Acto Juridico

March 30, 2018 | Author: Elizabeth Hodges | Category: Intention (Criminal Law), Will And Testament, Crime & Justice, Justice, Politics


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ACTO JURIDICO: HECHO JURIDICO: EJEMPLOS:  HECHO:  HECHO JURIDICO NATURAL: caída de la madera por acción de un temblor con consecuencias jurídicas  HECHO JURIDICO HUMANO: caída de madera por descuido o mala maniobra o intención con consecuencias jurídicas(daño a un triciclero) un insulto (injuria)ladrón HECHO JURIDICO PARA DAVIBNY: es el hecho que produce una adquisición, modificación, trasferencia o extinción de derechos. LUDWIC ENNECCRUS: sostiene que el hecho jurídico es el hecho que tiene importancia o eficacia jurídica y que por sí o junto con otros determina un efecto jurídico. De ahí la generalizada noción que el HECHO JURIDICO es todo hecho que produce una consecuencia de derecho. FERNANDO VIDAL RAMIREZ: dice pero no todo hecho es jurídico HECHO es en general todo suceso o acontecimiento general con o sin intervención del ser humano y puede o no producir consecuencias jurídicas. Puede conceptuarse el hecho jurídico como todo suceso o acontecimiento o conjunto de estos que producen efectos jurídicos o son de una variedad extraordinaria. HECHO NATURAL: Son hechos que se producen independientemente de la voluntad humana cuya causa radica en fenómenos de la naturaleza. Si el hecho natural da lugar a una adquisición, modificación o extinción de un derecho será necesariamente un hecho jurídico. HAY UN HECHO NATURAL que interesa al derecho como es el trascurso del tiempo. El simple transcurso del tiempo PUEDE acarrear consecuencias de derecho, como ocurre con la prescripción extintiva y la caducidad. HECHO HUMANO: Son los hechos que se producen por intervención de la voluntad humana y que por ello son dependientes. En generalización la idea de que los hechos humanos pueden ser voluntarios e involuntarios los primeros son aquellos que se quieren aunque sus efectos pueden o no haber sido previstos; los segundos se derivan de una consecuencia no deseada y puede haber sido ejecutados sin discernimiento Para la concepción del acto jurídico se requiere un primer facto cual es QUE EL HECHO JURIDICO SEA VOLUNTARIO. a) EL HECHO JURIDICO VOLUNTARIO: es el hecho producido con discernimiento, intención y libertad. los hechos voluntarios pueden ser LICITOS e ILICITOS Los hechos ILICITOS son los que causa daño y la imputabilidad el agente o sujeto que los produce se da en razón de su DOLO o CULPA configurado según sea el caso el ilícito civil o el penal o ambos. Los hechos LICITOS originan consecuencia jurídica ejm: la inejecución de una obligación, la conducción de un automóvil (responsabilidad por riesgo) b) LA MANIFESTACION DE LA VOLUNTAD: Es la exteriorización de la idea pensamiento de la voluntad la EXTERIORIZACION es de absoluta necesidad la intimidad de la voluntad es insuficiente se requiere la manifestación al mundo exterior del sujeto que es lo que interesa al derecho. Y esta voluntad genera al acto jurídico y es por eso el acto jurídico incide sobre toda clase de relaciones jurídicas sean patrimoniales o extra patrimoniales o derechos creditorios o reales, sucesorias de familia o personalismo. CONCEPTO DE ACTO JURIDICO; El acto jurídico es un hecho jurídico, voluntad, licito, con manifestación de voluntad y efectos jurídicos que respondan a la intención del sujeto en conformidad con el derecho objetivo. Señalado en su contenido además el acto jurídico es la manifestación de voluntad, destinadas a crear regular modificar o extinguir relaciones jurídicas (art.140 CC.) ACTOS JURIDICOS O NEGOCIOS JURIDICOS; Dejando librado a (alemanes, italianos, y españoles) ACTO JURIDICO es la idea de todo hecho voluntario que produce efectos jurídicos. NEGOCIO JURIDICO: lo consideran como un especie del acto jurídico. Se le conceptúa como la declaración de voluntad orientada a conseguir una finalidad practica, licita, y amparada por el ordenamiento legal el que lo reconoce como sustento suficiente para entablar y regular relaciones jurídica. CONCLUSION: tanto negocio jurídico como acto jurídico son conceptos coincidentes por tanto puede emplearse indistintamente las expresiones acto o negocio. Existe evidente relación de sinonimia . Ejemplo acto matrimonial : exigencia de 2 testigos Testamento: exigencia de 2 testigos - FORMA VERBAL : consiste en la manifestación de voluntad mediante el lenguaje hablado MESSINEO dice que la forma verbal es más simple y comida pero también es menos segura por no dejar pruebas de la manifestación. - FORMA ESCRITA O INSTRUMENTAL: consiste en la manifestación de voluntad mediante el lenguaje escrito el mismo que da contenido en un documento público o privado esta forma es la más segura porque facilita la probanza del acto jurídico. Pueden distinguirse en instrumentos privados y públicos. Son instrumentos PRIVADOS: los otorgados que las partes sin INTERVENCION de notarios o funcionarios públicos por lo que no esta sometido a formalidades especiales (hablar el reconocimiento de documentos). Son instrumentos PUBLICOS: aquellos otorgados por notarios públicos como las escrituras publicas o demás documentos extendidos por funcionarios y empleados en ejercicio de sus atribuciones. CLASIFICACION DE LOS ACTOS JURIDICOS 1. ACTOS UNILATERALES Y BILATERALES La distinción radica según el número de declarantes de voluntad ES ACTO UNILATERAL: cuando concurren una sola declaración de voluntad. el otorgamiento de un testamento acuerdo de una directiva o directorio o asociación. ES ACTO BILATERAL: cuando concurren dos declaraciones de voluntades ejm: COPRA-VENTA EL MATRIMONIO. ACTOS FORMALES Y NO FORMALES ACTOS FORMALES: son cuando la ley estable que debe observar de una formalidad ejm: el matrimonio, contratos,anticreticos, donaciones de bienes de valor considerable llamados actos solemnes. ACTOS NO FORMALES: son aquellos cuando la ley no señala formalidad alguna deja a criterio de voluntad de los celebrantes del acto juridico ejm: los esponsales, las donaciones de escaso valor son también llamados actos no solemnes. ACTOS CONSTITUTIVOS Y DECLARATIVOS: ACTOS CONSTITUTIVOS: es el que genera efectos jurídicos desde el momento de su celebración rigiendo para el futuro. Ejm : la adopción, compra venta ACTO DECLARATIVO: es el que reconoce efectos jurídicos ya existentes por lo que su eficacia es RETROACTIVA ejm : reconocimiento de un hijo extramatrimonial o el reconocimiento de una obligación. ACTOS INTER VIVOS Y MORTIS CAUSA La distinción radica en acto debe producir sus efectos en VIDA de las personas o al producirse la MUERTE el de mortis causa se resume al acto testamentario que es el único todo los demás son actos inter vivos. ACTOS DE DISPOSICION DE OBLIGACIONES Y DE ADMINISTRACION ACTO DE DISPOSICION: son aquellas por las cuales se transmiten la propiedad de un bien mueble o inmueble o se extingue un derecho para quien lo celebra ejem; compra y venta, la permuta, la donación… ACTO DE OBLIGACION:son aquellos por las cuales una persona se comprometen a HACER O NO HACER en favor de otra. ACTO DE ADMINISTRACION: son aquellos por los cuales se transmite la posición el uso ACTOS ONEROSOS Y GRATUITOS: ONEROSOS: las partes se obligan a prestaciones reciprocas ejm; compra venta GRATUITO: llamados también actos de LIBRECALIDAD solo una parte se obligaal cumplimiento de una prestación. La importancia radica fundamentalmente en los efectos frente a terceros pues ACTOS DE EJECUCION INMEDIATA Y DE EJECUCION CONTINUA: Continua es ventas a plazos o arrendamientos LOS REQUISITOS DE VALIDEZ DEL ACTO JURIDICO 1. LA MANIFESTACION DE LA VOLUNTAD: no es sino la EXTERIORIZACION de ese impulso o tendencia hacia algo llamado VOLUNTAD la voluntad es la esencia misma del acto juridico y solo por la manifestación el sujeto lo hace conocer LA MANIFESTACION DE VOLUNTAD EXPRESA: Cuando los medios empleados por el sujeto tiene por finalidad DIRECTA E INMEDIATA dar a conocer la voluntad interna esto pueden ser el lenguaje hablado o escrito y el mímico. LA MANIFESTACION TACITA: es cuando esta dirigido DIRECTAMENTE a dar a conocerla la voluntad interna son las aptitudes o comportamientos es lo que la doctrina reconoce como FACTA CONCLUDENTIA hechos concluyentes cuales deben permitir una presunción dela voluntad ejem: la ejecución de un hecho material 2 LA CAPACIDA Hablar de la capacidad de la voluntad es la esencia misma del acto juridico solo la manifestación no es suficiente para darle eficacia y validez es necesario que la manifestación emane de un sujeto capaz. LA CAPACIDAD es la aptitud o facultad que tiene que ejercer derechos y obligaciones son de dos clases capacidad de goce y capacidad de jercicio. ACTO JURIDICO: HECHO JURIDICO: EJEMPLOS:  HECHO:  HECHO JURIDICO NATURAL: caída de la madera por acción de un temblor con consecuencias jurídicas  HECHO JURIDICO HUMANO: caída de madera por descuido o mala maniobra o intención con consecuencias jurídicas(daño a un triciclero) un insulto (injuria)ladrón HECHO JURIDICO PARA DAVIBNY: es el hecho que produce una adquisición, modificación, trasferencia o extinción de derechos. LUDWIC ENNECCRUS: sostiene que el hecho jurídico es el hecho que tiene importancia o eficacia jurídica y que por sí o junto con otros determina un efecto jurídico. De ahí la generalizada noción que el HECHO JURIDICO es todo hecho que produce una consecuencia de derecho. FERNANDO VIDAL RAMIREZ: dice pero no todo hecho es jurídico HECHO es en general todo suceso o acontecimiento general con o sin intervención del ser humano y puede o no producir consecuencias jurídicas. Puede conceptuarse el hecho jurídico como todo suceso o acontecimiento o conjunto de estos que producen efectos jurídicos o son de una variedad extraordinaria. HECHO NATURAL: Son hechos que se producen independientemente de la voluntad humana cuya causa radica en fenómenos de la naturaleza. Si el hecho natural da lugar a una adquisición, modificación o extinción de un derecho será necesariamente un hecho jurídico. HAY UN HECHO NATURAL que interesa al derecho como es el trascurso del tiempo. El simple transcurso del tiempo PUEDE acarrear consecuencias de derecho, como ocurre con la prescripción extintiva y la caducidad. HECHO HUMANO: Son los hechos que se producen por intervención de la voluntad humana y que por ello son dependientes. En generalización la idea de que los hechos humanos pueden ser voluntarios e involuntarios los primeros son aquellos que se quieren aunque sus efectos pueden o no haber sido previstos; los segundos se derivan de una consecuencia no deseada y puede haber sido ejecutados sin discernimiento Para la concepción del acto jurídico se requiere un primer facto cual es QUE EL HECHO JURIDICO SEA VOLUNTARIO. c) EL HECHO JURIDICO VOLUNTARIO: es el hecho producido con discernimiento, intención y libertad. los hechos voluntarios pueden ser LICITOS e ILICITOS Los hechos ILICITOS son los que causa daño y la imputabilidad el agente o sujeto que los produce se da en razón de su DOLO o CULPA configurado según sea el caso el ilícito civil o el penal o ambos. Los hechos LICITOS originan consecuencia jurídica ejm: la inejecución de una obligación, la conducción de un automóvil (responsabilidad por riesgo) d) LA MANIFESTACION DE LA VOLUNTAD: Es la exteriorización de la idea pensamiento de la voluntad la EXTERIORIZACION es de absoluta necesidad la intimidad de la voluntad es insuficiente se requiere la manifestación al mundo exterior del sujeto que es lo que interesa al derecho. Y esta voluntad genera al acto jurídico y es por eso el acto jurídico incide sobre toda clase de relaciones jurídicas sean patrimoniales o extra patrimoniales o derechos creditorios o reales, sucesorias de familia o personalismo. CONCEPTO DE ACTO JURIDICO; El acto jurídico es un hecho jurídico, voluntad, licito, con manifestación de voluntad y efectos jurídicos que respondan a la intención del sujeto en conformidad con el derecho objetivo. Señalado en su contenido además el acto jurídico es la manifestación de voluntad, destinadas a crear regular modificar o extinguir relaciones jurídicas (art.140 CC.) ACTOS JURIDICOS O NEGOCIOS JURIDICOS; Dejando librado a (alemanes, italianos, y españoles) ACTO JURIDICO es la idea de todo hecho voluntario que produce efectos jurídicos. NEGOCIO JURIDICO: lo consideran como un especie del acto jurídico. Se le conceptúa como la declaración de voluntad orientada a conseguir una finalidad practica, licita, y amparada por el ordenamiento legal el que lo reconoce como sustento suficiente para entablar y regular relaciones jurídica. CONCLUSION: tanto negocio jurídico como acto jurídico son conceptos coincidentes por tanto puede emplearse indistintamente las expresiones acto o negocio. Existe evidente relación de sinonimia . Ejemplo acto matrimonial : exigencia de 2 testigos Testamento: exigencia de 2 testigos - FORMA VERBAL : consiste en la manifestación de voluntad mediante el lenguaje hablado MESSINEO dice que la forma verbal es más simple y comida pero también es menos segura por no dejar pruebas de la manifestación. - FORMA ESCRITA O INSTRUMENTAL: consiste en la manifestación de voluntad mediante el lenguaje escrito el mismo que da contenido en un documento público o privado esta forma es la más segura porque facilita la probanza del acto jurídico. Pueden distinguirse en instrumentos privados y públicos. Son instrumentos PRIVADOS: los otorgados que las partes sin INTERVENCION de notarios o funcionarios públicos por lo que no esta sometido a formalidades especiales (hablar el reconocimiento de documentos). Son instrumentos PUBLICOS: aquellos otorgados por notarios públicos como las escrituras publicas o demás documentos extendidos por funcionarios y empleados en ejercicio de sus atribuciones. CLASIFICACION DE LOS ACTOS JURIDICOS 2. ACTOS UNILATERALES Y BILATERALES La distinción radica según el número de declarantes de voluntad ES ACTO UNILATERAL: cuando concurren una sola declaración de voluntad. el otorgamiento de un testamento acuerdo de una directiva o directorio o asociación. ES ACTO BILATERAL: cuando concurren dos declaraciones de voluntades ejm: COPRA-VENTA EL MATRIMONIO. ACTOS FORMALES Y NO FORMALES ACTOS FORMALES: son cuando la ley estable que debe observar de una formalidad ejm: el matrimonio, contratos,anticreticos, donaciones de bienes de valor considerable llamados actos solemnes. ACTOS NO FORMALES: son aquellos cuando la ley no señala formalidad alguna deja a criterio de voluntad de los celebrantes del acto juridico ejm: los esponsales, las donaciones de escaso valor son también llamados actos no solemnes. ACTOS CONSTITUTIVOS Y DECLARATIVOS: ACTOS CONSTITUTIVOS: es el que genera efectos jurídicos desde el momento de su celebración rigiendo para el futuro. Ejm : la adopción, compra venta ACTO DECLARATIVO: es el que reconoce efectos jurídicos ya existentes por lo que su eficacia es RETROACTIVA ejm : reconocimiento de un hijo extramatrimonial o el reconocimiento de una obligación. ACTOS INTER VIVOS Y MORTIS CAUSA La distinción radica en acto debe producir sus efectos en VIDA de las personas o al producirse la MUERTE el de mortis causa se resume al acto testamentario que es el único todo los demás son actos inter vivos. ACTOS DE DISPOSICION DE OBLIGACIONES Y DE ADMINISTRACION ACTO DE DISPOSICION: son aquellas por las cuales se transmiten la propiedad de un bien mueble o inmueble o se extingue un derecho para quien lo celebra ejem; compra y venta, la permuta, la donación… ACTO DE OBLIGACION:son aquellos por las cuales una persona se comprometen a HACER O NO HACER en favor de otra. ACTO DE ADMINISTRACION: son aquellos por los cuales se transmite la posición el uso ACTOS ONEROSOS Y GRATUITOS: ONEROSOS: las partes se obligan a prestaciones reciprocas ejm; compra venta GRATUITO: llamados también actos de LIBRECALIDAD solo una parte se obligaal cumplimiento de una prestación. La importancia radica fundamentalmente en los efectos frente a terceros pues ACTOS DE EJECUCION INMEDIATA Y DE EJECUCION CONTINUA: Continua es ventas a plazos o arrendamientos LOS REQUISITOS DE VALIDEZ DEL ACTO JURIDICO 2. LA MANIFESTACION DE LA VOLUNTAD: no es sino la EXTERIORIZACION de ese impulso o tendencia hacia algo llamado VOLUNTAD la voluntad es la esencia misma del acto juridico y solo por la manifestación el sujeto lo hace conocer LA MANIFESTACION DE VOLUNTAD EXPRESA: Cuando los medios empleados por el sujeto tiene por finalidad DIRECTA E INMEDIATA dar a conocer la voluntad interna esto pueden ser el lenguaje hablado o escrito y el mímico. LA MANIFESTACION TACITA: es cuando esta dirigido DIRECTAMENTE a dar a conocerla la voluntad interna son las aptitudes o comportamientos es lo que la doctrina reconoce como FACTA CONCLUDENTIA hechos concluyentes cuales deben permitir una presunción dela voluntad ejem: la ejecución de un hecho material 2 LA CAPACIDA Hablar de la capacidad de la voluntad es la esencia misma del acto juridico solo la manifestación no es suficiente para darle eficacia y validez es necesario que la manifestación emane de un sujeto capaz. LA CAPACIDAD es la aptitud o facultad que tiene que ejercer derechos y obligaciones son de dos clases capacidad de goce y capacidad de jercicio. ACTO JURIDICO: HECHO JURIDICO: EJEMPLOS:  HECHO:  HECHO JURIDICO NATURAL: caída de la madera por acción de un temblor con consecuencias jurídicas  HECHO JURIDICO HUMANO: caída de madera por descuido o mala maniobra o intención con consecuencias jurídicas(daño a un triciclero) un insulto (injuria)ladrón HECHO JURIDICO PARA DAVIBNY: es el hecho que produce una adquisición, modificación, trasferencia o extinción de derechos. LUDWIC ENNECCRUS: sostiene que el hecho jurídico es el hecho que tiene importancia o eficacia jurídica y que por sí o junto con otros determina un efecto jurídico. De ahí la generalizada noción que el HECHO JURIDICO es todo hecho que produce una consecuencia de derecho. FERNANDO VIDAL RAMIREZ: dice pero no todo hecho es jurídico HECHO es en general todo suceso o acontecimiento general con o sin intervención del ser humano y puede o no producir consecuencias jurídicas. Puede conceptuarse el hecho jurídico como todo suceso o acontecimiento o conjunto de estos que producen efectos jurídicos o son de una variedad extraordinaria. HECHO NATURAL: Son hechos que se producen independientemente de la voluntad humana cuya causa radica en fenómenos de la naturaleza. Si el hecho natural da lugar a una adquisición, modificación o extinción de un derecho será necesariamente un hecho jurídico. HAY UN HECHO NATURAL que interesa al derecho como es el trascurso del tiempo. El simple transcurso del tiempo PUEDE acarrear consecuencias de derecho, como ocurre con la prescripción extintiva y la caducidad. HECHO HUMANO: Son los hechos que se producen por intervención de la voluntad humana y que por ello son dependientes. En generalización la idea de que los hechos humanos pueden ser voluntarios e involuntarios los primeros son aquellos que se quieren aunque sus efectos pueden o no haber sido previstos; los segundos se derivan de una consecuencia no deseada y puede haber sido ejecutados sin discernimiento Para la concepción del acto jurídico se requiere un primer facto cual es QUE EL HECHO JURIDICO SEA VOLUNTARIO. e) EL HECHO JURIDICO VOLUNTARIO: es el hecho producido con discernimiento, intención y libertad. los hechos voluntarios pueden ser LICITOS e ILICITOS Los hechos ILICITOS son los que causa daño y la imputabilidad el agente o sujeto que los produce se da en razón de su DOLO o CULPA configurado según sea el caso el ilícito civil o el penal o ambos. Los hechos LICITOS originan consecuencia jurídica ejm: la inejecución de una obligación, la conducción de un automóvil (responsabilidad por riesgo) f) LA MANIFESTACION DE LA VOLUNTAD: Es la exteriorización de la idea pensamiento de la voluntad la EXTERIORIZACION es de absoluta necesidad la intimidad de la voluntad es insuficiente se requiere la manifestación al mundo exterior del sujeto que es lo que interesa al derecho. Y esta voluntad genera al acto jurídico y es por eso el acto jurídico incide sobre toda clase de relaciones jurídicas sean patrimoniales o extra patrimoniales o derechos creditorios o reales, sucesorias de familia o personalismo. CONCEPTO DE ACTO JURIDICO; El acto jurídico es un hecho jurídico, voluntad, licito, con manifestación de voluntad y efectos jurídicos que respondan a la intención del sujeto en conformidad con el derecho objetivo. Señalado en su contenido además el acto jurídico es la manifestación de voluntad, destinadas a crear regular modificar o extinguir relaciones jurídicas (art.140 CC.) ACTOS JURIDICOS O NEGOCIOS JURIDICOS; Dejando librado a (alemanes, italianos, y españoles) ACTO JURIDICO es la idea de todo hecho voluntario que produce efectos jurídicos. NEGOCIO JURIDICO: lo consideran como un especie del acto jurídico. Se le conceptúa como la declaración de voluntad orientada a conseguir una finalidad practica, licita, y amparada por el ordenamiento legal el que lo reconoce como sustento suficiente para entablar y regular relaciones jurídica. CONCLUSION: tanto negocio jurídico como acto jurídico son conceptos coincidentes por tanto puede emplearse indistintamente las expresiones acto o negocio. Existe evidente relación de sinonimia . Ejemplo acto matrimonial : exigencia de 2 testigos Testamento: exigencia de 2 testigos - FORMA VERBAL : consiste en la manifestación de voluntad mediante el lenguaje hablado MESSINEO dice que la forma verbal es más simple y comida pero también es menos segura por no dejar pruebas de la manifestación. - FORMA ESCRITA O INSTRUMENTAL: consiste en la manifestación de voluntad mediante el lenguaje escrito el mismo que da contenido en un documento público o privado esta forma es la más segura porque facilita la probanza del acto jurídico. Pueden distinguirse en instrumentos privados y públicos. Son instrumentos PRIVADOS: los otorgados que las partes sin INTERVENCION de notarios o funcionarios públicos por lo que no esta sometido a formalidades especiales (hablar el reconocimiento de documentos). Son instrumentos PUBLICOS: aquellos otorgados por notarios públicos como las escrituras publicas o demás documentos extendidos por funcionarios y empleados en ejercicio de sus atribuciones. CLASIFICACION DE LOS ACTOS JURIDICOS 3. ACTOS UNILATERALES Y BILATERALES La distinción radica según el número de declarantes de voluntad ES ACTO UNILATERAL: cuando concurren una sola declaración de voluntad. el otorgamiento de un testamento acuerdo de una directiva o directorio o asociación. ES ACTO BILATERAL: cuando concurren dos declaraciones de voluntades ejm: COPRA-VENTA EL MATRIMONIO. ACTOS FORMALES Y NO FORMALES ACTOS FORMALES: son cuando la ley estable que debe observar de una formalidad ejm: el matrimonio, contratos,anticreticos, donaciones de bienes de valor considerable llamados actos solemnes. ACTOS NO FORMALES: son aquellos cuando la ley no señala formalidad alguna deja a criterio de voluntad de los celebrantes del acto juridico ejm: los esponsales, las donaciones de escaso valor son también llamados actos no solemnes. ACTOS CONSTITUTIVOS Y DECLARATIVOS: ACTOS CONSTITUTIVOS: es el que genera efectos jurídicos desde el momento de su celebración rigiendo para el futuro. Ejm : la adopción, compra venta ACTO DECLARATIVO: es el que reconoce efectos jurídicos ya existentes por lo que su eficacia es RETROACTIVA ejm : reconocimiento de un hijo extramatrimonial o el reconocimiento de una obligación. ACTOS INTER VIVOS Y MORTIS CAUSA La distinción radica en acto debe producir sus efectos en VIDA de las personas o al producirse la MUERTE el de mortis causa se resume al acto testamentario que es el único todo los demás son actos inter vivos. ACTOS DE DISPOSICION DE OBLIGACIONES Y DE ADMINISTRACION ACTO DE DISPOSICION: son aquellas por las cuales se transmiten la propiedad de un bien mueble o inmueble o se extingue un derecho para quien lo celebra ejem; compra y venta, la permuta, la donación… ACTO DE OBLIGACION:son aquellos por las cuales una persona se comprometen a HACER O NO HACER en favor de otra. ACTO DE ADMINISTRACION: son aquellos por los cuales se transmite la posición el uso ACTOS ONEROSOS Y GRATUITOS: ONEROSOS: las partes se obligan a prestaciones reciprocas ejm; compra venta GRATUITO: llamados también actos de LIBRECALIDAD solo una parte se obligaal cumplimiento de una prestación. La importancia radica fundamentalmente en los efectos frente a terceros pues ACTOS DE EJECUCION INMEDIATA Y DE EJECUCION CONTINUA: Continua es ventas a plazos o arrendamientos LOS REQUISITOS DE VALIDEZ DEL ACTO JURIDICO 3. LA MANIFESTACION DE LA VOLUNTAD: no es sino la EXTERIORIZACION de ese impulso o tendencia hacia algo llamado VOLUNTAD la voluntad es la esencia misma del acto juridico y solo por la manifestación el sujeto lo hace conocer LA MANIFESTACION DE VOLUNTAD EXPRESA: Cuando los medios empleados por el sujeto tiene por finalidad DIRECTA E INMEDIATA dar a conocer la voluntad interna esto pueden ser el lenguaje hablado o escrito y el mímico. LA MANIFESTACION TACITA: es cuando esta dirigido DIRECTAMENTE a dar a conocerla la voluntad interna son las aptitudes o comportamientos es lo que la doctrina reconoce como FACTA CONCLUDENTIA hechos concluyentes cuales deben permitir una presunción dela voluntad ejem: la ejecución de un hecho material 2 LA CAPACIDA Hablar de la capacidad de la voluntad es la esencia misma del acto juridico solo la manifestación no es suficiente para darle eficacia y validez es necesario que la manifestación emane de un sujeto capaz. LA CAPACIDAD es la aptitud o facultad que tiene que ejercer derechos y obligaciones son de dos clases capacidad de goce y capacidad de jercicio. ACTO JURIDICO: HECHO JURIDICO: EJEMPLOS:  HECHO:  HECHO JURIDICO NATURAL: caída de la madera por acción de un temblor con consecuencias jurídicas  HECHO JURIDICO HUMANO: caída de madera por descuido o mala maniobra o intención con consecuencias jurídicas(daño a un triciclero) un insulto (injuria)ladrón HECHO JURIDICO PARA DAVIBNY: es el hecho que produce una adquisición, modificación, trasferencia o extinción de derechos. LUDWIC ENNECCRUS: sostiene que el hecho jurídico es el hecho que tiene importancia o eficacia jurídica y que por sí o junto con otros determina un efecto jurídico. De ahí la generalizada noción que el HECHO JURIDICO es todo hecho que produce una consecuencia de derecho. FERNANDO VIDAL RAMIREZ: dice pero no todo hecho es jurídico HECHO es en general todo suceso o acontecimiento general con o sin intervención del ser humano y puede o no producir consecuencias jurídicas. Puede conceptuarse el hecho jurídico como todo suceso o acontecimiento o conjunto de estos que producen efectos jurídicos o son de una variedad extraordinaria. HECHO NATURAL: Son hechos que se producen independientemente de la voluntad humana cuya causa radica en fenómenos de la naturaleza. Si el hecho natural da lugar a una adquisición, modificación o extinción de un derecho será necesariamente un hecho jurídico. HAY UN HECHO NATURAL que interesa al derecho como es el trascurso del tiempo. El simple transcurso del tiempo PUEDE acarrear consecuencias de derecho, como ocurre con la prescripción extintiva y la caducidad. HECHO HUMANO: Son los hechos que se producen por intervención de la voluntad humana y que por ello son dependientes. En generalización la idea de que los hechos humanos pueden ser voluntarios e involuntarios los primeros son aquellos que se quieren aunque sus efectos pueden o no haber sido previstos; los segundos se derivan de una consecuencia no deseada y puede haber sido ejecutados sin discernimiento Para la concepción del acto jurídico se requiere un primer facto cual es QUE EL HECHO JURIDICO SEA VOLUNTARIO. g) EL HECHO JURIDICO VOLUNTARIO: es el hecho producido con discernimiento, intención y libertad. los hechos voluntarios pueden ser LICITOS e ILICITOS Los hechos ILICITOS son los que causa daño y la imputabilidad el agente o sujeto que los produce se da en razón de su DOLO o CULPA configurado según sea el caso el ilícito civil o el penal o ambos. Los hechos LICITOS originan consecuencia jurídica ejm: la inejecución de una obligación, la conducción de un automóvil (responsabilidad por riesgo) h) LA MANIFESTACION DE LA VOLUNTAD: Es la exteriorización de la idea pensamiento de la voluntad la EXTERIORIZACION es de absoluta necesidad la intimidad de la voluntad es insuficiente se requiere la manifestación al mundo exterior del sujeto que es lo que interesa al derecho. Y esta voluntad genera al acto jurídico y es por eso el acto jurídico incide sobre toda clase de relaciones jurídicas sean patrimoniales o extra patrimoniales o derechos creditorios o reales, sucesorias de familia o personalismo. CONCEPTO DE ACTO JURIDICO; El acto jurídico es un hecho jurídico, voluntad, licito, con manifestación de voluntad y efectos jurídicos que respondan a la intención del sujeto en conformidad con el derecho objetivo. Señalado en su contenido además el acto jurídico es la manifestación de voluntad, destinadas a crear regular modificar o extinguir relaciones jurídicas (art.140 CC.) ACTOS JURIDICOS O NEGOCIOS JURIDICOS; Dejando librado a (alemanes, italianos, y españoles) ACTO JURIDICO es la idea de todo hecho voluntario que produce efectos jurídicos. NEGOCIO JURIDICO: lo consideran como un especie del acto jurídico. Se le conceptúa como la declaración de voluntad orientada a conseguir una finalidad practica, licita, y amparada por el ordenamiento legal el que lo reconoce como sustento suficiente para entablar y regular relaciones jurídica. CONCLUSION: tanto negocio jurídico como acto jurídico son conceptos coincidentes por tanto puede emplearse indistintamente las expresiones acto o negocio. Existe evidente relación de sinonimia . Ejemplo acto matrimonial : exigencia de 2 testigos Testamento: exigencia de 2 testigos - FORMA VERBAL : consiste en la manifestación de voluntad mediante el lenguaje hablado MESSINEO dice que la forma verbal es más simple y comida pero también es menos segura por no dejar pruebas de la manifestación. - FORMA ESCRITA O INSTRUMENTAL: consiste en la manifestación de voluntad mediante el lenguaje escrito el mismo que da contenido en un documento público o privado esta forma es la más segura porque facilita la probanza del acto jurídico. Pueden distinguirse en instrumentos privados y públicos. Son instrumentos PRIVADOS: los otorgados que las partes sin INTERVENCION de notarios o funcionarios públicos por lo que no esta sometido a formalidades especiales (hablar el reconocimiento de documentos). Son instrumentos PUBLICOS: aquellos otorgados por notarios públicos como las escrituras publicas o demás documentos extendidos por funcionarios y empleados en ejercicio de sus atribuciones. CLASIFICACION DE LOS ACTOS JURIDICOS 4. ACTOS UNILATERALES Y BILATERALES La distinción radica según el número de declarantes de voluntad ES ACTO UNILATERAL: cuando concurren una sola declaración de voluntad. el otorgamiento de un testamento acuerdo de una directiva o directorio o asociación. ES ACTO BILATERAL: cuando concurren dos declaraciones de voluntades ejm: COPRA-VENTA EL MATRIMONIO. ACTOS FORMALES Y NO FORMALES ACTOS FORMALES: son cuando la ley estable que debe observar de una formalidad ejm: el matrimonio, contratos,anticreticos, donaciones de bienes de valor considerable llamados actos solemnes. ACTOS NO FORMALES: son aquellos cuando la ley no señala formalidad alguna deja a criterio de voluntad de los celebrantes del acto juridico ejm: los esponsales, las donaciones de escaso valor son también llamados actos no solemnes. ACTOS CONSTITUTIVOS Y DECLARATIVOS: ACTOS CONSTITUTIVOS: es el que genera efectos jurídicos desde el momento de su celebración rigiendo para el futuro. Ejm : la adopción, compra venta ACTO DECLARATIVO: es el que reconoce efectos jurídicos ya existentes por lo que su eficacia es RETROACTIVA ejm : reconocimiento de un hijo extramatrimonial o el reconocimiento de una obligación. ACTOS INTER VIVOS Y MORTIS CAUSA La distinción radica en acto debe producir sus efectos en VIDA de las personas o al producirse la MUERTE el de mortis causa se resume al acto testamentario que es el único todo los demás son actos inter vivos. ACTOS DE DISPOSICION DE OBLIGACIONES Y DE ADMINISTRACION ACTO DE DISPOSICION: son aquellas por las cuales se transmiten la propiedad de un bien mueble o inmueble o se extingue un derecho para quien lo celebra ejem; compra y venta, la permuta, la donación… ACTO DE OBLIGACION:son aquellos por las cuales una persona se comprometen a HACER O NO HACER en favor de otra. ACTO DE ADMINISTRACION: son aquellos por los cuales se transmite la posición el uso ACTOS ONEROSOS Y GRATUITOS: ONEROSOS: las partes se obligan a prestaciones reciprocas ejm; compra venta GRATUITO: llamados también actos de LIBRECALIDAD solo una parte se obligaal cumplimiento de una prestación. La importancia radica fundamentalmente en los efectos frente a terceros pues ACTOS DE EJECUCION INMEDIATA Y DE EJECUCION CONTINUA: Continua es ventas a plazos o arrendamientos LOS REQUISITOS DE VALIDEZ DEL ACTO JURIDICO 4. LA MANIFESTACION DE LA VOLUNTAD: no es sino la EXTERIORIZACION de ese impulso o tendencia hacia algo llamado VOLUNTAD la voluntad es la esencia misma del acto juridico y solo por la manifestación el sujeto lo hace conocer LA MANIFESTACION DE VOLUNTAD EXPRESA: Cuando los medios empleados por el sujeto tiene por finalidad DIRECTA E INMEDIATA dar a conocer la voluntad interna esto pueden ser el lenguaje hablado o escrito y el mímico. LA MANIFESTACION TACITA: es cuando esta dirigido DIRECTAMENTE a dar a conocerla la voluntad interna son las aptitudes o comportamientos es lo que la doctrina reconoce como FACTA CONCLUDENTIA hechos concluyentes cuales deben permitir una presunción dela voluntad ejem: la ejecución de un hecho material 2 LA CAPACIDA Hablar de la capacidad de la voluntad es la esencia misma del acto juridico solo la manifestación no es suficiente para darle eficacia y validez es necesario que la manifestación emane de un sujeto capaz. LA CAPACIDAD es la aptitud o facultad que tiene que ejercer derechos y obligaciones son de dos clases capacidad de goce y capacidad de jercicio.
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