado y los 3 Universidad Peruana los Andes . CLASES DE PROCEDIMIENTOS 3. de origen intereses o administrativa. 2. reglamentos. por un servidor público. con efectos necesariamente individuales y generales. cualquier que cuestión unilateral o bilateral. proyección de obras o servicios públicos. obligapersona particular. o ciones o derechos de los administrados. astronómica. 3.) que incluye la actividad de contralor. OBJETO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Diversos autores coinciden en señalar que el procedimiento Administrativo tiene por objeto: La buena marcha del órgano administrativo: Garantía administrativa. después de una serie de trámites procedimentales. Viene a ser la actividad trascendente del Estado (preparación de leyes. en su fiscalización. sea por una individualizables sobre intereses. y otra de debe definirse o resolverse. Procedimientos Administrativos MANUAL AUTOINSTRUCTIVO particulares. substanciación. Este principio contiene. en realidad. pero no exactamente delictivos. ningún acto inferior puede dejar sin efecto lo dispuesto por una instancia superior. los cuales son aplicación para el procedimiento administrativo. pues. como es el caso de las universidades privadas que como las públicas pueden recurrir administrativamente a lo que determina la ley. 4. Pero. otros criterios. PRINCIPIOS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO El Derecho Peruano reposa sobre tres principios: simplicidad.” de veracidad. a su vez. Se puede sub clasificar en: Procedimiento de Aprobación Procedimiento Automática No necesita de ningún Previa acto MORÓN de URBINA Evaluación señala: “Los administrativo. presencia de elementos penales. a la Ley y al derecho. la 4 Universidad Peruana los Andes . Hay. dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas.3 Procedimiento Disciplinario. estos son: Principio de Legalidad. ya que con la procedimientos de evaluación previa. Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución. hay otros que sirven de orientación y cauce. celeridad y eficacia. sino de faltas. Estos procedimientos y pronunciamiento previo por parte son instituidos por la presunción de la Administración Pública. 3. sola presentación de la solicitud. Mediante este procedimiento se investiga y sanciona infracciones de orden administrativo. El procedimiento disciplinario es aquel que corresponde realizar a todos y cada uno de los órganos y organismos del Estado y excepcionalmente a algunos particulares. además de ello. entre particulares ante el Estado). son aquellos que requieren de una se entiende por aprobado lo instrucción. no basta con sustentarse en las normas jurídicas. probanza solicitada. ordenar la prueba y subsanar cualquier error u omisión en el procedimiento. que comprende el derecho a exponer sus argumentos. Por este principio el funcionario debe iniciar el procedimiento. remover los obstáculos que se presenten en el trámite. el objeto buscado y el medio empleado. a fin de que respondan a lo estrictamente necesario para la satisfacción de su cometido. califiquen infracciones. Principio de Razonabilidad.Procedimientos Administrativos MANUAL AUTOINSTRUCTIVO imposibilidad de conceder beneficios y privilegios y negar arbitrariamente derechos a otros.: Jurisdicción predeterminada por la ley. Su fundamentación 5 Universidad Peruana los Andes . El Debido Procedimiento Administrativo supone en toda circunstancia el respeto por parte de la administración pública de todos aquellos principios y derechos normalmente invocables en el ámbito de la jurisdicción común o especializada y a los que se refiere el artículo 139º de la Constitución del Estado. Las autoridades deben dirigir e impulsar de oficio el procedimiento y ordenar la realización o práctica de los actos que resulten convenientes para el esclarecimiento y resolución de las cuestiones necesarias.gr. Principio del Debido Procedimiento. deben adoptarse dentro de los limites de la facultad atribuida y manteniendo la debida proporción entre los medios por emplear y los fines públicos que deben tutelar. Los administrados gozan de todos los derechos y garantías inherentes al Debido Procedimiento Administrativo. cuando creen obligaciones. impulsar su avance. La razonabilidad puede ser analizada desde una doble perspectiva: cuantitativa y cualitativa: La razonabilidad cuantitativa pondera el contenido del proceso discursivo o inferente que concluye con una proposición lógica y axiológicamente válida. En consecuencia. etc. derecho de defensa. V. la razonabilidad implica una adecuada relación lógicoaxiológica entre la circunstancia motivadamente. a ofrecer y producir pruebas y a obtener una decisión motivada y fundada en derecho. pluralidad de instancia. impongan sanciones o establezcan restricciones a los administrados. cosa juzgada. Las decisiones de la autoridad administrativa. Principio de Impulso de Oficio. en general. todos los partícipes del procedimiento realizan sus respectivos actos procedimentales 6 Universidad Peruana los Andes . Así. aritmética. Municipalidad de Huarochirí.Procedimientos Administrativos MANUAL AUTOINSTRUCTIVO apuesta a la adecuación entre el hecho desencadenante del acto estatal y el resultado de éste en cuanto a su magnitud numérica. de se Veracidad. deberes o servicios. les otorgan el mismo tratamiento y tutela frente al procedimiento. Principio de Informalismo. dineraria.” (Caso: Municipalidad de Pachacamac vs. Esta presunción admite prueba en contrario. sino a la sociedad. sus representantes o abogados y. y resuelven conforme al ordenamiento jurídico y con atención al interés general. busca la determinación de consecuencias jurídicas homólogas para aquellos que se encuentren en idénticas circunstancias y distintas para los que se hallen en disímiles circunstancias. Principio de procedimiento Presunción administrativo. Las normas de procedimiento deben ser interpretadas en forma favorable a la admisión y decisión final de las pretensiones de los administrados. presume En que la los tramitación documentos del y declaraciones formulados por los administrados en la forma prescrita por esta Ley responden a la verdad de los hechos que ellos afirman. sentencia del Tribunal Constitucional del 19 de diciembre del 2003) Principio de Imparcialidad. siempre que dicha excusa no afecte derechos de terceros o el interés público. Principio de Conducta Procedimental. derechos. La razonabilidad cualitativa pondera el procesé discursivo o inferente que concluye con una regla simétrica o asimétrica de asignación de facultades. etc. de modo que sus derechos e intereses no sean afectados por la exigencia de aspectos formales que puedan ser subsanados dentro del procedimiento. La actividad administrativa debe sustentarse en la defensa de intereses que no corresponden a la autoridad o funcionario. según sean iguales o diferentes los hechos generados por las personas. los administrados. Las autoridades administrativas actúan sin ninguna clase de discriminación entre los administrados. La autoridad administrativa. la colaboración y la buena fe. no disminuyan las garantías del procedimiento. aun cuando no hayan 7 Universidad Peruana los Andes . la finalidad del acto que se privilegie sobre las formalidades no esenciales deberá ajustarse al marco normativo aplicable y su validez será una garantía de la finalidad pública que se busca satisfacer con la aplicación de este principio. En el procedimiento. Ninguna regulación del procedimiento administrativo puede interpretarse de modo tal que ampare alguna conducta contra la buena fe procesal. En todos los supuestos de aplicación de este principio. Principio de Celeridad. a fin de alcanzar una decisión en tiempo razonable. evitando aquéllas que generen retrasos innecesarios. establecimiento de condiciones desproporcionadas. para lo cual deberá adoptar todas las medidas probatorias necesarias autorizadas por la ley.Procedimientos Administrativos MANUAL AUTOINSTRUCTIVO guiados por el respeto mutuo. Principio de Eficacia. sobre aquellos formalismos cuya realización no incida en su validez. La eficacia es una calificación que sólo corresponde realizar a los administrados. Quienes participan en el procedimiento deben ajustar su actuación de tal modo que se dote al trámite de la máxima dinámica posible. No se debe permitir en el procedimiento administrativo retrasos desleales. no determinen aspectos importantes en la decisión final. Por este principio el funcionario público debe optar por alternativas que impliquen un lapso corto de tiempo. Principio de Verdad Material. ejercicio prematuro de una facultad administrativa. ni causen indefensión a los administrados. entre otros. en función a los resultados de la actuación administrativa. ejercicio de potestades exorbitantes. Los sujetos del procedimiento administrativo deben hacer prevalecer el cumplimiento de la finalidad del acto procedimental. sin que ello releve a las autoridades del respeto al Debido Procedimiento o vulnere el ordenamiento. la autoridad administrativa competente deberá verificar plenamente los hechos que sirven de motivo a sus decisiones. abuso de la facultad anulatoria o revocatoria. fijación de plazos incumplibles. evitando actuaciones procesales que dificulten su desenvolvimiento o constituyan meros formalismos. Principio de Simplicidad. 8 Universidad Peruana los Andes deberá basarse en criterios objetivos . el servicio de acceso a la información y la presentación de opinión. la autoridad administrativa está obligada a ejercer dicha facultad cuando si pronunciamiento pueda involucrar también al interés público. participación en Audiencias Públicas. sin expresión de causa. y participar en la prestación y control de los servicios públicos. y extender las posibilidades de participación de los administrados y de sus representantes en aquellas decisiones públicas que les puedan afectar. es decir. La Ley de Procedimientos Administrativos ha previsto mecanismos de participación de los administrados tales como: Acceso a la información general y específica que poseen las entidades. La autoridad administrativa deberá establecer requisitos similares para trámites similares. sin que ello signifique una sustitución del deber probatorio que corresponde a éstas Sin embargo. Toda diferenciación debidamente sustentados. obligación de la Administración de presentación de información pública en determinados períodos. En el caso de procedimiento trilaterales la autoridad administrativa está facultada a verificar por todos los medios disponibles la verdad de los hechos que le son propuestos por las partes. Es una manifestación de la democracia participativa. mediante cualquier sistema que permita la difusión. las vinculadas a la seguridad nacional o las que expresamente sean excluidas por ley.Procedimientos Administrativos MANUAL AUTOINSTRUCTIVO sido propuestas por los administrados o hayan acordado eximirse de ellas. se debe eliminar toda complejidad innecesaria. Las entidades deben brindar las condiciones necesarias a todos los administrados para acceder a la información que administren. Los trámites establecidos por la autoridad administrativa deberán ser sencillos. salvo aquellas que afectan la intimidad. presentación de opiniones a las autoridades. Principio de Participación. Principio de Uniformidad. los requisitos exigidos deberán ser racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir. garantizando que las excepciones a los principios generales no sean convertidas en la regla general. La autoridad administrativa se reserva el derecho de comprobar la veracidad de la información presentada. Por este principio el ciudadano puede anticipar la decisión de la Administración al contar con la información suficiente. 9 Universidad Peruana los Andes . completa y confiable sobre cada trámite. en la eficacia. Economía procesal. El pedido o reclamo se presenta en papel simple. Principio de Privilegio de Controles Posteriores. el cumplimiento de la normatividad sustantiva y aplica las sanciones pertinentes en caso de que la información presentada no sea veraz.MANUAL AUTOINSTRUCTIVO Procedimientos Administrativos Principio de Predictibilidad. excepcionalmente es permisible la oralidad. sin festinar ni demorar trámites. por ello no se aplica tasa alguna. Es escrito. Se funda en la simplificación. Se respeta el conducto regular y el orden jerárquico. documentos o actos administrativos que son esenciales para lograr la justa y oportuna solución del reclamo o petición. estas situaciones podrían acarrear nulidad y sanciones. pero debe ser ratificada por escrito en el más breve tiempo. de modo tal que a su inicio. La autoridad administrativa deberá brindar a los administrados o sus representantes información veraz. sin prescindir de trámites. acompañado de un cargo. en la objetividad y en la sencillez de sus trámites. en la celeridad. CARACTERÍSTICAS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Las características del procedimiento administrativo son: Es gratuito. salvo en los casos expresamente previstos por la Ley. El procedimiento administrativo es un servicio prestado por el Estado. el administrado pueda tener una conciencia bastante certera de cuál será el resultado final que se obtendrá. La tramitación de los procedimientos administrativos se sustentará en la aplicación de la fiscalización posterior. 5. es el articulo 2º de la Carta Magna. Su fundamento constitucional. es atribución fundamental del Poder Judicial. Prevalece el interés público sobre el interés particular. Salvo en la presentación de un recurso. Es tuitivo. en 10 Universidad Peruana los Andes . Es impugnable. Consiste en investigar la verdad de los hechos ocurridos. ELEMENTOS DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Los principales factores o elementos que deben considerarse en el procedimiento administrativo son: la Jurisdicción. 6. La iniciativa puede ser de parte o de oficio. 6. Los expedientes deben estar al alcance de los interesados. el Tiempo Jurídico – Administrativo y el Silencio Administrativo.Procedimientos Administrativos MANUAL AUTOINSTRUCTIVO Importancia de la verdad material. se puede recurrir al Poder Judicial mediante una acción contenciosa administrativa. Competencia. Es de carácter público. sin contarse con la mera formalidad o indicio que pudiera aflorar de algún medio probatorio. pero otros organismos del Estado.1 La Jurisdicción La Jurisdicción es la facultad o investidura legal que tiene una autoridad para juzgar y resolver un caso. un reclamo o un litio. Hay responsabilidad personal y administrativa de todos los funcionarios que intervienen en el procedimiento. bajo responsabilidad y pena de nulidad. Porque. El impulso procesal debe ser de oficio en todos sus trámites. con relación al reclamo. No es necesaria la intervención del abogado. La presentación de pruebas es limitada (instrumental. agotada la vía administrativa y no estando de acuerdo con la resolución emitida. antes de acudir a la vía judicial. Es recurrible a dos instancias administrativas. pericial e inspección). Porque protege y orienta al reclamante o peticionario. Impulso de oficio. Derecho de defensa en todas las instancias administrativas. y otras entidades de la 11 Universidad Peruana los Andes .son los instrumentos mediante los cuales se unifican y simplifican todos los procedimientos antes y trámites administrativos que se siguen los ministerios.Procedimientos Administrativos MANUAL AUTOINSTRUCTIVO determinadas circunstancias también pueden administrar justicia dentro de ciertas limitaciones. Acción. Se refiere a la entidad o al funcionario. SUNAT. funciones y decisiones estatales. Los elementos de la jurisdicción administrativa son: Conflictos. instituciones y organismos públicos. según FORTUNATO SANCHEZ RAMIREZ es “la potestad que reside en la Administración Pública. El funcionario competente es a quien la Ley otorga facultad para conocer asuntos expresamente determinados. Jurisdicción Administrativa. Intervención directa del Organismo Competente (Tribunal Administrativo) con facultad de juzgamiento. a través de sus reparticiones u órganos públicos. quienes deciden sobre las reclamaciones que dan ocasión a los Actos Administrativos. EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Los Textos Únicos de Procedimientos Administrativos –TUPA. o en los Funcionarios o cuerpos que representan al Poder Ejecutivo. CONSUCODE. La incompetencia puede declararse de oficio o a instancia de los interesados. al que corresponde intervenir o resolver en determinada situación o reclamo. en su caso. La competencia de un funcionario para conocer de un asunto administrativo es sumamente importante. Existencia de un interés personal o patrimonial.2 La Competencia Es la forma y las condiciones en que se administran las actividades. Ejemplo. porque puede decidir la nulidad o validez de un acto administrativo 7. salvo los casos de delegaciones. fundamento y aplicación de las normas legales pertinentes. en la Administración Pública tenemos a los Tribunales Administrativos de Aduanas. Fiscal. La competencia es irrenunciable y se ejerce por los órganos administrativos originarios. sustitución o revocación previstos por las disposiciones legales. 6. entre una persona natural o jurídica y el Estado. deberá comprender: Todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la entidad. En el caso de procedimientos de evaluación previa si el silencio administrativo aplicable es negativo o positivo. por la norma de máximo nivel de las autoridades regionales. etc. Gobiernos Regionales o Locales. La autoridad competente para resolver en cada instancia del procedimiento y los recursos a interponerse para acceder a ellas. Los formularios que sean empleados durante la tramitación del respectivo procedimiento administrativo. publicándose en las entidades en moneda de curso legal. ya sean dependientes del Gobierno Central. de acceder acuerdo a los a la normatividad que regula la acumulación de solicitudes. por Ordenanza Municipal.2 El Requisito de la Aprobación y Difusión del TUPA APROBACIÓN El Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por Decreto Supremo del sector. el cual deberá consignarse expresamente en el TUPA con indicación de la fecha de publicación en el Diario Oficial. Los supuestos en que procede el pago de derechos de tramitación. El monto de los derechos se expresará con relación a la UIT. Las vías de procedimientos recepción adecuadas contenidos en el para TUPA. presentación mediante correo certificado. o por Resolución del 12 Universidad Peruana los Andes .Procedimientos Administrativos MANUAL AUTOINSTRUCTIVO Administración Publica. 7. recepción documental. con indicación de su monto y forma de pago.1 Contenido Del TUPA El Texto Único de Procedimientos Administrativos. siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal. La calificación de cada procedimiento según corresponda entre procedimientos de evaluación previa o de aprobación automática. tal como lo dispone el artículo 47º de la Ley 27444. 7. Ley del Procedimiento Administrativo General. La descripción clara y taxativa de todos los requisitos exigidos para la realización completa de cada procedimiento. 8. de los que dará fe la autoridad judicial respectiva. sin embargo. PUBLICACIÓN Cada 2 (dos) años. En los carteles municipales impresos fijados en lugar visible y en locales municipales. Si el vencimiento es inhábil. En los portales electrónicos.MANUAL AUTOINSTRUCTIVO Procedimientos Administrativos Titular de organismo constitucionalmente autónomo. como presentar un documento o un recurso. según el nivel de gobierno respectivo. Por tanto se rige por el plazo que es el período en el que se puede realizar un acto dentro del procedimiento administrativo. las entidades están obligadas a publicar el íntegro del TUPA. Se publican en el diario oficial el Peruano en caso de las municipalidades distritales y provinciales del departamento de Lima y la provincia constitucional del Callao. entonces debe recaer sobre el 13 Universidad Peruana los Andes . en los lugares en que existan. o en otro medio que asegure de manera indubitable su publicidad. Los plazos se contarán siempre a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la notificación o publicación del acto que se trate. podrán hacerlo antes. bajo responsabilidad de su titular. En el proceso administrativo peruano se toman en cuenta los días hábiles. El plazo se computará a partir de la fecha de la última publicación del mismo. EL TIEMPO EN EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Es la duración de un hecho administrativo. salvo que expresamente se señalen meses o años calendarios. en los demás casos. cuando consideren que las modificaciones producidas en el mismo lo ameriten. En el diario encargado de las publicaciones judiciales de cada jurisdicción en el caso de las municipalidades distritales y provinciales de las ciudades que cuenten con tales publicaciones. ejerciendo el derecho reconocido en el. diligencias o informes que contengan información que puede afectar la intimidad personal o familiar y aquellas que expresamente excluya la ley por razones de seguridad nacional de acuerdo con lo establecido por el inciso 5) del articulo 200 de la Constitución y aquellas materias protegidas por el secreto bancario y la reserva tributaria. sus representantes o sus abogados tienen derecho de acceso al expediente en cualquier momento del trámite. por medio del cual cualquier administrado. salvo que la ley establezca trámites cuyo cumplimiento requieran una duración mayor. La otra forma es por EJERCICIO DEL DERECHO DE PETICIÓN. EL DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Como quedó establecido el procedimiento administrativo se puede iniciar de OFICIO. En suma la administración pública tiene no puede exceder de treinta días el plazo que transcurra desde que es iniciado el procedimiento administrativo de evaluación previa basta aquel en que sea dictada la resolución respectiva. conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe pronunciarse la Administración. 9. El derecho de petición permite presentar solicitudes por un interés particular y legitimo del administrado o por el interés general de la comunidad. articulo 2º inciso 20) de la Constitución. sin perjuicio de que los administrados propongan actuaciones probatorias. de forma individual o colectiva. 14 Universidad Peruana los Andes . en los que se incluye el primer y el último día. puede promover el inicio de un procedimiento. salvo aquellas actuaciones. INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO En esta etapa se realizan los actos de determinación. Estos actos son realizados de oficio por la autoridad que tramita el procedimiento. El cual configura el término el cual viene a ser los extremos del plazo. se presenta este supuesto cuando una autoridad superior dispone el inicio del procedimiento basándose en el cumplimiento de un deber legal o en mérito de una denuncia.Procedimientos Administrativos MANUAL AUTOINSTRUCTIVO primer día hábil siguiente. Los administrados. 10. INSTRUCCIÓN DE LA PRUEBA La carga de la prueba se rige por el principio de impulso de oficio. testigos y peritos. Debe señalarse que no todos los procedimientos administrativos están sometidos a instrucción de pruebas. y sólo podrá rechazar aquellos medios probatorios ofrecidos por el administrado que resulten impertinentes o innecesarios. 15 Universidad Peruana los Andes . sino solo la verificación de la presentación documentaria que presentan los interesados en los procedimientos simplificados de la Administración. lo cual en modo alguno impide el ejercicio del privilegio del control concurrente y del control posterior de la actuaciones de la Administración a cargo de ella misma. por cuanto al tratarse en su mayoría de procedimientos de aprobación automática que van aparejados de los requisitos que establece el TUPA institucional no requieren evaluación probatoria. Los medios probatorios contemplados en la Ley de Procedimientos Administrativos son los siguientes: los antecedentes y documentos. debe reservarse el nombre de instrucción para referirse al conjunto de actuaciones cuya finalidad es la de aportar al órgano premunido de la facultad decisoria de los elementos necesarios para la emisión de un acto administrativo motivado y fundamentado en derecho.MANUAL AUTOINSTRUCTIVO Procedimientos Administrativos 11. La entidad administrativa dispondrá la actuación de los medios probatorios. informes y dictámenes. en consecuencia la instrucción de la prueba consistirá en disponerse por parte del instructor del procedimiento la actuación de oficio de todos aquellos medios probatorios que a su juicio resulten pertinentes para establecer la verdad material. En ese sentido ocuparnos de la instrucción de la prueba no es lo mismo a referirse a la actividad probatoria del procedimiento administrativo. consulta de documentos y actas y práctica de inspecciones. y corresponde a los administrados aportar pruebas. a ofrecer y producir pruebas y a obtener una decisión motivada y fundada en derecho” Las alegaciones pueden producirse en cualquier momento durante la tramitación del procedimiento administrativo. que comprende el derecho a exponer sus argumentos. copias fedateadas. informes en los casos que sean necesarios para el esclarecimiento de determinados temas. convocatoria a audiencias y otros que serán motivo de un estudio especial que abordaremos más adelante en el desarrollo de las siguientes unidades didácticas al referirnos a la actividad probatoria. Las alegaciones son un derecho de administrado dentro del procedimiento administrativo y se desprende del derecho al debido procedimiento consagrado en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 cuando establece en el numeral 1.2 que “Los administrados gozan de todos los derechos y garantías inherentes al debido procedimiento administrativo. En los procedimientos administrativos sancionadores. inspecciones para el caso de verificar las denuncias. en cuyo caso corresponde instruir el procedimiento para disponer de oficio vía requerimiento la presentación de documentos complementarios que puedan crear certidumbre en el caso materia de estudio. 11.Procedimientos Administrativos MANUAL AUTOINSTRUCTIVO Puede darse el caso de que los documentos presentados por los administrados presentes defectos o sean insuficientes. y esto motiva un pronunciamiento sobre y todos los puntos planteados al momento de resolver.1 Alegaciones Procesales Se denominan alegaciones a la presentación de argumentaciones con la finalidad de evaluar el contenido de las actuaciones de la Administración o con la finalidad de presentar un descargo. sino que forma parte de una de las prerrogativas de los administrados. como estudiaremos más adelante. se dicta resolución sólo habiéndole 16 Universidad Peruana los Andes . tal como dispone el artículo 160 y 161º de la Ley Nº 27444. o en caso de actos de gravamen para el administrado. la misma que no es un privilegio exclusivo de la Administración. como lo es la presentación de las vigencias de mandato en el caso de los representantes de las personas jurídicas. b) Durante la actuación probatoria. Decidida la iniciación del procedimiento sancionador.. 11. en los fundamentos de su decisión. tal como podemos leer del artículo 235º de la Ley Nº 27444 cuyo numerales 3 y 4. la existencia de responsabilidad susceptible de sanción”. La Ley establece que debe notificarse al administrado para la presentación de descargos. así Artículo 184º de la Ley 27444 dispone: Las informaciones y opiniones manifestadas durante la audiencia pública.2 Momento para la Presentación de Alegaciones a) Luego de iniciarse el procedimiento sancionador. Vencido dicho plazo y con el respectivo descargo o sin él. y poseen carácter consultivo y no vinculante para la entidad. en su caso. las razones para su desestimación. 17 Universidad Peruana los Andes . la que debe contener los datos a que se refiere el numeral 3 del artículo precedente para que presente sus descargos por escrito en un plazo que no podrá ser inferior a cinco días hábiles contados a partir de la fecha de notificación” y “4. en su caso. recabando los datos e informaciones que sean relevantes para determinar. la autoridad que instruye el procedimiento realizará de oficio todas las actuaciones necesarias para el examen de los hechos.Procedimientos Administrativos MANUAL AUTOINSTRUCTIVO otorgado un plazo perentorio no menor de cinco días para presentar sus alegatos o las correspondientes pruebas de descargo. reproducimos textualmente: “3. En este caso estamos refiriéndonos a los descargos. de qué manera ha tomado en cuenta las opiniones de la ciudadanía y.En este caso nos referimos al derecho de los administrados a efectuar sus críticas o evaluación de los medios de prueba actuados dentro del procedimiento administrativo. son registradas sin generar debate. la autoridad instructora del procedimiento formula la respectiva notificación de cargo al posible sancionado. La autoridad instructora debe explicitar. c) En las Oficinas de Correos mediante correo certificado d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares en el extranjero. citándose el precepto infringido. Al ejercicio responsable del derecho de formular análisis. 18 Universidad Peruana los Andes . Ésta debe ser resuelta en el término de tres días.También pueden formularse alegaciones durante las informaciones públicas cuando se aprecie la participación de terceros no determinados o cuando deban aprobarse normas que puedan afectar los intereses de los ciudadanos para resolver acerca del otorgamiento de licencias o autorizaciones para ejercer actividades de interés general. Se pretende que se corrija la desidia o negligencia de los servidores públicos. o incluso tratándose de cualquier cargo cuando se exija como condición expresa poseer conducta intachable o cualquier circunstancia análoga. e) En las autoridades políticas del Ministerio del Interior Para una mejor comprensión de los alcances del presente tema reproduciré el texto de la parte pertinente de la Ley del Procedimiento Administrativo General. 11. b) Ante cualquier órgano administrativo de la Administración. críticas o a cuestionar las decisiones y actuaciones de las entidades. y para designar funcionarios en cargos principales de las entidades. la ley Nº 27444 establece en el artículo 119 que pueden presentarse en: a) Ante los órganos a los que se dirijan. Requisitos de lugar y tiempo.MANUAL AUTOINSTRUCTIVO Procedimientos Administrativos c) Durante la información pública.. d) Al concluir el procedimiento administrativo y antes de la emisión de la resolución. Respecto al lugar de presentación de las solicitudes.3 LA QUEJA Constituye el derecho a reclamar contra la conducta irregular de la autoridad que esté tramitando el procedimiento. La queja se interpone ante el superior jerárquico de la autoridad o funcionario que tenga a su cargo la tramitación de la causa. y la principal exigencia que deben observar es la congruencia con el pedido del interesado.1 Resoluciones que se Pronuncian sobre el Fondo del Asunto Las resoluciones que ponen fin al procedimiento son la forma normal de dar por concluido un procedimiento administrativo. Si se declara fundada la queja. El silencio que nos interesa es el Silencio Administrativo que produce efectos jurídicos. El sonido Shist es una ampliación fonética de la S y significa callarse. c) Que no observe los plazos previstos en la Ley para la tramitación del procedimiento 12. FIN DEL PROCEDIMIENTO Debemos considerar tanto las formas regulares como aquellas calificadas como especiales. interpretativa en del nuestro silencio Derecho y era verdaderamente cuando se reconocía el derecho de acudir a los Tribunales 19 Universidad Peruana los Andes . Tiene cierto onomatopeísmo. el superior podrá disponer que otro funcionario de igual jerarquía asuma el conocimiento del asunto. Pero no sólo se guarda silencio con la abstención de hablar. Esta institución surgió como consecuencia de la necesidad de salvaguardar los derechos e intereses de los administrados ante la Administración Administrativo no había Pública. sino también evitando actitudes o gestos reveladores que trasunten el pensamiento del individuo (HUMBERTO NÚÑEZ BORJA). por las siguientes razones: a) Que esté tramitando defectuosamente el procedimiento. sino el derecho a reclamar contra la conducta del agente individual. b) Que lo paralice injustificadamente. Dentro de nuestro ordenamiento se han regulado las siguientes: 12. viene de Silentun y éste de sileo. 12. no hablar. norma En efecto. No constituye un recurso. sin que en ningún caso pueda agravar la situación inicial y sin perjuicio de la potestad de la administración de iniciar de oficio un nuevo procedimiento.2 Silencio Administrativo El vocablo Silencio.Procedimientos Administrativos MANUAL AUTOINSTRUCTIVO previo informe escrito del funcionario a que se refiere la queja. Es una técnica procesal que persigue que los administrados no tengan que tolerar una inacción prolongada en la administración de los procesos. dos elementos que permiten interpretar el silencio de la administración: • Que la administración tenga la obligación de pronunciarse. puesto que dentro de un procedimiento administrativo. “El Silencio Administrativo suele ser conceptuado con términos más o menos similares. “Hay silencio administrativo en general cuando una autoridad administrativa no resuelve expresamente una petición. quejas. Es ilegal. El Silencio Administrativo es la paralización. que le pueden ser planteados”. En nuestro ordenamiento jurídico se presenta ambivalente. o como consecuencia del 20 Universidad Peruana los Andes . Existirá silencio administrativo cuando la Administración no responde a las consultas. reclamaciones. recursos. motivado por el funcionario competente. petición o recurso. • Que transcurra un plazo determinado sin que la autoridad resuelva o se pronuncie. por su negligencia o por malicia. reclamación o recurso interpuesto por un particular” (GARRIDO FALLA). GUSTAVO BACACORZO lo llama denegatoria ficta por sus evidentes consecuencias. Todas las definiciones convergen en citar la naturaleza jurídica como una presunción legal establecida para los casos del silencio de la autoridad ante quien ha sido presentado un reclamo. sugerencias. peticiones. El Silencio Administrativo puede ser legal o ilegal. para lo cual se considera que a falta del pronunciamiento de esta. Se le conoce también como inactividad formal de la Administración.Procedimientos Administrativos MANUAL AUTOINSTRUCTIVO Ordinarios para interponer un recurso impugnativo. surtirá efectos. Es legal. cuando es motivado por el reclamo por razón de su abstención y abandono. previo agotamiento de la vía administrativa. (RAFAEL ENTRENA CUESTA). por lo tanto. se encuentra. demora o interrupción ocurrida en un proceso administrativo. Los procedimientos de evaluación previa administrativo negativo. la administración mantiene la obligación de resolver. pero sólo para estos concretos fines y en beneficio del particular únicamente. Aun cuando opere el silencio administrativo negativo. Si al vencimiento del plazo para resolver un asunto controvertido no se ha dictado la resolución administrativa. a efectos de interponer el recurso administrativo jerárquico que corresponda o la demanda judicial. no obstante existir el deber de hacerlo.Procedimientos Administrativos MANUAL AUTOINSTRUCTIVO ejercicio del derecho de petición. Silencio Administrativo Negativo La atribución de un valor negativo o desestimatorio del silencio o inacción formal de la Administración tiene un origen y una funcionalidad muy concreta. tiene un carácter pro administrado: cuando se aplica esta institución no es posible establecer cargas en el particular. bajo responsabilidad. no se obtiene un pronunciamiento o contestación de la Administración. el silencio administrativo puede ser de dos tipos: A. hasta que se le notifique que el asunto ha sido sometido a conocimiento de una autoridad jurisdiccional de administrado haya hecho uso de los recursos respectivos. En ese sentido. Es decir: la realización de un acto administrativo ficto de efectos denegatorios que permite abrir la vía del recurso contencioso administrativo sustituye al acto expreso. GARCIA ENTERPJA define esta institución como una ficción de efectos estrictamente procesales y limitados. de darse el caso. Un sector de la doctrina sostiene que el silencio administrativo es una institución creada para permitir el ejercicio de derechos del administrado. el administrado ha de entender que su petición ha sido denegada. Así. son los siguientes: 21 Universidad Peruana los Andes sometidos a silencio . cuyo único error es haber presentado un pedido o recurso ante una entidad administrativa negligente en el cumplimiento de sus plazos. incidiendo en la salud. b) Cuando cuestionen otros actos administrativos anteriores. A. e) Los procedimientos de inscripción registral. el mercado de valores. equivalente a una autorización o aprobación expresa. Los procedimientos administrativos sujetos al silencio administrativo positivo quedarán automáticamente aprobados en los términos en que fueron solicitados.Procedimientos Administrativos MANUAL AUTOINSTRUCTIVO a) Cuando verse sobre asuntos de interés público. si transcurrido el plazo establecido o el máximo la entidad no hubiera comunicado al administrado su pronunciamiento. f) Cuando la ley o el TUPA lo disponga. Los procedimientos de evaluación previa sujetos a silencio positivo. correspondiente debe señalar en qué casos los efectos son negativos o positivos. De cualquier manera la ley. 22 Universidad Peruana los Andes . b) Recursos destinados a cuestionar la desestimación de una solicitud cuando el particular haya optado por la aplicación del silencio administrativo negativo. Se considera como un verdadero acto administrativo. Al establecerse una especie de acto administrativo ficto aprobatorio. recursos naturales. salvo que se transfiera facultades de la administración pública o que habilite para realizar actividades que se agoten instantáneamente en su ejercicio. c) Cuando sean procedimientos trilaterales d) Cuando generen obligación de dar o hacer a cargo del Estado. la seguridad ciudadana. el sistema financiero y de seguros. Silencio Administrativo Positivo En este caso se considera como aprobado el pedido o reclamo que se ha formulado. se permite al particular el ejercicio del derecho invocado. son los siguientes: a) Solicitudes que habiliten derechos preexistentes. medio ambiente. la defensa nacional y el patrimonio histórico cultural de la nación. ciudadanas. En una sociedad organizada los ciudadanos actúan en ejercicio de los diversos derechos que les corresponden. el desistimiento de la pretensión impedirá la promoción de otro procedimiento con el mismo objeto y causa. licencia y autorización). e) Otros casos que la ley establece. con reglamentaciones diversas. entre otras. aquél que pretenda instalar una radio tendrá que contar con tres tipos de derechos (permiso. seguidos antes distintos niveles de Gobierno y 23 Universidad Peruana los Andes . Y precisamente para llegar a la obtención de estos. culturales. pero no impide que se vuelva a plantear la pretensión en otro procedimiento. y en no pocas ocasiones. deben acudir a la Administración o Administraciones Públicas para que estas les otorguen o reconozcan otros derechos necesarios para el desarrollo de actividades económicas. El desistimiento sólo afecta a quienes lo hubieran formulado. la licencia municipal de funcionamiento. de diversa índole. Si bien todos estos son procedimientos administrativos. En cambio. De no precisarse se presume que es un desistimiento del procedimiento se puede realizar antes de que se notifique la resolución final en la instancia. Restaurant deberá obtener. 12. por lo El ciudadano que desee abrir un menos. d) Los no sujetos a silencio administrativo negativo.Procedimientos Administrativos MANUAL AUTOINSTRUCTIVO c) Cuando la decisión final no pueda repercutir directamente en administrados distintos del peticionario. aquella empresa que quiera iniciar el negocio de la prestación de un servicio público deberá participar de un proceso de selección y firmar un contrato de concesión. podrá hacerse por cualquier medio que permita su constancia y debe indicarse expresamente si se trata de un desistimiento del procedimiento o de la pretensión.3 Desistimiento del Procedimiento y le la Pretensión El desistimiento del procedimiento importa la culminación del mismo. los ciudadanos deben seguir un procedimiento administrativo. que desean realizar. políticas. emitida por una autoridad administrativa. Identificar los principales argumentos y decisiones. 5) ¿Qué es y que debe contener el TUPA? 6) ¿Qué es el Silencio Administrativo Negativo y en que procedimientos opera? 7) ¿Qué. es el Silencio Administrativo Positivo y en que casos opera? 8) Señale las formas por el cual se ponen fin al procedimiento administrativo. Realice un resumen respecto a la Ley Nº 29060.Procedimientos Administrativos MANUAL AUTOINSTRUCTIVO diversos organismos públicos. 1) ¿Cuál es la importancia que puede tener el procedimiento administrativo dentro de la función pública?. 2) ¿Señale los principios que lo deben guiar el diseño y la ejecución de los procedimientos administrativos? 3) ¿A que se refiere el Principio de Impulso de Oficio? 4) Describa y clasifique los procedimientos de aprobación automática y los de evaluación previa. pero cierto es también. 24 Universidad Peruana los Andes . Ley N° 27444. presente un análisis respecto al pronunciamiento del Tribunal Constitucional sobre el Cumplimiento del Debido Proceso en sede Administrativa. que se encuentran vertebrados por ciertos principios e instituciones que se esbozarán con el estudio de la Ley del Procedimiento Administrativo General. En consideración al tema tratado. Redacte un escrito por el cual presenta alegaciones (descargo) aún procedimiento sancionador. la suplencia y su avocamiento. trataremos sobre los sujetos del procedimiento administrativo. 25 Universidad Peruana los Andes . En la próxima unidad.MANUAL AUTOINSTRUCTIVO Procedimientos Administrativos EL DEBIDO PROCESO ADMINISTRATIVO CONSISTE EN QUE LOS ACTOS Y ACTUACIONES DE LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS DEBEN AJUSTARSE NO SÓLO AL ORDENAMIENTO JURÍDICO LEGAL SINO A LOS PRECEPTOS CONSTITUCIONALES. los casos de abstención e inhibición. asimismo se tratará las competencias de la Administración Pública. su clasificación e identificación de sus derechos y obligaciones.