At - Portafolio Tributario No. 86 (1)

March 26, 2018 | Author: Oscar Tarrillo Saldaña | Category: Government Debt, Accounting, Banks, Interest, Debt


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PORTAFOLIO TRIBUTARIOSUPLEMENTO ELECTRÓNICO DE ANÁLISIS TRIBUTARIO Nº 86 Junio 2014 1 Portafolio Tributario 86 • junio 2014 PORTAFOLIO TRIBUTARIO PORTAFOLIO TRIBUTARIO LEGISLACIÓN TRIBUTARIA ÍNDICE 2/ Aprueban Directiva Nº 3-2014-EF/51.01 “Metodología del costo amortizado para el reconocimiento y medición de instrumentos financieros de las entidades gubernamentales” (Resolución Directoral Nº 7-2014-EF/51.01) 3/ Modifican el D. S. Nº 5-99-EF, que aprueba las normas reglamentarias para la aplicación de los beneficios tributarios a la venta de petróleo, gas natural y sus derivados (Decreto Supremo Nº 141-2014-EF) 3/ Establecen normas procesales para la recaudación, fiscalización y administración de la contribución especial de obras públicas en la provincia de Lima (Ordenanza Nº 1790) 7/ Modifican uno de los lugares de cumplimiento de obligaciones para los principales contribuyentes de la Intendencia Regional Ica (Resolución de Superintendencia Nº 182-2014/SUNAT) 8/ Designan funcionario responsable de actualizar el Portal de Transparencia de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Resolución de Superintendencia Nº 185-2014/SUNAT) 9/ Modifican la R. de S. Nº 139-2014/SUNAT, que dispone la dependencia de las Secciones de Servicios al Contribuyente de la Intendencia Lima (Resolución de Superintendencia Nº 196-2014/SUNAT) Portafolio Tributario 86 • junio 2014 2 APRUEBAN DIRECTIVA Nº 3-2014-EF/51.01 “METODOLOGÍA DEL COSTO AMORTIZADO PARA EL RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE LAS ENTIDADES GUBERNAMENTALES” (12.06.2014 – 525081) RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 7-2014-EF/51.01 Lima, 9 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que, el inciso a) del artículo 7° de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, señala como atribución de la Dirección General de Contabilidad Pública, la de emitir Resoluciones dictando y aprobando las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el sector público; Versión Electrónica de la Legislación Tributaria reproducida en el Suplemento Mensual Informe Tributario Nº 277, junio de 2014, págs. 14 a 19. Que, mediante Resolución Directoral Nº 011-2013-EF/51.01 se oficializan las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público - NICSP, emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público de la Federación Internacional de Contadores (IFAC) y se dispone que la Dirección General de Contabilidad Pública, normará la aplicación de las NICSP oficializadas; y, Que, se requiere modificar el Catálogo de Cuentas de la versión modificada del Plan Contable Gubernamental 2009; y, Estando a lo propuesto por la Dirección de Normatividad y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso a) del artículo 7° de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobación y vigencia de la Directiva Aprobar la Directiva Nº 003-2014-EF/51.01 “Metodología del costo amortizado para el reconocimiento y medición de instrumentos financieros de las entidades gubernamentales”, que forma parte de la presente Resolución. La indicada Directiva rige a partir del ejercicio 2014 para la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, y de manera gradual para las demás entidades gubernamentales. Artículo 2°.- Derogación o modificación Deróguese o modifíquese según el caso, todo lo que se oponga a lo dispuesto por la Directiva Nº 003-2014-EF/51.01, incluido el Instructivo Nº 16-2000 “Procedimiento de Contabilización del Endeudamiento Público Interno y Externo”, aprobado por la Resolución de Contaduría Nº 137-2000-EF/93.01. Artículo 3°.- Modificación del Plan Contable Gubernamental Apruébese la modificación del Catálogo de Cuentas de la versión modificada del Plan Contable Gubernamental 2009 que comprende tres (3) anexos, que forman parte de la presente Resolución. Artículo 4°.- Preparación de Información para el registro Las entidades gubernamentales deberán proceder al inventario de los instrumentos financieros materia de la presente Directiva, a través de su Oficina de Finanzas o quienes hagan sus veces para su remisión a la Oficina de Contabilidad, de forma tal que se cuente con información depurada y consistente para su posterior registro. Artículo 5°.- Difusión de la Directiva Disponer la difusión de la Directiva Nº 003-2014-EF/51.01 en el Portal Web del Ministerio de Economía y Finanzas: http://www. mef.gob.pe, en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÓSCAR A. PAJUELO RAMÍREZ Director General Dirección General de Contabilidad Pública (Esta Directiva no ha sido publicada en el diario oficial “El Peruano”, se descargó de la página web del Ministerio de Economía y Finanzas, con fecha 26 de junio de 2014.) DIRECTIVA Nº 003-2014-EF/51.01 “METODOLOGÍA DEL COSTO AMORTIZADO PARA EL RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE LAS ENTIDADES GUBERNAMENTALES” INDICE 1. OBJETO 2. BASE LEGAL 3. ALCANCE 4. CLASIFICACIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS 4.1.Clasificación de activos financieros 4.2. Clasificación de pasivos financieros 5. DETERMINACIÓN DE LA FECHA DE CORTE 6. METODOLOGÍA DEL COSTO AMORTIZADO 6.1. Instrumentos Financieros emitidos a partir del 01ENE2014 6.2. Instrumentos Financieros emitidos antes de la fecha de corte 7. RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE LA DIRECTIVA 8. CUENTAS Y SUBCUENTAS APLICABLES EN LA DIRECTIVA 9. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 10. EXCEPCIONES 11. FECHA DE VIGENCIA 12. ANEXOS Anexo 01: Hoja de Datos Anexo 02: Cronograma a Costo Amortizado 13. CASUÍSTICA CASO N° 1 OPERACIONES FINANCIERAS BAJO LA PAR SIN COSTO DE TRANSACCIÓN CASO N° 2 OPERACIONES FINANCIERAS SOBRE LA PAR SIN COSTO DE TRANSACCIÓN CASO N° 3 OPERACIONES FINANCIERAS DE DESCUENTO LETRAS DEL TESORO PÚBLICO CASO N° 4 OPERACIONES DE CRÉDITO CON COSTOS DE TRANSACCIÓN CASO N° 5 PRÉSTAMO EN CONDICIONES FAVORABLES (CONCESIONALES) 1    DIRECTIVA Nº 003-2014-EF/51.01 “METODOLOGÍA DEL COSTO AMORTIZADO PARA EL RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE LAS ENTIDADES GUBERNAMENTALES” 1. OBJETO Establecer los principios para la presentación, reconocimiento, medición y revelación de los instrumentos financieros en el marco de convergencia hacia estándares internacionales de la información financiera del sector público. Definir los lineamientos generales que formarán parte de las políticas contables relacionadas con el Costo Amortizado de instrumentos financieros. Formalizar la metodología para presentar los instrumentos financieros medidos a Costo Amortizado. 2. BASE LEGAL  Ley Nº 28112 Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público y modificatorias.  Ley Nº 28708 Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad y modificatoria.  Resolución Directoral Nº 011-2011-EF/51.01, Plan Contable Gubernamental, ampliatorias y modificatorias.  Resolución de Contaduría N° 137-2000-EF/93.01, aprueba el Instructivo N° 162000 Procedimiento de Contabilización del Endeudamiento Público interno y externo.  Resolución Directoral Nº 002-2011-EF/51.01, aprueba la Directiva Nº 001-2011EF/51.01 Preparación y presentación de información financiera y presupuestaria trimestral y semestral por las entidades usuarias del sistema de contabilidad gubernamental y su modificatoria.  Resolución Directoral Nº 017-2012-EF/51.01, aprueba la Directiva Nº 03-2012EF/51.01 Cierre Contable y presentación de información para la elaboración de la Cuenta General de la República y su modificatoria.  Resolución Directoral Nº 011-2013-EF/51.01, que oficializa las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público – NICSP que comprende:  NICSP Nº 01  NICSP Nº 03  NICSP Nº 28  NICSP Nº 29  NICSP Nº 30 Presentación de los Estados Financieros. Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores. Instrumentos Financieros: Presentación. Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición. Instrumentos Financieros: Información a Revelar.  Decreto Supremo Nº 008-2014-EF, aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563 Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento.  Ley N° 30116 Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2014.  Decreto Supremo Nº 011-2011-EF, Reglamento de la Emisión de Bonos Soberanos Internos en el marco del Programa de Creadores de Mercado.  Resolución Ministerial Nº 157-2013-EF/52, Estrategia de Gestión Global de Activos y Pasivos 2013-2016. 2    3. ALCANCE Se encuentran comprendidas las entidades públicas de los tres niveles de gobierno nacional, regional y local autorizadas a emitir instrumentos financieros de deuda pública al amparo del Decreto Supremo Nº 008-2014-EF que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28563 Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento y las que tengan activos y pasivos financieros cuya medición se realiza a Costo Amortizado. No están comprendidas las Empresas Públicas, quienes aplican Normas Internacionales de Información Financiera-NIIF. No están comprendidas las operaciones descritas en el numeral 10. 4. CLASIFICACIÓN DE INSTRUMENTOS FINANCIEROS 4.1. Clasificación de activos financieros Para efectos de su medición, los activos financieros se clasifican en las siguientes categorías (naturaleza deudora): CATEGORÍA Activos Financieros  al valor razonable  con cambios en  resultados1  Préstamos y Cuentas  por Cobrar  Inversiones  mantenidas hasta el  vencimiento  Inversiones  disponibles para la  venta  MEDICIÓN INICIAL Adopción por Periodos primera vez posteriores Valor razonable          (sin incluir los            costos de transacción)  Valor razonable  MEDICIÓN POSTERIOR Valor razonable  Valor razonable          Valor razonable          más                    más costos de  Costo Amortizado  costos de transacción  transacción  Valor razonable          Valor razonable          más                    más                    Costo Amortizado  costos de transacción  costos de transacción  Valor razonable          Valor razonable          más                    más                    Valor razonable  costos de transacción  costos de transacción  4.2. Clasificación de pasivos financieros Para efectos de su medición, los pasivos financieros se clasifican en las siguientes categorías (naturaleza acreedora): CATEGORÍA Pasivos Financieros  al valor razonable  con cambios en  resultados2  Otros                 Pasivos                Financieros  MEDICIÓN INICIAL MEDICIÓN Adopción por Periodos POSTERIOR primera vez posteriores Valor razonable        Valor razonable          (sin incluir los          (sin incluir los            Valor razonable  costos de  costos de transacción)  transacción)  Valor razonable        Valor razonable          menos                menos                  Costo Amortizado  costos de  costos de transacción  transacción  1 y 2 Comprende Activos o Pasivos Financieros negociables y derivados financieros que no hayan sido designados como instrumentos de cobertura.  3    Los instrumentos financieros emitidos a corto plazo comprenden las letras de tesoro público. 5. Comprende además Otros instrumentos financieros y cualquier otro título valor que se emita al amparo de la Ley de Títulos y Valores y autorizado por la DGETP. hasta su extinción. se efectuará a partir del 01ENE2014. en el momento de su reconocimiento inicial. DETERMINACIÓN DE LA FECHA DE CORTE Con la finalidad de determinar el efecto acumulativo del cambio de política contable. hasta su extinción. por las siguientes condiciones: (i) Valoración del instrumento financiero: sobre o bajo la par (ii) Costo de transacción La Metodología del Costo Amortizado tiene la propiedad de distribuir el valor de estas condiciones. de conformidad con la NICSP Nº 29. etc. según las cláusulas contractuales del instrumento en cuestión. desde la fecha de su emisión. Reconocimiento inicial La entidad reconocerá un activo financiero o un pasivo financiero en su Estado de Situación Financiera cuando. se convierta en parte obligada.Reglas Generales Todo instrumento financiero. de conformidad con la esencia económica del acuerdo contractual y con las definiciones de pasivo financiero. establecida en la presente Directiva. y solo cuando. bonos municipales y otros créditos internos y externos.) durante el flujo de vida del instrumento. semestre. se establece como fecha de corte el 31DIC2013 para los ajustes que correspondan y su afectación a Resultados Acumulados. genera un cronograma de pagos y queda configurado. créditos de organismos internacionales. La implementación de la Metodología del Costo Amortizado. la entidad lo medirá por su valor razonable más/menos los costos de transacción que sean directamente atribuibles a la adquisición o emisión. como un pasivo financiero. Medición Inicial de activos y pasivos financieros Al reconocer inicialmente un activo financiero o un pasivo financiero. proporcionalmente en cada periodo de vencimiento (mes. de activo financiero y de instrumento de patrimonio. año. y los de largo plazo comprenden los bonos soberanos internos. Clasificación de Instrumentos Financieros Los instrumentos financieros se clasificarán en su totalidad o en cada una de sus partes integrantes. 4    . un activo financiero o un instrumento de patrimonio. bonos soberanos globales (externos). específicamente. cuyo resultado es determinar si existen costos de transacción atribuibles a la emisión. METODOLOGÍA DEL COSTO AMORTIZADO El proceso para aplicar la metodología de Costo Amortizado para activos financieros y pasivos financieros es el mismo.    5    . las entidades gubernamentales seguirán las siguientes reglas específicas: 6.1 Instrumentos Financieros emitidos a partir del 01ENE2014 A partir del 01ENE2014 debe aplicarse la Metodología del Costo Amortizado utilizando la Tasa de Interés Efectiva. respectivamente. los flujos de entrada (colocación/desembolso) y los flujos de salida (amortización de capital y pago de intereses explícitos). con la Tasa Nominal     Es la diferencia entre el interés explícito y el interés efectivo que se obtiene en el Cronograma a Costo Amortizado.6. 3 4 5 Interés calculado con la Tasa de Interés Efectiva.  Interés calculado de acuerdo al Cronograma del Préstamo / Colocación. y. utilizando el Cronograma del Préstamo / Colocación (valor nominal). considerando la naturaleza deudora o acreedora. si ésta se realizó sobre/bajo la par. los siguientes atributos:            Monto colocado/desembolsado(VN) Monto recibido/desembolsado Moneda Modalidad de subasta Fechas de transacción/vencimiento Precio del instrumento Tasa de Interés Efectiva Interés Efectivo3 Interés Explícito4 Interés Implícito5 Tipo de interés base (30/360) b) Clasificar el instrumento financiero según las categorías mencionadas en el numeral 4. Los instrumentos financieros deben ser contabilizados inicialmente a su valor razonable. intereses nominales y otros costos relacionados) asociado con el endeudamiento. El anexo 01 Datos para aplicar la Metodología del Costo Amortizado. La metodología se aplicará a cada instrumento financiero según el siguiente procedimiento: Medición Inicial: a) Se inicia con la identificación de datos del instrumento financiero colocado. debe contener. según corresponda (Ver Anexo 01). Medición posterior: a) Determinar el flujo de efectivo financiero a tasa nominal (monto del principal. entre otros. Con el propósito de valorizar cada uno de los instrumentos financieros utilizando la metodología del Costo Amortizado. de acuerdo con las condiciones en las que se emitió cada instrumento financiero. el Director de Finanzas y el Jefe de la Oficina de Contabilidad o quienes hagan sus veces. c) Determinar el flujo de los intereses utilizando la Tasa Interna de Retorno correspondiente a cada periodo. incluyendo el Cronograma a Costo Amortizado (Anexo 02) se proporcionarán dando estricto cumplimiento al numeral 7. proporcionalmente al tiempo de duración del instrumento financiero en cada periodo (Anexo 02). se reconocerá el ajuste por el efecto acumulado registrándolo en la cuenta 3401 Resultados Acumulados. Se proporcionará el Cronograma a Costo Amortizado (interés implícito). afectando la cuenta de gestión del periodo (Anexo 02). finanzas y sistemas.b) Calcular la Tasa de Interés Efectiva. determinará el importe que afecta el saldo de la deuda para su ajuste y distribución (interés implícito). RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO DE LA DIRECTIVA Los responsables del cumplimiento de la presente Directiva son el Director General de Administración. determinando el costo financiero de la operación. Para estos efectos se ha establecido aplicar la Tasa Interna de Retorno (TIR). que se dan en diferentes momentos. c) Siguiendo la metodología indicada. Instrumentos Financieros emitidos antes de la fecha de corte a) Este tipo de instrumentos financieros se reconocerán siguiendo los lineamientos establecidos en el numeral 6.1 excepto el literal f). uno por uno. 6    . e) La amortización (si la hubiera) más la diferencia entre el interés de cada periodo calculado con la tasa nominal (interés explícito) y con la tasa efectiva (interés efectivo). generen la información sobre cada instrumento financiero. La propiedad de la TIR consiste en igualar los flujos de entrada con los flujos de salida. b) Los reportes generados. d) El Cronograma a Costo Amortizado debe contener en la columna Capital Inicio de Periodo el monto realmente recibido (pagado). 7. f) Contabilizar el ajuste (interés implícito) como resultado de comparar el reconocimiento inicial al valor razonable y la medición posterior a Costo Amortizado. Dicha información será entregada al Jefe de la Oficina de Contabilidad. quienes dispondrán que las áreas de tesorería. 6.2. con la finalidad de implementar la presente directiva (Anexo 01 y Anexo 02). en reportes debidamente validados y suscritos por el funcionario responsable. después de adicionar/deducir al monto colocado/desembolsado (valor nominal) los costos de transacción y adicionar/deducir la valorización sobre o bajo la par (Anexo 02). 030103 4505.03 4505.040102 2201.0301 4505. Las entidades gubernamentales deben contar con el inventario de instrumentos financieros activos y pasivos conforme a la clasificación dispuesta en el numeral 4.02 5506. 5901.120101 9103. 9.120202 Emisiones deuda interna Emisiones bajo la par Emisiones sobre la par Emisiones deuda externa Emisiones bajo la par Emisiones sobre la par DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS 9.1.0201 5506. y operaciones exceptuadas en el numeral 10.040101 2201.1202 9103. dando estricto cumplimiento a las reglas generales.8.020203 Bonos Soberanos 9. de la presente Directiva con sus correspondientes saldos actualizados.120202 Emisiones deuda interna Emisiones bajo la par Emisiones sobre la par Emisiones deuda externa Emisiones bajo la par Emisiones sobre la par 9104.040203 Operaciones de Crédito Operaciones de Crédito Devengadas Deuda por Operaciones de Tesorería por Amortizar Devengadas Amortización Intereses Comisiones y Otros Deuda de Corto Plazo Devengadas Amortización Intereses Comisiones y Otros 4505.1201 9103. CUENTAS Y SUBCUENTAS APLICABLES EN LA DIRECTIVA 2201 2201.040202 2201.120101 9104.030101 4505.2.120201 9104.1202 9104.04 Letras de Tesoro Público a valor descontado 9103.010302 Bonos Globales 5601. Todo instrumento financiero que se contrate a partir del 01ENE2014.030109 Instrumentos Financieros Emisiones Sobre la Par Bonos Soberanos Bonos Globales Otros 5506.120102 9103.040201 2201.1201 9104. 7    . debe ser reconocido y medido de acuerdo a la metodología establecida.0401 2201.020109 Instrumentos Financieros Emisión Bajo la Par Bonos Soberanos Bonos Globales Otros 5601.120201 9103.0402 2201.120102 9104.040103 2201.020101 5506.020102 5506.04 2201. La aplicación de la presente Norma se realizará progresivamente conforme las disposiciones de la Dirección General de Contabilidad Pública. entre otros. conforme lo establece la NICSP Nº 01 y NICSP Nº 03. se registrará conforme el literal f) del procedimiento establecido. para su clasificación como instrumentos financieros. Impuestos y Contribuciones. las transacciones cuya naturaleza económica. La presente Directiva complementa las políticas contables de presentación y revelaciones de deuda pública. 9. las cuentas por cobrar y cuentas por pagar de corto plazo. se determinará la parte de los intereses implícitos que formarán el efecto acumulado a esa fecha y se registrará según la Disposición Complementaria 9. 9.7. EXCEPCIONES No se encuentran dentro del alcance de la presente Directiva.7. obligaciones previsionales.6. Cuentas por cobrar al personal. correspondiendo la aplicación inmediata a la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público. 9. el Instructivo N° 16-2000 “Procedimiento de Contabilización del Endeudamiento Público interno y externo”. y se revelará el cambio de la política contable en la correspondiente Nota a los Estados Financieros 9. etc. la otra parte. Asimismo. cuentas por pagar comerciales. Obligaciones con el público.4. Deróguese cualquier disposición que contravenga los procedimientos establecidos en la presente Directiva. 11. El cálculo del efecto acumulado al 31DIC2013 se ajustará contablemente afectando a la cuenta 3401 Resultados Acumulados. Anticipos a Proveedores. 9. Aplicando la fecha de corte al Cronograma a Costo Amortizado de cada instrumento financiero contratado antes del 31DIC2013. además contenga alguna de las siguientes condiciones:     Se origina en una Norma Tributaria No se ha formalizado mediante un contrato No genera un cronograma de pagos No se valorizan en un mercado abierto En consecuencia estas operaciones no cumplen con las Reglas Generales. Por ejemplo: Cartera de Créditos. retroactivamente desde el 1 de enero de 2014 al amparo del párrafo 114 de la NICSP 29 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición. considerándose 8    .9. FECHA DE VIGENCIA A partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.9.5. Remuneraciones y beneficios sociales (CTS).3. Las operaciones se encuentran implementadas en la Tabla de Operaciones vigente que administra la DGCP.01 que aprueba.8. 10. Actualícese en todo el contenido de la Resolución de Contaduría N° 1372000-EF/93. 9. publicada el 18 de setiembre del 2013. 12. que oficializa las Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público – NICSP.01. ANEXOS Los siguientes anexos forman parte del Caso N° 1: Anexo 01: Anexo 02: DATOS PARA APLICAR LA METODOLOGÍA DEL COSTO AMORTIZADO CRONOGRAMA A COSTO AMORTIZADO 13. CASUÍSTICA Para todos los casos se pide:      Cronograma del Préstamo / Colocación (Tasa Nominal) Cálculo de la Tasa de Interés Efectiva (TIR) Cronograma a Costo Amortizado Contabilización de Operaciones Comentarios 9    .la vigencia de la Resolución Directoral Nº 011-2013-EF/51. 000.791.00 Tasa de Interés Efectiva 4.2713% Diferencial por valorización del mercado 18.791. 792.200 ‐31.00 792.791.200 ###### # -31. 4.00 8.148-31.791.200 ‐31.200 ‐842.791.791.791. Cálculo de la TIR con Excel: 1º El importe de los pagos debe incluirse en NEGATIVOen el rango de los Flujos de caja (1er lugar) Donde: A es el Valor Neto Recibido.791.200 ‐31.200 ‐31.148 DATOS Flujo de caja T.791.791. • El último semestre incluye el pago del Valor Nominal del Principal.200 ‐31.200 ‐31.000.402.200 Anexo 02 FECHA DE CORTE CRONOGRAMA A COSTO AMORTIZADO Monto colocado (VN)  Precio  811.148.00 97.200 ‐31.200 ‐31.791.000.R.402.402.148 • En este caso • Incluye el importe A en POSITIVO =TIR ‐31.200## 2º Se aplica la función TIR en todo el rango .200 ‐31.791.R.71% 811000 811000          792.200 ‐31.791.200 ‐31.00   Bajo la par    Sobre la par 0.0535% 792.791.I.00 0.I.200 ‐31.148.791.852.148.148.200 ‐31.791.791.200 ‐31.200 ‐31.200 ‐31. semestral. 792.791.791.000.791.402.200 ‐31.791.200 ‐31. k es la tasa y Q los distintos flujos de pagos en negativo Aplicación con Excel: Ejemplo a treinta semestres Periodos (semestre) Valor Razonable (importe ) 1 2 3 792.402.200 ‐31.791.200 ‐31.402.791.791.00 TASA EFECTIVA TIR 4.200 ‐31.00 977.791.597.07 97.200 ‐31.000.791.402.200 ‐31.791.200 ‐31.791.00 Monto colocado (VN) Ingresos recibidos (‐) Costos de transacción Ingresos netos recibidos Tasa Interés Efectiva Anual Valor Actual Neto 792.4313% MAYOR COSTO  FINANCIERO 2.200 ‐31.Anexo 01 DATOS PARA APLICAR LA METODOLOGÍA DEL COSTO AMORTIZADO 1 2 CRONOGRAMA FINANCIERO CÁLCULOS Denominacion Monto colocado (VN) Cupon de interés Fecha de transacción Fecha de vencimiento Valor Nominal Precio Bonos Autorizados Bonos Colocados Monto recibido 3 CRONOGRAMA APLICANDO COSTO AMORTIZADO 12-ago-20 811.000.053478433% Flujo de  Efectivo • El Flujo puede ser anual.8400% Anual 12/12/2005 30 semestres 12/08/2020                       1.402.791.791.200 ‐31.29% Fórmula de la T.791. mensual.200-31.200-31.791.200-31.200 ‐31.200 ‐31.7068% BAJO LA PAR EFECTO ACUMULADO 10    .148. etc.0535% SEMESTRAL 811.000.791. VAN S/.791.791.00 7.00 792. 088.335.764.00 31.79  794.33  451.00 0.882.200.846.663.00 32.01  529.00 811.791.791.00 0.00  792.94 32.791.200.141.959.072.81  793.217.200.90 699.280.208.49  999.033.13     803.243.992.791.126.00 811.357.540.72  802.00 31.200.011.635.00 31.88 798.603.791.62  0.55  550.1070% 12/12/2005  12/02/2006  12/08/2006  12/02/2007  792.00 31.577.200.791.940.00 Ingresos netos recibidos  792.00 0.200.12  807.846.872.13 31.610.131.791.00 0.997.009.01 32.200.040.812.98 32.846.11 32.73  800.852.335.791.45  808.791.791.009.402.002.436.333.756.16  806.226.727.39  801.730.770.555.00 0.798.11  573.23 804.176.200.147.64  400.549.87  0.00 31.00 31.56 31.557.161.55 12/08/2013  12/02/2014  12/08/2014  12/02/2015  12/08/2015  12/02/2016  799.515.888.402.200.000.515.00 31.791.00 0.00 0.00 0.585.41 796.32  960.225.200.17  792.261.678.16  802.00 355.457.32  797.200.46 12/08/2010  12/02/2011  12/08/2011  12/02/2012  12/08/2012  12/02/2013  795.982.659.597.00 32.33 797.798.803.00 972.460.040.17  819.98  434.64 32.81 12/08/2007  12/02/2008  12/08/2008  12/02/2009  12/08/2009  12/02/2010  793.226.888.140.884.852.00 Tasa Interés Efectiva Anual  8.45 808.549.605.012.240.95  488.096.791.212.200.791.831.791.714.06 795.00 31.55 32.34  385.463.126.605.192.09  795.402.200.436.00 31.426.18 32.075.662.51 671.791.73 620.064.00 31.00 32.64  800.791.634.959.91 32.357.088.435.91  508.33  797.791.00    18.226.577.148.752.342.887.200.06  793.141.46  796.99 799.93 32.64 32.000.355.16 806.518.811.00     792.861.00 31.971.815.200.40  805.791.000.55  799.088.14 32.791.850.00 32.815.200.15 794.603.30 32.00 0.557.30  417.791.189.00 0.644.982.888.00 0.852.770.88  798.17  793.00 0.174.87 811 000 000.200.798.11  0.00 596.257.00 31.200.70  793.81  807.002.78 12/08/2016  12/02/2017  12/08/2017  12/02/2018  12/08/2018  12/02/2019  12/08/2019  12/02/2020  12/08/2020  802.217.00 31.188.00 0.148.18  799.200.11 31.992.428.65  887.988.32 32.00 370.00 0.41  796.756.000.791.12 807.39 32.200.791.791.200.32 797.00 18.000.072.355.756.00 0.45  787.791.933.00 0.791.242.082.40 805.791.075.387.536.331.06  795.00 0.99  0.00 (‐) Costos  0.200.00 842.436.798.00 32.00 0.00 31.31 32.536.585.184.00 341.755.33 32.009.727.412.72 32.864.00 0.17 31.81 807.887.00 31.76  852.834.34 32.597.00 31.462.184.94  793.200.00 0.863.09 795.90  802.201.39 795.974.435.340.433.00 31.746.00 0.884.00     INTERÉS IMPLÍCITO CASO N° 1 OPERACIONES FINANCIERAS BAJO LA PAR SIN COSTO DE TRANSACCIÓN 11    .17 32.896.00 31.115.45 32.014.200.200.31  923.746.39  0.959.78  803.014.49 32.00 0.730.861.23  804.200.201.79 794.51  801.320.046.181.37  800.402.200.00 31.300.171.988.00 31.200.15  794.660.736.243.133.00 328.009.00 1.803.17 32.970.428.00 469.733.578.265.465.970.650.65 32.998.119.639.548.839.756.56  796.148.791.791.872.37 645.95 32.62 727.Ingresos recibidos  792.246.06 31.00 31.633.188.00 Fecha   Costo   Amortización  Amortizado  (a)   Inicio de Periodo             Total     Interés Efectivo     Interés Explícito    (b)  Pago      (c)         757.148.93  1.846.791.998.16 31.200.989.959.797.14  800.364.200.00 0.00 31.00 0.181.791.70 Interés  Costo  Implícito  Amortizado Final  Diferencia      de Periodo  (a+b‐c)        31.435.543.76 32.115.200.543.411.791.833.94  809.94 809.659.490.200. cálculo de la TIR y tratamiento contable.Se presenta la aplicación de la metodología.00 7. colocado al 97.84% y cupón semestral: febrero y agosto.71% recibiendo S/. sin amortización de principal.00.84% 12    . en el escenario de una obligación financiera donde se ha emitido un pasivo financiero a tasa de interés fija y el monto recibido es menor al monto pagadero al vencimiento: Valor inicial < Valor final Este caso de uso se refiere a un Bono Soberano cuya colocación se realizó el 12DIC2005 con valor facial de S/. Bullet Interés pagadero semestralmente Tasa de interés fija S/.000. 811.000. con vencimiento el 12AGO2020 en moneda nacional con una tasa fija de 7. 792.00 S/. Denominación 12AGO2020 Datos      Monto de la emisión Pagadero al vencimiento Plazo 15 años. 811. 811. se trata de un bono Bullet (pago del principal al vencimiento).402.000.000.000.00.148.000. 000.00  811.4.000.000.000.200.000.00 0.00 31.791.791.000.000.000.00 31.000.000.00 0.000.000.00  811.000.000.00  811.00 31.00  811.791.000.000.000.791.000.00 31.00 31.791.00 31.000.000.791.00 31.00 31.000.00  811.000.00 31.000.200.00 0.00  811.791.791.000.200.000.200.791.00  811.000.000.791.00 31.00 31.02  Traspasos de Documentos 1601.000.00 31.200.00 31.791.000.200.Desarrollo: 1.000.791.00  811.000.00 0.00 0.0202  De Títulos Valores Internos     811.00 31.00 31.00  811.000.200.200.00 0.791.00  811.00 0.00 31.791.000.200.00  811.00 31.00 31.000.00 0.200.000.00 0.791.791.00  811.000.00 31.791.00 31.00  811.000.00 31.000.00 953.791.00  811.00 0.00  1601.000.791.00 31.200.000.000.000.000.00 31.200.000.000.000.000.000.00  811.200.00  811.000.000.200.200.791.00 0.000.00 31.200.791. Instrumentos Financieros emitidos antes de la fecha de corte (31DIC2013) CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  5506  Otros Gastos Diversos  18.000.000.00 31.200.00  811. Contabilización de Operaciones 1.000.00  811.00  0.00  811.791.000.000.000.791.000.000.200.000.00  811.000.000.000. Cálculo de la Tasa de Interés Efectiva: (TIR): (Anexo 1 de la Directiva) 1.000.00 31.791.791.791.00  811.00 0.791.00 0.00 31.00 31.000.200.000.00 0.791.000.00 31.00 31.791.00 0.000.200.200.000.791.00 31.000.736.00 811.00 31.000.000.000.00  811.00 811.00 31.200.791.00 Capital final de  periodo    811.00 31. antes de la aplicación de la Metodología del Costo  Amortizado  13    .200.791.791.00 31.00 0.200.00 31.99  Otros Gastos Diversos       1601  Traspasos y Remesas  792.00 31.00 0.00  811.00 31.000.000.000.000.791.00 31.000.000.791.200.200.00  811.00  811.200.000.200.000.200.000.00  811.200.200.200.00 0.000.200.00 31.00  811.000.00 31.00 0.000.200.000.000.00  811.00 31.00  811.200.00 31.00  Total  Amortización  Interés  Explícito  Total Pago  0.791.000.791.000.000.000.000.00  811.00  811.00 31.200.00 0.000.000.000.00 1.000.791.00    1.000.000.200.00  811.791.791.597.791.200.200.00  811.791.00 0.200.2.00  811.000.00  811.00 31.000.00 842.000.000.000.000.000.00 0.000.00 31.791.3.200.00  811.000.791.200.00 2301.791.200.736.00 31.791.000.000.791.200.000.000.00 31.791.00  811.000.000.00 31.00 0.00 31.000.02  Deuda Interna  2301.148.00 31.00  811.00 31.00  811.00  811.00 31.791.00  811.00 31.4.000.200.791.791.0202  Recursos Por Operaciones Oficiales De Crédito Interno        2301  Deuda Pública  2301.200.00  811.00  811.791.1 Cronograma del Préstamo / Colocación (Tasa Nominal) Fecha  Capital inicio de  periodo  12/12/2005  12/02/2006  12/08/2006  12/02/2007  12/08/2007  12/02/2008  12/08/2008  12/02/2009  12/08/2009  12/02/2010  12/08/2010  12/02/2011  12/08/2011  12/02/2012  12/08/2012  12/02/2013  12/08/2013  12/02/2014  12/08/2014  12/02/2015  12/08/2015  12/02/2016  12/08/2016  12/02/2017  12/08/2017  12/02/2018  12/08/2018  12/02/2019  12/08/2019  12/02/2020  12/08/2020    811.852.791.000.000.791.00  811.000.020201  Bonos del Tesoro Público        Asiento referencial efectuado en el ejercicio 2005 por DNEP.000.000.764.200.200.000.000.200.00  811.200.402.00  811.791.791.000. Cronograma a Costo Amortizado: (Anexo 2 de la Directiva) 1.00  811.000.791.00 0.00  811.200.200.000.791.00 0.000.200.00 0.00  811.200.000.000.00 31.200.00     5506.200.1.00 0.791.00  811.200.00  811.200.200.00  811.00  811.791.00 31.00 31.00  811.00 31.00  811.00  811.200.00 31.00  811.00  811.00 0. 266.4.639.4.030101  Tesoro Público  1601  Traspasos y Remesas  1601.00     2301.02  Déficit Acumulado    2301  Deuda Pública      7.436.0202  De Títulos Valores Internos        2301.02  Deuda Interna       2301.597.            DEBE  HABER  792. Tesoro Público CUENTAS  DENOMINACIÓN  1101  Caja y Bancos  1101.00        HABER  31.Ajustes y reclasificaciones de Bonos bajo la par Los registros efectuados antes de la fecha de corte (31DIC13) deben ser regularizados en el ejercicio 2014. registrando en Resultados Acumulados según corresponda. 1.020201  Bonos del Tesoro Público        Por el reconocimiento del costo amortizado de la deuda por cada semestre del ejercicio 2014 (Primer semestre  620.0101  Tesoro Público  2104  Intermediación de Recursos Monetarios  2104.0501  Tesoro Público – CUT Por el reconocimiento del  devengado de intereses.200.1.01  Traspasos de Fondos   1601.0201  Emisión Bajo la Par  5506.14 = 1.791.429.797.429.852.1 Endeudamiento Público CUENTAS  DENOMINACIÓN DEBE HABER  2301  Deuda Pública  18.402.4.03  Depósitos en Instituciones Financieras Públicas 1101.200.791.  CUENTAS  DENOMINACIÓN DEBE HABER  3401  Resultados Acumulados   7.73 2301.020201  Bonos del Tesoro Público        Por el ajuste del costo amortizado de bonos bajo la par.436.597. Instrumentos Financieros emitidos bajo la par a partir del 01ENE2014 Para el presente caso se utiliza los mismos datos del anterior.02  Deuda Pública Interna        2301.203. de ejercicios anteriores  CUENTAS  DENOMINACIÓN DEBE HABER  5506  Otros Gastos Diversos  1.02  Deuda Pública Interna        2301.148.0202  De Títulos Valores Internos        2301.00       DEBE 31.852.402.0202  De Títulos Valores Internos        2301.00 14    .64    Segundo semestre 645.020201  Bonos del Tesoro Público    3401  Resultados Acumulados  18.05  Cuenta Única de Tesoro ‐ CUT 2104.01  Superávit Acumulado        Por el ajuste del registro inicial del gasto por la colocación de bonos bajo la par.148.203.78)  1. 1.00                   792.73    3401.266.0202  Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno Por la captación del bono colocado bajo la par  CUENTAS  DENOMINACIÓN 1601  Traspasos y Remesas  1601.02  Instrumentos Financieros        5506.00 3401.436.2.020101  Bonos Soberanos        2301  Deuda Pública    1.2.78     5506.78 2301. considerando que la operación se inicia el 01ENE2014.1. 266.0301  Cuentas Corrientes  1101.02  Traspasos de Documentos 1601. 00     9104.2.148.0501  Tesoro Público – CUT  1101  Caja y Bancos  1101.0101  Tesoro Público  2104  Intermediación de Recursos Monetarios  2104.000.    15    .10  Intereses por devengar       9103.000.1001  Deuda Interna    9104  Valores y Garantías por el contrario 953.00    Bonos colocados bajo la par: S/.00 9104.000.0501  Tesoro Público – CUT  Por el reconocimiento del  devengado del principal.4.0301  Cuentas Corrientes  1101.000.148.402.000. Endeudamiento Público CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  9103  Valores y Garantías  811.0501  Tesoro Público – CUT  1101  Caja y Bancos  1101.00   CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  1601  Traspasos y Remesas 792.000.030101  Tesoro Público  Por el pago del principal.00              811.  CUENTAS  DENOMINACIÓN DEBE HABER  9104  Valores y Garantías por el contrario 811.736. 811.  Bonos emitidos: S/.402.00 9103.736.030101  Tesoro Público  Por el pago de intereses.  CUENTAS  DENOMINACIÓN DEBE HABER  9103  Valores y Garantías  953.05  Cuenta Única de Tesoro  ‐ CUT  2104.000.791.200.01  Traspasos de Fondos 1601.000.000.0202  Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno        2301  Deuda Pública     792.00     9103.CUENTAS  DENOMINACIÓN  2104  Intermediación de Recursos Monetarios 2104.00 811.02  Deuda Interna                                              2301.  DEBE  HABER  31.000.02  Traspasos de Documentos  1601.791.00 2301.05  Cuenta Única de Tesoro ‐ CUT  2104.  1601  Traspasos y Remesas 1601.  2104  Intermediación de Recursos Monetarios  2104. 000.000.00 9104.10  Intereses por devengar por el contrario     9104.200.02  Especies y documentos valorados en circulación     Por el control de la deuda por  colocación de bonos bajo la par.00              811.  792.02  Especies y documentos valorados emitidos        9104  Valores y Garantías por el contrario 811.2.02  Especies y documentos valorados en circulación    9103  Valores y Garantías  811.000.00               1.000.1001  Deuda Interna    Por el registro de control de los intereses explícitos por devengar de bonos bajo la par en cada semestre.148.05  Cuenta Única de Tesoro – CUT  2104.02  Especies y documentos valorados emitidos     Por la rebaja de emisión de bonos bajo la par.00     9103.00               31.000.0202  De Títulos Valores Internos                               2301.00     1601.0301  Cuentas Corrientes  1101.00      811.000.000.000.03  Depósitos en Instituciones Financieras Públicas  1101.000.020201  Bonos del Tesoro Público         Por el reconocimiento de la deuda por emisión de bono bajo la par. 402.000.03  Depósitos en Instituciones Financieras Públicas  1101. 000.00 4402.200.020401  Amortización        Por el registro del devengado del principal al vencimiento.10  Intereses por devengar  9103.791.000.00     2301.  CUENTAS  DENOMINACIÓN DEBE HABER  1205  Servicio y Otros Contratados por Anticipado  31.020201  Bonos del Tesoro Público        2301  Deuda Pública     811.200.000.CUENTAS  DENOMINACIÓN  9104  Valores y Garantías por el contrario 9104.000.791.791.00 2301.01  Tesoro Público        Por el  giro de los intereses semestrales.0     1206. (total 30 semestres)     CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  2301  Deuda Pública  31.00 2301.020402  Intereses     Por el registro de la aprobación del devengado para el pago de intereses en cada semestre.791.00  1205.00     1206.00    16    .02  Deuda Interna        2301.07  Fiduciarios de la Deuda Pública  1206  Aprobación de Tesoro Público  1206.0204  Deuda Interna Devengada        2301. 953.200.07  Fiduciarios de la Deuda Pública          Transferencia a los acreedores.200.791.1001  Deuda Interna  Por la rebaja  de control de los intereses devengados cada semestre.0204  Deuda Interna Devengada    2301.000.02  Deuda Interna        2301.  CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  811.000.02  Intereses de Deuda Interna    5601.791.  CUENTAS  DENOMINACIÓN 5601  Intereses de la Deuda  DEBE  HABER  31.0204  Deuda Interna Devengada     2301.000.200.01  Tesoro Público         4404  Traspasos y Remesas de Capital Recibidos 811.200.200.200.     1206  Aprobación de Tesoro Público  811. Total 30 semestres        S/.000.000.00  HABER     5601.000.000.02  Deuda Interna     2301.     DEBE  811.00          HABER      811.0202  De Títulos Valores Internos    5601.00    DEBE 31.00  CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  1206  Aprobación de Tesoro Público 31.02  Deuda Interna        2301.10  Intereses por devengar por el contrario  9104.200.1001  Deuda Interna  9103  Valores y Garantías  9103.01  Traspasos del Tesoro Público        Por el registro de la aprobación del devengado para el pago de intereses cada semestre.00  2301  Deuda Pública     2301.01  Tesoro Público    Por el giro del principal.00 1206.020203  Bonos Soberanos        2301  Deuda Pública     31.000.00 4404.07  Fiduciarios de la Deuda Pública    1206  Aprobación de Tesoro Público 31.01  Traspasos del Tesoro Público    Por el registro de la aprobación del devengado para el pago del principal  CUENTAS  DENOMINACIÓN  1205  Servicios y Otros Contratados por Anticipado 1205.00 1205.791.791.00                  31.000.791.791.200.01  Tesoro Público         4402  Traspasos y Remesas Corrientes Recibidos     31.0202  De Títulos Valores Internos        2301.736.020402  Intereses        1205  Servicios y Otros Contratados por Anticipado 31. 1201  Emisiones deuda interna    9103.266.        CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  9103  Valores y Garantías  18.000. 645.78    9104.02  Instrumentos Financieros        5506.639.1201  Emisiones deuda interna      9104.597.597.436.14 Total Año 2014  S/.797.78     5506.78 2301.02  Deuda Interna       2301.02  Deuda Interna     2301.436.266.64   + Segundo semestre S/. Comentarios: Se ha desarrollado el caso de acuerdo con el procedimiento establecido en el numeral 6.120101  Emisiones bajo la par    9104  Valores y Garantías por el contrario    18.78)   (Total por 30 semestres=  S/.000.1201  Emisiones deuda interna      9104.120101  Emisiones bajo la par      Por el registro de control de la emisión bajo la par  por devengar  a costo amortizado en cada semestre.2 de la presente Directiva.000.000.597.00 9104.0202  De Títulos Valores Internos       2301.120101  Emisiones bajo la par    Por la rebaja del control de la emisión bajo la par  a costo amortizado en cada semestre.436. 18.020401  Amortización       1205  Servicios y Otros Contratados por Anticipado     811.2301  Deuda Pública  811. 1.78 9103.266.0201   Emisión Bajo la Par  5506.266.436.020101  Bonos Soberanos        2301  Deuda Pública    1.00   1205.452.    CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  5506  Otros Gastos Diversos  1.0204  Deuda Interna Devengada  2301.852.07  Fiduciarios de la Deuda Pública        Transferencia a los acreedores.5.1201  Emisiones deuda interna    9103.436.120101  Emisiones bajo la par      9103  Valores y Garantías    1.    CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  9104  Valores y Garantías por el contrario 1.852.266.00)    1.1 y 6.0     2301.020201  Bonos del Tesoro Público       Por la realización del gasto a costo amortizado por cada semestre del ejercicio 2014 (Primer semestre                                 S/. 620.00  9103. 17    . 1.000.000. 300.10% recibiendo S/.000.00 0.00 0.000.600.00 6.000.400.000. 300.00 6.000.00 Total 300.00 12/09/2014 300. Denominación Datos      12SET2014 Monto de la emisión Pagadero al vencimiento Plazo 2 años.00 0.000.00 0.00 12/03/2014 300.00 0.000.000.000.00 0.00 12/03/2013 300.000.00 4.600.000. 300.00 6.00 con vencimiento el 12SET2014 en moneda nacional con una tasa fija de 4.600.40% y cupón semestral: marzo y setiembre.000.00 300. Bullet Interés pagadero semestralmente Tasa de interés fija S/.000.000.00 300.000.000.000.000.000.000.600.00 6.600.000. 300.00 300.00 6. El monto recibido es mayor al monto pagadero al vencimiento: Valor inicial > Valor final Este caso de uso se refiere a un Bono Soberano cuya colocación se realizó el 21SET2012 con valor facial de S/.600.00 0.00 S/.00 300.000.600. con pago del principal al vencimiento colocado al 100.CASO N° 2 OPERACIONES FINANCIERAS SOBRE LA PAR SIN COSTO DE TRANSACCIÓN Se presenta el método de cálculo y tratamiento contable del siguiente escenario de una obligación financiera en que se ha pactado una tasa de interés fija.300.00 326.00 306.000.00 6.00 26.00 6.00 0.00 18    . sin amortización del principal.600.000.000. Cronograma del Préstamo / Colocación (Tasa Nominal) Fecha Capital inicio de periodo Amortización Interés Explícito Comisión Total Pago Capital final de periodo 21/09/2012 300.000.00.000.000.000.000.00 0.00 12/09/2013 300.000.400.000.000.000.40% Desarrollo 2.000. 00 100.00 -6.300.000.436.1.000.000.000.3473% SOBRE LA PAR 300.077. Endeudamiento Público DENOMINACIÓN DEBE 3401  Resultados Acumulados 300.000.000.225.00 300.020201  Bonos del Tesoro Público        Por la regularización del ingreso registrado a la fecha de emisión del Bono   HABER  300.00 0.153.600.00 6.527. registrando contra Resultados Acumulados según corresponda.000.000.300.18 6.00 26.000.300. antes de la aplicación de la Metodología del Costo  Amortizado.02  Traspasos de Documentos    1601.1736% Flujo de Efectivo 300.00 0.48 ‐74.  CUENTAS  2.600.00 19    Fecha de  corte  .563.300.02  Deuda Interna  2301.020201  Bonos del Tesoro Público    4505  Otros Ingresos Diversos    300.436.401.300.0202  De Títulos Valores Internos     2301.100.000.01 300.00 306.00 326.19 Total 2.153.522.19 300.00 6.300.00 300. 300.00 300.52 300.000.823.00    3401.401.02  Deuda Interna  2301.524.788.600.81 0.00  1601.000.0202  De Títulos Valores Internos   2301.000.2.00 0.600.00 0.50 6.3 Cronograma a Costo Amortizado Monto colocado (VN) Precio Ingresos recibido Costos Cantidad recibida Tasa Interés Efectiva Anual Fecha 21/09/2012 12/03/2013 12/09/2013 12/03/2014 12/09/2014  Costo Amortizado   Amortizacion (a)  Inicio de Periodo  300.000.525.000.02  Déficit Acumulado     2301  Deuda Pública     2301.000.00         Asiento referencial efectuado en el ejercicio 2012 por DNEP.000.000.2.000.227. Endeudamiento Público CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  1601  Traspasos y Remesas  3.00 TASA EFECTIVA TIR 2.00 Interes   Interés Explícito   Interés Implícito   Costo Amortizado Final  Efectivo         Comision Pago      (c)  Diferencia     (a+b‐c)  de Periodo  (b) 6.00 -306.400.225.227.600.00 -6.52 6.19 0.000. Cálculo de la Tasa de Interés Efectiva (TIR) VAN S/.00 4.00 -6.00 0.401.82 ‐77.1.01 300.000.00 ‐72.600.300.00 0.000.00 6.0202  Recursos Por Operaciones Oficiales De Crédito Interno       2301  Deuda Pública  3.1 Instrumentos Financieros emitidos antes de la fecha de corte Ajustes y Reclasificaciones de Bonos sobre la par Los registros efectuados antes de la fecha de corte (31DIC13) deben ser regularizados en el ejercicio 2014.000.436.600.00 300.00 2.4.176.00 ‐300.000.600.1000% 300.000.000.000.00 Contabilización de Operaciones 2.000.00 2301.00 300.000.50 ‐75.4 0.52 300.4.00 300.00 0.077.000.211.598. 01    2301.  CUENTAS  DENOMINACIÓN  1601  Traspasos y Remesas  1601. Total S/.01 4505.82 + Segundo semestre S/.000.000.4.98 3401.05  Cuenta Única de Tesoro  ‐ CUT  2104.00    HABER   6.03  Depósitos en Instituciones Financieras Públicas 1101.02  Deuda Interna  2301.0501  Tesoro Público ‐  CUT Por el reconocimiento del devengado de intereses.00 DEBE 6.300.03  Instrumentos Financieros 4505.000.0501  Tesoro Público ‐ CUT  1101  Caja y Bancos  1101. 77.000.436.225.225.02  Traspasos de Documentos 1601.1. 2.020201  Bonos del Tesoro Público        3401  Resultados Acumulados 146.0301  Emisiones Sobre la Par        4505.00 HABER    6.0101  Tesoro Público  2104  Intermediación de Recursos Monetarios 2104. Tesoro Público CUENTAS  DENOMINACIÓN  1101  Caja y Bancos  1101.000.600.00              300.01)  2.0202  Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno Por la captación del bono colocado sobre la par  CUENTAS  DENOMINACIÓN 1601  Traspasos y Remesas  1601.00                   DEBE        6.0202  De Títulos Valores Internos   2301.98     2301.030101  Tesoro Público  1601  Traspasos y Remesas  1601.020201  Bonos del Tesoro Público        4505  Otros Ingresos Diversos     153.  CUENTAS  DENOMINACIÓN 2104  Intermediación de Recursos Monetarios  2104.01  Superávit Acumulado        Por el ajuste del costo amortizado de bonos sobre la par antes de la fecha de corte (31DIC2013)  CUENTAS  DENOMINACIÓN DEBE HABER  2301  Deuda Pública  153.000.03  Depósitos en Instituciones Financieras Públicas 1101.225.000.02  Deuda Interna  2301.0101  Tesoro Público  2104  Intermediación de Recursos Monetarios  2104.774.CUENTAS  DENOMINACIÓN DEBE HABER  2301  Deuda Pública  146.300.      DEBE  HABER  300.19.4.2.01  Traspasos de Fondos   1601.600.030101  Bonos Soberanos        Por  el  costo  amortizado  de  bonos  sobre  la  par  por  cada  semestre  del  ejercicio  2014  (Primer  semestre              S/.00           20    .0501  Tesoro Público  ‐ CUT  Por el reconocimiento del devengado del principal.600. 75. 153.0301  Cuentas Corrientes  1101.05  Cuenta Única de Tesoro – CUT 2104.788.600.00                   300.000.030101  Tesoro Público  Por el pago de intereses.0202  De Títulos Valores Internos   2301.00       DEBE  HABER  300.0301  Cuentas Corrientes  1101.000.000.05  Cuenta Única de Tesoro ‐ CUT  2104.2 Instrumentos Financieros emitidos a partir del 01 de enero 2014 Para el presente caso se utiliza los mismos datos del anterior.01  Traspasos de Fondos 1601. considerando que la operación se inicia el 01ENE2014.774. 600.000.00 2301.000.000.00     1601.000.00  Bonos colocados sobre la par:  S/.1001  Deuda Interna      9104  Valores y Garantías por el contrario     26.020402  Intereses          Por el registro de la aprobación del devengado para el pago de intereses cada semestre (total 4 semestres)      21    .02  Traspasos de Documentos    1601.400.000.2.000.000.02  Deuda Interna        2301.02  Deuda Interna                                                  2301.10  Intereses por devengar        9103.00 2301.000.0501  Tesoro Público  ‐ CUT  1101  Caja y Bancos  1101.020201  Bonos del Tesoro Público                         Por el reconocimiento de la deuda por emisión de bono sobre la par  CUENTAS  DENOMINACIÓN DEBE HABER  9104  Valores y Garantías por el contrario  300. Endeudamiento Público CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  9103  Valores y Garantías  300.02  Intereses de Deuda Interna    5601.05  Cuenta Única de Tesoro  ‐ CUT  2104.000.000.10  Intereses por devengar por el contrario     9104.1001  Deuda Interna      9103  Valores y Garantías     6.000.000.000.000.03  Depósitos en Instituciones Financieras Públicas  1101.02  Especies y documentos valorados emitidos     Por la rebaja de emisión de bonos sobre la par  CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  9103  Valores y Garantías  26.0202  De Títulos Valores Internos                       2301.000.        CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  9104  Valores y Garantías por el contrario 6.000.00     9103.00   CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  1601  Traspasos y Remesas 300.00 9104.300.   Bonos emitidos:  S/.1001  Deuda Interna      Por la rebaja de control de los intereses por devengar de bonos sobre la par en cada semestre  CUENTAS  DENOMINACIÓN DEBE HABER  5601  Intereses de la Deuda  6.030101  Tesoro Público  Por el pago del principal.00 9103.300.00    HABER          300.10  Intereses por devengar        9103.400.00    9104.1001  Deuda Interna  Por el registro de control de los intereses por devengar de bonos sobre la par de los cuatro semestres.00    2.00 9103.020203  Bonos Soberanos     2301  Deuda Pública     6.000.0204  Deuda Interna Devengada        2301.0202  Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno      2301  Deuda Pública        300.02  Especies y documentos valorados en circulación        9103  Valores y Garantías     300.300.000.10  Intereses por devengar por el contrario      9104.02  Especies y documentos valorados en circulación     Por el control de la deuda por  colocación de bono sobre la par.02  Especies y documentos valorados emitidos        9104  Valores y Garantías por el contrario     300. 300.  DEBE     300.0301  Cuentas Corrientes  1101.00     9103.000.000.000.600.0202  De Títulos Valores Internos    5601.00     9104.000.4. 300.CUENTAS  DENOMINACIÓN  2104  Intermediación de Recursos Monetarios 2104.600.2.00     5601.600.00  9104.000. 600.000.600.       HABER    6.120101  Emisiones sobre la par    Por el registro de control de la emisión sobre la par  a costo amortizado en cada semestre.000.02  Deuda Interna     2301.00    HABER        300.   CUENTAS  DENOMINACIÓN DEBE 2301  Deuda Pública  300.00  2301.0204  Deuda Interna Devengada  2301.000.000.02  Deuda Interna     2301.00  1205.00   HABER    6.0204  Deuda Interna Devengada  2301.000.000.000.00     22    .00  2301.01  Traspasos del Tesoro Público Por el devengamiento de los intereses (efectuar el registro durante los 4 semestres) CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  1205                         Servicios y Otros Contratados por Anticipado 6.020201  Bonos del Tesoro Público 2301  Deuda Pública  2301.02  Deuda Interna     2301.01  Tesoro Público    4402  Traspasos y Remesas Corrientes Recibidas 4402.00  1206.00 HABER    6.000.01  Tesoro Público            Por el giro de los intereses semestrales (durante cuatro semestres) CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  2301  Deuda Pública  6.000.0202  De Títulos Valores Internos 2301.02  Deuda Interna     2301.000.000.00    HABER        300.000.000.00            HABER        300.000.600.00      HABER      300.000.00  1205.1201  Emisiones deuda interna   9103.   CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  9103  Valores y Garantías  300.1201  Emisiones deuda interna    9104.01  Tesoro Público    Por el giro del principal.000.0204  Deuda Interna Devengada     2301.01  Traspasos del Tesoro Público        Por el registro aprobación del devengado para el pago del principal CUENTAS  DENOMINACIÓN DEBE 1205  Servicios y Otros Contratados por Anticipado     300.000.CUENTAS  DENOMINACIÓN DEBE 1206  Aprobación del Tesoro Público  6.00  9103.  CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  2301  Deuda Pública  300.000.01  Tesoro Público     4404  Traspasos y Remesas de Capital Recibidos     4404.07  Fiduciarios de la Deuda Pública     Transferencia a los acreedores.020402  Intereses     1205  Servicios y Otros Contratados por Anticipado    1205.600.07  Fiduciarios de la Deuda Pública    1206  Aprobación del Tesoro Público     1206.600.000.600.000.020401  Amortización        Por el registro del devengado del principal al vencimiento    CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  1206  Aprobación de Tesoro Público 300.000.000.00 HABER              300.07  Fiduciarios de la Deuda Pública            Transferencia a los acreedores.07  Fiduciarios de la Deuda Pública    1206  Aprobación de Tesoro Público 1206.020401  Amortización    1205  Servicios y Otros Contratados por Anticipado 1205.120101  Emisiones sobre la par    9104  Valores y Garantías por el contrario    9104.000.000.00  2301.00  1206. 1201  Emisiones deuda interna   9103.120101  Emisiones sobre la par  Por la rebaja de control de la emisión sobre la par  a costo amortizado en cada semestre.598.48 4505.  Total S/.03  Instrumentos Financieros        4505.598.02  Deuda Interna  2301. 23    .598.48  9104.030101  Bonos Soberanos         Por el registro del importe sobre la par a costo amortizado por el ejercicio.      el registro se realizará según los montos semestrales resultantes. 300.  HABER         72.1 y 6.82  Segundo semestre                    74.598.0202  De Títulos Valores Internos                       2301.598.176.19  2.436.48      CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  2301  Deuda Pública  72.CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  9104  Valores y Garantías por el contrario 72.000.1201  Emisiones deuda interna    9104.120101  Emisiones sobre la par    9103  Valores y Garantías    9103.0301  Emisiones Sobre la Par   4505.2 de la presente Directiva.48  2301.5 Comentario: Se ha desarrollado el caso de acuerdo con el procedimiento establecido en el numeral 6. De acuerdo al principio del devengado.48  Tercer semestre       75.50   Cuarto semestre     77.020201  Bonos del Tesoro Público    4505  Ingresos Diversos     72.788.00  Primer semestre    72. 00     Monto  Ajuste  Actualización     (Colocación  /  Act)  (VN)      Total   8.00 0.00 0.00  0.418.791.00 0.65 26.00  0.000.00 Total de la  Colocación /  Actualización  del VN  8.00    3.791.00 0.  03/07/14  31/07/14  31/08/14  30/09/14  01/10/14  0.00  0.00 0.390.03 8.307.65  26.34 27.00 Fecha de Cierre  (Valor Presente)  8.418.000.69 82.CASO N° 3 OPERACIONES FINANCIERAS DE DESCUENTO LETRAS DEL TESORO PÚBLICO Operación de descuento.905.00  82.390.390.00 24    .390.00 Plazo 90 días.34      27.418.69 Pagadero al vencimiento S/.983.334.38          900.00  0.905.362.2 Pantalla Detalle Actualización    Interés      Total      Amortización   Fecha de  Cierre (Valor  Presente)  8.581.389. 8.324.581.418.68 8.00 0.000.00 0. por las colocaciones semanales en el mercado primario con plazos que no exceden los 360 días.00 0.307.324.38 900.418.69  Fecha   Total Pago      26.69 8. 8.00 8.307.03 8.983. Valor inicial < Valor final Datos       Monto de la colocación S/.390.000.69     0.06 8.099.390.34 27.94 3.00 0.905.00 0.390.69      26.983.00 0.390.38 900.00 26.00    8.00 0.31 0.00 0.06 8.000.362.31 8.00  90  62  31  1  0              8.1 Cronograma Financiero Monto de la  Colocación  (VN)  Fecha  03/07/14  31/07/14  31/08/14  30/09/14  01/10/14     Monto  Actualización      (VN)  8.94  Monto de la  Colocación     (VN)  Plazo al Vcto.69 0.00  0.307.94 0.00 8.307.34  27.307.00           Comisión     0.983.307.65 26.115.65      26.389.69 8.791.307.9417% anual Denominación 01OCT2014 Desarrollo 3.000.099.418.307.00 0.00 8. al descuento Interés descontado a la colocación Tasa de interés fija Tasa de interés 3.68 8.94 8.38  900.000.791.115.905.334.00  0.00 8.000.418.3 Cálculo de la provisión mensual de intereses Total de la Colocación /  Actualización del VN   8.418.00 0.00 0.418.00 0.390.000.69  26.00 0.00 0.  agosto.581.01  Intereses por devengar por contra      1601.905.3.0401  Deuda por Operaciones de Tesorería por Amortizar Devengadas    2201. setiembre y  octubre. 82.34  Setiembre  26.0501  Tesoro Público ‐ CUT      Por el reconocimiento del pasivo de acuerdo a la aprobación del pago del devengado de intereses.04  Operaciones de Crédito Devengadas     2201.0301  Cuentas Corrientes    1101.040102  Intereses     1601  Traspasos y Remesas     82.581.69     1101.307.0299   Otros Documentos     Por el traslado a Endeudamiento Público de la obligación de pago de intereses (este registro en  caso de que  pase al siguiente año la obligación de pago para efectos presupuestales)   CUENTAS  DENOMINACIÓN DEBE HABER  1601  Traspasos y Remesas  82.69     2201.04  Operaciones de Crédito Devengadas     8.307.307.4.03  Depósitos en Instituciones Financieras Públicas    1101.418.04  Operaciones de Crédito Devengadas 82.1 Tesoro Público CUENTAS  DENOMINACIÓN DEBE HABER  1101  Caja y Bancos  8.01  Deuda por  Operaciones de Tesorería por amortizar        2201.31    2201.418.581.31  CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  2201  Operaciones de Crédito 8.05  Cuenta Única de Tesoro – CUT    2104.581.03  Depósitos en Instituciones Financieras Públicas    1101.0401  Deuda por Operaciones de Tesorería por Amortizar Devengadas       2201.94  Total 4 meses:  S/.0301  Cuentas Corrientes    1101.31     5901.307.418.            25    .418.31 2104.04  Letras del Tesoro Público a valor descontado    2201  Operaciones de Crédito 82.791. Contabilización de Operaciones 3.418.307.983.0401  Deuda por Operaciones de Tesorería por Amortizar  Devengadas     2201.040102  Intereses        Por el reconocimiento del devengado del valor nominal de intereses del mes de julio.4.69 2201.581.31 2201.030101  Tesoro Público  Por el cargo en la Cuenta del Tesoro Público del principal  CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  2201.69     2201. Montos que se registrarán en forma mensual.31 1601.581.  Julio   26.69 1101  Caja y Bancos     1101.040101  Amortización     8.307.69 2201.030101  Tesoro Público    2201  Operaciones de Crédito     8.02  Traspaso de Documentos  1601.581.0401  Deuda por Operaciones de Tesorería por Amortizar Devengadas    2201.31    1601.65  Octubre        900.418.0101  Tesoro Público      2104  Intermediación de Recursos Monetarios    82.04  Operaciones de Crédito Devengadas 8.38  Agosto  27.01  Deuda por  Operaciones de Tesorería por amortizar     Por la colocación de Letras de Tesoro Público  CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  5901  Gastos Financieros  82.040101  Amortización  Por el devengado del principal  CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  2201. 581.31    2201.04  Operaciones de Crédito Devengadas 82.07  Fiduciarios de la Deuda Pública  1206  Aprobación de Tesoro Público    82.581.0401  Deuda por Operaciones de Tesorería por Amortizar  Devengadas        2201.31 1206.581.581.0401  Deuda por Operaciones de Tesorería por Amortizar  Devengadas    2201.31    HABER         82.030101  Tesoro Público  Por el pago de intereses.  DEBE               82.31 El pago de la carga financiera de las Letras del Tesoro Público se sujetará al procedimiento presupuestal establecido para la atención del servicio de la deuda pública.  HABER  82.581.040102  Intereses    Por el devengado de intereses. con las divisionarias contables según corresponda.31 2201.31  1205.04  Operaciones de Crédito Devengadas  2201.581.31                   HABER  82.040102  Intereses  Por el traslado del Tesoro Público de la obligación de pago de intereses   DEBE  82.581.01  Tesoro Público    Por el registro del devengado de gastos     26    .03  Depósitos en Instituciones Financieras Públicas  1101.31 Fase Devengado CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  2201. Endeudamiento Público CUENTAS  DENOMINACIÓN  1601  Traspasos y Remesas  1601.0301  Cuentas Corrientes  1101.581.4.05  Cuenta Única de Tesoro – CUT  2104.01  Traspasos del Tesoro Público  Por el registro del devengado de ingresos  Fase Girado CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  1205  Servicios y Otros Contratados por Anticipado             82.CUENTAS  DENOMINACIÓN  2104  Intermediación de Recursos Monetarios 2104.0501  Tesoro Público ‐ CUT  1101  Caja y Bancos  1101.31   4402.31    3.04  Operaciones de Crédito Devengadas     82.581.07  Convenios  aprobados        9102  Contratos y Compromisos por el contrario 9102. CUENTAS  DENOMINACIÓN DEBE 9101  Contratos y Compromisos aprobados  82.2. CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  9102  Contratos y Compromisos por el contrario  82.040102  Intereses     2201.07  Convenios aprobados     Por la rebaja de control de los intereses por devengar  de los cuatro meses.31     9101.31 9101.0299  Otros Documentos   2201.581.581.31     9102.01  Tesoro Público      4402  Traspasos y Remesas Corrientes Recibidas 82.07  Convenios por ejecutar Por el registro de control de los intereses por devengar  de los cuatro meses.07  Convenios por ejecutar   9101  Contratos y Compromisos aprobados  82.02  Traspaso de Documentos 1601.581.581.581.0401  Deuda por Operaciones de Tesorería por Amortizar Devengadas  2201.  CUENTAS  DENOMINACIÓN DEBE HABER  1206  Aprobación de Tesoro Público  82.31    1206. 5.09  DENOMINACIÓN  Valores y garantías  Cartas órdenes  Valores y garantías por el contra  Control de cartas órdenes  Ventana documentos entregados CUENTAS  DENOMINACIÓN 9104  Valores y garantías por el contra  9104.31   DEBE  82.09  Cartas órdenes              Transferencia a los acreedores CUENTAS  DENOMINACIÓN  2201. Comentario: En este caso de letras del Tesoro la emisión del principal más los intereses se cancela a corto plazo.CUENTAS  9103  9103.581.04  Operaciones de Crédito Devengadas 2201.040102  Intereses  1205  Servicios y Otros Contratados por anticipado  1205.581.0401  Deuda por Operaciones de Tesorería por Amortizar Devengadas 2201.31 3.31       HABER   82. 27    .31       HABER  82.31 DEBE 82.31               HABER  82.09  9104  9104.07  Fiduciarios de la Deuda Pública  DEBE  82.581.09  Control de cartas órdenes  9103  Valores y garantías  9103.581.581.581. 30 Monto: S/. se incurrió en gastos de transacción por S/.018.24% 28    .000. 160.2400% Datos  Monto del préstamo S/.2400% y cuota semestral: junio y diciembre.00 cuyo desembolso se realizó el 11 de agosto 2011 y con vencimiento el 02 de diciembre de 2035 en moneda nacional con una tasa fija de 1.64  Plazo 25 años. 131.013.00 1. 5.CASO N° 4 OPERACIONES DE CRÉDITO CON COSTOS DE TRANSACCIÓN Se presenta el método de cálculo y tratamiento contable del siguiente escenario de una obligación financiera en que se ha pactado una tasa de interés fija. El monto recibido es menor al monto a pagar: Valor inicial < Valor final Este caso de uso se solicita un préstamo por S/. recibiendo S/. Tasa de Interés Anual: 137.00  Pagadero al vencimiento S/. con amortización de principal en partes iguales  Interés pagadero semestralmente  Tasa de interés fija 1. con 5 periodos de gracia y amortización del principal en partes iguales hasta el vencimiento.986.70. 137. 137.000.000. 79  346.113.40  87.56  68.886.64  3.65  774.56  716.36  52.58  3.40  9.92  65.44  121.886.24%  1.24%  1.94  731.72  127.84  74.24%  1.08  46.48  0.454.40  87.136.54  483.578.51  385.00  137.113.24%  1.24%  1.24  28.00  133.268.17  3.64  3.24%  1.249.64  3.28  62.498.08  124.171.113.386.07  851.907.65  231.000.73  851.64 160.113.71  3.64  3.908.64  3.76  6.07  38.24%  1.363.50  19.24%  1.15  3.922.64  3.113.68  15.96  21.24%  1.806.64  3.113.15  3.597.840.113.113.113.73  847.00  137.113.36  3.29  3.12  80.65  3.295.977.24%  1.69  3.51  654.88  31.363.018.022.00  137.545.12  3.499.15  3.08  577.64  3.863.44  600.344.636.24%  1.37  539.18  3.14  3.00  0.76  84.863.22  154.24%  1.404.977.00  137.53  329.24%  1.04  90.409.249.73  847.08  124.326.84  23.94  3.000.92  65.Desarrollo 4.159.113.08  3.000.818.96  99.64  3.287.12  80.113.24%  1.113.79  77.16  3.48  77.318.340.113.204.113.20  3.431.66  3.24%  1.000.64  59.24%  1.57  3.00  56.08  309.64  3.522.704.181.520.29  3.204.477.86  3.64  3.19  3.614.64  3.1.499.52  34.68  93.113.51  96.20  71.795.18  3.113.68  93.76  6.64  3.887.113.01  58.58  3.80  619.772.36  130.000.477.113.113.60  24.44  121.29  3.210.113.86  135.88  108.613.568.24%  1.64  3.64  3.229.24%  1.000.00  133.58  445.16  37.71  3.136.44  43.88  31.72  127.64  3.24%  1.590.64  3.80  40.24  28.249.04  12.00  137.64  3.590.03  367.931.113.48  77.68  15.00   Total    Amortización    TASA   Interés Explícito   Total Pago     0.64  3.64  3.64  3.24%  1.24%  1.64  3.442.52  251.24%  1.152.022.659.32  96.24%  1.454.132.24%  1.818.227.000.93  192.954.37  808.36  269.80  118.113.64  3.00  0.24%  1.24%  1.113.24%  1.64  3.64  3.752.22  423.24%  1.16  115.24  105.64  3.340.749.545.72  290.04  90.24%  1.64  3.80  118.24%  1.24%  1.67  3.24%  1.24%  1.000.07  832.113.38  851.64  3.113.868.06  677.733.86  3.64  3.113.000.64  3.749.791.73  851.65  500.190.64  3.768.908.365.113.113.568.64  137.64  59.537.24%  1.113.068.24%  1.64  3.64  3.318.383.113.00       29    FECHA DE CORTE .24  105.00  137.113.04  12.08  46.24%  1.44  3.64  3.64  3.090.01  3.306.113.22  693.772.76  84.94  464.113.56  638.113.24%  1.018.522.20  71.60  102.113.01  3.07  851.295.691.090.946.113.52  112.14  3.72  3.960.272.64  3.00  0.000.00  137.36  52.24%    493.16  115.00  3.32  18.181.36    493.24%  1.38  851.558.52  174.56  68.00  137.86  3.48  0.54  406.113.60  102.113.045.20  3.36  130.681.21  3.113.113.48    1.704.845.24%  1.72  3.16  3.24%  1.72  49.431.00  137.954.32  96.96  21.70  3.24%  1.24%  1.386.64  3.675.00  0.113.55  561.64  3.50  115.00  137.57  793.80  40.96  99.24%  1.659. Cronograma del acreedor Fecha  11/08/2011  02/12/2011  02/06/2012  02/12/2012  02/06/2013  02/12/2013  02/06/2014  02/12/2014  02/06/2015  02/12/2015  02/06/2016  02/12/2016  02/06/2017  02/12/2017  02/06/2018  02/12/2018  02/06/2019  02/12/2019  02/06/2020  02/12/2020  02/06/2021  02/12/2021  02/06/2022  02/12/2022  02/06/2023  02/12/2023  02/06/2024  02/12/2024  02/06/2025  02/12/2025  02/06/2026  02/12/2026  02/06/2027  02/12/2027  02/06/2028  02/12/2028  02/06/2029  02/12/2029  02/06/2030  02/12/2030  02/06/2031  02/12/2031  02/06/2032  02/12/2032  02/06/2033  02/12/2033  02/06/2034  02/12/2034  02/06/2035  02/12/2035      Capital inicio de  periodo  137.05  522.24%  1.840.64  3.44  43.12  3.727.713.931.481.64  3.24%  1.272.652.727.00  56.64  3.423.159.64  3.795.73  3.613.113.43  3.28  62.52  112.24%  1.113.829.00 Capital final  de periodo    137.60  24.73  847.113.681.409.88  108.000.24%  1.84  74.64  3.636.068.43  3.52  34.113.24%  1.22  3.50  3.16  37.636.460.40  9.02  212.00  3.045.32  18.72  49.000.30  754.227.000. 71  ‐3.86  ‐3.442.558.404.73  ‐847.733.15  ‐3.383.86  ‐3.69  ‐3.73  ‐3.845.72  ‐3.20  ‐3.43  ‐3.30 TASA EFECTIVA TIR 0.71  ‐3.36  ‐3.249.00  ‐3.287.636.768.07  ‐851.29  ‐3.15  ‐3.14  ‐3.713.306.752.578.20  ‐3. 131.691.7608% Flujo de Efectivo  131.17  ‐3.29  ‐3.01  ‐3.675.344.481.946.58  ‐3.22  ‐3.70  ‐3.38  ‐851.14  ‐3.171.152.65  ‐3.326.986.30  ‐493.15  ‐3.44  ‐3.806.960.791.72  ‐3.86  ‐3.868.16  ‐3.4.365.423.66  ‐3.19  ‐3.652.229.887.43  ‐3.57  ‐3.498.614.73  ‐851.132.986.58  ‐3.520.829.01  ‐3.460.16  ‐3.190.21  ‐3.268.210.18  ‐3.67  ‐3.84  30    .94  ‐3. Cálculo de la Tasa de Interés Efectiva (TIR) VAN S/.29  ‐3.922.597.2.18  ‐3.08  ‐3.50  ‐3.907.537. 70                     105.349.52 251.56 638.56                     373.51 43.484.314.11                     155.675.51 654.37                        27.03 49.456.810.34                        81.63 82.64 3.87 33.07 132.64 3.25                     832.02                     157.87                     522.88                     990.22 423.653.01 61.113.591.3 754.65                        40.21                     467.90 88.07 58.73 851.59 12.12                     559.73 847.094.503.31                     764.97                     945.60 106.03 49.59                     134.62                     809.21 52.18                     536.34                     164.113.113.113.334.07 38.64 3.276.012.89 6.67                     106.50                     328.02                        68.64 3.99                     134.113.14                        84.84                        49.86 135.35 100.64 3.60                     180.497.14                     696.403.314.01 40.12 37.56                        91.30 132.214.970.67                1.70                     164.21                     490.65 500.13 73.113.79 124.51                     145.16 23.970.51 43.186.503.70                     351.230.86                     374.64 3.04                     331.56 55.90                     605.01 61.113.08 577.30 1.92                     493.64 3.479.80 24.531.46                     967.09                     127.381.87 33.524.113.95                        94.64 3.94                        36.57                     650.32                     171.08 309.07 132.17 46.59 12. Cronograma a Costo Amortizado Monto Ingresos recibido Costos Cantidad recibida Tasa Interés Anua Fecha 11/08/2011 02/12/2011 02/06/2012 02/12/2012 02/06/2013 02/12/2013 02/06/2014 02/12/2014 02/06/2015 02/12/2015 02/06/2016 02/12/2016 02/06/2017 02/12/2017 02/06/2018 02/12/2018 02/06/2019 02/12/2019 02/06/2020 02/12/2020 02/06/2021 02/12/2021 02/06/2022 02/12/2022 02/06/2023 02/12/2023 02/06/2024 02/12/2024 02/06/2025 02/12/2025 02/06/2026 02/12/2026 02/06/2027 02/12/2027 02/06/2028 02/12/2028 02/06/2029 02/12/2029 02/06/2030 02/12/2030 02/06/2031 02/12/2031 02/06/2032 02/12/2032 02/06/2033 02/12/2033 02/06/2034 02/12/2034 02/06/2035 02/12/2035 137.07 85.535.17 130.77 115.47                     651.4.75 118.113.73                     851.995.18 0       31    .113.94 731.19                     155.66                        66.012.43                     148.50                     922.77 115.42                        70.63 67.109.64 3.35 100.986.54 483.30 76.64 3.33                     603.13                     490.72                           6.07 85.414.004.69 79.113.93                        60.64 3.11                        52.8 619.34 127.67 70.43                1.51 385.113.000.653.3.013.503.96                     426.53                     394.64 3.89                     174.55 561.64 3.371.79 346.201.75 118.113.38 132.98 64.57 793.64 3.008.18                        99.831.64 3.86                     626.201.07                     117.85 27.64 3.48 91.38                     851.98                     397.71                     554.37 808.13 73.94 464.88 132.23 133.99                     787.009.004.902.63 82.52%  Costo  Amortizado  Inicio de  Periodo  131.810.26                     310.97                     237.433.113.498.58 445.5 19.18  Total  Suma Interes  Distribución del  Explicito más   Costo  Costo de   Amortización  Interés Efectivo    Costo de  Amortizado  Transacción        Interés Explícito   Transacción        Final de Periodo  (a) (b) (a + b) 0 0 0 0 0 3.113.349.03                     682.90                     719.250.113.986.58                     206.295.82                     855.98                        76.51 103.98 64.113.44                     117.37 539.44 600.85 27.59                     113.465.113.60 106.45                     235.70 29.63 67.14                        36.52                     128.85                     161.98                        82.89                        56.02 212.64 3.381.21 52.113.186.5 115.70 131.591.82                        65.531.15                1.755.53 18.64 3.113.97 30.06 677.113.02                     187.498.109.33                        97.36                        97.52 174.149.64 3.64 3.503.91                     141.515.276.011.54                     175.05 3.149.64 3.66 94.56 55.46 97.21 109.88                     158.515.109.22 693.113.69 132.529.40                        44.134.11                     211.09                     420.113.831.88                        52.295.56 716.113.07                        21.65 231.87                        47.35                        32.11                     126.113.30 76.113.411.64 3.64 3.62                     530.974.54                     113.26                     435.38 132.00 ‐5.53 329.113.67 70.64 3.64 3.113.43                     248.134.902.96                     900.65 774.214.69 21.22 154.113.21                     513.113.01 58.17 46.90 88.63                        74.64 3.010.334.41                     877.465.34 127.88 132.23 133.18                1.81                     279.371.18                     221.479.64 3.54 406.64 3.113.012.80 24.018.87                     299.66 94.64 3.89 6.85                     268.00 137.64 3.113.533.314.64 3.25                     458.05 522.113.006.97 30.439.69 21.30 15.15                     444.59 112.30 15.230.113.63                     741.20                     168.73 847.64 3.53 18.04                1.72 290.07                     693.64 3.36 5.02                     168.28 136.96                     112.51 96.64 3.01 40.21 109.514.04                     281.033.17 130.986.36                     673.113.79 77.439.51                     181.456.113.51 103.59 112.79 124.524.19                     141.000.29                     474.07 58.033.48 91.314.64 3.64 3.113.93 192.250.10                     586.56 493.64 3.535.974.113.13                         ‐8.01                     582.755.55 121.523.514.36                     121.73                     847.64 3.74                     188.675.00                     144.38 851.68                     619.529.64 3.07 832.414.18                     362.82                     141.113.64 3.75                     258.30 131.03 367.87                     347.92                     562.113.523.113.094.11 9.07 851.46 97.60                     162.55 121.64 3.533.15                1.28                     305.411.53 18.36 269.113.433.484.64 3.38                     404.403.12 37.113.05 3.90                        88.64 3.23                1.11 9.497.74                     627.69 79.40                     499. 0203  Deuda Interna  Otros Créditos Internos  DEBE  HABER   158.02  Déficit Acumulado  2301  Deuda Pública  2301.0203 01  Del Banco de la Nación     Por el ajuste del costo amortizado del préstamo del ejercicio anterior (02DIC2013)  CUENTAS  5506  DENOMINACIÓN  Otros Gastos Diversos  5506.70       2301.020301  2301  2301.0203  5601.1.10  Intereses por devengar  9103.013.018.1 Operaciones de préstamos acordados antes de la fecha de corte Ajustes y reclasificaciones de préstamo (Caso General) 4.0203  2301.02  2301.020301  Del Banco de la Nación        345.02  2301.07       Por  el  registro  de    los  intereses  semestrales  con  afectación  presupuestaria  (intereses  al  02JUN2014)  Total        S/.4.4.07         32    .07                    847.11         Por el reconocimiento del valor nominal de la deuda correspondiente al periodo 2014  CUENTAS  DENOMINACIÓN  5601  Intereses de la deuda  5601.4 Contabilización de Operaciones 4.1.020301  Deuda Pública  Deuda Interna  Otros Créditos Internos  Del Banco de la Nación           5.02  5601.4.70              3401  3401.11  2301.07         847.10  Intereses por devengar por el contrario  9104.013.99  Otros Gastos Diversos  2301  Deuda Pública  2301.70                  158.02  Deuda Interna     DEBE  HABER  345.70 Por la regularización del gasto imputado a la fecha de obtener el préstamo  CUENTAS  DENOMINACIÓN  3401  Resultados del Ejercicio  3401.1001  Deuda Interna  9103  Valores y garantías  9103.02  2301.0204  2301020402  Intereses de la deuda interna  Otros Intereses  internos Del Banco de la Nación  Deuda Pública  Deuda Interna  Deuda Interna Devengada  Intereses  DEBE  HABER  847.1001  Deuda Interna  Por la rebaja del control de los intereses devengados  DEBE  HABER  847. Endeudamiento Público CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  2301  2301.01  Resultados del Ejercicio  Superávit Acumulado           5. 23.0203  Otros Créditos Internos             2301.64    CUENTAS  DENOMINACIÓN  9104  Valores y garantías por el contra  9104. 64 HABER  3.01  Tesoro Público        4404  Traspasos y Remesas de Capital Recibidos     4404.64    1205.07  Fiduciarios de la Deuda Pública          Transferencia a los acreedores.113.0203  Otros Créditos  Internos     2301.020401  Amortización  Por el registro del devengado del principal hasta el vencimiento  (amortización 02JUN2014)                                                                     CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  1206  Aprobación de Tesoro Público  3.07            847.01  4402  4402.    HABER              3.64 33    .64     2301.02  Deuda Interna        2301.020401  Amortización    1205  Servicios y Otros Contratados por Anticipado 1205.64          HABER  3.02  Deuda Interna  2301.07  Fiduciarios de la Deuda Pública      1206  Aprobación de Tesoro Público 1206.64 HABER  3.113.07  847.01  Tesoro Público  2301  2301.113.113.0204  2301020402  1205  1205.020301  Del Banco de la Nación     2301  Deuda Pública     2301.02  Deuda Interna  2301.07  Fiduciarios de la Deuda Pública  1206  Aprobación de Tesoro Público  1206.01  Traspasos del Tesoro Público       Por el registro aprobación del devengado para el pago del principal     CUENTAS  DENOMINACIÓN DEBE 1205  Servicios y Otros Contratados por Anticipado     3.113.113.64     1206.07    DENOMINACIÓN  Aprobación de Tesoro Público  Tesoro Público  Deuda Pública  Deuda Interna  Deuda Interna Devengada  Intereses  Servicios y Otros Contratados por Anticipado Fiduciarios de la Deuda Pública  HABER    847.0204  Deuda Interna Devengada  2301.07   CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  2301  Deuda Pública  3.07  DEBE 847.113.64  2301.02  2301.01  Traspasos y Remesas Corrientes Recibidas  Traspasos del Tesoro Público  Por el registro de la aprobación del devengado de intereses    Fase Girado CUENTAS  DENOMINACIÓN 1205  Servicios y Otros Contratados por Anticipado  1205.CUENTAS  1206  1206.01  Tesoro Público         Por el giro del principal hasta el vencimiento  CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  2301  Deuda Pública  3.113.0204  Deuda Interna Devengada 2301.07   DEBE HABER               847.07    847. Tesoro Público CUENTAS  DENOMINACIÓN  1101  Caja y Bancos  1101.64      Por el pago del principal hasta el vencimiento Total: S/.0301  1101. 137. 160.986.00       Por el registro de la deuda por préstamo  CUENTAS  1601  1601.03  1101.1.0202    2301  2301.113.986.000.02  1601.0301  1101.030101  Tesoro Público  Traspaso de Fondos  Caja y Bancos  Depósitos en Instituciones Financieras Públicas  Cuentas Corrientes  Tesoro Público  HABER  DEBE  493.986.02  DEBE     HABER  137.2.30       Por el registro de la deuda  menos el costo de transacción 34    .030101  DENOMINACIÓN  Traspasos y Remesas  Tesoro Público  Traspaso de Fondos  Caja y Bancos  Depósitos en Instituciones Financieras Públicas  Cuentas Corrientes  Tesoro Público  DEBE                   HABER  3.03  Depósitos en Instituciones Financieras Públicas  1101. Endeudamiento Público CUENTAS  DENOMINACIÓN  9101  9101.00        137.0202  Cuentas Corrientes  Tesoro Público  Traspasos y Remesas  Traspasos de Documentos  Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito  Interno     DEBE  131.02  2301.4.0101  1101  1101.113.0301  1101.30             HABER  131.02  1601.30                  HABER      131.018.986.4.4.000.4.01  1601.02  Contratos y Compromisos aprobados  Contratos De Préstamos Internos Aprobados 9102  Contratos y Compromisos aprobados por el  contrario  Contratos De Préstamos Internos por utilizar 9102.0101  1101  1101.01  1601.00  4.64          3. Operaciones de préstamos acordadas a partir del 01 de enero 2014 4.64  CUENTAS  1601  1601.000.2.38                       493.38      Por el pago de intereses por préstamo (a pagar en forma semestral de acuerdo al cronograma del acreedor)  Total 50 semestres:  S/.2.030101  1601  1601.03  1101.0203  2301.020301  DENOMINACIÓN Traspasos y Remesas Traspasos de Documentos Recursos por operaciones oficiales de Crédito Internos  Deuda Pública  Deuda Interna  Otros Créditos Internos Del Banco de la Nación DEBE 131.2.30      Por la captación del préstamo  CUENTAS  DENOMINACIÓN  1601  Traspasos y Remesas  1601. 018.64    CUENTAS  9104  9104.10  9104.07  Fiduciarios de la Deuda Pública 1206  Aprobación de Tesoro Público 1206.00     9101  9101.38    HABER     493.01  DENOMINACIÓN Aprobación de Tesoro Público Tesoro Público  Traspasos y Remesas Corrientes Recibidos Traspasos del Tesoro Público Por el devengamiento de  los intereses  1205  Servicios y Otros Contratados por Anticipado 1205. 23.10  9104.64 Por el registro de control de los intereses por devengar de préstamo  CUENTAS  5601  5601.02  DENOMINACIÓN  Contratos y Compromisos aprobados por el  contrario  Contratos De Préstamos Internos por utilizar DEBE  137.38     493.018.020301  2301  2301.           DEBE  493.000.01  Tesoro Público       Por el giro de los intereses semestrales.1001  Valores y Garantías por el contrario  Intereses por devengar por el contrario  Deuda Interna            23.02  5601.1001  Valores y Garantías  Intereses por devengar  Deuda Interna  23.00 Por el registro de la deuda por  colocación de préstamo  CUENTAS  DENOMINACIÓN  HABER  DEBE  9103  9103.02  Contratos y Compromisos aprobados  Contratos De Préstamos Internos Aprobados       HABER        137.0204  2301.01  4402  4402.000.020402  DENOMINACIÓN  Intereses de la Deuda  Intereses de Deuda Interna  Otros intereses internos  Del Banco de la Nación  Deuda Pública  Deuda Interna  Deuda Interna Devengada  Intereses  DEBE  HABER  493.38    35    .02  2301.38 Por la rebaja del control de los intereses devengados  CUENTAS  1206  1206.10  9103.1001  9103  9103.10  9103.38                                493.38                       493.0203  5601.64            9104  9104.1001  DEBE  DENOMINACIÓN  Valores y Garantías por el contrario  Intereses por devengar por el contrario  Deuda Interna  Valores y Garantías  Intereses por devengar  Deuda Interna  HABER  493.38     493.018.38           Por el registro de los intereses semestrales con afectación presupuestaria (total intereses de 50  semestres a valor nominal) Total:  S/.CUENTAS  9102  9102. 1 y 6.02  Deuda Interna  2301.0203  493.113.113.113.64       4404  4404.113.38   DENOMINACIÓN    HABER  DEBE  1206  Aprobación de Tesoro Público  1206. 36    .64                    Por el registro del devengado del principal hasta el vencimiento CUENTAS  HABER              DEBE  493.02  2301.02  2301.CUENTAS  2301  2301.0204  Deuda Interna Devengada  2301.64    2301.   HABER  DEBE           3.113.5.01  Tesoro Público     3.0204  Deuda Pública  Deuda Interna  Deuda Interna Devengada  2301.020402  1205  1205.    CUENTAS  DENOMINACIÓN  2301  2301.113.02  2301.113.0204  2301.01  Tesoro Público     HABER  3.38      DEBE  Deuda Pública  Deuda Interna  Otros Créditos Internos  2301.64  Por el giro de la amortización del principal hasta el vencimiento  CUENTAS  2301  DENOMINACIÓN  Deuda Pública  3.2 de la presente Directiva.64                         3.07  DENOMINACIÓN Deuda Pública  Deuda Interna  Deuda Interna Devengada Intereses  Servicios y Otros Contratados por Anticipado Fiduciarios de la Deuda Pública  Transferencia a los acreedores.64          Comentario:  Se ha desarrollado el caso de acuerdo con el procedimiento establecido en el numeral 6.07  1206  Fiduciarios de la Deuda Pública  Aprobación de Tesoro Público       1206.64  Por el registro de la aprobación del devengado para el pago del principal     CUENTAS  1205  DENOMINACIÓN  Servicios y Otros Contratados por Anticipado DEBE  1205.020301  Del Banco de la Nación  2301  2301.020401  Amortización           1205  1205.01  Traspasos y Remesas de Capital Recibidos  Traspasos del Tesoro Público           3.64         3.07        Servicios y Otros Contratados por Anticipado  Fiduciarios de la Deuda Pública  Transferencia a los acreedores  4.113.020401  Amortización  HABER  3. 5. por parte de una agencia de desarrollo multilateral para construir 10 escuelas en los próximos 5 años.73 619834.000 – 4. siempre y cuando las escuelas estén construidas.00 225.000.00 1.00 250.000.000.000.000. el préstamo junto con los pagos asociados al interés contractual y pagos de capital. de acuerdo con la NICSP 29.215. La financiación se concede en los siguientes términos:  1 millón de nuevos soles del préstamo no tiene que ser reembolsado.00 175.100.272.549. la financiación concedida debe ser devuelta al donante.000.00 Valor presente al 10% 227. También ha recibido una subvención adicional de 784.61 Función Valor Presente (Anexo 01) 37    .00 5.000.000.000.000. La entidad construye las siguientes escuelas a lo largo del periodo del préstamo: Año 1: 1 escuela terminada Año 2: 3 escuelas terminadas Año 3: 5 escuelas terminadas Año 4: 10 escuelas terminadas La entidad ha recibido efectivamente una subvención de 1 millón de nuevos soles y un préstamo de 5 millones de nuevos soles.000.00 5.00 6.000.00 750.00 250.000.550 nuevos soles.550 nuevos soles (que es la diferencia entre los importes del préstamo de 5 millones de nuevos soles y el valor actual de los flujos de efectivo contractuales del préstamo.63 1144047.00 1.CASO N° 5 PRÉSTAMO EN CONDICIONES FAVORABLES (CONCESIONALES) Una entidad recibe un préstamo de 6 millones de nuevos soles.000.000.00 1. En la medida que las escuelas no hayan sido construidas.000.1 Cronograma del Acreedor PRÉSTAMO A VALOR PRESENTE CON TASA DE INTERÈS 5% CRONOGRAMA DEL ACREEDOR Año 1 2 3 4 5 Total 5.000.500.00 5.39 Por lo tanto existe una subvención (ingresos sin contraprestación) de 6.000.450.000.000.000.000. La tasa de interés de mercado para un préstamo similar es del 10%.000.00 250.00 5. descontados utilizando la tasa de interés de mercado del 10%).000.78 4.000. se contabilizará de acuerdo con la NICSP 23 y.00 2.000.54 1303934.000.71 920360. La subvención de 1 millón de nuevos soles mas (+ ) 784.00 1.39 = 1.225.  5 millones del préstamo se reembolsarán de la siguiente forma: Año 1: no se amortiza capital Año 2: 10% del capital a reembolsar Año 3: 20% del capital a reembolsar Año 4: 30% del capital a reembolsar Año 5: 40% del capital a reembolsar Se carga un interés del 5% anual a lo largo del periodo del préstamo por año vencido.000.00 5.000.000.000.000.675.450.00 1.00 100.00 Capital a reembolsar Amortización Interés Explícito (5%) Total pagos 0% 10% 20% 30% 40% 100% 0 500.784.000.00 2.215. 39 4.909.784.000.62 Diferencia (Interés Implícito) 171.00 200.04 438.39 Pasivo Final a Costo amortizado 4.62 6.454.3 Cronograma a costo amortizado INTERES IMPLICITO CRONOGRAMA A COSTO AMORTIZADO Interés Explícito 5% 250.62 706.000.39 Interés 10% Valor de mercado 421.545.000.00 700.00 500.100.09 1.00 5.000.54 407.090.225.909.00 1.04 188.00 200.549.00 1.349.909.00 100.45 190.46 -817.549.569.000.694.000.569.000.699.000.826.549.215.826.91 0.264.000.50 -1.274.545.00 700.00 500.545.909.784.66 549.00 750.00 900.00 INGRESO POR DONACIÓN (Contrato) Año 1 2 3 4 Acumulado de construcción de escuelas 1 3 5 10 Avance de escuelas por año (número) Avance de escuelas por año (%) 1 2 2 5 10% 20% 20% 50% Reconocimiento del Ingreso Saldo Inicial 1.00 Interés 10% (Tasa de Mercado) (a) 4.00 500.45 90.000.54 182.826.000.909.909.090.549.000.995.430.699.000.00 1.909.000.55 -1.000.450.094.386.000.00 4.215.386.699.92 156.00 175.258.62 1.000.000.50 325.909.42 4.569.000 38    .54 407.00 1.92 392.50 325.545.000.450.73 392.075.000.00 INGRESO POR AVANCE DE CONSTRUCCIÓN DE ESCUELAS Año 1 2 3 4 Acumulado de construcción de escuelas 1 3 5 10 Avance de escuelas por año (número) Avance de escuelas por año (%) 1 2 2 5 10% 20% 20% 50% Avance de Obra Interés Implícito 78.184.04 -311.274.81 0.000.000.694.00 100.46 1.000.97 3.675.96 156.000.450.274.550 6.2 Cuadro de amortización del préstamo al 10% Año 1 2 3 4 5 Total Pasivo Inicial a Costo Amortizado 421.075.73 392.45 190.47 1.184.000.000.04 438.00 Saldo 900.81 Saldo 706.173.09 Total pagos al acreedor según contrato (5%) (b) 250.00 2.300.81 784.96 3.258.5.090.094.995.66 549.00 250.43 4.264.00 225.91 Ingresos No Realizados (a-b) 171.09 784.784.215.000.50 150.91 -4.00 0. 02  1601.02  1601.450.000.0101    Deuda Externa  Provenientes de Gobiernos Extranjeros            Por los intereses a costo amortizado devengados el primer año              39    .0301  1101.4.00            4.00                     DEBE  HABER  421.4.03  DENOMINACIÓN  Caja y Bancos  Depósitos en Instituciones Financieras Públicas  DEBE  6.455.000.215.1.00   DENOMINACIÓN  Ingresos Diferidos Otros Ingresos Diferidos  Donaciones y Transferencias de Capital  Recibidas  En Documentos  4403.000.0201  DENOMINACIÓN  Traspasos y Remesas Traspasos de Documentos Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito  Externo  2301  Deuda Pública  2301.1.1. Contabilización de Operaciones 5.2.0401  4403. Tesoro Público CUENTAS  1101  1101.030101  1601  1601.00      1.99  Otros Ingresos Diferidos         Por el registro de la deuda por préstamo Año 1 CUENTAS  2501  2501.4.0201  Cuentas Corrientes  Tesoro Público  Traspasos y Remesas  Traspasos de Documentos  Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo  Por la captación del préstamo              HABER      6.01  Deuda Externa  2301.00      5.01  2301.04  DEBE  6.550.455.784.01  Intereses de la Deuda Externa 2301  Deuda Pública       421.0101  Provenientes de Gobiernos Extranjeros 2501  Ingresos Diferidos  2501.4.545.04   2301.04     5601.1 Operaciones de préstamos a partir del 01 de enero 2014 5.040104  De Gobiernos Extranjeros  De Agencias Gubernamentales de  Cooperación Internacional  Por el 10% del cumplimiento del avance de la obra  CUENTAS  DENOMINACIÓN  5601  Intereses de la Deuda HABER  DEBE  178.99  4403  4403.00       HABER    178.5.000.00           1101.000. Endeudamiento Público CUENTAS  1601  1601.545.000. 03  Caja y Bancos  Depósitos en Instituciones Financieras  Públicas  1101.00         250.  Fiduciarios de la Deuda Pública    DEBE  250.CUENTAS  2301  DENOMINACIÓN  Deuda Pública  DEBE  HABER  2301.000.0501  Tesoro Público ‐ CUT 1101  1101.  CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  250.0105  Deuda Externa  Deuda Externa Devengada 2301.00     Tesoro Público CUENTAS  2104  DENOMINACIÓN  Intermediación de Recursos Monetarios 2104.00           Por los intereses devengados con afectación presupuestal del primer año para el pago.0301  Cuentas Corrientes  1101.01  Tesoro Público  250.00          Por el giro para el pago de intereses del primer año CUENTAS  2301  DENOMINACIÓN  Deuda Pública  2301.010502  Deuda Externa  Deuda Externa Devengada Intereses  4402.00  1206  Aprobación de Tesoro Público   1206.000.0101  Provenientes de Gobiernos Extranjeros   2301  Deuda Pública    2301.01  Traspasos del Tesoro Público 250.030101  Tesoro Público  Por el pago de intereses del primer año  DEBE  250.00     40    .01  2301.00               250.07  Fiduciarios de la Deuda Pública  1206  1206.0105  2301.010502  Intereses  1205  1205.00  HABER                        250.07    Servicios y Otros Contratados por Anticipa.000.000.00                HABER        250.000.000.000.01  Deuda Externa  2301.01  Aprobación de Tesoro Público  Tesoro Público  DEBE  HABER  250.000.  1205.01  2301.000.00 4402  Traspasos y Remesas Corrientes Recibidos          Por el registro de la aprobación del devengado para el pago de intereses del primer año  CUENTAS  DENOMINACIÓN  1205  Servicios y Otros Contratados por Anticipa.05  Cuenta Única de Tesoro – CUT 2104.000. 000.0401  De Gobiernos Extranjeros  4403.54     5601.01  2301.00           750.0101  Provenientes de Gobiernos Extranjeros   2301  Deuda Pública    2301.699.00     2301.000.0101  Provenientes de Gobiernos Extranjeros 2301  Deuda Pública         250.699.01  Traspasos del Tesoro Público   500.000.01  4402  Tesoro Público  Traspasos y Remesas Corrientes Recibidos 4402.00   2301.00        Por el registro de la aprobación del devengado para el pago de intereses del segundo año    41    .000.0101    Deuda Externa  Provenientes de Gobiernos Extranjeros            Por los intereses a costo amortizado devengados el segundo año  CUENTAS  DENOMINACIÓN  2301  Deuda Pública           DEBE  HABER  250.92         356.0105  2301.01  Intereses de la Deuda Externa 2301  Deuda Pública       438.54   2301.909.040104  De Agencias Gubernamentales de  Cooperación Internacional  Por el 10% del cumplimiento del avance de la obra  CUENTAS  DENOMINACIÓN  5601  Intereses de la Deuda HABER  356.010502  Deuda Externa Devengada Intereses  2301.0105  2301.010501  Deuda Externa  Deuda Externa Devengada Amortización                  Por los intereses devengados con afectación presupuestal del primer año para el pago.000.  CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  2301  Deuda Pública  500.92                     DEBE  HABER  438.01  2301.04  En Documentos  4403.01  Deuda Externa  2301.909.01  Deuda Externa  2301.000.99  4403  Otros Ingresos Diferidos  Donaciones y Transferencias de Capital  Recibidas  4403.01  Deuda Externa  2301.Año 2 CUENTAS  2501  DENOMINACIÓN  DEBE  Ingresos Diferidos  2501.00         DEBE  HABER  750.00               Por el devengado del año 2 de la deuda externa  CUENTAS  DENOMINACIÓN  1206  Aprobación de Tesoro Público 1206. 00     Tesoro Público CUENTAS  2104  DENOMINACIÓN  Intermediación de Recursos Monetarios 2104.00           DEBE  Ingresos Diferidos  2501.01  2301.0401  De Gobiernos Extranjeros  4403.0105  2301.05  2104.000.92                     DEBE  HABER  407.010502  Deuda Externa  Deuda Externa Devengada Intereses          1205  1205.99  4403  HABER  HABER  356.07    Servicios y Otros Contratados por Anticipa.01  Deuda Externa  2301.  1205.000.03  Cuenta única de Tesoro – CUT Tesoro Público ‐ CUT  Caja y Bancos  Depósitos en Instituciones Financieras  Públicas  1101.00         750.  Fiduciarios de la Deuda Pública          HABER          750.0101    Provenientes de Gobiernos Extranjeros    750.569.07  Fiduciarios de la Deuda Pública  1206  1206.01  Intereses de la Deuda Externa 2301  Deuda Pública  2301.50                Por los intereses a costo amortizado devengados el tercer año          407.909.569.01  Aprobación de Tesoro Público  Tesoro Público  DEBE  HABER  750.0301  Cuentas Corrientes  1101.000.00          Por el giro para el pago de intereses del segundo  año CUENTAS  2301  DENOMINACIÓN  Deuda Pública  DEBE  750.04  En Documentos  4403.00       Otros Ingresos Diferidos  Donaciones y Transferencias de Capital  Recibidas  4403.0501  1101  1101.92         356.000.00  2301.909.040104  De Agencias Gubernamentales de  Cooperación Internacional  Por el 10% del cumplimiento del avance de la obra  CUENTAS  DENOMINACIÓN  5601  Intereses de la Deuda 5601.CUENTAS  DENOMINACIÓN  1205  Servicios y Otros Contratados por Anticipa.000.030101  Tesoro Público  Por el pago del segundo  año Año 3 CUENTAS  DENOMINACIÓN  2501  DEBE  750.000.50            42    . 225.000.00          Por el registro de la aprobación del devengado para el pago  del tercer año  CUENTAS  2301  DENOMINACIÓN  Deuda Pública  DEBE  2301.225.01  Traspasos del Tesoro Público 1.01  Deuda Externa  2301.000.000.225.000.0101  Provenientes de Gobiernos Extranjeros   2301  Deuda Pública    2301.0105  2301.01    DEBE  HABER  1.CUENTAS  2301  DENOMINACIÓN  Deuda Pública  DEBE  HABER  2301.000.000. 1205.000.0101  Provenientes de Gobiernos Extranjeros   2301  Deuda Pública    2301.0105  2301.00    Tesoro Público  4402  Traspasos y Remesas Corrientes Recibidos 4402.000.000.00           Por los intereses devengados con afectación presupuestal del tercer año para el pago  CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  HABER  2301  Deuda Pública  1.225.00         1.0105  2301.00     43    .07  Fiduciarios de la Deuda Pública 1206  Aprobación de Tesoro Público 1206.01  2301.00          Por el registro de la aprobación del devengado para el pago del tercer año  CUENTAS  1205  DENOMINACIÓN  Servicios y Otros Contratados por Anticipa.01  Deuda Externa  2301.000.225.000.010502  Deuda Externa  Deuda Externa Devengada Intereses        2301.010501  Deuda Externa  Deuda Externa Devengada Amortización  225.010502  Deuda Externa Devengada Intereses          1205  1205.00          1.00                 Por el devengado del año 3 de la deuda externa  CUENTAS  DENOMINACIÓN  1206  Aprobación de Tesoro Público 1206.000.01  Tesoro Público  DEBE  HABER  1.225.  Fiduciarios de la Deuda Pública          HABER  1.07    Servicios y Otros Contratados por Anticipa.00         225.01  Deuda Externa     2301.00         1.01  2301. 00   1101.99  4403  Otros Ingresos Diferidos  Donaciones y Transferencias de Capital  Recibidas  4403.010502  Deuda Externa  Deuda Externa Devengada Intereses       175.000.00   Depósitos en Instituciones Financieras  Públicas  1101.0301  Cuentas Corrientes  1101.826.826.                    44    .03  Año 4 CUENTAS            DENOMINACIÓN  2501  Ingresos Diferidos  2501.000.000.45         Por los intereses a costo amortizado devengados del cuarto año    CUENTAS  DENOMINACIÓN  2301  Deuda Pública        DEBE  HABER  175.01  Intereses de la Deuda Externa    2301  Deuda Pública  2301.000.225.274.0101  Provenientes de Gobiernos Extranjeros   2301  Deuda Pública    2301.04  4403.81   En Documentos  De Gobiernos Extranjeros  De Agencias Gubernamentales de  Cooperación Internacional  Por el 10% del cumplimiento del avance de la obra  CUENTAS  DENOMINACIÓN  5601  Intereses de la Deuda                   5601.0401  4403.00    2301.274.81         892.0105  2301.00                 Por los intereses devengados con afectación presupuestal del cuarto año para el pago.01  2301.05  2104.01  Deuda Externa  2301.45      325.01  2301.225.040104  DEBE  HABER  892.0501  Cuenta Única de Tesoro – CUT Tesoro Público ‐ CUT  1101  Caja y Bancos  DEBE  HABER  1.Tesoro Público CUENTAS  2104  DENOMINACIÓN  Intermediación de Recursos Monetarios 2104.0101  Deuda Externa  Provenientes de Gobiernos Extranjeros DEBE  HABER  325.030101  Tesoro Público  Por el  pago  del tercer año       1. 07  Fiduciarios de la Deuda Pública  1206  1206.0301  Cuentas Corrientes  1101.05  2104.00       Tesoro Público  Traspasos y Remesas Corrientes Recibidos 4402.675.00         1.0105  2301.000.00                 Por el devengado de la deuda del año cuatro    CUENTAS  DENOMINACIÓN  1206  Aprobación de Tesoro Público 1206.675.000.675.00   1101.000.675.675.0105  2301.000.000.000.000.00                  1.00          Por el registro de la aprobación del devengado para el pago  del cuarto año  CUENTAS  1205  DENOMINACIÓN  Servicios y Otros Contratados por Anticipa.500.07  Fiduciarios de la Deuda Pública     DEBE  HABER  1.01  Traspasos del Tesoro Público   1. 1205.010502  Deuda Externa  Deuda Externa Devengada Intereses  1205  Servicios y Otros Contratados por Anticipa.000.03            45    .0101  Provenientes de Gobiernos Extranjeros   2301  Deuda Pública    2301.00         1.00          Por el registro de la aprobación del devengado para el pago del cuarto año CUENTAS  2301  DENOMINACIÓN  Deuda Pública  2301.675.01  Aprobación de Tesoro Público  Tesoro Público  DEBE  HABER  1.00           Tesoro Público CUENTAS  2104  DENOMINACIÓN  Intermediación de Recursos Monetarios 2104.000.0501  Cuenta Única de Tesoro – CUT Tesoro Público ‐ CUT  1101  Caja y Bancos  DEBE  HABER  1.CUENTAS  2301  DENOMINACIÓN  Deuda Pública  DEBE  2301. 1205.01  2301.01  2301.675.01  4402  HABER  DEBE  HABER  1.000.030101  Tesoro Público  Por el  pago del cuarto año       1.00   Depósitos en Instituciones Financieras  Públicas  1101.500.010501  Deuda Externa  Deuda Externa Devengada Amortización  1.01  Deuda Externa  2301.675. 00  2301  Deuda Pública    2301.00              Por los intereses devengados con afectación presupuestal del  año cinco.909.000.00         DEBE  HABER  2.0105  2301.0105  Deuda Externa  Deuda Externa Devengada 2301.01  Deuda Externa       2301.000.100.00          Por el registro de la aprobación del devengado para el pago del año cinco  CUENTAS  1205  DENOMINACIÓN  Servicios y Otros Contratados por Anticipa.07  Fiduciarios de la Deuda Pública  1206  Aprobación de Tesoro Público  DEBE  HABER  2.01  2301.00         2.000.100.    CUENTAS  DENOMINACIÓN  DEBE  2. 1205.01  4402  Tesoro Público  Traspasos y Remesas Corrientes Recibidos 4402.000.000.09         190.01  2301.09                       CUENTAS  2301  DENOMINACIÓN  Deuda Pública  2301.010502  Intereses  DEBE  HABER  100.01  Tesoro Público       Por el registro de la aprobación del devengado para el pago del quinto año          46    .01  Traspasos del Tesoro Público HABER  2.000.00         2.01  Deuda Externa  2301.01  Deuda Externa  2301.01  Intereses de la Deuda Externa 2301  Deuda Pública  2301.000.000.100.00            100.010501  Deuda Externa Devengada Amortización          Por el devengado de la deuda del año cinco  CUENTAS  DENOMINACIÓN  1206  Aprobación de Tesoro Público 1206.100.000.0101    Deuda Externa  Provenientes de Gobiernos Extranjeros   Por el interés devengado a costo amortizado  DEBE  HABER  190.000.0101  Provenientes de Gobiernos Extranjeros   2301  Deuda Pública    2301.00 1206.Año 5 CUENTAS  5601  DENOMINACIÓN  Intereses de la Deuda 5601.0101  Provenientes de Gobiernos Extranjeros   2301  Deuda Pública    2301.909. De acuerdo con la NICSP 29 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición.2 de la presente Directiva.CUENTAS  2301  DENOMINACIÓN  Deuda Pública  DEBE  HABER  2301.01  2301.00           2.0301  1101.00             5. ajustado por los costos de transacción. por diferencia entre el importe recibido y el valor razonable calculado.05  2104. Al tratarse de préstamos otorgados a tasa inferior al mercado. el valor del préstamo no coincide con su valor de mercado.100.000. se realizará tomando como base la depreciación de dicho activo.000.1 y 6. como lo dispone la NICSP 23 Ingresos de Transacciones sin Contraprestación (Impuestos y Transferencias).0105  2301.100.030101  Tesoro Público       Por el registro para el pago del quinto año        2. 47    . Entonces. Si la concesión del préstamo a tipo inferior al de mercado es para la realización de actividades específicas. empleando la técnica del valor presente a la tasa de mercado.5 Comentarios: Todo préstamo recibido a tipo de interés inferior al de mercado se clasifica como pasivo financiero. Por lo tanto en el momento inicial.00   1101. la transferencia sistemática de Ingresos Diferidos al Estado de Gestión.03  Depósitos en Instituciones Financieras  Públicas  Cuentas Corrientes  DEBE  HABER  2.100. En este caso el préstamo se ha recibido a tipo de interés inferior al del mercado. conforme el numeral 6. se debe obtener dicho valor.100.0501  Cuenta   Única de Tesoro – CUT Tesoro Público ‐ CUT  1101  Caja y Bancos  1101.07    Servicios y Otros Contratados por Anticipa. se pone de manifiesto una subvención de tipo de interés. Esta subvención se reconocerá inicialmente como un ingreso diferido.  Fiduciarios de la Deuda Pública              2. y luego se trasladará al estado de Gestión. como la compra de una máquina.00 Tesoro Público CUENTAS  2104  DENOMINACIÓN  Intermediación de Recursos Monetarios 2104. el pasivo financiero se mide en el momento inicial por su valor razonable.000.000. y posteriormente se medirá a costo amortizado. aplicando el método del tipo de interés efectivo.010502  Deuda Externa  Deuda Externa Devengada Intereses          1205  1205. . las municipalidades distritales de la provincia de Lima o por la Municipalidad Metropolitana de Lima y una o más municipalidades distritales. a través de Establecimientos de Venta al Público de Combustibles propios.. los Dictámenes Nºs. Ucayali y Madre de Dios. Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía. Vivienda y Nomenclatura. dispuso la exoneración del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto Selectivo al Consumo (ISC). Artículo 2°. CONTRIBUCIÓN INDIVIDUAL: Es el tributo que corresponde a cada propietario de los predios ubicados en la zona de beneficio de una Obra Municipal.06. por las ventas de Petróleo. para su consumo. fiscalización y administración de la Contribución Especial de Obras Públicas en la provincia de Lima. podrán efectuar ventas exoneradas al público. a las Empresas Comercializadoras o Consumidores Directos que reúnan los requisitos establecidos en este reglamento..2014 – 525232) DECRETO SUPREMO Nº 141-2014-EF ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas ESTABLECEN NORMAS PROCESALES PARA LA RECAUDACIÓN. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas EL TENIENTE ALCALDE METROPOLITANO ENCARGADO DE LA ALCALDÍA POR CUANTO: EL CONCEJO METROPOLITANA DE LIMA Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 10 de junio de 2014. Gas Natural y sus derivados que realicen las empresas ubicadas en los departamentos de Loreto. Dado en la Casa de Gobierno. permitiendo que las Empresas Petroleras también puedan realizar ventas exoneradas al público mediante Establecimientos de Venta al Público de Combustibles operados por estas. GAS NATURAL Y SUS DERIVADOS (13. 3 Portafolio Tributario 86 • junio 2014 CONSIDERANDO: Que.Definiciones Los términos empleados en la presente Ordenanza deberán ser interpretados conforme a las siguientes definiciones: BENEFICIO DIFERENCIAL: Aumento estimado de valor que adquiera la propiedad beneficiada por efecto de la Obra Municipal. En uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 118° de la Constitución Política del Perú y el inciso 3 del artículo 11° de la Ley Nº 29158. . 54-2014-MMLCMAL y 21-2014-MML-CMDUVN de las Comisiones Metropolitanas de Asuntos Económicos y Organización de Asuntos Legales y de Desarrollo Urbano. QUE APRUEBA LAS NORMAS REGLAMENTARIAS PARA LA APLICACIÓN DE LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS A LA VENTA DE PETRÓLEO.” Artículo 2°.Modificación del primer párrafo del artículo 2° del Decreto Supremo Nº 005-99-EF Modifíquese el primer párrafo del artículo 2° del Decreto Supremo Nº 005-99-EF.06. Artículo 3°.DE LAS EMPRESAS PETROLERAS Las Empresas Petroleras sólo podrán efectuar ventas de Combustible. a fin de promover la participación de una mayor cantidad de agentes de comercialización de los productos objeto de la exoneración.2014 – 525283) EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ORDENANZA Nº 1790 DECRETA: Artículo 1°. en el marco de lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 776 .PORTAFOLIO TRIBUTARIO MODIFICAN EL D. el cual quedará redactado conforme al siguiente texto: “Artículo 2°. hacia los consumidores finales. FISCALIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE OBRAS PÚBLICAS EN LA PROVINCIA DE LIMA (13. exoneradas del IGV e ISC. resulta necesario modificar el citado Decreto Supremo. Que. Que. el artículo 14° de la Ley Nº 27037. para su consumo en estos. conformadas por obras públicas efectuadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima. FISCALIZACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE OBRAS PÚBLICAS EN LA PROVINCIA DE LIMA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1°. Nº 5-99-EF. sin que les resulten aplicables los requisitos previstos en el artículo 3° de la presente norma. estableciendo que las Empresas Petroleras podrán efectuar ventas exoneradas a las Empresas Comercializadoras y Consumidores Directos. en Lima. mientras que las Empresas Comercializadoras solo podrán efectuar ventas exoneradas a los consumidores finales.139-2014-MML-CMAEO.Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Energía y Minas. Ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LAS NORMAS PROCESALES PARA LA RECAUDACIÓN.Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto establecer las normas procesales para la recaudación... CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE OBRAS PÚBLICAS: Tributo municipal que grava los beneficios derivados de la ejecución de Obras Municipales. S. a los doce días del mes de junio del año dos mil catorce. Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. mediante el Decreto Supremo Nº 005-99-EF se aprobaron las normas reglamentarias para la aplicación de los referidos beneficios tributarios. Asimismo.Ley de Tributación Municipal y sus modificatorias..Ámbito de aplicación La presente Ordenanza es de aplicación en la provincia de Lima y es de cumplimiento obligatorio para las municipalidades distritales y los propietarios de los predios beneficiados por efecto de la Obra Municipal correspondiente. debiendo cumplir para ello con los requisitos previstos por las referidas normas. El carácter de sujeto pasivo de la Contribución Especial de Obras Públicas en relación a Obras Municipales se atribuirá con arreglo a la situación jurídica configurada en la fecha de la culminación de la Obra Municipal. PORCENTAJE DE DISTRIBUCIÓN: Es el porcentaje a aplicarse a la Contribución Total a efectos de determinar la Contribución Individual.. c) Las Sociedades de Beneficencia.Hecho imponible El mayor valor que adquieren los predios ubicados dentro de la Zona de Beneficio por la ejecución de Obras Municipales está afecto a la Contribución Especial de Obras Públicas. conventos. se destinen a templos. siempre que los predios de su propiedad. b) Los gobiernos extranjeros. SUBZONAS DE BENEFICIO: Espacios territoriales diferenciados por sus particularidades al interior de la Zona de Beneficio. así como la asociación que los representa. Texto Único Ordenado de las normas con rango de ley que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos.La que realice la Municipalidad Metropolitana de Lima delegada por el Gobierno Nacional o por encargo de éste. de tratarse de Ordenanzas distritales. ZONA DE BENEFICIO: Espacio territorial. CRITERIOS DE DISTRIBUCIÓN: Son los criterios utilizados para establecer el Porcentaje de Distribución de la Contribución Total a efectos de determinar la Contribución Individual. reconocidos por el órgano electoral correspondiente y en los cuales ejercen su actividad política. financiamiento y otros que ésta implique. debidamente reconocidas por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. .. l) Los predios que hayan sido declarados monumentos integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación por el Ministerio de Cultura.Sujetos pasivos Son sujetos pasivos en calidad de contribuyentes las personas naturales. siempre que los predios de su propiedad.La que ejecute las municipalidades distritales de la provincia de Lima acorde a sus competencias. ESTIMACIÓN SOCIO-ECONÓMICA DE LA ZONA DE BENEFICIO: Estudio técnico que permite conocer la capacidad de pago de los contribuyentes MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA: Es tanto la Municipalidad Metropolitana de Lima como cualquiera de sus órganos. provinciales y distritales. programas metropolitanos. respecto de sus predios destinados a sus finalidades educativas y culturales.La que se ejecute total o parcialmente por la Municipalidad Metropolitana de Lima acorde a sus competencias. empresas o entidades públicas o cualquier otro integrante de la corporación municipal. así como los predios de propiedad de los organismos internacionales reconocidos por el Gobierno Nacional y que les sirvan de sede.La obra cofinanciada entre en la Municipalidad Metropolitana de Lima y una o más municipalidades distritales de la provincia de Lima. proyectos.Aprobación de la Contribución Especial de Obras Públicas La aprobación de la Contribución Especial de Obras Públicas en relación a una Obra Municipal deberá ser aprobada por Ordenanza y. Artículo 7°. unidades orgánicas. i) Los predios cuya titularidad corresponda a organizaciones de personas con discapacidad. las sociedades conyugales y las personas jurídicas propietarias de los predios ubicados en la Zona de Beneficio de la Obra Municipal a ejecutarse. COSTO DE LA OBRA: Todas las inversiones y gastos que la Obra Municipal a ejecutar genere. De producirse la transferencia de propiedad de un predio ubicado en la Zona de Beneficio.. ser ratificada por el Concejo Metropolitano. Artículo 6°. sus normas modificatorias. j) Los predios cuya titularidad corresponda a organizaciones sindicales. en condición de reciprocidad. siempre y cuando se destinen a los fines específicos de la organización. presupuestos de construcción y ejecución. OBRA MUNICIPAL: Es aquella obra pública realizada. Artículo 5°. A efectos de poder exigir el pago de la Contribución Especial de Obras Publicas tanto la Ordenanza de aprobación como su ratificación. monasterios y museos.Inafectaciones Se encuentran inafectos al pago de la Contribución Especial de Obras Públicas en relación a Obras Municipales: a) El Gobierno Nacional. constituidos conforme a Ley. la cual no podrá exceder del Costo de la Obra..PORTAFOLIO TRIBUTARIO Portafolio Tributario 86 • junio 2014 4 CONTRIBUCIÓN TOTAL: Es el monto al que asciende la Contribución Especial de Obras Públicas con respecto a una Obra Municipal determinada y que corresponde en su conjunto a los propietarios de predios ubicados en la Zona de Beneficio de la referida obra. de tratarse de una Ordenanza distrital. ampliatorias y reglamentarias. control. valor de adquisición de predios. h) Los predios cuya titularidad correspondan a organizaciones políticas como: partidos. . proyectos especiales. hasta cuyos límites las Obras Municipales a ejecutar produzcan un Beneficio Diferencial. técnicamente determinada. movimientos o alianzas políticas. siempre que el predio se destine a residencia de sus representantes diplomáticos o al funcionamiento de oficinas dependientes de sus embajadas. siempre que sean dedicados a casa habitación o sean . CAPÍTULO II CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE OBRAS PÚBLICAS SOBRE OBRAS MUNICIPALES Artículo 4°. las sucesiones indivisas. el cual es determinado en base a los Criterios de Distribución.CONADIS. por: . k) Los clubes departamentales. reconocidas por el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad . tales como estudios. siempre que el predio se destine a sus fines institucionales específicos. legaciones o consulados. a excepción de las que realice a título de propietaria de sus predios. directamente o a través de terceros. e) Los predios en los cuales las entidades públicas prestan servicios médicos asistenciales. incluyendo las construcciones efectuadas por los concesionarios sobre los mismos. durante el tiempo de vigencia del contrato. las asociaciones de hecho de profesionales y similares. deberá ser publicada antes de la contratación y ejecución de la Obra Municipal que genera la referida contribución. debidamente reconocidos. conforme a la Constitución Política del Perú. . f) El Cuerpo General de Bomberos. excepto los predios que hayan sido entregados en concesión al amparo del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM. d) Las entidades religiosas. siempre que el predio se destine a sus fines específicos. se destinen a sus fines específicos y no se efectúe actividad comercial en ellos. el transferente tiene la obligación de cancelar el íntegro de su Contribución Individual adeudada hasta el último día hábil del mes siguiente de producida la transferencia. a excepción de las que realice a título de propietaria de sus predios. g) Las universidades y centros educativos. los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. Determinación de la Contribución Individual La Contribución Individual es determinada en base a los Criterios de Distribución y resulta de la aplicación del Porcentaje de Distribución correspondiente a cada predio ubicado en la Zona de Beneficio a la Contribución Total.Criterios para la determinación de la Contribución Individual Para establecer el Porcentaje de Distribución necesario para 5 Portafolio Tributario 86 • junio 2014 dedicados a sedes de instituciones sin fines de lucro. Nombre del Contribuyente. utilización posible del predio después de la obra. Domicilio fiscal del contribuyente.Criterios para establecer la Zona de Beneficio Para establecer la Zona de Beneficio. Nomenclatura Catastral. k. e. h. Artículo 14°. deberán implementar un registro de los predios ubicados en la Zona de Beneficio. Uso actual. b) Plano a nivel de lote: Debe contener información urbana actualizada. f. Porcentaje de la Contribución Total. por cada Obra Municipal deberán elaborar el expediente técnico que contendrá como mínimo la siguiente documentación: a) Memoria Técnica: Descripción de la Obra Municipal a realizar. con la información siguiente: a.SAT. Artículo 12°.Determinación de la Contribución Total La Contribución Total es determinada por el Comité de Contribución Especial por Obras Públicas en base al expediente técnico y documentación sustentatoria y se calcula teniendo en cuenta el Beneficio Diferencial de la propiedad beneficiada por efecto de la Obra Municipal. Artículo 16°. así como el gran número de propietarios o cuando por razones de orden técnico así lo exijan. La Contribución Total se distribuye entre los predios comprendidos en la Zona de Beneficio conforme al Porcentaje de Distribución correspondiente. plan o conjunto de obras. c) Monto de la Contribución Total: Conforme lo establecido en el artículo 13° de la presente Ordenanza. la Contribución Total también se dividirá en proporción al beneficio total. La Obra Municipal a ejecutarse podrá estar constituida por sólo una obra o un paquete de obras. Topografía. b. Contribución Individual. ya sea ejecutada directamente o a través de un tercero. . la determinación de la Contribución Individual será realizada por la instancia competente para tal efecto al interior de la correspondiente municipalidad distrital. f) y g). estimándose sus valores antes y después de ejecutada la Obra Municipal. cuando se trata de una Obra Municipal ejecutada por la Municipalidad Metropolitana de Lima.. Cuando la zona de beneficio se divide en sub zonas. Características Especiales que deban consignarse. que produzcan rentas o no relacionados a los fines propios de las instituciones beneficiadas. Zona o Área total del terreno o frente beneficiado.. comparables o equivalentes funcionalmente. g.Requisitos y condiciones de las Obras Municipales que generen la Contribución Especial de Obras Públicas Sólo darán lugar a la Contribución Especial de Obras Públicas los beneficios derivados de la ejecución de Obras Municipales consistentes en Proyectos de Inversión Pública declarados viables al amparo del Sistema Nacional de inversión Pública . Ubicación del predio. No darán lugar a la aplicación de la Contribución Especial por Obras Públicas.Determinación de Subzonas de Beneficio Cuando la complejidad y magnitud de la Obra Municipal. directamente o a través de un tercero... Otros criterios. la Zona de Beneficio se podrá dividir en sub zonas para establecer mayor equidad en la distribución de la Contribución Total y la determinación de la Contribución Individual. En los casos señalados en los literales c). o Subzona de Beneficio.Registro de predios ubicados en la Zona de Beneficio La Municipalidad Metropolitana de Lima y municipalidades distritales.PORTAFOLIO TRIBUTARIO CAPÍTULO III DE LA ZONA DE BENEFICIO Artículo 8°. De tratarse de una Obra Municipal ejecutada por municipalidades distritales. el Costo de la Obra. d. dará lugar a la pérdida automática de la inafectación.Beneficio Diferencial La estimación del Beneficio Diferencial se realizará. el Porcentaje de Distribución.SNIP. empresas o entidades públicas de la Municipalidad Metropolitana de Lima o las instancias competentes en las municipalidades distritales. c.. proyectos especiales. los cuales deberán ser sustentados técnicamente. programas metropolitanos. precisando la determinación de la Contribución Total. que constituyan una muestra. el uso parcial o total del inmueble con fines lucrativos. las Subzonas de Beneficios (de ser el caso). ya sea directamente o a través de un tercero. Beneficios que genera la Obra Municipal. Artículo 9°. las obras realizadas para el mantenimiento de obras ejecutadas o reparaciones que signifiquen prolongar la vida útil de las mismas. o cuando se trate de una Obra Municipal cofinanciada. la Zona de Beneficio. se aplicarán los siguientes criterios: a. h. Estado de la edificación. e). Uso actual y potencial de los predios.. plan o conjunto de obras. CAPÍTULO IV DE LA DETERMINACIÓN DE LA CONTRIBUCIÓN Artículo 11°. Artículo 15°. d. Índices o factores aplicados para la distribución. Distancia que exista entre los predios y la Obra Municipal. el Beneficio Diferencial. La Contribución Individual es determinada por el Servicio de Administración Tributaria de Lima . los Criterios de Distribución utilizados. i. d). Impacto de la Obra Municipal. generalizándose los incrementos para toda la Zona de Beneficio o Sub zona de Beneficio. Área en que se localiza la Obra Municipal. unidades orgánicas. empleando cualquiera de los siguientes métodos: a) De analogía: Se basa en incrementos de valor derivados de obras similares en predios similares. Artículo 10°. de ser el caso. en concordancia con el artículo 63° del Decreto Legislativo Nº 776. En ningún caso la Contribución Total podrá superar el Costo de la Obra.Expediente técnico y documentación sustentatoria Los órganos. j. la Es- timación Socio-Económico de la Zona de Beneficio y otros que se considere pertinente. Características de la Obra Municipal a ejecutar.. indicando la zona de beneficio.. b) De doble avalúo: Se seleccionan predios al interior de la Zona de Beneficio.. l. e. c. de acuerdo al Porcentaje de Distribución que se haya adoptado. g. f. Artículo 13°. Magnitud de la Obra Municipal. debidamente inscritos como tal. c) Mixto: Combinando los dos métodos anteriores y ponderándolos en proporciones adecuadas. acorde a sus funciones o competencias. b. e. g. en las cuales se aplicarán el referido tributo municipal. Otros criterios: Los cuales deberán ser sustentados técnicamente. empresas o entidades públicas de la Municipalidad Metropolitana de Lima o la instancia competente de la Municipalidad Distrital que conforman el Comité de Contribución Especial por Obras Públicas.. f. Coordinar con los órganos o unidades orgánicas responsables de planificar las obras públicas a ejecutar. FISCALIZACIÓN Y COBRO DE LA CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE OBRAS PÚBLICAS Artículo 22°.. Promover la articulación de esfuerzos de los órganos de línea u otros órganos de la Corporación Municipal...Participación Vecinal En la determinación de las Obra Municipales a ejecutar y sobre las cuales será aplicable la Contribución Especial de Obras Públicas deberá tenerse en consideración las propuestas que realicen los ciudadanos. Sustentar ante el Concejo Metropolitano o Distrital. condición socio-económica de la zona de beneficio.. en calidad de órgano colegiado. b. y uso presente y futuro. el Informe del Comité de Contribución Especial de Obras Públicas deberá contener los montos a ser financiados por cada parte y el porcentaje de la contribución total que les corresponde.. NOTIFICACIÓN. b. c. Un representante del Alcalde Metropolitano o Alcalde Distrital. c) La Contribución Total de la obra a ejecutar. Artículo 18°. ejercerá las funciones ejecutivas siguientes: a. según corresponda. destino. el producto o sumatoria de los factores parciales determinan el factor individual total de cada predio y la contribución de cada predio en proporción a la suma de factores individuales totales. RECAUDACIÓN. según corresponda. Los representantes de los órganos. d. a ejecutar a corto. Artículo 19°. cuando se trata de una Obra Municipal ejecutada por la . Criterio de los frentes: Se distribuye el monto de la contribución total en proporción directa a la longitud de los frentes de los predios. los cuales estarán integrados por: a.SAT.Funciones del Comité El Comité de Contribución Especial por Obras Públicas. promueven la realización de las acciones necesarias en sus respectivas unidades para el cumplimiento de los acuerdos adoptados. c. el Plan de las Obras Públicas objeto de contribución.Comunicación La Gerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Metropolitana de Lima o la que haga sus veces en las municipalidades distritales.Liquidación y notificación a los obligados al pago La liquidación y notificación de las resoluciones de determinación referidas a la Contribución Especial de Obras Públicas está a cargo del Servicio de Administración Tributaria de Lima .PORTAFOLIO TRIBUTARIO determinar el monto de la Contribución Individual se aplicarán los siguientes Criterios de Distribución: a. Como factores parciales se ponderarán todas o algunas de las siguientes características y circunstancias: frente. unidades orgánicas. CAPÍTULO VI PARTICIPACIÓN VECINAL Artículo 20°. d) El detalle de la contribución individual. proyectos especiales. apoyarán en las campañas de comunicación y sensibilización. Cuando se trate de Obras Municipales cofinanciadas por la Municipalidad Metropolitana de Lima y una o más municipalidades distritales. Elaborar el Informe que sustente la propuesta de establecimiento de la Contribución Especial de Obras Públicas en un caso concreto. en concordancia con el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 776. calidad del suelo. c. la Gerencia de Participación Vecinal adoptará las medidas organizativas oportunas para garantizar a los propietarios de los predios que se ubiquen dentro de la Zona de Beneficio su derecho de información sobre el particular antes de la contratación y ejecución de la Obra Municipal. en calidad de miembro. según el caso. e. diseñadas e implementadas por cada entidad ejecutora y dirigidas a los propietarios de los predios beneficiados con la ejecución de la obra. Criterio de áreas: Se distribuye el monto de la contribución total en proporción directa al área del terreno de los predios ubicados en la zona de beneficio. calificándolas con coeficientes o factores numéricos. el expediente técnico y el Informe señalado en el literal anterior. Proponer al Concejo Metropolitano o Concejo Distrital. Remitir al Concejo Metropolitano o Distrital. distancia a la obra.Conformación del Comité La Municipalidad Metropolitana de Lima y las municipalidades distritales de la provincia de Lima conformarán un Comité de Contribución Especial de Obras Públicas dentro de sus respectivas jurisdicciones. b) La Zona de Beneficio. responsables de remitir al Comité la documentación sustentatoria. Portafolio Tributario 86 • junio 2014 6 CAPÍTULO V DEL COMITÉ DE CONTRIBUCIÓN ESPECIAL DE OBRAS PÚBLICAS Artículo 17°. CAPÍTULO VII LIQUIDACIÓN. en calidad de presidente. Artículo 21°. así como ante las Comisiones respectivas. elementos presentes o posteriores que degraden la obra. El Jefe del Servicio de Administración Tributaria de Lima (SAT) o el que haga sus veces en la respectiva municipalidad distrital. d. Criterio de factores de beneficio: Consiste en distribuir monto de la contribución total teniendo en cuenta las características de los predios y circunstancias que lo relacionan con la obra. d. El Gerente de Finanzas de la Municipalidad Metropolitana de Lima o el que haga sus veces en la respectiva municipalidad distrital. b. e. Un representante de la población beneficiada. forma. topografía. Criterio de los frentes y áreas: Se distribuye una parte del monto de la contribución total en proporción a la longitud de los frentes y otra parte en proporción a las áreas de los predios. quien actuará en calidad de secretario. área. el contenido del Informe que sustenta la Contribución Especial de Obras Públicas propuesto. programas metropolitanos. dentro de la zona de beneficio. El Gerente de Desarrollo Urbano de la Municipalidad Metropolitana de Lima o el que haga sus veces en la respectiva municipalidad distrital. mediano y largo plazo. Asimismo.Informe El Informe a que se refiere el literal e) del artículo 17° de la presente Ordenanza se elaborará en base al expediente técnico y documentación sustentatoria elaborada por los órganos correspondientes y deberá contener como mínimo lo siguiente: a) Costo de la Obra. 2014 – 525348) RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 182-2014/SUNAT Lima.munlima.. presentar ante el Pleno del Concejo Metropolitano o Distrital. dentro del proceso de Presupuesto Participativo.. según corresponda. así como ante su correspondiente Concejo Distrital.PORTAFOLIO TRIBUTARIO CAPÍTULO VIII DE LOS RECURSOS DE LA CONTRIBUCIÓN Artículo 26°. fiscalización y cobranza.Fiscalización y Cobranza La fiscalización y cobranza de la Contribución Especial de Obras Públicas está a cargo del Servicio de Administración Tributaria de Lima . Artículo 23°. notificación. adecuación y mejor aplicación de la presente Ordenanza.. SEGUNDA. ya sea directamente o a través de un tercero. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA. . iniciar procedimientos contencio- Portafolio Tributario 86 • junio 2014 Municipalidad Metropolitana de Lima..Recaudación La recaudación de la Contribución Especial de Obras Públicas está a cargo del Servicio de Administración Tributaria de Lima .gob. La Gerencia de Finanzas de la Municipalidad Metropolitana de Lima o la instancia que haga sus veces en la municipalidad distrital.SAT. Asimismo.Reglamentación La Alcaldía Metropolitana de Lima dictará las disposiciones reglamentarias necesarias para la ejecución. la información que le permita dar cuenta a sus vecinos de la referida Obra Municipal.pe y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. sobre esta recaudación. intendencias regionales y oficinas zonales. se incorporará dicha información en el respectivo Portal Institucional. precisadas en el presente Capítulo. directamente o a través de un tercero.Administración y destino de la contribución. La Municipalidad Metropolitana de Lima remitirá a la municipalidad distrital en cuya jurisdicción se hubiere ejecutado la Obra Municipal. de la parte que le corresponda al cofinanciamiento. mediante la cual se dictaron normas para la aplicación de la Contribución Especial de Obras Públicas. De tratarse de una Obra Municipal ejecutada por municipalidades distritales. Artículo 27°.. en el caso de la Municipalidad Metropolitana de Lima y de la instancia que haga sus veces en la municipalidad distrital correspondiente.SAT. publique y cumpla. el cual será destinado a cubrir los costos de nuevas obras públicas a ejecutarse. En Lima.Cofinanciamiento con Municipalidades Distritales Cuando las Obras Municipales que generen una Contribución Especial de Obras Públicas sean ejecutadas en cofinanciamiento entre la Municipalidad Metropolitana de Lima y una o más municipalidades distritales. dará cuenta a la gerencia de Finanzas de la recaudación por concepto de Contribución Especial de Obras Públicas de manera diferenciada con respecto a cada Obra Municipal ejecutada. 7 DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA. deberán cumplir con sus obligaciones formales y sustanciales. directamente o a través de un tercero. Artículo 25°. de conformidad con el artículo 3° de la Resolución de Superintendencia Nº 023-2014/SUNAT.SAT. POR TANTO: Mando se registre. la determinación de la Contribución Individual será realizada por la instancia competente para tal efecto al interior de la correspondiente municipalidad distrital. De tratarse de una Obra Municipal ejecutada por municipalidades distritales. En el caso de las municipalidades distritales el órgano responsable de la administración tributaria dará cuenta de la recaudación por cada obra pública afecta a la Contribución Especial de Obras Públicas ante el órgano responsable de la administración financiera en la municipalidad distrital respectiva.. corresponderá al Servicio de Administración Tributaria de Lima . ejercer las acciones de liquidación. la determinación de la Contribución Individual será realizada por la instancia competente para tal efecto al interior de la correspondiente municipalidad distrital. los contribuyentes de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales y los principales contribuyentes de la Intendencia Lima. el informe anual sobre el cumplimiento en la aplicación y recaudación de la Contribución Especial de Obras Públicas materia de la presente Ordenanza.Derogatoria Deróguese la Ordenanza Nº 94. o la que haga sus veces en la municipalidad distrital respectiva.SAT. Corresponde a la Gerencia de Finanzas. de ser ello aplicable. cuando se trata de una Obra Municipal ejecutada por la Municipalidad Metropolitana de Lima.Rendición de cuentas El Servicio de Administración Tributaria de Lima . En el Informe anual se precisará lo relativo a la transferencia a favor de la municipalidad distrital... De tratarse de una Obra Municipal ejecutada por municipalidades distritales. la determinación de la Contribución Individual será realizada por la instancia competente para tal efecto al interior de la correspondiente municipalidad distrital. cuando se trata de una Obra Municipal ejecutada por la Municipalidad Metropolitana de Lima. y toda otra norma que se oponga a la presente Ordenanza. ya sea directamente o a través de un tercero. Artículo 24°. La administración de la Contribución Especial de Obras Públicas está a cargo de la Gerencia de Finanzas. dará cuenta a la población. 13 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que. ya sea directamente o a través de un tercero. Lo recaudado de la Contribución Especial de Obras Públicas en relación a Obras Municipales constituye un recurso fiscal de la Municipalidad Metropolitana de Lima o de la municipalidad distrital respectiva. 10 de junio de 2014 HERNÁN NÚÑEZ GONZALES Encargado de Alcaldía   MODIFICAN UNO DE LOS LUGARES DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES PARA LOS PRINCIPALES CONTRIBUYENTES DE LA INTENDENCIA REGIONAL ICA (14.06. recaudación. directamente o a través de un tercero.Publicación y vigencia La presente Ordenanza será publicada en el diario oficial El Peruano y en el Portal Web de la Municipalidad Metropolitana de Lima www. publicada el 13 de setiembre de 2013 en el diario oficial El Peruano. . aprobado Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT y norma modificatoria.NPS para el pago de sus obligaciones tributarias. Regístrese.PORTAFOLIO TRIBUTARIO Portafolio Tributario 86 • junio 2014 8 sos y no contenciosos. distrito de Chincha Alta. (…)” DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única. departamento de Ica. Que en ese sentido. se designó al Jefe de la División de Soluciones de Gestión del Conocimiento de la Gerencia de Soluciones de Negocio de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información.. aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y modificatorias. no se prepublica la presente resolución por considerar que ello resulta innecesario. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional   DESIGNAN FUNCIONARIO RESPONSABLE DE ACTUALIZAR EL PORTAL DE TRANSPARENCIA DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (18. el artículo 11° del Decreto Legislativo Nº 501. aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y norma modificatoria. así como realizar todo tipo de trámites referidos a tributos internos administrados y/o recaudados por la SUNAT. Que en el caso de la Intendencia Regional Ica.VIGENCIA La presente resolución entrará en vigencia el 16 de junio de 2014. departamento de Ica. por lo que es necesario modificar el lugar de cumplimiento de obligaciones tributarias formales y sustanciales de los principales contribuyentes que tienen asignada la mencionada oficina. plaza de Armas. y el inciso o) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT. el artículo 5° de la Ley Nº 29816. Ley General de la SUNAT y normas modificatorias. aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF y norma modificatoria. conforme a lo establecido en el artículo 29° del Texto Único Ordenado (TUO) del Código Tributario.. por lo que resulta necesario dejar sin efecto la designación a que se refiere el considerando anterior y en consecuencia. efectuada mediante Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT. únicamente en los lugares de cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales señalados expresamente para cada dependencia en el anexo Nº 3 de la citada resolución o a través de SUNAT virtual o en los bancos habilitados utilizando el número de pago SUNAT .06. Que al amparo del numeral 3. como el funcionario responsable de actualizar el Portal de Transparencia de la SUNAT. la División de Soluciones de Gestión del Conocimiento ha sido suprimida de la estructura orgánica de la Institución.2 del artículo 14° del “Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad. En uso de las facultades conferidas por los artículos 29° y 88° del TUO del Código Tributario.2014 – 525585) RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 185-2014/SUNAT Lima. publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general”. provincia de Chincha. Calle El Carmen Nº 114. comuníquese y publíquese. Ley de Fortalecimiento de la SUNAT. provincia de Chincha y departamento de Ica. Que de otro lado. en el anexo Nº 3 de la Resolución de Superintendencia Nº 023-2014/SUNAT se señala como uno de los lugares de cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales a la calle Colón Nº 100. aprobado por el Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM le corresponde al Superintendente Nacional designar al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria . aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y normas modificatorias. distrito de Chincha Alta. Que según el inciso c) del artículo 3° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú. Que como resultado de la aprobación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT. SE RESUELVE: Artículo Único. como funcionario responsable de actualizar la información contenida en el Portal de Transparencia de la SUNAT. por el texto siguiente: “ANEXO Nº 3 DEPENDENCIA LUGAR DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FORMALES Y SUSTANCIALES (…) . Que a partir del 16 de junio de 2014 el lugar de cumplimiento mencionado en el considerando anterior se trasladará al local ubicado en la calle El Carmen Nº 114. señala la información que debe contener y establece que deberá identificarse al funcionario responsable de su elaboración. asimismo. dejándose sin efecto la designación del funcionario responsable efectuada mediante la Resolución de Superintendencia Nº 071-2012/SUNAT. en la medida que la designación del lugar de pago es potestad de la Administración Tributaria. designar al Jefe de la División de Atención a Usuarios de la Gerencia de Operaciones y Soporte a Usuarios de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información. el artículo 5° del citado texto normativo obliga a las entidades de la Administración Pública a contar con un portal de Internet.SUNAT. distrito de INTENDENCIA REGIONAL ICA Chincha Alta.Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. provincia de Chincha. en lo relacionado a uno de los lugares de cumplimiento de obligaciones formales y sustanciales de los principales contribuyentes de la Intendencia Regional Ica. 16 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 . mediante Resolución de Superintendencia Nº 283-2013/SUNAT.MODIFICACIÓN DE UNO DE LOS LUGARES DE CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES DE LOS PRINCIPALES CONTRIBUYENTES DE LA INTENDENCIA REGIONAL ICA Modifíquese el anexo Nº 3 de la Resolución de Superintendencia Nº 023-2014/SUNAT. (…) . conforme a lo detallado en dicho artículo. conforme a lo indicado por la Gerencia de Proyectos y Procesos Transversales y la Gerencia de Organización y Procesos.Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. En uso de la facultad conferida por el inciso p) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT. aprobado por Decreto Supremo Nº 122-2014-PCM y modificatoria. de acuerdo al siguiente texto: “Artículo 1°. la Gerencia de Organización y Procesos de la Oficina Nacional de Planeamiento manifiesta que resulta procedente la reubicación solicitada del Centro de Servicios al Contribuyente Villa El Salvador dentro del ámbito de la Sección de Servicios al Contribuyente VII. Puntos de Atención y Oficinas Remotas a cargo de las Secciones de Servicios al Contribuyente dependientes de la División de Servicios al Contribuyente II.. a través del Informe Nº 007-2014-SUNAT/1K2000. las mismas que dependen de las Divisiones de Servicios al Contribuyente I y II de la Gerencia de Servicios al Contribuyente de la Intendencia Lima.Dejar sin efecto la designación del funcionario responsable de actualizar la información contenida en el Portal de Internet de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria . TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional Portafolio Tributario 86 • junio 2014 De acuerdo con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 . Puntos de Atención y Oficina Remota en la parte pertinente a la División de Servicios al Contribuyente II. y en uso de las facultades contenidas en el inciso s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT. como el funcionario responsable de actualizar el Portal de Transparencia de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria .. comuníquese y publíquese. . a que se refiere la Resolución de Superintendencia Nº 283-2013/SUNAT. aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM. resulta necesario modificar el artículo 1° [de la] Resolución de Superintendencia Nº 139-2014/SUNAT. Que la Gerencia de Proyectos y Procesos Transversales de la Intendencia Nacional de Desarrollo de Estrategias de Servicios y Control del Cumplimiento. a efecto que el Centro de Servicios al Contribuyente Villa El Salvador esté a cargo de la Sección de Servicios al Contribuyente VII. estableciendo en su artículo 1° que se mantienen las nueve (9) Secciones de Servicios al Contribuyente creadas mediante Resolución de Superintendencia Nº 265-2010/SUNAT. respecto al detalle de los Centros de Servicios al Contribuyente. Regístrese. Puntos de Atención u Oficina Remota a cargo de la Sección de Servicios al Contribuyente Centro de Servicios al Contribuyente Camacho Sección de Servicios al Punto de Atención Chaclacayo Contribuyente Centro de Servicios al Contribuyente Ate VI Punto de Atención Municipalidad de Santa Anita Centro de Servicios al Contribuyente Surco Sección de Centro de Servicios al Contribuyente Cañete Servicios al Centro de Servicios al Contribuyente Lurín Contribuyente Centro de Servicios al Contribuyente San Juan de VII Miraflores Centro de Servicios al Contribuyente Villa El Salvador Centro de Servicios al Contribuyente San Martín de Sección de Porres Servicios al Centro de Servicios al Contribuyente de Independencia Contribuyente Punto de Atención Mejor Atención al Ciudadano . Que por lo expuesto. plantea homogenizar la denominación de Punto de Atención MAC seguido de la ubicación correspondiente. DE S. comuníquese y publíquese. Que al respecto. Que de conformidad con lo previsto en el citado artículo 1°. Nº 139-2014/SUNAT. y tienen a su cargo los Centros de Servicios al Contribuyente. Artículo 2°. el Centro de Servicios al Contribuyente Villa El Salvador se encuentra a cargo de la Sección de Servicios al Contribuyente VIII.2014 – 525991) RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 196-2014/SUNAT Lima. aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y su Reglamento.Modifíquese el artículo 1° de la Resolución de Superintendencia Nº 139-2014/SUNAT. Asimismo. así como la homogenización de la denominación de los Puntos de Atención Mejor Atención MAC de las Secciones de Servicios al Contribuyente VIII y IX. 24 de junio de 2014 CONSIDERANDO: Que mediante Resolución de Superintendencia Nº 139-2014/ SUNAT se dispuso la dependencia de las Secciones de Servicios al Contribuyente de la Intendencia Lima.PORTAFOLIO TRIBUTARIO SE RESUELVE: Artículo 1°. QUE DISPONE LA DEPENDENCIA DE LAS SECCIONES DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE DE LA INTENDENCIA LIMA (25.Designar al Jefe de la División de Atención a Usuarios de la Gerencia de Operaciones y Soporte a Usuarios de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información. aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/ SUNAT y modificatorias.MAC VIII Lima Norte Centro de Servicios al Contribuyente Comas Sección de Centro de Servicios al Contribuyente Puente Piedra Servicios al Contribuyente Centro de Servicios al Contribuyente Ventanilla IX Punto de Atención Mejor Atención al Ciudadano MAC Ventanilla (…)” Regístrese. SE RESUELVE: Artículo Único. mediante Informe Nº 001-2014-SUNAT/5B1000 requiere la modificación del cuadro de detalle de Secciones de Servicios al Contribuyente a cargo de los Centros de Servicios al Contribuyente. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional   MODIFICAN LA R.SUNAT.SUNAT.06.(…) DIVISIÓN DE SERVICIOS AL CONTRIBUYENTE II: Secciones de Servicios al Contribuyente a su cargo 9 Centros de Servicios al Contribuyente. Puntos de Atención y Oficinas Remotas.. economistas.PORTAFOLIO TRIBUTARIO ANÁLISIS TRIBUTARIO es una exclusiva publicación mensual sobre la materia tributaria de consulta obligatoria para abogados.aele.com . contadores.com www. administradores y otros profesionales de los sectores público y privado que desean obtener y utilizar información inteligente de primera mano y calidad indiscutible Portafolio Tributario 86 • junio 2014 10 Paseo de la República Nº 6236 Miraflores Central telefónica 610-4100 Capacitación 610-4123 Central fax 610-4101 info@aele.
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