AFP y ONP

March 21, 2018 | Author: Jorge Montenegro | Category: Pension, Retirement, Politics, Government, Labour


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AFPEl Sistema Nacional de Pensiones del Perú (SNP) se creó en 1973 durante el gobierno del General Juan Velasco Alvarado mediante el Decreto Ley19990. El SNP consolida en uno solo los regímenes de pensiones que existían anteriormente: la Caja Nacional del Seguro Social (Leyes 8433[1] y 13640[2]), el Seguro Social del Empleado (Ley 13724) y el Fondo Especial de Jubilación de Empleados Particulares (FEJEP - Ley 17262), a los cuales deroga. Las AFP son sociedades anónimas, cuyo objetivo es la administración de un Fondo de Pensiones y de otras actividades estrictamente relacionadas con el giro provisional, además de otorgar y administrar las prestaciones y beneficios que establece la ley. Las empresas de AFP recaudan las cotizaciones provisionales, las depositan en la cuenta personal de cada afiliado e invierten los recursos, para otorgar posteriormente los beneficios que correspondan. Adicionalmente contratan un seguro para financiar las pensiones de invalidez y sobre vivencia que generen sus afiliados. Por su labor de administración de Fondos de Pensiones, las empresas de AFP tienen derecho a una retribución establecida sobre la base de comisiones de cargo de los afiliados. Las comisiones son fijadas libremente por cada empresa de AFP. ONP Pero la ONP es la Oficina de Normalización Previsional y tiene con función de reconocer y entregar derechos pensionarios, entre otras cosas; o sea, se encarga de ver el pago de las pensiones y devengados de los jubilados que aportaron al Sistema Nacional de Pensiones. La Oficina de Normalización Previsional - ONP fue creada mediante Ley N° 25967, modificada por el D.L. N° 26323 del 02.06.94, estableciéndose como objeto principal, la administración centralizada del Sistema Nacional de Pensiones y el Fondo de Pensiones a que se refiere el D.L. 19990, así como de otros sistemas de pensiones administrados por el Estado. Con fecha 26 de mayo de 2005 se promulga la Ley Nº 28532, Ley que establece la reestructuración integral de la Oficina de Normalización Previsional (ONP). El 18 de Julio de 2006 se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28532, mediante Decreto Supremo Nº 118-2006-EF. ¿Cuál es la diferencia entre una AFP y la ONP? Las principales diferencias entre la ONP y las AFP son que: En la ONP, el dinero que aportas mes a mes ingresa a un fondo común que se usa para pagar las pensiones de los jubilados de hoy. Mientras que en las AFP, el dinero que aportas ingresa a una cuenta individual de tu propiedad, el cual se invierte para que siga creciendo, beneficiándote a ti y a toda tu familia. Para jubilarte en la ONP requieres demostrar que has aportado durante 20 años. Mientras que en las AFP tu puedes jubilar sin importar los años de aportes que tengas. ¿Puedo trasladarme de la ONP a una AFP? Sí. Solo debes acercarte a las oficinas de la AFP elegida y firmar el Contrato de Afiliación, la afiliación y el traslado a una AFP son trámites sencillos y gratuitos. Tan solo debes desafiliarte de la ONP Y acercarte a las oficinas de la AFP elegida. Allí deberás firmar el Contrato de Afiliación, presentando tu DNI y adjuntando copia fotostática de las boletas de pago de los dos últimos meses. Una recomendación importante es que preguntes en la ONP el monto de la pensión que te tocaría al jubilarte y hagas lo mismo en la AFP. Luego de comparar, decide dónde afiliarte. Si me traspaso de la ONP a la AFP, ¿pierdo la plata que aporté? Si has realizado aportes a la ONP y decides afiliarte a una AFP, existe una posibilidad de recuperar este dinero a través de la obtención de un bono de reconocimiento. Debes tener en cuenta que la AFP te orientará sobre los requisitos y el procedimiento, pero es la ONP quien evalúa y determina si te corresponde el bono. En caso no tuvieras derecho al bono, de acuerdo a lo definido por la ONP, perderás lo aportado. Sin embargo, en este caso conviene que preguntes en la AFP que elijas cuál sería tu pensión futura en uno u otro sistema para que tomes una mejor decisión. ¿Qué sucede con los aportes que mi empleador retuvo mientras yo estaba afiliado a la AFP, pero no los pagó? La AFP continuará o realizará los procedimientos de cobranza de aportes impagos de los trabajadores que se desafilien por aquellos períodos de devengue generados en las AFP.
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