20140731.pdf

March 29, 2018 | Author: jere251185 | Category: Buenos Aires, Society, Social Institutions, Politics, Government


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Boletín Oficial - Publicación oficial - Ordenanza N° 33.701 - Ley N° 2739 Reglamentado por Decreto N° 964/08 - Director responsable: Dr.Pablo Clusellas - Registro de la Propiedad Intelectual N° 569.966 - Gerencia Operativa Boletín Oficial y Registro - Teléfonos: 4323-9625, 4323-9501 E-mail: [email protected] - [email protected] - Consultas y Publicación de Edictos Particulares de 9:30 a 15:00 hs. Rivadavia 524 (1084), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Web: www.buenosaires.gob.ar Boletín Oficial Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Nº "2014, Año de las letras argentinas" 4449 31/07/2014 Sumario Poder Legislativo Ley Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires Ley N°5007 Se considerará ineficaz en las playas de estacionamiento la publicación en carteles o tickets                                         de la leyenda la empresa no se responsabiliza por los daños, robos o hurtos que pudieran                                             sufrir los vehículos................................................................................................................................................ Pág. 14 Ley N°5013 Se declara personalidad destacada en el ámbito de la cultura al artista Raúl Carnota........................................ Pág. 14 Ley N°5016 Se fija transitoriamente para el ejercicio fiscal 2015 un tope de aumento para los tributos que                                         recaen sobre los inmuebles radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires................................................ Pág. 15 Poder Ejecutivo Decreto Área Jefe de Gobierno Decreto N°314 Se modifican los objetivos de la UPE - Distrito Gubernamental........................................................................... Pág. 16 Decreto N°315 Se desestima recurso contra la Resolución Nº 914/MDSGC/13.......................................................................... Pág. 17 Decreto N°316 Se individualizan subsuelos de inmuebles para la construcción del túnel de enlace entre las                                           líneas E y H de subterráneos................................................................................................................................ Pág. 18 Resolución Ministerio de Hacienda Resolución N°1287-MHGC/14 Se instrumenta el Acta de Negociación Colectiva N°6/14 de la Comisión Paritaria Central................................ Pág. 20 Resolución N°1314-MHGC/14 Se rectifica la Resolución N°1131/MHGC/14....................................................................................................... Pág. 21 Ministerio de Justicia y Seguridad Resolución N°390-SSJUS/14 Se deja sin efecto la contratación de Solange Rodríguez.................................................................................... Pág. 23 Resolución N°391-SSJUS/14 Se adjudica a la escribana Carolina Fransoni la titularidad del Registro Notarial Nº 1621................................... Pág. 23 Resolución N°392-SSJUS/14 Se acepta la renuncia de la escribana Sabrina Poth al cargo de adscripta del Registro Notarial                                       Nº 1127................................................................................................................................................................. Pág. 25 Resolución N°393-SSJUS/14 Se autoriza la contratación de la agente María del Carmen Marone.................................................................... Pág. 26 Resolución N°145-ISSP/14 Se deja sin efecto la designación de Leonardo Javier Balmaceda como Profesor Adjunto II de                                        la materia Seguridad Pública II............................................................................................................................. Pág. 27 Ministerio de Salud Resolución N°299-SSASS/14 Se aprueba y adjudica la Licitación Pública Nº 449-SIGAF/14............................................................................. Pág. 28 Ministerio de Educación Resolución N°348-MEGC/14 Se autoriza la contratación de personal................................................................................................................ Pág. 31 Resolución N°2755-MEGC/14 Se autoriza la cobertura de interinatos y suplencias para el Área de la Educación Especial por                                       estudiantes avanzados de las carreras de los Profesorados de Educación Especial.......................................... Pág. 31 Resolución N°2756-MEGC/14 Se aprueban los Criterios curriculares para el ámbito de la formación profesional.............................................. Pág. 33 Resolución N°2757-MEGC/14 Se crea el Proyecto Maestro por Ciclo.................................................................................................................. Pág. 34 Resolución N°2758-MEGC/14 Se aprueba el Diseño Curricular Jurisdiccional diurno del Segundo Ciclo de la Modalidad                                               Técnico Profesional de Nivel Secundario correspondiente a la especialidad Administración de                                        Empresas.............................................................................................................................................................. Pág. 36 Resolución N°2790-MEGC/14 Se modifican créditos............................................................................................................................................ Pág. 39 Resolución N°2791-MEGC/14 Se dispone el cambio de modalidad de las salas de nivel inicial que funcionan en la Escuela Nº                                     11 del Distrito Escolar 6........................................................................................................................................ Pág. 40 Resolución N°2792-MEGC/14 Se aprueban las Plantas Orgánico Funcionales correspondientes al año 2014 para los Equipos                                     de Orientación Escolar.......................................................................................................................................... Pág. 41 Resolución N°2805-MEGC/14 Se aprueba el Diseño Curricular Jurisdiccional diurno del Segundo Ciclo de la Modalidad                                               Técnico Profesional de Nivel Secundario correspondiente a la especialidad Técnicas en                                                 Diseño y Producción de Indumentaria.................................................................................................................. Pág. 42 Resolución N°2806-MEGC/14 Se rectifica el Anexo de la Resolución Nº 708/MEGC/14..................................................................................... Pág. 45 Resolución N°2820-MEGC/14 Se aprueba el Diseño Curricular Jurisdiccional diurno del Segundo Ciclo de la Modalidad                                               Técnico Profesional de Nivel Secundario correspondiente a la especialidad Óptica........................................... Pág. 46 Resolución N°287-SSGEFYAR/14 Se aprueba y adjudica la Licitación Pública N°261-SIGAF/14............................................................................. Pág. 49 Resolución N°289-SSGEFYAR/14 Se dan de baja, alta y se ratifican responsables de administración y rendición de fondos.................................. Pág. 51 Resolución N°291-SSGEFYAR/14 Se dan de baja, alta y se ratifican responsables de administración y rendición de fondos.................................. Pág. 52 Resolución N°293-SSGEFYAR/14 Se dan de baja, alta y se ratifican responsables de administración y rendición de fondos.................................. Pág. 53 Resolución N°296-SSGEFYAR/14 Se aprueba y adjudica la Contratación Directa Nº 440-SIGAF/14........................................................................ Pág. 55 Resolución N°303-SSGEFYAR/14 Se dan de alta responsables de administración y rendición de fondos................................................................ Pág. 56 Resolución N°313-SSGEFYAR/14 Se aprueba el trámite de reintegro de gastos....................................................................................................... Pág. 57 Resolución N°314-SSGEFYAR/14 Se dan de alta y baja responsables de administración y rendición de fondos...................................................... Pág. 58 Resolución N°317-SSGEFYAR/14 Se dan de alta y baja responsables de administración y rendición de fondos...................................................... Pág. 60 Resolución N°319-SSGEFYAR/14 Se dan de baja y alta responsables de administración y rendición de fondos...................................................... Pág. 61 Resolución N°321-SSGEFYAR/14 Se dan de baja y alta como de administración y rendición de fondos.................................................................. Pág. 62 Resolución N°322-SSGEFYAR/14 Se dan de baja y alta responsables de administración y rendición de fondos...................................................... Pág. 63 Resolución N°324-SSGEFYAR/14 Se dan de baja y alta responsables de administración y rendición de fondos...................................................... Pág. 65 Resolución N°325-SSGEFYAR/14 Se dan de baja y alta responsables de administración y rendición de fondos...................................................... Pág. 66 Resolución N°326-SSGEFYAR/14 Se dan de baja y alta responsables de administración y rendición de fondos...................................................... Pág. 67 Resolución N°328-SSGEFYAR/14 Se dan de baja y alta responsables de administración y rendición de fondos...................................................... Pág. 68 Resolución N°329-SSGEFYAR/14 Se dan de baja y alta responsables de administración y rendición de fondos...................................................... Pág. 70 Resolución N°334-SSGEFYAR/14 Se dan de baja y alta responsables de administración y rendición de fondos...................................................... Pág. 71 Resolución N°335-SSGEFYAR/14 Se presta conformidad al reintegro de gastos efectuado por el Director General de Educación                                        Superior................................................................................................................................................................. Pág. 72 Resolución N°336-SSGEFYAR/14 Se presta conformidad al reintegro de gastos efectuado por el Coordinador de Administración                                        de la Dirección General de Educación de Gestión Privada.................................................................................. Pág. 73 Resolución N°338-SSGEFYAR/14 Se dan de baja y alta responsables de administración y rendición de fondos...................................................... Pág. 74 Resolución N°340-SSGEFYAR/14 Se presta conformidad al reintegro de gastos efectuado a favor de la Asociación Cooperadora                                       del Colegio N°17 DE 7°........................................................................................................................................ Pág. 75 Resolución N°341-SSGEFYAR/14 Se dan de alta y baja responsables de administración y rendición de fondos...................................................... Pág. 76 Resolución N°342-SSGEFYAR/14 Se dan de alta y baja responsables de administración y rendición de fondos...................................................... Pág. 77 Resolución N°343-SSGEFYAR/14 Se dan de alta y baja responsables de administración y rendición de fondos...................................................... Pág. 79 Resolución N°344-SSGEFYAR/14 Se dan de alta y baja responsables de administración y rendición de fondos...................................................... Pág. 80 Resolución N°346-SSGEFYAR/14 Se dan de alta y baja responsables de administración y rendición de fondos...................................................... Pág. 81 Resolución N°356-SSGEFYAR/14 Se aprueba multa a la empresa Termair S.A........................................................................................................ Pág. 83 Resolución N°360-SSGEFYAR/14 Se dan de alta y baja responsables de administración y rendición de fondos...................................................... Pág. 85 Resolución N°364-SSGEFYAR/14 Se dan de alta y baja responsables de administración y rendición de fondos...................................................... Pág. 86 Resolución N°366-SSGEFYAR/14 Se dan de alta y baja responsables de administración y rendición de fondos...................................................... Pág. 88 Resolución N°367-SSGEFYAR/14 Se dan de alta y baja responsables de administración y rendición de fondos...................................................... Pág. 89 Resolución N°368-SSGEFYAR/14 Se dan de alta y baja responsables de administración y rendición de fondos...................................................... Pág. 90 Resolución N°369-SSGEFYAR/14 Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública N°792-SIGAF/14............................................................... Pág. 91 Resolución N°4602-SSPECD/14 Se reconocen los servicios prestados por el agente Emilio Alberto Rodríguez Fama.......................................... Pág. 92 Resolución N°4681-SSPECD/14 Se reconocen los servicios prestados por la agente Lorena Joaquina Di Meo.................................................... Pág. 93 Ministerio de Desarrollo Urbano Resolución N°225-MDUGC/14 Se aprueba modificación presupuestaria.............................................................................................................. Pág. 95 Resolución N°229-MDUGC/14 Se aprueba modificación presupuestaria.............................................................................................................. Pág. 96 Resolución N°230-MDUGC/14 Se autoriza viaje.................................................................................................................................................... Pág. 97 Resolución N°231-MDUGC/14 Se modifica la Resolución Nº 217/MDUGC/14..................................................................................................... Pág. 98 Resolución N°232-MDUGC/14 Se aprueba modificación presupuestaria.............................................................................................................. Pág. 99 Resolución N°233-MDUGC/14 Se designa a Mario Jorge Nadali como representante titular del Gobierno de la Ciudad                                                   Autónoma de Buenos Aires ante el Consejo Hídrico Federal............................................................................. Pág. 100 Resolución N°234-MDUGC/14 Se aprueba modificación presupuestaria............................................................................................................ Pág. 101 Resolución N°236-MDUGC/14 Se autoriza la contratación de personal.............................................................................................................. Pág. 102 Resolución N°238-MDUGC/14 Se encomienda al Subsecretario de Coordinación y Seguimiento de Gestión la atención del                                           despacho diario de la Unidad de Proyectos Especiales Obras Red de Subterráneos....................................... Pág. 102 Resolución N°240-MDUGC/14 Se aprueba y adjudica la Contratación Directa Nº 4844/14................................................................................ Pág. 104 Ministerio de Cultura Resolución N°3922-MCGC/14 Se cesa y se designa personal de planta de gabinete........................................................................................ Pág. 105 Resolución N°467-EATC/14 Se designan agentes como integrantes de la Comisión Laboral de Interpretación............................................ Pág. 106 Ministerio de Desarrollo Social Resolución N°676-MDSGC/14 Se convalida la ocupación del inmueble sito en Mario Bravo 966 por la Asociación Civil La                                             Casona de los Barriletes..................................................................................................................................... Pág. 108 Ministerio de Desarrollo Económico Resolución N°429-SSECRE/14 Se modifica el lugar destinado para la realización de la fiesta itinerante establecida por                                                   Disposición N°558/DGINC/14............................................................................................................................ Pág. 110 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Resolución N°1257-MAYEPGC/14 Se cesan y se designan responsables de administración y rendición de fondos............................................... Pág. 111 Resolución N°1258-MAYEPGC/14 Se incrementa el subsidio otorgado a la Cooperativa Baires Cero Con Limitada.............................................. Pág. 112 Resolución N°1260-MAYEPGC/14 Se otorga licencia sin goce de haberes a la agente Matilde Amancay Mamani................................................. Pág. 116 Resolución N°107-SSHU/14 Se rechaza la solicitud efectuada por Guillermo Javier Grillo Ciocchini............................................................. Pág. 117 Resolución N°117-SSADM/14 Se rectifica la Resolución N°110/SSADM/14..................................................................................................... Pág. 118 Ministerio de Modernización Resolución N°513-MMGC/14 Se designa a Néstor Horacio Cioffi como Gerente Operativo de Control de Gestión......................................... Pág. 120 Resolución N°94-SSGPM/14 Se autoriza la contratación de María Constanza Niebuhr................................................................................... Pág. 121 Ministerio de Gobierno Resolución N°11-CUMAR/14 Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 122 Agencia Gubernamental de Control Resolución N°449-AGC/14 Se encomienda la firma del despacho de la Dirección Ejecutiva al titular a cargo de la                                                     Dirección General Legal y Técnica..................................................................................................................... Pág. 123 Resolución N°450-AGC/14 Se amplía el plazo establecido por Resolución Nº 1-AGC/12............................................................................ Pág. 124 Agencia de Protección Ambiental Resolución N°351-APRA/14 Se autoriza la contratación de personal.............................................................................................................. Pág. 126 Resolución N°352-APRA/14 Se modifican créditos presupuestarios............................................................................................................... Pág. 127 Resolución N°353-APRA/14 Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 128 Resolución N°354-APRA/14 Se modifican créditos presupuestarios............................................................................................................... Pág. 129 Resolución N°355-APRA/14 Se autoriza la contratación de personal.............................................................................................................. Pág. 129 Resolución N°361-APRA/14 Se deja sin efecto la Resolución Nº 278/APRA/14............................................................................................. Pág. 130 Resolución N°362-APRA/14 Se autoriza la contratación de personal.............................................................................................................. Pág. 132 Resolución N°363-APRA/14 Se autoriza viaje.................................................................................................................................................. Pág. 133 Agencia de Sistemas de Información Resolución N°151-ASINF/14 Se aprueba modificación de partidas presupuestarias....................................................................................... Pág. 135 Resolución N°152-ASINF/14 Se aprueba modificación de partidas presupuestarias....................................................................................... Pág. 136 Resolución N°153-ASINF/14 Se aprueba modificación de partidas presupuestarias....................................................................................... Pág. 137 Resolución N°154-ASINF/14 Se aprueba modificación de partidas presupuestarias....................................................................................... Pág. 138 Resolución N°155-ASINF/14 Se aprueba modificación de partidas presupuestarias....................................................................................... Pág. 139 Ministerio de Hacienda - Ministerio de Educación Resolución N°57-MHGC/14 Se designa personal como Auxiliares de Portería del Ministerio de Educación................................................. Pág. 141 Ministerio de Modernización - Ministerio de Salud Resolución N°603-MMGC/13 Se convalida lo dispuesto por Disposición N°52/HGAPP/14............................................................................. Pág. 142 Resolución N°604-MMGC/14 Se convalida lo dispuesto por Disposición N°100/HGARM/14.......................................................................... Pág. 143 Resolución N°605-MMGC/14 Se convalida lo dispuesto por Disposición N°374/HGNPE/13........................................................................... Pág. 143 Resolución N°606-MMGC/14 Se convalida lo dispuesto por Disposición N°102/HIJCTG/13........................................................................... Pág. 144 Resolución N°607-MMGC/14 Se convalida lo dispuesto por Disposición N°5/HGAVS/14............................................................................... Pág. 145 Resolución N°608-MMGC/14 Se convalida lo dispuesto por Disposición N°116/HGAIP/14............................................................................. Pág. 146 Resolución N°609-MMGC/14 Se rectifica la Disposición N°545/HGAIP/13...................................................................................................... Pág. 147 Resolución N°610-MMGC/14 Se convalida lo dispuesto por Disposición N°83/HGNRG/14............................................................................ Pág. 148 Resolución N°611-MMGC/14 Se convalida lo dispuesto por Disposición N°165/HNJTB/13............................................................................ Pág. 148 Resolución N°612-MMGC/14 Se convalida lo dispuesto por Disposición N°77/HBR/14.................................................................................. Pág. 149 Resolución N°613-MMGC/14 Se amplía el horario de horas semanales a Silvina Noemí Cantelli como Especialista en la                                             Guardia Médica de Hospital Principal en el Hospital General de Agudos Dr. Carlos G. Durand....................... Pág. 150 Resolución N°614-MMGC/14 Se amplía el horario de horas semanales a Fernando Andrés Kozij como Especialista en la                                            Guardia Médico Asistente en el Hospital General de Agudos Donación Francisco Santojanni......................... Pág. 151 Resolución N°615-MMGC/14 Se convalida lo dispuesto por Disposición N°88/HGNRG/14............................................................................ Pág. 152 Resolución N°616-MMGC/14 Se convalida lo dispuesto por Disposición N°99/HIFJM/14............................................................................... Pág. 153 Resolución N°617-MMGC/14 Se convalida lo dispuesto por Disposición N°68/HGAP/14................................................................................ Pág. 154 Resolución N°618-MMGC/14 Se convalida lo dispuesto por Disposición N°369/HBU/13................................................................................ Pág. 154 Resolución N°619-MMGC/14 Se convalida lo dispuesto por Disposición N°29/HGAVS/14............................................................................. Pág. 155 Resolución N°620-MMGC/14 Se rectifica la Disposición Nº 418/HMOMC/13................................................................................................... Pág. 156 Resolución N°621-MMGC/14 Se convalida lo dispuesto por Disposición N°71/HGADS/14............................................................................. Pág. 157 Resolución N°622-MMGC/14 Se amplía el horario de horas semanales de Jorge Alfredo Pachame como Especialista en la                                         Guardia Médico de Hospital en el Hospital Materno Infantil Ramón Sarda........................................................ Pág. 158 Resolución N°623-MMGC/14 Se convalida lo dispuesto por Disposición N°204/HGAT/13.............................................................................. Pág. 159 Ministerio de Modernización - Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana Resolución N°624-MMGC/14 Se designa a María Celeste Rojas en el Organismo Fuera de Nivel Unidad de Atención                                                  Ciudadana........................................................................................................................................................... Pág. 160 Ministerio de Gobierno - Ministerio de Salud Resolución N°3-MGOBGC/14 Se aprueba el procedimiento que regula los requisitos y los formularios exigidos por el Registro                                     del Estado Civil y Capacidad de las Personas.................................................................................................... Pág. 162 Secretaría Legal y Técnica - Ministerio de Salud Resolución N°8-SECLYT/14 Se aprueba Licitación Nº 4/DGCYC/14............................................................................................................... Pág. 164 Disposición Ministerio de Hacienda Disposición N°516-DGCYC/14 Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública Nº 623-0613-LPU14......................................................... Pág. 167 Disposición N°517-DGCYC/14 Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública Nº 623-0614-LPU14......................................................... Pág. 168 Disposición N°518-DGCYC/14 Se llama a Contratación Directa Nº 7409-SIGAF/14.......................................................................................... Pág. 169 Disposición N°519-DGCYC/14 Se llama a Contratación Directa Nº 7423-SIGAF/14.......................................................................................... Pág. 171 Disposición N°520-DGCYC/14 Se aprueban pliegos y se llama a Licitación Pública Nº 623-0627-LPU14......................................................... Pág. 172 Ministerio de Justicia y Seguridad Disposición N°26-DGPPD/14 Se aprueba gasto................................................................................................................................................ Pág. 174 Disposición N°35-SAISSP/14 Se aprueban gastos............................................................................................................................................ Pág. 175 Ministerio de Salud Disposición N°87-DGADC/14 Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N°7158-SIGAF/14...................................................... Pág. 177 Disposición N°89-DGADC/14 Se prorroga la Orden de Compra Nº 38.585-SIGAF/13...................................................................................... Pág. 178 Disposición N°90-DGADC/14 Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa N°7289-SIGAF/14...................................................... Pág. 180 Disposición N°161-HGADS/14 Se anula la Licitación Pública Nº 434-0200-LPU14............................................................................................ Pág. 181 Ministerio de Educación Disposición N°117-DGEGP/14 Se aprueba dictamen.......................................................................................................................................... Pág. 183 Ministerio de Desarrollo Económico Disposición N°1526-DGDYPC/14 Se inscribe a la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina en el Registro de                                             Asociaciones de Consumidores.......................................................................................................................... Pág. 184 Ente de Turismo Disposición N°23-DGDYCOF/14 Se rectifica la Disposición Nº 14/DGDYCOF/14................................................................................................. Pág. 185 Agencia de Sistemas de Información Disposición N°283-DGTALINF/14 Se aprueban pliegos y se llama a Contratación Directa por Exclusividad Nº 7405-SIGAF/14........................... Pág. 186 Agencia Gubernamental de Control Disposición N°76-DGFYC/14 Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con                                        nombre de fantasía Pagana................................................................................................................................ Pág. 189 Disposición N°77-DGFYC/14 Se rectifican Disposiciones................................................................................................................................. Pág. 190 Disposición N°78-DGFYC/14 Se ratifican Disposiciones................................................................................................................................... Pág. 192 Disposición N°79-DGHP/14 Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con                                        nombre de fantasía Dome................................................................................................................................... Pág. 193 Disposición N°80-DGHP/14 Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con                                        nombre de fantasía Montecarlo.......................................................................................................................... Pág. 195 Disposición N°81-DGHP/14 Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con                                        nombre de fantasía Glam.................................................................................................................................... Pág. 196 Disposición N°82-DGHP/14 Se renueva la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables del local que opera con                                        nombre de fantasía Catto's................................................................................................................................. Pág. 197 Disposición N°83-DGHP/14 Se deja sin efecto la Disposición Nº 153/DGHP/DGFyC/DGFyCO/13............................................................... Pág. 199 Comunicados y Avisos Ministerio de Modernización Comunicados N°67-DGPLC/14.......................................................................................................................... Pág. 201 Comunicados N°68-DGPLC/14.......................................................................................................................... Pág. 201 Comunicados N°69-DGPLC/14.......................................................................................................................... Pág. 202 Comunicados N°70-DGPLC/14.......................................................................................................................... Pág. 202 Resolución N°514-MMGC/14............................................................................................................................. Pág. 203 Resolución N°515-MMGC/14............................................................................................................................. Pág. 205 Licitaciones Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires Expediente - Llamado N°1416412-DGCYC/14................................................................................................. Pág. 209 Jefatura de Gabinete de Ministros Licitación - Preadjudicación N°934-SSTRANS/14............................................................................................ Pág. 210 Expediente - Circular sin consulta N°3824934-SSTRANS/14.......................................................................... Pág. 211 Expediente - Circular sin consulta N°5264753-SSTRANS/14.......................................................................... Pág. 227 Ministerio de Hacienda Licitación - Llamado N°627-DGCYC/14............................................................................................................ Pág. 240 Ministerio de Salud Licitación - Llamado N°48-HGAT/14................................................................................................................. Pág. 241 Licitación - Llamado N°617-HGAIP/14.............................................................................................................. Pág. 241 Licitación - Preadjudicación N°287-HGADS/14................................................................................................ Pág. 242 Licitación - Preadjudicación N°466-HGAIP/14.................................................................................................. Pág. 242 Licitación - Preadjudicación N°512-HGAP/14................................................................................................... Pág. 243 Licitación - Preadjudicación N°551-HGAP/14................................................................................................... Pág. 244 Contratación Directa - Fracaso N°2097-DGADC/14......................................................................................... Pág. 245 Ministerio de Educación Licitación - Llamado N°600-DGAR/14............................................................................................................... Pág. 246 Expediente - Llamado N°7644853-DGAR/14.................................................................................................... Pág. 247 Ministerio de Desarrollo Urbano Licitación - Llamado N°1001-DGTALMDU/14................................................................................................... Pág. 248 Expediente - Llamado N°2217069-DGTALMDU/14.......................................................................................... Pág. 249 Expediente - Llamado N°7781899-DGTALMDU/14.......................................................................................... Pág. 249 Ministerio de Ambiente y Espacio Público Licitación - Llamado N°490-MAYEPGC/14....................................................................................................... Pág. 250 Administración Gubernamental de Ingresos Públicos Licitación - Adjudicación N°6307-DGESYC/14................................................................................................. Pág. 251 Banco Ciudad De Buenos Aires Carpeta - Llamado N°21409-BCOCIUDAD/14.................................................................................................. Pág. 252 Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana Licitación - Llamado N°976-SECGCYAC/14..................................................................................................... Pág. 253 Licitación - Llamado N°994-SECGCYAC/14..................................................................................................... Pág. 253 UNID. CENTRALIZADA ADQUISICIONES DE SALUD (SSASS) Licitación - Preadjudicación N°1-UCAS/14....................................................................................................... Pág. 255 Edictos Particulares Transferencias N°285-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 256 Transferencias N°286-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 256 Transferencias N°287-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 256 Transferencias N°288-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 257 Transferencias N°289-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 257 Transferencias N°290-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 257 Transferencias N°291-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 258 Transferencias N°292-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 258 Transferencias N°293-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 258 Transferencias N°294-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 259 Transferencias N°295-SECLYT/14.................................................................................................................... Pág. 259 Edictos Oficiales Ministerio de Salud Comunicados N°1-HGNRG/14........................................................................................................................... Pág. 260 Ministerio de Desarrollo Económico Expediente N°8268373-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 261 Expediente N°8279319-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 261 Expediente N°8309190-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 262 Expediente N°8608190-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 263 Expediente N°8620629-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 264 Expediente N°8732044-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 264 Expediente N°8784017-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 265 Expediente N°8786157-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 266 Expediente N°8786556-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 267 Expediente N°8786886-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 267 Expediente N°8787195-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 268 Expediente N°8787584-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 269 Expediente N°8788222-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 270 Expediente N°8845512-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 270 Expediente N°8846016-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 271 Expediente N°8846638-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 272 Expediente N°8898846-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 273 Expediente N°8899486-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 273 Expediente N°8899844-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 274 Expediente N°8900160-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 275 Expediente N°8900488-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 276 Expediente N°8901337-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 276 Expediente N°8902416-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 277 Expediente N°8904377-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 278 Expediente N°8904795-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 279 Expediente N°8905146-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 279 Expediente N°8907188-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 280 Expediente N°8908409-DGEMP/14................................................................................................................... Pág. 281 Administración Gubernamental de Ingresos Públicos Intimaciones N°2699365-DGR/12...................................................................................................................... Pág. 282 Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires Notificación N°1817-IVC/14............................................................................................................................... Pág. 285 Notificación N°2043-IVC/14............................................................................................................................... Pág. 285 Notificación N°3610-IVC/14............................................................................................................................... Pág. 285 Notificación N°3611-IVC/14............................................................................................................................... Pág. 286 Notificación N°421-IVC/14................................................................................................................................. Pág. 286 Notificación N°424-IVC/14................................................................................................................................. Pág. 289 Intimaciones N°3609-IVC/14.............................................................................................................................. Pág. 291 Juzgado Provincial Citación N°7323599-JCYC/14............................................................................................................................ Pág. 292 Citación N°8988810-JCC7/14............................................................................................................................ Pág. 293 MINISTERIO PUBLICO FISCAL Citación N°9188773-UFC/14.............................................................................................................................. Pág. 295 Poder Legislativo Ley Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires LEY N.º 5007 Buenos Aires, 19 de junio de 2014 La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- En las playas de estacionamiento vehicular de carácter público o privadas existentes en la Ciudad de Buenos Aires, sean gratuitas o tarifadas, se considerará cláusula ineficaz en los términos del artículo 37 de la Ley Nacional N° 24240, la publicación en carteles, tickets o cualquier otro documento similar entregado por el establecimiento, de la leyenda “La empresa no se responsabiliza por los daños, robos o hurtos que pudieran sufrir los vehículos“ o frases similares, que tiendan a evadir la responsabilidad de la empresa. Art 2°.- Dentro del plazo establecido por la Autoridad de Aplicación, los establecimientos mencionados en el artículo 1° , deberán retirar toda cartelera exhibida o dejar de emitir tickets o documento similar que presente el contenido previsto en el artículo precedente. Art 3°.- La Autoridad de Aplicación ante el incumplimiento de lo prescripto en los artículos precedentes, aplicará las sanciones previstas en la Ley 757, de la Ciudad de Buenos Aires. Art 4°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez Buenos Aires, 23 de julio de 2014 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 5.007 (E.E. Nº 8.179.888-MGEYA-DGALE- 14), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 19 de junio de 2014 ha quedado automáticamente promulgada el día 21 de julio de 2014. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana. Cumplido, archívese. Clusellas LEY N.° 5013 Buenos Aires, 19 de junio de 2014 La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Página Nº 14 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 1°.- Declárase Personalidad destacada de la Ciudad de Buenos Aires en el ámbito de la cultura al artista Raúl Carnota. Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez Buenos Aires, 25 de julio de 2014 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 5.013 (E.E. Nº 08.179.620-MGEYA-DGALE- 2014), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 19 de junio de 2014 ha quedado automáticamente promulgada el día 21 de julio de 2014. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Cultura. Cumplido, archívese. Clusellas LEY N.º 5016 Buenos Aires, 26 de junio de 2014 La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sanciona con fuerza de Ley Artículo 1°.- Fíjese transitoriamente para el ejercicio fiscal 2015 un tope de aumento, del treinta por ciento (30%), respecto de lo determinado en el periodo fiscal anterior, para los tributos que recaen sobre los inmuebles radicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Título III del Código Fiscal T.0 2013). Art. 2°.- Comuníquese, etc. Ritondo - Pérez Buenos Aires, 23 de julio de 2014 En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, certifico que la Ley Nº 5.016 (E.E. Nº 8.179.918-MGEYA-DGALE- 14), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 26 de junio de 2014 ha quedado automáticamente promulgada el día 21 de julio de 2014. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la Dirección General de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Clusellas Página Nº 15 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Poder Ejecutivo Decreto DECRETO N.º 314/14 Buenos Aires, 30 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 4.013, los Decretos Nros. 660/11 y 220/12, el E.E Nº 2014 - 08238594 - - MGEYA - DGTALMDU, y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 220/12 se creó en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Urbano, la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Distrito Gubernamental, con rango, nivel y atribuciones de Dirección General, modificándose parcialmente el Decreto Nº 660/11; Que los Objetivos establecidos para la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Distrito Gubernamental contemplan: Proponer al Ministro el Plan de Trabajos y el Cronograma General aplicable para la ejecución de los diferentes programas, acciones y/o proyectos destinados al Distrito Gubernamental; Gestionar y supervisar las contrataciones relacionadas con la ejecución de la obra “Construcción de los Edificios del Nuevo Distrito Gubernamental“, y las que surjan como parte de la mejora del espacio público ocupado por éste, en coordinación con el Ministerio de Ambiente y Espacio Público; y Fiscalizar y realizar la Inspección de la Obra “Construcción de los Edificios del Nuevo Distrito Gubernamental“, aprobar los Certificados de Obra y autorizar los pagos correspondientes; Que en atención a la necesidad de ejecutar diferentes programas, acciones y/o proyectos destinados al área del entorno del Distrito Gubernamental, en aspectos vinculados con el urbanismo, la conectividad vial, la optimización de la red hidráulica y el mejoramiento de los espacios públicos adyacentes, como así también la elaboración de los proyectos y la ejecución de las obras de refacción y mejoramiento de la infraestructura edilicia y de los espacios exteriores del Hospital Neuropsiquiátrico Dr. José Tiburcio Borda, y la intervención en la realización del Plan de Centralización de Archivos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que incluya los proyectos de adecuación edilicia para el asentamiento de las nuevas sedes, entre otras acciones, el Ministerio de Desarrollo Urbano propicia ampliar los Objetivos correspondientes a la UPE “Distrito Gubernamental“; Que en virtud de lo expuesto, corresponde modificar parcialmente la estructura orgánico funcional del Ministerio de Desarrollo Urbano, aprobada por Decreto N° 660/11. Por ello, y en uso de las facultades legales conferidas por los Artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1º.- Modíficanse los Objetivos de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) Distrito Gubernamental, de conformidad con el Anexo (IF-2014-08371980- - DGTALMDU), el que a todos sus efectos forma parte integrante del presente Decreto. Artículo 2º .- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Salud, por los señores Ministros de Desarrollo Urbano y de Modernización y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Página Nº 16 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, a las Direcciones Generales Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Capital Humano del Ministerio de Modernización, al Ministerio de Salud, y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. MACRI - Ibarra - Chaín - Reybaud - Rodríguez Larreta ANEXO DECRETO N.º 315/14 Buenos Aires, 30 de julio de 2014 VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, las Resoluciones Nros. 914/MDSGC/13, 159/MDSGC/14 y 285/MHGC/13, el Acta Paritaria 4/13, el E.E. N° 1397042-MGEYA- DGTALMDS-14, y CONSIDERANDO Que por la actuación citada en el visto tramita el recurso jerárquico, en subsidio del de reconsideración, interpuesto por el agente Francisco Rolando Moreno, DNI N° 10.203.145, contra los términos de la Resolución Nº 914/MDSGC/13, la cual dispuso la transferencia deI mencionado agente, desde la órbita del Ministerio de Desarrollo Social al Programa de Capacitación y Movilidad (PROCAM), a cargo del Instituto Superior de la Carrera dependiente del Ministerio de Modernización, el cual fuera creado por el Acta de Negociación Colectiva N° 4/13 de la Comisión Paritaria Central, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Sindicato Unico de Trabajadores del Estado (SUTECBA), instrumentada por la Resolución Nº 285-/MHGC/13; Que la medida recurrida fue adoptada por la Administración en función de un análisis previo de la dotación de agentes del Ministerio de Desarrollo Social, a efectos de determinar las necesidades operativas del personal para el cumplimiento de misiones y funciones a su cargo, en consideración de su estructura orgánica y los procesos de trabajo vigentes, con la debida intervención del Ministerio de Modernización en su calidad de órgano competente en la materia y de conformidad con la normativa citada; Que, notificado del acto administrativo, con fecha 27 de enero del corriente, el agente Francisco Rolando Moreno interpuso recurso de reconsideración con jerárquico en subsidio contra la Resolución N° 914/MDSGC/14, de conformidad con lo establecido en el artículo 103, siguientes y concordantes, de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires; Que mediante Resolución N° 159/MDSGC/14, de fecha 27 de febrero del año en curso, la Sra. Ministra de Desarrollo Social rechazó el recurso de reconsideración incoado; Que debidamente notificado, con fecha 18 de marzo, el recurrente amplió los fundamentos de su recurso, de conformidad con lo previsto en el artículo 107 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, limitándose a ratificar en todos sus términos su presentación anterior; Que es menester destacar que la medida adoptada por la Resolución impugnada se funda en razones operativas que responden a las necesidades del servicio, por lo que dicha medida se ajusta a derecho; Página Nº 17 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que, asimismo, el recurrente no ha agregado elementos de convicción de hecho o de derecho que puedan conmover los fundamentos de la Resolución recurrida, motivo por el cual no podrá prosperar; Que en este sentido se manifestó la Procuración General de la Ciudad, de conformidad con lo previsto en la Ley N° 1.218. Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Articulo 1º.- Desestímese el recurso jerárquico interpuesto en subsidio del de reconsideración por el agente Francisco Rolando Moreno, DNI N° 10.203.145, contra los términos de la Resolución Nº 914/MDSGC/13. Articulo 2º.- El presente Decreto es refrendado por la señora Ministra de Desarrollo Social y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Articulo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Desarrollo Social, a los efectos de que practique la notificación fehaciente al agente Francisco Rolando Moreno, en los términos del artículo 60 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, haciéndole saber que con el presente acto queda agotada la instancia administrativa, sin perjuicio de que podrá interponer recurso de reconsideración previsto en el artículo 119 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. MACRI - Stanley - Rodríguez Larreta DECRETO N.º 316/14 Buenos Aires, 30 de julio de 2014 VISTO: Las Leyes Nros. 238, 317 y 4.633, el Expediente Electrónico Nº 8.022.085-MGEYA- DGTALMJG/2014, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 238 establece en su artículo 4° que la ley debe determinar los bienes a expropiar, pudiendo también referirse genéricamente a los bienes que sean necesarios para la construcción de una obra o la ejecución de un plan o proyecto; Que la Ley N° 317 autorizó al Poder Ejecutivo a construir las obras civiles correspondientes a la denominada Línea "H" de subterráneos, declarando a través de su artículo 3° de utilidad pública el subsuelo de los bienes necesarios para la ejecución de la obra, en los términos del artículo 4° de la Ley N° 238; Que, asimismo, la Ley N° 4.633 modificatoria de la Ley N° 317, incorporó la construcción de las vías de enlace con otras líneas con fines de mantenimiento de los trenes y la infraestructura; Que a dichos efectos, Subterráneos de Buenos Aires S.E. proyectó la construcción de un túnel de enlace entre las Líneas "E" y "H" determinando los subsuelos necesarios para la ejecución de la obra, de cuyo plano surge la necesidad de disponer de los subsuelos de los inmuebles ubicados en Av. Jujuy Nros. 1262/66, denominación catastral: Circunscripción 8, Sección 22, Manzana 4, Parcela 16 y Av. San Juan Nros. 2650/54/58, denominación catastral: Circunscripción 8, Sección 22, Manzana 4, Parcela 2; Página Nº 18 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que los restantes subsuelos necesarios para la ejecución del túnel de enlace entre las líneas "E" y "H", fueron objeto de la constitución por parte de Subterráneos de Buenos Aires S.E. de servidumbres administrativas, reales, exclusivas, onerosas y perpetuas; Que en virtud de la declaración genérica de utilidad pública y habiéndose identificado los subsuelos de los inmuebles que resultan necesarios para la obra señalada, corresponde el dictado del acto que individualice las parcelas, en los términos del artículo 4° de la Ley N° 238 conforme las prescripciones de la Ley N° 317; Que la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha tomado la intervención que le compete en los términos de la Ley N° 1.218. Por ello y en uso de la facultades legales conferidas en los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Individualízanse los subsuelos de los bienes inmuebles declarados de utilidad pública, ubicados en Av. Jujuy Nros. 1262/66, denominación catastral: Circunscripción 8, Sección 22, Manzana 4, Parcela 16 y Av. San Juan Nros. 2650/54/58, denominación catastral: Circunscripción 8, Sección 22, Manzana 4, Parcela 2, en los términos del artículo 4° de la Ley N° 238 conforme las prescripciones de la Ley N° 317, para la construcción del túnel de enlace entre las Líneas "E" y "H" de subterráneos. Artículo 2°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la aplicación de lo establecido en el presente Decreto, serán imputados a la partida presupuestaria de Subterráneos de Buenos Aires S.E. "Construcción de la Línea H" para el presente ejercicio. Artículo 3°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires; comuníquese a Subterráneos de Buenos Aires S.E. y al Ministerio de Desarrollo Urbano y, para su conocimiento y demás efectos remítase a la Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. MACRI - Rodríguez Larreta Página Nº 19 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Resolución Ministerio de Hacienda RESOLUCIÓN N.° 1287/MHGC/14 Buenos Aires. 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 471, los Decretos Nros. 465/04 y 285/10, el Acta de Negociación Colectiva N° 06/14, el Expediente 2014-08361491-MGEYA-DGTALMH y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 9 de junio de 2014 se celebró el Acta de Negociación Colectiva N° 06/14 -Comisión Paritaria central- en el marco del Título II de la Ley N° 471 de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, suscripta entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA); Que, por la misma se acordó incorporar gradualmente de conformidad con la criticidad de las funciones que determine el Poder Ejecutivo, a través del Ministerio de Modernización, los contratos de locación de servicios y de asistencias técnicas, al régimen establecido en la primera parte del artículo 39 de la Ley N° 471 y el artículo 20 del Convenio Colectivo de Trabajo, de conformidad con diferentes pautas; Que, el personal comprendido en dicho régimen será designado con carácter transitorio y las Plantas Transitorias serán renovadas anualmente de manera automática; Que, para la determinación de la antigüedad se considera la fecha de incorporación al presente régimen; Que, la remuneración que percibirán los trabajadores al momento de la incorporación se establecerá en función del monto mensual percibido bajo la modalidad de locación de servicio o asistencia técnica, aplicando la escala detallada en el acta paritaria; Que, tanto la remuneración bruta mensual como los valores de la retribución contractual mensual bajo la modalidad de locación de servicios o asistencia técnica, serán actualizados conforme los incrementos que se dispongan mediante negociación colectiva para los trabajadores de Planta Permanente del Escalafón General; Que, el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Modernización, evaluara la incorporación del personal al régimen del presente, tomando en consideración la dotación indicativa de cada repartición, las necesidades de gestión, de recursos humanos y presupuestarias y establecerá el procedimiento a los fines de cumplimentar lo establecido en el presente; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley N° 471, los acuerdos arribados en el ámbito de la Negociación Colectiva, regulada por el Título II de la misma, deben ser instrumentados mediante el acto administrativo respectivo; Que, así, corresponde emitir el pertinente acto administrativo por el cual se instrumente el Acta de Negociación Colectiva N° 06/14; Por ello, en orden a las facultades delegadas por el Decreto N° 465/04, EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE Página Nº 20 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 1°.- Instruméntase el Acta de Negociación Colectiva N° 06/14 de la Comisión Paritaria Central, suscripta el 9 de junio de 2014 entre los representantes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y del Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), la que como Anexo forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Sindicato Único de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA) y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Subsecretaría de gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización. Cumplido, archívese. Grindetti ANEXO RESOLUCIÓN N.º 1314/MHGC/14 Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: La Resolución N° 1131/MHGC/14, el Expediente N° 39041/10 y sus incorporados y; CONSIDERANDO: Que, en el marco del sumario administrativo N° 447/09, mediante Resolución N° 1131/MHGC/14 se rechazaron los planteos de nulidad interpuestos por el agente Gustavo Eduardo Moreno, de falta de causa y de caducidad del sumario en base a lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto N° 3360/68; Que, asimismo, se sancionó a dicho agente con veinte (20) días de suspensión en orden al cargo de: "Haber faltado el respecto al Jefe del Departamento Administrativo de la Dirección General de Contaduría, Juan José Addesi, el día 21 de mayo de 2009 al agredirlo verbalmente y proferir acusaciones en su contra", siendo su conducta violatoria de la obligación establecida en el artículo 10, inciso C), de la Ley N° 471, en función de lo previsto en el artículo 47, incisos c) y e) de la citada norma; Que, en la referida Resolución se ha dictado erróneamente el nombre del jefe del Departamento Administrativo de la Dirección General de Contaduría, siendo el correcto el de Juan Carlos Addesi; Que, el artículo 120 de la Ley de procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires indica: "Rectificación de errores materiales. En Cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere la sustancial del acto o decisión"; Que, en ese sentido, corresponde rectificar el nombre del Jefe del Departamento Administrativo de la Dirección General de Contaduría citado en la Resolución N° 1131/MHGC/14; Por ello, en uso de las facultades establecidas por el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires; EL MINISTRO DE HACIENDA RESUELVE: Artículo 1°.- Rectifícase el nombre del jefe del Departamento Administrativo de la Dirección General de Contaduría, citado en la Resolución N° 1131/MHGC/14, por el de Juan Carlos Addesi. Página Nº 21 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Contaduría quien deberá practicar fehaciente notificación al agente de los Términos de la presente. Cumplido, archívese. Grindetti Página Nº 22 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Justicia y Seguridad RESOLUCIÓN N.° 390/SSJUS/14 Buenos Aires, 24 de julio de 2014 VISTO: El Decreto Nº 224/GCBA/13, Los Expedientes Electrónicos N° 7833540/14, Nº 7833642/14 Las Resoluciones N° 78/SSJUS/14, Nº 84/SSJUS/14 y CONSIDERANDO: Que por Resoluciones N° 78/SSJUS/14 y Nº 84/SSJUS/14, se autorizó entre otros, la contratación de la agente RODRIGUEZ, Solange, DNI N° 28.687.453, CUIT N° 27- 28687453-9 y el agente VIEYRO, Ulises, DNI Nº 35.357.731, CUIT Nº 20-35357731-0 por el período comprendido entre el 15//01/2014 y el 31/12/2014 para prestar servicios en la Dirección General de Administración de Infracciones dependiente de la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad; Que en la presente actuación, consta la renuncia presentada al contrato de locación de servicios suscripto con la Subsecretaria de Justicia, a partir del 01/06/2014; Por ello y en uso de las facultades que le son propias; EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE: Artículo 1.- Déjese sin efecto la contratación de RODRIGUEZ, Solange, DNI N° 28.687.453, CUIT N° 27-28687453-9 y VIEYRO, Ulises, DNI Nº 35.357.731, CUIT Nº 20-35357731-0, a partir del 01 de JUNIO de 2014, las cuales fueron dispuestas mediante las Resoluciones Nº 78-SSJUS-13 y Nº 84/SSJUS/14, por las renuncias de los agentes referenciados. Articulo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Administración de Infracciones para notificación de la interesada y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. Buján RESOLUCIÓN N.º 391/SSJUS/14 Buenos Aires, 24 de julio de 2014 VISTO: La Ley Orgánica Notarial N° 404, el Decreto reglamentario Nº 1.624/00, la Ley Nº 4.013, sus modificatorias y complementarias, los Decretos Nº 660/11 y 23/12, y el expediente N° 6775847/14, y Página Nº 23 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que por la actuación citada en el visto, tramita la presentación efectuada por la escribana Carolina Fransoni, por la cual presenta su renuncia al cargo de adscripta al Registro Notarial Nº 217 y la solicitud de su designación como titular del registro notarial que le corresponde en razón de haberlo obtenido en el concurso de oposición y antecedentes para la adjudicación de registros notariales; Que atento al orden de mérito establecido por los artículos 11 y 12 del Decreto Nº 1624/00, el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires informa que corresponde se le adjudique a la peticionante el Registro Notarial Nº 1.621; Que se encuentra acreditado que la escribana Carolina Fransoni, ha obtenido una calificación de 5 (cinco) puntos por antecedentes, 8 (ocho) puntos en la prueba escrita y 8 (ocho) puntos en la prueba oral del concurso de oposición y antecedentes, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley Orgánica Notarial Nº 404, cumpliendo, por ende, el requisito previsto en el art. 35 de la citada Ley; Que se encuentran glosados los informes y certificados de los que surge el cumplimiento de los restantes requisitos previstos en la Ley Orgánica Notarial; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido dictamen, considerando que se ha respetado el procedimiento previsto, y no encuentra objeciones que formular; Que la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente resolución; Que la Ley Nº 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley; Que por la Ley 4.013 se aprobó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante el Decreto Nº 660/11, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se dispuso que, dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Justicia, se encuentra la de "Administrar y supervisar el Registro de Escribanos y suscribir los actos administrativos a dictarse para la creación y cancelación de los Registros Notariales"; Que atento las consideraciones expuestas y las competencias asignadas a esta Subsecretaría de Justicia, corresponde el dictado de la pertinente resolución, por la que se haga lugar a la solicitud formulada por la escribana Carolina Fransoni, aceptando su renuncia al cargo de adscripta del Registro Notarial Nº 217 y designándola como titular del Registro Notarial Nº 1621. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 660/11 y Nº 23/12, EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE Artículo 1º.- Acéptase la renuncia de la escribana Carolina Fransoni, D.N.I Nº 22.591.947, matrícula Nº 4924, al cargo de adscripta del Registro Notarial Nº 217, la que tendrá efecto en el momento inmediato anterior a la toma de posesión del nuevo cargo. Artículo 2º.- Adjudícase a la escribana Carolina Fransoni, D.N.I Nº 22.591.947, matrícula Nº 4924, la titularidad del Registro Notarial Nº 1621. Artículo 3º.- La renuncia aceptada en el artículo 1º, mantiene la responsabilidad disciplinaria de la presentante y el cumplimiento de posibles sanciones que pudieran decretarse con posterioridad a la misma, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 147 de la Ley 404 y 81 del Decreto 1624/00. Artículo. 4º.- Con carácter previo a poner a la escribana peticionante en posesión del nuevo cargo, el Colegio de Escribanos de la Ciudad deberá realizar la inspección del protocolo correspondiente al Registro Notarial Nº 217, debiendo comunicar el resultado de dicha inspección a la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación. Página Nº 24 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CONSIDERANDO: Artículo 5º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad, y remítase a la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, la que deberá practicar notificación fehaciente a los interesados y al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Buján RESOLUCIÓN N.º 392/SSJUS/14 Buenos Aires, 24 de julio de 2014 VISTO: La Ley Orgánica Notarial N° 404, el Decreto reglamentario Nº 1.624/00, la Ley Nº 4.013, sus modificatorias y complementarias, los Decretos Nº 660/11 y 23/12, y el expediente N° 7392279/14, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el visto, tramita la presentación efectuada por la escribana Sabrina Poth, por la cual solicita se acepte su renuncia como adscripta del Registro Notarial Nº 1127; Que la escribana Sabrina Poth fue designada adscripta al Registro Notarial Nº 1127, por Resolución de la Subsecretaría de Justicia del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, de fecha 26 de febrero de 2013, presentando su renuncia a dicho cargo el día 10 de marzo de 2014; Que respecto de la renuncia al cargo de adscripta, la escribana Sabrina Poth ha observado lo dispuesto por el artículo 23 in fine del Decreto reglamentario de la Ley Orgánica Notarial, al presentar su renuncia, por escrito, ante el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, quien la elevó a este Poder Ejecutivo con constancia de la situación de la colegiada al momento de su presentación; Que la titular del Registro Notarial Nº 1127, escribana Marta Beatriz Francinelli, ha prestado su conformidad a dicha renuncia; Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha emitido dictamen, considerando que se ha respetado el procedimiento previsto para el caso y que no se han encontrado objeciones que formular a lo solicitado; Que la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación ha verificado el cumplimiento de los recaudos formales que ameritan el dictado de la presente resolución; Que la Ley Nº 404, en su artículo 31, dispone que compete al Poder Ejecutivo la creación o cancelación de los registros y la designación o remoción de sus titulares y adscriptos en el modo y forma establecidos en dicha Ley; Que por la Ley 4.013 se aprobó la Ley de Ministerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante el Decreto Nº 660/11, se aprobó la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se dispuso que, dentro de las responsabilidades primarias de la Subsecretaría de Justicia, se encuentra la de "Administrar y supervisar el Registro de Escribanos y suscribir los actos administrativos a dictarse para la creación y cancelación de los Registros Notariales"; Que atento las consideraciones expuestas y las competencias asignadas a la Subsecretaría de Justicia, corresponde el dictado de la pertinente resolución, por la que se acepte la renuncia a la adscripción al Registro Notarial Nº 1127, formalizada por la escribana Sabrina Poth; Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nº 660/11 y Nº 23/12. Página Nº 25 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE Artículo 1º.- Acéptase la renuncia presentada por la escribana Sabrina Poth, D.N.I Nº 27.088.488, matrícula Nº 5.043, como adscripta del Registro Notarial Nº 1127. Artículo 2º.- La renuncia aceptada en el artículo 1º, mantiene la responsabilidad disciplinaria de la presentante y el cumplimiento de posibles sanciones que pudieran decretarse con posterioridad a la misma, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 147 de la Ley Nº 404 y 81 del Decreto Nº 1624/00. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Justicia y Seguridad y remítase a la Dirección General de Justicia, Registro y Mediación, la que deberá practicar notificación fehaciente a los interesados y al Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Cumplido, archívese. Buján RESOLUCIÓN N.° 393/SSJUS/14 Buenos Aires, 24 de julio de 2014 VISTO: El Decreto N° 224/GCBA/13 , El Expediente N° 8557735/14, y CONSIDERANDO: Que por las mencionadas actuaciones se solicita la contratación de la agente MARONE, Maria del Carmen, DNI Nº 14.446.750, CUIT Nº 27-14446750-2, para prestar servicios en la Dirección General de Administración de Infracciones dependiente de la Subsecretaria de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad, por el periodo comprendido entre el 01/07/2014 y el 31/12/2014; Que por el citado requerimiento en los términos del Decreto N° 224/GCBA/13, por los cuales se establece el régimen para la contratación de personas físicas bajo la modalidad de locación de servicios y de obra; Que atento a lo expuesto precedentemente corresponde dictar el acto administrativo pertinente; Por ello; EL SUBSECRETARIO DE JUSTICIA RESUELVE: Artículo 1.- Autorizase la contratación de la agente MARONE, Maria del Carmen, DNI Nº 14.446.750, CUIT Nº 27-14446750-2, para prestar servicios en la Dirección General de Administración de Infracciones dependiente de la Subsecretaria de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad, en el modo y forma que se detalla en el Anexo 08973591/14 - SSJUS, que forma parte integrante de la presente. Articulo 2.- Autorizase a la Dirección General Contaduría a incluir los importes mensuales en una Orden de Pago. Artículo 3.- Los importes a abonarse se depositarán en la cuenta corriente o caja de ahorro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, cuyos datos serán comunicados por el contratado a la Dirección General Tesorería. Página Nº 26 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Articulo 4.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos, a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Administración de Infracciones y a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. Buján ANEXO RESOLUCIÓN N.° 145/ISSP/14 Buenos Aires, 23 de julio de 2014 VISTO: Las Resoluciones N° 12/ISSP/12, 28/ISSP/14, 67/ISSP/14, la Nota N° 8913788/SAISSP/14 y el Expediente Electrónico N° 3171975/MGEYA/SGISSP/14, y CONSIDERANDO: Que por el Artículo 2 de la Resolución N° 28/ISSP/14, rectificado por la Resolución N° 67/ISSP/14 , el Dr. Leonardo Javier Balmaceda (DNI 18.154.546) fue designado como Profesor Adjunto II de la materia “Seguridad Pública II” del Curso de Formación Inicial para aspirante a Oficial de la Policía Metropolitana ciclo lectivo 2014 por el período comprendido entre el 04 de agosto al 12 de diciembre de 2014; Que mediante la Nota N° 8913788/SAISSP/14 la Sra. Directora de Docencia y Contenidos de la Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública, puso en conocimiento de esta Instancia la necesidad de dejar sin efecto la designación efectuada al Dr. Leonardo Javier Balmaceda (DNI 18.154.546) como Profesor Adjunto II de la materia “Seguridad Pública II” del Curso de Formación Inicial para aspirante a Oficial de la Policía Metropolitana ciclo lectivo 2014; Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente dejando sin efecto la designación del Dr. Leonardo Javier Balmaceda; Que ante la ausencia de la Sra. Rectora y del Sr. Secretario Académico, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 2 de la Resolución N° 12/ISSP/12, suscribe la presente la Sra. Secretaria General del Instituto Superior de Seguridad Pública. Por ello, en uso de las facultades que le son propias, LA RECTORA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA RESUELVE Artículo 1.- Dejar sin efecto la designación del Dr. Leonardo Javier Balmaceda (DNI 18.154.546) como Profesor Adjunto II de la materia “Seguridad Pública II” del Curso de Formación Inicial para aspirante a Oficial de la Policía Metropolitana ciclo lectivo 2014 por el período comprendido entre el 04 de agosto al 12 de diciembre de 2014, prevista en el Artículo 2 de la Resolución N° 28/ISSP/14 rectificado por la Resolución N° 67/ISSP/14. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, a la Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública y a la Dirección de Recursos Humanos del Instituto Superior de Seguridad Pública. Cumplido, archívese. Lechuga Página Nº 27 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Salud RESOLUCIÓN N.° 299/SSASS/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, el Decreto Nº 1254-GCBA/08 y su modificatorio Nº 663-GCBA/09, los Decretos Nº 1013-GCBA/08 y Nº 166-GCBA/14, y el Expediente Electrónico Nº 2.639.388/MGEYA-DGRFISS/2014; y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la Licitación Pública Nº 449/SIGAF/2014 para la contratación de la obra denominada "Ampliación y remodelación servicio de kinesiología e incorporación de gases medicinales en el Pabellón V del Hospital General de Agudos Enrique Tornú", sito en la avenida Combatientes de Malvinas 3002 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la provisión de materiales, equipos y mano de obra especializada, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064, el Decreto Nº 1254-GCBA/08 y su modificatorio Nº 663-GCBA/09; Que por Disposición Nº 154-DGRFISS/14, se aprobaron los Pliegos de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, la Memoria Descriptiva, las planillas de cómputo y presupuesto y de locales y los planos de aplicación y se llamó a la citada licitación en base a un presupuesto estimado de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL ($ 1.295.000.-), fijándose fecha de apertura de ofertas para el día 19 de mayo de 2014 a las 11:00 hs. y fecha de visita de obra los días 24 y 25 de abril de 2014 a las 11:00 hs.; Que conforme se acredita con las constancias obrantes en el actuado, se publicó el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Cartelera Oficial del Organismo licitante; se comunicó a U.A.P.E., Cámara Argentina de Comercio, Mercados Transparentes S.A., Cámara Argentina de la Construcción, Direcciones Generales Compras y Contrataciones y Contaduría del Ministerio de Hacienda, Subsecretarías de Atención Integrada de la Salud y de Administración del Sistema de Salud, Dirección General Administrativa Contable, Región Sanitaria III, y al Hospital General de Agudos Enrique Tornú, éstas últimas siete (7) a través de Comunicaciones Oficiales; y se invitaron a empresas inscriptas en el Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas, de conformidad con la normativa vigente; Que los pliegos de aplicación fueron publicados en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que se encuentran agregadas las constancias de retiro de la documentación licitaria de la gestión que nos ocupa por parte de trece (13) firmas constructoras; Que en atención a la consulta efectuada por una de las empresas interesadas, la Dirección General Recursos Físicos en Salud emitió la Circular Nº 1 con consulta, la que fue notificada a todos los interesados que retiraron los pliegos licitatorios y publicada en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, por otro lado, se encuentran agregadas las constancias de recepción de dos (2) sobres, conteniendo las ofertas presentadas; Página Nº 28 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que con fecha 19 de mayo de 2014 a las 11:00 hs., se procedió a la apertura de sobres conforme surge del Acta de Apertura Nº 807/2014, labrada en cumplimiento de la normativa vigente, donde constan las propuestas presentadas por las firmas KION S.A.I.C. (C.U.I.T. Nº 33-52251227-9) por un monto de PESOS UN MILLON QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y UNO ($ 1.553.461.-) y SES S.A. (C.U.I.T. Nº 30-64772754-5) por un monto de PESOS UN MILLON QUINIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON DIECINUEVE CENTAVOS ($1.510.699,19); Que en atención a lo requerido por la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, la empresa KION S.A.I.C. presentó documentación faltante, habiendo hecho lo propio la firma SES S.A. en forma espontánea; Que la Dirección General Recursos Físicos en Salud efectuó el análisis técnico de las ofertas e informó el valor actualizado del presupuesto oficial a la fecha de apertura, el cual asciende a la suma de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL SETESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 1.494.759,77); Que la Comisión de Análisis Técnico, Evaluación de Ofertas y Preadjudicaciones, luego de evaluar las ofertas presentadas, la documentación complementaria y considerando los Informes Técnicos, mediante Acta de Asesoramiento Nº 13/2014 del 24 de junio de 2014, resolvió preadjudicar la obra de marras a la firma SES S.A. (C.U.I.T. Nº 30-64772754-5) por un monto de PESOS UN MILLON QUINIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON DIECINUEVE CENTAVOS ($1.510.699,19), superior en un dieciséis con sesenta y seis por ciento (16,66%) al Presupuesto Oficial y en un uno con siete por ciento (1,07%) al Presupuesto Oficial actualizado, por ajustarse a pliego y ser la primera oferta en el Orden de Mérito, ubicando a la empresa KION S.A.I.C. en segundo orden; Que los términos de la preadjudicación fueron notificados a ambos oferentes y publicados en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Cartelera Oficial del Organismo licitante, sin que se formularan impugnaciones a los mismos; Que el gasto que genera la presente gestión cuenta con imputación presupuestaria en las partidas correspondientes; Que han tomado la intervención que les compete la Dirección General Legal y Técnica y la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires al amparo de lo establecido en la Ley N° 1218 y el Decreto N° 752-GCBA/08; Que en este estado del trámite, en atención a los antecedentes reseñados y lo aconsejado por la Comisión de Análisis Técnico, Evaluación de Ofertas y Preadjudicaciones, corresponde dictar el acto administrativo que resuelve en definitiva la gestión que nos ocupa. Por ello, y en base a las competencias establecidas en el Decreto Nº 166-GCBA/14, EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACION DEL SISTEMA DE SALUD RESUELVE Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública Nº 449/SIGAF/2014 para la contratación de la obra denominada "Ampliación y remodelación servicio de kinesiología e incorporación de gases medicinales en el Pabellón V del Hospital General de Agudos Enrique Tornú", sito en la avenida Combatientes de Malvinas 3002 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la provisión de materiales, equipos y mano de obra especializada, al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254-GCBA/08 y su modificatorio Nº 663-GCBA/09. Artículo 2º.- Adjudícase la obra indicada en el artículo 1° de la presente a la empresa SES S.A. (C.U.I.T. Nº 30-64772754-5) por un monto de PESOS UN MILLON QUINIENTOS DIEZ MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON DIECINUEVE CENTAVOS ($1.510.699,19), por ajustarse a los pliegos que rigen el procedimiento, ser oferta conveniente y primera en el Orden de Mérito. Página Nº 29 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 3º.- Apruébase el Proyecto de Contrata y Orden de Ejecución que, como Anexo, registrado en el Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales bajo Nº IF-2014-09004447-DGADC,. Forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 4º.- La erogación que demanda la presente gestión se imputa a las correspondientes partidas presupuestarias. Artículo 5º.- Delégase en la Dirección General Recursos Físicos en Salud la facultad de suscribir el Contrato y Orden de Ejecución y la consecuente Orden de Comienzo de los trabajos con la empresa adjudicataria. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la Cartelera del Organismo licitante, notifíquese a los oferentes, comuníquese y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones y, oportunamente, comuníquese a la Dirección General de Contaduría. Guevara ANEXO Página Nº 30 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Educación RESOLUCIÓN N.° 348/MEGC/14 Buenos Aires, 24 de enero de 2014 VISTO: El Decreto Nº 224/GCABA/13, la Resolución Conjunta Nº 11/SECLYT/13, el Expediente Nº 7.280.583-MGEYA-2013, y, CONSIDERANDO: Que por la mencionada actuación se solicita la contratación de una persona bajo la modalidad de Locación de Servicios, en la Subsecretaria de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica, dependiente del Ministerio de Educación, por el período indicado. Que el citado requerimiento encuadra en los términos del Decreto arriba citado, por el cual se establece el régimen para la contratación de personas bajo la figura de locación de Servicios y de Obra. Por ello, EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizase la contratación bajo la modalidad de Locación de Servicios de una persona, en la Subsecretaria de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica, dependiente del Ministerio de Educación, en el modo y forma que se detalla en el Anexo I (IF-2014-0635934-DGPDYND), que forma parte integrante de la presente. Artículo 2º.- Delegase en la Dirección General de Personal Docente y No Docente, del Ministerio de Educación, la suscripción del contrato aludido en el precedente artículo 1º. Artículo 3º.- Autorizase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe mensual en una Orden General de Pago. Artículo 4º.- Los importes a abonarse se depositarán en las cuentas corrientes o cajas de ahorro del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, cuyos datos fueran comunicados por los contratados a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º.- Regístrese; y comuníquese a las Direcciones Generales de Personal Docente y No Docente y de Administración de Recursos del Ministerio de Educación y a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización. Cumplido, archívese. Bullrich ANEXO RESOLUCIÓN N.° 2755/MEGC/14 Buenos Aires, 15 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 8.148.765/MGEYA-SSGECP/14, y Página Nº 31 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que es objetivo de la política educativa llevada a cabo por el Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires garantizar el ejercicio del derecho constitucional de enseñar y aprender, previsto en el artículo 14 de la Constitución Nacional; Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispone que la Ciudad reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad justa y democrática y, a tal fin debe organizar los servicios y las acciones educativas que posibilitan el ejercicio del derecho a la educación; Que la Ley de Educación Nacional Nº 26.206 establece que la obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cinco años hasta la finalización del nivel de la Educación Secundaria, correspondiendo a cada jurisdicción asegurar el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de alternativas institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos, que se ajusten a los requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones que permitan alcanzar resultados de calidad; Que la precitada norma establece que la Educación Especial es una modalidad del Sistema Educativo destinada a asegurar el derecho a la educación de las personas con barreras en el aprendizaje y la participación, temporales o permanentes, en todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo; Que el Estatuto del Docente - Ordenanza Nº 40.593 y sus modificatorias -, establece cómo condición para el ingreso a la carrera docente poseer el título docente que corresponda en cada área para el cargo, estableciendo los mecanismos y procedimientos a tal fin; Que la norma citada precedentemente regula el ingreso a la carrera docente determinando que éste se efectúa en cada Área de la Educación por el cargo de menor jerarquía de los escalafones respectivos, indicando y normando condiciones generales y concurrentes para el ingreso a la carrera docente; Que frente a la existencia de distintos cargos docentes vacantes que afectan al servicio educativo, se dictaron las Resoluciones Nros. 1442/MEGC/13 y 1443/MEGC/13 por las cuales se autorizó, para el ciclo lectivo 2013, la cobertura de interinatos y suplencias, por los estudiantes avanzados de las carreras de Formación Docente; Que por la Resolución Nº 1284-MEGC/14 se prorrogó para el ciclo lectivo 2014 los terminos de las Resoluciones citadas en el párrafo precedente; Que resulta necesario adoptar medidas similares a las reseñadas a fin de sustentar los principios establecidos por la Constitución Nacional y la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, contemplando la situación del servicio educativo en el Área de la Educación Especial; Que la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica presta su conformidad con el presente trámite; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, en uso de las facultades que le son propias, EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE Artículo 1.- Autorízase, por única vez y con carácter excepcional, para el Ciclo Lectivo 2014 y 2015, la cobertura de interinatos y suplencias, conforme lo dispuesto en la Ordenanza N° 40.593, para el Área de la Educación Especial por estudiantes avanzados de las carreras de los Profesorados de Educación Especial atendiéndose a los criterios y requisitos que se detallan en el Anexo (IF- 08217316-SSGECP-2014), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2.- Dispónese que los estudiantes avanzados a los que refiere el artículo 1 de la presente, deberán haber aprobado, al menos, el setenta por ciento (70 %) de los respectivos planes de estudio de las carreras de Profesorado de Educación Especial. Página Nº 32 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CONSIDERANDO: Artículo 3.- Establécese que la autorización dispuesta en el artículo 1 de la presente, se concede al único efecto de la cobertura de interinatos y suplencias, una vez agotado el listado de aspirantes con título básico incorporado al Anexo de Títulos y lo estipulado por el artículo 66 de la Ordenanza N° 40.593 y su reglamentación. Artículo 4.- La Junta de Clasificación del Área de Educación Especial clasificará la documentación presentada por el estudiante (título secundario, certificación de materias aprobadas en los Profesorados de Educación Especial, otros títulos, posgrados, cursos) conformando un legajo que deberá ser actualizado por el estudiante en los meses marzo, agosto y diciembre. Artículo 5.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, remítanse comunicaciones oficiales de estilo a las Subsecretarías de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica y de Políticas Educativas y Carrera Docente, a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Educación de Gestión Privada, de Educación Superior, de Carrera Docente y de Coordinación Legal e Institucional, a la Dirección de Educación Primaria, a la Dirección de Educación Especial y a la Dirección de Formación Docente. Cumplido, remítase para guarda temporal. Bullrich ANEXO RESOLUCIÓN N.° 2756/MEGC/14 Buenos Aires, 15 de julio de 2014 VISTO: La Resolución Nº 2792-MEGC/10, el Expediente N° 4.738.455-MGEYA-SSGECP/14, y CONSIDERANDO: Que es un propósito de la política educativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el fortalecimiento del ámbito de la formación profesional, como parte integral de la modalidad técnica profesional; Que en el orden nacional están en vigencia la Ley Nº 26.058 de Educación Técnico Profesional y las Resoluciones del Consejo Federal de Educación Nº 261/06 "Proceso de Homologación y Marcos de referencias de Títulos y Certificaciones de la Educación Técnico Profesional", Nº 269/06 "Mejora continua de la calidad de la Educación Técnica Profesional", Nº 13/07 "Títulos y Certificados de la Educación Técnico Profesional", Nº 91/09 "Lineamientos y criterios para la inclusión de títulos técnicos de nivel secundario y de nivel superior y certificados de formación profesional en el proceso de homologación" y "Nómina de títulos técnicos y certificados de formación profesional sujetos a procesos de homologación" y Nº 115/10 "Lineamientos y Criterios para la organización institucional y curricular de la Educación Técnico Profesional correspondiente a la Formación Profesional"; Que este Ministerio diseña los nuevos trayectos de formación tomando como fuente las regulaciones federales de la modalidad técnico profesional para el ámbito de la Formación profesional inicial y continua, para así asegurar la validez nacional de los certificados de la formación profesional vigente en esta jurisdicción; Que este Ministerio viene desarrollando la elaboración de propuestas curriculares para el ámbito de la Formación Profesional con el propósito de actualizar y modernizar curricular y pedagógicamente la oferta formativa; Página Nº 33 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que por Resolución Nº 2792-MEGC/10, en su artículo 2, se encomendó a la Dirección Operativa de Curricula y Enseñanza, actual Gerencia Operativa de Currículum de la Dirección General de Planeamiento e Innovacion Educativa, la elaboración de los criterios curriculares para el ámbito de la Formación Profesional; Que la Gerencia Operativa de Curriculum en conjunto con la Coordinación de Formación Profesional dependiente de la Gerencia Operativa de Educación y Trabajo han elaborado y acordado los criterios curriculares para el ámbito de la Formación Profesional; Que la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica avaló el acto proyectado; Que ha tomado la correspondiente intervención la Dirección General de Planeamiento e Innovación Educativa; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE Artículo 1.- Apruébanse los “Criterios curriculares para el ámbito de la formación profesional“ para esta jurisdicción, que se establecen en el Anexo (IF-2014-07033437- DGCLEI) que a todos los efectos forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica, a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Educación de Gestión Privada, de Planeamiento e Innovación Educativa y de Administración de Recursos, a las Gerencias Operativas de Educación y Trabajo y Currículum. Cumplido, archívese. Bullrich ANEXO RESOLUCIÓN N.° 2757/MEGC/14 Buenos Aires, 15 de julio de 2014 VISTO: El Expediente N° 5.695.697/2014/MGEYA/DGPLED, y CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el artículo 23 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ciudad debe promover “el más alto nivel de calidad de la enseñanza y asegurar políticas sociales complementarias que posibiliten el efectivo ejercicio de aquellos derechos y establecer los lineamientos curriculares para cada uno de los niveles educativos“; Que por la Ley Nacional de Educación Nº 26.206, artículo 4º, se establece que el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad principal e indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos/as los/as habitantes de la Nación, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad en el ejercicio de este derecho; Que la Ley Nº 4.013 otorga, entre otras competencias, al Ministerio de Educación la de diseñar, promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y social; Página Nº 34 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que la Resolución N° 154-CFE/11 aprobó las “Pautas para el mejoramiento de las trayectorias escolares “reales“ de niños, niñas adolescentes y jóvenes, en el nivel inicial y primario“ de acuerdo con las cuales el Ministerio de Educación de la Nación y los Ministerios Jurisdiccionales se comprometen a desarrollar las políticas públicas intersectoriales que generen mejores condiciones para garantizar la continuidad de las trayectorias escolares de todas y todos los estudiantes así como promover las modificaciones organizativas, institucionales, pedagógicas, didácticas y del trabajo docente que permitan que los estudiantes accedan a los aprendizajes escolares; Que la Resolución N° 174-CFE/12 establece, entre otras cuestiones, la necesidad de considerar como unidad pedagógica a los dos primeros años de la escuela primaria, lo que requerirá la reformulación de los regímenes de promoción a los efectos que rijan a partir del segundo año/grado; Que la Resolución N° 365-SED/2004 que aprueba el Diseño Curricular para la Educación Primaria de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su marco general dispone que la escuela primaria es común, comprensiva, continua, abierta a la comunidad y ciclada, expresado a través de los propósitos del ciclo y de la secuenciación de contenidos y su articulación, conserva la diferenciación de grados pero "alentando una perspectiva procesual del aprendizaje y la enseñanza y unas condiciones favorables al respeto por la diversidad de puntos de partida y estilos de aprendizaje"; Que la Resolución N° 3278-MEGC/13 aprobó el documento “Criterios generales para la readecuación y unificación de las normativas en la Educación Inicial, la Educación Primaria y la modalidad de educación especial“. En su Anexo menciona la revisión del formato escolar y promoción de estrategias alternativas: "se promoverá la implementación, experimentación, sostenimiento y extensión de lógicas de escolarización alternativas a las tradicionales para la generación de condiciones factibles de enseñanza y aprendizaje que: propicien la inclusión educativa; la calidad educativa de la propuesta; la continuidad y la culminación de las trayectorias escolares"; Que la experiencia educativa nos indica que un significativo número de nuestros alumnos presentan trayectorias escolares no encauzadas, signadas por la discontinuidad que interpelan nuestro saber pedagógico; Que la discontinuidad de las trayectorias escolares de los estudiantes se vinculan en gran parte con el formato escolar y con supuestos pedagógicos y didácticos en los que se apoyó históricamente nuestro sistema educativo y que responden a un modelo homogeneizador que no considera la diversidad de puntos de partida y de experiencias; Que en el último decenio, se han concretado diversas experiencias educativas y acciones institucionales para sostener y mejorar las trayectorias escolares de los alumnos, fomentar el reingreso de aquellos estudiantes que hubieran abandonado, y evitar que los alumnos repitan en los primeros años de cada nivel; Que en orden a lo expuesto, se hace necesario desarrollar propuestas que se centren en el mejoramiento de la enseñanza y de la retención en el primer ciclo de la escuela primaria y en los primeros años de la secundaria para ir resolviendo las situaciones de repitencia y abandono escolar; Que la Dirección General de Planeamiento e Innovación Educativa en forma conjunta con la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, la Dirección General de Educación Superior, la Dirección de Educación Primaria, la Dirección de Formación Docente y el cuerpo de Supervisores del Área de Educación Primaria han evaluado positivamente la creación de este Proyecto; Que se han previsto los recursos necesarios para la implementación del Proyecto; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, Página Nº 35 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 1.- Créase el Proyecto "Maestro por Ciclo" cuyos fundamentos y objetivos generales se detallan en el Anexo I (IF-2014-08023667-DGCLEI) que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Determínese que implementarán, a partir del ciclo lectivo 2014, el proyecto creado por la presente las escuelas detalladas en el Anexo II (IF-2014-08023668- DGCLEI) que a todos sus efectos forma parte integrante de esta resolución. Artículo 3.- Encomiéndese la coordinación y seguimiento del Proyecto a la Dirección General de Planeamiento e Innovación Educativa. Artículo 4.- Encomiéndese a la Dirección General de Planeamiento e Innovación Educativa, a la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, a la Dirección General de Educación Superior, a la Dirección General de Carrera Docente, a la Dirección de Educación Primaria, y a la Dirección de Formación Docente, a disponer de todos los actos administrativos relacionados con la implementación, capacitación, acompañamiento y seguimiento del Proyecto “Maestro por Ciclo“. Artículo 5.- Encomiéndese a la Dirección General de Evaluación de la Calidad Educativa el diseño de un plan de evaluación institucional que permita a las escuelas monitorear por sí mismas el impacto y avance del proyecto Maestro por Ciclo en cada una de ellas. Artículo 6.- Dispónese que el gasto que demanda el cumplimiento de la presente Resolución se imputará en Jurisdicción 55 - Inciso 1- Partida Principal 1. Artículo 7.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Subsecretarías de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica, de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, de Políticas Educativas y Carrera Docente, a la Dirección General de Planeamiento Educativo, de Educación de Gestión Estatal, de Educación Superior, a la Dirección de Educación Primaria y de Formación Docente. Cumplido, remítase para su guarda temporal. Bullrich ANEXO RESOLUCIÓN N.° 2758/MEGC/14 Buenos Aires, 15 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 4.063.060/14/MGEYA/DGPLED, y CONSIDERANDO: Que uno de los propósitos de la política educativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el fortalecimiento de la modalidad Técnico Profesional de nivel secundario mediante su actualización y modernización curricular y pedagógica, que permitan el desarrollo académico de los estudiantes y su acceso al segundo ciclo de dicha modalidad; Que en el marco de los principios, objetivos y postulados sustentados en la Ley de Educación Técnico Profesional Nº 26.058 y en la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, en el seno del Consejo Federal de Educación, mediante las Resoluciones Nº 47-CFE/08 y Nº 84-CFE/09, se aprobaron los documentos "Lineamientos y Criterios para la Organización Institucional y Curricular de la Educación Técnico Profesional correspondiente a la educación secundaria y a la educación superior" y los "Lineamientos Políticos y Estratégicos de la Educación Secundaria Obligatoria", respectivamente; Página Nº 36 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE: Que en las escuelas técnicas secundarias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentran vigentes los planes de estudios no ciclados en Administración de Empresas y ciclo superior diurno de Administración de Empresas; Que los mencionados planes de estudios, instituidos con anterioridad a la transferencia de los servicios educativos a esta jurisdicción, fueron ordenados, en lo que refiere a su denominación, asignaturas por curso y cantidad de horas cátedra asignadas, conforme se establece en el Anexo I de la Resolución Nº 2990-SED/02; Que por otra parte, en acuerdo federal de la Asamblea del Consejo Federal de Educación, mediante la Resolución Nº 129-CFE/11 fueron aprobados los documentos con los marcos de referencia para procesos de homologación de títulos de nivel secundario Sector "Administración y gestión", conforme se detalla en su Anexo I, a los efectos de iniciar el proceso de homologación de los títulos de nivel secundario y los diseños curriculares correspondientes que respondan a estos marcos de referencia; Que este Ministerio de Educación aprobó los "Criterios generales para la definición curricular de la Educación Técnico Profesional de nivel secundario", mediante la Resolución Nº 1281-MEGC/11, modificada por el artículo 16 de la Resolución Nº 4145- SSGECP/12; Que resulta necesario tomar en consideración los lineamientos señalados para la revisión y reformulación de los planes de estudio de dicha modalidad educativa, con el objeto de resguardar la validez nacional de los títulos técnicos de nivel secundario y el alcance de sus habilitaciones profesionales; Que este Ministerio de Educación adopta, a los fines de la homologación y validez nacional de los títulos para la Modalidad Técnico Profesional de nivel secundario, un Primer Ciclo común a la modalidad de dos (2) años de duración y un Segundo Ciclo especializado, de cuatro (4) años de duración; Que es necesario un ordenamiento de la oferta para la especialidad Administración de Empresas en base a la nueva estructura de ciclado para la Modalidad Técnico Profesional de nivel secundario adoptada por este Ministerio; Que mediante la Resolución Nº 4145-SSGECP/12 se aprobó el Diseño Curricular del Primer Ciclo de la modalidad Técnico Profesional de nivel secundario, y que se encuentran en trámite de aprobación, las adaptaciones curriculares correspondientes a las tecnologías generales, a saber, la unidad curricular "Taller" del Primer y Segundo año del Primer Ciclo de dicha modalidad, conforme lo dispuesto por el artículo 18 de la norma precitada; Que la Dirección General de Planeamiento e Innovación Educativa, en ejercicio de sus respectivas competencias, a través de la Gerencia Operativa de Currículum de su dependencia, ha revisado y analizado los planes de estudios vigentes del Ciclo Superior en Administración de Empresas de la Modalidad Técnico Profesional de nivel secundario, con el objeto de realizar su actualización, en adecuación con los marcos normativos nacional, federal y jurisdiccional señalados; Que resultado de este proceso y en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Nº 3116-MEGC/10, la Gerencia Operativa de Currículum mencionada ha elaborado las propuestas del diseño curricular de la especialidad Administración de Empresas, título Técnico en "Gestión y Administración de las Organizaciones", del Segundo Ciclo diurno de la especialidad Técnico Profesional de Nivel Secundario, que responden a los mencionados requisitos normativos, los derechos de los estudiantes y a la necesaria actualización científica, tecnológica y didáctica en las disciplinas que componen los diseños curriculares de referencia; Que han participado en el proceso de revisión y producción de la nueva norma curricular la Gerencia Operativa de Currículum y la Dirección Educación Técnica, de acuerdo con sus responsabilidades primarias y específicas; Que por iniciativa de esta cartera se incorporó al proceso de revisión y formulación de la nueva norma curricular, a la Dirección General de Educación de Gestión Privada; Que en representación de la Dirección Educación Técnica, intervinieron en el proceso de revisión y producción de la nueva norma curricular, supervisores escolares, equipo de conducción, coordinadores de áreas específicas y docentes de las escuelas técnicas; Página Nº 37 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que por Resolución Nº 1412-MEGC/11 se estableció el marco normativo legal de la jurisdicción, amparando la estabilidad laboral del personal docente de las escuelas que implementen los nuevos planes de estudios; Que por todo lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente a los efectos de aprobar el nuevo Diseño Curricular Jurisdiccional y su implementación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en resguardo de la validez nacional de los Títulos Técnicos de nivel secundario; Que las erogaciones que demande la presente cuentan con reflejo presupuestario; Que han tomado la correspondiente intervención la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica y las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Educación de Gestión Privada y de Planeamiento e Innovación Educativa; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que les compete. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE Artículo 1.- Apruébase el "Diseño Curricular Jurisdiccional diurno del Segundo Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario, correspondiente a la especialidad Administración de Empresas", Título "Técnico en Gestión y Administración de las Organizaciones", que como Anexos I y II (IF-2014-04149180- DGPLED) forman parte integrante de la presente Resolución, conforme con el marco de referencia "Sector Administración y Gestión" aprobado por la Resolución Nº 129- CFE/11 Anexo I. Artículo 2.- Apruébanse los "Bloques de Contenidos para las Unidades Curriculares" correspondientes al Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado en el artículo 1 de la presente, según consta en el Anexo III (IF-2014-04149180-DGPLED), que forma parte de la presente. Artículo 3.- Establécese, como plan de trabajo a partir del año 2014, la organización de líneas de capacitación, actualización y perfeccionamiento docente en las disciplinas que comprenden el nuevo diseño curricular jurisdiccional y la elaboración de los proyectos institucionales y normativos, en todos los establecimientos educativos de la jurisdicción, tanto los de gestión estatal como los de gestión privada, para facilitar la implementación del citado diseño curricular. Artículo 4.- Encomiéndase, durante el transcurso del año 2014, a la Dirección General de Planeamiento e Innovación Educativa, a través de la Gerencia Operativa de Currículum, la elaboración de los alcances de los bloques de contenidos correspondientes al Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado por la presente Resolución. Artículo 5.- Dispónese que la presente Resolución se aplicará, en forma gradual y progresiva, en las Escuelas diurnas de la modalidad de Educación Técnico Profesional de nivel secundario que imparten la especialidad de Administración de Empresas, a partir del ciclo lectivo 2015. Artículo 6.- Dispónese que la implementación de la presente Resolución es responsabilidad de la Dirección de Educación Técnica, dependiente de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal y de la Dirección General de Educación de Gestión Privada. Artículo 7.- Establécese que los actuales planes de estudios de la especialidad Administración de Empresas de esta modalidad y nivel, que se imparten en los establecimientos de Educación Técnico Profesional de nivel secundario dependientes de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, a través de la Dirección de Educación Técnica y de la Dirección General de Educación de Gestión Privada, mantendrán su vigencia hasta la implementación definitiva del nuevo Diseño Curricular Jurisdiccional que se aprueba en el artículo 1 de la presente, la que quedará concretada en el ciclo lectivo 2018. Página Nº 38 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 8.- Determínase que, en los casos que el personal docente vea afectada su carga horaria laboral como consecuencia del cambio de los planes de estudios vigentes a la fecha, será de aplicación lo dispuesto en la Resolución Nº 1412- MEGC/11. Artículo 9.- Establécese que la Dirección de Educación Técnica tramitará el proceso de homologación para la validez nacional del título correspondiente al diseño curricular jurisdiccional diurno del Técnico en Gestión y Administración de las Organizaciones, en conjunto con el del primer ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de nivel secundario. Artículo 10.- Establécese que la evaluación del proceso de implementación y seguimiento de la presente Resolución será responsabilidad de la Dirección General de Planeamiento e Innovación Educativa y de la Dirección General de Evaluación de la Calidad Educativa. Artículo 11.- Encomiéndase, a partir de la entrada en vigencia de la presente Resolución, a la Escuela de Capacitación - Centro de Pedagogías de Anticipación -CEPA-, el diseño y ejecución de la capacitación docente requerida para la efectiva implementación de la presente por parte de la Dirección de Educación Técnica, dependiente de la Dirección General Educación de Gestión Estatal, de la Dirección General de Educación de Gestión Privada y de la Gerencia Operativa de Currículum, dependiente de la Dirección General de Planeamiento Educativo, dando intervención a la misma. Artículo 12.- Encomiéndase a la Dirección General de Planeamiento e Innovación Educativa, a través de la Gerencia Operativa de Currículum, la producción de las adaptaciones curriculares correspondientes a los Laboratorios y Talleres de la especialidad Administración de Empresas, título Técnico en Gestión y Administración de las Organizaciones, de acuerdo a los criterios de implementación adoptados por la Dirección de Educación Técnica. Artículo 13.- Encomiéndase a la Dirección General de Planeamiento e Innovación Educativa, a través de la Gerencia Operativa de Currículum, revisar y actualizar, cada cuatro (4) años, el Diseño Curricular Jurisdiccional definido en los Anexos I y II de la presente Resolución. Artículo 14.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Subsecretarías de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica y de Gestión Económica Financiera y Administración de Recursos, a las Direcciones Generales de Planeamiento e Innovación Educativa, de Educación de Gestión Estatal, de Educación de Gestión Privada, de Evaluación de la Calidad Educativa y de Administración de Recursos y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección de Educación Técnica, a las Gerencias Operativas de Currículum, de Evaluación Educativa, de Recursos Human os Docentes, de Títulos y Legalizaciones y de Clasificación y Disciplina Docente. Cumplido, remítase para su guarda temporal. Bullrich ANEXO RESOLUCIÓN N.° 2790/MEGC/14 Buenos Aires, 15 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 4.809, el Decreto N° 2/14, mediante el cual se aprobaron las normas anuales de ejecución y aplicación del presupuesto sancionado 2014 del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2014, el expediente 2014-08503633- MGEYA-DGAR y Página Nº 39 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CONSIDERANDO: Que es necesario una modificación presupuestaria tendiente a redistribuir los créditos de diferentes programas, proyectos, actividades, obras y partidas de este Ministerio, de acuerdo al detalle que se adjunta en los anexos IF-2014-08504239-DGAR e IF- 2014-08504368-DGAR; Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 2/14, EL MINISTRO DE EDUCACION RESUELVE Artículo 1º.- Modifícanse los créditos sancionados de diferentes programas, proyectos, actividades, obras y partidas de este ministerio conforme se detalla en los anexos IF- 2014-08504239-DGAR e IF-2014-08504368-DGAR. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Dirección General de Administración de Recursos (Coordinación Oficina de Gestión Sectorial) dependiente del Ministerio de Educación y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Bullrich ANEXO RESOLUCIÓN N.° 2791/MEGC/14 Buenos Aires, 15 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 7.081.160-MGEYA-DGEGE/13, y CONSIDERANDO: Que conforme lo establece la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su artículo 23, corresponde a la Ciudad asegurar la igualdad de oportunidades y posibilidades para el acceso, permanencia, reinserción y egreso del sistema educativo; Que con ese marco, las autoridades escolares procuran la diversificación de la oferta educativa, adecuándola a las necesidades de las poblaciones y a la disponibilidad edilicia; Que en ese contexto, los Supervisores de Educación Primaria y de Educación Inicial del Distrito Escolar 6°, conjuntamente con la Directora de la Escuela Nº 11 Distrito Escolar 6° y del JIN "B" Distrito Escolar 6°, han acordado el cambio de modalidad de jornada simple a completa, a partir del ciclo lectivo 2014, de las salas de nivel inicial que funcionaban con la modalidad de Jornada Simple en dependencias de la Escuela Nº 11 Distrito Escolar 6° (Humberto Primo 3171); Que por el presente, asimismo, se modifica la Planta Orgánica Funcional con que funcionará la sala de Jornada Completa, agregándose dos cargos de Maestra Celadora de Jornada Completa; Que la erogación que demande la puesta en marcha y funcionamiento de la sala de jornada completa, será imputada a la partida presupuestaria año 2014; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias, Página Nº 40 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE Artículo 1.- Dispónese el cambio de modalidad de las salas de nivel inicial que funcionan en la Escuela Nº 11 del Distrito Escolar 6°, ubicada en Humberto Primo Nº 3171, las que a partir del ciclo lectivo 2014, pasarán a funcionar en jornada completa. Artículo 2.- Modifícase la Planta Orgánica Funcional con que funcionarán las salas de Jornada Completa en la Escuela mencionada en el artículo 1, incrementándose en dos cargos de Maestra Celadora de Jornada Completa. Artículo 3.- Déjase constancia que el gasto que demande el aumento de la Planta Orgánica Funcional se imputará a la partida presupuestaria año 2014. Artículo 4.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Subsecretarías de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica (Dirección General de Educación de Gestión Estatal), de Política Educativa y Carrera Docente (Dirección General de Personal Docente y No Docente) y póngase en conocimiento de la Dirección de Educación Inicial. Cumplido archívese. Bullrich RESOLUCIÓN N.° 2792/MEGC/14 Buenos Aires, 15 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 7.546.417/DGAR/14, y CONSIDERANDO: Que es necesario adecuar las Plantas Orgánico Funcionales de los Equipos de Orientación Escolar, en cuanto ellas constituyen la expresión organizativa en la que confluyen la dimensión pedagógica y la demanda de servicios de apoyo profesional a la comunidad; Que los citados Equipos han presentado sus necesidades de personal docente en el marco del relevamiento de POF 2014, que se llevó a cabo desde el 7 de marzo al 21 de abril del año en curso; Que las plantas solicitadas cuentan con la conformidad de la Subsecretaría de Equidad Educativa; Que la aprobación de la Planta Orgánico Funcional es un requisito indispensable para una adecuada y transparente gestión administrativa de la cobertura de cargos; Que el gasto que demande la presente Resolución ha sido contemplado en el presupuesto en vigencia; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE Artículo 1.- Apruébanse ad referéndum de la ratificación del Jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires las Plantas Orgánico Funcionales correspondientes al año 2014 para los Equipos de Orientación Escolar, que como Anexos I (IF-2014-7583117-DGAR) y II (IF-2014-7583101-DGAR) forman parte de la presente Resolución. Artículo 2.- Impútase el gasto que demanden las Plantas Orgánico Funcionales aprobadas por la presente Resolución a Jurisdicción 55- Inciso 1- Partida Principal 1. Página Nº 41 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a las Subsecretarías de Equidad Educativa y de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, a las Direcciones Generales de Administración de Recursos y de Estrategias para la Educabilidad y a las Gerencias Operativas de Recursos Humanos Docentes y Oficina de Gestión Sectorial. Cumplido, remítase a la Dirección general de Coordinación Legal e Institucional para promover el acto ratificatorio pertinente. Bullrich ANEXO RESOLUCIÓN N.° 2805/MEGC/14 Buenos Aires, 15 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 4.087.876/MGEYA-DGPLED/14, y CONSIDERANDO: Que uno de los propósitos de la política educativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el fortalecimiento de la modalidad Técnico Profesional de nivel secundario mediante su actualización y modernización curricular y pedagógica, que permitan el desarrollo académico de los estudiantes y su acceso al segundo ciclo de dicha modalidad; Que en el marco de los principios, objetivos y postulados sustentados en la Ley de Educación Técnico Profesional Nº 26.058 y en la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, en el seno del Consejo Federal de Educación, mediante las Resoluciones CFE Nº 47/08 y CFE Nº 84/09 se aprobaron los "Lineamientos y criterios para la organización institucional y curricular de la educación técnico profesional correspondiente a la educación secundaria" y el documento con los "Lineamientos políticos y estratégicos de la educación secundaria obligatoria", respectivamente; Que en las escuelas técnicas secundarias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentran vigentes los planes de estudio no ciclado en Industria de la Indumentaria y ciclo superior diurno de Industria de la Indumentaria, el Decreto 398/73, Resolución 187-SC-78, Resolución 588-SC-UBA-78, Resolución 191/79 MEC y Resolución 651- SED-99; Que los mencionados planes de estudios, instituidos con anterioridad a la transferencia de los servicios educativos a esta jurisdicción, fueron ordenados, en lo que refiere a su denominación, asignaturas por curso y cantidad de horas cátedra asignadas, según lo establecido en el Anexo I de la Resolución Nº 2990-SED/02; Que por otra parte, en acuerdo de la Asamblea del Consejo Federal de Educación, mediante la Resolución CFE Nº 157/11 Anexo I fueron aprobados los documentos con los "Marcos de referencia para procesos de homologación de títulos de nivel secundario sector Indumentaria - Textil", conforme se detalla en su Anexo I; a los efectos de iniciar el proceso de homologación de los títulos de nivel secundario, y los diseños curriculares correspondientes; Que este Ministerio de Educación aprobó los "Criterios generales para la definición curricular de la Educación Técnico Profesional de nivel secundario", mediante Resolución Nº 1281-MEGC/11, modificada por el artículo 16 de la Resolución Nº 4145- SSGECP/12"; Que resulta necesario tomar en consideración los lineamientos señalados para la revisión y reformulación de los planes de estudio de dicha modalidad educativa, con el objeto de resguardar la validez nacional de los títulos técnicos de nivel secundario, y el alcance de sus habilitaciones profesionales; Página Nº 42 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que este Ministerio de Educación adopta, a los fines de la homologación y validez nacional de los títulos para la Modalidad Técnico Profesional de nivel secundario, un Primer Ciclo común a la modalidad de dos años de duración y un Segundo Ciclo especializado, de cuatro años de duración; Que es necesario un ordenamiento de la oferta para la especialidad Industria de la Indumentaria en base a la nueva estructura de ciclado para la Modalidad Técnico Profesional de nivel secundario adoptada por este Ministerio; Que se aprobó por Resolución Nº 4145-SSGECP/12 el Diseño Curricular del Primer Ciclo de la modalidad Técnico Profesional de nivel secundario, y que se encuentran en trámite de aprobación las adaptaciones curriculares previstas por el artículo 18 de la misma en las unidades curriculares de Taller de Primer y Segundo año de dicho Primer Ciclo; Que la Dirección General Planeamiento e Innovación Educativa, en ejercicio de sus respectivas competencias, a través de la Gerencia Operativa de Currículum de su dependencia, ha revisado y analizado los planes de estudio vigentes del Ciclo Superior en Diseño y Producción de Indumentaria de la Modalidad Técnico Profesional de nivel secundario, con el objeto de realizar su actualización, en adecuación con los marcos normativos nacional, federal y jurisdiccional; Que resultado de este proceso y en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Nº 3116-MEGC/10, la Gerencia Operativa de Currículum mencionada ha elaborado las propuestas del diseño curricular de la especialidad Indumentaria, título Técnico en Indumentaria y productos de confección textil del Segundo Ciclo diurno de la especialidad Técnico Profesional de Nivel Secundario, que responden a los mencionados requisitos normativos, los derechos de los estudiantes y a la necesaria actualización científica, tecnológica y didáctica en las disciplinas que componen los diseños curriculares de referencia; Que han participado en el proceso de revisión y producción de la nueva norma curricular la Gerencia Operativa de Currículum y la Dirección Educación Técnica, de acuerdo con sus responsabilidades primarias y específicas; Que por iniciativa de esta cartera se incorporó al proceso de revisión y formulación de la nueva norma curricular, a la Dirección General de Educación de Gestión Privada; Que en representación de la Dirección Educación Técnica, intervinieron en el proceso de revisión y producción de la nueva norma curricular, supervisores escolares, equipo de conducción, coordinadores de áreas específicas y docentes de las escuelas técnicas; Que por Resolución Nº 1412-MEGC/11 se estableció el marco normativo legal de la jurisdicción, amparando la estabilidad laboral del personal docente de las escuelas que implementen nuevos planes de estudios; Que por todo lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente a los efectos de aprobar el nuevo Diseño Curricular Jurisdiccional y su implementación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en resguardo de la validez nacional de los Títulos Técnicos de nivel secundario; Que las erogaciones que demande la presente cuentan con reflejo presupuestario; Que han tomado debida intervención la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica y las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, y de Planeamiento e Innovación Educativa; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que les compete. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE Página Nº 43 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 1.- Apruébase el "Diseño Curricular Jurisdiccional diurno del Segundo Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario, correspondiente a la especialidad Técnicas en Diseño y Producción de Indumentaria", Título "Técnico en Indumentaria y productos de confección textil", que como Anexos I y II (IF-2014- 8356747-DGCLEI) forman parte integrante de la presente Resolución, conforme con el Marco de Referencia "Sector Indumentaria - Textil" de la Resolución CFE Nº 157/11 Anexo I. Artículo 2.- Apruébanse los "Bloques de Contenidos para las Unidades Curriculares" correspondientes al Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado en el artículo 1, según consta en el Anexo III (IF-2014-08356747- DGCLEI), que forma parte de la presente. Artículo 3.- Establécese, como plan de trabajo a partir del año 2014, la organización de líneas de capacitación, actualización y perfeccionamiento docente en las disciplinas que comprenden el nuevo diseño curricular jurisdiccional y la elaboración de los proyectos institucionales y normativos, en todos los establecimientos educativos de la jurisdicción, tanto los de gestión estatal, para facilitar la implementación del citado diseño curricular. Artículo 4.- Encomiéndase, durante el transcurso del año 2014, a la Dirección General Planeamiento e Innovación Educativa, a través de la Gerencia Operativa de Currículum, la elaboración de los alcances de los bloques de contenidos correspondientes al Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado por la presente Resolución. Artículo 5.- Dispónese que la presente Resolución se aplicará en forma gradual y progresiva, en las Escuelas diurnas de la modalidad de Educación Técnico Profesional de nivel secundario que imparten la especialidad de Industria de la Indumentaria, a partir del ciclo lectivo 2015. Artículo 6.- Dispónese que la implementación de la presente Resolución es responsabilidad de la Dirección Educación Técnica, dependiente de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal. Artículo 7.- Establécese que los actuales planes de estudios de la especialidad Industria de la Indumentaria de esta modalidad y nivel, que se imparten en los establecimientos de Educación Técnico Profesional de nivel secundario dependientes de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, a través de la Dirección Educación Técnica, mantendrán su vigencia hasta la implementación definitiva del nuevo Diseño Curricular Jurisdiccional que se aprueba en el artículo 1 de la presente, la que quedará concretada en el ciclo lectivo 2018. Artículo 8.- Determínase que, en los casos que el personal docente vea afectada su carga horaria laboral como consecuencia del cambio de los planes de estudios vigentes a la fecha, será de aplicación lo dispuesto en la Resolución Nº 1412- MEGC/11. Artículo 9.- Establécese que la Dirección de Educación Técnica tramitará el proceso de homologación para la validez nacional del título correspondiente al diseño curricular jurisdiccional diurno del Técnico en Indumentaria y productos de confección textil, en conjunto con el del primer ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de nivel secundario. Artículo 10.- Establécese que la evaluación del proceso de implementación y seguimiento de la presente Resolución será responsabilidad de la Dirección General Planeamiento e Innovación Educativa. Artículo 11.- Encomiéndase a partir de la puesta en vigencia de la presente a la Escuela de Capacitación Docente - Centro de pedagogías de anticipación- CEPA-, el diseño y ejecución de la capacitación docente requerida para la implementación de la presente resolución por la Dirección Educación Técnica y la Dirección general de Educación de Gestión privada debiendo dar intervención a la Gerencia Operativa de Currículum de la Dirección General Planeamiento e Innovación Educativa. Página Nº 44 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 12.- Encomiéndase a la Dirección General Planeamiento e Innovación Educativa, a través de la Gerencia Operativa de Currículum, la producción de las adaptaciones curriculares correspondientes a los Laboratorios y Talleres de la especialidad Industria de la Indumentaria, título Técnico en Indumentaria y productos de confección textil de acuerdo a los criterios de implementación adoptados por la Dirección de Educación Técnica. Artículo 13.- Encomiéndese a la Dirección General Planeamiento e Innovación Educativa, a través de la Gerencia Operativa de Currículum, revisar y generar un proyecto de actualización, cada cuatro (4) años del Diseño Curricular Jurisdiccional definido en los anexos I, II y III de la presente Resolución. Artículo 14.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y a la Subsecretaría de Gestión Económica Financiera y Administración de Recursos, a las Direcciones Generales Planeamiento e Innovación Educativa, de Educación de Gestión Estatal, de Educación de Gestión Privada y de Administración de Recursos y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección de Educación Técnica, a las Gerencias Operativas de Currículum, de Evaluación Educativa, de Recursos Humanos Docentes, de Títulos y Legalizaciones y de Clasificación y Disciplina Docente. Gírese a la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica. Cumplido, archívese. Bullrich ANEXO RESOLUCIÓN N.° 2806/MEGC/14 Buenos Aires, 15 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 145.545/DGPLED/14, y CONSIDERANDO: Que los presentes actuados tratan sobre la Resolución Nº 708-MEGC/2014, cuyo artículo 1 autoriza la participación en el Proyecto "Becas de Capacitación para Profesores de Inglés", a los agentes de escuelas de gestión estatal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a realizarse entre los meses de enero y marzo de 2014, en instituciones de educación de los Estados Unidos de América, con el correspondiente goce de haberes por las inasistencias en que los mismos incurrirán y que se detallan en su Anexo (IF-2014-00540825-DGCLEI); Que la agente Anahid Tchobanian, DNI Nº 17.255.656, informó que en el Anexo mencionado se omitió incluir las horas de clase que posee en el C.E.N.S Nº 40 y en el Liceo Nº 10; Que la Dirección General de Personal Docente y No Docente verificó la situación de revista de la mencionada agente; Que cotejadas estas actuaciones, se verificó que en dicho Anexo se consignó un error material respecto al agente Anahid, Tchobanian, DNI Nº 17.255.656; Que siendo los errores subsanables por no afectar en su sustancia el Acto Administrativo, corresponde rectificar por medio de la presente la Resolución Nº 708- MEGC/14 de conformidad con lo dispuesto por el artículo 120 del anexo del Decreto de Necesidad y Urgencia 1510/97 Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, Página Nº 45 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE Artículo 1.- Rectifícase el Anexo (IF-2014-00540825/DGCLEI) de la Resolución Nº 708/MEGC/14, reemplazándose en los datos respecto de la agente Anahid Tchobanian, DNI Nº 17.255.656, los que deberán leerse conforme surge en el Anexo (IF-2014-07086394-DGPLED), que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica, a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal y de Personal Docente y No Docente. Notifíquese a la interesada de la presente, en los términos del artículo 60 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto Nº 1510/97. Cumplido, remítase para su guarda temporal. Bullrich ANEXO RESOLUCIÓN N.° 2820/MEGC/14 Buenos Aires, 16 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Electrónico Nº 4.081.890/MGEYA-DGPLED/14, y CONSIDERANDO: Que uno de los propósitos de la política educativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires es el fortalecimiento de la modalidad Técnico Profesional de nivel secundario mediante su actualización y modernización curricular y pedagógica, que permitan el desarrollo académico de los estudiantes y su acceso al segundo ciclo de dicha modalidad; Que en el marco de los principios, objetivos y postulados sustentados en la Ley de Educación Técnico Profesional Nº 26.058 y en la Ley de Educación Nacional Nº 26.206, en el seno del Consejo Federal de Educación, mediante las Resoluciones CFE Nº 47/08 y CFE Nº 84/09 se aprobaron los "Lineamientos y criterios para la organización institucional y curricular de la educación técnico profesional correspondiente a la educación secundaria" y el documento con los "Lineamientos políticos y estratégicos de la educación secundaria obligatoria", respectivamente; Que en las escuelas técnicas secundarias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentran vigentes los planes de estudio no ciclado en Óptica y ciclo superior diurno de Óptica; Que los mencionados planes de estudios, instituidos con anterioridad a la transferencia de los servicios educativos a esta jurisdicción, fueron ordenados, en lo que refiere a su denominación, asignaturas por curso y cantidad de horas cátedra asignadas, según lo establecido en el Anexo I de la Resolución Nº 2990-SED/02; Que por otra parte, en acuerdo de la Asamblea del Consejo Federal de Educación, mediante la Resolución CFE Nº 107/10 fueron aprobados los documentos con los "Marcos de referencia para procesos de homologación de títulos de nivel secundario sector Óptica", conforme se detalla en su Anexo I, a los efectos de iniciar el proceso de homologación de los títulos de nivel secundario, y los diseños curriculares correspondientes; Página Nº 46 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que este Ministerio de Educación aprobó los "Criterios generales para la definición curricular de la Educación Técnico Profesional de nivel secundario", mediante Resolución Nº 1281-MEGC/11, modificada por el artículo 16 de la Resolución Nº 4145- SSGECP/12; Que resulta necesario tomar en consideración los lineamientos señalados para la revisión y reformulación de los planes de estudio de dicha modalidad educativa, con el objeto de resguardar la validez nacional de los títulos técnicos de nivel secundario, y el alcance de sus habilitaciones profesionales; Que este Ministerio de Educación adopta, a los fines de la homologación y validez nacional de los títulos para la Modalidad Técnico Profesional de nivel secundario, un Primer Ciclo común a la modalidad de 2 (dos) años de duración y un Segundo Ciclo especializado, de cuatro años de duración; Que es necesario un ordenamiento de la oferta para la especialidad Óptica, en base a la nueva estructura de ciclado para la Modalidad Técnico Profesional de nivel secundario adoptada por este Ministerio; Que la Dirección General Planeamiento e Innovación Educativa, en ejercicio de sus respectivas competencias, a través de la Gerencia Operativa de Currículum de su dependencia, ha revisado y analizado los planes de estudio vigentes del Ciclo Superior en Óptica de la Modalidad Técnico Profesional de nivel secundario, con el objeto de realizar su actualización, en adecuación con los marcos normativos nacional, federal y jurisdiccional; Que en resultado de este proceso y en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Nº 3116-MEGC/10, la Gerencia Operativa de Currículum dependiente de la Dirección General Planeamiento e Innovación Educativa ha elaborado las propuestas de diseños curriculares de la especialidad Óptica, título Técnico en Óptica Oftálmica e Instrumental del Segundo Ciclo diurno de la especialidad Técnico Profesional de Nivel Secundario, que responden a los mencionados requisitos normativos, los derechos de los estudiantes, y a la necesaria actualización científica, tecnológica y didáctica en las disciplinas que componen los diseños curriculares de referencia; Que han participado en el proceso de revisión y producción de la nueva norma curricular la Gerencia Operativa de Currículum y la Dirección Educación Técnica, de acuerdo con sus responsabilidades primarias y específicas; Que por iniciativa de esta cartera se incorporó al proceso de revisión y formulación de la nueva norma curricular, a la Dirección General de Educación de Gestión Privada; Que en representación de la Dirección Educación Técnica, intervinieron en el proceso de revisión y producción de la nueva norma curricular, supervisores escolares, equipo de conducción, coordinadores de áreas específicas y docentes de las escuelas técnicas; Que por Resolución Nº 1412-MEGC/11 se estableció el marco normativo legal de la jurisdicción, amparando la estabilidad laboral del personal docente de las escuelas que implementen nuevos planes de estudios; Que por todo lo expuesto, resulta procedente dictar el acto administrativo pertinente a los efectos de aprobar el nuevo Diseño Curricular Jurisdiccional y su implementación en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en resguardo de la validez nacional de los Títulos Técnicos de nivel secundario; Que las erogaciones que demande la presente cuentan con reflejo presupuestario; Que han tomado la correspondiente intervención esta Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica y las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal y de Planeamiento e Innovación Educativa; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que les compete. Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, EL MINISTRO DE EDUCACIÓN RESUELVE Página Nº 47 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 1.- Apruébase el Diseño Curricular Jurisdiccional diurno del Segundo Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario, correspondiente a la especialidad "Óptica", Título "Técnico en Óptica oftálmica e instrumental", que como Anexos I y II (IF-2014-08356748-DGCLEI) forman parte integrante de la presente Resolución, conforme con el Marco de Referencia "Sector Industria óptica y servicio para la salud" de la Resolución CFE Nº 107/10 Anexo I. Artículo 2.- Apruébanse los "Bloques de Contenidos para las Unidades Curriculares" correspondientes al Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado en el artículo 1, según consta en el Anexo III (IF-2014-08356748- DGCLEI), que forma parte de la presente. Artículo 3.- Establécese, como plan de trabajo a partir del año 2014, la organización de líneas de capacitación, actualización y perfeccionamiento docente en las disciplinas que comprenden el nuevo diseño curricular jurisdiccional y la elaboración de los proyectos institucionales y normativos, en todos los establecimientos educativos de la jurisdicción, tanto los de gestión estatal como los de gestión privada, para facilitar la implementación del citado diseño curricular. Artículo 4.- Encomiéndase, durante el transcurso del año 2014, a la Dirección General Planeamiento e Innovación Educativa, a través de la Gerencia Operativa de Currículum, la elaboración de los alcances de los bloques de contenidos correspondientes al Diseño Curricular Jurisdiccional aprobado por la presente Resolución. Artículo 5.- Dispónese que la presente Resolución se aplicará en forma gradual y progresiva, en las Escuelas diurnas de la modalidad de Educación Técnico Profesional de nivel secundario que imparten la especialidad de Óptica, a partir del ciclo lectivo 2015. Artículo 6.- Dispónese que la implementación de la presente Resolución es responsabilidad de la Dirección Educación Técnica, dependiente de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal. Artículo 7.- Establécese que los actuales planes de estudios de la especialidad Óptica de esta modalidad y nivel, que se imparten en los establecimientos de Educación Técnico Profesional de nivel secundario dependientes de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal, a través de la Dirección Educación Técnica, mantendrán su vigencia hasta la implementación definitiva del nuevo Diseño Curricular Jurisdiccional que se aprueba en el artículo 1 de la presente, la que quedará concretada en el ciclo lectivo 2018. Artículo 8.- Determínase que, en los casos que el personal docente vea afectada su carga horaria laboral como consecuencia del cambio de los planes de estudios vigentes a la fecha, será de aplicación lo dispuesto en la Resolución Nº 1412- MEGC/11. Artículo 9.- Establécese que la Dirección de Educación Técnica tramitará el proceso de homologación para la validez nacional del título correspondiente al diseño curricular jurisdiccional diurno del Técnico en Óptica oftálmica e instrumental, en conjunto con el del primer ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de nivel secundario. Artículo 10.- Establécese que la evaluación del proceso de implementación y seguimiento de la presente Resolución será responsabilidad de la Dirección General de Evaluación Educativa. Artículo 11.- Encomiéndese a partir de la puesta en vigencia de la presente a la escuela de capacitación de docentes- Centro de Pedagogías de Anticipación -CEPA- , el diseño y ejecución de la capacitación docente requerida para la implementación de la -presente Resolución, por la Dirección Educación Técnica. Debiéndose dar intervención a la Gerencia Operativa de Currículum de la Dirección General Planeamiento e Innovación Educativa. Artículo 12.- Encomiéndese a la Dirección General Planeamiento e Innovación Educativa, a través de la Gerencia Operativa de Currículum, la producción de las adaptaciones curriculares correspondientes a los Laboratorios y Talleres de la especialidad Óptica, título Técnico en Óptica oftálmica e instrumental de acuerdo a los criterios de implementación adoptados por la Dirección de Educación Técnica. Página Nº 48 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 13.- Encomiéndese a la Dirección General Planeamiento e Innovación Educativa, a través de la Gerencia Operativa de Currículum, revisar y generar un proyecto de actualización, cada cuatro (4) años, el Diseño Curricular Jurisdiccional definido en los anexos I, II y III de la presente Resolución. Artículo 14.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y efectúense las Comunicaciones Oficiales pertinentes a la Subsecretaría de Gestión Económica Financiera y Administración de Recursos, a las Direcciones Generales Planeamiento e Innovación Educativa, de Educación de Gestión Estatal, de Educación de Gestión Privada y de Administración de Recursos, y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección de Educación Técnica, a las Gerencias Operativas de Currículum, de Evaluación Educativa, de Recursos Humanos Docentes, de Títulos y Legalizaciones y de Clasificación y Disciplina Docente. Gírese a la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica. Cumplido, archívese. Bullrich ANEXO RESOLUCIÓN N.º 287/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: La Ley Nacional de Obras Públicas N° 13.064, el Decreto Nº 1254/08 y su modificatorio Decreto N° 663/09, el Decreto N° 481/11, la Disposición Nº 264/DGPYCG/13, el Expediente Electrónico Nº 3.586.927/DGIES/13, y CONSIDERANDO: Que por el expediente mencionado en el Visto y por Disposición Nº 264/DGPYCG/13 se llamó a Licitación Pública N° 2586-SIGAF-13 (24/13) para llevar a cabo trabajos de ampliación del taller de cerámica y construcción nueva en planta baja, reacondicionamiento de núcleos sanitarios, instalación sanitaria, contra incendio, eléctrica, de gas y termomecánica en el edificio de la Escuela de Danzas Nº 2 y de Cerámica, sito en la calle A. Magariños Cervantes 5068, del Distrito Escolar Nº 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado y fijando como Presupuesto Oficial la suma de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS NUEVE MIL OCHOCIENTOS DIEZ CON 86/100 ($3.309.810,86); Que con fecha 8 de noviembre de 2013 ha tenido lugar el acto de apertura de ofertas correspondiente, presentándose tres (3) ofertas: Warlet S.A., Sunil S.A. y Radiotrónica Construcciones S.A.; Que con fecha 11 de noviembre de 2013 se realizó el análisis y evaluación del aspecto legal de las ofertas presentadas en el acto de apertura, donde se concluyó que las ofertas presentadas por las empresas Warlet S.A., Sunil S.A. y Radiotrónica Construcciones S.A. estaban en condiciones de ser analizadas por el Área de Control y Ejecución de Contratos, previo cumplimiento de las requisitorias que les sean efectuadas por cédula de notificación, para completar y/o subsanar la documentación exigida por los pliegos licitatorios; Que con fecha 13 de noviembre de 2013 el Área de Control y Ejecución de Contratos realizó el estudio técnico de la documentación presentada, donde se concluyó que: se aceptaron las ofertas de Warlet S.A., Sunil S.A. y Radiotrónica Construcciones S.A y se solicitó a la firma Warlet S.A., en virtud de ser económicamente conveniente y cumplir en términos generales con las exigencias técnicas, legales y contables del Pliego de la Licitación, que presente la documentación faltante; Página Nº 49 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que en forma previa a la preadjudicación la Dirección General de Administración de Recursos intimó a dicha empresa a actualizar la documentación presentada al momento de la oferta; Que la mencionada empresa adjuntó la documentación requerida, obrando en el Expediente un segundo informe del Área de Control y Ejecución de Contratos donde dio por cumplido lo solicitado; Que la Comisión de Preadjudicaciones creada por Resolución Nº 412/SSCRYAC/05 y modificada por Resolución Nº 333/SSGEFYAR/11 y por Resolución Nº 391/SSGEFyAR/12 en ejercicio de las atribuciones estipuladas en la misma, mediante Acta de Preadjudicación Nº 45 de fecha 06 de diciembre de 2013 procedió a declarar admisibles las ofertas presentadas por Warlet S.A., Sunil S.A. y Radiotrónica Construcciones S.A y preadjudicar los trabajos en el edificio indicado en el Considerando primero de la presente a la empresa Warlet S.A. por la suma de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE CON 32/100 ($3.262.537,32) en virtud de ser la oferta más conveniente entre las admisibles; Que el resultado de la preadjudicación fue notificado mediante cédula al preadjudicatario y al resto de los oferentes, publicado en el Boletín Oficial por un día, en el sitio de internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones conforme lo dispone el Pliego de Condiciones Particulares; Que no hubo impugnaciones a la preadjudicación; Que por los motivos reseñados y en atención al resultado de la preadjudicación, corresponde adjudicar a la empresa Warlet S.A. los trabajos de ampliación del taller de cerámica y construcción nueva en planta baja, reacondicionamiento de núcleos sanitarios, instalación sanitaria, contra incendio, eléctrica, de gas y termomecánica en el edificio de la Escuela de Danzas Nº 2 y de Cerámica, sito en la calle A. Magariños Cervantes 5068 del Distrito Escolar Nº 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado por la suma de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE CON 37/100 ($3.262.537,32); Que la Dirección General de Administración de Recursos realizó un cambio en el parámetro de afectación presupuestaria N° 2586-SIGAF-13 que rige la presente Licitación, reemplazándolo por el N° 261-SIGAF-14; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado intervención en el marco de su competencia. Por ello, en razón de lo normado por el Decreto Nº 481/11, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Rectificar el parámetro de afectación presupuestaria N° 2586-SIGAF-13, siendo el definitivo el N° 261-SIGAF-14. Artículo 2.- Aprobar la Licitación Pública N° 261-SIGAF-14 (24-13) y adjudicar a Warlet S.A. los trabajos de ampliación del taller de cerámica y construcción nueva en planta baja, reacondicionamiento de núcleos sanitarios, instalación sanitaria, contra incendio, eléctrica, de gas y termomecánica en el edificio de la Escuela de Danzas Nº 2 y de Cerámica, sito en la calle A. Magariños Cervantes 5068 del Distrito Escolar Nº 18, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el sistema de ajuste alzado, por la suma de PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE CON 37/100 ($3.262.537,32). Artículo 3.- El gasto que demanda la presente fue imputado a la partida presupuestaria correspondiente. Artículo 4.- Autorizar al Sr. Director General de Administración de Recursos a suscribir la Contrata y la Orden de Comienzo respectiva. Asimismo, se encomienda al Director General de Infraestructura Escolar emitir todos los actos administrativos necesarios durante la ejecución del contrato. Página Nº 50 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 5.- Notificar a las empresas oferentes en los términos establecidos en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y publíquese en el BOCBA por un día, en el sitio de Internet de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y prosecución del trámite pase a la Dirección General de Administración de Recursos. Regazzoni RESOLUCIÓN N.º 289/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 4 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, el Decreto Nº 158/GCABA/05, el Decreto Nº 774/GCABA/2010 y el Decreto Nº 501/12, la Disposición Nº 223/GCABA/DGCG/10, la Resolución N° 9/MMGC-MJGGC-SECLYT/2012, la Resolución Nº 18/MHGC/MMGC/MJGGC/SECLYT/12, la Resolución N° 04/SSGEFYAR/2012 y la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 03763542/UAIME//2014, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que por Decreto N° 67/10 se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del mencionado Decreto; Que el artículo 3° de dicho acto administrativo establece que "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:...c) los responsables de la rendición de fondos..." entre otros requisitos; Que por los Decretos Nº158/GCABA/05, Nº774/GCABA/2010 y Nº 501/12 se establece el Régimen de Movilidad destinado a los agentes de este Gobierno y se introducen modificaciones al mismo, respectivamente; Que a través de la Disposición Nº 223/GCABA/DGCG/10 se aprueba el procedimiento para el Régimen de Gastos de Movilidad; Que el punto 1 del Anexo I que integra la mencionada Disposición se establece: "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción u Organismo Descentralizado a la que pertenezca la repartición.."; Que el punto 2 del Anexo supra indicado prescribe que los responsables de los fondos deberán ser como mínimo dos, de los cuales al menos uno de ellos deberá ser personal de planta permanente; Que se deja determinado en el artículo 3 del Anexo que en caso de modificación de la nómina de agentes designados como responsables de los fondos, deberá procederse conforme lo establecido en el punto 1 del Anexo; Que la designación de los responsables de fondos de movilidad debe tramitar por Expediente Electrónico de conformidad con la Resolución N° 9/MMGC-MJGGC- SECLYT/2012, como fuera prescrito por Resolución Nº 18/MHGC/MMGC/MJGGC/SECLYT/12; Que mediante Resolución N° 04/SSGEFYAR/2012 se designaron a los responsables de administrar y rendir los fondos de movilidad en la Unidad de Auditoría Interna dependiente del Ministerio de Educación; Página Nº 51 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la mencionada Dirección General y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los mencionados fondos; Que en consecuencia, corresponde dar de baja como responsable a la Sra. Graciela Leticia Centeno, D.N.I. Nº 6.424.642, dar de alta a la Sra. Alberto Alejandro Montenegro, D.N.I. Nº 30.008.689 y ratificar como responsables a la Sra. Marisa Conte, D.N.I. Nº 6.673.370, y la Sra. Nora Donecker D.N.I. Nº 5.441.766; Que mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13, punto 1, el Ministro de Educación delegó a favor de esta Subsecretaría la facultad de "...1. Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas...". Por ello, y en virtud de la competencia encomendada por Resolución N° 1632/SSGEFYAR/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar de baja, dar de alta y ratificar según corresponda, como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de movilidad de la Unidad de Auditoría Interna dependiente del Ministerio de Educación, a los agentes que se indican en el Anexo IF-2014-03853595-DGAR, el que forma parte integrante de la presente. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, a la Subgerencia Operativa de Contabilidad y pagos de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO RESOLUCIÓN N.º 291/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 8 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, la Resolución N° 125/SSGEFYAR/2012, la Disposición N° 9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 3.918.106/DGEGE/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que por otra parte el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Página Nº 52 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece que: "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:...c) los responsables de la rendición de fondos..." entre otros requisitos; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10, se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I dispone en el punto 1 que: "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Que mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13 el Señor Ministro de Educación dispuso: "Delegación a favor de la Subsecretaría...1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Que, en razón de ello, mediante la Resolución N° 125/SSGEFYAR/2012 se designaron los responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas de la Dirección de Educación Inicial, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Educativa y Coordinación Pedagógica; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada Dirección, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que en consecuencia, corresponde dar el alta como responsable a la Sra. Abalo, Natalia Soledad (DNI N° 30.494.007) y la baja a la Sra. Landi, Leonor Susana (DNI N° 11.068.667). Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por Resolución Nº 1632/SSGEFYAR/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar el alta y la baja, según corresponda, como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF-2014-4132499- SSGEFYAR), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO RESOLUCIÓN N.º 293/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 8 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, Resolución N°276/SSGEFYAR/2013, la Disposición N° 9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 3.518.050/DGEED/14, y Página Nº 53 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto mencionado, establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece, entre otros requisitos, que "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:...c) los responsables de la rendición de fondos..."; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10 se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I dispone en el punto 1 que: "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Que mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13 el Señor Ministro de Educación dispuso: "Delegación a favor de la Subsecretaría...1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Que, en razón de ello, mediante Resolución N° 276/SSGEFYAR/2013 se designaron los responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas de la Dirección General de Estrategias para la Educabilidad dependiente de la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Comunidad Educativa; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada Dirección, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que en consecuencia, corresponde dar el alta como responsables a Andrea Bruzos Bouchet (DNI N° 17.348.631), a Santiago Villaruel Echevarria (DNI N° 32.238.217) y Paula Daniela Colombo (DNI N° 27.086.614) y dar de baja a la Sra. Testa, Viviana Noemí (DNI N° 16.762.970) y a la Sra. Sonia María Stegmann (DNI N° 13.212.144). Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por Resolución Nº 1632/SSGEFYAR/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar el alta y la baja como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (If 2014-4135943-SSGEFYAR), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni Página Nº 54 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO RESOLUCIÓN N.° 296/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 10 de abril de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095 modificada por la Ley Nº 4764, su Decreto Reglamentario N° 754/GCABA/08 y sus modificatorios Decreto Nº 232/GCABA/10, Decreto N° 109/GCABA/12 y Decreto N° 547/GCABA/12, el Decreto 95/GCABA/14, el Expediente Electrónico Nº 538641-DGPLED-2014, y CONSIDERANDO: Que por el mencionado actuado tramita la adquisición de Material Bibliográfico de Textos Escolares, solicitado por la Dirección General de Planeamiento Educativo, en el marco del programa "Leer para Crecer" destinado a alumnos del Ministerio de Educación de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que mediante Disposición Nº 67/DGAR/14, la Dirección General de Administración de Recursos aprobó los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y dispuso el llamado a Contratación Directa N° 440/SIGAF/2014 para el día 07 de febrero de 2014 a las 12:00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo 28 Inc. 5 y Art. 40 de la Ley N° 2.095, modificada por la Ley Nº 4764; Que se cursaron invitaciones de acuerdo a lo establecido en los artículos 93, 97 y 98 de la Ley Nº 2.095, su Decreto Reglamentario Nº 754/08 y sus modificatorios y se publicó en la página Web del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 98/SIGAF/2014, se recibió como única oferta a la firma "EDICIONES SANTILLANA S.A." (CUIT N° 30-51678236-2); Que del acta de asesoramiento suscripta por la Dirección General de Planeamiento Educativo surge que la dicha firma cumple con lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares; Que conforme surge del Dictamen de Evaluación de ofertas se preadjudicó a favor de la firma "EDICIONES SANTILLANA S.A." la mentada Contratación Directa por única oferta y oferta más conveniente; Que habiendo sido publicado el Dictamen de Evaluación de Ofertas en la página web de la Ciudad y en la Cartelera Oficial de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones conforme lo establece la normativa vigente, no se ha recibido impugnación alguna; Que dicho Dictamen ha sido notificado a la firma "EDICIONES SANTILLANA S.A."; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención de su competencia y ha indicado -entre otras cuestiones- que "debe deje dejarse constancia que el Decreto Nº 95/14 ha derogado los referenciados Decretos, empero establece en su artículo tercero que "Las contrataciones cuyo trámite se encuentre en una etapa comprendida entre el dictado del acto de autorización del llamado y/o de aprobación del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y hasta el perfeccionamiento del contrato, inclusive, se rigen por la reglamentación vigente en aquel momento. Las contrataciones que se encuentren en etapa de ejecución se rigen por el presente régimen, sin perjuicio de las instancias precluidas". Por ello, y en virtud de lo dispuesto por la Ley N° 2.095, la Ley 4764, el Decreto Reglamentario N° 754/08 y modificatorios, Página Nº 55 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Aprobar la Contratación Directa Nº 440/SIGAF/2014, al amparo de lo establecido por el Articulo 28 inc.5 y Art. 40 de la Ley Nº 2095 modificada por la Ley 4764, para la adquisición de Material Bibliográfico de Textos, y adjudicar los renglones n° 1 al n° 48 a favor de la firma "EDICIONES SANTILLANA S.A." (CUIT N° 30- 51678236-2) por un importe de pesos dos millones quinientos setenta y nueve mil cuatrocientos ocho ($ 2.579.408). Artículo 2.- Emítase la respectiva Orden de Compra Abierta a favor de la editorial "EDICIONES SANTILLANA S.A." (CUIT N° 30-51678236-2). Artículo 3.- Publíquese, y pase la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones la que notificará a la firma interviniente, conforme a las previsiones establecidas en los artículos 60 y 61 del DNU Nº 1510/97 aprobado por Resolución Nº 41/LCABA/98, y la que publicará en la página Web del G.C.A.B.A. Regazzoni RESOLUCIÓN N.° 303/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 24 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto N° 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, la Disposición N° 9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico N° 4.257.859/DGEDS/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I del Decreto indicado, establece: “Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente…”; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece que: “las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:…c) los responsables de la rendición de fondos…” entre otros requisitos; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10 se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I dispone en el punto 1, que “Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción…”; Página Nº 56 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que, mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Señor Ministro de Educación resolvió: “Delegación a favor de la Subsecretaría…1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas…”; Que corresponde dar de alta como responsables a Motta, Raúl Domingo (DNI N° 11.569.190), a Ruiz Balza, Alejandro Horacio (DNI N° 20.617.657) y a Fiordelli, Daniela Soledad (DNI N° 26.337.875). Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por Resolución N° 1632/SSGEFYAR/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar el alta como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF-4765932-SSGEFYAR-2014) , el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO RESOLUCIÓN N.° 313/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 25 de abril de 2014 VISTO: El Decreto N° 556/10, su modificatorio N° 752/10, el Decreto N° 477/11, la Resolución N° 1.632/MEGC/13, el Expediente N° 6.838.410/DGPDYND/2013, y CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el visto tramita la solicitud de reintegro de gastos efectuados por el agente Daniel Adrian Stjepanek (DNI 26.398.905), auditor de la Dirección General de Personal Docente y No Docente dependiente de este Ministerio, en ocasión del viaje realizado junto a Cecilia Rodriguez García (DNI 29.904.339), Julieta De Zan (DNI 31.976.230) y Christian Fernández Lambrich (DNI 34.114.281), a la ciudad de Panamá, Capital de la República de Panamá, durante los días 13 y 16 del mes de Octubre del año 2013, a efectos de asistir al XVIII Congreso Latinoamericano de Auditoría Interna; Que la suma de los comprobantes originales acompañados asciende a la suma de pesos veinte mil cuatrocientos ochenta con 59/100 ($ 20.480,59); Que dicho gasto fue abonado por el Sr. Daniel Adrian Stjepanek, D.N.I 26.398.905; Que se ha dado cumplimiento con el “Informe de Planificación de Gestión Internacional” y con el “Informe de Resultado de Gestión Internacional”, previstos en el artículo 6 del Decreto N° 477/11; Que es facultad del Ministerio de Hacienda autorizar el reintegro de gastos de acuerdo a lo prescripto en el inciso b) del cuadro de competencias establecido en el artículo 1° del Decreto N° 556/10 que no sufrió modificaciones ni rectificaciones al momento de dictarse el Decreto N° 752/10; Página Nº 57 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que, no obstante ello, a través del punto 3 del Anexo de la Resolución N° 1632/MEGC/13, el señor Ministro de Educación delegó a favor del titular de esta Subsecretaría, entre otras competencias y facultades, la de aprobar el trámite de reintegro de los gastos incurridos por funcionarios, autoridades escolares, cooperadoras y/o coordinadores de programas; Que obra la Solicitud de Gastos debidamente valorizada en su etapa preventiva de fondos; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado intervención en el marco de su competencia. En razón de lo expuesto, y en virtud a lo establecido en los Decretos N° 556/10, su modificatorio N° 752/10, el Decreto N° 477/2011, y en las facultades delegadas mediante Resolución N° 1.632/MEGC/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICA, FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Aprobar el trámite de reintegro de gastos por la suma de PESOS VEINTE MIL CUATROCIENTOS OCHENTA CON 59/100 ($ 20.480,59) correspondientes al gasto ocasionado en el marco del viaje que realizó el agente Daniel Adrian Stjepanek (DNI 26.398.905), auditor de la Dirección General de Personal Docente y No Docente del Ministerio de Educación, junto a Cecilia Rodriguez García (DNI 29.904.339), Julieta De Zan (DNI 31.976.230) y Christian Fernández Lambrich (DNI 34.114.281) a la ciudad de Panamá, capital de la República de Panamá, durante los días 13 y 16 del mes de Octubre del año 2013, para asistir al XVIII Congreso Latinoamericano de Auditoría Interna. Artículo 2.- La Dirección General de Contaduría confeccionará la orden de pago respectiva a favor del Sr. Daniel Adrian Stjepanek, Ente SIGAF N° 79065, Caja de Ahorros N° 22977/5 - Banco Ciudad de Buenos Aires - Sucursal N° 52. Artículo 3.- Publíquese y pase al Ministerio de Hacienda y gírese copia a la Dirección General Administración de Recursos, Subgerencia Operativa Contabilidad y Pagos para su conocimiento y demás efectos. Regazzoni RESOLUCIÓN N.° 314/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 25 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto N° 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, la Resolución N° 153/SSGEFYAR/2013, la Disposición N° 9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico N° 3.604.310/DGEGE/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Página Nº 58 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado, establece: “Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente…”; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece, entre otros requisitos, que “las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:… c) los responsables de la rendición de fondos…”; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10 se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I dispone en el punto 1, que “Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción…”; Que mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13 el Señor Ministro de Educación dispuso: “Delegación a favor de la Subsecretaría…1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas…”; Que, en razón de ello, mediante la Resolución N° 153/SSGEFYAR/2013 se designaron los responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en la Región I de la Dirección de Educación Media; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada Dirección, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que, en consecuencia, corresponde dar el alta como responsables a la Sra. María del Carmen Weigel Muñoz (DNI N° 13.403.209) y a Eduardo Daniel Toscano (DNI N° 17.632.612) y dar de baja a la Sra. Aurelia Felisa Pereira (DNI N° 12.497.412) y al Sr. Jorge Mario Schiavi (DNI N° 13.296.793). Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por Resolución N° 1632/SSGEFYAR/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar el alta y la baja como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF - 2014-04828578-SSGEFYAR), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO Página Nº 59 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN N.° 317/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 25 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto N° 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, la Resolución N° 96/SSGEFYAR/2013, la Disposición N°9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico N° 3.924.505/DGPDYND/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado, establece: “Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente…”; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece, entre otros requisitos, que “las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:… c) los responsables de la rendición de fondos…”; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10 se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I dispone en el punto 1, que “Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción…”; Que mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13 el Señor Ministro de Educación dispuso: “Delegación a favor de la Subsecretaría…1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas…”; Que, en razón de ello, mediante la Resolución N° 96/SSGEFYAR/2013 se designaron los responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en el Distrito Escolar 3 de Educación Primaria; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada área, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que, en consecuencia, corresponde dar el alta como responsables a Omar Monfort (DNI N° 12.439.980) y Silvia Mariel Lens (DNI N° 12.638.832) y dar de baja a la Sra. Liliana Ester Felipe (DNI N° 6.516.321). Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por Resolución N° 1632/SSGEFYAR/13, Página Nº 60 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 1.- Dar el alta y la baja como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF - 2014-04797053-SSGEFYAR), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO RESOLUCIÓN N.° 319/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 25 de abril de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, la Resolución N° 270/SSGEFYAR/2012, la Resolución N° 97/SSGEFYAR/2013, la Disposición N° 9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 3.499.352/DGEGE/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado, establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de dicho acto administrativo establece que "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:... c) los responsables de la rendición de fondos..." entre otros requisitos; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10 se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I dispone en el punto 1, que "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Que mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13 el Señor Ministro de Educación resolvió: "Delegación a favor de la Subsecretaría...1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Página Nº 61 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Que en razón de ello, mediante Resolución N° 270/SSGEFYAR/2012 y Resolución N° 97/SSGEFYAR/2013 se designaron los responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en el Distrito Escolar 4° de Educación Primaria, dependiente de la Dirección de Educación Primaria; Que sin embargo, han habido una serie de modificaciones en el personal del citado Distrito y, en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica; Que en consecuencia corresponde dar de baja al Sr.Ruiz, Enrique Fernando (DNI N° 11.574.336) y a la Sra. LACABE, Nilda Ester (DNI N° 12.587.579) y dar el alta como responsables a GARCIA, Marcela Alejandra (DNI N° 16.584.497) y a DI FRANCO, Carlos Alberto (DNI N° 16.581.515). Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por Resolución Nº 1632/SSGEFYAR/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar la baja y el alta como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF-4766017-SSGEFYAR-2014), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO RESOLUCIÓN N.° 321/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 5 de mayo de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, Resolución N° 332/SSGEFYAR/2013, la Disposición N° 9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 3.588.180/ DGEGE/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado, establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Página Nº 62 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece que "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:...c) los responsables de la rendición de fondos..." entre otros requisitos; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10 se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I dispone en el punto 1, que "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Que, mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Señor Ministro de Educación resolvió: "Delegación a favor de la Subsecretaría...1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Que, en razón de ello, mediante Resolución N° 332/SSGEFYAR/2013 se designaron responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en el Grupo III de Educación Inicial; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal del citado Grupo, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que, en consecuencia, corresponde dar de baja como responsable a la Supervisora Adjunta Debenjak, Liliana (DNI N° 10.678.794) y dar de alta como responsables a la Supervisora Pedagógica Izurieta, María Susana (DNI N° 12.705.667) y a la Supervisora Pedagógica Cerneira, María (DNI N° 13.531.550). Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por Resolución Nº 1632/MEGC/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar la baja y el alta como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF- 5147944-SSGEFYAR-2014), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO RESOLUCIÓN N.° 322/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 5 de mayo de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, la Resolución N° 86/SSGEFYAR/2012, la Disposición N° 9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 4.667.114/CJ/14, y Página Nº 63 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece que: "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:...c) los responsables de la rendición de fondos..." entre otros requisitos; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10, se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I dispone en el punto 1 que "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Que, mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Señor Ministro de Educación resolvió: "Delegación a favor de la Subsecretaría...1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Que, en razón de ello, a través de la Resolución N° 86/SSGEFYAR/2012 se designaron responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en la Junta de Clasificación Docente Escuelas Normales Superiores; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada Junta, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que, en consecuencia, corresponde dar la baja al Sr. Mango, Mariano Ezequiel (DNI N° 23.470.357) y elalta como responsable al Sr. Diana, Ricardo (DNI N° 14.187.691). Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por Resolución Nº1632/SSGEFYAR/2013, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar la baja y el alta como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF- 5149328-SSGEFYAR-2014), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO Página Nº 64 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN N.° 324/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 5 de mayo de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, Resolución N° 51/MHGC/10, Resolución N° 321/SSGEFYAR/2013, la Disposición N° 9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 4.671.359/CJ/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado, establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece que "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:...c) los responsables de la rendición de fondos..." entre otros requisitos; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10 se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I dispone en el punto 1, que "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Que mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13 el Señor Ministro de Educación resolvió: "Delegación a favor de la Subsecretaría...1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Que, en razón de lo expuesto, mediante Resolución N° 321/SSGEFYAR/2013 se designaron responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en la Junta de Clasificación Docente Área Educación Artística; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada Junta, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que, en consecuencia, corresponde dar la baja a la Sra. Weigel Muñoz, María del Carmen (DNI N° 13.403.209) y el alta como responsable a la Sra. Papa, Mirta Irene (DNI N° 13.625.920). Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por Resolución Nº 1632/MEGC/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Página Nº 65 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 1.- Dar la baja y el alta como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF- 5144245-SSGEFYAR-2014) , el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO RESOLUCIÓN N.° 325/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 5 de mayo de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, la Resolución N° 383/SSGEFYAR/2012, la Disposición N° 9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 4.670.505/CJ/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado, establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la norma citada establece que "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:...c) los responsables de la rendición de fondos..." entre otros requisitos; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10 se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I dispone en el punto 1 que: "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Que mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13 el Señor Ministro de Educación resolvió: "Delegación a favor de la Subsecretaría...1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Que, en razón de lo expuesto, mediante Resolución N° 383/SSGEFYAR/2012 se designaron responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en la Junta de Clasificación Docente Área Educación Técnica Zona V; Página Nº 66 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada Junta, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que, en consecuencia, corresponde dar la baja al Sr. Gioiosa, Lucio Victor (DNI N° 20.426.664) y el alta como responsable al Sr. Montivero, Marcelo Ignacio (DNI N° 23.221.130). Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por Resolución Nº 1632/MEGC/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar la baja y el alta como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF- 5120940-SSGEFYAR-2014), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO RESOLUCIÓN N.° 326/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 5 de mayo de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, la Resolución N° 86/SSGEFYAR/2012, la Disposición N° 9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 4.669.090/CJ/2014, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado, establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece que: "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:...c) los responsables de la rendición de fondos..." entre otros requisitos; Página Nº 67 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10 se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I dispone en el punto 1 que: "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Que, mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Señor Ministro de Educación resolvió: "Delegación a favor de la Subsecretaría...1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Que, en razón de ello, mediante Resolución N° 86/SSGEFYAR/2012 se designaron los responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en la Junta de Clasificación Docente Área Educación Técnica Zona IV; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada Junta, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que, en consecuencia, corresponde dar la baja a la Sra. Piccinali, Viviana (DNI N° 13.308.314) y el alta como responsable al Sr. González, Marcelo (DNI N° 16.112.339). Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por Resolución Nº 1632/MEGC/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar la baja y el alta como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF - 5124246-SSGEFYAR-2014), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO RESOLUCIÓN N.° 328/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 7 de mayo de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, Resolución N° 2493/MEGC/2011, Resolución N° 321/SSGEFYAR/2013, la Disposición N° 9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 4.811.541/CJ/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Página Nº 68 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece, entre otros requisitos, que: "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:...c) los responsables de la rendición de fondos..."; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10, se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I punto 1 dispone que: "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Que, mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Señor Ministro de Educación resolvió: "Delegación a favor de la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos: 1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Que, en razón de ello, mediante Resolución N° 2493/MEGC/2011 y Resolución N° 321/SSGEFYAR/2013 se designaron responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en la Junta de Clasificación Docente Área Educación Especial; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada Entidad, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que, en consecuencia, corresponde dar de baja a la Sra. De Groote, Andrea (DNI N° 20.891.282) y a la Sra. Balmaceda, Marcela María (DNI N° 16.937.051) y, el alta como responsables a la Sra. Bartolomé, Marisa Gladys (DNI N° 16.071.908) y a la Sra. Glave, Elizabeth Silvia (DNI N° 14.363.951). Por ello y, en virtud de la competencia otorgada por Resolución Nº 1632/MEGC/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar la baja y el alta como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF- 2014-5225954-SSGEFYAR), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO Página Nº 69 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN N.° 329/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 7 de mayo de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, la Resolución N° 86/SSGEFYAR/2012, la Disposición N° 9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 4.658.934/CJ/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece, entre otros requisitos, que: "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:...c) los responsables de la rendición de fondos..."; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10 se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que en el Anexo I punto 1 se dispone que: "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Que, mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Señor Ministro de Educación resolvió: "Delegación a favor de la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos: 1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Que, en consecuencia, mediante Resolución N° 86/SSGEFYAR/2012 se designaron responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en la Coordinación de Interjuntas; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada Entidad, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que, en consecuencia, corresponde dar la baja al Sr. Defina, Víctor Hernán (DNI N° 23.087.396) y el alta como responsable a la Sra. Piacenza, María Leticia (DNI N° 11.893.404). Por ello y, en uso de la competencia otorgada por Resolución Nº 1632/MEGC/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Página Nº 70 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 1.- Dar la baja y el alta como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I ( IF-5226143-2014-SSGEFYAR), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO RESOLUCIÓN N.° 334/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 13 de mayo de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, Resolución N° 86/SSGEFYAR/2012, la Disposición N° 9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 4.662.797/CJ/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado, establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece, entre otros requisitos, que: "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:...c) los responsables de la rendición de fondos..."; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10, se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I punto 1 dispone que: "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Que, mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Señor Ministro de Educación resolvió: "Delegación a favor de la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos: 1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Página Nº 71 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que, en consecuencia, mediante Resolución N° 86/SSGEFYAR/2012 se designaron responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en la Junta de Clasificación Docente Área Curricular de Materias Especiales; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada Junta, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que, por ello, corresponde dar de baja al Sr. Mesa. Miguel Ángel (DNI N° 11.303.600), y el alta como responsable a la Sra. Percosi, Nora (DNI N° 18.226.456). Por ello y, en uso de las facultades otorgadas por Resolución Nº 1632/MEGC/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar la baja y el alta como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (If -2014 - 5241136 - DGAR), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO RESOLUCIÓN N.° 335/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 13 de mayo de 2014 VISTO: El Decreto Nº 556/10, su modificatorio Nº 752/10, la Resolución N 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 107.583/DGEDS/2014, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita la solicitud de reintegro de gastos efectuados por la Dirección General de Educación Superior, dependiente del Ministerio de Educación, para el normal funcionamiento de la repartición, debido a que al momento de la realización de los mismos no contaba con los fondos correspondientes a la Caja Chica; Que la suma de los comprobantes originales acompañados asciende a $1.174,54 (pesos un mil ciento setenta y cuatro con 54/100); Que dicho gasto fue abonado por el Director General Sr. Raúl Motta, D.N.I. nº 11.569.190; Que se encuentra realizada la solicitud de gastos con la imputación presupuestaria correspondiente, conforme lo requiere el art. 5º del Decreto nº 556/10; Que es facultad del Ministerio de Hacienda autorizar el reintegro que nos ocupa de acuerdo a lo prescripto en el inciso b) del cuadro de competencias establecido en el artículo 1º del Decreto Nº 556/10, que no sufrió modificaciones ni rectificaciones al momento de dictarse el Decreto Nº 752/10; Página Nº 72 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que, no obstante ello, a través del punto 3 del Anexo de la Resolución N° 1632/MEGC/13 el señor Ministro de Educación delegó a favor del titular de esta Subsecretaria, entre otras competencias y facultades, la de aprobar el trámite de reintegro de los gastos incurridos por funcionarios, autoridades escolares, cooperadoras y/o coordinadores de programas; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. En razón de lo expuesto, y en virtud a lo establecido en los Decretos Nº 556/10, su modificatorio Nº 752/10, y en la facultades delegadas por la Resolución N° 1632/MEGC/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTION ECONOMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACION DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Prestar conformidad al reintegro de gastos efectuado por el señor Raúl Motta, Director General de Educación Superior dependiente del Ministerio de Educación, por un total de $1.174,54 (pesos un mil ciento setenta y cuatro con 54/100). Artículo 2.- La Dirección General de Contaduría confeccionará la orden de pago respectiva a favor del señor Raúl Motta, Ente SIGAF Nº 101628, Caja de Ahorros Nº 13611/4 - Banco Ciudad de Buenos Aires -Sucursal Nº 17. Artículo 3.- Publíquese y pase al Ministerio de Hacienda y gírese copia a la Dirección General Administración de Recursos, Subgerencia Operativa Contabilidad y Pagos para su conocimiento y demás efectos. Regazzoni RESOLUCIÓN N.° 336/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 13 de mayo de 2014 VISTO: El Decreto Nº 556/10, su modificatorio Nº 752/10, la Resolución Nº 1632/MEGC/13, el Expediente Nº 2.488.138/DGEGP/2014, y CONSIDERANDO: Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la solicitud de reintegro de gastos efectuados por la Dirección General de Educación de Gestión Privada, dependiente del Ministerio de Educación, para el normal funcionamiento de la repartición; Que la suma de los comprobantes originales acompañados asciende a $7.934,80 (pesos siete mil novecientos treinta y cuatro con 80/100); Que se encuentra realizada la solicitud de gastos con la imputación presupuestaria correspondiente, conforme lo requiere el art. 5º del Decreto nº 556/10; Que dicho gasto fue abonado por el Coordinador de Administración, señor Jorge Daniel Alfano, cuyo D.N.I es 12.780.783; Que es facultad del Ministerio de Hacienda autorizar el reintegro que nos ocupa de acuerdo a lo prescripto en el inciso b) del cuadro de competencias establecido en el artículo 1º del Decreto Nº 556/10, que no sufrió modificaciones ni rectificaciones al momento de dictarse el Decreto Nº 752/10; Que a través del punto 3 del Anexo de la Resolución Nº 1632/MEGC/13, el señor Ministro de Educación delegó a favor de la Subsecretaría de Gestión Económico, Financiera y de Administración de Recursos, entre otras competencias y facultades, la de aprobar el trámite de reintegro de gastos; Página Nº 73 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. En razón de lo expuesto, y en virtud a lo establecido en los Decretos Nº 556/10, su modificatorio Nº 752/10, y en la facultades delegadas por la Resolución N° 1632/MEGC/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTION ECONOMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACION DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Prestar conformidad al reintegro de gastos efectuado por el señor Jorge Daniel Alfano, Coordinador de Administración de la Dirección General de Educación de Gestión Privada dependiente del Ministerio de Educación, por un total de $7.934,80 (pesos siete mil novecientos treinta y cuatro con 80/100). Artículo 2.- La Dirección General de Contaduría confeccionará la orden de pago respectiva a favor del señor Jorge Daniel Alfano, Ente SIGAF Nº 65321, Caja de Ahorros Nº 14002/5 - Banco Ciudad de Buenos Aires - Sucursal Nº 25. Artículo 3.- Publíquese y pase al Ministerio de Hacienda y gírese copia a la Dirección General Administración de Recursos, Subgerencia Operativa Contabilidad y Pagos para su conocimiento y demás efectos Regazzoni. RESOLUCIÓN N.° 338/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 13 de mayo de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, Resolución N° 86/SSGEFYAR/2012, la Disposición N° 9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 4.662.797/CJ/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado, establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece, entre otros requisitos, que: "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:...c) los responsables de la rendición de fondos..."; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10, se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I punto 1 dispone que: "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Página Nº 74 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que, mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Señor Ministro de Educación resolvió: "Delegación a favor de la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos: 1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Que, en consecuencia, mediante Resolución N° 86/SSGEFYAR/2012 se designaron responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en la Junta de Clasificación Docente Área Curricular de Materias Especiales; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada Entidad, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que, por ello, corresponde dar de baja al Sr. Mesa. Miguel Ángel (DNI N° 11.303.600), y el alta como responsable a la Sra. Percosi, Nora (DNI N° 18.226.456). Por ello y, en uso de las facultades otorgadas por Resolución Nº 1632/MEGC/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar la baja y el alta como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF-2014-05241136- -DGAR), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO RESOLUCIÓN N.° 340/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 13 de mayo de 2014 VISTO: El Decreto Nº 556/10, su modificatorio Nº 752/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 2.723.052/DGEGE/2014, y CONSIDERANDO: Que por el actuado citado en el visto, tramita la solicitud de reintegro de gastos efectuados por la Asociación Cooperadora del Colegio N° 17 DE 7, en ocasión de la participación de una alumna en la Olimpíada de Matemáticas realizada en la Ciudad de Mar del Plata durante el ejercicio 2013; Que la suma de los comprobantes originales acompañados asciende a $4.698 (pesos cuatro mil seiscientos noventa y ocho con 00/100); Que dicho gasto fue abonado por la Asociación Cooperadora del Colegio N° 17 DE 7° (CUIT 33-66169644-9); Que es facultad del Ministerio de Hacienda autorizar el reintegro que nos ocupa de acuerdo a lo prescripto en el inciso b) del cuadro de competencias establecido en el artículo 1º del Decreto Nº 556/10, que no sufrió modificaciones ni rectificaciones al momento de dictarse el Decreto Nº 752/10; Página Nº 75 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que a través del punto 3 del Anexo de la Resolución Nº 1632/MEGC/13, el señor Ministro de Educación delegó a favor del titular de esta Subsecretaría, entre otras competencias y facultades, la de aprobar el trámite de reintegro de los gastos incurridos por funcionarios, autoridades escolares, cooperadoras y/o coordinadores de programas; Que obra la Solicitud de Gastos debidamente valorizada en su etapa preventiva de fondos; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional, ha tomado la intervención que le compete conforme lo dispuesto en el art. 7º, inc., d) del Decreto Nº 1.510/GCABA/1997. Por ello, y en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 556/10, su modificatorio Decreto Nº 752/10, y la Resolución N° 1632/MEGC/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Prestar conformidad al reintegro de gastos efectuado a favor de la Asociación Cooperadora del Colegio N° 17 DE 7°, con motivo de la realización de la "Olimpíada de Matemáticas" que se llevó a cabo durante el mes de agosto del año 2013, en la Ciudad de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, de la cual participó una alumna del establecimiento educativo, por la suma de $4.698 (pesos cuatro mil seiscientos noventa y ocho con 00/100). Artículo 2.- La Dirección General de Contaduría confeccionará la orden de pago respectiva a favor de la Asociación Cooperadora del Colegio N° 17 DE 7°, Ente SIGAF Nº 36854, Cuenta Corriente Nº 423/1 - Banco Ciudad de Buenos Aires - Sucursal Nº 33. Artículo 3.- Publíquese y pase al Ministerio de Hacienda y gírese copia a la Dirección General Administración de Recursos, Subgerencia Operativa Contabilidad y Pagos para su conocimiento y demás efectos. Regazzoni RESOLUCIÓN N.° 341/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 13 de mayo de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, Resolución N° 86/SSGEFYAR/2012, Resolución N° 321/SSGEFYAR/2013, la Disposición N°9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 4.660.142/CJ/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado, establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Página Nº 76 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece, entre otros requisitos, que "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:... c) los responsables de la rendición de fondos..."; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10 se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I dispone en el punto 1, que "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Que mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13 el Señor Ministro de Educación dispuso: "Delegación a favor de la Subsecretaría...1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Que, en razón de ello, mediante la Resolución N° 86/SSGEFYAR/2012 y Resolución N° 321/SSGEFYAR/2013 se designaron los responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en la Junta de Clasificación Docente Primaria Zona I; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada Dirección, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que, en consecuencia, corresponde dar el alta como responsable a la Sra. Saied, Liliana Beatriz (DNI N° 14.927.582) y a la Sra. Gómez, Liliana Gabriela (DNI N° 17.856.239), y dar de baja a la Sra. Frecha, María Laura (DNI N° 14.133.510) y al Sr. Álvarez, Carlos Fabián (DNI N° 20.568.240). Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por Resolución Nº 1632/SSGEFYAR/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar el alta y la baja como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF - 2014-05298335-SSGEFYAR), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO RESOLUCIÓN N.° 342/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 13 de mayo de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, Resolución N° 86/SSGEFYAR/2012, Resolución N° 321/SSGEFYAR/2013, la Disposición N°9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 4.661.289/CJ/14, y Página Nº 77 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado, establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece, entre otros requisitos, que "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:... c) los responsables de la rendición de fondos..."; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10 se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I dispone en el punto 1, que "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Que mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13 el Señor Ministro de Educación dispuso: "Delegación a favor de la Subsecretaría...1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Que, en razón de ello, mediante la Resolución N° 86/SSGEFYAR/2012 y Resolución N° 321/SSGEFYAR/2013 se designaron los responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en la Junta de Clasificación Docente Primaria Zona II; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada Dirección, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que, en consecuencia, corresponde dar el alta como responsable a la Sra. Passarelli, Cristina (DNI N° 13.515.536) y a la Sra. Coronel, Patricia Estela (DNI N° 17.735.701), y dar de baja a la Sra. Navarro Palacios, Alicia (DNI N° 18.759.082) y al Sr. Zalazar Gauna. Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por Resolución Nº 1632/SSGEFYAR/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar el alta y la baja como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF - 2014-05295823-SSGEFYAR), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni Página Nº 78 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO RESOLUCIÓN N.° 343/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 13 de mayo de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, Resolución N° 86/SSGEFYAR/2012, Resolución N° 321/SSGEFYAR/2013, la Disposición N°9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 4.663.946/CJ/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado, establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece, entre otros requisitos, que "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:... c) los responsables de la rendición de fondos..."; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10 se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I dispone en el punto 1, que "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Que mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13 el Señor Ministro de Educación dispuso: "Delegación a favor de la Subsecretaría...1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Que, en razón de ello, mediante la Resolución N° 86/SSGEFYAR/2012 y Resolución N° 321/SSGEFYAR/2013 se designaron los responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en la Junta de Clasificación Docente Área Educación Media y Técnica Zona I; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada Dirección, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Página Nº 79 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que, en consecuencia, corresponde dar el alta como responsable al Sr. Diego Alberto Viola (DNI N° 23.154.283) y al Sr. Damián Ángel Impembo (DNI N° 21.478.403), y dar de baja a la Sra. Verónica Ana Bergoc (DNI N° 17.635.774) y al Sr. ,Marcelo Parra López (DNI N° 13.927.751). Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por Resolución Nº 1632/SSGEFYAR/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar el alta y la baja como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF - 2014-05289133-SSGEFYAR), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO RESOLUCIÓN N.° 344/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 13 de mayo de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, Resolución N° 321/SSGEFYAR/2013, la Disposición N°9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 4.665.486/CJ/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado, establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece, entre otros requisitos, que "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:... c) los responsables de la rendición de fondos..."; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10 se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Página Nº 80 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que el Anexo I dispone en el punto 1, que "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Que mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13 el Señor Ministro de Educación dispuso: "Delegación a favor de la Subsecretaría...1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Que, en razón de ello, mediante la Resolución N° 321/SSGEFYAR/2013 se designaron los responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en la Junta de Clasificación Docente Área Educación Media Zona II; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada Dirección, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que, en consecuencia, corresponde dar el alta como responsable a Pablo Alberto Fernández Ruffolo (DNI Nº 13.464.530) y dar de baja a la Sra. Ruth Anatilde García (DNI N° 11.864.944). Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por Resolución Nº 1632/SSGEFYAR/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar el alta y la baja como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF - 2014-05281650-SSGEFYAR), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO RESOLUCIÓN N.° 346/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 19 de mayo de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, Resolución N° 86/SSGEFYAR/2012, la Disposición N° 9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 4.662.082/CJ/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Página Nº 81 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado, establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece, entre otros requisitos, que "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:... c) los responsables de la rendición de fondos..."; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10 se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I dispone en el punto 1, que "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Que mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13 el Señor Ministro de Educación dispuso: "Delegación a favor de la Subsecretaría...1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Que, en razón de ello, mediante la Resolución N° 86/SSGEFYAR/2012 se designaron los responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en la Junta de Clasificación Docente Área Educación Inicial; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada Dirección, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que, en consecuencia, corresponde dar el alta como responsable a la Sra. Vassallo, Marisa (DNI N° 17.287.252) y a la Sra. Uthurralt, María Claudia (DNI N° 13.271.320), y dar de baja a la Sra. Blassi, Teresa del Carmen (DNI N° 12.791.721) y a la Sra. González Nacir, Paula Cristina (DNI N° 20.406.628). Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por Resolución Nº 1632/SSGEFYAR/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar el alta y la baja como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF - 2014-05291492-SSGEFYAR), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO Página Nº 82 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN N.° 356/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 26 de mayo de 2014 VISTO: Ley de Obra Pública Nº13.064, la Licitación Pública Nº 60/2010 - SIGAF 2834/2010 y el Exp. Electrónico N° 211492/2013, CONSIDERANDO: Que según lo establece el artículo 35 de la Ley de Obra Pública Nº 13.064, la demora en la terminación de los trabajos con respecto a los plazos estipulados, dará lugar a la aplicación de multas o sanciones que serán graduadas por el Poder Ejecutivo de acuerdo a la importancia del atraso; Que el Pliego de Condiciones Generales de la Licitación citada en el visto, en su cláusula 1.11.6, faculta a la Dirección General de Administración de Mantenimiento a la aplicación de multas y apercibimientos; Que el mismo Pliego, en su cláusula 1.11.8, establece que el importe resultante de la multa a aplicar, será descontado del primer certificado que se extienda luego de aplicada la sanción; Que en la cláusula 2.9.2. del Pliego de Condiciones Particulares, se establecen penalidades para los casos en que la contratista incumpliere con el plan de trabajo solicitado. Asimismo, en su cláusula 2.9.4. pto. A, establece la aplicación de multas por incumplimiento de tareas de mantenimiento preventivo, correctivo programado y correctivo de urgencia, en forma progresiva según la escala que ella provee; Que según pudo observarse en la documental presentada por la Gerencia Operativa de Inspección de Mantenimiento, la empresa TERMAIR S.A. incumplió diversas órdenes de servicios, habiendo sida intimada fehacientemente a corregirlos y habiendo presentado los descargos del caso; Que por Orden de Servicio Nro. 47, conforme al 7º Libro (07-06-2013), se intimó a la empresa mencionada a completar el libro de conservación del ascensor con los datos y firma del representante técnico del nuevo conservador, en la Escuela sitio Obispo San Alberto 3370, habiendo sido notificada del incumplimiento el 31-07-13 por Orden de Servicio Nro. 19, conforme al 8º Libro; Que por Orden de Servicio Nro. 07, conforme al 8º Libro (24-06-2013), se intimó a la misma empresa a realizar el cateo e informe del hundimiento del solado ubicado en el aula de 1º grado y pasillo exterior en la Escuela sita en Fernández De Enciso 4451, habiendo sido notificada del incumplimiento el 31-07- 13 por Orden de Servicio Nro. 17, conforme al 8º Libro;Que por Orden de Servicio Nro. 08, conforme al 8º Libro (24- 06-2013), se intimó a la empresa a cumplir con la reparación de revoques y ejecución de pintura, sector baños, en la Escuela sita en José L. Cabezón 3446, habiendo sido notificada del incumplimiento el 31-07-13 por Orden de Servicio Nro. 18, conforme al 8º Libro; Que por Orden de Servicio Nro. 10, conforme al 8º Libro (02-07-2013), se intimó a informar el inicio de obra, cuyas tareas abarcaban el cambio de cubiertas, cielorrasos y cerámicas de los sanitarios ubicados en la Escuela sita en Mercedes 4966, habiendo sido notificada del incumplimiento el 30-07-13 por Orden de Servicio Nro. 15, conforme al 8º Libro; Que por Orden de Servicio Nro. 06, conforme al 8º Libro (24-06-2013), se intimó a ejecutar los revoques y pintura del frente del edificio, durante el receso invernal, en la Escuela sita en José L. Cabezón 3446, habiendo sido notificada del incumplimiento el 31-07-13 por Orden de Servicio Nro. 16, conforme al 8º Libro; Página Nº 83 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que por Orden de Servicio Nro. 05, conforme al 8º Libro (24-06-2013), se intimó a ejecutar la reparación de revoques y pintura de la oficina Administrativa y pintura del friso de la oficina de Supervisión, en la Escuela sita en Bahía Blanca 4025, habiendo sido notificada del incumplimiento el 31-07-13 por Orden de Servicio Nro. 20, conforme al 8º Libro; Que por Orden de Servicio Nro. 28, conforme al 8º Libro (23-09-2013), se intimó a presentar el informe sobre el estado de la instalación de gas en el término de 10 días hábiles, en todos los Establecimientos Educativos adjudicados a la mencionada empresa bajo Licitación Pública Nº 60/20, habiendo sido notificada del incumplimiento el 07-10-13 por Orden de Servicio Nro. 35, conforme al 8º Libro; Que por Orden de Servicio Nro. 23, conforme al 8º Libro (13-08-2013), se intimó a que en el término de 5 días hábiles entregue los relevamientos iniciales, por presentarse incompletos. Así mismo se la intimó bajo el mismo plazo a presentar las actualizaciones correspondientes al pto. 2.5.6 del Pliego de Condiciones Particulares, y pto. 3.1.2.1 del Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares, de todos los Establecimientos Educativos adjudicados, habiendo sido notificada del incumplimiento el 07-10-13 por Orden de Servicio Nro. 34, conforme al 8º Libro; Que por Orden de Servicio Nro. 32, conforme al 8º Libro (23-09-2013), se intimó a reparar el parabólico corredizo en el término de 7 días hábiles, en la Escuela sita en Emilio Lamarca 3379, habiendo sido notificada del incumplimiento el 28-10-13 por Orden de Servicio Nro. 48, conforme al 8º Libro; Que por Orden de Servicio Nro. 46, conforme al 8º Libro (28-10-2013), se intimó a reparar la llave de paso de gas en el término de 8 días corridos, en la Escuela sita en Gabriela Mistral 3376, habiendo sido notificada del incumplimiento el 12-11-13 por Orden de Servicio Nro. 01, conforme al 9º Libro; Que por Orden de Servicio Nro. 49, conforme al 8º Libro (05-11-2013), se intimó a recargar los matafuegos vencidos en el término de 48hs, en la Escuela sita en Bahía Blanca 4025, Concordia 3555, Mistral 3376 y F. de Enciso 4451, habiendo sido notificada del incumplimiento el 12-11-13 por Orden de Servicio Nro. 02, conforme al 9º Libro; Que por Orden de Servicio Nro. 21, conforme al 2º Libro (02-09-2013), se intimó a instalar un calefactor, verificar grietas en cielorraso de yeso aplicado, reponer y/o reparar las estufas por pérdidas de gas, reparar el ventilador de secretaría y reparar la tapa de la cámara de acceso pluvial, en el término de 4 días hábiles, en la Escuela sita en Tinogasta 5046, habiendo sido notificada del incumplimiento el 09- 09-13 por Orden de Servicio Nro. 25, conforme al 2º Libro; Que por Orden de Servicio Nro. 15, conforme al 2º Libro (22-08-2013), se intimó a realizar el recambio de vidrios rotos, en el término de 48hs, en la Escuela sita en Av. Salvador María del Carril 4935/4957, habiendo sido notificada del incumplimiento el 20-09-13 por Orden de Servicio Nro. 29, conforme al 2º Libro; Que por Orden de Servicio Nro. 28, conforme al 2º Libro (20-08-2013), se intimó a realizar la poda de los árboles peligrosos, en el plazo de 5 días hábiles, en la Escuela sita en Av. Francisco Beiró 4548/4552, habiendo sido notificada del incumplimiento el 26-09-13 por Orden de Servicio Nro. 31, conforme al 2º Libro; Que por Orden de Servicio Nro. 20, conforme al 2º Libro (02-09-2013), se intimó a reparar el cielorraso del sum en el término de 72hs, en la Escuela sita en Nueva York 4713, habiendo sido notificada del incumplimiento el 26-09-13 por Orden de Servicio Nro. 32, conforme al 2º Libro; Que por Orden de Servicio Nro. 38, conforme al 2º Libro (18-10-2013), se intimó a realizar la reparación de filtraciones en el comedor y aula de primer grado, en el plazo de 10 días hábiles, en la Escuela sita en Av. Salvador María del Carril 4935/4957, habiendo sido notificada del incumplimiento el 05-11-13 por Orden de Servicio Nro. 43, conforme al 2º Libro; Que por Orden de Servicio Nro. 46, conforme al 2º Libro (13-11-2013), se intimó a realizar la recarga de los matafuegos vencidos en Octubre del mismo año, en el plazo de 5 días hábiles, en la Escuela sita en Av. Salvador María del Carril 4935/4957, habiendo sido notificada del incumplimiento el 22-11-13 por Orden de Servicio Nro. 47, conforme al 2º Libro; Página Nº 84 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que el IF-2014-00236984-DGAMANT detalla el origen de la suma a aplicar en concepto de multa por incumplimiento contractual; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención de su competencia. Que por Resolución Nº 42/SSGEFYAR/13 se encomendó al Sr. Fernando Domínguez, Director General de Infraestructura Escolar, la firma de los actos administrativos de la Dirección General de Administración de Mantenimiento, a partir del día de la fecha -05 de febrero de 2013- y hasta la designación de su titular. Que, mediante Resolución Nº 2153/MEGC/14, el Sr. Ministro de Educación encomendó al Sr. Subsecretario de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos la firma de los actos administrativos y demás despacho de la Dirección General de Administración de Mantenimiento desde el día 19 mayo hasta el día 30 de mayo de 2014, inclusive. Por ello y, en uso de las facultades conferidas por la Resolución citada precedentemente, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1º.- Aprobar multa Nº 1 a la empresa TERMAIR S.A., en el marco de la Licitación Pública Nº 60/10 - SIGAF 2834/2010- Exp. Nº 1.454.310-2010., por la suma de $43.657,08 (SON PESOS CUARENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CON 08/100). Artículo 2º.- Notifíquese por cédula a la contratista de la presente sanción por incumplimiento contractual. Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, gírese a la Dirección General de Administración de Recursos para su conocimiento y demás efectos. Cumplido vuelva para su archivo. Regazzoni RESOLUCIÓN N.° 360/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 27 de mayo de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, Resolución N° 86/SSGEFYAR/2012, Resolución N° 144/SSGEFYAR/2012, la Disposición N°9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 5.749.066/DGEGE/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado, establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Página Nº 85 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece, entre otros requisitos, que "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:... c) los responsables de la rendición de fondos..."; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10 se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I dispone en el punto 1, que "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Que mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13 el Señor Ministro de Educación dispuso: "Delegación a favor de la Subsecretaría...1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Que, en razón de ello, mediante la Resolución N° 144/SSGEFYAR/2012 se designaron los responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en la en la Dirección de Educación Media Región V; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada Dirección, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que, en consecuencia, corresponde dar de baja a la Sra. Mónica Rodriguez Larribau (DNI N° 11.569.205) y dar de alta como responsable al Sr. Jorge Armando Orué (DNI N° 14.691.357). Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por Resolución Nº 1632/SSGEFYAR/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar el alta y la baja como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF - 2014-06328751-DGAR), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO RESOLUCIÓN N.° 364/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 5 de junio de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, Resolución N° 90/SSGEFYAR/2012, la Disposición N°9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 6.431.711/DGFCE/14, y Página Nº 86 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado, establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece, entre otros requisitos, que "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:... c) los responsables de la rendición de fondos..."; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10 se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I dispone en el punto 1, que "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Que mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13 el Señor Ministro de Educación dispuso: "Delegación a favor de la Subsecretaría...1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Que, en razón de ello, mediante la Resolución N° 90/SSGEFYAR/2012 se designaron los responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en la Dirección General de Fortalecimiento de la Comunidad Educativa; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada Dirección, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que, en consecuencia, corresponde dar de baja a la Sra. Daniela Ana Rosa Lisanti (DNI N° 17.363.739) y a la Sra. María Marta Oroz (DNI N°17.110.903) y dar de alta como responsables al Sr. Juan Ignacio Salari (DNI N° 33.215.404) y a la Sra. Agustina Malisa de Benedetto (DNI N° 32.720.451). Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por Resolución Nº 1632/SSGEFYAR/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar el alta y la baja como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF - 2014-06654613-DGAR), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO Página Nº 87 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CONSIDERANDO: RESOLUCIÓN N.° 366/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 13 de junio de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, Resolución N° 153/SSGEFYAR/2012, la Disposición N°9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 5.589.965/DGEGE/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado, establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece, entre otros requisitos, que "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:... c) los responsables de la rendición de fondos..."; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10 se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I dispone en el punto 1, que "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Que mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13 el Señor Ministro de Educación dispuso: "Delegación a favor de la Subsecretaría...1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Que, en razón de ello, mediante la Resolución N° 153/SSGEFYAR/2012 se designaron los responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en el Grupo V "A" de Educación Inicial dependiente de la Dirección General de Educación Gestión Estatal; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada Dirección, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que, en consecuencia, corresponde dar el alta como responsable a la Supervisora Cecilia Malli (DNI N° 12.514.499). Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por Resolución Nº 1632/SSGEFYAR/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Página Nº 88 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 1.- Dar el alta y la baja como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF - 2014-06448982-DGAR), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO RESOLUCIÓN N.° 367/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 13 de junio de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, Resolución N° 135/SSGEFYAR/2012, la Disposición N°9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 6.276.117/DGPDYND/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado, establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece, entre otros requisitos, que "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:... c) los responsables de la rendición de fondos..."; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10 se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I dispone en el punto 1, que "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Que mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13 el Señor Ministro de Educación dispuso: "Delegación a favor de la Subsecretaría...1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Página Nº 89 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que, en razón de ello, mediante la Resolución N° 135/SSGEFYAR/2012 se designaron los responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en el Distrito Escolar 8 de Educación Primaria; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada Dirección, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que, en consecuencia, corresponde dar de baja como responsable al Supervisor Jorge Armando Albertini Canepa (DNI N° 10.139.204) y dar de alta como responsable a la Sra. Araceli Célica Álvarez (DNI N° 13.832.502) y al Sr. José María Sánchez (DNI N° 14.901.250). Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por Resolución Nº 1632/SSGEFYAR/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar el alta y la baja como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF - 2014-06604361-DGAR), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO RESOLUCIÓN N.° 368/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 13 de junio de 2014 VISTO: La Ley N° 70/98, el Decreto Nº 67/10, la Resolución N° 51/MHGC/10, Resolución N° 86/SSGEFYAR/2012, Resolución N° 191/SSGEFYAR/2013, la Disposición N°9/DGCG/10, la Resolución N° 1632/MEGC/13, el Expediente Electrónico Nº 5.899.497/DGEGE/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley N° 70/98 fija los Sistemas de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y establece la organización y funcionamiento de sus órganos; Que el Decreto N° 67/10 aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con la obligación de rendir cuenta documentada de su inversión y designó como autoridad de aplicación al Ministerio de Hacienda; Que el artículo 12 del Anexo I que integra el Decreto indicado, establece: "Los responsables de la administración y rendición de los Fondos serán designados por el titular de la jurisdicción o Entidad en la norma de creación del Fondo o según propuesta del Director General o Superior del área respectiva mediante norma equivalente..."; Página Nº 90 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que mediante la Resolución N° 51/MHGC/10 se aprobó la Reglamentación del Decreto N° 67/10; Que el artículo 3° de la misma establece, entre otros requisitos, que "las normas particulares que asignen fondos deberán especificar:... c) los responsables de la rendición de fondos..."; Que, a través de la Disposición N° 9/DGCG/10 se aprobó el procedimiento para asignaciones en concepto de caja chica, caja chica especial, y fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que el Anexo I dispone en el punto 1, que "Los Responsables de la administración y rendición de los Fondos serán propuestos por el Director General o Superior del área respectiva y dicha designación será conformada mediante Acto Administrativo del máximo responsable de la Jurisdicción..."; Que mediante la Resolución N° 1632/MEGC/13 el Señor Ministro de Educación dispuso: "Delegación a favor de la Subsecretaría...1.Nombrar y dar de baja a los responsables de la administración de los fondos de movilidad y de cajas chicas, y la aprobación de la rendición de estas últimas..."; Que, en razón de ello, mediante la Resolución N° 191/SSGEFYAR/2013 se designaron responsables de administrar y rendir fondos de cajas chicas en la Supervisión del Adulto y del Adolescente Nivel Primario - Sector 2; Que sin embargo, ha habido una serie de modificaciones en el personal de la citada Dirección, y en razón de ello, por el expediente citado en el visto, se informa la nómina de los nuevos responsables de la administración y rendición de los fondos de caja chica común; Que, en consecuencia, corresponde dar de baja como responsable al Supervisor Miguez, Alberto Juan (DNI N° 10.606.329) y dar el alta al supervisor Moyano, Oscar Alfredo (DNI N° 14.501.786). Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por Resolución Nº 1632/SSGEFYAR/13, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Dar el alta y la baja como responsables de la administración y rendición de fondos otorgados en concepto de caja chica común a los funcionarios y agentes en las áreas que se indican en el Anexo I (IF- 2014-06448866-DGAR), el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Comuníquese por copia a cada una de las áreas detalladas en el Anexo I, al Departamento Tesorería de este Ministerio y remítase a la Dirección General de Contaduría a los fines pertinentes. Regazzoni ANEXO RESOLUCIÓN N.° 369/SSGEFYAR/14 Buenos Aires, 13 de junio de 2014 VISTO: La Ley N° 2.095 modificada por la Ley Nº 4764, el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, el Expediente Electrónico Nº 4121057/DGTEDU/2014, y Página Nº 91 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que por el actuado mencionado en el Visto tramita la adquisición de materiales y equipamiento de informática para la Gerencia Operativa de Servicio al Usuario para gestionar soporte técnico de diversas áreas, solicitada por la Dirección General de Tecnología Educativa; Que, la mencionada adquisición resulta necesaria a fin de asegurar el correcto funcionamiento de toda la infraestructura tecnológica en la órbita del Ministerio de Educación; Que la presente Licitación Pública puede encuadrarse dentro de los términos del Artículo 31 y Artículo 40 de la Ley N° 2.095; Que, mediante Disposición N° 171/DGCYC/08, el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y, de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo 85 de la Ley N° 2.095, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales; Que la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones elaboró los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y, la Dirección General de Tecnología Educativa elaboró los Pliegos de Especificaciones Técnicas para el llamado a Licitación Pública Nacional; Que la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial elaboró un informe donde consta que existe crédito en el Presupuesto 2014 para hacer frente a la contratación. Por ello y, en virtud de lo dispuesto por La Ley N° 2.095 modificada por la Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN ECONÓMICO FINANCIERA Y ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS RESUELVE Artículo 1.- Aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas (PLIEG-2014-6982638- DGAR) que regirán en la presente licitación. Artículo 2.- Llamar a Licitación Pública N° 792/SIGAF/2014 con modalidad de Orden de Compra abierta para el día 19 de Junio de 2014 a las 15:00 hs, al amparo de lo establecido en el Artículo 31 y Artículo 40 de la Ley N° 2.095, modificada por la Ley Nº 4764, el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, para la adquisición de materiales y equipamiento informático para la Gerencia Operativa de Servicio al Usuario para gestionar soporte técnico de diversas áreas, solicitada por la Dirección General de Tecnología Educativa, por un monto estimado de PESOS CINCO MILLONES NOVECIENTOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y UNO CON 20/100 ($ 5.900.931,20). Artículo 3.- Remítanse las invitaciones de acuerdo a lo establecido en los Artículos 93, 97 y 98 y concordantes de la Ley N° 2.095 promulgada por Decreto N° 1.772/06, modificada por la Ley Nº 4764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14 y, publíquese por dos (2) días el llamado en el Boletín oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en la página Web, www.buenosaires.gov.ar - Hacienda - Licitaciones y Compras - Consultas de Compras. Artículo 4.- Publíquese y remítase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones para la continuidad del trámite. Regazzoni ANEXO RESOLUCIÓN N.° 4602/SSPECD/14 Buenos Aires, 15 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 951566/2012, y Página Nº 92 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CONSIDERANDO: CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la Dirección General Personal Docente y No Docente, solicita se reconozcan los servicios prestados por el agente Emilio Alberto Rodríguez Fama, D.N.I. 04.531.390, CUIL. 20-04531390-6, legajo personal 384.952, como Maestro de Grado Suplente, de la Escuela N° 7, D.E N° 8, del Ministerio de Educación; Que hace saber al respecto, que dicho requerimiento se efectúa dado que existió una real prestación de servicios, por el período comprendido entre el 1 y el 20 de abril de 2012; Que por lo expuesto, procede acceder de conformidad a lo peticionado proyectando la norma legal correspondiente. Por ello, conforme las facultades conferidas por el Decreto Nº 593/2012 modificatorio del Decreto Nº 188/2010, EL SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS EDUCATIVAS Y CARRERA DOCENTE RESUELVE Artículo 1.- Reconócense por el período comprendido entre el 1 y el 20 de abril de 2012, los servicios prestados por el agente Emilio Alberto Rodríguez Fama, D.N.I. 04.531.390, CUIL. 20-04531390-6, legajo personal 384.952, como Maestro de Grado Suplente, en la Escuela N° 7, D.E N° 8, del Ministerio de Educación, partida 0008.0711.0845. Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, encuentra imputación en el Presupuesto Vigente, en el Inciso 1 "Gastos en Personal", en la repartición en que prestó servicios el mencionado agente. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Políticas Educativas y Carrera Docente y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Finocchiaro RESOLUCIÓN N.° 4681/SSPECD/14 Buenos Aires, 17 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 2030806/2012, y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, la Dirección General Personal Docente y No Docente, solicita se reconozcan los servicios prestados por la agente Lorena Joaquina Di Meo, D.N.I. 17.453.723, CUIL. 27-17453723-8, legajo personal 361.634, como Profesora, interina, con 4 horas cátedra, en la Escuela de Bellas Artes "Manuel Belgrano", del Ministerio de Educación; Que es dable destacar la prescripción establecida en el artículo 4027 del Código Civil, los períodos que superen los seis (6) años anteriores a su emisión no deben ser reconocidos, situación en la que se encuentran los servicios prestados entre el 10 de mayo de 2007 y el 29 de noviembre de 2008; Que hace saber al respecto, que dicho requerimiento se efectúa dado que existió una real prestación de servicios, por el período comprendido entre el 30 de noviembre de 2008 y el 5 de marzo de 2012; Página Nº 93 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que por lo expuesto, procede acceder de conformidad a lo peticionado proyectando la norma legal correspondiente. Por ello, conforme las facultades conferidas por el Decreto Nº 593/2012 modificatorio del Decreto Nº 188/2010, EL SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS EDUCATIVAS Y CARRERA DOCENTE RESUELVE Artículo 1.- Reconócense por el período comprendido entre el 30 de noviembre de 2008 y el 5 de marzo de 2012, los servicios prestados por la agente Lorena Joaquina Di Meo, D.N.I. 17.453.723, CUIL. 27-17453723-8, legajo personal 361.634, como Profesora, interina, con 4 horas cátedra, en la Escuela de Bellas Artes "Manuel Belgrano", del Ministerio de Educación, partida 5011.0000.1599. Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, encuentra imputación en el Presupuesto Vigente, en el Inciso 1 "Gastos en Personal", en la repartición en que prestó servicios el mencionado agente. Artículo 3.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Políticas Educativas y Carrera Docente y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Finocchiaro Página Nº 94 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Desarrollo Urbano RESOLUCIÓN N.º 225/MDUGC/14 Buenos Aires, 17 de julio de 2014 VISTO: el Decreto Nro.2/AJG/2014 y el Expediente Electrónico Nro. 8.436.523 / 2014 y, CONSIDERANDO: Que mediante el citado Expediente se propicia una modificación presupuestaria entre créditos asignados a diferentes Programas bajo la órbita de este Ministerio de Desarrollo Urbano, para el Ejercicio 2014; Que la modificación de créditos de que se trata resulta necesaria para atender las erogaciones que demande el llamado a licitación de la obra "Calle Juan XXIII"; Que de acuerdo a las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2014, se establecen niveles de competencia que facultan a los Señores Ministros o máxima autoridad de la Jurisdicción a efectuar modificaciones de créditos, tal como se indica en el Artículo Nro.36, Apartado II del Capítulo IX correspondiente al Anexo I del Decreto Nº 2-AJG-2014, por el cual se aprobaron las mencionadas Normas; Que se ha dado cumplimiento al Artículo Nro.9 del Capítulo Tercero del Anexo I del Decreto Nro. 2/AJG/2014 en lo referente a la validación del requerimiento nro. 6753 del año 2014 del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera por parte de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, quien ha otorgado al mismo el estado de "Pendiente OGESE"; Por ello y en uso de las facultades encomendadas, EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO RESUELVE: Artículo 1° Apruébase la modificación presupuestaria ingresada al Sistema de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) la cual se detalla en el anexo I bajo el Nro. IF- 2014-8.648.224-DGTALMDU y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2° Dese intervención a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, para la confirmación en el Sistema SIGAF, de la modificación presupuestaria mencionada en el Artículo 1ª. Artículo 3° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dentro de los cinco (5) días de firmada la presente, conforme lo dispone el Art. 9no. del Decreto Nro. 2-AJG-2014 y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Chaín ANEXO Página Nº 95 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN N.º 229/MDUGC/14 Buenos Aires, 22 de julio de 2014 VISTO: el Decreto Nro.2/AJG/2014 y el Expediente Electrónico Nro. 8.737.883 / 2014 y, CONSIDERANDO: Que mediante el citado Expediente se propicia una modificación presupuestaria entre créditos asignados a diferentes Programas Presupuestarios bajo la órbita de este Ministerio de Desarrollo Urbano, para el Ejercicio 2014; Que la modificación de créditos de que se trata resulta necesaria para atender las erogaciones que demande la contratación de servicios varios de difusión de obras vinculados a las diversas obras que se desarrollan en el ámbito de este Ministerio; Que de acuerdo a las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2014, se establecen niveles de competencia que facultan a los Señores Ministros o máxima autoridad de la Jurisdicción a efectuar modificaciones de créditos, tal como se indica en el Artículo Nro.36, Apartado II del Capítulo IX correspondiente al Anexo I del Decreto Nº 2-AJG-2014, por el cual se aprobaron las mencionadas Normas; Que se ha dado cumplimiento al Artículo Nro.9 del Capítulo Tercero del Anexo I del Decreto Nro. 2/AJG/2014 en lo referente a la validación del requerimiento nro. 6871 del año 2014 del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera por parte de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, quien ha otorgado al mismo el estado de "Pendiente OGESE"; Por ello y en uso de las facultades encomendadas, EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO RESUELVE: Artículo 1° Apruébase la modificación presupuestaria ingresada al Sistema de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) la cual se detalla en el anexo I bajo el Nro. IF- 2014-8.867.871-DGTALMDU y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2° Dese intervención a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, para la confirmación en el Sistema SIGAF, de la modificación presupuestaria mencionada en el Artículo 1ª. Artículo 3° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dentro de los cinco (5) días de firmada la presente, conforme lo dispone el Art. 9no. del Decreto Nro. 2-AJG-2014 y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Chaín ANEXO Página Nº 96 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN N.° 230/MDUGC/14 Buenos Aires, 22 de julio de 2014 VISTO: el Decreto Nº 477/2011, Disposición Nº 344/DGCG/11, Resolución Nº 1415/MHGC/2013 y el Expediente Nº 8.565.641/2014, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita la participación del Profesor Daniel Arroyo DNI Nº 31.925.566 al “XXX Encuentro Internacional de los Educadores Freinet (RIDEF)“ a realizarse en la Ciudad de Reggio Emilia, Italia entre los días 21 y 30 de julio del corriente; Que los temas a desarrollar guardan directa relación con las funciones asignadas a la Secretaría de Planeamiento siendo de suma relevancia para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la participación del citado agente en el encuentro; Que de acuerdo al cronograma de actividades y a la disponibilidad de vuelos es necesario autorizar la participación del Profesor Daniel Arroyo entre los días 19 de julio y 01 de agosto del corriente; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. Nº 7 del Decreto Nº 477/2011 se tramitaron los gastos inherentes a pasajes y alojamiento, en los términos de la Licitación Pública de Etapa Única Nº 5 -DGCyC- 2013 aprobada por Resolución Nº 471/MHGC/2013; Que por los motivos expuestos corresponde la entrega de fondos para solventar los gastos inherentes a viáticos e inscripción, en los términos previstos en el Decreto Nº 477/2011 Art. Nº 11, Disposición Nº 344/DGCG/11 anexo II y Resolución Nº 1415/MHGC/2013 Anexo; Por ello; y en uso de las facultades conferidas en el articulo 8° del Decreto Nº 477- GCBA-2011, EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO RESUELVE Articulo 1°.- Autorízase al Profesor Daniel Arroyo DNI Nº 31.925.566 a concurrir entre los días 19 de julio y 01 de agosto del corriente, al “XXX Encuentro Internacional de los Educadores Freinet (RIDEF)“ a realizarse en la Ciudad de Reggio Emilia, Italia. Artículo 2º.- Entrégase a la Secretaria de Planeamiento un fondo no documentado por la suma de PESOS DIECIOCHO MIL SEISCIENTOS TREINTA Y UNO CON 20/100 ($ 18.631,20) para atender gastos de viáticos; y un fondo documentado por la suma de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS DIECIOCHO (2.218,00) para atender gastos de inscripción, del agente autorizado en el Art. 1º de conformidad con lo establecido en la Disposición Nº 344-DGCG-2011.- Articulo 3°.- Autorizase a la Dirección General de Contaduría a incluir la erogación de que se trata, la cual asciende a la suma total de PESOS VEINTE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON 20/100 ($ 20.849,20) en una orden general de pago la que deberá ser depositada en la Cuenta Corriente Nº 26297/6, Sucursal 111 (Centro) (Beneficiario Nº 2841) del Banco de la Ciudad de Buenos Aires perteneciente a la Secretaria de Planeamiento. Articulo 4°.- Déjese establecido que el responsable de la administración de los fondos y su posterior rendición serán el Profesor Daniel Arroyo DNI Nº 31.925.566 y el Secretario de Planeamiento, Arq. Héctor Antonio Lostri DNI Nº 17.848.856. Articulo 5°.- Regístrese, comuníquese a la Secretaria de Planeamiento y remítase a la Dirección General de Contaduría, la que intervendrá en la respectiva copia autenticada acompañada a tal efecto. Cumplido, archívese. Chaín Página Nº 97 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN N.º 231/MDUGC/14 Buenos Aires, 22 de julio de 2014 VISTO: el Expediente Nº 8.057.793/2014 y CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 217/MDUGC/2014 se autorizó al Secretario de Planeamiento, Arq. Héctor Antonio Lostri DNI º 17.848.856 a concurrir entre los días 25 de julio y 2 de agosto del corriente año, al "XXX Encuentro Internacional de los Educadores Freinet (RIDEF)" a realizarse en la Ciudad de Reggio Emilia, Italia; Que el Profesor Daniel Arroyo, quien está a cargo de la organización del presente viaje y será participe del mismo, se encontraba de viaje oficial en la Ciudad de Barranquilla y a su regreso tomó conocimiento e informó que para la participación en dicho evento es necesario cubrir los gastos de inscripción; Que en el Artículo 2º de la citada Resolución se hace mención a la entrega de un fondo no documentado para atender gastos de viáticos debiéndose ampliar el mismo a la entrega de un fondo documentado para atender gastos de inscripción; Que en el Artículo 3º de la citada Resolución se hace mención a la autorización de la erogación de que se trata, la cual asciende a la suma total de PESOS QUINCE MIL TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 01/100 ($ 15.326,01) debiéndose ampliar el monto de la erogación por los gastos de inscripción; Que por los motivos expuestos corresponde la modificación de los términos de la Resolución No 217-MDUGC-14, en los términos previstos en el Decreto Nº 477/2011 Art. Nº 11, Disposición Nº 344/DGCG/11 anexo II y Resolución Nº 1415/MHGC/2013 Anexo; Por ello, EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO RESUELVE Artículo 1°.- Modifícanse los términos de los Artículos 2º y 3º de la Resolución Nº 217/MDUGC/2014, los cuales quedarán redactado de la siguiente manera: "Artículo 2º.- Entregase a la Secretaria de Planeamiento un fondo no documentado por la suma de PESOS QUINCE MIL TRESCIENTOS VEINTISEIS CON 01/100 ($ 15.326,01) para entender gastos de viáticos y un fondo documentado por la suma de PESOS DOS MIL DOSCIENTOS SEIS ($ 2.206) para atender gastos de inscripción del agente autorizado en el Art. 1º de conformidad con lo establecido en la Disposición Nº 344-DGCG-2011. "Artículo 3º.- Autorizase a la Dirección General de Contaduría a incluir la erogación de que se trata, la cual asciende a la suma total de PESOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS CON 01/100 ($ 17.532,01) en una orden general de pago la que deberá ser depositada en la Cuenta Corriente Nº 26297/6, Sucursal Nº 111 (Centro) (Beneficiario Nº 2841) del Banco de la Ciudad de Buenos Aires perteneciente a la Secretaria de Planeamiento. Artículo 2°.- Regístrese, comuníquese a la Secretaria de Planeamiento y remítase a la Dirección General de Contaduría, la que intervendrá en la respectiva copia autenticada acompañada a tal efecto. Cumplido, archívese. Chaín Página Nº 98 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN N.º 232/MDUGC//14 Buenos Aires, 22 de julio de 2014 VISTO: el Decreto Nro.2/AJG/2014 y el Expediente Electrónico Nro. 8.528.553 / 2014 y, CONSIDERANDO: Que mediante el citado Expediente se propicia una modificación presupuestaria entre créditos asignados al Programa 14 "Programa de Gestión de Riesgo Hídrico", para el Ejercicio 2014; Que la modificación de créditos de que se trata resulta necesaria para atender las erogaciones que demanden las obras de los ramales secundarios C,D y E y el proyecto ejecutivo para las restantes cuencas de la Ciudad de Bs. As.; Que de acuerdo a las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2014, se establecen niveles de competencia que facultan a los Señores Ministros o máxima autoridad de la Jurisdicción a efectuar modificaciones de créditos, tal como se indica en el Artículo Nro.36, Apartado II del Capítulo IX correspondiente al Anexo I del Decreto Nº 2-AJG-2014, por el cual se aprobaron las mencionadas Normas; Que se ha dado cumplimiento al Artículo Nro.9 del Capítulo Tercero del Anexo I del Decreto Nro. 2/AJG/2014 en lo referente a la validación del requerimiento nro. 6714 del año 2014 del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera por parte de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, quien ha otorgado al mismo el estado de "Pendiente OGESE"; Por ello y en uso de las facultades encomendadas, EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO RESUELVE: Artículo 1° Apruébase la modificación presupuestaria ingresada al Sistema de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) la cual se detalla en el anexo I bajo el Nro. IF- 2014-8.775.511-DGTALMDU y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2° Dese intervención a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, para la confirmación en el Sistema SIGAF, de la modificación presupuestaria mencionada en el Artículo 1ª. Artículo 3° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dentro de los cinco (5) días de firmada la presente, conforme lo dispone el Art. 9no. del Decreto Nro. 2-AJG-2014 y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Chaín ANEXO Página Nº 99 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN N.° 233/MDUGC/14 Buenos Aires, 22 de julio de 2014 VISTO: Los Decretos Nros. 678/08, 186/12 y 185/14, la Resolución Nº 434/MDUGC/12, el Acta Nº 17- 09/GCABA/02 y el Expediente Nº 8.883.523/MGEYA/DGTALMDU/2014, y CONSIDERANDO: Que el Consejo Hídrico Federal -COHIFE- se creó mediante Acta Nº 17-09/GCBA/02 como resultado de un acuerdo sobre la conveniencia y necesidad que entre las provincias y la Nación exista una instancia federal, en la que los puntos de vista de las provincias sean expresados por quienes tienen en ellas, la responsabilidad directa de la gestión hídrica; Que la Carta Orgánica del COHIFE en su artículo 5º establece: "La Autoridad máxima del Consejo Hídrico es la Asamblea y como tal es la responsable de la política general del Consejo. Estará integrada por el titular de la Autoridad Hídrica de cada Estado miembro, como representantes titulares o sus respectivos representantes alternos designados por un acto administrativo, los que tendrán el mismo carácter y calidad de titulares cuando reemplacen a éstos"; Que mediante Decreto 678/08, se dispuso la adhesión del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Acta Constitutiva y a la Carta Orgánica del Consejo Hídrico Federal -COHIFE- que fuera suscripta en la Ciudad de Buenos Aires con fecha 27 de marzo del 2.003; Que por Decreto Nº 186/12 el Jefe de Gobierno delegó en el suscripto la facultad de designar y remover al representante del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en el Consejo Hídrico Federal- COHIFE-; Que en virtud de la delegación de referencia, se designó por Resolución Nº 434/MDUGC/12, al ingeniero Daniel Capdevila, quien ocupaba la Dirección General de Infraestructura, de la Subsecretaria de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura, como representante titular del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante el Consejo Hídrico Federal; Que por Decreto Nº 185/GCABA/14 se aceptó a partir del 3 de abril de 2014 la renuncia presentada por el Ing. Daniel Capdevila, como Director General de la Dirección General de Infraestructura, y se designó en su reemplazo al ingeniero Mario Jorge Nadali; Que la aceptación de la renuncia del ingeniero Capdevila importó a la vez el cese de la representación que ejercía ante el COHIFE, en función de lo reglado por el artículo 5º de su Carta Orgánica, por lo que resulta necesaria la designación de un nuevo representante titular del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante el Consejo Hídrico Federal -COHIFE-; Que a partir de lo regulado por la norma citada en el párrafo precedente corresponde designar al señor Director General, de la Dirección General de Infraestructura, de la Subsecretaria de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura, Ing. Mario Jorge Nadali (D. N. I Nº 11.386.133), como representante titular del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por ello, y en función de lo dispuesto por los Decretos Nros. 678/08 y 186/12, EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO RESUELVE ARTICULO 1°.- Designase al Ingeniero Mario Jorge Nadali (D. N. I Nº 11.386.133) como representante titular del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante el Consejo Hídrico Federal - COHIFE, sin que ello implique modificación alguna a su situación de revista, ni de lugar a una mayor erogación. Página Nº 100 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ARTICULO 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; notifíquese al Consejo Hídrico Federal -COHIFE-, al Ingeniero Mario Jorge Nadali, y comuníquese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo, Arquitectura e Infraestructura y a las Direcciones Generales Técnica Administrativa y Legal y de Infraestructura dependiente de este Ministerio. Cumplido, archívese. Chaín RESOLUCIÓN N.º 234/MDUGC/14 Buenos Aires, 22 de julio de 2014 VISTO: el Decreto Nro.2/AJG/2014 y el Expediente Electrónico Nro. 8.727.403 / 2014 y, CONSIDERANDO: Que mediante el citado Expediente se propicia una modificación presupuestaria entre créditos asignados a diferentes Programas Presupuestarios bajo la órbita de este Ministerio de Desarrollo Urbano, para el Ejercicio 2014; Que la modificación de créditos de que se trata resulta necesaria para atender las erogaciones que demanda la contratación de servicios de publicidad vinculados a las diversas obras que se desarrollan en el ámbito de este Ministerio; Que de acuerdo a las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2014, se establecen niveles de competencia que facultan a los Señores Ministros o máxima autoridad de la Jurisdicción a efectuar modificaciones de créditos, tal como se indica en el Artículo Nro.36, Apartado II del Capítulo IX correspondiente al Anexo I del Decreto Nº 2-AJG-2014, por el cual se aprobaron las mencionadas Normas; Que se ha dado cumplimiento al Artículo Nro.9 del Capítulo Tercero del Anexo I del Decreto Nro. 2/AJG/2014 en lo referente a la validación del requerimiento nro. 6865 del año 2014 del Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera por parte de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, quien ha otorgado al mismo el estado de "Pendiente OGESE"; Por ello y en uso de las facultades encomendadas, EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO RESUELVE: Artículo 1° Apruébase la modificación presupuestaria ingresada al Sistema de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) la cual se detalla en el anexo I bajo el Nro. IF- 2014-8.775.332-DGTALMDU y que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente. Artículo 2° Dese intervención a la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, para la confirmación en el Sistema SIGAF, de la modificación presupuestaria mencionada en el Artículo 1ª. Artículo 3° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dentro de los cinco (5) días de firmada la presente, conforme lo dispone el Art. 9no. del Decreto Nro. 2-AJG-2014 y para su conocimiento y demás efectos comuníquese a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Chaín ANEXO Página Nº 101 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN N.º 236/MDUGC/14 Buenos Aires, 22 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 6.850.599-14 e inc; el Decreto Nº 224/13 y la Resolución 11- SECLYT/13; CONSIDERANDO: Que por la mencionada actuación, se solicita la contratación de diversas personas, para realizar informes en la Unidad de Proyectos Especiales Obras Red de Subterráneos, por diferentes periodos, y por distintas retribuciones mensuales; Que el citado requerimiento encuadra dentro de los términos Decreto Nº 224/13 y la Resolución 11-SECLYT/13; y, por el cual se establece el régimen para la contratación de personas bajo la figura de locación de servicios y/u obra, sobre la utilización del Módulo "LOCACION DE OBRAS Y SERVICIOS -LOyS-", por parte del Ministerio de Desarrollo Urbano; Que atento lo expuesto precedentemente corresponde dictar el acto administrativo pertinente. Por ello, EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO RESUELVE Artículo 1º .-Autorízanse las contrataciones de diversas personas, para realizar informes en la Unidad de Proyectos Especiales Obras Red de Subterráneos, en el modo y forma que se detalla en el Anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente. Artículo 2º .- Delégase en el Director General Técnico, Administrativo y Legal, la suscripción de los contratos mencionados en el Artículo 1º. Artículo 3º .-Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importes mensuales en una Orden de Pago. Artículo 4º .-Los importes a abonarse se depositarán en las cuentas corrientes o cajas de ahorros del Banco Ciudad de Buenos Aires, cuyos datos fueran comunicados por los contratados a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5º .-Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Cumplido, archívese. Chaín ANEXO RESOLUCIÓN N.° 238/MDUGC/14 Buenos Aires, 23 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 8979133-2014-MGEYA-DGTALMDU, y Página Nº 102 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CONSIDERANDO: Que el Decreto Nº 275/13 creó en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Urbano como Organismo Fuera de Nivel, la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Obras Red de Subterráneos", con rango, nivel y atribuciones de Dirección General; Que a través del Decreto Nº 336/13 se designó, en carácter "ad-honorem", al ingeniero Eduardo Firvida como titular del organismo aludido en el párrafo precedente; Que por Resolución Nº 320-MDUGC/13 se encomendó a la Subsecretaría Coordinación y Seguimiento de Gestión (SSCYSG) el ejercicio de la supervisión técnica y control del cumplimiento de los objetivos encomendados por el Decreto Nº 275/13 a la Unidad de Proyectos Especiales "Obras Red de Subterráneos"; Que ello se decidió dado que el Decreto Nº 660/11, que aprobó la estructura orgánica funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, definió entre las responsabilidades primarias de la Subsecretaría Coordinación y Seguimiento de Gestión, dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano, la de diseñar acciones destinadas a la optimización del uso de los recursos, en los procesos de planeamiento, diseño y contratación llevadas a cabo por el Ministerio. Asimismo, entiende en el control y seguimiento del avance físico, económico y financiero de los contratos; Que mediante la Nota Nº NO-2014-8973400-SSCYSG el señor Subsecretario de Coordinación y Seguimiento de Gestión, ingeniero Luis Jhan, solicitó que se arbitren las medidas necesarias que permitan la regular continuidad de las actividades de la Unidad de Proyectos Especiales "Obras Red de Subterráneos", en función de que su titular por los problemas de salud que allí indica se encuentra de imposibilitado de ejercer las funciones propias de su cargo; Que en función de la situación planteada resulta imprescindible encomendar el despacho de la Unidad de Proyectos Especiales señalada, a los fines de que no se resienta su actividad y consiguientemente el normal desarrollo de los objetivos que le fueran atribuidos; Que en tal orden de ideas, resulta pertinente encomendar el despacho al señor Subsecretario de Coordinación y Seguimiento de Gestión, ingeniero Luis Jhan, toda vez que a partir de la actividad que lleva a cabo en cumplimiento de lo que fuera dispuesto por la Resolución Nº 320-MDUGC/13 citada, tiene acabado conocimiento de la actividad de la Unidad de Proyectos Especiales "Obras Red de Subterráneo", tanto en la órbita administrativa como técnica. Por ello, y en uso de las atribuciones de las facultades conferidas por la Ley 4013 y el Decreto Nº 660/11, EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO RESUELVE: Artículo 1º.- Encomiéndase al señor Subsecretario de Coordinación y Seguimiento de Gestión, ingeniero Luis Jhan, la atención del despacho diario de la Unidad de Proyectos Especiales (UPE) "Obras Red de Subterráneos", desde el 14 de julio de 2014 y mientras dure la ausencia de su titular. Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a la Subsecretaría de Coordinación y Seguimiento de Gestión, a la Unidad de Proyectos Especiales "Obras Red de Subterráneos" y a las Gerencias Operativas de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio; cumplido, archívese. Chaín Página Nº 103 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN N.° 240/MDUGC/14 Buenos Aires, 24 de julio de 2014 El E.E.Nº 4020240-DGOARQ-2014, la ley 4764, la Ley Nº 2.095 promulgada por Decreto Nº 1.772/GCBA/2006 (B.O.C.B.A. Nº 2.557) y Decreto Reglamentario N° 95/14, Decreto Nº 660/GCBA/11 (B.O.C.B.A Nº 3.811) y; CONSIDERANDO: Que, mediante el presente actuado tramita la aprobación de los Términos de Referencia y llamado a Contratación Directa de "Servicios profesionales de asesoría estructural para la Obra: Nuevo Parque y Centro de Exposiciones y Convenciones", que propicia la Dirección General de Obras de Arquitectura, dependiente de la Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo Arquitectura e Infraestructura del Ministerio de Desarrollo Urbano; Que, se procedió a efectuar la imputación presupuestaria de los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión; Que, mediante Resolución Nº 58-SSPUAI-2014, se dispuso el llamado a Contratación Directa N° 4844/2014 para el día 13 de Junio de 2014 a las 11:00hs; Que, tal como luce en el presente actuado, se recibió la propuesta de la firma Estudio Guitelman SA; Que, efectuado el análisis de las ofertas presentadas, la Comisión de Preadjudicación, mediante el Dictamen de Evaluación de Ofertas Nº 8/2014 propone preadjudicar el "Servicios profesionales de asesoría estructural para la Obra: Nuevo Parque y Centro de Exposiciones y Convenciones" a las firmas Estudio Guitelman SA por el monto total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS MIL ($ 3.300.000,00.-); Que, no se produjo impugnación alguna al Dictamen de Evaluación de Ofertas; y Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Decreto Reglamentario Nº 95/14 de la Ley 2.095/06 y la Ley 4764. EL MINISTRO DE DESARROLLO URBANO RESUELVE: Art. 1º .-Apruébase la Contratación Directa Nº 4844/2014 realizada al amparo de lo establecido en la Ley 2.095; Art. 2º.-Adjudicase la Contratación Directa de "Servicios profesionales de asesoría estructural para la Obra: Nuevo Parque y Centro de Exposiciones y Convenciones" a la firma Estudio Guitelman SA por el monto total de PESOS TRES MILLONES TRESCIENTOS MIL ($ 3.300.000,00.-); Art. 3º.- Autorízase a la Subgerencia Operativa de Compras Licitaciones y Suministros a emitir la respectiva Orden de Compra; Art. 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ( comuníquese a la Subsecretaría de Proyectos de Urbanismo y arquitectura, la Dirección General de Obras de Arquitectura y remítase a la Subgerencia Operativa de Compras Licitaciones y Suministros dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal para la prosecución de su trámite. Chaín Página Nº 104 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Cultura RESOLUCIÓN N.° 3922/MCGC/14 Buenos Aires, 2 de junio de 2014 VISTO: El E.E Nº 4748399/2014 (DGTALMC), y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 660/2011 y modificatorios, se aprobó la Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que entre otras medidas, el artículo 5 del citado Decreto instituye a partir del 10 de diciembre de 2011, el Régimen Modular de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de este Gobierno; Que según surge de los presentes actuados el Ministerio de Cultura, peticiona el cese a partir del 30 de abril de 2014, de la señora Stella Marís Calderón, D.N.I. 11.062.339, CUIL. 27-11062339-4, como Personal de la Planta de Gabinete de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural; Que por otra parte, el citado Ministerio propicia a partir del 1 de mayo de 2014, la designación de la señora Estela Beatriz Pagani, D.N.I. 11.357.651, CUIL. 27- 11357651-6, como Personal de la Planta de Gabinete que nos ocupa; Que dicho acto administrativo se efectúa teniendo en cuenta las certificaciones obrantes en el presente actuado de acuerdo a lo dispuesto por Resolución Nº 698/MHGC/2008 y sus modificatorias; Que a tal fin resulta necesario dictar la norma legal que posibilite lo requerido. Por ello, conforme las facultades conferidas por el artículo 1, del Decreto N° 638/2007, EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE Artículo 1º .-Cese a partir del 30 de abril de 2014, la señora Stella Marís Calderon, D.N.I. 11.062.339, CUIL. 27-11062339-4, como Personal de la Planta de Gabinete de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, del Ministerio de Cultura, cuya designación fuera dispuesta por Resolución N° 619/MCGC/2012. Artículo 2º .-Designase a partir del 1 de mayo de 2014, a la señora Estela Beatriz Pagani, D.N.I. 11.357.651, CUIL. 27-11357651-6, como Personal de la Planta de Gabinete de la Subsecretaría de Patrimonio Cultural, del Ministerio de Cultura, con 6300 Unidades Retributivas Mensuales, en las condiciones establecidas por el Artículo 5 del Decreto Nº 660/2011, reteniendo sin percepción de haberes partida 5021.0020.P.B.04.305, de la Gerencia Operativa Archivo Histórico, de la Dirección General Patrimonio e Instituto Histórico de la citada Subsecretaría. Artículo 3º .-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Cultura y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Lombardi Página Nº 105 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN N.º 467/EATC/14 Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, las Leyes N° 471, 2.855 y 4.893, el Decreto N° 1.342/08, el Expediente Electrónico Nº 82040190-MGEYA-DGRHEATC y, CONSIDERANDO: Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece en su artículo 43°, que la Ciudad garantiza un régimen de empleo público que asegura la estabilidad y capacitación de sus agentes, basado en la idoneidad funcional y se reconocen y organizan las carreras por especialidad, a las que se ingresa y se promociona por concurso público abierto; Que así también el artículo 32° de la Constitución de la Ciudad, contempla la participación de los creadores y trabajadores y sus entidades, en el diseño y la evaluación de políticas culturales; Que por su parte, la Ley N°471 dispone en su artículo 2°, que las relaciones de empleo público comprendidas en dicha ley se desenvuelven con la sujeción al principio por el cual el ingreso al empleo es por concurso público y abierto (artículo 2°, inc. a y artículo 6°); Que la citada ley dispone como principio de la carrera administrativa que el progreso en la misma se hará a través de mecanismos transparentes de selección y concursos (artículo 31°); Que mediante la Ley 2.855, modificada por la Ley 4.893, se crea el “Ente Autárquico Teatro Colón“, en el ámbito del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera, con la organización y competencias determinadas en esa ley, reglamentándose sus términos mediante el Decreto N° 1.342/08; Que el artículo 26° de la mencionada Ley 2855, dispone que la administración de los recursos humanos del Ente Autárquico Teatro Colón se rige por la Ley N° 471, sus normas reglamentarias, complementarias y modificatorias; Que dicha Ley 2.855 establece entre las funciones que corresponde a la Dirección General y Artística establecer y administrar la dotación de personal (inc. i artículo 14°) y planificar y ejecutar las actividades que correspondan para el desarrollo de los objetivos del Teatro y las actividades de los recursos humanos, físicos, económicos, financieros y patrimoniales (inc. l art. 14°); Que rigen en la materia las disposiciones del Decreto N°720/02, por el cual se aprobó el Reglamento de Trabajo para el personal del Teatro Colón, que se desempeña en los cuerpos escenotécnicos, de servicios auxiliares y los integrantes de los cuerpos artísticos; Que el artículo 16° del citado decreto, prevé que se integrará una Comisión Laboral de Interpretación que estará integrada por dos (2) representantes de los trabajadores y dos (2) representantes por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires quienes deberán concurrir con poderes y representatividad suficiente como así también con la idoneidad requerida y estará llamada a intervenir para elaborar un reglamento en materia de ingresos, concursos, cobertura transitoria de vacantes, giras y cualquier otra cuestión que de común acuerdo se decidiera reglamentar; Página Nº 106 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que de tal manera, con el fin de asegurar la idoneidad en los procedimientos de selección y promoción para el progreso de la carrera administrativa de los agentes a través de mecanismos idóneos de selección y concursos (inciso b del artículo 2º e inciso del b artículo 31º de la Ley 471), resulta conveniente la integración de dicha comisión, para que elabore el reglamento específico que regirá el concurso público y abierto para cubrir los cargos vacantes en el sector Servicios Auxiliares de la Dirección General de Producción Artística del Ente Autárquico Teatro Colón, la nómina de cargos a concursar, las bases para la evaluación de los concursantes y la nomina de jurados; Que el Sindicato Unico de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA) ha designado a dos (2) integrantes de la Dirección General Escenotécnica para integrar dicha comisión, que cumplen con los requisitos previstos en el artículo 16° del Decreto 720/02; Que así también, corresponde la designación de dos (2) funcionarios en representación de esta Administración; Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal ha tomado intervención en el marco de su competencia. Por ello y en uso de las facultades conferidas por la Ley 2.855, EL DIRECTOR GENERAL Y ARTISTICO DEL ENTE AUTARQUICO TEATRO COLON RESUELVE Artículo 1º.- Desígnase como integrantes de la Comisión Laboral de Interpretación prevista en el artículo 16º del Decreto N° 720/02, a los agentes Ricardo Nelson García DNI Nº 13.108.509 y María Cristina Lopez DNI Nº 16.975.526 en representación de los trabajadores y a la Srta. Kathia Osorio Niño DNI N° 19.003.509 y el Sr. Pokorny Gabriel Francisco DNI Nº 20.213.893 en representación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, quienes elaborarán el reglamento y los anexos del concurso público abierto para cubrir los cargos vacantes existentes en el sector Servicios Auxiliares de la Dirección General de Producción Artística del Ente Autárquico Teatro Colón. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Sindicato Unico de Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA) y a la Dirección Ejecutiva, la Gerencia General y a las Direcciones Generales de Producción Artística, Técnica Administrativa y Legal y de Recursos Humanos del Ente Autárquico Teatro Colón. Cumplido, archívese. García Caffi Página Nº 107 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Desarrollo Social RESOLUCIÓN N.° 676/MDSGC/14 Buenos Aires, 23 de julio de 2014 VISTO, la Ley 114 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Resolución 1282- MDSGC/2012, el EX -2014 - 8962455-MGEYA-DGNYA, y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución 1282-MDSGC/12, fue aprobada la Convocatoria a Organizaciones de la Sociedad Civil para la presentación de proyectos de atención para niñas, niños y adolescentes entre 12 y 18 años de edad, con la modalidad de atención y derivación, establecimiento Parador terapéutico o Casa abierta las 24 horas a efectuarse en el inmueble sito en la calle Mario Bravo 966 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, en virtud de ello fue oportunamente seleccionada la Asociación Civil La Casona de los Barriletes para la ejecución del proyecto correspondiente, habiéndose suscripto a tal efecto el Acta de Tenencia Precaria, Registro N° 13698 de fecha 17 de julio de 2013 y el respectivo Convenio, Registro N° 13699 de fecha 17 de julio de 2013; Que, dichos compromisos fueron asumidos, respetados y ejecutados por la mencionada Institución, con responsabilidad, compromiso e idoneidad, conforme lo establecido en las pautas estipuladas en la normativa creada a tal efecto. Que, en este marco y habida cuenta de la finalización de la Tenencia Precaria y Gratuita suscripta el 01 de junio de 2013, Registrada bajo el Nº 13698 con fecha 17 de julio de 2013, resulta necesario convalidar la ocupación del inmueble sito en la calle Mario Bravo Nº 966 de esta ciudad, por la Asociación Civil La Casona de los Barriletes, desde el 01 de junio de 2014, entrada en vigencia de la presente; Que, como consecuencia de ello y habida cuenta que la Institución de referencia ha prestado un servicio de alta calidad profesional e institucional, y a fin de asegurar la continuidad de la prestación del servicio para la prosecución de las actividades en procura de dar protección efectiva a los derechos de niñas, niños y adolescentes, beneficiarios del mismo, es menester la prorroga del Acta de Tenencia Precaria y Convenio, mediante el cual la Institución garantice proporcionar a las niñas, niños y adolescentes la protección y cuidado que sean necesarios teniendo en cuenta el interés superior de los mismos; Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias, LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL RESUELVE Artículo 1°.- Convalídase la ocupación del inmueble sito en la calle Mario Bravo Nº 966 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por la Asociación Civil La Casona de los Barriletes. Artículo 2º.- Prorróguese el permiso de Tenencia Precaria y Gratuita, Registro N° 13698 de fecha 17 de julio de 2013 del inmueble sito en calle Mario Bravo 966 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el convenio, Registro N° 13699 de fecha 17 de julio de 2013, a favor de la Asociación Civil La Casona de los Barriletes, hasta tanto se efectivice la selección de la ONG, en virtud de la Convocatoria a realizarse por la Dirección General de Niñez y Adolescencia. Artículo 3°.- Llámese a Convocatoria dentro de los 30 días de suscripción de la presente, en el marco y conforme los términos de la Resolución 1282-MDSGC-2012.- Página Nº 108 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, notificación y demás efectos pase a la Subsecretaría de Promoción Social, Dirección General de Niñez y Adolescencia, Consejo de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. Cumplido, Archívese. Stanley Página Nº 109 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Desarrollo Económico RESOLUCIÓN N.º 429/SSECRE/14 Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO la Disposición Nº 558-DGINC-2014 y el Expediente Electrónico N° 4302284-DGINC- 2014; CONSIDERANDO: Que por la Disposición N° 558-DGINC-2014 se autorizó la realización de seis fiestas itinerantes que se desarrollarán durante los días domingo desde el mes de julio y hasta el mes de Noviembre del 2014; Que, de acuerdo a lo informado por el area que desarrolla el evento la fiesta correspondiente al sábado 30 de agosto que se desarrollaría en la calle Villarino entre Gonçalves Dias y San Antonio en el horario de 11 a 20 hs con entrada libre y gratuita, deberá modificarse por razones organizativas; Que, a los fines de dar cumplimiento a las actividades proyectadas, es imprescindible modificarse el lugar de realización de la citada fiesta en la calle Iriarte entre Vieytes y San Antonio en el mismo día y horario; Que atento la renuncia de la Sra. Marisa Delia Bircher en su cargo de Directora General de la Dirección General de Industrias Creativas dependiente de la Subsecretaria de Economía Creativa conforme Decreto Nro.78/2014, corresponde, a fin de asegurar la celeridad, economía, sencillez y eficacia de los trámites administrativos del referido organismo, avocarse en la competencia; Que, en atención a ello y en uso de las facultades legales que le son propias, EL SUBSECRETARÍO DE ECONOIMIA CREATIVA RESUELVE: Artículo 1° - Modifíquese el lugar destinado para la realización de la fiesta itinerante, establecida por Disposición N° 558-DGINC-2014, a desarrollarse el sábado 30 de agosto en la calle Iriarte entre Vieytes y San Antonio en el horario de 11 a 20 horas con entrada libre y gratuita. Artículo 2°- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese al Ministerio de Desarrollo Económico. Cumplido, archívese. Avogadro Página Nº 110 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Ambiente y Espacio Público RESOLUCIÓN N.° 1257/MAYEPGC/14 Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: Los Decretos Nº 67/10, Decreto N° 501/12, Resolución N° 51/MHGC/10, Resolución Nº 18/MHGC/MJGGC/SECLYT/12, Resolución Conjunta N° 10/SECLYT/13, la Disposición Nº 9/DGC/10, Disposición N° 183/DGCG/13 y el Expediente Electrónico Nº 7795060/SSUEP/14 y CONSIDERANDO: Que por los presentes actuados tramita el cese, la designación y confirmación de los responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en Concepto de Caja Chica Común y Gastos de Movilidad de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que por el Decreto Nº 67/10, se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el Decreto N° 501/12 aprueba el régimen de asignación de gastos de movilidad, procedimiento administrativo electrónico para trámites de solicitud, rendición y devolución de gastos de movilidad; Que la Resolución N° 51/MHGC/10 aprueba la reglamentación del Decreto N° 67/2010; Que por la Resolución 18/MHGC/MJGGC/SECLYT/12 se procedió a establecer el nuevo régimen de procedimiento de solicitud, rendición y devolución de gastos por movilidad, así como el procedimiento de designación de responsables de dichos fondos; Que la Resolución Conjunta N° 10/SECLYT/13 establece el procedimiento de Solicitud, Rendición y Reposición de Caja Chica Común; Que la Disposición Nº 9/DGCG/10 aprobó los procedimientos para las asignaciones en concepto de Caja Chica, Caja Chica Especial y Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que la Disposición N° 183/DGCG/13 modifica los Anexos I, II, III, IV, V, VI, VII, X y XI, de la Disposición N° 9/DGCG/10; Que en el Artículo 12 de la Resolución N° 51/MHGC/10 y en el punto 2 del Anexo I de la Disposición N° 9/DGCG/10 y la Disposición N° 183/DGCG/13 se establece que “los responsables de los fondos deberán ser como mínimo dos, de los cuales al menos uno de ellos deberá ser personal de planta permanente. Cuándo el máximo responsable de la Unidad de Organización no pueda cumplir con el requisito de designar al menos un agente de planta permanente como responsable de los fondos, deberá solicitar la excepción -debidamente fundada- a la máxima autoridad de la Jurisdicción y Organismo Descentralizado, la que podrá autorizarla de considerarlo conveniente en el mismo Acto Administrativo de designación o de otorgamiento de fondo“. Que por medio del Expediente Nº 7795060/SSUEP/14 la Subsecretaría de Uso del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público comunica el cese y la designación de responsables de rendición de fondos y solicita la excepción de designar a personal de planta permanente como responsable de fondos asignados en concepto de caja chica común; Que atento lo expuesto, y a los fines que la Subsecretaría de Uso del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público pueda contar con la libre disposición de los fondos correspondientes a la Caja Chica Común y Gastos de Movilidad resulta necesario designar a los funcionarios responsables de la administración y rendición de los mismos. Página Nº 111 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Por ello, en uso de las facultades legales conferidas por la Ley 4.013 y el Decreto 488/GCBA/2013 EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE Artículo 1º.- Cesen como responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público los Señores Marcelo Naveiro, DNI N° 23.804.367 y Juan Vacas, DNI N° 26.873.064, quienes fueran designados mediante Resolución N° 75-MAYEPGC/12 y ratificados por Resolución N° 447/MAYEPGC/12. Artículo 2º.- Cese como responsable de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Movilidad de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público el Señor Marcelo Naveiro, DNI N° 23.804.367, quien fuera designado mediante Resolución N° 75- MAYEPGC/12 y ratificados por Resolución N° 447/MAYEPGC/12. Artículo 3°.- Exceptúese de nombrar como responsables de fondos en concepto de Caja Chica Común a personal de Planta Permanente de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público, de acuerdo a los términos del Artículo 12 del Anexo de la Resolución N° 51-MHGC/10. Artículo 4°.- Desígnese como responsable de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público a Agustina Ezeberry, DNI N° 32.917.837. Artículo 5°.- Desígnese como responsable de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Movilidad de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público a Elba del Cármen Cardozo, DNI N° 13.924.702, F.M. N° 285.863. Artículo 6°.- Ratifíquese como responsable de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común y Movilidad de la Subsecretaría de Uso del Espacio Público de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público al señor Patricio Di Stefano, DNI N° 28.462.986, quien fuera designado mediante Resolución N° 075/MAYEPGC/12 y ratificado mediante Resolución N° 447/MAYEPGC/12. Artículo 7º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Dirección General Contaduría del Ministerio de Hacienda y al Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido archívese. Cenzón RESOLUCIÓN N.° 1258/MAYEPGC/14 Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: las Leyes Nros. 992, 1854 y 4013, los Decretos Nros. 424/09, 639/07, las Resoluciones Nros. 971- MAYEPGC/09, 745-MAYEPGC/11, 568-MAYEPGC/12, 482- MAYEPGC/2013, 2-MAYEPGC/14, 196- MAYEPGC/2014, 979-MAyEPGC/2014, 533- MAYEPGC/14, el Expediente Electrónico Nº 7997967- DGREC/2014, y CONSIDERANDO: Página Nº 112 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que, por el actuado citado en el Visto, tramita la solicitud formulada por la Cooperativa de Trabajo Baires Cero Con Limitada solicitando un nuevo incremento del monto del subsidio oportunamente otorgado en el marco del "Subproyecto de Logística Vehicular para el Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Secos", vinculado con el "Proyecto Integral de Recolección Diferenciada de Residuos Sólidos Urbanos Secos", aprobado por Resolución N° 568-MAYEPGC/2012, ampliado posteriormente mediante diversos actos administrativos y prorrogado por todo el año 2014 por Resolución N° 2- MAYEPGC/2014; Que, es dable citar como antecedente del caso, que por la Ley N° 992, se declara Servicio Público a los Servicios de Higiene Urbana de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y, se prevé la incorporación de los recuperadores de residuos reciclables al proceso de recolección diferenciada en el Servicio de Higiene Urbana vigente, así como el cumplimiento de los objetivos que específicamente la norma enumera; Que, en el particular, dicha norma creó el Registro Único Obligatorio Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR) y el Registro Permanente de Cooperativas y Pequeñas y Medianas Empresas (REPyME); Que, asimismo, la citada Ley dispone la implementación de programas de actuación y capacitación destinados a todos los inscriptos en el Registro Único Obligatorio Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR), con el objeto de proteger la salud, la higiene y la seguridad laboral durante el ejercicio de la actividad, como así también, promocionar una adecuada planificación de la actividad, con miras a evitar que su desarrollo redunde en menoscabo de la limpieza e higiene de la Ciudad; Que, a su vez, mediante la Ley N° 1854, de "Gestión integral de residuos sólidos urbanos - Basura Cero", se estableció como uno de sus objetivos generales el de desarrollar instrumentos de planificación, inspección y control con participación efectiva de los recuperadores urbanos, que favorezcan la seguridad, eficacia, eficiencia y efectividad de las actividades de gestión de los residuos; Que, en el Capítulo XII de la citada norma, el Artículo 43 determina que: "Tendrán garantizada la prioridad e inclusión en el proceso de recolección y transporte de los residuos sólidos urbanos secos y en las actividades de los centros de selección, los recuperadores urbanos, en los términos que regula la Ley N° 992, los que deberán adecuar su actividad a los requisitos que establece la presente, de acuerdo con las pautas que establezca la reglamentación, impulsando su adecuación y de acuerdo con los diferentes niveles de organización que ostenten, con la asistencia técnica y financiera de programas dependientes del Poder Ejecutivo"; Que, a continuación, el Artículo 44 dispone que "La Ciudad adoptará las medidas necesarias para establecer líneas de crédito y subsidios destinados a aquellas cooperativas de recuperadores urbanos inscriptas en el Registro Permanente de Cooperativas y de Pequeñas y Medianas Empresas (REPyME)..."; Que, en su Artículo 48, la Ley N° 1854 dispone que "Es autoridad de aplicación de la presente el organismo de más alto nivel con competencia en materia ambiental que determine el Poder Ejecutivo"; Que el incremento del subsidio solicitado se enmarca en las previsiones del Decreto N° 424/09, mediante el cual se creó el "Programa para Entes dedicados a la Recuperación de Materiales Reciclables y Reutilizables, en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", destinado a subsidiar a los Recuperadores Urbanos inscriptos en el Registro Único Obligatorio Permanente de Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR) y a las Cooperativas que se dediquen a la recuperación y al reciclado de productos y materiales dentro del ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, inscriptas en el Registro Permanente de Cooperativas y Pequeñas y Medianas Empresas (REPyME), en todo lo que resulte necesario para el adecuado cumplimiento de la actividad principal por ellas desarrollada; Página Nº 113 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que, por su parte, resulta oportuno recordar que, mediante Resolución N° 899- MAyEPGC/2012, se aprobó el Concurso Público N° 1-SIGAF/2010, referente al “Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos - Fracción Secos“, adjudicándose a la Cooperativa de Trabajo Baires Cero Con Limitada las Zonas Nro. 09 y 10 establecidas en el aludido procedimiento; Que, en este marco, mediante Resolución N° 745-MAyEPGC/11, se aprobó el "Proyecto Integral de Recolección Diferenciada de Residuos Sólidos Urbanos Secos", presentado por la Cooperativa de Trabajo Baires Cero Con Limitada; Que, posteriormente, mediante Resolución N° 568-MAYEPGC/12, se incorporó al mismo el "Subproyecto de Logística Vehicular para el Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Secos"; Que, mediante el actuado citado en el Visto, se presenta la precitada Cooperativa, solicitando un nuevo incremento en el monto del subsidio oportunamente otorgado mediante Resolución N° 568/MAyEPGC/12 y modificado posteriormente mediante diversos actos administrativos, siendo el último el aprobado mediante Resolución N° 979/MAYEPGC/14, a los fines de hacer frente a los costos operativos derivados de las sumas percibidas por los operarios y choferes; Que, en cumplimiento de la normativa vigente, mediante su Informe N° 8120948- DGREC/14 y su Providencia N° 8662017-DGREC/14, la Dirección General Reciclado manifiesta que, tal como se procedió a notificar a la Cooperativa solicitante con fecha 15 de mayo del corriente, a través de la Licitación Pública N° 2911-SIGAF/2013 tramitó la contratación para la "Provisión de Combustible, con destino a los Automotores Asignados a la Función Pública de la Dirección General de Reciclado, y la Adquisición de Tarjetas Electrónicas para la Provisión de Combustible", adjudicada mediante Resolución N° 553- MAyEPGC/2014 a la firma EDENRED ARGENTINA S.A.; Que, seguidamente, la Dirección General Reciclado, manifiesta que la contratista detallada comenzará con la prestación del servicio de provisión de combustible a partir del mes de Junio de 2014; Que, por otro lado, luego de evaluar los fundamentos del requerimiento efectuado, la necesidad mencionada y analizar la viabilidad del pedido, procede a admitirlo dentro de los límites y de acuerdo con las condiciones que allí propone, entendiendo que corresponde incrementar el subsidio solicitado, en PESOS VEINTIUN MIL ($21.000.-) mensuales, a partir del mes de Enero del 2014, haciendo un total de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHO ($264.508,00.-) mensuales a partir del mes de Enero de 2014; Que, no obstante, en el citado informe expresa que corresponde disminuir, a partir del mes de Junio de 2014, el monto del subsidio otorgado en el marco del Subproyecto en cuestión en concepto de gasoil, toda vez que el rubro de combustible ha dejado de ser subsidiado, siendo que será prestado por la contratista EDENRED ARGENTINA S.A., en un todo de acuerdo a lo expuesto anteriormente; Que, en consecuencia, deberá disminuirse el monto total del subsidio percibido en la suma de PESOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO ($30.858.-) a partir del mes de Junio de 2014, estableciéndose el monto total del subsidio otorgado en el marco del Subproyecto mencionado, en la suma de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($233.650.-) mensuales; Que, en el Informe y en la Providencia mencionados, la Dirección General Reciclado explica que el subsidio en cuestión tiene por finalidad permitir la viabilidad económica en el aspecto logístico, de las actividades de recolección diferenciada de residuos sólidos urbanos que la Cooperativa lleva a cabo desde hace tiempo en diversas áreas de esta Ciudad, con el consiguiente beneficio que de ello deriva tanto para el ambiente como para los vecinos; Que, continua exponiendo que, tal como describe la Cooperativa en su requerimiento, el monto percibido en la actualidad resulta insuficiente para cubrir gastos esenciales como ser el de los sueldos de los choferes y operarios de los rodados, los cuales han sufrido una notable devaluación producto de la inflación generalizada de los precios; Que, a su vez, dicha Dirección General indica que la aludida Cooperativa ha cumplido con los requisitos formales establecidos en la Resolución N° 971-MAYEPGC/2009; Página Nº 114 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que, no obstante lo expuesto, cabe supeditar el efectivo desembolso del subsidio a la previa suscripción de una Addenda al Convenio oportunamente suscripto entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representado por el Director General de Reciclado, y la Cooperativa de Trabajo Baires Cero Con Limitada, mediante el cual se acuerden las condiciones que dicha Cooperativa deberá cumplir antes y después del otorgamiento efectivo del subsidio, así como otros aspectos vinculados con la operación; Que, conforme surge de las constancias agregadas en los presentes actuados, obra la debida intervención de la Subsecretaría de Higiene Urbana; Que el artículo 14° de la Ley N° 4013 faculta a los señores Ministros a delegar la resolución de asuntos relativos al régimen económico y administrativo de sus respectivas áreas en los funcionarios que determinen conforme con su organización. Que, en virtud de lo expuesto, corresponde el dictado del acto administrativo que disponga el incremento del subsidio otorgado. Por todo lo expuesto, y en virtud de las facultades conferidas mediante el Decreto N° 424/09, EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE Artículo 1º.- Increméntase en el monto de PESOS VEINTUMIL ($21.000.-), a partir del mes de Enero del 2014, el subsidio otorgado a la Cooperativa Baires Cero Con Limitada en el marco del "Subproyecto de Logística Vehicular para el Servicio de Recolección de Residuos Sólidos Urbanos Secos", aprobado mediante la Resolución N° 568-MAyEPGC/2012, ampliado mediante diversos actos administrativos y prorrogado por todo el año 2014 mediante la Resolución N° 2/MAYEPGC/2014, haciendo un total de hasta la suma de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS OCHO ($264.508,00.-) mensuales a partir del mes de Enero del 2014. Artículo 2º.- Establécese en la suma total de PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($233.650.-) mensuales a partir del mes de Junio de 2014 en razón de la disminución del monto de PESOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO ($30.858.-) concedido en concepto de gasoil, el subsidio otorgado a la Cooperativa de Trabajo Baires Cero Con Limitada en el marco del Subproyecto mencionado en el artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 3º.- Supedítase la vigencia de lo dispuesto en el artículo 2º de la presente Resolución a la suscripción de una Addenda al convenio suscripto con la Cooperativa de Trabajo Baires Cero Con Limitada, a los efectos de acordar las condiciones en las que el aumento será efectivizado, su destino y demás circunstancias concernientes a su efectiva implementación. Artículo 4º.- A los efectos indicados en el artículo 2º de la presente Resolución, apruébase el texto de la Addenda a ser suscripta por el Director General de Reciclado y la Cooperativa de Trabajo Baires Cero Limitada, que como Anexo I (IF -.09147750- DGTALMAEP) forma parte integrante de la presente. Artículo 5º.- Páguense oportunamente los importes del impuesto establecido por el Artículo 1º de la Ley Nacional Nº 25.413, en lo que específicamente se vincule con los montos totales que mensualmente corresponda depositar para el efectivo pago del subsidio precedentemente aprobado, así como las comisiones bancarias correspondientes. Artículo 6º.- Impútese el gasto a la partida presupuestaria correspondiente del ejercicio en curso. Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Dirección General Reciclado dependiente de este Ministerio, y a las Direcciones Generales Contaduría y Tesorería. Asimismo, notifíquese a la Cooperativa beneficiaria del subsidio en cuestión. Cumplido, archívese. Cenzón Página Nº 115 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ANEXO RESOLUCIÓN N.° 1260/MAYEPGC/14 Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Leyes Nros. 471, 2718, el Decreto N° 1550/08, Expediente Electronico N° 5568393- DGEV/2014, y CONSIDERANDO: Que, por Ley N° 471, se aprobó la Ley de Relaciones Laborales en la Administración Publica de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la cual regula, entre otros aspectos, el régimen de licencias para los agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que, por la ley N° 2718, se modificó el artículo 16° "Licencias" del Capítulo VI de la precitada Ley N° 471; Que por Decreto N°1550/08, se delega en los señores Ministros del Poder Ejecutivo la facultad de autorizar de forma excepcional la ausencia sin goce de haberes a los agentes comprendidos en la ley N°471; Que por la actuación citada en el Visto, tramita la solicitud de una licencia sin goce de haberes por el término de (1) año, desde el 2 de Junio de 2014, de la agente Matlide Amancay Mamani, CUIL N° 27- 31059921-8, perteneciente a la Dirección General Espacios Verdes, dependiente de la Subsecretaria de Mantenimiento del Espacio Publico de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público, atento haber sido designada como ayudante primero suplente con dedicacion exclusiva de la cátedra de Acuicultura del Departamento de Producción Animal, en la Facultad de Agronomia de la Universidad de Buenos Aires; Que, asimismo, cabe señalar que la licencia sin goce de haberes solicitada no encuadra en ninguna de las licencias previstas por el régimen legal vigente; Que, el otorgamiento de la presente licencia, no altera el normal proceso de las tareas desarrolladas por la Dirección General Espacios Verdes dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que, por lo tanto resulta procedente dictar el acto administrativo que conceda la licencia requerida. Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por el artículo 1° del decreto N°1550/08, EL MINISTRO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE Artículo 1º.- Otórguese licencia sin goce de haberes a la agente Matilde Amancay Mamani, C.U.I.L. N°27- 31059921-8, perteneciente a la Dirección General Espacios Verdes dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, por el término de un (1) año, desde el 2 de Junio de 2014 y hasta el 2 de junio de 2015, ambas fechas inclusive, conforme el Decreto N° 1550/08.- Artículo 2º.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Espacios Verdes dependiente de la Subsecretaría de Mantenimiento del Espacio Público de este Ministerio de Ambiente y Espacio Público, para la fehaciente notificación de la agente, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaria de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización. Cumplido, archívese. Cenzón Página Nº 116 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN N.º 107/SSHU/14 Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el marco del expediente N° 05057276/2013.- CONSIDERANDO: Que, por el expediente consignado en el visto, tramita la presentación efectuada por el Sr. Guillermo Javier Grillo Ciocchini, DNI. 21.543.342, invocando el carácter de titular de Dominio del vehículo marca Ford Galaxy, Dominio THH 584, en virtud de la cual solicita el resarcimiento económicos por los daños que habría surgido dicho rodado, como consecuencia de un accidente acontecido en la calle Forest al 400.- Que, a orden n° 3, el Sr. Grillo Ciocchini, manifiesta haber sufrido daños materiales, a efectos de demostrar los cuales acompaña fotos del vehículo dañado.- Que a orden n° 7, se da intervención a la Dirección General de Limpieza para que la misma se sirva emitir opinión del caso. Que a orden n° 14, la empresa AESA contesta la Orden de Servicio n° 2816-14 - en fecha 5 de junio de corriente - , expresando que por no constarle, niega la existencia de los hechos alegados por los denunciante, no contando con ningún registro sobre la producción de tal evento. Asimismo expresa que las fotografías adjuntadas en la denuncia no constituyen prueba suficiente de los daños siempre que no permiten acreditar su veracidad, por lo que niegan la autenticidad de las mismas. Que a orden n° 19, se le ha dado intervención a la Procuración General de la Ciudad a fin de que indique el temperamento a seguir en el presente caso; Que la misma manifiesta que: "Por todo lo expuesto, aún cuando el hecho denunciado efectivamente se hubiera producido -circunstancia ésta no acreditada en autos-, considero que esta Administración no debe asumir ningún tipo de responsabilidad por sus consecuencias, motivo por el cual deberá rechazarse lo peticionado". "Asimismo, se le hará saber al peticionante que si eventualmente se considera con derecho podrá enderezar su petición contra la empresa AESA Aseo y Ecología SA- Fomento de Construcciones y Contratas SA - UTE, o bien contra la aseguradora que haya contratado oportunamente". En materia de legitimación la regla general es que el actor debe probarla. En principio, el actor debe probar la calidad por la cual acciona y que postula en su petición, en tanto aquella constituye uno de los presupuestos esenciales de su derecho indemnizatorio. Por ello, compartiendo el criterio manifestado por el Órgano Asesor de la Constitución y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 2075/GCBA/07 y modificatorios, y; EL SUBSECRETARIO DE HIGIENE URBANA DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PUBLICO RESUELVE Artículo 1°.- Rechácese en todos sus términos la solicitud efectuada por el Sr. Guillermo Javier Grillo Ciocchini, DNI N° 21.543.342; Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifíquese al interesado y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Cumplido Archívese. Campos Página Nº 117 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN N.º 117/SSADM/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Resolución N°110-SSADM/14, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución N° 110-SSADM/14 se aprobó el el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, para la "Adquisición de Cestos papeleros plásticos de 50/55 litros y contenedores de 240 litros", con destino a la Dirección General Limpieza del Ministerio de Ambiente y Espacio Público; Que, asimismo, por dicho acto administrativo se llamó a Licitación Pública Nº 8503- 0401-LPU14, cuya apertura se llevará a cabo el día 7 de agosto de 2014 a las 12:00 horas, al amparo de lo establecido en el artículo 31º, 32º primer párrafo, de la Ley Nº 2095, su modificatoria la Ley N° 4764 y su Decreto Reglamentario N°95-GCABA/2014; Que dicha Resolución adolece de un error material e involuntario en su artículo 1°, al consignar el número de Informe de los Anexos I y II, correspondientes al Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Pliego de Especificaciones Técnicas; Que sobre el particular, el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, establece que "En cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión"; Que debe tenerse presente que el efecto que produce es retroactivo; Que entre los supuestos en que la doctrina admite la retroactividad podemos citar a "Los actos que corrigen errores materiales. Tienen efecto retroactivo pues no crean una situación jurídica nueva sino que reconocen la preexistencia de una situación determinada formando así una unidad el acto rectificatorio con el rectificado". (Dr. Tomás Hutchinson, Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires, Comentario exegético del Decreto Nº 1510/1997, Jurisprudencia aplicable ED. Astrea s. As. 2003, pág.106); Que en virtud de lo expuesto corresponde proceder a la rectificación del artículo 1° de la Resolución N °110-SSADM/14; Que en atención a ello corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello, EL SUBSECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO RESUELVE Artículo 1°.- Rectifícase el artículo 1° de la Resolución N° 110-SSADM/14, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas que como Anexos I (PLIEG N° 9000790-SSADM/2014) y II (IF N° 9001283-SSADM/2014) forman parte de la presente, para la "Adquisición de Cestos papeleros plásticos de 50/55 litros y contenedores de 240 litros", con destino a la Dirección General Limpieza del Ministerio de Ambiente y Espacio Público.". Página Nº 118 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el Sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y en el Portal Web: www.buenosairescompras.gob.ar. Exhíbase copia de la presente Resolución en la Cartelera de la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Comuníquese a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda y a la Dirección General Limpieza. Cumplido, remítase a la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones del Ministerio de Ambiente y Espacio Público, en prosecución del trámite. Greco Página Nº 119 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Modernización RESOLUCIÓN N.° 513/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 4013, los Decretos Nros. 684/2009, 335/2011, 571/2011, 660/2011 y sus modificatorios y el E.E. N° 4262660/2014 (DGPyCG), y CONSIDERANDO: Que por Decreto Nº 684/2009, se aprobó el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que sería de aplicación en los organismos del Poder Ejecutivo; Que posteriormente por Decreto Nº 335/2011, se modifica el artículo 3, del Decreto Nº 684/2009, el cual especifica que los cargos Gerenciales se dividirán en dos niveles que se denominarán "Gerencia Operativa" y "Subgerencia Operativa", a los que les corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras organizativas de este Gobierno; Que oportunamente por el artículo 4 del Decreto Nº 571/2011, se autorizó al Secretario de Recursos Humanos a disponer la cobertura transitoria de los cargos Gerenciales, su duración y a fijar el plazo dentro del cual deberán convocarse los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición para los cargos de los mismos; Que por la Ley N° 4013, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios, fue aprobada la estructura organizativa, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, incluyendo los cargos para los niveles de Gerentes y Subgerentes, entre otros, del Ministerio de Educación; Que en consecuencia el precitado Ministerio propicia a partir del 1 de julio de 2014, la designación del Dr. Néstor Horacio Cioffi, D.N.I. 20.520.175, CUIL. 20-20520175-1, como Gerente Operativo, de la Gerencia Operativa Control de Gestión, de la Dirección General Planeamiento y Control de Gestión, de la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, en forma transitoria, hasta tanto se realice la convocatoria para los concursos públicos y abiertos de antecedentes y oposición; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad del personal propuesto para la cobertura del cargo transitorio, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley Nº 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en dicha situación de revista y realizado el alta que fuera necesaria para incorporar a la persona propuesta para la cobertura del cargo Gerencial transitorio en cuestión; Por ello, EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE Artículo 1.- Desígnase con carácter transitorio, a partir del 1 de julio de 2014, al Dr. Néstor Horacio Cioffi, D.N.I. 20.520.175, CUIL. 20-20520175-1, como Gerente Operativo, de la Gerencia Operativa Control de Gestión, de la Dirección General Planeamiento y Control de Gestión, de la Subsecretaría de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos, del Ministerio de Educación, Partida 5518.0030.W.08, de acuerdo con lo establecido por los Decretos Nros. 684/2009 y 335/2011. Página Nº 120 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Educación, a la Dirección General Planeamiento y Control de Gestión, a la Subsecretaría de Gestión Económica Financiera y Administración de Recursos y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Ibarra RESOLUCIÓN N.º 94/SSGPM/14 Buenos Aires, 24 de julio de 2014 VISTO: La Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires, el Decreto N° 224/13, y el Informe N° IF-2014-8968523-SSGPM y CONSIDERANDO: Que por Expediente N° EX-2014-7847354-DGMAD tramita el contrato de locación de obra de la Sra. María Constanza Niebuhr, DNI 36.172.276, para prestar servicios en el ámbito de la Dirección General de Modernización Administrativa de la Subsecretaría de Gestión de Proyectos de Modernización; Que el citado requerimiento encuadra en los términos del Decreto Nº 915/09 y su modificatorio N° 224/13, por el cual se establece el Régimen para la Contratación bajo la figura de Locación de Servicios y de Obra; Que la Dirección General Técnica y Administrativa ha realizado el control de incompatibilidades sin tener observaciones que formular a la contratación propiciada. Por ello, en uso de las facultades que les son propias, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE PROYECTOS DE MODERNIZACIÓN RESUELVE: Artículo 1°.- Autorízase la contratación de la Sra. María Constanza Niebuhr, DNI 36.172.276, como locador de obra en el ámbito de la Dirección General de Modernización Administrativa de la Subsecretaría de Gestión de Proyectos de Modernización, en el modo y forma que se detalla en el Anexo (IF-2014- 8968523- SSGPM) adjunto que forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Delégase en el titular de la Dirección General de Modernización Administrativa la suscripción del contrato de locación de obra aludido en el Artículo 1° de la presente. Artículo 3°.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importes mensuales en cada Orden de Pago correspondiente. Artículo 4°.- Los importes a abonarse se depositarán en la caja de ahorro del Banco Ciudad de Buenos Aires, cuyos datos serán comunicados a la Dirección General de Tesorería por la repartición en la cual prestan servicios los contratados. Artículo 5°.- Comuníquese a la Dirección General de Contaduría General del Ministerio de Hacienda, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos y a la Dirección General Técnica, Administrativa del Ministerio de Modernización. Cumplido archívese. Martelli ANEXO Página Nº 121 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Gobierno RESOLUCIÓN N.° 11/CUMAR/14 Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: El Decreto N°67/GCABA/2009, las Resoluciones N°51/MHGC/10, N°74/MHGC/2013, la Disposición N °9/DGCG/10, y el Expediente N°01655065/2014, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto N° 67/GCABA/10 se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que impliquen el pago de obligaciones, la ejecución de gastos mediante los mismos, sus rendiciones y condiciones de aprobación; Que mediante la Resolución N°51/MHGC/10 se aprobó la reglamentación del mencionado Decreto; Que la Disposición N° 9/DGCG/10 aprobó los procedimientos para las asignaciones en concepto de Caja Chica, Caja Chica Especial y Fondo con cumplimiento del Régimen de Compras y Contrataciones; Que la misma establece que se deberán aprobar, junto con la aprobación del gasto efectuado por la Unidad de Organización, las planillas del Anexo III de la citada Disposición; Que por la Resolución N° 64/MGOBGC/13 se designó a los responsables de la administración y rendición de los fondos otorgados en concepto de Caja Chica Común y Gatos de Movilidad a la Unidad de Proyectos Especiales Cuenca Matanza - Riachuelo (UPE CUMAR) del Ministerio de Gobierno. Que los gastos efectuados por la Unidad de Proyectos Especiales Cuenca Matanza Riachuelo (UPE CUMAR) del Ministerio de Gobierno, se realizaron de conformidad con los artículos 4 y 10 del citado Decreto 67/GCABA/10. Que asimismo, se han respetado los montos máximos por comprobante que establece la Resolución N° 107/MHGC/2014; Que el presente gasto cuenta con el correspondiente respaldo presupuestario; Que corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el gasto en cuestión. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Decreto N° 67/GCABA/10 y la Disposición N° 9/DGCG/10; LA TITULAR DEL ORGANISMO FUERA DE NIVEL UNIDAD DE PROYECTOS ESPECIALES CUENCA MATANZA - RIACHUELO DEL MINISTERIO DE GOBIERNO RESUELVE Artículo 1°.- Apruébese los Gastos efectuados en concepto de Caja Chica Común de la Unidad de Proyectos Especiales Cuenca Matanza - Riachuelo (UPE CUMAR) del Ministerio de Gobierno, N°03/2014 por la suma de PESOS NUEVE MIL CINCUENTA Y CUATRO CON 33/100 CON 00/100 ($ 9.054,33.-) y las Planillas de Resumen de Rendición, IF- 2014-09159328 -CUMAR que como anexo firma Conjunta, forman parte de la presente.- Artículo 2°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y comuníquese a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Gobierno mediante copia autenticada fiel en el cuerpo del actuado de rendición en procura de la reposición del monto invertido. Cumplido, Archívese. Lospennato ANEXO Página Nº 122 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Agencia Gubernamental de Control RESOLUCIÓN N.° 449/AGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: LA LEY Nº 2.624, EL DECRETO Nº 530/GCABA/12, LAS RESOLUCIONES Nº66/AGC/13 Y Nº 144/AGC/13, Y CONSIDERANDO: Que por la Ley 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control (AGC), como ente autárquico en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que conforme lo dispuesto en la Resolución Nº 66/AGC/13 y sus modificatorias, se estableció la estructura orgánico funcional de la AGC, en comunión con las previsiones legales de la Ley Nº 2.624; Que en virtud del Decreto Nº 530/GCABA/12, se designó a quien suscribe Juan José Gómez Centurión, DNI N° 12.522.145, CUIL N° 23-12522145-9, como Director Ejecutivo de la Agencia Gubernamental de Control, quien se ausentará por el período comprendido entre el día 28 de julio de 2014 y 03 de agosto de 2014, ambos inclusive; Que de acuerdo con el Art. 5º inc. G) de la Ley Nº 2.624, el Director Ejecutivo se encuentra facultado para delegar, a través de los actos administrativos correspondientes, las facultades en los directores generales y personal superior de la Agencia; Que mediante la Resolución Nº 144/AGC/13, se designó a cargo de la Dirección General Legal y Técnica de ésta Agencia Gubernamental de Control, al Sr. Roberto Enrique Padilla (CUIT 23-16821984-9); Que en virtud de ello, resulta necesario encomendar la firma del despacho de la Dirección Ejecutiva de la AGC desde el día 28 de julio de 2014 hasta el día 03 de agosto de 2014, ambos inclusive, en la persona del Sr. Roberto Enrique Padilla (CUIT 23-16821984-9), a cargo de la Dirección General Legal y Técnica antes referida; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC ha tomado la intervención de su competencia. Que por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 12 de la Ley Nº 2.624, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE Artículo 1.- Encomiéndase la firma del despacho de la Dirección Ejecutiva de la AGC al Sr. Roberto Enrique Padilla (CUIT 23-16821984-9), titular a cargo de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC, durante el período comprendido entre el día 28 de julio de 2014 hasta el día 03 de agosto de 2014, ambos inclusive. Artículo 2.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a las Direcciones Generales y demás Unidades dependientes de esta AGC. Cumplido, archívese. Gómez Centurión Página Nº 123 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN N.° 450/AGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: LA ORDENANZA Nº 40.473, LA LEY Nº 2.624, EL DECRETO Nº 579/09, LAS RESOLUCIONES Nº 483/AGC/09, Nº 5/AGC/10 Y Nº 1/AGC/12, Nº 114/AGC/12, Nº 255/AGC/12, N° 436/AGC/12, Nº 472/AGC/12, Nº 107/AGC/13, Nº 484/AGC/13, Nº 208/AGC/14, LA NOTA Nº 08892695/DGHP/14, Y EL EXPEDIENTE ELECTRONICO Nº 08056887/MGEYA/AGC/14, Y CONSIDERANDO: Que por la Ley Nº 2624, se creó esta Agencia Gubernamental de Control (AGC) como ente autárquico, dentro del ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad de Buenos Aires; Que por Resolución Nº 66/AGC/13 y sus modificatorias se estableció la actual estructura organizativa de la AGC, de conformidad con las previsiones legales de la citada ley; Que mediante Decreto N° 579/09 se transfirió a ésta Agencia Gubernamental de Control (AGC) el “Registro de Fabricantes, Reparadores y Recargadores de Extintores (Matafuegos) y equipos contra Incendios“; Que el mencionado decreto en su artículo 7º, encomendó a esta AGC reglamentar el régimen al que se sujeta la fabricación, reparación y recarga de extintores y equipos contra incendio de conformidad con la Ordenanza N° 40.473; Que por Resolución Nº 483/AGC/09 -y en atención a los plazos que este importante proceso de modernización demanda- este organismo aprobó un régimen transitorio para la adquisición de las tarjetas previstas en la Ordenanza N° 40.473, sus modificatorias y reglamentarias, que regiría hasta la entrada en vigencia del nuevo régimen a establecerse en la reglamentación mencionada; Que mediante la Resolución Nº 5/AGC/10, se aprobó el Sistema de Administración de Tarjetas de Identificación de Extintores establecido en el Anexo I de esa norma, aprobándose a tal efecto un nuevo modelo de tarjeta, y un nuevo régimen de adquisición de las mismas; Que se celebró un convenio entre el Ministerio de Hacienda e Interbanking S.A a través del que se establece el pago a proveedores mediante el Sistema bussines to bussines (btob) para toda la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por la existencia del convenio referido, y atendiendo razones de seguridad de personas y bienes, resulta conveniente la adecuación de la forma de adquisición de las tarjetas exigidas en referencia a los casos de matafuegos, ello en el marco de las facultades que la competencia de la Agencia Gubernamental de Control reviste; Que mediante la mencionada Resolución N° 5/AGC/10, se estableció que las tarjetas pertenecientes al régimen anterior podrían ser utilizadas hasta el día 31 de marzo de 2010; Que posteriormente y por sucesivas resoluciones de esta AGC, el plazo de vigencia mencionado ha sido prorrogado estableciéndose un cupo de tarjetas mensuales que podrán adquirirse a través del régimen anterior al previsto en la Resolución Nº 5- AGC/10 y un cupo de tarjetas mensuales que podrán adquirirse de acuerdo al régimen establecido por esa resolución; Que mediante la Resolución Nº 1/AGC/12 se modificó el plazo de convivencia de ambos regímenes hasta el 1 de marzo de 2012 inclusive, fijándose que el porcentaje mensual sobre el cupo de dichas tarjetas sería del setenta y cinco por ciento (75%), a través del régimen anterior al previsto por la Resolución N° 5-AGC/10 y el veinticinco por ciento (25%), a través del “Sistema Informático de Administración de Tarjetas“ establecido en dicha resolución; Página Nº 124 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que con el dictado de la Resolución Nº 114/AGC/12 se amplió hasta el 30 de junio de 2012 inclusive, el plazo establecido por la Resolución Nº 1/AGC/2012, manteniéndose la relación vigente hasta esa fecha respecto a los sistemas de adquisición de “Tarjetas de Identificación de Extintores“, del setenta y cinco por ciento (75%) para el régimen anterior al previsto por la Resolución N° 5/AGC/10 y el veinticinco por ciento (25%) a través del “Sistema Informático de Administración de Tarjetas“; Que luego con el dictado de la Resolución Nº 255/AGC/12, Nº 1/AGC/12, Nº 436/AGC/12, Nº 472/AGC/12, Nº 107/AGC/13, Nº 484/13 se ampliaron los plazos del sistema de adquisición de “Tarjetas de Identificación de Extintores“, y finalmente mediante la Resolución Nº 208/AGC14 se amplió el plazo hasta el 30 de junio de 2014; inclusive; Que la utilización masiva del régimen vigente de adquisición de tarjetas previsto por la Resolución N° 5/AGC/10 generó el requerimiento de una serie de adecuaciones por parte de las empresas intervinientes de manera de poder generalizar el uso del mismo para la totalidad de su cupo mensual; Que dichos requerimientos han sido tomados en cuenta y se encuentran en este momento en ejecución, resultando conveniente no incrementar las operaciones sobre el sistema informático hasta que los mismos se encuentren implementados; Que la Dirección General de Habilitaciones y Permisos de esta AGC a través de la Nota Nº 08892695/DGHP/14 solicitó la prórroga del régimen transitorio del sistema de venta de tarjetas de extintores de fuego conforme la Resolución Nº 208/AGC/14; Que en atención de ello resulta conveniente ampliar el plazo de convivencia entre ambos sistemas de manera de lograr una transición ordenada; Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo estableciéndose que durante el periodo comprendido entre los días 1 de julio de 2014 y 31 de diciembre de 2014, ambos inclusive, se mantendrá la relación vigente hasta la fecha respecto a los sistemas de adquisición de “Tarjetas de Identificación de Extintores“, del setenta y cinco porciento (75%) para el régimen anterior al previsto por la Resolución N° 5/AGC/10 y el veinticinco por ciento (25%) a través del “Sistema Informático de Administración de Tarjetas“; Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos dependiente de la Dirección General Legal y Técnica de esta AGC, ha tomado la intervención de su competencia. Que por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 7° inciso c) y el artículo 7° del Decreto Nº 579/09, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE Artículo 1.- Amplíase hasta el 31 de diciembre de 2014 inclusive, el plazo establecido por la Resolución Nº 1/AGC/2012, manteniéndose la relación vigente hasta esa fecha respecto a los sistemas de adquisición de “Tarjetas de Identificación de Extintores“, del setenta y cinco por ciento (75%) para el régimen anterior al previsto por la Resolución N° 5/AGC/10 y el veinticinco por ciento (25%) a través del “Sistema Informático de Administración de Tarjetas“. Artículo 2.- La obligatoriedad de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución regirá, desde el 1º de julio de 2014, para las empresas inscriptas en el Registro respectivo como fabricantes y recargadoras de extintores (matafuegos) y equipos contra incendios, únicamente sobre el cupo de tarjetas que cada empresa esté autorizada a adquirir para la actividad de recarga. Artículo 3.- Mantiénese como único y exclusivo medio de pago para la venta de Tarjetas de Identificación de Extintores (matafuegos), el Sistema Bussines to Bussines (btob) de Interbanking, que entró en vigencia el día 15 de noviembre de 2012. Artículo 4.- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y comuníquese a la Subgerencia Operativa de Registros de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, y a la Gerencia Operativa Administrativa y Financiera de la Unidad de Coordinación Administrativa de esta AGC. Cumplido, archívese. Gómez Centurión Página Nº 125 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Agencia de Protección Ambiental RESOLUCIÓN N.° 351/APRA/14 Buenos Aires, 24 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 2628, el Decreto Nº 224/13, las Resoluciones Nº 11-MJGGC-MHGC/13 y Nº 2-MJGGC-MHGC/14 y los Expedientes Nº 7.405.428/14 y; CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental como entidad autárquica, con el objeto de proveer a la protección ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la política ambiental de la Ciudad de Buenos Aires; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 8º inciso f) de la mencionada ley, es función de esta Presidencia: "contratar personal, por plazos preestablecidos y por tiempo limitado, para la realización de tareas estacionales, extraordinarias y/o especiales que no puedan realizarse de manera eficiente con los recursos humanos disponibles, estableciendo las condiciones y requisitos de prestación de servicios y remuneración."; Que por las mencionadas actuaciones se solicitan la contratación de una persona para prestar servicios en el Área de Presidencia de esta Agencia de Protección Ambiental, bajo la figura de Locación de Servicios, por los períodos comprendidos entre el 01/07/2014 y el 31/12/2014; Que el citado requerimiento encuadra en los términos del Decreto N° 224/13, reglamentado por Resolución N° 2-MJGGC-MHGC/14 e integrada por Resolución N° 11-MJGGC-MHGC/13, por los cuales se estableció el régimen y el procedimiento para la contratación de personas bajo las figuras de Locación de Servicios y de Obra; Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8º de la Ley Nº 2.628 y el Decreto Nº 509/13, EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE Artículo 1º.- Autorízase la contratación de una persona cuyos datos se detallan en el Anexo adjunto, para prestar servicios en el Área de Presidencia de esta Agencia de Protección Ambiental, bajo la figura de locación de servicios, por los plazos, montos y formas descriptas en el Anexo IF-2014-09051236-APRA que forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importes mensuales en una orden general de pago, correspondiente a lo establecido en el Artículo 1°. Artículo 3°.- Los importes a abonarse se depositarán en las cuentas corrientes o cajas de ahorro del Banco de la Ciudad, cuyos datos fueran comunicados oportunamente a la Dirección General de Tesorería. Artículo 4°.- El gasto que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en la presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto del año 2014, de esta Agencia. Página Nº 126 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 5º.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, a las Direcciones Generales de Contaduría y Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de esta Agencia de Protección Ambiental. Cumplido, archívese. Villalonga ANEXO RESOLUCIÓN N.° 352/APRA/14 Buenos Aires, 24 de julio de 2014 VISTOS: Ley Nº 70, Ley Nº 4471, Decreto Nº 2/14, el Requerimiento N°6922/SIGAF/14, el expediente N° 8.953.109 /2014-MGEYA-DGTALAPRA CONSIDERANDO: Que conforme lo establecen los incisos b) y d) del artículo 8° de la Ley de creación de esta Agencia, son funciones de la Presidencia, entre otras, organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia y administrar los recursos económicos asignados a la misma Que por la presente se propicia la compensación de los créditos fundados en la necesidad de afrontar la adquisición de PC e Impresoras para la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal, la Dirección General de Control Ambiental, la Dirección General de Estrategias Ambientales, la Dirección General de Evaluación Técnica y Presidencia de esta Agencia de Protección Ambiental; Que mediante Decreto Nº 2/GCABA/2014, se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 35 Anexo "I", Apartado II, punto 2 del Decreto Nº 2/GCABA/2014, EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL RESUELVE Artículo 1º.-. Modifícanse los créditos presupuestarios, a los efectos de afrontar los gastos obrantes en el Requerimiento N° 6922/SIGAF/14 que como Anexo IF-2014- 09053367-APRA forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.-.Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Villalonga ANEXO Página Nº 127 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN N.° 353/APRA/14 Buenos Aires, 24 de julio de 2014 VISTO: El Decreto Nº 477/11, las Disposiciones Nº 245/DGCG/10 y 344/DGCG/11 el Expediente Nº 8630892/DGTALAPRA/2014 y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación de los Anexos establecidos por la Disposición N° 245/DGCG/10, correspondientes a la rendición de fondos entregados en favor del Sr. Juan Carlos Villalonga, DNI Nº 14.031.803, CUIL Nº 20-14031803-6, con motivo de su participación en la Asamblea Ordinaria Nº 77 del CONSEJO FEDERAL DE MEDIO AMBIENTE llevada a cabo entre los días 24 al 26 de Junio de 2014, en la Ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro; Que por Resolución Nº 1057/MHGC/14, fue autorizada la entrega de fondos en favor del funcionario citado en el considerando anterior; por un monto total de PESOS MIL CIENTO SETENTA Y SEIS ($ 1176); en concepto de viáticos con motivo del viaje detallado ut supra; Que los montos en concepto de viáticos fueron rendidos de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 del Decreto Nº 477/11; Que en ese sentido obra la Declaración Jurada suscripta por el Sr. Juan Carlos Villalonga, atento a lo dispuesto en el formulario del Anexo III del Decreto Nº 477/11; Que se ha efectuado la correspondiente registración presupuestaria de conformidad con lo dispuesto por el punto 3 del Anexo III de la Disposición N° 245/DGCG/10; Que resulta necesario el dictado el acto administrativo correspondiente, en virtud de lo establecido en el Anexo III, párrafo 1, de la Disposición N° 245/DGCG/10; Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Por ello, en virtud de lo establecido en los Decretos Nº 477/11, Nº 744/10 y la Disposición Nº 245/DGC/10; EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCION AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE Artículo 1º.- Apruébanse los gastos correspondientes al viaje oficial que efectuara el Señor Presidente de la Agencia de Protección Ambiental, Sr. Juan Carlos Villalonga, DNI Nº 14.031.803, CUIL Nº 20-14031803-6, con motivo de su participación en la Asamblea Ordinaria Nº 77 del CONSEJO FEDERAL DE MEDIO AMBIENTE llevada a cabo entre los días 24 al 26 de Junio de 2014, en la Ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, por un monto total de PESOS MIL CIENTO SETENTA Y SEIS ($ 1176); en concepto de viáticos. Artículo 2°.- Aféctese el gasto a la partida presupuestaria del ejercicio correspondiente conforme lo dispuesto por la Disposición Nº 344/DGCG/11. Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Protección Ambiental. Cumplido, archívese. Villalonga Página Nº 128 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN N.° 354/APRA/14 Buenos Aires, 24 de julio de 2014 VISTOS: Ley Nº 70, Ley Nº 4471, Decreto Nº 2/14, el Requerimiento N°6920/SIGAF/14, el expediente N ° 8.952.794 /2014-MGEYA-DGTALAPRA CONSIDERANDO: Que conforme lo establecen los incisos b) y d) del artículo 8° de la Ley de creación de esta Agencia, son funciones de la Presidencia, entre otras, organizar y reglamentar el funcionamiento interno de la Agencia y administrar los recursos económicos asignados a la misma Que por la presente se propicia la compensación de los créditos fundados en la necesidad de afrontar el incremento de precio para la adquisición de vehículos para la Dirección General de Control Ambiental y Presidencia de la Agencia de Protección Ambiental; Que mediante Decreto Nº 2/GCABA/2014, se aprobaron las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 35 Anexo "I", Apartado II, punto 2 del Decreto Nº 2/GCABA/2014, EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL RESUELVE Artículo 1º.-. Modifícanse los créditos presupuestarios, a los efectos de afrontar los gastos obrantes en el Requerimiento N° 6920/SIGAF/14 que como Anexo IF-2014- 09055926-APRA forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.-.Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. Villalonga ANEXO RESOLUCIÓN N.° 355/APRA/14 Buenos Aires, 24 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2628, el Decreto N° 224/13, las Resoluciones N° 11-MJGGC-MHGC/13 y N° 2-MJGGC-MHGC/14 y los Expedientes N°5.952.883/14, N°7.132.018/14; N°8.184.167/14; N°7.133.404/14; y; CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental como entidad autárquica, con el objeto de proveer a la protección ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la política ambiental de la Ciudad de Buenos Aires; Página Nº 129 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 8º inciso f) de la mencionada ley, es función de esta Presidencia: "contratar personal, por plazos preestablecidos y por tiempo limitado, para la realización de tareas estacionales, extraordinarias y/o especiales que no puedan realizarse de manera eficiente con los recursos humanos disponibles, estableciendo las condiciones y requisitos de prestación de servicios y remuneración."; Que por las mencionadas actuaciones se solicita la contratación de varias personas para prestar servicios en la Dirección General de Control Ambiental de la Agencia de Protección Ambiental, bajo la figura de Locación de Servicios, por diferentes períodos comprendidos entre el 01/07/2014 y el 31/12/2014; Que el citado requerimiento encuadra en los términos del Decreto N° 224/13, reglamentado por Resolución N° 2-MJGGC-MHGC/14 e integrada por Resolución N° 11-MJGGC-MHGC/13, por los cuales se estableció el régimen y el procedimiento para la contratación de personas bajo las figuras de Locación de Servicios y de Obra; Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8º de la Ley Nº 2.628 y el Decreto Nº 509/13, EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE Artículo 1º.- Autorízase la contratación de varias personas cuyos datos se detallan en el Anexo adjunto IF-2014-09060390-APRA, para prestar servicios en la Dirección General de Control Ambiental de la Agencia de Protección Ambiental, bajo la figura de locación de servicios, por los plazos, montos y formas descriptas en el Anexo que forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Delégase en el Señor Director General de la Dirección General de Control Ambiental de esta Agencia, la suscripción de los instrumentos contractuales correspondientes. Artículo 3°.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importes mensuales en una orden general de pago, correspondiente a lo establecido en el Artículo 1°. Artículo 4°.- Los importes a abonarse se depositarán en las cuentas corrientes o cajas de ahorro del Banco de la Ciudad, cuyos datos fueran comunicados oportunamente a la Dirección General de Tesorería. Artículo 5°.- El gasto que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en la presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto del año 2014, de esta Agencia. Artículo 6º.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, a las Direcciones Generales de Contaduría y Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Control Ambiental de esta Agencia de Protección Ambiental. Cumplido, archívese. Villalonga ANEXO RESOLUCIÓN N.º 361/APRA/14 Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: Página Nº 130 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Los Decretos Nº 556/2010, su modificatorio Nº 752/2010, la Resolución Nº 278/APRA/2014 y el Expediente Nº 4356253/DGTALAPAPRA/2014, y CONSIDERANDO: Que por la Resolución Nº 278/APRA/2014 se convalidó el viaje efectuado por el Señor Presidente de la Agencia de Protección Ambiental, Sr. Juan Carlos Villalonga, DNI Nº 14.031.803, CUIL Nº 20-14031803-6, con motivo de la invitación realizada por el Sr. Mauricio Balocco Presidente Fundación Natura a fin de dictar unas charlas relacionadas con el tema Basura Cero y su implementación en la Ciudad de Buenos Aires; entre los días 4 y 6 de abril del corriente, que se llevaron a cabo en distintos medios de la ciudad de Alta Gracia, Provincia de Córdoba y se autorizó el reintegro de PESOS DOS MIL CIENTOS DOS CON DIEZ CENTAVOS ($ 2.102,10), en concepto de viáticos a favor del funcionario que nos ocupa; Que cabe destacar, que por Expediente Nº 3795481-DGTALAPRA/2014, se tramitó la autorización de viaje y solicitud de entrega de fondos; pero debido a la imposibilidad de obtener en el tiempo determinado los recursos económicos necesarios para cubrir los gastos del viaje se ha procedido al tratamiento de la mentada solicitud; Que es facultad de la Agencia de Protección Ambiental representar a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante agencias, organismos y/u organismos internacionales en general, vinculados a la problemática ambiental, como así también ante las autoridades gubernamentales de la Nación, provincias, municipios y estados extranjeros, conforme al Art. 6° de la Ley Nº 2.628; Que se ha deslizado un error material involuntario en la Resolución Nº 278/APRA/2014 plasmados en el monto total del reintegro dado que se incluyeron comprobantes que no correspondian al viaje en cuestión; Que en el orden 50 y 51 del expediente citado en marras constan los Informes Nº 8642335-DGTALAPRA/2014 y Nº 8643436- DGTALAPRA-2014 con los comprobantes correctos correspondientes a los viáticos erogados por el funcionario en cuestión y el anexo con el detalle de los mismos; Que el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto Nº 1510/97, establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión; Que en ese sentido, la Gerencia Operativa de Oficina de Gestión Sectorial ha procedido a confeccionar nuevamente la afectación presupuestaria correspondiente; Que por lo expuesto resulta necesario dictar un nuevo acto administrativo que subsane dicho error; Que mediante el Decreto Nº 556/2010 y su modificatorio Nº 752/2010, se delegaron facultades para autorizar pagos, entregas y transferencias de fondos, reintegros y devoluciones de impuestos, derechos, multas y tasas y para liquidar haberes y a aprobar gastos de imprescindible necesidad; Que en la actualidad se trata de un hecho consumado, que implica un compromiso de pago contraído, correspondiendo efectuar el reintegro de dichas erogaciones y proceder a la cancelación de la deuda incurrida; Por ello y en uso de las facultades conferidas en los Decretos Nº 509/2013 y Nº 556/10 y su modificatorio Nº 752/10, EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE Artículo 1º.- Déjese sin efecto la Resolución Nº 278/APRA/2014. Página Nº 131 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 2º.- Convalídese el viaje efectuado por el Señor Presidente de la Agencia de Protección Ambiental, Sr. Juan Carlos Villalonga, DNI Nº 14.031.803, CUIL Nº 20- 14031803-6, con motivo de la invitación realizada por el Sr. Mauricio Balocco Presidente Fundación Natura a fin de dictar unas charlas relacionadas con el tema Basura Cero y su implementación en la Ciudad de Buenos Aires; entre los días 4 y 6 de abril del corriente, que se llevaron a cabo en distintos medios de la ciudad de Alta Gracia, Provincia de Córdoba. Artículo 3º.- Reintégrese la suma de PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 792,00), en concepto de viáticos a favor del Sr. Juan Carlos Villalonga, DNI Nº 14.031.803, CUIL Nº 20-14031803-6 en oportunidad de lo aclarado en los considerandos precedentes. Artículo 4º.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir el importe total de PESOS SETECIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 792,00) en una orden de pago, monto que deberá ser depositado en la Caja de Ahorro Nº 120203613382, de la Sucursal Nº 02/0012 -Obelisco-, a nombre del Sr. Juan Carlos Villalonga, DNI Nº 14.031.803, CUIL Nº 20-14031803-6. Artículo 5º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de la Agencia de Protección Ambiental, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Contaduría dependiente del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Villalonga RESOLUCIÓN N.º 362/APRA/14 Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 2628, el Decreto Nº 224/13, las Resoluciones Nº 11-MJGGC-MHGC/13 y Nº 2- MJGGC-MHGC/14 y los Expedientes Nº 9.034.813/14 y; CONSIDERANDO: Que por la Ley N° 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental como entidad autárquica, con el objeto de proveer a la protección ambiental a través de la planificación, programación y ejecución de las acciones necesarias para cumplir con la política ambiental de la Ciudad de Buenos Aires; Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 8º inciso f) de la mencionada ley, es función de esta Presidencia: "contratar personal, por plazos preestablecidos y por tiempo limitado, para la realización de tareas estacionales, extraordinarias y/o especiales que no puedan realizarse de manera eficiente con los recursos humanos disponibles, estableciendo las condiciones y requisitos de prestación de servicios y remuneración."; Que por las mencionadas actuaciones se solicitan la contratación de una persona para prestar servicios en el Área de Presidencia de esta Agencia de Protección Ambiental, bajo la figura de Locación de Servicios, por los períodos comprendidos entre el 01/07/2014 y el 31/12/2014; Que el citado requerimiento encuadra en los términos del Decreto N° 224/13, reglamentado por Resolución N° 2-MJGGC-MHGC/14 e integrada por Resolución N° 11-MJGGC-MHGC/13, por los cuales se estableció el régimen y el procedimiento para la contratación de personas bajo las figuras de Locación de Servicios y de Obra; Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8º de la Ley Nº 2.628 y el Decreto Nº 509/13, Página Nº 132 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE Artículo 1º.- Autorízase la contratación de una persona cuyos datos se detallan en el Anexo adjunto IF -2014 - 09147650- APRA, para prestar servicios en el Área de Presidencia de esta Agencia de Protección Ambiental, bajo la figura de locación de servicios, por los plazos, montos y formas descriptas en el Anexo que forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir los importes mensuales en una orden general de pago, correspondiente a lo establecido en el Artículo 1°. Artículo 3°.- Los importes a abonarse se depositarán en las cuentas corrientes o cajas de ahorro del Banco de la Ciudad, cuyos datos fueran comunicados oportunamente a la Dirección General de Tesorería. Artículo 4°.- El gasto que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en la presente se imputará a la respectiva partida del presupuesto del año 2014, de esta Agencia. Artículo 5º.- Regístrese, Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización, a las Direcciones Generales de Contaduría y Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de esta Agencia de Protección Ambiental. Cumplido, archívese. Villalonga ANEXO RESOLUCIÓN N.º 363/APRA/14 Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: El Decreto Nº 477/11, la Resolución Nº 1415/MHGC/13 y el Expediente Nº 8518083/2014 -MGEYA-DGTALAPRA, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley Nº 2.628 se creó la Agencia de Protección Ambiental de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Espacio Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que conforme lo previsto en el Artículo 3º de la mencionada Ley Nº 2628, dentro de las funciones y facultades de la Agencia de Protección Ambiental, se encuentra la de representar a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ante agencias, organismos y/u organismos internacionales en general, vinculados a la problemática ambiental, como así también ante las autoridades gubernamentales de la Nación, provincias, municipios y estados extranjeros; Que por la actuación citada en el Visto, la autorización del viaje y la solicitud de entrega de fondos a favor de la Lic. Sandra Ibendahl, en su carácter de Auditora Interna de esta Agencia, y de la Dra. Ana Grigera, Subgerente Operativa de Auditoría Económico Legal de la Unidad de Auditoría Interna, con motivo de su participación en el I Congreso Internacional IV Congreso Nacional sobre Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, a desarrollarse en la ciudad de San Juan, provincia de San Juan, que se llevará a cabo entre los días 6 y 8 de agosto de 2014; Página Nº 133 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que la participación en estos eventos cobra gran importancia, ya que los mismos resultan una oportunidad única y distintiva, que no solo favorece el crecimiento de las relaciones internacionales del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sino que, además, posibilita la captación de nueva ideas y campañas ambientalistas formuladas por otros países, que pueden ser desarrolladas y trasladadas a nuestra Ciudad, en un futuro cercano, permitiéndonos mejorar nuestro ambiente; Que por tratarse de una misión oficial se les asignará a todos el monto previsto en el Decreto N° 477/11; Que se ha efectuado la correspondiente afectación presupuestaria; Que en consecuencia no existen fondos pendientes de rendición; Que ha tomado debida intervención la Dirección General Técnica Administrativa y Legal. Por ello; y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 8 del Decreto Nº 477/11, EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES RESUELVE Artículo 1.- Autorízase a la Lic. Sandra Ibendahl, DNI Nº 21.954.408, CUIL Nº 27- 21954408-7; en su carácter de Auditora Interna y a la Dra. Grigera, Ana DNI Nº 16.881.063, CUIL Nº 27-16881063-1, quien se desempeña como Subgerente Operativa de Auditoría Económico Legal de la Unidad de Auditoría, con motivo de su participación en el I Congreso Internacional IV Congreso Nacional sobre Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos, a desarrollarse en la ciudad de San Juan, provincia de San Juan, que se llevará a cabo entre los días 6 y 8 de agosto de 2014. Artículo 2.- Entréguese a favor de las agentes citadas en el artículo anterior la suma de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($ 2352) en concepto de viáticos, para solventar los gastos del viaje que realizarán; Artículo 3.- Los fondos recibidos en concepto de viáticos por la presente norma deberán ser rendidos de acuerdo a lo establecido en el artículo 17 del Decreto 477/11. Artículo 4- Autorízase a la Dirección General de Contaduría a incluir la suma total de PESOS DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS ($ 2352) en concepto de viáticos, en una orden de pago, monto que deberá ser depositado en la Cuenta Corriente Nº 501/2 radicada en el Banco Ciudad de Buenos Aires, Sucursal 39, perteneciente a la Unidad de Autoría Interna de la Agencia de Protección Ambiental (Beneficiario Nº 78672). Artículo 5.- Son responsables de la administración y rendición de los fondos asignados en los precedentes artículos 2° y 3º, las agentes Sandra Ibendahl, DNI Nº 21.954.408, CUIL Nº 27-21954408-7 y Grigera, Ana DNI Nº 16.881.063, CUIL Nº 27-16881063-1. Artículo 6.- Regístrese; publíquese, comuníquese a la Agencia de Protección Ambiental, a la Subsecretaría de Relaciones Internacionales e Institucionales, y remítase a la Dirección General de Contaduría para su conocimiento y demás efectos. Villalonga Página Nº 134 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Agencia de Sistemas de Información RESOLUCIÓN N.º 151/ASINF/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 70/98, la Ley N° 2.689/08, la Ley Nº 4.809/13 el Decreto N° 2/GCABA/2.014, Expediente Electrónico N° 8.897.599-MGEYA-ASINF-2.014, y CONSIDERANDO: Que a través del expediente indicado en el visto tramita la compensación presupuestaria detallada en el Requerimiento Nº 6925/SIGAF/2.014 cuya finalidad es contar con crédito suficiente para imputar los gastos generados en la diferencia de la contratación de la Adquisición de mobiliario de la Dirección Ejecutiva y equipamiento de electrodomésticos en el subsuelo de Bernardo de Irigoyen; Que es función del suscripto "Administrar los recursos económicos asignados a la Agencia, resolviendo y aprobando los gastos e inversiones de conformidad con la normas legales vigentes" (art. 10, inc. b, Ley Nº 2.689); Que por otro lado, la Ley Nº 70/98 de "Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad" establece en el artículo 63, 2º párrafo que "Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo, pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires"; Que por medio de la Ley Nº 4.809/13 se fijaron los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2.014; Que así por Decreto Nº 2/GCABA/14, se aprobaron las "Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.014", estableciendo en el artículo 9º del Anexo I que las modificaciones presupuestarias que se efectúen se aprobarán de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo IX de ese anexo; Que el Requerimiento Nº 6925/SIGAF/2.014 se encuentran en estado "Pendiente OGESE", validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF); Que en consecuencia proceda arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de buenos aires para el Ejercicio Fiscal 2.014, aprobadas mediante Decreto N° 2/GCABA/2.014; Que de esta manera, resulta pertinente dictar el acto administrativo a los fines de aprobar las modificaciones en las partidas presupuestarias que se propicia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2.689/08 y el Decreto Nº 2/GCABA/14, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN RESUELVE Página Nº 135 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 1º.- Apruébase la modificación en las partidas presupuestarias pertenecientes a la Agencia de Sistemas de Información según el Anexo, registrado en SADE como IF-2014-09060679-ASINF el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Martínez ANEXO RESOLUCIÓN N.º 152/ASINF/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 70/98, la Ley N° 2.689/08, la Ley Nº 4.809/13 el Decreto N° 2/GCABA/2.014, Expediente Electrónico N° 8893335-MGEYA-ASINF-2.014, y CONSIDERANDO: Que a través del expediente indicado en el visto tramita la compensación presupuestaria detallada en el Requerimiento Nº 6924/SIGAF/2.014 cuya finalidad es contar con crédito suficiente para imputar los gastos generados en la diferencia de la contratación de la Adquisición de lectores, cintas Evolis y 8 ACCES POINTS para la Dirección General de Infraestructura de la Agencia de Sistemas de Información; Que es función del suscripto "Administrar los recursos económicos asignados a la Agencia, resolviendo y aprobando los gastos e inversiones de conformidad con la normas legales vigentes" (art. 10, inc. b, Ley Nº 2.689); Que por otro lado, la Ley Nº 70/98 de "Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad" establece en el artículo 63, 2º párrafo que "Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo, pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires"; Que por medio de la Ley Nº 4.809/13 se fijaron los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2.014; Que así por Decreto Nº 2/GCABA/14, se aprobaron las "Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.014", estableciendo en el artículo 9º del Anexo I que las modificaciones presupuestarias que se efectúen se aprobarán de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo IX de ese anexo; Que el Requerimiento Nº 6924/SIGAF/2.014 se encuentran en estado "Pendiente OGESE", validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF); Página Nº 136 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que en consecuencia proceda arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de buenos aires para el Ejercicio Fiscal 2.014, aprobadas mediante Decreto N° 2/GCABA/2.014; Que de esta manera, resulta pertinente dictar el acto administrativo a los fines de aprobar las modificaciones en las partidas presupuestarias que se propicia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2.689/08 y el Decreto Nº 2/GCABA/14, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN RESUELVE Artículo 1º.- Apruébase la modificación en las partidas presupuestarias pertenecientes a la Agencia de Sistemas de Información según el Anexo, registrado en SADE como IF-2014-09060698-ASINF el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Martínez ANEXO RESOLUCIÓN N.º 153/ASINF/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 70/98, la Ley N° 2.689/08, la Ley Nº 4.809/13, el Decreto N° 2/GCABA/2.014, Expediente Electrónico N° 08941966-MGEYA-ASINF-2.014, y CONSIDERANDO: Que a través del expediente indicado en el visto tramita la compensación presupuestaria detallada en el Requerimiento Nº 6939/SIGAF/2.014 cuya finalidad es contar con crédito suficiente para imputar los gastos generados en la contratación anual de la Consultoría Wily Introscope para la Dirección General de Infraestructura de esta Agencia de Sistemas de Información; Que asimismo manifestó que actualmente solo se contemplan cinco meses para el corriente ejercicio; Que es función del suscripto "Administrar los recursos económicos asignados a la Agencia, resolviendo y aprobando los gastos e inversiones de conformidad con la normas legales vigentes" (art. 10, inc. b, Ley Nº 2.689); Que por otro lado, la Ley Nº 70/98 de "Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad" establece en el artículo 63, 2º párrafo que "Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo, pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires"; Página Nº 137 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que por medio de la Ley Nº 4.809/13 se fijaron los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2.014; Que así por Decreto Nº 2/GCABA14, se aprobaron las "Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.014", estableciendo en el artículo 9º del Anexo I que las modificaciones presupuestarias que se efectúen se aprobarán de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo IX de ese anexo; Que el Requerimiento Nº 6939/SIGAF/2.014 se encuentran en estado "Pendiente OGESE", validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF); Que en consecuencia proceda arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de buenos aires para el Ejercicio Fiscal 2.014, aprobadas mediante Decreto N° 2/GCABA/2.014; Que de esta manera, resulta pertinente dictar el acto administrativo a los fines de aprobar las modificaciones en las partidas presupuestarias que se propicia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2.689 y el Decreto Nº 2- 14, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN RESUELVE Artículo 1º.- Apruébase la modificación en las partidas presupuestarias pertenecientes a la Agencia de Sistemas de Información según el Anexo, registrado en SADE como IF-2014-09060607-ASINF el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Martínez ANEXO RESOLUCIÓN N.º 154/ASINF/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 70/98, la Ley N° 2.689/08, la Ley Nº 4.809/13 el Decreto N° 2/GCABA/2.014, Expediente Electrónico N° 08922697-MGEYA-ASINF-2.014, y CONSIDERANDO: Que a través del expediente indicado en el visto tramita la compensación presupuestaria detallada en el Requerimiento Nº 6932/SIGAF/2.014 cuya finalidad es contar con crédito suficiente para imputar los gastos generados en la Adquisición de la compra por Convenio Marco de 1 Ford Transit Furgón para la Dirección General de Infraestructura de la Agencia de Sistemas Información; Página Nº 138 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que es función del suscripto "Administrar los recursos económicos asignados a la Agencia, resolviendo y aprobando los gastos e inversiones de conformidad con la normas legales vigentes" (art. 10, inc. b, Ley Nº 2.689); Que por otro lado, la Ley Nº 70/98 de "Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad" establece en el artículo 63, 2º párrafo que "Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo, pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires"; Que por medio de la Ley Nº 4.809/13 se fijaron los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2.014; Que así por Decreto Nº 2/GCABA/14, se aprobaron las "Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.014", estableciendo en el artículo 9º del Anexo I que las modificaciones presupuestarias que se efectúen se aprobarán de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo IX de ese anexo; Que el Requerimiento Nº 6932/SIGAF/2.014 se encuentran en estado "Pendiente OGESE", validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF); Que en consecuencia proceda arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de buenos aires para el Ejercicio Fiscal 2.014, aprobadas mediante Decreto N° 2/GCABA/2.014; Que de esta manera, resulta pertinente dictar el acto administrativo a los fines de aprobar las modificaciones en las partidas presupuestarias que se propicia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2.689/08 y el Decreto Nº 2/GCABA/14, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN RESUELVE Artículo 1º.- Apruébase la modificación en las partidas presupuestarias pertenecientes a la Agencia de Sistemas de Información según el Anexo, registrado en SADE como IF-2014-09060569-ASINF el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Martínez ANEXO RESOLUCIÓN N.º 155/ASINF/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: Página Nº 139 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires La Ley Nº 70/98, la Ley N° 2.689/08, la Ley Nº 4.809/13, el Decreto N° 2/GCABA/2.014, Expediente Electrónico N° 09010605-MGEYA-ASINF-2.014, y CONSIDERANDO: Que a través del expediente indicado en el visto tramita la compensación presupuestaria detallada en el Requerimiento Nº 6964/SIGAF/2.014 cuya finalidad es contar con crédito suficiente para imputar la diferencia de precio entre la Solicitud de Gasto y el monto a adjudicar correspondiente a la Adquisición de "Led Smart TV para monitorear el VM/Z Linux Enterpise (Omegamon)" la cual tramita por Exp N° 8.141.351/2014, para la Dirección General de Infraestructura de la Agencia de Sistemas de la Información; Que es función del suscripto "Administrar los recursos económicos asignados a la Agencia, resolviendo y aprobando los gastos e inversiones de conformidad con la normas legales vigentes" (art. 10, inc. b, Ley Nº 2.689); Que por otro lado, la Ley Nº 70/98 de "Sistema de Gestión, Administración Financiera y Control del Sector Público de la Ciudad" establece en el artículo 63, 2º párrafo que "Las demás modificaciones (al Presupuesto General) corresponden al Poder Ejecutivo, pudiendo delegar esta atribución en el órgano coordinador de la Administración Financiera y en el órgano rector del Sistema de Presupuesto. En todos los casos dichas modificaciones deben ser publicadas en forma íntegra en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires"; Que por medio de la Ley Nº 4.809/13 se fijaron los gastos corrientes y de capital del presupuesto de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio 2.014; Que así por Decreto Nº 2/GCABA/14, se aprobaron las "Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para el ejercicio fiscal 2.014", estableciendo en el artículo 9º del Anexo I que las modificaciones presupuestarias que se efectúen se aprobarán de conformidad con el nivel de autorizaciones que se consignen en el capítulo IX de ese anexo; Que el Requerimiento Nº 6964/SIGAF/2.014 se encuentran en estado "Pendiente OGESE", validado por la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto (OGEPU) en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF); Que en consecuencia proceda arbitrar las medidas necesarias, utilizando para tales fines las facultades conferidas en las Normas Anuales de Ejecución y Aplicación del Presupuesto General de la Administración del Gobierno de la Ciudad Autónoma de buenos aires para el Ejercicio Fiscal 2.014, aprobadas mediante Decreto N° 2/GCABA/2.014; Que de esta manera, resulta pertinente dictar el acto administrativo a los fines de aprobar las modificaciones en las partidas presupuestarias que se propicia. Por ello, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2.689 y el Decreto Nº 2- 14, EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN RESUELVE Artículo 1º.- Apruébase la modificación en las partidas presupuestarias pertenecientes a la Agencia de Sistemas de Información según el Anexo, registrado en SADE como IF-2014-09060505-ASINF el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Regístrese, publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Agencia de Sistemas de Información y a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto del Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese. Martínez ANEXO Página Nº 140 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Hacienda - Ministerio de Educación RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 57/MHGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 7.620.399/14, y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados el ministerio de Educación necesita reforzar su dotación para el normal desenvolvimiento de sus funciones; Que en consecuencia se propicia la designación de diversas personas como Auxiliares de Portería, por tratarse de personal idóneo para desempeñar dicha función; Que atento lo expresado y teniendo en cuenta impostergables razones de servicio, se propicia la cobertura inmediata, interinamente con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva titular por concurso, conforme lo prescripto por el artículo 6° de la Ley Nº 471; Que es de hacer notar que las mismas se efectúan de acuerdo con lo establecido por el artículo 5° del Decreto Nº 2194/03; Que a tal efecto es necesario dictar un acto administrativo acorde lo establecido en el Escalafón General para el Personal de Planta Permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Decreto Nº 986/04, y las pautas de encasillamiento fijadas por Decreto Nº 583/05; Que por lo expuesto corresponde proceder al dictado del pertinente acto administrativo; Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete. Por ello, y conforme las facultades conferidas por el Decreto Nº 484/11, LOS MINISTROS DE EDUCACIÓN Y DE HACIENDA RESUELVEN Artículo 1.- Desígnanse a las personas que se indican en el Anexo (IF-2014- 07674744-DGPDYND), como Auxiliares de Portería del Ministerio de Educación, a partir de diferentes fechas, interinamente con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva titular por concurso, conforme lo prescripto por el artículo 6° de la Ley Nº 471, y el artículo 5° del Decreto Nº 2194/03, y de acuerdo con lo establecido en el Escalafón General para el Personal de Planta Permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Decreto Nº 986/04, y las pautas de encasillamiento fijadas por Decreto Nº 583/05. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítanse las comunicaciones oficiales pertinentes a la Dirección General de Personal Docente y No Docente del Ministerio de Educación, al Ministerio de Hacienda y al Área Registro de la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Bullrich - Grindetti ANEXO Página Nº 141 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Modernización - Ministerio de Salud RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 603/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 3502366/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Parmenio Piñero", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 52/HGAPP/2014, designó con carácter interino al Dr. Héctor Marcelo López, D.N.I. 22.490.523, CUIL. 20- 22490523-9, legajo personal 428.970, como Médico de Planta Asistente (Ortopedia y Traumatología), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, cesando como Profesional de Guardia Médico, suplente, del citado Hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición Nº 10/DGAYDRH/2014. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 52/HGAPP/2014. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra Página Nº 142 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 604/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E N° 6269099/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. José María Ramos Mejía", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 100/HGARM/2014, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso a la señora Irene Mabel Aldave, D.N.I. 25.824.091, CUIL. 27-25824091-5, como Enfermera, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 100/HGARM/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 605/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E. N° 7097174/2013 (DGAYDRH), y Página Nº 143 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Niños "Pedro de Elizalde", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 374/HGNPE/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso al señor René Antonio Cruz, D.N.I. 34.091.331, CUIL. 20-34091331-1, como Enfermero, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 374/HGNPE/2013. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 606/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 5103245/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital Infanto Juvenil "Dra. Carolina Tobar García", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 102/HIJCTG/2013, designó con carácter interino al señor Julián Acuña, D.N.I. 32.462.270, CUIL. 20- 32462270-6, como Odontólogo de Planta, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias; Página Nº 144 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CONSIDERANDO: Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 102/HIJCTG/2013. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 607/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E. N° 3504768/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Dalmacio Vélez Sarsfield", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 5/HGAVS/2014, designó con carácter interino a la Licenciada Maricel Haydee Menazzi, D.N.I. 17.498.622, CUIL. 27-17498622-9, legajo personal 403.012, como Profesional de Guardia Bioquímica, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Bioquímica de Planta Hospital Adjunto, en el Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand"; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Página Nº 145 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 5/HGAVS/2014. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud – Ibarra RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 608/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 5592793/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 116/HGAIP/2014, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Claudia Alejandra Soria Formento, D.N.I. 92.280.924, CUIL. 27-92280924-6, como Técnica Administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 116/HGAIP/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra Página Nº 146 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 609/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E.N° 5042649/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Ignacio Pirovano", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 545/HGAIP/2013, designó con carácter interino al Dr. Leonardo Luis Dimasi, D.N.I. 18.114.813, CUIL. 20- 18114813-7, como Jefe Unidad Internación, dependiente de la División Cirugía General, con 40 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias, reteniendo sin percepción de haberes el cargo de Médico de Planta Consultor (Cirugía General), titular, del citado Hospital. Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que como resultado del análisis realizado en la mencionada norma, se han detectado anomalías; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, rectificando parcialmente dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN Artículo 1.-Rectifícanse parcialmente los términos de la Disposición N° 545/HGAIP/2013, dejándose establecido que la designación dispuesta por la misma, lo es en favor del Dr. Leonardo Luis Dimasi, D.N.I. 18.114.813, CUIL. 20-18114813-7, legajo personal 375.141. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra Página Nº 147 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 610/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 3030409/2014 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 83/HGNRG/2014, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, al señor Walter Nicolás Jiménez, D.N.I. 38.893.233, CUIL. 20-38893233- 4, como Planchador y/o Lavandero, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 83/HGNRG/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 611/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 6276521/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Página Nº 148 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital Neuropsiquiátrico "Dr. José T. Borda", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 165/HNJTB/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora María Ysabel Davalos Benitez, D.N.I. 94.242.259, CUIL. 27- 94242259-3, como Auxiliar de Enfermería, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición N° 37/DGAYDRH/2014. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN Artículo 1.-.Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 165/HNJTB/2013. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 612/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 521761/2014 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital "Bernardino Rivadavia", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 77/HBR/2014, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, al señor Zhezael Iniguik Flores, D.N.I. 39.390.859, CUIL. 23-39390859-9, como Auxiliar de Hotelería, Hospitales y Afines, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Página Nº 149 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN Artículo 1.-.Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 77/HBR/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 613/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: El E.E. Nº 4401248/2013 (HGACD), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, el Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", del Ministerio de Salud, solicita se amplíe de 30 a 40 horas semanales, el horario que cumple la Dra. Silvina Noemí Cantelli, D.N.I. 22.744.499, CUIL. 27-22744499-7, legajo personal 385.713, Especialista en la Guardia Médica de Hospital Principal (Neonatología), titular, conforme lo establecido en el Punto B, del Acta Partidaria Nº 56/2011, de Negociación Colectiva de la Comisión Sectorial de Médicos Municipales; Que a tal efecto, es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987, y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias; Que es de hacer notar, que la Dirección General de Administración y Desarrollo de Recursos Humanos, del precitado Ministerio, presta conformidad a lo peticionado; Que asimismo se destaca, que la Dirección General de Planeamiento y Control de Gestión, del Ministerio de Modernización, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia; Por ello, conforme las facultades conferidas mediantes la Ley N° 4013 y el Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios, LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN Página Nº 150 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 1.-Amplíase el horario de 30 a 40 horas semanales, a la Dra. Silvina Noemí Cantelli, D.N.I. 22.744.499, CUIL. 27-22744499-7, legajo personal 385.713, Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias. Especialista en la Guardia Médica de Hospital Principal (Neonatología), titular, en el Hospital General de Agudos "Dr. Carlos G. Durand", del Ministerio de Salud, partida 4022.0600.MS.21.954, conforme lo establecido en el Punto B, del Acta Partidaria Nº 56/2011, de Negociación Colectiva de la Comisión Sectorial de Médicos Municipales y de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 614/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: El E.E. Nº 1357103/2013 (HGADS), y CONSIDERANDO: Que según surge de los presentes actuados, el Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni", del Ministerio de Salud, solicita se amplíe de 30 a 40 horas semanales, el horario que cumple el Dr. Fernando Andrés Kozij, D.N.I. 24.804.683, CUIL. 20-24804683-0, legajo personal 460.267, Especialista en la Guardia Médico Asistente (Neonatología), titular, conforme lo establecido en el Punto B, del Acta Partidaria Nº 56/2011, de Negociación Colectiva de la Comisión Sectorial de Médicos Municipales; Que a tal efecto, es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias; Que es de hacer notar, que la Dirección General de Administración y Desarrollo de Recursos Humanos, del precitado Ministerio, presta conformidad a lo peticionado; Que asimismo, la Dirección General de Planeamiento y Control de Gestión, del Ministerio de Modernización, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia; Por ello, conforme las facultades conferidas mediantes la Ley N° 4013 y el Decreto N° 660/2011 y sus modificatorios, LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN Página Nº 151 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 1.-Amplíase el horario de 30 a 40 horas semanales, al Dr. Fernando Andrés Kozij, D.N.I. 24.804.683, CUIL. 20-24804683-0, legajo personal 460.267, Especialista en la Guardia Médico Asistente (Neonatología), titular, en el Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni", del Ministerio de Salud, partida 4022.1100.MS.24.954, conforme lo establecido en el Punto B, del Acta Partidaria Nº 56/2011, de Negociación Colectiva de la Comisión Sectorial de Médicos Municipales y de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 615/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E. N° 6461810/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Niños "Dr. Ricardo Gutiérrez", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 88/HGNRG/2014, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso al señor Alex Ezequiel Hobert, D.N.I. 24.775.894, CUIL. 20-24775894-2, como Auxiliar de Enfermería, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 88/HGNRG/2014. Página Nº 152 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 616/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 6392671/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital de Infecciosas "Dr. Francisco Javier Muñiz", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 99/HIFJM/2014, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, a la señora Viviana Mercedes Kinderknecht, D.N.I. 23.768.680, CUIL. 27-23768680-8, como Enfermera, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN Artículo 1.-.Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 99/HIFJM/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra Página Nº 153 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 617/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E.N° 3964092/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. José María Penna", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 68/HGAP/2014, designó con carácter interino a la señora Carla Iris Rocha Montaño, D.N.I. 30.663.589, CUIL. 27-30663589-7, como Odontóloga de Planta Asistente Adjunta, con 30 horas semanales, para desempeñarse en el Área Programática, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y Resolución N° 375/SSySHyF/2006, y modificatorias. Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 68/HGAP/2014. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 618/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E. N° 6864970/2013 (DGAYDRH), y Página Nº 154 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital de Gastroenterología "Dr. Carlos Bonorino Udaondo", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 369/HBU/2013, designó interinamente, con carácter transitorio y hasta la provisión definitiva de su titularidad por concurso, al señor José Barreira Pons, D.N.I. 18.855.059, CUIL. 20- 18855059-3, como Camillero, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 471 y los Decretos Nros. 986/2004 y 583/2005; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 369/HBU/2013. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 619/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E. Nº 6608590/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Dalmacio Vélez Sarsfield", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 29/HGAVS/2014, designó con carácter interino a la Dra. Mariana Manzini, D.N.I. 28.525.127, CUIL. 27-28525127-9, como Médica de Planta Asistente (Medicina General y Familiar), con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Página Nº 155 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 29/HGAVS/2014. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 620/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, y el E.E.N° 3538432/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión, y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital de Oncología "María Curie", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 418/HMOMC/2013, designó con carácter interino al Dr. Domingo Gustavo Moreno Quito, D.N.I. 92.837.945, CUIL. 20-92837945- 1, como Profesional de Guardia Médico Asistente, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y Resolución N° 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, cesando como Especialista en la Guardia Médica, (Cirugía General), suplente, del citado hospital; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo; Que como resultado del análisis realizado en la mencionada norma, se ha detectado anomalías; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, rectificando parcialmente dicho acto administrativo; Página Nº 156 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN Artículo 1.-Rectifícanse parcialmente los términos de la Disposición 418/HMOMC/2013, dejándose establecido que la designación dispuesta por la misma lo es en favor del Dr. Domingo Gustavo Moreno Quito, D.N.I. 92.837.945, CUIL. 20- 92837945-1, legajo personal 451.236. Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 621/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E.N° 6208901/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Donación Francisco Santojanni", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 71/HGADS/2014, designó con carácter interino a la Dra. Carla María López Baltare, D.N.I. 28.802.711, CUIL. 27-28802711-6, legajo personal 414.862, como Especialista en la Guardia Médica Asistente (Cirugía General), de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y Resolución N° 375/SSySHyF/2006, y modificatorias, cesando como Profesional de Guardia Médica Suplente, del citado Hospital. Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar a la misma; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Por ello, y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN Artículo 1.-Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 71/HGADS/2014. Página Nº 157 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 2.-Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 622/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: El E.E. N° 2600163/2013, (HMIRS), y CONSIDERANDO: Que el Hospital Materno Infantil "Ramón Sarda", dependiente del Ministerio de Salud, solicita se amplíe de 30 a 40 horas semanales, el horario que cumple el Dr. Jorge Alfredo Pachame, D.N.I. 12.082.201, CUIL. 20-12082201-3, legajo personal 394.962, como Especialista en la Guardia Médico de Hospital (Terapia Intensiva), titular, conforme lo establecido en el Punto B, del Acta Paritaria N° 56/2011, de Negociación Colectiva de la Comisión Sectorial de Médicos Municipales, reglamentada mediante Resolución N° 19/MHGC/2014; Que a tal efecto, es necesario dictar un acto administrativo de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987 y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que es de hacer notar, que la Dirección General Región Sanitaria I, del Ministerio que nos ocupa, presta conformidad a lo peticionado; Que por lo expuesto, resulta necesario acceder de conformidad procediendo a dictar la norma legal que posibilite lo requerido; Que por otra parte, se destaca que la Dirección General de Planeamiento y Control de Gestión, del Ministerio de Modernización, ha tomado la debida intervención en lo que respecta a su competencia. Por ello, conforme las facultades conferidas mediante la Ley Nº 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios, LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN Artículo 1 .-Amplíase el horario de 30 a 40 horas semanales del Dr. Jorge Alfredo Pachame, D.N.I. 12.082.201, CUIL. 20-12082201-3, legajo personal 394.962, como Especialista en la Guardia Médico de Hospital (Terapia Intensiva), titular, en el Hospital Materno Infantil "Ramón Sarda", dependiente del Ministerio de Salud, partida 4021.0030.MS.22.954, conforme lo establecido en el Punto B, del Acta Paritaria N° 56/2011, de Negociación Colectiva de la Comisión Sectorial de Médicos Municipales, reglamentada mediante Resolución N° 19/MHGC/2014 y de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud aprobada por Ordenanza Nº 41455, reglamentada por Decreto Nº 2745/1987, y la Resolución Nº 375/SSySHyF/2006, y modificatorias. Artículo 2 .- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Hospital Materno Infantil "Ramón Sarda", al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Página Nº 158 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 623/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley N° 2155, el Decreto reglamentario N° 308/2008, la Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013 y el E.E. Nº 6495256/2013 (DGAYDRH), y CONSIDERANDO: Que por las precitadas normas, se faculta a los Directores de Hospitales a dictar el acto administrativo pertinente de designación de personal, previa acreditación de los requisitos para la cobertura de la vacante en cuestión y de los procedimientos de selección establecidos en la normativa vigente, como así también se aprueban los "Procesos de Nombramientos de Efectores de Salud por Alta Nueva de Puesto"; Que como consecuencia de lo expresado, el Hospital General de Agudos "Dr. Enrique Tornú", del Ministerio de Salud, mediante Disposición N° 204/HGAT/2013, designó con carácter interino al Dr. Martín José Mela, D.N.I. 30.958.185, CUIL. 20-30958185-8, como Médico de Planta Asistente Especialista en Diagnóstico por Imágenes, con 30 horas semanales, de acuerdo con lo dispuesto en la Carrera Municipal de Profesionales de Salud, aprobada por Ordenanza N° 41455, reglamentada por Decreto N° 2745/1987 y la Resolución N° 375/SSySHyF/2006 y modificatorias; Que la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización, ha verificado la no existencia de incompatibilidad de la persona propuesta para la cobertura en cuestión, de acuerdo con lo normado por el artículo 7 de la Ley N° 471, ha efectuado las observaciones pertinentes en cada una de las distintas situaciones de revista y realizado las altas que fueran necesarias para incorporar al mismo; Que por lo expuesto, procede realizar la pertinente norma legal, convalidando dicho acto administrativo. Que asimismo, es dable destacar que la tramitación de la presente gestión, se encuentra contemplada en los términos de la Disposición Nº 11/DGAYDRH/2014. Por ello y conforme lo determinado por Resolución N° 5/MSGCyMMGC/2013, LOS MINISTROS DE SALUD Y DE MODERNIZACION RESUELVEN Artículo 1.- Convalídase en todos sus términos, lo dispuesto por Disposición N° 204/HGAT/2013. Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase al Ministerio de Salud y a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Reybaud - Ibarra Página Nº 159 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Modernización - Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana RESOLUCIÓN CONJUNTA N° 624/MMGC/14 Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: El Expediente Nº 1464296/11, y CONSIDERANDO: Que mediante las Resoluciones Nros. 2777/MHGC/2010, 2778/MHGC/2010 y 2779/MHGC/2010, se instrumentaron a partir del 1º de septiembre de 2010, los Convenios Colectivos de Trabajo que complementan la Ley Marco que rige las relaciones de empleo público, el que en su artículo 24 establece que cuando se produzca el fallecimiento de un agente que sea único sostén de su núcleo familiar se reservará la partida que deja el fallecido para un familiar directo, en tanto cumpla con los requisitos generales de ingreso, a excepción del concurso público; Que según surge de los presentes actuados, el ex agente Jorge Eduardo Rojas, D.N.I. 11.076.888, CUIL. 20-11076888-6, legajo personal 452.476, revistaba en el Centro de Gestión y Participación Comunal N° 15, de la Subsecretaría de Atención Ciudadana, de la Jefatura de Gabinete de Ministros, habiéndose producido su deceso el 18 de agosto de 2011; Que como consecuencia de lo expresado, la señora María Celeste Rojas, D.N.I. 34.630.236, CUIL 23- 34630236-4, hija del agente fallecido, solicitó cubrir la vacante producida; Que asimismo se destaca que la nombrada reúne las condiciones exigidas por las normativas precitadas; Que por otra parte, se señala que se efectuó un relevamiento del perfil laboral de la involucrada, estableciéndose que se encuentra en condiciones de realizar tareas en el Organismo Fuera de Nivel Unidad de Atención Ciudadana, de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana; Que por lo expuesto, resulta conveniente hacer lugar a la solicitud a que se hizo mención, procediendo a su designación en los cuadros de la planta permanente de esta Administración Central; Que por lo expresado, procede dictar el acto administrativo correspondiente. Por ello, EL SECRETARIO DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA Y EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVEN Artículo 1º.- Hacer lugar a la solicitud efectuada por la señora María Celeste Rojas, D.N.I. 34.630.236, CUIL 23-34630236-4, para ocupar la vacante laboral producida por el fallecimiento de su padre, el ex agente Jorge Eduardo Rojas, D.N.I. 11.076.888, CUIL. 20-11076888-6, legajo personal 452.476, acaecido el 18 de agosto de 2011, conforme lo prescripto por el artículo 24 del Convenio Colectivo de Trabajo, instrumentado por Resoluciones Nros. 2777/MHGC/2010, 2778/MHGC/2010 y 2779/MHGC/2010. Página Nº 160 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 2º.- Desígnase a la señora María Celeste Rojas, D.N.I. 34.630.236, CUIL 23- 34630236-4, en el Organismo Fuera de Nivel Unidad de Atención Ciudadana, de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, partida 2176.0000.S.A.01.0000, de acuerdo con lo establecido en el Escalafón General para el Personal de Planta Permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, aprobado por Decreto Nº 986/2004 y las pautas de encasillamiento fijadas por Decreto Nº 583/2005. Artículo 3º.- La Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto dependiente del Ministerio de Hacienda, tomará los recaudos necesarios con relación al gasto emergente de la presente Resolución. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana, a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese. Macchiavelli - Ibarra Página Nº 161 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Gobierno - Ministerio de Salud RESOLUCIÓN CONJUNTA N.° 3/MGOBGC/14 Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nacional N° 26.413, la Resolución N° 1.539/MSGC/12, el Expediente Electrónico N° 8431320/MGEYA-MSGC/14, y CONSIDERANDO: Que la Ley Nacional Nº 26.413 establece que todos los actos o hechos que den origen, alteren o modifiquen el estado civil y la capacidad de las personas deberán inscribirse en los correspondientes registros de las provincias, de la Nación y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el Capítulo XII de dicha norma regula el sistema de inscripción y registro de las defunciones, fijando asimismo los recaudos que deberán observarse para la certificación de la defunción; Que mediante Resolución Nº 1.539/MSGC/12 el Ministerio de Salud aprobó los criterios sobre “Certificados de defunción. Intervención médica en fallecimientos producidos en los efectores dependientes del Gobierno de la Ciudad“; Que a través del dictado de la Resolución N° RESFC-2014-1-MSGC los Ministerios de Salud y de Ambiente y Espacio Público aprobaron un procedimiento para el traslado de cuerpos provenientes de los Hospitales Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que en dicho marco, resulta adecuado fijar un procedimiento aplicable a la certificación, registro e inscripción de defunciones de personas, y nacidos muertos, así como para la expedición de licencias de inhumación o cremación correspondientes a segmentos y partes anatómicas, procedentes de efectores dependientes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que el establecimiento de tal procedimiento tiene por finalidad el cumplimiento de las normas nacionales y locales que rigen la materia, dotando a la actuación administrativa de mayor seguridad, celeridad y transparencia en el tratamiento de la información relativa a las defunciones; Que en virtud de lo antedicho corresponde el dictado del presente acto administrativo; Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 4.013, LA MINISTRA DE SALUD Y EL MINISTRO DE GOBIERNO RESUELVEN: Artículo 1º.- Apruébase el procedimiento que regula los requisitos y los formularios exigidos por el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, dependiente del Ministerio de Gobierno, aplicable a los efectores dependientes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, para la inscripción y registro del fallecimiento de personas y nacidos muertos, así como para la expedición de licencias de inhumación o cremación correspondientes asegmentos y partes anatómicas, conforme las pautas que se establecen a continuación: a.- Resulta de vital importancia la observancia de los plazos de 48 hs. y 60 días establecidos en la Ley Nacional N° 26.413, a los fines de la inscripción del Certificado Médico de Defunción. Página Nº 162 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires b.- El Certificado Médico de Defunción Fetal será extendido por el médico u obstetra que constate el fallecimiento, o que intervenga en la extracción de un feto, cuyo fallecimiento se hubiese producido con anterioridad a la separación del cuerpo de la madre. En caso que el feto presente algún signo vital, una vez separado completamente del cuerpo materno, se lo considerará persona en los términos de lo dispuesto en el Título IV, Sección Primera, Libro Primero, del Código Civil y deberá registrarse como tal. c.- El Informe Estadístico de Defunción, como el correspondiente a Defunción Fetal, que como Anexos I (IF-2014-08437887-DGLTSSASS) y II (IF-2014-08437937- DGLTSSASS) forman parte integrante de la presente, deberán ser completados por el médico, o en su caso, obstetra que comprobare el fallecimiento. Luego deberán presentarse ante el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, adjuntos al Certificado Médico de Defunción. d.- El formulario "Aviso de Fallecimiento" (Nº 24), que como Anexo III (IF 2014- 08439140- DGLTSSASS) forma parte integrante de la presente, deberá completarse siempre en caso de fallecimiento de personas, no procediendo en caso de nacidos muertos. e.- El formulario mencionado en el artículo anterior deberá, en caso de ausencia del Documento Nacional de Identidad, completarse con las huellas dactiloscópicas del fallecido. En caso de ser esto imposible, se deberán expresar, en el reverso, los motivos. f.- En caso de resultar imposible obtener impresiones dactiloscópicas del fallecido, el médico deberá completar el formulario "Acta Ley Hospitalaria", que como Anexo IV (IF 2014-08439169-DGLTSSASS) forma parte integrante de la presente, con la declaración de dos testigos que reconozcan el cadáver. En caso que no sea posible, deberá mencionar las causas que lo impiden. g.- En caso de segmentos o partes anatómicas, se deberá presentar el Formulario Único de Seguimiento del Cuerpo (FUSC), aprobado por Resolución RESFC N° 2014- 1-MSGC, ante el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, a los fines de la emisión de la Licencia de inhumación o cremación, según corresponda. h.- El Formulario Único de Seguimiento del Cuerpo (FUSC), aprobado por Resolución RESFC N° 2014-1- MSGC es un requisito para la emisión de la licencia de cremación. i.- Los formularios mencionados en la presente Resolución se deberán adjuntar al Certificado Médico de Defunción para ser presentado ante el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, a los fines de la inscripción del fallecimiento, por la persona interviniente que se haga cargo del trámite de inhumación o cremación del fallecido, o personal del hospital en caso que no existiera reclamante alguno. j.- En el supuesto contemplado en el inciso f, el formulario "Acta Ley" (Nº 25) que como Anexo V (IF- 2014-08439224-DGLTSSASS) forma parte integrante de la presente, deberá ser completado en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, por oficial público perteneciente al mismo, a los fines de verificar los datos de los testigos que figuran en el formulario del Anexo IV. k.- En este último caso, los testigos, sean familiares o allegados del difunto, deberán inscribir el fallecimiento acompañando toda la documental que le será entregada en el hospital. En caso de ausencia para ello, lo hará personal del hospital. l.- El Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas deberá, cuando el hospital lo requiera, brindar información acerca del domicilio del fallecido, realizando las gestiones necesarias con el Registro Nacional de las Personas. Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos, pase a las Subsecretarías de Planificación Sanitaria y de Atención Integrada de Salud; a las Direcciones Generales Región Sanitaria I, II, III y IV, quienes pondrán en conocimiento de la presente a los efectores que le dependen; a las Direcciones Generales Legal y Técnica, Docencia e Investigación, Sistema de Atención Médica de Emergencia, dependientes del Ministerio de Salud y a la Dirección General Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, a la Subsecretaría de Gobierno y a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependientes del Ministerio de Gobierno. Cumplido, archívese. Reybaud - Monzó ANEXO Página Nº 163 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Secretaría Legal y Técnica - Ministerio de Salud RESOLUCIÓN CONJUNTA N.º 8/SECLYT/14 Buenos Aires, 30 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095 y su modificatoria Ley Nº 4.764, el Decreto N° 95/14, las Disposiciones Nros 171/DGCyC/08, 176/DGTAD/14 y 11/DGLTSSASS/14 y 384/DGCyC/14, y el Expediente Electrónico N° 7.075.735/MGEYA-EAIT/13, y CONSIDERANDO: Que por el expediente citado en el Visto tramita la Contratación de un Servicio de transporte aéreo no regular interno y regional para viajes protocolares e institucionales de funcionarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y personal del Ministerio de Salud destinado al traslado de órganos y tejidos y/o del equipo médico de procuración de trasplante con su respectivo equipaje y carga, el que podrá incluir el transporte terrestre de órganos y tejido y/o del equipo médico de transplante con destino al Instituto del Transplante de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y/o de la institución hospitalaria en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires donde se efectúe el procesamiento del tejido y/o implante del órgano; Que por Disposición Nº 171/DGCyC/08 la Dirección General de Compras y Contrataciones, en su carácter de Órgano Rector del sistema de contrataciones, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que la Dirección General Técnica y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica y la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud procedieron a la aprobación del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Anexos, al amparo de lo previsto en el artículo 40 de la Ley N° 2.095 y su modificatoria N° 4.764 y en el Decreto reglamentario N° 95/14, y se autorizó a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda a realizar el llamado a Licitación, designándose, asimismo, a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas; Que en consecuencia, por Disposición Nº 384/DGCyC/14 se dispuso el llamado a Licitación Pública de Etapa Única Nº 04/DGCYC/2014 para el día 12 de Junio de 2014, a las 11.00 horas, al amparo de lo establecido en los artículos 31, primera parte, 32 y 40 de la Ley N° 2.095, y su modificatoria Ley N° 4.764 y su Decreto reglamentario Nº 95/14; Que conforme se acredita con las constancias obrantes en la actuación citada en el Visto, se efectuaron las publicaciones y comunicaciones de rigor; Que tal como luce en el Acta de Apertura Nº 5/14 se recibió una (1) oferta de la firma ÚNICOS AIR S.A.; Que se ha cumplimentado con el Cuadro Comparativo de Precios que ordena el artículo 108 del Decreto reglamentario N° 95/14; Que mediante el Dictamen de Evaluación de Ofertas, la Comisión Evaluadora de Ofertas aconsejó la adjudicación de la oferta presentada por la firma ÚNICOS AIR S.A. (Renglones Nº 1 y 2) hasta la suma de cinco millones setescientos noventa mil quinientos sesenta con 40/100 ($ 5.790.560,40), por ser la única oferta más conveniente, teniendo en cuenta la calidad, oferta económica e idoneidad del oferente, conforme lo establecido en los artículos 108 y 109 de la Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley Nº 4.764, y su Decreto reglamentario; Página Nº 164 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que el Acta de Preadjudicación emitida en consecuencia fue notificada fehacientemente a la empresa oferente, publicada en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en un todo de acuerdo con lo dispuesto por las normas precedentemente citadas; Que vencido el plazo para formular impugnaciones no fue recibida ninguna presentación en tal sentido; Que surge de las constancias del actuado referenciado, el cumplimiento de lo dispuesto en la reglamentación del artículo 40 de la Ley N° 2.095 y su modificatoria, respecto de la disponibilidad de créditos, y recaudos para hacer frente a la correspondiente erogación presupuestaria; Que es dable poner de resalto, que en atención a la modalidad de contratación con orden de compra abierta, la afectación preventiva del crédito y el compromiso definitivo se efectuarán en forma conjunta en el momento de la emisión de cada solicitud de provisión y solamente por el monto de la misma; Que en virtud de las competencias conferidas al Ministerio de Salud y a la Secretaría Legal y Técnica, y considerando los distintos alcances materiales del servicio cuya adjudicación se propicia, las instancias precedentemente citadas adjudicarán el mentado servicio cada una de ellas en lo concerniente a lo que atañe a las materias de las competencias que le son propias en virtud de lo establecido en la Ley N° 4.013, sus normas modificatorias y reglamentarias; Que en consecuencia y atento lo actuado, procede el dictado del presente acto administrativo por medio del cual se aprueba el procedimiento de contratación y se adjudica el servicio de marras. Por ello, en virtud de las facultades otorgadas por el Anexo II del Decreto Nº 95/14, LA MINISTRA DE SALUD Y EL SECRETARIO LEGAL Y TÉCNICO RESUELVEN Artículo 1º.- Apruébase la Licitación Pública de Etapa Única Nº 04/DGCYC/14 realizada al amparo de lo establecido en los artículos 31 primera parte, 32 y 40 de la Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley Nº 4.764, y el Decreto Nº 95/14, por la Dirección General de Compras y Contrataciones. Artículo 2º.- La Ministra de Salud adjudica la contratación del servicio de transporte aéreo no regular interno y regional para personal del Ministerio de Salud, destinado al traslado de órganos y tejidos y/o del equipo médico de procuración de trasplante con su respectivo equipaje y carga, el que podrá incluir el transporte terrestre de órganos y tejido y/o del equipo médico de transplante con destino al Instituto del Transplante de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entidad autárquica en el ámbito del Ministerio de Salud y/o de la institución hospitalaria dentro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires donde se efectuó el procesamiento del tejido y/o implante del órgano: a la firma ÚNICOS AIR S.A., renglón N° 1; y el Secretario Legal y Técnico adjudica la contratación del servicio de transporte aéreo no regular interno y regional para viajes protocolares e institucionales de funcionarios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: a la firma ÚNICOS AIR S.A., renglón N° 2, hasta la suma de pesos cinco millones setecientos noventa mil quinientos sesenta con 40/100 ($ 5.790.560,40.-), en el marco de las competencias conferidas por la Ley Nº 4.013 sus normas modificatorias y reglamentarias. Artículo 3º.- Establécese que, atento la modalidad de la presente contratación con cada solicitud de provisión de fondos, la afectación preventiva del crédito y el compromiso definitivo, se efectuarán conjuntamente, por el monto de la misma, subordinado al crédito que para ejercicio se consigne en los respectivos presupuestos. Artículo 4º.- Autorízase al Director General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda a suscribir la respectiva Orden de Compra. Página Nº 165 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 5º.- Facúltase al Director General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda a dictar todos los actos administrativos que fueren necesarios para la ejecución de la presente contratación hasta la finalización de la misma, incluyendo, en caso de corresponder, la ampliación del total adjudicado y/o prórroga del plazo de duración, y la revisión de precios, así como a rescindir el contrato suscripto, de conformidad con la normativa aplicable. Artículo 6º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un (1) día y en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud y a la Dirección General Técnica y Administrativa de la Secretaría Legal y Técnica, y en prosecución de su trámite, remítase a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda, dependencia que deberá proceder a efectuar la notificación fehaciente de la presente Resolución a la empresa oferente conforme con los términos establecidos en los Artículos 60 y 61 de la Ley de Procedimiento Administrativos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Reybaud - Clusellas Página Nº 166 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Disposición Ministerio de Hacienda DISPOSICIÓN N.º 516/DGCYC/14 Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº 4764, los Decretos Nº 95/14, Nº 1145/09 y concordantes, la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC- MJGGC-SECLYT/11, las Resoluciones Nº 596/MHGC/11 y Nº 1160/MHGC/11, las Disposiciones Nº 302/DGCYC/13 y Nº 396/DGCYC/14, el EE Nº 9.052.465/MGEYA-DGCYC/2014, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita el Convenio Marco de Compras para la provisión e instalación de Plazas de la Salud para uso de las reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que el Convenio Marco de Compras es definido en el artículo 33 del Decreto reglamentario del Régimen de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires Nº 1145/09 como "una modalidad de contratación electrónica mediante la cual se selecciona a uno o más proveedores para procurar el suministro directo de bienes y servicios a las Unidades Ejecutoras en la forma, plazo y demás condiciones establecidas en dicho convenio"; Que asimismo este proceso de selección de cocontratante para la celebración de Convenios Marco de Compras tramita por el Módulo Expediente Electrónico-EE, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC-MJGGC-SECLYT/11; Que el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales ha sido aprobado por Disposición Nº 396/DGCYC/14 por el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo 18, Inciso j) de la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Nº 95/14; Que se publica en www.buenosairescompras.gob.ar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, conteniendo el detalle de productos licitados, así como las condiciones y modalidades propias de la contratación, entre los que se cuentan requisitos técnicos de los bienes, económicos y financieros, condiciones de entrega, garantías, duración del Convenio a suscribirse, entre otras cuestiones exigibles por el artículo 23 de la Resolución Nº 1160/MHGC/11 y concordantes; Que en virtud de los términos de la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº 4764, los Decretos Nº 95/14 y Nº 1145/09 y concordantes, el suscripto se encuentra facultado para realizar el llamado a Licitación Pública, aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, Especificaciones Técnicas y designar los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas. Por ello, EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DISPONE Artículo 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas publicado en www.buenosairescompras.gob.ar. Página Nº 167 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 2º.- Llámase a Licitación Pública Nº 623-0613-LPU14 para el día 05 de Agosto de 2014 a las 14:00 horas, bajo la modalidad de Convenio Marco de Compras para la provisión e instalación de Plazas de la Salud para uso de las reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al amparo de lo establecido en el artículo 31 de la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº 4764, los Decretos Nº 95/14 y Nº 1145/09 y concordantes y la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC-MJGGC-SECLYT/11, por un monto estimado de pesos Un Millón Trescientos Diez Mil Ochenta y Cinco ($ 1.310.085,-). Artículo 3º.- Desígnase a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas de la Licitación Pública, la cual estará conformada por el Dr. Martín Stratico (D.N.I. Nº 27.309.597), el Sr. Pablo Lucas Converso (D.N.I. Nº 26.047.271) y la Srta. Ángela Celeste Ciorciari (D.N.I. Nº 35.804.113). Artículo 4º.- Publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un (1) día. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial, en Internet en el portal Buenos Aires Compras y en la página Web Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Gerencia Operativa de Contrataciones para la prosecución de su trámite. Butera DISPOSICIÓN N.º 517/DGCYC/14 Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº 4764, los Decretos Nº 95/14, Nº 1145/09 y concordantes, la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC- MJGGC-SECLYT/11, las Resoluciones Nº 596/MHGC/11 y Nº 1160/MHGC/11, las Disposiciones Nº 302/DGCYC/13 y Nº 396/DGCYC/14, el EE Nº 9.054.553/MGEYA-DGCYC/2.014, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita el Convenio Marco de Compras para la adquisición de Artículos de Ferretería para uso de las reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que el Convenio Marco de Compras es definido en el artículo 33 Decreto reglamentario del Régimen de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires Nº 1.145-09 como "una modalidad de contratación electrónica mediante la cual se selecciona a uno o más proveedores para procurar el suministro directo de bienes y servicios a las Unidades Ejecutoras en la forma, plazo y demás condiciones establecidas en dicho convenio"; Que asimismo este proceso de selección de cocontratante para la celebración de Convenios Marco de Compras tramita por el Módulo Expediente Electrónico-EE, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC-MJGGC-SECLYT-11; Que el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales ha sido aprobado por Disposición Nº 396-DGCYC-14 por el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo 18, Inciso j) de la Ley Nª 2.095, su modificatoria Ley Nº 4.764 y el Decreto Nº 95-14; Página Nº 168 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que se publica en www.buenosairescompras.gob.ar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, conteniendo el detalle de productos licitados, así como las condiciones y modalidades propias de la contratación, entre los que se cuentan requisitos técnicos de los bienes, económicos y financieros, condiciones de entrega, garantías, duración del Convenio a suscribirse, entre otras cuestiones exigibles por el artículo 23 de la Resolución Nº 1160-MHGC-11 y concordantes; Que en virtud de los términos de la Ley Nº 2.095, su modificatoria Ley Nº 4.764, los Decretos Nª 95-14, Nº 1145-09 y concordantes, el suscripto se encuentra facultado para realizar el llamado a Licitación Pública, aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y designar los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas. Por ello, EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DISPONE Artículo 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas que se visualizan en Buenos Aires Compras (BAC). Artículo 2º.- Llámase a Licitación Pública Nº 623-0614-LPU14 para el día 05 de Agosto de 2014 a las 15:00 horas bajo la modalidad de Convenio Marco de Compras para la adquisición de Artículos de Ferretería para uso de las reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al amparo de lo establecido en el Artículo 31 de la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº 4764, los Decretos Nª 95/14, Nº 1145/09 y concordantes y la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC-MJGGC-SECLYT/11, por un monto estimado de Pesos Quinientos Cuatro Mil Doscientos Treinta y Nueve ($ 504.239,-). Artículo 3º.- Desígnase a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas de la Licitación Pública, la cual estará conformada por el Dr. Martín Stratico (D.N.I. Nº 27.309.597), el Sr. Pablo Lucas Converso (D.N.I. Nº 26.047.271), y la Srta. Ángela Celeste Ciorciari (D.N.I. Nº 35.804.113). Artículo 4º.- Publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un (1) día. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial, en Internet en el portal Buenos Aires Compras y en la página Web Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Gerencia Operativa de Contrataciones para la prosecución de su trámite. Butera DISPOSICIÓN N.º 518/DGCYC/14 Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Nº 95/14, la Resolución Nº 424/MHGC/13, la Resolución Nº 607/MHGC/13, la Disposición Nº 372/DGCYC/13, la Disposición Nº 113/DGSEGUROS/14 y el EE Nº 8.275.669/MGEYA- DGSEGUROS/2014, y CONSIDERANDO: Que por el presente actuado tramita la Contratación Directa para la Contratación de un seguro de Responsabilidad Civil, un seguro de Incendio y un seguro de Robo con el objeto de brindar cobertura a los puestos rodantes para expendio de alimentos y bebidas ubicados en la Costanera Sur, en la Costanera Norte y en la Plaza Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependientes de la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público; Página Nº 169 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales ha sido aprobado por Disposición Nº 396/DGCYC/14 por el Director General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo Nº 18, Inciso j) de la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº 4764 y su Decreto Nº 95/14; Que el Señor Ministro de Hacienda por Resolución Nº 424/MHGC/13 estableció que a partir del 1º de agosto de 2013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley Nº 2095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán realizarse por medio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que por Resolución Nº 607/MHGC/13 modificó el artículo 3° de la Resolución N° 424/MHGC/13, el que quedó redactado del siguiente modo: “Artículo 3°. Establécese que las solicitudes de excepción a lo dispuesto en el artículo 1° de la presente Resolución quedarán sujetas al trámite especial que establezca la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda“, dictando el suscripto en consecuencia la Disposición Nº 372/DGCYC/13 y modificatoria; Que en ese sentido la Dirección General de Seguros mediante Nota NO-2013- 04853518-DGSEGUROS pone de manifiesto la imposibilidad de realizar las correspondientes Solicitudes de Gasto en Buenos Aires Compras (BAC), toda vez que centraliza la gestión de la partida Nº 3.5.4 (Primas y Gastos de Seguros) asignadas a distintas Unidades Ejecutoras; Que a los fines antes dichos, esta Dirección General de Compras y Contrataciones, en uso de las facultades que le fueran otorgadas por la citada normativa, por IF-2013- 05044372-DGCYC informa que las Solicitudes de Gasto quedan sujetas a las limitaciones previstas en el punto 2.2.1 "imputaciones a partidas con excepción" del Anexo I de la Disposición Nº 372/DGCYC/13, por lo que no resultaría necesario, emitir una excepción alguna a su respecto; Que en ese sentido, no existiría óbice legal para llevar a cabo el procedimiento licitatorio que nos ocupa por ante el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF); Que mediante Nota NO-2014-08786061-DGSEGUROS pone en manifiesto la necesidad de realizar la mentada Contratación a través de lo establecido en articulo 28 Inciso 1º de la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº 4764, y el Decreto Nº 95/14, habida cuenta de que los bienes objeto de la presente contratación se encuentran al momento sin amparo de cobertura de seguros con el riesgo existente para el patrimonio del GCBA; Que en virtud de los términos de la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Nº 95/14, el Director General de Seguros mediante Disposición Nº 113/DGSEGUROS/14 aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, autoriza a este Organismo a realizar el llamado a Contratación y designa la Comisión Evaluadora de Ofertas. Por ello, el suscripto se encuentra facultado para realizar el llamado a Contratación; EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DISPONE Artículo 1º.- Llámase a Contratación Directa Nº 7409/SIGAF/2014 para el día 07 de Agosto de 2014 a las 11,00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo 28 Inc. 1 de la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Nº 95/14, para la Contratación de un seguro de Responsabilidad Civil, un seguro de Incendio y un seguro de Robo con el objeto de brindar cobertura a los puestos rodantes para expendio de alimentos y bebidas ubicados en la Costanera Sur, en la Costanera Norte y en la Plaza Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dependientes de la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público, por un monto estimado de PESOS OCHENTA MIL ($ 80.000,-). Artículo 2º.- Remítanse las invitaciones y comunicaciones de acuerdo a la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Nº 95/14. Página Nº 170 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 3º.- Publíquese en Internet en la página Web Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 4º.- Los mismos podrán ser consultados y/o adquiridos en forma gratuita en Avda. Roque Sáenz Peña Nº 547 Piso 8º en el horario de 10,00 a 15,00 horas. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Gerencia Operativa de Contrataciones para la prosecución de su trámite. Butera DISPOSICIÓN N.º 519/DGCYC/14 Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095 su modificatoria Ley Nº 4.764 y el Decreto Nº 95/14 el Decreto Nº 241-10, la Resolución Nº 424-MHGC -13, la Resolución Nº 607-MHGC -13, la Disposición Nº 372-DGCYC-13, la Disposición Nº 114-DGSEGUROS -14 y el EE Nº 8.293.768/MGEYA-DGSEGUROS/2014, y CONSIDERANDO: Que por el presente actuado tramita la Contratación Directa para la Contratación de una cobertura de Responsabilidad Civil y una cobertura de Incendio para brindar amparo a los distintos Museos y ubicaciones pertenecientes a la Dirección General de Museos, por ante la Dirección General de Seguros; Que por Decreto Nº 241-10 se establece que las Contrataciones de Seguros se realizarán a través de la Dirección General de Seguros; Que el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales ha sido aprobado por Disposición Nº 396-DGCYC-14 por el Director General de Compras y Contrataciones en su carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo Nº 18, Inciso j) de la Ley Nº 2.095 su modificatoria Ley Nº 4.764 y el Decreto Nº 95/14; Que el Señor Ministro de Hacienda por Resolución Nº 424-MHGC -13 estableció que a partir del 1º de agosto de 2.013 las adquisiciones y contrataciones regidas por la Ley Nº 2095 que realicen todas las jurisdicciones dependientes del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán realizarse por medio del Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado Buenos Aires Compras (BAC); Que por Resolución Nº 607-MHGC -13 modificó el artículo 3° de la Resolución N° 424/MHGC/13, el que quedó redactado del siguiente modo: “Artículo 3°. Establécese que las solicitudes de excepción a lo dispuesto en el artículo 1° de la presente Resolución quedarán sujetas al trámite especial que establezca la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Hacienda“, dictando el suscripto en consecuencia la Disposición Nº 372-DGCYC-13 y modificatoria; Que en ese sentido la Dirección General de Seguros mediante Nota NO-2013- 04853518-DGSEGUROS pone de manifiesto la imposibilidad de realizar las correspondientes Solicitudes de Gasto en Buenos Aires Compras (BAC), toda vez que centraliza la gestión de la partida Nº 3.5.4 (Primas y Gastos de Seguros) asignadas a distintas Unidades Ejecutoras; Que a los fines antes dichos, esta Dirección General de Compras y Contrataciones, en uso de las facultades que le fueran otorgadas por la citada normativa, por IF-2013- 05044372-DGCYC informa que las Solicitudes de Gasto quedan sujetas a las limitaciones previstas en el punto 2.2.1 "imputaciones a partidas con excepción" del Anexo I de la Disposición Nº 372-DGCYC-13, por lo que no resultaría necesario, emitir una excepción alguna a su respecto; Que en ese sentido, no existiría óbice legal para llevar a cabo el procedimiento Página Nº 171 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires licitatorio que nos ocupa por ante el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF); Que mediante Nota NO-2014-08786220-DGSEGUROS pone en manifiesto la necesidad de realizar la mentada Contratación a través de lo establecido en articulo Nº 28 Inciso 1º de la Ley Nº 2095 su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Nº 95/14, habida cuenta de que las ubicaciones de riesgo que motivan la presente, se encuentran al momento sin amparo de cobertura de seguros con el riesgo existente para el patrimonio del GCBA; Que en virtud de los términos de la Ley Nº 2.095 su modificatoria la Ley Nº 4.764 y el Decreto Nº 95/14, el Director General de Seguros mediante Disposición Nº 114- DGSEGUROS -14 aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas, autoriza a este Organismo a realizar el llamado a Contratación y designa la Comisión Evaluadora de Ofertas. Por ello, el suscripto se encuentra facultado para realizar el llamado a Contratación; EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DISPONE Artículo 1º.- Llámase a Contratación Directa Nº 7423/SIGAF/2014 para el día 11 de Agosto de 2014 a las 11,00 horas, al amparo de lo establecido en el Artículo Nº 28 Inc. 1 de la Ley Nº 2.095 su modificatoria Ley Nº 4.764 y el Decreto Nº 95-14, para la Contratación de una cobertura de Responsabilidad Civil y una cobertura de Incendio para brindar amparo a los distintos Museos y ubicaciones pertenecientes a la Dirección General de Museos, por un monto estimado de Pesos Ochenta y Cinco Mil ($ 85.000.-). Artículo 2º.- Remítanse las invitaciones y comunicaciones, de acuerdo a la Ley Nº 2095 su modificatoria Ley Nº 4.764 y el Decreto Nº 95/14. Artículo 3º.- Publíquese en Internet en la página Web Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 4º.- Los mismos podrán ser consultados y/o adquiridos en forma gratuita en Avda. Roque Sáenz Peña Nº 547 Piso 8º en el horario de 10,00 a 15,00 horas. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Gerencia Operativa de Contrataciones para la prosecución de su trámite. Butera DISPOSICIÓN N.º 520/DGCYC/14 Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº 4764, los Decretos Nº 95/14, Nº 1145/09 y concordantes, la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC-MJGGC-SECLYT/11, las Resoluciones Nº 596/MHGC/11 y Nº 1160/MHGC/11, las Disposiciones Nº 302/DGCYC/13 y Nº 396/DGCYC/14, el EE Nº 9.114.511/MGEYA-DGCYC/2.014, y CONSIDERANDO: Que por la citada actuación tramita el Convenio Marco de Compras para la Adquisición, Traslado y Entrega de Luminarias de Bajo Consumo para uso de las reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos Aires Compras (BAC); Página Nº 172 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que el Convenio Marco de Compras es definido en el artículo 33 Decreto reglamentario del Régimen de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires Nº 1145/09 como "una modalidad de contratación electrónica mediante la cual se selecciona a uno o más proveedores para procurar el suministro directo de bienes y servicios a las Unidades Ejecutoras en la forma, plazo y demás condiciones establecidas en dicho convenio"; Que asimismo este proceso de selección de cocontratante para la celebración de Convenios Marco de Compras tramita por el Módulo Expediente Electrónico-EE, del Sistema de Administración de Documentos Electrónicos (SADE), en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC-MJGGC-SECLYT/11; Que el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales ha sido aprobado por Disposición Nº 396/DGCYC/14 por el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el Artículo 18, Inciso j) de la Ley Nª 2095, su modificatoria Ley Nº 4764 y el Decreto Nº 95/14; Que se publica en www.buenosairescompras.gob.ar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, conteniendo el detalle de productos licitados, así como las condiciones y modalidades propias de la contratación, entre los que se cuentan requisitos técnicos de los bienes, económicos y financieros, condiciones de entrega, garantías, duración del Convenio a suscribirse, entre otras cuestiones exigibles por el artículo 23 de la Resolución Nº 1160/MHGC/11 y concordantes; Que en virtud de los términos de la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº 4764, los Decretos Nº 95/14, Nº 1145/09 y concordantes, el suscripto se encuentra facultado para realizar el llamado a Licitación Pública, aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas y designar los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas. Por ello, EL DIRECTOR GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES DISPONE Artículo 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas que se visualizan en Buenos Aires Compras (BAC). Artículo 2º.- Llámase a Licitación Pública Nº 623-0627-LPU14 para el día 06 de Agosto de 2014 a las 14:00 horas bajo la modalidad de Convenio Marco de Compras para la Adquisición, Traslado y Entrega de Luminarias de Bajo Consumo para uso de las reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al amparo de lo establecido en el Artículo 31 de la Ley Nº 2095, su modificatoria Ley Nº 4764, los Decretos Nº 95/14, Nº 1145/09 y concordantes y la Resolución Conjunta Nº 9/MHGC- MJGGC-SECLYT/11, por un monto estimado de Pesos Siete Millones Seiscientos Ochenta y Cuatro Mil Trescientos Sesenta y Uno con 60/100 ($ 7.684.361,60). Artículo 3º.- Desígnase a los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas de la Licitación Pública, la cual estará conformada por la Dra. María Victoria Charalambous (D.N.I. Nº 32.920.145), el Sr. Pablo Lucas Converso (D.N.I. Nº 26.047.271) y la Srta. Ángela Celeste Ciorciari (D.N.I. Nº 35.804.113). Artículo 4º.- Publíquese el llamado en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de dos (2) días. Artículo 5º.- Publíquese en el Boletín Oficial, en Internet en el portal Buenos Aires Compras y en la página Web Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y remítase a la Gerencia Operativa de Contrataciones para la prosecución de su trámite. Butera Página Nº 173 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Justicia y Seguridad DISPOSICIÓN N.° 26/DGPPD/14 Buenos Aires, 22 de julio de 2014 VISTO: El Decreto N° 556/10, modificado por el Decreto N° 752/10, el Expediente N° 8863416/14 y; CONSIDERANDO: Que, por la citada actuación se tramita la adquisiciónde catorce (14) carteles Senderos Seguros en PVC espumado para esta Dirección General de Políticas de Prevención del Delito. Que, evaluados los distintos presupuestos, se adjudicó la contratación al Grupo JG S.R.L. - CUIT 30-71337730-5, por ajustarse a las especificaciones técnicas solicitadas y por encuadrarse dentro del presupuesto previsto; Que, el Decreto N° 556-GCBA-10 (B.O.C.B.A. N° 3463) en su artículo 1° inciso d) facultan a aprobar gastos de imprescindible necesidad, los cuales justificadamente no pueden ser gestionados a través de los procedimientos vigentes en materia de compras y contrataciones del estado; Que, la presente actuación, cumple los requisitos exigidos por el articulo 2° inciso a) del Decreto N° 556/GCBA/10 (B.O.C.B.A. N° 3463) por cuanto el pago en cuestión reviste el carácter de imprescindible y urgente para el normal desarrollo de la Dirección General de Políticas de Prevención del Delito; Que, el proveedor al quien se está adjudicando la presente contratación, se encuentra inscripto en el Registro Informatizado Único y Permanente de Proveedores, tal como lo establece el artículo 2° inciso c) del Decreto N° 556/GCBA/10 (B.O.C.B.A. N° 3463); Que, en virtud del cuadro de competencias establecido en el artículo 2° Anexo I del Decreto N° 752/GCBA/10 (B.O.C.B.A. N° 3512), la presente es la aprobación por un monto total acumulado de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($4.950); Que se encuentran agregadas en autos la Solicitud de Gastos N° 45627/14 correspondiente al ejercicio en vigor; Que, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe dicho gasto, imputando la erogación en cuestión a la partida del presupuesto del ejercicio 2014; Por ello y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 1°, del Decreto N° 556- GCBA- 10 (B.O.C.B.A. N° 3463) Y N° 752-GCABA-10; EL DIRECTOR GENERAL DE POLITICAS DE PREVENCION DEL DELITO DISPONE: Articulo.-1°. Apruébese el gasto correspondiente para la adquisición de catorce (14) carteles Senderos Seguros en PVC espumado, otorgados por el proveedor "Grupo JG S.R.L." CUIT 30-71337730-5, para ser utilizados en esta Dirección General de Políticas de Prevención del Delito, por un importe total de PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($4.950). Artículo.-2°. La presente erogación encontrara respaldo presupuestario en el Programa 35, actividad 3, inciso 3, Ppr. 5, Ppa. 3 correspondiente al ejercicio 2014. Artículo.-3°. Emítase la correspondiente Orden de Compra. Página Nº 174 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo.- 4°. Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y remítase para su conocimiento y demás efectos a la Dirección General de Contaduría, dependiente del Ministerio de Hacienda y al área de Compras y Contrataciones dependiente de la Subsecretaría de Prevención del Delito y Relación con la Comunidad, Cumplido archívese. Ventura Barreiro DISPOSICIÓN N.° 35/SAISSP/14 Buenos Aires, 17 de julio de 2014 VISTO: Los Decretos Nº 501/12 y Nº 67/10 GCABA, las Resoluciones Nº 51/MHGC/10, Nº 18/MHGC/MMGC/MJGGC/SECLYT/12, Nº 10/ISSP/14, la Disposición Nº 223/DGCG/10, el Expediente Electrónico Nº 2419958/MGEYA/SGISSP/14, y CONSIDERANDO: Que por el Decreto Nº 67/10 se aprobó el Régimen para la Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y mediante la Resolución Nº 51/MHGC/10 se reglamentó el citado Decreto; Que asimismo el Decreto Nº 501/12 aprobó el Régimen de Asignación de Gastos de Movilidad en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I; el que a todos sus efectos forma parte integrante de dicha Norma; Que por resolución N° 10/ISSP/14, resultan ser responsables de la administración y rendición de los fondos asignados a la Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública en concepto de Gastos de Movilidad, el Dr. Gabriel Esteban Unrein (DNI 20.343.251), el Dr. Carlos Horacio Aostri (DNI 12.370.398) y el Sr. Eduardo Adolfo Salas (DNI 16.454.501); Que en cumplimiento de la normativa citada la repartición deberá presentar la cuenta rendida firmada por el máximo responsable de la misma donde conste la aprobación de los gastos mediante Acto Administrativo; Que a su vez, por medio de la Resolución Nº 18/MHGC/MMGC/MJGGC/SECLYT/12 se estableció que el procedimiento de solicitud, rendición y devolución de gastos de movilidad deberá tramitar por Expediente Electrónico, conforme lo dispuesto en el Decreto Nº 196/11; Que corresponde expedirse acerca de los gastos efectuados en concepto de Movilidad de la Secretaría General del Instituto Superior de Seguridad Pública en lo que respecta a la oportunidad mérito y conveniencia de dichas erogaciones, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Disposición N° 223/DGCG/10 y en la Resolución Conjunta Nº 18; Que analizados los gastos relativos a la rendición del segundo trimestre del ejercicio 2014, corresponde proceder a su aprobación con los alcances señalados en el párrafo procedente. Por ello, en uso de las facultades que le son propias, EL SECRETARIO ACADÉMICO DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA DISPONE Artículo 1.- Aprobar los gastos efectuados en concepto de Gastos de Movilidad de la Secretaría Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública, relativos a la rendición del segundo trimestre del Ejercicio 2014, por la suma total de pesos ocho mil Página Nº 175 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires con 00/100 ($ 8.000,00) y la Planilla que como IF-2014- 8700710-SAISSP, confeccionada de conformidad con lo previsto en el Anexo III de la Resolución Nº 18/MHGC/MMGC/MJGGC/SECLYT/12, forma parte de la presente Disposición. Artículo 2.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Para su conocimiento y demás efectos remítase a la Dirección General de Contaduría Cumplido, archívese. Unrein ANEXO Página Nº 176 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Salud DISPOSICIÓN N.° 87/DGADC/14 Buenos Aires, 24 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095 modificada por la Ley N° 4.764, el Decreto Nº 95/GCBA/14 y el Expediente Electrónico Nº 8.730.348/MGEYA-DGRYPS/2014, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto, tramita la Contratación Menor Nº 7158/SIGAF/2014, al amparo de lo establecido en el artículo 38 y concordantes de la Ley Nº 2.095, su modificatoria 4.764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14, para la "Adquisición de cepillos dentales para el Departamento de Odontología dependiente de la Dirección General Redes y Programas de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires"; Que obra agregada en los actuados la Solicitud de Gastos debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria en etapa preventiva, por el monto estimado de la contratación que asciende a la suma de PESOS CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($187.500.-); Que, por Disposición Nº 396/DGCyC/14, el Director General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2.095, su modificatoria N° 4.764, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por Disposición Nº 52/DGCG/10, se estableció como sede del Centro de Recepción de Documentación de Pagos, correspondiente a la Representación de la Dirección General de Contaduría ante el Ministerio de Salud, la oficina sita en la calle Carlos Pellegrini Nº 313, planta baja, de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires; Que se encuentran incorporados el Pliego de Bases y Condiciones Particulares integrado con el Pliego registrado en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera, que han de regir la contratación que se propicia; Que de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 260/GCABA/12, se prevé entre las Responsabilidades Primarias de la Dirección General Administrativa Contable, actuar como Unidad Operativa de Adquisiciones del Nivel Central del Ministerio de Salud, en aquellas contrataciones no asignadas a la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud. Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2095 modificada por la Ley N° 4.764 y su Decreto Reglamentario Nº95/GCBA/14, LA DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE DISPONE Artículo 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que como Anexo registrado en el Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales bajo Nº PLIEG-2014-x-x, forma parte integrante de la presente Disposición, para la contratación del "Adquisición de cepillos dentales para el Departamento de Odontología dependiente de la Dirección General Redes y Programas de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires" por un monto estimado de PESOS CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS ($187.500.-). Artículo 2º.- Llámase a Contratación Directa N° 7158/SIGAF/2014 bajo el régimen de Contratación Menor, al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 2.095, su modificatoria N° 4.764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14, a tenor de la documentación aprobada por el Artículo 1° de la presente y fíjase fecha de apertura de ofertas para el día 01 de Agosto de 2014 a las 13:00 horas. Página Nº 177 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 3º.- Establécese que los pliegos de la contratación serán entregados sin valor comercial. Artículo 4º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente Partida Presupuestaria del Ejercicio 2014. Artículo 5º.- Remítanse invitaciones y cúrsense las comunicaciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 2.095 y su modificatoria N° 4.764 y el Decreto 95/GCBA/14, publíquese en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, www.buenosaires.gov.ar - Hacienda - Compras y Contrataciones - Licitaciones y Compras - Consultas de Compras y Contrataciones, y en la Cartelera Oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones. Artículo 6º.- Publíquese, para su conocimiento, comunicación y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones y comuníquese a la Dirección General Redes y Programas de Salud. Filippo DISPOSICIÓN N.° 89/DGADC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095, modificada por Ley Nº 4764, el Decreto Reglamentario N° 95/14 y el Expediente Nº 2.209.764/12, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto tramitó la Contratación Directa Nº 2818/SIGAF/13, al amparo de lo establecido en el artículo 28 apartado 3 de la Ley Nº 2.095, su Decreto Reglamentario Nº 754/GCBA/08 y modificatorios Decreto Nº 232/GCBA/10 y Nº 547/GCBA/12 entonces vigentes, para la contratación del "Servicio de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de equipos marca Dräger de distintos hospitales dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", por el término de doce (12) meses desde el perfeccionamiento del contrato; Que mediante Resolución Nº 853-MSGC/13 se aprobó la citada Contratación Directa, adjudicándose la prestación del servicio objeto de la contratación a la firma DRÄGER MEDICAL ARGENTINA S.A. CUIT N° 30-70966220-8, por la suma de TRES MILLONES NOVECIENTOS OCHO MIL TRESCIENTOS UNO CON DOCE CENTAVOS ($ 3.908.301,12) ; Que en consecuencia el día 06 de Agosto de 2013 se perfeccionó la Orden de Compra N° 38585/SIGAF/2013, habiéndose iniciado la prestación en el mes de agosto de ese mismo año por lo cual, tratándose de una prestación mensual, el último mes de prestación corresponde al mes de julio del año en curso; Que conforme lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el Órgano Licitante hizo reserva de ejercer la facultad de prorrogar la contratación en el marco de lo dispuesto en el artículo 117 inciso IIII de la Ley de Compras y Contrataciones de la Ciudad de Buenos Aires que rige la citada contratación; Que, al amparo de lo previsto en la citada normativa y conforme la modificación incorporada por la Ley N° 4764 aplicable al presente contrato, la Dirección General Recursos Físicos en Salud solicitó la prórroga de la Orden de Compra N° 38585/SIGAF/2013 por un plazo no menor a seis (6) meses, dada la necesidad de contar con el servicio y considerando la exclusividad con que cuenta la empresa DRÄGER MEDICAL ARGENTINA S.A. en cuanto a la prestación del mismo; Página Nº 178 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que, por otra parte el Hospital de Enfermedades Infecciosas Francisco J. Muñiz solicitó la baja de un respirador marca Drager modelo Evita N° de serie ARDD-0069 por presentar una falla técnica que no puede ser resuelta por el servicio técnico de la empresa prestataria; Que teniendo en cuenta las previsiones del punto 2 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que integra la documentación licitatoria y conforme lo establecido en la normativa entonces vigente, en un todo de acuerdo con las modificaciones efectuadas a la Ley Nº 2095 mediante Ley Nº 4764, y en virtud de lo requerido por la antedicha Dirección General, corresponde disponer la prórroga de la contratación de referencia por el término de seis (6) meses a partir del vencimiento de la Orden de Compra original; Que, asimismo, conforme el artículo 117 apartado I de la normativa citada corresponde disponer la disminución en la Contratación Directa Nº 2818/SIGAF/2013, en cuanto a la prórroga que por aquí se gestiona, por baja de un equipo del renglón Nº 39 correspondiente al Hospital de Enfermedades Infecciosas " Francisco J. Muñiz", por la suma de PESOS SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 7.355,88), equivalente al 0,19% de la Orden de Compra original, en conformidad con la normativa vigente, sin perjuicio de efectuar la disminución correspondiente a la orden de compra original en función de la fecha efectiva de desafectación del equipo en cuestión, una vez que sea informada por el efector; Que, en ese orden de ideas, el monto de la prórroga en trámite asciende a la suma de PESOS UN MILLON NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 1.946.794,68), según se detalla en el anexo que integra la presente; Que por razones operativas del Sistema de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) la desafectación de fondos a la Partida Presupuestaria del Hospital de Enfermedades Infecciosas "Francisco J. Muñiz" correspondiente a la citada disminución deberá registrarse oportunamente, una vez operado el vencimiento de la orden de compra; Que el gasto que genera la presente gestión cuenta con reflejo presupuestario en la respectiva partida con cargo a los ejercicios 2014 y 2015; Que ha tomado intervención la Dirección General Legal y Técnica del Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 260-GCBA/12. Por ello, y en base a las competencias establecidas en la Ley Nº 2.095, modificada por Ley N° 4.764 y el Decreto Reglamentario N° 95/14, LA DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE DISPONE Artículo 1º.- Prorrógase la Orden de Compra Nº 38585/SIGAF/2013 a favor de la firma DRÄGER MEDICAL ARGENTINA S.A. CUIT N° 30-70966220-8 gestionada por Contratación Directa Nº 2818/SIGAF/13, por la suma de UN MILLÓN NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON SESENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 1.946.794,68), por el plazo de seis (6) meses desde el vencimiento de la citada Orden de Compra, según se detalla en el Anexo registrado en el Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales bajo Nº DI-2014- 09105281-DGADC que forma parte integrante de la presente. Artículo 2°.- La erogación que demande la presente gestión se imputa a la correspondiente Partida Presupuestaria con cargo a los Ejercicios 2014 y 2015. Artículo 3º.- Autorizase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones a emitir la Orden de Compra de prórroga de la Orden de Compra Nº 38585/SIGAF/2013, conforme lo dispuesto en el artículo 1º de la presente. Artículo 4º.- Notifíquese al proveedor que deberá integrar la respectiva garantía de ejecución del contrato, a tenor de lo establecido en el Artículo 113 de normativa de aplicación. Página Nº 179 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 5°.- Procédase a registrar oportunamente la desafectación de los fondos correspondientes a la partida presupuestaria del Hospital de Enfermedades Infecciosas Francisco J. Muñiz, en relación con el Renglón Nº 39 por la suma de pesos SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 7.355,88), en relación con el compromiso definitivo del gasto gestionado para la prórroga aprobada por el artículo 1°, como así también los fondos correspondientes a la Orden de Compra Nº 38585/SIGAF/2013, en función de la fecha efectiva de desafectación del equipo respirador marca Drager modelo Evita N° de serie ARDD-0069 del citado efector. Artículo 6º.- Publíquese, para su conocimiento, notificación y demás efectos pase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud. Filippo ANEXO DISPOSICIÓN N.° 90/DGADC/14 Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095 modificada por Ley N° 4.764, el Decreto Nº 95/GCBA/14 y el Expediente Electrónico Nº 8.657.447/MGEYA-DGRYPS/2014, y CONSIDERANDO: Que por la actuación citada en el Visto, tramita la Contratación Menor Nº 7289/SIGAF/2014, al amparo de lo establecido en el artículo 38 y concordantes de la Ley Nº 2.095, su modificatoria 4.764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14, para la "Adquisición de bienes para el Departamento de Odontología dependiente de la Dirección General Redes y Programas de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires"; Que obra agregada en los actuados la Solicitud de Gastos debidamente valorizada y su correspondiente afectación presupuestaria en etapa preventiva, por el monto estimado de la contratación que asciende a la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000.-); Que, por Disposición Nº 396/DGCyC/14, el Director General de Compras y Contrataciones, en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2.095, su modificatoria N° 4.764, aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales; Que por Disposición Nº 52/DGCG/10, se estableció como sede del Centro de Recepción de Documentación de Pagos, correspondiente a la Representación de la Dirección General de Contaduría ante el Ministerio de Salud, la oficina sita en la calle Carlos Pellegrini Nº 313, planta baja, de la Cuidad Autónoma de Buenos Aires; Que se encuentran incorporados el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y su Anexo integrados con el Pliego registrado en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera, que han de regir la contratación que se propicia; Que de conformidad con lo establecido en el Decreto Nº 260/GCABA/12, se prevé entre las Responsabilidades Primarias de la Dirección General Administrativa Contable, actuar como Unidad Operativa de Adquisiciones del Nivel Central del Ministerio de Salud, en aquellas contrataciones no asignadas a la Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud. Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2095 modificada por la Ley N° 4.764 y su Decreto Reglamentario Nº95/GCBA/14, Página Nº 180 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires LA DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE DISPONE Artículo 1º.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y su Anexo, que como Anexos registrados en el Módulo Generador de Documentos Electrónicos Oficiales bajo Nº PLIEG-2014- 09143840-DGADC e IF-2014-09039049-DGRYPS, forman parte integrante de la presente Disposición, para la contratación del "Adquisición de bienes para el Departamento de Odontología dependiente de la Dirección General Redes y Programas de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires" por un monto estimado de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000.-). Artículo 2º.- Llámase a Contratación Directa N° 7289/SIGAF/2014 bajo el régimen de Contratación Menor, al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 2.095, su modificatoria N° 4.764 y el Decreto Reglamentario Nº 95/GCBA/14, a tenor de la documentación aprobada por el Artículo 1° de la presente y fíjase fecha límite para la recepción de ofertas para el día 04 de Agosto de 2014 a las 11:00 horas. Artículo 3º.- Establécese que los pliegos de la contratación serán entregados sin valor comercial. Artículo 4º.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a la correspondiente Partida Presupuestaria del Ejercicio 2014. Artículo 5º.- Remítanse invitaciones de acuerdo con lo establecido en el artículo 38 de la Ley Nº 2.095 y su modificatoria N° 4.764 y el Decreto 95/GCBA/14, publíquese en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, www.buenosaires.gov.ar - Hacienda - Compras y Contrataciones - Licitaciones y Compras - Consultas de Compras y Contrataciones, y en la Cartelera Oficial de la Unidad Operativa de Adquisiciones. Artículo 6º.- Publíquese, para su conocimiento, comunicación y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones y comuníquese a la Dirección General Redes y Programas de Salud. Filippo ANEXO DISPOSICIÓN N.º 161/HGADS/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095/06 (BOCBA 2557/06), su Modificatoria Nº 4764/13 (BOCBA 4313/14) y su Decreto Reglamentario Nº 95/14 (BOCBA 4355/14), el Decreto Nº 1145/GCBA/09 (BOCBA 3332/10), la Resolución Nº 1160/GCBA/11 (BOCBA 3724/11) y el E.E. Nº 4005089-MGEYA/14, y CONSIDERANDO: Que por el presente actuado el Hospital General de Agudos "Donación Santojanni" tramitó la Adquisición de Clips de titanio, con destino al Servicio de Neurocirugía, de este hospital, en el marco de lo dispuesto por la Ley de Compras y Contrataciones N° 2095/06 (BOCBA 2557/06), su Modificatoria 4764/13 (BOCBA 4313/14) y su Decreto Reglamentario 95/14 (BOCBA 4355/14) y Disposición Nº 119/DGCyC/11 del Pliego Único de Bases y Condiciones Generales (BOCBA 3664/11); Que se procedió a imputar al código contable correspondiente los fondos necesarios para hacer frente a la erogación en cuestión (Orden 04); Página Nº 181 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que mediante Disposición N° DI-2014-83-HGADS (Orden 09), se dispuso el llamado a la Licitación Pública Nº 434-0200-LPU14 para su apertura el día 28/04/2014 a las 10:00 hs. al amparo de lo establecido en el Art. N° 31 de la Ley de Compras y Contrataciones N° 4764/13 (BOCBA 4313/14) y su Decreto Reglamentario 95/14; Que se cursaron las invitaciones a las firmas del rubro (Orden 23), se publicó en el Portal BAC , en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (Orden 22), en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Orden 21) y se comunicó a la Dirección General de Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud (Orden 24), de conformidad con lo establecido en los Artículos 93, 97 y 98 de la Ley Nº 4764/13 (BOCBA 4313/14) y su Decreto Reglamentario Nº 95/14 (BOCBA 4355/14); Que tal como luce en el Acta de Apertura bajo el N° IF-2014-04982155-HGADS (Orden 25) no se recibieron ofertas quedando así desierta la Licitación de referencia; Que a Orden 26 obra el Cuadro Comparativo de Precios que ordena la Reglamentación; Que la Comisión de Evaluación de Ofertas sugiere la anulación del presente acto licitario, por no haber ofertas presentadas, de acuerdo a lo establecido por el art. 82 de la Ley de Compras y Contrataciones N° 2095/06 (BOCBA 2557/06), su Modificatoria 4764/13 (BOCBA 4313/14) y su Decreto Reglamentario 95/14 (BOCBA 4355/14) generando un nuevo llamado de apertura. Por ello y de acuerdo con las normas de la Ley de Compras y Contrataciones N° 4764/13 (BOCBA 4313/14), su Decreto Reglamentario N° 95/14 (BOCBA 4355/14), el Decreto 1145/GCBA/09 (BOCBA 3332/10) y la Resolución Nº 1160/GCBA/11 (BOCBA 3724/11), EL SEÑOR DIRECTOR MEDICO DEL HOSPITAL DONACIÓN SANTOJANNI, DISPONE Artículo 1º.- Anúlese la Licitación Pública Nº 434-0200-LPU14 y la Solicitud de Gastos Nº 434-808-SG14 asociada al proceso de compra, bajo el amparo de las facultades otorgadas por el artículo 25 del Pliego de Bases y Condiciones Generales y el artículo 82 de la Ley de Compras y Contrataciones N° 2095/06 (BOCBA 2557/06), su modificatoria 4764/13 (BOCBA 4313/14) y su Decreto Reglamentario N° 95/14 (BOCBA 4355/14). Artículo 2º.- Publíquese en Boletín Oficial, Portal BAC, Internet, y Cartelera Oficial por la Ley de Compras y Contrataciones Nº 2095/06, su modificatoria 4764/13 (BOCBA 4313/14) y su Decreto Reglamentario N° 95/14 (BOCBA 4355/14). Artículo 3º.- Realícese un nuevo llamado y pase a la División Programación para su registro. Auger Página Nº 182 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Educación DISPOSICIÓN N.° 117/DGEGP/14 Buenos Aires, 7 de julio de 2014 VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Decreto Nª 371-PEN/64, el trámite N°(ET/9140S) y el Dictemen legal IF-2014-08291356-DGEGP; y CONSIDERANDO: Que, visto el dictamen del sector Legales de fecha 02 de Julio de 2014, (IF-2014- 08291356-DGEGP), en el cual se reconoce la caducidad del trámite de incorporación del Instituto “Mariano Moreno” N°(ET/9140S), y sus efectos; Que, atento al planteo del mismo, el sector Coordinación Técnico Administrativo de Registro e Incorporaciones debe no renovar la autorización de matriculación; Que, asimismo el mismo sector, y a efectos de no perjudicar a terceros, debe ser autorizado para emitir las certificaciones de estudio, titulaciones correspondientes y certificaciones de servicio que, acorde a derecho, correspondan al Instituto “Mariano Moreno” N°(ET/9140S); Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 660/11 y su complementario N° 226/12, LA DIRECTORA GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN PRIVADA DISPONE: Articulo 1°-Apruébase al dictamen el Sector Legales de fecha 02 de Julio de 2014 (IF- 2014-08291356-DGEGP), que forma parte del presente como Anexo I. Articulo 2°.-Autorizase a la Coordinación Técnico Administrativo de Registro e Incorporaciones a emitir certificaciones de estudio, titulaciones correspondientes y certificaciones de servicio acorde a derecho, del Instituto “Mariano Moreno” N°(ET/9140S). Articulo 3°.-Regístrese, notifíquese, publíquese, agréguese copia autenticada al expediente. Jáuregui ANEXO Página Nº 183 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Desarrollo Económico DISPOSICIÓN N.º 1526/DGDYPC/14 Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: la Ley Nacional Nº 24.240, las Leyes Nº 757 y modificatorias, los Decretos N° 2344/99, N° 704/05, N° 714/2010 y el Expediente Nº EE- 2013-5949533-MGEYA-DGDYPC, y CONSIDERANDO: Que el artículo 56 de la Ley N° 24.240 prevé que las asociaciones de consumidores que tengan como finalidad la defensa, información y educación del consumidor, deben requerir autorización a la autoridad de aplicación para funcionar en calidad de tales; Que, en virtud del artículo 41 de la referida Ley, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires tiene la atribución de actuar como autoridad local de aplicación de la Ley N° 24.240, ejerciendo el control y vigilancia sobre el cumplimiento de la misma y sus disposiciones reglamentarias respecto a los hechos sometidos a su jurisdicción; Que el Decreto N° 2344/99 creó el Registro de Asociaciones de Consumidores de la Ciudad de Buenos Aires, el que funciona en el área de la Dirección General de Defensa al Consumidor; Que el artículo 2º del Decreto N° 2344/99, establece que la asociaciones de consumidores quedarán autorizadas a funcionar como tales en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires a partir de su inscripción en el Registro; Que por el Expediente Nº EE-2013-5949533-MGEYA-DGDYPC tramita la solicitud de inscripción al Registro de Asociaciones de Consumidores de la Ciudad de Buenos Aires presentada por la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina (ACUDA); Que dicho Decreto en su artículo 4° establece los requisitos para solicitar la inscripción de las Asociaciones que funcionen dentro del ámbito de la Ciudad de Buenos Aires; Que la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina (ACUDA), según constancias del Expediente Nº EE-2013-5949533-MGEYA-DGDYPC, y los términos del Informe N° IF-2014-09118161-DGDYPC, ha cumplimentado con las exigencias establecidas por el artículo 4º del Decreto Nº 2344/99; Que el Decreto N° 704/05 modificatorio del Decreto Nº 2344/99 establece en su artículo 1° que una vez que la Asociación en cuestión se encuentre en condiciones de ser inscripta en el Registro de Asociaciones de Consumidores de la Ciudad de Buenos Aires, por disposición de la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor se dispondrá su inscripción asignando el número que le corresponda; Que la Asociación en cuestión ha cumplido con los requisitos exigidos por la normativa aplicable a los efectos del otorgamiento de la inscripción en el Registro de Asociaciones de Consumidores. Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Nº 2344/99, EL DIRECTOR GENERAL DE DEFENSA Y PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR DISPONE Artículo 1º.- Inscríbase a la "Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina" (ACUDA), CUIT Nº 30-71204446-9 en el Registro de Asociaciones de Consumidores de la Ciudad de Buenos Aires con el registro número 28. Artículo 2º: Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento, notificación y demás efectos, pase a la Gerencia Operativa de Descentralización y Administración de la Dirección General Defensa y Protección al Consumidor. Cumplido, archívese. Aoun Página Nº 184 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ente de Turismo DISPOSICIÓN N.º 23/DGDYCOF/14 Buenos Aires, 28 de julio de 2014 VISTO: El Decreto Nº 556/10 y 752/10, la Disposición Nº 14-DGDYCOF/14, Expediente Electrónico Nº 8.988.291-DGDYCOF/14 y, CONSIDERANDO: Que por Disposición Nº 14-DGDYCOF se aprobó el gasto producido por un Servicio de alojamientos y pasajes destinado a esta Dirección General en el marco del evento denominado "Ciudad Emergente", llevado a cabo por la firma MLYD S.R.L. C.U.I.T. Nº 30-70770182-6, y realizado los días 07 y 08 de Junio del corriente, por un monto total de PESOS SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 6.486,48), servicio que ha sido solicitado de forma urgente teniendo en cuenta la importancia que el programa reviste, por tal motivo no pudo ser canalizado por los procedimientos previstos en materia de compras y contrataciones; Que el Decreto Nº 556/10 y su modificatorio Nº 752/10, establecen un mecanismo para hacer frente a aquellos gastos que deben llevarse a cabo y no pudieran ser gestionados desde su inicio a través de los procedimientos vigentes en materia de compras y contrataciones; Que por error material se consignó incorrectamente el número del Expediente Electrónico por el cual tramita, siendo el correcto el Expediente Electrónico Nº 8988291-DGDYCOF/14; Que asimismo, se consignó erróneamente el importe total de la contratación, siendo el importe correcto PESOS SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON DIECIOCHO CENTAVOS ($ 6.486,18); Por lo expuesto precedentemente corresponde proceder a su subsanación; Por ello, y en uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 556/10 y su modificatorio Decreto Nº 752/10, LA DIRECTORA GENERAL DE DESARROLLO Y COMPETITIVIDAD DE LA OFERTA DEL ENTE DE TURISMO LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DISPONE: Artículo 1º.- Rectifíquese donde dice "Expediente Electrónico Nº 7.146.237- DGDYCOF/14" debe decir "Expediente Electrónico Nº 8.988.291-DGDYCOF/14" Artículo 2º.- Rectifíquese en el Artículo 1º donde dice "PESOS SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($6.486,48)", debe decir "PESOS SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON DIECIOCHO CENTAVOS ($6.486,18)". Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de Contaduría del Ministerio de Hacienda, a la Unidad de Auditoría Interna y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Unidad Operativa de Adquisiciones. Cumplido, archívese. Karavaitis Página Nº 185 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Agencia de Sistemas de Información DISPOSICIÓN N.º 283/DGTALINF/14 Buenos Aires, 29 de julio de 2014 VISTO: La Ley Nº 2.095/06, su modificatoria Ley Nº 4764/13, el Decreto Reglamentario N° 95/GCABA/14, la Resolución 16/ASINF/10, la Disposición Nº 396/DGCyC/14, el Expediente Electrónico N° 9105820-MGEYA-ASINF-2.014, y CONSIDERANDO: Que por las presentes actuaciones tramita la contratación de "Servicios Profesionales para la Customización, implementación e instalación de un Sistema de Seguimiento de Eventos para el Proceso de Gestión de visitas del Programa Conociendo B.A"; Que el presente llamado a Contratación Directa se regirá por lo normado en el artículo 28, inciso 6) de la Ley N° 2.095/06, su modificatoria Ley Nº 4764/13 y su Decreto Reglamentario Nº95/GCABA/14, y por la Resolución 16-ASINF-2.010, las Cláusulas previstas en el presente Pliego; Que mediante Nota Nº 07469309-DGPCINT-2014, obrante bajo Orden Nº 4, la Dirección General Programas de Cooperación Interjurisdiccional de la Subsecretaría de Asuntos Políticos informó la necesidad de contar con urgencia con la herramienta solicitada a los fines de afrontar la gestión administrativa de la temporada alta del Programa Conociendo Buenos Aires y así poder cumplir con los objetivos propuestos para el presente año calendario; Que asimismo informó que dicho Programa se vio incrementado para el 2014 en un ciento cincuenta por ciento (150%) con lo que la gestión administrativa mediante procesamiento manual a través de planillas Excel, se ha tornado ineficiente y atenta contra el cumplimiento del objetivo del Programa para el año 2014, el cual es el de traer 50.000 visitantes; Que también señaló que al tener desarrolladas herramientas similares a la requerida, tendrá la posibilidad de lograr una rápida entrega del producto, en una fase inicial adaptado a las necesidades del Programa y permitiendo así gestionar, mediante dicha herramienta, el procesamiento de la información con anterioridad al inicio de la temporada alta referida; Que finalmente remarcó que los conocimientos adquiridos por el proveedor durante las reuniones desarrolladas sumados a su experiencia previa en el desarrollo de herramientas similares, redundan en conveniencia y beneficio de los servicios que se pretenden contratar, permitiendo de manera ágil y eficaz la cumplimentación de los objetivos propuestos, evitando dispendios innecesarios de tiempo y recursos; Que en relación a la contratación de referencia y conforme lo solicitado por la responsable de la Dirección General de Programas de Cooperación Interjurisdiccional de la Subsecretaría de Asuntos Políticos, a través de la Nota N° 08658909-DGISIS- 2.014 obrante bajo Orden Nº 2, la Directora General de Integración de Sistemas de la Agencia de Sistemas de Información adjuntó la Nota Nº 07469309-DGPCINT-2014, el Pliego de Especificaciones Técnicas y el Documento Estándar de Desarrollo; Que a tal efecto informó que el presupuesto estimado para la presente contratación asciende a la suma de PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($ 598.000,00), siendo pesos doscientos noventa y nueve mil con 00/100 ($ 299.000,00) ejecutables dentro del presupuesto correspondiente al año 2014, y pesos doscientos noventa y nueve mil con 00/100 ($ 299.000,00) ejecutables dentro del presupuesto correspondiente al año 2015; Que asimismo se hace saber que por EE-8308075-DGPCINT, el organismo solicitante formalizó la correspondiente transferencia presupuestaria; Página Nº 186 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que mediante No-08819084-DGISIS-2014 se adjuntó un nuevo Pliego de Especificaciones Técnicas a los fines de rectificar el anterior; Que el artículo 28 de la Ley Nº 2.095/06 y modificatoria Ley Nº 4.764/13, establece que: "La contratación es directa cuando se selecciona directamente al proveedor, debiendo encontrarse dicha medida debidamente fundada y ponderada por la autoridad competente que la invoca, sólo en los casos que a continuación se mencionan: ... 6) Cuando se trate de la reposición o complementación de bienes o servicios accesorios que deban necesariamente ser compatibles con los modelos, sistemas o infraestructura previamente adquiridos o contratados; Que en virtud de lo expuesto, la clase de procedimiento para la selección del proveedor que se ajusta a los antecedentes descriptos es la contratación directa por exclusividad que prevé el artículo 28, inc. 6 de la Ley Nº 2.095 y modificatoria Ley Nº 4.764/13; Que por Disposición Nº 396-DGCyC-14 el Director General de Compras y Contrataciones en carácter de Órgano Rector y de acuerdo a las facultades otorgadas por el artículo 85 de la Ley Nº 2.095/06, y su modificatoria Ley Nº 4.764/13 aprobó el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para la contratación de bienes y servicios; Que corre agregado el Pliego de Bases y Condiciones Particulares (Orden Nº 5) y de Especificaciones Técnicas (Orden Nº 6) que regirá la contratación; Que bajo Orden Nº 9 obra la Solicitud de Gastos Nº 46656/SIGAF/2.014 en la cual se imputaron los fondos en el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) a los efectos de hacer frente a la erogación en cuestión con cargo al Ejercicio 2014 y al 2015; Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que apruebe el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas y llame a Contratación Directa por Exclusividad Nº 7405/SIGAF/2.014 para la contratación de "Servicios Profesionales para la Customización, implementación e instalación de un Sistema de Seguimiento de Eventos para el Proceso de Gestión de visitas del Programa Conociendo B.A". Por ello, y en ejercicio de las facultades que le son propias, EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO, ADMINISTRATIVO Y LEGAL DE LA AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN DISPONE Artículo 1°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas para la contratación de "Servicios Profesionales para la Customización, implementación e instalación de un Sistema de Seguimiento de Eventos para el Proceso de Gestión de visitas del Programa Conociendo B.A". Artículo 2°.- Llámese a Contratación Directa por Exclusividad Nº 7405/SIGAF/2.014, bajo el amparo de lo establecido en el artículo 28 inc. 6 de la Ley N° 2.095, su modificatoria Ley Nº 4.764/13 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14, para la contratación de "Servicios Profesionales para la Customización, implementación e instalación de un Sistema de Seguimiento de Eventos para el Proceso de Gestión de visitas del Programa Conociendo B.A". Artículo 3º.- Establézcase que el presupuesto oficial para la presente es de PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CON 00/100 ($ 598.000,00), siendo pesos doscientos noventa y nueve mil con 00/100 ($ 299.000,00) ejecutables dentro del presupuesto correspondiente al año 2014, y pesos doscientos noventa y nueve mil con 00/100 ($ 299.000,00) ejecutables dentro del presupuesto correspondiente al año 2015. Artículo 4°.- La erogación que demande la presente gestión será imputada a las partidas correspondientes al presupuesto del Ejercicio 2.014 y 2015. Artículo 5°.- Establézcase como fecha de apertura de oferta el día 4 de agosto de 2014 a las 14:00 horas en la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de la Agencia de Sistemas de Información, sita en Av. Bernardo de Irigoyen 272 - 1° piso. Página Nº 187 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 6°.- Remítase la invitación a la empresa OCLIX GROUP de acuerdo con lo establecido en el artículo 93 de la Ley N° 2.095, su modificatoria Ley Nº 4.764/13 y su Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14. Artículo 7°.- Publíquese en la página WEB del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (artículo 28 Inc. 6 Ley N° 2.095, su modificatorio Ley 4.764/13 y el Decreto Reglamentario Nº 95/GCABA/14). Artículo 8°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y remítase a la Gerencia Operativa de Compras, Contrataciones y Servicios Generales de la Agencia de Sistemas de Información para la prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Dacharry Página Nº 188 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Agencia Gubernamental de Control DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 76/DGFYC/14 Buenos Aires, 30 de mayo de 2014 VISTO el expediente Nº 13361/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 01- GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 02-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56- SSCC/2005 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 13 -SSCC/06 ( BOCBA Nº 2370), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA Nº 2521), la Resolución Nº 12- SSCC-2006, la Ley Nº 2624/2007 promulgada por Decreto Nº 2137/2007, y CONSIDERANDO: Que, el Sr. Ricardo Petrella, invocando la condición de apoderado de la firma GRAN RECOLETA S.A., solicitó la renovación de inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, para el local ubicado en Vicente López Nº 2134, planta baja, primer piso y entrepiso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía "PAGANA" conforme constancia obrante a fojas 1528; Que, dicho local posee habilitación por Expediente Nº 42490/2001, concedida para los rubros restaurante, cantina, casa de lunch, café, bar, despacho de bebidas wisquería, cervecería y local de baile clase "C" actividad complementaria; y se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 050/05, mediante Disposición Conjunta Nº 053/05 de fecha 21 de abril de 2005; Que, por Disposición Conjunta Nº 066/06 de fecha 21 de abril de 2006, obrante a fojas 375, se otorgó una capacidad máxima para funcionar de trescientos sesenta y cuatro (364) personas; Que, mediante Disposiciones Conjuntas Nº 066/06, Nº 063/07, N° 052/08, N° 59/09, N° 67/10, N° 69/11, N° 74/12 y N° 97/13 de fecha 21 de abril de 2006, 11 de mayo de 2007, 22 de mayo de 2008, 22 de mayo de 2009, 20 de mayo de 2010, 24 de mayo de 2011, 24 de mayo de 2012 y 31 de mayo de 2013 el local renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables por el término de un (1) año en cada una de ellas; Que, por Resolución N° 269/AGC/14 de fecha 12 de mayo de 2014, el Director General de Fiscalización y Control de Obras encomendó la firma de la Dirección General, por el período comprendido desde el día 12 de mayo de 2014 hasta el día 02 de junio de 2014, ambos inclusive, al Arq. Sebastián Ariel Uberti quien se desempeña como Gerente Operativo de Fiscalización y Control de Obras; Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo establecido por la Resolución N° 66/AGC/13. Que, la Gerencia Operativa Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge de los correspondientes informes y, del análisis efectuado se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables; Por ello, y en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07; Página Nº 189 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DISPONEN Art. 1º: Renuévese a partir del 31 de mayo de 2014 y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 050/05 y opera con nombre de fantasía "PAGANA", otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 053/05, correspondiente al establecimiento ubicado en, Vicente López Nº 2134, planta baja, primer piso y entrepiso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación por expediente Nº 42490/2001, a nombre de GRAN RECOLETA S.A., en carácter de restaurante, cantina, casa de lunch, café, bar, despacho de bebidas wisquería, cervecería y local de baile clase "C" actividad complementaria y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de trescientos sesenta y cuatro (364) personas. Art. 2º Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa. Art.3º: Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a GRAN RECOLETA S.A. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obra. Publíquese en la página Web y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Iannella - Uberti - Chapar DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 77/DGFYC/14 Buenos Aires, 30 de mayo de 2014 VISTO los expedientes Nº10.556/2005, Nº61.559/2005, Nº1.527.712/2010, Nº 254.976/2011, Nº 1.327.221/2013, Nº 736.109/11 y N° 10.581/05. CONSIDERANDO: Que, por Expediente Nº 10.556/2005 se dispuso la renovación a partir del día 22 de mayo de 2014 y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 054/05 y opera con nombre de fantasía THE SHAMROCK, otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 064/05 correspondiente al establecimiento ubicado en Rodríguez Peña Nº 1220 (PB, Subsuelo y PA) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación mediante expediente Nº 40.124/1999 a nombre de EDIFICIOS TORRES DEL CENTENARIO S.A. para los rubros café, bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería y local de baile clase "C" actividad complementaria y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de trescientas noventa y seis (396) personas. Página Nº 190 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que, por Expediente Nº 61.559/2005 se dispuso la renovación hasta el 04 de abril de 2015 la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo N° 74/06 y opera con nombre de fantasía MAGICO BOLIVIANO, otorgada mediante Disposición Conjunta N° 60/06 correspondiente al establecimiento ubicado en Av. Rivadavia N° 10925/37/43, PB y EP de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee transferencia de habilitación a favor de EL BAILE S.R.L. para el rubro local de baile clase "C" y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de mil trescientas veinte (1320) personas. Que, por Expediente N° 1.527.712/2010 se dispuso la renovación a partir del 23 de mayo de 2014 y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y urgencia N° 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 119/10 que opera con nombre fantasía "LOOP" perteneciente a la firma MAGMOR S.R.L., sito en la Av. Beiro Nº 3124/28 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee transferencia de habilitación por Expediente N° 1744091/12, para el rubro local de baile clase "C" como actividad complementaria y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de doscientas cuarenta y siete (247) personas. Que, por Expediente N° 254.976/2011 se dispuso a partir del dia 23 de mayo de 2014 el alta de inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005, del local que posee inscripción bajo Nº 122/2011 que opera con nombre fantasía "YOUR CLUB" perteneciente a la firma DISARG S.R.L., sito en Suipacha N° 586 SS y EP de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación por expediente Nº 1473761/2009 en el carácter de Local Bailable Clase "C", y que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de quinientas veinte (520) personas. Que, por Expediente N° 1327221/13 se dispuso, a partir de fecha 23 de mayo de 2014, la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005, del local inscripto bajo Nº 142/14 y que opera con nombre de fantasía ECLIPTICO, a nombre de RAMIRO LLANOS COPPA, correspondiente al establecimiento ubicado en la Av. Rivadavia Nº 7927/43 PB, sótano y EP s/ planta alta de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, que posee habilitación por expediente Nº 1297817/11 para desarrollar la actividad de restaurante, cantina, café bar y local de baile clase "C" act. complementaria y que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de setecientas cuarenta y tres (743) personas. Que, por Expediente N° 736.109/11 se dispuso por el término de treinta (30) días hábiles, a partir del 29 de mayo de 2014, la renovación de inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01- GCBA/05, del local que opera con nombre de fantasía PIZZA BANANA, que posee inscripción bajo Nº 125/11 otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 068/11 correspondiente al establecimiento ubicado en la calle Av. Rafael Obligado Nº 6201 PB y EP de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, que posee habilitación por expediente Nº 22602/11 para el rubro Local de Baile Clase "C", a nombre de PECBEN S.A. y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de un mil ciento cuarenta y tres (1143) personas. Que, por Expediente N° 10581/05 se dispuso la renovación a partir del 30 de mayo de 2014 y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y urgencia N° 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 29/05 que opera con nombre fantasía "BELLAKEO NIGHT" perteneciente a la firma EL FIN S.R.L., sito en la Av. Rivadavia Nº 7428/50 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación por Expediente N° 54249/1997, para el rubro local de baile clase "C" y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de un mil doscientas sesenta (1260) personas. Página Nº 191 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que las disposiciones por las cuales se decidió adoptar lo ex puesto en los considerandos precedentes fueron protocolizadas con los N° 75-01/DGHP-DGFYC- DGFYCO/2014, N° 75-02/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2014; N° 75-03/DGHP-DGFYC- DGFYCO/2014, N° 75-04/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2014, N ° 75-05/DGHP-DGFYC- DGFYCO/2014, N° 75-06/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2014 y N° 75-07/DGHP-DGFYC- DGFYCO/2014 respectivamente y asentadas en el "LIBRO DE FALLAS EN EL SISTEMA INFORMATICO, DISPOSICIONES CONJUNTAS" N° .1.- Que, atento lo dispuesto en la Resolución N° 309/AGC/14 de fecha 22 de mayo de 2014, por la cual es designado el Director General de Habilitaciones y Permisos, el que a la fecha de suscripción de los actos administrativos antes indicados no tenía autorización de firma electrónica para el sistema GEDO, se procedió a la suscripción manual. Que la medida adoptada fue decidida atento la urgencia de aprobar, en algunos casos, la inscripción ante el Registro Público de Lugares Bailables y en otros, la renovación de la inscripción a los efectos de no menoscabar el derecho a desarrollar actividad comercial por parte de los titulares de los locales. Por ello, y en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07; EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL Y, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DISPONEN Art. 1º: Ratificar en un todo las disposiciones N° 75-01/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2014, N°75-02/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2014;N°75-03/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2014, N°75-04/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2014,N°75-05/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2014, N°75-06/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2014 y N °75-07/DHP-DGFYC-DGFYCO/14 respectivamente y que fueran asentadas en el "LIBRO DE FALLAS EN EL SISTEMA INFORMATICO, DISPOSICIONES CONJUNTAS" N° 1.- Art.2º: Dése al Registro. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras. Publíquese en la Web y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Iannella - Uberti - Chapar DISPOSICIÓN CONJUNTA N.º 78/DGFYC/14 Buenos Aires, 17 de junio de 2014 VISTO los expedientes Nº10.836/2005 y 20.810/2005. CONSIDERANDO: Que, por Expediente Nº 10.836/2005 se dispuso la renovación a partir del día 09 de junio de 2014 y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 055/05 y opera con nombre de fantasía CLUB 74, otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 065/05 correspondiente al establecimiento ubicado en Av. Pte. Figueroa Alcorta Nº 7474, planta baja, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación mediante expediente Nº 184.407/1969 a nombre de MIGUEL ANGEL MAURO Y ERNESTO JOSE JULIO MAURO en carácter de local de baile clase "B" y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de ciento ochenta (180) personas. Página Nº 192 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que, por Expediente Nº 20.810/2005 se dispuso la renovación a partir del día 09 de junio de 2014 y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo N° 57/05 y opera con nombre de fantasía PHUKET, otorgada mediante Disposición Conjunta N° 67/05 correspondiente al establecimiento ubicado en Av. La Plata N° 731/35, PB, EP y primer piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee transferencia de habilitación a favor de KRAVI S.R.L. para los rubros restaurante, cantina, casa de lunch, despacho de bebidas, wisquería, cervecería, parrilla, confitería, elab. y venta de flanes, churros, grill y local de baile clase "C" y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de un mil quinientas noventa y tres (1593) personas. Que las disposiciones por las cuales se decidió adoptar lo ex puesto en los considerandos precedentes fueron protocolizadas con los N° 77-01/DGHP-DGFYC- DGFYCO/2014 y N° 77-02/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2014; respectivamente y asentadas en el "LIBRO DE FALLAS EN EL SISTEMA INFORMATICO, DISPOSICIONES CONJUNTAS" N° .1.- Que, atento a la falla en el sistema informativo de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos, se procedió a la suscripción manual. Que, la medida adoptada fue decidida atento la urgencia de aprobar, la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables a los efectos de no menoscabar el derecho a desarrollar actividad comercial por parte de los titulares de los locales. Por ello, y en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07; EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL Y, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DISPONEN Art. 1º: Ratificar en un todo las disposiciones N° 77-01/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2014 y N°77- 02/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2014 respectivamente y que fueran asentadas en el "LIBRO DE FALLAS EN EL SISTEMA INFORMATICO, DISPOSICIONES CONJUNTAS" N° 1.- Art.2º: Dése al Registro. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras. Publíquese en la Web y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Iannella - Alonso - Chapar DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 79/DGFYC/14 Buenos Aires, 19 de junio de 2014 VISTO el expediente Nº 14497/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 01- GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 02-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56- SSCC/2005 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 13 -SSCC/06 ( BOCBA Nº 2370), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA Nº 2521), la Resolución Nº 12- SSCC-2006, la Ley Nº 2624/2007 promulgada por Decreto Nº 2137/2007, y Página Nº 193 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que, el Sr. Rodolfo Guillermo Mouriño (DNI 11.956.191), invocando la condición de apoderado de la firma AKOSLI S.R.L., solicitó la renovación de inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01- GCBA/05, para el local ubicado en Av. Cabildo Nº 4653/63/65/67, planta baja, primer piso, entrepiso y azotea, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía "DOME" conforme constancia obrante a fojas 1710; Que, dicho local posee habilitación por Expediente Nº 066587/1998, concedida para el rubro local de baile clase "C"; y se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 053/05, por Disposición Conjunta Nº 057/05 de fecha 4 de mayo de 2005; Que, por Disposición Conjunta Nº 122/05 de fecha 18 de agosto de 2005, obrante a fojas 199, se otorgó una capacidad máxima para funcionar de un mil doscientos noventa y siete (1297) personas; Que, mediante Disposiciones Conjuntas Nº 072/06, Nº 061/07, Nº 048/08, Nº 055/09, N° 0063/10 , N° 061/11, N° 69/12 y N°87/13 de fechas 12 de mayo de 2006, 10 de mayo de 2007, 9 de mayo de 2008, 8 de mayo de 2009, 07 de mayo de 2010 , 13 de mayo de 2011, 16 de mayo de 2012 y 16 de mayo de 2013 el local renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables por el término de un año en cada una de ellas; Que, ante la omisión de la presentación del certificado de libre deuda de infracciones, se renovó la inscripción ante este Registro Público de Lugares Bailables por el término de de treinta (30) días hábiles (conforme DISFC-2014-74-DGFYC), a los efectos de no menoscabar el derecho a desarrollar la actividad comercial por parte del titular, Que, en fecha 13 de junio de 2014 el titular del local presentó el correspondiente certificado de libre deuda, por lo que corresponde regularizar el plazo de inscripción. Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo establecido por la Resolución N° 66/AGC/13. Que, la Gerencia Operativa Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, conforme surge de los correspondientes informes, y del análisis efectuado de la documentación presentada, se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables; Por ello, y en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07; EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DISPONEN Art. 1º: Renuévese a partir del día de la fecha y hasta el 16 de mayo de 2015, la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 053/05 y opera con nombre de fantasía "DOME", otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 057/05, correspondiente al establecimiento ubicado en Av. Cabildo Nº 4653/63/65/67, planta baja, primer piso, entrepiso y azotea, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, que posee habilitación por expediente Nº 066587/1998, a nombre de AKOSLI S.R.L., en carácter de local de baile clase "C" y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de un mil doscientos noventa y siete (1297) personas. Art 2° Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa. Página Nº 194 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CONSIDERANDO: Art.3º: Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a AKOSLI S.R.L. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obra. Publíquese en la página Web y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Iannella - Alonso - Chapar DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 80/DGFYC/14 Buenos Aires, 19 de junio de 2014 VISTO el expediente Nº 10673/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 01- GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 02-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56- SSCC/2005 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 13 -SSCC/06 (BOCBA Nº 2370), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA Nº 2521), la Resolución Nº 12- SSCC-2006, la Ley Nº 2624/2007 promulgada por Decreto Nº 2137/2007, y CONSIDERANDO: Que, el Sr. Feliciano CONDORI, invocando la condición de presidente de la firma MEJIRIOS S.A., titular del local ubicado en la calle México Nº 1861/63 PB de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía "MONTECARLO", solicitó la renovación de inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 para el mencionado local, conforme constancia obrante a fs. 1463; Que, dicho local posee habilitación por Expediente Nº 033235/1993, concedida para el rubro local de baile clase "C" y, se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 056/05 por Disposición Conjunta Nº 066/05 de fecha 08 de junio de 2005 obrante a fs.150; Que, por Disposición Conjunta Nº 006/06 de fecha 10 de enero de 2006, se otorgó una capacidad máxima para funcionar de cuatrocientos sesenta (460) personas; Que, mediante las Disposiciones Conjuntas Nº 077/06, Nº 077/07, Nº 057/08, 068/09, 075/10, N° 72/11,N ° 79/12 y N° 99/13 de fechas 08 de junio de 2006, 07 de junio de 2007, 05 de junio de 2008, 05 de junio de 2009, 04 de junio de 2010, 08 de junio de 2011, 08 de junio de 2013 y 6 de junio de 2013 respectivamente, el local renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables por el término de 1 (un) año en cada una de ellas; Que, la Gerencia Operativa Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, y del análisis efectuado se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables; Por ello, y en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01- GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07; EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DISPONEN Página Nº 195 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Art. 1º: Renuévese a partir del día de la fecha y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 056/05 cuatrocientos sesenta (460) personas. y opera con nombre de fantasía "MONTECARLO", otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 066/05 correspondiente al establecimiento ubicado en la calle México Nº 1861/63 PB de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, que posee habilitación por expediente Nº 033235/1993 a nombre de MEJIRIOS S.A., para el rubro local de baile clase "C" y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de cuatrocientos sesenta (460) personas. Art. 2° Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa. Art.3º: Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a MEJIRIOS S.A. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obra. Publíquese en la página Web y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Iannella - Alonso - Chapar DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 81/DGFYC/14 Buenos Aires, 19 de junio de 2014 VISTO el expediente Nº 10.634/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 01- GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 02-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/05 (BOCBA Nº 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/05 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/05 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 13-SSCC/06 (BOCBA Nº 2370), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/06 (BOCBA Nº 2521), la Resolución Nº 12-SSCC/06, la Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/2007 y; CONSIDERANDO: Que, el Sr. Rubén Marcelo BIONDO en su carácter de titular del local bailable con nombre fantasía GLAM, ubicado en la calle J. A. Cabrera Nº 3046 PB, EP y Sótano, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitó la renovación de la inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, conforme constancia obrante a fs. 1439; Que, dicho local se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 023/05 por Disposición Conjunta Nº 026/05 de fecha 11 de marzo de 2005 y posee certificado de transferencia por expediente Nº 64846/05 concedida para el rubro restaurante, cantina, casa de lunch, café-bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería y, local de baile clase "C" como actividad complementaria. Que, por Disposición Conjunta Nº 060/07 de fecha 10 de mayo de 2007, se otorgó al local una capacidad máxima para funcionar de cuatrocientas ochenta y nueve (489) personas; Que, mediante Disposiciones Conjuntas Nº 070/06, Nº 060/07, Nº 051/08, Nº 057/09, N° 66/10, N° 80/11, N° 85/12 y N° 107/13 de fechas 05 de mayo de 2006, 10 de mayo de 2007, 15 de mayo de 2008, 15 de mayo de 2009, 13 de mayo de 2010, 17 de junio de 2011, 15 de junio de 2012 y 13 de junio de 2013 respectivamente, el local renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables por el término de un año en cada una de ellas; Página Nº 196 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que, atento la discrepancia existente entre el informe de inspección obrante a fs. 1490/93 y los espacios habilitados según certificado de transferencia de habilitación agregado a fs. 1393 resulta necesario solicitar la realización de una nueva inspección por parte de la Dirección General de Fiscalización y Control a fin de clarificar la situación real de los espacios utilizados en el inmueble. Que, en mérito de lo expuesto, resulta prudente otorgar una inscripción provisoria por un plazo de treinta (30) días hábiles, a los efectos de no menoscabar el derecho a desarrollar la actividad comercial por parte del titular, y a fin de que una vez que se realice la inspección, con su resultado, se resuelva la inscripción por el término establecido en el Decreto N° 1/GCBA/2005; Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo establecido por la Resolución N° 66/AGC/13. Que, la Gerencia Operativa Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, y del análisis efectuado se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones a los fines de la renovación de la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables; Por ello y, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07; EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS Y EL DIRECTOR DE FISCALIZACION Y CONTROL DISPONEN Art. 1º Renuévese a partir del día de la fecha y por el término de treinta (30) días hábiles la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 023/05 que opera con nombre de fantasía "GLAM", otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 026/05 correspondiente al establecimiento ubicado en la calle J. A. Cabrera Nº 3046 PB, EP y Sótano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee transferencia de habilitación por expediente Nº 64.846/2005 a favor de RUBÉN MARCELO BIONDO para los rubros de restaurante, cantina, casa de lunch, café-bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería y, local de baile clase "C" actividad complementaria y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de cuatrocientas ochenta y nueve (489) personas por los motivos expuestos en los considerandos; Art. 2º Solicítese a la Dirección General de Fiscalización y control, una inspección a fin de clarificar la situación real de los espacios utilizados en el inmueble: Art.3º Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento al Sr. Rubén M. BIONDO. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras. Publíquese en la web y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Iannella - Alonso - Chapar DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 82/DGFYC/14 Buenos Aires, 24 de junio de 2014 VISTO Página Nº 197 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires el expediente Nº 20.218/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 01- GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 02-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 02-SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56- SSCC/2005 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 13 -SSCC/06 (BOCBA Nº 2370), la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA Nº 2521), la Resolución Nº 12- SSCC-2006, la Ley Nº 2624/2007 promulgada por Decreto Nº 2137/2007, y CONSIDERANDO: Que, el Sr. Julio César OLIVE, invocando la condición de apoderado del Sr. FRANCISCO ARENA, titular del local ubicado en la calle Suipacha Nº 930/34 PB y PA de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía CATTO'S, solicitó la renovación de inscripción al Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, conforme constancia obrante a fs. 1918; Que, dicho local posee habilitación por Expediente Nº 20.022/1996 concedida para los rubros casa de lunch, café-bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería y, local de baile clase "C" act. Complementaria y, se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el Nº 058/05 por Disposición Conjunta Nº 068/05 de fecha 08 de junio de 2005 obrante a fs. 95; Que, por Disposición Conjunta Nº 093/05 de fecha 04 de agosto de 2005, se otorgó una capacidad máxima para funcionar de 100 (cien) personas; Que, mediante las Disposiciones Conjuntas Nº 078/06, Nº 066/07, Nº 058/08, Nº 67/09, N°74/10, N° 80/12 y N° 117/13 de fechas 08 de junio de 2006, 07 de junio de 2007, 05 de junio de 2008, 05 de junio de 2009, 04 de Junio de 2010, 8 de junio de 2012 y 26 de junio de 2013 respectivamente, el local renovó la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables por el término de 1 (un) año en cada una de ellas; Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo establecido por la Resolución N° 66/AGC/13. Que, la Gerencia Operativa Registro Público de Lugares Bailables evaluó la documentación presentada por la empresa solicitante, y de dicho análisis, se desprende que el peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el artículo 6º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y sus reglamentaciones a los fines de la renovación de la inscripción en éste Registro Público. Por ello, y en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07; EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS DISPONEN Art. 1º: Renuévese a partir del 26 de junio de 2014 y por el término de un (1) año la inscripción en el Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01-GCBA/05, del local que posee inscripción bajo Nº 058/05 y opera con nombre de fantasía CATTO'S, otorgada mediante Disposición Conjunta Nº 068/05 correspondiente al establecimiento ubicado en la calle Suipacha Nº 930/34 PB y PA de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación por expediente Nº 20.022/1996 a nombre del Sr. FRANCISCO ARENA, en el rubro de casa de lunch, café-bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería y local de baile clase "C" act. Complementaria y, que le fuera otorgada una capacidad máxima para funcionar de 100 (cien) personas. Página Nº 198 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Art. 2º: Establécese que la renovación para un próximo período de inscripción, deberá solicitarse con una antelación no inferior a los treinta (30) días de la fecha de caducidad de la misma, acompañando al momento de su solicitud la totalidad de la documentación establecida en la normativa. Art.3º: Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento al Sr. FRANCISCO ARENA. Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obra. Publíquese en la página Web y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Iannella - Alonso - Chapar DISPOSICIÓN CONJUNTA N.° 83/DGFYC/14 Buenos Aires, 4 de julio de 2014 VISTO el Expediente Nº 32.798/2009 los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2126) y Nº 2-GCBA/2005 (BOCBA Nº 2136), la Resolución 02/SSCC/05 (BOCBA Nº 2136), la Resolución Nº 11/SSCC/2005 (BOCBA Nº 2194), la Resolución Nº 12-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2209), la Resolución Nº 56-SSCC/2005 (BOCBA Nº 2352), la Resolución Nº 12-SSCC/2006 (BOCBA Nº 2370) y la Resolución Nº 68- SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA Nº 2521), la Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/07; y CONSIDERANDO: Que, el local con nombre fantasía CLUB DORADO, ubicado en la calle Hipólito Yrigoyen Nº 947 PB y EP de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables mediante Disposición Nº 070/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2009 de fecha 19 de junio de 2009 bajo el Nº 107/09 con una capacidad máxima autorizada para funcionar de cuatrocientas (400) personas. Que en fecha 3 de octubre de 2013 se venció el certificado de inspección final N° 00294, emitido por la Superintendencia Federal de Bomberos de la P.F.A. Que atento lo informado por la Superintendencia Federal de Bomberos de la P.F.A. se procedió a suspender la inscripción del establecimiento en el Registro Público de Lugares Bailables, mediante Disposición Conjunta Nº 153/DGHP-DGFyC- DGFyCO/2013 de fecha 04/10/2013; Que, mediante presentación a agregar N° 15, obrante a fs.666, el apoderado de la firma, Sr. Jorge Rosell Cinalli, adjuntó la reválida del Certificado otorgado oportunamente para cumplimentar la O.M. 50.250, de fecha 26/06/2014, con vigencia a partir del 25/06/2014 hasta 03/09/2014; Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo establecido por la Resolución N° 66/AGC/13. Que, atento a la presentación efectuada y señalada anteriormente, resulta procedente disponer el levantamiento de la suspensión toda vez que fue cumplimentado lo observado oportunamente por el organismo competente; Por ello, y en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 01- GCBA/05 y la ley Nº 2624/07 promulgada por Decreto Nº 2137/07; Página Nº 199 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 1º Déjese sin efecto el artículo 1º de la Disposición 153/DGHP-DGFyC- DGFyCO/13, por los motivos expuestos en los considerandos.- Artículo 2º Otórguese el alta de inscripción hasta el día 19 de julio de 2014, ante el Registro Público de Lugares Bailables.- Artículo 3° Dése al Registro. Notifíquese para su conocimiento a MATIAS CIPCIC Comuníquese a la Dirección General de Fiscalización y Control y a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obra. Publíquese en la web y en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad. Cumplido resérvese. Iannella - Alonso - Chapar Página Nº 200 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR DE FISCALIZACION Y CONTROL Y EL DIRECTOR DE FISCALIZACION Y CONTROL DE OBRAS DISPONEN: Comunicados y Avisos Ministerio de Modernización MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicado N° 67/DGPLC/14 En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 219/MMGC/14 para cubrir el cargo Gerencia Operativa Adolescentes, dependiente de la Dirección General Niñez y Adolescencia de la Subsecretaria de Promoción Social del Ministerio de Desarrollo Social el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre; Documento de Identidad Stanley , Cecilia; D.N.I. 27.729.020 Lucero, Silvia; D.N.I. 17.601.591 Delgado Ferreiro, Noelia; D.N.I. 26.803.58 Julia Domeniconi Directora General CA 312 Inicia: 31-7-2014 Vence: 1-8-2014 MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicado N° 68/DGPLC/14 En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 220/MMGC/14 para cubrir el cargo Gerencia Operativa Servicios Generales, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre; Documento de Identidad Almeida, Lucrecia Maria Cecilia; D.N.I. 27.811.969 Pafundi, Miguel Angel; D.N.I 4.558.561 Pontoni, Maria Cecilia; D.N.I. 24.577.714 Julia Domeniconi Directora General CA 313 Inicia: 31-7-2014 Vence: 1-8-2014 Página Nº 201 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicado N° 69/DGPLC/14 En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 221/MMGC/14 para cubrir el cargo Gerencia Operativa Gestión de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Justicia y Seguridad, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre; Documento de Identidad Acevedo, Laura Susana; D.N.I. 16.641.958 Przybylski, Gustavo; D.N.I. 22.708.127 Saiz, Martín Ariel; D.N.I. 31.533.412 Julia Domeniconi Directora General CA 314 Inicia: 31-7-2014 Vence: 1-8-2014 MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN DIRECCIÓN GENERAL PLANEAMIENTO DE CARRERAS Comunicado N° 70/DGPLC/14 En el marco del Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición del Régimen Gerencial, convocado por Resolución Nº 270/MMGC/14 para cubrir el cargo Gerencia Operativa Hogares de Residencia Permanente, dependiente de la Dirección General Promoción y Servicios de la Subsecretaría Tercera Edad del Ministerio de Desarrollo Social, el Comité de Selección comunica la nómina de postulantes que integran la terna final, la que se detalla a continuación: Apellido y Nombre; Documento de Identidad Quattrone, Adriana María; D.N.I. 12.425.669 Drusetich, José; D.N.I. 13.385.408 Julia Domeniconi Directora General CA 315 Inicia: 31-7-2014 Vence: 1-8-2014 Página Nº 202 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Se modifica el Anexo de varias Resoluciones RESOLUCIÓN N.° 514/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: La Ley 4013, las Resoluciones Nros. 340/MMGC/14, 330/MMGC/14, 327/MMGC/14, 373/MMGC/14, 371/MMGC/14, 370/MMGC/14, 372/MMGC/14, 407/MMGC/14, 402/MMGC/14, 400/MMGC/14, 404/MMGC/14, 405/MMGC/14, 406/MMGC/14, 409/MMGC/14, 403/MMGC/14 y 401/MMGC/14 y el EX-2014-09057151-DGPLC, y CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 340/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Subgerencia Operativa Administración de Personal, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio Justicia y Seguridad; Que por Resolución Nº 330/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Mesa de Ayuda y Atención al Público, dependiente de la Dirección General Legal y Técnica de la Agencia Gubernamental de Control; Que por Resolución Nº 327/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Subgerencia Operativa Organismos Oficiales, dependiente de la Dirección General Fiscalización y Control de la Agencia Gubernamental de Control; Que por Resolución Nº 373/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Subgerencia Operativa Tramitaciones, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda; Que por Resolución Nº 371/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Subgerencia Operativa Compras y Contrataciones, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda; Que por Resolución Nº 370/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Subgerencia Operativa Administración de Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda; Que por Resolución Nº 372/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Subgerencia Operativa Contabilidad y Patrimonio, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda; Que por Resolución Nº 407/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Control Inspectivo, dependiente de la Dirección Ejecutiva de la Agencia Gubernamental de Control; Que por Resolución Nº 402/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Subgerencia Operativa Formación Continua, dependiente de la Unidad de Coordinación Administrativa, de la Agencia Gubernamental de Control; Que por Resolución Nº 400/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Subgerencia Operativa Capacitación Institucional, dependiente de la Unidad de Coordinación Administrativa, de la Agencia Gubernamental de Control; Página Nº 203 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que por Resolución Nº 404/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Capacitación, dependiente de la Unidad de Coordinación Administrativa, de la Agencia Gubernamental de Control; Que por Resolución Nº 405/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Atención Integral a la Niñez y Adolescencia en Situación de Vulnerabilidad Social, dependiente de la Dirección General Niñez y Adolescencia de la Subsecretaría de Promoción Social del Ministerio de Desarrollo Social; Que por Resolución Nº 406/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Gestión Estratégica de Políticas Sociales, dependiente de la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social; Que por Resolución Nº 409/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Proyectos de Articulación Pública - Privada, dependiente de la Dirección General Gestión de Inversiones de la Subsecretaría Inversiones del Ministerio de Desarrollo Económico; Que por Resolución Nº 403/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Subgerencia Operativa Desarrollo, dependiente de la Unidad de Coordinación Administrativa, de la Agencia Gubernamental de Control; Que por Resolución Nº 401/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Recursos Humanos, dependiente de la Unidad de Coordinación Administrativa, de la Agencia Gubernamental de Control; Que en los artículos 4.a.6 y 4.c de los Anexos a las Resoluciones mencionadas, se estableció como domicilio de presentación de impugnaciones y presentación de documentación respectivamente, la calle Maipú 374, 3º Piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por razones operativas, a partir del 28 de julio del corriente año, la Dirección General de Planeamiento de Carreras, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos de este Ministerio, se trasladará a la calle Maipú 116, 7º Piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dicha circunstancia hace necesario la modificación de los Anexos mencionados previamente. Por ello y en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 4013, la Resolución Nº 1040/SECRH/11, EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE Artículo 1º.- Modifícase el artículo 4.a.6 de los Anexos a las Resoluciones Nros. 340/MMGC/14, 330/MMGC/14, 327/MMGC/14, 373/MMGC/14, 371/MMGC/14, 370/MMGC/14, 372/MMGC/14, 407/MMGC/14, 402/MMGC/14, 400/MMGC/14, 404/MMGC/14, 405/MMGC/14, 406/MMGC/14, 409/MMGC/14, 403/MMGC/14 y 401/MMGC/14, el que quedará redactado de la siguiente manera: Página Nº 204 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires "6. Presentación de impugnaciones. De las calificaciones y del orden de mérito resultante, se correrá vista por tres (3) días hábiles a todos los postulantes que participaron en el examen escrito de oposición, quienes podrán presentar impugnaciones en un plazo de cinco (5) días hábiles. Las impugnaciones solo podrán basarse en error material, vicios de forma o de procedimiento, o en la existencia de arbitrariedad manifiesta. No serán consideradas las que constituyan una simple expresión de disconformidad del postulante con el puntaje adjudicado. Las impugnaciones a la calificación del examen escrito de oposición y a la evaluación de los antecedentes deberán plantearse por escrito ante la Dirección General Planeamiento de Carreras, sita en Maipú 116, 7º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en horario de 10:00 hs. A 17:00hs. Las mismas serán resueltas por el Comité de Selección al momento de resolver las impugnaciones previstas por el artículo 15 del Anexo a la Resolución N° 1040/SECRH/11. Si a raíz de una impugnación, el Comité de Selección rectificara el puntaje otorgado a un postulante, resultando éste igual o superior al obtenido por los postulantes convocados a la entrevista personal prevista en el inciso 5º del artículo 6º del Anexo a la citada Resolución, el Comité de Selección deberá entrevistar a dicho postulante y calificarlo conforme lo previsto en el referido inciso." Artículo 2º.- Modifícase el artículo 4.c de los Anexos a las Resoluciones Nros. 340/MMGC/14, 330/MMGC/14, 327/MMGC/14, 373/MMGC/14, 371/MMGC/14, 370/MMGC/14, 372/MMGC/14, 407/MMGC/14, 402/MMGC/14, 400/MMGC/14, 404/MMGC/14, 405/MMGC/14, 406/MMGC/14, 409/MMGC/14, 403/MMGC/14 y 401/MMGC/14, el que quedará redactado de la siguiente manera: "4.c. Presentación de documentación que acredite la información suministrada. La documentación deberá presentarse en Maipú 116, 7º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina. El postulante deberá, en el turno programado, presentarse personalmente en la dirección indicada, con la documentación que se detalla en el mencionado portal web." Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de dos (2) días y en el portal web (www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización. Oportunamente pase a la Dirección General Planeamiento de Carreras, en prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Ibarra Andrés H. Ibarra Ministro CA 310 Inicia: 31-7-2014 Vence: 31-7-2014 MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Se modifica el Anexo de varias Resoluciones RESOLUCIÓN N.° 515/MMGC/14 Buenos Aires, 25 de julio de 2014 VISTO: Página Nº 205 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires La Ley 4013, las Resoluciones Nros. 481/MMGC/14, 484/MMGC/14, 482/MMGC/14, 485/MMGC/14, 486/MMGC/14, 483/MMGC/14, 489/MMGC/14, 488/MMGC/14, 490/MMGC/14, 487/MMGC/14, 491/MMGC/14, 509/MMGC/14 y el EX-2014- 09076667-DGPLC, y CONSIDERANDO: Que por Resolución Nº 481/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Subgerencia Operativa Protocolo y Mesa de Entrada y Salidas, dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda; Que por Resolución Nº 484/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial (OGESE), dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda; Que por Resolución Nº 482/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Gestión de Servicios, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda; Que por Resolución Nº 485/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Recursos Humanos, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda; Que por Resolución Nº 486/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Subgerencia Operativa Presupuesto, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda; Que por Resolución Nº 483/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Subgerencia Operativa Evaluación del Gasto, dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Hacienda; Que por Resolución Nº 489/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Administración de Cartera, dependiente de la Gerencia Coordinación General del Instituto de Vivienda de la Ciudad; Que por Resolución Nº 488/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Asuntos Administrativos y Contenciosos, dependiente de la Gerencia Coordinación General Técnica Admini strativa y Legal del Instituto de Vivienda de la Ciudad; Que por Resolución Nº 490/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Inspección y Auditoría de Obras, dependiente de la Gerencia Coordinación General Obras y Servicios, del Instituto de Vivienda de la Ciudad; Que por Resolución Nº 487/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Rehabilitación y Renovación Urbana, dependiente de la Gerencia Coordinación General Gestión Social de la Vivienda, del Instituto de Vivienda de la Ciudad; Que por Resolución Nº 491/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Gerencia Operativa Seguridad y Emergencia, dependiente del Directorio del Instituto de Vivienda de la Ciudad; Que por Resolución Nº 509/MMGC/14 se convocó a Concurso Público Abierto de Antecedentes y Oposición para seleccionar al titular de la Subgerencia Operativa Control Operativo, dependiente de la Dirección General Habilitaciones y Permisos de la Agencia Gubernamental de Control; Página Nº 206 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que en los artículos 4.a.6 y 4.c de los Anexos a las Resoluciones mencionadas, se estableció como domicilio de presentación de impugnaciones y presentación de documentación respectivamente, la calle Maipú 374, 3º Piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que por razones operativas, a partir del 28 de julio del corriente año, la Dirección General de Planeamiento de Carreras, dependiente de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos de este Ministerio, se trasladará a la calle Maipú 116, 7º Piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; Que dicha circunstancia hace necesario la modificación de los Anexos mencionados previamente. Por ello y en virtud de las facultades conferidas por la Ley N° 4013, la Resolución Nº 1040/SECRH/11, EL MINISTRO DE MODERNIZACIÓN RESUELVE Artículo 1º.- Modifícase el artículo 4.a.6 de los Anexos a las Resoluciones Nros. 481/MMGC/14, 484/MMGC/14, 482/MMGC/14, 485/MMGC/14, 486/MMGC/14, 483/MMGC/14, 489/MMGC/14, 488/MMGC/14, 490/MMGC/14, 487/MMGC/14, 491/MMGC/14, 509/MMGC/14, el que quedará redactado de la siguiente manera: "6. Presentación de impugnaciones. De las calificaciones y del orden de mérito resultante, se correrá vista por tres (3) días hábiles a todos los postulantes que participaron en el examen escrito de oposición, quienes podrán presentar impugnaciones en un plazo de cinco (5) días hábiles. Las impugnaciones solo podrán basarse en error material, vicios de forma o de procedimiento, o en la existencia de arbitrariedad manifiesta. No serán consideradas las que constituyan una simple expresión de disconformidad del postulante con el puntaje adjudicado. Las impugnaciones a la calificación del examen escrito de oposición y a la evaluación de los antecedentes deberán plantearse por escrito ante la Dirección General Planeamiento de Carreras, sita en Maipú 116, 7º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en horario de 10:00 hs. A 17:00hs. Las mismas serán resueltas por el Comité de Selección al momento de resolver las impugnaciones previstas por el artículo 15 del Anexo a la Resolución N° 1040/SECRH/11. Si a raíz de una impugnación, el Comité de Selección rectificara el puntaje otorgado a un postulante, resultando éste igual o superior al obtenido por los postulantes convocados a la entrevista personal prevista en el inciso 5º del artículo 6º del Anexo a la citada Resolución, el Comité de Selección deberá entrevistar a dicho postulante y calificarlo conforme lo previsto en el referido inciso." Artículo 2º.- Modifícase el artículo 4.c de los Anexos a las Resoluciones Nros. 481/MMGC/14, 484/MMGC/14, 482/MMGC/14, 485/MMGC/14, 486/MMGC/14, 483/MMGC/14, 489/MMGC/14, 488/MMGC/14, 490/MMGC/14, 487/MMGC/14, 491/MMGC/14, 509/MMGC/14, el que quedará redactado de la siguiente manera: "4.c. Presentación de documentación que acredite la información suministrada. La documentación deberá presentarse en Maipú 116, 7º piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina. El postulante deberá, en el turno programado, presentarse personalmente en la dirección indicada, con la documentación que se detalla en el mencionado portal web." Página Nº 207 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CA 311 Inicia: 31-7-2014 Vence: 31-7-2014 Página Nº 208 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Artículo 3º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por el término de dos (2) días y en el portal web (www.buenosaires.gob.ar/regimengerencial/concursos) del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Modernización. Oportunamente pase a la Dirección General Planeamiento de Carreras, en prosecución de su trámite. Cumplido, archívese. Ibarra Andrés H. Ibarra Ministro Licitaciones Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Adquisición de elementos de pintura - Expediente N° 1.416.412/SA/14 Llámese a Licitación Pública Nº 11/14, cuya apertura se realizará día 14/8/14, a las 14hs., para la adquisición de elementos de pintura. Elementos: Pinceles, Pinturas, Rodillos, Selladores y adhesivos. Autorizante: Resolución N° 605/SA/14. Unidad Operativa Adquiriente: Dirección General de Compras y Contrataciones. Unidad Operativa Requirente: Dirección General de Servicios Operativos. Valor del pliego: $ 200,00 (pesos doscientos). Publicidad y difusión: Puede consultarse el Pliego en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, en el sitio de Internet del Gobierno de la Ciudad y en la página web de la LCABA, de acuerdo a lo normado en el artículo 97 de la Ley N° 2095 de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y tomar vista directa en la Dirección General de Compras y Contrataciones, sita en H. Yrigoyen 642, primer piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires de 10 a 18 horas. Adquisición (10 a 15 hs.) y consultas de pliegos (10 a 18 hs.): Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dirección General de Compras y Contrataciones, sita H. Yrigoyen 642, primer piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Lugar de apertura: Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Dirección General de Compras y Contrataciones, sita H. Yrigoyen 642, primer piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el día 8/8/14, a las 14 hs. Marcelo del Sol Director General OL 2399 Inicia: 31-7-2014 Vence: 1°-8-2014 Página Nº 209 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Jefatura de Gabinete de Ministros JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD SALUDABLE Preadjudicación - Expediente N°3.413.620/14 Licitación Pública N° 934/14. Acta de preadjudicación con fecha: 23/7/14. Objeto: provisión y colocación de maceteros en las obras de intervenciones peatonales dependientes de la Dirección General de Movilidad Saludable. Repartición destinataria: Subsecretaría de Transporte. Firmas presentadas: 2 (dos) de acuerdo a lo manifestado en el acta de apertura y a lo evaluado a través del cuadro comparativo de precios que ordena la reglamentación en vigencia, fueron analizadas las ofertas de: Estudio Marta Carena (CUIT-30- 71038183-2) y Obras y Servicios EC (30-70704887-1). Firma preadjudicada: Marta Carena (CUIT-30-71038183-2 Aprobación: Bisiau - Perotti - Dietrich Guillermo Dietrich Subsecretario OL 2411 Inicia: 30-7-2014 Vence: 31-7-2014 Página Nº 210 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE Circular sin consulta - Expediente N° 3.824.934/14 Circular sin Consulta Nº 2. Buenos Aires 29 de julio de 2014 Ref.: Licitación Pública Nº 320-0546-LPU14 para la adquisición de indumentaria con destino a las Direcciones Generales de la Subsecretaría de Transporte. En el marco de lo dispuesto por las Cláusulas Generales en su art. 9, corresponde emitir la siguiente aclaración: 1) Pliego de Especificaciones Técnicas Debido a una falla del sistema BAC no se computaron cinco renglones de PET (Renglón N° 21 a 26). Por tanto el mismo quedará completado de la siguiente manera: Deberá decir: Renglón N° 21: Zapato de Seguridad (continuación). Suela: Inyectada. Poliuretano bidensidad, dibujo antideslizante, auto limpiante con ángulo anti enganche en el taco, traba para escaleras. La misma posee; número de talle, marca, fecha de fabricación (incluye mes y año), la letra “D” que significa que es dielectrico y la leyenda “Industria Argentina”. Numero de Serie: Poseen en la lengüeta un numero de serie gravado sobre el cuero (lo que permite un mejor control del articulo). Demás especificaciones y consultas serán acordadas con el proveedor. Cantidad Total: 250 pares. Renglón N° 22 cinturones. Reparticiones Solicitantes: DIRECCIÓN GENERAL CUERPO DE AGENTES DE CONTROL DEL TRANSITO Y TRANSPORTE (Cantidad: 1500) DIRECCIÓN GENERAL DE SEGURIDAD VIAL (Cantidad: 60) Total: 1.560. Textura de algodon. De 3 cm de ancho, 1,60 a 2 mm de espesor. Hebilla metálica lisa en su extremo. Puntera métallisa. Color negro. (CINTURON) Página Nº 211 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Demás especificaciones y consultas serán acordadas con el proveedor. Cantidad Total: 1.560 Unidades. Renglón N° 23 Pantalones: Item 1 Pantalón Cargo Color Negro Repartición Solicitante: Dirección General de Licencias. Modelo: Cargo, cintura trasera, media elastizada, postiza en la misma tela, con cinco pasa cintos. Pantalón Cargo, cintura trasera, media elastizada, postiza en la misma tela, con cinco pasa cintos. Delantero: recto, piernas de línea recta con dos bolsillos laterales, cartera doble de la misma tela, con cierre metálico a cremallera. Bolsillos: Delanteros: 2 inclinados, abertura 16cm, profundidad 30cm. Traseros 2 pegados con vista y tablón central. Con vista de 1,5cm de ancho, abertura de 12cm, profundidad 20cm. Laterales: 2 bolsillos externos con tapa recta con punta, abertura de 13cm de fuelle, largo de 25cm. Tapa con velcro. Atraques: en abertura de los bolsillos delanteros, cartera en su parte inferior y unión trasera de la cintura; en bolsillos laterales y en agregado bolsillo derecho. Tancas con cordón elástico ubicado en el interior del dobladillo de la parte inferior de las piernas. Dobladillo de 2,5cm dobladillado y pisado c/R1A. Función: Ajustar parte inferior de las piernas según necesidad. Velcro de 2,5cm de ancho x 1,5cm de alto. Pisados todo alrededor c/Pespunte de Cruz en su interior. Ubicados a 1cm del lateral y a 1cm del bajo. Cintura aplicada con ojal y botón de pasta 4 Ag. En la abertura central. Ojal ubicado a 3cm del lateral ya 2,5cm del bajo. Medida tomada sobre el corte. Cintura pisada c/R1A al orillo. Cartera en abertura central delantera de 3,5cm de ancho x 16cm de alto. Terminada c/ 1 ppte. al orillo en un extremo y en el otro extremo c/TP2A. Terminación en curva. Con cierre interno de 15cm. Cintas Retroreflectivas Gris Plata. De 5cm de ancho aplicada. Pisada con R1A. En cada extremo. Con Hilo al tono de la Cinta. Recorte en tela base ubicado en la parte trasera. Unido con la cintura y con las piernas. Pisado c/TP2A. Página Nº 212 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Demás especificaciones y consultas serán acordadas con el proveedor. Cantidad Total: 1.560 Unidades. Renglón N° 23 Pantalones: Item 1 Pantalón Cargo Color Negro Repartición Solicitante: Dirección General de Licencias. Modelo: Cargo, cintura trasera, media elastizada, postiza en la misma tela, con cinco pasa cintos. Pantalón Cargo, cintura trasera, media elastizada, postiza en la misma tela, con cinco pasa cintos. Delantero: recto, piernas de línea recta con dos bolsillos laterales, cartera doble de la misma tela, con cierre metálico a cremallera. Bolsillos: Delanteros: 2 inclinados, abertura 16cm, profundidad 30cm. Traseros 2 pegados con vista y tablón central. Con vista de 1,5cm de ancho, abertura de 12cm, profundidad 20cm. Laterales: 2 bolsillos externos con tapa recta con punta, abertura de 13cm de fuelle, largo de 25cm. Tapa con velcro. Atraques: en abertura de los bolsillos delanteros, cartera en su parte inferior y unión trasera de la cintura; en bolsillos laterales y en agregado bolsillo derecho. Tancas con cordón elástico ubicado en el interior del dobladillo de la parte inferior de las piernas. Dobladillo de 2,5cm dobladillado y pisado c/R1A. Función: Ajustar parte inferior de las piernas según necesidad. Velcro de 2,5cm de ancho x 1,5cm de alto. Pisados todo alrededor c/Pespunte de Cruz en su interior. Ubicados a 1cm del lateral y a 1cm del bajo. Cintura aplicada con ojal y botón de pasta 4 Ag. En la abertura central. Ojal ubicado a 3cm del lateral ya 2,5cm del bajo. Medida tomada sobre el corte. Cintura pisada c/R1A al orillo. Cartera en abertura central delantera de 3,5cm de ancho x 16cm de alto. Terminada c/ 1 ppte. al orillo en un extremo y en el otro extremo c/TP2A. Terminación en curva. Con cierre interno de 15cm. Cintas Retroreflectivas Gris Plata. De 5cm de ancho aplicada. Pisada con R1A. En cada extremo. Con Hilo al tono de la Cinta. Recorte en tela base ubicado en la parte trasera. Unido con la cintura y con las piernas. Pisado c/TP2A. Página Nº 212 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Cantidad: 88 Unidades Item 2 : Pantalón Tipo Cargo. Repartición Solicitante: Dirección General De Movilidad Saludable. Modelo: Cargo, cintura trasera, media elastizada, postiza en la misma tela, con cinco pasa cintos. Pantalón Cargo, cintura trasera, media elastizada, postiza en la misma tela, con cinco pasa cintos. Delantero: recto, piernas de línea recta con dos bolsillos laterales, cartera doble de la misma tela, con cierre metálico a cremallera. Bolsillos: Delanteros: 2 inclinados, abertura 16cm, profundidad 30cm. Traseros 2 pegados. Con vista de 1,5cm de ancho, abertura de 12cm, profundidad 20cm. Laterales: 2 bolsillos externos con tapa recta con fuelle largo 25cm, estan ubicados a 5cm por debajo de la abertura de los bolsillos delanteros. Sobre el bolsillo lateral derecho llevara una pinza de 15cm por 3cm cosido a la bolsa del mismo. Forro de bolsillos con Overlock 3H. Y pespunte de seguridad. Atraques: en abertura de los bolsillos delanteros, cartera en su parte inferior y unión trasera de la cintura; en bolsillos laterales y en agregado bolsillo derecho. Espalda: Con doble pinza de entalle para mayor capacidad y despegue Tancas con cordón elástico ubicado en el interior del dobladillo de la parte inferior de las piernas. Dobladillo de 2,5cm dobladillado y pisado c/R1A. Función: Ajustar parte inferior de las piernas según necesidad. Velcro de 2,5cm de ancho x 1,5cm de alto. Pisados todo alrededor c/Pespunte de Cruz en su interior. Ubicados a 1cm del lateral y a 1cm del bajo. Cintura aplicada con ojal y botón de pasta 4 Ag. En la abertura central. Ojal ubicado a 3cm del lateral ya 2,5cm del bajo. Medida tomada sobre el corte. Cintura pisada c/R1A al orillo. Cartera en abertura central delantera de 3,5cm de ancho x 16cm de alto. Terminada c/ 1 ppte. al orillo en un extremo y en el otro extremo c/TP2A. Terminación en curva. Con cierre interno de 15cm. Cinta Retroreflectiva de 5cm de ancho aplicada. Pisada con R1A. En cada extremo. Con Hilo al tono de la Cinta. Cintura trasera de 4cm de ancho con elástico interno continuando hacia los laterales. Atracado en su interior en las terminaciones. Con 5 pasacintos. Tiro pisado con OV5H y pisado con TP2A. Hilo al tono de la prenda. Uniones laterales Reforzadas unidas c/Overlock 5 Hilos y dobladillas y pisadas c/TP2A. Hilo al tono de la prenda. Costuras: cadeneta. Las partes del cerrado del entrepiernas, laterales y traseros y bordes expuestos y sobrehilados, forros con maquina Overlock y pespunte de seguridad. Página Nº 214 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Terminación: todas las prendas deben conservar una criteriosa revisación, eliminando hilos excedentes, costuras rotas, zafadas, sin frunces, ni dobleces, correctamente planchadas y dobladas en bolsas de polietileno, con indicación de talle. Etiqueta que indique marca o proveedor; numero de talle y recomendaciones respecto del lavado y planchado de la prenda. Logotipo: identificativo y bordados según diseño. Demás especificaciones deberán ser indicadas por la repartición del solicitante. Descripción de la tela: Tela: Gabardina indantrem sanforizada con imper. Secado rápido. Composición: 35% Algodón 65% Poliéster. Color: Gris Oscuro. Peso: 7oz. Hilos: 100% Poliéster de cabos. Puntadas x 3,5cm Banda Retroreflectiva: banda de 2.5cm de ancho. Composición: esferas microscópicas de vidrio. Distribución/Fijación: en los costados de las piernas a partir de la terminación del bolsillo largo y hasta la botamanga y a 15cm sobre la botamanga derecha en forma circular alrededor de la pierna. Para uso de otras reparticiones se podra variar la posición y cantidad de bandas, manteniendo la calidad y medida de los elementos de alta visibilidad. Cantidad Total: 160 Unidades Item 3: Pantalon Tipo Cargo. Repartición Solicitante: Dirección General De Seguridad Vial. Modelo: Cargo, cintura trasera, media elastizada, postiza en la misma tela, con cinco pasa cintos. Pantalón Cargo, cintura trasera, media elastizada, postiza en la misma tela, con cinco pasa cintos. Delantero: recto, piernas de línea recta con dos bolsillos laterales, cartera doble de la misma tela, con cierre metálico a cremallera. Página Nº 215 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Bolsillos: Delanteros: 2 inclinados con tela respirable en el interior. Con vivos verde manzana, abertura 16cm, profundidad 30cm. Traseros: Tipo ojal, con interior amplio con tejido respirable al tono. Con tapas con adherencia en velcro, pespunteado alrededor. Dos laterales con fuelles, de 20 x 17,30cm. Ubicados por encima de la altura de las rodillas y por debajo de los bolsillos frontales. Con tapas con adherencias en velcro. Velcros de 2,5cm de ancho x 1,5cm de alto. Pisados todo alrededor c/Pespunte de Cruz en su interior. Ubicados a 1cm del lateral y a 1cm del borde inferior. Atraques: en abertura de los bolsillos delanteros, cartera en su parte inferior y unión trasera de la cintura; en bolsillos laterales y en agregado bolsillo derecho. Tancas con cordón elástico ubicado en el interior del dobladillo de la parte inferior de las piernas. Dobladillo de 2,5cm dobladillado y pisado c/R1A. Función: Ajustar parte inferior de las piernas según necesidad. Cintura aplicada con ojal y botón de pasta 4 Ag. En la abertura central. Ojal ubicado a 3cm del lateral ya 2,5cm del bajo. Medida tomada sobre el corte. Cintura pisada c/R1A al orillo. Cartera en abertura central delantera de 3,5cm de ancho x 16cm de alto. Terminada c/ 1 ppte. al orillo en un extremo y en el otro extremo c/TP2A. Terminación en curva. Con cierre de bornce interno de 15cm. La cinta retroreflectiva estará a 15 cm ubicada por debajo de la altura de las rodillas, en tiras formando un círculo alrededor de la pierna. Tela base de la cinta retroreflectiva: Poliéster/ algodón. Luminosidad 350cd/mt2 o superior. Color blanco de 2,5 cm. De ancho. Ubicación de tira amarilla institucional Pantone 116C : La cinta amarilla estará ubicada por debajo de la cinta retroreflectiva en tiras formando un círculo alrededor de la pierna. De 2,5 cm. de ancho. Ubicación de los vivos verde manzana: Debajo de la tiras tiras amarillas en ambas piernas y bordeando los bolsillos tipo jean superiores. Recorte engomado: En ambas piernas, parte delantera superior (muslos) esta tela evita la adhesión de la suciedad y refuerza el sector más utilizado del pantalón de trabajo. Cintura trasera de 4cm de ancho con elástico interno continuando hacia los laterales. Atracado en su interior en las terminaciones. Tiro pisado con OV5H y pisado con TP2A. Hilo al tono de la prenda. Uniones laterales Reforzadas unidas c/Overlock 5 Hilos y dobladillas y pisadas c/TP2A. Hilo al tono de la prenda. Costuras: Toda la prenda se coserá con doble costura, salvo el ruedo interior y el pegado de la cintura que será con costura simple, y la entre pierna que se cosera con overlock 5 hilos con costura de seguridad. Llevara atraques de seguridad en los puntos vulnerables. Terminación: todas las prendas deben conservar una criteriosa revisación, eliminando hilos excedentes, costuras rotas, zafadas, sin frunces, ni dobleces, correctamente planchadas y dobladas en bolsas de polietileno, con indicación de talle. Etiqueta que indique marca o proveedor; numero de talle y recomendaciones respecto del lavado y planchado de la prenda. Logotipo: Ubicación de tira amarilla institucional Pantone 116C : La cinta amarilla estará ubicada por debajo de la cinta retroreflectiva en tiras formando un círculo alrededor de la pierna. De 2,5 cm. de ancho. Ubicación de los vivos verde manzana: Debajo de la tiras tiras amarillas en ambas piernas y bordeando los bolsillos tipo jean superiores. Recorte engomado: En ambas piernas, parte delantera superior (muslos) esta tela evita la adhesión de la suciedad y refuerza el sector más utilizado del pantalón de trabajo. Cintura trasera de 4cm de ancho con elástico interno continuando hacia los laterales. Atracado en su interior en las terminaciones. Tiro pisado con OV5H y pisado con TP2A. Hilo al tono de la prenda. Página Nº 216 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Uniones laterales Reforzadas unidas c/Overlock 5 Hilos y dobladillas y pisadas c/TP2A. Hilo al tono de la prenda. Costuras: Toda la prenda se coserá con doble costura, salvo el ruedo interior y el pegado de la cintura que será con costura simple, y la entre pierna que se cosera con overlock 5 hilos con costura de seguridad. Llevara atraques de seguridad en los puntos vulnerables. Terminación: todas las prendas deben conservar una criteriosa revisación, eliminando hilos excedentes, costuras rotas, zafadas, sin frunces, ni dobleces, correctamente planchadas y dobladas en bolsas de polietileno, con indicación de talle. Etiqueta que indique marca o proveedor; numero de talle y recomendaciones respecto del lavado y planchado de la prenda. Logotipo: Los bordados se deberán realizar con la siguiente descripción: Al dorso en el bolsillo derecho bordado del logo de la ciudad en hilos en tonos blancos, con una altura del ovalo de 4.5 cm y el resto proporcional. Página Nº 217 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Buenos Aires Ciudad Talle Tiro Delantero Tiro Trasero 1/2 cadera Largo Pierna ancho rodilla Bota 36 26 39 47 107 50 44 38 26,5 40 48 107 51 45 40 27 40,5 50 107 52 46 42 27,5 41 52 109 54 47 44 28 41,5 54 109 56 48 46 28,5 42 55 110 58 49 48 29 43 57 110 60 50 50 29,5 43,5 58,5 111 61 51 52 30 44 60,5 111 62 52 54 30,5 44,5 62,5 112 64 54 56 31 45 64 112 66 55 58 31,5 45,5 66 113 67 56 60 32 46 69 113 69 56,5 62 32,5 46,5 71 114 71 58 64 33 47 72 115 72 59 LAS PRENDAS DEBEN AJUSTARSE EN TODO A LA TABLA DE MEDIDAS Demás especificaciones y consultas serán acordadas con el proveedor. Cantidad: 100 Unidades Item 4 : Pantalón de Trabajo. Repartición Solicitante: Dirección General de Tránsito Modelo: Pantalón Cargo, cintura trasera, media elastizada, postiza en la misma tela, con cinco pasa cintos. Delantero: recto, piernas de línea recta con dos bolsillos laterales, cartera doble de la misma tela, con cierre metálico a cremallera. Bolsillos: Delanteros: 2 inclinados, abertura 16cm, profundidad 30cm. Traseros 2 pegados con vista y tablón central. Con vista de 1,5cm de ancho, abertura de 41cm, profundidad 20cm. Laterales: 2 bolsillos externos con tapa recta con punta, abertura de 13cm de fuelle, largo de 25cm. Tapa con velcro. Atraques: en abertura de los bolsillos delanteros, cartera en su parte inferior y unión trasera de la cintura; en bolsillos laterales y en agregado bolsillo derecho. Tancas con cordón elástico ubicado en el interior del dobladillo de la parte inferior de las piernas. Dobladillo de 2,5cm dobladillado y pisado c/R1A. Función: Ajustar parte inferior de las piernas según necesidad. Velcro de 3,5cm de ancho x 1,5cm de alto. Pisados todo alrededor c/Pespunte de Cruz en su interior. Ubicados a 1cm del lateral y a 1cm del bajo. Cintura aplicada con ojal y botón de pasta 4 Ag. En la abertura central. Ojal ubicado a 3cm del lateral ya 2,5cm del bajo. Medida tomada sobre el corte. Cintura pisada c/R1A al orillo. Cartera en abertura central delantera de 3,5cm de ancho x 16cm de alto. Terminada c/ 1 ppte. al orillo en un extremo y en el otro extremo c/TP2A. Terminación en curva. Con cierre interno de 15cm. Recorte en tela base ubicado en la parte trasera. Unido con la cintura y con las piernas. Pisado c/TP2A. Cintura trasera de 4cm de ancho con elástico interno continuando hacia los laterales. Atracado en su interior en las terminaciones. Tiro pisado con OV5H y pisado con TP2A. Hilo al tono de la prenda. Uniones laterales Reforzadas unidas c/Overlock 5 Hilos y dobladillas y pisadas c/TP2A. Hilo al tono de la prenda. Costuras: cadeneta. Las partes del cerrado del entrepiernas, laterales y traseros y bordes expuestos y sobrehilados, forros con maquina Overlock y pespunte de seguridad. Terminación: todas las prendas deben conservar una criteriosa revisación, eliminando hilos excedentes, costuras rotas, zafadas, sin frunces, ni dobleces, correctamente planchadas y dobladas en bolsas de polietileno, con indicación de talle. Etiqueta que indique marca o proveedor; numero de talle y recomendaciones respecto del lavado y planchado de la prenda. Logotipo: identificativo y bordados según diseño. Demás especificaciones deberan serindicadas por la repartición del solicitante. Descripción de la tela: Tela: Gabardina indantrem sanforizada con imper. Composición 100% Algodón. Página Nº 218 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Color: beige. Cantidad: 81 unidades Cantidad Total: 429 unidades. Renglón N° 24: Remeras Item 1 Remera Negra Repartición Solicitante: Direccion General de Tránsito Modelo: Cuello redondo en Rib al tono de tela Base de 2cm. Terminado. Limpieza de cuello en Jersey al tono de tela base. Dobladillos de las mangas y bajo de 2,5cm con TP2A con hilo al tono de la tela base. Costuras: cerrado frente y espalda, hombros, sisas, pegados con OV3H. Limpieza de cuello en tela base. Demás operaciones: simples. Hilos: Algodón 100%. Color al tono de la prenda Bordado: según indicaciones. Terminación y Presentación: Todas las prendas deberán tener una criteriosa revisación, sin excedente de hilos, costuras rotas, zafadas, sin frunces, ni dobleces, correctamente planchadas y dobladas, provistas de envase individual, hermético, transparente e impermeable, con indicación de talle. Etiqueta que indique Marca o Nombre del Proveedor, numero de talle y recomendaciones del lavado y planchado. Descripción de la tela: TELA: Jersey Peinado. Compactado. Teñido Reactivo (Solido a los rayos del sol). Encogimiento 1%. Peso x m2: 175grs. Titulo hilado : 24/1.Composición : 100% Algodón. Página Nº 219 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Cantidad: 54 Unidades Item 2 : REMERA NEGRA REPARTICIÓN SOLICITANTE: DIRRECCION GENERAL DE LICENCIAS Modelo: Cuello redondo en Rib al tono de tela Base de 2cm. Terminado. Limpieza de cuello en Jersey al tono de tela base. Dobladillos de las mangas y bajo de 2,5cm con TP2A con hilo al tono de la tela base. Costuras: cerrado frente y espalda, hombros, sisas, pegados con OV3H. Limpieza de cuello en tela base. Demás operaciones: simples. Hilos: Poliéster 100%. Color al tono de la prenda Bordado: llevara en el frente y en la espalda los Logotipos indicados. Terminación y Presentación: Todas las prendas deberan tener una criteriosa revisación, sin excedente de hilos, costuras rotas, zafadas, sin frunces, ni dobleces, correctamente planchadas y dobladas, porvistas de envase individual, hermético, transparente e impermeable, con indicación de talle. Etiqueta que indique Marca o Nombre del Proveedor, numero de talle y recomendaciones del lavado y planchado. Descripción de la tela: Tela jersey de algodón /poliéster Color: negro mezcla 24/1 peinado, fibra íntima algodón 50% - poliéster 50%. Teñido por batea única. Teñido reactivo sólido a la luz procesado de modo tal que no desprendan excedentes de tintura. Tela 165grs./180grs Por metro cuadrado. Encogimiento máximo hasta 2%. Cantidad: 46 Página Nº 220 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Cantidad Total: 100 Remeras Renglón N° 25: Campera Doble con Buzo Desmontable Repartición Solicitante: direccion general de seguridad vial Campera: Modelo Campera Externa: Cuello doble en tela base de 12cm terminado. Unida al cuerpo c/OV5H. Con Capucha incorporada. Siendo guardada en bolsillo aplicado en el cuello con 3 velcros. De 3cm x 2.5cm. Pespunteados todo alrededor c/R1A a 1cm de distancia. Pisada c/ R1A en parte superior e inferior. Capucha en tela base. C/Vista de 4cm terminando en los extremos tipo escafandra con vista de 11,5cm en prenda terminada. C/Pespunte de R1A. Al tono de la prenda. C/Tiras de collareta en tela base de 31cm de largo. Unión central de Capucha c/OV5H y pisada c/R1A. Pisada todo alrededor c/R1A. Cinta réflex en la cintura y en las mangas a la misma altura del cuerpo de la campera con un ancho de 5 cm. Con vivo en la parte inferior color verde manzana. Puño doble aplicado c/R1A c/Elástico lado interno con 2 pespuntes cada 1cm. En el lado trasero del puño. Cierre desmontable reforzado con deslizador doble. Para acoplarse con la campera interna de polar. Bolsillo de 20cm de ancho x 24,5cm de alto. Pespunteado c/TP2A. Tapa de 20cm de ancho x 9cm de alto pisada c/R1A todo alrededor. C/Velcro de 3cm x 2cm. Centrado sobre el interior de la tapa. Ubicado a 4,5 del Bolsillos con entrada superior y tapa con cierre de velcro y vivos verdes manzana en la parte superior borde inferior y a 8cm del lateral. Medidas sobre prenda terminada. Puño de 5cm lado externo abertura con velcro con tabla encontrada sobre la manga para regulación. C/Ojal en cada puño de manga de tela base con collareta para encajar con la campera interna. Pinza sobre la manga debajo del puño pegado Recorte superior o canesú de color amarillo fluorescente Recorte inferior color gris oscuro o gris topo. Dobladillo de 2,5cm terminado c/R1A. Al tono de la prenda. Forrada en su interior con Red. Hombros pisados c/TPC2A. Sobre la espalda. Sisas pisadas c/TP2A. Al tono de la prenda. Ojales niquelados para el paso del cordón ubicados a 3cm del acceso central delantero. Medida en prenda terminada. Triángulos dobles en tela impermeable ubicados en interior de la prenda parte superior. Pespunteado c/R1A. Cumpliendo la función de tapar el final de los cierres que unen las dos camperas. Al agregar la campera Polar con la campera impermeable mediante los cierres. Finalizan dentro de las vistas de la campera impermeable ubicados en la parte superior de la misma. Uniones internas c/OV5H. Hilo al tono de la prenda. Modelo Campera Interna Cuello en tela base doble de 10cm de alto rebatible. Pisado c/R1A. Al tono de tela base. Unido al cuerpo c/OV5H. Botón en el centro del cuello parte inferior del mismo. Bolsillo ojal en tela base doble. Bolsa interna de bolsillo en tela base. Ubicado según muestra. Cintura de 2,5cm terminada Pisada primero c/OV5H. Luego pisada c/R1A. C/Hilo al tono de tela base. C/Espacio interno para el paso del cordón. Ojales niquelados para el paso del cordón ubicados a 3cm del acceso central delantero. Medida en prenda terminada. Cierre Monofilamento ubicado en el acceso central delantero. A contratono de la tela base. Desmontable. C/Vista externa de 1cm pespunteada c/R1A. Página Nº 221 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Vista interna de 6cm. Pespunteada a 1cm. Termina unida c/OV5H c/Forrería de Jersey. Puño de 2,5 cm terminado con elástico interno de 3cm. Pisado c/OV5H y pespunteado c/R1A con hilo al tono de la prenda. C/1 botón interno transparente de 2 Ag. Ubicado según muestra. Pegado con hilo rojo. Dobladillo de 2,5cm terminado c/R1A. Al tono de la prenda. Forrado en su interior con Jersey. Al acoplarse con la campera impermeable la campera se coloca dandola vuelta, quedando del revés. Colocando cada botón con su ojal en los puños internos y botón en el cuello centrado. Como primer paso se da vuelta la campera de polar. Para que quede revés de campera impermeable con revés de campera de polar. Quedando a la vista interna de la campera el polar como espalda y color interno. Uniones internas c/OV5H. Hilo al tono de la prenda. Costuras a tono de la tela, reforzadas y acostadas que permiten mayor suavidad. Terminación y Presentación: Todas las prendas deberan tener una criteriosa revisación, sin excedente de hilos, costuras rotas, zafadas, sin frunces, ni dobleces, correctamente planchadas y dobladas, porvistas de envase individual, hermético, transparente e impermeable, con indicación de talle. Etiqueta que indique Marca o Nombre del Proveedor, numero de talle, Composición y recomendaciones del lavado y planchado. Descripción de la tela: Campera Exterior: Tela Externa: Tela ripstop antidesgarro de primera calidad. Algodón poliéster Con imper. Combinado en trucker amarillo 100 % poliéster. Tela interior: forrado en red 100% Poliéster. Campera interior: Polar primera calidad color gris oscuro, Descripción de la tela: Tela Externa: Polar tipo Antipeeling de 270/280g/m2. Composición: 100% Poliester microfibra. Polar 275 grs Antipilling. Tela interna: Jersey 100% Algodón. Los bordados se deberán realizar con la siguiente descripción: Al frente lado derecho superior bordado Buenos Aires Ciudad en hilos en tono negro, con una altura del ovalo de 4.5 cm y el resto proporcional. Página Nº 222 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Buenos Aires Ciudad SEGURIDAD VIAL Al frente lado izquierdo superior bordado SEGURIDAD VIAL en hilos en tono negro, con una altura de 2 cm y el resto proporcional. En la espalda se encuentra el bordado de SEGURIDAD VIAL y el logo de la ciudad de Buenos Aires. De 28CM de largo y el resto proporcional, en hilos en tono negro. TABLA DE MEDIDAS CAMPERA Página Nº 223 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires SEGURIDAD VIAL Buenos Ai r es Ci udad Talle Hombro Largo espalda Ancho espalda Ancho pecho 1/2 sisa Largo manga XS 16 67 49 47 30 64 S 16,05 68 51 49 31 65 M 16,05 69 53 51 32 66 L 17 70 56 53 33 67 XL 17 74 59 57 34 69 XXL 17 76 61 59 35 70 XXXL 17,05 79 63 61 35,5 72 LAS PRENDAS DEBEN AJUSTARSE EN TODO A LA TABLA DE MEDIDAS Demás especificaciones y consultas serán acordadas con el proveedor. Comunicación buzo interno: Los bordados se deberán realizar con la siguiente descripción: * Al frente lado derecho superior bordado Buenos Aires Ciudad en hilos en tono blanco, con una altura del ovalo de 4.5 cm y el resto proporcional. * Al frente lado izquierdo superior bordado SEGURIDAD VIAL en hilos en tono blanco, con una altura de 2 cm y el resto proporcional. Página Nº 224 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires f r ent e dor so SEGURIDAD VIAL Buenos Air es Ciudad Buenos Aires Ciudad SEGURIDAD VIAL Buenos Aires Ciudad SEGURIDAD VIAL * En la espalda se encuentra el bordado de SEGURIDAD VIAL y el logo de la ciudad de Buenos Aires. De 28CM de largo y el resto proporcional. La palabra “SEGURIDAD” en hilos de color negro. La palabra “VIAL” en hilos de color amarillo. LOGO+“BUENOS AIRES CIUDAD” hilos color negro. Cantidad Total: 100 unidades Renglón N° 26: Camisa De Vestir Repartición Solicitante: Gotre (Gerencia Operativa Taxis, Remises y Escolares) Modelo: camisa clásica de vestir, cuello con tirilla pisado c/R1A al orillo, con Pie de Cuello doble con tejido negro en lado interno. Con entretela en su interior. Con botón sobre el Pie de Cuello,. Mangas largas, con puño con 2 botones con tajo por detrás pisado c/R1A y botón. Puños de mangas dobles exterior color blanco con tejido color negro en el interior, sobresaliendo 0,7mm. Espalda con tablón encontrado y canesú doble pisado c/TP2A. Cuenta con 6 botones perlados y ojales del lado masculino en cartera central Pisada c/R1A. Con atraques en sus extremos. Dobladillo de ruedo de 5mm. Hilos: Poliéster 100%. Color al tono de la prenda. Bordado: llevara en el frente el Logotipo indicado a la altura del pecho, lado izquierdo. Terminación y Presentación: Todas las prendas deberán tener una criteriosa revisación, sin excedente de hilos, costuras rotas, zafadas, sin frunces, ni dobleces, correctamente planchadas y dobladas, porvistas de envase individual, hermético, transparente e impermeable, con indicación de talle. Etiqueta que indique Marca o Nombre del Proveedor, numero de talle y recomendaciones del lavado y planchado. Descripción de la tela: Tela: Batista lisa blanca Composición: 65% Poliéster y 35% Algodón. Trama de 98 pasadas por pulgada y urdimbre de 72 pasadas por pulgada. Peso 102 grs. Por m2, ancho 1,5mts. Los bordados se deberán realizar con la siguiente descripción: CAMISAS Página Nº 225 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires SEGURIDAD VIAL Bueno s Ai res Ci ud ad La Gerencia determinara cuantas unidades corresponden a hombres y a mujeres. Cantidad Total: 80 unidades. Guillermo Dietrich Subsecretario OL 2415 Inicia: 30-7-2014 Vence: 31-7-2014 Página Nº 226 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIDAD SALUDABLE Circular sin consulta - Expediente N° 5.264.753/14 Circular sin Consulta N° 1 Expediente N° 5.264.753/14. Licitación Pública Nacional para otorgar bajo el régimen jurídico de concesión de servicio público la prestación de los servicios relacionados con el sistema de estacionamiento regulado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 1. Etapas de Implementación del Sistema La puesta en marcha del Sistema de Estacionamiento Regulado será llevada a cabo en etapas en la forma y con la metodología que se describe. En el siguiente listado se detalla la cantidad de espacios de las mismas. Dichas cantidades son aproximadas y sólo se consignan a efectos de comparar las ofertas. Las mismas deberán ser ajustadas oportunamente, en más o en menos, sin que ello implique reclamo alguno por parte del concesionario. En tal sentido, se deja expresa constancia de que los oferentes, con el solo hecho de presentar su propuesta, aceptan y renuncian a tal posibilidad. La información geográfica de cada zona y etapa con los respectivos espacios se presenta en los mapas a continuación. Los mismos mapas con una mejor resolución para mejorar la legibilidad serán brindados en formato electrónico. Mapa Etapa 1: MAPA 1 Página Nº 227 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Etapa 1 Tipo de espacio Zona de tarificación Zona 1 Zona 2 Zona 3 Zona 4 Zona 5 Permitido Tarifada Progresiva Progresiva 1 3.889 1.128 0 0 0 Progresiva 2 7.275 15.832 3.388 5.443 1.212 Simple Simple 4.093 7.925 4.712 3.850 1.133 Libre Libre Libre 36.076 18.629 56.643 54.530 108.896 Prohibido 78.087 47.270 50.083 53.123 77.851 Etapas 1 Y 2 Tipo de espacio Zona de tarificación Zona 1 Zona 2 Zona 3 Zona 4 Zona 5 Permitido Tarifada Progresiva Progresiva 1 3.889 1.128 0 0 0 Progresiva 2 7.275 22.008 3.813 7.192 3.120 Simple Simple 4.093 10.184 7.821 10.921 5.324 Libre Libre Libre 36.076 10.194 53.109 45.710 102.797 Prohibido 78.087 47.270 50.083 53.123 77.851 Página Nº 228 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Aclaración: en los mapas Etapa 1 y Etapa 2 donde dice ‘Progresiva Total’ léase ‘-Tarifa Progresiva 1’, donde dice ‘Progresiva’ léase ‘Tarifa Progresiva 2’ y donde dice ‘Tarifada’ léase ‘Tarifa Sencilla’. LÍMITES ZONA 1 Giralt Hernán, Achával Rodríguez, Rawson de Dellepiane Elvira, Brasil, Mendoza Pedro, Lavadero, Riachuelo, Zavaleta (Cde. Z3), Masantonio Herminio (Cde. Z3), Iguazú (Cde. Z3), Grito de Asencio (Cde. Z3), Cachi (Cde. Z3), Almafuerte (Cde. Z3), Caseros (Cde. Z3), La Plata (Cde. Z3), Rivadavia (Cde. Z3), Río de Janeiro (Cde. Z3), Gallardo Ángel (Cde. Z2), Estado de Israel (Cde. Z2), Córdoba (Cde. Z2), Grierson Cecilia (Cde. Z2). LÍMITES ZONA 2 Antártida Argentina, Quartino José, Edison Tomás, Obligado Rafael, La Pampa (Cde. Z4), Figueroa Alcorta, Alsina Valentín, Olleros (Cde. Z4), Del Libertador, Zabala, Cabildo, Newbery Jorge, Cramer (Cde. Z4), Dorrego (Cde. Z4), Álvarez Thomas, Elcano, Del Campo, Chorroarín, San Martín, Arregui (Cde. Z5), Gavilán (Cde. Z5), Álvarez Jonte (Cde. Z3), San Martín, Gaona (Cde. Z3), Gallardo Ángel, Estado de Israel, Córdoba. LÍMITES ZONA 3 Río de Janeiro, Rivadavia, La Plata, Caseros, Almafuerte, Cachi, Grito de Asencio, Iguazú, Masantonio Herminio, Zavaleta, 27 de Febrero, Escalada, Castañares, Lacarra, Dellepiane, Echeandía, Portela, Cuenca, Gaona, Condarco, Álvarez Jonte, San Martín (Cde. Z2), Gallardo Ángel. LÍMITES ZONA 4 San Martín, Del Carril Salvador María (Cde. Z5), Campana (Cde. Z5), Paz General, Cantilo, Güiraldes, La Pampa, Figueroa Alcorta (Cde. Z2), Alsina Valentín (Cde. Z2), Olleros, Del Libertador (Cde. Z2), Zabala (Cde. Z2), Cabildo (Cde. Z2), Newbery Jorge (Cde. Z2), Cramer, Dorrego, Álvarez Thomas (Cde. Z2), Elcano (Cde. Z2), Del Campo (Cde. Z2), Chorroarín (Cde. Z2). LÍMITES ZONA 5 Álvarez Jonte (Cde. Z3), Condarco (Cde. Z3), Gaona (Cde. Z3), Cuenca (Cde. Z3), Portela (Cde. Z3), Echeandía (Cde. Z3), Lacarra (Cde. Z3), Castañares (Cde. Z3), Escalada (Cde. Z3), 27 de Febrero, Paz General, Campana, Del Carril Salvador María, San Martín (Cde. Z4). Arregui, Gavilán. Página Nº 229 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Se consigna que si bien los polígonos responden al Anexo I de Ley Nº 4.888, cualquier error u omisión será debidamente subsanado al momento del correspondiente replanteo de obra. A continuación se detalla la cantidad de tickeadoras y grúas a proveer por cada etapa y zona, la cual deberá ser considerada por los oferentes en su oferta a fin de comparar propuestas en forma homogénea. La etapa 1 deberá implementarse a los ciento ochenta (180) días de la adjudicación de la presente licitación, mientras que la etapa 2 deberá implementarse a los setecientos veinte (720) días de la adjudicación de la presente licitación. Los concesionarios deberán presentar un Plan de Trabajo con el avance de obra previsto para la Etapa 1 dentro de los veinte (20) días hábiles de la adjudicación. El mismo deberá ser aprobado por la autoridad de aplicación previo al inicio de obra. Se aclara que toda vez que a la fecha de la presente licitación se encuentra en trámite el Concurso Público Nacional e Internacional para determinar el tipo de parquímetros multiespacio (tickeadoras), el software de administración centralizada y el aplicativo para teléfono celular, mediante la compulsa de tecnologías y precios, la autoridad de aplicación comunicará a los oferentes de la presente licitación oportunamente y en un plazo razonable previo a la apertura de ofertas, el tipo de tickeadoras que resulte seleccionado en dicho Concurso Público Nacional e Internacional. 1.1 Tareas y tiempos requeridos para la etapa 1 El oferente deberá presentar un plan de trabajo con todas las tareas a realizar para hacer efectiva la implementación de la primera etapa en el plazo establecido. Dicho plan deberá indicar el cronograma de implementación de todas esas tareas. Las tareas deberán incluir, pero no limitarse, los siguientes aspectos: • Provisión de vehículos y grúas. • Alquiler y readecuación de oficinas. • Obras en los predios. • Retiro de elementos existentes. • Preparación de superficies para la instalación de tickeadoras. Página Nº 230 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Tickeadoras Zona 1 Zona 2 Zona 3 Zona 4 Zona 5 Total Etapa 1 362 523 178 201 50 1.314 Adicional Etapa 2 0 199 90 228 169 686 Total Etapa 1+2 362 722 268 429 219 2.000 Grúas Zona 1 Zona 2 Zona 3 Zona 4 Zona 5 Total Etapa 1 22 19 14 14 11 80 Adicional Etapa 2 0 2 2 4 3 11 Total Etapa 1+2 22 21 16 18 14 91 • Provisión, instalación e interconexión de tickeadoras. • Instalación de software. • Testeo de tickeadoras y software previo a la puesta en marcha. • Provisión del señalamiento vertical y de la demarcación horizontal. 2. COTIZACIÓN Y COBRO DE LOS SERVICIOS 2.1 Oferta económica. En un todo de acuerdo con la totalidad de la documentación licitatoria, en particular con el art. 34.2. CRITERIOS DE EVALUACIÓN del Anexo III de la Ley Nº 4888, el Precio Fijo Mensual de la Oferta deberá ser cotizado de la siguiente forma: PFMOi = PFMOiE1 x 120 meses + PFMOiE2 x 102 meses Donde Zona 1: PFMOi-E2 no debe superar a PFMOi-E1 en más de 0,5% Zona 2: PFMOi-E2 no debe superar a PFMOi-E1 en más de 16% Zona 3: PFMOi-E2 no debe superar a PFMOi-E1 en más de 13% Zona 4: PFMOi-E2 no debe superar a PFMOi-E1 en más de 32% Zona 5: PFMOi-E2 no debe superar a PFMOi-E1 en más de 31% Donde: PFMOi = Precio fijo mensual de la oferta i PFMOiE1 = Precio fijo mensual de la oferta i de la etapa 1 (incluye la totalidad de espacios a implementar en E1) PFMOiE2 = Precio fijo mensual de la oferta i de la etapa 2 (incluye la totalidad de espacios a implementar en E2) El incentivo a reconocer al concesionario, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 42.2 del capítulo VI del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, aprobado por Ley Nº 4.888, será como proporción de los ingresos netos por acarreos y por el pago de estacionamiento. 2.2 Transferencia de ingresos al GCBA. Los ingresos que recibirá el concesionario por el cobro del estacionamiento medido y el acarreo por cuenta y orden del GCBA deberán ser transferidos al GCBA de la siguiente manera: Los ingresos por pago electrónico deberán ser transferidos al GCBA en tiempo real. Los ingresos en efectivo deberán ser transferidos al GCBA una vez por semana. El GCBA establecerá oportunamente el día de la semana en que ello deberá ocurrir. 3. MEDIOS DE PAGO La contratación con las entidades financieras será realizada por el GCBA. 4. DOTACIÓN DE PERSONAL De acuerdo a lo establecido en el Art. 53 Régimen del Personal, del Anexo III de la Ley Nº 4888, y en el Art. 12 de la Ley Nº 4003, los oferentes deberán dar estricto cumplimiento a la totalidad de lo requerido y absorber, a su exclusivo cargo y costo, el personal que a continuación se detalla. 4.1 Vendedores de tarjetas azules Página Nº 231 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires ZONA CANTIDAD DE VENDEDORES TURNO Mañana Tarde 1 19 13 6 2 114 67 47 3 49 31 18 4 95 58 37 5 18 11 7 Se consigna que las cantidades detalladas son aproximadas. 4.2 Personal operativo en servicio. CUADROS FINALES Página Nº 232 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Personal Zona 1: Número de Orden Función Categoría Convenio Convenio Fecha de Ingreso Edad al 30/04/14 Sueldo bruto mensual de marzo de 2014 1 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 11/04/2006 45 21.535,35 2 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 15/04/2013 34 10.592,09 3 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 13/01/2012 35 13.174,95 4 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 21/01/2009 45 15.296,75 5 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 26/01/2009 29 8.529,15 6 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 20/03/2003 48 13.002,71 7 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 16/09/1994 45 14.619,90 8 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 21/12/1996 62 12.806,18 9 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 08/12/1993 57 9.997,57 10 Administrativo ADMINISTRATIVO 1º 40/89 29/04/1991 51 10.066,84 11 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 16/07/2009 43 18.715,15 12 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 04/12/2008 36 8.406,13 13 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 18/03/2009 41 18.720,71 14 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 12/06/1997 48 16.453,32 15 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 26/08/2013 39 9.766,75 16 Servicios Generales MEDIO OFICIAL 40/89 01/12/2008 34 10.242,11 17 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 11/04/2006 51 20.509,52 18 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 01/11/1999 45 14.628,11 19 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 26/01/2009 36 8.985,84 20 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 06/10/1999 42 9.611,76 21 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 05/07/2010 38 21.024,68 22 Administrativo Fuera de Convenio F.C. 02/01/1991 66 16.914,28 23 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 18/03/2009 46 13.171,33 Página Nº 233 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires 24 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 01/06/1992 43 12.104,82 25 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 02/03/2009 34 17.448,62 26 Administrativo ADMINISTRATIVO 1º 40/89 01/04/1991 48 10.399,19 27 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 28/09/2011 29 10.700,73 28 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 16/12/2013 25 8.836,48 29 Administrativo Fuera de Convenio F.C. 10/06/2013 36 11.884,64 30 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 16/12/2013 20 8.336,73 31 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 12/05/2005 34 11.347,05 32 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 20/12/2011 39 15.524,92 33 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 03/03/2009 43 18.738,33 34 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 02/01/1991 62 13.619,43 35 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 05/12/2008 36 13.310,55 36 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 26/01/2009 46 12.225,13 37 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 17/11/2008 34 16.158,01 38 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 13/11/2000 42 15.157,09 39 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 26/02/2009 49 15.633,22 40 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 16/11/2007 46 14.262,11 41 Administrativo ADMINISTRATIVO 1º 40/89 23/01/1991 46 7.525,34 42 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 01/03/1991 57 17.173,02 43 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 16/10/2002 50 22.155,14 44 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 01/12/2008 29 15.273,24 45 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 01/02/1996 51 14.447,04 46 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 03/07/2001 40 16.076,51 47 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 27/07/2010 38 16.291,17 48 Administrativo Fuera de Convenio F.C. 01/06/2009 29 16.252,51 49 Administrativo ADMINISTRATIVO 3º 40/89 07/08/2009 25 8.313,06 50 Administrativo Fuera de Convenio F.C. 17/11/2011 29 12.358,97 51 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 23/09/1999 54 11.569,73 52 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 17/11/2008 38 10.133,67 53 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 04/12/2008 29 10.880,43 54 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 14/09/1994 59 10.216,68 55 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 27/07/2010 39 15.858,79 56 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 22/04/2003 38 13.048,90 57 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 24/11/2008 32 14.962,87 58 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 28/12/2011 39 11.395,47 59 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 17/11/2008 42 14.890,85 60 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 01/12/2011 37 9.248,94 61 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 21/06/2011 31 16.068,48 62 Servicios Generales CONDUCTOR 1º 40/89 27/10/1993 65 10.639,22 63 Servicios Generales OFICIAL 40/89 16/07/1992 45 9.966,10 64 Servicios Generales OFICIAL 40/89 02/01/1991 51 10.263,87 65 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 13/12/2003 33 8.888,94 66 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 05/07/2000 51 13.451,09 67 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 19/10/2009 30 9.296,11 68 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 02/01/1991 57 7.948,58 69 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 16/11/2000 38 14.286,13 70 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 01/08/1992 62 10.739,02 71 Servicios Generales OFICIAL DE 1º 40/89 02/01/1991 51 11.141,83 72 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 20/11/2008 26 7.045,84 73 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 26/08/2013 31 9.452,82 74 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 02/01/1991 60 29.296,88 75 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 29/10/2003 48 16.896,08 76 Administrativo Fuera de Convenio F.C. 17/05/2011 40 14.192,64 77 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 04/03/1991 45 13.259,07 78 Administrativo ADMINISTRATIVO 1º 40/89 18/06/1991 48 10.987,29 79 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 19/01/2009 44 17.347,37 80 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 26/02/2009 33 10.264,63 81 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 09/03/2007 53 17.142,86 Página Nº 234 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires 82 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 21/01/2009 37 14.949,23 83 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 28/10/2013 25 18.220,58 84 Administrativo Fuera de Convenio F.C. 01/09/1983 57 25.303,93 85 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 02/05/1991 45 11.933,12 86 Servicios Generales OFICIAL DE 1º 40/89 02/01/1991 67 14.159,34 87 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 02/11/1993 58 11.409,74 88 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 01/12/2008 32 8.342,80 89 Administrativo Fuera de Convenio F.C. 29/05/2013 38 21.629,36 90 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 18/12/2001 45 17.192,43 91 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 06/06/2009 43 9.229,04 92 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 28/12/2001 38 15.405,60 93 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 26/02/2009 36 15.128,64 94 Administrativo Fuera de Convenio F.C. 17/09/2013 50 26.410,00 95 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 27/03/2009 42 18.792,41 96 Administrativo ADMINISTRATIVO 1º 40/89 01/12/1999 68 9.686,18 97 Administrativo Fuera de Convenio F.C. 04/07/2011 45 18.150,80 98 Servicios Generales OFICIAL DE 1º 40/89 09/11/2001 38 12.672,83 99 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 26/01/2009 50 9.411,99 100 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 29/04/1991 61 13.430,27 101 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 09/11/2001 53 11.767,36 102 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 09/08/2010 37 8.546,78 103 Administrativo Fuera de Convenio F.C. 02/01/1991 64 15.150,81 104 Servicios Generales OFICIAL 40/89 10/11/1993 65 11.127,81 105 Administrativo Fuera de Convenio F.C. 03/04/2012 45 19.303,38 106 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 02/01/1991 56 10.304,14 107 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 19/01/2009 33 11.249,71 108 Servicios Generales MAESTRANZA Y SERENOS 40/89 08/03/1993 52 9.536,85 109 Administrativo ADMINISTRATIVO 1º 40/89 01/07/1987 48 11.509,98 Página Nº 235 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires 110 Servicios Generales OFICIAL 40/89 19/08/2011 32 10.500,59 111 Administrativo Fuera de Convenio F.C. 19/11/1983 54 16.926,43 112 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 23/03/2012 28 10.443,11 113 Servicios Generales OFICIAL DE 1º 40/89 02/11/1981 69 13.895,36 114 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 25/02/2009 40 13.904,10 115 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 18/03/2009 32 16.170,34 116 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 07/10/1994 52 12.320,37 117 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 22/08/2003 42 15.972,88 118 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 19/01/2009 41 15.539,76 119 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 19/01/2009 39 14.008,19 120 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 30/05/2008 30 14.415,67 121 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 02/01/1991 64 7.293,35 122 Servicios Generales MEDIO OFICIAL 40/89 17/09/2012 36 8.922,62 123 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 01/12/2008 33 10.972,72 124 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 08/08/2011 42 17.110,22 125 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 11/05/2009 42 24.584,83 126 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 09/01/2014 27 8.623,74 127 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 01/12/2008 35 27.134,83 128 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 04/08/2010 29 10.796,28 129 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 02/01/1991 43 10.679,09 130 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 02/01/1991 46 8.542,11 131 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 02/12/2008 41 12.257,61 132 Administrativo Fuera de Convenio F.C. 30/03/1986 57 29.060,14 133 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 05/07/2001 35 10.120,01 134 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 18/11/1996 63 11.259,02 135 Servicios Generales MEDIO OFICIAL 40/89 01/01/1988 66 11.266,12 136 Servicios Generales OFICIAL DE 1º 40/89 08/05/1991 42 12.460,68 137 Administrativo Fuera de Convenio F.C. 09/10/2012 33 16.337,01 138 Administrativo ADMINISTRATIVO 1º 40/89 17/11/2008 34 7.714,91 139 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 29/06/2009 35 19.921,10 140 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 03/08/1999 44 13.196,96 141 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 24/02/2009 41 16.104,22 142 Servicios Generales MEDIO OFICIAL 40/89 02/05/1990 44 11.703,55 143 Servicios Generales OFICIAL 40/89 20/09/1991 49 13.352,63 144 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 20/01/2012 33 13.898,48 145 Servicios Generales CONDUCTOR 1º 40/89 20/07/1992 63 10.699,18 146 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 21/09/2007 32 11.241,20 147 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 28/02/1996 58 13.523,93 148 Administrativo ADMINISTRATIVO 2º 40/89 09/03/2007 34 17.104,50 149 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 09/09/1991 41 13.293,05 150 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 08/11/2010 29 11.616,63 151 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 24/11/2008 37 9.112,55 152 Chofer Camión CONDUCTOR 1º 40/89 03/07/2001 51 20.109,44 Página Nº 236 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Personal Zona 2: Nº CATEGORIA FUNCION CONVENIO F. ING. EDAD TOTAL 1 CHOFER 1° CHOFER 1° CCT 40/89 01/06/91 41 $ 13.642,58 2 ADM 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 02/01/91 44 $ 12.892,67 3 ADM 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 02/01/91 43 $ 10.518,36 4 CHOFER CHOFER CCT 40/89 10/01/91 49 $ 13.955,94 5 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 11/02/91 48 $ 12.931,83 6 CHOFER CHOFER CCT 40/89 12/02/91 43 $ 13.818,88 7 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 03/06/91 46 $ 16.034,80 10 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO CCT 40/89 02/01/92 53 $ 16.312,35 11 ADM 2° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 01/04/92 64 $ 11.015,88 13 OFICIAL 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 23/07/92 52 $ 20.031,59 14 OFICIAL 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 27/07/92 58 $ 22.912,57 15 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 01/09/92 40 $ 14.691,10 16 ADM 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 01/12/92 55 $ 11.141,00 17 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 01/12/92 50 $ 8.066,96 18 CHOFER CHOFER CCT 40/89 01/03/93 44 $ 14.697,07 19 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 23/03/93 48 $ 5.867,69 20 ADM 1° ADMINISTRATIVO CCT 40/89 14/05/93 45 $ 18.994,71 21 ADM 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 01/06/93 44 $ 11.975,33 22 OFICIAL 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 29/09/93 44 $ 21.547,20 23 OFICIAL 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 07/02/94 49 $ 18.236,61 24 CHOFER CHOFER CCT 40/89 21/04/94 43 $ 15.789,09 25 OFICIAL 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 08/08/04 54 $ 18.192,77 26 CHOFER CHOFER CCT 40/89 13/09/94 40 $ 19.726,46 27 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 03/10/94 66 $ 8.176,24 28 OFICIAL 1° ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 19/10/94 64 $ 8.749,95 29 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 01/11/94 41 $ 10.890,70 30 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 01/03/95 37 $ 14.883,11 31 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 31/03/95 46 $ 13.241,87 32 CHOFER CHOFER 1° CCT 40/89 05/04/95 54 $ 11.806,94 33 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 01/05/95 49 $ 10.480,38 34 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 24/05/95 40 $ 15.392,91 35 ADM 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 01/07/95 42 $ 11.996,08 36 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 31/10/95 49 $ 13.787,27 37 CHOFER CHOFER CCT 40/89 01/02/96 51 $ 17.134,46 38 CHOFER CHOFER CCT 40/89 13/02/95 46 $ 21.444,71 39 OFICIAL 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 22/02/96 41 $ 17.732,40 43 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 11/12/97 42 $ 7.303,29 44 OFICIAL 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 01/03/98 38 $ 12.699,82 45 ADMINISTRACIÓN SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 01/03/98 54 $ 10.111,67 47 ADMINISTRACIÓN SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 04/05/98 45 $ 12.331,69 48 OFICIAL 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 26/05/98 39 $ 16.035,10 49 ADM 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 11/01/99 44 $ 11.211,53 53 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 16/06/99 43 $ 17.820,43 54 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 02/01/00 51 $ 7.608,24 Página Nº 237 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires 55 ADM 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 01/11/00 35 $ 9.032,20 58 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 10/03/01 44 $ 9.667,78 59 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 24/08/01 46 $ 12.645,85 60 ADM 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 19/09/01 36 $ 8.924,01 61 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 12/10/01 55 $ 8.064,00 63 OFICIAL 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 01/11/01 44 $ 15.629,70 64 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 12/11/01 41 $ 7.616,00 65 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 01/03/02 47 $ 21.093,09 66 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 03/02/03 32 $ 14.275,75 67 OFICIAL 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 03/02/03 51 $ 18.528,86 68 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 13/05/03 35 $ 13.718,56 71 CHOFER CHOFER 1° CCT 40/89 01/09/02 50 $ 12.385,51 72 CHOFER CHOFER GRUA CCT 40/89 01/05/00 43 $ 14.169,63 73 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 01/05/00 61 $ 11.146,04 74 CHOFER CHOFER GRUA CCT 40/89 01/05/00 39 $ 12.833,10 75 CHOFER CHOFER GRUA CCT 40/89 01/05/00 48 $ 13.603,71 76 CHOFER CHOFER GRUA CCT 40/89 01/05/00 50 $ 12.741,61 77 CHOFER CHOFER GRUA CCT 40/89 01/05/00 45 $ 17.089,62 78 CHOFER CHOFER GRUA CCT 40/89 01/05/00 51 $ 20.110,98 79 CHOFER CHOFER GRUA CCT 40/89 01/05/00 51 $ 19.557,68 80 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 01/05/00 38 $ 15.355,91 81 CHOFER CHOFER GRUA CCT 40/89 01/05/00 43 $ 15.554,81 82 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 01/05/00 57 $ 12.728,51 83 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 01/05/00 36 $ 14.529,02 84 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 01/05/00 38 $ 12.864,75 85 CHOFER CHOFER GRUA CCT 40/89 30/05/00 38 $ 14.597,49 86 CHOFER CHOFER GRUA CCT 40/89 30/05/00 37 $ 14.788,93 87 CHOFER CHOFER GRUA CCT 40/89 30/05/00 35 $ 14.917,73 88 CHOFER CHOFER GRUA CCT 40/89 28/06/00 33 $ 13.398,01 89 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 28/11/00 43 $ 17.069,70 90 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 10/10/01 59 $ 12.697,18 91 CHOFER CHOFER CCT 40/89 25/02/03 33 $ 12.145,39 92 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 10/03/03 35 $ 16.114,07 93 CHOFER CHOFER GRUA CCT 40/89 12/06/03 34 $ 14.361,69 94 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 19/06/03 47 $ 14.395,58 95 CHOFER CHOFER GRUA CCT 40/89 01/05/01 41 $ 14.983,34 96 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 14/03/02 48 $ 13.072,11 99 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 05/05/05 34 $ 18.303,87 104 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 14/11/07 44 $ 7.632,00 106 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 25/08/08 38 $ 18.270,13 107 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 25/08/08 29 $ 13.509,41 108 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 25/08/08 34 $ 17.262,26 109 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 25/08/08 42 $ 17.934,27 110 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 25/08/08 38 $ 14.669,44 111 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 25/08/08 29 $ 12.561,99 112 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 25/08/08 41 $ 14.326,27 113 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 25/08/08 28 $ 17.318,22 Página Nº 238 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires 114 CHOFER 1° CHOFER GRUA CCT 40/89 25/08/08 42 $ 8.722,87 115 CHOFER 1° CHOFER GRUA CCT 40/89 01/09/08 36 $ 15.078,36 116 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 01/10/08 30 $ 13.099,43 117 CHOFER 1° CHOFER 1° CCT 40/89 01/10/08 33 $ 12.277,37 118 CHOFER 1° CHOFER GRUA CCT 40/89 01/10/08 29 $ 14.791,49 119 CHOFER DE GRUA CHOFER CCT 40/89 01/10/08 43 $ 16.091,88 120 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 27/01/08 32 $ 15.045,58 121 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 24/10/08 34 $ 17.535,01 122 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 24/10/08 32 $ 13.361,30 123 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 24/10/08 38 $ 17.182,40 124 CHOFER CHOFER CCT 40/89 24/10/08 42 $ 14.292,57 126 CHOFER DE GRUA CHOFER CCT 40/89 24/11/08 38 $ 12.785,16 127 CHOFER 1° CHOFER GRUA CCT 40/89 24/11/08 34 $ 12.630,64 128 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 24/11/08 37 $ 13.332,12 129 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 14/01/09 41 $ 6.520,54 130 CHOFER CHOFER CCT 40/89 16/03/09 33 $ 14.304,69 131 CHOFER CHOFER CCT 40/89 16/03/09 33 $ 10.025,22 132 CHOFER CHOFER CCT 40/89 16/03/09 39 $ 13.375,17 133 CHOFER CHOFER CCT 40/89 16/03/09 32 $ 11.843,52 134 CHOFER CHOFER CCT 40/89 16/03/09 39 $ 12.476,37 135 CHOFER CHOFER CCT 40/89 16/03/09 35 $ 16.215,93 136 CHOFER CHOFER CCT 40/89 16/03/09 30 $ 18.074,75 137 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 26/03/09 30 $ 9.975,00 138 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 01/04/09 33 $ 19.285,00 139 CHOFER SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 15/04/09 41 $ 12.357,89 140 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 17/04/09 23 $ 13.890,83 141 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 14/05/09 43 $ 17.534,87 142 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 14/05/09 35 $ 20.679,82 143 ADMINISTRACIÓN SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 15/05/09 24 $ 11.716,73 144 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 22/05/09 39 $ 15.090,06 145 OFICIAL 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 26/05/09 44 $ 18.577,53 146 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 01/06/09 38 $ 11.809,21 147 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 01/06/09 28 $ 16.457,25 148 CHOFER SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 01/06/09 35 $ 14.011,17 151 ADMINISTRACIÓN SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 06/07/09 27 $ 11.026,33 152 CHOFER SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 06/07/09 36 $ 15.055,08 153 OFICIAL 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 24/10/09 35 $ 13.903,74 154 OFICIAL 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 03/11/09 42 $ 10.253,49 155 OFICIAL 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 22/02/10 35 $ 14.918,73 156 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 05/05/10 39 $ 9.579,00 158 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 05/08/10 44 $ 10.815,00 160 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 01/10/11 30 $ 9.723,16 161 OFICIAL 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 05/10/11 26 $ 10.692,22 164 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 13/02/12 45 $ 11.221,51 165 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 01/03/12 25 $ 8.313,00 166 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 12/04/12 29 $ 8.708,05 167 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 06/06/12 32 $ 13.904,50 Guillermo Dietrich Subsecretario OL 2412 Inicia: 30-7-2014 Vence: 31-7-2014 Página Nº 239 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires 168 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO CCT 40/89 25/06/12 45 $ 12.920,00 169 CHOFER 1° CHOFER CCT 40/89 02/07/12 30 $ 19.461,51 191 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO CCT 40/89 15/10/12 38 $ 14.248,00 194 CHOFER SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 19/02/13 43 $ 11.614,34 196 ADM 2° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 27/05/13 35 $ 12.812,46 198 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 08/07/13 25 $ 7.900,00 201 OFICIAL 1° SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 23/09/13 33 $ 11.938,35 206 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 24/02/14 22 $ 6.700,00 207 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 10/03/14 31 $ 15.100,00 208 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 10/03/14 33 $ 13.000,00 209 CHOFER SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 10/03/14 34 $ 9.246,23 210 CHOFER SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 10/03/14 33 $ 9.246,23 211 CHOFER SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 10/03/14 29 $ 9.246,23 212 CHOFER SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 10/03/14 24 $ 9.246,23 213 CHOFER SERVICIOS GENERALES CCT 40/89 10/03/14 39 $ 9.246,23 214 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 10/03/14 35 $ 18.000,00 215 ADMINISTRACIÓN ADMINISTRATIVO FUERA CONVENIO 10/03/14 33 $ 19.000,00 Ministerio de Hacienda MINISTERIO DE HACIENDA DIRECCIÓN GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Adquisición, traslado y entrega de luminarias de bajo consumo – Expediente Electrónico Nº 9.114.511/MGEYA-DGCYC/214 Llámase a Licitación Pública Nº 623-0627-LPU14, referente al Convenio Marco de Compras para la adquisición, traslado y entrega de luminarias de bajo consumo para uso de las reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a realizarse el día 6 de agosto de 2014 a las 14 horas. Autorizante: Disposición Nº 520/DGCYC/14 Valor del pliego: sin valor. Adquisición y consultas de pliegos: los pliegos de bases y condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en el sitio Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar. Lugar de apertura: El acto de apertura de ofertas se efectuará a través de Buenos Aires Compras (BAC) www.buenosairescompras.gob.ar Asimismo, se encuentran publicados en la página web: www.buenosaires.gov.ar/areas/hacienda/compras/consulta Mauricio Butera Director General OL 2410 Inicia: 30-7-2014 Vence: 31-7-2014 Página Nº 240 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Salud MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. ENRIQUE TORNÚ” Adquisición de insumos de Laboratorio - Expediente Nº 7.250.851/14 Llámese a Licitación Privada N° 48/2014 cuya apertura se realizara el día 4/8/14 a las 11 horas, para la adquisición de insumos de laboratorio, para Laboratorio. Proceso de compra 438-0048-LPR14. Autorizante: Disposición N° 224/HGAT/14. Nombre del contratante: Hospital Gral. de Agudos “Dr. Enrique Tornú”. Adquisicion y consultas de pliegos: División Compras y Contrataciones, Av. Combatientes de Malvinas 3002, 1º piso. Valor del pliego: sin cargo. Lugar de apertura: Sistema BAC fecha 4/8/14 a las 11 horas. Luis Castañiza Director OL 2388 Inicia: 31-7-2014 Vence: 4-8-2014 MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. IGNACIO PIROVANO” Adquisición de material descartable - Expediente Electrónico N° 9.072.635/14 Llámese a Licitación Pública BAC N° 427-0617-LPU14. Fecha de apertura: 7/8/14 a las 10 hs. Adquisición: material descartable. Autorizante: Disposición N° 333/HGAIP/14 Retiro o adquisición de pliegos: a través del Sistema Buenos Aires Compras (www.buenosairescompras.gob.ar). Valor del pliego: sin valor económico. Consultas de pliegos: de lunes a viernes de 8 a 12.30 hasta un día antes de la apertura -sin excepción- en Monroe 3555, 1° piso, Depto. de Economía y Finanzas. Lugar de apertura: a través del sistema electrónico Buenos Aires Compras. José A. Cuba Director OL 2413 Inicia: 30-7-2014 Vence: 31-7-2014 Página Nº 241 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DONACIÓN FRANCISCO SANTOJANNI” Preadjudicación - Expediente N° 5.043.646/MGEYA/14 Licitación Pública Nº 287/14. Expediente N° 5.043.646/MGEYA/14. Dictamen de Evaluación Nº 287/14. Servicio: Farmacia. Objeto de la contratación: Adquisición de Iodopovidona. Firma preadjudicada: DNM Farma S.A. (J. B. Alberdi 3499 (CP1407). Renglón: 1 - cantidad: 10.000 unidades - precio unitario: $ 35,78 - precio total: $ 357.800,00. Monto total preadjudicado: $ 357.800,00. Consultas: Pilar 950, entrepiso, Oficina de Compras, en el horario de 9 a 14 horas. Sergio R. Auger Director Ana del Carmen Padua Jefa de Sección Droguería OL 2426 Inicia: 31-7-2014 Vence: 31-7-2014 MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “IGNACIO PIROVANO” Preadjudicación - Expediente electrónico N° 7.150.242-MGEYA-HGAIP/14 Licitación Pública: BAC 427-0466-LPU14. Fecha de apertura: 27/6/14 a las 10 horas. Rubro: Servicio de recolección de líquidos peligrosos. Firma preadjudicada: Traeco S.A. Renglón: 1 - cantidad: 4500 litros - precio unitario: $ 14,50 - precio total: $ 65.250,00. Renglón: 2 - cantidad: 12.000 litros - precio unitario: $14,00 - precio total: $ 168.000,00. Total: $ 233.250,00 (doscientos treinta y tres mil doscientos cincuenta con 00/100). Encuadre legal: art. 109 de la Ley N° 2.095, Decreto N° 95/14. Vencimiento validez de la oferta: 22/8/14. Observaciones: se preadjudicó según Informe Técnico. Lugar de exhibición del acta: A través del Sistema Buenos Aires Compras. www.buenosairescompras.gob.ar a partir del 31/7/14. Comisión Evaluadora de Ofertas: Dra. Miriam Marina - Sr. Oscar A. Varela - Dr. José Luis Tobar. Página Nº 242 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires José A. Cuba Director. OL 2420 Inicia: 31-7-2014 Vence: 31-7-2014 MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. J. M. PENNA” Preadjudicación - Expediente N° 7.662.710/MGEYA-HGAP/14 Tipo de Procedimiento de Selección: 425-0512-LPU14. Clase: etapa única. Rubro comercial: insumos para laboratorio - Toxo y otros ELFA (con equipamiento en carácter de préstamo gratuito). Biomerieux Argentina S.A. Renglón: 1 - cantidad: 180 unidades - precio unitario: $ 238,19 - precio total: $ 42.874,20. Renglón: 2 - cantidad: 4 unidades - precio unitario: $ 3.891,36 - precio total: $ 15.565,44. Renglón: 3 - cantidad: 2 unidades - precio unitario: $ 2.260,28 - precio total: $ 4.520,56. Renglón: 4 - cantidad: 1 unida - precio unitario: $ 5.689,12 - precio total: $ 5.689,12. Renglón: 5 - cantidad: 6 unidades - precio unitario: $ 4.920,16 - precio total: $ 29.520,96. Renglón: 6 - cantidad: 4 equipos - precio unitario: $ 2.712,00 - precio total: $ 10.848,00. Renglón: 7 - cantidad: 35 unidades - precio unitario: $ 3.267,75 - precio total: $ 114.371,25. Renglón: 8 - cantidad: 80 unidades - precio unitario: $ 2.931,95 - precio total: $ 234.556,00. Renglón: 9 - cantidad: 2 unidades - precio unitario: $ 1.017,24 - precio total: $ 2.034,48. Renglón: 10 - cantidad: 4 unidades - precio unitario: $ 3.016,39 - precio total: $ 12.065,56. Renglón: 11 - cantidad: 2 unidades - precio unitario: $ 2.686,48 - precio total: $ 5.372,96. Renglón: 12 - cantidad: 1 unidad - precio unitario: $ 2.733,61 - precio total: $ 2.733,61. Renglón: 13 - cantidad: 1 unidad - precio unitario: $ 2.011,40 - precio total: $ 2.011,40. Adriana Bruno, Adriana López, Clara Acosta, Cristina Desiderio. Total preadjudicado: pesos cuatrocientos ochenta y dos mil ciento sesenta y tres con cincuenta y cuatro centavos ($ 482.163,54). Lugar de exhibición del acta: www.buenosairescompras.gob.ar a partir del 31/7/14 en cartelera, 3º piso. Gustavo San Martin Director a/c Stella Maris Dalpiaz Gerente Operativa OL 2395 Inicia: 31-7-2014 Vence: 31-7-2014 Página Nº 243 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE AGUDOS “DR. J. M. PENNA” Preadjudicación - Expediente N° 8.399.096/MGEYA-HGAP/14 Tipo de Procedimiento de Selección: 425-0551-LPU14 Clase: etapa única. Rubro comercial: Insumos para laboratorio - Tuberculosis - (con equipamiento en carácter de préstamo gratuito). Becton Dickinson Argentina S.R.L. Renglón: 1 - cantidad: 6 unitario - precio unitario: $ 10.530,00 - precio total: $ 63.180,00. Renglón: 2 - cantidad: 6 unitarios - precio unitario: $ 6.955,00 - precio total: $ 41.730,00. Renglón: 3 - cantidad: 3 unitarios - precio unitario: $ 4.030,00 - precio total: $ 12.090,00. Renglón: 4 - cantidad: 3 unitarios - precio unitario: $ 2.756,00 - precio total: $ 8.268,00. Renglón: 5 - desierto. Adriana Bruno, Analía Sánchez, Adriana López, Clara Acosta, Cristina Desiderio. Total preadjudicado: Ciento veinticinco mil doscientos sesenta y ocho ($ 125.268,00). Lugar de exhibición del acta: www.buenosairescompras.gob.ar a partir del 31/7/14 en cartelera, 3º piso. Gustavo San Martin Director a/c Stella Maris Dalpiaz Gerente Operativa OL 2396 Inicia: 31-7-2014 Vence: 31-7-2014 Página Nº 244 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA CONTABLE - GOCYC Fracaso - Expediente Electrónico Nº 6.123.548/MGEYA-DGRYPS/13 Contratación Directa (Menor) Nº 2097/SIGAF/14. Disposición Nº 92/DGADC/14 de fecha 29 de julio de 2014. Clase: Etapa única. Rubro comercial: Instrumental, equipos y suministros médicos y quirúrgicos. Objeto de la contratación: “Adquisición de Termómetros destinados al Programa de Inmunizaciones dependiente de la Dirección General Redes y Programas de Salud del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Ofertas desestimadas: Química Córdoba S.A. y Eglis S.A., Contratación Directa Nº 2097/SIGAF/14. Fracasada: por resultar inadmisibles los precios cotizados, a tenor de lo establecido en el artículo 108 de la Ley Nº 2095, modificada por la Ley Nº 4764. Emilse Filippo Directora General Administrativa Contable OL 2428 Inicia: 31-7-2014 Vence: 31-7-2014 Página Nº 245 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Educación MINISTERIO DE EDUCACIÓN GERENCIA OPERATIVA DE COMPRAS Y CONTRATACIONES Contratación de servicios profesionales para el mantenimiento correctivo y evolutivo del Sistema de Clasificación Docente - Expediente Electrónico Nº 3.973.111/MGEYA-DGTEDU/14 Llámase a Licitación Pública Nº 550-0600-LPU14, cuya apertura se realizará el día 7 de agosto de 2014, a las 12 hs., para la contratación de servicios profesionales para el mantenimiento correctivo y evolutivo del Sistema de Clasificación Docente, para el Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitada por la Dirección General de Tecnología Educativa. Autorizante: Disposición N° 762/DGAR/14. Repartición destinataria: Dirección General de Tecnología Educativa de este Ministerio. Valor del pliego: sin valor. Consultas de pliegos: Se consultara a través del portal Buenos Aires Compras (www.buenosairescompras.gob.ar). Lugar de apertura: Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones, Departamento de Compras del Ministerio de Educación, sito en la Av. Paseo Colón 255, 2º piso frente. Graciela M. Testa Gerente Operativa OL 2424 Inicia: 31-7-2014 Vence: 31-7-2014 Página Nº 246 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires MINISTERIO DE EDUCACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS Trabajos de rehabilitación y refacción - Expediente Nº 7.644.853/14 Programa Plan de Obras - Financiamiento del Ministerio de Educación de la Nación. Licitación Pública Nº 20/14 Objeto del llamado: Trabajos de rehabilitación y refacción en el edificio de la Escuela Técnica Nº 14, D.E. Nº 5, sita en Santa Magdalena 433 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Autorizante: Disposición Nº 716/DGAR/14. Consulta y entrega de pliegos: Ministerio de Educación sector de Licitaciones Paseo Colón 255, 2º piso frente, de la Ciudad de Buenos Aires; el horario de atención es de 10 a 17 hs. Valor del pliego: gratuito. Presupuesto oficial: $ 3.561.819,21 (pesos tres millones quinientos sesenta y un mil ochocientos diecinueve con veintiún centavos). Lugar de presentación de las ofertas: Ministerio de Educación sector de Licitaciones sito en Paseo Colón 255, 2º piso frente. Fecha/hora de apertura: 26 de agosto de 2014 a las 12 hs. Las ofertas se recibirán únicamente el día fijado para la apertura de sobres. Las mismas se recibirán hasta el horario indicado en los pliegos licitatorios. Fecha/hora de visita a obra: 11 de agosto de 2014 a las 11 hs. Lugar de apertura: Ministerio de Educación sector de Licitaciones sito en Paseo Colón 255, 2º piso frente. Plazo de ejecución de las obras: 210 días corridos, computados a partir de la fecha del acta de inicio. Gonzalo L. Riobó Director General OL 2270 Inicia: 25-7-2014 Vence: 7-8-2014 Página Nº 247 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Desarrollo Urbano MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra “Núcleo de inclusión y desarrollo de oportunidades (NIDO)” - Expediente N° 6.532.305/14 Llámese a Licitación Pública Nº 1001/14, Obra “Núcleo de inclusión y desarrollo de oportunidades (NIDO)”. Valor del pliego: gratuito. Consulta y descarga de pliegos: en el sitio web del G.C.B.A.: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev. php Presentación de ofertas y fecha de apertura: hasta las 13 hs., del día 13 de agosto de 2014 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano. Fernando Codino Director General OL 2150 Inicia: 15-7-2014 Vence: 5-8-2014 Página Nº 248 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Construcción y explotación de estacionamiento subterránea, Área Facultad de Derecho, Nuevo Parque y Centro de Exposiciones y Convenciones - Expediente N° 2.217.069/14 Llámese a Licitación Pública Obra “Construcción y Explotación de una Playa de Estacionamiento Subterránea de carácter disuasorio ubicada en la denominada “Área Facultad de Derecho - Nuevo Parque y Centro de Exposiciones y Convenciones”. Autorizante: Resolución N° 241/MDUGC/14. Valor del pliego: gratuito. Consulta y descarga de pliegos: en el sitio web del G.C.B.A.: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev. php Presentación de ofertas y fecha de apertura: Hasta las 13 hs del día 28 de agosto de 2014 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano. Fernando Codino Director General OL 2425 Inicia: 31-7-2014 Vence: 27-8-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO URBANO DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL Obra calle Juan XXIII - Expediente N° 7.781.899/14 Llámese a Licitación Privada de Obra Menor Nº 55/14, Obra “Calle Juan XXIII”. Autorizante: Resolución N° 94/SSPUAI/14. Valor del pliego: gratuito. Consulta y descarga de pliegos: En el sitio web del G.C.B.A.: http://www.buenosaires.gov.ar/areas/planeamiento_obras/licitations/web/frontend_dev. php Presentación de ofertas y fecha de apertura: hasta las 13 hs del día 7 de agosto de 2014 en la Subdirección Operativa de Compras, Licitaciones y Suministros del Ministerio de Desarrollo Urbano. Fernando Codino Director General OL 2334 Inicia: 25-7-2014 Vence: 31-7-2014 Página Nº 249 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Ambiente y Espacio Público MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO Adquisición de contenedores de residuos sólidos - Expediente Electrónico N° 7.376.926/DGTALMAEP/14 Llámase, en un todo de acuerdo a la Resolución N° 1282/MAYEPGC/14, a Licitación Pública N° 8503-0490-LPU14 para el día 15 de agosto de 2014, a las 12 horas, de conformidad con el régimen establecido en la Ley Nº 2.095, su modificatoria la Ley N° 4.764 y sus Decretos Reglamentarios Nros. 95/GCABA/14 y 1145/GCABA/09, para la tramitación de la “Adquisición de Contenedores de Residuos Sólidos Urbanos Reciclables de 2.5 metros cúbicos de capacidad vinculados al servicio de recolección de residuos sólidos urbanos domiciliarios reciclables” con destino al Ministerio de Ambiente y Espacio Público. Consulta y adquisición de pliego: los pliegos de bases y condiciones se encuentran a disposición de los interesados para su consulta y adquisición en www.buenosairescompras.gob.ar. Los oferentes deberán concurrir ante la Gerencia Operativa de Compras y Contrataciones sita en Avda. Roque Sáenz Peña 570, piso 5º - CABA en el horario de 10 a 15 horas a retirar el formulario de Venta de Pliego para su posterior timbrado que acredita el pago realizado ante la Dirección General de Tesorería. Valor del pliego: $ 100.000,00 (pesos cien mil). Lugar de presentación de las ofertas y apertura: La presentación de cada oferta se hará a través de los formularios electrónicos disponibles en BAC, cumpliendo todos los requerimientos exigidos en los Pliegos de Bases y Condiciones y adjuntando todos y cada uno de los documentos solicitados en ellas en soporte electrónico. Edgardo D. Cenzón Ministro OL 2416 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1°-8-2014 Página Nº 250 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Administración Gubernamental de Ingresos Públicos ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS Adjudicación - Expediente N° 7.449.570/MGEyA-DGESyC/14 Contratación Menor Nº 6307/SIGAF/14. Autorizante: Disposición Nº 218/DGESYC/14. Objeto de la contratación: Servicio de ploteado de corte para vehículo oficial. Firma adjudicada: Kodak Argentina S.A.I.C. (Of. 1) por un monto total de pesos diecisiete mil ($ 17.000,00). Héctor Braga Director de Administración OL 2423 Inicia: 31-7-2014 Vence: 31-7-2014 Página Nº 251 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Banco Ciudad De Buenos Aires BANCO CIUDAD DE BUENOS AIRES GERENCIA DE COMPRAS Provisión, instalación y reparación de cortinas - Carpeta de Compra N° 21.409 Llámese a licitación pública (Carpeta de Compra N° 21.409) con referencia a los “Trabajos de provisión, instalación y reparación de cortinas tipo roller fijas con cabezal para abrojos y venecianas en dependencias varias del Banco Ciudad de Buenos Aires, por un período de 12 meses”, con fecha de apertura el día 20/8/14 a las 11 horas. Valor del pliego: $ 0,00 (pesos: sin cargo). Adquisición y consultas de pliego: Página web del Banco Ciudad de Buenos Aires, www.bancociudad.com.ar / licitaciones. Fecha tope de consultas: 14/8/14. Leandro D. Biondo Jefe de Equipo Equipo Remodelaciones y Adecuaciones Edilicias BC 191 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1°-8-2014 Página Nº 252 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana SECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES -GOCYC- Obra: "Plaza Romero" - Expediente Nº 7.666.578/14 Llámase a Licitación Pública Nº 976/SIGAF/14 para contratar la siguiente obra: "Plaza Romero", al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Autorizante: Resolución N° 36/SSEPUC/14. Sistema de contratación: ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 3.330.063,14. Valor del pliego: Sin valor comercial. Plazo de ejecución: ciento veinte (120) días corridos. Fecha de apertura: 12 de agosto de 2014, a las 12 hs. Visita lugar de obra: Se efectuará el día 1° de agosto de 2014, a las 11.30 hs., en la esquina de Arturo Beruti y Romero de la C.A.B.A. Consultas: Las consultas relacionadas con el procedimiento de contratación y de los pliegos de bases y condiciones, se presentarán por escrito en la Mesa de Entradas dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sita en Av. de Mayo 591, 1° piso, en el horario de 9 a 18 hs, hasta el día 5 de agosto de 2014. Adquisición y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. de Mayo 591, 1º piso, C.A.B.A., en el horario de 10 a 17 hs., o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ Se deja constancia que la página de internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Recepción de ofertas: Las ofertas deberán presentarse en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. de Mayo 591, 1° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el día 12 de agosto de 2014 a las 11 hs. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. de Mayo 591, 1º piso, C.A.B.A. Raúl Barrueco Gerente Operativo OL 2347 Inicia: 25-7-2014 Vence: 31-7-2014 SECRETARÍA DE GESTIÓN COMUNAL Y ATENCIÓN CIUDADANA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL GERENCIA OPERATIVA COMPRAS Y CONTRATACIONES -GOCYC- Página Nº 253 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Obra: "Plaza Palermo Viejo" - Expediente Nº 5.599.866/14 Llámase a Licitación Pública Nº 994/SIGAF/14 para contratar la siguiente obra: "Plaza Palermo Viejo", al amparo de lo establecido en la Ley Nacional de Obras Públicas Nº 13.064 y el Decreto Nº 1254/GCBA/08. Autorizante: Resolución N° 37/SSEPUC/14. Sistema de contratación: ajuste alzado. Presupuesto oficial: $ 3.193.483,76. Valor del pliego: sin valor comercial. Plazo de ejecución: noventa (90) días corridos. Fecha de apertura: 12 de agosto de 2014, a las 14 hs. Visita lugar de obra: se efectuará el día 1° de agosto de 2014, a las 14.30 hs. en la esquina de Armenia y Nicaragua de la C.A.B.A. Consultas: las consultas relacionadas con el procedimiento de contratación y de los pliegos de bases y condiciones, se presentarán por escrito en la Mesa de Entradas dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, sita en Av. de Mayo 591, 1° piso, en el horario de 9 a 18 hs, hasta el día 5 de agosto de 2014. Adquisición y consultas de pliegos: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. de Mayo 591, 1º piso, C.A.B.A., en el horario de 10 a 17 hs., o en la Página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires: http://www.buenosaires.gob.ar/areas/hacienda/compras/consulta/ Se deja constancia que la página de internet del GCABA deberá ser consultada periódicamente a los efectos de constatar la emisión de circulares. Recepción de ofertas: Las ofertas deberán presentarse en la Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. de Mayo 591, 1° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el día 12 de agosto de 2014 a las 13 hs. Lugar de apertura: Gerencia Operativa Compras y Contrataciones, Av. de Mayo 591, 1º piso C.A.B.A. Raúl Barrueco Gerente Operativo OL 2348 Inicia: 25-7-2014 Vence: 31-7-2014 Página Nº 254 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires UNID. CENTRALIZADA ADQUISICIONES DE SALUD (SSASS) MINISTERIO DE SALUD UNIDAD CENTRALIZADA DE ADQUISICIONES DE SALUD (UCAS) Preadjudicación - Expediente Nº 3.690.451/MGEYA/14 Licitación Pública Nº 1/UCAS/14. Rubro: Salud. Dictamen de Evaluación de Ofertas Objeto: Contratación de un servicio de provisión y distribución de sets de Anestesia. Firma preadjudicada: Propato Hnos. S.A.I.C. En la suma total de dieciocho millones trescientos tres mil seiscientos noventa y ocho con 74/100 centavos ($ 18.303.698,74). Observaciones: Se ha excedido el plazo legal para la concreción del presente Dictamen de Evaluación, en virtud del tiempo que insumiera el análisis de la documentación correspondiente, solicitud de documentación y análisis técnico, impidiendo cumplir con los plazos establecidos en el art. 106 de la Ley N° 2.095, su modificatoria Ley N° 4764 y Decreto Nº 95/GCBA/14. Fundamento de la preadjudicación: La adjudicación aconsejada lo ha sido por ser la única oferta, conforme los términos del art. 109 de la Ley N° 2095, modificada por la Ley N° 4764, Decreto Nº 95/GCBA/14. Aprobación: Sra. Sandra Mónica Varela - Ing. Carlos Servente - Lic. Federico Arata. Lugar de exhibición del acta: Unidad Centralizada de Adquisiciones de Salud, Av. de Mayo 575, Of. 14, 1 día a partir del 31 de julio, en la Cartelera Oficial de Mesa de Entradas. Carlos F. Servente Gerente OL 2422 Inicia: 31-7-2014 Vence: 31-7-2014 Página Nº 255 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Edictos Particulares Transferencia de Habilitación Mirazones S.A. con domicilio en Echeverría 3202 de esta ciudad, transfiere a Atilio Humberto Vargas DNI 18.643.767 la habilitación del local sito en Ramón Freire 1986 Primer Piso y Terraza, en carácter de casa para fiestas privadas. Expediente 4137/1972. Solicitud por Expediente 31781/2002 y solicitud por Expediente 1518843/2009. Reclamos de ley en el local mismo. Solicitante: Atilio Humberto Vargas EP 285 Inicia: 25-7-2014 Vence: 31-7-2014 Transferencia de Habilitación Patricia Alejandra Giannoni, DNI 24.979.246, con domicilio en Mahatma Gandhi 749, planta baja, CABA, avisa que transfiere la habilitación municipal del local sito en Mahatma Gandhi 749, P.B., CABA, con una superficie de 579.16 m2 que funciona como: Garage Comercial (604070) con una capacidad para máximo 23 cocheras incluyendo una para ciclomotores y motos por Expediente N° 46547/96, a Ariel Aníbal Giannoni, DNI 33.156.122, con domicilio en calle 162, N° 647, Bernal Oeste, Provincia de Bs .As. Reclamos de Ley mismo local. Solicitante: Patricia Alejandra Giannoni EP 286 Inicia: 25-7-2014 Vence: 31-7-2014 Transferencia de Habilitación Sergio Fabian Singereisky con domicilio en Av. La Plata 2501 CABA comunica la transferencia de su habilitacion municipal aprobada por Expte Nº 66678/98 según Disposición Nº 5127/DGHP/1999 con fecha 14/09/1999 para el local sito en Av. Rivadavia 2463 PB Departamento 2 UF0 de la Ciudad de Buenos Aires con una superficie de 129.91 m2 para funcionar en el carácter de Comercio Minorista de Productos Alimenticios Envasados (601005) Comercio Minorista de Bebidas en General Envasadas (601010) Comercio Minorista Farmacia Herboristeria (603000)Comercio Minorista de Articulos de Optica y Fotografia (603100) Comercio Minorista de Instrumentos de Precision, Cientificos, Musicales, Ortopedia (603110) Comercio Minorista de Relojeria y Joyeria (603130)Comercio Minorista Articulos de Librería, Papeleria, Cartoneria, Impresos, Filatelia, Juguetería Discos y Grabados(603210) Comercio Minorista de Articulos de Perfumeria y Tocador (603220) (Observaciones : Con las limitaciones de Resolucion 470 /SSIG/94) a nombre de Farmarina S.R..L con domicilio en Av. Rivadavia 2463 CABA Página Nº 256 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Solicitante: Farmarina S.R..L EP 287 Inicia: 25-7-2014 Vence: 31-7-2014 Transferencia de Habilitación Sattam Mohamed Al Kaddour con domicilio en Callao 1323 P 8º A CABA comunica la transferencia de su habilitación municipal aprobada por Expte Nº 5407878/13 según Disposición Nº 10012/DGHP/13 con fecha 18/11/2013 para el local sito en Av. Callao 1016 P12 UF 021 de la Ciudad de Buenos Aires con una superficie de 102.48 m2 para desarrollar el rubro agencias comerciales de empleo, turismo, inmobiliaria, a nombre de Arab Tour S.R.L. con domicilio en Av. Callao 1323 P 8º A CABA Solicitante: Arab Tour S.R.L. EP 288 Inicia: 29-7-2014 Vence: 4-8-2014 Transferencia de Habilitación Escribana Romina Lagadari, matricula profesional 4821-Roque Saenz Peña 1219, 5º CABA. Avisa que: a) por escritura 875 del 7-10-13, María Emma Farinella DNI 10.762.058, y Juan Carlos Farinella DNI 12.080.914 transfirieron a Cyberpibes S.R.L. una habilitación para funcionar en el carácter de guarderia infantil, jardin maternal (700010), por EXP. Nº 97258/92, según Disposición Nº 46067/DGHP/1993, con fecha 10/03/93, para el local sito en la calle Av. San Juan 3788, PB, U.F. 0, con una superficie de 339 m2. Observaciones: Piso 1º. Azotea. Capacidad 34 niños por turno y 8 cunas. Solicitante: Juan Carlos Farinella EP 289 Inicia: 29-7-2014 Vence: 4-8-2014 Transferencia de Habilitación Escribana Romina Lagadari, matricula profesional 4821-Roque Saenz Peña 1219, 5º CABA. Avisa que: por escritura 543 del 15-7-2014 Juana Eva Veron, DNI 16.338.654 transfirió a Cyberpibes S.R.L. una habilitación para funcionar en el carácter de escuela infantil (700520), por EXP. Nº 55160/08, según Disposición Nº 8122/DGHP/2009, con fecha 21/09/09, para el local sito en la calle Tucuman 2083 PB U.F. 0, con una superficie de 414.73 m2. Observaciones: Otra Puerta: 2085. entrepiso, planta alta y azotea. Capacidad 35 niños con jornada completa y 14 cunas. Se transfiere la presente en idénticos términos de la habilitación anterior otorgada por EXP. Nº 79145/00. Página Nº 257 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Solicitante: Juana Eva Veron EP 290 Inicia: 29-7-2014 Vence: 4-8-2014 Transferencia de Habilitación Adrian Horacio Belisle transfiere a Cantobel S.R.L., con domicilio en Av. Pueyrredon 121, piso 1º, de la Ciudad de Buenos Aires, la habilitación del local sito en Av. Pueyrredon 121 U.F. 0, Planta Baja, que funciona como “hotel sin servicio de comida” (700110), habilitado por EXP. Nº 1245/2001, según Decreto Nº 2516/1998, con fecha 30/04/02, Observaciones: planta baja. Habilitación anterior por Exp. Nº 95799/93.Reclamos de Ley en Av. Pueyrredon 121, piso 1º, CABA. Solicitante: Cantobel S.R.L. EP 291 Inicia: 29-7-2014 Vence: 4-8-2014 Transferencia de Habilitación Héctor Adrover (DNI 4.282.113) con domicilio en Av. Lastra 3852 piso 1º B CABA avisa que transfiere la habilitación municipal del local sito en Tinogasta 4395 y Sanabria 3101 PB que funciona como: “500074 elab. de helados con venta directa al público, 602010 casa de lunch, 602020 café bar, 602030 despacho de bebidas, wisquería, cervecería” por Disposición 43420/DGHP/1993 Expte. Nº 83232/92 sup. 98,36 m2, a Hector Adrover S.R.L. representada por su gerente Héctor Adrover (DNI 4.282.113) con domicilio en Sanabria 3101 CABA. Reclamos de Ley y domicilio de partes en Tinogasta 4395 CABA. Solicitante: Hector Adrover S.R.L. EP 292 Inicia: 31-7-2014 Vence: 6-8-2014 Transferencia de Habilitación El Dr. Juan Ignacio de la Colina, T° 65 F° 987 C.P.A.C.F., con oficinas en Av. Paseo Colon 746, 1° Piso CABA avisa que: Shopping Alto Palermo S.A., transfiere habilitación municipal del local sito en Av. Santa Fe N° 3251/53, Av. Coronel Diaz N° 1944/62/98/2026/40/50/60/70/98, Beruti N° 3328, Arenales N° 3315/19/20/23/24/30/40/50/60/66/70/90 PB, 1° SS, 2° SS y 3° SS, Pisos 1° al 4°, que funciona como: “Restaurante - Com. Min Centro de compras - Garaje - Cinematógrafo” Expediente N° 103566/MGEYA/1990 en fecha 01/11/1990 mediante Disposición N° 1355/1990, superficie 64383.00mts.2 a Alto Palermo S.A. (APSA). Reclamos de Ley y domicilio de partes en Av. Paseo Colon 746 piso 1º C.A.B.A. Página Nº 258 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Solicitante: Alto Palermo S.A. EP 293 Inicia: 31-7-2014 Vence: 6-8-2014 Transferencia de Habilitación Ignaciobins S.A. CUIT Nº 30-70743927-1 transfiere a Confecciones Seman S.A. CUIT 30-70947415-0 la habilitación del local ubicado en la calle Capitán Gral. Ramón Freire 939 P.B. que funciona como “confeccion de camisas, confecc. de prendas de vestir (exc. de piel, cuero, camisas e impermeables), confeccion de impermeables y pilotos, confec. de ropa exterior para hombre o niño confeccionada en sastrerias”, habilitado por Decreto 2516/98, en fecha 09/08/2001, mediante Expediente Nº 50123/2001, con una superficie de 93,86 m2. Reclamos de Ley Capitán Gral. Ramón Freire 939. Solicitante: Confecciones Seman S.A. EP 294 Inicia: 31-7-2014 Vence: 6-8-2014 Transferencia de Habilitación Ignaciobins S.A. CUIT Nº 30-70743927-1 transfiere a Confecciones Seman S.A. CUIT 30-70947415-0 la habilitación del local ubicado en la calle Capitán Gral. Ramón Freire 941 P.B. que funciona como “comercio minorista de ropa. confeccion, lenceria, blanco, mantel. text. en gral. y pieles”, habilitado por Decreto 2516/98, en fecha 07/08/2001, mediante Expediente Nº 50129/2001, con una superficie de 138.00 m2. Reclamos de Ley Capitán Gral. Ramón Freire 939. Solicitante: Confecciones Seman S.A. EP 295 Inicia: 31-7-2014 Vence: 6-8-2014 Página Nº 259 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Edictos Oficiales Ministerio de Salud MINISTERIO DE SALUD HOSPITAL GENERAL DE NIÑOS RICARDO GUTIERREZ Notificación N° 1 En mi carácter de Directora del Hospital General de Niños Ricardo Gutiérrez notifico al agente Sra. Lapeña Alicia Noemí DNI 6.035.853 CUIL 27-06035853-8 de la Resolución: RESOL-2014-786-SSGRH y que ha recibido copia certificada del citado acto administrativo de conformidad con lo estipulado en el art. 61 inc a) de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobado por el Decreto Nº 1.510-GCBA-97 (BOCBA Nº 310). El acto administrativo que se notifica NO AGOTA la instancia administrativa de conformidad con lo establecido en la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto Nº 1510-GCBA-97 (BOCBA Nº 310), el presente acto administrativo puede ser impugnado mediante los siguientes recursos: Art. 103 Recurso de reconsideración: Podrá interponerse recurso de reconsideración contra todo acto administrativo definitivo o que me impida totalmente la tramitación del reclamo o pretensión del administrador y contra los interlocutores o de mero trámite que lesionen un derecho subjetivo o interés legitimo. Deberá interponerse dentro de los diez (10) días de notificado el acto ante el mismo órgano que lo dicto, el cual será competente para resolver lo que corresponda conforme a lo dispuesto por el articulo 101. Art. 108 Recurso J erárquico: procederá contra todo acto administrativo definitivo o que impida la tramitación de reclamo o pretensión del administrado. No será necesario haber deducido previamente recurso de reconsideración; si se lo hubiere hecho, no será indispensable fundar nuevamente el jerárquico, sin perjuicio de lo expresado en la última parte del artículo anterior. Art. 109: El recurso jerárquico deberá interponerse ante la autoridad que dicho acto impugnado dentro de los quince (15) días de notificado y ser elevado dentro del término de cinco (5) días y de oficio al Ministerio o funcionario competente del J efe de Gobierno en cuya jurisdicción actúe el órgano emisor del acto. Los ministros o Subsecretarios del J efe de Gobierno, el recurso será resuelto por el órgano ejecutivo, agotándose en ambos casos la instancia administrativa. En el caso de que el presente acto administrativo imponga una sanción disciplinaria, y se notifique a agentes amparados por garantía consagrada en la Ley Nº 23.551 ( B.O. 22/4/88), el mismo se ejecutara con la posterioridad a la exclusión judicial de la tutela sindical, o al vencimiento del plazo de dicha garantía (Art. 48). Queda ud. debidamente notificado Cristina Galoppo Directora Médica EO 893 Inicia: 24-7-2014 Vence: 31-7-2014 Página Nº 260 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Ministerio de Desarrollo Económico MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8268373/14 Notifícase a la Sra. Luciana Alarcón Novas que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 933 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8279319/14 Notifícase a la Sra. Sabrina Guidi que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: Página Nº 261 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 934 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8309190/14 Notifícase al Sr. Gabriel Fernando Contreras que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 Página Nº 262 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 935 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8608190/14 Notifícase a la Sra. Andrea Susana Trigueiro que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 936 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014 Página Nº 263 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8620629/14 Notifícase al Sr. Daniel Sebastián Ortega que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 937 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8732044/14 Notifícase a la Sra. Jorgelina Zappa que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. Página Nº 264 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 949 Inicia: 31-7-2014 Vence: 4-8-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8784017/14 Notifícase a la Sra. Analia Celeste Burgos que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 Página Nº 265 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 938 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8786157/14 Notifícase a la Sra. Gisela Gomez que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 950 Inicia: 31-7-2014 Vence: 4-8-2014 Página Nº 266 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8786556/14 Notifícase a la Sra. Paula Zarate que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 939 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8786886/14 Notifícase al Sr. Alejandro Perluzzo que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. Página Nº 267 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 951 Inicia: 31-7-2014 Vence: 4-8-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8787195/14 Notifícase a la Sra. Luciana Sicardi que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 Página Nº 268 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 952 Inicia: 31-7-2014 Vence: 4-8-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8787584/14 Notifícase a la Sra. Eliana Monzon que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 940 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014 Página Nº 269 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8788222/14 Notifícase a la Sra. Cinthia Vivona que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 953 Inicia: 31-7-2014 Vence: 4-8-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8845512/14 Notifícase a la Sra. Micaela Lerner que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. Página Nº 270 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 919 Inicia: 29-7-2014 Vence: 31-7-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8846016/14 Notifícase a la Sra. Romina Rojas que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 Página Nº 271 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 920 Inicia: 29-7-2014 Vence: 31-7-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8846638/14 Notifícase a la Sra. Micaela Aguirre que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 921 Inicia: 29-7-2014 Vence: 31-7-2014 Página Nº 272 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8898846/14 Notifícase a la Sra. Adriana Orcesi que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 922 Inicia: 29-7-2014 Vence: 31-7-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8899486/14 Notifícase al Sr. Ezequiel Rosales que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. Página Nº 273 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 923 Inicia: 29-7-2014 Vence: 31-7-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8899844/14 Notifícase a la Sra. Elisabet Giulianelli que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 Página Nº 274 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 924 Inicia: 29-7-2014 Vence: 31-7-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8900160/14 Notifícase a la Sra. Teresita Sinigoj que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 925 Inicia: 29-7-2014 Vence: 31-7-2014 Página Nº 275 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8900488/14 Notifícase a la Sra. Carmen Aguilar Salas que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 926 Inicia: 29-7-2014 Vence: 31-7-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8901337/14 Notifícase a la Sra. Brenda Vanacor que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. Página Nº 276 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 927 Inicia: 29-7-2014 Vence: 31-7-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8902416/14 Notifícase a la Sra. Sonia Melgarejo que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 Página Nº 277 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 928 Inicia: 29-7-2014 Vence: 31-7-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8904377/14 Notifícase al Sr. Norberto Loza que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 929 Inicia: 29-7-2014 Vence: 31-7-2014 Página Nº 278 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8904795/14 Notifícase a la Sra. Yamila Buralli que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 941 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8905146/14 Notifícase al Sr. Federico Gimenez que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. Página Nº 279 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 942 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8907188/14 Notifícase al Sr. Gonzalo Godoy que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 Página Nº 280 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 943 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014 MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO DIRECCIÓN GENERAL DE EMPLEO Notificación - Exp. Nº 8908409/14 Notifícase a la Sra. Georgina Djivelekian que ante la solicitud de empleo efectuada mediante la Actuación de la referencia, corresponde informar: a. Atento la presentación que diera origen al expediente de la referencia, se lo invita a cargar su Currículum Vitae en el Portal de Empleo de la Ciudad, el mismo es una herramienta gratuita que permite a las personas que se registren ver y postularse a las diferentes ofertas laborales que las distintas empresas del sector privado y los organismos estatales publican en el portal. b. No obstante, podrá concurrir a las Oficinas de Empleo que a continuación se detallan para recibir asesoramiento personalizado sobre el Portal de Empleo: CGPC Nº 3: Junín 521 Subsede CGPC Nº 4: Av. Suárez 2032 CGPC Nº 5: Carlos Calvo 3325 CGPC Nº 6: Patricias Argentinas 277 CGPC Nº 7: Rivadavia 7202 CGPC Nº 8: Roca 5252 (8 a 15 hs) Subsede CGPC Nº 9: Av. Directorio 4360 CGPC Nº 11: Av. Francisco Beiró 4629 CGPC Nº 12: Miller 2751 CGPC Nº 13: Av. Cabildo 3067 CGPC Nº 15: Av. Córdoba 5690 Oficina de Empleo Zona Sur: José Barros Pazos 3700 c. En las Oficinas de Empleo recibirá información sobre las diferentes capacitaciones que se ofrecen a través de esta Dirección General y otros organismos del Gobierno de la Ciudad, que le facilitará mayores y mejores herramientas para fortalecer sus posibilidades de búsqueda e inserción laboral. Ezequiel Jarvis Director General EO 930 Inicia: 29-7-2014 Vence: 31-7-2014 Página Nº 281 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Administración Gubernamental de Ingresos Públicos ADMINISTRACIÓN GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS Intimación - Expediente N° 2699365/12 En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3 del Código Fiscal (t.o. 2013) la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hace saber a la firma GADDER S.A. con inscripción Impuesto sobre los Ingresos Brutos N° 901-219198-6, CUIT N° 30-70954816-2 con domicilio fiscal en Bernardo de Irigoyen 1370 piso 1º 22, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que mediante Expediente N° 02699365/2012, Cargo N° 15178/2014 se encuentra sometido a una inspección destinada a verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias sobre las cuales la Dirección General de Rentas de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ejerce potestad de recaudación y control. En cumplimiento de las atribuciones conferidas por el artículo 86 Código Fiscal (t.o. 2013), se intima a que se presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a efectos de notificarse del cargo de inspección y deberá poner a disposición del agente Gustavo Pérez F. C. N° 454.456, dependiente del Departamento Externa B de la Dirección General de Rentas- AGIP, la documentación que a continuación se detalla con el objetivo de realizar la determinación del gravamen de acuerdo a lo que establece el art. 167 del código fiscal t.o. 2013: 1. Exhibir original y entregar copia de la Habilitación Municipal. 2. Exhibir original y entregar copia de Estatuto Social y modificaciones, en caso de corresponder. 3. Exhibir original y entregar copia de Poder de la persona autorizada para firmar las actas. 4. Exhibir Libros de Actas de Asamblea y Actas de Directorio, en las cuales figure la designación de autoridades. 5. Exhibir original y entregar copia de Formulario de Inscripción en el ISIB, declaraciones juradas correspondientes a los anticipos mensuales con sus respectivas pantallas del SIFERE, declaraciones juradas anuales y comprobantes de pagos desde 1/2012 a 12/2012. 6. Exhibir original y entregar copia de constancia de inscripción ante la AFIP. 7. Listado de locales de la empresa indicando domicilio, destino o utilización y detalle de Bienes Muebles registrables o Inmuebles, con indicación del domicilio o lugar de radicación. 8. Exhibir original y entregar copia de los Estados Contables cerrados (certificados) a 12/2011 y 12/2012 y Balance de Sumas y saldos a 12/2012. 9. Exhibir Libros Subdiarios Compras y Subdiarios Ventas, por los mismos períodos solicitados. 10. Libro de Sueldos y Jornales Ley N° 20744 y/o formulario DD.JJ. mensuales F931 de 1/2012 a 12/2012. 11. Exhibir Libro Inventario y Balances y Libro Diario, por los mismos períodos solicitados. 12. Hacer entrega del plan de cuentas de la empresa. Página Nº 282 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires 13. Hacer entrega de los mayores de las cuentas de ingreso de la empresa (mensuales). 14. Detalle de retenciones y percepciones sufridas. 15. De actuar como Agente de Recaudación exhibir los correspondientes comprobantes de pago y DD.JJ. 16. Exhibir original y entregar copia de los planes de facilidades de pagos, con sus comprobantes de pagos respectivos, si los hubiere. 17. Listado de Bancos y Entidades Financieras con las que opera, indicando N° de cuenta y sucursal. 18. Listado de Tarjetas de Compra o Crédito, tickets, etc. de las Entidades que opera, indicando montos liquidados y retenidos por el ejercicio cerrado a 12/2012. 19. Describa y explique de manera detallada mediante nota con carácter de Declaración Jurada la principal actividad y las secundarias que realiza y modo operativo de cómo las lleva a cabo y explique la operatoria de las redes de distribución. 20. Listado de sucursales y puntos de venta con domicilios que posee el contribuyente en el país, Formulario 446 AFIP. 21. Número de Facturación, Notas de Débito-Crédito, Remitos, Tickets controlador Fiscal y otra documental emitida por el contribuyente a la fecha de recepción de la presente. 22. Detallar mediante nota con carácter de Declaración Jurada los diez principales proveedores y clientes acompañando una fotocopia de factura elegida al azar por el actuante. 23. Completar Formulario Anexo I Responsable por Deuda Ajena (Art. 11/18 C.F. T.O. 2012). 24. Declaraciones Juradas del IVA correspondientes a los períodos 1/2012 a 12/2012. 25. Declaraciones Juradas Impuesto a las Ganancias años 2011 y 2012. 26. En caso de corresponder detallar los alquileres pagados durante por el último ejercicio contable cerrado a 12/2012, acompañando los recibos de pago, original y copia del contrato de alquiler de cada local donde desarrolle la actividad. 27. Exhibir original y entregar copia de los extractos bancarios correspondientes a 1/2012 a 12/2012. 28. Papeles de trabajo que contengan cálculos y detalle de los coeficientes unificados de Convenio Multilateral correspondiente a los dos ejercicios solicitados y papeles de trabajo del SIFERE. 29. Detalle de ingresos y gastos computables discriminados por jurisdicción de los balances solicitados, mediante nota con carácter de Declaración Jurada. 30. Detalle de ingresos brutos mensuales separados en gravados, no gravados y exentos correspondientes a los dos últimos ejercicios cerrados al 31/12/2012, mediante nota con carácter de Declaración Jurada. 31. Exhibir original y entregar copia de los comprobantes de pago del Impuesto a los Sellos e Impuesto correspondiente a Publicidad. De constatarse el incumplimiento a la presentación de la documentación solicitada en los puntos 1 a 31 del presente, lo hará incurrir en infracción a los deberes formales, 2) a constituir un domicilio especial en la jurisdicción de la Ciudad de Buenos Aires según los términos de la Resolución 975/DGR/99, a los efectos tanto de la inspección como del procedimiento de la determinación de oficio y de la instrucción del sumario por la presunta comisión de infracciones a los deberes impositivos de naturaleza material o formal; bajo apercibimiento de que en caso de no dar cumplimiento a todos y cada uno de los aspectos contenidos por la presente intimación 1) se considerarán válidas todas las notificaciones o comunicaciones que se efectúen por esta vía 2) Será pasible de ser incluído en el Padrón de Riesgo Fiscal según lo establecido por la Resolución N° 918/AGIP/2013. Página Nº 283 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Se notifica que el segundo día martes hábil posterior a la publicación de este Edicto, deberá hacerse presente persona responsable de la firma debidamente autorizada o apoderado con poder amplio para el reconocimiento de deudas ante el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, en el Departamento Externa B, de la Dirección de Fiscalización Integral y Operativos Especiales de esta Dirección General de Rentas- AGIP, sito en Viamonte 900, 2do. Piso, sector Esmeralda, de 9.30 a 15:30 hs, bajo apercibimiento que en caso de no presentarse el responsable y/o no aportar la documentación requerida, la inspección concluirá con los elementos de juicio e información que obren en la Dirección General según lo prevee el art. 169 del Código Fiscal (t.o. 2013), ya sea a través de terceros o en su propio establecimiento y se procederá sin más trámite a realizar de oficio la determinación de la deuda sobre base presunta sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder por la presunta comisión de las infracciones a los deberes de índole formal o material previstas y sancionadas por los artículos 86, 94 y 98 del Código Fiscal (t.o. 2013). Claudio Basile Director de Fiscalización Integral y Operativos Especiales EO 918 Inicia: 29-7-2014 Vence: 31-7-2014 Página Nº 284 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Instituto de Vivienda de la Ciudad de Buenos Aires INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Notificación - Nota Nº 1817/IVC/14 La Gerencia de Recursos Humanos del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica al Sr. Cavanagh Pedro Lucio (DNI Nº 30.099.526), que mediante DISFC-2014-287-IVC de fecha 12/06/14, se dejó sin efecto sus designaciones bajo la figura de Locación de Servicios aprobadas por Disposición N° 17/GG/14 y DISFC-2014-8-IVC, a partir del 01/01/2014. Queda Ud. notificado. Nadina De Carlos Gerencia de Recursos Humanos EO 947 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014 INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Notificación - Nota Nº 2043/IVC/14 La Gerencia de Recursos Humanos del Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, notifica al Sr. Cipolla Ruben Alberto (DNI Nº 13.058.050), que mediante DISFC-2014-280-IVC de fecha 10/06/14, se rescindió su contrato de Locación de Servicios, a partir del 01/05/2014. Queda Ud. notificado. Nadina De Carlos Gerencia de Recursos Humanos EO 948 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014 INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Nota Nº 3610/IVC/14 El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber al Sr. Anibal Rosario Etcheverria (CI 7.960.248) que deberá acercarse ante la Subgerencia de Regularización Dominial, Departamento Regularización Dominial, sita en la calle Carlos Pellegrini 291, Piso 6º de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el perentorio e improrrogable plazo de 10 (diez) días recibida la presente comunicación a los fines de proseguir con el trámite de regularización dominial de la unidad de cuenta Nº 45.405, bajo apercibimiento de proceder a la rescisión del bien y posteriormente a la adjudicación del inmueble al solicitante de la regularización Dominial. Página Nº 285 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Juan M. Lanusse Gerencia Regularización Dominial y Notarial EO 945 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014 INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Nota Nº 3611/IVC/14 El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, hace saber al Sr. Mario Marcos Arce (DNI Nº 11.499.169) que deberá acercarse ante la Subgerencia de Regularización Dominial, Departamento Regularización Dominial, sita en la calle Carlos Pellegrini 291, Piso 6º de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en el perentorio e improrrogable plazo de 10 (diez) días recibida la presente comunicación a los fines de proseguir con el trámite de regularización dominial de la unidad de cuenta Nº 45.225, bajo apercibimiento de proceder a la rescisión del bien y posteriormente a la adjudicación del inmueble al solicitante de la regularización Dominial. Juan M. Lanusse Gerencia Regularización Dominial y Notarial EO 946 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014 INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Notificación- DISFC. 421/IVC/14 El Instituto de Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires notifica a las personas identificadas en el Anexo, que mediante DISFC 2014-421-IVC, recaída en la Nota Nº 2696/IVC/14, su Gerente General ha dispuesto: " CONSIDERANDO: Que por la mencionada actuación, y por aplicación del Plan Marco de Regularización Financiera y Dominial aprobado por Acta Nº 1872/D/05, se da cuenta de la actual situación fáctico-jurídica de distintas Unidades de Cuenta de titularidad dominial del Organismo. Que las presentes actuaciones se encuentran enmarcadas por lo dispuesto por la Ley N° 3902, por la cual se crea la " Operatoria de regularización dominial de los bienes inmuebles correspondientes a conjuntos urbanos abarcados en la órbita del Instituto de Vivienda de la Ciudad, la Comisión Municipal de la Vivienda u organismo o dependencia anterior y la Corporación Buenos Aires Sur S.E., que estén pendientes de escrituración a la fecha de la promulgación de la Ley y cuya ocupación actual no sea ostentada por los adjudicatarios oficialmente registrados" ( Art. 1°). Que el IVC, autoridad de aplicación de la norma de conformidad a su Art. 2°, con carácter previo al otorgamiento de las correspondientes escrituras de dominio, debe regularizar los aspectos técnico administrativos de los inmuebles para posteriormente proceder a su adjudicación y/o venta cuando se comprueben las situaciones de ocupación que describe el Art. 4°. Página Nº 286 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que del estudio realizado por la Gerencia Regularización Dominial y Notarial, a través del Dpto. Programa de Regularización de Barrios, como consecuencia de las Verificaciones Ocupacionales practicadas en las mismas, se ha constatado que las unidades involucradas en los presentes, se encuentran habitadas por personas y/o grupos familiares distintos de sus adjudicatarios originarios o del último de los cesionarios en transferencia aprobada por el Organismo. Que dicho Departamento deja constancia a fs. 1/3, que: " Procedió a la lectura de cada uno de los legajos; surgiendo de los mismos el fallecimiento del, o de los titulares originales, así como la ausencia de presentaciones formales por parte de los herederos a fin de regularizar dominialmente la unidad. Que los actuales ocupantes lo hacen de manera precaria pero de buena fe, no existiendo denuncias presentadas ante este Organismo, acciones posesorias, acciones judiciales por usurpación, etc., iniciadas por parte de los adjudicatarios originarios y/o cesionarios autorizados, etc. Que en otros supuestos, los actuales ocupantes dan cuenta de su calidad de cesionarios, no habiéndose aún dictado el acto administrativo de aprobación o rechazo de la respectiva transferencia, siendo la documentación presentada al efecto, insuficiente. Que por Ley Nº 1251 se estableció que el Instituto de Vivienda es el órgano de aplicación de las políticas de vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con los principios generales que la misma establece, entre los cuales, cabe mencionar los de: "... Contribuir al acceso a la vivienda digna de todos los habitantes de la Ciudad ..., imposibilitados por razones económicas y sociales de acceder a la misma por cualquiera de los medios regidos por el sector privado y que requieran de la participación del sector público para lograrlo ..."; "... Garantizar la regularización dominial de los inmuebles a favor de los destinatarios de las diferentes operatorias"; "Contribuir al fortalecimiento del Sistema Federal de Vivienda ..." y "... Fortalecer las estrategias tendientes a la optimización de la administración de la cartera crediticia, con el objetivo de generar los recursos necesarios para el mejor cumplimiento de las tareas del IVC" (conf. Art. 3º). Que el Instituto de Vivienda de la C.A.B.A. (IVC) es el continuador jurídico de la Comisión Municipal de la Vivienda (CMV) creada por Ley Nº 17.174. Que las adjudicaciones de las unidades de vivienda objeto de la presente, se realizaron en el marco de las atribuciones propias emergentes de la mencionada Ley, así como también de la Ley FONAVI Nº 21.581, tendientes al logro común y trascendente de la promoción de la vivienda de interés social destinada a sectores de bajos ingresos residentes en la Ciudad de Buenos Aires y en los Partidos de la Provincia de Buenos Aires que integran el Gran Buenos Aires. Que para la consecución de dicha finalidad de interés público y atento la problemática socio-económica involucrada, el Organismo, en su carácter de titular dominial de las unidades de vivienda, previó la estipulación de una cláusula contractual, por lo general la 7°, en los respectivos boletos de compra-venta u otros instrumentos (actas de tenencia precaria, dación en comodato, etc.), por la cual los adjudicatarios asumen - de modo personal e intransferible - la obligación de habitar la unidad que le fuera adjudicada, personalmente con su grupo familiar declarado, bajo apercibimiento de tenerse por rescindido dicho instrumento, de pleno derecho, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna por parte del Organismo. Que se encuentra palmariamente acreditada la falta de interés de los adjudicatarios de dichas viviendas y/o de sus eventuales herederos y en proceder a la regularización jurídica y financiera a su favor, siendo revelador, al respecto, la falta de ocupación personal y efectiva de las mismas, que como así también su desinterés en la regularización de dichas unidades a su favor mediante el otorgamiento de la pertinente escritura traslativa de dominio con garantía hipotecaria constituida a favor del Organismo, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 3128 y concs. del Código Civil y normas que rigen la materia. Que ello genera un grave perjuicio al Organismo, no habiendo podido aún proceder a la escrituración de las viviendas no obstante el tiempo transcurrido desde su respectiva adjudicación o suscripción de los instrumentos respectivos. Página Nº 287 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Que, asimismo, debe considerarse la constante urgencia habitacional en la que se encuentran inmersos los habitantes de los distintos Barrios. Que la Gerencia de Regularización Dominial y Notarial informa a fs. 1/3 que: " de acuerdo a la situación de hecho expuesta en los párrafos anteriores y de acuerdo a lo establecido por la Ley 3902 y su Decreto Reglamentario N° 512/GCBA/2012, se ha intimado a todas aquellas personas que se crean con derechos sobre los inmuebles detallados en el Anexo I a que los hagan valer en el plazo de 30 días corridos de acuerdo a lo establecido en la mencionada normativa. Que, en virtud de ello, y habiéndose corroborado el incumplimiento contractual precitado mediante las respectivas declaraciones juradas de ocupación de las cuales surge que el actual ocupante no es el adjudicatario originario o último cesionario del Boleto de Compraventa aprobado por el Organismo, corresponde proceder a la rescisión del instrumento respectivo, por trasgresión - por parte del titular y/o de sus eventuales herederos - de lo dispuesto en la cláusula contractual referida. Que se deja constancia que de conformidad a lo informado a fs. 14, el Anexo que como IF-2014-08632482-IVC integra la presente. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos emite dictamen, a fs. 7/11 en el sentido indicado. Que en uso de las atribuciones conferidas por Acta Nº 2672/D/2014 EL GERENTE GENERAL DISPONE: 1°- Rescíndanse los Boletos de Compraventa oportunamente suscriptos, Actas de Entrega de Tenencia Precaria y/o Comodatos correspondientes a las Unidades de Vivienda de titularidad dominial del Organismo, que se detallan en el Anexo I, que como, IF-2014-08632482, forma parte integrante de la presente, por haber incumplido los respectivos adjudicatarios o último cesionario del Boleto de Compraventa aprobado por el Organismo, y/o eventuales herederos la obligación de ocupar personalmente la Unidad conjuntamente con su grupo familiar declarado. 2º- Notifíquese a los interesados y/o a sus eventuales herederos por Edictos, a tenor de los proyectos obrantes a fs. 10, a publicarse durante tres (3) días seguidos en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo contenido se considerará notificado a los cinco (5) días computados desde el día siguiente al de la última publicación, conforme lo dispuesto en los Arts. 62 y 63 del Decreto Nº 1510/GCBA/97, haciéndoles saber que lo resuelto es susceptible de impugnación por vía de los Recursos de Reconsideración y/o Jerárquico en subsidio, los que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos, respectivamente, contados desde la pertinente notificación (conf. Arts. 103; 107 y ss. y concs. del Decreto Nº 1510/GCBA/97), quedando así agotada la vía administrativa, sin perjuicio de que podrán, a su exclusivo criterio, interponer Recurso de Alzada conforme lo dispuesto por el Art. 113 del mencionado Decreto, contra el acto administrativo definitivo emanado del Directorio, en su carácter de órgano superior de este Instituto, u optar por la vía judicial pertinente 3º- Encomendar a la Gerencia Operativa Coordinación General Administrativa la notificación por Edictos conforme lo dispuesto por el artículo precedente. 4º- Refrendan la presente los Gerentes de Coordinación General Técnica, Administrativa y Legal, y de Coordinación General Gestión Social de la Vivienda. Página Nº 288 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires 5°- Comuníquese a las Gerencias de Coordinación General Técnica, Administrativa y Legal, de Coordinación General de Acceso a la Vivienda, de Coordinación General Gestión Social de la vivienda, de Coordinación General Obras y Servicios, de Regularización Dominial y Notarial, de Asuntos Jurídicos y de Administración y Finanzas y a las Gerencias Operativas Administración de Cartera y Atención a la Demanda, y pase a la Gerencia Operativa Coordinación General Administrativa, para la notificación por Edictos a publicarse en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lo indicado en el Art. 3º. Cumplido, a la Gerencia de Regularización Dominial y Notarial a fin de evaluar la situación fáctico-jurídica de los actuales ocupantes de las unidades involucradas, en los términos de lo dispuesto en la Ley 3902, Acta 2304/D/07 y Punto 23 del Acta N° 2366/D/08. Juan M. Lanusse Gerencia Regularización Dominial y Notarial ANEXO EO 931 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014 INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Notificación- DISFC. 424/IVC/14 El Instituto de vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires notifica a la Empresa INDALTEC SA que mediante DISFC-2014-424-IVC, recaída en la Nota Nº 6232/CMV/2003 Alc. 122, su Gerente General ha dispuesto: CONSIDERANDO: Que por DISFC-2014-239-IVC se aplicó a la Empresa INDALTEC SA Contratista de la Obra "Programa de Villas - Centro Social y Cultural La Tortuga Manuelita" - Ex Villa 6 - un deductivo de PESOS CIENTO TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 03/100 Ç ($ 135.464,03), por falta de presentación de documentación. Que a fs. 62 la Gerencia de Administración y Finanzas informa que en la misma se incurrió en un error involuntario, consignándose erróneamente como Número de Licitación Pública 06/03, siendo el correcto: 08/03. Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos toma intervención a fs. 63. Que por lo expuesto, corresponde proceder a rectificar el error material mencionado.- Que en uso de las atribuciones conferidas por Acta Nº 2672/D/14. EL GERENTE GENERAL DISPONE: 1º.- Rectificar el error material deslizado en el Art. 1º de la DISFC-2014-239-IVC, en la parte pertinente donde dice "...Lic. Pub. 06/03"....debe decir "...Lic. Pub 08/03...". Página Nº 289 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires 2º.- Notifíquese por Edictos.-3º-Refrenda la presente el Gerente de Coordinación General Técnica Administrativa y Legal y de Coordinación General Obras y Servicios.- 3º.- Comuníquese a las Gerencias de Coordinación General Técnica Administrativa y Legal, Coordinación General Obras y Servicios, de Coordinación General Acceso a la Vivienda, de Logística, de Administración y Finanzas, y de Asuntos Jurídicos, y pase a la Gerencia Operativa de Coordinación General Administrativa para su notificación por Edictos, haciéndole saber que lo resuelto es susceptible de impugnación por vía de los Recursos de Reconsideración y/o Jerárquico en subsidio, los que deberán interponerse y fundarse dentro de los plazos de diez (10) y quince (15) días hábiles administrativos respectivamente, contados a partir del día siguiente al de la notificación respectiva (Conf. Arts. 103, 107 y ss del DNU N1 1510/GCBA/97) quedando agotada así la vía administrativa. Sin perjuicio de ello, podrá a su exclusivo criterio, interponer Recurso de Alzada conforme lo dispuesto por el Art. 113 de la norma legal citada u optar por la vía judicial pertinente. Fecho, gírese a la Gerencia Administración y Finanzas. Iván Kerr Gerencia General EO 932 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014 Página Nº 290 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires INSTITUTO DE VIVIENDA DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Nota Nº 3609/IVC/14 El Instituto de la Vivienda de la Ciudad Autónoma de Buenos intima, a que en el plazo de 30 (treinta) días corridos, todos aquellos que se crean con derechos sobre el inmueble sito en Block 1, Piso 19 Dpto. B, del Barrio Savio III, identificado administrativamente como unidad de cuenta 67-115, los hagan valer de acuerdo a lo establecido en el Decreto Nº 512/GCBA/2012. Vencido el plazo establecido en el párrafo anterior y no habiéndose recibido presentación formal se procederá a otorgar sin más trámite la adjudicación del inmueble al solicitante de la regularización dominial. Juan M. Lanusse Gerencia Regularización Dominial y Notarial EO 944 Inicia: 30-7-2014 Vence: 1-8-2014 Página Nº 291 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Juzgado Provincial PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y COMERCIAL DE 8° NOMINACIÓN DE LA CIUDAD DE CÓRDOBA Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 7323599/MGEYA/2014) Carátula:“SORIANO MARIA LOURDES USUCAPION MEDIDAS PREAPARATORIAS PARA USUCAPION EXPTE. 1040956/36” El Juez de 1° Inst. y 8° Nom, en lo Civil y Comercial de Córdoba Capital, Secretaría Única, sito en Caseros 551, 2° piso, de la misma ciudad, en autos “SORIANO MARIA LOURDES USUCAPION MEDIDAS PREAPARATORIAS PARA USUCAPION (Expte. Nº 1040956/36)”, cita y emplaza a los titulares registrales José Augusto Giménez, José Lino Rouco Oliva, Celia de la Peña Bustamante y María Etcheverry de Espeluse o quienes resulten sus sucesores para que en el término de 30 días comparezcan a estar a derecho y constituyan domicilio dentro del radio de 50 cuadras de este Tribunal, bajo apercibimiento de rebeldía, a cuyo fin publíquense edictos en el Boletín Oficial y diario de mayor circulación en la pcia. De Cba y Cap. Fed. Por el término de 10 veces, a intervalos regulares de un período de 30 días. Cítese en la calidad de terceros interesados a la Pcia, Municipalidad y a los colindantes, Ercilio Barbieri, Pando Diamela Lucía o Diamela Prado de Esquelerro, Nuvoli Leonardo Raimundo, Elder David Wolf, Mima Egle Peralta Saavedra, Fereyra Raúl o Fererira Raúl y Sanchez Florencio Oscar para que comparezcan en un plazo de 30 días, haceinedo saber que su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos. Fdo Juan Carlos MACIEL (JUEZ) (PAT) –SINGER BERROTARAN (SEC.) La actora como un solo inmueble, pretende haber adquirido el bien raíz o inmueble que se describe: “UNA FRACCCIÓN DE TERRRENO ubicada en el Depto. Santa María, Pedanía San Isidro, Av Los Paraísos, Algarrobo y Los Espinillos, Mza 3, Lote 15, Nom. Catastral Pcial. Dpto.31 –Ped: 07 – Pblo: 10-C:01 –S:02: M: 003 P:15, que mide: a) la línea A-B de 44,12 mts; b) línea B-C de 42,74 mts; c) línea C-D de 144,12 mts; y d) línea D-A de 42,74 mts Sup.6159 mts.2; y que linda: a) al O, con Av. Los Paraísos; b) al N. con calle Los Espinillos; c) E con calle El Algarrobo; y d) al S. con Parcela 13 de Florencio Oscar Sánchez, con Parcela 11 de Pando de Esquerro Diamela, con Parcela 10 de Ercilio Barbieri con Parcela 9 de Nuvoli Leonardo Raimundo, Wolf Elder David y Peralta Saavedra Mirna Egle y con Parcela 7 de Raúl Ferreira” El inmueble referido ha sido adquirido por la posesión en los términos de la ley y durante más de 20 años de los lotes: a) FRACCIÓN DE TERRENO ubicada en Ped. San Isidro, DEPTO. SANTA MARÏA de ésta Pcia., dentro del establecimiento “Estancia San José” y cuya fracción de acuerdo a plano “A” de fraccionamiento del lugar denominados San José de la Quintana, se designa como L.1 de la Mza. 3, SUP. 900,10 mts2., o sea 21,37 mts de frente por 42,12 mts de fondo, y linda: N., calle Los Espinillos; E., calle El Algarrobo; S., con lote 2 y al O., con lote 14, ambos de la misma mza. Inscripto Matrícula Nº 1060892 (31) a nombre de José Lino Rouco Oliva en el registro Gral. de la Pcia, antecedente dominal al n° 17164, F° 20545, Año 1946, b) FRACCION DE TERRENO, UBIC. en el lugar denominado José de la Quintana, parte de la Estancia San José, Ped. San Isidro, DEPTO. SANTA MARIA, Prov. De Cba., se designa según el Plano A Página Nº 292 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del fraccionamiento de la vendedora como L.2, Mza. 3 y mide: 21,37 mts de frente al E., por 42,12 mts. De fondo, SUP. 910 Mts.2 y linda: al N., lote1; al S., lote 3; al E., calle El Algarrobo y al O, parte del lote 5. Matrícula Nº 1057985 (31) a nombre de José Lino ROUCO OLIVA, en el Registro Gral. de la Pcia, antecedente dominal, 712 F° 818/1948. C) FRACCION DE TERRENO: ubicada en ped. San Isidro, DEPTO, SANTA MARÍA, Pcia. De Cba, dentro del Establecimiento Estancia San José, y de acuerdo al plano A del lugar denominado José de la Quintana, se designa L.10 de la Mza. 3, que mide: 21,37 mts. De frente al O. sobre la Avda. Los Paraísos, por 42 mts. De fondo, SUP. 897,54 Mts.2, lindando: al N., lote 11; al S., lote 9; al E., parte del lote 12; y al O., la expresada Avda. Matrícula Nº 1061655 (31) a nombre de Celia DE LA PEÑA de BUSTAMANTE, en el registro Gral. de la Pcia, Antecedente dominal, 18329 F° 21984/1946, d) FRACCIÓN DE TERRENO: ubicada en el lugar denominado José de la Quintana, en Ped. San Isidro, Depto. San María, Prov. De Cba, que es parte de la Estancia San José y se designa como L. 11 de la mza 3, que consta de : 21,37 mts. De frente al O. sobre Av. Los Paraísos; igual medida en su contrafrente al E, por donde linda con parte del lote doce, 42 mts, en su costado N, lindando con calle Los Espinillos e igual medida en su costado S, por donde linda el lote10, todos de igual mza, Sup. 897,54 mts2. Dominio 31041, F° 37692, Año 1955, del registro Gral. de la Pcia, a nombre de María Etcheverry de Espeluse. e) FRACCION DE TERRENO ubicado en San José de la Quintana, Ped. San Isidro, DEPTO PUNILLA, Pcia de Cba, designado según plano del Ing Jesús E. Buteler, L.12 de la Mza 3, que mide 20 mts. De frente al N. sobre calle Los Espinillos, por 42,64 mts. De fondo, SUP. 854,80Mts2, lindando: al N. calle Los Espinillos; al S. fondos del 1. 7; al O. fndo de los lotes 10 y 11; y al E. con el lote 13, todos de la misma mza. Matrícula Nº 974661 (23) a nombre de José Augusto GIMÉNEZ, antecedente dominal 6223, F° 7835, Año 1953, f) LOTE DE TERRENO ubicado en San José de la Quintana, Ped. San Isidro, DEPTO PUNILLA, Pcia de Cba, designado según plano del Ing. J. E. Buteler, como L.13 de la Mza 3, que mide 20 mts. de frente al N. sobre calle Los Espinillos, por 42,74 mts. de fondo, SUP. 854,80 Mts.2, lindando: al N. calle Los Espinillos; al S. fondos del lote 6; al O. con el L.12; y al E. con el lote 14, todos de la misma mza. Matrícula Nº 974662 (23) a nombre de José Augusto GIMÉNEZ, antecedente dominal, 6123 F° 7835/1953, g) LOTE DE TERRENO ubicado en San José de la Quintana, Ped. San Isidro, DEPTO. PUNILLA, Pcia de Cba, designado según plano del Ing. J.E. Buteler, como L14 de la Mza 3, que mide 20 mts. de frente sobre calle Los Espinillos, por 42,74 mts. de fondo, SUP. 854,80 Mts.2, lindando: al N. cállelos espinillos; al S. con fondos del lote 5; al O. con L.13; y al E. con fondos de los L. 1 y 2, todos de la misma mza. Matrícula Nº 974663 (23) a nombre de José Augusto GIMENEZ, Antecedente dominal 6123 F° 7835/1953. Of. 02.06.2014. Silvina Saini Prosecretaria Letrada OJ 168 PODER JUDICIAL DE LA PROVINCIA DEL CHACO JUZGADO CIVIL Y COMERCIAL N° 7 Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 8988810/MGEYA/2014) Carátula “CORONEL HIPÓLITO C/ MARPEGAN MARIO Y/O QUIEN RESULTE PROPIETARIO S/ USUCAPIÓN EXPTE N° 9118/05” Página Nº 293 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires La Dra. Lidia Márquez, juez titular a cargo del del Juzgado Civil y Comercial N° 7 de la ciudad de Resistencia, Chaco, sito en Avda. Laprida N° 33, Torre 2, 2° piso, en autos caratulados: Coronel Hipólito C/ Marpegan Mario Y/O Quien Resulte Propietario S/ Usucapión Expte N° 9118/05, cita por edictos a Mario Marpegan, MI N° 2.535.237, que se publicarán por dos (2) días en el Boletín Oficial y un diario de la C.A.B.A, para que en el término de quince (15) días de su última publicación comparezca a tomar intervención en la presente causa, bajo apercibimiento de designar al Defensor Oficial de Ausentes para que lo represente en el juicio. Lidia Marquez Juez OJ 200 Inicia: 28-7-2014 Vence: 1-8-2014 Página Nº 294 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires MINISTERIO PUBLICO FISCAL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL UNIDAD FISCAL OESTE - UNIDAD DE TRAMITACIÓN COMÚN Citación (Oficio Judicial E.E. Nº 9188773/MGEYA/2014) Carátula “JIMENEZ, JOSÉ AGUSTÍN - ART: 149 BIS 1° PARRAFO” El Dr. Martín López Zavaleta, Titular del Equipo Fiscal “E”, de la Unidad Fiscal Oeste, con asiento en Av. Paseo Colón 1333, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (5299- 4400 Int. 4451/52), en el marco del Legajo MPF 26752 caratulado “JIMENEZ, JOSÉ AGUSTIN - Art: 149 bis 1° párrafo” cita y emplaza a José Agustín Jiménez, DNI 94.237.900 a fin de que comparezca a la sede de ese Equipo Fiscal dentro del tercer día hábil de notificado, en el horario de 9 a 15 horas, a efectos de recibirle declaración conforme el art. 161 CPPCABA, bajo apercibimiento en caso de incomparecencia injustificada de requerir su declaración de rebeldía y su posterior captura. Se deja constancia que el delito que motiva el proceso se encuentra previsto en el art. 149 bis 1° párrafo del Código Penal. Publíquese por cinco (5) días. Se le hace saber que vencido el plazo del edicto sin que se hubiera presentado, se lo tendrá por notificado. Cynthia Benitez Secretaria OJ 203 Inicia: 30-7-2014 Vence: 5-8-2014 Página Nº 295 Nº4449 - 31/07/2014 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
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