CONTRATO DE PROMESA DE COMPRAVENTAEntre los suscritos a saber: LENNIN YOVANNY MIRANDA DE LA HOZ, mayor de edad, identificado con cédula de ciudadanía número 8.505.237 de Soledad, domiciliado en la ciudad de Riohacha, quien en adelante se llamara EL PROMITENTE VENDEDOR; y LEWIS ANDRES SUAREZ RADILLO, mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía número 84.080.751 de Riohacha, y quien en adelante se llamará EL PROMITENTE COMPRADOR, hemos celebrado el presente contrato de Promesa de Compraventa, cuyas cláusulas son: PRIMERO: OBJETO E IDENTIFICACION: EL PROMITENTE VENDEDOR se obliga a vender a EL PROMITENTE COMPRADOR y este a su vez se obliga a comprar a aquel los derechos de dominio y posesión que tiene y ejerce sobre el siguiente bien inmueble: Un lote de terreno y la casa sobre él construida, ubicada en la carrera 7F No.34 -38 de la actual nomenclatura urbana del municipio de Riohacha, departamento de la Guajira, con un área superficiaria de 198 Mts2. Cuyas medidas y linderos son: NORTE: colinda con predios de Simona Mejía Movil, en extensión de 30 metros lineales; SUR: con predios de Simona Mejía Movil, en extensión de 30 metros lineales; ORIENTE: colinda con la carrera 7F en medio, en extensión de 6.60 metros lineales; OCCIDENTE: colinda con propiedad de Proyecto y Construcciones Confuturo en extensión de 6.60 metros lineales. Le corresponde el folio de matricula inmobiliaria No.210 -40740. No obstante la mención de la cabida del inmueble, la venta se hace como cuerpo cierto.- SEGUNDO: El inmueble cuya transferencia se promete, fue adquirido por el promitente vendedor, mediante escritura pública No.1309 de Diciembre 07 de 2009 de la Notaria Primera de Riohacha, debidamente registrada en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Riohacha al folio de matricula 210 -40740. -------------TERCERO: PRECIO Y FORMA DE PAGO: El precio del inmueble prometido en venta se fija en la suma de SESENTA Y OCHO MILLONES DE PESOS ($68.000.000.oo) M/L, suma que cancelará EL PROMITENTE COMPRADOR de la siguiente manera: El total del valor del inmueble Con el producto del préstamo de vivienda concedido por la empresa Carbones del Cerrejón. ±CUARTA: La escritura pública de compraventa que perfeccionará el siguiente contrato se otorgará en la No taria Primera de Riohacha, el día 26 de Diciembre 2010 a las 10:00 A.M., o antes de común acuerdo entre las partes.- PARÁGRAFO PRIMERO: PRORROGA.- Se podrá prorrogar el término para el cumplimiento de las obligaciones que por este contrato se contraen cuan do así lo acuerden las partes mediante otro sí al presente documento firmado por ambos contratantes.- QUINTA: PAZ Y SALVO: EL PROMITENTE VENDEDOR, garantiza a EL PROMITENTE COMPRADOR que el inmueble prometido en venta se encuentra libre de embargos. se obliga al saneamiento por evicción del bien prometido en venta y a responder por cualquier gravamen y acción que resultare y responderá por cualquier vicio redhibitorio u oculto del bien prometido en venta.EL PROMITENTE VENDEDOR ____________________ C. ±OCTAVO: GASTOS: Los gastos que ocasione la escritura pública de compraventa. lo suscriben hoy 26 días del mes de Octubre de 2010.C. la cual podrá hacerse efectiva el día siguiente a su incumplimiento o infracción. ±SEXTO: SANEAMIENTO: EL PROMITENTE VENDEDOR. por la vía ejecutiva. # EL PROMITENTE COMPRADOR ___________________ C. limitaciones de dominio. Los contratantes estando de acuerdo con lo expresamente estipulado en el presente contrato. y se encuentra a paz y salvo de todo impuesto. # .000.000 Moneda Legal Colombiana. es decir los gastos notariales. a título de multa la suma de $8. ± SEPTIMO: ENTREGA: EL PROMITENTE VENDEDOR hará entrega real y material del inmueble al PROMITENTE COMPRADOR el día 26 de enero de 2011. anotación y registro serán por parte del PROMITENTE COMPRADOR y los gastos de retención en la fuente serán por cuenta de EL PROMITENTE VENDEDOR. anticresis. pleitos pendientes. valorización y contribución por servicios públicos domiciliarios y municipales. ±NOVENO: CLAUSULA PENAL: Los Promitentes establecemos para el caso de incumplimiento. censo.C. sin que haya lugar a requerimiento ni constitución en mora. arrend amiento por escritura pública. condiciones resolutorias. serán por partes iguales entre los contratantes. los gastos de beneficencia. baño. 94. 47-17 MATRICULA INMOBILIARIA : 370-178878 PRECIO : CIENTO CUARENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($145. domiciliada en Barcelona España. los derechos herenciales de dominio y posesión que tienen y ejercen sobre el siguiente bien inmueble Urbano: Un lote de terreno distinguido con el No. piso de baldosa. ubicado en el área urbana de esta ciudad de Cali. balcón. identificados con las cédulas de ciudadanías No. autenticado por la CONSUL GENERAL DE COLOMBIA EN BARCELONA. 5 de la manzana 27 de la Urbanización las Granjas. 47-17. quien para efectos de este contrato se llamarán LOS PROMETIENTES COMPRADORES. identificado con la cédula de ciudadanía No. sala.825. consta en la primera de tres alcobas. zona de oficios con lavadero. cocina con mesón. también mayor de edad. mejorada con casa de habitación de 3 pisos. identificada con la cédula de ciudadanía.556. en el tercer piso: una . Dra. en la calle 16 No. manifestaron que por medio del presente instrumento privado celebran un contrato de PROMESA DE COMPRAVENTA que se regirá por la Ley Civil y por las siguientes cláusulas: PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO: LOS PROMETIENTES VENDEDORES prometen VENDER Y LOS PROMETIENTES COMPRADORES prometen COMPRAR en forma directa.454 y 38. garaje con puerta metálica.100 de Cali respectivamente. quienes para efectos de este contrato se llamarán LOS PROMETIENTES VENDEDORES. 94.000. 20090435 el 23 de enero de 2009. mediante presentación personal No. identificados bajo sus respectivas firmas y presentes a saber: a) GENARO LEYTON PUENTES. por el señor GENARO LEYTON ACOSTA.000) COMPARECENCIA DE LAS PARTES: entre los suscritos mayores de edad. un baño. pisos en baldosa. mayor de edad.459. 6. JUANA INES DIAZ TAFUR . todos hábiles para contratar y obligarse. b)ELUER HERNANDO SERNA TORRES.382.011 de Cali-Valle. el segunda piso consta de tres alcobas. dos patios interiores.981 de Cali y ALEXANDRA LEYTON PUENTES también mayor de edad.037. y DINA CATALINA ECHEVERRRY PRADILLA mayores de edad.PROMESA DE COMPRAVENTA PROMETIENTE VENDEDORES: ALEXANDRA Y GENARO LEYTON PUENTES PROMETIENTES COMPRADORES: ELUER HERNANDO SERNA TORRES Y DINA CATALINA ECHEVERRY PRADILLA OBJETO DEL CONTRATO: VENTA CASA UBICACIÓN: CALLE 16 No. sala comedor.368 expedida en Cali. quien está representada según poder especial adjunto a este escrito. identificado con la cédula de ciudadanía No. No. vecinos de Cali. 66. 15. CUARTA: LIBERTAD Y SANEAMIENTO.000) los cuales cancelarán LOS PROMETIENTES COMPRADORES de la manera siguiente: a) la cantidad de CINCUENTA MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($50. inscrita en el folio de Matricula Inmobiliaria 370-178878 a favor del señor LUIS ALFONSO PERDOMO AYALA. registrada el 18 de noviembre de 1.000) a la firma de la presente promesa de compraventa. por la izquierda entrando.-------QUINTA: CONOCIMIENTO DEL PROMETIENTE COMPRADOR. b) La mejora sobre ella construida fue hecha también por su difunta madre señora LIDA PUENTES BAUTISTA. para lo cual las partes fijan como fecha tentativa para su respectiva cancelación. Los derechos herenciales sobre el inmueble son de exclusiva propiedad de los PROMETIENTES VENDEDORES. Es de obligación especial de los PROMINTENTES VENDEDORES so pena de incumplimiento. certificado de tradición del inmueble. escritura 2807 de 29-07 de 2002. 14. 3570 del 02 de octubre de 2001.80 metros. es decir. es decir a partir del 13 de febrero de 2009. sala comedor.80 metros con el lote No.988. siempre y cuando no sea culpa atribuible a las partes. en longitud de 18.alcoba. b) El saldo del precio.987 en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Cali. zona de oficios y terraza. el inventario y avalúo del bien y la adjudicación del mismo de conformidad con el Decreto 902 de 1. manifiestan que por su vecindad conoció personalmente a los únicos herederos e interesados reconocidos de la difunta. paz y salvos y presentarán a través de abogado la solicitud. la suma de NOVENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($95. que se promete vender como cuerpo cierto. en la Notaría 12 del círculo de Cali. De acuerdo a lo anterior las partes de común acuerdo podrán adelantar la firma o aplazarla según sea el caso en razón a los trámites de cancelación de la hipoteca que pesa sobre el inmueble. 6.LOS PROMETIENTES COMPRADORES.m. baño. tranquila e ininterrumpida desde su adquisición y así la recibieron de su tradente. 370-178878. que declaran recibidos LOS PROMETIENTES VENDEDORES a su entera satisfacción. escritura 3823 del 15 septiembre de 2004 de la Notaria 6 del círculo de Cali Valle. TERCERA: TRADICION Y PROPIEDAD.. SEXTA: PRECIO Y FORMA DE PAGO: El precio o valor de la presente promesa es la suma de CIENTO CUARENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE ($145. aclarando que el señor GENARO LEYTON PUENTES es propietario del 50% del inmueble objeto de venta y a la vez heredero del 25%. con el lote numero 12. en longitud de 6. 16.000) pagaderos al momento de suscribirse la respectiva escritura .000.17. de igual manera el otro 25% le pertenece a la señora ALEXANDRA LEYTON PUENTES. derechos que ejercen en forma quieta.000.LOS PROMETIENTES VENDEDORES manifiestan que el bien inmueble y los derechos herenciales que prometen en venta son de su exclusiva propiedad y posesión.000. en longitud de 6.. SEGUNDA: CUERPO CIERTO: No obstante la mención de la cabida y linderos del bien inmueble. en el Folio de Matrícula inmobiliaria No. 13. cuyo linderos especiales son: por el frente 3 con la calle 16. se obligan a iniciar el respectivo trámite sucesoral a la par con la cancelación de la hipoteca. un mes contados a partir de la fecha de la firma del presente documento. y por el centro. para lo cual deberán cancelar el impuesto predial del inmueble. aportar sus registros civiles de nacimiento y defunción.50 metros. PARAGRAFO ESPECIAL 2: Conforme a las siguiente condición LOS PROMETENTES VENDEDORES. al deferirse la herencia intestada de su difunta madre LINA PUENTES BAUTISTA y según los antecedentes de la siguiente manera: a) El lote de terreno por compra hecha a la ASOCIACION PROFAMILIA LAS GRANJAS el 07 de octubre de 1987 en la Notaría 11 del Círculo de Cali.50 metros. conoce el bien inmueble objeto del contrato y su titulación. El inmueble objeto de venta se encuentra con hipoteca a favor del seño LUIS ALFONSO r PERDOMO AYALA como consta en el certificado de tradición en las anotaciones Nos. con el lote numero 4. por ser los únicos herederos reconocidos de la difunta. la tramitación y cancelación de la hipoteca que pesa sobre el inmueble para lo cual el abono que en este momento se entrega será destinado a la cancelación de la misma según consta en la escritura pública No. PARAGRAFO ESPECIAL 1. escritura 4208 del 24 de octubre de 2003. ante la Notaría Doce del Círculo de Cali. a las 2 p. por la parte derecha entrando en la longitud de 18. En caso de fallecimiento de alguno de los PROMETIENTES VENDEDORES.las partes acuerdan. NOVENA: GASTOS NOTARIALES Y DE REGISTRO: Los gastos notariales por concepto de escritura de Compraventa. a los cinco (5) días hábiles siguientes a la entrega del registro por la Oficina de Registro de instrumentos públicos de Cali. de la respectiva escritura pública de cancelación de hipoteca y el registro del protocolo de la sucesión donde figuren como propietarios los PROMETIENTES VENDEDORES.la entrega real y material del inmueble se hará de la siguiente manera: a) Los PROMETIENTES VENDEDORES concede la posesión del primer piso a los PROMETIENTES COMPRADORES. OCTAVA: IMPUESTOS Y CONTRIBUCIONES: LOS PROMETIENTES VENDEDORES están obligados a cancelar los impuestos predial y complementarios y los servicios públicos domiciliarios hasta el momento de la entrega del bien inmueble o de la suscripción y otorgamiento de la escritura pública de compraventa. donde se prometió otorgar la escritura. se requerirá como prueba insustituible el acta de presentación ante el Notario Doce del Círculo de Cali. quienes deberán cumplir con este contrato.m. registro y certificado de tradición de la compraventa serán cancelados por los COMPRADORES. pero en caso de fallecimiento de los PROMETIENTES COMPRADORES.($50. deberá sujetarse a los términos o plazos normales del trámite sucesoral.De todas maneras la condición anterior. lo cual le permitirá. DECIMA: ENTREGA REAL Y MATERIAL. --- .la Escritura Pública que perfecciona esta PROMESA DE COMPRAVENTA se suscribirá por las partes.. b) el segundo y tercer piso se entregará el día que se realice la firma de la escritura de compraventa.. lo sucederán sus herederos.000). las obligaciones del contrato. a las 4 de la tarde (4:p. expreso y exigible. DECIMA SEGUNDA: CLAUSULA PENAL POR INCUMPLIMIENTO: En caso de incumplimiento de alguna de las partes. SEPTIMA: FECHA DE ESCRITURACION..000. presta mérito ejecutivo.) en la Notaría Doce del Círculo de Cali. DECIMA CUARTA: COMPROMISO.. se pagará como sanción Penal la suma de CINCUENTA MILLONES DE PESOS MONEDA LEGAL.. que en caso de surgir un conflicto en relación con el presente contrato. sin la previa autorización o aprobación expresa y escrita de los PROMETIENTES VENDEDORES. serán cancelados por partes iguales entre los VENDEDORES Y LOS COMPRADORES: los pagos por concepto de retención en la fuente serán pagados por LOS VENDEDORES y los derechos por concepto de boleta fiscal. las diferencias serán sometidas al Centro de Conciliación de la Notaría Doce del Círculo de Cali. DECIMA PRIMERA: CESION DEL CONTRATO.. ocupar o arrendar sin ninguna restricción.pública de compraventa que perfecciona este documento de PROMESA. sin que puedan LOS PROMETIENTES VENDEDORES alegar demoras por parte de la Notaría y sin que puedan excusarse por falta de aportación de los documentos necesarios.--------------------------DECIMA TERCERO: MERITO EJECUTIVO. por lo tanto se le dará la respectiva llave.las partes manifiestan que este contrato por ser claro.PARAGRAFO: para acreditar el cumplimiento o la voluntad de cumplir por las partes. quedará pendiente solamente el pago proporcional de los herederos mientras se tramita la cancelación de la hipoteca y la sucesión y se le deberá cancelar el pago proporcional de sus derechos al otorgamiento de la escritura de compraventa.LOS PROMETIENTES COMPRADORES. según se de cualquiera de los dos eventos como se acuerda en la CLÁUSULA DÉCIMA de esta promesa. no podrá ceder el presente contrato a terceros. No 94.C.C No.037.C. No.---------------------------------- FIRMAS: PROMETIENTES VENDEDORES ____________________________ GENARO LEYTON ACOSTA C. 6.459.011 de Cali En representación de la señora ALEXANDRA LEYTON PUENTES ____________________________ GENARO LEYTON PUENTES C.556.------------------------------. 94.981 de Cali PROMETIENTES COMPRADORES: __________________________________ ELUER HERNANDO SERNA TORRES C.100 de Cali .454 de Cali _______________________________________ DINA CATALINA ECHEVERRY PRADILLA C. 38.382.C.Para constancia las partes suscriben el presente contrato con (2) ejemplares a los quince (13) días del mes de Febrero de dos mil nueve ( 2009) y se autentica ante Notario. El prometiente vendedor se obliga a transferir a titulo de venta a favor del prometiente comprador y éste se obliga a adquirir del primero al mismo título. libre de impuestos nacionales. portador de la cédula de ciudadanía Nº ««««««.. consignados en escritura pública. y afectación a vivienda familiar. inmueble que se alindera especialmente así: ³«««««««««. otorgada en la notaria ««««««. ubicado en la calle««« (O carrera). No obstante la cabida y linderos. como consta en la escritura pública número«««« de fecha ««««««. pleito pendiente. quien en adelante se llamará el prometiente comprador. con cédula catastral««««. expedida en «««««.. hipoteca.. la venta se hará como cuerpo cierto. libre de derechos de usufructo. departamentales y municipales..´. hemos celebrado un contrato de promesa de compraventa que se contiene dentro de las siguientes clausulas: Primera. expedida en «««««. quien se identifica con la cédula de ciudadanía Nº ««««««. En tal virtud los impuestos que causen a partir de la fecha de la es critura que eleve a tal acto este .. patrimonio de familia. sobre el inmueble. macado con el número«««« de la actual nomenclatura urbana.. y ««««««. el siguiente bien inmueble: un lote de terreno junto con la edificación sobre él construida.... libre de censo. Segunda: El lote de terreno y la casa sobre él existente fue adquirido por el prometiente vendedor por compra que de él hiciera el señor «««««««. por una parte. la cual fue registrada en esta misma ciudad en la oficina de Registro de Instrumentos Públicos bajo la matricula inmobiliaria número «««««« Tercera El inmueble objeto de esta promesa de contrato de compraventa le será entregado al prometiente comprador.m2). ambos mayores de edad y vecinos de esta ciudad de «««««. quien en el curso de este documento se llamará prometiente vendedor. arrendamiento.PROMESA DE CONTRATO DE COMPRAVENTA Conste por el presente que nosotros«««««. lote qu e tiene una extensión de«««. demanda civil registrada. de todo factor que pudiere afectar el derecho del prometiente comprador. embargo. Metros cuadrados (««. uso o habitación y en general. . Sexta El contratante que incumpliere una o varias de las clausulas aquí consignadas. De este círculo notarial de««««. en la notaria«««.... La retención en la fuente por el prometiente vendedor y los gastos de Anotación y Registro por el prometiente comprador.. Los contratantes acuerdan que los gastos que se ocasionen tanto por la elaboración de este contrato como los que se causen por derechos notariales. serán sufragados por los contratantes por partes iguales.contrato.....). De ««««.). la suma de«««««.. Cuarta.... a las horas de las ««« del ««« (Día.. sin reserva ni limitación alguna y en el estado en que se encontrare... . así se hará constar al final de este contrato de promesa de compraventa.......... sin . el día en que se otorgue la escritura de compraventa los cuales se han acordado para otorgar dicho instrumento. Que el precio o valor del inmueble de que da cuenta este contrato. ($. lo anterior no quiere decir de que antes de cumplirse la fecha señalada para el otorgamiento de la escritura de compraventa.. ($. los aquí prometientes podrán hacerlo. así: el día de hoy al firmarse este contrato.. fecha acordada por los contratantes para suscribir la escritura pública que eleve a tal acto este contrato. junt o con todos sus usos...) Y el saldo de«««««.. año). totalmente desocupado. en igual forma de mutuo acuerdo y en tal caso.. corren a cargo del prometiente comprador... fecha en que le será entregado el inmueble al prometiente comprador...... Es entendido que el término para el otorgamiento de la escritura podrá ser prorrogado por las partes. mes.. el día«««« del mes de«««...).« y su correspondiente aparato... Queda incluido en esta promesa el derecho a la línea telefónica número««««. o antes si así lo acuerdan los contratantes... costumbres y servidumbres que legalmente le corresponden... de consenso... El inmueble le será entregado al prometiente comprador.... por la vía ejecutiva.. ($.... Quinta. que el aquí prometiente comprador se obliga a cancelar al aquí prometiente vendedor.... que se hará efectiva desde el día siguiente al incumplimiento... pagará al contratante cumplido como multa por tal incumplimiento. ha sido acordado en la cantidad de«««« ($. la suma de«««««.......... en la notaria ««««.. ... hoy«««««««. Firma y C.. Firma y C..necesidad de requerimiento ni constitución en mora.. . Para constancia firmamos el presente en dos ejemplares de un mismo tenor. El prometiente vendedor.... tiene el carácter de arras de esta negociación.. (Artículo 1859 del C. quien lo haga..C.. El prometiente comprador.. por ante dos testigos... ($.. Si alguno de los contratantes incumpliere. si es el comprador perdiéndolas y si es el vendedor. Testigo. Testigo. derecho de este al cual renuncian ambas partes en su reciproco beneficio.C). restituyéndolas dobladas.C. uno para el prometiente comprador y otro para el prometiente vendedor..). de que da cuenta la clausula qu inta de este contrato. Séptima Declaran prometiente vendedor y prometiente comprador que la suma de«««««.