CNDH

June 10, 2018 | Author: Gabriel González Barrera | Category: Rape, Justice, Crime & Justice, Government, Politics


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¿Qué es una Visitaduría?Son las áreas especializadas de la CNDH encargadas de:  Recibir, admitir o rechazar las quejas e inconformidades que se presentan ante la CNDH;  Propiciar la conciliación inmediata a violaciones de derechos humanos que por su naturaleza así lo permitan;  Investigar quejas e inconformidades que le sean presentadas o proceder de oficio en caso de violaciones graves;  Formular y someter a consideración del presidente de la CNDH proyectos de recomendación o acuerdos. ¿Cuántas Visitadurías existen y de qué asuntos conocen? Actualmente existen seis Visitadurías en la CNDH, que además de las quejas que se presenten por actos u omisiones de autoridades administrativas que se encuentren en su ámbito de competencia, así como de las inconformidades que sean de su conocimiento, tiene a su cargo los programas siguientes: Primera Visitaduría: Programa de Atención a Víctimas; de Presuntos Desaparecidos; de Atención a la Discapacidad; de VIH/SIDA, y de Asuntos de Niñez y la Familia. Segunda Visitaduría: Atiende las quejas que se presenten por actos u omisiones de autoridades administrativas federales, que se encuentren dentro de su competencia. Tercera Visitaduría: Conoce de presuntas violaciones a los derechos humanos, especialmente de aquéllas relacionadas con personas privadas de la libertad en centros penitenciarios federales; elabora anualmente un diagnóstico sobre la situación del respeto de los derechos humanos en el sistema de reinserción social del país y realiza visitas in situ a lugares de detención e internamiento con el fin de prevenir la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. Cuarta Visitaduría: Además de las quejas o inconformidades que sean del conocimiento de la presente área, esta Visitaduría integra los programas: Promoción de los Derechos Humanos de los Pueblos y Comunidades Indígenas, Gestión de Beneficios de Libertad Anticipada para Indígenas, Asuntos de la Mujer y de Igualdad entre Mujeres y Hombres. Quinta Visitaduría: Es responsable del Programa de Atención a Migrantes, el Programa de Agravios a Periodistas y Defensores Civiles de Derechos Humanos y, el Programa contra la Trata de Personas. Sexta Visitaduría: Esta Visitaduría tiene competencia en el conocimiento de asuntos laborales, ambientales, culturales y de carácter económico y social. ¿Qué debo hacer si mis derechos humanos fueron violados por una autoridad estatal o municipal? la CNDH está facultada para investigar de oficio los hechos de un escrito de queja anónimo si los acontecimientos presuntamente violatorios a derechos humanos son considerados graves. para el caso de que no pueda o sepa escribir. . como la dependencia a la que pertenece. se pide que se envíe el escrito firmado o que se presente personalmente a las oficinas de la institución para firmarlo. firma de la persona que presenta la queja y. la Comisión le hará saber esta situación para que. número telefónico o correo electrónico de la persona que presenta la queja.Se debe acudir ante el organismo estatal de derechos humanos del lugar donde sucedieron los hechos. apellidos. ¿Puedo presentar una queja si no tengo papeles de identificación como credencial del INE o pasaporte? Sí. durante todo el proceso. la Comisión evalúa los hechos y. Sin embargo. La queja debe incluir el nombre y firma de la persona que la presenta. En aquellos casos cuando haga falta el nombre de la persona que presenta la queja o no contenga su huella digital. tendrá que estampar su huella digital ¿Se puede presentar una queja anónima? No. Mencionar el nombre. determina iniciar la investigación y mantener de manera confidencial los datos de identificación de quien lo solicita. dentro de los tres días siguientes se presente personalmente para hacerlo. ¿Qué significa “ratificar” una queja? Cuando se solicita la ratificación o confirmación de una queja. Por último. domicilio y. discrecionalmente. se podrá acudir ante la CNDH. ¿Se garantiza el anonimato en la queja. Si el organismo estatal no cumple con sus funciones. ¿Qué deberá contener el escrito de queja? Deberá incluir un breve relato de los hechos cometidos por la autoridad administrativa o servidor público que la persona estima violatorios de sus derechos humanos. los datos que permitan identificar a la autoridad o servidor público presuntamente responsable. es posible acudir a la CNDH sin contar con esa documentación. También. de ser posible. si el afectado lo solicita? Si la persona que presenta la queja solicita que su nombre se mantenga en estricta reserva. deberá justificar la razón de su negativa. • Por acuerdo de acumulación de expedientes. y • Por haberse solucionado el expediente de queja mediante los procedimientos de conciliación o durante el trámite respectivo. ¿De qué otra manera puede resolver un caso la CNDH? Los expedientes de queja podrán ser concluidos por las siguientes causas: • Por falta de competencia de la Comisión Nacional para conocer de la queja planteada. en caso contrario declara que la norma es inconstitucional y su invalidez. se le indica a la autoridad la manera en que deberá restituir o reparar el daño al afectado y podrá solicitar a las autoridades correspondientes. • Por no existir materia para seguir conociendo del expediente de queja. sancionar a los servidores que hayan incurrido en la conducta violatoria de derechos humanos.¿Qué es una Recomendación? Es la resolución que emiten los organismos protectores de derechos humanos que determina la violación a los derechos humanos. en cuyo caso se dará orientación jurídica al quejoso. • Por haberse enviado a la autoridad o servidor público señalado como responsable un documento de no responsabilidad. estatales y del Distrito Federal. La autoridad que la reciba deberá manifestar si la acepta y remitir a la Comisión las pruebas con las cuales acredite el cumplimiento de la recomendación. . estatal o del Distrito Federal. en su caso. • Por falta de interés del quejoso en la continuación del procedimiento. el inicio de los procedimientos para. Se podrá solicitar la comparecencia ante el Senado de aquellas autoridades que no acepten o. ¿Qué puede hacer la CNDH contra leyes federales. que vulneren los derechos humanos? La CNDH puede presentar acciones de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En el supuesto de que la autoridad señalada como responsable no acepte la recomendación. • Por desistimiento del quejoso. solicitar a dichas autoridades la agilización y conclusión de los procedimientos que a la fecha de emisión de la recomendación se encuentren en trámite. incumplan una recomendación. Además de la recomendación.o un tratado internacional que se estime vulnera derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales aceptados por el Estado mexicano. o bien. Con esta resolución se señala a la autoridad su responsabilidad en la violación a los derechos humanos. aceptándola. • Por no tratarse de violaciones a derechos humanos. cuando exista una ley federal. ¿Qué efectos tiene una acción de inconstitucionalidad? Tiene por efecto que la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva si la norma está apegada a la Constitución o a los tratados internacionales. el encarcelamiento injusto prolongado y en condiciones infrahumanas y el impedimento a que las personas obtengan su sustento. se le sancionará en los términos que señala el artículo 214. Violaciones graves Por violaciones graves a derechos humanos suelen entenderse : la ejecución extrajudicial. la desaparición forzosa e involuntaria. puede la Comisión Nacional. las cuales hayan sido materia de una recomendación previa que no hubiese sido aceptada o cumplida. quienes pasan a convertirse en rehenes de los abusadores. . Aunado a lo anterior. del Código Penal Federal. que por sus actos u omisiones hayan vulnerado derechos humanos. con independencia de las denuncias sobre los delitos y faltas administrativas en que puedan incurrir las autoridades y servidores públicos en el curso de las investigaciones seguidas por la Comisión Nacional. fracción V. el despojo de la propiedad. El considerar graves a estas violaciones entre los muchos tipos de abusos de poder tiene fundamento: se trata de actos que lesionan en lo más profundo la dignidad humana y cuyos perjuicios son irreversibles o muy difíciles de reparar. cuando así se determine en una Recomendación. así como actos similares cometidos contra allegados de los objetivos principales de los abusos de poder. Además. podrá denunciar los delitos o faltas que hubiesen cometido dichas autoridades. cuando la Comisión Nacional. De igual forma este Organismo.¿En contra de quién puede la CNDH presentar denuncia penal o queja administrativa? En contra de servidores públicos. ésta podrá solicitar la amonestación pública o privada del servidor público. la tortura. esclavitud. encuentre que en la investigación persisten actitudes u omisiones que impliquen conductas evasivas o de entorpecimiento por parte de las autoridades y servidores públicos que deban intervenir o colaborar. se encuentra facultado para denunciar ante el Ministerio Público o ante la autoridad administrativa que corresponda la reiteración de las conductas cometidas por una misma autoridad o servidor público. Pero la definición no es tan simple cuando se trata de determinar el grado de gravedad de las violaciones en una jurisdicción en su conjunto. el desplazamiento forzado. la mutilación y las lesiones con daño permanente o incapacitación. En caso de que algún servidor público en respuesta a un requerimiento de información formulado por la Comisión Nacional rindiera informes falsos o parcialmente verdaderos.
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