1CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES 2 CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES 3 José Antonio Zepeda L. Secretario General Consejo Editorial Comité Ejecutivo Nacional CGTEN – ANDEN Jorge Alberto Díaz López Roger Benito Acevedo Jiménez Brígida Rivera Rodríguez Leslie Jiménez Gómez Antonia del C. Vílchez Salinas María Haydee Hernández H. Gloria A. Aguirre Mendieta Alba Rosa Téllez Lirios Darling Ramona Solís. Pedro Cortedano Palma. Antonio Ortiz Pineda Manuel Sebastian Mendieta Martínez Arlen Regina Pérez G. Coordinadora Guillermo Roblero Colaborador Marlon Gaitán Diseño y Diagramación Dirección: Costado Norte del parque las Madres, Managua, Nicaragua. Telefono: 2266-1471 Fax: 2266-2871 Apartado Postal: No 413 Email: [email protected] Web: www.cgten-anden.org.ni CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES Confederación General de Trabajadores de la Educación de Nicaragua. Secretaria General. Director de Asesoría Legal del Ministerio de Educación. Rosalía Ríos.4 CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES ENERO 2010 – ENERO 2012 CAPÍTULO I INTRODUCCIÓN Nosotros.ANDEN). Claudio Gaitán Espinoza. Directora General de Recursos Humanos y por parte de las Organizaciones Sindicales de los trabajadores de la Educación: José Antonio Zepeda. Manuela Josefa Marín Aragón. Secretaria General. Secretaria General Federación de Trabajadores de la Educación Profesor “Emmanuel Mongalo y Rubio”. Secretaria General Federación de Trabajadores y Docentes 29 de Junio del MEC. por parte del Ministerio de Educación (MINED). Confederación Sindical de Trabajadores de la Educación (CSTE). Sindicato de Trabajadores Autónomo de la Educación “Miguel Bonilla Obando”. Secretario General. justas y equitativas para CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES . Federación de Maestros “Lolita Soriano de Guerrero”. Luvy García Castellón. Licenciada Martha Betania Fonseca Collado. Julio César Padilla Rivas. Secretaria General. Sindicato de Trabajadores Miguel Ramírez Goyena. Elena Margarita Rivera. Confederación Nicaragüense de Trabajadores de la Educación y la Cultura. Secretario General. Sindicato de Trabajadores de la Sede Central del MECD. Confederación Sindical de Profesores de Nicaragua. Juan Francisco Carvajal Osejo. Seguros de la necesidad de mantener la armonía en las relaciones entre los trabajadores de la educación y el Ministerio de Educación. Secretario General. Ministro de Educación. Sindicato Trabajadores Autonomía Escolar. Secretario General.(CGTEN. (CONFENITEC). Francisco José Avilés. Denia Olivares Hernández. Licenciado Hector Mario Serrano Guillén. Juana del Carmen Gaitán. Secretario General. animados por las mejores intenciones para asegurar la estabilidad de las condiciones socioeconómicas y lograr para ellos condiciones generales de trabajo satisfactorias. Miguel De Castilla Urbina.. Secretaria General. 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).). EMPLEADOR: Es la persona natural o jurídica que contrata la prestación de servicio o la ejecución de una obra a cambio de una remuneración (Arto. en la Sala de Conferencias del Despacho del Ministro de Educación. hemos convenido en celebrar el presente Convenio Colectivo.). 235 C. inscrito en el Libro de Registro de Asociaciones Sindicales del Ministerio del Trabajo (Arto. CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES 5 .). entre la Institución y las organizaciones de los trabajadores con Personalidad Jurídica (Arto.mantener el normal desenvolvimiento del MINED. CONVENCIÓN COLECTIVA: Es el acuerdo concertado por escrito. se obliga con otra persona natural o jurídica denominada empleador a una relación de trabajo (Arto.). articulo 235 del Código del Trabajo y Convenio No. T. 6 C. 8 C. CAPÍTULO II DEFINICIONES Para efectos del presente Convenio Colectivo se utilizarán las definiciones siguientes: INSTITUCIÓN: Ministerio de Educación. el cual fue negociado por las partes. Federaciones y Sindicatos legalmente constituidas por los trabajadores de la Institución con personería jurídica propia. legalmente registrada en el Ministerio del Trabajo. temporal o permanente. individual o colectiva. ORGANIZACIONES SINDICALES: Son las Confederaciones. T. TRABAJADOR: Persona Natural que en forma verbal o escrita. actuando de conformidad con lo establecido en el articulo 88 de la Constitución Política de la Republica de Nicaragua. T. expresa o presunta. 203 C. T. SINDICATO: Asociación de trabajadores o empleadores constituida para la representación y defensa de sus intereses. 6 NÚCLEO FAMILIAR: Conjunto de personas de una sola estirpe. ATENCIÓN MÉDICA INTEGRAL A ENFERMEDADES INCURABLES EN FASE TEMPRANA. ATENCIÓN EN SALUD: Son los servicios y beneficios relacionados con la salud que reciben los trabajadores de la Institución por efecto de la presente Convención Colectiva. CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES . • Suministro de medicamentos y material de reposición periódica. las que se adjuntaran como adendum al presente convenio colectivo. • Hospitalización. NORMAS DE PROCEDIMIENTO: Las normas de procedimiento para gestionar los beneficios del convenio colectivo. • Exámenes por imágenes. cónyuge. Comprende: • Atención médica General y Especializada. ATENCIÓN MÉDICA DIRECTA: Comprende: consulta por médico general o especialista y/o consulta médica especializada en la Clínica de la Sede Central del MINED a los beneficiarios no cubiertos por el INSS. • Exámenes clínicos. • Cirugías. • Odontología. hijos e hijas menores de edad del trabajador o trabajadora. atención médica integral a enfermedades incurables en fase temprana. avanzada o terminal. ATENCIÓN MÉDICA: Comprende: atención médica directa. así mismo como atención psicológica. AVANZADA O TERMINAL: Comprende: la atención a estos casos en diferentes fases por médico especialista. serán establecidas conforme las normas administrativas financieras del MINED. comprende: padre. madre. • Materiales complementarios de medicina especializada. brindándoles los medicamentos necesarios y seguimiento a los procesos terapéuticos médico – quirúrgicos. Mantener una comunicación directa. los beneficios reflejados en el presente Convenio Colectivo. De igual forma el MINED reconocerá. a las organizaciones sindicales de trabajadores de esta Institución que en el futuro se constituyan y registren legalmente en el Ministerio del Trabajo. de acuerdo a su ámbito territorial. las partes acordamos que en la Institución a partir de la suscripción del presente Convenio Colectivo. reconoce como representantes legítimos de los intereses económicos. 3. Por todo lo anterior expuesto. dentro de una relación armónica y respetuosa entre el trabajador – empleador. regirán las condiciones generales contenidas en las cláusulas siguientes: CAPÍTULO IV DE LAS CLÁUSULAS INTRODUCTORIAS CLÁUSULA No.Agotar todas las vías necesarias para solucionar cualquier tipo de conflicto mediante el dialogo y el respeto mutuo. En consecuencia el MINED se compromete a resolver los conflictos CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES . franca y eficaz entre los trabajadores y la Institución. para garantizar el desarrollo de la Educación y el derecho de la misma a los educandos. 4. 1: RECONOCIMIENTO MUTUO El MINED. como un compromiso de ambas partes. sociales y laborales de los trabajadores de la educación afiliados a las organizaciones sindicales de los trabajadores del MINED que tengan su Junta Directiva legalmente registrada y constituida en el Ministerio del Trabajo. 2.CAPÍTULO III OBJETIVOS 7 1.Garantizar a los trabajadores de la Institución. la estabilidad laboral y el cumplimiento de las normas legales.Aunar esfuerzos para lograr una mayor eficiencia y disciplina en función de la superación y capacitación debida. CLÁUSULA No. 5: ASAMBLEAS EVALUATIVAS El MINED y las Organizaciones Sindicales acuerdan. en CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES . ubicados en los centros de estudios públicos estatales. las que tomará en cuenta para la definición del mismo. departamentales y sede central. solicitará a las organizaciones de los trabajadores de la educación que tengan su Junta Directiva Sindical legalmente registrada (vigente) en el Ministerio del Trabajo. centros de estudio subvencionados. CLÁUSULA No. En el mes de enero el MINED hará entrega de diez (10) ejemplares del correspondiente Calendario Escolar del año en curso. a cada Organización Sindical. Por su parte las organizaciones sindicales de los trabajadores del MINED reconocen que corresponde al MINED. supervisión y financiamiento de la educación en los niveles que le corresponde de conformidad con las facultades que le otorgan las leyes y sin más limitaciones que las establecidas en las mismas. las sugerencias al respecto. 2: ÁMBITO DE APLICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO La aplicación del presente Convenio Colectivo cubre a todos los trabajadores y trabajadoras del MINED. administración. organización. CLÁUSULA No.8 colectivos e individuales con dichas organizaciones en el ámbito de representación de cada una de ellas. 3: CALENDARIO ESCOLAR El MINED un mes antes de la elaboración del Calendario Escolar. la dirección. 4: ESTABILIDAD LABORAL El MINED garantizará plenamente la estabilidad en su puesto de trabajo a los trabajadores de la educación y proceder de conformidad con las leyes laborales correspondientes y el presente Convenio Colectivo. delegaciones municipales. CLÁUSULA No. podrá integrarse a la Comisión Bipartita según su ámbito territorial. Dichas comisiones estarán integradas por dos miembros del MINED. control. reunirse trimestralmente con los delegados departamentales. Cualquier otra organización que se constituya con posterioridad a la firma de este convenio. CLÁUSULA No. acuerdan a partir de la firma del presente instrumento. El quórum requerido será la mitad más uno de sus miembros. constituirse en Comisión Nacional Bipartita para la coordinación. La Comisión Nacional Bipartita estará integrada por cuatro miembros del MINED y un miembro de cada una de las organizaciones sindicales que sean signatarias o suscriptoras del presente convenio. formar Comisiones Bipartitas a nivel departamental y municipal para la ejecución del presente Convenio Colectivo durante la vigencia del mismo. 7: COMISIONES BIPARTITAS DEPARTAMENTALES Y MUNICIPALES El MINED y las organizaciones sindicales. Esta Comisión se reunirá en la tercera semana de cada mes o cuando sea necesario previo acuerdo de las partes. 6: COMISIÓN NACIONAL BIPARTITA El MINED y las organizaciones sindicales suscriptoras del presente Convenio Colectivo acuerdan a partir de la firma del presente instrumento. Los acuerdos de la Comisión se tomarán por mayoría absoluta.coordinación con las autoridades superiores de la Institución. normas y procedimientos del presente Convenio Colectivo. y un miembro de cada organización sindical existente en cada ámbito territorial. seguimiento y aseguramiento de los derechos. para analizar y buscar soluciones a la problemática socio-laboral de los trabajadores y trabajadoras de la educación. las que se reunirán mensualmente o CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES 9 . CLÁUSULA No. CLÁUSULA No. Los Sindicatos que tengan ámbito municipal y que a su vez se hayan fusionado en una Federación Municipal no podrán formar parte de la Comisión Bipartita Municipal. Federaciones y Confederaciones registradas en el Ministerio del Trabajo. la administración facilitará locales previa solicitud al director o responsable del centro o a la administración CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES . Los acuerdos de la comisión se tomarán por mayoría absoluta. CLÁUSULA No. en cuyo caso la Federación que los aglutina asumirá la representación de los Sindicatos en las mismas. CLÁUSULA No. acuerdan constituir la Comisión Bipartita de la Sede Central. 9: FUERO SINDICAL El MINED respetará el fuero sindical para los nueve primeros miembros y cuatro seccionales nombrados por la Junta Directiva y/o Comité Ejecutivo de los Sindicatos.10 cuando sea necesario a partir de la suscripción del presente Convenio Colectivo. 10: LOCALES PARA LAS REUNIONES DE LOS SINDICATOS DE LA EDUCACIÓN El MINED facilitará a las organizaciones sindicales. El quórum requerido será la mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos de la Comisión se tomarán por mayoría absoluta. el uso de los centros de estudio para reuniones. El quórum requerido será la mitad más uno de sus miembros. delegaciones departamentales y municipales. Dicha Comisión estará integrada por dos miembros del MINED y un miembro de cada una de las organizaciones sindicales cuyo ámbito territorial sea la sede central. para la ejecución del mismo durante su vigencia. En el caso de la Sede Central. asambleas y actividades sindicales. 8: COMISIÓN BIPARTITA DE LA SEDE CENTRAL La Institución y las organizaciones sindicales suscriptoras del presente convenio. así mismo se compromete a entregar mensualmente la colilla del cheque fiscal a los trabajadores que se pagan CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES . El MINED garantizará el pago de salarios de los nuevos nombramientos de los trabajadores cuando no aparezcan en la nómina. CLÁUSULA No. Por su parte las organizaciones sindicales se comprometen a entregar el local en las mismas condiciones en que los recibieron. conforme a la Ley de Carrera Docente y Ley de Carrera Civil y Servicio Administrativo. puntaje. Este monto será entregado a la organización sindical respectiva. de conformidad con lo estipulado en la Constitución Política y leyes laborales. El salario será entregado en los centros de trabajo y debe contemplar los diferentes componentes: Salario Básico. Se exceptúan el uso de las oficinas administrativas. con cuarenta y ocho horas de anticipación. CLÁUSULA No. CLÁUSULA No. Los trabajadores autorizarán por escrito para que se les deduzca de la nómina. 12: DEDUCCIÓN DE LAS CUOTAS SINDICALES El MINED garantizará a través de la nómina fiscal. zonaje cuando lo amerite. El MINED entregará mensualmente el comprobante de Derecho del INSS a cada trabajador en los centros educativos públicos y subvencionados.de la Sede Central. salvo en aquellos casos en que las condiciones físicas lo permitan. 11: LIBERTAD SINDICAL 11 El MINED respetará el derecho al ejercicio a la libertad sindical y autonomía sindical. Dichos locales serán facilitados los días y horas no laborales. las deducciones de los aportes económicos en concepto de cuota sindical de los afiliados a las organizaciones sindicales. Así mismo los incorporará en la nómina. así mismo deberá expresarse las deducciones en el correspondiente comprobante de pago que se entregará al trabajador. 13: PAGO DE SALARIO El MINED garantizará el salario de los trabajadores a más tardar el diecisiete de cada mes. 000. La Institución se compromete a realizar únicamente las deducciones establecidas por la ley (Arto.250. garantizará que no habrá retención de salarios. estímulos o cualquier complemento de salario que reciba el trabajador por ningún motivo. CPF. 14: MONTO DEL CONVENIO COLECTIVO El MINED y las organizaciones sindicales suscriptoras del presente Convenio Colectivo negocian las cláusulas económicas en base al monto de C$83. Este reconocimiento económico a la labor docente beneficiará a 250 educadores al año. CAPÍTULO V DE LAS CLÁUSULAS ECONÓMICAS CLÁUSULA No. conductores) que se jubilen o sean declarados con invalidez total permanente. salvo autorización de él mismo o por orden judicial.00 (Doscientos setenta mil córdobas netos) para dar cobertura a 135 trabajadores administrativos (Secretarias. Al mismo tiempo y con la misma modalidad se destinan C$270.00 (Ochenta y tres millones novecientos setenta y siete mil ochocientos cuarenta y dos córdobas netos) aprobados al MINED en la Ley Anual del Presupuesto General de la Republica 2010.00 (Dos mil córdobas netos).977. La ayuda para estos trabajadores y trabajadoras administrativos será de C$ 2.). CLÁUSULA No. bonos.00 (Cinco mil córdobas netos). conserjes.000.000.00 (Un millón doscientos cincuenta mil córdobas netos) en el presupuesto para brindar un reconocimiento económico por una sola vez a los y las docentes que se jubilen o sean declarados con invalidez total y permanente. 88 C. 15: AYUDA A LOS TRABAJADORES JUBILADOS DEL MINED El MINED garantizará una partida presupuestaria de C$1. La cantidad a recibir por docente será hasta de C$5.842.12 en esta modalidad. Así mismo. T.000. Estos beneficios se tramitarán a través de la Oficina de Relaciones CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES . 00 (Diecisiete millones novecientos cincuenta mil córdobas netos). 6. atención médica en la Clínica de la Sede Central y exámenes especiales). exámenes de laboratorios clínicos). trabajadora y su núcleo familiar.000.770.000.00 (Tres mil córdobas netos) por persona.Exámenes por imágenes.950.Atención Medica Integral a enfermedades incurables. 4. 2. y CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES . 7. fondos que serán destinados para ayuda médica especializada para el trabajador.795. suministro de medicamentos.Laborales de la División de Recursos Humanos de la Sede Central. C$ 15.00) (Un millón setecientos noventa y cinco mil córdobas netos) para la atención odontológica de los trabajadores y trabajadoras (prótesis dentales.Atención Quirúrgica.000. La ayuda máxima será de C$3.00 (Quince millones cuatrocientos treinta y siete mil córdobas netos) para atender a trabajadores y su núcleo familiar. 2.El 60% (C$ 10.Atenciones médicas complementarias (hospitalizaciones. endodoncia.00) (Diez millones setecientos setenta mil córdobas netos) para atención por los servicios médicos especializados y atenciones médicas complementarias. Este monto se distribuirá de la forma siguiente: 1.000. previa presentación de documentos requeridos. 16: AYUDA MÉDICA ESPECIALIZADA PARA TRABAJADORES DEL MINED Y SU NÚCLEO FAMILIAR 13 El MINED garantizará la cantidad de C$17.000. Los servicios que el trabajador o trabajadora pueden obtener mediante esta cláusula son los siguientes: 1. CLÁUSULA No.El 10 % (C$1. 3.Servicios Médicos Especializados (atención por médicos especialistas.Atención odontológica. 5. distribuidos de la siguiente manera: A.437.Materiales complementarios de medicina especializada. 3.00) (Un millón setecientos noventa y cinco mil córdobas netos) para atenciones quirúrgicas (cirugías).000.00) (Un millón setecientos noventa y cinco mil córdobas netos) para casos urgentes. 4 y 5 de la presente cláusula se destinarán del monto total de cada partida. La ayuda por persona será en dependencia del caso.000. En caso que el trabajador haya agotado su cuota se le dará ayuda adicional solamente que su caso esté clasificado como suma urgencia. El otorgamiento de estos beneficios se realizará conforme la Normativa respectiva.00 (Cincuenta mil córdobas netos) por persona. 3. farmacia o médico especializado.14 puentes). C$ 2. CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES . clínica.500. De las partidas acordadas en los numerales 1. En los casos de los numerales 1 y 2 la ayuda se dará hasta agotar el monto. El pago de los diferentes servicios se hará directamente al hospital. B. La ayuda por persona será en dependencia del caso. determinado por el Medico de la Clínica del MINED.El 10 % (C$1. el 90% para los trabajadores del MINED y el 10% restante para el núcleo familiar. La ayuda máxima será de C$50.00 (Un mil quinientos córdobas netos) por persona.795.00) (Un millón setecientos noventa y cinco mil córdobas netos) para la atención médica integral a enfermedades incurables en sus diferentes etapas (temprana. previa comprobación y presentación de soportes de atención médica. Se entiende por casos urgentes: Las enfermedades que ponen en riesgo la vida del trabajador o los miembros de su núcleo familiar.000.795.El 10 % (C$1.513. 4. 5.000. avanzada o terminal).El 10 % (C$1.795.00 (Dos millones quinientos trece mil córdobas netos) para atender a educadores y trabajadores jubilados con los beneficios de esta cláusula. La ayuda máxima será de C$1.000. Para ello destina un monto de C$4.00 (Cuatro millones de córdobas netos) distribuidos de la siguiente manera: C$ 1. CLÁUSULA No. La distribución de los estudios será el 80% para educadoras y el 20% para educadores.000.000. a 43. por un valor de C$400. económicas y humanas. CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES . independiente que el docente ejerza doble plaza se le entregara un bono.300.00 (Cuatrocientos córdobas netos) a cada uno. de educadores que estudian para profesores de educación media. C$ 2. adjuntando hoja de matrícula y certificado de notas y carta del director del centro donde labora.00 (Un millón trescientos mil córdobas netos) para otorgar becas a maestros y maestras de primaria y secundaria que se encuentren estudiando en las escuelas normales o ciencias de la educación en las universidades.750 (Cuarenta y tres mil quinientos educadores.00 (Dos millones setecientos mil córdobas netos) para pago de estudios universitarios.000.000. a los docentes contemplados en el ámbito de aplicación del presente convenio. para la capacitación y profesionalización de los maestros y maestras empírico (as) de primaria y secundaria de conformidad con lo establecido en la Ley de Carrera Docente y su Reglamento.CLÁUSULA 17: BONO POR EL DIA DEL MAESTRO 15 El MINED garantizará un monto económico de C$17.00 (Diecisiete millones quinientos mil córdobas netos) para otorgar un bono por una sola vez. en la Universidad Paulo Freire. Los aspirantes a este beneficio presentarán la solicitud por escrito ante la División de Recursos Humanos. 18: BECAS PARA FORMACIÓN INICIAL Y PERMANENTE DE LOS DOCENTES El MINED se compromete a garantizar las condiciones técnicas. Este beneficio se hará efectivo el Día del Maestro.000. La distribución del fondo de becas será el siguiente: El 80% de becas será asignado a maestras y el 20% a maestros. materiales.500.700. en la misma forma que lo recibió. POR VIAJES AL EXTERIOR. cuando éstos tengan que viajar por motivos de enfermedad.000.700. 20: AYUDA ECONÓMICA.00 (Cinco millones setecientos mil córdobas netos) para la entrega de subsidio alimenticio a los trabajadores de la Sede Central por días trabajados en jornada ordinaria de trabajo de ocho horas (Arto. que será entregado a más tardar el día veinticinco de cada mes. 19: SUBSIDIO ALIMENTICIO PARA LOS TRABAJADORES ACTIVOS DE LA SEDE CENTRAL El MINED garantizará un monto de C$5. el trabajador beneficiado está obligado a regresar el dinero recibido en concepto de ayuda.16 CLÁUSULA No. El monto a entregar será de C$35. La ayuda será de C$5.00 (Cinco mil córdobas netos) por una sola vez.00 (Novecientos ochenta córdobas netos) para ayuda de transporte a los trabajadores y trabajadoras de las Regiones Autónomas cuando éstos viajen a Managua a gestiones de atención médica de elCONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES .000.000. para tal efecto.00 (Treinta y cinco córdobas netos) por días laborables. que laboren por tiempo indeterminado. El MINED garantizará un fondo económico de C$250. 21: TRANSPORTE A LOS TRABAJADORES DEL MINED DE LAS REGIONES AUTÓNOMAS El MINED garantizará un fondo económico de C$980. (VIÁTICOS) PARA ATENCIÓN MÉDICA ESPECIALIZADA.000. El beneficiario de esta ayuda presentará al MINED la constancia de atención del centro donde fue atendido una vez que regrese del exterior.) y que sean pagados con fondos del Tesoro de la República. 51 C T. la cual deberá ser solicitada por escrito ante la Oficina de Relaciones Laborales.00 (Doscientos cincuenta mil córdobas netos) que será distribuido como ayuda económica para cincuenta (50) beneficiarios y beneficiarias a nivel nacional. CLÁUSULA No. CLÁUSULA No. presentando Epicrisis y transferencia emitida por el MINSA. En caso de no efectuarse el viaje. d) Los Sindicatos no federados: Hasta 30 días. el que será destinado para beneficiar a trescientos veintiséis (326) trabajadores de las Regiones Autónomas. presentará solicitud y documentación soporte de la invitación al evento y copia de la Certificación de la Junta Directiva del Sindicato.000.000. Para el otorgamiento de este beneficio. El Secretario General de la Organización Sindical. la cual deberá solicitarse por escrito ante la Oficina de Relaciones Laborales. ante la División de Recursos Humanos de la Sede Central. Esta ayuda será entregada por una sola vez al trabajador o trabajadora. tanto dentro como fuera del país.00 (tres mil córdobas netos) cada uno. La distribución de los permisos será la siguiente: a) Las Confederaciones Nacionales que tienen Federaciones Departamentales en más de ocho (8) departamentos: Hasta 180 días.00 (Cuatrocientos noventa mil córdobas netos) para atender a 163 trabajadores y trabajadoras de la RAAN. dicha ayuda será de C$3. 22: PAGO POR SUSTITUCIONES DE PERMISOS SINDICALES El MINED garantizará un fondo de C$177. la organización sindical lo solicitará por escrito con siete (7) días de anticipación al evento. b) C$ 490.00 (Cuatrocientos noventa mil córdobas netos) para atender a 163 trabajadores y trabajadoras de la RAAS. Empresa Médica Previsional.000. CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES 17 . el cual será destinado para el pago de sustituciones por permisos para capacitaciones.00 (Ciento setenta y siete mil ochocientos cuarenta y dos córdobas netos) anuales. presentando constancias y/o transferencia del MINSA.00 (tres mil córdobas netos) cada uno. Federación o Confederación.842. seminarios o congresos sindicales.los o su núcleo familiar. b) Las Confederaciones que tienen Federaciones Departamentales en siete (7) o menos departamentos: Hasta 130 días.000. dicha ayuda será de C$3. CLÁUSULA No. c) Las Federaciones no Confederadas: Hasta 70 días. el que será distribuido de la manera siguiente: a) C$ 490. c) Por muerte de hijo ó hija. para beneficiar a 1.000. madre.00 (Dos mil quinientos córdobas netos). debidamente registrados en el expediente laboral: Cinco mil córdobas netos (C$ 5. conforme los procedimientos establecidos en la Normativa respectiva. Para cada par de anteojos se destinará un techo máximo de C$500. 23: AYUDA ECONÓMICA POR MATERNIDAD El MINED garantizará un fondo económico de C$4. b) Por muerte del cónyuge.00 (Cuatro millones quinientos mil córdobas netos). para atender 100 casos.000.000.00 trabajadores. para atender 100 casos. CLÁUSULA No. La Institución garantizará un fondo de C$6.500. Siete mil quinientos córdobas (C$7. d) Por muerte del padre o madre: Cuatro mil córdobas netos (C$4.400. para atender 206 casos. CLÁUSULA No.00). La ayuda será distribuida de la manera siguiente: a) Por muerte del trabajador del MINED: Siete mil quinientos córdobas netos (C$7. que dependan económicamente del trabajador del MINED. para atender 900 casos.00 (Nueve millones de córdobas netos) los que serán destinados para exámenes de la vista y anteojos de medidas para los trabajadores de la Institución.800 (Un mil ochocientos) trabajadoras de la Institución con una ayuda económica por parto de C$2. cónyuge.00). La contratación de servicios se realizará directamente por el trabajador en la óptica de su elección. los que serán destinados para ayuda económica por muerte del trabajador / trabajadora o miembros de su núcleo familiar (Padre. hijos e hijas). 25: AYUDA POR MUERTE DEL TRABAJADOR ACTIVO DEL MINED O MIEMBROS DE SU NÚCLEO FAMILIAR.500.18 CLÁUSULA No.500.00).00).000.00 (Seis millones cuatrocientos mil córdobas netos). 24: AYUDA PARA ANTEOJOS DE LOS TRABAJADORES DEL MINED El MINED garantizará un fondo de C$9. El valor de la ayuda para anteojos será cancelada directamente por el MINED en cada caso particular a la óptica elegida por el trabajador. CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES .000.000.500.000.00 (Quinientos córdobas netos) para beneficiar a 18. GRANADA.000. Masaya.500. Chinandega. CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES . Este beneficio cubre las cabeceras departamentales y municipales y se suspenderá cuando el educador deje de viajar. CHINANDEGA. Estelí. 19 CLÁUSULA No.Este beneficio es extensivo a las maestras y maestros jubilados. Las delegaciones departamentales conjuntamente con las organizaciones de carácter departamental enviarán a Recursos Humanos el listado y recorrido de los educadores. C$1. MASAYA.000. B.000 trabajadores/trabajadoras del magisterio nacional. El MINED destinará un fondo anual de C$2. Matagalpa y Managua. La ayuda será de C$500. JUIGALPA. 26: AYUDA PARA TRANSPORTE INTERURBANO Y RURAL El MINED garantizará en concepto de ayuda para transporte interurbano y rural a los docentes para trasladarse a su Centro de trabajo la cantidad de C$2.00 (Un millón quinientos mil córdobas netos) para beneficiar a 3. CLÁUSULA No.00 (Dos millones quinientos mil córdobas netos) en concepto de ayuda de transporte urbano a los maestros y maestras de León.00 (Quinientos córdobas netos) anuales para cada uno. C$ 1. MATAGALPA Y MANAGUA. Juigalpa.000.00 (Un millón de córdobas netos) para beneficiar a educadores.500. que su centro de trabajo esté muy distante de su domicilio y no gocen del beneficio de zonaje.000.000. El monto asignado es el equivalente a la tarifa oficial de transporte. Granada.500. ESTELÍ. El trámite se hará a través de la Oficina de Relaciones Laborales de la División de Recursos Humanos de la Sede Central. conforme la Normativa respectiva. priorizando a las maestras que se movilicen entre municipios del mismo o de otro departamento.00 (Dos millones quinientos mil córdobas netos) anuales distribuidos: A. El otorgamiento de este beneficio se realizará conforme la Normativa respectiva. 27: AYUDA PARA TRANSPORTE URBANO DE LOS MUNICIPIOS DE: LEÓN. un monto en córdobas equivalentes a US$ 4. La Comisión Bipartita Nacional decidirá la opción que se aplicará para cada año. de los cuales 2000 (Dos mil) corresponden al municipio de Managua. conforme la Normativa respectiva.00 (Quinientos córdobas netos) anuales para cada uno. CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES .20 La escogencia de estos beneficiarios. 28: CONTRATACIÓN DE PÓLIZA DE VIDA COLECTIVA El MINED y las organizaciones sindicales suscriptoras de este convenio colectivo. CLÁUSULA No. El monto será de C$500. ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Asamblea Nacional. 29: GESTIONES PARA EL PRESUPUESTO DEL CONVENIO COLECTIVO El MINED y las organizaciones sindicales de trabajadores de la educación.000. para que en el Presupuesto General de la República se incrementen fondos para mejorar los beneficios del convenio colectivo del siguiente año.00 (Once millones de córdobas netos) para dar cobertura de seguro de vida a través del fondo mutual de los trabajadores o la contratación de una POLIZA DE VIDA COLECTIVA conforme los procedimientos establecidos en la Ley de la materia. El trámite se hará a través de la Oficina de Relaciones Laborales de la División de Recursos Humanos de la Sede Central. efectuarán gestiones durante la elaboración y aprobación del Presupuesto. será realizada por la Comisión Bipartita. priorizando a las educadoras. CLÁUSULA No.000.000. Esto con el objetivo de garantizar. el número de beneficiarios será de 5000 (Cinco mil) maestros y maestras. La póliza que se contratará será la que ofrezca mejor cobertura y seguridad para los trabajadores del Ministerio de Educación. Los trámites se realizarán de conformidad a la normativa respectiva.00 (Cuatro mil dólares netos) para cada caso. acuerdan destinar C$ 11. b) Para las Confederaciones que tengan afiliadas Federaciones. el cual podrá ser rotado entre los miembros de la Junta Directiva con un periodo no mayor de 3 meses cada uno de ellos. de la forma siguiente: a) Para las Confederaciones que tengan afiliadas a Federaciones. CLÁUSULA No. 30: PERMANENCIA SINDICAL 1. CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES . el cual podrá ser rotado entre los miembros de la Junta Directiva con un periodo no mayor de 3 meses cada uno de ellos. c) Para las Federaciones departamentales no confederadas con Sindicatos en cuatro (4) o más municipios: 1 dirigente. el cual podrá ser rotado entre los miembros de la Junta Directiva con un periodo no mayor de 3 meses cada uno de ellos. Certificación de la Junta Directiva legalmente registrada y actualizada en el MITRAB.El MINED otorgará permisos sindicales por un año prorrogable y con goce de salario a dirigentes sindicales.CAPÍTULO VI 21 De las Cláusulas Generales CLÁUSULA No. al menos en cuatro (4) a nueve (9) departamentos: 2 dirigentes. al menos en diez (10) o más departamentos: 3 dirigentes. La Institución resolverá a los cinco (5) días hábiles subsiguientes de presentada la solicitud. adjuntando copia de la Personería Jurídica. También hará gestiones a través de organismos nacionales e internacionales para la obtención de útiles deportivos para los equipos de los trabajadores de la educación. Para poder optar a este permiso la Organización sindical a través del Secretario General solicitará por escrito a la División de Recursos Humanos de la Sede Central del MINED con diez (10) días hábiles de anticipación. 31: DEPORTES El MINED impulsará y organizará eventos deportivos en los centros educativos a nivel nacional. El pago de la liquidación final deberá estar lista a más tardar en 40 días hábiles posteriores a la finalización del contrato. CLÁUSULA No. siempre y cuando no haya solicitudes de educadores demandando nombramiento. El MINED pagará las prestaciones sociales (décimo tercer mes y vacaciones) al educador. el trámite de pago deberá realizarse dentro de los 15 días hábiles posteriores a la fecha de finalización del Contrato. cuando hubiere sido cancelada una de ellas. Cuando la sustitución sea por un período mayor a un mes. el primer pago de salario deberá ser tramitado por la Delegación Municipal. que deberá presentar solicitud de pago ante la Sede Central. correspondiente. Al finalizar el contrato de trabajo se pagarán las prestaciones sociales por el período que duró la sustitución. 33: PAGO DE PRESTACIONES POR CANCELACIÓN DE DOBLE PLAZA El MINED respetará la doble plaza a los educadores que la estén laborando. en este caso el educador decidirá el turno en el cual desea laborar. En los municipios que por necesidad de servicios se requiera nombrar en doble plaza esta se priorizará a los maestros y maestras de CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES . en los casos de sustituciones por permisos sindicales contemplados en la cláusula No. 22 o cualquier otro tipo de sustitución. CLÁUSULA No. en los casos de doble plaza. 32: DE LAS SUSTITUCIONES El MINED garantizará el pago a los trabajadores de la educación en los centros afectados. El o la Delegada que incumpla en el envío de estos trámites asumirá la responsabilidad de conformidad al procedimiento legal establecido. todo de conformidad con lo establecido en la Ley de Carrera Docente. a más tardar dentro de los 15 días calendario posteriores a la fecha contratación y cuando la contratación sea menor a un mes.22 CLÁUSULA No. 34: NUEVOS NOMBRAMIENTOS El MINED dará preferencia en los nuevos nombramientos a maestros (as) graduados (as) de primer ingreso al Sistema o a los que se están profesionalizando. 36: RECONOCIMIENTO DE AÑOS DE SERVICIO Para efectos de puntaje por antigüedad el MINED reconocerá los años de servicios laborados por los trabajadores de la educación. iniciarán con antigüedad cero y comenzarán a acumular su antigüedad a partir del nuevo ingreso. En aquellos casos de trabajadores que por cualquier causa hayan dejado de laborar en el MINED que hayan sido Indemnizados y posteriormente reingresen al MINED.aula que estén laborando en el Subsistema de Educación Básica. Media y Formación Docente. previa presentación de constancia. harán gestiones ante los organismos acreditados en nuestro país para dotar a todos los centros de educación del país de una modesta biblioteca. 35: PERMISO POR ENFERMEDAD DE HIJOS (AS) DE TRABAJADORES (AS) DE LA EDUCACIÓN El MINED garantizará permiso con goce de salario hasta por (3) tres días a los trabajadores de la educación. b) A los trabajadores de la educación que reingresen al Subsistema de Educación Básica. Media y Formación Docente. en los casos siguientes: a) A los que hayan laborado en los Centros Privados e ingresan a laborar en Centros Educativos Estatales. 23 CLÁUSULA No. 37: BIBLIOTECAS ESCOLARES: El MINED en conjunto con las Organizaciones Sindicales. El trabajador se compromete a presentar las constancias médicas respectivas ante su superior inmediato. CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES . cuando sus hijos e hijas menores estuvieren enfermos y sean hospitalizados. 74 incisos c) del Código del Trabajo. Los trabajadores de la educación también gozarán de lo estipulado en el arto. CLÁUSULA No. CLÁUSULA No. Es obligación del trabajador remitir sus documentos personales oportunamente a las instancias correspondientes y brindar la información necesaria por escrito para la actualización de su expediente laboral. años de servicio.24 CLÁUSULA No. según sea el caso. títulos. CLÁUSULA No. cuando éstos tengan que hacer labores de trabajo fuera del Departamento o Municipio de su ubicación permanente. CLÁUSULA No. igualmente se aplicará en los casos de zonaje y otros beneficios que se aprueben para los trabajadores del MINED. 41: MOVIMIENTO DE PERSONAL El MINED cumplirá con todo lo relacionado al movimiento del personal con lo estipulado en las leyes laborales respectivas y el presente Convenio Colectivo. Todo ello en correspondencia con las leyes vigentes y el presente Convenio Colectivo. méritos profesionales. De igual forma y bajo los mismos presupuestos. 39: ANTIGÜEDAD POR AÑOS DE SERVICIO El MINED garantizará la correcta aplicación de la antigüedad de acuerdo con la Ley de Carrera Docente y Ley de Servicio Civil y de la Carrera Administrativa. Asimismo el trabajador tiene el derecho de conocer y solicitar fotocopia de su expediente. 38: DÉCIMO TERCER MES El MINED se compromete a pagar el Décimo Tercer Mes de acuerdo con lo dispuesto en la Ley. transporte y hospedaje. a los trabajadores del MINED. CLÁUSULA No. se garantizarán CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES . 42: VIÁTICO PARA LOS TRABAJADORES DEL MINED El MINED garantizará los viáticos en concepto de alimentación. cargos desempeñados y evaluación del desempeño laboral. CLÁUSULA No. 40: ACTUALIZACIÓN DEL EXPEDIENTE LABORAL El MINED mantendrá actualizados los expedientes y el escalafón de los trabajadores de la educación para garantizarle la correcta aplicación del zonaje. 44: RELACIÓN ALUMNO POR AULA El MINED tomará las medidas pertinentes con el objeto de distribuir las matrículas generales de los centros de las zonas urbanas equitativamente en los respectivos turnos. Cualquier circunstancia especial alrededor de este tema se analizará en las Comisiones Bipartitas Departamentales y en la Nacional con el objeto que se den las recomendaciones del caso. La anterior relación no se aplicará en los Centros Escolares de las Zonas Rurales. 43: PLAN DE VIVIENDA El MINED y las Organizaciones Sindicales harán gestiones conjuntas ante organismos internacionales e Instituciones Nacionales del Gobierno Central. CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES 25 . donaciones para este fin. en los CEDAS. criterios y requisitos para la adquisición de la vivienda. CLÁUSULA No. directamente o en conjunto con las organizaciones sindicales gestionará con el sector privado. El MINED y las Organizaciones Sindicales definirán las prioridades. CLÁUSULA No. Alcaldías y entes descentralizados o autónomos que tengan relación con la construcción de viviendas para que sean canalizados con prioridad Proyectos de viviendas a favor de los trabajadores de la educación. para que se vendan. de tal forma que se garantice una matrícula inicial de 40 alumnos por aula como máximo. materiales de construcción con descuentos para maestros. en las Zonas que resulten afectadas por los casos de emergencia. El viático deberá ser previamente autorizado por sus superiores respectivos y se cumplirá conforme la normativa de viáticos del MINED y la tabla de viáticos del MHCP.los viáticos a los trabajadores de la educación sean enviados por la Institución a cursos de capacitación y profesionalización. Así mismo. el MINED. lo anterior sin perjuicio de gestionar ante las mismas. con ONG´S y otras instituciones. ni en las zonas aisladas en cuyo caso el mínimo será de veinte (20) alumnos por aulas. CLÁUSULA No. La clínica de la Sede Central deberá transferir a los trabajadores de la educación a los servicios médicos especializados. Ortopedia. Neumología. 46: CONVENIO MINED-INSS El MINED realizará gestiones conjuntamente con la Organización Sindicales ante el MINSA y el INSS a fin de que los trabajadores de la educación tengan la asistencia médica y hospitalaria requerida para que se les realice el chequeo médico preventivo anual. La Institución respetará la matrícula que tenga en cada aula el docente si la misma es menor a lo determinado en esta cláusula. a fin de facilitar y revisar las valoraciones médicas de los trabajadores de la educación. 45: GESTIONES DE BECAS NACIONALES Y AL EXTERIOR EL MINED gestionará ante Organismos Nacionales e Internacionales la Concesión de becas para los trabajadores de la educación y sus hijos. Ginecología. Neurología. este beneficio se hace extensivo a los educadores y trabajadores con incapacidad total y permanente. Oftalmología. así como los medicamentos que se requieran para el tratamiento. El MINED debe publicitar los requerimientos para optar a las mismas. garantizando la estabilidad laboral en su puesto de trabajo no pudiendo alegar esta situación como causa de traslado o cancelación de contrato de trabajo de los respectivos maestros. ya sea a nivel medio o superior. La División General de Recursos Humanos. CLÁUSULA No. elaborará una cirCONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES . 47: ATENCIÓN EN LA CLÍNICA DEL MINED E INSTRUCCIÓN SOBRE EL PROCEDIMIENTO ANTE LAS EMPRESAS MÉDICAS PREVISIONALES Los trabajadores de la educación gozarán de los servicios que ofrece el MINED en la Clínica ubicada en la Sede Central. CLÁUSULA No. Foniatría. en las clínicas y hospitales que se acuerden para la atención especializada en las áreas de Psicología. Otorrinolaringología.26 Esta disposición se aplicará a partir de la firma del presente convenio colectivo. Orientar a los beneficiarios de los trabajadores de la educación cuando lo soliciten. 48: JUBILACIÓN Y REINTEGRO POR INCAPACIDAD TEMPORAL El MINED garantizará a los trabajadores de la educación lo siguiente: 1. con copia a las Organizaciones Sindicales. cualquiera de las partes. así como lo relativo en los casos de queja por atención inapropiada en estas Empresas. 2. sobre el procedimiento que deben seguir para la obtención de su pensión de viudez y orfandad. equipos y mobiliarios escolares. 3. 49: PRESERVACIÓN DE LOCALES Y MOBILIARIOS DE CENTROS EDUCATIVOS Las Organizaciones Sindicales acuerdan que a partir de la fecha de suscripción del presente Convenio Colectivo. es la Dirección de Negociación Colectiva y Conciliación Individual del Ministerio del Trabajo. campañas para la preservación y mantenimiento de locales. 27 CLÁUSULA No. asumen como tarea promover en las comunidades educativas. 50: INTERPRETACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO En caso de duda sobre la interpretación en la aplicación de las cláusulas del presente convenio colectivo. CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES . Mantener el salario y la plaza al maestro de la educación hasta que éste sea oficialmente notificado por el INSS del otorgamiento de su pensión de jubilación. CLÁUSULA No. para tal efecto. en donde se les instruirá acerca del procedimiento para ser atendido en las Empresas Médicas Provisionales. CLÁUSULA No.cular dirigida a todo el personal en general. Garantizar conforme a la Ley de Seguridad Social y su Reglamento la plaza al trabajador de la educación al concluir su estado de incapacidad temporal dictaminado por el INSS. las partes acuerdan que la autoridad competente para la interpretación de las mismas. se podrá hacer una revisión anual para redistribuir el monto obtenido en las diferentes cláusulas económicas. Leído el presente Convenio Colectivo por las partes. del día cinco de enero del año dos mil diez. no obstante y en dependencia de los resultados de la gestión para el incremento del Presupuesto del convenio Colectivo.28 podrá solicitar por escrito la consulta correspondiente al caso especifico. CLÁUSULA No. Si previo a su fecha de vencimiento. convienen que la vigencia del presente Convenio será de dos años a partir de la fecha de suscripción del mismo. CLÁUSULA No 52: VIGENCIA DEL CONVENIO El MINED y las Organizaciones Sindicales negociadoras del presente Convenio Colectivo. en la Ciudad de Managua. lo rubricamos y firmamos en tres tantos de un mismo tenor. en el Salón “Rubén Darío” del Auditorio “Elena Arellano” del MINED. las Organizaciones Sindicales introducen pliegos petitorios demandando negociación de un nuevo Convenio Colectivo. CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES . 51: COMPROMISO DE LA INSTITUCIÓN Y LAS ORGANIZACIONES SINDICALES La Institución y las Organizaciones Sindicales suscriptoras del presente convenio se comprometen a respetar los procedimientos establecidos en las leyes laborales para solucionar los conflictos individuales y colectivos de trabajos. el presente Convenio estará vigente en su totalidad. en tanto no concluyan las negociaciones del nuevo Convenio Colectivo. a las once de la mañana. Confederación Nicaragüense de Trabajadores de la Educación y la Cultura CONFENITEC Francisco José Avilés Secretario General. Confederación General de Trabajadores de la Educación de Nicaragua CGTEN-ANDEN Denia Olivares Hernández Secretaria General. Federación de Maestros “Lolita Soriano de Guerrero” del Departamento de Managua.Por parte del Ministerio de Educación (MINED): Prof. Hector Mario Serrano Guillén Director de Asesoría Legal Lic. Hector Mario Serrano Guillén Ministro de Educación Lic.S. CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES .E. Federación de Trabajadores y Docentes 29 de Junio del MECD Juana del Carmen Gaitán Espinoza Secretaria General. Miguel De Castilla Urbina Lic.T. Confederación Sindical de Trabajadores de la Educación (C. Martha Betania Fonseca Collado Directora General de Recursos Humanos Por parte de las Organizaciones Sindicales: 29 José Antonio Zepeda López Secretario General.) Luvy García Castellón Secretaria General. Federación de Trabajadores de la Educación Profesor “Emmanuel Mongalo y Rubio” (FTEPEM y R) Julio César Padilla Rivas Secretario General. Sindicato de Trabajadores “Miguel Ramírez Goyena” Juan Francisco Carvajal Osejo Secretario General. Sindicato de Trabajadores de la Sede Central del MECD Claudio Gaitán Espinoza Secretario General. Thelma Robleto Rivera Secretaria General. Sindicato Trabajadores Autonomía Escolar Por el Ministerio del Trabajo: CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES . Sindicato de Trabajadores Autónomo de la Educación “Miguel Bonilla Obando” Manuela Josefa Marín Aragón Secretaria General.30 Elena Margarita Rivera Secretaria General. Confederación Sindical de Profesores de Nicaragua. 31 CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES . 32 CONVENIO COLECTIVO MINED – ORGANIZACIONES SINDICALES .