Aleatoriedad en la decisión colectiva:Entre Elster y P.Pettit

March 20, 2018 | Author: Ubaldina | Category: Rationality, Decision Making, Proposition, Democracy, Randomness


Comments



Description

ENTRE JOHN ELSTER Y PHILIP PETTIT: RACIONALIDAD EN LA ACCIÓN COLECTIVA. Por: Ubaldina Díaz Romero Universidad del Atlántico1. 1. Presentación En los últimas décadas del siglo XX y años siguientes el imperialismo del modelo de la elección racional en las ciencias sociales, sufrió diversos reveses a manos de algunos de los pensadores más connotados de su propio patio. En 1967 ganó el Premio Nobel de Economía el investigador nacido en Milwoukee (EEUU), Hebert Simon . Gradualmente se fueron multiplicando los eventos críticos que colocaban en cuestión las virtudes de la teoría para dar cuenta de los procesos económicos que estaban ocurriendo en el mundo. Nuestra tesis a defender será justamente la de la racionalidad limitada o acotada en los procesos de decisión colectiva de entes colegiados Creemos que frente a las apreciaciones integristas de los profesores R Dworkin, Pettit, puede pensarse de modo más razonable, en la validez de los procesos de decisión colectiva, aceptando la condición de incertidumbre como un sustrato propio de dichos procesos los cuales se desarrollan siempre con precariedad en la información y sujetos a la constricción prevista por una regulación procedimental. Que en dicho marco, es más razonable para el desarrollo de la democracia deliberativa evaluar para la decisión final las argumentaciones previstas por sus integrantes en la etapa de deliberativa que en las dudosas unificaciones de un resultado final. Para desarrollarlo inicio en el primer punto presentando la paradoja doctrinal formulada por Kornhauser y Sager; en el 2º punto, el modo como ella ha sido reformulada por P.Pettit 1 Docente investigadora Universidad del Atlántico .Facultad de Ciencias Humanas. [email protected] 1 para mostrar los puntos de la extensión realizada por Pettit al ámbito político; en el 3er punto, esbozamos aspectos esenciales de las limitaciones de la racionalidad que presenta John Elster en su publicación Domar la suerte, buscando de esta forma delimitar los puntos de apoyo o de disidencia de sus afirmaciones y nuestra posición. Al final una breve alusión a las potencialidades ya de todos conocidas, de la teoría de H. Simon en el cuestionamiento de la idea de la maximización de utilidades. 2.KORNHAUSER Ha llevado al examen de las organizaciones políticas la conocida paradoja que él mismo formuló. Esta interesante análisis de los procedimientos de la toma de decisiones en grupos colectivos altamente estructurados o en grupos llevados únicamente por la conjunción de sus intereses particulares ha suscitado desde hace mucho rato, distintas reacciones en el seno de la reflexión en ciencias sociales y políticas. El intercambio de argumentos dista de ser esquemático: si hay un elemento que hace atractivo el debate de por sí bastante consistente, es la presencia de ilustraciones de diverso orden que acompañan a la argumentación. La paradoja ha sido extremadamente prolífica dando lugar al desarrollo de variado campo de implicaciones que permiten revisar los instrumentos de evaluación de los modelos políticos conocidos. Entre otros, encontramos la labor de profundización llevada a cabo por Philip Pettit en el sentido de abordar la cuestión del resultado desde la ponderación de los procedimientos. Su planteamiento del dilema presentado lleva a analizar y poner en cuestión la racionalidad de las decisiones que en casos ordinarios toman los jueces colegiados. 2. PETTIT El esfuerzo analítico-crítico de Pettit demuestra la paradoja entre el resultado que obtenemos si en la votación suscitada por un asunto en el cual se presentan dos 2 argumentos ilustrativos, un juez colegiado compuesto por tres personas, decide tener en cuenta las votaciones individuales que cada una de ellas ha dado a los argumentos ilustrativos O por lo contrario solamente tiene en cuenta lo decidido por cada uno de ellos en el resultado final. Supongamos que se define si hay opción para considerar si es viable la declaratoria de resolución de contrato para un contratista cuando el demandante asegura que hubo incumplimiento de la cláusula respectiva. Todos aceptan la doctrina legal que establece el incumplimiento cuando hay acción u omisión deliberada y lesiva de los términos pactados. Lo anterior se ilustra en la siguiente tabla: (0) (S) R<->(0&S) Resultado final Juez 1 Juez 2 Juez 3 Resultado Final Sí Sí No Sí Sí No Sí Sí Sí Sí Sí Sí Sí No No No Totalizando los resultados encontraríamos : Una mayoría que acepta O; una mayoría que acepta S: una mayoría que acepta R <->(O&S), y una mayoría que rechaza R. Como puede observarse, si se analiza y determina la votación por las votaciones particulares a cada premisa, obtendríamos un resultado diferente al que se obtiene teniendo en cuenta sólo la decisión final. La conjunción de las premisas está dada en la aceptación de la regla R según la cual el resultado ha de ser mayor, igual o menor a dichas premisas. De la inclusión de esta regla deriva Pettit los elementos para el posterior desarrollo que en el 2001 y en el 2002 en colaboración con List hace del problema. 3 En esa condición se introduce la inconsistencia en el juego de argumentos colectivos por tanto, en el sentido estándar de la lógica proposicional: no - asignación de valores de verdad a las proposiciones O, S y R que haga todas las proposiciones en el set simultáneamente verdaderas. Este resultado ocurre, sin embargo, ante la evidencia que el set de los argumentos votados por los jueces individuales es totalmente consistente. Con el desarrollo propuesto por Pettit, la paradoja doctrinal pasa a dilema discursivo: no se queda en el planteamiento: indaga respecto al punto en el cual se produce la divergencia y encuentra que se ha introducido una conexión lógica como elemento proposicional. Al desechar la regla o conexión lógica del esquema, desplaza la atención hacia los otros elementos del cuadro procesal de la votación. Esta operación le permite enlazar la estructura de la paradoja discursiva en la apreciación de contextos más amplios y ello produce un rendimiento teórico que presenta en su texto titulado Deliberative Democracy, the Discursive Dilemma and Republican Theory: No se trata ya de mirar la aparente contradicción entre la decisión por las premisas o la decisión por la conclusión a la cual se lleva al colectivo. Ahora se trata de mirar cómo estas dos vías descubiertas trabajan o no en detrimento o fortalecimiento de las prácticas diseñadas como alternativas de administración y control de asuntos públicos en el marco de la democracia deliberativa. En efecto podríamos ilustrar aquí de qué modo ellas son presentadas por PP para su examen: Llamaremos Forma 1 aquella que privilegia el carácter colectivo de la decisión y obviamente toma en cuenta el resultado final. Llamaremos Forma 2 aquella que decide por la prevalencia de los resultados particulares de cada uno de los integrantes del colegio. Implicaciones para la Democracia Deliberativa Forma 1.Asegura carácter el Preserva colectivo carácter Forma 2 el 1.Asegura racionalidad la del Defiende la Ideal Republicano democrático de razonamiento 4 de la decisión la institución colectivo. la racionalidad colectiva minimizando responsabilidad de la 2.Pone en riesgo la Compromete el 2.Reduce racionalidad argumento colectivamente considerado del carácter responsabilidad de deliberativo del la argumentación a la argumentación en ideal. las particulares visiones los razonamientos de los particulares jueces.(o de los que integran el colectivo) Es un tanto arriesgado para un contexto donde los procesos de reorganización de las instituciones, el trabajo de fondo de las agremiaciones y colectivos se encuentra mediado por una serie de interrogantes que evidencian los altos grados de incertidumbre que se viven, particularizar una propuesta que se enmarca en el ámbito de caracterización de un modelo de racionalidad de la acción en colectivos, pero sin desmedro de las responsabilidades individuales en cuanto a la carga de la argumentación de sus razones. Pero es que la racionalidad también se la ha jugado al azar, diría John Elster. Ciertamente: el trabajo que desarrolla en Juicios Salomónicos (Elster,1989), es uno de sus laboriosos intentos por demostrar de qué modo ha sido racional en algunos momentos y contextos la apelación a los recursos aleatorios para la toma de decisiones. La posición republicana defendida por P. Pettit que privilegiaría la búsqueda de la racionalidad del razonamiento colectivo en las decisiones, le lleva a introducir algunos puntos para superar el dilema, dejando de lado la consideración de la regla R como una proposición y retomando su rol como una constricción o doctrina legal que en tanto tal, no juega como premisa sino como referente normativo marco.Y argumenta señalando que ésta es la respuesta (Pettit,2001,268-99) que la teoría republicana ha dado a los demócratas deliberativos señalando la necesidad hasta donde sea posible, de asegurar la imposición de la razón en el nivel colectivo. Define como la prioridad de esta necesidad, en detrimento de las cuestiones relativas a la deliberación. Es como decir: “Si ya sabemos que los 5 argumentos que hacemos respecto a las ilustraciones con que contamos para llegar a la decisión, no tienen mucho que ver a la hora de tomar las decisiones para qué perdemos el tiempo? Pongámonos de acuerdo rápidamente y el que crea tener la mayor consistencia en su argumento que sea el que hable…” La pregunta que responde Pettit claramente está relacionada con un emplazamiento que hace a los seguidores del modelo demócrata deliberativo: “¿cuál es la vía entonces que podría adoptar un gobierno demócrata deliberativo para pensar en un fortalecimiento de su proyecto? el cuestionamiento está ligado a la idea que, plantear el reforzamiento de individuos en sus convicciones y razones a nivel individual, como sería lo propio en el ejercicio de los procesos de deliberación, debilita la posibilidad de consistencia de las decisiones colegiadas. Y de otra manera, propiciar individuos disciplinados para el uso de razones y argumentaciones en perspectiva al nivel colectivo, no garantiza sino que ellos deberán llegar a acuerdos previos sobre cuáles son las consideraciones relevantes en referencia a cada uno de los asuntos en los que les corresponda decidir. El paso de la paradoja al dilema ilustra dos momentos significativos para la reconstrucción de nuestro marco de referencia de las racionalidades en comento. De la mano de la aplicación de la lógica estándar desbrozamos la inconsistencia del sistema procedimental usual en las decisiones colectivas. Desbrozada la inconsistencia, aclaramos que ella no es obstáculo para pensar la racionalidad de las decisiones sino que emerge la condición dilemática como un “poner a prueba” los recursos de ambas vías para el desarrollo de las condiciones del evento deliberativo. Si bien aparenta de entrada la postura republicana el riesgo correlativo a la peligrosa expresión de imposición de la razón, también apoya el hecho de obtener la racionalidad de la decisión del colectivo, a través de procesos que impliquen no la provisión de mejores medios de ilustración sobre las situaciones, sino la búsqueda de procedimientos novedosos para la selección de criterios de elección, diferentes a la pesadez de las comidas previas. 6 3.JOHN ELSTER. Han sido varias las obras que sobre la problemática de las razones de la racionalidad ha elaborado John Elster en el curso de sus investigaciones. Elster es uno de los filósofos actuales que combina en su investigación aspectos sustanciales no sólo relativos a la filosofía de la economía, sino además a la crítica filosófica de los sistemas, a la metodología de la investigación en el área de las ciencias sociales, a la explicitación de campos novedosos para la investigación reflexiva. En el cuadro de sus aportes a la reflexión filosófica ocupa un lugar no despreciable su argumentación y planteamiento del individualismo metodológico el cual para su perspectiva ha caracterizado de un modo central la teoría económica. Ciertamente la teoría de la elección racional, la que prefigura los individuos portadores de un interés egoísta es el paradigma que ha gobernado en la teoría económica dominante o neoclásica según palabras de Antoni Domenech, en la Introducción a Domar la Suerte (Elster,2001,16) El trabajo de John Elster se inicia realizando una consistente crítica al holismo metodológico del estructural funcionalismo desde las bases del individualismo metodológico, típico del proceder en el campo de la economía. Pero, contrario a lo esperado, no fue una adhesión acrítica ni nada por el estilo: en la trilogía formada por sus obras dedicadas a dilucidar los problemas creados por la teoría de la elección racional aplicada indistintamente a muchos otros dominios de las ciencias sociales, el noruego ha iniciado la construcción de la racionalidad imperfecta que se apoya en diversos recursos para propiciar su consistencia y la de sus elecciones. Y ello lo realiza a través de una crítica muy sólida a escuelas clásicas como el utilitarismo, cuestionando la inveterada convicción utilitarista a la que hemos hecho alusión, las preferencias y su inmodificable presentación. Ya en Uvas Verdes, ha hecho visible una postura básica que consiste en afirmar la capacidad del sujeto para elegir con cierta libertad sus propias restricciones, lo cual, es terreno impropio cuando hablamos de TER.Y de contera, “la responsabilidad del sujeto en la formación de sus deseos y preferencias, las posibilidades y las técnicas que tiene a su disposición para regularlas por sí mismo y hasta para elegirlas libremente”(Elster,2001,26) 7 Pero también puede descubrir que en la acción humana es factible y hasta ordinario encontrar efectos laterales de dicha acción, los cuales son aquello que, de ser perseguidos directamente nunca son logrados, pero que en presencia de otros factores, han podido ser alcanzados. Realiza su trabajo definitivo en los términos de la formulación expuesta en Juicios Salomónicos exhaustiva para señalar las principales limitaciones de la teoría de la elección racional. En términos de Elster, somos irracionales pero queremos ser racionales: somos capaces de seleccionar las reglas de nuestras prohibiciones y reconocer nuestras limitaciones. Somos capaces de elegir libremente nuestras preferencias e intereses pero también aceptamos conscientemente que el entorno modela en gran medida la capacidad de acceso a tales o cuales preferencias. Podemos actuar racionalmente pero la actuación racional no agota las posibilidades de realización de la acción humana por cuanto existen los efectos laterales de la acción, que se hacen presente en su momento y lugar determinados por las propias normas que regulan la acción humana. Vistos de este modo los desarrollos que anuncian para los economistas e investigadores de las ciencias sociales la abdicación de la TER por implicación de las probadas limitaciones de una racionalidad considerada como moldeada totalmente por las preferencias, recordemos que han sido también economistas quienes han trabajado para disolver esta saturación teórico-metodológica que nos planteó la TER. Herbert Simon dedicó espacio notable en sus investigaciones para pensar una alternativa frente a las limitaciones de la TER. Y en él, lo que se perfila es una modulación o moderación de las preferencias: los hombres no actúan maximizadoramente en muchas ocasiones. A menudo se satisfacen con un nivel determinado y es este nivel determinado, el que determina el curso de su acción, de este modo Simon sale al paso de la indeterminación de la TER. Frente a una concepción procedimental de las limitaciones de la racionalidad y otra, de orden sustancial en la que se cuestiona la naturaleza egoísta e interesada de los individuos en tanto ellos son conscientes de sus propias limitaciones y exhiben compromisos previos consigo mismos para afrontar sus debilidades, asumiendo también a la vez la condición 8 azarosa de algunas de sus elecciones, la apuesta que realizamos está orientada a defender la tesis que descubrimos en los ejercicios críticos de Juicios Salomónicos, una virtual aceptación de la incertidumbre, de lo que queda más allá de la percepción de la razón. Esta aceptación elimina entonces la condición de maximización de la utilidad. En dicho sentido, es válida la observación de que la concepción de naturaleza humana que sostiene la TER no dá más rendimiento para su aplicación: su carácter restrictivo deja por fuera los efectos laterales de la acción, sin parar mientes en los resultados de dichos efectos y su potencial para generar transformaciones. En el campo que nos ocupa, estaríamos pensando en la aleatoriedad de algunas decisiones colectivas. Su naturaleza aleatoria o azarosa, en este caso asimilada a inconsistente ó dilemática no es condición suficiente para negarles la posibilidad de dar cuenta de la actividad deliberativa de los individuos. Justamente la vía que debe escoger quien pretenda desde una postura gubernamental el desarrollo de la democracia deliberativa ha de ser aquella que permita priorizar el componente deliberativo, que no la imposición de la razón tal como expresa Pettit. Una interpretación exegética del modelo republicano quebranta la naturaleza democrática de las instituciones, si se le apuesta a la idea de cortar al paso de forma tajante, el desarrollo de los procesos democráticos. No es la vía para fortalecer un ideal republicano, el forzar los debates mediante la imposición de razones de la mano de un dedicado ciudadano total que pretenda tener en su poder las llaves del futuro. Sopesando las implicaciones expresadas por Pettit para la segunda vía, es decir la que particularmente acogemos como resultado de este breve examen. Recordemos: en esta segunda vía planteada por el dilema discursivo, se decide la votación teniendo en cuenta como resultado el resultado obtenido en las votaciones particulares de cada una de las premisas. Las implicaciones que presenta el filósofo Pettit es que con ello se asegura la racionalidad de la decisión colectiva pero se reduce la responsabilidad de las argumentaciones particulares a las perspectivas de cada uno de los integrantes. Según esto no se propicia la formación de decisiones colectivas como tales, se debilitaría la condición democrática de la decisión. A nuestro modo de ver, esto ocurriría en el evento anterior cuando según la –Forma 1 se privilegiara el carácter colectivo de la decisión, tomando 9 como resultado la conclusión. allí sí se debilita el componente democrático. Pensamos que en la deliberación está el componente que más trabaja por el fortalecimiento de la confianza en las instituciones. Si eliminamos la deliberación, eliminamos la participación abierta. Si las razones que se exponen no son susceptibles de argumentación, qué sentido tiene hablar de procesos de decisión? La intuición final es que la preferencia de Pettit por la postura republicana vá en contravía con la misma naturaleza procedimental del dilema discursivo. 4.Acción colectiva: intenciones, creencias, deseos. Pareciera un despropósito seguir aplicando una terminología afín con la TER para explicar o argumentar en torno a peculiaridades de la Acción colectiva que se distancian de los presupuestos de la teoría de la elección racional. Pero lo hacemos en línea a seguir las posteriores diferenciaciones que plantea PP en colaboración con David Schweikard entre acciones conjuntas y Agentes De grupo (Pettit, Schweikard,2006,18-39) Pensar la aleatoriedad presupone aceptar la incertidumbre, el azar, que en una medida u otra toma parte de momentos específicos en la elección. Determinar un método aleatorio no sería contra razón sino, contra sorpresas. La elección por sorteo como paso final de un procedimiento de varias etapas de selección expresa: Acepto la limitación de mi información y criterios para la decisión final. He aplicado los métodos más claros y transparente pero ante la igualdad de condiciones de los participantes seleccionados, ¿quién soy yo para, aplicando este criterio a mis ojos relevante, elegir a quien lo refleja y dejar por fuera a aquel igualmente competente? Como un ingrediente para el desarrollo de la democracia, la aleatoriedad puede expresar el velo de la ignorancia, en lo que respecta a la provisión de cargos públicos, o la distribución de recursos escasos, o la asignación de responsabilidades como las asociadas al ejercicio electoral. Pensar la aleatoriedad en las acciones que presuponen una decisión colectiva implica incluir en el listado de cláusulas que sugieren Petitt y Kweinkard en el texto mencionado, no sólo el convencimiento de cada cual de la necesidad de realizar su parte; de la voluntad de cada uno para alcanzar el resultado final; de la convicción que tenga de que cada uno 10 hará su parte; de la creencia en que todos aceptan y observan estos requerimientos. Hay que pensar también que cada uno sea capaz de sacar su parte adelante, aun cuando en el momento crucial advierta divergencias en el hacer del otro. Incluir ese componente racional que es la inteligencia emocional, como capacidad para afrontar situaciones frustrantes. No en vano Nicolai Domenech cita en la introducción de Domar la suerte, las alternativas que podría brindar una incursión en la psicología cognitiva empírica, para el refinamiento o reformulación de la TER. 5. BIBLIOGRAFÍA. Elster J. Domar la suerte. Barcelona (España). Editorial Paidós. 2001.167 págs. Elster J. Juicios Salomónicos. Barcelona….. Kornhauser, Lewis A.; Sager Lawrence G. The many as One: Integrity and Group Choice in Paradoxical Cases.En: Philosophy and Public Affairs. Londres. Blackwell Publishing Inc., Academic research Library. 2004; 32-3 Olson M. La lógica de la acción colectiva. México. Editorial Limusa. Grupo Noriega Editores.1992. 199 págs. Pettit P. Deliberative Democracy and the Discursive Dilemma, En: Philosophical Issues (supplement to Nous). Australia. Editorial Nous, vol.11. 320 págs. Pettit, P. and Schweikard David. Joint Actions and Group Agents.En: Philosophy of the Social Sciences, Londres,*Editorial Sage Publications. 2006. Vol. 36, Number 1. Pettit, P. Deliberative Democracy, the Discursive Dilemma and Republican Theory. En: Philosophy of the Social Sciences. Londres*, Editorial Sage Publications, 2007. Vol. 37. Bogotá, Agosto 30-3008 11
Copyright © 2024 DOKUMEN.SITE Inc.