Serie: Estudios INE3 Aspectos legales relacionados con la manifestacion de impacto regulatorio y ejemplos de costo beneficio Marzo de 2003 Elaborado por Laura Saad, Paloma García Segura y Leticia Quiñones Valadez Dirección General de Investigación de Política y Economía Ambiental Instituto Nacional de Ecología Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales ASPECTOS LEGALES RELACIONADOS CON LA MANIFESTACION DE IMPACTO REGULATORIO Y EJEMPLOS DE COSTO BENEFICIO Elaborado por Laura Saad, Paloma García Segura y Leticia Quiñones Valadez. Dirección General de Investigación en Política y Economía Ambiental. INE. Marzo 2003 1 INDICE Página I. Introducción..........................................................................................................5 II. El Procedimiento de Mejora Regulatoria (PMR)……........………………………...8 ¿Cuál es la finalidad del Procedimiento de Mejora Regulatoria?……………………8 ¿Quiénes son los responsables de llevar a cabo el PMR?………………………….8 III: Manifestación de Impacto Regulatorio (MIR) ¿Qué es la MIR?……………................................................................…………….10 ¿Cuándo hay que preparar una MIR?…………………………………………………10 . ¿Cómo debe elaborarse una MIR?…………………………………………………….10 IV. Consideraciones Especiales ¿Por qué es importante preparar una MIR de calidad?……………………………..12 ¿Cuándo hay que presentar la MIR? (Art. 69-H LFPA)……………………………..16 ¿En qué casos quedan exentos las dependencias y organismos descentralizados de la APF de presentar la MIR? (art. 69-H LFPA)…………………………………...16 ¿Qué pasa si la Comisión recibe una MIR que a su juicio no sea satisfactoria? (art. 69-I LFPA)……………………………………………………………………….…16. ¿Cuánto tiempo tiene la Comisión para hacer el requerimiento a que se refiere la pregunta anterior? (art. 69-I LFPA)…………………………………………………….16 ¿Qué pasa si después de que la dependencia u organismo descentralizado correspondiente haya desahogado dicho requerimiento, la Comisión considera que la MIR sigue siendo defectuosa y el anteproyecto de que se trate pudiera tener un amplio impacto en la economía o un efecto sustancial sobre un sector específico? (art. 69-I LFPA)……………………………………………………………………….….16 ¿Qué término tiene la Comisión para emitir y entregar a la dependencia u organismos descentralizado correspondiente (en caso de que así lo estime conveniente), un dictamen total o parcial de la MIR y del anteproyecto respectivo? (art. 69-J LFPA)……………………………………………………………………….…17 ¿Qué elementos debe contener dicho dictamen? (art 69-J LFPA)………………...17 2 .... 17 ¿En qué casos. 69-k LFPA)………………………………………….. la información proporcionada por la dependencia u organismos descentralizado de que se trate?…………………………………. 69-L LFPA)………………………………………. 69-P)……………………………………………………………….18 ¿Quién será la encargada de llevar el Registro Federal de Trámites y Servicios que proporcione la APF? (art........……..20 ¿Quién es el responsable de la legalidad de la información que se inscriba en el Registro? (art.......…......………………............. en adelante el registro. 69-Q)…........…………….……17 ¿Para qué sirven la MIR y el dictamen emitido por la Comisión? .. 71 LFPA)……………………………......………27 ¿Qué procedimiento se deberá seguir para imponer una de las sanciones consignadas para el caso de responsabilidad?…………………………………....20 Diagrama de flujo del Procedimiento de Mejora Regulatroia..... en caso de que el servidor público reincida en la conducta por la que ya fue sancionado una vez? (art.27 ¿Con qué facultades cuentan las autoridades competentes para lograr la ejecución de las sanciones y de las medidas de seguridad que procedan?………………… ¿Pueden imponerse.28 3 .…..18 ¿En qué plazo debe la Comisión inscribir en el Registro Federal de Trámites y Servicios.20 ¿En qué casos.. 69-J LFPA)……………………………………………………………………………….....17 ¿Qué requisitos deben cumplir para que la Secretaría de Gobernación publique en el Diario Oficial de la Federación los actos a que se refiere el artículo 4 que expidan las dependencias o los organismos descentralizados de la administración pública federal? (art..……...... en caso de no encontrarse conforme con el dictamen emitido por la Comisión? (art.. además de las sanciones administrativas alguna otra pena por el incumplimiento de las disposiciones de esta Ley?…………………….27 ¿Qué procederá.22 ¿Qué sanciones administrativas pueden ser impuestas a los servidores públicos que incurran en responsabilidad? (art.. 69-M LFPA)…………………………. podrán aplicar trámites adicionales a los inscritos en el Registro? (art.19 ¿Qué debe hacer la dependencia u organismos descentralizado de que se trate en caso de que haya cualquier modificación a la información proporcionada?.. la Comisión queda exenta de cumplir con la obligación a que se refiere el párrafo anterior? (art..¿Qué puede hacer la dependencia u organismos descentralizado..... 70 LFPA)……………………………………. las dependencias y organismos descentralizados de la APF.. .........…………….... 79 LFPA)……………………………………………………............. Ejemplos de costo beneficio …………........... 53 LFRSP)………………….......29 V......................................38 Cultivos modificados genéticamente .............................................................. 80 LFPA)…………………......................40 Requisitos de control de emisiones de compuestos de azufre a la atmósfera de las plantas desulfuradoras de gas y condensados amargos...........…28 ¿Qué obligaciones impone esta Ley a los servidores públicos?…………………...........…28 ¿En qué caso se interrumpe dicha prescripción? (art...28 Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos (LFRSP) ¿Qué servidores públicos son regulados por esta Ley?………………………….................30 Estaciones de servicio.........................................¿En qué tiempo prescribe la facultad de la autoridad para imponer sanciones administrativas? (art...48 4 ..........................………......................................... y la metodología para su determinación....................31 Observación de ballenas......................................................29 ¿Qué sanciones contempla la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos por faltas administrativas? (art......... al emitir actos de carácter general ---que tengan por objeto establecer obligaciones específicas a los particulares---. papeles o posesiones. familia. hay otro principio fundamental que debe de prevalecer en los cuerpos legales y es el que se refiere a la garantía de audiencia. en cambio los particulares pueden hacer todo lo que la ley no les prohíba. domicilio.es decir. como órganos o unidades administrativas del Estado que dependen del Poder Ejecutivo. que consiste en que nadie puede ser molestado en su persona.I. Es por esto que el ámbito de actuación de los funcionarios públicos (desde Jefes de Departamento hasta Secretarios de Estados). se reduce únicamente a lo señalado en las leyes y los reglamentos. los hagan con 5 . propiedades. Por lo anterior y con la finalidad de verificar que las dependencias y organismos descentralizados de la APF. que funde y motive la causa legal del procedimiento. Asimismo. Esto último se va a referir a la garantía de legalidad. tiene a su cargo la actividad administrativa de procurar y buscar el bien común del pueblo. Las autoridades solo pueden hacer aquello que les permita la ley. dicho juicio se debe realizar con las formalidades de un procedimiento y conforme a la legislación aplicable. deben de procurar la salvaguarda de los derechos constitucionales de los particulares en contra de la injerencia de los poderes públicos procurando su equilibrio.. que consiste en que cualquier acto de autoridad que pretenda privar de la vida. de la libertad. INTRODUCCIÓN La Administración Pública Federal (APF). de una manera continua y permanente. se debe vigilar que los actos de autoridad. sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente. no podrá hacerlo si no está de por medio el seguimiento de un juicio ante los tribunales previamente establecidos. que los funcionarios públicos de la APF. posesiones o derechos a una persona. que pretendan afectar la esfera de los particulares estén debidamente fundados en una Ley. esto se conoce como la competencia que sirve de fundamento a la actuación de estos servidores públicos. modalidades. mismo caso se presenta para las personas y sus actividades reguladas. asimismo la acción de la autoridad debe cumplir con los requisitos señalados precisamente por esta normatividad que además de otorgarle atribuciones. cuyo fin es el de prevenir. tiempo y capacitación del 6 . límites. vida silvestre y problemas coyunturales-transversales. mismo que queda establecido en la Ley Federal del Procedimiento Administrativo. Estos últimos problemas debido a la presión social. como un medio de control que observe estos dos componentes. la expedición de normas oficiales mexicanas y emergentes. mecanismos. lo que impone gastos a los particulares y a la APF. materiales. tecnología. • Conducir acciones para solucionar problemas ambientales. etc. infraestructura. Dichos elementos son: • Cumplir con las atribuciones de la dependencia. los agentes regulados incurren en gastos de personal. Para el cumplimiento de todos estos principios de legalidad. Dentro de este marco. quien es la que los emite y quien vigila su cumplimiento. ya sea en materia de emisiones a la atmósfera. equipo. descargas de aguas residuales. procesos. residuos peligrosos. en este caso de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales. implica una serie de elementos a atender por parte de la autoridad ambiental. en la legislación ambiental. • Fijar los requisitos.. también le indica cómo y cuál es el límite de sus acciones. En particular. frenar el deterioro ambiental.fundamento en la legislación y buscando el respeto a las garantías de los individuos. creación de áreas naturales protegidas. así como para tener en consideración el número de trámites y el costo económico que estos pueden causar a los particulares. a través de preceptos legales con planteamientos técnicos y/o científicos. procedimientos. necesitan de respuesta inmediata. se concibe el Procedimiento de Mejora Regulatoria (PMR). dentro del marco jurídico establecido en sus leyes y en su Reglamento Interior para estos efectos. Otro beneficio es que la elaboración del ordenamiento es de mayor calidad ya que encuentra su fundamento en principios comprobados. se tengan los elementos requeridos para hacer la Manifestación de Impacto Regulatorio.personal operativo y administrativo. La participación no sólo debe darse en discusiones cerradas en la propia institución si no también debe abrirse a la sociedad en general y a los sectores involucrados en el tema en cuestión. • Se recomienda que la persona encargada de llevar el proceso de elaboración de la norma. en donde se considere la participación de personas con conocimientos técnicos y de personas con conocimientos jurídicos amplios. para opinar sobre la materia y las posibles soluciones a la problemática. No sobra decir que cuando una norma oficial mexicana entra al proceso de negociación con los sectores involucrados. por otro lado. 7 . la vigilancia y el monitoreo también implican gastos . con la finalidad de que al término del proceso de normalización . estos principios son importantes para su aprobación. para la administración pública. al mismo tiempo elabore un expediente. el trabajo multidisciplinario. decisiones Este contendrá la información que sustenta las propuestas y las de tipo técnico y científico. • Considerar en la elaboración de un ordenamiento de carácter ambiental. dentro del Subcomité o en el Comité. • • Celebrar acuerdos interinstitucionales en materia de mejora regulatoria. así como a los estados y municipios que lo soliciten. proyectos de disposiciones legislativas y administrativas y programas para mejorar la regulación en actividades o sectores económicos específicos. Dentro de sus objetivos tiene la eficiencia.II. Llevar el Registro Federal de Trámites y Servicios. elevar la competencia. 8 . y celebrar convenios para tal efecto. La Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer). en los términos de la Ley sobre celebración de tratados. ¿Quiénes son los responsables de llevar a cabo el PMR? 1. Opinar sobre los programas de mejora regulatoria de las dependencias y los organismos descentralizados de la administración pública federal. en adelante la Comisión. eficacia. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo (LFPA): • Revisar el marco regulatorio nacional. quien contará con las siguientes facultades según el artículo 69-E. publicar y presentar ante el Congreso de la Unión un informe anual sobre el desempeño de las funciones de la Comisión y los avances de las dependencias y organismos descentralizados en sus programas de mejora regulatoria. Expedir. • • • • Dictaminar los anteproyectos a que se refiere el artículo 69-H de la LFPA y las manifestaciones de impacto regulatorio correspondientes. diagnosticar su aplicación y elaborar para su propuesta al Titular del Ejecutivo Federal. incentivar la innovación y promover inversiones en nuestro país. EL PROCEDIMIENTO DE MEJORA REGULATORIA (PMR) ¿Cuál es la finalidad del Procedimiento de Mejora Regulatoria? Promover la transparencia en la elaboración y aplicación de las regulaciones y que éstas generen beneficios superiores a sus costos y el máximo beneficio para la sociedad. Brindar asesoría técnica en materia de mejora regulatoria a las dependencias y organismos descentralizados de la administración pública federal. que es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Economía. 9 . así como reportes periódicos sobre los avances correspondientes. La elaboración de las manifestaciones de impacto regulatorio estará a cargo de la Unidad Administrativa que promueva el ordenamiento en cuestión. decretos legislativos y actos a que se refiere el artículo 4° y las manifestaciones de impacto regulatorio respectivas que formule la dependencia u organismo descentralizado correspondiente. • La Comisión Federal de Mejora Regulatoria hará públicos los programas y reportes a que se refiere la fracción II así como las opiniones que emita al respecto. quien habitualmente será la autoridad competente en aplicar ese ordenamiento y cuenta con expertos en la materia. En el caso de la SEMARNAT. los representantes serán los directores generales (art. de acuerdo con el calendario que este establezca. al menos cada dos años. Un servidor público de la Dependencia con nivel de subsecretario u oficial mayor. y supervisar su cumplimiento. 3. Someter a la opinión de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria. así como la información a inscribirse en el Registro Federal de Trámites y Servicios. la representación recae en la Subsecretaría de Fomento y Normatividad Ambiental. en los términos de esta Ley. quienes serán designados por los titulares de las dependencias. Para el caso de los organismos descentralizados. quien será la responsable de: • • Coordinar el proceso de mejora regulatoria en el seno de la dependencia u organismo descentralizado correspondiente. 69-D LFPA).2. y • Suscribir y enviar a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria. un programa de mejora regulatoria en relación con la normatividad y trámites que aplica la dependencia u organismo descentralizado de que se trate. los anteproyectos de leyes. y en ella deben identificarse claramente. empresas o personas reguladas. circulares y formatos. ¿Cómo debe elaborarse una MIR? La MIR tiene que ser suficientemente precisa y clara. para su presentación al público en general y a funcionarios del Gobierno Federal. La estructura básica de la MIR es la siguiente: v Objetivos regulatorios v Análisis jurídico v Justificación de acciones regulatorias específicas v Consulta Pública v Análisis de implementación v Efectos del anteproyecto: generales y específicos v Identificación y descripción de trámites Los contenidos que establece la Cofemer son los siguientes: A . reglas. la estrategia para lograrlo y los efectos probables en la economía y la sociedad. ¿Cuándo hay que preparar una MIR? Cuando las dependencias y los organismos descentralizados de la APF. elaboren anteproyectos de leyes. metodologías. directivas. La MIR es responsabilidad exclusiva de la dependencia o entidad que elabora el proyecto. manuales y disposiciones (Art. decretos. decretos legislativos o alguno de los actos administrativos tales como reglamentos. Documentos de Apoyo. el objetivo de la disposición propuesta. Objetivos Regulatorios. MANIFESTACIÓN DE IMPACTO REGULATORIO (MIR) ¿Qué es la Manifestación de Impacto Regulatorio (MIR)? Es una herramienta cuyo objetivo es mejorar la calidad de los proyectos federales que incidan en la actividad económica de los particulares. normas oficiales mexicanas. la estrategia para lograrlo y las consecuencias probables para el sector. lineamientos. instructivos. Problemática y Análisis Jurídico B. 10 . Efectos del Anteproyecto D.III. 69-H). Justificación de Acciones Regulatorias Específicas C. criterios. en que se explica claramente su propósito. acuerdos. Debe ser estructurada como una presentación del proyecto en cuestión. por ejemplo la Ley General de Equilibrio y Protección al Ambiente.. así como el fundamento jurídico. y que la propuesta es la más eficiente de las alternativas (regulatorias y no regulatorias) para la solución de los problemas identificados ( ver ejemplos en recuadros). Con el consentimiento de la mayoría de los sectores afectados aumentan las probabilidades de que la regulación en cuestión sea bien recibida y exitosa en la práctica. Los criterios a partir de los cuales la Cofemer determina si un proyecto crea costos de cumplimiento para los particulares. Problemática y Análisis Jurídico. y los antecedentes regulatorios correspondientes. La cual deberá ser suficiente para demostrar.El proceso de consulta con las partes afectadas es de gran importancia porque permite identificar sus preferencias y las condiciones necesarias para obtener su apoyo a la propuesta. Por consiguiente. que los beneficios del proyecto son superiores a sus costos. En el caso de anteproyectos de Normas Oficiales Mexicanas se estará también a lo dispuesto por la Ley Federal de Metrología y Normalización.En esta sección se presentará la descripción del problema.En esta sección deberá llevarse a cabo una evaluación clara. estructurada y breve de los costos y beneficios relevantes de la propuesta.Objetivos Regulatorios.. a saber: -Si crea nuevas obligaciones para los particulares o hace más estrictas las obligaciones existentes. Consulta. se requiere indicar qué grupos fueron consultados. y sus diversos reglamentos y para cualquier caso la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Costos y beneficios anticipados. con evidencia objetiva. Si crea modifica trámites Si reduce o restringe derechos o prestaciones para los particulares 11 . Es muy importante que en esta fundamentación se incluya la Ley que rige la materia.. que establece las características y procedimiento específico para la elaboración de las mismas ( en ocasiones se olvida citar a esa ley). Al inicio de un proyecto debe señalarse la obligatoriedad jurídica de cumplir con la MIR.. La realización de la MIR debe ser un trabajo paralelo y conjunto al ordenamiento que esté como proyecto o anteproyecto. para la elaboración de la MIR. deberá incluir elementos documentados. etc. La participación de las diferentes instituciones. información relevante. Esto permite reducir sensiblemente el tiempo en que se expida la regulación. caracterizaciones o cualquier otro término de referencia.. la MIR permite entender rápidamente la justificación de una regulación y detectar si impone costos innecesarios al aparato productivo nacional. prestaciones o trámites de los particulares. cámaras. que resalte sus consecuencias potenciales más sobresalientes. IV. personas físicas o morales. El subcomité debe integrar en la planeación actividades encaminadas a resolver los aspectos que componen la MIR. CONSIDERACIONES ESPECIALES ¿Por qué es importante preparar una MIR de calidad? De acuerdo a la Cofemer. Identificación y descripción de trámites. 3. para que los diversos participantes estén conscientes de ello y aporten información relevante al tema del ordenamiento en cuestión. tales como datos.- Si establece definiciones. organizaciones. asociaciones. esto permitirá identificar los cambios en los trámites federales y facilitará mantener actualizado el Registro Federal de Trámites Empresariales. 2. todo ello para 12 . clasificaciones.Deberán identificarse todos y cada uno de los trámites que la regulación propuesta pretende eliminar. dependencias. asimismo. son las siguientes: 1. 4. se facilita la justificación de la regulación y se acelera el proceso de revisión por parte de la Secretaría de Economía. Recomendaciones puntuales. que conjuntamente con otra disposición en vigor o con una disposición futura. etc. afecten o puedan afectar los derechos. posiciones institucionales. obligaciones. sobre experiencias pasadas en la SEMARNAP. conocimiento científico. crear o mantener. al presentar toda la información relevante relativa a un proyecto de disposición de acuerdo a una estructura lógica y uniforme. estadísticas. 6. ANP. entonces. etc. de otro modo sería una pérdida de recursos y tiempo. 5. por ejemplo: ¿Cuál es el problema que trata de solucionar el ordenamiento? ¿Quiénes o qué son los causantes del problema? ¿Cuál es su magnitud? ¿Qué recurso se está perdiendo? ¿Cuál es la cantidad de individuos de una especie que se desea proteger? ¿ Cuál es la extensión de los bosques o selvas que están dentro de una ANP?. elaborar un formato jurídico por cada unidad responsable o bien para cada aspecto de la política ambiental tal como: ordenamiento ecológico. y también respecto a la gestión administrativa (trámites). 9. Elaborar una norma y al final darse cuenta que no tiene fundamento legal. programas de manejo. por ello al iniciar el anteproyecto o proyecto es necesario realizar el análisis jurídico. recursos no renovables. La participación de los asistentes. guiada por el Subcomité. es un absurdo. de costos y beneficios. ¿Cuál es la causa del maltrato a especies en cuativerio? ¿En qué 13 . Dentro de la SEMARNAT. científicos. El fundamento legal es la base para la actuación de la administración pública federal. de participación (consulta pública). Esto es. 8. El Subcomité deberá tener en cuenta la elaboración de la MIR. Identificación de la problemática a solucionar. ha de tener como base la respuesta a preguntas sencillas que permitan reunir la información sustantiva. 7. técnicos. residuos sólidos municipales. deterioro ambiental o pérdida de recursos? A qué especie se desea proteger y por qué está en riesgo. Ya que la estructura de esta última permite detectar si hay errores o incongruencias en los aspectos jurídicos. como primer paso. actividades altamente riesgosas.conformar un expediente riguroso que apoye tanto al ordenamiento como a la MIR. residuos peligrosos. Esas preguntas simples podrían ser. Estas podrían ser las siguientes: ¿Cuál es la causa de la contaminación. flora y fauna silvestre. vida silvestre. el Subcomité podrá tener un ordenamiento mejor elaborado. suelo y sus recursos. es recomendable que se detecten aquellos artículos de la LGEEPA que estén relacionados con la actividad de cada unidad responsable o de cada tema /asunto y sus reglamentos. Algunas preguntas simples ayudarían a redactar la presentación de la problemática. entre otras. impacto ambiental. al darle atribuciones y límites. preservación y aprovechamiento sustentable de los sistemas acuáticos. prevención y control de la contaminación de la atmósfera agua y suelos. según proceda. que produz ca desequilibrio ecológico o daños al am biente. . Con respecto al esquema de sanciones se propone iniciar con los siguientes artículos LGEEPA. A rt. A rt. Código Penal para el Distrito Federal en materia de fuero común y para toda la República en materia de fuero federal. Para los efectos establecidos en este A rtículo.Toda persona podrá denunciar ante la Secretaría. emisiones. 61. 62. Por ejemplo. 414 a 423. quien es la autoridad competente para vigilar el cumplimiento de la presente NOM b) los recursos presupuestales asignados a la PROFEPA (estos datos los puede solicitar la Semarnat . En el análisis de implementación se sugiere iniciar con: a) Transcripción de LGEEPA. contraviniendo las disposiciones de la Ley y del Reglam ento. acto u om isión de com petencia de la Federación. . Inspección y Vigilancia Art. 171 a 175 bis. El mecanismo que se adoptará es la vigilancia. Título Sexto. Título Vigésimo quinto. . ¿Qué actividad (productiva o servicios) se desea regular para solucionar el problema ambiental? ¿Dónde se localiza geográficamente el problema? 10. 161 a 169. 63.Cuando por infracciones a las disposiciones de la Ley y del Reglam ento se hubieren ocasionado daños o perjuicios. Capítulo Único. 11. a través de la SEMARNAT por conducto de la PROFEPA. A rt. 14 . Sanciones Administrativas. disminuir o eliminar?. Delitos ambientales. todo hecho.mediante oficio. Título Sexto.actividad se pone en riesgo la vida silvestre? ¿Cuáles actividades ocasionan pérdidas de recursos naturales? ¿Cuáles sustancias. cada año a la Profepa) Los recursos presupuestales para asegurar y vigilar el cumplimiento de la presente NOM estará a cargo de la SEMARNAT por conducto de la PROFEPA. Art.La Secretaría podrá realiz ar los actos de inspección y vigilancia necesarios para verificar la debida observancia del Reglam ento. Art. la Secretaria estará a lo que establez can las disposiciones contenidas en el Título Sexto de la Ley. Capítulo IV. o ante otras autoridades federales o locales según su com petencia. el o los interesados podrán solicitar a la Secretaria la form ulación de un dictam en técnico al respecto. en el caso de los residuos peligrosos continuaría con los siguientes artículos del Reglamento específico a esa materia. Capítulo II. se desean controlar. incluyendo información puntual y relevante. terrestre o aérea. También. se transportará un mamífero marino (e. muchas veces se pasan por alto aspectos tales como los costos administrativos de la norma y es ahí donde la misma puede resultar del todo inadecuada. esto es. así como la vigilancia por parte de la autoridad. por ejemplo.12..g.. en primera instancia. identificados y cuantificados. debido a que las acciones regulatorias se deben justificar y explicar cómo contribuyen a solucionar el problema. lo mejor es agrupar todas las acciones cuyo fin es el mismo.e. todas las especificaciones relacionadas a contenido por ppm a partir de las cuales un residuo de "x" sustancia tóxica se considera peligroso o no. marítima. se propone entonces la integración de un expediente documentado. 15 . Un punto importante es el de los gastos en que incurren las personas físicas o morales en el cumplimiento de las disposiciones. de la mejor manera posible. 13. tomando otro ejemplo. en el caso de residuos tóxicos. o bien. todas las acciones regulatorias encaminadas a decir cómo. Es pues del todo útil tomar en cuenta este punto ya que puede darse el caso donde si bien los beneficios y costos son. delfín) por diferentes vías i. En el apartado de acciones regulatorias específicas no se recomienda señalar cada una de las especificaciones de una norma. previo opinión de la Comisión. la Comisión considera que la MIR sigue siendo defectuosa y el anteproyecto de que se trate pudiera tener un amplio impacto en la economía o un efecto sustancial sobre un sector específico? (art. b) La Comisión resolverá en definitiva del asunto. que realice las ampliaciones o modificaciones a que haya lugar. presentando copia del anteproyecto . 2) Para el caso de tratados. 3. 69-I LFPA) La comisión podrá solicitar a la dependencia u organismo descentralizado correspondiente. 2. 69-I LFPA) La Comisión. previamente a su suscripción. Veinte días hábiles después de que se someta el proyecto al Titular del Ejecutivo Federal o se expida la disposición. Cuando menos 30 días hábiles antes de la fecha en que se pretenda emitir el acto o someterlo a la consideración del Titular del Ejecutivo Federal. cuando el anteproyecto pretenda modificar disposiciones que por su naturaleza deban actualizarse periódicamente.¿Cuándo hay que presentar la MIR? (Art. si bien. que con cargo a su presupuesto efectúe la designación de un experto. Cuando se esté ante alguno de los supuestos de los numerales 1 y 2. 69-H LFPA) 1. En la misma fecha en que se someta el proyecto al Titular del Ejecutivo Federal o se expida la disposición. ¿Qué pasa si la Comisión recibe una MIR que a su juicio no sea satisfactoria? (art. según corresponda. resolverá en definitiva la Consejería Jurídica. 1) Cuando el anteproyecto no implique costos de cumplimiento para los particulares. quien deberá ser aprobado por la Comisión. ¿Cuánto tiempo tiene la Comisión para hacer el requerimiento a que se refiere la pregunta anterior? (art. se solicitara y tomara en cuenta la opinión de la Comisión. la dependencia u organismo descentralizado que deba presentar la MIR deberá: a) Consultarlo con la Comisión. El experto deberá de revisar la MIR y entregar comentarios a la Comisión y a la dependencia u organismo descentralizado dentro de los cuarenta días hábiles siguientes. tiene un término de 10 días hábiles siguientes a que reciba dicha manifestación. 69-I LFPA) La Comisión podrá solicitar a la dependencia u organismo descentralizado correspondiente. 16 . cuando el anteproyecto pretenda resolver o prevenir alguna situación de emergencia. ¿En qué casos quedan exentos las dependencias y organismos descentralizados de la APF de presentar la MIR? (art. cuando éstos no vean afectada su esfera jurídica con la emisión del anteproyecto de que se trate. es decir. ¿Qué pasa si después de que la dependencia u organismo descentralizado correspondiente haya desahogado dicho requerimiento. c) Cuando se trate de un anteproyecto que deba ser cometido a la consideración del Titular del Ejecutivo Federal. 69-H LFPA). a fin de que la Comisión emita un dictamen final al respecto dentro de los cinco días hábiles siguientes. ¿En qué casos. previa opinión de la Comisión. antes de emitir o someter el anteproyecto a la consideración del Titular del Ejecutivo Federal. respecto de los anteproyectos que se pretendan someter a la consideración del Ejecutivo Federal. atendiendo a lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 69-E. la Comisión hará públicos. De conformidad con lo establecido por el artículo 69-K. la Comisión determine que dicha publicidad pudiera comprometer los efectos que se pretenda lograr con la disposición. según corresponda. entre otros aspectos. desde que los reciba. en caso de no encontrarse conforme con el dictamen emitido por la Comisión? (art. El artículo 69-L obliga a la Secretaría de Gobernación a publicar en el Diario Oficial de la Federación. decida si es viable someter los anteproyectos a consideración del Ejecutivo. una valoración sobre si se justifican las acciones propuestas en el anteproyecto. así como los dictámenes que emita y las autorizaciones y exenciones previstas en el segundo párrafo del artículo 69-H. 69-J LFPA) Dentro de los treinta días hábiles siguientes a la recepción de la manifestación. § Cuando lo determine la Consejería Jurídica. 69-J LFPA) Sirven para que el Consejero Jurídico del Ejecutivo Federal. dentro de los siete primeros días hábiles de cada mes. la lista que le proporcione la Comisión de los títulos de los anteproyectos y 17 . 69-k LFPA) § Cuando a solicitud de la dependencia u organismo descentralizado responsable del anteproyecto correspondiente. la Comisión queda exenta de cumplir con la obligación a que se refiere el párrafo anterior? (art. ¿Qué puede hacer la dependencia u organismos descentralizado. ¿Para qué sirven la MIR y el dictamen emitido por la Comisión? (art. de las ampliaciones o correcciones de la misma o de los comentarios de los expertos mencionados en la pregunta anterior.¿Qué término tiene la Comisión para emitir y entregar a la dependencia u organismos descentralizado correspondiente (en caso de que así lo estime conveniente). ¿Qué elementos debe contener dicho dictamen? (art 69-J LFPA) El dictamen considerará las opiniones que en su caso reciba la Comisión de los sectores interesados y comprenderá. los anteproyectos y manifestaciones de impacto regulatorio. en cuyo caso la Comisión hará pública la información respectiva cuando se publique la disposición en el Diario Oficial de la Federación. un dictamen total o parcial de la MIR y del anteproyecto respectivo? (art. 69-J LFPA) Deberá comunicar por escrito las razones respectivas a la Comisión. después de haber hecho un análisis de los mismos. La Administración Pública Federal no podrá exigir más formalidades que las expresamente previstas en la ley.. o que no se haya emitido o emitirá dictamen alguno dentro del plazo previsto en el primer párrafo del artículo 69-J. 2. 69-L LFPA) Las dependencias o los organismos descentralizados de la administración pública federal deberán acreditar contar con un dictamen final de la Comisión o la exención a que se refiere el segundo párrafo del artículo 69-H. en copia simple. los hechos o razones que dan motivo a la petición. y su fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación. 18 . Nombre del trámite. Las promociones deberán hacerse por escrito en el que se precisará el nombre..Salvo que en otra disposición legal o administrativa de carácter general se disponga otra cosa respecto de algún trámite: I. 6. así como los dictámenes que emita y las autorizaciones y exenciones previstas en el segundo párrafo del artículo 69-H. Casos en los que debe o puede realizarse el trámite. se imprimirá su huella digital. este registro deberá ser público. el órgano administrativo a que se dirigen y lugar y fecha de su emisión. en relación con cada trámite que aplican: 1. ¿Quién será la encargada de llevar el Registro Federal de Trámites y Servicios que proporcione la APF? (art. Datos y documentos específicos que debe contener o se deben adjuntar al trámite. Fundamentación jurídica. ¿Qué requisitos deben cumplir para que La Secretaría de Gobernación publique en el Diario Oficial de la Federación los actos a que se refiere el artículo 4 que expidan las dependencias o los organismos descentralizados de la administración pública federal? (art. así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas.manifestaciones de impacto regulatorio. ART. salvo los datos y documentos a que se refiere el artículo 151. 15. para su inscripción. en su caso. en un tanto. 5. 15-A. 69-M LFPA) La Comisión. la p etición que se formula. así como los que en cada caso sean requeridos en los ordenamientos respectivos. denominación o razón social de quién o quiénes promuevan. deberán proporcionarle la siguiente información. Si el interesado requiere que se le acuse recibo. en su caso de su representante legal. 3. y sus anexos. El formato correspondiente. para cuyo efecto las dependencias y los organismos descentralizados de la administración pública federal. Los trámites deberán presentarse solamente en original. deberá adjuntar una copia para ese efecto. domicilio para recibir notificaciones. El escrito deberá estar firmado por el interesado o su representante legal a menos que no sepa o no pueda firmar. 1 ART. caso en el cual. 4. Si el trámite debe presentarse mediante escrito libre o formato o puede realizarse de otra manera. El promovente deberá adjuntar a su escrito los documentos que acrediten su personalidad. así como la dirección y demás datos relativos a cualquier otro medio que permita el envío de consultas. registros y demás resoluciones que se emitan. cuando éstos no se relacionen con el establecimiento o desarrollo de una actividad empresarial. 10. Plazo máximo que tiene la dependencia u organismo descentralizado para resolver el trámite. registros. 19 . Horarios de atención al público. licencias. en general. 13. licencias y. Las excepciones a lo previsto en el artículo 15-A. Vigencia de los permisos. caso en el que se regresará al interesado el documento cotejado. los interesados podrán señalar los datos de i dentificación de dichos documentos. Todo documento original puede presentarse en copia certificada y éstos podrán acompañarse de copia simple. respecto de trámites específicos que se realizan exclusivamente por personas físicas. 8. Monto de los derechos o aprovechamiento aplicables. y se aplica la afirmativa o negativa ficta. en su caso. siempre y cuando señalen los datos de identificación del escrito en el que se citaron o con el que se acompañaron y el nuevo trámite lo realicen ante la propia dependencia u organismo descentralizado. la obligación de proporcionar la información a que se refiere este artículo. mediante acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación. documentos y quejas. 11. III. en adelante el registro. autorizaciones. incluso si se trata de un órgano administrativo desconcentrado. La Comisión podrá eximir. los interesados no estarán obligados a proporcionar datos o entregar juegos adicionales de documentos entregados previamente a la dependencia u organismo descentralizado de la administración pública federal ante la que realicen el trámite correspondiente. 14. la información II. en vez de entregar copia de los permisos. Unidades administrativas ante las que se puede presentar el trámite. 9. Números de teléfono. en su caso. y IV. en su caso. No será obligatorio proporcionar la información relativa a los trámites que se realicen en los procedimientos de contratación que lleven a cabo las dependencias. Excepto cuando un procedimiento se tenga que dar vista a terceros. Criterios de resolución del trámite. ¿En qué plazo debe la Comisión inscribir en el Registro Federal de Trámites y Servicios. aun y cuando lo hagan ante una unidad administrativa diversa. 12.7. fax y correo electrónico. y 15 . para cotejo. en su caso. La demás información que se prevea en el reglamento de esta ley o que la dependencia u organismo descentralizado considere que pueda ser de utilidad para los interesados. o la forma de determinar dicho monto. de cualquier documento expedido por la dependencia u organismo descentralizado de la administración pública federal ante la que realice el trámite. cuando proceda. que proporcionen dicha información y la Comisión sólo podrá opinar al respecto. que aplican los trámites.proporcionada por la dependencia u organismos descentralizado de que se trate? La información debe ser inscrita. Monto de los derechos o aprovechamiento aplicables. y se modificará en su caso la información inscrita. dentro de los diez días hábiles siguientes a que entre en vigor la disposición que fundamente dicha modificación. deberá estar prevista en leyes. 69-P) Las dependencias y organismos descentralizados de la APF. 1. Con fundamento en lo establecido en el artículo 69-O de la LFPA. 5. o. salvo los datos y documentos a que se refiere el artículo 15. licencias. esto atendiendo a lo dispuesto por el artículo 69-N de la LFPA. 7. 69-Q) Cuando se trate de trámites: 20 . en normas oficiales mexicanas o acuerdos generales expedidos por las dependencias o los organismos descentralizados de la administración pública federal. reglamentos. las dependencias y organismos descentralizados de la APF. decretos o acuerdos presidenciales. En caso de discrepancia entre estas dos. en su caso. sin cambio alguno. Las unidades administrativas que apliquen trámites deberán tener a disposición del público la información que al respecto esté inscrita en el Registro. o la forma de determinar dicho monto. El formato correspondiente. autorizaciones. Plazo máximo que tiene la dependencia u organismo descentralizado para resolver el trámite. en su caso. ¿Qué debe hacer la dependencia u organismos descentralizado de que se trate en caso de que haya cualquier modificación a la información proporcionada? Deberá de notificar a la Comisión. dentro de los cinco días hábiles siguientes. y su fecha de publicación en el Diario Oficial de la Federación. Las excepciones a lo previsto en el artículo 15-A. 6. la información que se indica a continuación: Casos en los que debe o puede realizarse el trámite. podrán aplicar trámites adicionales a los inscritos en el Registro? (art. y se aplica la afirmativa o negativa ficta. ¿En qué casos. en su caso. decidirá en definitiva la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. 3. Vigencia de los permisos. en su caso. 2. Datos y documentos específicos que debe contener o se deben adjuntar al trámite. 4. Si el trámite debe presentarse mediante escrito libre o formato o puede realizarse de otra manera. ¿Quién es el responsable de la legalidad de la información que se inscriba en el Registro? (art. registros y demás resoluciones que se emitan. no estando inscritos en el Registro. 2. Que los interesados presenten para obtener una facilidad o un servicio. y podrá ordenar la suspensión de la actividad a que esté sujeta el trámite a que hubiere lugar. En estos supuestos. sólo serán exigibles a los interesados aquellos datos y documentos específicos que. 3. la dependencia u organismo descentralizado correspondiente requerirá la previa aprobación de la Comisión. estén previstos en las disposiciones en que se fundamenten. Que las dependencias y los organismos descentralizados de la administración pública federal. Previstos en ley o reglamentos emitidos por el Ejecutivo Federal en ejercicio de la facultad prevista en el artículo 89 fracción I. 2. 4. o 5. no estando inscritos en el Registro. simultáneamente a la aplicación de los trámites correspondientes.1. En los casos a que se refieren los numerales 1. sólo serán exigibles a los interesados aquellos datos y documentos específicos que. de la Constitución. 21 . 4 y 5 las dependencias y organismos descentralizados deberán notificar a la Comisión. salvo por lo dispuesto en la fracción II. la información a inscribirse o modificarse en el Registro. estén previstos en ley o en los reglamentos citados. Respecto de los cuales se pueda causar perjuicio a terceros con interés jurídico. En este supuesto. Cuya no aplicación pueda causar un grave perjuicio. apliquen dentro de los sesenta días hábiles siguientes a que haya entrado en vigor la disposición en la que tengan su fundamento o que modifique su aplicación. En este caso. c No ¿Se aprueba la MIR? Comisión Requiere a la dependencia para que realice las modificaciones necesarias. ¿Se aprueba la MIR? Sí 3 22 . Dependencia Desahoga el requerimiento de la Comisión. 3 Comisión Comisión Hace públicos y analiza los anteproyectos y MIRs que reciba. 2 Solicita a la dependencia designe un experto.DIAGRAMA DE FLUJO DEL PROCEDIMIENTO DE MEJORA REGULATORIA INICIO Dependencia Presenta el anteproyecto y la MIR correspondiente ante la Comisión. 1 Experto Entrega sus comentarios de la MIR a la Comisión y a la dependencia. el 4 Dependencia No ¿Está conforme la dependencia con el dictamen? Comisión 5 Emite dictamen final. 3 Comisión Hace público dictamen.Comisión Emite y entrega a la dependencia un dictamen total o parcial de la MIR. Si 5 23 . Comunica por escrito las razones respectivas a la Comisión antes de someter el proyecto al Ejecutivo Federal. . Consejería Jurídica EF Analiza el dictamen y la MIR y decide si se somete el proyecto a consideración del Ejecutivo Federal. 25 . Consejería Jurídica EF Publica el proyecto en el DOF Dependencia Los trámites nuevos. emanados del nuevo ordenamiento. se inscriben en el Registro Federal de Trámites y Servicios. En el caso de que se recurra la negativa por falta de resolución. Su incumplimiento será causa de responsabilidad. sin perjuicio de lo dispuesto en los Tratados Internacionales de los que México sea parte.. en un mismo empleo.Salvo que en otra disposición legal o administrativa de carácter general se establezca otro plazo. Al titular de la unidad administrativa que. a menos que en otra disposición legal o administrativa de carácter general se prevea lo contrario. 3. dentro de los cinco días hábiles siguientes a que entre en vigor la disposición que fundamente dicha modificación. en un mismo empleo. Transcurrido el plazo aplicable se entenderán las resoluciones en sentido negativo al promovente. cargo o comisión. tiene su fundamento en diversos artículos de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo y toda vez que las disposiciones de esta ley son de orden e interés públicos. que a la letra dice: “ART. la cual será sancionada de acuerdo a las disposiciones que al respecto consignan la Ley Federal del Procedimiento Administrativo y la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. se entenderá confirmada en sentido negativo. no podrá exceder de tres meses el tiempo para que la dependencia u organismo descentralizado resuelva lo que corresponda. 70-A (LFPA). igual constancia deberá expedirse cuando otras disposiciones prevean que transcurrido el plazo aplicable la resolución deba entenderse en sentido positivo.. Al titular de la unidad administrativa que. para efectos de lo dispuesto en el artículo 69-H. y ésta a su vez no se resuelva dentro del mismo término. En todo caso se destituirá del puesto e inhabilitará cuando menos por un año para desempeñar empleos. 26 . Al titular de la unidad administrativa que. se deberá expedir constancia de tal circunstancia dentro de los dos días hábiles siguientes a la presentación de la solicitud respectiva ante quien deba resolver. en un mismo empleo. procedimientos y resoluciones de la Administración Pública Federal centralizada.El procedimiento que ha quedado descrito en los párrafos anteriores. 17. cargo o comisión.” 2. A petición del interesado. y se aplicarán a los actos. cargos o comisiones en el servicio público a los siguientes funcionarios: 1. no entregue al responsable a que se refiere el artículo 69-D. los anteproyectos de actos a que se refiere el artículo 4 y las manifestaciones correspondientes. incumpla por dos veces lo dispuesto en el artículo 17. A continuación se hace una descripción de las sanciones a que se hará acreedor aquél servidor público que incumpla con dichas disposiciones: ART. cargo o comisión.Es causa de responsabilidad el incumplimiento de esta Ley y serán aplicables las sanciones previstas en la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos. de la información a modificarse en el Registro Federal de Trámites y Servicios respecto de trámites a realizarse por los particulares para cumplir una obligación. por dos veces no notifique al responsable a que se refiere el artículo 69-D. Al servidor público que en un mismo empleo. y en su caso aporte las pruebas con que cuente. y 9. en contravención a lo dispuesto en el artículo 69-Q. exija cinco veces trámites. no ponga a su disposición la información prevista en el artículo 69-K dentro de los cinco días hábiles siguientes a que se reciba la solicitud correspondiente. • Multa adicional por cada día que persista la infracción. 72 LFPA) 2. cargo o comisión. (art. datos o documentos adicionales a los previstos en el Registro Federal de Trámites y Servicios. en caso de que el servidor público reincida en la conducta por la que ya fue sancionado una vez? (art. Al servidor público responsable del Diario Oficial de la Federación que por cinco veces incumpla lo previsto en el artículo 69-L. considerando: (art. ¿Qué sanciones administrativas pueden ser impuestas a los servidores públicos que incurran en responsabilidad? (art. • El carácter intencional o no de la acción u omisión constitutiva de la infracción. El infractor. Para imponer una sanción. 8. (art. 27 . 73 LFPA) • Los daños que se hubieren producido o puedan producirse. 70 LFPA) • Amonestación con apercibimiento. ¿Qué procedimiento se deberá seguir para imponer una de las sanciones consignadas para el caso de responsabilidad? 1. cargo o comisión. tercer párrafo. La autoridad administrativa fundará y motivará su resolución. incumpla lo previsto en el artículo 69-N. en un mismo empleo. • Clausura temporal o permanente. primer párrafo. Al titular de la unidad administrativa que. 6. dentro de los quince días siguientes exponga lo que a su derecho convenga. en un mismo empleo. Al titular de la unidad administrativa que. 7. ¿Qué procederá. • Arresto hasta por 36 horas. La Comisión Federal de Mejora Regulatoria informará a la Secretaría de Contraloría y Desarrollo Administrativo de los casos que tenga conocimiento sobre algún incumplimiento a lo previsto en esta Ley y su reglamento. no cumpla con lo dispuesto en el último párrafo del artículo 69-Q. parcial o total.4. 5. • Multa. Al servidor público competente de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria que. 71 LFPA) Se duplicará la multa impuesta por la infracción anterior. cargo o comisión. a solicitud escrita de un interesado. Al servidor público competente de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria que incumpla lo dispuesto en el artículo 69-N. la autoridad administrativa deberá notificar previamente al infractor del inicio del procedimiento. sin que su monto exceda del doble del máximo. 72 LFPA) 3. y • Las demás que señalen las leyes o reglamentos. (art. inclusive. a los miembros de los Poderes Judicial Federal y Judicial del D. hasta en tanto la resolución definitiva que se dicte ya no pueda ser impugnada por ningún otro medio. además de las sanciones administrativas alguna otra pena por el incumplimiento de las disposiciones de esta Ley? Si. Se escucha al infractor y se desahogan las pruebas ofrecidas y admitidas. en su caso. esto de conformidad con lo establecido por el artículo 78 de la LFPA. cargo o comisión de cualquier naturaleza en 28 . 4. 77 LFPA). y. (art. 74 LFPA) 6. en la resolución respectiva. de ceso si fuere continua. además de las sanciones que contempla la Ley Federal de Responsabilidades de los servidores Públicos. En cinco años. 79 LFPA). las sanciones administrativas se imponen sin perjuicio de las penas que correspondan a los delitos en que. Cuando en una misma acta se hagan constar diversas infracciones. incluyendo el auxilio de la fuerza pública (art. a los funcionarios y empleados. Dentro de los diez días siguientes. ¿Con qué facultades cuentan las autoridades competentes para lograr la ejecución de las sanciones y de las medidas de seguridad que procedan? Las autoridades competentes harán uso de las medidas legales necesarias. y • La reincidencia del infractor. 74 LFPA) 5. así como el monto total de cada una de ellas. ¿En qué caso se interrumpe dicha prescripción? (art. podrán imponerse en más de una las sanciones administrativas. (art. incurran los infractores. salvo el arresto. Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos (LFRSP) ¿Qué servidores públicos son regulados por esta Ley? Los representantes de elección popular.F.. 75 LFPA). este término será continuo y se contará desde el día en que se cometió la falta o infracción administrativa si fuere consumada o. a cada uno de ellos se le impondrá la sanción que corresponda.• La gravedad de la infracción. las multas se determinarán separadamente. 74 LFPA). Se notifica al infractor en forma personal o por correo certificado. ¿En qué tiempo prescribe la facultad de la autoridad para imponer sanciones administrativas? (art. ¿Pueden imponerse. en general a toda persona que desempeñe un empleo. se procederá a dictar por escrito la resolución que proceda. 80 LFPA) Se interrumpirá cuando el infractor impugne los actos de la autoridad administrativa. 76 LFPA). y cuando en la misma acta se comprenda a dos o más infractores. (art. (art. La antigüedad del servicio. 29 . 5. (primer párrafo del artículo 108 const. y 2 de la LFRSP). cargos o comisiones en el servicio público. Las condiciones exteriores y los medios de ejecución. 2. Las sanciones por faltas administrativas se impondrán tomando en cuenta (art. 3. cargo o comisión. El monto del beneficio.la administración pública federal serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desempeño de sus respectivas funciones. Apercibimiento privado o público. 53 LFRSP) 1. 54 LFRSP): 1. La reincidencia en el incumplimiento de obligaciones. 4. Sanción económica. en cualquier forma. El nivel jerárquico. 4. Inhabilitación temporal para desempeñar empleos. las disposiciones de la LFRSP o las que se dicten con base en ella. 2. Las circunstancias socioeconómicas del servidor público. ¿Qué obligaciones impone esta Ley a los servidores públicos? 1. e 6. 3. Suspensión. Cumplir con la máxima diligencia el servicio que le sea encomendado y abstenerse de cualquier acto u omisión que cause la suspensión o deficiencia de dicho servicio o implique abuso o ejercicio indebido de un empleo. La gravedad de la responsabilidad en que se incurra y lo conveniente de suprimir prácticas en que infrinjan. 5. los antecedentes y condiciones del infractor. Amonestación privada o pública. 6. y 7. daño o perjuicio económicos derivados del incumplimiento de obligaciones. Destitución del puesto. ¿Qué sanciones contempla la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos por faltas administrativas? (art. al mismo tiempo. La preparación de la MIR requiere de conocimientos de diversas disciplinas. mejorar los anteproyectos. es recomendable que la MIR se elabore paralelamente al trabajo de diseño del ordenamiento y se conforme un expediente físico o electrónico con una memoria estadística que permita preparar la MIR y. Con lo anterior se espera facilitar la participación efectiva de los sectores productivos y del público en general en la formulación y revisión de los anteproyectos. Análisis de los riesgos que representa dicha problemática o situación. Estimación de los costos y beneficios esperados para los particulares de aprobarse y aplicarse el anteproyecto. personal que no participó en las reuniones de Subcomité de Normalización es la encargada de elaborar la MIR.V. por lo que se dificulta la investigación y búsqueda de datos e información para conformar la MIR. ANÁLISIS COSTO BENEFICIO: CASOS PRÁCTICOS La Manifestación de Impacto Regulatorio (MIR) es un documento que presenta un estudio exhaustivo que desarrolla mediante investigaciones analíticas los siguientes aspectos: • La justificación de expedir una determinada regulación. • • • • • Cofemer recomienda que el encargado de elaborar MIR sea el área técnica y jurídica de la unidad administrativa promotora del anteproyecto. mediante la identificación de la problemática o situación que el anteproyecto pretende resolver o afrontar. Por lo anterior. Identificación y análisis de las alternativas posibles del anteproyecto para hacer frente a la problemática o situación que se pretende resolver. En la práctica. Verificar que la autoridad que pretende emitir el proyecto esté facultada para hacerlo y que el anteproyecto sea congruente con el marco jurídico nacional. se pueden mencionar como conocimientos esenciales los siguientes: 30 . costos y beneficios. § Económica.Atribuciones de la dependencia que promueve el ordenamiento. tamaño del establecimiento refiriéndose al empleo de la empresa cuando sea el caso. No olvidarse de la Ley Federal del Procedimiento Administrativo. gastos en los que incurrirán los particulares al cumplir con las especificaciones.Quiénes y cuántos son los particulares que se regularán de aprobarse el ordenamiento. § Científicos y técnicos relacionados con el tema Los siguientes ejemplos fueron tomados de manifestaciones de impacto regulatorio que efectivamente fueron enviadas a la Cofemer. -Efectos en el mercado nacional o en el comercio exterior. § Información específica.. más el marco jurídico nacional e internacional que en específico sea relevante a la situación o problema que se pretende resolver. y la Ley de Metrología y Normalización cuando sea el caso de NOM. 31 .. en general marco jurídico nacional e internacional. requisitos o límites que señale el ordenamiento.§ Jurídicos. por lo que la información y datos no son recientes. ¿Qué establecimiento expende la gasolina?. principalmente en zonas urbanas pues en ellas se concentra la población y el parque vehicular. ¿Tipo de estaciones de servicio?. ¿Cantidad de estaciones de servicio operando a nivel nacional y por entidad federativa?: 4. § Costos asociados a las gasolineras en operación 32 . Solución técnica: Instalación de sistema de recuperación de vapores (ese sistema ya ha sido exigido en zonas urbanas como la del Valle de México).442 a diciembre de 1998 (Administración de Franquicias de PEMEX). Venta al público. provisionales y de autoconsumo.Ejemplo: estaciones de servicio Problema: Durante el abastecimiento de gasolina a los vehículos automotores en estaciones de servicio se generan vapores que contribuyen a la contaminación atmosférica. ¿Costos por instalación de sistema de recuperación de vapores? Los costos asociados a la regulación (sistema de recuperación de vapores) ocurren dentro de dos situaciones. § Costos al establecer una nueva estación de servicio. dato nacional. Las estaciones de servicio. 649 $412. trinchera. etc. fibra de vidrio. por el sistema de recuperación de vapores.172 Con lo anterior. al equipo de recuperación de vapores del equipo del sistema de abastecimiento: Concepto Equipo de sistema de abastecimiento Recuperación de vapores representa el 60% Promedio (precios de 1999) Tres tanques $1378. y en promedio $633. Supongamos que tienen "tres islas" con cuatro dispensarios los costos serían: Proyecto de construcción Costo fijo $40.Costos por el sistema de recuperación de vapores en una estación de servicio urbana nueva El proyecto arquitectónico de recuperación de vapores (antes de la construcción) costaba $30. ¿Cuántas estaciones de servicio estarían construyéndose al entrar en vigor la regulación? Se consultaría con PEMEX cuántas 33 .000 Otra forma de cálculo es atribuir un porcentaje. El equipo para la recuperación de vapores tenía un precio de $40.589 $633.000 por estación que incluía excavación.000 $480.000 por dispensario y un costo fijo de $150.172 a precios del 1999.000 $150. se resume que una estación nueva incurriría en costos de entre cuatrocientos a ochocientos mil pesos.000 en 1999. basado en razones técnicas. El sistema de recuperación de vapores forma parte del sistema de abastecimiento.000 $660.928 Dos tanques $687.000 por doce dispensarios Total (precios de 1999) $ 30.213 $826. en 1998. Las inversiones realizadas fueron financiadas en el caso de la ZMVM por créditos mediante el Fideicomiso Ambiental y a nivel nacional por un diferencial de descuentos. Costos por el sistema de recuperación de vapores en una estación de servicio urbana en operación Los antecedentes para el cálculo de los costos de las gasolineras ya instaladas y operando serían: NOM 092 ECOL 1995. 34 .7% en 1998) para el Programa de Modernización. con los requisitos de la franquicia. Fideicomiso Ambiental y Programa de Modernización de las estaciones de servicio que llevó a cabo PEMEX. La pregunta clave es: ¿Cuántas estaciones de servicio (gasolineras) tienen el sistema de recuperación de vapores? De la revisión bibliográfica puede establecerse lo siguiente: El sistema de recuperación de vapores se ha instalado en la mayoría de las gasolineras del país. Programa de Reconversión de las estaciones de servicio en la ZMVM. En la ZMVM. ya sea mediante el Programa de PEMEX o por la NOM 092 ECOL 1995. SHCP otorgó incentivos por la venta de combustibles basados en un porcentaje del precio de venta al público (5. en 1998. faltaban por cumplir el Programa de Reconversión entre 37 a 67 gasolineras de 415 De las 3.franquicias están por entrar en operación y se multiplicaría por los precios arriba señalados.200 estaciones que iniciaron el Programa de modernización sólo 71 faltaban por cumplir. los beneficios. preservación y protección de la biodiversidad. Estos cálculos son de mayor elaboración cuando hay que considerar varios periodos. 35 . que al ser cumplidas llevarán hacia la solución de la problemática. Nótese que los anteriores costos calculados serían solamente para el primer periodo de vigencia de la regulación. establecimiento de áreas naturales protegidas . (precios de 1999). con la problemática y por otro lado con las acciones regulatorias. en principio. restauración y mejoramiento del medio ambiente. por mencionar algunos beneficios. agua y suelo. aunque quizá al cuantificarlo no necesariamente sea el mayor en términos monetarios.172 por la cantidad de estaciones que faltaban por cumplir (71) esto da la cifra de $45 millones de pesos aprox. En el caso de la Semarnat.Si consideramos el gasto promedio $633. En la práctica y con el fin de elaborar la MIR el beneficio podrá identificarse al relacionarlo por una parte. como son la protección. Los beneficios están relacionados con la solución del problema y con las obligaciones impuestas a los particulares (costos). Los beneficios deberán ser enunciados específicamente. Respecto a los beneficios. Posteriormente se tendría que sumar éste costo al de las estaciones nuevas. el aprovechamiento sustentable . están obviamente relacionados con sus atribuciones. prevención y control de la contaminación del aire. el más importante es la solución a la problemática. de ser posible se ha de citar algún estudio que haya cuantificado esos efectos. lo que se traduce en un decremento de gastos médicos. así. sobre todo. como consecuencia de límites más estrictos. deberá tratarse de evaluar monetariamente los beneficios de esa reducción. se reduce a su vez el impacto a la salud de la población y por ende se espera haya una disminución de síntomas y de enfermedades respiratorias. En otras palabras.Por ejemplo. en una norma de la calidad del aire donde se reducen los límites máximos permisibles. 36 . el objetivo es disminuir el volumen de determinados contaminantes. ello implica un esfuerzo especial para determinar y. ZMVM) o en el país. Los beneficios del anteproyecto de NOM sobre estaciones de servicio son los siguientes2: • Menor probabilidad de riesgos • Disminución de hidrocarburos a la atmósfera y menor reactividad para la formación de ozono. tanto en el corto como en el largo plazo • Mejora en la salud de los habitantes en zonas urbanas • Menor gasto en atención médica por afecciones relacionadas con el ozono 2 Este ejercicio se construyó de acuerdo a la información disponible en 1998. ya que dada la naturaleza del tema ambiental..g. cuantificar la mayor cantidad de beneficios que un anteproyecto ambiental implica. ya sea en una región (e. Es aquí donde es importante la necesidad de un equipo interdisciplinario que coadyuve en la identificación de beneficios y su cuantificación. como para los sitios colindantes a ellos y el público en general. Además. se espera controlar los derrames y contaminación de los suelos.000 5.289 2. tanto para las estaciones en sí y el personal que labora en ellas. Emisiones de hidrocarburos a la atmósfera por el transporte y venta/ almacenamiento y distribución de gasolinas en áreas urbanas seleccionadas.601 9. 1997-2001 Programa para mejorar la calidad del aire en el Valle de México.127 1.Menor probabilidad de riesgos Se espera que uno de los mayores beneficios sea la reducción de los riesgos. 19952000 Programa para el Valle de Toluca.77% 8% 1996 37 . Area Hidrocarburo metropolitan s (t/año) a/ ciudad Porcentaje Porcentaje Año de los sobre el total respecto al total de de los Servicios datos hidrocarburos que contribuyen (HC) con HC Fuente Monterrey 7.46% 1995 Valle México de 20.58% 19% 1995 Programa de administración de la calidad del aire del área metropolitana de Monterrey. 19972000 8% Guadalajara 13. Estos son los tipos de datos con los cuales se puede construir un beneficio cuantitativo.96% 5% 1994 Valle Toluca de 1. Disminución de emisiones de hidrocarburos a la atmósfera El siguiente cuadro sirve para el planteamiento del problema. 1997-2000 Programa para el mejoramiento de la calidad del aire en la Zona Metropolitana de Guadalajara. así como para indicar la cantidad de contaminante que se desea reducir. de acuerdo a la evidencia de los sistemas de monitoreo. destacan los niveles de O3 en Coatzacoalcos donde se presentó una violación a la norma. predominantemente ozono. En la ciudad de México el ozono es el contaminante que presenta los mayores niveles y no cumple con la norma en casi el 90% de los días.. que son sólo indicativas. aún cuando no se puede precisar la magnitud del problema por falta de información. Menor reactividad para la formación de ozono Los hidrocarburos por sí mismos tienen una baja reactividad. Ciudad Juárez presenta excedencias significativas a las normas de calidad del aire. relativamente. en presencia de radiación solar y óxidos de nitrógeno reaccionan para formar oxidantes fotoquímicos. En Toluca el contaminante que más rebasa la norma es el ozono con un 15% de los días del año .Ciudad Juárez 1. 38 . le sigue en segundo término el ozono con un 7% de los días en excedencia a la norma. Con respecto a las mediciones de corta duración efectuadas en otras ciudades. sin embargo. Se consideraría un beneficio cualitativo ya que no podríamos precisar en qué cantidad exacta se reduciría el ozono por el control de las evaporación de gasolina en las estaciones de servicio.. Al igual que en México.71% 7% 1996 Programa de Gestión de la Calidad del Aire de Ciudad Juárez 19982002 La calidad del aire debe ser satisfactoria en todas las regiones del país y por ello las emisiones de contaminantes a la atmósfera deben ser reducidas y controladas para asegurar dicha calidad y con ello el bienestar de la sociedad y la protección del medio ambiente.. en el aire. Este contaminante excedía los niveles permitidos para proteger la salud en varias ciudades mexicanas. en Guadalajara el ozono (O3) es el contaminante que más frecuentemente rebasa su n orma de calidad del aire con un 60% de los días.300 1. En Monterrey el contaminante que más sobresale son las PM10. si se puede aseverar que se exceden frecuentemente las normas de O3 y partículas finas y ocasionalmente la de CO. y los registrados en las ciudades de Torreón y Querétaro..... irritación severa de la mucosa. decrementos en la función pulmonar de niños y adultos. estructura y metabolismo pulmonar. por ejemplo hígado. 1995-2000. Promedio.11 ppm (NOM de Calidad del Aire) Mortandad prematura Casos asma de exacerbación de 855 401.045 Al cumplirse 0. textiles y pinturas. del Estado de México. están expuestas a ozono. para 1993.Otro tipo de impactos relacionados con la contaminación por ozono son el deterioro de materiales.542 722. hule. Las enfermedades3 que se relacionan con la presencia de dicho contaminante son: inflamación pulmonar. (Número de eventos) Indicador de salud Al cumplirse 0. depresión del sistema imnunológico frente a infecciones pulmonares. en asmáticos se puede presentar disminución significativa de la capacidad pulmonar De acuerdo al estudio de Salud disminuir la contaminación por ozono implicará una mejoría en los siguientes indicadores de salud: Estimaciones de la reducción anual de los efectos de la contaminación por ozono. ocho de 17 millones de personas en la ZMVM. Programa para Mejorar la Calidad del Aire en el Valle de México. Gob. decremento de la capacidad inspiratoria. Este tipo de impactos también se verían reducidos. broncoconstricción moderada. efectos sistémicos en órganos blandos distantes al pulmón. Beneficios en Salud En un estudio del Instituto Nacional de Salud Pública (SSA) se estimó que.09 ppm (Norma de California. cambios agudos en la función. Además disminuye la visibilidad. resequedad y cefaleas. SEMARNAP. SSA. 39 .984 39 DDF. USA) 1. En los vegetales causan lesiones en las hojas y limitan el crecimiento. 560 13. México. al considerar diferentes probabilidades de reducción de eventos respecto a ozono. Valuación Económica de los beneficios de reducir la contaminación del aire en la Ciudad de México. Uno de los principales beneficios de aplicarse el proyecto de NOM 124 ECOL 1997. de acuerdo a la NOM vigente en 1994) Reducción de eventos Beneficios (miles de $ corrientes.520 11.11 ppm de O3 o una vez por año.556 $ 830. Infortunadamente no existían los estudios que indicaran la relación cuantitativa que hay entre las emisiones de HC de las gasolineras y la formación de ozono para a su vez relacionarlo con los datos del cuadro anterior.A.S. 1994) Baja Media Alta $187.732.617.670 9.446.Irritación de los ojos Hospitalización por enfermedad respiratoria Días de actividad restringida Síntomas respiratorios 7. Reporte Noviembre de 1995. el Instituto Nacional de Salud Pública estaba llevando a cabo otra investigación relacionada con la recuperación de vapores. sería la reducción de la contaminación y consecuentemente de las enfermedades. Valuación Económica de los beneficios de reducir la contaminación del aire en la Ciudad de México. lo que implica una disminución en el número de eventos de atención médica que proporciona el sector público y un menor gasto de los particulares. S. El cuadro siguiente muestra los beneficios monetarios totales que estimó el Instituto. Reporte Noviembre de 1995.594248 17.949 Fuente: Instituto Nacional de Salud Pública.893 40.030.745 22. Además. Estimación de los beneficios económicos al cumplirse la NOM sobre calidad del aire (0. S.887784 Fuente: Instituto Nacional de Salud Pública.821 $ 344.S.965 6. pero todavía no había resultados definitivos: 40 . México.A. 7 ug/m en vendedores de la calle y 45.Estudio de exposición a compuestos orgánicos volátiles y efectos en la salud de trabajadores expuestos y poblaciones no expuestas ocupacionalmente. aún después de haberse seguido todas las fases de acuerdo a la Ley de Metrología y Normalización y Ley Federal del Procedimiento Administrativo y de cumplirse la MIR y resolverse las observaciones de Cofemer. trabajadores en vía pública. Los resultados preliminares eran los siguientes: Se han recibido los niveles ambientales de monitoreo personal de los cuatro compuestos orgánicos volátiles. Por lo anterior recomendamos ampliamente la revisión de las atribuciones jurídicas y sus limitaciones al iniciar un anteproyecto. Fernando Meneses. gasolineros. Dr. para evaluar el programa de recuperación de vapores de gasolinas. 4 Instituto Nacional de Salud Pública. Se está en espera de los resultados de los análisis de los datos obtenidos a partir de los muestreos con monitores personales en oficinistas. Finalmente este proyecto no entró en vigencia cada vez que la Secretaría de Energía no contaba con las atribuciones necesarias para las obligaciones que dicho proyecto imponía. 83.2 ug/m en oficinistas. Si bien no había datos todavía concluyentes. Se puede concluir que los valores obtenidos correspondientes a benceno son altos para las poblaciones estudiadas. Los resultados preliminares han mostrado una media de benceno 3 3 3 ambiental de 395. cabe señalar que el benceno es un compuesto clasificado por la Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer como carcinógeno del Grupo I. 41 . México 19954.5 ug/m en gasolineros. Centro de Investigaciones en Salud Poblacional. regular la actividad económica. Baja California Sur cuenta con 15% de dicha población. Es decir. relativas a su protección y la conservación de su hábitat.Ejemplo: observación de ballenas Un ejemplo de beneficios de la NOM 131 ECOL 19985 observación turística de ballenas pueden ser los siguientes: ♣ Preservar el valor de la biodiversidad y los valores inherentes a las especies ♣ Valor educativo. principalmente gris y jorobada. aproximadamente 4000 individuos.84% de la población total del Pacífico. valga comentar algunos puntos. De lo anterior. con una población actual de 2350 individuos de la subpoblación California México (Medrano 1993). 42 . estableciendo criterios técnicos con base más rigurosa. y actividades e ingresos turísticos que se asocian a la observación de ballenas (gris y jorobada). regular y planear las actividades económicas para que perduren en el largo plazo y no resulten extractivas en el corto plazo. 5 Que establece lineamientos y especificaciones para el desarrollo de actividades de observación de ballenas. Por su parte la ballena jorobada representa el 34. Preservar la biodiversidad y a las especies. histórico y cultural ♣ Preservar un recurso que sirve de base para el desarrollo de actividades económicas con fines recreativos por parte de prestadores del servicio. La diversidad de la ballena en costas mexicanas y sus hábitos reproductivos en lagunas y bahías proveen a nuestro país la posibilidad de llevar a cabo la observación recreativa de ballenas. ♣ Formar un banco de datos que sirva a la autoridad para realizar estudios que le permitan proteger al recurso. Del total de la población de ballena gris en el mundo. recopilar la información científica que se genere. ♣ Simplificación del trámite tanto a los prestadores del servicio turístico como a la comunidad científica. Los beneficios ecológicos de éste método de alimentación. a nivel internacional. en el invierno viaja a las costas de Baja California. crustáceos excavadores que construyen en la arena tubos de moco para vivir. los valores monetarios de este tipo de beneficios que en un primer acercamiento parecieran no existir. Así efectivamente es tarea prioritaria obtener. Lo anterior es un caso de beneficio que favorece a un ecosistema y que puede considerarse global o regional. Los nutrientes favorecen el crecimiento del plancton. retrae la lengua para succionar y conforme va subiendo filtra la arena del lado contrario para quedarse con el alimento en su boca. que es el principal recurso de los anfípodos y de otros organismos como peces de valor comercial. Empero.Nótese que este es un beneficio cuantitativo en primera instancia ya que se puede enumerar a los individuos de cada especie. La ballena gris se caracteriza por presentar hábitos alimenticios sumamente importantes desde el punto de vista ecológico. existe una población japonesa y otra californiana. Además. en los mares mencionados. 43 . La ballena gris es una especie migratoria del Pacífico. coloca su cuerpo lateralmente con la boca paralela al fondo del mar. es decir. favorece a pesquerías comerciales. Esta última se alimenta en el verano en el Mar de Bering y en el Mar de Chuckchi . Preservar la biodiversidad y los valores biológicos o funciones. son: la captura de organismos adultos lo cual estimula la regeneración de anfípodos . en la medida de los posible. el esfuerzo no queda ahí del todo. algún acercamiento al valor monetario de conservar dicha especie es del todo válido toda vez que existen estudios que se han preocupado por la valorización de ese tipo de “bienes” ambientales. la separación del fango de la arena para la oxigenación de ésta y el esparcimiento de la arena a medida que la ballena sube a la superficie liberando nutrientes al agua que permanecían en el fondo. una primera aproximación es la derrama económica por la observación turística de dichas ballenas. El principal alimento de la ballena gris son los anfípodos. 44 . y hacer énfasis hasta donde se pueda de los beneficios económicos de proteger y conservar los recursos naturales.Este tipo de conocimiento científico es el que debe verterse. por supuesto de acuerdo a lo establecido por la Cofemer. microorganismos y animales transgénicos. o rara vez. La ingeniería genética se utiliza en la producción de fármacos. Los organismos modificados genéticamente y el medio ambiente. han permitido desarrollar variedades de características particulares. Esa limitante se debe a las restricciones en el cruzamiento compatible que se da entre especies distintas. La insulina humana es uno de los primeros productos transgénicos para el tratamiento de enfermos de diabetes 6 Adaptado de: Ortiz. El proceso de transferir ADN de un organismo a otro se realiza mediante la ingeniería genética. bacterias y otros organismos. Instituto Nacional de Ecología. investigadores en biotecnología han descubierto y desarrollado técnicas para intercambiar fragmentos de ADN entre plantas. en terapia génica. y Escurra. 45 . México. y que contiene ADN de una fuente externa a su propio genoma. entre especies de géneros hermanos.Ejemplo de Organismos genéticamente modificados (OGM) y Agricultura [cultivos modificados genéticamente] Breve información introductoria al tema6: Los métodos convencionales de mejoramiento de plantas y animales. Gaceta Ecológica 60: 29-36. y en el desarrollo de plantas. 2001. animales. S. Una planta o un animal que ha sido modificado por ingeniería genética. La selección convencional involucra experimentar con la variabilidad genética ya existente en las variedades o razas de una especie. para diversos usos en la agricultura y en la industria. a través de la fertilización cruzada y la selección. es llamado organismo transgénico u organismo genéticamente modificado. La llamada tecnología recombinante permite combinar fragmentos de la molécula de ADN de dos o más fuentes diferentes o de regiones diferentes del genoma. o entre unas cuantas especies emparentadas entre sí. E. por otro lado.(bacterias a las que se insertó el gen humano que codifica para la insulina). hongos y virus). otro ejemplo es la heritropoyetina. se han identificado riesgos al ambiente de cultivos modificados genéticamente liberados en el campo: § Transferencia vertical hacia variedades criollas o parientes silvestres. Ahora bien. la mejora de la conservación (larga vida de anaquel). esto ya ha ocurrido con la introducción de variedades mejoradas por métodos convencionales. lo que puede implicar la erosión de biodiversidad del germoplasma del cultivo. entre otras. la mejora de la calidad nutritiva. Daños a insectos benéficos o a especies que no se intenta controlar (disminución de la biodiversidad. Transferencia horizontal hacia a otros organismos como virus y bacterias. alterar comunidades bióticas y los ciclos biológicos). la resistencia a patógenos y plagas ( insectos. Entre las características que se están estudiando y desarrollando en la producción de plantas transgénicas se encuentra la tolerancia a herbicidas. § § 46 . aumento del rendimiento y la tolerancia a condiciones adversas. y en este caso de OGM de uso agrícola. 47 . energía y servicios Transacción. los costos en que incurrirá el grupo regulado se clasifican en: Operación. materiales. revocación. etiquetado. Certificado de liberación al ambiente de programas piloto y comerciales Certificado de liberación al ambiente con fines comerciales Importación con fines de programa piloto y comerciales Movilización interestatal con fines de programas pilotos y comerciales Otras especificaciones son: vigencia.salarios. o de tiempo para cumplir con los requerimientos administrativos de la regulación No hay costos de capital (infraestructura).Ejemplo de costo beneficio del proyecto de NOM FITO ECOL Importación. De acuerdo a las categorías de la Cofemer. revisión de negación y prohibición.costos legales... verificación. Contenido del proyecto FITO ECOL en enero del 2003 : Especificaciones: § § § § § § § Requisito tener certificado de liberación al ambiente de prueba de campo o fase experimental bajo la NOM 056 FITO 1995 No se autorizan OGM en zonas prohibidas. información en casos imprevistos. de consultoría. Movilización y Liberación al Ambiente en Programas Piloto y con Fines Comerciales de Organismos Genéticamente Modificados destinados al Uso Agrícola. algodón.A. ISK BIOSC. arroz. plátano. alfalfa. además la liberación no podrá llevarse a cabo dentro de las áreas identificadas geográficamente como centro de origen y/o diversidad genética de dicho cultivo. piña. Los cultivos son: tomate. Malvinas Monsanto 48 . chile. Identifique cada uno de los grupos o sectores que incurrirían en costos y beneficios cuantificables y no cuantificables a raíz del anteproyecto. limón invernadero.1 Grupo o sector que incurriría en costos: las siguientes 32 organizaciones Agritope Asgrow Hortalizas Asgrow Mexicana S. Con base en datos de 117 ANP que suman aproximadamente 9. calabaza. soya. papa. maíz. 1.8 millones de hectáreas.668 hectáreas (datos del año 2000) al menos más las que se establezcan entre Sagarpa y Semarnat. melón. las tierras agrícolas restringidas a no usar OGM serían 354.V. canola. tabaco.1.1.1. papaya. trigo. de ser posible.1 Efectos del Proyecto Restricción al Mercado El proyecto de NOM establece que No se autorizan OGM en zonas prohibidas: áreas naturales protegidas y las que establezcan Sagarpa y Semarnat en el ámbito de sus atribuciones. trigo invernadero y cártamo. Para cada grupo o sector describa el costo y beneficio incurrido. estime (en pesos por año) el monto y el rango esperado del costo o del beneficio. de C. ⇓ 214 solicitudes de ensayos experimentales bajo la NOM FITO 056 1995. Zeneca (Syngenta) Fuente: Elaboración propia con base en datos de SENASICA y CIBIOGEM También es necesario identificar dentro de los grupos o sectores regulados el tamaño de empresa para esclarecer si los efectos sobre las micro. la afirmación está basada en estudios sobre las empresas que producen semillas.V.T. Universidad Autónoma de Aguascalientes Universidad de Calgary UPJohn Asgrow V.A. S.V. de C.A. pequeñas y medianas empresas difieren de los efectos esperados sobre las grandes y la competitividad en el mercado.L. En este caso solamente hay g randes empresas.Aventis Cropscience (Bayer) Calgene Campbells Sinaloplasta CEFINI UNAM Ciba Geigy (Syngenta) CIICA CIMMYT CINVESTAV DNA Plant Technology Embajada de Estados Unidos Florigene Europe INIFAP Mycogen Mexicana S. de C.V. Seminis Vegetable Seeds = SVS Mexicana Trechas Agro S.V.A. de C. Un criterio para establecer el tamaño de empresa es el empleo. de C. de R. Petoseed Mexicana Rhone Poulec Agro (Syngenta) Semillas Híbridas de México. Requisitos derivados del programa de certificado de programa piloto: a) Información general b) Caracterización del producto c) Medidas de bioseguridad 49 . México S. superficie total.d) Evaluación de riesgo 1. por lo que recurrimos a la base de datos de SENASICA y CIBIOGEM.1. Monto = pago de (solicitudes) derechos por la cantidad de solicitantes ¿Cuántos solicitantes habrá en un año? La NOM establece como requisito haber aprobado los ensayos experimentales en campo bajo la NOM 056 FITO 1995. 86. Con base en esa información obtenemos que 32 organizaciones habían realizado 214 ensayos. diferencias en las prácticas de manejo. bajo la NOM FITO 056. etc a. Ley Federal de Derechos 2° semestre 2002 Art.2 Ejemplo de costos operación y transacción y pago de derechos derivados del programa para el certificado de programa piloto El proyecto de NOM solicita los siguientes datos: a) Información general: a. III Certificado liberación al ambiente $2722 Después hay que calcular el Monto que se espera en el primer año (tiempo t) si entrara la NOM en vigencia.1. Importación $966 Art. 86.2. zona agrícola. Pago de derechos $ La primera pregunta es ¿cuánto es el pago de derechos? ⇒ Revisar la Ley Federal de Derechos. teléfonos. A. I. V. beneficios agronómicos. localización. de 1988 a marzo del 2002. domicilios. Movilización $56 Art. con un promedio simple anual de 14 ensayos. Detallar la cantidad de cultivo GM.Nombres. copias del certificado de liberación al ambiente bajo NOM 056 FITO 1995. 86.C. 50 . responsables. A. La importancia del costo es BAJA . NOMBRE DEL ESTADO NOMBRE DDR AÑO CICLO MEXICO MEXICO MEXICO MEXICO 2001 P -V 2001 P -V 2001 P -V 2001 P -V 51 .524 $ 30.104 $ 13.792 11.508 Por lo anterior tenemos costos de transacción y pago de derechos. Se muestran algunos datos de costos de producción en el estado de México. Un ejemplo de una medida de seguridad es sembrar hileras de un cultivo convencional del mismo cultivo OGM en programa piloto.912 $ 206.722 38.Estimación de pago de derechos. el costo puede ser el mismo que tenga cualquier agricultor para el cultivo convencional.984 $ 966 $ $ $ 2. superficie y localización.108 87.724 $ 582. rangos máximos y mínimos Certificado de Movilización Importación liberación al ambiente Por solicitud 14 ensayos promedio 32 organizaciones 214 ensayos $ $ $ $ 56 784 1. Ejemplo de costo transacción y operación derivados del programa para el certificado de programa piloto o en liberación comercial : medidas de bioseguridad Las medidas de bioseguridad en programas piloto están relacionadas con el tipo de cultivo. semilla y fertilización) RENDIMIENTO TON.20 06-Nov-01 4635 TRIGO GRANO TMF 3. como el caso de Estados Unidos de Norteamérica que no permite el cultivo de girasol transgénico ya que es centro de biodiversidad de dicha siembra. sin embargo aquí la medida es un efecto en el mercado y no solamente un costo.00 06-Nov-01 13186 2001 P -V PAPA TMF 20. 52 .80 06-Nov-01 4517 TOMATE TMF 11.00 06-Nov-01 15345 2001 P -V 2001 P -V AVENA GRANO CALABACITA TMF 2. el cultivo transgénico se siembra junto a una variedad convencional. Otra medida de bioseguridad es la prohibición del cultivo GM en centros de origen o biodiversidad.00 06-Nov-01 4198 FRIJOL TMF 0. como 80% de algodón Bt con 20% de algodón convencional y con aplicación de insecticida para aquellos insectos no blanco.10 06-Nov-01 3303 BMF 10. semilla y fertilización) RENDIMIENTO TON.00 06-Nov-01 5489 Otro ejemplo es crear zonas de refugio para generar resistencia en el organismo blanco.NOMBRE DEL CULTIVO TECNOLOGÍA (Modalidad./HA FECHA DE ELABORACIÓN DEL REPORTE COSTO TOTAL POR HECTAREA/TECNOLOGIA MEXICO MEXICO MEXICO MEXICO 2001 P -V JITOMATE TMF 15./HA FECHA DE ELABORACIÓN DEL REPORTE COSTO TOTAL POR HECTAREA/TECNOLOGIA MAIZ GRANO TMF 3. es decir.00 06-Nov-01 11086 NOMBRE DEL ESTADO NOMBRE DDR AÑO CICLO NOMBRE DEL CULTIVO TECNOLOGÍA (Modalidad. edición de Ramamoorthy. sobre todo si se compararán esos valores con el de la inversión para el desarrollo de un cultivo transgénico. Ejemplos de esos estudios son “Estudio de país de Conabio”: para c entros de origen y Biological Diversity of Mexico: origins and distribution con el capítulo de Efraim Hernández Xoloctzi Aspects of plant domestication in Mexico: a personal view. Por lo anterior los costos son de operación y transacción y su importancia es baja. la empresa u organismo designará personal que reunirá y sistematizará la información o quizá en el desarrollo del transgénico ya cuenten con esa información. La evaluación de riesgo entonces puede constituirse como recopilación de información o datos en fuentes secundarias.Evaluación de riesgo: La evaluación se hace tomando en cuenta diversos criterios: Si el país o región es centro de origen del cultivo Potencial de flujo genético a malezas parientes que puedan hacerse invasoras Potencial para convertirse en plaga vegetal Impacto potencial sobre especies no blanco Impacto potencial en la biodiversidad Potencial de convertirse en maleza de la agricultura o invasora de hábitats naturales Existen estudios científicos a los que pueden recurrir los mejoradores o solicitantes de empresas u organismos para evaluar el riesgo. 53 . 3.1D.14.8. V. o Monto ($) Art.1 Viáticos y transporte 54 .9 US $/ha Reporte de la liberación del programa piloto y resumen ejecutivo en forma de artículo científico Presentación de informes anuales (5 años) como condición para renovar la vigencia Pago de derechos correspondiente a la renovación de la vigencia (5 años) Los gastos generados por la verificación (SAGARPA Y SEMARNAT) serán solventados por el titular del certificado de liberación Requisito 4. 86 C. Importación $966 Art. Movilización $56 Procedimientos y medidas de bioseguridad y contingencia Programa Piloto 4. A. III Certificado liberación al ambiente(Datos al 2° semestre 2002) 4. I y IV Movilización e Importación Art.1.d.2. 12 4.C.1.2.2. BAJA BAJA 4. III Certificado liberación al ambiente $2722 Importancia BAJA [derechos de 2° semestre 2002] Evaluación de riesgo en México Programa Piloto 4.3.A. 2 Fines comerciales 4.2. Estrategias y métodos de monitoreo posteriores a la liberación al ambiente del OGM 4. Art. I.2 BAJA Verificación 4.8 BAJA 10.5. 86.9.1. 86. 86. B.b Art.Podemos resumir algunos de los costos del proyecto de NOM FITO ECOL en la tabla subsecuente Concepto Pago de derechos Ley Federal de Derechos: 4.. 86 A.1.f..15.8.5 US $ por hectárea y 6.2.-A. A. Importancia del Costo.D Especificación en el anteproyecto NOM 4.1. extranjeros. o Comercio internacional. y de la o Posibles impactos económicos. o Conservación y aprovechamiento de los recursos genéticos in situ. Beneficio cuantificable: Descripción: Preservación de materiales silvestres Grupo Beneficiado: Potencialmente la agricultura mexicana. efectos sobre los ingresos de los agricultores y la distribución del ingreso. Crear certidumbre sobre los cultivos GM al tener mayor información. o Aumento de opciones de paquetes tecnológicos. fitomejoradores nacionales. presentes y potenciales (a futuro) de plantas ya cultivadas. públicos o privados (compañías productoras de semillas que lleven a cabo investigación y desarrollo) 55 . algunas de uso agrícola difundido a nivel mundial y otras que forman parte del consumo del pueblo mexicano. o Consumo final.Beneficios de la NOM FITO ECOL OGM Beneficios no cuantificables o Disminuir las probabilidades de un riesgo o daño. o Conservación / protección de los centros de origen y diversidad de plantas domesticadas en México. cuyas medidas de mitigación serían sumamente costosas y difíciles (motivo precaución). productos libres de transgénicos (agricultura orgánica) o Cumplimiento del Convenio de Biodiversidad ratificación del Protocolo de Cartagena. la agricultura mundial. C. G. H. Lesser. M. Beneficio: Monto Esperado Rango del beneficio: Límite inferior Rango del beneficio: Límite Superior Veáse que el monto esperado puede ser alguno de los citados en el cuadro de valoración económica de la biodiversidad. P. C.G. del virus del enanismo amarillo (yellow dwarf virus) Anadió US$ 15 millones a la industria cervecera en 1981 debido al mejoramiento de la amargura de la cerveza Genes provenientes de un frijol silvestre mexicano fueron usados para mejorar la resistencia al gorgojo mexicano del frijol.1.1.2. y no se considera pertinente reportar los límites inferior y superior. valorado en $50 US millones por año Una cepa silvestre proveyó de resistencia al virus del raquitismo andrajoso (stunt grassy virus) Protege al cultivo de California de $160 US millones por año. Maler . Hanley. Authors: E.1.1.Cuantificación: Los materiales silvestres potencialmente pueden ser cultivados o fuente de nuevas características comerciales o de resistencia a enfermedades o plagas. C.K. que destruye tanto como el 25% de los frijoles almacenados en Africa y 15% en Sudamérica. K. C. Folke.2. Gadgil. Barbier. Turner.1. Panayotou.1. Table 12-5-3. R. Ver siguiente cuadro con valores monetarios 1. Tallos (pies) provenientes de Texas fueron utilizados para revitalizar la Industria del Vino Europeo en la década de 1860 después de un contagio de piojos.S. T. Mason. Holling. Perings.1. N. Perrings. Brown.2 Efectos en la producción Turquía Resistencia genética a enfermedades. Wells. M.B. Europa Frijoles México Uvas Texas Fuente: The Economic Value of Biodiversity.1 Trigo Cultivo Encontrado en: 1. 56 . Traducción libre. Arroz India Cebada Etiopía Lúpulo N.1. Beneficio no cuantificable. Descripción: Conservación / protección de los centros de origen y diversidad de plantas domesticadas en México, algunas de uso agrícola difundido a nivel mundial y otras que forman parte del consumo del pueblo mexicano. Grupo Beneficiado: México. Agricultura mexicana y potencialmente la de otros países. Población mexicana que consuma o utilice esas plantas. Evaluación Cualitativa: México es centro de origen y biodiversidad de distinta vegetación. Ejemplos de plantas que han sido domesticadas son las siguientes: henequén, maguey, sisal, alegría (amaranthus), quintonil, nardo, ciruela, chirimoya, guanábana, dalia, girasol, pápalo quelite, cempasúchil, piña, nopal, tuna, órgano, saúco, papaya, epazote, camote, chilacayote, calabaza, barbasco, zapote, nochebuena, cacahuate, haba blanca, añil, jícama, frijol, aguacate, algodón, guayaba, vainilla, hoja santa, maíz, tejocote, capulín, chile, jitomate, tomate, cacao, chicozapote; por mencionar algunas en sus nombres comunes mexicanos. Importancia: AltaNótese que si contamos la cantidad plantas con centro de origen y biodiversidad y reportamos el número, podemos informar este beneficio como cuantificable. Beneficio no cuantificable Costos evitados Descripción: Disminuir las probabilidades de un riesgo o daño, cuyas medidas de mitigación serían sumamente costosas y difíciles. (motivo precaución) Grupo Beneficiado: México, o una región del país. Gobierno Federal, estatal o local en el ámbito de sus competencias. 57 Evaluación Cualitativa: Caso hipotético de revertir un cultivo OGM en una región agrícola especifica. Un evento de esa magnitud puede por sí solo justificar el anteproyecto. Una forma de mitigar es sembrar el cultivo convencional o tradicional de la misma variedad genética durante varios ciclos agrícolas para inundar de polen no transgénico. No se puede sembrar cualquier variedad ya que debe estar adaptada a las condiciones agro-ecológicas particulares, y también libre de transgen. Deberían realizarse pruebas, seleccionado muestras representativas de la variedad, primero para identificar la variedad tradicional y también para detectar durante varios periodos la efectividad de la medida, es decir, si se disminuye la frecuencia del transgen. Las tiras reactivas tienen un precio de $5 US / planta, cada una es para un solo evento de modificación genética (solo detectan un tipo de gen), por lo que se necesitan varios reactivos por planta. Los costos presentarían un efecto multiplicativo: muestras (varias plantas) x diferentes variedades x diferentes localidades x diferentes reactivos x diversos ciclos agrícolas Cabe señalar que también se debe detener o limitar la entrada o presencia del transgen Importancia: Alta Nótese que aún cuando tenemos el precio de las tiras reactivas es necesario desarrollar el ejemplo, considerando un determinado cultivo, como extensión una hectárea y un ciclo agrícola y señalando los supuestos adoptados, para poder reportar este beneficio como cuantificable. 58 Ejemplo de costo beneficio del proyecto de NOM- 137 -ECOL2002, que establece los requisitos de control de emisiones de compuestos de azufre a la atmósfera de las plantas desulfuradoras de gas y condensados amargos, y la metodología para su determinación. Este proyecto de Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer el control de las emisiones de las plantas desulfuradoras de gas y condensados amargos y definir una eficiencia mínima de control. Establece también los métodos de prueba para verificar el cumplimiento de esta norma y el procedimiento de evaluación de la conformidad. Además, los responsables de la operación de las plantas de azufre deberán medir en forma continua las emisiones de SO2 a la atmósfera según las especificaciones del anexo 1 de la norma, llevar una bitácora de operación y mantenimiento de cada una de estas plantas e informar periódicamente a la autoridad. Las especificaciones propuestas son las siguientes: • A partir de la publicación de esta NOM, todas las plantas desulfuradoras de gas amargo y condensados amargos existentes y nuevas deberán controlar, de forma más estricta, las emisiones de compuestos de azufre a la atmósfera, y deberán medir en forma continua las emisi ones de SO2 según las especificaciones del anexo1 de la norma. • Se establece una eficiencia mínima para los sistemas de control de emisiones de compuestos de azufre a la atmósfera de las plantas desulfuradoras de gas y condensados amargos en la Tabla 1, expresada en por ciento de recuperación de azufre. P ara desulfuradoras nuevas que se ubiquen en zona crítica, la eficiencia en la reducción de emisiones deberá ser mayor o igual al 98%, cualquiera que sea su capacidad. • El diseño de los sistemas de control de emisiones de las plantas desulfuradoras de gas y condensados amargos deberá ser tal que la concentración de ácido sulfhídrico en los gases de salida de la chimenea sea menor o igual a 10 ppm, en volumen. • Los responsables de la operación de las plantas desulfuradoras deberán llevar una bitácora de operación y mantenimiento, de cada una de estas plantas e informar periódicamente a la autoridad. 59 denominado gas amargo. compuesto éste menos tóxico. tiene un alto contenido desde la extracción de hidrocarburos líquidos y de impurezas como agua. como podrá verse posteriormente. que presenta la ventaja de que permite la comercialización del azufre elemental recuperado. Esta etapa es considerada como el sistema de control de emisiones a la atmósfera del proceso de desulfuración. El gas ácido extraído durante la desulfuración o endulzamiento de gas amargo y condensados amargos se envía a tratamiento para su transformación a compuestos menos tóxicos y dañinos antes de ser liberados a la atmósfera. 60 . el cual puede ser liberado a la atmósfera produciendo un menor impacto ambiental. El gas natural asociado al crudo que se produce en México. Los gases de cola son enviados a un “oxidador térmico de gas de cola” que convierte el ácido sulfhídrico a bióxido de azufre (SO2). corrosivo y reactivo que. por consiguiente. el remanente es una mezcla de gases llamados gases de cola que aún contiene una fracción del ácido sulfihídrico. no existe ninguna regulación al respecto. sin embargo. dióxido de carbono y óxidos de nitrógeno que tienen que ser removidas antes de su transportación y comercialización. El ácido sulfhídrico es un compuesto sumamente tóxico. El tratamiento mas utilizado es la conversión a azufre elemental en sistemas de recuperación de azufre mediante el proceso denominado “Proceso Claus”. ácido sulfhídrico. Describa la problemática o situación que da origen al anteproyecto y presente la información estadística sobre la existencia de dicha problemática o situación. no puede ser liberado a la atmósfera por sus efectos en el medio ambiente y en la salud humana.Las especificaciones de la NOM dan origen a los costos y beneficios. 000 toneladas el año 2000. Actualmente Pemex Gas y Petroquímica Básica (PGPB) posee y opera la totalidad de las plantas de proceso de gas y condensados amargos del país con la siguiente infraestructura: Distribución de la Infraestructura de Desulfuración de Gas y Condensados Amargos (Pemex Gas y Petroquímica Básica) Complejo Procesador de Gas Infraestructura de Desulfuración Gas Amargo Capacidad por planta en MMPCD Condensados Amargos MBD Cactus 8 plantas 230 2 plantas 120 Ciudad Pemex 2 Plantas 525 2 plantas 120 MMPCD de gas amargo o 24 MBD de condensados amargos 4 plantas 24 2 plantas 24 Plantas duales Nuevo Pemex Poza Rica Matapionche 2 plantas 400 1 planta 300 1 planta 50 1 Planta 80 61 . Depende también de las prácticas operativas y del control de las variables de operación.600 toneladas durante el año 1999 y 150. de la capacidad de la planta y de la tecnología de recuperación que se utilice.El porcentaje de recuperación de azufre o reducción de la cantidad de SO2 que se emite a la atmósfera es función de la concentración de H 2S en el gas ácido. así como de los programas de mantenimiento preventivo y correctivo. Presente la información estadística sobre la existencia de dicha problemática o situación: Las emisiones con los sistemas de control actuales ascendieron a 164. Es decir. Para mantener los niveles de emisiones especificados es necesario que la operación de las plantas se ajuste a determinadas prácticas. el cual comprende la modernización de las plantas de azufre existentes a estándares internacionales. se lleve un adecuado control de variables operativas y se cuente con programas de mantenimiento preventivo y correctivo. Nota: MMPCD: millones de pies cúbicos por día. Por lo anterior. Etano Amargo y Butanos Amargos. estructuró un programa de inversiones partiendo de la evaluación del estado actual de sus procesos. Es importante por tanto demostrar el cumplimiento permanente de la reducción de emisiones.Arenque 1 Planta 34 (en proyecto construcción) de Cangrejera 1 Planta Fraccionadora de Hidrocarburos con secciones de desulfuración de Gas Amargo. que le permitan cumplir con las normas internacionales mas estrictas. sin dañar el medio ambiente por un aumento de emisiones de SO2. La norma no define ni recomienda una tecnología de control específica pero sí toma como base para fijar los porcentajes de reducción la mejor tecnología de control disponible. PGPB requiere aumentar su capacidad de endulzamiento y recuperación de azufre y asegurar una alta confiabilidad en sus operaciones. incluyendo cambios periódicos del catalizador. MBD: miles de barriles por día Con el fin de estar en condiciones de satisfacer las crecientes necesidades energéticas del país. que en la 62 . no basta con invertir en plantas desulfuradoras con la mejor tecnología disponible de control de emisiones si no se mantienen en operación óptima sus sistemas. y la instalación de controles y sistemas de monitoreo continuo de las emisiones de SO2 en los complejos procesadores de gas que aún no los tienen. Como se indicó anteriormente. Costos Cuantificables . ¿Cuáles serían los efectos del anteproyecto sobre la competencia en los mercados.actualidad consiste en un tratamiento térmico seguido de dos etapas catalíticas que emplean catalizadores de alta tecnología. en su caso. denominada como “SuperClaus”. de ser una empresa preocupada por el bienestar de la comunidad y de sus trabajadores. a nivel nacional e internacional. EFECTOS DEL ANTEPROYECTO Anteproyectos de Alto Impacto. Indique si su anteproyecto es de alto impacto y. Efectos Generales del Anteproyecto. ¿Cuáles serían los efectos del anteproyecto sobre los consumidores? No obstante que el proyecto implica grandes inversiones por parte de PGPB. el cual 63 . y al mismo tiempo de aumentar la capacidad de procesamiento. Pemex Gas y Petroquímica Básica estructuró un programa de inversiones “Programa de Modernización de Plantas de Azufre”. anexe en un archivo electrónico el estudio de costo-beneficio correspondiente: Sí es un proyecto de alto impacto dado que para su cumplimiento requiere de grandes inversiones de PGPB. y sobre el comercio nacional e internacional? El propósito fundamental del proyecto es el de reducir las emisiones a la atmósfera. El anteproyecto afecta fundamentalmente las finanzas de Petróleos Mexicanos. respetuosa del medio ambiente. las cuales están consideradas en sus programas de inversión. Con esto se refuerza la imagen de PEMEX Gas y Petroquímica Básica. los consumidores de gas natural no se verán afectados debido a que los precios de los combustibles siguen patrones internacionales. la modernización de las plantas existentes y la instalación de sistemas de monitoreo continuo de las emisiones de SO2 en sus instalaciones procesadoras de gas. Las actividades del programa iniciaron en 1998 y concluirán en el año 2006.5% Total 960 TPD* 1 planta de 64 TPD 31 Eficiencia = 98. ya que una buena parte de los recursos para este programa están destinados a acciones para aumentar la capacidad de procesamiento de gas amargo y la sustitución de infraestructura obsoleta que generaba altos costos de operación y mantenimiento. Para definirlo. Ciudad Pemex Macuspana. potenciales puntos de fugas. sino los costos por tonelada de azufre recuperado. Tabasco Poza Rica. Chiapas. instalaciones y medio ambiente y finalmente la tendencia tecnológica a nivel mundial. la simplicidad y confiabilidad de la operación. Veracruz 1 planta x 10 TPD Eficiencia = 96%** Total 10 TPD* Pendiente 5 plantas x 320 TPD Eficiencia =98. Veracruz. se tomó en cuenta no sólo las eficiencias de recuperación de azufre. Los recursos económicos destinados a la realización del proyecto son superiores a 400 millones de dólares.comprende la construcción de plantas recuperadoras de azufre. la inversión. Las principales obras se mencionan en la Tabla siguiente. Matapionche Pendiente Cotaxtla. No es posible cuantificar el monto exacto de la inversión destinado a la protección ambiental. la experiencia comercial.5% Total 1600 TPD * 2 plantas x 480 TPD Eficiencia =98. Coatzacoalcos. Instalación/Ubicación Programa de Modernización Complejo Procesador de Gas Cactus. Tabasco Nuevo PEMEX. servicios auxiliares y mantenimiento. Veracruz. Reforma. costos de operación. la seguridad para trabajadores.5% Total 960 TPD* 2 plantas x 480 TPD Eficiencia =98. Poza Rica.8 64 . Sector Cangrejera Coatzacoalcos.5% Costo Millones de dólares 279 86 48 8. Descripción: El anteproyecto afecta fundamentalmente las finanzas de Petróleos Mexicanos.Complejo Procesador de Gas Arenque 1planta de 13. ya que una buena parte de los recursos para este programa están destinados a acciones para aumentar la capacidad de procesamiento de gas amargo y la sustitución de infraestructura obsoleta que generaba altos costos de operación y mantenimiento. potenciales puntos de fugas. costos de operación.7 millones de dólares Rango del Costo: Límite Inferior Rango del Costo: Límite Superior 457. servicios auxiliares y mantenimiento. PGPB estructuró un programa de inversiones “Programa de Modernización de Plantas de Azufre”Para definirlo.457.7 millones de dólares Análisis de Beneficios 65 . tomó en cuenta no sólo las eficiencias de recuperación de azufre. la inversión.5 COSTO CUANTIFICABLE #1 Construcción de plantas recuperadoras de azufre. En siete centros procesadores de gas con 13 plantas. Como se indicó anteriormente.7 Eficiencia = 95 % TOTAL Aprox. instalaciones y medio ambiente y finalmente la tendencia tecnológica a nivel mundial. sino los costos por tonelada de azufre recuperado. la simplicidad y confiabilidad de la operación. la seguridad para trabajadores. Costo : Monto esperado 457. la modernización de las plantas existentes y la instalación de controles y sistemas de monitoreo continuo de las emisiones de SO2 en sus instalaciones procesadoras de gas. Cuantificación: No es posible cuantificar el monto exacto de la inversión destinado a la protección ambiental. la experiencia comercial.5 TPD 4. Beneficios Cuantificables El principal beneficio esperado es la disminución de emisiones de SO2 a la atmósfera con respecto a las emisiones generadas antes del Programa de Modernización y de la entrada en vigor de la norma propuesta.5 90. Beneficios No Cuantificables.5 98. lo cual representa un gran avance en materia de protección al ambiente. lo que da un total de 126. por ventas internas se obtuvieron 73 millones de pesos y por exportación 6 millones de dólares (PGPB. El año 2001 se recuperaron 684 mil toneladas. 66 . PGPB. Informe Estadístico de Labores 2001).000 toneladas anuales aproximadamente. ya que las emisiones a la atmósfera de SOx en los complejos procesadores de gas se abaten sustancialmente al mismo tiempo que se aumenta la capacidad de producción de gas dulce. Escenarios de emisión para las plantas de azufre Complejo Procesador de Gas Cactus Cd. actualmente está en proyecto su construcción Fuente: PEMEX. Información de condiciones de operación de plantas con tecnología Claus.0 TOTAL (1) Porcentaje de reducción (%) Reducción de emisiones (toneladas/día) 186 47 85 12 7 9 345 88. PEMEX Nuevo PEMEX Matapionche Poza Rica Cangrejera ) (2 Eficiencia de diseño proyectada(%) 98.4 96.5 98. ASIPA.5 96.0 (1) Pendiente de definir (2) No cuenta con planta de azufre.9 78.7 98. A manera de ejemplo.9 88.5 96. en el cuadro siguiente se comparan las emisiones promedio del período enero a septiembre del año 2000. El azufre recuperado en estado elemental es susceptible de ser comercializado.7 88. Si tomamos como dato la suma de las reducciones por complejo procesador de gas tenemos que cada día dejarán de emitirse aproximadamente 345 toneladas de dióxido de azufre. sin aumentar su impacto ambiental. confiable y constante de la oferta creciente de gas amargo. • Garantizar que sus actividades no constituyen un riesgo para sus trabajadores. las comunidades vecinas y el medio ambiente. Aumento de la producción de gas natural sin aumentar el impacto ambiental . los beneficios resultantes de la disminución de emisiones de dióxido de azufre a la atmósfera. • Disminución de la probabilidad de daños a flora y fauna. Mejor seguridad en el manejo de azufre líquido y mayores cantidades de azufre para comercialización. no sólo en materia de protección ambiental: • Asegurar el procesamiento seguro. • Mejora en la calidad del aire en las zonas aledañas a las instalaciones. 67 . son los siguientes: • Disminución de la concentración de SO2 en las instalaciones de Pemex. Reducción de la corrosión de equipos en los centros de trabajo de PGPB.Desde el punto de vista de protección ambiental y de salud. a los que no se les puede asignar un beneficio económico directo en pesos y centavos. Es importante subrayar que este programa de inversiones responde a dos objetivos básicos de PGPB que atienden sus compromisos con el país y con la comunidad. • Reducción de la formación de lluvia ácida y sus efectos. • Disminución de la probabilidad de daños a la salud pública. • Disminución de la corrosión de alambradas y láminas de zinc en el entorno de las instalaciones. Satisfacción de la demanda nacional de este combustible limpio. Reducción de la quema de hidrocarburos por rechazo del suministro de Pemex Exploración y Producción por falta de capacidad de procesamiento. • • • • • • Mejora a la calidad del aire del medio ambiente laboral. 68 .