Cartilla Plan Democracia 2015

April 2, 2018 | Author: Arielgarciarivera | Category: Voting, Elections, Police, Prohibition, Democracy


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LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Doctor Juan Manuel Santos Calderón MINISTRO DE DEFENSA Doctor Juan Carlos Pinzón Bueno DIRECTOR POLICÍA NACIONAL General Rodolfo Palomino López SUBDIRECTOR POLICÍA NACIONAL Mayor General Luz Marina Bustos INSPECTOR GENERAL Mayor General Yesid Vásquez Prada DIRECTOR DE SEGURIDAD CIUDADANA Mayor General Jorge Hernando Nieto Rojas JEFE DE COMUNICACIONES ESTRATÉGICAS Coronel Gustavo Franco Gómez JEFE GRUPO IMPRESOS Y PUBLICACIONES COEST Teniente Nidia Esmeralda Amador Rodríguez DISEÑO Y DIAGRAMACIÓN Subintendente Rodrigo Motivar Parra Dirección General de la Policía Nacional Carrera 59 No. 26-21 - CAN www.policia.gov.co 2 ELECCIONES 2015 En el Estado Social de Derecho la soberanía recae en el poder democrático de la sociedad. La razón primera y última del Estado es el bienestar de todos. A partir de esta máxima, la Policía Nacional de Colombia, ha priorizado su contribución a las condiciones de seguridad para garantizar el buen desarrollo de los comicios electorales en el territorio nacional durante la vigencia 2015. Como bien conocen nuestros policías, las infracciones contra el sufragio hacen indispensable la aplicación de los códigos penal y electoral, que en sus articulados castigan con pena de prisión o con multa, todas y cada una de las conductas que la normatividad describe. Dado este imperativo, el Plan Democracia 2015, se ha diseñado con el fin de asegurar la participación masiva de la ciudadanía a las urnas y de evitar delitos contra el derecho al voto, en función del número de efectivos destinados a evitar cualquier acto de violencia en contra de candidatos, líderes, autoridades territoriales, sedes y 3 LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL comunidades, además de implementar esquemas protectivos articulados al monitorio del Centro Integrado de Información e Inteligencia Electoral - CI3E, con el fin de hacer de este proceso electoral, un escenario de absoluta credibilidad y transparencia, en campos y ciudades. Así mismo, resulta absolutamente indispensable brindar garantías de seguridad a los votantes que se desplazan, tal advertencia cubre la situación del personal de registradores, delegados, y de todo el material electoral. Nuestro compromiso consiste en garantizar la plena custodia profesional, la integridad física de los candidatos electos. Por lo tanto, se deben elaborar estudios de seguridad que eviten la agresión contra candidatos y dispositivos policiales. En este ámbito de actuación, esperamos hacer de las elecciones, un escenario estratégico respecto a la experiencia positiva del Estado de Derecho que rige a Colombia, en correspondencia con nuestros imperativos éticos, procedimentales y operacionales. A partir de esta convicción y gracias a la disponibilidad institucional frente a la defensa de la práctica más distintiva del sistema democrático, invito a 4 5 . incluye el voto y el respeto hacia los resultados de los comicios electorales. personal subalterno y a todas las unidades policiales para brindar un servicio efectivo y anticipativo. Por consiguiente. nos van a permitir no sólo valorar y estimar el alcance de distintos riesgos y amenazas sino contener todos los delitos contra el sufragio. pero también el respeto a los derechos civiles y la garantía de la libre expresión a nivel local y nacional.ELECCIONES 2015 incrementar el control por parte de los señores Comandantes. bajo las inmensas garantías que brinda el sistema de democracia participativa. teniendo en cuenta que sólo es posible garantizar los derechos de los colombianos. el conocimiento exacto de nuestras funciones y actuaciones en el marco del Plan Democracia 2015. en un ambiente de seguridad y orden público. La experiencia de la democracia como sistema de gobierno. . “PARÁMETROS DE ACTUACIÓN FRENTE A LA PARTICIPACIÓN DE LA POLICÍA NACIONAL EN EL “PLAN DEMOCRACIA 2015” . FASES DE EJECUCIÓN PRIMERA FASE: ANTES • Elaborar la orden de servicios.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL FINALIDAD: Generar las condiciones de seguridad necesarias para garantizar el normal desarrollo de los eventos electorales que se realizarán en el territorio nacional durante la vigencia 2015. solicitudes de apoyo aéreo. necesidades presupuestales. entre otras acciones. con el fin de realizar las coordinaciones y ajustes 8 . • Instalar el Puesto de Mando Unificado en el CIEPS de las diferentes bases de departamentos y metropolitanas de policía. con el fin de realizar el ingreso de la información al Aplicativo Sistema de Información Plan Democracia – (SIPDE) verificando los dispositivos. a partir del 23-10-2015 y hasta nueva orden. • Activar el CIEPS (Centro de Información Estratégica Policial Seccional) de las metropolitanas y departamentos de Policía a partir del 01-08-2015. Incrementar las actividades de inteligencia y contrainteligencia. con los diferentes entes comprometidos. así como los 9 . Contextualizar al personal de apoyo sobre la apreciación de situación de las áreas asignadas. Realizar registros fotográficos y levantamiento de coordenadas en los puestos de votación de la jurisdicción. Solicitar a las autoridades locales. para controlar situaciones paralelas al proceso electoral. 2821 del 03 de diciembre de 2013 “Por el cual se crea y reglamenta la Comisión para la Coordinación y Seguimiento de los Procesos Electorales”. Participar como lo establece el Decreto No. Coordinar con los comités regionales y locales para la prevención y atención de desastres. distrital y municipal. la expedición de normas especiales que faciliten el control del orden público. la elaboración de los planes de contingencia. para detectar amenazas internas y externas. en sus niveles departamental.ELECCIONES 2015 • • • • • • pertinentes a que haya lugar. Conocer previo al debate electoral o dentro de la capacitación que imparta la Registraduría. registradurías. Considerar las sedes políticas. que tipo 10 . Subestación y Comando de Atención Inmediata CAI. sobre seguridad operacional en áreas rurales y urbanas. en los asuntos de competencia de la Policía Nacional frente al certamen electoral. dejando constancia escrita de la actividad cumplida. centros de información y sitios de escrutinio como puntos críticos ordenando revistas perimétricas en forma permanente por parte de los comandantes de Estación.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL • • • • comportamientos recurrentes y posibles factores de atención que podrían presentarse en cada jurisdicción en el marco del proceso electoral. puestos de votación. Efectuar jornadas de retroalimentación con el personal que conforma la unidad y/o que se encuentre de apoyo en todos los niveles. residencias de los candidatos. así como procedimientos policiales para atender casos en el marco del proceso electoral. Departamental y/o Municipal la instrucción del personal uniformado. Coordinar con la Registraduría Nacional. ELECCIONES 2015 • • • • • • de acreditaciones expedirán y cuál es su alcance para efecto de ejercer una mayor organización y control de estos actores. Proteger a las autoridades electorales. Delegaciones Departamentales. Coordinar con la Registraduría la ubicación de las sedes para los escrutinios. jurados. entre otros. Solicitar al Registrador Distrital. Establecer planes de contingencia. defensa. que ofrezcan las condiciones de seguridad necesarias para todos los que participan en esta actividad. apoyo y reacción. Departamental y/o Municipal la expedición de documentos de identificación confiables para delegados de puesto de votación. Distritales y Municipales mediante un dispositivo especial de cubrimiento que permita evaluar los riesgos y vulnerabilidades. testigos electorales. Realizar consejos de seguridad y coordinaciones interinstitucionales. teniendo presente lecciones aprendidas de eventos 11 . Asignar servicio de vigilancia en la Registraduría Nacional. SEGUNDA FASE: DURANTE (día de elecciones . • Inspeccionar el sitio de votación en su área exterior e interior. • Instalar los dispositivos de seguridad en los sitios de votación 48 horas antes del inicio de la votación. • Coordinar con los comandantes de Brigada de su jurisdicción la expedición de normas para el control del porte de armas. • Agilizar el registro de personas para facilitar el acceso. para detectar artefactos que puedan atentar contra la integridad de los ciudadanos y/o integrantes de la Fuerza Pública. • Ajustar el dispositivo a la real situación del lugar de 12 . delimitar y señalizar el sitio de votación.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL electorales anteriores.25 de Octubre 2015) • Realizar una inspección preventiva a los Puestos de Votación con el guía canino o personal de antiexplosivos. • Acordonar. • Instalar el dispositivo el día de la jornada electoral a las 05:00 horas. para impedir aglomeraciones. inmunidad. delitos contra el sufragio y judicializar rápidamente los casos que lo ameriten. • Evacuar con toda cortesía a quienes ya votaron. • Ante cualquier duda procedimental. quienes atenderán la inquietud solicitada por el policial. • Hacer cumplir las normas especiales sobre ley seca. porte de armas. capturas. • Aprovechar la oportunidad para fortalecer la imagen institucional demostrando una actitud personal y profesional que inspire confianza. admiración y respeto. publicidad política. • Incrementar mecanismos de control durante el conteo de votos y posterior traslado de documentos a la Registraduría. • Vigilar el cumplimiento del artículo 53 de la Ley 1475 de 2011 que dispone: “prohíbase la contratación de personas conocidas como auxiliares electorales.ELECCIONES 2015 votación. credibilidad. se deberá consultar a las mesas de justicia. contravenciones. informadores guías y demás denominaciones el día del debate electoral”. pregoneros. evitando a toda costa quejas de 13 . • Prestar servicio policial permanente. una vez iniciado los escrutinios y hasta la finalización de los mismos. las novedades sobre iniciación de los comicios y casos de Policía significativos con el fin de mantener informado al Mando Institucional.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL las autoridades o de la comunidad. • Coordinar el traslado del personal de apoyo a sus unidades de origen. TERCERA FASE: DESPUES • Coordinar con los delegados de la Registraduría el traslado y acompañamiento del material electoral a los sitios de los escrutinios. • Disponer el repliegue de las unidades. previendo medidas de seguridad operacional durante el desplazamiento. • Informar en tiempo real a la Sala de Información Estratégica Policial – INEPO de la Dirección de Seguridad Ciudadana. según la situación de orden público. armamento y equipos para tomar la acción disciplinaria. 14 . informando sobre su desempeño. penal. • Verificar las novedades de personal. administrativa o prestacional si es del caso. evidenciando el planeamiento. conservando la protección a la Registraduría. deberán realizar una evaluación del servicio en su jurisdicción y particularmente sobre el apoyo. sedes políticas.ELECCIONES 2015 • Normalizar los servicios ordinarios de vigilancia. • Coordinar una reunión con las autoridades que participaron en el control del evento electoral para evaluar aciertos. especificando aciertos y desaciertos. • Rendir un informe detallado sobre contravenciones y delitos sucedidos el día de elecciones. • Los comandantes de unidades y directores de escuelas. 15 . especialmente los días de escrutinio. • Mantener actualizada la bitácora sobre la actuación institucional en el marco del certamen electoral. candidatos y autoridades electorales. despliegue y ejecución de las capacidades institucionales. desaciertos y construir lecciones aprendidas. • Evaluar el desempeño del personal comprometido en cada dispositivo y aplicar los correctivos ó estímulos a que haya lugar. una vez divulgado. las autoridades locales podrán ordenar medidas especiales de acuerdo a los factores de atención en materia de Convivencia y Seguridad Ciudadana que tenga cada jurisdicción. PROHIBICIÓN PROPAGANDA POLÍTICA “Queda prohibida toda clase de propaganda política y electoral el día de elecciones. Por lo tanto no se podrán 16 .LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL ¿QUÉ SE ELIGE EN EL 2015? • • • • • Gobernadores Alcaldes Concejales Diputados a la Asamblea Departamental Juntas Administradoras Locales dependiendo la circunscripción LEY SECA Esta prohibición quedará a disposición del Gobierno Nacional por medio de la expedición del Decreto de Orden Público. emanada de juez competente”. C. 126 C.) “Los miembros de las Comisiones Escrutadoras. (Art. (Art.) 17 . 119.ELECCIONES 2015 portar camisetas o cualquier prenda de vestir alusiva a propaganda política.E. C. le hagan propaganda. sus Secretarios y los Claveros.” Las autoridades podrán decomisar la propaganda respectiva. 127.E. ni obligado a comparecer ante las autoridades públicas.E. gozarán de inmunidades desde cuarenta y ocho (48) horas antes de iniciarse los respectivos escrutinios. Exceptúense los casos de flagrante delito u orden de captura anterior a la fecha de las elecciones.) INMUNIDADES “Durante el día de las votaciones ningún ciudadano con derecho a votar puede ser arrestado o detenido. gacetas o documentos similares que inviten a votar por determinado candidato o simplemente. durante éstos y hasta veinticuatro (24) horas después de concluidos”. volantes. sin retener a la persona que la porte.” (Art. afiches. Así mismo los mayores de ochenta (80) años o quienes padezcan problemas avanzados de visión. RECORDEMOS: Los adultos mayores. Art. las mujeres embarazadas y los discapacitados. Inicia ingreso de Funcionarios de la Registraduría con elementos electorales 18 .M.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL ACOMPAÑANTE PARA VOTAR “Los ciudadanos que padezcan limitaciones y dolencias físicas que les impidan valerse por sí mismos. “Las Autoridades Electorales y de POLICIA les prestarán toda la colaboración necesaria y darán prelación en el turno de votación a estas personas”. podrán ejercer el derecho al sufragio “acompañados” hasta el interior del cubículo de votación. (Art. Ley 163 de 1994). 16. 16. los invidentes. Ley 163 de 1994). (Parágrafo. son electores con prelación para ejercer el derecho al sufragio. HORARIO DE LOS PUESTOS DE VOTACIÓN • 5:00 A.”. • • • • AUTENTICACIÓN BIOMÉTRICA Es el proceso mediante el cual se verifica ó valida la identidad única de una persona a través de un rasgo físico (Huella). Actores que participarán en el proceso de autenticación biométrica • Operadores: Encargados de operar las estaciones Biométricas móviles y/o fijas para la validación y autenticación de la identidad de los ciudadanos. 8:00 A. 4:00 P.ELECCIONES 2015 7:00 A.M.M. para ser entregados a los CLAVEROS. Traslado de pliegos electorales desde los puestos de votación hacia las sedes de las Comisiones Escrutadoras. Cierre de las votaciones y escrutinio de mesa / Transmisión de resultados electorales. Inicia ingreso de Votantes.M. 19 . A 11:00 P. Inicia ingreso Jurados de Votación 7:30 A. • 4:00 P.M.M.M. Inicia ingreso de Testigo Electorales. ordenar y ubicar a los ciudadanos que van a votar. el cual consiste en que otra persona vota en lugar del elector. Son los encargados de agilizar. ¿CUÁL ES EL OBJETIVO DE LA AUTENTICACIÓN BIOMÉTRICA? Evitar el fraude por suplantación del elector. Descripción del proceso (Autenticación Biométrica Estación Fija) • Ingreso de datos del ciudadano 20 .LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL • Operadores Logísticos: Deben estar ubicados al inicio de la fila. Deben dirigir a los votantes siempre hacia las estaciones de los extremos o más alejados y luego a los más cercanos a la fila. por ejemplo personas que han fallecido. • Líderes: Encargado de liderar las actividades de autenticación Biométrica en el puesto y solucionar las novedades del proceso en conjunto con el delegado de la Registraduría Nacional del Estado Civil. ELECCIONES 2015 • Autenticación del ciudadano • Validación por el delegado (Registraduría Nacional del Estado Civil) • Entrega de Certificado al ciudadano Proceso de ingreso de Jurados de votación • Registro de la persona • Autenticación • NO se entrega certificado de Autenticación Biométrica Proceso de ingreso de votantes • Registro de la persona • Autenticación y se le entrega Certificado de Autenticación Biométrica • Votación en la mesa Asignada. 21 . Preferiblemente la maquinas designadas deberán ser las ultimas de la fila.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL MEDIDAS DE AGILIDAD Fila de la tercera edad El líder de puesto deberá conversar con la policía de los puestos de votación para que se separe las filas de las personas de la tercera edad con el fin de focalizar las probables excepciones que son estas personas. Maquinas exclusivas con excepciones: Se deberá disponer de 1 estación o más destinadas únicamente para la solución de excepciones durante la jornada laboral. Características de seguridad de los tarjetas electorales • La tarjeta Electoral contendrá elementos de seguridad. reflejados mediante la impresión de tintas de seguridad fluorescente amarilla o violeta que 22 . en policromía y la primera cara en una sola tinta. ubicados de acuerdo con lo dispuesto en su oportunidad por la Registraduría Nacional del Estado Civil.ELECCIONES 2015 • • • • • • contendrá el escudo de la Organización Electoral y el texto: “Republica de Colombia – Registraduría Nacional del Estado Civil” que reacciona a los rayos ultravioleta o a la luz negra. será impreso en papel Bond. con reacción para su visibilidad a los rayos ultravioleta o a la luz negra. El Cuadernillo. Con impresión de textos a una tinta.Sistema: Offset Húmedo. Anverso. 23 . Policromía: para la impresión del logo de cada partido en las listas y plurinominales y para los cargos de presidente y Vicepresidente de la República. Reverso: impresión de textos a una tinta Para el caso de Presidencia de la república la tarjeta electoral irá con la fotografía y policromía. Sensibilización el anverso con tinta fluorescente invisible amarilla o violeta que contendrá el escudo de la Organización Electoral y el texto “REPÚBLICA DE COLOMBIA – REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL”. que se realiza en la noche de las elecciones. del día de elecciones. 24 .41 Ley 1475 2011 Art.m. el domingo de elecciones.m. Escrutinios Departamentales a partir del martes siguiente a las elecciones a las 9 a. Recolección de muebles.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL Actividades relacionadas Preparación de los puestos de votación. Art. equipos de computo y otros elementos utilizados en la elección. una vez finalice el proceso.m. Escrutinios Auxiliares y Municipales a partir de las 4 p. que se adelanta el sábado anterior a las elecciones.43 Pre conteo. y continuar el día siguiente desde las 9. hasta las 12 p. . LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL 26 . ELECCIONES 2015 POLICÍA NACIONAL DE COLOMBIA EN EL PROCESO ELECTORAL COLOMBIANO ELECCIONES 2015 27 . Esta coordinación se puede adelantar directamente o en el seno del COMITÉ DE SEGUIMIENTO ELECTORAL. TESTIGOS ELECTORALES y VOTANTES. se requiere una oportuna y adecuada coordinación e intercambio de información entre los policiales responsables del proceso en cada jurisdicción y los REGISTRADORES del Estado Civil y Delegados. zonas electorales. 28 . la organización y el orden en los puestos de votación. quienes deben contribuir a la seguridad y el orden del proceso. cómodo y oportuno cumplimiento de sus funciones y derechos Esta tarea corresponde a la FUERZA PÚBLICA. al igual que con los funcionarios de los organismos de control e investigación criminal. JURADOS. facilitando a FUNCIONARIOS DE VOTACION. corregimientos.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL Dentro de la organización del proceso electoral es de vital importancia garantizar la seguridad de los municipios. Para una efectiva labor por parte de la FUERZA PÚBLICA. Departamental o Municipal. el adecuado. • Seguridad en el traslado de pliegos electorales. • Colaboración en la transmisión de resultados 29 . • Control en el cumplimiento de las prohibiciones de propaganda política. • Organización en el ingreso y salida tanto de electores como funcionarios.ELECCIONES 2015 A continuación se describirá el proceso electoral y las actividades. cuyo conocimiento es útil. FUNCIONES BÁSICAS DE APOYO AL PROCESO ELECTORAL POR PARTE DE LA POLICIA NACIONAL La organización del proceso electoral en cada municipio requiere el apoyo de la FUERZA PÚBLICA en los siguientes aspectos: • Seguridad dentro y fuera de las zonas electorales y sus perímetros. para el efectivo apoyo de la FUERZA PÚBLICA en las próximas elecciones. centros de cómputo y comisiones escrutadoras. • Seguridad y vigilancia de las sedes de las REGISTRADURÍA. LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL electorales. Jurado de mesa. LIMITACIONES • No podrán ser nombrados para ejercer las funciones de Jurado de Votación. ACTORES DEL PROCESO ELECTORAL Jurados de votación 30 . ni intervenir en actividades o debates de Partidos o Movimientos Políticos (Art. E.) • No podrán ejercer la función del sufragio mientras permanezcan en servicio activo. 219 CN) • No podrán interferir en el proceso de las votaciones. Testigos Electorales. • No podrán ser acompañantes de los ciudadanos con limitaciones físicas. ni en los escrutinios de las Comisiones Escrutadoras. 104 C. mientras se encuentren en servicio activo (Art. ni en los Escrutinios de Mesa de Jurado. Los Jurados instalarán las mesas de votación máximo a las 7:30 AM y permanecerán en la mesa de votación hasta la entrega de los pliegos electorales. Inician su ingreso a las 7:00 AM. La mesa de votación debe instalarse y funcionar con los seis 31 .ELECCIONES 2015 • Se designan seis (6) Jurados de Votación por cada mesa de votación. debiendo presentar para ello la cédula de ciudadanía o contraseña. • Son los encargados de adelantar el PROCESO DE LAS VOTACIONES. autorizar el VOTO de los ciudadanos y realizar el ESCRUTINIO DE LA MESA. que en ningún caso podrá ser después de las 11. • Como funciones tienen entre otras. la notificación y/o estar en las listas correspondientes a los jurados del puesto de votación.00 PM. • En las ciudades donde se cuente con identificación biométrica los jurados deberán autenticar su identidad para evitar suplantación. permaneciendo en el puesto de votación asignado durante todo el proceso (Desde 7:30 A.M. 32 . Testigos electorales Los partidos. tienen derecho a ejercer vigilancia de los correspondientes procesos de votación y escrutinios. así como las organizaciones de observación electoral reconocidas por el Consejo Nacional Electoral. corporaciones de elección popular o promuevan el voto en blanco. Conforme a lo anterior podrán formular reclamaciones y solicitar la intervención de las autoridades (artículo 45 ley estatutaria 1475 de 2011). a través de una persona por cada mesa de y por cada uno de los órganos escrutadores. NOTA: Por ningún motivo una mesa de votación puede instalarse y funcionar con un solo Jurado. hasta la entrega de pliegos electorales). excepcionalmente con mínimo dos (2) de ellos.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL (6) jurados nombrados. movimientos y grupos significativos de ciudadanos que inscriban candidatos a cargos. para lo cual pueden ingresar a los diferentes puestos de votación y recibir denuncias o quejas por parte de los electores o funcionarios en general. hacer insinuaciones a jurados o votantes.T. acompañar a los electores al cubículo o adelantar actividades de propaganda política. y Personería. Deben portar la credencial E-15 que les permite el ejercicio de esta función pública transitoria. C. 33 .ELECCIONES 2015 No pueden manipular documentos electorales. Fiscalía. Adelantan labores de vigilancia y control. Funcionarios que integran la mesa de justicia Denominado también PUESTO DE MANDO UNIFICADO.I. está conformado por funcionarios de la Procuraduría. Deben portar el carné que los identifique plenamente. Cuando los testigos electorales interfieran en las votaciones y escrutinios se debe prestar colaboración a los jurados de votación velando porque conserven una distancia prudente de la mesa. En todo caso. pueden ingresar a los puestos de votación desde las 8:00 A.M.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL Mesa de Justicia Herramienta que coadyuva para el buen funcionamiento del proceso electoral y debe ser coordinada previamente por los Registradores. a las 4:00 P. y se retirarán cuando hayan sufragado. deben desalojar los sitios de votación.M. jurados de votación y autoridades competentes en lo referente a delitos contra los mecanismos de participación democrática. Sufragantes También denominados “votantes”. Funciona en cada puesto de votación el día de las elecciones. testigos electorales. Su función es atender con celeridad quejas y denuncias presentadas por los ciudadanos. desde la instalación de las mesas de votación hasta el cierre de los escrutinios de mesa y entrega pliegos electorales. Para su ingreso deben exhibir la cédula de ciudadanía origi- 34 . pero NO podrán portar ningún tipo de propaganda electoral. certificaciones o cualquier otro documento. contraseñas. Documento válido para votar – “Cédula amarilla con hologramas” Se les autorizará el ingreso de stickers o almanaques de bolsillo como ayuda pedagógica para el voto. 35 . No se permitirá el ingreso con fotocopias de la cédula aunque se encuentren autenticadas.ELECCIONES 2015 nal amarilla con hologramas. LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL Cuerpos de socorro y auxilio Organismos destinados para atender los casos de emergencia que se puedan presentar durante el desarrollo de los procesos electorales. entre ellos tenemos: • • • • Cruz Roja Defensa Civil Red Hospitalaria Bomberos Es importante coordinar previamente su presencia y actuación durante los debates electorales. GENERALIDADES DEL PROCESO ELECTORAL ¿Qué se elige en el 2015 • • • • Gobernadores Alcaldes Concejales Diputados a la Asamblea Departamental 36 . ELECCIONES 2015 • Juntas Administradoras circunscripción Locales dependiendo la Ley seca “Queda prohibida la venta y consumo de bebidas embriagantes desde la seis de la tarde (18:00) del día anterior a aquel en que deban verificarse las votaciones hasta las seis de la mañana (6:00) del día siguiente a la elección”. (Art. 206, C. Elec.) INICIA FINALIZA 6:00 P.M. Sábado 24 de Octubre 6:00 A.M. Lunes 26 de Octubre Prohibición propaganda política “Queda prohibida toda clase de propaganda política y electoral el día de elecciones. Por lo tanto no se podrán portar camisetas o cualquier prenda de vestir alusiva a propaganda política, afiches, volantes, gacetas o documentos similares que 37 LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL inviten a votar por determinado candidato o simplemente, le hagan propaganda.” Las autoridades podrán decomisar la propaganda respectiva, sin retener a la persona que la porte.” (Art. 119, C.E.) Inmunidades “Durante el día de las votaciones ningún ciudadano con derecho a votar puede ser arrestado o detenido, ni obligado a comparecer ante las autoridades públicas. Exceptúense los casos de flagrante delito u orden de captura anterior a la fecha de las elecciones, emanada de juez competente”. (Art. 126 C.E.) “Los miembros de las Comisiones Escrutadoras, sus Secretarios y los Claveros, gozarán de inmunidades desde cuarenta y ocho (48) horas antes de iniciarse los respectivos escrutinios, durante éstos y hasta veinticuatro (24) horas después de concluidos”. (Art. 127, C.E.) 38 ELECCIONES 2015 Acompañante para votar “Los ciudadanos que padezcan limitaciones y dolencias físicas que les impidan valerse por sí mismos, podrán ejercer el derecho al sufragio ‘acompañados’ hasta el interior del cubículo de votación. Así mismo los mayores de ochenta (80) años o quienes padezcan problemas avanzados de visión.”. (Art. 16, Ley 163 de 1994). RECORDEMOS: Los adultos mayores, los invidentes, las mujeres embarazadas y los discapacitados, son electores con prelación para ejercer el derecho al sufragio. Los mayores de 80 años, los ciudadanos con limitaciones de visión, sin importar su edad y los ciudadanos con limitaciones físicas, son los únicos electores que pueden ingresar acompañados hasta el cubículo en el proceso de votación, siempre y cuando ellos mismos así lo requieran. “Las Autoridades Electorales y de POLICIA les prestarán toda la colaboración necesaria y darán prelación en el turno de votación a estas personas”. (Parágrafo, Art. 16, Ley 163 de 1994). 39 LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL Horario de los puestos de votación 5:00 A.M. Inicia ingreso de Funcionarios de la Registraduría con elementos electorales 7:00 A.M. Inicia ingreso Jurados de Votación 7:30 A.M. Inicia ingreso de Testigo Electorales. 8:00 A.M. Inicia ingreso de Votantes. 4:00 P.M. Cierre de las votaciones y escrutinio de mesa / Transmisión de resultados electorales. 4:00 P.M. A 11:00 P.M. Traslado de pliegos electorales desde los puestos de votación hacia las sedes de las Comisiones Escrutadoras, para ser entregados a los CLAVEROS. Actividades relacionadas • Preparación de los puestos de votación (sábado anterior a las elecciones). • Recolección de muebles, equipos de cómputo y otros elementos utilizados en la elección, cuando finalice el proceso. • Pre conteo en la noche de las elecciones. • Escrutinios Auxiliares y Municipales a partir de las 4 PM 40 apellidos y nú- 41 . los ciudadanos debidamente autorizados puedan ejercer el libre derecho al sufragio y al final de las votaciones entregar el resultado de lo ocurrido en la mesa de votación que le fue asignada. MODALIDADES DE FRAUDE ELECTORAL MAS CONOCIDAS SUPLANTACIÓN DE JURADOS DE VOTACIÓN. permitiendo que conforme a las reglas. al realizar el nombramiento de jurados de votación se podría hacer con nombres ficticios. Se llama jurado de votación a la persona designada conforme a la ley quien el día de las elecciones tiene como función pública transitoria la de participar en el desarrollo de las votaciones. Por lo tanto.ELECCIONES 2015 del día de elecciones hasta las 12 PM y continua si es el caso al día siguiente desde las 9 AM. como quiera que podría dar lugar a encontrar que los nombres.41 Ley 1475 de 2011) • Escrutinios Departamentales a partir del martes siguiente a las elecciones. (Art. utilizar nombres falsos. puede ir ligado al punto anterior de los jurados con identidad falsa. Si no está en el censo electoral del municipio o del lugar donde es requerido el voto. debido a que se tienen que crear los espacios para la venta de mesa y otras modalidades de fraude. la solución es: “nómbrelo de jurado de votación”. es decir. esta determinación obedeció a la vulnerabilidad de los documentos de 42 . “MESA PROPIA” La organización de las elecciones desde hace varios años ha venido implementando el sistema de kit electoral para la entrega de los documentos de la mesa de votación.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL mero de cédula de ciudadanía no coincidan. o con número de cédula perteneciente a otra persona. Este tipo de irregularidad. NOTIFICACIÓN IRREGULAR DE JURADOS DE VOTACIÓN. tarjetas electorales. El carrusel ya está en decadencia. allí se encuentran los adhesivos para las urnas. mediante revisión ocular el día de elecciones descubrir el método de “mesa propia” se hace casi imposible.ELECCIONES 2015 mesa cuando eran entregados con anticipación a los registradores municipales y sus delegados. los formularios que deben diligenciar los jurados de votación. lista de sufragantes y registro de votantes. entre otros. pero aún ocurre con el 43 . o se sabe que residen en otro lugar. pues se han encontrado formas más eficaces para el fraude. EL CARRUSEL. tales como el acta de instalación. formulario de escrutinio de mesa. el kit electoral en la gran mayoría de los lugares de votación se entrega sellado. pues. Así. al confrontar coinciden con los nombres y apellidos de sus verdaderos titulares y sólo se conoce cuando personas que no han sufragado lo manifiestan. como quiera que cuando la mesa ha sido “vendida” con jurados propios y con acceso al censo electoral de la mesa por nombres y apellidos. y horas o minutos antes de iniciarse la votación. uno de los miembros del jurado de votación debe leer en voz alta el número total de personas que sufragaron en la mesa de votación a su cargo y dejará constancia en el acta de escrutinio de la mesa.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL propósito de asegurar los votos comprados. hará un inventario de las tarjetas electorales no utilizadas. Los artículos 134 y siguientes del código electoral contemplan el escrutinio de los jurados de votación. ELIMINACIÓN DE VOTOS ARBITRARIA. se rompen o se incineran y hará constar en el acta de escrutinio el hecho. consiste en entregar marcada la tarjeta electoral y para poder pagar el voto el sufragante debe traer la tarjeta sin marcar que le entregó el jurado de votación. La calificación de las tarjetas por su marcación es un procedimiento sensible y queda a la voluntad del jurado de votación quien puede calificar como voto nulo. las tarjetas electorales que fueron válidamente marcadas. en algunos casos. Sumado a lo anterior. en aquellos lugares en donde no hay 44 . cerrada la votación. calificarlas a favor de un candidato o lista específica. En otros países la tarjeta no marcada equivale a un voto en blanco. pero muchos electores desconocen la existencia de una casilla especialmente dispuesta para el efecto. por lo que podría pensarse que la tarjeta no marcada equivale a una abstención o a un voto en blanco. o en su defecto.ELECCIONES 2015 presencia de testigos electorales o con la presencia de ellos. La tarjeta no marcada se ha convertido en combustible para aquellos que necesitan votación y asignan como misión a sus jurados que procuren marcarlas. esta situación sólo se detecta cuando se pide recuento de la mesa con revisión de las tarjetas electorales. 45 . el voto en blanco es aquel que se marca en la casilla correspondiente al voto en blanco. se adiciona una marcación a la tarjeta electoral para producir la anulación del voto. TARJETAS PREPAGO. por expresa disposición legal. pero en el nuestro. . lo mismo que los nombres de los jurados de votación que actuaron en cada una. es la única herramienta posible 46 . al menos. Por ello. o escrutinio de mesa (e-14). el acta aparezca posteriormente firmada por dos (2) jurados. dice: “las actas de escrutinio de los jurados de votación serán válidas cuando estén firmadas. De allí que conocer y verificar la numeración de las tarjetas electorales asignadas a cada mesa de votación. Por ello es vital para la transparencia del proceso la seguridad de los jurados y el detectar cuando sin existir al menos dos (2) jurados de mesa el día de elecciones. toda acta de escrutinio del jurado de votación. por dos (2) de ellos (.)”. que es donde se consignan los resultados de cada mesa de votación..LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL EL JURADO FANTASMA Según el parágrafo 2º del artículo 5º de la ley 163 de 1994. EL PAQUETE CHILENO Ocurre cuando se da el cambio de las bolsas que contienen los documentos electorales durante su transporte es otra modalidad de fraude. debe estar firmada por al menos dos (2) de los tres jurados de mesa. LAS MESAS DE VOTACIÓN CANCELADAS POR PROBLEMAS DE ORDEN PÚBLICO. En nuestro país sucede que siempre que hay elecciones. hay varios lugares de nuestra geografía donde no es posible instalar mesas de votación. 47 .ELECCIONES 2015 para constatar que se ha cometido este fraude electoral. incinerados o al delegado de la Registraduría del Estado Civil se le impidió trasladar los documentos para la instalación de la mesa de votación. El mismo día de las elecciones –si no es posible su traslado y funcionamiento– se cancela la votación en la mesa. Tal constatación se puede hacer a través de la Dirección Nacional Electoral. cuando se conoce la imposibilidad de ubicación de las mesas de votación se trasladan a la cabecera municipal o al lugar más próximo que ofrezca garantías para el desarrollo de la votación. quién coordina con el contratista el número de serie que está consignado en el código de barras de cada tarjetón y el método de individualización de cada bolsa que contiene material electoral. ya sea porque los documentos electorales fueron retenidos. antes de iniciar la votación. ni mucho menos de autoridades. la votación se hace con anterioridad. quienes podrían alegar razones de orden público para no instalar la mesa de votación. Sobre este particular se han encontrado comportamientos fraudulentos por parte de algunos delegados designados para los puestos de votación. cuántas mesas de votación realmente funcionaron el día de las elecciones. sin la intervención de los electores. no reportan la mesa como no instalada. diligencian los documentos de la misma con resultados acorde a quien adquirió los documentos de la mesa y regresan a la Registraduría respectiva como si el evento electoral se hubiera realizado. teniendo ocasión para que regresen y no entreguen los documentos a la Registraduría del Estado Civil. 48 . Se sabe que en algunos lugares remotos del país. de difícil acceso. el proceso queda a merced de quienes se atreven a trasladarse a esos lugares.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL Debemos indagar a la Registraduría Nacional del Estado Civil. durante el desarrollo de la misma y al término de ella. y en ese momento comienzan a subastar la mesa de votación. las registradurías municipales y auxiliares. las delegaciones del Registrador Nacional del Estado Civil.E. se podrán incorporar como arcas triclaves. de la delegación del Registrador Nacional del Estado Civil: el Gobernador o su delegado y los dos (2) delegados del Registrador Nacional del 49 .). Son claveros de las arcas triclaves del Consejo Nacional Electoral: el Presidente.ELECCIONES 2015 EL ARCA DE NOÈ Los documentos electorales se introducirán y guardarán en un (1) arca de tres (3) cerraduras o candados denominados arca triclave. Estas arcas triclaves deben estar marcadas por la parte exterior con el nombre del municipio al que corresponden. vicepresidente y secretario. locales y oficinas que se adecúen a los requerimientos. 145 C. Cuando el volumen de documentos electorales hace necesario que se habiliten espacios más grandes para guardar los documentos electorales con las seguridades requeridas. Estas arcas estarán ubicadas en las oficinas del Consejo Nacional Electoral. (art. No pueden ser claveros. el Juez Municipal y el respectivo registrador y de las registradurías auxiliares: un delegado del Alcalde. como dejar por fuera del arca bolsas con documentos electorales para alterarlos. el Juez Municipal y uno de los dos (2) registradores distritales o municipales. En la introducción de los documentos electorales al arca triclave. 50 .LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL Estado Civil. o simplemente. de las demás registradurías del estado civil: el Alcalde.000) cédulas vigentes: el Alcalde. para que sean excluidos del escrutinio. un juez designado por el tribunal Superior y el registrador auxiliar. suelen presentarse una serie de irregularidades. los candidatos a cargos y corporaciones públicas. de las registradurías distritales y de las ciudades con más de cien mil (100. escogido por los otros dos (2) claveros. Si no asiste uno de los claveros se reemplazará con un ciudadano de reconocida honorabilidad. sus cónyuges o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o de afinidad o primero civil. lo consolidan y van informando a la ciudadanía los resultados a medida que van procesando la información. Aunque no es el resultado oficial de la elección. es el soporte para la realización del escrutinio. donde se consigna información que no es real. La empresas contratadas para este proceso recogen la información de los resultados de la mesas de votación. en nuestro medio difícilmente se acepta un resultado diferente al que arroje el escrutinio sin ser considerado como fraude. El preconteo. porque la información procesada se imprime y se le entrega a la comisión escrutadora. alterando los resultados que se van a reflejar en la fase de escrutinio de las comisiones escrutadoras.ELECCIONES 2015 UNO MÁS UNO DA TRES En el “preconteo” se han encontrado situaciones irregulares. 51 . quitándole votación a unos y colocándola a otros. a pesar de no ser un resultado oficial de las elecciones. especialmente en el proceso de digitación de la información. y de no contar con las medidas preventivas necesarias. el cual debe publicarse para que sea conocido por la ciudadanía. La irregularidades en el procesamiento de la información se presentan en cualquier instancia de la grabación. la información sobre las circunstancias de seguridad del local designado para ello. con base en ese documento realizan su escrutinio. LA CASA EN EL AIRE En la fase anterior a su realización. se debe establecer el lugar donde se llevará a cabo el escrutinio. ya sea diligenciando mal los documentos de transmisión. mediante acto administrativo se señalará el lugar. Es muy importante para asegurar el escrutinio electoral (pasadas las elecciones). que se ven reflejadas en los escrutinios. se pueden presentar casos de asonadas. 52 .LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL quienes. el tema electoral se vive de manera especial. como quiera que en ciertos lugares de la geografía nacional. o en el proceso de digitación de los guarismos electorales. como sucedió en el Departamento de Córdoba en las pasadas elecciones locales. ya sean los documentos de la cabecera municipal o los correspondientes a los sectores rurales. esto es. es demasiada flexibilidad para ayudar o perjudi- 53 . algunas comisiones escrutadoras interpretan que por la hora de entrega debe tomarse aquella en la cual se le entregaron los pliegos electorales al delegado de la Registraduría. se tenía que la extemporaneidad ocurría cuando sin justa causa se entregaban los documentos electorales por fuera del término establecido a los claveros. Considerar que los pliegos que quedan por fuera se tienen o no en cuenta. En principio.ELECCIONES 2015 NO VALE TARDE Y MENOS NUNCA Otra modalidad irregular consiste en avalar o no la entrega extemporánea de los pliegos electorales. que la hora de entrega era la consignada en el acta de introducción de los pliegos electorales al arca triclave. Los pliegos electorales tienen un término para su entrega. y que no se tiene en cuenta a qué hora éste los entrega a los claveros. Con estas interpretaciones se pueden favorecer o perjudicar a un candidato determinado o lista. es en el único lugar donde se puede conseguir que se alteren los resultados electorales para definir en un momento determinado una curul o un cargo de elección popular. DEMORAS EN EL ESCRUTINIO Demorar el escrutinio es otra forma de fraude y procura que los demás terminen el proceso y quedarse de últimos para volver costosos los votos fraudulentos que allí se puedan conseguir. 54 . es decir. E. la cotización del voto sube por cada día que demore el escrutinio.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL car a los interesados en los resultados de las elecciones. En algunos municipios zonificados se ha vuelto práctica usual la demora del escrutinio. Esta circunstancia constituye una de las causales de reclamación consagradas en el art. 192 del C. en ciertos casos. para cotizar los votos que se le puedan quitar o poner a un candidato o lista. que debe ser resuelta por las comisiones escrutadoras. Al convertirse en la parte final del escrutinio. SITIO FECHA OBSERVACIÓN Registradurías del Estado Civil y Delegaciones Departamentales.ELECCIONES 2015 Los organismos de control y la misma organización de las elecciones ha visto la necesidad de realizar los escrutinios en un solo lugar para buscar que las diferentes comisiones escrutadoras terminen su tarea al mismo tiempo y esa oportunidad de alterar los resultados no se presente. Todo el periodo electoral Preparativos electorales Centros de cómputo en capitales Desde un mes antes de las elecciones Información y equipos Sedes políticas A solicitud Candidatos y líderes 55 . LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL SITIO FECHA OBSERVACIÓN Puestos de votación Sábado 08 y domingo 09 (Congreso) y Sábado 24 y domingo 25 (Presidente) Elementos. documentos y proceso electoral Arcas triclaves Congreso Desde el domingo 09 de marzo hasta finalizar escrutinios Pliegos electorales Arcas triclaves Presidente Desde el domingo 25 de mayo hasta finalizar escrutinios Pliegos electorales 56 . Pliegos electorales. 57 . funcionarios y líderes políticos. funcionarios y líderes políticos. En capitales. En todos los municipios Recintos de los escrutinios zonales y municipales (Presidente) Desde el día las elecciones y hasta que concluya las elecciones. equipos. Pliegos electorales. equipos.ELECCIONES 2015 SITIO FECHA OBSERVACIÓN Recintos de los escrutinios zonales y municipales (Congreso) Desde el día las elecciones y hasta que concluya las elecciones. Pliegos electorales. En todos los municipios. Recintos de los escrutinios departamentales (Congreso) Desde el día las elecciones y hasta que concluya las elecciones. funcionarios y líderes políticos. equipos. Pliegos electorales. En capitales. funcionarios y líderes políticos. La ubicación de los locales y sitios descritos se coordinará con cada Registrador del Estado Civil según sea el caso.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL SITIO FECHA OBSERVACIÓN Recintos de los escrutinios departamentales (Presidente) Desde el día las elecciones y hasta que concluya las elecciones. equipos. 58 . . LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL 60 . ELECCIONES 2015 Normas constitucionales y legales en el marco del proceso electoral 61 . y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares. Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación. Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia. • Tomar parte en elecciones. bienes. defender la independencia nacional. ejercicio y control del poder político. (…) ARTICULO 40.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL CONSTITUCIÓN POLÍTICA ARTICULO 2. en su vida. política. promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios. referendos. derechos y deberes consagrados en la Constitución. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad. mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo. 62 . facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica. honra. creencias. y demás derechos y libertades. Para hacer efectivo este derecho puede: Elegir y ser elegido. administrativa y cultural de la Nación. plebiscitos. por nacimiento o por adopción. Las autoridades garantizarán la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de la Administración Pública.ELECCIONES 2015 • • • • • • consultas populares y otras formas de participación democrática. movimientos y agrupaciones políticas sin limitación alguna. que tengan doble nacionalidad. Interponer acciones públicas en defensa de la Constitución y de la ley. Revocar el mandato de los elegidos en los casos y en la forma que establecen la Constitución y la ley. Son mecanismos de participación del pue- 63 . La ley reglamentará esta excepción y determinará los casos a los cuales ha de aplicarse. formar parte de ellos libremente y difundir sus ideas y programas. Constituir partidos. Desarrollado por la Ley 43 de 1993 Acceder al desempeño de funciones y cargos públicos. salvo los colombianos. Ver la Ley 581 de 2000 (…) ARTICULO 103. Ver la Ley 131 de 1994 Tener iniciativa en las corporaciones públicas. el referendo. Modificado por el art. Ver la Ley 131 de 1994 (…) ARTICULO 258. promoción y capacitación de las asociaciones profesionales. la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. juveniles. Acto Legislativo 1 de 2003. sindicales. concertación. así: El voto es un derecho y un deber ciudadano. sin detrimento de su autonomía con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación. El Estado contribuirá a la organización. el plebiscito. La Organización Electoral suminis- 64 . el cabildo abierto. benéficas o de utilidad común no gubernamentales. control y vigilancia de la gestión pública que se establezcan. las cuales serán distribuidas oficialmente. comunitarias.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL blo en ejercicio de su soberanía: el voto. La ley los reglamentará. la consulta popular. cívicas. 11. El Estado velará porque se ejerza sin ningún tipo de coacción y en forma secreta por los ciudadanos en cubículos individuales instalados en cada mesa de votación sin perjuicio del uso de medios electrónicos o informáticos. En las elecciones de candidatos podrán emplearse tarjetas electorales numeradas e impresas en papel que ofrezca seguridad. ELECCIONES 2015 trará igualitariamente a los votantes instrumentos en los cuales deben aparecer identificados con claridad y en iguales condiciones los movimientos y partidos políticos con personería jurídica y los candidatos. miembros de las juntas admi- 65 . cuando del total de votos válidos. Alcalde o la primera vuelta en las elecciones presidenciales. Representantes. Alcaldes. los votos en blanco constituyan la mayoría. (…) ARTICULO 260. Tratándose de elecciones unipersonales no podrán presentarse los mismos candidatos. Gobernadores. Los ciudadanos eligen en forma directa Presidente y Vicepresidente de la República. Concejales municipales y distritales. mientras en las de Corporaciones Públicas no se podrán presentar a las nuevas elecciones las listas que no hayan alcanzado el umbral. 9. Modificado por el art. Diputados. Acto Legislativo 01 de 2009. La ley podrá implantar mecanismos de votación que otorguen más y mejores garantías para el libre ejercicio de este derecho de los ciudadanos. Senadores. Gobernador. Parágrafo 1º. El nuevo texto es el siguiente: Deberá repetirse por una sola vez la votación para elegir miembros de una Corporación Pública. El que por medio de maniobra engañosa perturbe o impida votación pública relacionada con los mecanismos de participación democrática.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL nistradoras locales. La elección del Presidente y Vicepresiden- te no podrá coincidir con otra elección. CÓDIGO PENAL COLOMBIANO LEY 599 DE 2000 TITULO XIV DELITOS CONTRA MECANISMOS DE PARTICIPACION DEMOCRATICA Artículo 386. La de Congreso se hará en fecha separada de la elección de autoridades departamentales y municipales. o la realización de un cabildo abierto. y en su oportunidad.(…) ARTICULO 262. los miembros de la Asamblea Constituyente y las demás autoridades o funcionarios que la Constitución señale. Perturbación de certamen democrático. 66 . incurrirá en prisión de dos (2) a seis (6) años. o el escrutinio de la misma. o impida el libre ejercicio del derecho al sufragio. La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad cuando la conducta sea realizada por un servidor público. incurrirá en prisión de tres (3) a seis (6) años. Artículo 387. o por los mismos medios le impida el libre ejercicio del derecho al sufragio. consulta popular o revocatoria del mandato.ELECCIONES 2015 La pena será de prisión de cuatro (4) a ocho (8) años cuando la conducta se realice por medio de violencia. Fraude al sufragante. o voto en blanco. El que mediante manio- 67 . En igual pena incurrirá quien por los mismos medios pretenda obtener en plebiscito. Artículo 388. El que utilice las armas o amenace por cualquier medio a un ciudadano o a un extranjero habilitado por la ley. referendo. con el fin de obtener apoyo o votación por determinado candidato o lista de candidatos. Constreñimiento al sufragante. apoyo o votación en determinado sentido. La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad cuando la conducta sea realizada por un servidor público. Corrupción de sufragante. incurrirá en prisión de tres (3) a seis (6) años. Artículo 389. municipio o distrito diferente a aquel donde hayan nacido o residan. consulta popular o revocatoria del mandato. Fraude en inscripción de cédulas. La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad cuando la conducta sea realizada por un servidor público. referendo. o lo haga en blanco. con el propósito de obtener ventaja en elección popular. vote por determinado candidato. pague o entregue dinero o dádiva a un ciudadano o a un 68 . Artículo 390. obtenga que un ciudadano o a un extranjero habilitado por la ley.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL bra engañosa. incurrirá en prisión de uno (1) a cuatro (4) años. referendo. El que por cualquier medio indebido logre que personas habilitadas para votar inscriban documento o cédula de ciudadanía en una localidad. consulta popular o revocatoria del mandato votación en determinado sentido. partido o corriente política. En igual pena incurrirá quien por el mismo medio obtenga en plebiscito. plebiscito. El que prometa. ELECCIONES 2015 extranjero habilitado por la ley para que consigne su voto en favor de determinado candidato. consulta popular. referendo. incurrirá en prisión de tres (3) a cinco (5) años y multa de cien (100) a quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales vigentes. El que suplante a un ciuda- dano o a un extranjero habilitado por la ley. consulta popular o revocatoria del mandato votación en determinado sentido. partido o corriente política. el dinero o la dádiva con los fines señalados en el inciso primero. Artículo 391. En igual pena incurrirá quien por los mismos medios obtenga en plebiscito. o vote más de una vez. incurrirá en prisión de uno (1) a cuatro (4) años. o sin derecho consigne voto en una elección. La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad cuando la conducta sea realizada por un servidor público. plebiscito. o revocatoria del mandato. incurrirá en prisión de uno (1) a dos (2) años. Voto fraudulento. El sufragante que acepte la promesa. vote en blanco. o se abstenga de hacerlo. referendo. 69 . salvo que la conducta constituya delito sancionado con pena mayor. o votar más de una vez o hacerlo sin derecho. incurrirá en prisión de uno (1) a cuatro (4) años. incurrirá en prisión de dos (2) a cinco (5) años. incurrirá en prisión de uno (1) a tres (3) años. Mora en la entrega de documentos relaciona- dos con una votación.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL Artículo 392. El que por medio distinto de los señalados en los Artículos precedentes altere el resultado de una votación o introduzca documentos o tarjetones indebidamente. retención y posesión ilícita de 70 . sellos de urna o de arca triclave. Artículo 394. El servidor público que no haga entrega oportuna a la autoridad competente de registro electoral. El servi- dor público que permita suplantar a un ciudadano o a un extranjero habilitado por la ley. Artículo 395. Alteración de resultados electorales. Ocultamiento. Favorecimiento de voto fraudulento. La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad cuando la conducta sea realizada por un servidor público. Artículo 393. El servidor público a quien legalmente corresponda la inscripción de candidato o lista de candidatos para elecciones populares que no cumpla con esta función o la dilate o entorpezca. La misma pena se impondrá al que por cualquier medio impida u obstaculice la inscripción a que se refieren los incisos anteriores. Denegación de inscripción. incurrirá en prisión de uno (1) a tres (3) años. posea o retenga cédula de ciudadanía ajena o cualquier otro documento necesario para el ejercicio del derecho de sufragio. incurrirá en prisión de uno (1) a tres (3) años. El que haga desaparecer. Artículo 396. referendo. salvo que la conducta constituya delito sancionado con pena mayor.ELECCIONES 2015 cédula. En igual pena incurrirá quien realice las conductas anteriores cuando se trate de plebiscito. consulta popular y revocatoria del mandato. TITULO XV DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACION PÚBLICA 71 . por acto que deba ejecutar en el desempeño de sus funciones. o acepte promesa remuneratoria. Cohecho propio. o para ejecutar uno contrario a sus deberes oficiales. para retardar u omitir un acto propio de su cargo. incurrirá en prisión de cinco (5) a ocho (8) años. e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a ocho (8) años. directa o indirecta. multa de cincuenta (50) a cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes. El servidor público que reciba dinero u otra utilidad de perso- 72 . El servidor público que acepte para sí o para otro. multa de cincuenta (50) a cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL CAPITULO TERCERO Del cohecho Artículo 405. e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a ocho (8) años. dinero u otra utilidad. dinero u otra utilidad o promesa remuneratoria. incurrirá en prisión de cuatro (4) a siete (7) años. Artículo 406. Cohecho impropio. directa o indirectamente. El servidor público que reci- ba para sí o para otro. influencias derivadas del ejercicio del cargo o de la función. multa de treinta (30) a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes. El servidor público que utilice indebidamente. CAPITULO QUINTO Del tráfico de influencias Artículo 411. en los casos previstos en los dos artículos anteriores.ELECCIONES 2015 na que tenga interés en asunto sometido a su conocimiento. e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por cinco (5) años. El que dé u ofrezca dinero u otra utilidad a servidor público. con el fin de obtener cualquier beneficio de parte de servidor público en asunto que éste se encuentre 73 . multa de cincuenta (50) a cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes. incurrirá en prisión de dos (2) a cinco (5) años. e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a ocho (8) años. Cohecho por dar u ofrecer. en provecho propio o de un tercero. Tráfico de influencias de servidor público. incurrirá en prisión de tres (3) a seis (6) años. Artículo 407. rehúse o deniegue un acto propio de sus funciones. Únicamente por los cargos analizados. El servidor público que profiera resolución.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL conociendo o haya de conocer. retarde. (*) EXEQUIBLE C-917/2001. CAPITULO SEPTIMO Del prevaricato Artículo 413. multa de cien (100) a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes. multa de cincuenta (50) a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes. incurrirá en prisión de dos (2) a cinco (5) años. Prevaricato por acción. e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a ocho (8) años. El servidor público que omita. Artículo 414. incurrirá en prisión de cuatro (4) a ocho (8) años. e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas de cinco (5) a ocho (8) años. Prevaricato por omisión. multa de diez (10) a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensua- 74 . incurrirá (*) en prisión de tres (3) a ocho (8) años. dictamen o concepto manifiestamente contrario a la ley. incurrirá en multa y pérdida del empleo o cargo público. incurrirá en multa y pérdida del empleo o cargo público. Abuso de autoridad por omisión de denuncia. no dé cuenta a la autoridad. El Servidor público que fuera de los casos especialmente previstos como conductas punibles. CAPITULO OCTAVO De los abusos de autoridad y otras infracciones Artículo 416. 75 . e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por cinco (5) años. La pena será de dos (2) a cuatro (4) años de prisión si la conducta punible que se omitiere denunciar sea de las contempladas en el delito de omisión de denuncia de particular. cometa acto arbitrario e injusto. Artículo 417. El servidor público que teniendo conocimiento de la comisión de una conducta punible cuya averiguación deba adelantarse de oficio. con ocasión de sus funciones o excediéndose en el ejercicio de ellas.ELECCIONES 2015 les vigentes. Abuso de autoridad por acto arbitrario e injus- to. multa de quince (15) a sesenta (60) salarios mínimos legales mensuales vigentes. o utilice su poder para favorecer o perjudicar electoralmente a un candidato. autoridad civil o política. juntas o directorios políticos. la pena será de uno (1) a tres (3) años de prisión. electoral. Empleo ilegal de la fuerza pública. incurrirá en multa y pérdida del empleo o cargo público. Artículo 422. El servidor público que ejerza jurisdicción. El servidor público que indebidamente dé a conocer documento o noticia que deba mantener en secreto o reserva. incurrirá en multa y pérdida del empleo o cargo público. Revelación de secreto. o se desempeñe en los órganos judicial. Si de la conducta resultare perjuicio. Artículo 423. Intervención en política. partido o movimiento político. e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por cinco (5) años.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL Artículo 418. El servidor público que obtenga el concurso de la fuerza pública o em- 76 . de control. que forme parte de comités. cargo de dirección administrativa. El particular 77 . multa diez (10) a cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por cinco (5) años. CAPITULO NOVENO De la usurpación y abuso de funciones públicas Artículo 425. Usurpación de funciones públicas. El agente de la fuerza pú- blica que rehuse o demore indebidamente el apoyo pedido por autoridad competente. Artículo 424. o para impedir o estorbar el cumplimiento de orden legítima de otra autoridad. incurrirá en prisión de uno (1) a cuatro (4) años. incurrirá en prisión de uno (1) a cuatro (4) años e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por cinco (5) años.ELECCIONES 2015 plee la que tenga a su disposición para consumar acto arbitrario o injusto. siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena mayor. Se exceptúan de lo dispuesto en el inciso anterior los miembros de las corporaciones públicas de elección popular. Omisión de apoyo. en la forma establecida por la ley. El que ejerza violencia contra servidor público. CAPITULO DECIMO De los delitos contra los servidores públicos Artículo 429. Artículo 426.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL que sin autorización legal ejerza funciones públicas. incurrirá en prisión de uno (1) a dos (2) años e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por cinco (5) años. El servidor público que abusando de su cargo realice funciones públicas diversas de las que legalmente le correspondan. El que únicamente simulare investidura o cargo público o fingiere pertenecer a la fuerza pública. para obligarlo a ejecutar u 78 . Violencia contra servidor público. Circunstancia de agravación punitiva. Artículo 428. Las penas señaladas en los anteriores artículos serán de uno (1) a cuatro (4) años cuando la conducta se realice con fines terroristas. Simulación de investidura o cargo. incurrirá en prisión de uno (1) a dos (2) años. Abuso de función pública. incurrirá en multa. Artículo 427. ELECCIONES 2015 omitir algún acto propio de su cargo o a realizar uno contrario a sus deberes oficiales. Rebelión. sedición y asonada Artículo 467. incurrirá en multa. o pretenda influir en sus decisiones o deliberaciones. El que realice la conducta anterior por medio de violencia incurrirá en prisión de tres (3) a cinco (5) años. trate de impedir o perturbar la reunión o el ejercicio de las funciones de las corporaciones o autoridades legislativas. Perturbación de actos oficiales. jurisdiccionales o administrativas. El que simu- lando autoridad o invocando falsa orden de la misma. TITULO XVIII DE LOS DELITOS CONTRA EL REGIMEN CONSTITUCIONAL Y LEGAL CAPITULO UNICO De la rebelión. o de cualquier otra autoridad pública. Artículo 430. incurrirá en prisión de uno (1) a tres (3) años. o valiéndose de cualquier otra maniobra engañosa. Los que mediante el empleo de las 79 . Conspiración. Los que se pongan de acuerdo para cometer delito de rebelión o de sedición. incurrirán en prisión de uno (1) a dos (2) años. Artículo 468. Artículo 471.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL armas pretendan derrocar al Gobierno Nacional. organice o dirija la rebelión o sedición. incurrirán en prisión de seis (6) a nueve (9) años y multa de cien (100) a doscientos (200) salarios mínimos legales mensuales vigentes. incurrirán. Los que mediante el empleo de las armas pretendan impedir transitoriamente el libre funcionamiento del régimen constitucional o legal vigentes. Artículo 470. Los que en forma tumultuaria exigieren violentamente de la autoridad la ejecución u omisión de algún acto propio de sus funciones. Asonada. Circunstancias de agravación punitiva. o suprimir o modificar el régimen constitucional o legal vigente. La pena imponible se aumentará hasta en la mitad para quien promueva. Artículo 469. incurrirán en prisión de dos (2) a ocho (8) años y multa de cincuenta (50) a cien (100) salarios mínimos legales mensuales vigentes. por 80 . Sedición. m. CÓDIGO ELECTORAL COLOMBIANO (DECRETO 2241 DE 1986).ELECCIONES 2015 esta sola conducta. usurpare mando militar o policial. A las siete y media (7 :30 a. Artículo 472. usurpación y retención ilegal de mando. militar o policial. Seducción. ARTÍCULO 111. Artículo 473. en prisión de uno (1) a dos (2) años. Las votaciones principiarán a las ocho (8) de la mañana y se cerrarán a las cuatro (4) de la tarde. El que. Circunstancia de agravación punitiva. cuando el agente sea servidor público.) de la mañana del día de las elecciones. los ciudadanos designados como 81 . La pena imponible para las conductas descritas en los artículos anteriores se agravará hasta en una tercera parte. incurrirá en prisión de uno (1) a dos (2) años. o retuviere ilegalmente mando político. sedujere personal de las fuerzas armadas. ARTÍCULO 112. con el propósito de cometer delito de rebelión o de sedición. verificará su identidad y buscará el número de la cédula en la lista de sufragantes. la examinará. Este registro se efectuará de acuerdo con las instrucciones que imparta la Registraduría Nacional del Estado Civil a los jurados. Si figurare. a fin de que pueda cerciorarse de que está vacía y de que no contiene doble fondo ni artificios adecuados para el fraude.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL jurados de votación se harán presentes en el lugar en donde esté situada la mesa y procederán a su instalación. Inciso adicionado por el artículo 3 de la Ley 62 de 1988. ARTÍCULO 113. le permitirá depositar el voto y registrará que el ciudadano ha votado. Antes de comenzar las votaciones se abrirá la urna y se mostrará al público. En las elecciones para Presidente de la República. El proceso de la votación es el siguiente: El presidente del jurado le exigirá al ciudadano la cédula de ciudadanía. Acto seguido el elector se dirigirá al cubículo y registrará su voto en el 82 . ARTÍCULO 114. identificado el votante se le entregará la tarjeta o tarjetas electorales con el sello del jurado de votación en el dorso de la tarjeta. en las embajadas. previa inscripción de la cédula de ciudadanía o pasaporte vigente. Los ciudadanos también podrán sufragar en el exterior para Presidente de la República. El funcionario diplomático o consular de mayor categoría designará como jurados de votación a ciudadanos colombianos 83 .ELECCIONES 2015 espacio que identifique al partido o agrupación política de su preferencia. De las listas de inscritos se sacarán tres (3) ejemplares: uno para el archivo de la embajada o consulado. Ninguna persona podrá acompañar al elector en el momento de sufragar. o en el lugar previsto para votar en blanco. luego doblará la tarjeta correspondiente. otro para la mesa de votación y otro que se fijará en lugar público inmediato a dicha mesa. ARTÍCULO 116. a más tardar quince (15) días antes de las elecciones. hecha ante la respectiva embajada o consulado. consulados y demás locales que para el efecto habilite el Gobierno. regresará ante el jurado de votación y la introducirá en la urna. una vez lo autorice este funcionario mediante certificación que se le expedirá con la sola presencia física del ciudadano y su identificación mediante la cédula de ciudadanía. los jurados harán entrega de éstas y demás documentos que sirvieron para las votaciones al funcionario correspondiente que inmediatamente los enviará. pertenecientes a partidos políticos que tengan representación en el Congreso de Colombia y en forma tal que no existan jurados homogéneos políticamente. al Consejo Nacional Electoral. para que sean tenidos en cuenta en el escrutinio general. tendrá derecho a sufragar en la mesa especial que para el efecto señale el Registrador del Estado Civil o su delegado. en sobre debidamente cerrado y sellado. a razón de dos (2) principales y dos (2) suplentes. ARTÍCULO 117. El ciudadano cuya cédula de ciudadanía apta para votar aparezca erróneamente cancelada por muerte. Del mismo modo se procederá en los demás casos de error u omisión una vez que ésta y aquél resulten debidamente comprobados. hechos los escrutinios de cada mesa y firmadas las actas. Una vez cerrada la votación. 84 .LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL residentes en el lugar. ELECCIONES 2015 En las certificaciones aludidas. ARTÍCULO 118. que se expedirán en papel de seguridad. ARTÍCULO 119. artículo 10. se hará constar el motivo de la autorización. afiches. Copia de ellas deberá enviarse a la Registraduría Nacional. podrá ordenar que sean retenidas en la cárcel o en algún cuerpo de guardia hasta el día siguiente de las elecciones. Subrogado por la Ley 163 de 1994. Propaganda durante los días de elecciones. Por lo tanto no se podrán portar camisetas o cualquier prenda de vestir alusiva a propaganda política. volantes. Si no obedecieren. El presidente del jurado ordenará que se retiren las personas que en cualquier forma perturben el ejercicio del sufragio. La Registraduría Nacional dispondrá qué funcionarios de la organización electoral pueden expedir tales certificaciones de manera que se facilite el ejercicio del sufragio. Queda prohibida toda clase de propaganda política y electoral el día de las elecciones. gacetas o documentos similares que inviten a votar por determinados candidatos o simplemente le hagan 85 . de enero 5 de 199082. Las autoridades podrán decomisar la propaganda respectiva sin retener a la persona que lo porte. ARTÍCULO 120. los directorios o movimientos políticos que hayan inscrito candidatos tendrán derecho a presentar ante los registradores del estado civil listas de personas de reconocida honorabilidad para que actúen como testigos electorales a razón de uno (1) por cada mesa de votación. artículo 86 . ARTÍCULO 122. Para garantizar la pureza y publicidad de las votaciones. ARTÍCULO 121. Los registradores del estado civil les expedirán una credencial. Derogado por el artículo 14 de la Ley 6 de 1990. que les permita el ejercicio de esa función pública transitoria y las autoridades estarán obligadas a prestarles la debida colaboración.LA POLICÍA NACIONAL EN EL PROCESO ELECTORAL propaganda. Modificado Ley 6 de 1990. publicada en el Diario Oficial No 39.132. cuando aparezca de manifiesto que en las actas de escrutinio se incurrió en error aritmético al computar los votos. 87 . y cuando los dos (2) ejemplares de las actas de escrutinio de los jurados de votación estén firmadas por menos de tres (3) de éstos. con base en las papeletas electorales y en las diligencias de inscripción aparezca de manera clara e inequívoca que en el acta de escrutinio se incurrió en el error al anotar el nombre o apellidos de uno o más candidatos. interferir las votaciones ni los escrutinios de los jurados de votación». Tales reclamaciones se adjuntarán a los documentos electorales y sobre ellas se resolverá en los escrutinios. Los testigos electorales supervigilarán las elecciones y podrán formular reclamaciones escritas cuando el número de sufragantes de una mesa exceda el de ciudadanos que podrán votar en ella. cuando.ELECCIONES 2015 11. Los testigos electorales no podrán. quienes dejarán constancia en el acta del recuento practicado. en ninguna forma. Las reclamaciones que tuvieren por objeto solicitar el recuento de papeletas. serán atendidas en forma inmediata por los jurados de votación.
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