“ Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación”FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS POLITICAS CARRERA PROFESIONAL DE DERECHO COMPRAVENTA SOBRE DOCUMENTOS CATEDRÁTICO : Dr. Alexander Orihuela Abregú CATEDRA : Contratos II – Parte Especial INTEGRANTES : SEMESTRE : VI – C1 TURNO : NOCHE HUANCAYO - PERU 2015 1 DEDICATORIA El trabajo está dedicado a tres verdades: a tu verdad. a mi verdad y a la verdad en si… 2 . se obliga a pagar su precio en dinero. el documento se utiliza como título de tradición. La recepción del documento no equivale a la de la mercadería. tal es así el caso de la compraventa sobre documentos mediante el cual se transfiere la propiedad sobre el bien mediante la entrega del título (warrant. A través del tiempo este tipo de contrato.) que es considerado como un equivalente de la mercadería. a efectos de la posible reclamación del comprador basada en el estado defectuoso de la mercadería. el contrato de compra venta no puede ser confundido con la traslación de dominio y nada impide que dicha traslación de dominio se pueda dar en un momento distinto. recibo de carga. etc. se ha convertido en el acto de comercio más representativo y en la principal fuente de las obligaciones. En virtud a concepto antes señalado. por lo que ésta bien puede hallarse en viaje o bien depositada en un almacén. lo que permite la disposición real de la mercadería sin necesidad de desplazarla. El comprador que recibe y admite el documento queda obligado ya al pago del precio convenido. y este a su vez. el cual viene a ser el principal móvil de la circulación. y representadas por documentos. Según el código civil la compra venta es el contrato mediante el cual el vendedor se obliga a transferir la propiedad de un bien al comprador. no empezarán a correr los plazos legales para ejercer las acciones derivadas de vicios o defectos de la cosa vendida. hasta que no le sea entregada ésta. El objeto de la venta no es el documento sino la mercadería representada por él.INTRODUCCION El contrato de compra venta por su trascendencia histórica es el más importante de los contratos. Suele utilizarse en la compraventa de cosas depositadas o en transporte. 3 . 6. DEFINICIÓN 6 1.7.ÍNDICE PORTADA DEDICATORIA INTRODUCCIÓN ÍNDICE CAPÍTULO I: CONTRATO DE COMPRAVENTA SOBRE DOCUMENTOS 1.5. EL RIESGO DE LA MERCADERÍA 9 1. ELEMENTOS 9 1. INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO 10 MODELO DE COMPRAVENTA DE DOCUMENTOS 11 CONCLUSIONES 13 4 . ANTECEDENTES 7 1.1.4. BASE LEGAL 7 1. EL DOCUMENTO EN EL CONTRATO 8 1. NATURALEZA JURIDICA DE LA COMPRA VENTA SOBRE 5 DOCUMENTOS 1.3.2.8. NATURALEZA JURIDICA DE LA COMPRA VENTA SOBRE DOCUMENTOS Es este un contrato que ha alcanzo un desenvolvimiento extraordinario en los últimos años y ello por su práctica constante y por ser casi imprescindible en las transacciones comerciales internacionales. el momento de su perfección será. por tanto independizado de ellas. Consentimiento: Elemento esencial para la existencia de la compraventa. Mi interés al referirme a ciertos problemas sobre esta venta sobre documentos es tratar de encuadrar nuestro estudio dentro de la sistemática jurídica positiva que los ordenamientos y las leyes dedican a la compraventa. es el consentimiento de los contratantes. y que la práctica a través de la genérica venta contra documentos. 2. En mi opinión todas y cada una de las peculiaridades de este negocio encuentran cabida y explicación en las normas positivas sobre la venta. que considera que los caracteres de este contrato son inconciliables con las normas generales civiles o mercantiles sobre la compraventa.1. habiéndose. El primer problema que en la teoría se plantea es determinar si este contrato. constituye en la actualidad un convenio que se ha desprendido de las normas generales que rigen a la compraventa en general. Sin embargo.CAPÍTULO I CONTRATO DE COMPRAVENTA SOBRE DOCUMENTOS 1. Aquel en que el destinatario de la oferta emite su aceptación (sistema de la emisión). exigiendo un tratamiento especial y con referencias expresas en ordenamientos. en la doctrina está muy difundida la opinión contrario. 5 . Al momento en que el destinatario envía la aceptación al proponente (sistema de la remisión). En el caso de contrato entre ausentes. según los sistemas aplicables: 1. por su práctica reiterada y por las características peculiares que presenta. A. etc. un certificado de origen u otros análogos.2. el hecho de que algunos de los documentos representen a las mercancías. Objeto: El objeto de la compraventa sobre documentos son las mercancías que el comprador adquiere y que el vendedor ha de remitir junto con los documentos exigidos. Al respecto. debe tenerse en cuenta que la entrega del título representativo se tiene que hacer respetando la "ley de la circulación". o bien como un contrato sometido a la condición resolutoria del examen de documentos. lo cierto es que característica peculiar de este negocio es la obtención por el vendedor del pago del precio mediante una apertura de crédito a su favor.3. sino que sólo le hace posible su disponibilidad. o por último. cabe señalar que en algunos casos. la entrega del título (warrant. en que el Banco mediante la concesión de un crédito garantiza al vendedor la satisfacción de su derecho primario. BASE LEGAL El presente contrato se encuentra regulado en los artículos 1580° y 1581° del Código Civil: Compraventa sobre documentos 6 .) es considerado como un equivalente a la mercadería. como un convenio con una modalidad especial respecto al pago del precio. C. DEFINICIÓN Este tipo de Contratos es común dentro del tráfico mercantil. recibo de carga. en esto estriba la esencia del negocio. 1. en cuya virtud.3. es necesario acompañar al título representativo otros documentos. no atribuye a su poseedor la calidad de propietario del bien. B. La intima conexión existente entre mercancías y documentos. asegurándole el cumplimiento de la obligación por su contraparte. 1. Cuando el proponente recibe la aceptación (sistema de la recepción). por lo que puede encontrarse en viaje o bien hallarse depositada en un almacén. ha hecho pensar a una parte de la doctrina que en este contrato de venta el objeto verdadero son los documentos y no las mercancías y que. que reciben la denominación de "atestativos". Precio: Bien sea que la compraventa documentada entre plazas lejanas se considere como “una operación de ejecución diferida”. y considerándose que dicha entrega. los cuales por ejemplo pueden ser: un contrato de seguro. el convenio se perfecciona cuando los documentos entran al patrimonio del adquiriente. Asimismo. por tanto. la existencia de un documento. Pero no todos los documentos constitutivos son títulos valores. son los de crédito o el sustantivo valor. EL DOCUMENTO EN EL CONTRATO La expresión documento es sinónimo de título. que equivale a prueba o justificación de un derecho y encontramos que algunos usos especiales que se le otorgan. el cual. salvo pacto o uso distintos.. para que podamos pensar en la existencia de un título valor. etc. sólo se relacionan con los documentos constitutivos en lo que la adquisición o nacimiento de un derecho exige bajo pena de nulidad. ANTECEDENTES Este artículo tiene su antecedente directo en el artículo 937 del Código Civil portugués. La compraventa sobre documentos es una operación usual dentro del tráfico mercantil de bienes muebles. recibo de carga. el vendedor goza del derecho a exigir el pago del precio. donde los bienes deben ser trasladados de una plaza a otra. en cuya virtud y sobre la base del principio de representatividad. se inspira en el artículo 1527 del Código Civil italiano. Esta modalidad de compraventa tiene gran difusión en el comercio de bienes muebles a distancia. 1.El pago del precio debe efectuarse en el momento y en el lugar de entrega de los documentos indicados en el artículo 1580. según la que el vendedor se libera de la obligación de entregar el bien vendido con la remisión al comprador del título representativo del mismo. Oportunidad y lugar de pago Artículo 1581°. Aunque no basta nos dice el autor Rodríguez Rodríguez “que exista un documento. siendo así que ésta puede encontrarse en viaje o hallarse depositada en un almacén.5.. 7 . en relación más o menos estrecha con un derecho. 1. Se trata de una modalidad del contrato de compraventa de bienes muebles. la entrega del bien queda sustituida por la de su título representativo y por los otros documentos exigidos por el contrato o. título. correlativamente. la entrega del título (warrant.4. Las consecuencias de esta entrega son de suma importancia: el vendedor queda liberado de la obligación de poner las mercaderías a disposición del comprador y éste puede recogerlas a la presentación del título. conocimiento de embarque.) equivale a la de la mercadería. Los títulos valores.Artículo 1580°. por los usos. a su vez. en tanto que. en su defecto.En la compraventa sobre documentos. aunque no necesariamente a un país distinto. y la compraventa sobre documentos ha alcanzado un papel importante en las relaciones comerciales de importación y exportación. sino sólo mediante la entrega de sus títulos representativos. el cual lo tiene por cuenta del f) vendedor. ya que no han surgido en forma antojadiza de los juristas. 1. p. y puede afirmarse que un gran porcentaje de la riqueza comercial se representa y maneja por medio de tales títulos. por su razón de su contenido se encuentran: a) Títulos valores de contenido crediticio b) Títulos valores representativos de mercaderías c) Títulos valores de participación Nos enmarcaremos a los Títulos Valores representativos de mercancías.solamente aquellos en los que se da especial relación entre el derecho y el documento. Derecho Mercantil. el vendedor se libera de la obligación de entrega del bien. e) Su presupuesto es que el momento de la compraventa el bien se encuentra en poder de un tercero (porteador. el legislador establece una equivalencia funcional entre la entrega de la cosa en sentido estricto y la entrega de los títulos. Permite varias ventas sucesivas de la misma mercadería sin la necesidad de la tradición material de ésta.55 8 . quedando agotada toda su actividad en relación con tal obligación. de tal modo que no puede invocarse el derecho sino por aquel que tiene el documento. México. c) Con la entrega de los títulos. porque llena una necesidad comercial. ELEMENTOS Los elementos típicos de la compraventa sobre documentos son los siguientes: a) Constituye una inserción de la disciplina de los títulos de crédito en el contrato de compraventa de bienes muebles. d) Se puede referir tanto a bienes originariamente genéricos pero ya individualizados cuanto a bienes específicos por su naturaleza. aunque en los documentos ordinarios. que sin los cuales no sería factible el comercio actual. 1 Rodríguez Rodríguez. b) Dada la naturaleza del título. En adelante. corresponde al comprador hacer efectiva la entrega del bien. éstos sean algo accesorio del derecho derivado del documento que corresponde al titular del derecho.”1 Dentro de la clasificación de los títulos valores.6. depositario). 1947. sino que su desarrollo se vuelve en la práctica comercial y han sido regulados por las diversas legislaciones y su aplicación también se ha extendido debido al comercio internacional. considerándose la base del comercio internacional. que es inherente a la compraventa. 9 . EL RIESGO DE LA MERCADERÍA De conformidad con el artículo 1567 del Código Civil.1. en base a las reglas ordinarias de la venta. con lo que el derecho de crédito del comprador no ha resultado satisfecho. los derechos que nacen del título representativo y. no imputable a los contratantes. Desde este momento la posesión de las mercaderías ha pasado al comprador. el riesgo de pérdida de bienes ciertos. Empero. el comprador puede ejercitar contra el detentador. 1. como propios y originarios. el vendedor queda liberado de toda responsabilidad por falta de entrega de la mercadería por parte del detentador (porteador o depositario) de ésta. con la peculiaridad que se considera como momento de la entrega aquél en que el título representativo de la mercadería es entregado al comprador. según la naturaleza del daño. continúa incumplida la propia obligación de entrega por parte de éste. o sea que el riesgo de pérdida de la mercadería pasa al comprador en el momento de la entrega. Tratándose de la compraventa sobre documentos. puede ocurrir que al recibir efectivamente el comprador la mercadería por parte del detentador. pues sólo en ese momento el vendedor deja de ser deudor por haber cumplido totalmente su obligación de transferir la propiedad del bien.8. pese a haberse cumplido la obligación del detentador de entregar la mercadería al comprador. Este artículo se justifica por haber el Código adoptado el principio res perit debitoris respecto a las obligaciones de dar bienes ciertos. el principio es igual. En cambio. De allí que el vendedor es responsable ante el comprador por la pérdida o deterioro ocurrido culposamente al detentador de la mercadería antes de la entrega al comprador de los documentos representativos. obligación unilateral y abstracta que surge del título-valor. el riesgo de pérdida del bien pasa del vendedor al comprador en el momento de la entrega del bien. y responde.7. INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO Al quedar sustituida la entrega del bien por la entrega de su título representativo. resultando los defectos de conformidad imputables al vendedor. pasa al comprador en el momento de la entrega. En tal eventualidad. por lo cual será el detentador quien deberá responder directamente ante el comprador por incumplimiento de su obligación de custodia y entrega. el vendedor no responde de los actos dolosos o culposos del detentador después de la entrega de los documentos. puede demandarlo por incumplimiento de su obligación de entrega. Como compensación por esta liberación. resulte que ésta no es conforme con lo contratado con el vendedor. Aplicando este principio a la compraventa de bienes ciertos. en tal virtud. También puede hacer uso del procedimiento contemplado por el artículo 1429 del mismo Código.EL VENDEDOR es propietario de un lote de 25. N° Y con domicilio en . Según los conocimientos de embarque que en fotocopia legalizada han sido entregados a EL COMPRADOR para acreditar la existencia de la referida mercadería.000 cajas de jugo pasteurizado de un litro cada una. OBJETO DEL CONTRATO: 10 . en los términos contenidos en las cláusulas siguientes: ANTECEDENTES: PRIMERA.En estas condiciones. MODELO DE COMPRAVENTA SOBRE DOCUMENTOS Conste por el presente documento el contrato de compraventa sobre documento que celebran de una parte don AAA. a quien en lo sucesivo se denominará EL VENDEDOR. N° . identificado con DNI.. puede solicitar el cumplimiento de la prestación de entrega a cargo del vendedor o la resolución del contrato de compraventa.. Y de otra parte don BBB. elaborado en Italia y actualmente en tránsito rumbo a la ciudad de Lima.Y con domicilio en . el comprador. a quien en lo sucesivo se denominará EL COMPRADOR. identificado con DNI.. invocando el artículo 1428 del Código Civil. Las partes acuerdan. EL COMPRADOR se obliga a pagar a EL VENDEDOR el monto total del precio pactado en la cláusula siguiente... PRECIO Y FORMA DE PAGO: TERCERA..El precio del bien objeto de la prestación a cargo de EL VENDEDOR asciende a la suma de SI. en aplicación del artículo 1580 del Código Civil. formalización y ejecución del presente contrato serán asumidos por EL COMPRADOR. SEXTA.. en la forma y oportunidad convenidas.Por el presente contrato EL VENDEDOR se obliga a transferir la propiedad de la totalidad del lote de cajas de jugo a que se refiere la cláusula primera en favor de EL COMPRADOR.Queda convenido. íntegramente y al contado. (. Dicha entrega se efectuará en la fecha de suscripción de este documento sin más constancia que las firmas de las partes puestas en él... GASTOS Y TRIBUTOS: OCTAVA.. 11 .SEGUNDA. por lo tanto la entrega del mencionado conocimiento de embarque equivale a la entrega del lote de cajas de jugo que aquél representa. que a partir de la fecha de entrega del referido conocimiento de embarque EL COMPRADOR asume los derechos y obligaciones que emanan del mismo y que correspondían a EL VENDEDOR SETIMA. OBLIGACIONES DE LAS PARTES: CUARTA.. y 001100 nuevos soles).Por su parte.EL VENDEDOR se obliga a entregar físicamente a EL COMPRADOR el documento original del conocimiento de embarque que acredita la existencia del bien materia del contrato...Las partes acuerdan que todos los gastos y tributos que originen la celebración. que EL COMPRADOR cancelará en dinero.EL COMPRADOR se obliga a pagar el precio convenido en el momento y forma pactados en la cláusula tercera de este documento.... que el presente contrato de compraventa es sobre documento. en la fecha de recepción del respectivo conocimiento de embarque. como consecuencia de lo establecido en la cláusula precedente. QUINTA. . las partes se someten a la competencia territorial de los jueces y tribunales de… DOMICILIO: DECIMO SEGUNDA. El cambio de domicilio de cualquiera de las partes surtirá efecto desde la fecha de comunicación de dicho cambio a la otra parte. a los… días del mes de..NOVENA. los tributos que correspondan al bien materia de la venta hasta antes de la transferencia. por vía notarial.Para efectos de cualquier controversia que se genere con motivo de la celebración y ejecución de este contrato.. APLICACION SUPLETORIA DE LA LEY: DECIMO TERCERA. EL VENDEDOR asumirá o reembolsará a EL COMPRADOR.. En señal de conformidad las partes suscriben este documento en la ciudad de….. COMPETENCIA TERRITORIAL: DECIMO PRIMERA.. ambas señalan como sus respectivos domicilios los indicados en la introducción de este documento.Para la validez de todas las comunicaciones y notificaciones a las partes.En todo lo no previsto por las partes en el presente contrato.. de. DECIMA. mientras que EL COMPRADOR. con motivo de la ejecución de este contrato. si es el caso.EL VENDEDOR declara que al momento de celebrarse este contrato. EL VENDEDOR EL COMPRADOR 12 .En las relaciones personales entre las partes. por su parte. no tiene ninguna obligación tributaria pendiente de pago respecto del bien objeto de la prestación a su cargo.. asumirá los tributos que se generen con motivo de dicha transferencia y con posterioridad a ella. ambas se someten a lo establecido por las normas del Código Civil y demás del sistema jurídico que resulten aplicables..