Clausula Compromisoria y Compromiso Arbitral.

April 2, 2018 | Author: yoseli | Category: Legal Communication, Arbitration, Private Law, Government, Politics


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Se organizan de manera colaborativa y explican: “LOS CONTRATOS DE CLÁUSULA COMPROMISORIA Y COMPROMISO ARBITRAL” Haciendo uso de un resumen. ALUMNA : YOSELI CATARINE, ALVA GONZALES. SANDRA VIVIANA MARTÍNEZ CURO. DOCENTE : Abg. LUIS HERNÁN CRUZ VÍLCHEZ. CURSO : DERECHO DE CONTRATOS CICLO : VIII Piura, noviembre del 2017 1 ............................................................................................................ 8 BIBLIOGRAFÍA ............. ...................................... 5 CONCLUSIONES ............ 5 3........................... 9 2 .................................................................................. Antecedentes: la cláusula compromisoria y el compromiso arbitral en el Código Civil: .......................................... LA CLÁUSULA COMPROMISORIA...............................................................................................................................................ÍNDICE INTRODUCCIÓN ....... 4 2................. 4 1....................................................................... 3 CAPITULO I: ...... COMPROMISO ARBITRAL............................................................................................................................................................ y se le denominó con el nombre de convenio arbitral. siendo esto así y como ya se ha referido líneas arriba. La cláusula compromisoria y el compromiso arbitral fueron derogadas. y posteriormente se fusionaron. 3 . al ser un tema de importancia dentro del campo del derecho. son temas muy importante en materia de derecho. De este modo. es por ello. su eficacia que debemos conocer nosotros como futuros defensores del derecho. y estableciendo una relación de sinonimia entre el compromiso arbitral y el convenio arbitral. es imprescindible que se le dé el merecido interés y aprecio. tratare de explicar en forma clara y precisa acerca de su importancia. cuyo nomen iuris ha venido a sustituir al del compromiso arbitral. que a través de este trabajo se abordaran en forma resumida y concreta los aspectos más sustanciales referidos al presente tema. INTRODUCCIÓN El Tema de “LOS CONTRATOS DE CLÁUSULA COMPROMISORIA Y COMPROMISO ARBITRAL”. al suprimirse la cláusula compromisoria el arbitraje tiene por causa y fundamento solo al convenio arbitral. En tal caso. se decía en el artículo 1907°). Es obligatorio fijar la extensión de la materia a que habrá de referirse el arbitraje. a celebrar en el futuro un compromiso arbitral. 4 . Disposición Final del Decreto Ley 25935. un compromiso de contratar1. no se requiere la designación de los árbitros. La “cláusula compromisoria” era un contrato preparatorio (“preliminar”. concretamente. Nueva Ley General de Arbitraje del 05/01/1996.” No es de aplicación a la cláusula compromisoria lo dispuesto en el artículo 1416° (Plazo del compromiso). en sus inicios fue distinguido por dos figuras. o la forma de un acuerdo independiente (pacto principal). CAPITULO I: 1. Estas normas fueron derogadas según la 1ra. la misma fue derogada por la Ley N° 26572. en cuyo caso la denominación “cláusula compromisoria” era inexacta (Cárdenas Quirós 2000: 637) 1 El compromiso de contratar está regulado en el Código Civil. la cláusula compromisoria y el compromiso arbitral. y en el artículo 1909° al 1922° el “compromiso arbitral”. Este contrato preparatorio podía adoptar la forma de una cláusula incluida en un contrato y en tal sentido era una “cláusula compromisoria” (estipulación accesoria). en virtud del cual los otorgantes se obligaban a celebrar en el futuro un “compromiso arbitral” en el caso de que surgiera una controversia. El Código Civil peruano regulaba en el artículo 1906° al 1908° la “cláusula compromisoria”. Conforme lo establecía el artículo 1906°: “Las partes pueden obligarse mediante un pacto principal o una estipulación accesoria. Antecedentes: la cláusula compromisoria y el compromiso arbitral en el Código Civil: El convenio arbitral. Ley General de Arbitraje. en los artículos 1414° y siguientes. se desprende que la cláusula compromisoria se pactaba dentro de un contrato principal. pero haciendo expresa referencia al contrato principal. a sustraerse de la intervención del poder judicial. Carlos M. ya sea como cláusula del mismo o en escrito separado.. También se establece la autonomía de dicha cláusula para evitar de esta forma la posibilidad que se produzca un laudo sin fundamento. porque si la idea es que el arbitraje sea un medio más idóneo de resolución de conflictos sería contradictorio establecer requisitos que compliquen a la figura arbitral. p. ya que se exigía un acuerdo (cláusula compromisoria) y luego se requería llegar a otro acuerdo. porque al anularse la cláusula que obliga a acudir a un proceso arbitral. cit.. a favor de los árbitros. pero podía existir separadamente. José Mariano. 15. sean sometidas a juicio arbitral. cit. 5 . Con la estipulación de esta cláusula. Op. 3. 3 BERMÚDEZ JIMÉNEZ. Considero que esta distinción no logró consolidarse. Op. Esto sucedería si mediante el laudo se anula un contrato que contiene una cláusula compromisoria. mediante la cual las partes deciden que todas o algunas de las controversias que de tal convenio puedan resultar en el futuro.3 De las definiciones expuestas anteriormente. “En el 2 GÓMEZ RODAS. p. porque generaba trabas y demoras innecesarias para la realización del arbitraje. y confiar en una decisión de uno o varios árbitros. 59. COMPROMISO ARBITRAL. las partes se obligaban. lo cual en la práctica se tornaba sumamente complicado. se dejaría sin fundamento el mismo proceso arbitral y por ende el laudo a que se llegue. 2. pues el convenio definitivo que se celebraba en cumplimiento de la cláusula compromisoria y en virtud del cual las partes decidían encargar la solución del litigio a los árbitros escogidos por ellas”. Definición: El compromiso arbitral era. LA CLÁUSULA COMPROMISORIA Definición: La cláusula compromisoria era aquella estipulación incluida en un contrato.2 Normalmente la cláusula compromisoria es accesoria a los contratos y procura excluir éstos del conocimiento de los jueces permanentes. en el eventual caso de que exista un conflicto relacionado con el contrato principal. Este convenio arbitral viene a sustituir. El numeral 1 del artículo 13 del Decreto Legislativo 1071° define al convenio arbitral así: “El convenio arbitral es un acuerdo por el que las partes deciden someter a arbitraje todas las controversias o ciertas controversias que hayan surgido o puedan surgir entre ellas respecto de una determinada relación jurídica contractual o de otra naturaleza” Asimismo. para todos los efectos. Ello queda demostrado. los conceptos de cláusula compromisoria y compromiso arbitral legislados en los artículos 1906º y 1909º del Código Civil. La Ley General de Arbitraje lo define así en su artículo 9º: “El convenio arbitral es el acuerdo por el que las partes deciden someter a arbitraje las controversias que hayan surgido o puedan surgir entre ellas respecto de una 6 . con la publicación del Decreto Ley 25935. tanto en la antigua Ley General de Arbitraje (Decreto Ley N 25935) como en la Ley General de Arbitraje vigente (Ley Nº 26572). el acuerdo de voluntades por el que las partes deciden someter a arbitraje controversias derivadas de una relación contractual o de otra naturaleza. se acuña el concepto de convenio arbitral. 140° Código Civil) Derogadas las normas sobre arbitraje del Código Civil. Esta regulación demuestra que la figura de dividir al convenio arbitral en cláusula compromisoria y compromiso arbitral estaba muy arraigada en el país. Perú esta distinción fue recogida de manera explícita a partir de la dación del Código Civil de 1984 (el artículo derogado 1906 definía a la cláusula compromisoria y el artículo 1909 definía al compromiso arbitral). eliminar esta distinción de la práctica. Por ello fue muy difícil. Se le aplican reglas de Acto Jurídico (Art. que derogó estas normas. (…)”. para variar. sean o no materia de un proceso judicial». 7 el artículo 10 de la misma Ley señala tímidamente la modalidad que puede adoptar el convenio arbitral afirmando que: «(…) Podrá adoptar la forma de una cláusula incluida en un contrato o la forma de un acuerdo independiente. determinada relación jurídica contractual o no contractual. 7 . se le quita el nombre de contrato de arbitraje. El convenio arbitral. conforme a la doctrina y la legislación expuesta no es más que un contrato de arbitraje en toda regla al que. Cuando éste “adopta la forma de una cláusula incluida en un contrato» no estamos más que en presencia de una cláusula arbitral a través de la cual se contrata un arbitraje. En efecto. acuerdan que. no ha sido celebrado y por tanto no ha sido contratado. las partes. celebrado y contratado es un compromiso. Así pues. se contrata que en un futuro se contratará a su vez un arbitraje. Mientras estuvieron vigentes las disposiciones arbitrales contenidas en el Código Civil de 1984. era el contrato definitivo que necesariamente tenía que celebrarse para acudir al arbitraje. la ley distinguió dos tipos de contratos arbitrales: la cláusula compromisoria y el compromiso arbitral. El primero era una especie de contrato preparatorio que se suscribía antes de que surgieran las controversias. toda vez que lo único que se obtiene es pérdida de dinero y dilatación de la pretensión. 2. La esencia para entender lo que es la cláusula compromisoria está en saber que mediante ella jamás se concierta o celebra un arbitraje. contratar un arbitraje. se acordará a su vez un arbitraje. y. que por lo general es el contrato principal. para resolver cualquier conflicto o determinado conflicto. ¿Qué es pues lo que. se concierta o celebra entonces? En términos muy simples. cuando la controversia ya existía y estaba determinada. en un contrato. para en su momento. el segundo. a través de una cláusula compromisoria. Lo que ha sido acordado. CONCLUSIONES 1. 8 . como en todo contrato. que se suscite del contrato principal. lo cual resulta absurdo este procedimiento. 3. en la cláusula compromisoria el arbitraje no ha sido acordado. (http://www.el_dominio_contractual_en_el_arbitraje. (htpp://www.Luciano Barchi Velaochaga 9 .pdf  El convenio arbitral en el Decreto Legislativo 1071 .com)  El Dominio Contractual en el Arbitraje . BIBLIOGRAFÍA  Código Civil Peruano.Mario Castillo Freyre .Ricardo Vásquez Kunze.  Biblioteca de Arbitraje del Estudio Mario Castillo Freyre- Comentarios de la ley de Arbitraje – Primera Parte – Volumen 25 ECB Ediciones -Thomson Reuters Primera Edición – setiembre del 2014.castillofreyre.
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