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March 29, 2018 | Author: Ivan Adib Katib | Category: Criminal Law, Case Law, Judge, Felony, Justice


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VEREDICTORevista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal ® >> Jorge Neaves >> durango >> caso Rubí promueve defensoría autónoma reforman la ley; agravan penas Presentan análisis jurídico Año 2 • Número 19 • 2011 “ vamos a romper inercias “ presidente del supremo tribunal de justicia Precio $40 www.veredicto.com.mx editorial Dora Villalobos Mendoza Directora General [email protected] [email protected] Oksana Volchanskaya Directora Editorial Candelaria GARCÍA Corresponsal Durango Manuel rodrÍguez Corresponsal Coahuila Viviana VilLALOBOS Administración Yuddith VilLALOBOS Publicidad D. GonzÁLEZ Diseño y Producción Fotografía STaff Mario Ortiz Corrección de Estilo Web design www.aumenta.com.mx Colaboradores Yannedh Villalobos Froilán Meza Carolina Cardona Articulistas José Alfredo Fierro Francisco Javier Pizarro Víctor González Castro Ciro Loera Huereca Jaime Flores Lerma Ricardo Márquez Corrección Manuel Delgado Urge dar autonomía a la Defensoría Pública in duda, Jorge Neaves Chacón, director general de la Defensoría Pública del Estado de Chihuahua, tiene mucha razón cuando dice que es necesario dar autonomía a esta institución. En Chihuahua la Defensoría Pública depende del Poder Ejecutivo, concretamente de la Secretaría General de Gobierno. Hay que precisar que en Chihuahua, a partir del nuevo sistema de justicia penal, el noventa por ciento de los procesos penales los litigan defensores públicos y sólo en el diez por ciento participan abogados privados. No se entiende, entonces, con cuánta libertad se enfrentan en los procesos los defensores públicos y los agentes del Ministerio Público, figuras que necesariamente entran en contradicción jurídica en todos los juicios. Y es que por mucho que en el discurso prometa autonomía, para el Poder Ejecutivo siempre será una tentación someter a la Defensoría Pública, sobre todo en los juicios difíciles. Un ejemplo es el caso de Rubí Marisol Frayre. Aún con el riesgo de que sea absuelto el inculpado Sergio Rafael Barraza Bocanegra, cosa que nadie queremos, lo cierto es que el defensor público Joel Meneses no sólo tiene derecho, sino la obligación, de utilizar todos los instrumentos legales en beneficio de su defendido, incluido el amparo. Debido a que el caso se ha complicado tanto, jurídica y políticamente, resulta fácil criticar y sancionar a Meneses, pero debe quedar claro que un sistema de justicia penal, el que sea, sólo será efectivo si la Defensoría Pública se fortalece y actúa realmente con autonomía tanto del Poder Ejecutivo como del Judicial. S Impresión Carmona Impresores S.A de C.V www.carmonaimpresores.com.mx VEREDICTO Año 2, número 19, febrero 2011. ® Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Es una publicación mensual, editada y publicada por DIXI Editorial, S.C. VEREDICTO, revista mensual febrero de 2011. Editora Responsable: Dora Villalobos Mendoza. Número de Certificado de Reserva otorgado por el Instituto Nacional del Derecho de Autor: 04-2009-101317064700-102 Número de Certificado de Licitud de Título en trámite. Número de Certificado de Licitud de Contenido en trámite. Calle 19 #706, Col. Santo Niño, C.P. 31200. Chihuahua, Chihuahua, México. Impreso en Carmona Impresores, Calzada Lázaro Cárdenas 850, Torreón, Coahuila. Teléfono (614) 426-67-21 www.veredicto.com.mx El contenido de los artículos firmados es responsabilidad del autor. SE PROHIBE la reproducción parcial o total del contenido, fotografías y gráficos en medios impresos o electrónicos. Sólo con la autorización de la Dirección Editorial y dando crédito a la revista VEREDICTO. Dora Villalobos 03 VEREDICTO contenido Jorge Neaves Chacón En el primer Informe de Labores, el titular del Poder Judicial de Chihuahua anuncia cambios al interior de la institución y advierte que se van a romper las inercias del pasado [12] "Se necesita una defensoría autónoma" [20] Presentan análisis jurídico del caso Rubí[26] Hesbert Benavente Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Habla el experto peruano sobre el avance del nuevo sistema en México [44] Aprueba el Congreso sendas reformas penales en el primer periodo ordinario [42] 04 VEREDICTO / Año 2 • Número 19 VEREDICTO Llevan los jueces de Garantía el 99 % de los casos en el nuevo sistema penal [32] [38] Firma UACh convenio de colaboración con el Supremo Tribunal de Justicia [49] Dan 8 años de cárcel al extorsionador detenido en un operativo policiaco [6] VEREDICTO / Año 2 • Número 19 expediente Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Entrega Fiscalía títulos a los agentes ministeriales graduados, algunos de ellos post mortem, de la Licenciatura en Procuración de Justicia [40] Durango Proponen agravar penas en delito de robo y a conductores ebrios 38 05 >>expediente extorsionador Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Recibe 8 años de cárcel VEREDICTO / Año 2 • Número 19 06 . VEREDICTO / Año 2 • Número 19 Foto: Veredicto Modelo Charly Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal 07 . Este fue el primer caso de extorsión que se resolvió con la aplicación de la reforma de enero del 2010 co Osbaldo le dijo que quería llegar a un acuerdo. volvió a llamar el mismo sujeto e informó a Fracisco Osbaldo que ya había hablado con el jefe de la organización delictiva en Ciudad Juárez y que le iban a dar oportunidad de pagar ese mismo día. por lo que al recibir la cartulina. la víctima también mencionó que un día después los agentes de la Policía Ministerial le sugirieron que dijera que ya tenía el dinero y le informaron que iban a montar un operativo. lo cual él no aceptó aclarando que no iba a arriesgar su integridad física. que le había conseguido 80 mil pesos. La víctima abundó que el 21 de junio. La víctima puntualizó que luego de esta llamada el sujeto le habló varias veces con la intención de cambiar el lugar de la entrega. pues hacía unos meses le habían hablado a su teléfono celular para exigirle una “cuota”. el extorsionador le volvió a llamar y le preguntó por el dinero. Francis- VEREDICTO / Año 2 • Número 19 . Cabe señalar que una de las pruebas que el Ministerio Público presentó en su acusación. En la denuncia narró que el 18 de junio del 2010 le dejaron en su local una cartulina en la que le exigían un pago y amenazaban con matar a su hija. quien le preguntó sobre el dinero y al contestarle que todavía no lo tenía. le preguntó que si se iba a “acoplar” y le exigió 300 mil pesos. El afectado subrayó que ese mismo día su esposa interpuso la denuncia. le habló un sujeto a su celular. En la narración de los hechos.El 24 de enero del 2011 concluyó el juicio por extorsión. por lo que el sujeto le dijo que volvería a hablarle para pactar la entrega y que no se le ocurriera hablar a la policía o “salir con una pendejada”. y el sujeto le dijo que tenía que entregar por lo menos la mitad de lo que le pedía. a lo que Francisco Osbaldo le contestó que sólo le podía conseguir 70 mil pesos.>>expediente C YANNEDH VILLALOBOS MENDOZA hihuahua. aproximadamente a las tres de la tarde. con la sentencia de 8 años de prisión a Manuel Oswaldo Velázquez Gutiérrez. Osbaldo recibió otra llamada del mismo sujeto. En su testimonio. repleta de palabras altisonantes y faltas de ortografía muy marcadas y características en los escritos criminales. Chih. aproximadamente a las doce del día. en la cual narró los hechos. aproximadamente a las cinco de la tarde.. El mismo 21 de junio. a sus familiares más cercanos. quien aclaró que era el de la cartulina. fue precisamente esa cartulina. el extorsionador se molestó y le dijo que no quería cooperar y por lo tanto no le iban a dar protección. que a él también lo estaban apurando la gente del grupo criminal que encargó el trabajo y que le iban a “dar en la madre a mi familia”. Al día siguiente. La víctima fue Francisco Osbaldo Bencomo Rodríguez. El denunciante es dueño de una tortillería. sin embargo. la cual transmitía una amenaza de muerte al comerciante. la víctima relató que no era la primera vez que lo intentaban extorsionar. habló el mismo 18 de junio al celular de donde habían intentado extorsionarlo y le contestó un hombre que dijo que tenía como 15 días con el celular. Señaló la víctima que ese mismo día. en una última llamada el extorsionador le informó a Francisco Osbaldo que iba a mandar a otro sujeto a recoger el dinero. Media hora después. quien se animó a interponer su denuncia ante el Ministerio Público. El mismo 19 de junio. a su mujer y a su suegra. le aclaró que iría un mucha- 08 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal El caso sucedió en esta ciudad capital. a lo que contestó que ya lo tenía. el extorsionador le volvió a hablar y Francisco Osbaldo aconsejado por los agentes investigadores le dijo que le iba a entregar el dinero en una bolsa de maseca afuera de la tortillería. dictada por un juez de Garantía en el juicio oral abreviado. si no quería ver muerta a su familia. ubicada en una colonia al norte de la ciudad. el 19 de junio. por el delito de extorsión. uno de ellos con la vestimenta que se había anticipado y quien entró a la tortillería. En el informe. con tres sujetos. estuvieron al tanto de la negociación y de las señas del joven que recogería el dinero. quien precisó que desde el 26 de abril del 2010 ella y su pareja acudieron a la Unidad de Delitos Patrimoniales a poner reporte de extorsión. Al salir el joven con el costal que le dio la víctima. Los mismos agentes procedieron a asegurar el vehículo. Chihuahua. los dos abordaron el Tsuru guinda. discretamente. coincidiendo su declaración con la de la víctima. los agentes ministeriales vigilaron las calles aledañas al domicilio. Salvador Eduardo Fierro Díaz. y el otro se quedó vigilando afuera. mismo que resultó con reporte de robo del 2 de junio del 2010 en ciudad Delicias. quien ingresó al negocio a recoger el dinero. en las fracciones VI y VII del Código Penal del Estado. así como el innominado previsto en el artículo 212 Bis. los agentes ministeriales detallaron que desde que se recibió la denuncia. a quien Francisco Osbaldo le entregó la bolsa con el dinero. short blanco y huaraches y le reiteró la amenaza de matarlo si hablaba a la policía. quien conducía. la víctima aclaró que. al tiempo que recibía algunas llamadas de uno de los extorsionadores. por Jesús Antonio Escárcega Garibay. y a Erick García Domínguez. En ese momento los agentes interceptaron el vehículo y detuvieron en flagracia a Manuel Oswaldo Velázquez Gutiérrez. Francisco Grijalva Martínez. 09 . quien conducía el auto. Luis Carlos Carrasco Villarreal. de donde bajaron dos jóvenes. quien se quedó vigilando desde afuera de la tortillería. Como parte del operativo. Gilberto Guerrero Martínez y Paúl Ignacio Gómez Payan.cho vestido con camiseta a rayas. en torno al operativo que se implementó el 21 de junio en la tortillería El Maizal y del cual ellos formaron parte. Gerardo Sánchez Chaparro. en la fracción VII. El Juicio El 23 de junio del 2010 se realizó ante un juez de Garantía la audiencia de formulación de la imputación. al interior del cual los esperaba otro joven. en las cuales acordaron la entrega del dinero. mantuvieron contacto directo con la víctima y su familia a fin de asesorarlo acerca del protocolo que se seguiría para lograr la detención de alguna persona VEREDICTO / Año 2 • Número 19 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal en flagrancia. desde temprano. Fue aproximadamente a las 14:00 horas. fueron detenidos él y otros dos jóvenes. Marely Vianey Ochoa Torres. Como prueba contundente. y el 28 de junio del mismo año. en la fracción VI. que con dicho vehículo se cometa otro delito doloso. por recomendaciones de los agentes investigadores. También dentro del mismo informe. Como ya se había montado el operativo por parte de la Policía Ministerial. En su testimonial. de color guinda. y que para el mes de febrero recibieron una cartulina que traía la leyenda “nos equivocamos de maizal sigues tu” a la cual no le dieron importancia. Jesús José Sánchez. se tomó en cuenta también el parte informativo elaborado por los agentes de la Policía Ministerial Brenda Juguete Carrillo González. El Operativo de Detención Poco tiempo después de la ultima llamada llegó a la tortillería un joven con todas las características que le dio el extorsionador. concubina de Francisco Osbaldo Bencomo. Otra de las pruebas de la Fiscalía fue la declaración de Claudia Ruiz Rosales. uno de los agentes permaneció al interior del negocio a efecto de brindar protección a la víctima. detentar o poseer un vehículo robado y. por las primeras llamadas que recibieron. en el paquete que entregó al joven puso únicamente 100 pesos y el resto era papel periódico. que estipulan como delito. la vinculación a proceso en contra de los tres imputados. cuando los agentes observaron que a unos metros de la tortillería se detuvo un vehículo Nissan Tsuru. Los policías señalaron que el 21 de junio llegaron. En el parte informativo. los agentes abundan que ellos orientaron a la víctima para que hiciera un envoltorio simulando la cantidad de 80 mil pesos con periódico y que al interior incluyera únicamente 100 pesos. Claudia Ruiz se refirió también a la cartulina que dejaron en la tortillería el 17 de junio. precisaron que la víctima contó siempre con asesoría durante la negociación y le indicaron a Francisco Osbaldo que dijera a los extorsionadores que entregaría 80 mil pesos. inmediatamente después de que el joven se retiró de la tortillería. los cuales se pusieron en un costal de maseca. a la tortillería el Maizal. “Originalmente. El primero de ellos. pues las denuncias de personas que fueron presuntamente extorsionadas subieron a dos mil 32. hora a la que entró a trabajar. y solicita la entrega de dinero de manera directa. a realizar. en su perjuicio o de algún tercero. “Todos esos casos los hemos detenido en un 90 por ciento. es por la llamada extorsión telefónica. Coordinador de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Patrimoniales de la Fiscalía Especial en Investigación y Persecución del Delito en la Zona Centro. Ricardo Araujo Salinas y Patricia Pacheco Castillo. obligare a otro. y además señaló que su hermana Julia Pacheco fue quien avisó por celular a Claudia Ruiz sobre la cartulina. para quedar de 4 a 15 años. en el 2009 a dos mil 472 y el registro del 2010 cerró en más de dos mil 500 casos. inclusive los extorsionadores alcanzaban libertad condicional y todos los beneficios. quien se desempaña como repartidor de la tortillería. y poniendo a disposición de la población un teléfono Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal las 24 horas. se ha recurrido a una política de prevención. con ánimo de lucro. que se hace a través de llamadas desde distintos estados de la República e inclusive. a propuesta del gobernador César Duarte Jáquez. que muchas veces las llamadas provienen de números privados o piratas o irregulares”. del interior de los reclusorios. La declaración testimonial de Patricia Pacheco fue concordante con la de Ricardo Araujo. Mencionó que al momento de recoger la cartulina lo acompañaban otras dos trabajadoras de la tortillería. Otro tipo de extorsión es con la cartulina y la amenaza grotesca. “Este comportamiento delictivo nos obligó a hacer una propuesta de política criminal”. los que no hemos detenido es porque no han ido a recibir el dinero o simplemente se dieron cuenta de que ya había una investigación y desistieron de su propósito”. le pagaban a la víctima y ésta otorgaba el perdón y se quedaban sin castigo. La situación cambió de manera radical a partir del 2008. Obviamente. a través de medios de comunicación.>>expediente El Ministerio Público incluyó. el delito era de querella. 10 VEREDICTO / Año 2 • Número 19 . quienes también vieron la leyenda que venía impresa. Para este tipo de extorsión. puntualiza Humberto Chávez Meléndez. El fiscal señala que el mayor número de casos que se presentan de este tipo penal. dijo que el jueves 17 de junio como a las cinco de la mañana. que no tuvieran miedo. Patricia Pacheco y Julia Pacheco. omitir o tolerar un acto. en el cual antes se contemplaba una pena de 2 a 8 años de prisión. Entre otras pruebas documentales que aportó la Fiscalía. donde se asesora a la gente para que no realice los depósitos. Como era de querella. porque estamos sujetos al secreto bancario y a los comportamientos telefónicos. deteníamos a los probables responsables. quien acudió a recogerla y les aseguró que no pasaba nada. se le impondrán de cuatro a quince años de prisión y de cien a ochocientos días de multa. se reformó nuevamente el Código Penal del Estado de Chihuahua y se implementó la cadena perpetua para los extorsionadores bajo ciertos supuestos. Mientras que la persecución cambió a oficiosa. encontró la cartulina con el mensaje de amenaza a su jefe Francisco Osbaldo Bencomo con dañar a su familia. además. en su artículo 231. del 2007 al 2010 el índice de tentativas de extorsión subió un 600 por ciento. asegura Chávez Meléndez. “Es muy difícil la persecución penal de la extorsión telefónica. con sede en la capital de Chihuahua. los testimonios de dos trabajadores de la tortillería El Maizal. Recientemente. de gente que se presenta en los negocios como miembros de una organización criminal. Como parte de esa nueva política criminal. Artículo 231 A quien por cualquier conducto. en enero del 2010 se realizó una reforma al Código Penal del Estado. comenta Humberto Chávez. que para ellos éste era un buen negocio. Es decir. con violencia o intimidación. a veces sin serlo. pues ese año se registraron un total de 425 llamadas de personas que tentativamente habían sido víctimas de este ilícito. Todo esto cambió con la reforma”. está un oficio Las estadísticas indican que hasta el 2007 la comisión del delito de extorsión no representaba un problema para la autoridad encargada de su persecución. explica Chávez Meléndez. por disposición judicial. Martha Elvira Holguín. Intervengan dos o más personas armadas o portando instrumentos peligrosos. cuando porte vestimentas o instrumentos de identificación. por lo que le impuso 4 años por el primer delito. quien encontró culpable a Manuel Oswaldo Velázquez Gutiérrez por los delitos de extorsión y el previsto en el artículo 212 Bis en sus fracciones VI y VII. V. de parentesco o de negocios con la víctima o con sus familiares. asimismo. y otros 4 años por el segundo. pues los dos imputados fallecieron ahorcados en el Centro de Reinserción Social de Aquiles Serdán apenas una semana después de haber sido internados. Humberto Chávez Meléndez Coordinador de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Patrimoniales VEREDICTO / Año 2 • Número 19 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal 11 . III. pues en el 2008 se le sentenció como responsable del homicidio imprudencial en perjuicio de Pedro Reyes Bonilla. El sujeto activo del delito sea o haya sido. Cabe mencionar que. en el cual se informa que Manuel Oswaldo Velázquez Gutiérrez tiene un antecedente penal.Foto: Veredicto Modelo Charly del Departamento de Antecedentes Penales de la entonces Subprocuraduría Zona Centro (ahora Fiscalía en Investigación y Persecución de Delitos Zona Centro). laboral. Cuando se logre que la víctima o un tercero. Finalmente. pena que se acumuló a 8 años de prisión y por lo tanto sin derecho al beneficio de la libertad condicional. II. Se cometa en contra de menor de edad o de persona mayor de setenta años. IV. integrante de alguna institución policial o servidor público en alguna de las áreas de prevención o persecución de delitos. noticia que trascendió en diversos periódicos locales. o tenga alguna relación de confianza. La parte acusadora presentó también la documental de la denuncia de robo del vehículo que los extor- sionadores utilizaron para cometer el delito. se sobreseyó la causa respecto de las acusaciones en contra de Jesús José Sánchez y Erick García Domínguez. administración de justicia o reinserción social. Se emplee violencia física. cuando en la comisión del delito se dé alguna de las siguientes modalidades: I. el 24 de enero del 2011 la causa penal número 1261/2010 se llevó a un procedimiento especial abreviado a cargo de la jueza de Garantía. entregue alguna cantidad de dinero para evitar el daño con que se amenaza. de los utilizados por integrantes de instituciones de seguridad pública. Fotos: Cortesía Se impondrá prisión vitalicia. o se ostente sin serlo. >>durango >Poder Judicial Foto: Cortesdia Javier Ramírez Benítez Presidente del Supremo Tribunal de Justicia de Chihuahua 12 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal VEREDICTO / Año 2 • Número 19 . en el Teatro de la Ciudad de la capital del estado. Fernando Mendoza Ruiz VEREDICTO / Año 2 • Número 19 13 .“vamos a romper inercias“ Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal El titular del Poder Judicial de Chihuahua. del año judicial 2010. Javier Ramírez Benítez. con la presencia del gobernador del estado. César Duarte y el presidente del Congreso local. rindió ante el pleno del Supremo Tribunal de Justicia su primer informe de labores. expedita y objetiva. afirmó ante un auditorio lleno de jueces. confianza y credibilidad en los justiciables”. aseveró ante los 21 magistrados que componen el pleno del Supremo Tribunal de Justicia y el Fiscal General del Estado. responsable. “Pero también sé de la situación que prevalece actualmente. de la posición que debe guardar el Supremo Tribunal de Justicia ante los ojos escrutadores de la sociedad”. en atención a las demandas de la comunidad. serio. Admitió que “impartir y administrar justicia es una labor en extremo difícil” y que ahora como nunca se debe hacer con apego a la ley de manera imparcial. de una imagen de una administración desafortunada. dijo Ramírez Benítez ante el gobernador del Estado. la inercia que venía arrastrando debe quedar atrás. Chih.Frente a las demandas de la sociedad “hoy por hoy tan golpeada por la violencia”.. en alusión clara al Tribunal de Juicio Oral que VEREDICTO / Año 2 • Número 19 . Cierto estoy. y el presidente del Congreso local. magistrados. que se debe demostrar una imagen de trabajo. “Esta administración está consciente de los tiempos actuales. Fernando Mendoza. “Se tiene que conducir la institución con fórmulas nuevas. César Duarte. funcionarios estatales y municipales. Ramírez Benítez exigió a los servidores cumplir a cabalidad con las tareas encomendadas y aseguró que se aplicarán sanciones severas a los que incumplan con sus obligaciones.>>entrevista >>durango >Poder Judicial El pleno del Supremo Tribunal de Justicia del Estado Foto: Cortesía CAROLINA CARDONA C 14 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal hihuahua. necesariamente”. diputados y el público en general. nuestro reto es un Poder Judicial con justicia eficiente. al rendir su primer informe de labores. Javier Ramírez Benítez. por el yerro de un tribunal que muestra aparentemente a una institución débil y desorganizada”. que represente una solución al entorno social. manifestó el magistrado. de su complejidad. El titular del Poder Judicial anunció cambios sustanciales en la instirución que encabeza. que su ejercicio genere “seguridad jurídica. atributo indispensable para contribuir a la paz social. dijo el magistrado presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Chihuahua. Carlos Manuel Salas. Dicho proceso de mejora continua se hará en dos vertientes. ampliará los aspectos de la formación judicial. mediante la instalación de maestrías. Mejora Continua VEREDICTO / Año 2 • Número 19 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Durante la sesión extraordinaria del pleno que se llevó a cabo en el recinto del Teatro de la Ciudad el 27 de enero del 2011. con otras bases y. estimó. con índices de medición. diplomados y cursos que mantengan a la vanguardia la impartición de justicia. Javier Ramírez recalcó la necesidad de “trabajar con otras ideas. Todo esto. para ello. con estándares internacionales.Foto: Cortesía El presídium absolvió al asesino de Rubí Marisol Frayre Escobedo en mayo del 2010. Para asegurarse que el primer paso quede blindado contra decisiones de carácter subjetivo. anunció Ramírez Benítez. dio la instrucción para que el Centro de Formación y Actualización Judicial amplíe en los 14 Distritos Judiciales las acciones basadas en la credibilidad judicial. que es una norma internacional que promueve la medición para mejorar la eficacia de una organización. Ya se inició el trabajo hacia una certificación internacional del Supremo Tribunal de Justicia de Chihuahua. La primera es el análisis de puestos con el objetivo de determinar el perfil de cada empleado y funcionario para alinearlos en estructura coherente. primeramente se llevará a cabo un reordenamiento administrativo que permita una mejora continua de las actividades que en esta materia se desarrollan en auxilio de la función jurisdiccional”. lo que contribuirá a que la institución se consolide. También expresó su interés en promover las reformas necesarias para contar con el acceso a una justi- 15 . Los servidores judiciales debemos participar con dedicación. expresó Ramírez. En su primer informe del año judicial 2010. Los tres jueces que conformaron este tribunal actualmente son materia de un juicio político en el Congreso del Estado. responsabilidad y entrega. la segunda vía será instalar un sistema de seguimiento conocido como el ISSO 9001-2008. pues es fundamental el cumplimiento de su tarea. así como el público en general. los convocó también a sumarse a este esfuerzo. durante el Primer Informe de Labores del titular del Poder Judicial Fotos: Cortesía Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal cia pronta y expedita. y realizar una reestructuración de aquellos cuerpos legales que norman a la institución. Asimismo. mejorando el desempeño de su función. del municipio de Chihuahua. A los ministerios públicos responsables del sistema penal acusatorio. en el Teatro de la Ciudad. reiteró su compromiso de estar atento a las demandas sociales para proceder a realizar las reformas a las leyes penales. Planteó la instrucción para que se aplique un plan de trabajo que refuerce las tecnologías de la información e hizo una atenta convocatoria a barras y colegios de abogados para que se integren a esa tarea que redundará en el enriquecimiento de la justicia y a que “caminemos a una nueva cultura de la legalidad”.>>entrevista >>durango >poder judicial Funcionarios de los tres poderes del Estado. 16 VEREDICTO / Año 2 • Número 19 . Cumplimiento y Sanciones El titular del Poder Judicial aseguró que habrá una exigencia para que cada funcionario cumpla a cabalidad con la tarea encomendada y que habrá “sanciones cuando exista incumplimiento de las obligaciones que el cargo les demanda”. Añadió que los funcionarios judiciales no son comunes. debe de resolver con base en argumentaciones sólidas. tienen la responsabilidad de juzgar. tenemos el deber de cuidar a nuestras instituciones democráticas de los malos funcionarios y también de quienes hacen de la indignación un motivo para sembrar odio. “principios y valores a que nos debemos. el juzgador no debe limitarse simplemente a la aplicación de la ley. o exoneran sin más. César Duarte Jáquez. Javier Ramírez Benítez VEREDICTO / Año 2 • Número 19 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal “En estos tiempos. dijo el primer mandatario. para que el justiciable vea al funcionario a los ojos y se dé cuenta que es humano. “Quitemos la venda de la ignominia. El punto clave es que el juez juzgue en el marco de normas sustantivas y procesales claras. tiene qué ver con la cultura de sensatez. Moralizar la Política En su mensaje. entre el ejercicio de la función jurisdiccional y la comunidad. criticarlas para mejorarlas. recalcó. lógicos y adecuados que convenzan a los justiciables. la capa para que la tiendan en el camino significativo de la justi- cia y la pluma para que se demuestre el valor. rencor y venganza”. para evitar el reclamo social. emitidos de forma reiterada generen confianza en la sociedad. 17 . con criterios jurídicos. La justa exigencia social de contar con instituciones de justicia imparciales y objetivas no admite sustituciones ni suplantaciones. determinaciones justas. fiel escrutadora del quehacer jurisdiccional”. no a politizar la moral”. La tarea de un juez. la sociedad confiará en sus juzgadores.Foto: Cortesía El gobernador César Duarte Jáquez y el titular del Poder Judicial. Citó al filósofo y jurista Norberto Bobbio en su postura de que la demo- cracia es el gobierno del poder público en público. y aseguró que los principios éticos y los valores culturales de la comunidad son los nutrientes de las normas sustantivas y procesales que delimitan a los poderes públicos y privados. Debe existir un eco. no para sustituirlas por personas o poderes reales que emiten sentencias de opinión pública. dijo el jefe del Ejecutivo. “Vamos a moralizar la política. Es responsabilidad de todos. pero nunca en detrimento de la responsabilidad jurídica y legal que ciñe los actos públicos al imperio de la ley”. y que. señaló. pues en la medida en que el órgano que tiene encomendada la noble atribución de aplicar el derecho convenza a los litigantes con resoluciones que reúnan dichos supuestos. la capa de inseguridad y la pluma del temor”. indicó. indicó. éticos y políticos”. equilibrio y oportunidad. Y ya en detalle explicó: La venda. y juzgar al semejante es la responsabilidad más sensible y difícil. “En nuestro régimen representativo no hay poder exento de responder de sus mandatos legales. el gobernador del Estado de Chihuahua. va más allá de la certidumbre procesal. señaló que “hoy más que nunca. expresó. recalcó Duarte Jáquez. manifestó. >>entrevista >>durango >poder judicial Foto: Cortesía césar duarte jáquez gobernador constitucional del estado de chihuauhua 18 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal VEREDICTO / Año 2 • Número 19 . la autoridad suficiente para que pueda proteger a las instituciones de los peligros que las acechan. Ni la sociedad pacífica y trabajadora”. tiene el deber político de alentar el acuerdo y los consensos que permitan a todos enriquecer el espíritu de colaboración pública y de participación social. distantes. aún en la complejidad que vivimos. Igualmente. los ciudadanos confían al gobernador. el juez no juzga objetos o cosas. afirmó. porque es un legado que estamos obligados a entregar a las futuras generaciones. el compromiso de que la justicia no sea una fracción vacía de contenido humano. con respeto y civilidad. Los enemigos no somos nosotros. abundó. y por el contrario. los poderes hemos encontrado la forma de colaborar con respeto y poniendo lo mejor de nosotros mismos. dijo. están escondidos. Tenemos el deber de conservar la unidad que fortalece. que sean islas lejanas. “De ello se sigue la importancia que tiene la tarea de juzgar y la responsabilidad política de los gobernantes de retomar el derecho”. Los verdaderos enemigos.“El juez asume más allá de las normas. nadie. nadie. “Lo rechazamos porque. manifestó. División de Poderes César Duarte expresó su convicción de que el principio de la división de poderes es equilibrio y contrapeso. “La crítica democrática no debe ser ciega ni ingenua. Ni los poderes públicos. En esta tradición de cultura política. enmascarados en la impunidad de la maldad y el odio. rechazó la sujeción de un poder a otro. precisó. la colaboración entre los distintos órganos y entre las diferentes competencias constitucionales. en clara alusión a la crítica que despertó el caso de los jueces que absolvieron al asesino de Rubí. pero no significa. “Entiendo que con el voto legítimo. VEREDICTO / Año 2 • Número 19 19 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal . En la edificación de la sociedad libre y pacífica que todos queremos. “el peligro de la selva nos amenaza con el caos de la anarquía”. Independencia de Poderes El gobernador de Chihuahua. tenemos una tarea colectiva que nos incumbe a todos. aseveró Duarte. En su enérgico discurso aseguró que nadie distraerá el rumbo institucional y pacífico que hemos definido los chihuahuenses. el gobernador asume la  responsabili- dad de generar un clima de concordia y entendimiento”. No renunciaremos a la voluntad de ser una sociedad abierta y un Estado democrático”. Los clamores incendiarios y las acusaciones sumarias no le sirven a la sociedad. es la mejor muestra para el trabajo. advirtió. El gobernador recordó que el país vive “horas de explicable indignación por el clima de violencia criminal y por la respuesta insuficiente de las instituciones” y afirmó que es un deber de la sociedad que esta indignación no pervierta su objetivo. advirtió. dijo Duarte. recalcó. en donde cada quien cumple con sus tareas respectivas. porque nada es tan peligroso para el pueblo como la debilidad de sus instituciones democráticas. el ser humano es principio y fin de la justicia”. sino la concreción de los ideales de justicia. y tampoco el terrorismo verbal o la incitación al odio que sólo causan más temor y más violencia. El liderazgo político del gobernador es un liderazgo democrático de larga tradición histórica y jurídica. porque es un destino que nos legaron nuestros antepasados que entregaron lo mejor de ellos mismos. indicó Duarte Jáquez. >>entrevista >>durango >DEFENSORÍA Foto: Veredicto Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Jorge Neaves Chacón Director general de la Defensoría Pública del Estado 20 VEREDICTO / Año 2 • Número 19 . Se necesita una Defensoría autónoma CAROLINA CARDONA/OKSANA VOLCHANSKAYA carolina cardona / oksana volchanskaya C VEREDICTO / Año 2 • Número 19 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal hihuahua.Jorge Neaves Chacón.. analiza los retos y la problemática que encara su puesto y destaca la necesidad de convertir esa área en organismo constitucional autónomo. Chih. recién nombrado como director de la Defensoría Pública del Estado. 21 . Otro de los retos que se plantea Jorge Neaves es dotar a la Defensoría Pública de una infraestructura más moderna y adecuada para este tipo de servicio. para llegar a una reestructuración orgánica en base a la carga del trabajo y las capacidades de los abogados que integran el organismo. porque en el secreto profesional un imputado nos puede revelar que es culpable y nosotros. estamos abogando por él “La autonomía es básica porque en un juicio se enfrenta el Poder Ejecutivo. Y es que de las tres partes iguales en el proceso – fiscalía. a través del Ministerio Público. Y en ese sentido considera que la ética de los defensores públicos es un “grave problema” que se tienen que abordar desde adentro de la institución. a un acusado que es defendido por otra parte. Neaves Chacón ya tuvo el acercamiento con las autoridades federales. Como primer paso hacia este objetivo. El funcionario asegura en entrevista con Veredicto que ha detectado una distribución dispareja en el trabajo de los defensores. Neaves asegura que “debemos aspirar a la calidad total como conducta diaria y poco a poco ir asumiendo un papel estratégico en la sociedad”. en el ejercicio profesional de defensa. Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justici a Penal Nuestro Cliente. al menos en las funciones. asegura. la Sociedad En cuanto al desempeño personal y profesional de los defensores de oficio. específicamente la Secretaría del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal en México (Setec). juzgador y defensor-. hasta el grado que algunos tienen en su mesa cien carpetas mientras que otros apenas diez. Quedaron refundidos en una construcción vieja. la reorganización y la reestructuración de la Defensoría. casi esquina con la Vicente Guerrero. señala. ninguna de las partes debe pertenecer a la otra porque son contrarias. Entonces. y el que debe resolver como el árbitro imparcial es el Poder Judicial”. Lograr la autonomía implicaría. señala la necesidad de diseñar un programa de control y evaluación interna. “Esta oficina estaba completamente desvinculada de toda la actividad nacional y ahora estoy tratando de conectarla a los organismos y apoyos posibles que hay para esta área”. ilustra Neaves.>>entrevista >>durango >DEFENSORÍA >>>Debemos de cuidar que la sociedad no se vea afectada por nuestra actuación y ahí entramos al conflicto ético. Asimismo. los únicos que no tienen oficinas modernas son los defensores de oficio. ubicada en la calle Ojinaga. tanto el Ministerio Público como el Poder Judicial renovaron y modernizaron sus espacios físicos. tendrá que resolverse con ciertos protocolos para que el abogado asuma como 22 VEREDICTO / Año 2 • Número 19 . Con la entrada del nuevo sistema de justicia penal en Chihuahua. Esto. Este eje. lo que constituye un gran reto a futuro. histórica y circunstancialmente. dice. para buscar recursos para la organización y arquitectura de la Defensoría Pública del Estado. sostiene. Neaves Chacón emprendió una auditoría de todas las áreas de la Defensoría Pública. le da una connotación de honorario. dice. El concepto de cliente. en este caso. estamos abogando por él”. es el imputado. porque en el secreto profesional un imputado nos pue- de revelar que es culpable y nosotros. porque nuestro cliente no es el imputado concreto. entre ellos el de guardar silencio para no auto . y el cliente. si dice la verdad. Jorge Neaves considera que con protocolos precisos se tendrá que definir qué es lo que debe hacer y cómo deben actuar los abogados. si guarda silencio. previsto en el artículo 20 Constitucional. “Porque no dejamos de ser abogados y el abogado tiene una lealtad con su cliente. que todos juramos cumplir.Foto: Veredicto VEREDICTO / Año 2 • Número 19 23 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal “cliente” principal a la sociedad y no al imputado. sino que nuestro cliente es la sociedad. y nosotros no tenemos que andar recomendando en qué forma debe conducirse el imputado”. “Entonces. “Nuestro trabajo debe hacerse bajo la perspectiva de que el que va a decidir en conciencia. en cierto tipo de circunstancias. es el imputado”. Se refiere al derecho a arrepentirse. explica. viene desde el principio del decálogo del abogado. en el ejercicio profesional de defensa. que debemos de superar. señala. Y el concepto cliente. indica. en el cual se establecen los derechos del imputado. precisa. debemos de cuidar que la sociedad no se vea afectada por nuestra actuación y ahí entramos en conflicto ético. como el internet y bases de datos. de formar cuadros de jóvenes que no sólo estén en la academia con el curso teórico. sostiene. a través de cursos. afirma el entrevistado. tal vez. en un modelo de “expediente médico”. será utilizar los sistemas y herramientas de comunicación modernas. Comunicaciones como Herramienta Otro de los ejes sobre los que estará enfocado Neaves Chacón para lograr una mayor comunicación con los 212 defensores de oficio del estado. lo que sucede en el juzgado. indica Jorge Neaves. porque sería incorrecto. pero que adquieran la práctica cuando están a punto de salir. “Se trata de un problema ético grave. Esos dos derechos son de la misma categoría y tienen el mismo nivel constitucional. con excelentes promedios. pero se ha limitado a un reducido número de personas. sino hacer recomendaciones para que en el futuro no se repitan. “Debemos saber todo de cada causa. explica. que tendrá que ser abordado con ciertos protocolos que no provoquen la auto incriminación. participar en las vacantes de la Fiscalía General y del Poder Judicial”. precisa. la modernización en los sistemas de trabajo y de comunicación. no tiene la vocación ni la práctica necesaria. incluso sería un precedente a nivel nacional”. Estima que la capacitación permitirá no sólo detectar los errores que se cometen día a día. que claro que tendrán que cumplir. enfatiza. lo tenemos que registrar ahí”. sino simplemente como el sistema de justicia penal. asegura que la capacitación es un mandamiento del abogado y “nosotros mismos podemos generar ese procedimiento de mejora continua que se usa en la función privada y aplicarlo a la función pública”. “tendremos jóvenes abogados que puedan suplir vacantes en la Defensoría Pública. como ocurre con los médicos que pasan su residencia en un hospital de urgencias. se llevará un control puntual de cada caso. En el siguiente párrafo del citado artículo está el derecho a decir la verdad para recibir una pena menor. la enfoca en tres ejes: la capacitación. como el que se maneja en Pensiones o en el Seguro Social. porque se evalúa a una persona que tiene una buena memoria y hace buenos exámenes pero. dice. En el aspecto de la capacitación. “Sería una buena manera de iniciarse en la Defensoría Pública. Esa elección. precisa. Asimismo. Capacitación Práctica Su tarea. desde el punto de vista ético. es exclusiva del imputado y el énfasis con que le demos a conocer esos hechos dará pauta a que en principio se diga la verdad. es muy acotado por ser un procedimiento inequitativo. como director de la Defensoría Pública. ya tiene que verse como práctica cotidiana”.>>entrevista >>durango >DEFENSORÍA Fotos: Veredicto Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal incriminarse. porque la sociedad tiene derecho a saber la verdad. De igual manera. becados. “Este gran avance que presenta Chihuahua se tiene que hacer como algo cotidiano y ya no debe verse como nuevo sistema. pero que motiven al imputado a que en acto de conciencia decida lo que es correcto. dice convencido. y la ética. sin que vaya de por medio la recomendación de un abogado como manera de liberar la responsabilidad que tiene”. y es indebido que un abogado. lo que hace el Ministerio Público. La ética de los defensores públicos es fundamental para el buen funcionamiento del sistema penal. Neaves considera que el método tradicional de selección. De manera que ese registro in- 24 VEREDICTO / Año 2 • Número 19 . que puedan incrustarse en la academia. absolutamente todo lo que hace cada defensor público. considera que los avances logrados son buenos. propone iniciar con un programa de residencia de estudiantes de Derecho de quinto año. Así. Al respecto. para que en grupos reducidos y selectos actúen como abogados pasantes asistidos por un defensor público con experiencia. recomiende elegir una u otra posición. Se trata. abunda. pensó que era de nueva creación”. El otro propósito es “darle su lugar y su importancia a los defensores. se emitiría un criterio que pueda usarse en futuros casos. quien egresó con mención honorífica de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma de Chihuahua. Función Relegada VEREDICTO / Año 2 • Número 19 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal La defensoría pública gratuita no es una función nueva. es decir. con procedimiento de calidad total. cuáles salieron condenados y en qué términos. “Así como estoy promoviendo la mejora continua hacia el interior de la institución (la Defensoría Pública). cuáles salieron absueltos. analítico. al menos en las funciones. se ha diluido la participación de los defensores públicos y se le ha relegado de los poderes. cuántos defendidos realmente se declararon culpables. lo juzgan. a los ministerios públicos y a los defensores. sino del caso abstracto que se está poniendo a su consideración. Nombrado como director de la Defensoría Pública del Estado por la LXIII Legislatura local en diciembre del 2010. aunque la Defensoría Pública tiene autonomía técnica y de gestión. La tendencia mundial va en el sentido de que sea organismo autónomo. para que no se entreguen a quien no la merece”. “Igual en el rubro de ejecución de la pena. Entonces. pero de poca relevancia. Según su apreciación. la calidad con que se están dando esas medidas. el juez debería atender no sólo el daño material sino el daño al servicio público. ilustra Neaves. a un acusado que es defendido por otra parte y el que debe resolver como el árbitro im- parcial es el Poder Judicial”. pero no en las presupuestales. ya no a la luz de un caso concreto. como el ideal para un juicio equitativo. batallo hasta para que tengan correo electrónico”. ninguna de las partes debe pertenecer a la otra porque son contrarias. “Si la interpretación ha sido inadecuada. separado del Poder Judicial y del Poder Ejecutivo. Su primera disposición es que la comunicación interna se tiene que dar a través del correo electrónico. presentó como diputado de la LXII Legislatura local. señala Neaves. tú interpretaste incorrectamente”. cuántos sesustrajeron de la justicia. se emitiría una jurisprudencia local. Esa propuesta no se ha dictaminado aún. y en caso de que se presente el robo de este tipo de materiales. y el juez dice que es un delito menor. Pero es algo. porque muchos defensores están acostumbrados a no usarlo como herramienta cotidiana.dividual. admite. lo que sería un procedimiento natural de mejora continua previsto en la Ley Orgánica del Poder Judicial”. que no se logrará sin la voluntad de los abogados. Pero el Código también señala que no se deben otorgar los beneficios cuando se cause un daño colectivo. cuando se me nombró en este puesto. “La autonomía es básica porque en un juicio se enfrenta el Poder Ejecutivo. admite. a través del Ministerio Público. se sabrá quién tiene derecho a las medidas preliberatorias. y ese juez no analiza cuántas familias fueron afectadas por la falta de luz y sólo se refiere al aspecto económico. La figura del defensor público creció durante mucho tiempo de manera paralela al Poder Judicial como parte integrante. la jurisprudencia es un mecanismo jurídico de mejora continua”. cuántos no. Jorge Neaves asegura que su aspiración es dejar esta área “más profesional”. Esa área sufrió una modificación con el nuevo sistema de justicia penal. Pone un ejemplo: Cuando detienen a una persona con 70 metros de cable de cobre robado. se pueda convertir en un modelo que arroje la estadística general y así se pueda saber cuántos juicios acabaron en acuerdo reparatorio. porque un metro de cobre vale 70 pesos y el Código de Procedimientos Penales habla de las medidas cautelares y que los defensores públicos tenemos que hacer valer. 25 . y es de tan poca relevancia que mucha gente. confiesa. en el concierto de la administración de justicia”. quien se pronuncia a favor de una autonomía total. Esa manera correctiva de interpretación. “Incluso. se puede someter al pleno del Supremo Tribunal de Justicia y juzgar. Y lo explica: “Cuando un juez o un tribunal se equivoca. ha existido desde que existen los tribunales. La Jurisprudencia Local Jorge Neaves Chacón. lo que le da cierta independencia en las cuestiones técnicas. “Si hiciéramos una jurisprudencia local. ya que se desintegró del Poder Judicial y se convirtió en un organismo desconcentrado en la Secretaría General de Gobierno del Estado. “No quiero decir que se le vea como insignificante. Por lo tanto. Actualmente. señala. los demás abogados objetivamente pueden juzgar esa equivocación y decir. una iniciativa que propone crear la jurisprudencia local. detalla La iniciativa de Neaves va en el sentido de darle la facultad al Poder Judicial de denunciar criterios contradictorios o indebidas interpretaciones a los propios litigantes. detalla Jorge Neaves. indica. pudiéramos generar principios locales y dinámicos que tendrían que irse homologando con los federales”. en 1989. sostiene. >>anÁlisis caso Rubí Presentan análisis jurídico Centro de Derechos Humanos de las Mujeres Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Foto: Veredicto 26 VEREDICTO / Año 2 • Número 19 . Joel Meneses Hernández. el Tribunal Colegiado de Circuito determinó suspender temporalmente la sentencia condenatoria en contra de Barraza. En un juicio de Casación. se juega ahora en la cancha de la jurisdicción federal. . fueron suspendidos de sus labores y sometidos al juicio político ante el Legislativo estatal.. en contra del fallo condenatorio del Tribunal de Casación. El libro fue presentado recientemente en la Ciudad de México por Luz Estela Castro Rodríguez. a Sergio Barraza le impusieron 50 años de cárcel.El caso de Rubí Marisol Frayre Escobedo. Sergio Rafael Barraza Bocanegra sale libre. por su pareja Sergio Rafael Barraza Bocanegra. los magistrados revocaron la sentencia absolutoria y consideraron que los jueces orales no varolaron adecuadamente las pruebas. Marisela Escobedo y Alma Gómez. así como otros cinco crímenes contra las mujeres de distintas edades. Es una obra sobre el nuevo sistema de justicia penal sin precedentes en América Latina. En respuesta. interpuso recurso de amparo a favor de su defendido. conformado por los jueces Catalina Ochoa Contreras. los tres jueces que absolvieron a Barraza. asesinada en agosto del 2008 en Ciudad Juárez. Los jueces se ampararon ante la justicia federal. Sergio Barraza Bocanegra. pocos días después de la sentencia absolutoria emitida por el Tribunal de Juicio Oral Fotos: Veredicto La ruta jurídica hihuahua. en medio de los manifestantes en la Plaza Hidalgo. condiciones étnicas y sociales cometidos en diferentes localidades del estado de Chihuahua están presentes en el libro “El acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia de género en el nuevo sistema penal acusatorio”. La suerte tanto de los jueces como de Sergio Barraza. iniciado en el Supremo Tribunal de Justicia. cuyas integrantes son abogadas que han coadyuvado activamente en los procesos penales de feminicidios y otros delitos relacionado con la violencia de género. sentenciado a 50 años de cárcel por el asesinato de Rubí Marisol. Rafael Boudib Jurado y Netzahualcóyotl Zúñiga Vásquez. tanto para efectos de la suspensión como del juicio político. hasta que el tribunal federal se pronuncie sobre su constitucionalidad. Chih. directo- C OKSANA VOLCHANSKAYA VEREDICTO / Año 2 • Número 19 27 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal El asesino de Rubí Marisol fue absuelto por un Tribunal de Juicio Oral. ya que fue escrita por una organización no gubernamental. recién editado por el Centro de Derecho Humanos de las Mujeres. determinó que el Congreso del Estado no podrá emitir resolución alguna en el caso del juicio político. Asimismo. prófugo de la justicia. A raíz del homicidio de Marisela Escobedo.Luz Estela Castro. En un segundo juicio oral. de individualización de pena. El Juzgado Tercero de Distrito ordenó suspender en forma provisional el procedimiento administrativo en contra de los tres juzgadores. hasta que emita la resolución definitiva. de 16 años. El defensor público. A continuación. Segundo. en particular. Éste no es un caso aislado. al amparo de los tratados y convenciones internacionales promulgados y sellados por México. hablaré de las graves irregularidades que encontré en las investigaciones. mientras exigía justicia para su hija. Era abril de 2010. Esta acción evidencía. Asimismo. quien fue baleada en la puerta del Palacio de Gobierno de Chihuahua.>>anÁlisis Luz Estela Castro Rodríguez Estaba en Ciudad Juárez. hace algunos meses una madre fue a denunciar la desaparición de su hija de 13 años y la Procuraduría se negó a recibir la denuncia porque no traía la foto. Marisela denunció la desaparición de Rubí en tres ocasiones ante la Unidad de Investigación de Personas Ausentes y Extraviadas de la entonces Subprocuraduría de Justicia Zona Norte. Marisela Escobedo. legislativas y operativas en la implementación del nuevo sistema. hoy Fiscalía. Finalmente. El tema obligado en la presentación del libro fue el caso de Rubí Marisol y el asesinato de su madre. que las autoridades continúan discriminando y usando estereotipos que limitan las investigaciones en los delitos contra las mujeres. Segundo. acepté el reto. La abogada Luz Estela Castro Rodríguez ra del Centro de Derechos Humanos de las Mujeres (CEDEHM). se hace referencia al sistema tradicional penal y la necesaria transición hacia un sistema acusatorio adversarial en Chihuahua con todas sus ventajas ante el modelo inquisitorio. Luis Arriaga. Teníamos que revocar esa sentencia absolutoria y comprobar que los jueces habían actuado de manera errónea. se señalan los obstáculos que han tenido las mujeres víctimas de la violencia de género en el acceso a la justicia. se presenta el análisis jurídico del caso Rubí elaborado por la abogada Luz Estela Castro Rodríguez y presentado junto con Alma Gómez Caballero durante el lanzamiento del libro “El acceso a la justicia para las mujeres víctimas de violencia de género en el sistema penal acusatorio”. quienes con diversos pretextos no inició la investigación. I. que reflejan la poca o nula visión de perspectiva de género en algunos operadores del nuevo sistema de justicia penal. Marisela no dejó de insistir hasta que finalmente aceptaron su denuncia. en colaboración con el académico Miguel Sarré y el director del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez (Prodh). las autorras del libro citan seis casos ocurridos en el estado y en los que Foto: Veredicto 28 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal tuvieron participación profesional. en una protesta junto con madres que tienen hijas desaparecidas. explicaré por qué el Tribunal de Juicio Oral realizó una valoración errónea de las pruebas y cómo logramos obtener una sentencia condenatoria contra Sergio. coordinadora del Área de Educación y Administrativa del organismo. ministerios públicos y policías investigadores. Un Tribunal de Juicio Oral acababa de absolver a Sergio Rafael en un juicio que much@s conocemos. En el CEDEHM nos dimos a la tarea de revisar las carpetas de investigación y los videos de las audiencias previas al juicio oral. En este capítulo. Se hace un recuento de las acciones políticas. Necesitaba saber si había suficientes elementos para llevar el caso a una segunda instancia. defensores. cuando Marisela llegó. les diré mi opinión sobre el sistema acusatorio. En el escrito. Investigaciones Primero. a pesar de los marcados avances legislativos que se tienen en Chihuahua en materia de perspectiva de género. El 27 de enero del VEREDICTO / Año 2 • Número 19 . y Alma Gómez Caballero. lo que llevó a resultados lamentables para las víctimas de los delitos en sus respectivos procesos penales. en Ciudad Juárez. como lo señala la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Campo Algodonero. En primer lugar. entre jueces. Me pidió que fuera su abogada. lo que limita el seguimiento de cualquier caso. Pocos días después de la narración de Ángel. El trabajo del Ministerio Público para investigar fue deficiente. detuvieron a Sergio por 36 horas y le cobraron una multa de dos mil 600 pesos. También escuchó a Sergio decir que había quemado el cuerpo. Durante el tiempo de la investigación. El 30 de enero de 2009. La Procuraduría está obligada a activar un mecanismo de búsqueda inmediata de niñas y mujeres en Ciudad Juárez que se llama Protocolo Alba y que involucra a las autoridades federales. Tercero. solicitando información. la Procuraduría conocía el lugar donde estaban los restos de Rubí. No hay evidencias de las pesquisas o acciones que hizo la Procuraduría u otras autoridades para buscar a la víctima. hubo seis agentes del Ministerio Público diferentes. los ministerios públicos no aplicaron técnicas de entrevista para obtener más datos o información.El juicio oral en contra de Sergio Barraza El juicio de Casación. Quinto. Desde el 30 de enero de 2009. Séptimo. “había más batos”. Marisela recorrió las colonias donde vivía Sergio Rafael pegando pósters con la fotografía de su hija Rubí. a Rubí. ya en ausencia del acusado Foto: Veredicto Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal 2008. todos ellos escucharon la confesión. dijo. no vieron señales de violencia e indebidamente desestimaron la declaración. No se activó. estatales y municipales. Los policías acudieron al domicilio de la pareja. el Ministerio Público aceptó la denuncia. que acredita que el padrastro de Sergio acudió personalmente a las autoridades municipales a informar que su hijastro les había dicho a él y a la madre de Sergio que había asesinado a su pareja. el menor Ángel relató a la Procuraduría que escuchó a Sergio Rafael decir la forma en que había asesinado a Rubí y el lugar donde arrojó su cuerpo. Ángel informó a la Procuraduría que cuando Sergio realizó esta confesión. Un menor.estos testigos aportaban la información que querían. un día después de la desaparición de Rubí. Cuando los testigos declaraban -que por cierto Marisela era quien los encontró y los llevaba. él no estaba solo. Sexto. Sergio confesó ante dos policías municipales que asesinó a Rubí porque la encontró con otro hombre. la Procuraduría obtuvo un reporte de la Policía Municipal de Ciudad Juárez. por el testimonio de Ángel y dejó pasar más de un mes para hacer VEREDICTO / Año 2 • Número 19 29 . seis meses antes de que encontraran los restos de Rubí. “En unas marraneras”. de nombre Ángel. con fecha de 30 de agosto de 2008. atendió el llamado de Marisela. Jamás los buscaron. Cuarto. es decir. 30 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal VEREDICTO / Año 2 • Número 19 . • La declaración de los policías municipales que detuvieron a Sergio el 30 de agosto de 2008. Es trasladado a Juárez. por haberse llevado a Heidi (la hija de Rubí y de él). pero no fue hasta junio cuando –basándose en los datos que le informó Sergiologró encontrar los restos. Sergio Rafael es detenido por sustracción de menores. que se haga un nuevo juicio oral o se solicite que se dicte una sentencia de reemplazo. el Tribunal no les dio valor probatorio porque concluyó que (cita textual) “ninguno de los testigos presenció el ataque homicida” El Tribunal concluyó (cita textual) “la inexistencia del homicidio” sólo porque no se pudo determinar la causa de muerte y absolvió entonces a Sergio Rafael. y ahí Sergio lleva a los agentes ministeriales al lugar donde se encontraron unas osamentas humanas. Casación Dentro del sistema acusatorio. Un juicio abreviado significa la aceptación de la responsabilidad por parte del imputado para a cambio obtener una pena reducida equivalente a una tercera parte de la pena mínima. la casación es un recurso legal que se presenta ante magistrados para que se reponga el procedimiento. Con todas estas pruebas. que posteriormente la prueba genética determinó que eran los restos de Rubí. Que fue lo que hicimos. sin resultados. que pertenecían a Rubí y que habían sido quemados. el policía ministerial señala que Sergio le dijo “yo soy el único responsable de lo que le pasó a Rubí”. La autoridad hizo tres rastreos con policía montada y perros especializados para encontrar restos humanos. quien escuchó a Sergio confesar su crimen. Es de explorado derecho que en materia penal las pruebas indiciarias deben valorarse en forma concatenada. III. con los siguientes fundamentos: • Prueba indiciaria circunstancial. al defensor del imputado le pareció lógico promover ante el Ministerio Público el juicio abreviado. • El testimonio del joven Ángel que escuchó a Sergio decir la forma en que la asesinó. porque sabíamos que había suficientes pruebas y que simplemente fueron mal valoradas por los jueces. Marisela rechazó el juicio abreviado. • El testimonio del padrastro de Sergio cuando lo denunció ante la Policía Municipal.>>anÁlisis Foto: Cortesía Alma Gómez Caballero el primer rastreo. Octavo. Durante la detención. la acreditación de los restos quemados y la ubicación de los restos en lugar que refirió Sergio a los testigos. El agente investigador informa al Tribunal que participó en cuatro rastreos en la zona de las marraneras. • La declaración del policía ministerial que ejecutó la orden de aprehensión de Sergio Rafael. Juicio Oral Los Jueces Conocieron los Testimonios: • Familiares y amigas que hablaron de la violencia familiar que ejercía Sergio contra Rubí. A pesar de que todos los testimonios eran creíbles y su veracidad se corroboró con pruebas científicas como la prueba de ADN que coincidió con los restos de Rubí. Esto coincide com- pletamente y acredita la veracidad del dicho de Ángel. antropólogos. II. La Suprema Corte de la Nación ha establecido que no se deben valorar las pruebas de manera aislada. revueltas con huesos de marrano. • Arqueólogos. tomando en consideración nuestros agravios. También coincide con el testimonio del policía ministerial. Los tres magistrados que participaron en la audiencia de casación invalidaron la sentencia del Tribunal Oral. La familia de Rubí realizó dos rastreos más en el lugar que indicó Ángel. Juicio Abreviado. es decir. con el argumento de que ella no iba a negociar con el asesino de su hija y decidió llevar el caso a juicio oral. médicos legistas y genetistas forenses explicaron al Tribunal Oral las circunstancias en que encontraron los restos en las marraneras. Sus resoluciones pueden ser observadas por la ciudadanía y los medios. • El Tribunal de Casación estimó que los jueces del Tribunal Oral debieron haber valorado la declaración que realizó Sergio Rafael durante el juicio. ¿Por qué el tribunal le negó a Marisela Escobedo este derecho? Porque señaló que el Ministerio Público no lo solicitó. El Tribunal de Casación ordena a un nuevo Tribunal de Juicio Oral que individualice las sanciones. al participar activamente en las audiencias. El sistema acusatorio da la posibilidad de La libertad de Pruebas Cualquier medio de prueba. Recurrimos nuevamente a la casación y está pendiente la audiencia. Tal vez se preguntaran ¿cómo y por qué creo en el sistema acusatorio? Los derechos de las víctimas La reforma constitucional para la implementación del sistema acusatorio establece en su artículo 20. no se explica la quema de su cuerpo posterior a su asesinato y el lugar clandestino donde fue depositado su cuerpo. • El Tribunal de Casación resolvió invalidar la sentencia absolutoria. los jueces conocen a las víctimas y a los imputados. Inmediatez Los testigos y las pruebas se presentan de forma directa ante los jueces.sino de manera conjunta para poder llegar a la verdad. Marisela fue capaz de provocar la declaración de Sergio Rafael. que torturan a inocentes para obtener falsas declaraciones auto inculpatorias y a jueces cómodos que sólo firman resoluciones y sentencias. apartado C. Toma la determinación de establecer un campamento en el Hemiciclo a Juárez en el Distrito Federal exigiendo audiencia con el presidente de México y el procurador general de la República. Desde que el tribunal sentenció en segunda instancia a Sergio Rafael. el 26 de mayo de 2010. sólo para constatar que nadie buscaba al asesino de su hija. Es evidente que Rubí no murió de muerte natural y que fue privada de la vida por una acción ajena a su voluntad. violando el artículo 20 Constitucional. proyectistas. que fue quien pagó los gastos funerarios de Rubí. el monopolio de la acción penal lo tiene el MP. Marisela creyó en el sistema acusatorio y yo también creo en él. Marisela caminó con el retrato de su hija en el pecho y con Heidi en su carriola desde Ciudad Juárez hasta México. El Tribunal Oral de individualización de penas determinó una pena de 50 años de prisión y una indemnización a favor de Heidi Barraza Frayre de 38 mil 390 pesos y 11 mil 768 al Gobierno del Estado. Transparencia y rendición de cuentas La publicidad y oralidad permiten que exista transparencia en las resoluciones judiciales y rendición de cuentas. De otra manera. Por primera vez es posible que conozcamos la actuación de los sujetos procesales con el emblemático caso de Marisela Escobedo. La coadyuvancia es un sujeto procesal con plena igualdad. los derechos de las víctimas y la posibilidad de coadyuvar con el Ministerio Público. los jueces pasaron desapercibido que el acusado estaba asistido por dos defensores y antes de que se cerrara el debate. mientras que en el sistema inquisitorio todo el proceso es a través de escribanos. Particularmente del Poder Judicial que tradicionalmente con el pretexto de la independencia. quienes se negaron a recibirla. Se reemplaza la sentencia por el fallo condenatorio y considera que es penalmente responsable con base en el artículo 126. • El Tribunal de Casación señaló que es posible saber que existió homicidio. Sistema Acusatorio A pesar de todo. como en este caso. y sus argumentos valorados. como lo hizo Marisela. Según el Tribunal de Casación. etc. El estado de Chihuahua además tiene una ley de víctimas. es la reina de las pruebas. Por primera vez. Qué bueno que la confesión dejó de ser la reina de la prueba. La coadyuvancia En el sistema inquisitivo. cuando se tienen indicios razonables. que las víctimas se conviertan en defensoras de SUS derechos. cubre la violación de derechos fundamentales. siempre que sea lícito. la confesión tiene valor preponderante. Obtuvimos una sentencia condenatoria cuya exigencia de cumplimiento le costó la vida a Marisela. Los jueces tienen menos incentivos para ser corruptos porque se juegan su prestigio en cada audiencia pública. El sistema inquisitorio beneficia a la policía abusiva y al Ministerio Público incapaz. vigente en la mayor parte del país. El tribunal negó la reparación del daño moral a favor de las ofendidas. que establece la pena diferenciada cuando el sujeto pasivo es una mujer. a pesar de que Marisela y yo lo solicitamos y acreditamos. pasando por cada delegación de la PGR. puede ser presentado. hizo una breve pero significativa declaración en términos del Código Penal. La Presunción de Inocencia En el sistema inquisitorio. VEREDICTO / Año 2 • Número 19 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Tribunal Oral de Individualización de Sentencia 31 . >>jueces de garantía Fotos: Veredicto Resuel de los Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Jueces de Delia Valentina Meléndez Olivas jueza de garantía 32 VEREDICTO / Año 2 • Número 19 . ven 99% casos Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Garantía Hilda María Márquez Torres jueza de garantía VEREDICTO / Año 2 • Número 19 33 . mientras que a los Tribunales de Juicio Oral llegaron sólo 59 casos. de igual forma con las salidas alternas. conoce sobre los asuntos de propia voz de los intervinientes. eso permite sustentar la función que desempeña”. pues señala que el juez de Garantía en el modelo acusatorio adversarial. que los intervinientes estén debidamente enterados de los derechos que la ley consagra a su favor y garantizar que esos derechos se respeten durante todo el proceso de manera irrestricta. Hilda María Márquez Torres subraya que desde el inicio de un proceso los jueces de Garantía están obligados a verificar. porque el público y los intervinientes. El juez de Garantía en el nuevo sistema de justicia penal  tiene en esencia la misma función del juzgador del sistema tradicional. actualmente. enfatiza. es decir. Como muestra. cada dato de prueba que se invoca. defensa y la víctima. Garantizar los Derechos Ambas juzgadoras coinciden en que el papel del juez en el nuevo sistema de justicia penal es mucho más transparente. el juez tiene ese papel de velar tanto por los derechos del imputado como de la víctima”. y sí. subraya Delia Valentina Meléndez Olivas. Y si el caso no se resuelve en ninguna de esas etapas. incluidas las víctimas u ofendidos. testigos e imputados. llevar las audiencias de formulación de imputación. profundiza. el Ministerio Público. pueden advertir cuál es el argumento que se maneja y cómo es que se valora por parte del juzgador toda esa argumentación. puede dirigir desde dos hasta diez audiencias de diferente tipo en un solo día. la ley establece que se debe escuchar a la víctima antes de que se dicte cualquier resolución que ponga fin a un proceso”. desde que tenía a su disposición a una persona hasta dictarle la sentencia. la intermedia. pues resuelve de manera directa ante la presen- Proceso Rápido y Expedito Las juezas de Garantía destacan que otra de las ventajas del sistema de justicia acusatorio. se le debe dar la oportunidad de manifestar si está de acuerdo que el caso concluya con un procedimiento abreviado. el juez de Garantía tendrá que depurar y definir las pruebas que serán presentadas ante un Tribunal de Juicio Oral. “Esto da transparencia a la función del juez. sin duda alguna. Sobre ellos recae ratificar la legalidad de una detención. En el sistema tradicional los asuntos quedaban a cargo de un secretario de acuerdos. “Antes el juez tradicional resolvía de todo el proceso. Para la jueza de Garantía Hilda María Márquez Torres. al juez de Garantía se le conoce como el encargado de asegurar que no se vulneren los derechos de los intervinientes en el procedimiento. de vinculación a proceso. 34 VEREDICTO / Año 2 • Número 19 . la del juez de Garantía y la del juez del Tribunal del Juicio Oral. en el actual sistema la víctima puede estar presente en las audiencias y se le escucha. Chih. pues. En el argot jurídico. entonces. advierte una diferencia importante respecto a la forma de impartir justicia.Toda gestión de un proceso penal que no implique el juicio oral. implementado en el estado de Chihuahua a partir de enero del 2007.. abunda Márquez Torres. que en este nuevo sistema penal el rol de la víctima es mucho más activo.>>jueces de garantía YANNEDH VILLALOBOS MENDOZA C Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal hihuahua. una de las diferencias más trascendentes entre el sistema tradicional y el acusatorio adversarial es que en éste aparecen dos nuevas figuras. hacía un proyecto y lo pasaba al juez para que ponderara y valorara. en el 2009 los juzgados de Garantía del estado de Chihuahua conocieron un total de 4 mil 409 causas penales. En el sistema tradicional se rezagaba a la víctima. en primer término. imputado. Sin embargo. Un juez de Garantía. así como procurar las vías alternas de solución del conflicto y dictar sentencia en el procedimiento abreviado. jueza de Garantía del Distrito Judicial Morelos. recuerda Meléndez Olivas. es decir. según las estadísticas del Poder Judicial. que es administrar justicia. al momento de encontrarse en recinto. expedir una orden de aprehensión. recuerda la jueza Márquez Torres. Los jueces de Garantía en el nuevo sistema de justicia penal resuelven casi el 99 por cientos de todas las causas penales. tiene intervención desde el inicio del proceso. determinar las medidas cautelares. Incluso. aplicar la ley al caso concreto. recae sobre los juzgados de Garantía. “Vemos. cia de la partes. el cual desahogaba las diligencias. es que los procesos son más ágiles. En este sentido. ahora los jueces de Garantía únicamente estamos facultados para resolver en definitiva cuando el imputado decida someterse a un procedimiento especial abreviado”. todos los peritos tendrán que venir”. una orden de aprehensión podían expedirla. los jueces tomamos nota de todo. enfatiza Delia Valentina Meléndez.Foto: Veredicto VEREDICTO / Año 2 • Número 19 35 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal lo que garantiza una justicia más pronta y expedita. puntualiza la jueza. sino que consigue los antecedentes y los invoca ante el juzgador en una audiencia pública. aquello a considerar para la resolución”. porque hay muchos antecedentes. “Hay audiencias muy pesadas que duran seis. son destrezas que se van aprendiendo para rescatar lo medular. . como ocurre en el sistema tradicional. “Aquí el punto medular no es la etapa de investigación. asevera Meléndez. explica. ocho y hasta diez horas. donde todos los testigos. “Claro que esto genera más peso y más presión en los jueces. en una semana o en 15 días. El Código Procesal Penal anterior enunciaba que los jueces no caerían en rezago si emitían tres sentencias al mes. En el sistema acusatorio de justicia penal ya no existen los grandes tomos de expedientes que se manejaban en el sistema tradicional. Otra característica importante del sistema actual es que el Ministerio Público ya no entrega las pruebas ante el juez. señala Meléndez Olivas. “Antes. quien considera que el nuevo sistema de justicia penal exige mucha responsabilidad y preparación por parte de los jueces. el punto toral es el juicio oral. dependiendo de la complejidad del caso. la propia legislación establece que las órdenes de aprehensión se deben entregar a más tardar en 48 horas”. Ahora. y el actual ordenamiento establece que los jueces tienen sólo 48 horas hábiles o inhábiles para emitir sus fallos. porque hay mayor celeridad en los casos”. En el artículo 299 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Chihuahua se precisa que la etapa intermedia tiene por objeto el ofrecimiento y admisión de pruebas. IV. pues la ley no establece una limitación en cuanto a algún tipo de delito. “Se requiere responsabilidad en la función que desempeñas. “La Constitución. abunda. Artículo 150 Bis: Los jueces de Garantía tienen las siguientes atribuciones: I. Procurar la solución del conflicto a través de medidas alternas. pero luego se convenció de que es una manera muy clara y muy transparente de justificar la participación del juzgador. la víctima no tenga ninguna oposición fundada y el imputado acepte”. con el conocimiento de la ley. va a conseguir mejores resultados en la audiencia. restrinjan o perturben los derechos asegurados por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Asimismo. así como en el Código Procesal Penal del Estado de Chihuahua. pueden someterse a un procedimiento especial abreviado. para garantizar y asegurar la presencia del imputado durante todo el juicio y evitar algún riesgo a la víctima o para la sociedad o bien. cuando presten su aceptación. afirma. explica la jueza Márquez Torres. Es difícil. claro que nos podemos equivocar. con las limitaciones que establezca la ley. señala. dice. Yo no digo que los jueces no nos equivoquemos. en el artículo 150 bis. III. que se pueda obstaculizar el proceso o la investigación”. la Constitución Política del Estado y los convenios y tratados internacionales vigentes en el país. el sentimiento del otro. Resolver sobre la vinculación a proceso de los imputados. así como la depuración de los hechos controvertidos que serán materia de juicio oral. establece que todos los imputados. desde que se implementó el sistema de justicia acusatorio adversarial en el Distrito Judicial Morelos. “Por lo tanto. VII. podemos resolver sobre cualquier caso siempre y cuando el Ministerio Público plantee la solicitud. VI. de las personas del público. Dirigir las audiencias judiciales de la fase de investigación y resolver los incidentes que se promueven en ellas. para mí. Delia Valentina Meléndez empezó sus funciones como jueza de Garantía desde el primero de enero del 2007. en el sentido de que aquel que tenga mucho verbo. Foto: Veredicto Chihuahua. la visualización del hecho en concreto para poder determinar. “Esto. sino de los ministerios públicos y de los defensores. pero es gratificante sentirse a gusto con la resolución al momento de emitirla y poder determinar y advertir a través de los sentidos cuál es el disgusto de uno.>>jueces de garantía No se trata de lo que inicialmente se argumentaba. En este punto precisa que los casos de alto impacto también se resuelven en el procedimiento especial abreviado. a través de la reforma del 18 de julio del 2008. II. Dirigir la audiencia intermedia. la forma y la transparencia no la cambio por nada”. estar tomando nota y al mismo tiempo estar estructurando mentalmente la resolución. del policía procesal y obviamente. manifiesta Delia Valentina Meléndez. V. recalca la funcionaria del Poder Judicial. no somos infalibles. con la sede en la capital de Atribuciones Hilda María Márquez Torres precisa que las funciones del juez de Garantía están previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado. En el artículo 315 del Código de Procedimientos Penales para el Esta- 36 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal VEREDICTO / Año 2 • Número 19 . Otorgar las autorizaciones judiciales previas que solicite el Ministerio Público para realizar las actuaciones que priven. muy pesado. de la jurisprudencia. “Pueden ser aquellas autorizaciones relativas a una orden de cateo o una orden de aprehensión”. es decir. Decidir sobre la libertad o prisión preventiva y demás medidas cautelares de los imputados. Valor de la Trasparencia Delia Valentina Meléndez confiesa que al principio del nuevo sistema “tenía mucho reparo”. lo que de igual forma contempla el Nuevo Código de Procedimientos Penales”. pero está la segunda instancia”. Dictar sentencia en el procedimiento abreviado. subraya que son notables los avances en el funcionamiento del nuevo sistema de justicia penal en cuanto a la preparación no sólo de los jueces. “No es fácil subirse al estrado y mucho menos tener el control de cada uno de los intervinientes. La individualización de quienes deban ser citados a la audiencia de debate. por lesiones penales. r a v la ti n te e u v a c n pre La medida e la de prisió fu a tí n ra a eG los jueces d Foto: Veredicto VEREDICTO / Año 2 • Número 19 37 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal do de Chihuahua se especifica sobre otra función de los jueces de Garantía. El Tribunal competente para celebrar la audiencia de debate de juicio oral. a enales más ía. Artículo 315. e el estado. De ese tota La segunda n total de m on 2 mil 78 u c . uno de los objetivos del nuevo sistema de justicia penal es que la mayoría de los casos se resuelvan ante el juzgado de Garantía. sos en todo a c cial abrevia 9 ncia fue de e 5 p e s d e l to n ie un tota m o por audie p il m e m ti 3 e d o s ce El promedio laron a pro periodo. estad ue da un pro e mil 650 a q ic rantía cono d m lo o l.mil 164. Al finalizar la audiencia. . 446 por istrito pecti Por otra pa tes doce D lidas alterna causas. el juez dictará el auto de apertura de juicio oral. se vincu ñ a o m is adamente u m im x El ro p a r os. e vieron mil 7 do. a efecto de no saturar el Tribunal del Juicio Oral. ta te ito n d l e u e J m d a . na hora. u n a a or daños. Esta resolución deberá indicar: I. No obstante. II. s ra e a s p o Tod l abreviado dos pre ra ito. e a c im u h ro 1 9 ihua de p ron a 5 mil 3 ciales de Ch suspensión asos implica c se resols to torios. L l Poder Jud e e u d q 9 s 0 a o 0 G 2 lit l e e e d es d de d de un total Estadísticas ada al tipo que los juec conocieron n lig 9 0 la 0 e s v 2 a l re s e . Las pruebas que deberán producirse en el juicio oral y las que deban de desahogarse en la audiencia de individualización de las sanciones y de reparación de daño. 802 p l de 4 mil 4 os de Gara r ta tado de Chih d o to p s n e e u d n e io io d d c me ísticamencusa cieron idios. Los hechos que se dieren por acreditados. p s Dis.411 d s lo r o o n p p e ti de presens ó o a y tr s a a u c los cu telar fue la iento re doce ca te u c a r c o 0 a p 8 id 3 5 d 8 il l e e m l. que es la resolución de apertura a juicio. IV. c o ilí e to e d n d ie ió o c p im o ti ed del procedil con lgún En el proc tados por a les a través e Juicio Ora a d n l o e a p n m u s is b a m s ri l u T l ne 6 ca En tanto. La o las acusaciones que deberán ser objeto del juicio y las correcciones formales que se hubieren realizado en ellas. res n a s ta s e d re s s é lo v tra por acuerntre n mil 112 a rueba y 666 tribuyeron e ro p a o u s p . y V. con mención de los órganos de prueba a los que deba pagarse anticipadamente sus gastos de tras- lado y habitación y los montos respectivos. III. s v rte s. h ta 6 8 ta 2 s y nivel e juzgados. o. “Lo que se pretende es que al juicio oral pasen únicamente los casos más trascendentes”. subraya Hilda María Márquez Torres. y m il 104. e aplicó a 2 s s o d ta u p stá muy de im preventiva e es del total n u p ió s ri p s E la l e e nd os juzgaicial d La aplicació se vieron. 09 c uahu ntía e robo. n s o o c is v d te ra e n s B e am s y s concluyeasos rse periódic os demás c de los caso tritos Morelo ta L l . ecretara po yormente d 403 imputad a m . señala que estas modificaciones obedecen a la demanda de la sociedad. en otros daños y afectación a la salud de terceras personas. que son equivalentes. una serie de medidas procesales. como por ejemplo personas que comparten en una fiesta”. Apolonio Betancourt comenta que esta medida se suscitó a partir de que quienes cometían el delito de robo salían con toda facilidad. Mayores Controles a los Operadores El titular del Poder Judicial también hace referencia a los operadores del sistema de justicia penal. Apolonio Betancourt considera que esta reforma constituye “una fortaleza importante para el sistema de justicia penal en Durango. de estar siempre vigilantes. El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Durango. y acorde totalmente con la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”. recalca el titular del Poder Judicial. Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Modificaciones En cuanto a la derogación del perdón en el delito de robo.Iniciativas de reformas penales recién presentadas ante el Legislativo estatal y aprobadas en la sesión extraordinaria el 17 de febrero. por las graves consecuencias que a diario se observan: en unos casos privación de la vida. se evaluarán en base a nuevos indicadores. y acordadas entre los tres poderes del Estado. advierte el titular del Poder Judicial.  “Ahora. asegura Betancourt Ruiz. Betancourt Ruiz recuerda que el propio sistema ofrece otros medios alternativos de solución. Además. “este endurecimiento de penas es para dar una respuesta a la sociedad y para crear una cultura jurídica. se tendrá más control en todos los operadores del sistema. a la restricción de la figura del perdón y de la libertad condicional. Dgo.. Aprueba el Congreso del Estado nuevas reformas penales D Candelaria García La propuesta se presentó formalmente el 14 de febrero del 2010. comprende ajustes y evaluaciones. y señala que se está generando una serie de indicadores para que todos sean evaluados de manera objetiva y se les exija que se atengan a los parámetros establecidos en ese mismo esquema. que en otros países se castiga hasta a quienes permiten que un individuo que está al volante tome bebidas alcohólicas. porque este 38 VEREDICTO / Año 2 • Número 19 . apuntan al endurecimiento de penas para cierto tipo de delitos. estén conscientes de que no pueden hacerlo en estado de ebriedad”. Esto debe tomarse en cuenta. Jorge Herrera Caldera. y detalla que esta propuesta de reformas. “nos permitirían reforzar el modelo acusatorio adversarial que con éxito funciona en Durango”.“Se quitará al perdón y ahora no fácilmente obtendrán la libertad quienes cometan un robo y se agravarán las penas para aquellas personas que cometan un delito al conducir un vehículo en estado de ebriedad”. ante la Legislatura del Estado. abunda. pero que no permiten la salida inmediata de la persona que haya cometido este ilícito. El nuevo sistema de justicia. el legislativo y el Judicial. Las modificaciones fueron promovidas por el gobernador Jorge Herrera Caldera. expresa Betancourt Ruiz. ejemplifica. Asimismo. Apolonio Betancourt Ruiz. que promovió el gobernador del Estado. y fue producto del acuerdo de los tres poderes del Estado. “El solo hecho de estar en estado de ebriedad es una falta a la sociedad. contiene un estudio especializado y a fondo. lo que llevaría a una mayor consolidación del nuevo sistema de justicia penal en la entidad. y que acaba de aprobar el Congreso. para que quienes conduzcan vehículos de motor. Las reformas penales aprobadas por el Congreso del Estado establecen penalidades más altas para evitar que se obtenga la libertad de manera inmediata.>durango Agravan penas urango. precisa que las penas serán aún mayores para quienes bajo los efectos del alcohol  conduzcan vehículos de motor y causen daño a terceras personas y para los conductores de vehículos públicos que ocasionen pérdida de vidas humanas. el Ejecutivo. Estas modificaciones legales. debemos aumentar el cuidado y rigor de los indicadores en esta operación. Cuestionado si ésta es una autocrítica. a la que convocó el gobernador del Estado. Jorge Herrera Caldera. porque la sociedad sabe cómo se juzga. por eso lo derogamos. Finalmente. “Esta es una vitrina. lo reconocemos con toda la humildad que debemos hacerlo. el sistema es bueno. “Nosotros debemos de  reconocer aquello que en la práctica no es sufi- VEREDICTO / Año 2 • Número 19 39 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Fotos: Cortesía ciente.Apolonio Betancourt Ruiz sistema tiene muchas fortalezas. se grabaron más de 140 horas del total del estudio que hizo de las reformas”. el presidente del Tribunal Superior de Justicia subraya que el nuevo sistema de justicia penal está sujeto a reformas y ésta es una parte fundamental para que funcione bien y se adecue a las demandas y realidades sociales. . asegura. y lo seguiremos haciendo. Reconocer Errores El magistrado destaca la importancia de las adecuaciones legales: “Debemos reconocer lo que está mal. indica. cómo se hace la imputación y cómo los defensores actúan en los tribunales”. en la Comisión para la Implementación de la Reforma Penal. pero también es un sistema que da mucho para la creación de una cultura que a todos nos va a servir. sobre todo a las nuevas generaciones”. reconocer las fallas. comentó: “Así es. nosotros mismos obstaculizamos el fortalecimiento del nuevo sistema”. sobre todo para la sociedad. advierte. porque si no. nos genera una nueva cultura jurídica”. Asimismo. ya lo reconocimos. y de esta manera se genera una nueva cultura jurídica. lo derogamos y en consecuencia. cómo se presenta la denuncia. y éste es el caso. en este caso estaba mal el perdón. hasta ahora el punto fundamental fue el del perdón. donde tenemos que estar a la vista de todos y por lo tanto. este cuidado se tendrá sistemáticamente”. agrega que las evaluaciones ya se realizan en forma permanente. Betancourt destaca el papel de los medios de comunicación “para que lo hagan saber a la sociedad lo que está bien y lo que está mal. a sus hijos.. la ley. el fortalecimiento de lo que creía.>>fiscalía Entregan títulos a policías C Familias de los agentes reciben títulos post mortem hihuahua. En la ceremonia. a 40 VEREDICTO / Año 2 • Número 19 . de la verdad”. registros estatales y cédulas profesionales que los acreditan como licenciados en Procuración de Justicia. quienes habían cursado y concluido la carrera profesional. títulos. Para las familias de los agentes caídos. a sus familiares que sufren su ausencia. César Duarte Jáquez. el primer mandatario entregó también títulos post mortem a las familias de los agentes caídos en el cumplimiento del deber. “Hoy en honor a ellos.Más de 100 elementos de la Policía Estatal Única. que fueron alcanzados por las balas de la delincuencia. su orgullo debe ser el alimento fundamental de que su padre dio su vida por la paz. el mandatario estatal ofreció todo el respaldo institucional y ratificó su compromiso para que. la tranquilidad. Chih. de la División de Investigación y Peritos en activo recibieron de manos del gobernador del Estado. De manera muy especial. Duarte Jáquez enalteció la labor de los policías investigadores. expresó el gobernador del estado. quienes cursaron la licenciatura en sus tiempos libres con el interés por profesionalizarse y capacitarse para un mejor desempeño de su labor. El gobernador recalcó que la coordinación y capacidad de la fuerza del Estado empieza a dar mayores resultados. ante todo. aseveró. dijo. “Nadie. titular de la Fiscalía General del Estado. Duarte recordó que dentro de sus primeras acciones como gobernador presentó una iniciativa ante el Congreso del Estado a efecto de promover la cadena perpetua para quienes priven de la vida a un policía o periodista. El gobernador se refirió también a la confianza que existe entre las corporaciones de seguridad de los tres ámbitos de gobierno. a la que sirvieron y por la que lucharon”. Reconoció que hoy en día la seguridad es un tema difícil de abordar y sin duda el principal reto de Chihuahua y México entero. hace seis años hubiera previsto una crisis de estas dimensiones en materia de seguridad”. Puntualizó VEREDICTO / Año 2 • Número 19 41 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal que la confianza es el elemento fundamental para salvaguardar lo que calificó como “lo más importante que está en juego para quienes son responsables de hacer valer la ley y el orden. destacó que Chihuahua es el único estado del país que tiene una universidad especializada en investigación y procuración de justicia. El fiscal general felicitó y reconoció. “En ningún momento podemos olvidarnos de aquellos compañeros nuestros que dieron su vida a favor de la sociedad. . Expresó un especial reconocimiento a los oficiales caídos en cumplimiento de su deber. la cual se aprobó. Por su parte. sus hijos puedan seguir estudiando. sobre todo con la participación del Ejército Mexicano y la Policía Federal. el esfuerzo de los graduandos. extorsionadores y secuestradores. Carlos Manuel Salas.Fotos: Cortesía Los graduandos con las autoridades de la Fiscalía General del Estado Entregan títulos a hijas de policías caídos través del Fondo de Apoyo a Hijos de las Víctimas del Combate contra el Crimen Organizado. que es la vida”. de las más relevantes dentro del primer periodo ordinario de la LXIII Legislatura del H. extorsión y multihomicidio. una previa y 23 ordinarias. Enrique Serrano Escobar. Chih.. el cual establece el aumento de una a dos terceras partes de la pena cuando los delitos dolosos sean cometidos por miembros de corporaciones policiacas. en el cual tuvieron verificativo 27 sesiones. tres de ellas solemnes. Congreso del Estado. fueron. Estas y otras modificaciones legales son resaltadas por el presidente del H. que incorporaron la cadena perpetua en delitos como secuestro. en su informe por el Primer Periodo Ordinario del Primer Año de Ejercicio Legislativo. se autorizó el otorgamiento de pensiones a cónyuges e hijos de servidores públicos que en cumplimiento de sus funciones han perdido la vida o a quienes han sido declarados con dis- 42 VEREDICTO / Año 2 • Número 19 . autoridades ministeriales.>>congreso Foto: Cortesía Modifican yannedh villalobos mendoza Primer Periodo Ordinario C Enrique Serrano Escobar. sin duda. presidente del Congreso estatal Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal hihuahua. en las que se catalogó el delito de extorsión como delito grave y se incluyó la figura del denominado secuestro exprés.Reformas al Código Penal del Estado de Chihuahua. En el mismo informe se señala que se realizaron reformas al Código de Procedimientos Penales. En el mismo periodo ordinario. Congreso del Estado. Además. judiciales o de ejecución de penas y medidas judiciales. en la Ley de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad se adicionó un nuevo capítulo con el artículo 104 bis. El gobernador del Estado. Asímismo. a un costado del Palacio de Gobierno. César Duarte Jáquez. formalice contrato de fideicomiso irrevocable que se denominará Fondo de Atención a Niños y Niñas Hijos de las Víctimas de la Lucha Contra el Crimen. y el presidente del Congreso. celebrada en la Plaza del Angel. se autorizó al Ejecutivo del Estado para que por conducto de la Secretaría de Hacienda.de la LXIII Legislatura leyes penales capacidad permanente. Serrano Escobar menciona también dentro de su informe que el 4 de octubre del 2010 se llevó a cabo la toma de protesta del Gobernador Constitucional del Estado. en sesión solemne. César Duarte. Enrique Serrano VEREDICTO / Año 2 • Número 19 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal 43 . donde es también maestro en Derecho. Es instructor certificado por la Setec y la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia. Colombia y Perú.>>entrevista Hesbert Benavente Experto peruano Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Foto: Cortesía ¿Quién es? Hesbert Benavente Chorres es licenciado en Derecho y Ciencias Políticas en Perú. 44 VEREDICTO / Año 2 • Número 19 . Chile. Universidad Nacional San Marcos y Amazonia Peruana de Perú. Es autor de diferentes obras sobre el nuevo proceso penal en México. En la República Mexicana es instructor en diferentes Tribunales Superiores de Justicia. Procuradurías y Defensorías de Oficio. España. docente de la Universidad “Alberto Hurtado” de Chile. Hizo su especialidad en Derecho Procesal en Argentina y tiene doctorado en Derecho en México. así como de la Universidad Autónoma de México. Argentina. sin reenvío. hay una serie de pronunciamientos en torno a figuras del nuevo sistema. y se han fortalecido las figuras del juicio oral. Colombia y Perú. Argentina. Chihuahua. Una es declarar fundado el recurso y emitir un pronunciamiento sobre el fondo. Además. debe entender que en el recurso de casación que presente debe de señalar cuál es la norma sustantiva o procesal que se aplicó mal o se interpretó mal. el amparo debería de fortalecerse y darle una interrelación. indica. A excepción del Estado de México y Zacatecas. invitado por el magistrado presidente. es un problema de leyes”. Chile. y obviamente fortalecido. D apelación”. Por eso sostiene que la casación y el amparo son protectores de derechos.El nuevo sistema de justicia penal ha pasado una de sus varias pruebas de fuego. ya sea defensor o el coadyuvante. como es la casación”. lo que se llama sentencia de casación. y el Instituto de Formación y Capacitación. Pero en el modelo mexicano. esto en vez de cuestionar o debilitar las bondades de la reforma. Morelos y Baja California han incorporado en su sistema procesal la figura de la casación penal. se han fortalecido los mecanismos protectores de garantías: “Si esta reforma aspira a la protección de derechos. pero. Sin embargo. sería ilógico eliminar figuras como el amparo que las protege”. dice. considera que tanto el recurso de casación como el amparo son compatibles porque ambos son protectores de los derechos. quien es autor de una serie de obras sobre el nuevo proceso penal en México. la ha avalado. advierte el experto. Apolonio Betancourt Ruiz. dado que el amparo tiene como función primordial proteger las garantías. el tribunal correspondiente tiene dos opciones. explica que la casación es un recurso impugnatorio novedoso para el sistema de justicia Pasó ya prueba de fuego penal mexicano. para que vuelva a hacer el trámite. instructor en México de diferentes Tribunales Superiores de Justicia. Procuradurías Generales de Justicia y Defensorías de Oficio. desarrollar los hechos y aportar las pruebas que el Código permite. “Es importante que el abogado de casación entienda esa parte. “Es decir. lo que permite ingresar al tema de cómo correlacionar la casación con el amparo. “El tribunal debe tener en cuenta esas distinciones y reglas. Así lo considera el peruano Hesbert Benavente Chorres. Dgo. sin la necesidad de regresarlo al juez inferior. España. como la casación. Y para más detalle. y a partir de esa premisa. Amparo Necesita Reestructuración Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Aplicación de Recurso de Casación El abogado. explica. “para desgracia de los escépticos y críticos”. señala que desde hace más de dos años. afectado por la nulidad. “además de resolver los problemas o errores de derecho. apoyado. Hesbert Benavente Chorres. a través del amparo. precisa el jurista. reconoce que hay cosas que corregir y “eso nos impulsa a analizar figuras más concretas de la reforma. y si resuelve el fondo”.el nuevo sistema Candelaria García urango. Benavente recalca que casación es un recurso impugnatorio que gira en torno a corregir la indebida aplicación de las normas que hagan los jueces de grado jerárgico inferior. señala el experto en su conferencia que ofreció en el Tribunal Superior de Justicia de Durango. puede confundir la casación con la Benavente asegura que en los países latinoamericanos. la vinculación a proceso y del juez de Control. en los cuales se ha implementado el sistema acusatorio. si no. “Estoy seguro que el amparo no va a desaparecer. pero si va a ser reestructurado para que responda a los nuevos aires que trae el sistema de justicia penal”. Desde su opinión personal. VEREDICTO / Año 2 • Número 19 45 . la opinión del fuero federal. estados como Durango. Una vez presentada la casación. El experto afirma que hasta ahora. Y otra es regresar del superior al inferior. se han incorporado otras finalidades: una es que a través de la casación se pueden proteger los derechos fundamentales.. tiene un balance positivo en cuanto al funcionamiento del sistema acusatorio. lo que llama casación con reenvío. es decir cuándo debe enviarse al inferior y cuándo no. abunda. pero Chile y Colombia no son países federales y México sí. En especial. manifiesta. la interrelación y la complementación de mecanismos protectores de garantías dependerá de los fueros estatales”. Y es que en la casación. Durango va en el camino correcto. porque se han puesto innovaciones en el contexto del sistema mexicano. la cual no se ha limitado a jueces y magistrados. desde la Constitución local. se ha tomado el problema desde su totalidad. desligada del Ejecutivo o de cualquier otro poder del Estado. “están dando la respuesta que hasta ahora el fuero federal no ha dado en forma al menos completa y eso debe de reconocerse. Venezuela o lo que hace actualmente Brasil. “Estoy convencido que los estados darán las respuestas. porque los ofendidos y víctimas también tienen derechos fundamentales y eso es el éxito de la casación que he podido observar en estados como Durango”. insiste el experto Además. pero es un modelo a seguir”. De manera que “es un reflejo de que cuando hay la voluntad política para hacer los cambios.>>entrevista >>>El jurista advierte que los malos entendidos y las críticas al sistema acusatorio se seguirán escuchando. Primero. a defensores de oficio. para que la sociedad civil pueda entender el porqué de la decisión de los tribunales. “Se habla del éxito de la reforma de Chile y Colombia. porque implica una reforma integral. se aban- dona la antigua impresión de que los derechos fundamentales son los del imputado: “Ahora se ha ampliado el abanico de protección a todos los justiciables. Zacatecas. es un modelo a observar por otras entidades federativas. “obviamente como toda obra humana. Benavente estima que debe tomarse en cuenta que México es una República Federal y tiene que observar las reformas ocurridas en otros países federales de la región. con figuras del nuevo sistema. afirma el instructor peruano. como por ejemplo. Proceso Urgente Para que la reforma avance en todo el país. y presenta las siguientes razones. En segundo lugar. El jurista advierte que los malos entendidos y las críticas a este sistema acusatorio se seguirán escuchando. Chihuahua. para que la sociedad civil pueda entender el porqué de la decisión de los tribunales contencioso administrativo. pero es necesario y urgente. tendrá que perfeccionarse sobre la marcha. sino que se ha apoyado a ministerios públicos. 46 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Pero también recuerda que la reestructuración del amparo depende del fuero federal y por lo tanto. y otras entidades que han implementado el sistema acusatorio. las leyes orgánicas y las normas sustantivas y procesales tanto de adultos como de menores. destaca la capacitación que ha brindando el Tribunal Superior de Justicia. “y eso habla bien del trabajo en equipo que se hace en el estado de Durango”. lo cual es correcto. del cual México no puede apartarse. sino de todos los que intervienen en el proceso penal. sino la autonomía de la institución. y como en lo personal he estado en contacto con los recursos de casación planteados en Durango. Además. la actual ley la cual le da autonomía al Ministerio Público: “No es un simple cambio de nombre. no sólo del imputado. del avance de la reforma a nivel federal. “La reforma es fruto de los estados del Norte”. Desde su punto de vista. porque no sólo han podido corregirse deficientes interpretaciones en las normas legales. por tanto necesita ver la experiencia de países similares”. por eso los medios de comunicación son de vital importancia. “Eso da a entender que mientras que el fuero federal no haga esa reestructuración. En otras palabras. a aquellos problemas donde se colisione el amparo. para que sean los voceros ante la sociedad civil de este sistema. a defensores postulantes. Hesbert Benavente Recuerda que este es un proceso a largo plazo. apunta que debe de existir un mayor contacto con los medios de comunicación. como es el caso de Argentina. he podido observar que ese recurso impugnatorio novedoso ha tenido éxito”. Durango. de Ministerio Público a Fiscalía. sino que se ha podido también respetar los derechos fundamentales. Código Procesal de Durango Hesbert Benavente Chorres se dijo convencido de que tanto el Código Procesal Penal como la reforma en sí de Durango. sin distinción de camisetas y credos políticos”. se pueden dar. También destaca reformas en lo VEREDICTO / Año 2 • Número 19 . es decir. por eso los medios de comunicación son de vital importancia. es un punto trascendental y lo ha hecho Durango”. Baja California. a favor de la gente”. así lo planteó el Gobernador del Estado. Esta Comisión. que está integrada por los Poderes del Estado el: Ejecutivo. los asistentes se comprometieron. así como los diputados locales Otoniel García Navarro y Jorge Salúm del Palacio.A los duranguenses “debe garantizarse una efectiva impartición de justicia”. habló de los avances logrados y reconoció que. Legislativo y Judicial. Dgo. el compromiso es trabajar en base a resultados positivos. Jorge Herrera Caldera. porque los tiempos que hoy se viven son inéditos y altamente complejos. con base a las fortalezas que ya se tienen se puede seguir con la perfección del sistema. el alcalde Adán Soria Ramírez. José Antonio Ochoa Rodríguez. subrayó. Ante el llamado. En esta reunión el magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia.. Ramiro Ortiz Aguirre. Esto debe hacerse. por eso se debe revisar y evaluar permanentemente la aplicación correcta del nuevo sistema de justicia penal. con la representación de los magistrados. con una actitud honesta. seguridad y confianza social”. a elaborar un diagnóstico integral de este sistema y en lo inmediato. ya que “es urgente construir una sociedad con certidumbre jurídica. reconoció el interés del Ejecutivo Estatal de brindar a la población un sistema de justicia penal que atienda las necesidades que hoy se tienen en la entidad en esta materia. el diputado local. “Necesitamos trabajar unidos. locales y nacionales para que perfeccionen el nuevo sistema de justicia penal. A la vez. Al instalar la Comisión para la Implementación de la Reforma Penal del Estado. buscar las reformas que sean necesarias. enfrentamos serios desafíos en materia de seguridad y justicia. el mandatario estatal exhortó a los presentes a participar a conocedores del derecho. de verdadero servicio y atención a los ciudadanos”.>durango "Debe garantizarse efectiva impartición de justicia" Candelaria García urango. por eso debe analizarse y modificarse este sistema”. habló del compromiso que tienen “de responder y atender las legítimas demandas sociales. gobernador del Estado de Durango VEREDICTO / Año 2 • Número 19 47 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Penal. el secretario de Seguridad Pública. el presidente de la Comisión de Justicia del Congreso del Estado. Enrique Benítez Ojeda reconoció la pre- ocupación del gobernador porque se mejore y corrija este programa. para que. en realidad. Antonio Rosso Olguín. Hugo Rosales Badillo. el Fiscal General. se sentencie y castigue a los responsables de cometer algún delito. Juventino Rodarte Solís. . porque “la sociedad exige y reclama sistemas de justicia transparentes e imparciales. a través del Organismo Implementador de la Reforma Foto: Cortesía D Jorge Herrera Caldera. los magistrados Miguel Ángel Rodríguez Vázquez. de buena fe y profesionalismo para garantizar a la sociedad una verdadera impartición de justicia. Apolonio Betancourt Ruiz. Estuvieron en esta reunión el secretario general de Gobierno. ex presidente del Supremo Tribunal de Justicia y Francisco Luis Quiñones Ruiz. quien interpretó la canción “El color de la esperanza”. funcionarios de la administración central. Pidió a los estudiantes. Chih.. iudad Juárez. En la ceremonia de izamiento de la bandera blanca. quien en representación de la comunidad estudiantil hizo una reflexión sobre el significado de la paz. la Universidad Autónoma de Ciudad Juárez conmemoró el Día Mundial de la No Violencia y la Paz. Sánchez Carlos manifestó que no hay un camino para la paz. Al evento acudieron los directores de los institutos. y concluyó con la intervención del alumno Omar Gardea.>>UACJ Foto: Cortesía 48 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal C Izan bandera blanca por la paz llevara la reflexión sobre el significado de la paz a todos los lugares donde conviven. La ceremonia del izamiento de la bandera blanca participó la alumna Cintia Lara Armendáriz. que se llevó a cabo el 31 de enero en la Plaza del Benemérito del ICSA. sino que la paz es el camino y pidió que se reflexione sobre ello en todos los ámbitos en que se desenvuelve la gente. El rector dijo a la comunidad universitaria reunida en torno al asta bandera que se debe de tomar el legado de líderes como Gandhi.Con el izamiento de la bandera blanca en el Instituto de Ciencias Sociales y Administración (ICSA). Martin Luther King y Nelson Mandela que lucharon por la paz y el respeto a los derechos humanos en sus respectivos países. para que cada persona sea parte del cambio que se quiere para esta ciudad. exhortó a la comunidad universitaria a reflexionar sobre la paz que le ha sido secuestrada a la ciudad. coordinadores de programa y jefes de departamento. el rector de la UACJ. Javier Sánchez Carlos. docentes y trabajadores de la Universidad que se VEREDICTO / Año 2 • Número 19 . está el de realizar de manera conjunta prácticas académicas y profesionales. y no sólo de la Facultad de Derecho sino de otras facultades que tengan dentro de su currícula materias enfocadas a alguna de las áreas del Poder Judicial. el presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado. el gobernador del Estado. la impartición de cursos de educación continua. Javier Ramírez Benítez. y el director de la Facultad de Derecho. resaltó que el convenio con el Supremo Tribunal de Justicia beneficiará tanto a estudiantes como a los catedráticos. Entre otros objetivos del convenio. Lo anterior se informó en rueda de prensa donde estuvieron presentes el rector de la Universidad Autónoma de Chihuahua.La Universidad Autónoma de Chihuahua y el Supremo Tribunal de Justicia del Estado firmaron un convenio de colaboración que permitirá a los universitarios realizar sus prácticas profesionales y de servicio social en las distintas oficinas del Poder Judicial. VEREDICTO / Año 2 • Número 19 49 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal . rector de la UACh. César Duarte Jáquez. proyectos de investigación.. Enrique Séañez Sáenz. Chih. Marco Adán Quezada. Jorge Quintana Silveyra. el presidente municipal de Chihuahua. docencia y la realización de conferencias magistrales. Cultura y Deporte. Enrique Seáñez Sáenz. el secretario de Educación. la secretaria General de Gobierno. Enrique Carrete Solís. Graciela Ortiz.>>UACH Foto: Cortesía Firman convenio UACh y STJE C hihuahua. y a partir de ahí entramos a la senectud. De tal suerte que al momento de nacer. de tal manera que son importantes. Así pues. se dice que estamos dentro de lo que se llama niñez. cundo sea necesario. la cual en México la manejamos culturalmente hasta cumplir los 18 años. sino que de igual manera se acota el desenvolvimiento integral del adolescente. estaremos en la hipótesis de que reciba la medida máxima privativa de libertad. apoyados en lo anteriormente expuesto por los diversos sectores de la sociedad y el apoyo de éstos. El Estado. Luego entonces podemos comprender que dicho menor ha perdido el 75% de su adolescencia dentro de un reclusorio. Esta etapa llega hasta los doce años de edad cronológicamente hablando. En esa tesitura. es cuando se presentan los cambios importantes del cuerpo y la mente. prevenir que alguien sea víctima de un delito. ya que con ello no sólo se coarta el derecho de tránsito. ahora conocida como la etapa de la tercera edad. sino en evitar que el menor cometa una conducta tipificada como delito a su vez. el fenómeno social. que es cuando consideramos que una persona ya es mayor de edad. a partir de ahí es que llega la adolescencia. Y se da paso a la adultez. En la especie. promover en los menores una cultura jurídica para que se concienticen de las consecuencias legales que de sus actos contrarios a derecho se generen. considerando que la edad para que un menor sea privado de la libertad en el Estado de Durango es a partir de los 14 años. se deben buscar los mecanismos de prevención al delito enfocado a los menores dentro de su entorno escolar primario. se encuentran recluidos en un centro penitenciario especial. Bajo esa tesitura es que encontramos etapas de la vida muy breves. económico y de inseguridad en que en la actualidad están inmersos los adolescentes. podemos inferir que. cierto es de igual modo que el endurecimiento de las medidas privativas de libertad no solucionan en nada la problemática social en que nos encontramos frente a los menores infractores. y que la medida de internamiento máxima es de 10 años. debe comprender en primer lugar. No pasa desapercibido que si bien es cierto es necesaria la readaptación. cuando los menores infractores se ven en conflicto con la ley penal y derivado de lo anterior. De tal suerte que con antelación a reformas de carácter eminentemente represivo del sistema penal minoril. misma que comprende hasta los 60 años. es dable establecer que no sólo se refiere la adolescencia a un cambio físico sino que lleva implícito factores psicosociales E Revista Especializada Especializada en en el el Nuevo Nuevo Sistema Sistema de de Justici Justicia a Penal Penal Revista 50 50 VEREDICTO / Año • Número VEREDICTO / Año 2 •2 Número 16 19 47 Revista Especializada en el Nuevo Sistema de Justicia Penal más complejos que se originan al interior del seno familiar. del cual ha sido arrancado el menor. para llevar la información hasta el mismo núcleo familiar. al reaccionar legislativamente ante el anómalo actuar de un menor. Jaime Flores Lerma Defensor Público de Menores Infractores del Poder Judicial del Estado de Durango . podrá aspirar a obtener el externamiento a los 24 años. La prevención consiste no en una tarea legislativa agresiva y represiva. El periodo de adolescencia se caracteriza por una transición que va de la niñez a la adultez. En ese orden de ideas es que quienes están a favor de aumentar las medidas de internamiento para los menores deben primero preguntarse la conveniencia de que dichas medidas sean elevadas.opinión Los menores infractores no sólo pierden la libertad n la vida de todo individuo hemos de pasar por etapas que marcan de alguna manera nuestras vidas. ya que incluye los cambios psicológicos y biológicos. de igual modo lo cultural y social. . Chihuahua .TVeredicto Programa Especializado en el Nuevo Sistema de Justicia Penal Análisis Entrevistas Opiniones Comentarios y Con Dora VILLALOBOS Oksana VOLCHANSKAYA Todos los Jueves en TV10 de cable a las 21:00 horas Chihuahua.
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