ACTA CONSTITUTIVA Responsabilidad Limitada

March 30, 2018 | Author: MiguelSaulCC | Category: Liquidation, Share (Finance), Politics, Government, Finance (General)


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ACTA CONSTITUTIVA.ESCRITURA NUMERO ________ VOLUMEN _____ NUMERO ________ Operación: La Constitución formal de la sociedad mercantil denominada; “VINATERÍA TOTOS Sociedad de Responsabilidad Limitada”. En la cuidad de Playa del Carmen Quintana Roo, siendo la 17 horas, del día 16 de noviembre del año 2015, Marcos Antonio Sánchez Gonzales, Titular de la Notaria número 45 de este Distrito Judicial, hago constar: la constitución de la sociedad denominada “VINATERIA TOTOS”, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, en la que comparecen OMALY LAZARO BARBUDO, MIGUEL SAUL CORDERO CARRANZA y VICRI FLORES RODRIGUEZ, previo permiso que la sociedad solicito y obtuvo de la Secretaria de Economía, mismo que fue expedido el día 27 de Octubre del dos mil quince, permiso 432 Expediente 5A Folio 1503: SOCIOS. 1.- Vicri Flores Rodríguez. 2.- Omaly Lázaro Barbudo. 3.- Miguel Saúl Cordero Carranza. 4.- Rafael Guerrero Delgadillo. 5.- Daniel Antonio Alvares Ventura. Se anexa la documentación requerida para su certificación y validez. IDENTIFICACIÓN Y PREVENCIONES DE LEY YO Marcos Antonio Sánchez Gonzales, HAGO CONSTAR: Que los socios fundadores cuyas generales serán especificadas más adelante se identificaron ante mí, y los previne sobre las penas en que incurre quiénes declaran falsamente bajo protesta de decir verdad, manifestaron que tanto ellos como sus La sociedad tendrá por objeto social preponderante la prestación de servicios especializados de venta y comercialización de vinos y licores.Realizar la venta y comercialización de vinos y licores al mayoreo y menudeo en las tiendas comerciantes de dicho producto. Acto seguido manifestaron que la sociedad que hoy constituyen se regirá por los estatutos sociales siguientes: ESTATUTOS. declararon que ellos como sus respectivas representadas. .Contar con la higiene y calidad que se espera de una sociedad dedicada a la comercialización de bebidas en dicha materia. SEGUNDO. de R. PRIMERO. Por cuenta y propios de su actividad. L. DENOMINACION. 3. para contratar y obligarse de lo que Doy Fe.Apoyar a la chica y mediana empresa con precios accesibles ante la compra al mayoreo del producto que se tiene por objeto en la comercialización de esta sociedad.respectivas representadas.... 4. 1. para promover la creatividad para alcanzar la calidad del servicio.. que irá seguida de las palabras SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA o de sus abreviaturas S. tener capacidad legal. 2.La sociedad se denominará: VINATERÍA GUERRERO Y CIA.. OBJETO SOCIAL.Organizar a los grupos interesados. están al corriente en el pago del Impuesto Federal Sobre la Renta.. A. así como de conocerlos personalmente e interrogados con respecto del Impuesto Federal sobre la Renta. 000. AUMENTO O REDUCCIÓN DE CAPITAL.DURACION.00 SÉPTIMO.000.La duración de la sociedad será INDEFINIDA. 500. CUARTO. contados a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio. íntegramente suscrito y pagado.00 Miguel Saúl Cordero Carranza 625 $625. MONEDA NACIONAL.Todos los accionistas.00 DOS MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS. con valor nominal de $1. con una renuncia expresa del fuero en sus respectivos domicilios personales. estarán sometidos en cuanto a sus actividades y relaciones ante la sociedad.00 UN MIL PESOS. de ESTE ESTADO DE QUINTANA ROO.000. sin que se entienda cambiando su domicilio social.El domicilio de la sociedad será. CAPITAL..000. TERCERO. 77710. C.P.00 TOTAL 2500 $2.. Se hará por acuerdo de la asamblea general de accionistas. representado por dos mil quinientas acciones nominativas.500. QUINTO.000.000.000. cada una. DOMICILIO DE LA SOCIEDAD. a la jurisdicción de los tribunales y Autoridades correspondientes del domicilio de la sociedad.00 Vicri Flores Rodríguez 625 $625. SEXTA. teniendo éstos en caso de aumento derecho . EN PLAYA DEL CARMEN. sin perjuicio de su derecho a establecer agencias o sucursales en otros lugares de la República Mexicana o del extranjero y de pactar domicilio convencional para actos determinados. $ 2. íntegramente suscrito y pagado de la siguiente forma: NOMBRES ACCIONES VALOR Omaly Lázaro Barbudo 625 $625. MONEDA NACIONAL..00 Rafael Guerrero Delgadillo 625 $625. el capital no podrá ser inferior a $ 60. En caso de pérdida. Asimismo. ACCIONES. tendrán anexos cupones para el pago de dividendos e inserta la cláusula quinta. ASAMBLEA DE ACCIONISTAS. En caso de reducción. ordenar la expedición de un segundo o ulterior título. de cada Asamblea se formará un expediente en el que se conservará. y siempre que el o los certificados nuevos cubran el mismo número de acciones que los títulos en cuyo lugar se expidan. quienes podrán canjear certificados que cubran determinado número de acciones por una o varias certificaciones nuevas según lo soliciten los accionistas.La asamblea general de accionistas es el órgano supremo de la sociedad.000 mil pesos. TÍTULOS DE ACCIONES. Y funcionara con una reunión al menos una vez al año. el administrador o el consejo podrán. amparando una o más. copia de las publicaciones en las que haya aparecido la convocatoria para la asamblea. las tarjetas de ingresos a la asamblea. con la finalidad de tomar resoluciones y ver el avance que la presente sociedad tendrá durante su ejercicio y desarrollo. correspondiendo un voto a cada una. DECIMO. Serán firmadas por el administrador general o en su caso por el presidente y el tesorero del Consejo de Administración.. y dicha acta deberá transcribirse en el libro correspondiente. destrucción o extravío de los títulos antes mencionados.. copia de los informes del . Confieren a sus tenedores iguales derechos.De cada Asamblea de Accionistas se levantará un acta que deberá contener las resoluciones adoptadas. Estos y los certificados provisionales serán expedidos por el administrador general o en su caso por el Consejo de Administración. las cartas poder. DECIMO PRIMERO.preferente para suscribir las nuevas acciones en proporción a las que posean. OCTAVO. NOVENO. mediante las pruebas y con la garantía que estimen conveniente. llenarán los requisitos que exige el artículo ciento veinticinco de la Ley General de Sociedades Mercantiles. la lista de asistencia a la asamblea firmada por los escrutadores. cuando existan como documentos relacionados con el acta. con ocho días de anticipación a la celebración de la asamblea. Cada accionista o grupo de accionistas que sea titular por lo menos del veinte por ciento del capital social tendrá derecho a nombrar un consejero propietario y.. serán designados por la mayoría de votos de las acciones representada en la Asamblea Ordinaria de Accionistas. GERENTES. DECIMO SEGUNDO. y a falta u omisión de éste... gozando de un voto por cada mil pesos de su aportación o el múltiplo de esta cantidad que se hubiere determinado. Salvo pacto en contrario. en su caso..Los gerentes se reunirá por lo menos una vez al mes. DECIMO QUINTO. por lo menos una vez al año.Todo socio tendrá derecho a participar en las decisiones de las asambleas. por los socios que representen más de la tercera parte del capital social. DECIMO CUARTO. VICRI FLORES RODRÍGUEZ y MIGUEL SAUL CORDERO CARRANZA y por el número impar de miembros propietarios que determine la Asamblea Ordinaria de Accionistas. que deberán contener la orden del día y dirigirse a cada socio por lo menos. DECIMO SEXTO. el respectivo suplente.. si no lo hicieren. salvo lo que el contrato social establezca sobre partes sociales privilegiadas. por el Consejo de Vigilancia.Los miembros propietarios y los suplentes del gerentes de la Sociedad. Las asambleas se reunirán en el domicilio social. las convocatorias se harán por medio de cartas certificadas con acuse de recibo. mediante aviso dado por escrito. . en la época fijada en el contrato. DECIMO TERCERO.La administración de la Sociedad estará a cargo de tres gerentes. convocado para tal efecto por los mismos.Las asambleas serán convocadas por los gerentes.Consejo y cualesquiera otros documentos que hubieran sido sometidos a la consideración de la asamblea. La asamblea podrá designar gerentes suplentes y determinar el número de estos y la manera de llevar a cabo suplencia. los cuales serán los socios OMALY LÁZARO BARBUDO. La asamblea General de Accionistas. Representará a la sociedad mediante un poder general para pleitos y cobranzas.. podrá administrar los bienes y negocios de la sociedad. señalarán el tiempo que deban ejercer sus cargos sus facultades y obligaciones. cuando todos los gerentes Propietarios o sus respectivos estuvieren reunidos. DECIMO NOVENO. DECIMO SEPTIMO. OMALY LAZARO BARBUDO podrá: 1. designarán a los Gerentes. VIGESIMO.De cada sesión se levantará acta que deberán firmar los gerentes y socios que asistan.Los acuerdos se aprobarán por mayoría de votos y en caso de empate los gerentes tendrán voto de calidad. sin que tenga limitaciones como lo establecen los artículos dos quinientos cincuenta y cuatro Primer párrafo dos mil quinientos ochenta y siete del Código Civil para el Estado de Quintana Roo están quedando facultado para promover el juicio de amparo. DECIMO OCTAVO. . 2.. siempre conformidad a lo que establezca el Código Civil para el Estado de Quintana Roo. Con un poder general. No será necesario el aviso.Integrarán quórum para las reuniones la mayoría de los Consejeros. con todas las facultades generales y las especiales que requiera conforme a la cláusula especial conforme a la Ley. el Administrador o el Consejo de Administración...enviado por lo menos con tres días hábiles de anticipación a la fecha de la sesión. en el último domicilio que al efecto hayan señalado los gerentes Propietarios y/o Suplentes. de forma tal que asegure que su destinatario lo reciba. serán quienes representen en lo legal a la sociedad y sus atribuciones de cada socio serán: El socio. VIGESIMO PRIMERO.. seguirlo en todos sus trámites como desistirse del mismo.Los gerentes en su caso. Celebrar contratos individuales y colectivos trabajo formación de los Reglamentos Interiores de Trabajo. El socio. Abrir y cancelar cuentas bancarias a nombre de la sociedad. 7. 4. denuncias acusaciones y coadyuvar junto al Ministerio Público en procesos penales. pudiendo constituir a la sociedad como parte civil dichos procesos y otorgar perdones cuando. 12. MIGUEL SAUL CORDERO CARRANZA podrá: 11. Formular y presentar querellas.3. 8. 9. el caso lo amerite. Otorgar y suscribir títulos de crédito a nombre de la sociedad. Celebrar convenios con el Gobierno Federal los términos de las fracciones primera cuarta del artículo veintisiete Constitucional su Ley Orgánica y los Reglamentos de éste. Condiciones de trabajo y remuneraciones. en los términos de los artículos once y seiscientos noventa y dos de la Ley Federal del Trabajadores ante las Juntas Locales y Federales de Conciliación y Arbitraje. 5. e intervenir en la . El socio. 10. Representar a la sociedad con poder general para actos de administración laboral. juicio. VICRI FLORES RODRIGUEZ podrá: 6. Nombrar y remover a los Gerentes. agentes y empleados de sociedad determinando sus atribuciones. Representará a la sociedad en sus actos dominio como lo establece el artículo dos quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil para el Estado de Quintana Roo. con facultades de designar autorizar personas que giren a cargo de las mismas. Adquirir participaciones en el capital de otra sociedad. Subgerentes Apoderados. Conferir poderes generales o especiales con facultades de sustitución o sin ellas revocarlos. INTERVENTOR.La vigilancia de la Sociedad estará a cargo de uno o varios Comisarios. se realizará una convocatoria a una asamblea general de accionistas y el balance correspondiente quedará a merced de los accionistas. Delegar sus facultades en uno o varios consejeros en casos determinados señalándose sus atribuciones para que los ejerciten en los términos correspondientes.. quienes podrán ser o no accionistas serán elegidos por la Asamblea General de Accionistas por la mayoría de votos y ésta podrá designar sus suplentes así como que desempeñarán sus cargos por tiempo indefinido hasta que tomen posesión quienes lo sustituyan.13... esto se realizada quince . y en general llevar a cabo los actos y operaciones que fueren necesarios y convenientes para los fines de la sociedad con excepción de los expresamente reservados por la Ley o por estos Estatutos a la asamblea. VIGESIMO TERCERO. VIGESIMO SEGUNDO.En los primeros cuatro meses siguientes a la clausura del ejercicio social.. ejecutar sus acuerdos. 14. Los socios acuerdan designar al contador público Roberto Rodríguez Castillo para que vigile los actos de los administradores.Después de practicado el balance. excepto el primer ejercicio que se iniciará con las actividades de la sociedad y terminará el treinta y uno de diciembre del siguiente. Convocar a Asambleas Generales Ordinarias Extraordinarias de Accionistas. los gerentes.Los Ejercicios sociales se inician el primero de enero y terminan el treinta y uno de diciembre de cada año. VIGESIMO. examinar el estado de la administración. 15. VIGESIMO PRIMERA. la contabilidad y papeles de la compañía. harán un balance con los documentos justificativos y pasarán al Comisario para que emita dictamen en un lapso de diez días. este último llevara la firma social. días antes de que quede reunidas la asamblea.Por la pérdida de las dos terceras partes del capital social.Cobrar lo que se deba a la sociedad y pagar lo que ella deba. V. II.. IV. tal y como lo establece el artículo ciento setenta y dos de la ley general de sociedades mercantiles. VIGESIMO SEPTIMO.. .... II.Por acuerdo de los socios tomado de conformidad con el contrato social y con la Ley. obligaciones y el plazo de liquidación. los cuales son los siguientes: I.. III.La liquidación se sujetará a las bases estipuladas en el artículo 242 de la Ley General de Sociedades Mercantiles. DISOLUCION Y LIQUIDACION.Por expiración del término fijado en el contrato social..Vender los bienes de la sociedad.. IV..La Asamblea que acuerde la disolución nombrará uno o más liquidadores. VIGESIMO NOVENO.La sociedad se disolverá conforme a lo estipulado en el artículo 229 de la Ley General de las Sociedades Mercantiles. VIGESIMO OCTAVO.. III. los cuales son los siguientes: I.Porque el número de accionistas llegue a ser inferior al mínimo que esta Ley establece.. o porque las partes de interés se reúnan en una sola persona.Por imposibilidad de seguir realizando el objeto principal de la sociedad o por quedar éste consumado.. fijará sus emolumentos facultades.Liquidar a cada socio su haber social.Concluir las operaciones sociales que hubieren quedado pendientes al tiempo de la disolución. para ACTOS DE DOMINIO. bastará que se diga que se otorga con todas las facultades generales y las especiales que requieran cláusula especial conforme a la Ley. El balance final. que dice: “En todos los poderes generales para PLEITOS y COBRANZAS. EL NOTARIO. b). bastará que se den ese carácter para que el apoderado tenga todas las facultades de dueño.Que los comparecientes me exhiben el permiso que la Secretaría de Economía el día 27 de Octubre del dos mil quince para la Constitución de esta sociedad. y sus correlativos en las demás entidades Federativas. se depositará en el Registro Público de Comercio..Practicar el balance final de la liquidación... para que se entiendan conferidos sin limitación alguna.. tanto en el relativo a los bienes como hacer toda clase de gestiones a fin de defenderlos. una vez concluida la liquidación.Obtener del Registro Público de Comercio la cancelación de la inscripción del contrato social. II. VI.Que los conozco y a mi criterio tienen capacidad legal. III.Que les hice conocer el contenido del Artículo dos mil quinientos cincuenta y cuatro del Código Civil del Estado de Quintana Roo. En los poderes generales.Respecto a los comparecientes: a). y anexaré el testimonio que expida.V. el que agrego al apéndice de esta escritura con la letra “A “.. YO. CERTIFICACIONES. CERTIFICO: I. . según la naturaleza de la sociedad. que deberá someterse a la discusión y aprobación de los socios..Que lo relacionado e inserto concuerda fielmente con sus originales que tengo a la vista... en la forma que corresponda. una vez aprobado. al cual correspondió al permiso 432 Expediente 5A Folio 1503. -Firma. procediendo a Autorizarlo en forma definitiva. así como el que manifestaran su conformidad. se consignarán las limitaciones a los poderes serán especial. Así mismo reiterando las disposiciones legales en el apéndice que se encuentran al final de presente documento. en el plazo de treinta días a partir de su firma. Los comparecientes firman el 16 de noviembre del año de 2015 .- -Firma.Cuando se quisieren limitar en los tres casos antes mencionados.- . en ciudad de México Distrito Federal en fecha arriba citada. c). firma el presente el día 16 de Noviembre del dos mil quince.que les advirtió que de acuerdo con el Artículo VEINTISIETE del Código Fiscal de la Federación. DOY FE.- . deben inscribir esta sociedad en el Registro Federal del Contribuyente y justificarlo así al suscrito Notario de otra forma se hará la denuncia a que se refiere dicho precepto y d).- .-Firma. explicando su valor circunstancias y valores correspondientes. Los notarios insertarán este Artículo en los testimonios de los poderes que otorguen”.Haberles leído en alta voz y en forma clara...-Firma. las facultades de los apoderados. autorizo esta escritura. .NOTARIO PÚBLICO Firma Con esta fecha y después de haber cumplido con los requisitos legales. DOY FE.
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